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porlód ico!le public3ri los mierec , los y. :;;.t bad os de ca- d:l semana. Lo. suscrle íc n paro. este C, ea de tres rs. y tres y medio fuera d el ella fra nco de port e ws nñme ros suaí toa 7a!fl!l :u(><.Üo r eal . DE TAMAULIPAS i I; I, .' , i,' ., : iJ " I \' i ¡, ', L, ¡, L. ' 11 "El Rifle)' e:l.m. .. bis sus pu blleae¡o, n os COD las de tos div ersos pe ri6di. eos de la. Rep(¡. blica. PERIODICO 'POLITICO y LITERARIO M ",:"P (C: EX::;lO A LOS T IR ANOS, ,,:; A S .\ ClON F-S. VICTOR RuG O, 4 '1'0:'1. I. §) CIUDAD VICTOHIA, JUNIO 21 DE 1856. {ll 36. .. -< EL RIFLE DE TA\JAULlPAS. Cil.dad- Victoria, Junio 21 de 1856. RUiUORES . Hacemos nu estro es te articu lo, en que nuestro c óle g a el Tamaulipeco, refiere la presencia en nues tras c ostas de dos \'apores de guerra españoles, B ernabe Garza. , r, La presencia de una escu adrilla española en las a gua s del Golfo M exican o. es en el día el obj eto de la cu rio sidad gen eral. Las noticias de la Capital de la República en este respecto, son vagas y contradic torias, aun que en el fondo ticnen s iempre un carácter alarm ante. ,.y sin embargo: muchos.son los TUlTIOre!!l, div ersos ros com ent arios que cir culan, dáed oae como ci erto que mu y pr onto los ca ñones de la escuadra española, v endrán á resonar en nue stras costas como el último m edio de conseguir el arreglo de a lgunas dificultades que se han suscitado entre el gobierno mex icano r el de cs paña. . "Sin aventurar nuestras ideas en un punto tan deli ca do, y sin da r mucho crédito á la! noti cias que c ircu lan sobre un próx imo r ompimiento, no estarnos conf or m e! sin embargo, con que el Sr . Ministro de J:! :sp aña, venga. aco mpañado de buques de guerra para da; mas fu erzsus reclamaci ones: si estas son justas. ba st an la s armas de la razon; si sen exageradas, grande ca !TIO sea el poder español. b astaría la dignidad del go bi erno mex ica no para no admi tir proposici onesv er gonzosas, por que están á la vista algunos buqu es de guerra de Isabel Il. "La prf"nsa de l\lexico, ha opinado ante s que noso tros de ta misma manera, y aun aconseja que no se ad mi ta ninguna negociacion, mientras se piense amagar ncs con la presen cia de una escuadrilla española en nuestras aguas Y esta opinión, tan conforme con las doctrinas de tocios los pub licistas modernos, y m uy particularmente con la dignida d de las nac iones , debe segu irse por el gobierno del Sr. Cornonfort, cuya mar c ha patriótica, no debo empañarse en una cues tio n enteramente nacional. Por lo dema s el buen nombre. los intereses y el ho nor de 1" _República, accn scja que se agoten los me dios de la moderaeion y la prudencia para za nj a r las di ficultades que exista n co n Esp aña v con cua lquiera otra pot e ncia cxtrangera: no seremos nosotr os los que estemos por "Roas ost entacion es (le un poder que no t enem os; pero sí haCf'IDOS "cuanto está en nues tra m ano por e,vit ar un co nflic to. y todav ía quiere exij ir se que sacr ifiquernos mas de lo que justament e debe hacer un pueblo generoso• ••• entonces México aba ti do, lIléxico empobrecido y mutilado como está aun puede sucumbir con honor, antes que doblar fr ente servi lmente á ex agera das pretensiones . Pero esto no es mas que la exp rf" sjon de UD sentí .. ' miento p átrio, y no la "act itud de los hechos: tal vez p ara hoy , habrán medido espli eacion es, y nuestros'· a ltos fun cion ar ios se h abrán entendido con el r- pre sentante deEs paña: estraño fuera, Que de otra ma ne ra vinieran los cañ ones y las armas a ser el último ar gu mento, cU8 JJdo la raznn y la pr ude ncia ac onse jan que á todo es preferible la paz general de los pueblos. Antonio Rodríguez. EL AYUNTAi'i i ENTO Y EC PA RR OCO DE T ULA . Una ef e las pri meras obligae iones ile los Ayunta-, mi-u ros de los pueblos, es cumplir y h ace r efectivas 11'\5 leyes y providencias que dimanen de las autor i-, dad es superiores; y cuando asi no lo hacen, bien sea. por aban done 6 por falta de en er gía, fa ltan de con- si g uiente a sus debere s y des merecen la. confia nza p ública que en ellos se ha r'cpositado, Por d -sgra- cia, esto sucede en Rlgunos pu ebl os del Estado entre los que figu ra lB ciudad ce Tula, por habers e desen- tendi do aqu el .dy untemicutc , en hac er cump lir la ley y or dene sr elati vas , á. fin de que el cura párro- co de aqu e lla p(Jblac ion rinda las cuent as perten e- cientes al fondo de fabri ca. ¿QIJé ha h ech oa quella c orporac ion sobre tan im- portante negocio? Perd er el tiempo en inútiles con- ferencias con el santo eclesiástico. que se ha nega do abiertamente á obsequiar el decreto de 23 de No- vi embre de 848, que dispone que los min istros de la ig lesia manifiesten si los fondos de fá brica se invi er- ten en los loables objetos á que han sido destinados. En nuestro conce pto. el Ayu nt amiento de Tula , fin miramientcs ni consideraciones de ninguna cla- Universidad Autónoma de Tamaulipas

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E~te porlód ico!lepublic3ri los mi erec ,los y. :;;.t bados de ca­d:l semana.

Lo. suscrle ícn paro.este C , ea de tres rs.y t res y medio fuerad el ella fra nco de port e

ws nñme ros suaí toa7a!fl!l :u(><.Üo r eal .

DE TAMAULIPASi I ; I , .' , i,' .,: iJ " I ~ \ ' i ¡, ', L, ¡, L. ' 11

"El Rifle)' e:l.m...bi s sus pu blleae¡o,nos COD las de tosdiv ersos peri6di.eos de la. Rep(¡.blica.

PERIODICO ' P O L I T I C O y LITERARIO

M ",:"P ( C: EX::;lO A LOS T IR ANOS,

,,:; BE~ DICE A L~s S .\ ClON F-S.

VICTOR RuG O,

~~~~~~~§§~~$~~~~~~~~~4 '1'0:'1. I. §) CIUDAD VICTOHIA, JUNIO 21 DE 1856. {ll NU~I. 36. ..

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EL RIFLE DE TA\JAULlPAS.

Cil.dad- Victoria, Junio 21 de 1856.

RUiUORES .Hacemos nuestro es te articulo, en que nuestro

c óleg a el Tamaulipeco, refiere la presencia enn ues tras c ostas de dos \'apores de guerra españoles,

B ernabe Garza.,r,La presencia de una escuadrilla española en las

aguas del Golfo Mexicano. es e n el día el objeto dela cu riosidad gen eral. Las noticias de la Capital dela Re pública en este re specto, son vagas y contradictor ia s, aunque en el fondo ticnen siempre un carácterala rmante.

,.y sin embargo: muchos.son los TUlTIOre!!l, diversosros com entarios que circ ulan, dáedoae como ciertoque mu y pr onto los ca ñones de la esc uad ra espa ñola,vendrán á resonar en nuestras costas como el últimomedio de conseg uir el arreglo de a lgunas dificultadesqu e se han suscit ado e ntre el g ob ier no mex icano r elde cs paña. .

"Sin aventurar nuestras ideas en un punto tan delicado, y sin da r mucho crédito á la! noti cias que circulan sobre un próximo rompimiento, no estarnos conform e! sin embargo, con que el Sr. Ministro de J:!:sp aña,venga. acompañado de buques de guerra para da; masfuerza á sus reclamaciones: si estas son justas. ba stanlas armas de la razon; si sen exageradas, grande ca!TIO sea el poder español. bastaría la dignidad del gobierno mexica no para no admitir proposiciones vergonzosas, por que están á la vista algunos buques deguerra de Isabel Il.

" La prf"nsa de l\lexico, ha opinado ante s que nosot ros de ta misma manera, y aun aconseja que no se admi ta ninguna negociacion, mientras se piense amagarncs con la presencia de una escuadrilla espa ñola enn uestras aguas Y es ta opinión, tan conforme conlas doctrinas de tocios los publicistas modernos, ym uy particularmente con la dignidad de las nac iones,debe seguirse por el gobierno del Sr. Cornonfort, cuyamarcha patriótica, no debo empa ñarse en una cuestio n enteramente nacional.

Por lo demas el buen nombre. los intereses y el honor de 1"_República , accnscja que se agoten los me

dios de la moderaeion y la pruden cia para za nj ar lasdi ficultad es que exista n co n Espa ña v con cua lquieraotra pot encia cxtrangera: no seremos nosotros losque estemos por "Roas ostentaciones (le un poder queno tenem os; pero sí haCf'IDOS "c ua nto está en nuestramano por e,vit ar un co nflic to. y todavía quiere exij irse que sacr ifiquernos mas de lo que justamente debeha ce r un pueblo generoso • ••• entonces México abatido, lIléxico empobrecido y mutilado como estáaun puede sucumbir con honor, antes que doblar l~fren te servilmente á exageradas pretensiones.

Pero es to no es mas que la ex prf"sjon de UD se ntí .. 'miento pátrio, y no la "actitud de los hechos: talvez para hoy , habrán medido esplieacion es, y nuestros '·a ltos fun cionarios se habrán entendid o con el r - presentante deEspa ña: es trañ o fuera, Que de otra manera vinieran los cañ ones y las armas a ser el úl t imoargu mento, cU8JJdo la ra znn y la pr udenci a aconsejan que á todo es preferible la paz general de lospueblos.

Antonio Rodríguez.

EL AYUNTAi'i i ENTO Y EC PARROCODE T ULA.

Una efe la s pr imeras oblig ae iones ile los Ayunta-,mi-u ros de los pueblos , es cumplir y hace r efectivas11'\5 leyes y providenc ia s que dimanen de las a uto ri-,dad es superiores; y cuando asi no lo hacen, bie n sea.por abandone 6 por falt a de energía , fa ltan de con­sig uiente a sus d e beres y desmerece n la. co nfia nzap ública que en ellos se ha r'cposit ado, Por d-sgra­cia, esto suce de e n Rlg unos pueblos de l Estado entrelos que figu ra lB ciudad ce T ula , por haberse de sen­tendido aquel .dyunte micutc, en hacer cumplir laley y ordenes relati vas , á. fin de qu e el cura párro­co de aque lla p(Jblac ion rinda las cuentas pertene­cientes al fondo de fabri ca.

¿QIJé ha hecho aquella corporacion sobre tan im­portante neg ocio? Perder el tie mpo en inútiles con­ferencias con el santo eclesiástico. qu e se ha negadoabiertamente á obsequiar el decreto de 23 de No­viembre de 848, que dispone que los ministros de laiglesia manifiesten si los fondos de fábrica se invier­ten en los loables objetos á que han sido destinad os.

En nuestro concepto. el Ayu ntamiento de Tula,fin miramientcs ni consideraciones de ninguna cla-

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EL HlFLE D1~ 'l'AMAULIPAS.

,.

SP, ha de bido cou c ret ur su conducta uuicamcnte ácumplir re ligiosarucntc con s us debe-es, haciendo q uelas leves SU1'1:111 sus l'f~dos; lo cu al, repetimos, had escuidado en esta vez. y lo com prueba es ta circ unstnn ci a: si el e sp rc sado párroco, ha. manifestado y a suobs t.i na ci on P'' fa no cu .npf.r con la íey d« la mate­r ia l en vi rt ud de las inst ru cciones que ha re cibido desu prelado, ¿qué ra zo nes o fucdemc utc s ha tenido 'e lA vuut arnicnto pa ra fijarle té rmino para que lo ver¡­í1 tltH~, e n lug~¡r de haberlo es tre ch ado j ud icia.ment-- ,npremi á ndosc lc con m ultas, y aun d estorrnndoso!cd el lugar? E stu es en b uen caste lla no no sa bercu. nph r con s us deberes. y met e rse en oficiosidadesc on (1'1(' ~e falta f¡ la confl a nzu públ ica.

S ent imos sobre m rneru que u u as unto t an i.n por-,tantr- , S~} Jwya \' is; (? con t ~ r; t a indifurr-u c¡a po r la l .oorpo rnctou de lula. I'orpeza s corno estas, sonm uy perjud i -Ia les a l de- oro y dignidad d e las uuto-.i-id.id cs que las coru r.te u. y po r Jo mismo t:speramosque el n-fc rido A vu utunic nt o persu ad id o de es ta verd ad obre seg un e l es plritu de la ley.

A lo es puns to . l1 grcga re rncs: q:H: la con ducta queobserva el Sr. Cura dr- 'r ula, es péS ::li3 , porq ue noc u mp le con su no bl e misio n; pues en vez de OCII ­

parse en deci r m isa " ei .ui er n ca da ocho dí us" pa vap redi car e l e van g'elio y mi nistru r los santus sa cra ­m ent os ú los n-ccsi ta dos, ~e le vó p.rsnr- él tcm pom et ido ca su casa, d edi ca do csclusi vamente e n t,ld osc mpe ño de . . u- gccios m uy a jenos de su a lt omlnisn-rio; con ('llya co nd ucta ofende la re i~ ion, labuena mor al y f-'J se nt ido -u mun de los desgra cie doshabit antes qu e lo ve u y lo to lera n.

Al escri bir estas lí neas lo h-mos hecho ~ in prc \' (~n

c io D de ning ull :l Clas e. y g ui:,d os ún icamcntp'" pOl" lanoble iél ~a , de f':vitar nbu~os fJ ll~ t anto fW::judi ca n lOgv c rL1adel'o"S int {' re ~ cs d0 [o:-¡ pueblo:.:, y ql.:c pOI' d es­,rraci a son t<:l_ ll comutws l' ll tl'C no sotros. I miten los~\ v un tami('llto;,( (kl Estarlo, la. con d uc: ta q !l ~ sob re. elc l~mp:im i c¡;lll de b. :cy di' t:lbric Cl o b."(~ r .... ó e l 1 cue rpo.de Pl5ta ( ' api t :~ j, y nad :c a.brl rá su s !t: bio~ , SillO t: :S pa rab nndecir sus enérgi cas r eso !11<'iollb

A¡, '1'UN10 Ft:B.KA X l.lEZ I ZAGUIRRE.

P AUT E "FWIA L?8:g:¿;;¡g§g:g;g,@;,g;-~;:g:¿gs;g1

· i\h ~lS'1' E.HIO D E G On E P..NACI ¡N .

•E STATUTO O HGAr;¡ CO P ROVI~IONAL

DE LA REI'UDLI CA ~lEXICA ~A .

Conti"úa.

IG UALDAD.

Art· 72 . La ley, ~e a quc obligue, q uc pt·c­nl lc Ó q lle cast;glre1 dc oe hacrrlu t on ge nerali­d ad

lsalvo e l derec ho de cOllce de r p re miofl y rC­

COm!le nSaS pnrs nna \pi-; á los qlie hu biercll hechograndes sel'vicio~ púb¡ ¡(:(·s

A:·t. 73 No pod rá c '-tab\pcE' !'se distillc ionalgu na ciVil Ili po lít ica, por raZ ün de l na cJnn on­to, ni del ol'Íg-f'n Ó ra Za .

Art. 74 Por llillg 'ln dclito se pierde e l fuel'Ocomlln. En ·l os del itos en que seg "n las laYl'sPQdia conocer lajt.1ri~~úlicclon militar de r eos in­tlependiente;; de ella. p odrá apre hen derl es pa­ra el ef~et (' d ~ cOIl.ignarl es de ntro ele euaren ·t.~ y OdlO hora', á llisposjcion de su juez comretente. Si pasad':> este término no hiciere h

ctlnsignac ion, e l juez de ofic io ó á IwdllJlent ·) departe obrará e,,, . se previene en el art, 43.

Art. 75 Se p-ohibe la erer'ci r'n de mayo­ra '.~gos y de toda vincular-ion, que trnga por (Ib­jeto establecer la suceaion here dita riu de ciertosbien es por d8ced lO de pri .uogc nitnra

Art. 76. Nu nca pnd rá 1 C · ta hlecer'", 'em­pleos ni e argos vendi ble s, ni h erc.li ta i08 1 nitíJ11 iO alguno de uo hl ez u. L "s tratnmi e utos ycousideraciones decreta .tos á 10$ fu uc ion a rios ,serán f II rr .z .m d el el l~ p l l'o., y no podrá n ('O! l eede rSI~ para des pues de h ~¡h , r ('es:-: do ( '1 sus f 11c io ues, ti. e~ ( ~ p.p c ;orl dH lo di -pue-to en- {'f:tr E tatuto, en la le :",' de co n voea torr a y en la d e 23 ;lel ;'e bi'i'!-o d e es.to :l!íO, s nhre las prf>rnlga l.iV8Sde l p resi den t i , R Cl'r ("'a ri!)~ del df,,,paclL) y dipu­ta do s a l C \ -' lI g re~o constituveu re.

IH:;;P I S ¡ G I' J!.\'Z -~ O E:'i EH ~ I.E~

Art. 77. Estns g:i I'Ul""! das son gcr }(lnde~ , rom­pi' ~ n den á t o : 0 8 !us habita nt es de la I'cpú bJ ca,y o 'c)¡¡:!an á todas. /;.-H'~ a uuui d a ~C ~ qlle e c -j t-­te n en e lla, U ni t'ui'nente q u '-"da ~o l : 'et ¡ d r' á loq ue d j~ po Ug¡jll las le,' es e o nUBe.';; gpnel'ale .s.

1 E l modo de proce rier «o.i t ra los n l :!i tBr csen hs df~': iT_t ) ~ { ' o ul_t~ t i J os en e! s .uvicio mi ita r.

11' L ns l'egh s a ' 1UC lran de -omc t« r :{' l<1 en ­t rad a y p~rm~; ! \e !l('Ü-l d · ~ J -s ('~ lra¡ ;gel'n ,~ en elpu ís, r e l i~e r > '('ho de ~~lo" pa: 'a el ejer\'ic¡o d elas p rD!r: si"('lH?S y g rl)Sl ghzaado en t do lo de­lúas de in · ga l':111 lí a ~ q lJl! e~ti1 ley ('on :-; ig na..

A rt. 78. Cp ulq\li r nt ntado (" " Jlt a c8t a~

gn 'untÚu::: de t:;. rte e 10:1 fqnl~ l ()llaj' io .,", d p ) t)o/j e r

f' JI 'CHi i'fo ó jw l:e ia!, e tl. ('3:-..0 de rt;Sp;lnsa biIJdad)prod11ce accio ff p0¡Ju!ln y deb J ' c8:::t ig<Hse de(iíido. A l eff·(·to, e :' todo pr oc , so Ó c."pcJip¡jt.een q ll e s i~ advi f>l'te alguna lIi fn-f,:eio ll, t'e deberám an ,:31' S[U 'Ul" t'ó p i..\ de lo ( ~ () i d l H'crrtE\ y ~e~n i tj l' ,...

se '~ la au tori;lad ('om pF'tel\t ,para Uf é ~ t a " 1'0 ­ce ~ 'a á ees :gi r la re:-: po .- s.~1 Lil .i da J de l 'I n! ' aparf's ­

' ca cu!pa i ' : P D ·est ;:'¡ i:j c ausas lIO h aiJ¡á ¡ugur é. :::: 0 ­

b rf' l:H~i ll\ lento,A rt. 79 El supren1ü g (;hirrno, píFU ~ o lo el-

eLctú de la a_~s onsa)ü iid:p1, POdl'H peJlI' co piasce los pl.'o( 'esos ie n ni uadD8, y nl~H¡da l' Cj ue ':-'0 vi'­si te ll los t IilHmal es. Lu vIs ita !J t\e rli' 8P ; de('re­t ada p ll ra los t ribunale::; (le f' i l'e ¡',iLI y d¡::-:t: i¡Ol porel gohiernQ ú por la sup rema l.'orte tif' j u:-,ti{' ia:p~l1'a é :'ifU por e l gobitT I IO) y para los t r i "! ldm jesde ¡os E sta dos pUl' el goiJ ierllo ge era l y los gobernadores, co ::forlllc a l 3rt, 11 7, pUl t :23.

Sr::CCfON 6. ~Gobieruo genera!.

Al:!. 80. El pres H1l' n le ,·s ei gofe de la mJmi11l5traeion getlPral de la repúhii,a. y le ",.: án en(' O t11e IHi tl d o~ e.... pedalmel)te .e ~ órdcn y tnUl 'luil i­dad ell lo intc,·iuí·, !a , eguridad r n el e~teri ol' yEl fiel eumplill lif'Bto de IfiS leyes.

A rt. 81 Toda, las facu lta des que por "'steEstatuto no ::e st-'ñ a l a-I l ('sp rd:~a ll I Cl Jt: ' á lo o,¡ go ­bierno8 de los E t(ldos y 'l\·rr itOl'.!oSl E' t'tán ("j(~ r­

ci ...u. po ' ~l presidenie de la 1:" pú l>l,ca, e nfonnca i art 3.0 de l p lan de ,Aynt ia, refo rmado cn .A..apu!eo.

.4rt, 82, El prcsidente de la .rei,ública po~

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EL RIFLE DE TA~IAULIl'AS.

'.

drá obr.u: d ¡~ereril'lj¡:dmcntel c uand o así fuerenecesari o, á j uicio del CÓIJS P!..... de ministros,pa ra defen de r la indep endencia ó la integridaddel territor io, ó para sostener el orden cstablecido ó conse rvar la tra nq uilida d públ ica; pero enningm caso p' l¡jrá impo ne r la pen a de m uerteni 1<1$ prohibi .ías por el art íc ulo ;)5.

A l t. 8:3, Son obligncioucs Jei presi dente:1." Cumpfir y hace ,' c ump lir el plau de

AYlltla reformado en Al' apu1co.2, :o Hacer qu e S~ ad ministre eurn plidamcn

te la j ust ic ia, procurando que á los ui uu na lcss e de n todos los ausi ios 1) cesarles para la Ejec u cio n de k... s se nteu ciü s y providenc ias judieíales,

Art. 8·1. No puede el presidente do la re p úLJi t'<1:

l.'=> ]~n nge nnl'l ced e!', pe rmu tar ó hipoteca rparte uiglllJU del territo rio de la uac rou,

2 ~ E :Pl'cer ni nz uua de s us atribuciones. . ~ o

sn autonzuciou de! sec. c ta rio del des pacho de!ra mo r t's pc ("fyo_

:J :: Suspeuler Ó restr:ng i¡' las garun tíae indivi ¡u<.:lp~" s i Il O e;3 en 105 t US,. :$ de l art. 8 :2,

Art. 8;)' Son prerrogelti vas del pr esident e:no poder ~LT acu-a.Io ni procesado ci .u inal mcnt e durante su prcsi .lcuc ia y 1In an o des pu és,si no pOI' de lit os de tra iciou contra la in .Iepe ndeuda nac ioual y forma <le g .bie rno estahlerida enla couvovatora. 'I'am U l'O pudrá se r 3CU~i:h!O

po r del itos C0 li1! 1Il~'8) sino h ast a pasado un a ñode haber c esa do e n 8 113 funci ou s,

DE L !lI1;\ISTEI{ :O ·

A rt. 86, P ara e l "es!,a\' ha de los negociosco .itinuará l los ac tual es min is terios de re ladonesestei iorc -, gobc r. ia ciou, justiciu, fomen to) gue rraJ hac ieuda .

A i:t. 87. P ara ser ministro se requiere ser·Jr~ ( · x ; c a no por naci n.ieu to ó hu llarse en el caso3. :J del a rtíc ulo 10, se r ciu.l udauo e n 'e l ejrcicio de sus de l'ee ho$ \' tenr-r tr ci etu Ul1CS de eda:1.

Ar t. 88. Es o!)'¡¡g ae'ion de lO ada nllo de losIlHll istlos acordar t On ti presiJellte el ue ·pa..:llu<.~c tatI ' 8 los 1:' gocios rc la-Ü vo -: á 8li !"runo.

A rt. 89, T u ,a JS lo.s negocio s de g i)UieinOse gira r? o prc<.: ':sa mcute p Ul" el mi ,·i:s te l'io á e uyo HU o pert e ne I.C_a ll, sin qne UI1 m ¡ni8t !'O liuedu au lOl·iz flr los que t. ~ orresp() i ,dan á o tro.

A l t . !JO· L as Ó1de Bes qlle se es p idiererJ COH

t ra est a d ¡ ~l'0s!c ioa l y las de l pre,idelltc ¡¡ 'l C

~ 110 a parez('an co n lu debida au lOl izecion, 110

Sérán obedcc ldas "r cUlllphlas, yel 'loe las abeu¡.;z::a,.se rá resiHl ;.sah :e personalmente -

A rt. !JI To las la. autor idades de la l'epú~l ie a ,

si n e:s ee pcio n alguna , pre sta rá n c!lmpl 'Ju ob ediencía á la. o ,d ellcs lF e se les drrüan por los secreta rios del d c~padi o, ,i , Ildo 'Lbrad as en la fa:mapres crita por e,;te E , tatut o, .

A l t. 92, L os fill1l lolros serán res ponsa lJl cs de103 actos del presidcnte que aut" ri"en co n sus

',firm as, cO!ltra d pla n de A;.ulla reformado eaAc:,pulco, an te la s uprema .corte de j usticia, pl'évia declaraC lOII de hauer lu¡(ur á formaciun deCausa, hecha pOI' el eOl!sejo de gobierno á mayo

ría absoluta de voto- .ART. 9a, Todo negocio que importe alguna

medida ~e:neral ó que canse gravamen á la hatienda pública, se tratará en j unta dc ministros:lo mismo sc hará parll la pro vis ion de empleosCII)'O sue ldo pase de mil pesos, y en cu alquieraot ro negocio e n que el p re sidente ó el ministrode! ram o 10 considere nec esai i».

ART, !)l, Serán respousa bles de las resoluc ioues qu e se tomaren e n j. nta de ministros,los q ne las aeor da ren, y cn to .lo ceso lo S(',:á e lmiui- tro q ue lus a ut . rice, E l pres ide nte, despue$ ve o idas las npioioncs man ifestadas p Ol·

los miuist r. .s en la jun to , es libr e para resolverlo q ue le parczc e, de acuerdo coa el ministre)del ramo.

AnT \)G. El consej 1 dc gobierno será oíd oen todo,; los neuocios cn que lo creyere ueccsa1'10 el miuistro del ramo.

$ECt. 'lO :S 7 C'3

p(Jd~r j atl iciu!'Art. 96, E l poder j udicial es in dependie nte

en el ej ercicio de sus funciones, las que desempcGará con I.Hl'f g lo á las leyes

Ar t.. D7, E l poder j udiviul general se rá deseru pe ña do por la sup rema corte de justicia ylos tribu na les de .cire uuo r juzgados de Distrito es tallleddos en la ley de 23 de Noviembrede 18 55 y ley es rel . ti vas

A nT 98, La cort e suprema de j us ticia deseml'elia r~ las at ribuci o nes quc le con ced e laos presruia lev, y edemas la s sigui eole~:

1 " C O;I c-;""r de las d if~ ren c ¡ as qne pueda h aber de uno á ot ro E stado de la nacion ,siempre q ue las re duzcan á un j uicio verdad eraII c ..te con tenc ioso, en q ue deba recaer for malsentencia, y las q ue se susci ten ent re un E si«do y UI :O Ó mas veci nos de ot ro, Ó e ntre parüc ulares sob re pret en cioncs de tierras, bajo con.cesioues de diversos Estado ~, s in perj uil'io dequ e las partes usen de Sil dere ch o, rec larr.an dcla co r:c es ioll á_la uutori ¡a d que la otorgó_

2. e: 1'1f' I'In innr las dis p utas qu e se su scitenBob re cOllt fa;'08 Ó l :egociu~io l¡ eS celebrada s lJOref gtlu:enJo 8uprcHlO Ó S\!8 agentes. _-

:~. :': D II·¡ . j ¡. b$ cu mpele ncias q ue se susci terte ntre los tribu nales gelJ(, l'ule :5 1 y entre estos. yLes de [o... E::Stmlos, y las q l:e se muelun · entrelos dc UI! E>bdo y les dc otro.

"-1. ::: Con ccer:1. 1)2 las ca lisas que se ll1ue\'an al preside!:

te, ~ eg~ lI) el ar t. 85.II De las de los gobern a&Hes de los estados, '

C l! les caws ue que ha llboa e l a r t. 1'l:~.

IlI. Ilc las ' de resl'0nsabi:idad dc los secreta'rios de l des pa ch o, . eg ,HI el a rt 92,

1V. De los neg oc iOs cr mina 'es y civiles delos cm p lea dc ~ di plomáticos y cóusules de lare ¡.úbl:ca,

V. De Ins cansas dc almirantaz¡(o. presasce mal' y tierra y contrauandos , de los criminescometi dos ea a lta mar, y de las ofensas contrala uacioll,

<lUT. !JO, No Fuede la' stJprema' cOrte de.'

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EL RIFLE DE TAMAULIPAS.

justicia:1.o Hacer reglamento alguno, ni aun sobre

materias pertenecientes á la adm inistracion de jusl icia, ni dictar providencias que contengan disposiciones generales 'lile alteren ó aclarenleyes,

2.0 Tomar conocimiento alguno, sobre asunlos gubernativos ó económicos, de la nacion 6de los estados.

ART. lOO, El poder judicial de los estadosy Territorios continuará depositado en los tribunalcs y juzgados en que lo está actualmente, areserva'de lo que determinen las leyes generales.

ART. 101. Todos les negocios que comieneen en los juzgados inferiores de un Estado,terminarán dentro de él en todas instancias: losque se sigan en los Territorios, se decidirán conforme á la ley de 23 de Noviembre de 1855, y álas espedidas ó que se cspidieren en lo sucesivo.

(CONTINUAIl,\. )

I"'TERIOR.

"IW V ELACION ES IMPORTANTES.-La Na­cien, periódico que vé la luz en i\hdl'id, refiere queverlos diputados plogresistas acordaron en una reu ­nion particular, presentar varias propoaiciones á lacámara, pidiendo pue el gobie.rno presente los espcdientes de vnrios contratos celebrados por el miuisterío que cavó en Julio de 185 '-1

"Entre dichos espedíentes-cuya lista publicarémas otro dia-se mensiona d de la ['(T"-eutrega ácierto personnge di? algunos miles de duros. pertenedentes al estado, para que reconociese par rey de ¡Uextce á unpríncípe españul.• "¡QUé tal! . .. '"¡Pu. den quedar todavía algunas dudas de las mira.

anti-nacionate~y traidoras del partido conservador?"¿Serán de esta ciase las revelaciones que tanto

teme -la Patria que se le escapen! .... "A cada. momento se nos aumenta la curiosidad de

ver ímprcsos los trabajos del Sr. Viv6 publicados eni\ladrid.

Dificil nos parece- que tí su viveza y al amor quedebe tenerle á México. se le haya escapado incluiren su obra al~o 6 a lgas de lo que contiene el párrafoanterior que tornamos de l ¡llullt tor, J por lo mismoinsistimos en que pi señor ministro de relacionesut ienda esta solicitud patriótica que entablamos .

[Del R epublicanu-

Val·iedades...'i'f:P.i~~...A ~. ",,,,, ..

~

Son tus ojos celestialesy tu frente es espaciosa;'rus labios son de corales,y tus mejillas de rosa.

Tu cUf~1I0 es alabastrinoy tu pecho de azucena,y tus brazos la cadenaQue le pido yó al destino.

Todo tú cuerpo e,sgallardo.F'lecsible como la palma.Que se mese con el nardo8 uspirandQ dulce calma.

y con tu aliento do brisaCOl~.,_ perfumas el suelo,Un mundo vale tu risa.Tu mirada. vale un cielo.

Por eso Aminta te adoroConsumiéndome por tí,y por tus cabellos ele oroYo te diera un mundo sí.

, Dárnelos por Dios mi vidaNo me quites mi ilusicn;No desdeñes homicida,1\1 i ma ne y mi corazou.

Eres Arn ínta queridaEl encanto de mi bien,y de mi amor la elegida.Para coronar su sieny en ella pOller mt vida.

Eres de un arern sultanay del mundo eres la diosa;Eres graciosa y galana,y entre sílfides, hermosa,Ercs tu la soberana.

Eres del cielo la estrellaMus refu lgente y mas pura,y en mi canto y mi querella,Te declaro la hermosura

Entre todas la mas bella-

Dispénsame deidad si te hc ofendidoDicié ndote el amor que me devora:Uno solo es mi fin apetecido,y este és ¡oh Aminta seductora!Ver por tí mi amor correspondido,J urándome tu fé cerno señ ora.

Ciudad Victoria, Junio 21 do 1850.

AN'rOSIO FERX'ASDEZ IZAGumRE.

OTRA VEZEL AYUNTAmENTO DETULA.

Se asegura que esta corporacion, ha cedido por algunos años y sin renta alguna á U. Juan B. Lauran,una parle dc los ejido. de aquella Ciudad. Para conocirniento del público, bueno será que la referid"autoridad, manifieste las razones en que be apoyópara dict-ir la indicada providencia, y diga si esta ha.sido aprobada por la autoridad superior, sobre CUY íJ

particular llamamos la atenci ón dc esta Prefectura .oI1lonio F. Izogu íre.

D. GABRIEL MARTINEZ ZAMORA.Este Sr. preceptor de la escuela de la Villa de Ji.

menez ha presentado ayer al Sr. Prefecto de esteDistrito, nueve de sus alumnos. 8. S. los examinó yquetló muy complacido de sus adelantos en los ramosde escritura, lectura, doctrina cristiana, moral y arit­metica. N esotros asistimos á ese acto y vimos congusto que el Sr. .M artinez ha empicado bien el corte>tiempo que ha servido el espresado establecimiento.Lo recomendamos por su esmerada dedicacio», yasí mismo escitarnos á. Ios padres de los niños paraque procuren que estos -no abandonen la enseñanza,y al Gobierno con el fin de que importa á esa escue­la la proteccion de que tanto neccsita.-B. Gana.

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