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oficial burgos diputación de burgos bopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOS Secretaría General Extracto de los acuerdos que fueron adoptados en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno de esta Corporación el día 7 de abril de 2017 4 Extracto de los acuerdos que fueron adoptados en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno de esta Corporación el día 20 de abril de 2017 7 Extracto de los acuerdos que fueron adoptados en la sesión ordinaria celebrada por el Pleno de esta Corporación el día 7 de abril de 2017 9 AYUNTAMIENTO DE ALTABLE Aprobación del padrón fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año 2017 11 AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUERO GeStión tributaria Aprobación de los padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, rústica y de características especiales del ejercicio de 2017 12 Servicio de urbaniSmo y arquitectura Solicitud de licencia ambiental para bodega de elaboración de vinos 14 AYUNTAMIENTO DE AVELLANOSA DE MUÑÓ Subasta para el arrendamiento del aprovechamiento cinegético del coto de caza BU-10.355 de Paúles del Agua 15 AYUNTAMIENTO DE BRIVIESCA Convocatoria para la adjudicación de nueve huertos de ocio de titularidad municipal 17 C.V.E.: BOPBUR-2017-099 núm. 99 lunes, 29 de mayo de 2017 e de la provincia boletín sumario –1–

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOSSecretaría General

Extracto de los acuerdos que fueron adoptados en la sesión ordinaria

celebrada por la Junta de Gobierno de esta Corporación el día 7

de abril de 2017 4

Extracto de los acuerdos que fueron adoptados en la sesión ordinaria

celebrada por la Junta de Gobierno de esta Corporación el día 20

de abril de 2017 7

Extracto de los acuerdos que fueron adoptados en la sesión ordinaria

celebrada por el Pleno de esta Corporación el día 7 de abril de 2017 9

AYUNTAMIENTO DE ALTABLEAprobación del padrón fiscal del impuesto sobre vehículos de tracción

mecánica del año 2017 11

AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUEROGeStión tributaria

Aprobación de los padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles

de naturaleza urbana, rústica y de características especiales del ejercicio

de 2017 12

Servicio de urbaniSmo y arquitectura

Solicitud de licencia ambiental para bodega de elaboración de vinos 14

AYUNTAMIENTO DE AVELLANOSA DE MUÑÓSubasta para el arrendamiento del aprovechamiento cinegético del coto

de caza BU-10.355 de Paúles del Agua 15

AYUNTAMIENTO DE BRIVIESCAConvocatoria para la adjudicación de nueve huertos de ocio de titularidad

municipal 17

C.V.E.: BOPBUR-2017-099

núm. 99 lunes, 29 de mayo de 2017ede la provincia

boletín

sumario

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AYUNTAMIENTO DE BURGOSGerencia municipal de ServicioS SocialeS, Juventude iGualdad de oportunidadeS

Bases de la convocatoria municipal de subvenciones para la cofinanciación

de proyectos de cooperación al desarrollo, año 2017 18

Bases de la convocatoria municipal de subvenciones para la cofinanciación

de proyectos de educación y sensibilización a la cooperación al desarrollo

internacional, año 2017 44

Bases de la convocatoria municipal de subvenciones para acciones

humanitarias de emergencia en el ámbito internacional, año 2017 59

Bases de la convocatoria municipal de subvenciones a entidades privadas

sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de inclusión social,

año 2017 70

Bases de la convocatoria municipal de subvenciones a entidades privadas

sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas para la integración de

personas inmigrantes, año 2017 86

AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE ARANDAConcurso para la adjudicación del contrato de arrendamiento de la Casa

del Maestro y Aula Este de titularidad municipal 101

AYUNTAMIENTO DE CASTROJERIZAprobación provisional de la imposición y la ordenanza fiscal reguladora

del precio público por entrada al Centro de Interpretación «Iacobeus»

de las Cuatro Villas de Castrojeriz 104

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE POMARPeriodo de cobranza de la tasa de depuración correspondiente al primer

trimestre de 2017 105

AYUNTAMIENTO DE MONCALVILLOConvocatoria para la elección de Juez de Paz sustituto 106

AYUNTAMIENTO DE MONTERRUBIO DE LA DEMANDAAdjudicación del contrato de arrendamiento para la explotación del bar

«La Picota» 107

Aprobación provisional de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre

vehículos de tracción mecánica 108

AYUNTAMIENTO DE PANCORBOCuenta general del ejercicio de 2016 109

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AYUNTAMIENTO DE PRADOLUENGOBases de la convocatoria del concurso del cartel anunciador de las fiestas

patronales del año 2017 110

Convocatoria para la elección de Juez de Paz sustituto 113

AYUNTAMIENTO DE REGUMIEL DE LA SIERRANombramiento de Concejal Delegado para materia concreta 114

Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número

tres para el ejercicio de 2017 115

AYUNTAMIENTO DE RIOCAVADO DE LA SIERRAAdjudicación del contrato para la explotación del bar del centro social

Villa de Riocavado 116

Aprobación del proyecto de urbanización y pavimentación de tres calles 117

AYUNTAMIENTO DE SAN MAMÉS DE BURGOSAprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio de 2017 118

AYUNTAMIENTO DE VALLE DE MENAConvocatoria de becas para el desarrollo de la psicomotricidad,

psicopedagogía y logopedia para el curso 2017-2018 119

AYUNTAMIENTO DE VILVIESTRE DEL PINARAprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora del

aprovechamiento micológico del coto de setas «Término de Vilviestre

del Pinar» 120

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOSSecretaría General

Extracto de los acuerdos que fueron adoptados en la sesión ordinaria

celebrada por la Junta de Gobierno de esta Corporación el día 7 de abril de 2017

1. – Se acuerda aprobar el acta de la sesión ordinaria anterior, celebrada el día 24de marzo de 2017.

ARCHIVO PROVINCIAL. –

2. – Se acuerda autorizar la realización de servicios extraordinarios, correspondientesa horas realizadas fuera de la jornada normal de trabajo por personal Subalterno, en apoyopara la vigilancia de las actividades programadas en el Real Monasterio de San Agustín,los días 9, 11, 25, 26 y 31 de marzo de 2017.

ARQUITECTURA Y URBANISMO, ASESORAMIENTO JURÍDICO, TÉCNICO YECONÓMICO, CENTRAL DE CONTRATACIÓN Y PATRIMONIO. –

3. – Quedar enterada de la memoria de las actividades realizadas por la Oficina deAsesoramiento y Asistencia a Entidades Locales durante el año 2016.

4. – Quedar enterada de la celebración el pasado día 5 de abril de la jornada técnicade estabilidad, regla del gasto, caja de cooperación y tramitación de subvenciones.

CONTRATACIÓN Y JUNTA DE COMPRAS. –

5. – Se acuerda aprobar el pliego de cláusulas administrativas particulares que hade regir en la contratación de las obras de «Conservación, reposición y mejora de la redde carreteras de la Diputación Provincial de Burgos (Zona Norte). Anualidad 2017», con unpresupuesto de licitación de 1.000.000 euros, IVA incluido.

6. – Se acuerda aprobar el pliego de cláusulas administrativas particulares que hade regir en la contratación de las obras de «Conservación, reposición y mejora de la redde carreteras de la Diputación Provincial de Burgos (Zona Sur). Anualidad 2017», con unpresupuesto de licitación de 1.000.000 euros, IVA incluido.

7. – Se acuerda prorrogar por una anualidad (hasta el 28 de febrero de 2018), elcontrato suscrito con Cruz Roja Española, para la prestación del «Servicio de Teleasistenciaen los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Burgos», hasta elimporte máximo de 123.120 euros, IVA exento y autorizar la revisión de precios alcanzandoel nuevo precio unitario el importe de 15,58 euros/terminal/mes.

CULTURA Y TURISMO. –

8. – Se acuerda aprobar las bases específicas que han de regir el concurso provincialde conservación del patrimonio urbano rural 2017, con un presupuesto de 52.000 euros.

9. – Se acuerda resolver la convocatoria de becas para estudiantes que se alojan enla Residencia Universitaria San Agustín, curso académico 2016-2017.

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FOMENTO Y PROTECCIÓN CIVIL. –

10. – Se acuerda autorizar la realización de servicios extraordinarios,correspondientes a horas realizadas fuera de la jornada normal de trabajo por el Jefe deSeguridad, encargado de infraestructuras y equipamiento local, por la asistencia al cursode bomberos ADIF en Briviesca y la coordinación del equipo de rodaje en el PalacioProvincial, los días 4 y 26 de marzo de 2017.

MEDIO AMBIENTE, AGUAS Y MONTES. –

11. – Se acuerda aprobar la solicitud del Ayuntamiento de Modúbar de laEmparedada de modificación de la obra propuesta para la ejecución de un «sistema dedescalcificación en el depósito de abastecimiento municipal», conservando la subvenciónde 15.165,85 euros inicialmente otorgada para una inversión de 30.331,70 euros, dentrode la segunda convocatoria del ciclo integral del agua, año 2016.

PROTOCOLO. –

12. – Se acuerda autorizar la realización de servicios extraordinarios,correspondientes a horas realizadas fuera de la jornada normal de trabajo por personalSubalterno, con motivo del rodaje de un largometraje de temática histórica en el PalacioProvincial, el día 26 de marzo de 2017.

ASUNTOS DE PROTOCOLO. –

13. – Se acuerda cursar diversos asuntos de protocolo.

ASUNTOS DE URGENCIA. –

14. – Previa declaración de urgencia efectuada en forma legal, se acuerda:

Formación y Empleo:

14.1.  Aprobar el acuerdo del Consejo del Diálogo Social de la provincia de Burgos,para el desarrollo de políticas activas de empleo y ayudas sociales 2017.

S.A.J.U.M.A.:

14.2.  Aprobar la prórroga por un año del acuerdo marco para el suministro deenergía a los municipios adheridos a la Central de Contratación de Burgos, suscrito conIberdrola Clientes, S.A.U., Watium, S.L. y Aura Energía, hasta el 31 de mayo de 2018.

Planes Provinciales:

14.3.  Aprobar el texto del acuerdo de aportaciones entre la Diputación Provincial deBurgos y la Dirección General de la Guardia Civil, para realizar obras de conservación yreparación de acuartelamientos de la Guardia Civil en esta provincia, cuya aportacióneconómica provincial asciende a 120.000 euros.

Cultura y Turismo:

14.4.  Aprobar las bases específicas que han de regir la convocatoria desubvenciones para actividades culturales y fiestas patronales programadas en losmunicipios y Entidades Locales Menores de la provincia de Burgos durante 2017, con unpresupuesto de 400.000 euros.

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14.5.  Aprobar las bases específicas que han de regir la convocatoria pública parala concesión de subvenciones a la acción cultural para asociaciones y centros regionalesburgaleses 2017, con un presupuesto de 150.000 euros.

Contratación y Junta de Compras:

14.6.  Aprobar los pliegos de cláusulas administrativas particulares y deprescripciones técnicas que han de regir en la contratación de los «Conciertos con entidadespecializada de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales de la DiputaciónProvincial de Burgos y del Instituto Provincial para el Deporte y la Juventud; y de larealización de las pruebas médicas incluidas en el acuerdo regulador, de aplicación alpersonal funcionario, y Convenio, de aplicación al personal laboral, de la DiputaciónProvincial de Burgos, que exceden la vigilancia periódica del estado de la salud en funciónde los riesgos inherentes al trabajo», con un presupuesto de licitación de 335.000,00 euros,IVA incluido, y un plazo de prestación del servicio de 2 años.

DOCUMENTOS RECIBIDOS. –

15. – Quedar enterada de un documento recibido.

En Burgos, a 18 de mayo de 2017.

El Secretario General,José Luis M.ª González de Miguel

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOSSecretaría General

Extracto de los acuerdos que fueron adoptados en la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno de esta Corporación el día 20 de abril de 2017

1. – Se acuerda aprobar el acta de la sesión ordinaria anterior, celebrada el día 7 deabril de 2017.

BIENESTAR SOCIAL E IGUALDAD. –

2. – Se acuerda aprobar la modificación parcial del proyecto de cooperaciónpresentada por UNICEF Comité Castilla y León «Promoción de servicios de salud sexualy reproductiva para adolescentes en las regiones de Assaba y Gidimakha» en Mauritania,referente al cambio de la región de Assaba por la región de Nuakchot, ambas en Mauritaniay la ampliación del plazo de ejecución hasta el 9 de junio de 2018, debiéndose presentarla justificación, conforme a lo dispuesto en el convenio de colaboración, antes del 24 dejulio de 2018.

MEDIO AMBIENTE, AGUAS Y MONTES. –

3. – Se acuerda otorgar al Ayuntamiento de Castrillo Mota de Judíos una prórrogade 3 meses (hasta el 30 de septiembre de 2017), para la justificación de la obra de«Sustitución de tubería de abastecimiento del depósito de aguas municipal en CastrilloMota de Judíos», incluida dentro de la primera convocatoria de subvenciones relacionadascon el ciclo integral del agua, 2016.

4. – Se acuerda otorgar al Ayuntamiento de Zazuar una prórroga de 3 meses (hastael 30 de septiembre de 2017), para la justificación de la obra «Sustitución de redes dedistribución de agua y saneamiento en calle Río y calle Soldados de África, 1.ª fase»,incluida dentro de la segunda convocatoria de subvenciones relacionadas con el ciclointegral del agua, 2016.

5. – Se acuerda otorgar al Ayuntamiento de Modúbar de la Emparedada unaprórroga de 3 meses (hasta el 30 de septiembre de 2017), para la justificación de la obra«Acondicionamiento de EDAR de Cojóbar», incluida dentro de la segunda convocatoriade subvenciones relacionadas con el ciclo integral del agua, 2016.

6. – Se acuerda otorgar al Ayuntamiento de San Mamés de Burgos una prórroga de3 meses (hasta el 30 de septiembre de 2017), para la justificación de la obra «Instalaciónde un grupo de presión en red de abastecimiento», incluida dentro de la segundaconvocatoria de subvenciones relacionadas con el ciclo integral del agua, 2016.

PLANES Y COOPERACIÓN PROVINCIALES. –

7. – Quedar enterada de la resolución de la Presidencia número 2.395, de fecha 6de abril de 2017, de abono del 85% de la subvención por daños en infraestructurasmunicipales y red viaria de Entidades Locales, por importe total de 1.212.597,31 euros.

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VÍAS Y OBRAS. –

8. – Se acuerda autorizar la realización de servicios extraordinarios, correspondientesa horas realizadas fuera de la jornada normal de trabajo por personal funcionario, laboralfijo y laboral interino-eventual adscrito al Servicio de Vías y Obras, durante el mes de marzodel presente año.

ASUNTOS DE PROTOCOLO. –

9. – Se acuerda cursar diversos asuntos de protocolo.

ASUNTOS DE URGENCIA. –

10. – Previa declaración de urgencia efectuada en forma legal, se acuerda:

Formación y Empleo:

10.1.  Aprobar el Plan de Empleo 2017, comprensivo del Plan I (destinado apersonas desempleadas) y Plan II (destinado a personas desempleadas con discapacidad),cuyos presupuestos ascienden a 2.000.000 euros y 300.000 euros, respectivamente.

Presidencia:

10.2.  Encomendar al Instituto Provincial para el Deporte y Juventud de Burgos elestudio y tramitación del expediente que conduzca a la firma de un nuevo convenio conla Fundación Ecopilas, para la instalación de contenedores para reciclar pilas usadas endiferentes puntos de la provincia de Burgos próximos a los centros de enseñanza.

10.3.  Encomendar al Servicio de Agricultura y Medio Ambiente el estudio ytramitación del expediente que conduzca a la firma de un convenio con la FundaciónEcopilas, para la puesta en marcha de un sistema de recogida selectiva de residuos depilas y acumuladores en los municipios de la provincia de Burgos.

DOCUMENTOS RECIBIDOS. –

11. – Quedar enterada de diversos documentos recibidos.

En Burgos, a 18 de mayo de 2017.

El Secretario General,José Luis M.ª González de Miguel

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BURGOSSecretaría General

Extracto de los acuerdos que fueron adoptados en la sesión ordinaria

celebrada por el Pleno de esta Corporación el día 7 de abril de 2017

1. – Se acuerda aprobar el acta de la sesión anterior, celebrada el día 9 de marzode 2017.

PRESIDENCIA. –

2. – Quedar enterada del convenio de colaboración suscrito últimamente con laFundación Caja de Burgos para el desarrollo de programas de educación ambiental en losmunicipios de la provincia con población inferior a 20.000 habitantes.

ECONOMÍA, HACIENDA, RECAUDACIÓN, CONTRATACIÓN-JUNTA DE COMPRASY CAJA DE COOPERACIÓN. –

PROPOSICIONES.

3. – Se acuerda reconocer las obligaciones correspondientes a ejercicioscerrados/reconocimiento extrajudicial de créditos número 3/2017, por importe total de278.796,52 euros.

4. – Se acuerda reconocer las obligaciones correspondientes a ejercicioscerrados/reconocimiento extrajudicial de créditos número 1/2017 del Instituto Provincialpara el Deporte y Juventud, por importe total de 15.058 euros.

5. – Se acuerda aprobar la integración de la Diputación Provincial de Burgos, comopatrón institucional, en la Fundación Privada Democracia y Gobierno Local. Aprobar,asimismo, los Estatutos por los que se rige dicha Fundación.

6. – Se acuerda aprobar la memoria y balance de la Caja de Cooperacióncorrespondiente al ejercicio 2016.

PROPOSICIONES.

7. – Se acuerda aprobar la proposición presentada por el portavoz del GrupoSocialista, interesando la recuperación de las partidas económicas de los programas deCooperación Económica Local para los conceptos de Fondo Especial, así como laspartidas presupuestarias de Fondo de Cooperación Local, de tal forma que estos fondoslleguen a los municipios.

8. – No aceptándose la enmienda propuesta por el portavoz del Grupo Ciudadanos,se acuerda aprobar la proposición presentada por el portavoz del Grupo de ImaginaBurgos, para urgir a la Junta de Castilla y León y al Gobierno de Cantabria a que firmenun convenio que posibilite la atención sanitaria del oeste de Las Merindades y la MontañaPalentina en el Hospital Tres Mares de Reinosa.

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9. – No aceptándose la enmienda presentada por la Diputada del Grupo ImaginaBurgos, se acuerda aprobar la proposición presentada por el portavoz del GrupoCiudadanos, relativa a la fauna salvaje en la provincia de Burgos.

CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO. –

10. – Quedar enterada de los Decretos dictados por la Presidencia, desde la últimasesión ordinaria, celebrada el día 9 de marzo de 2017.

ASUNTOS DE URGENCIA. –

11. – No se presentaron.

En Burgos, a 18 de mayo de 2017.

El Secretario General,José Luis M.ª González de Miguel

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02941

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALTABLE

Aprobado por Decreto de la Alcaldía de esta fecha el padrón fiscal del impuestosobre vehículos de tracción mecánica del año 2017, se hace saber para generalconocimiento:

1.º – Dicho padrón queda expuesto al público en la Secretaría Municipal por plazode un mes, contado desde el día siguiente al de la inserción de este edicto en el tablón deedictos del Ayuntamiento, a fin de que los interesados puedan examinarlo libremente yformular por escrito las reclamaciones que estimen pertinentes.

2.º – Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadasal mismo podrá formularse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mescontado a partir del día siguiente al de finalización del anterior trámite de exposiciónpública.

3.º – Periodo de pago en voluntaria del impuesto: Desde el 1 de julio al 1 de agostode 2017. A partir de esta última fecha las deudas pendientes de pago incurrirán en vía deapremio con recargo del 20%.

El pago de los recibos podrá realizarse directamente en las oficinas de esteAyuntamiento o a través de entidad bancaria o caja de ahorros para los contribuyentes quetengan domiciliados los recibos.

En Altable, a 12 de mayo de 2017.

La Alcaldesa,Ana Isabel Sánchez Carrizo

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUEROGeStión tributaria

Anuncio de exposición y cobranza

Habiéndose aprobado por Decreto de Alcaldía número 572/2017, de fecha 4 demayo de 2017, los siguientes padrones fiscales, correspondientes a dicho ejercicio:

– Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.

– Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.

– Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales.

Y someterlos a exposición pública mediante anuncio publicado en el tablón deanuncios de este Excmo. Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, durante elplazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio enel Boletín Oficial, en la Oficina Municipal de Gestión Tributaria, sita en la Plaza Mayor,número 1, 1.ª planta, de lunes a viernes laborables, en horario de 9:00 a 14:00 horas,mediante atención personalizada, debiendo los interesados acreditar tal condición, o surepresentante, debidamente autorizado, a efectos de facilitarles el acceso a lainformación tributaria correspondiente, por tratarse de datos protegidos de conformidadcon lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección deDatos de Carácter Personal.

Al amparo de lo previsto en el artículo 14.2 del citado texto refundido, y del artículo223.1, párrafo 2.º de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciembre, contra lasliquidaciones comprendidas en el padrón podrá formularse recurso de reposición, previoal contencioso-administrativo, ante el Alcalde en el plazo de un mes a partir del díasiguiente al de finalización del periodo voluntario de pago.

En cumplimiento del artículo 102.3 de la citada Ley General Tributaria, se publicaráeste edicto para advertir que las liquidaciones por los tributos y ejercicio referenciados senotifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que terminela exposición al público del padrón.

El plazo de ingreso en periodo voluntario será del 1 de julio al 3 de septiembre delpresente ejercicio a través de cualquiera de las entidades colaboradoras que figuran en elrecibo, debiendo presentar en sus oficinas los trípticos que en los próximos días recibiránen sus domicilios.

Los recibos domiciliados serán pasados al cobro el día 5 de agosto. Transcurrido elplazo indicado sin que se haya efectuado el pago voluntario, se iniciará el periodo ejecutivoque determina la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodoejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria 58/2003 y, ensu caso, de las costas del procedimiento de apremio, según lo dispuesto en el artículo 161.4

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de la citada Ley. Cuando la deuda se satisfaga antes de que haya sido notificada al deudorla providencia de apremio, el recargo exigible será del 5% y no se habrán de satisfacerintereses de demora.

En Aranda de Duero, a 4 de mayo de 2017.

La Alcaldesa,Raquel González Benito

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANDA DE DUEROServicio de urbaniSmo y arquitectura

Bodegas Fusión, S.L. ha solicitado de este Ayuntamiento, bajo el expediente número1906/2016, licencia ambiental para bodega de elaboración de vinos, en polígono 28,parcelas 773, 774, 775, 776 y 777 de este municipio.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 del Decreto Legislativo 1/2015,de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de PrevenciónAmbiental de Castilla y León, se abre un periodo de información pública de diez días, paraque puedan formularse alegaciones.

El expediente se halla de manifiesto en la Oficina Municipal de Medio Ambiente, sitaen la Plaza Mayor, número 13, donde podrá ser consultado durante ese plazo, de lunes aviernes, en horas de oficina (atención al público de 9:00 a 14:00 horas).

En Aranda de Duero, a 11 de mayo de 2017.

La Alcaldesa,Raquel González Benito

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02698

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE AVELLANOSA DE MUÑÓ

Coto de caza de Paúles del Agua (Ayuntamiento de Avellanosa de Muñó)

Aprobado por este Ayuntamiento el pliego de condiciones que ha de regir laadjudicación del aprovechamiento cinegético, mediante procedimiento abierto –ofertaeconómicamente más ventajosa– único criterio de adjudicación, el precio (subasta) ytramitación ordinaria del coto de caza BU-10.355 de Paúles del Agua (Avellanosa de Muñó),se anuncia la convocatoria de subasta para su adjudicación.

– Objeto: El arrendamiento del aprovechamiento cinegético del coto de cazaBU-10.355, con una superficie aproximada de 981 hectáreas, radicado en el términomunicipal de Paúles del Agua (Avellanosa de Muñó).

– Duración del contrato: Cinco años, en coincidencia con cinco campañascinegéticas (2017-2018 a 2021-2022).

– Tipo de licitación: 9.000 euros anuales (nueve mil euros), al alza.

– Forma de pago: La 1.ª anualidad (2017-2018), a la firma del contrato. Las demásanualidades antes del 15 de mayo de cada año.

– Garantías: La provisional para participar será de 1.000 euros (para evitar ofertasespeculativas de las que desiste el licitador con el objeto de rebajar el importe de laadjudicación). La definitiva será de 3.000 euros.

– Plicas: En la Secretaría Municipal del Ayuntamiento de Avellanosa de Muñó (calleReal, s/n, 09345, teléfono 947 56 41 31), correo: [email protected],los martes de 10 a 14 horas y viernes de 10 a 12 horas cada semana, en el plazo de quincedías naturales contados desde el siguiente al de publicación de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia, hasta las 14 horas del último día hábil. De no coincidir aquel conmartes, se trasladará al primer martes hábil siguiente.

– Apertura: El primer martes hábil siguiente al día de finalización del plazo depresentación de proposiciones, a las 14:00 horas en el Ayuntamiento de Avellanosa deMuñó.

– Documentación: El licitador presentará dos sobres A) y B) firmados y cerrados,que contendrán: El sobre A) los documentos previstos en el pliego. Y el sobre B) laproposición económica cuya literalidad será la siguiente:

D. ………………………………………………, mayor de edad, con DNI ………………,y domicilio en ……………………………, actuando en nombre propio (o en representaciónde don ………………………), que acredito mediante poder bastante, en plena posesiónde mi capacidad jurídica y de obrar, tomo parte en la subasta anunciada por elAyuntamiento de Avellanosa de Muñó para arrendamiento del aprovechamientocinegético del coto BU-10.355 de la Junta Vecinal de Paúles del Agua, a cuyos efectoshago constar:

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Ofrezco la cantidad de ……………………………………… euros (expresado en letray número) anuales, por dicho arrendamiento, comprometiéndome a satisfacer su pagomediante las fórmulas y plazos previstos en el pliego de condiciones.

Declaro reunir todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con esaEntidad Local, no hallándome incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en la Leyde Contratos del Sector Público.

Acepto incondicionalmente el pliego de condiciones aprobado por la Corporaciónpara la adjudicación del coto de caza.

Fecha y firma.

– Gastos a cargo del adjudicatario: Los derivados de anuncios, matrícula y plancinegético vigente, que se ingresarán al Ayuntamiento a la firma del contrato, así como elpago durante la vigencia del contrato de cuántos impuestos le sean de aplicación.

En Avellanosa de Muñó, a 28 de abril de 2017.

El Alcalde,Enrique Manuel Ortega García

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02910

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRIVIESCA

Se hace pública la convocatoria para la adjudicación de 9 huertos de ocio detitularidad municipal.

Los interesados podrán presentar sus proposiciones conforme a los requisitosestablecidos en el Reglamento de régimen de uso de los huertos de ocio de titularidadmunicipal, publicado definitivamente en el Boletín Oficial de la Provincia número 86, de 9de mayo de 2017, durante el plazo de quince días naturales contados a partir del siguientea la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos.

Las solicitudes pueden recogerse en el Registro Municipal del Ayuntamiento deBriviesca (calle Santa María Encimera, 1, Briviesca) o consultarse en la web municipal:www.ayto-briviesca.com

En Briviesca, a 11 de mayo de 2017.

El Alcalde,Marcos Peña Varó

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02913

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BURGOSGerencia municipal de ServicioS SocialeS, Juventud

e iGualdad de oportunidadeS

El Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales,Juventud e Igualdad de Oportunidades, en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2017,ha acordado aprobar las siguientes bases que rigen la convocatoria municipal desubvenciones para la cofinanciación de proyectos de cooperación al desarrollo, año 2017.

El crédito asignado es de 783.426 euros, para el que existe consignaciónpresupuestaria en la partida 08.2311.48905C (RC: 19167) del presupuesto general vigente.

En Burgos, a 12 de mayo de 2017.

La Presidenta del Consejo,Gema Conde Martínez

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BASES DE LA CONVOCATORIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONES PARA LACOFINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO

CONVOCATORIA DEL AñO 2017

1. – Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la regulación de subvenciones para lacofinanciación de proyectos de carácter social, productivo, formativo, sanitario, etc.desarrollados por Entidades u Organizaciones No Gubernamentales en países en vías dedesarrollo, que contribuyan a su vez a generar o reforzar relaciones de solidaridad desdeBurgos.

2. – Crédito de la convocatoria.

La concesión de subvenciones se hará con cargo a la partida correspondiente delpresupuesto municipal para el año 2017, con un crédito asignado a la misma por importede 783.426 euros.

3. – Requisitos de los solicitantes.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades u Organizaciones NoGubernamentales que cumplan los siguientes requisitos:

a)  Estar legalmente constituidas con una antiguedad mínima de un año anterior ala publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

b)  Estar inscritas y tener actualizada la documentación en el Registro Municipal deAsociaciones en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c)  Estar inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castillay León regulado en el Decreto 46/2008 en la fecha de finalización del plazo de presentaciónde solicitudes.

d)  Disponer de sede o delegación permanente en el término municipal de Burgos.A estos efectos se entenderá como delegación aquella que cuente con personal y localpara el desarrollo de su actividad.

e)  Tener acreditados en sus Estatutos como fines propios la realización deactividades de cooperación con países en vías de desarrollo.

f)  Ser activas en el ámbito municipal de Burgos en programas de promoción de lasolidaridad o sensibilización de la ciudadanía ante los problemas de los países en vías dedesarrollo y acreditarlo. Se considera a estos efectos que existe presencia activa en elmunicipio cuando se hayan desarrollado actividades contempladas en el baremoespecificado en el Anexo V de estas bases, en el año anterior (2016) o en los dos últimosaños (2015 y 2016) si la Entidad es de nueva constitución o no hayan solicitado estasubvención municipal en los últimos tres años.

Los datos aportados podrán ser objeto de cesión a la Base de Datos Nacional deSubvenciones; asimismo podrían aportarse a otras Entidades publicas a los efectos decomprobar la veracidad de los mismos y la correcta aplicación de la cantidadsubvencionada.

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4. – Causas de exclusión.

a)  Se desestimarán aquellas solicitudes presentadas por las Entidades que nocumplan los requisitos exigidos en la base tercera de esta convocatoria.

b)  No podrán acceder aquellas Entidades u Organizaciones No Gubernamentalesque en la fecha de la finalización del plazo de solicitudes no hayan justificado lassubvenciones que se les hayan concedido en convocatorias anteriores.

c)  No se concederán subvenciones a las Entidades que ya perciban financiaciónmunicipal, mediante convenio u otra subvención para el proyecto objeto de estaconvocatoria.

d)  Tampoco podrán concederse estas subvenciones cuando la Entidad solicitantetenga débitos pendientes con el Ayuntamiento de Burgos. A estos efectos se tendrá comoreferencia la fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias.

e)  No se concederá subvención a aquellas entidades que hayan presentado elmismo proyecto, sector o grupo de población en la misma zona o localización, en más decinco convocatorias anteriores (sucesivas o no) de proyectos de cooperación al desarrollo,pudiéndose prorrogar dos años más siempre que el proyecto se sitúe en países deatención preferente y que el importe de solicitud no supere los 55.000,00 euros.

f)  Quedarán excluidas aquellas Entidades que presenten proyectos con unporcentaje mayor del 8% de la subvención solicitada destinada a gastos de administracióndel proyecto (costes indirectos).

g)  El importe máximo de solicitud de subvención será del 80% del coste total delproyecto, siempre que este no supere la cuantía límite de 137.500 euros. Por tanto, elimporte de la necesaria contribución de otras fuentes financieras (ya sea la organizaciónsolicitante, la organización ejecutora u otras entidades cofinanciadoras) será como mínimodel 20% del presupuesto total del proyecto. Este porcentaje se aplicará igualmente sobreel importe final de gasto del proyecto.

h)  Se desestimarán aquellos proyectos que, una vez valorados de formaindividualizada, no alcancen una puntuación mínima de 50 puntos, resultado de laaplicación del baremo (Anexo IV) que puntúa los criterios de valoración de los proyectosque aparecen en las bases 6.ª y 7.ª de esta convocatoria.

i)  También serán causas de exclusión el no cumplimiento de los requisitoscontemplados en la base quinta, apartados a), d), f), g) e i).

j)  Igualmente será causa de exclusión la presentación de la documentación fuera delplazo establecido en la base undécima, así como la no presentación de alguno de losdocumentos requeridos en citada cláusula.

k)  Se desestimarán aquellos proyectos que, una vez valorados de formaindividualizada, no alcancen una puntuación mínima de 25 puntos, resultado de laaplicación del baremo de valoración de las actividades de educación y sensibilización(Anexo V). Está puntuación será con carácter anual.

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l)  No podrán obtener en ningún caso la condición de beneficiarios las personas oEntidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

5. – Requisitos de los proyectos.

a)  Los proyectos deberán ajustarse al formulario de presentación que figura en elAnexo III, siendo motivo de exclusión:

– Aquellos que por insuficiente e imprecisa información sea imposible su valoración.

– No seguir el formulario de presentación de proyectos que aparece en las bases.

b)  No podrá presentarse más de un proyecto por Entidad solicitante.

c)  Se podrán incluir gastos de administración del proyecto por la Entidad solicitanteque no superen el 8% de la subvención solicitada. Este mismo porcentaje se aplicará alimporte total de la subvención finalmente concedida.

d)  Los únicos gastos de transporte que se admitirán serán aquellos ocasionados enla ejecución del proyecto, es decir de movilidad interna en el área de ejecución del mismoy zona de ubicación de la Entidad contraparte local.

e)  En el Anexo III, punto 3.8.1 «Plan de financiación» deberán aparecerdetalladamente los conceptos y cuantía que se imputan a la subvención municipal.

f)  En el Anexo III, punto 3.3.1 «Fecha de inicio» deberá determinarse la fecha(día/mes/año) de inicio de ejecución del proyecto así como la «Fecha de finalización»(día/mes/año).

g)  Las Entidades que presenten un proyecto en unión, asociación, consorcio, etc.deberán cumplir, por separado, todos los requisitos de la base tercera de estaconvocatoria.

h)  Las Entidades que accedan por primera vez a esta convocatoria municipal nopodrán presentar proyectos cuya cuantía solicitada sea superior a 30.000 euros.

i)  Las solicitudes para proyectos a desarrollar en países no preferentes ni prioritariosno podrán ser superiores a un importe de 55.000 euros.

j)  Los proyectos deberán ser viables económica, social y administrativamente, demodo que la continuidad de los mismos quede garantizada cuando finalice la ayudaexterior.

k)  Iniciar el proyecto subvencionado en la fecha indicada por la Entidad y siempreen el año de la convocatoria, con independencia de que se haya hecho efectivo el pagode la subvención.

l)  En los proyectos consistentes en varias fases los objetivos, resultados,actividades, indicadores y fuentes de verificación previstos deberán corresponderse conla fase para la cual se solicita la subvención, independientemente de que se informe anivel global.

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6. – Criterios de selección.

En la concesión de estas subvenciones se tendrán en cuenta los criterios siguientes:

a)  Los programas o proyectos objeto de subvención deberán resolver situacionesde carácter permanente y estable, estando expresamente excluidas las situacionestransitorias derivadas de catástrofes o similares y que no implique discriminación ningunapor razón de raza, confesión religiosa, sexo e ideología.

b)  El proyecto o programa deberá contribuir al cumplimiento efectivo de losderechos humanos: Derecho humano a la salud, a la alimentación, al agua potable ysaneamiento, a la educación, a la vivienda adecuada y digna, a un nivel de vida adecuaday medios de subsistencia.

c)  Se concederá prioridad a los proyectos que se desarrollen en países, regiones oterritorios donde se produzcan graves violaciones de los derechos humanos.

d)  La Entidad u Organización No Gubernamental que presente el proyecto deberáacreditar experiencia contrastada en materia de cooperación internacional; estructuraorganizativa para sostener las acciones subvencionadas; y haber desarrollado actividadesde sensibilización social en el término municipal.

e)  Se concederá prioridad a aquellos proyectos que queden resueltos con laaportación municipal de esta convocatoria, evitando generar dependencia de laspoblaciones afectadas y potenciando la capacidad de desarrollo y de gestión de lapoblación beneficiaria.

f)  Se considerará importante que el proyecto haya sido elaborado y definido encolaboración con organizaciones locales de la población afectada, así como el hecho deque ésta intervenga como sujeto activo en la ejecución del mismo.

g)  Tendrán prioridad aquellos proyectos que fomenten la participación de losmiembros de la comunidad beneficiaria, incrementando su capacidad de desarrollo ygestión, y potencien el desarrollo de las organizaciones locales.

h)  Se considerarán prioritarios los proyectos que incorporen la perspectiva degénero, es decir aquellos que comprendan acciones que mejoren las condiciones de vidade las mujeres; que incrementen las oportunidades económicas, formativas y sociales delas mismas; y que acometan la discriminación institucional y cultural que padecen.

Asimismo serán preferentes los proyectos destinados a población indígena.

i)  Atención al desarrollo sostenible con consideración especial del impactomedioambiental y al uso equilibrado de los recursos naturales.

j)  En los sectores prioritarios de intervención serán preferentes las intervencionesdirigidas a cubrir necesidades fundamentales de la población destinataria, y en concreto:

– Servicios colectivos de carácter básico: Educación, salud, acceso al agua potabley saneamiento básico, habitabilidad básica y vivienda digna.

– Soberanía alimentaria.

– Fortalecimiento del papel de la mujer como agente de desarrollo.

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– Protección de los derechos humanos, prevención de conflictos y construcción dela paz.

– Cultura y protección de los derechos de los pueblos indígenas.

– Protección del medio ambiente, desarrollo sostenible y lucha contra el cambioclimático.

k)  Las zonas geográficas que son objeto preferente de actuación son los países yterritorios empobrecidos que cuenten con menor índice de desarrollo humano. Así, seestablecen las siguientes áreas geográficas preferentes y prioritarias.

– Países de atención preferente:

África Subsahariana: Angola, Burkina Fasso, Camerún, Costa de Marfil, Chad,Etiopía, Kenia, Mauritania, Mozambique, Nigeria, República Centroafricana, R.D. delCongo, Ruanda, Senegal, Sudán, Tanzania, Uganda, Campamentos Saharauis (Argelia).

Latinoamérica: Haití.

– Países prioritarios:

Resto de países africanos.

Latinoamérica: Guatemala, Honduras, Nicaragua y El Salvador.

Asia y Oriente Próximo: Nepal, Pakistán y los Territorios Palestinos, Siria.

– Otros objetivos geográficos:

Asia: India, Indonesia.

Latinoamérica: Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia y República Dominicana.

l)  Prioridades sociales: Aquellos grupos de población que se encuentran ensituación de vulnerabilidad y/o de riesgo de exclusión social:

– Las mujeres que pertenezcan a poblaciones especialmente desfavorecidas.

– La infancia, con especial atención a la erradicación de la explotación infantil y a losmenores que se encuentren fuera del sistema escolar o padezcan discapacidades.

– La población juvenil excluida del sistema educativo y del mercado de trabajo.

– La población de los países en conflictos bélicos, desplazada y refugiada, y tambiénaquella en proceso de retorno o de reasentamiento.

– Los pueblos indígenas y las minorías étnicas amenazadas.

– La población campesina de las zonas rurales más deprimidas.

– Los grupos humanos asentados en los cinturones de pobreza urbana.

– Las personas mayores dependientes, las personas con discapacidad y las enfermassin recursos.

m)  En todo caso los criterios mencionados deberán priorizarse de acuerdo con losprincipios y objetivos establecidos por la Ley 23/1998 de Cooperación Internacional parael Desarrollo, y por la Ley 9/2006 de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León, así comoen los planes directores estatal y autonómico.

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7. – Criterios de valoración de los proyectos.

Para la asignación de las subvenciones correspondientes a la presente convocatoriase tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a)  En relación con la calidad técnica del proyecto:

– La información sobre el proyecto a desarrollar, su contexto, etc.

– La coherencia entre la justificación de la acción, los objetivos trazados y lasactividades propuestas.

– La especificación de indicadores que midan los resultados y la efectividad delsistema de verificación de los mismos.

– La viabilidad técnica de la acción a realizar.

– La viabilidad del proyecto una vez ejecutada la acción subvencionada.

b)  En relación con la capacidad de los actores y la calidad de sus relaciones:

– La experiencia y capacidad de la contraparte local, así como su vinculación conla población beneficiaria.

– La participación de los beneficiarios en la proposición, ejecución y gestión delproyecto.

– Algún tipo de participación aval de una institución electa local.

– La existencia de antecedentes de colaboración en proyectos entre la ONGD y lacontraparte.

– La existencia de antecedentes de trabajo entre la organización ejecutora y lapoblación beneficiaria.

– La experiencia de la ONGD solicitante y su capacidad de seguimiento y en especialla capacidad demostrada en la gestión de proyectos subvencionados en anterioresconvocatorias del Ayuntamiento.

c)  En relación con el presupuesto:

– La adecuación a los requisitos de cofinanciación y límites especificados.

– La adecuación a las actividades planteadas.

– La viabilidad financiera del proyecto global (y no sólo de la parte correspondientea la subvención solicitada).

– La relación del coste con los resultados y el número de beneficiarios.

d)  En relación con la incorporación de las prioridades estratégicas:

– Prioridades sectoriales: Servicios colectivos de carácter básico, soberaníaalimentaria, mujer, defensa de los derechos humanos, protección del medio ambiente,derechos de los pueblos indígenas.

– Prioridades geográficas: Países de atención preferente, prioritarios y otrosobjetivos geográficos.

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– Prioridades sociales: Aquellos grupos de población que se encuentran en situaciónde vulnerabilidad y/o de riesgo de exclusión social.

e)  En relación con la identificación e implicación local con el proyecto:

– Movilización de personas voluntarias en acciones concretas de apoyo al proyectoen Burgos.

– Presencia de voluntarios o cooperantes burgaleses en el proyecto.

– Organización en Burgos de actividades de información y sensibilizaciónpresentando el proyecto financiado.

f)  De cohesión de la cooperación realizada desde el Ayuntamiento:

– Que la acción sea continuación de un proyecto o programa de actuación en unamisma zona apoyado anteriormente por el Ayuntamiento de Burgos.

– Que el proyecto se localice en zonas geográficas o países donde el Ayuntamientode Burgos no ha financiado ningún proyecto de cooperación.

– Sectores de población singulares donde el Ayuntamiento de Burgos no haintervenido o lo ha hecho puntualmente.

– El grado de adecuación a los objetivos de la convocatoria y prioridades delAyuntamiento de Burgos: Continente africano, zonas en conflicto bélico o armado, zonascon flagrante vulneración de derechos humanos, sectores especialmente vulnerables y/odiscriminados (infancia, discapacidad, refugiados, desplazados, indígenas, etc.).

8. – Gastos subvencionables.

Serán gastos subvencionables los realizados durante el período de ejecución delproyecto que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización delperiodo de justificación, así como los gastos derivados de los costes indirectos.

A efectos de la concesión de la subvención solicitada se considerarán como gastossubvencionables los siguientes:

Costes directos:

a)  Los gastos de construcción y/o rehabilitación de edificios y otras estructuras, asícomo los demás costes directos asociados a la misma que puedan ser considerados comointegrantes del proyecto presentado. La mano de obra ligada a estas tareas y los materialesde construcción o rehabilitación necesarios, así como los estudios técnicos, se entenderánincluidos en esta partida.

b)  Los correspondientes a la compra y transporte de equipos y materiales, y los deaquellos técnicos que la empresa proveedora necesite desplazar para el adiestramiento,puesta en marcha y funcionamiento de la maquinaria, así como los demás costes directosasociados a la misma que puedan ser considerados como integrantes del proyectopresentado.

c)  Los de personal, debiendo desglosarse debidamente los gastos originados porel personal local y por el personal expatriado. Los gastos imputados a personal expatriado

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no podrán exceder del 10% de la subvención solicitada, ni superar el 10% de lasubvención finalmente concedida. A este respecto señalar que serán imputables los costessalariales básicos, tales como sueldo base, antiguedad, plus productividad o transporte,además de los costes a la Seguridad Social e impuestos de la renta, quedando excluidosotros conceptos como ayudas, gratificaciones o complementos que la Entidad quieraincluir en el salario de forma arbitraria o fruto de un acuerdo específico entre las partes.Quedan asimismo excluidos los gastos por concepto de viajes del personal expatriado.

d)  Los relativos al funcionamiento del proyecto. Revisten este carácter los costesdirectos y los derivados del proyecto realizados por la contraparte local que puedan serconsiderados como integrantes del proyecto presentado. Se considerarán incluidos enesta partida:

– Los costes de funcionamiento del proyecto en el terreno relativos a los alquileresde bienes muebles o inmuebles.

– Los costes relativos a la formación profesional y al adiestramiento de los recursoshumanos locales cuando sean necesarios para la puesta en marcha de un proyectoconcreto, que formen parte de éste, o que representen el contenido de un programa deformación o asistencia técnica.

– Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, notarial y registral, cuandofueran indispensables para la ejecución de la intervención. En este concepto se incluyengastos derivados de las transferencias bancarias de los fondos al país de ejecución.

– Quedan excluidos los gastos correspondientes al socio local que no seanimputables a la ejecución del proyecto cofinanciado.

Costes indirectos:

Los gastos indirectos asociados a la administración de la Entidad solicitante (segúnlos límites establecidos en las cláusulas 4.ª f y 5.ª c). Se podrán imputar como gastosindirectos todos los gastos administrativos de la Entidad solicitante derivados exclusiva ydirectamente de la formulación, análisis, seguimiento, control y evaluación del proyecto,tales como teléfono, luz, material de oficina, amortizaciones de equipos, el personalcontratado por la Entidad solicitante, excepto el expatriado, etc.

9. – Compatibilidad de las subvenciones.

La concesión de subvenciones al amparo de la presente convocatoria serácompatible con otras otorgadas para la misma finalidad por otras AdministracionesPúblicas, siempre que el importe global de las mismas no supere el coste total del proyectoobjeto de la subvención.

10. – Cuantía de las subvenciones.

a)  Las subvenciones que se otorguen tendrán un importe máximo de 110.000 euros,y un importe mínimo de 18.000 euros, siempre que no exceda la cuantía solicitada.

b)  El importe de la subvención concedida no podrá ser de tal cuantía que,aisladamente o en concurrencia con el total de subvenciones percibidas, supere el costedel proyecto a desarrollar.

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c)  Las subvenciones tienen carácter anual, por lo que la continuación de losproyectos estará sujeta a una nueva aprobación en el marco y criterios de las siguientesconvocatorias municipales.

11. – Presentación de solicitudes.

Los solicitantes de la subvención que comprende esta convocatoria deberánpresentar, en el Registro General de este Ayuntamiento, la documentación siguiente:

a)  Instancia dirigida al Excmo. Sr. Alcalde dentro de los 30 días naturales a partir dela publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, conformeal modelo que figura en el Anexo I.

b)  Documentación acreditativa de la Entidad u Organización No Gubernamental enlos registros públicos donde conste.

c)  Documentación acreditativa de la inscripción de la Entidad solicitante en elRegistro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León.

d)  Documentación acreditativa de la contraparte local que deberá tenerpersonalidad jurídica propia.

e)  Memoria del programa ajustándose al formulario de presentación de proyectosque figura en el Anexo III.

f)  Referencia sobre los antecedentes y proyectos realizados en países en vías dedesarrollo por la Entidad u Organización No Gubernamental solicitante.

g)  Documentación acreditativa (mediante certificado y otros documentos que loverifiquen suficientemente) de las actividades de educación y sensibilización desarrolladasen el municipio de Burgos por la Entidad u Organización No Gubernamental en el año2016, y años 2015 y 2016 si la Entidad es de nueva constitución o no hayan solicitadoesta subvención municipal en los últimos tres años.

h)  Declaración responsable de que los Estatutos de la Entidad u Organización NoGubernamental y el número de CIF no han sufrido variación alguna de los que ya obran enpoder municipal.

i)  Ficha de alta de terceros (Anexo II) si el número de cuenta de la Entidad ha variadorespecto a convocatorias anteriores. Estará debidamente cumplimentada y su titularidaddeberá corresponder siempre a la Entidad que presente la solicitud.

j)  Declaración de la Entidad u Organización No Gubernamental por la que secompromete a garantizar la ejecución del proyecto, el cumplimiento de los plazos deejecución y el inicio del proyecto dentro del año de la convocatoria.

k)  Declaración de las solicitudes de subvención presentadas a otras Institucionespúblicas o privadas para este proyecto, detallando su cuantía y finalidad.

l)  Declaración responsable de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias yde Seguridad Social, según lo establecido en el artículo 24.7 del Reglamento de la LeyGeneral de Subvenciones.

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Los anexos o documentación complementaria se presentarán en formato digital(CD, disquete, memoria externa...).

Aquella documentación que sea objeto de valoración y se entregue posteriormenteal período de presentación de solicitudes establecido (salvo la demandada expresamentepor los servicios municipales) no se tendrá en cuenta en la valoración del proyecto.

12. – Procedimiento de resolución de la convocatoria.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen deconcurrencia competitiva, según lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo a los principios de publicidad,transparencia, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación.

Las solicitudes que adolezcan de defectos subsanables, o la documentaciónpresentada sea insuficiente, se requerirá a la Entidad solicitante para que en el plazo de10 días hábiles complete la documentación o subsane las deficiencias, con indicaciónexpresa de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistida de su petición.

Las solicitudes presentadas, en tiempo y forma, serán valoradas por la ComisiónTécnica de la Gerencia, compuesta por tres técnicos municipales que conformarán elórgano colegiado referido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, basándose en los criteriosde valoración de proyectos establecidos en la base séptima, y por el Consejo Local deCooperación al Desarrollo, que posteriormente emitirá su informe con carácter consultivoy no vinculante. Seguidamente se elevará la propuesta al Consejo de Administración de laGerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades para suaprobación.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses, que secomputará a partir de la publicación de la presente convocatoria.

Contra el acuerdo resolutorio de la convocatoria podrá interponerse recurso dealzada en el plazo de un mes ante el Ayuntamiento.

13. – Obligaciones de las Entidades beneficiarias.

a)  La gestión de la subvención de acuerdo a los principios de eficacia en elcumplimiento de los objetivos y eficiencia en la utilización de los recursos públicos.

b)  Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la ejecución ydesarrollo del proyecto subvencionado.

c)  Cumplir los objetivos, ejecutar el proyecto y aplicar las cantidades recibidas alos fines para los que fue concedida la subvención.

d)  La Entidad subvencionada deberá presentar un informe intermedio transcurridala primera mitad del periodo de ejecución. En él se indicará resumidamente (máximo 3hojas) las acciones llevadas a cabo, así como los avances y problemas detectados hastala fecha.

e)  Cualquier modificación sustancial del proyecto subvencionado, que afecte a: Losobjetivos del mismo, la población beneficiaria, la zona de ejecución, los plazos de

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ejecución, resultados, o diferencias presupuestarias deberán ser comunicadas alAyuntamiento, con expresión de las modificaciones introducidas y argumentando sunecesidad, para su autorización por los órganos municipales competentes. En casocontrario, si la Entidad reformula el proyecto de forma tácita y no lo hace explícitamente,por escrito y presentado en el Registro General de este Ayuntamiento será causa dereintegro parcial o total de la subvención percibida.

f)  Iniciar el proyecto subvencionado en la fecha indicada por la Entidad y siempreen el año de la convocatoria, con independencia de que se haya hecho efectivo el pagode la subvención.

g)  Someterse a las actuaciones de comprobación, control y seguimiento por partedel Ayuntamiento de la aplicación de la subvención concedida.

h)  Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones, para la mismafinalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o Entidad privada.

i)  Reintegrar la subvención concedida en los casos y en los supuestoscontemplados en la normativa aplicable a esta convocatoria.

j)  Hacer constar explícitamente en la publicidad del proyecto subvencionado lacolaboración del Ayuntamiento de Burgos.

14. – Plazo de ejecución.

Los proyectos subvencionados deberán iniciar su ejecución en un plazo no superiora tres meses computables desde la fecha de notificación de la resolución de la subvención,y siempre dentro del ejercicio en que se concedió la subvención (2017).

Podrá desplazarse el cronograma de ejecución del proyecto en función de la fechade efectiva iniciación, manteniendo el número de meses previsto inicialmente para laejecución del proyecto.

La finalización de los mismos deberá efectuarse en el plazo establecido en elacuerdo resolutorio de la convocatoria, salvo las excepciones previstas en la basedecimotercera, apartado e) de estas bases.

15. – Pago de la subvención.

El pago de la subvención se efectuará mediante un único anticipo a cuenta y una vezaprobada por el Consejo de la Gerencia Municipal, a cuyos efectos el Órgano de GestiónTributaria y Tesorería transferirá la subvención concedida a la cuenta bancaria indicada enel Anexo II.

Las Entidades subvencionadas en esta convocatoria quedarán exoneradas de laconstitución de garantías, en atención a la naturaleza y objetivos que persigue estaconvocatoria.

16. – Justificación de la subvención.

Los perceptores de estas subvenciones deberán presentar en el plazo máximo detres meses, computables desde la finalización del plazo de ejecución, la documentaciónsiguiente en bloques separados:

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a)  Tomo I. Memoria técnica:

– Especificación de las acciones realizadas, los resultados obtenidos, los objetivosalcanzados y los problemas detectados; impacto de los efectos del proyecto sobre elmedio técnico, económico, social, político y ecológico; viabilidad, estimando lacapacidad de continuación de las acciones de manera autónoma; participación ysatisfacción de los beneficiarios. La siguiente información deberá ajustarse al formularioque figura en el Anexo VI.

– En el caso de proyectos que incluyan construcciones o infraestructuras, deberápresentarse como documento de verificación al menos un informe final de obra narrativoy gráfico, en el que se detallen los aspectos técnicos y se justifique claramente el alcancey estado de las obras.

– En el caso de acciones de formación se deberá presentar como documento deverificación un listado de participantes, hojas de firmas de asistencia, ficha de ejecución dela acción detallando contenidos, objetivos, fechas, docentes, evaluación del alumnado, etc.

– Aquellos documentos emitidos en idioma distinto del español deberán sercorrespondientemente traducidos a éste.

b)  Tomo II. Memoria económica:

– Memoria económica en la que se refleje el coste total del proyecto y loscofinanciadores en su caso. Relación clasificada y numerada de la totalidad de los gastosque se han realizado con cargo a la subvención municipal, que deberá ajustarse a la tabladel Anexo VII, acompañada de las facturas originales (o demás documentos de valorprobatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa), su copia yjustificante de pago, en el mismo orden y con la misma numeración que figura en la relaciónde gastos. La relación se conformará según el modelo siguiente: Número de factura odocumento, concepto, proveedor, importe en moneda del país e importe en euros eimporte imputado en euros. Este documento se presentará en soporte papel y en hoja decálculo excel por vía electrónica.

Las facturas originales, una vez compulsadas por el Ayuntamiento, serán devueltascon la indicación de que han percibido financiación municipal.

En el caso excepcional de que las facturas no se puedan sacar del país de ejecucióndel proyecto, se presentará una certificación emitida por la Embajada de España en el paísde ejecución, en caso de que la hubiere, en la que se certifiquen los gastos realizados y laautenticidad de la documentación presentada. Asimismo, la Entidad ejecutante procederáal sellado de las facturas originales donde se haga constar en cada una de ellas la cuantíasubvencionada por el Ayuntamiento de Burgos y el proyecto de referencia, para despuésproceder a compulsar las copias por dicha Embajada. En el caso de que esteprocedimiento no sea posible, se estudiarán medidas específicas conformes a las leyes delcitado país.

La justificación de los costes indirectos se presentará con las facturas de gastos ysus correspondientes justificantes de pago. Siempre que se impute el IVA en estos gastos

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se presentará una declaración responsable, en la que conste que la Entidad no es sujetopasivo de IVA, y por lo tanto éste supone un coste para la misma. Asimismo, se autorizaal Ayuntamiento de Burgos a que efectúe las comprobaciones que precise para laverificación de estos extremos.

En ningún caso se admitirán tickets de caja registradora. El beneficiario de lasubvención deberá figurar como destinatario de la factura y se deberán expresar condetalle los datos del proveedor, los bienes o servicios adquiridos, así como la fecha deadquisición.

Para la justificación de los gastos de personal se aportará la siguientedocumentación:

– Nóminas mensuales o recibís personales. Sólo es imputable el importe líquido deambos.

– Documentos justificativos del abono de las cargas sociales.

– Documentos justificativos de los demás impuestos aplicados en los recibos denómina o recibís.

– Documento de la transferencia bancaria realizada por la Entidad u ONGsubvencionada a la Entidad contraparte local.

– Certificado o documento bancario del tipo de cambio de divisa aplicado alproyecto.

c)  Tomo III. Documentación administrativa:

– Certificación acreditativa de las subvenciones o ayudas económicas que se hayanobtenido de otras Entidades públicas o privadas para el mismo proyecto, o en su defecto,certificación negativa de no haberlas recibido.

– Declaración responsable de la Entidad u Organización No Gubernamental por laque se acredite haberse destinado el importe total de la subvención concedida a laejecución del proyecto subvencionado.

Las memorias técnica y económica deberán confeccionarse por la Entidad uOrganización No Gubernamental perceptora de la subvención municipal sobre la base dela información transmitida por la Entidad ejecutante o contraparte y ajustándose a loestablecido en esta base.

Los anexos o documentación complementaria se presentarán en formato digital(CD, disquete, memoria externa...).

17. – Reintegro de las subvenciones.

Procederá la devolución o el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia delinterés legal que resulte de aplicación desde el momento del pago de las subvenciones enlos casos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,previa la tramitación para ello de los procedimientos contemplados en citada Ley.

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18. – Régimen sancionador.

A los efectos de la regulación del régimen sancionador se deberá estar a loestablecido en el Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

19. – Normativa aplicable.

En todo lo no previsto en estas bases será de aplicación lo preceptuado en la Ley38/2003, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, en la Ordenanza Generalde Subvenciones del Ayuntamiento de Burgos y en las bases de ejecución del presupuestomunicipal.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante elExcmo. señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Burgos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

*    *    *

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A N E X O I

*    *    *

CONVOCATORIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONES A ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES PARA LA COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO

CONVOCATORIA AÑO 2017

ENTIDAD SOLICITANTE DENOMINACIÓN C.I.F

DOMICILIO SOCIAL POBLACIÓN C.P

Nº REGISTRO JUNTA CASTILLA-LEÓN Nº REGISTRO MUNICIPAL ASOCIACIONES

CORREO ELECTRÓNICO

REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y APELLIDOS D.N.I.

DOMICILIO POBLACIÓN C.P

TELÉFONO/ FAX. CARGO QUE OCUPA

DATOS DEL PROYECTO DENOMINACIÓN DEL PROYECTO

COSTE TOTAL DEL PROYECTO SUBVENCIÓN SOLICITADA

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de Carácter Personal (LOPD) los datos suministrados por el ciudadano quedarán incorporados en un fichero automatizado, el cual será procesado exclusivamente para la finalidad descrita. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección adecuado, según el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre. El interesado podrá ejercer sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación en la Gerencia Municipal de Servicios Sociales sita en calle Diego Porcelos, 4.

Burgos, a....... de ................de 2017

REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:……………………………………

EXMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS

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A N E X O I I

*    *    *

MECANIZACION O CONTROL

Nº DE ORDEN

YA DADA DE ALTA

NUEVA

TESORERIA CAMBIO DE LA ANTERIOR

09071 BURGOSTFNO. 947 288808 Firma del Funcionario

2.-N.I.F. / C.I.F. ___________________

3.-CALLE ______________________________________________ Nº _________PISO _________

POBLACION __________________ PROVINCIA ___________________

CODIGO POSTAL ______________ FAX __________________

BANCO -------------------------------------------------------- OFICINA -------------------------------------------------

______________ a ____ de ______________ de _____

Personas jurídicas: adjuntar fotocopia del NIF del representante

--Se enviará debidamente diligenciada directamente a la Tesorería Municipal.--La Razón social o nombre coincidirá con las correspondientes facturas a pagar

FECHA, SELLO Y FIRMA DE LA ENTIDAD FINANCIERACONFORME. EL TERCERO

SUCURSALENTIDAD

FICHA DE ALTA DE TERCEROS

TFNO ________________

4.-(A DILIGENCIAR POR LA ENTIDAD BANCARIA):

PL MAYOR, 1 (A rellenar por el Ayuntamiento)

1.-APELLIDOS Y NOMBRE / RAZON SOCIAL _______________________________________________

____________________________________________________________________________

(Adjuntar fotocopia)

CORRESPONDE A LA PERSONA O RAZÓN SOCIAL INDICADA EN EL APTDO. 1.

LA ENTIDAD FINANCIERA QUE SUSCRIBE, ACREDITA QUE LA CUENTA ABAJO RESEÑADA

CODIGO CUENTA CLIENTE-IBAN

NUM. DE CUENTANº

CONTROLPAIS

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A N E X O I I I

FORMULARIO DE PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

1. – DATOS DE LA ONGD SOLICITANTE.

1.1.  Nombre:

1.2.  Sede social:

– Dirección.

– Localidad, provincia, C.P.

– Teléfono, fax, correo electrónico.

1.3.  NIF:

1.4.  Fecha de constitución:

1.5.  Persona responsable del proyecto:

– Nombre.

– DNI.

– Cargo.

– Teléfono de contacto.

1.6.  Datos bancarios:

1.7.  Número de socios en Burgos:

– Número de profesionales liberados en Burgos:

– Número de voluntarios en Burgos y, en su caso, apoyo de voluntariado en Burgosen este proyecto.

– Voluntarios cooperantes en Burgos enviados al proyecto.

2. – DATOS DE LA CONTRAPARTE LOCAL.

2.1.  Nombre:

2.2.  Sede social:

2.3.  Fecha de constitución:

2.4.  Persona responsable del proyecto:

– Nombre.

– Cargo.

– Experiencia.

2.5.  Principales ámbitos de actuación:

2.6.  Relación de actividades principales realizadas en los dos últimos años:

2.7.  Año en que se inicia la relación ONGD solicitante-contraparte:

2.8.  Relación de la contraparte con los beneficiarios:

2.9.  Cómo se ha formulado el proyecto:

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3. – INFORMACIÓN SOBRE EL PROYECTO.

3.1.  Identificación del proyecto:

3.1.1.  Título.

3.1.2.  Localización detallada.

3.2.  Descripción resumida (máx. 10 líneas):

3.3.  Plazos de ejecución:

3.3.1.  Fecha de inicio.

3.3.2.  Fecha de finalización.

3.3.3.  Periodo total de ejecución.

3.4.  Presupuesto:

3.4.1.  Monto total del proyecto (euros).

3.4.2.  Subvención solicitada (euros).

3.4.3.  Cofinanciación (euros).

– Aportación ONGD solicitante.

– Aportación contraparte.

– Subvenciones solicitadas.

– Subvenciones concedidas.

3.5.  Contexto del proyecto:

3.5.1.  Contexto.

3.5.2.  Antecedentes.

3.5.3.  Justificación del proyecto.

3.5.4.  Población beneficiaria (desagregada por sexos).

3.5.5.  Criterios de selección de los beneficiarios.

3.6.  Objetivos y resultados esperados:

3.6.1.  Objetivo general.

3.6.2.  Objetivo específico.

3.6.2.1.  Indicadores del grado de consecución del objetivo específico.

3.6.2.2.  Fuentes o medios de verificación de los indicadores.

3.6.3.  Resultados esperados.

3.6.3.1.  Indicadores del grado de consecución de los resultados.

3.6.3.2.  Fuentes o medios de verificación de los indicadores.

3.7.  Ejecución del proyecto:

3.7.1.  Plan de ejecución (actividades, organización, etc.).

3.7.2.  Cronograma de actividades.

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burgos

3.8.  Plan de financiación:

3.8.1.  Presupuesto detallado (costes previstos):

3.8.2.  Financiadores.

3.9.  Viabilidad y sostenibilidad del proyecto:

3.9.1.  Aspectos institucionales y políticas de apoyo.

3.9.2.  Enfoque de género.

3.9.3.  Factores tecnológicos. Factores medioambientales.

3.9.4.  Factores económico-financieros.

3.9.5.  Plan de continuidad futura del proyecto.

3.9.6.  Procedimientos de gestión tras la finalización del apoyo externo.

3.10.  Metodología de seguimiento y evaluación:

3.10.1.  Acciones previstas por la ONGD solicitante.

3.10.2.  Acciones previstas por la contraparte local.

4. – DIFUSIÓN DEL PROYECTO.

4.1.  Acciones de información y sensibilización que la Entidad solicitante tieneprogramadas para difundir el proyecto en la población burgalesa.

*    *    *

3 3

-

Antecedentes

3

Objetivos y resultados esperados

3

3

3

de los indicadores

3

Presupuesto detallado (costes previstos):

Desglose Coste Total por conceptos (€)

Cuantía Imputada al Ayto. Burgos

A.- COSTES DIRECTOS A.1.- Construcción de edificios, etc. A.2.- Compra y transporte de equipos y materiales

A.3.- Coste de personal a) Personal local b) Personal expatriado

A.4.- Costes de funcionamiento A.5.- Viajes y estancias B.- COSTES INDIRECTOS B.1.- Administración ONGD solicitante TOTAL COSTES

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A N E X O I V

BAREMO DE VALORACIÓN DE LOS PROYECTOS

1. En relación con la calidad técnica del proyecto 20 - La información sobre el proyecto a desarrollar, su contexto,

etc. 5

- La coherencia entre la justificación de la acción, los objetivos trazados y las actividades propuestas.

3

- La especificación de indicadores que midan los resultados y la efectividad del sistema de verificación de los mismos.

3

- La viabilidad técnica de la acción a realizar. 4 - La sostenibilidad del proyecto una vez ejecutada la acción

subvencionada. 5

2. En relación con la capacidad de los actores y la calidad de sus relaciones

10

- La experiencia y capacidad de la contraparte local, así como su vinculación con la población beneficiaria.

2

- La participación de los beneficiarios en la proposición, ejecución y gestión del proyecto.

1

- Algún tipo de participación aval de una institución electa local.

3

- La existencia de antecedentes de colaboración en proyectos entre la ONGD y la contraparte.

2

- La existencia de antecedentes de trabajo entre la organización ejecutora y la población beneficiaria.

1

- La experiencia de la ONG solicitante y su capacidad de seguimiento y en especial la capacidad demostrada en la gestión de proyectos subvencionados en anteriores convocatorias del Ayuntamiento.

1

3. En relación con el presupuesto 20 - La adecuación a los requisitos de cofinanciación y límites

especificados.

10 - La adecuación a las actividades planteadas. 4 - La viabilidad financiera del proyecto global (y no sólo de la

parte correspondiente a la subvención solicitada). 4

- La relación del coste con los resultados y el número de beneficiarios.

2

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burgos

*    *    *

4. En relación con la incorporación de la prioridades

estratégicas 30

- Prioridades sectoriales: Servicios colectivos de carácter básico, soberanía alimentaria, mujer, fortalecimiento de la mujer, defensa de los derechos humanos, protección medio ambiente, derechos pueblos indígenas

15

- Prioridades geográficas: preferente, (10) prioritario (7), otros(3)

10

- Prioridades sociales: grupos de población vulnerables y/o de riesgo de exclusión social

5

5. En relación con la identificación e implicación local con el proyecto

10

- Movilización de personal voluntario en acciones concretas de apoyo al proyecto en Burgos.

2

- Presencia de voluntarios o cooperantes burgaleses en el proyecto.

5

- Organización en Burgos de actividades de información y sensibilización presentando el proyecto financiado.

3

6. De cohesión de la cooperación realizada desde el Ayuntamiento

10

- Que la acción sea continuación de un proyecto o programa de actuación en una misma zona, apoyado anteriormente por el Ayuntamiento de Burgos.

2

- Que el proyecto se localice en zonas geográficas o países donde el Ayuntamiento de Burgos no ha financiado ningún proyecto de cooperación.

2

- Sectores de población singulares donde el Ayuntamiento de Burgos no ha intervenido o lo ha hecho puntualmente.

3

- El grado de adecuación a los objetivos de la convocatoria y prioridades del Ayuntamiento de Burgos: continente africano, zonas en conflicto bélico o armado, zonas con flagrante vulneración de derechos humanos, sectores especialmente vulnerables y/o discriminados (infancia, discapacidad, refugiados, desplazados, indígenas, etc.)

3

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A N E X O V

*    *    *

V

BAREMO DE VALORACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE EDUCACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN 100

- Campañas de sensibilización y solidaridad con un carácter abierto, público y externo al propio ámbito de la entidad

Hasta 11

- Actividades formativas desarrolladas en centros de enseñanza

Hasta

10

- Actividades de asociaciones vinculadas a centros escolares y realizadas en ese ámbito escolar

Hasta 8

- Actividades formativas (cursos, jornadas, seminarios, etc.) Hasta

8

- Actividades informativas y divulgativas (conferencias, debates, mesas redondas, video forum, programas de radio, etc.)

Hasta 8

- Actividades artísticas o galas benéficas desarrolladas en un marco relacionado con la cooperación internacional

Hasta 7

- Exposiciones relacionadas con la cooperación internacional

Hasta 7

- Publicación de libros, textos, revistas, guías didácticas, artículos en prensa, reportajes y estudios relacionados con la materia

Hasta 8

- Tener página web a disposición de la población de Burgos con contenidos y materiales educativos relacionados con la educación para el desarrollo y acceso por redes sociales

Hasta 8

- Ejecutar a lo largo del año un proyecto presentado en la convocatoria municipal de subvenciones para acciones de sensibilización y resuelto favorablemente por el Ayuntamiento de Burgos recibiendo financiación para ello

Hasta 10

- Ser miembro activo en la U.T. de la Coordinadora de ONGs de Burgos y participar activamente en sus actividades

Hasta 8

- Formación continuada de voluntariado Hasta

7

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A N E X O V I

FORMULARIO DE MEMORIA TÉCNICA JUSTIFICATIVA

1. Objetivos alcanzados:

OBJETIVO ESPECÍFICO

Indicadores previstos Descripción del grado de consecución de los indicadores

Fuentes de Verificación (FV) con indicación del número de anexo que le corresponda

2. Resultados obtenidos:

RESULTADO n º X Indicadores previstos Descripción del grado de consecución de los indicadores

Fuentes de Verificación (FV) con indicación del número de anexo que le corresponda

Nota: Añadir tantas tablas como resultados haya. 3. Descripción de las actividades realizadas 4. Acciones previstas no ejecutadas, explicando el porqué no se han llegado a

realizar. 5. Problemas detectados 6. Beneficiarios:

Beneficiarios previstos Beneficiarios reales

7. Participación y satisfacción de los beneficiarios. 8. Desviaciones respecto los objetivos, resultados y número de beneficiarios

previstos, explicando los motivos y acciones tomadas para su corrección. 9. Valoración general de la ejecución del proyecto. 10. Impacto de los efectos del proyecto sobre el medio técnico, económico,

social, político y ecológico.

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*    *    *

11. Sostenibilidad, estimando la capacidad de continuación de las acciones de manera autónoma.

12. Gastos por partidas.

GASTOS POR PARTIDAS

DESGLOSE GASTO SUBVENCIONADO (Proyecto o reformulación)

GASTO EJECUTADO

DIFERENCIA (%)

A. COSTES DIRECTOS

A.1.- Construcción/ rehabilitación de edificios, etc.

A.2.- Compra y transporte de equipos y materiales

A.3.-Coste de personal

a) Local b) Expatriado A.4.- Coste de funcionamiento

A.5.- Viajes y estancias

B. COSTES INDIRECTOS

B.1 Administración ONGD solicitante

TOTAL COSTES

13. Otros. 14. Índice de Anexos.

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A N E X O V I I

RELACIÓN DE GASTOS(Presentar en la fase de justificación de la subvención)

Nº Relación Gastos

PROVEEDOR CONCEPTO FECHA FACTURA 00/00/0000

IMPORTE FACTURA en moneda local.

IMPORTE FACTURA en Euros

IMPORTE IMPUTADO en Euros

TOTALES

Las Entidades, en la justificación, presentarán este documento en soporte papel y en hoja de cálculo Excel por vía electrónica.

(Firma y rúbrica) Por la Asociación/Fundación

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02914

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BURGOSGerencia municipal de ServicioS SocialeS, Juventud

e iGualdad de oportunidadeS

El Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales,Juventud e Igualdad de Oportunidades, en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2017, haacordado aprobar las siguientes bases que rigen la convocatoria municipal desubvenciones para la cofinanciación de proyectos de educación y sensibilización a lacooperación al desarrollo internacional, año 2017.

El crédito asignado es de 64.518 euros, para el que existe consignaciónpresupuestaria en la partida 08.2311.48905 (RC: 19168) del presupuesto general vigente.

En Burgos, a 12 de mayo de 2017.

La Presidenta del Consejo,Gema Conde Martínez

*    *    *

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BASES DE LA CONVOCATORIA MUNICIPAL PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOSDE EDUCACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN A LA COOPERACIÓN AL DESARROLLO

CONVOCATORIA DEL AñO 2017

1. – Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la regulación de subvenciones para lafinanciación de proyectos educativos y de sensibilización a la cooperación al desarrollo quecumplan los siguientes objetivos:

a)  Fomentar la realización de actividades de educación a la cooperación aldesarrollo y la promoción de valores y actitudes solidarias.

b)  Sensibilizar e informar a la sociedad burgalesa sobre la realidad socioeconómicade los países en vías de desarrollo.

c)  Promover en Burgos los valores de la tolerancia y la solidaridad entre sereshumanos y culturas de diferentes orígenes y procedencias geográficas.

d)  Informar, difundir y sensibilizar a la sociedad burgalesa sobre los Objetivos deDesarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 implicándola en acciones que contribuyana su consecución.

e)  Informar y concienciar a la población burgalesa sobre la situación de la mujer endistintos lugares del mundo, sobre todo de aquellas en las que se vulneran sus derechosfundamentales.

f)  Informar y concienciar a la población burgalesa sobre la situación de la mujer.

g)  Mostrar, explicar y transmitir la realidad de las personas refugiadas y desplazadasen el mundo, previniendo la aparición de actitudes racistas o xenófobas.

h)  Impulsar la participación efectiva del personal voluntario en la realización de lasactividades de sensibilización.

i)  Formación del personal especializado en las tareas de cooperación al desarrollo.

j)  Apoyar iniciativas encaminadas a fomentar la solidaridad y cooperación entreagrupaciones o entidades burgalesas y de países en vías de desarrollo.

2. – Crédito de la convocatoria.

La concesión de subvenciones se hará con cargo a la partida correspondiente delpresupuesto municipal para el año 2017 con un crédito asignado a la misma por importede 64.518 euros.

3. – Beneficiarios.

a)  Entidades u Organizaciones No Gubernamentales (ONGD).

b)  Agrupaciones o coordinadoras de las indicadas en el apartado a).

c)  Asociaciones de vecinos.

d)  Centros educativos públicos o privados de los niveles de infantil, primaria,secundaria, enseñanza media y universitario.

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4. – Requisitos de los solicitantes.

En el caso de los tres primeros destinatarios los requisitos son los siguientes:

a)  Estar legalmente constituidas con una antiguedad mínima de un año anterior ala publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

b)  Estar inscritas y tener actualizada la documentación en el Registro Municipal deAsociaciones en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c)  Disponer de sede o delegación permanente en el municipio de Burgos.

d)  Ser activas en el ámbito de Burgos.

En el caso de los centros educativos:

a)  Los centros deberán estar ubicados en el municipio de Burgos.

b)  Los proyectos deberán ser presentados por el Director/a del centro educativo,Rector/a o Vicerrector/a de la Universidad, Decano/a de Facultad o Director/a de EscuelaUniversitaria.

Los datos aportados podrán ser objeto de cesión a la Base de Datos Nacional deSubvenciones; asimismo podrían aportarse a otras Entidades publicas a los efectos decomprobar la veracidad de los mismos y la correcta aplicación de la cantidadsubvencionada.

5. – Causas de exclusión.

a)  No podrán acceder aquellas Entidades u Organizaciones No Gubernamentalesque en la fecha de la finalización del plazo de solicitudes no hayan justificado lassubvenciones que se les hayan concedido en convocatorias anteriores, y en los plazosestablecidos en las bases de las mismas.

b)  No se concederán subvenciones a las Entidades que ya perciban financiaciónmunicipal, mediante convenio u otra subvención, para el proyecto objeto de estaconvocatoria.

c)  No se concederán subvenciones a los proyectos que incluyan unos gastos depersonal contratado por la Entidad solicitante que superen el 15% de la subvenciónsolicitada, entendiendo que tal personal se refiere al específicamente contratado para elproyecto subvencionado o el de la Entidad que dedica parte de su jornada laboral a laejecución del mismo. Este porcentaje se aplicará al importe total de la subvenciónfinalmente concedida.

d)  Tampoco podrán concederse estas subvenciones cuando la Entidad solicitantetenga deudas pendientes con el Ayuntamiento de Burgos. A estos efectos se tendrá comoreferencia la fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias.

e)  No podrán obtener en ningún caso la condición de beneficiarias las Entidades enquienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2.º y 3.º delartículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

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f)  Se podrán incluir gastos de administración del proyecto por la Entidad solicitanteque no superen el 8% de la subvención solicitada. Este mismo porcentaje se aplicará alimporte total de la subvención finalmente concedida.

g)  No se concederá subvención a aquellas Entidades que hayan presentado elmismo proyecto en más de tres convocatorias anteriores, salvo aquellas solicitudes que,debidamente motivadas e informadas por los técnicos municipales, sea aprobada suadmisión por el Consejo de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud eIgualdad de Oportunidades.

h)  No se subvencionarán los proyectos de actividades que tengan como objetivos:

– Financiar el funcionamiento de la Entidad, incluido mobiliario de oficina, bienes yequipos.

– Promocionar a la Entidad en sí misma.

– Realizar publicaciones de difusión de las actividades propias de la Entidad.

i) No se financiará la edición de materiales educativos (dípticos, audiovisuales,publicaciones, etc.) si no están unidos a acciones de sensibilización concretas ytemporalizadas.

j) Se desestimarán aquellos proyectos que, una vez valorados de formaindividualizada, no alcancen una puntuación mínima de 50 puntos, resultado de laaplicación del baremo de criterios que aparece en la base 6.ª de esta convocatoria.

6. – Criterios de valoración de los proyectos.

a)  En relación con la calidad técnica del proyecto: Hasta 35 puntos.

– El nivel y la calidad de la información presentada sobre el proyecto a desarrollar.

– La validez de los medios a utilizar y las actividades a desarrollar (novedad yoriginalidad del proyecto, no duplicación de actividades de sensibilización desarrolladasen años anteriores, eficacia de las mismas, empleo de nuevas tecnologías, etc.).

– La adecuación del presupuesto a las actividades planteadas; desarrollopormenorizado del mismo.

– La evaluación que se tiene previsto desarrollar. Indicadores, parámetrosplanteados, herramientas y fuentes de evaluación.

– La adecuada justificación en caso de que el proyecto sea continuidad de otrosubvencionado anteriormente.

b)  Que se profundice en la reflexión sobre la realidad de los países en vías dedesarrollo y sus causas: Hasta 15 puntos.

– En especial sobre la situación de vulnerabilidad de derechos fundamentales en lamujer y derechos humanos.

– Que refleje las repercusiones que el estilo de vida del norte (hábitos de vida,políticas agrarias, comerciales, visión etnocentrista, etc.) tiene en las sociedades del sur.

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c)  Que el proyecto involucre a colectivos o Entidades que tienen incidencia en unsector o barrio determinado y pueda contribuir a la difusión o multiplicación de lasensibilización, así como que participen en su elaboración y ejecución variasorganizaciones de forma conjunta: Hasta 15 puntos.

d)  La experiencia y capacidad de la Entidad solicitante en materia de acciones deeducación y sensibilización: Hasta 10 puntos.

e)  Que el proyecto plantee una programación anual de actividades acorde a un ejetemático: Hasta 10 puntos.

f)  Que implique una participación activa de la población a la que se destina laacción, fomentando el voluntariado: Hasta 15 puntos.

7. – Cuantía de las subvenciones.

a)  Las subvenciones que se otorguen tendrán un importe máximo del 80% delpresupuesto total del proyecto.

b)  No obstante, la cuantía a subvencionar estará condicionada por la necesariacontribución financiera para la cobertura total del presupuesto, aportada por la propiaEntidad solicitante y por otras Administraciones o entes públicos o privados.

c)  Las subvenciones tienen carácter anual, por lo que la continuación de losproyectos estará sujeta a una nueva aprobación en el marco y criterios de las siguientesconvocatorias municipales.

8. – Compatibilidad de las subvenciones.

La concesión de subvenciones al amparo de la presente convocatoria serácompatible con otras otorgadas para la misma finalidad siempre que el importe de lassubvenciones en ningún caso sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia conotras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividadsubvencionada.

9. – Presentación de solicitudes.

Los solicitantes de la subvención que comprende esta convocatoria deberánpresentar, en el Registro General de este Ayuntamiento, la documentación siguiente:

a)  Instancia dirigida al Excmo. Sr. Alcalde dentro de los 30 días naturales a partir dela publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, conformeal modelo que figura en el Anexo I.

b)  Memoria del proyecto en la que se especifique la fundamentación, descripciónde objetivos, actividades a realizar y método de evaluación.

c)  Plazos de ejecución del proyecto.

d)  Presupuesto detallado del coste total del proyecto, así como la cuantía que sesolicita de este Ayuntamiento.

e)  Relación de actividades de educación y sensibilización realizadas por la Entidadsolicitante en el año 2016.

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f)  Declaración de la Entidad solicitante por la que se compromete a garantizar laejecución del proyecto y el cumplimiento de los plazos de ejecución.

g)  Declaración sobre las subvenciones que se han solicitado, en el mismo ejercicio,a otros Organismos públicos o privados para el proyecto objeto de esta convocatoria.

h)  Documentación acreditativa de la Entidad u Organización No Gubernamental enlos registros públicos donde conste.

i)  Declaración responsable de que los Estatutos de la Entidad u Organización NoGubernamental y el número de CIF no han sufrido modificación alguna de los que ya obranen poder municipal.

j)  Ficha de alta de terceros (Anexo II) si el número de cuenta de la Entidad ha variadorespecto a convocatorias anteriores. Estará debidamente cumplimentada y su titularidaddeberá corresponder siempre a la Entidad que presente la solicitud.

k)  Declaración responsable de encontrarse al corriente de obligaciones tributariasy de Seguridad Social, según lo establecido en el artículo 24.7 del Reglamento de la LeyGeneral de Subvenciones.

Aquella documentación que sea objeto de valoración y se entregue posteriormenteal período de presentación de solicitudes establecido (salvo la demandada expresamentepor los servicios municipales) no se tendrá en cuenta a la hora de la valoración delproyecto.

10. – Procedimiento para la concesión de la subvención.

El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen deconcurrencia competitiva, según lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo a los principios de publicidad,transparencia, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación.

A aquellas Entidades cuyas solicitudes adolezcan de defectos subsanables o ladocumentación presentada sea insuficiente, se les requerirá para que en el plazo de 10 díashábiles completen la documentación o subsanen las deficiencias, con indicación expresade que si así no lo hicieren, se les tendrá por desistidas de su petición.

Las solicitudes presentadas, en tiempo y forma, serán valoradas por la ComisiónTécnica de la Gerencia, compuesta por tres técnicos municipales que conformarán elórgano colegiado referido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, basándose en los criteriosde valoración de proyectos establecidos en la base sexta. Seguidamente se elevará lapropuesta al Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales,Juventud e Igualdad de Oportunidades para su aprobación.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses, que secomputará a partir de la publicación de la presente convocatoria.

Contra el acuerdo resolutorio de la convocatoria podrá interponerse recurso dealzada en el plazo de un mes ante el Ayuntamiento.

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11. – Obligaciones de las Entidades beneficiarias.

a)  La gestión de la subvención de acuerdo a los principios de eficacia en elcumplimiento de los objetivos y eficiencia en la utilización de los recursos públicos.

b)  Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la ejecución ydesarrollo del proyecto subvencionado.

c)  Cumplir los objetivos, ejecutar el proyecto y aplicar las cantidades recibidas alos fines para los que fue concedida la subvención.

d)  Cualquier modificación sustancial del proyecto subvencionado, que afecte a losobjetivos del mismo, la población beneficiaria, los plazos de ejecución o diferenciaspresupuestarias deberán ser comunicadas al Ayuntamiento para su autorización por losórganos municipales competentes. En caso contrario, la Entidad deberá reintegrar a esteAyuntamiento la totalidad de la subvención percibida.

e)  Someterse a las actuaciones de comprobación, control y seguimiento por partedel Ayuntamiento de la aplicación de la subvención concedida.

f)  Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones, para la mismafinalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o Entidad privada.

g)  Reintegrar la subvención concedida en los casos y en los supuestoscontemplados en la normativa aplicable a esta convocatoria.

h)  Hacer constar explícitamente en la publicidad del proyecto subvencionado lacolaboración del Ayuntamiento de Burgos.

i)  Poner a disposición municipal los materiales gráficos y audiovisuales relativos alproyecto subvencionado.

j)  Participar en acciones conjuntas de educación y sensibilización promovidas porel Ayuntamiento en coordinación con las Entidades subvencionadas en cada convocatoria.

12. – Plazo de ejecución.

Los proyectos subvencionados deberán ejecutarse dentro del año de vigencia de laconvocatoria (2017), sin perjuicio de que excepcionalmente, por razones justificadas yvaloradas por los técnicos municipales, pueda prorrogarse su finalización dentro del primertrimestre del año siguiente a su concesión.

13. – Pago de la subvención.

El pago de la subvención se efectuará mediante un único anticipo a cuenta y una vezaprobada por el Consejo de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud eIgualdad de Oportunidades, a cuyos efectos el Órgano de Gestión Tributaria y Tesoreríatransferirá la subvención concedida a la cuenta bancaria indicada en el Anexo II.

Las Entidades subvencionadas en esta convocatoria quedarán exoneradas de laconstitución de garantías, en atención a la naturaleza y objetivos que persigue estaconvocatoria.

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14. – Gastos subvencionables.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitadarespondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazoestablecido por las bases de esta convocatoria.

Se considerarán como gastos subvencionables los realizados durante el período deejecución del proyecto que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a lafinalización del período de justificación, así como los gastos derivados de los costesindirectos y los de evaluación del proyecto que sean necesarios realizar durante el períodode justificación de la subvención, y en concreto los siguientes:

a)  Los correspondientes al alquiler de equipos.

b)  Los gastos de suministros correspondientes a la adquisición de materialnecesario para la realización de las actividades (material de librería, elaboración de carteles,trípticos, etc.).

c)  Los gastos de personal referidos en la base 5, apartado c) que no podrán superarel 15% del importe total de la subvención solicitada. Asimismo, tampoco se podrá superarel 15% del importe total de la subvención finalmente concedida.

d)  Los gastos correspondientes a viajes y estancias (alojamiento y manutención).Los desplazamientos deberán estar motivados o explicados con suficiencia, indicando encaso de presentar recibís en concepto de dieta por desplazamiento los kilómetrosrealizados, la fecha o fechas de los recorridos, así como el modelo y matrícula del vehículoutilizado.

e)  Los costes de funcionamiento relativos a la puesta en marcha del proyecto(gastos de transporte de material, montaje de exposiciones, etc.).

f)  Los gastos indirectos asociados a la administración de la Entidad solicitante. Sepodrán imputar como gastos indirectos todos los gastos administrativos de la Entidadsolicitante derivados exclusiva y directamente de la formulación, análisis, seguimiento,control y evaluación del proyecto, tales como teléfono, correos, luz, material de oficina, etc.Estos gastos no podrán exceder del 8% de la subvención solicitada. Asimismo, tampocose podrá superar el 8% del importe total de la subvención finalmente concedida.

g)  No es subvencionable la adquisición de material inventariable. Sólo essubvencionable la parte proporcional de amortización por su uso durante la ejecución delproyecto. Excepcionalmente, se subvencionará el material inventariable adquirido paratransferir a terceros, como actividad propia del objeto de la subvención.

La amortización imputable a la subvención se calculará de acuerdo con la siguientefórmula:

Valor adquisición x duración del proyecto en mesesAmortización imputable = —————————————————————————————————

Vida útil del bien en meses

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A efectos del cálculo, con carácter general, la vida útil de los bienes es de 10 años,salvo los medios de transporte que será de 5 años y los equipos y material informático ode similar naturaleza (fotocopiadoras, teléfonos, radios…) que será de 4 años.

h)  En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectoscuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personalessobre la renta. Por tanto, no se considera subvencionable el IVA y tan sólo podráconsiderarse cuando no se recupere o compense.

i)  En ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de lascuentas bancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los gastosde procedimientos judiciales.

j)  La suma de los gastos justificados e imputados a la subvención no podrá superarel 80% del coste final del programa o servicio subvencionado, debiéndose reintegrar elporcentaje superado.

15. – Justificación de la subvención.

Las Entidades que hayan sido subvencionadas deberán presentar entre el 1 y el 31de enero de 2018 la justificación de la subvención concedida, excepto aquellos proyectosque tengan aprobada una prórroga (base 12.ª), que la deberán presentar en el plazomáximo de 30 días naturales, computables desde la finalización del proyecto, mediante ladocumentación siguiente:

a)  Memoria técnica explicativa del programa o proyecto desarrollado que ha sidoobjeto de la subvención municipal, y evaluación del cumplimiento de los objetivos delmismo. Asimismo se entregará cumplimentada la ficha-resumen (máximo 2 folios o uno adoble cara) del proyecto de sensibilización subvencionado, conforme al modelo que figuraen el Anexo III.

– Memoria económica en la que se refleje el coste total del proyecto y loscofinanciadores en su caso. Relación clasificada y numerada de la totalidad de los gastosque se han realizado con cargo a la subvención pública, que deberá ajustarse a la tabladel Anexo IV, acompañada de las facturas originales (o demás documentos de valorprobatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa), su copia yjustificante de pago, en el mismo orden y con la misma numeración que figura en la relaciónde gastos. Este documento se presentará en soporte papel y en hoja de cálculo excel porvía electrónica.

Las facturas originales, una vez compulsadas municipalmente, serán devueltas conla indicación de que han sido subvencionadas por el Ayuntamiento de Burgos.

Las facturas o demás documentos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantilo con eficacia administrativa se ajustarán a los requisitos técnicos exigidos en el RealDecreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones defacturación; como mínimo deberá figurar en la factura:

– Número de factura y, en su caso, serie.

– Fecha de expedición.

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– Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado aexpedir factura como del destinatario de las operaciones.

– NIF y domicilio tanto del emisor como del destinatario de la factura.

– Descripción de las operaciones y fecha de realización.

– Tipo impositivo aplicado y cuota del IVA. En el supuesto de que la operación estéexenta, indicar la disposición por la que lo está.

En ningún caso se admitirán tickets de caja registradora. El beneficiario de lasubvención deberá figurar como destinatario de la factura y se deberán expresar condetalle los bienes y servicios adquiridos.

Las facturas deberán ir acompañadas de los documentos justificativos de los pagos.Para gastos superiores a 600 euros, el pago se efectuará a través de medios bancarios,pudiéndose acreditar mediante:

– Adeudo bancario nominativo.

– Transferencia bancaria nominativa.

– Certificado del banco sobre efectividad del pago.

– Cheque bancario nominativo.

– Extracto bancario nominativo.

– Pago nominativo realizado a través de Internet.

Para documentos de gastos inferiores a 600 euros: Recibí sellado por el proveedor,indicando fecha de pago y NIF.

Para la justificación de los gastos de personal se aportará la siguientedocumentación:

– Nóminas mensuales. Sólo es imputable el importe líquido del recibo de nómina.Los gastos de Seguridad Social del trabajador y de la empresa se deberán imputar en losdocumentos justificativos del abono de las cargas sociales. Y los gastos de IRPF sedeberán imputar en el documento justificativo del ingreso de las retenciones en conceptode IRPF.

– En el caso de recibís personales, igualmente, sólo será imputable el líquido querecibe el beneficiario. Y los gastos de IRPF se deberán imputar en el documentojustificativo del ingreso de las retenciones en concepto de IRPF.

– Documentos justificativos del abono de las cargas sociales (TC1 o documentoque le sustituya y TC2).

– Documentos justificativos del ingreso de las retenciones en concepto de IRPF(modelo 111 y modelo 190, si fuera posible).

– Todos estos documentos deberán ir acompañados de los justificantes de pagopor medios bancarios, con independencia de su importe.

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c)  Declaración responsable, siempre que se impute el IVA en los gastospresentados, en la que conste que la Entidad no es sujeto pasivo de IVA, y por lo tanto éstesupone un coste para la misma. Asimismo, se autoriza al Ayuntamiento de Burgos a queefectúe las comprobaciones que precise para la verificación de estos extremos.

d)  Certificación acreditativa de las subvenciones o ayudas económicas que sehayan obtenido de otras Entidades públicas o privadas para el mismo programa, o en sudefecto, declaración responsable de no haber recibido ninguna otra subvención para elmismo.

e)  Certificación acreditativa de la Entidad en la que se declare el coste total delprograma o servicio subvencionado y haberse destinado el importe total de la subvencióna la ejecución del mismo.

16. – Reintegro de las subvenciones.

Procederá la devolución o el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia delinterés legal que resulte de aplicación desde el momento del pago de las subvenciones enlos casos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,previa la tramitación para ello de los procedimientos contemplados en citada Ley.

17. – Régimen sancionador.

A los efectos de la regulación del régimen sancionador se deberá estar a loestablecido en el Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

18. – Normativa aplicable.

En todo lo no previsto en estas bases será de aplicación lo preceptuado en la Ley38/2003, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, en la Ordenanza Generalde Subvenciones del Ayuntamiento de Burgos y en las bases de ejecución del presupuestomunicipal.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante elExcmo. señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Burgos, en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

*    *    *

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A N E X O I

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYECTOS DE EDUCACIÓNY SENSIBILIZACIÓN A LA COOPERACIÓN AL DESARROLLO

CONVOCATORIA AñO 2017

*    *    *

2017

ENTIDAD SOLICITANTE DENOMINACIÓN C.I.F

DOMICILIO SOCIAL POBLACIÓN C.P

Nº REGISTRO JUNTA CASTILLA-LEÓN Nº REGISTRO MUNICIPAL ASOCIACIONES

CORREO ELECTRÓNICO

REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE Y APELLIDOS D.N.I.

DOMICILIO POBLACIÓN C.P

TELÉFONO/ FAX. CARGO QUE OCUPA

DATOS DEL PROYECTO DENOMINACIÓN DEL PROYECTO

COSTE TOTAL DEL PROYECTO SUBVENCIÓN SOLICITADA

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de Carácter Personal (LOPD) los datos suministrados por el ciudadano quedaran incorporados en un fichero automatizado, el cual será procesado exclusivamente para la finalidad descrita. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección adecuado, según el real decreto 1720/2007 de 21 de diciembre. El interesado podrá ejercer sus derechos de oposición acceso rectificación y cancelación en cumplimiento de lo establecido en la LOPD.

Burgos, a....... de ................de 2017

REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:……………………………………… EXCMO SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS

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A N E X O I I

*     *     *

MECANIZACION O CONTROL

Nº DE ORDEN

YA DADA DE ALTA

NUEVA

TESORERIA CAMBIO DE LA ANTERIOR

09071 BURGOSTFNO. 947 288808 Firma del Funcionario

2.-N.I.F. / C.I.F. ___________________

3.-CALLE ______________________________________________ Nº _________PISO _________

POBLACION __________________ PROVINCIA ___________________

CODIGO POSTAL ______________ FAX __________________

BANCO -------------------------------------------------------- OFICINA -------------------------------------------------

______________ a ____ de ______________ de _____

Personas jurídicas: adjuntar fotocopia del NIF del representante

--Se enviará debidamente diligenciada directamente a la Tesorería Municipal.--La Razón social o nombre coincidirá con las correspondientes facturas a pagar

FECHA, SELLO Y FIRMA DE LA ENTIDAD FINANCIERACONFORME. EL TERCERO

SUCURSALENTIDAD

FICHA DE ALTA DE TERCEROS

TFNO ________________

4.-(A DILIGENCIAR POR LA ENTIDAD BANCARIA):

PL MAYOR, 1 (A rellenar por el Ayuntamiento)

1.-APELLIDOS Y NOMBRE / RAZON SOCIAL _______________________________________________

____________________________________________________________________________

(Adjuntar fotocopia)

CORRESPONDE A LA PERSONA O RAZÓN SOCIAL INDICADA EN EL APTDO. 1.

LA ENTIDAD FINANCIERA QUE SUSCRIBE, ACREDITA QUE LA CUENTA ABAJO RESEÑADA

CODIGO CUENTA CLIENTE-IBAN

NUM. DE CUENTANº

CONTROLPAIS

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A N E X O I I I

FICHA RESUMEN PROYECTO DE SENSIBILIZACIÓN

(Presentar en la fase de justificación de la subvención)

*    *    *

NOMBRE DE LA ENTIDAD

TÍTULO PROYECTO:

LOCALIZACIÓN: PERÍODO DE EJECUCIÓN:

COSTE TOTAL DEL PROYECTO: FINANCIACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE BURGOS: ACCIONES LLEVADAS A CABO: OBJETIVOS ALCANZADOS: DESTINATARIOS Y/O PARTICIPANTES FINALES (Nº Y DESCRIPCIÓN DEL PERFIL): VALORACIÓN U OBSERVACIONES DE LA ENTIDAD RESPECTO DEL PROYECTO:

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A N E X O I V

RELACIÓN DE GASTOS

(Presentar en la fase de justificación de la subvención)

Nº RELA-CIÓN

PROVEEDOR CONCEPTO FECHA DE FACTURA

IMPORTE DE LA

FACTURA

PORCENTAJE IMPUTADO

IMPORTE IMPUTADO

1

2

3

4

5

6

7

8

9…

TOTALES

Las Entidades, en la justificación, presentarán este documento en soporte papel y en hoja de cálculo Excel por vía electrónica.

(Firma y rúbrica)

Por la Asociación/Fundación

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02915

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BURGOSGerencia municipal de ServicioS SocialeS, Juventud

e iGualdad de oportunidadeS

El Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales,Juventud e Igualdad de Oportunidades, en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2017,ha acordado aprobar las siguientes bases que rigen la convocatoria municipal desubvenciones para acciones humanitarias de emergencia en el ámbito internacional,año 2017.

El crédito asignado es de 73.734 euros, para el que existe consignaciónpresupuestaria en la partida 08.2311.48905 (RC: 19169) del presupuesto general vigente.

En Burgos, a 12 de mayo de 2017.

La Presidenta del Consejo,Gema Conde Martínez

*    *    *

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BASES DE LA CONVOCATORIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONES PARA ACCIONESHUMANITARIAS DE EMERGENCIA EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL

CONVOCATORIA DEL AñO 2017

1. – Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la regulación de subvenciones destinadas ala financiación de intervenciones de emergencia proporcionada a las víctimas de desastrescausados por catástrofes naturales, conflictos bélicos y cualquier otra circunstanciaexcepcional sobrevenida en países empobrecidos. Igualmente ayuda humanitaria dirigidaa la protección de las víctimas y de sus derechos fundamentales en toda su extensión yoperaciones prolongadas para la población refugiada y desplazada.

2. – Crédito de la convocatoria.

La concesión de subvenciones se hará con cargo a la partida correspondiente delpresupuesto municipal para el año 2017, con un crédito asignado a la misma por importede 73.734 euros.

3. – Requisitos de los solicitantes.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Entidades u Organizaciones NoGubernamentales que cumplan los siguientes requisitos:

a)  Estar legalmente constituidas con una antiguedad mínima de un año anterior ala publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

b)  Estar inscritas y tener actualizada la documentación en el Registro Municipal deAsociaciones en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c)  Estar inscritas en el Registro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castillay León regulado en el Decreto 46/2008 en la fecha de finalización del plazo de presentaciónde solicitudes.

d)  Disponer de sede o delegación permanente en el término municipal de Burgos.

e)  Tener acreditados en sus Estatutos como fines propios la realización deactividades de cooperación con países en vías de desarrollo.

f)  Ser activa en el ámbito municipal de Burgos en programas de promoción de lasolidaridad o sensibilización de la ciudadanía ante los problemas de los países en vías dedesarrollo.

De forma excepcional, atendiendo a la naturaleza de las situaciones de emergenciaen las que se pretende intervenir y a su interés humanitario, el Consejo de Administraciónde la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades, poracuerdo unánime de sus miembros, podrá otorgar subvenciones con cargo a estaconvocatoria a entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, que no cumplan algunode los requisitos establecidos en esta base. Esta excepción sólo podrá referirse a losrequisitos de los solicitantes, manteniéndose en los mismos términos el resto de bases dela presente convocatoria.

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Los datos aportados podrán ser objeto de cesión a la Base de Datos Nacional deSubvenciones; asimismo podrían aportarse a otras Entidades públicas a los efectos decomprobar la veracidad de los mismos y la correcta aplicación de la cantidad subvencionada.

4. – Causas de exclusión.

a)  No podrán acceder aquellas Entidades u Organizaciones No Gubernamentalesque en la fecha de la finalización del plazo de solicitudes no hayan justificado lassubvenciones que se les hayan concedido en convocatorias anteriores, y en los plazosestablecidos en las bases de las mismas.

b)  No se concederán subvenciones a las Entidades que ya perciban financiaciónmunicipal, mediante convenio u otra subvención, para los proyectos objeto de estaconvocatoria.

c)  Tampoco podrán concederse estas subvenciones cuando la Entidad solicitantetenga deudas pendientes con el Ayuntamiento de Burgos. A estos efectos se tendrá comoreferencia la fecha de presentación de instancias.

d)  Quedarán excluidas aquellas Entidades que presenten proyectos con unporcentaje mayor del 8% de la subvención solicitada destinada a gastos de administracióndel proyecto (costes indirectos). Este mismo porcentaje se aplicará al importe total de lasubvención finalmente concedida.

e)  No podrán obtener en ningún caso la condición de beneficiarios las personas oEntidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

5. – Acciones a subvencionar.

a)  Envío o adquisición en la zona de la ayuda alimentaria de emergencia y materialde socorro.

b)  Ayuda a los refugiados y desplazados.

c)  Aportación de productos alimenticios y de insumos agrícolas a países coninsuficiencia alimentaria.

d)  Ayuda para la rehabilitación de las infraestructuras físicas, económicas y sociales.

e)  Intervención de equipos humanos especializados en situaciones de emergencia.

f)  Gastos de transporte en la zona de la intervención humanitaria.

6. – Criterios de valoración de los proyectos.

a)  El grado de urgencia o necesidad de las acciones.

b)  El impacto en cuanto a población afectada.

c)  La experiencia y capacidad de la Entidad solicitante en materia de accioneshumanitarias de emergencia.

d)  La implicación de la Entidad u ONGD en las acciones que se van a llevar a caboy para las cuales se solicita subvención.

e)  La relación entre el valor de los materiales que se envíen y los costes de envíode los mismos.

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7. – Compatibilidad de las subvenciones.

La concesión de subvenciones al amparo de la presente convocatoria serácompatible con otras otorgadas para la misma finalidad, siempre que el importe de lassubvenciones en ningún caso sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia conotras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividadsubvencionada.

8. – Gastos subvencionables.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitadarespondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazoestablecido por las bases de esta convocatoria.

Serán gastos subvencionables los realizados durante el período de ejecución delproyecto que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización delperiodo de justificación, así como los gastos derivados de los costes indirectos.

Los gastos de personal, debiendo desglosarse debidamente los gastos originadospor el personal local y por el personal expatriado. Los gastos imputados a personalexpatriado no podrán exceder del 10% de la subvención solicitada, ni superar 10% de lasubvención finalmente concedida. Quedan excluidos los gastos por concepto de viajesdel personal expatriado.

Los gastos indirectos asociados a la administración de la Entidad solicitante segúnlos límites establecidos en la cláusula 4.ª d).

9. – Presentación de solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento,con la documentación siguiente:

a)  Instancia dirigida al Excmo. Sr. Alcalde conforme al modelo que figura en elAnexo I. El plazo de presentación de proyectos permanecerá abierto a partir del díasiguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de laProvincia y hasta el 15 de noviembre de 2017. No obstante, y siempre que la situaciónde emergencia lo justifique, se admitirán proyectos iniciados con anterioridad a lapublicación de la presente convocatoria pero en el año de la misma.

b)  Memoria del proyecto o acción en la que se especifique lugar y tipo deintervención, descripción de objetivos, plazos de ejecución y metodología de evaluación.

c)  Referencia sobre los antecedentes y proyectos realizados por la Entidad,especialmente en acciones humanitarias y de emergencia.

d)  Declaración de la Entidad u Organización No Gubernamental por la que secompromete a garantizar la ejecución de las acciones humanitarias.

e)  Documentación acreditativa de la Entidad u Organización No Gubernamental enlos registros públicos donde conste.

f)  Declaración responsable de que los Estatutos de la Entidad u Organización NoGubernamental y el número de CIF no han sufrido variación alguna de los que ya obran enpoder municipal.

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g)  Ficha de alta de terceros (Anexo II) si el número de cuenta de la Entidad havariado respecto a convocatorias anteriores. Estará debidamente cumplimentada y sutitularidad deberá corresponder siempre a la Entidad que presente la solicitud.

h)  Declaración responsable de encontrarse al corriente de obligaciones tributariasy de Seguridad Social, según lo establecido en el artículo 24.7 del Reglamento de la LeyGeneral de Subvenciones.

i)  Documentación acreditativa de la inscripción de la Entidad solicitante en elRegistro de Agentes de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León.

j)  Documentación acreditativa de la contraparte local.

k)  Documentación acreditativa (mediante certificado u otros documentos que loverifiquen suficientemente) de las actividades de educación y sensibilización desarrolladasen el municipio de Burgos por la Entidad u Organización No Gubernamental en el año 2016.

l)  Declaración de las solicitudes de subvención presentadas a otras Institucionespúblicas o privadas para este proyecto, detallando su cuantía y finalidad.

Aquella documentación que sea objeto de valoración y se entregue posteriormenteal período de presentación de solicitudes establecido (salvo la demandada expresamentepor los servicios municipales) no se tendrá en cuenta a la hora de la valoración del proyecto.

10. – Órganos de valoración.

Los proyectos serán valorados por:

a)  La Comisión Técnica (artículo 22 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones)compuesta por, al menos, tres Técnicos Municipales de la Gerencia Municipal de ServiciosSociales.

b)  La Comisión de Emergencias, formada por:

– Presidente: Presidenta de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales o Concejalen quien delegue.

– Por el Ayuntamiento de Burgos: El Gerente Municipal de Servicios Sociales y unTécnico Municipal.

– Por las ONG´s: Dos representantes nombrados por la Coordinadora de ONGD.

11. – Procedimiento para la concesión de la subvención.

El procedimiento ordinario de concesión y gestión de estas subvenciones serealizará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria abierta deacuerdo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y nodiscriminación, según lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones.

Las solicitudes presentadas en esta convocatoria serán valoradas por la ComisiónTécnica de la Gerencia basándose en los criterios de valoración de proyectos establecidosen la base sexta de esta convocatoria. Esta Comisión Técnica procederá a emitir su

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informe; evacuado el mismo, se dará traslado del expediente a la Comisión de Emergenciasque emitirá, en su caso, el oportuno informe preceptivo y no vinculante, entendiéndose queen caso de no emitirlo se entenderá favorable. Realizadas estas actuaciones la ComisiónTécnica de la Gerencia elevará la propuesta al Consejo de Administración de la GerenciaMunicipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades para suaprobación. El Consejo Local de Cooperación al Desarrollo será informado de estasresoluciones en la siguiente reunión que se celebre.

A aquellas Entidades cuyas solicitudes adolezcan de defectos subsanables, o ladocumentación presentada sea insuficiente, se les requerirá para que en el plazo de 10 díashábiles completen la documentación o subsanen las deficiencias, con indicación expresade que si así no lo hicieren, se les tendrá por desistidas de su petición.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses, que secomputará a partir de la publicación de la convocatoria.

Contra el acuerdo resolutorio de la convocatoria podrá interponerse recurso dealzada en el plazo de un mes ante el Ayuntamiento.

12. – Obligaciones de las Entidades beneficiarias.

a)  La gestión de la subvención de acuerdo a los principios de eficacia en elcumplimiento de los objetivos y eficiencia en la utilización de los recursos públicos.

b)  Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la ejecución ydesarrollo del proyecto subvencionado.

c)  Cumplir los objetivos, ejecutar el proyecto y aplicar las cantidades recibidas alos fines para los que fue concedida la subvención.

d)  Cualquier modificación sustancial del proyecto subvencionado, que afecte a losobjetivos del mismo, la población beneficiaria, la zona de ejecución, los plazos deejecución, o diferencias presupuestarias deberán ser comunicadas al Ayuntamiento parasu autorización por los órganos municipales competentes. En caso contrario, la Entidaddeberá reintegrar a este Ayuntamiento la totalidad de la subvención percibida.

e)  Someterse a las actuaciones de comprobación, control y seguimiento por partedel Ayuntamiento de la aplicación de la subvención concedida.

f)  Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones, para la mismafinalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o Entidad privada.

g)  Reintegrar la subvención concedida en los casos y en los supuestoscontemplados en la normativa aplicable a esta convocatoria.

h)  Hacer constar explícitamente en la publicidad del proyecto subvencionado lacolaboración del Ayuntamiento de Burgos.

i)  Iniciar el proyecto subvencionado en la fecha indicada por la Entidad y siempre enel año de la convocatoria, con independencia de que se haya hecho efectivo el pago de lasubvención.

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13. – Plazos de ejecución.

Los plazos de ejecución de la actividad subvencionada vendrán marcados por lasespeciales características de las acciones humanitarias de emergencia, no aprobándoseuna nueva subvención sin haber justificado la anterior.

14. – Pago de la subvención.

El pago de la subvención se efectuará mediante un único anticipo a cuenta y unavez aprobada por el Consejo de la Gerencia Municipal, a cuyos efectos el Órgano de GestiónTributaria y Tesorería transferirá la subvención concedida a la cuenta bancaria indicada enel Anexo II.

Las Entidades subvencionadas en esta convocatoria quedarán exoneradas de laconstitución de garantías, en atención a la naturaleza y objetivos que persigue estaconvocatoria.

15. – Justificación de la subvención.

Los perceptores de estas subvenciones deberán presentar en el plazo máximo de tresmeses, computables desde la finalización de la ejecución de la acción humanitaria, ladocumentación siguiente:

a)  Memoria técnica, realizada por la Entidad beneficiaria y no por la contraparteejecutante, que desarrolle el trabajo desarrollado, impacto del mismo y grado decumplimiento de los objetivos.

b)  Memoria económica en la que se refleje el coste total del proyecto y loscofinanciadores en su caso. Relación clasificada y numerada de la totalidad de los gastosque se han realizado con cargo a la subvención pública, que deberá ajustarse a la tabla delAnexo III, acompañada de las facturas originales, (o demás documentos de valor probatorioen el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa), su copia y justificante de pago,en el mismo orden y con la misma numeración que figura en la relación de gastos. Estedocumento se presentará en soporte papel y en hoja de cálculo excel por vía electrónica.

En ningún caso se admitirán tickets de caja registradora. El beneficiario de lasubvención deberá figurar como destinatario de la factura y se deberán expresar con detallelos datos del proveedor, los bienes o servicios adquiridos, así como la fecha de adquisición.

Para la justificación de los gastos de personal se aportará la siguientedocumentación:

– Nóminas mensuales o recibís personales. Sólo es imputable el importe líquido deambos.

– Documentos justificativos del abono de las cargas sociales.

– Documentos justificativos de los demás impuestos aplicados en los recibos denómina o recibís.

c)  La justificación de los costes indirectos se presentará con las facturas de gastosy sus correspondientes justificantes de pago. Siempre que se impute el IVA en estos gastosse presentará una declaración responsable, en la que conste que la Entidad no es sujeto

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pasivo de IVA, y por lo tanto éste supone un coste para la misma. Asimismo, se autorizaal Ayuntamiento de Burgos a que efectúe las comprobaciones que precise para laverificación de estos extremos.

d)  En caso de que el gasto se realice directamente en el país receptor de la ayuda,se podrán sustituir las facturas por una certificación que acredite la realización de losgastos, emitida por la Embajada, Consulado u Oficina Técnica de Cooperación de Españaen el país correspondiente.

e)  Certificación acreditativa de las subvenciones o ayudas económicas que sehayan obtenido de otras Entidades públicas o privadas para el mismo proyecto, o en sudefecto, certificación negativa de no haberlas recibido.

f)  Declaración responsable de la Entidad u Organización No Gubernamental por laque se acredite haberse destinado el importe total de la subvención concedida a laejecución del proyecto subvencionado.

g)  Documento de la transferencia bancaria realizada por la Entidad u ONGsubvencionada a la Entidad contraparte local.

h)  Certificado o documento bancario del tipo de cambio de divisa aplicado alproyecto.

16. – Reintegro de las subvenciones.

Procederá la devolución o el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia delinterés legal que resulte de aplicación desde el momento del pago de las subvenciones enlos casos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,previa la tramitación para ello de los procedimientos contemplados en citada Ley.

17. – Régimen sancionador.

A los efectos de la regulación del régimen sancionador se deberá estar a loestablecido en el Título IV de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

18. – Normativa aplicable.

En todo lo no previsto en estas bases será de aplicación lo preceptuado en la Ley38/2003, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, en la Ordenanza Generalde Subvenciones del Ayuntamiento de Burgos de 2010, y en las bases de ejecución delpresupuesto municipal.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante elExcmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Burgos, en el plazo de un mes a contardesde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

*    *    *

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burgos

A N E X O I

CONVOCATORIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONES PARA ACCIONES HUMANITARIAS DE EMERGENCIA EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL

CONVOCATORIA AñO 2017

*    *    *

DENOMINACIÓN C.I.F

DOMICILIO SOCIAL POBLACIÓN C.P

Nº REGISTRO JUNTA CASTILLA-LEÓN Nº REGISTRO MUNICIPAL ASOCIACIONES

CORREO ELECTRÓNICO

NOMBRE Y APELLIDOS D.N.I.

DOMICILIO POBLACIÓN C.P

TELÉFONO/ FAX. CARGO QUE OCUPA

DENOMINACIÓN DEL PROYECTO

COSTE TOTAL DEL PROYECTO SUBVENCIÓN SOLICITADA

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de Carácter Personal (LOPD) los datos suministrados por el ciudadano quedaran incorporados en un fichero automatizado, el cual será procesado exclusivamente para la finalidad descrita. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado de protección adecuado, según el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre. El interesado podrá ejercer sus derechos de oposición acceso rectificación y cancelación en cumplimiento de lo establecido en la LOPD.

Burgos, a....... de ................DE 2017 REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:………………………………………

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burgos

A N E X O I I

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MECANIZACION O CONTROL

Nº DE ORDEN

YA DADA DE ALTA

NUEVA

TESORERIA CAMBIO DE LA ANTERIOR

09071 BURGOSTFNO. 947 288808 Firma del Funcionario

N.I.F. / C.I.F. ___________________

CALLE ______________________________________________ Nº _________PISO _________

POBLACION __________________ PROVINCIA ___________________

CODIGO POSTAL ______________ FAX __________________

BANCO -------------------------------------------------------- OFICINA -------------------------------------------------

______________ a ____ de ______________ de _____

: adjuntar fotocopia del NIF del representante

--Se enviará debidamente diligenciada directamente a la Tesorería Municipal.--La Razón social o nombre coincidirá con las correspondientes facturas a pagar

FECHA, SELLO Y FIRMA DE LA ENTIDAD FINANCIERACONFORME. EL TERCERO

SUCURSALENTIDAD

TFNO ________________

(A DILIGENCIAR POR LA ENTIDAD BANCARIA):

PL MAYOR, 1 (A rellenar por el Ayuntamiento)

1.-APELLIDOS Y NOMBRE / RAZON SOCIAL _______________________________________________

____________________________________________________________________________

(Adjuntar fotocopia)

CORRESPONDE A LA PERSONA O RAZÓN SOCIAL INDICADA EN EL APTDO.

LA ENTIDAD FINANCIERA QUE SUSCRIBE, ACREDITA QUE LA CUENTA ABAJO RESEÑADA

CODIGO CUENTA CLIENTE-IBAN

NUM. DE CUENTANº

CONTROLPAIS

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A N E X O I I I

RELACIÓN DE GASTOS

(Presentar en la fase de justificación de la subvención)

Las Entidades, en la justificación, presentarán este documento en soporte papel y en hoja de cálculo Excel por vía electrónica.

(Firma y rúbrica) Por la Asociación/Fundación

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02916

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BURGOSGerencia municipal de ServicioS SocialeS, Juventud

e iGualdad de oportunidadeS

El Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales,Juventud e Igualdad de Oportunidades, en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2017, haacordado aprobar las siguientes bases que rigen la convocatoria municipal desubvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas deinclusión social, año 2017.

El crédito asignado es de 33.500 euros, para el que existe consignaciónpresupuestaria en la partida 08.2310.480 (RC: 19170 y RCfut: 19172) del presupuestogeneral vigente.

En Burgos, a 12 de mayo de 2017.

La Presidenta del Consejo,Gema Conde Martínez

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BASES DE LA CONVOCATORIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONES A ENTIDADESPRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO

DE PROGRAMAS DE INCLUSIÓN SOCIAL

CONVOCATORIA DEL AñO 2017

1. – Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la regulación de subvenciones destinadas afinanciar los recursos, programas, actividades, prestaciones y equipamientos del sistemade servicios sociales desarrollados por las entidades de iniciativa social para cada uno delos sectores siguientes:

a)  Programas dirigidos a la atención, protección y promoción de la infancia.

b)  Programas orientados a la inserción social de las minorías étnicas.

c)  Programas dirigidos a la promoción individual y social de las personas mayores.

d)  Programas de intervención con grupos específicos en situación de granexclusión.

e)  Otros programas de especial interés social en los que esté justificada lacolaboración municipal.

2. – Crédito de la convocatoria.

La concesión de subvenciones se hará con cargo a la partida correspondiente delpresupuesto municipal para el año 2017 con un crédito asignado a la misma por importede 33.500 euros.

3. – Requisitos de los beneficiarios.

Serán destinatarios de estas subvenciones las Entidades de iniciativa social quecumplan los siguientes requisitos:

a)  Que sean Entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen programas deinclusión social destinados a los sectores relacionados en las bases primera y cuarta deesta convocatoria.

b)  Estar legalmente constituidas con una antiguedad mínima de un año anterior ala publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

c)  Estar inscritas y tener actualizada la documentación en el Registro Municipal deAsociaciones en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d)  Estar inscritas en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales de laComunidad Autónoma de Castilla y León en la fecha de finalización del plazo depresentación de solicitudes.

e)  Estar domiciliadas en el municipio de Burgos disponiendo de sede social odelegación permanente en el mismo y sea éste su ámbito de actuación.

Los datos aportados podrán ser objeto de cesión a la Base de Datos Nacional deSubvenciones; asimismo podrían aportarse a otras Entidades públicas a los efectos decomprobar la veracidad de los mismos y la correcta aplicación de la cantidad subvencionada.

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4. – Sectores destinatarios de la convocatoria y actividades objeto de subvención.

4.1.  Sector infancia.

a)  Objetivos:

– Promover acciones que redunden en la protección y promoción de la infancia.

– Posibilitar que todos los/las menores que sufren cualquier impedimento socialdispongan de oportunidades y servicios para la consecución de su desarrollo integral.

– Prevenir las conductas asociales y delictivas de los/las menores y evitar lamarginación infantil.

b)  Actividades a subvencionar:

– Programas de integración y apoyo familiar para menores.

– Programas que promuevan la socialización positiva con población infantil ensituación de riesgo.

– Programas de actividades en alojamientos alternativos.

– Programas que promuevan la participación social de los/las menores.

– Programas de promoción de los derechos de la infancia.

4.2.  Sector minorías étnicas.

a)  Objetivos:

– Favorecer la inclusión de minorías étnicas, evitando situaciones de exclusión.

– Fomentar la promoción e integración de los colectivos, permitiendo su desarrollonormalizado en el ámbito familiar, laboral y social.

b)  Actividades a subvencionar:

– Programas de prevención, promoción e incorporación social.

4.3.  Sector personas mayores.

a)  Objetivos:

– Mejorar la calidad de vida de las personas mayores y de su entorno familiar.

– Potenciar las iniciativas dirigidas a la participación y promoción social de estaspersonas.

b)  Actividades a subvencionar:

– Programas preventivos que favorezcan o mantengan las capacidades personalesy sociales de las personas mayores.

– Programas de convivencia que faciliten la permanencia de las personas mayoresen su medio habitual.

– Programas y acciones de apoyo a las familias cuidadoras de personas mayoresdependientes.

– Programas de desarrollo personal, comunitario y de animación social quefavorezcan el intercambio generacional.

– Programas que promuevan iniciativas de voluntariado y grupos de autoayuda.

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4.4.  Grupos específicos en situación de gran exclusión.

a)  Objetivos:

– Intervenir con personas chabolistas y ocupantes de infravivienda, inmigrantesrumanos de etnia gitana, personas sin hogar con patologías crónicas asociadas, mujeresprostituidas víctimas de trata o tráfico, e inmigrantes sin documentación, familias depobreza persistente, jóvenes con características especiales (desescolarizados, absentistas,carentes de apoyo familiar, formación insuficiente, expediente judicial, etc.).

– Abordar las situaciones de estas personas y familias con criterios de discriminaciónpositiva, flexibilizando las prestaciones y recursos sociales para adecuarlos a su complejarealidad.

b)  Actividades a subvencionar:

– Alojamientos alternativos y normalizados para el grupo de familias que, por susíndices de marginalidad e insuficientes habilidades sociales, mayores dificultadespresentan para su incorporación social.

– Acciones eminentemente grupales que a su vez faciliten la incorporación social decada uno de sus miembros.

– Recursos alternativos para la atención, recuperación de daños e inserciónsociolaboral de mujeres prostituidas.

– Recursos alternativos tendentes a la prevención y tratamiento de la mendicidad.

– Servicios para la atención de las necesidades y especiales dificultades socio-sanitarias de las personas atendidas.

– Recursos alternativos vinculados a la permanencia de las personas afectadas ensu entorno social.

– Apoyo a programas socioeducativos para abordar situaciones de absentismoescolar, concentración de alumnado en riesgo o exclusión social y procesos de dispersiónescolar.

– Actividades formativas centradas en nuevos yacimientos de empleo y enocupaciones de difícil cobertura, respondiendo a las demandas del mercado laboral.

– Campañas sobre tolerancia y convivencia, previniendo situaciones de discriminacióny segregación.

– Actividades de sensibilización adaptadas a las características propias de cadasituación con el fin de captar la implicación y solidaridad de la población.

4.5.  Otros sectores sociales.

Otros sectores que sin estar enumerados en esta convocatoria justifiquen el interéssocial de los programas que presentan.

5. – Causas de exclusión.

a)  Se desestimarán las solicitudes presentadas por las Entidades que no cumplanlos requisitos exigidos en la base tercera de esta convocatoria.

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b)  No podrán concederse estas subvenciones cuando la Entidad solicitante tengadébitos pendientes con el Ayuntamiento de Burgos. A estos efectos se tendrá comoreferencia la fecha en la que finalice el plazo de presentación de instancias.

c)  No podrán acceder aquellas Entidades que en la fecha de resolución de estaconvocatoria no hayan justificado las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores, encualquiera de las convocatorias municipales, y en los plazos establecidos en las bases delas mismas.

d)  No se concederán subvenciones a las Entidades que ya perciban financiaciónmunicipal, mediante convenio u otra subvención, para el mismo proyecto objeto de estaconvocatoria.

e)  Se desestimarán aquellas solicitudes cuyos proyectos no se destinenmayoritariamente a personas empadronadas en el municipio de Burgos.

f)  Se desestimarán aquellas solicitudes cuyos proyectos ya se están ejecutandopor cualquier Administración Pública, directa o indirectamente, o que sean competenciaexclusiva de las mismas.

g)  Las Entidades legalmente constituidas hace cinco o más años no podránpresentar proyectos cuyo objeto de subvención sean acciones de divulgación,conferencias, material publicitario, seminarios, jornadas, etc.

h)  Se desestimarán aquellos proyectos que, una vez valorados de formaindividualizada, no alcancen una puntuación mínima de 30 puntos, resultado de laaplicación de los criterios de valoración de los proyectos que aparecen en la base 8.ª deesta convocatoria.

i)  No se admitirá más de una solicitud por Entidad, desestimándose el resto.

j)  No podrán obtener en ningún caso la condición de beneficiarias las Entidades enquienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2.º y 3.º delartículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

6. – Compatibilidad de las subvenciones.

La concesión de subvenciones al amparo de la presente convocatoria serácompatible con otras otorgadas para la misma finalidad por otras AdministracionesPúblicas, siempre que el importe global de las mismas no supere el coste total delprograma o servicio objeto de la subvención.

Serán incompatibles con las que sean otorgadas a las Entidades que ya percibanfinanciación municipal, mediante convenio u otra subvención, para los programas oservicios objeto de esta convocatoria.

7. – Cuantía de las subvenciones.

El importe máximo de la subvención no podrá exceder del 70% del presupuestototal del programa o servicio.

El importe mínimo de cada una de las subvenciones concedidas será de 1.000euros, aunque esta cuantía supere el porcentaje establecido en el párrafo anterior y siempreque no exceda la cuantía solicitada.

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8. – Criterios de valoración.

Dentro de las disponibilidades presupuestarias tendrán prioridad para la concesiónde subvenciones aquellos programas y proyectos que obtengan mayor valoración, enatención a los siguientes criterios:

a)  Calidad técnica del programa presentado: La adecuación de las accionespresentadas en relación a los objetivos, metodología, recursos humanos y materialesprevistos, presupuesto detallado (se valorarán cuantías y partidas, captación de fondospropios o privados, relación entre el coste total y el proyecto e impacto), número ycaracterísticas de los usuarios/as previstos, hasta 30 puntos.

b)  La trayectoria y experiencia de la Entidad solicitante, hasta 15 puntos.

c)  Consolidación de los programas o servicios financiados en anterioresconvocatorias, siempre que éstos hayan sido informados favorablemente, hasta 25 puntos.

d)  Se valorará la innovación del proyecto e inexistencia de programas o serviciossimilares en el municipio de Burgos, hasta 20 puntos.

e)  Se priorizarán aquellos programas que promuevan la participación devoluntariado social, hasta 10 puntos.

9. – Plazo de presentación de solicitudes y documentación.

Las Entidades solicitantes deberán presentar en el Registro General delAyuntamiento una instancia, en la que unificarán todos los servicios, programas yproyectos objeto de la solicitud, junto a la documentación siguiente:

a)  Instancia dirigida al Excmo. Sr. Alcalde dentro de los 30 días naturales a partir dela publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme al modelodel Anexo I.

b)  Estatutos de la Entidad, en el caso de que sea la primera vez que se presentena esta convocatoria.

c)  Documentación acreditativa de la inscripción de la Entidad solicitante en elRegistro de Entidades y Centros de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma deCastilla y León.

d)  Fotocopia del Código de Identificación Fiscal de la Entidad.

e)  Ficha de alta de terceros (Anexo II) debidamente cumplimentada y cuya titularidaddeberá corresponder siempre a la Entidad que presente la solicitud. Solamente lapresentarán las nuevas Entidades solicitantes o las que hayan cambiado el número decuenta bancaria.

f)  Memoria técnica de los servicios, programas y proyectos objeto de la solicitud,en la que se detalle su fundamentación, objetivos, actividades, temporalización y sistemade evaluación.

g)  Memoria económica en la que se detalle, por partidas, el coste total del programao programas objeto de subvención, así como la previsión para su financiación y la cuantía

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que se solicita a este Ayuntamiento, especificando el importe de lo solicitado para cadauno de los servicios, programas y proyectos objeto de la solicitud.

h)  Modelo declaración Anexo III.

i)  Para asociaciones de reciente creación (con al menos un año de antiguedad parapoder optar a esta convocatoria municipal) Memoria de actividades realizadas hasta elmomento, así como datos de la Entidad: Ámbito de actuación, número de socios,colaboración con otras Entidades, etc.

Si en esta única solicitud se presentase más de un programa o servicio seespecificará de forma individualizada el presupuesto de cada uno de ellos y el porcentajede la subvención solicitada que le corresponde.

Aquella documentación que sea objeto de valoración y se entregue posteriormenteal período de presentación de solicitudes establecido (salvo la demandada expresamentepor los servicios municipales) no se tendrá en cuenta a la hora de la valoración delproyecto.

10. – Procedimiento de concesión y resolución de las subvenciones.

El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen deconcurrencia competitiva, según lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones.

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o la documentación estuvieseincompleta y/o defectuosa se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañelos documentos preceptivos, en un plazo máximo de 10 días, con apercibimiento de que,de no hacerlo, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución, que deberá serdictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Ayuntamiento podrá recabar del solicitante cuanta documentación e informacióncomplementaria estime necesaria para la adecuada valoración y resolución de la solicitudpresentada.

Las solicitudes presentadas serán valoradas, de acuerdo con los criterios que sereflejan en la cláusula 8.ª de estas bases, por tres técnicos del Ayuntamiento de Burgos queconformarán el órgano colegiado referido en el artículo 22 de la Ley 38/2003.

Emitido informe por parte de los servicios técnicos y valoradas las solicitudes porel órgano colegiado se elevará una propuesta para su aprobación al Consejo de la Gerenciade Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades.

Contra el acuerdo resolutorio de la convocatoria podrá interponerse recurso dealzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento deBurgos.

11. – Obligaciones de las Entidades beneficiarias.

a)  La gestión de la subvención de acuerdo a los principios de eficacia en elcumplimiento de los objetivos y eficiencia en la utilización de los recursos públicos.

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burgos

b)  Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la ejecución ydesarrollo de los programas o servicios subvencionados.

c)  Cumplir los objetivos, ejecutar los programas o desarrollar el serviciosubvencionado y aplicar las cantidades recibidas a los fines para los que fue concedida lasubvención.

d)  Comunicar previamente al Ayuntamiento cualquier modificación de losprogramas o proyectos presentados y subvencionados para su autorización por losórganos municipales competentes.

e)  Someterse a las actuaciones de comprobación, control y seguimiento por partedel Ayuntamiento de la aplicación de la subvención concedida.

f)  Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones, para la mismafinalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o Entidad privada.

g)  Reintegrar la subvención concedida en los casos y en los supuestoscontemplados en la normativa aplicable a esta convocatoria.

h)  Hacer constar explícitamente en la publicidad de las actividades subvencionadasla colaboración del Ayuntamiento de Burgos.

12. – Forma de pago de la subvención.

Una vez aprobada por el Consejo de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales,Juventud e Igualdad de Oportunidades, el pago de la subvención se efectuará de formafraccionada con un pago anticipado del 70% del importe de la subvención concedida y el30% restante una vez justificada en su totalidad e informada favorablemente por losórganos municipales competentes.

Las Entidades beneficiarias podrán solicitar el anticipo íntegro de la subvenciónconcedida, siempre que constituyan garantías suficientes por el 30% del importe de lasubvención concedida, en los términos establecidos por la normativa vigente. Los gastosderivados de la constitución de citadas garantías se podrán imputar como gastosubvencionable.

Si la cuantía individualizada de la subvención no excede de 3.000 euros no serequerirá previa presentación de garantía para proceder al pago anticipado.

13. – Plazo de ejecución.

Los programas o servicios subvencionados deberán ejecutarse dentro del año devigencia de la convocatoria (2017).

14. – Gastos subvencionables.

Serán subvencionables las acciones realizadas desde el día 1 de enero hasta el30 de noviembre de 2017.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondana la naturaleza de la actividad subvencionada y que hayan sido efectivamente pagados conanterioridad a la finalización del período de justificación.

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Serán subvencionables los gastos necesarios para la adecuada ejecución de laactividad subvencionada que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a lafinalización del período de justificación, tales como los referidos a los gastos corrientes,de personal, gastos de asistencia a acciones formativas motivadas en el proyectoindividualizado del beneficiario y necesarias para lograr su integración social, gastos detransporte, alojamiento o manutención, suministros y servicios, publicidad, así como losservicios profesionales externos por participación en la ejecución de programas y porcoordinación del proyecto:

– Gastos de personal contratado por la Entidad: Con el límite máximo del 80% delimporte de la subvención percibida.

– Cuando el desarrollo del programa se lleve a cabo en la sede de la Entidad sepodrán imputar, como costes indirectos, los gastos corrientes de la sede que seannecesarios para la realización de la actividad. Para su imputación se considerará elporcentaje que representa la actividad subvencionada en el conjunto de la actividad de laEntidad, no pudiéndose imputar nunca más del 30% de los mismos. En todo caso deberáespecificarse el criterio de imputación utilizado.

– Gastos de viaje: Podrán justificarse con cargo a este concepto exclusivamentelos gastos de viaje (gasolina, tickets, etc.) del personal adscrito al programa, incluido elvoluntario, debidamente justificados y detallados (kilometraje, recorridos, fechas, medio detransporte, relación con el programa subvencionado…).

– Se establece un precio máximo subvencionable de 25 euros por cada hora deformación a los ponentes o profesores.

– No es subvencionable la adquisición de material inventariable. Sólo essubvencionable la parte proporcional de amortización por su uso durante la ejecución delproyecto. Excepcionalmente, se subvencionará el material inventariable adquirido paratransferir a terceros, como actividad propia del objeto de la subvención.

– La amortización imputable a la subvención se calculará de acuerdo con la siguientefórmula:

Valor adquisición x duración del proyecto en mesesAmortización imputable = —————————————————————————————————

Vida útil del bien en meses

– A efectos del cálculo, con carácter general, la vida útil de los bienes es de 10 años,salvo los medios de transporte que será de 5 años y los equipos y material informático ode similar naturaleza (fotocopiadoras, teléfonos, radios…) que será de 4 años.

En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectoscuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personalessobre la renta. Por tanto, no se considera subvencionable el IVA y tan sólo podráconsiderarse cuando no se recupere o compense.

En ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de las cuentasbancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los gastos deprocedimientos judiciales.

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burgos

La suma de los gastos justificados e imputados a la subvención no podrá superarel 70% del coste final del programa o servicio subvencionado, debiéndose reintegrar elporcentaje superado.

15. – Justificación de la subvención.

Las Entidades que hayan sido subvencionadas deberán presentar entre el 1 y el 15de diciembre de 2017 la justificación de la subvención concedida, mediante ladocumentación siguiente:

a)  Memoria técnica explicativa del programa o servicio desarrollado que ha sidoobjeto de la subvención municipal, y evaluación del cumplimiento de los objetivos delmismo.

b)  Memoria económica en la que se refleje el coste total del proyecto y loscofinanciadores en su caso. Relación clasificada y numerada de la totalidad de los gastosque se han realizado con cargo a la subvención pública, que deberá ajustarse a la tabladel Anexo IV, acompañada de las facturas originales (o demás documentos de valorprobatorio en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa), su copia yjustificante de pago, en el mismo orden y con la misma numeración que figura en la relaciónde gastos. Este documento se presentará en soporte papel y en hoja de cálculo excel porvía electrónica.

Las facturas originales, una vez compulsadas municipalmente, serán devueltas conla indicación de que han sido subvencionadas por el Ayuntamiento de Burgos.

Las facturas o demás documentos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantil ocon eficacia administrativa se ajustarán a los requisitos técnicos exigidos en el R.D. 1619/2012,de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación; como mínimodeberá figurar en la factura:

– Número de factura y, en su caso, serie.

– Fecha de expedición.

– Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado aexpedir factura como del destinatario de las operaciones.

– NIF y domicilio tanto del emisor como del destinatario de la factura.

– Descripción de las operaciones y fecha de realización.

– Tipo impositivo aplicado y cuota del I.V.A. En el supuesto de que la operación estéexenta, indicar la disposición por la que lo está.

En ningún caso se admitirán tickets de caja registradora. El beneficiario de lasubvención deberá figurar como destinatario de la factura y se deberán expresar condetalle los bienes y servicios adquiridos.

Las facturas deberán ir acompañadas de los documentos justificativos de los pagos.Para gastos superiores a 600 euros, el pago se efectuará a través de medios bancarios,pudiéndose acreditar mediante:

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– Adeudo bancario nominativo.

– Transferencia bancaria nominativa.

– Certificado del banco sobre efectividad del pago.

– Cheque bancario nominativo.

– Extracto bancario nominativo.

– Pago nominativo realizado a través de Internet.

Para documentos de gastos inferiores a 600 euros: Recibí sellado por el proveedor,

indicando fecha de pago y NIF.

Para la justificación de los gastos de personal se aportará la siguiente

documentación:

– Nóminas mensuales. Sólo es imputable el importe líquido del recibo de nómina.

Los gastos de Seguridad Social del trabajador y de la empresa se deberán imputar en los

documentos justificativos del abono de las cargas sociales. Y los gastos de IRPF se

deberán imputar en el documento justificativo del ingreso de las retenciones en concepto

de IRPF.

– En el caso de recibís personales, igualmente, sólo será imputable el líquido que

recibe el beneficiario. Y los gastos de IRPF se deberán imputar en el documento

justificativo del ingreso de las retenciones en concepto de IRPF.

– Documentos justificativos del abono de las cargas sociales (TC1 o documento

que le sustituya y TC2).

– Documentos justificativos del ingreso de las retenciones en concepto de IRPF

(modelo 111 y modelo 190, si fuera posible).

– Todos estos documentos deberán ir acompañados de los justificantes de pago

por medios bancarios, con independencia de su importe.

c)  Declaración responsable, siempre que se impute el IVA en los gastos

presentados, en la que conste que la Entidad no es sujeto pasivo de IVA, y por lo tanto,

éste supone un coste para la misma. Asimismo, se autoriza al Ayuntamiento de Burgos a

que efectúe las comprobaciones que precise para la verificación de estos extremos.

d)  Certificación acreditativa de las subvenciones o ayudas económicas que se

hayan obtenido de otras Entidades públicas o privadas para el mismo programa, o en su

defecto, declaración responsable de no haber recibido ninguna otra subvención para el

mismo.

e)  Certificación acreditativa de la Entidad en la que se declare el coste total del

programa o servicio subvencionado especificado por partidas de gasto y haberse

destinado el importe total de la subvención a la ejecución del mismo.

16. – Reintegro de las subvenciones.

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Procederá la devolución o el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del

interés legal que resulte de aplicación desde el momento del pago de las subvenciones en

los casos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,

previa la tramitación para ello de los procedimientos contemplados en citada Ley.

17. – Aceptación de las bases.

La presentación de las solicitudes implica la aceptación en su totalidad de las

presentes bases. En caso de duda sobre los particulares contenidos de esta convocatoria,

la Gerencia Municipal de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades se

reserva el derecho de interpretación.

18. – Normativa aplicable.

En todo lo no previsto en estas bases será de aplicación lo preceptuado en la Ley

38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ordenanza General de

Subvenciones del Ayuntamiento de Burgos y en las bases de ejecución del presupuesto

municipal.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante el

Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Burgos, en el plazo de un mes a contar

desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

*    *    *

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A N E X O I

CONVOCATORIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADASSIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS

DE INCLUSIÓN SOCIAL

SOLICITUD CONVOCATORIA 2017

ENTIDAD:

Denominación ………………………………………………………………………………………

Domicilio ……………………………………………………………………………………………

Localidad ……………………………… C.P. …………………… Teléfono ………………………

Correo electrónico …………………………………………………………………………………

Número Registro Municipal de Asociaciones ……………………………………………………

Número Registro Junta de Castilla y León ………………………………………………………

Código de Identificación Fiscal ……………………………………………………………………

REPRESENTANTE LEGAL:

Nombre y apellidos …………………………………………………………………………………

DNI …………………………………………………………………………………………………

Dirección ……………………………………………………………………………………………

Localidad ……………………………… C.P. …………………… Teléfono ………………………

Cargo que ocupa ……………………………………………………………………………………

PROGRAMA PRESENTADO:

Denominación ………………………………………………………………………………………

Presupuesto total del programa ……………………………………………………………………

Subvención solicitada ………………………………………………………………………………

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección deDatos de Carácter Personal (LOPD) los datos suministrados por el ciudadano quedaránincorporados en un fichero automatizado, el cual será procesado exclusivamente para lafinalidad descrita. Los datos de carácter personal serán tratados con el grado deprotección adecuado, según el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

El interesado podrá ejercer sus derechos de oposición, acceso, rectificación ycancelación en cumplimiento de lo establecido en la LOPD.

Burgos, a ……… de …………… de 2017.

El/la representante legal,Fdo.: ………………………

EXCMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BURGOS. –

*    *    *

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A N E X O I I

*    *    *

MECANIZACION O CONTROL

Nº DE ORDEN

YA DADA DE ALTA

NUEVA

TESORERIA CAMBIO DE LA ANTERIOR

09071 BURGOSTFNO. 947 288808 Firma del Funcionario

2.-N.I.F. / C.I.F. ___________________

3.-CALLE ______________________________________________ Nº _________PISO _________

POBLACION __________________ PROVINCIA ___________________

CODIGO POSTAL ______________ FAX __________________

BANCO -------------------------------------------------------- OFICINA -------------------------------------------------

______________ a ____ de ______________ de _____

Personas jurídicas: adjuntar fotocopia del NIF del representante

--Se enviará debidamente diligenciada directamente a la Tesorería Municipal.--La Razón social o nombre coincidirá con las correspondientes facturas a pagar

FECHA, SELLO Y FIRMA DE LA ENTIDAD FINANCIERACONFORME. EL TERCERO

SUCURSALENTIDAD

FICHA DE ALTA DE TERCEROS

TFNO ________________

4.-(A DILIGENCIAR POR LA ENTIDAD BANCARIA):

PL MAYOR, 1 (A rellenar por el Ayuntamiento)

1.-APELLIDOS Y NOMBRE / RAZON SOCIAL _______________________________________________

____________________________________________________________________________

(Adjuntar fotocopia)

CORRESPONDE A LA PERSONA O RAZÓN SOCIAL INDICADA EN EL APTDO. 1.

LA ENTIDAD FINANCIERA QUE SUSCRIBE, ACREDITA QUE LA CUENTA ABAJO RESEÑADA

CODIGO CUENTA CLIENTE-IBAN

NUM. DE CUENTANº

CONTROLPAIS

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A N E X O I I I

D. ………………………, con NIF …………… en calidad de …………………… de la

Entidad ……………………………………………, titular del CIF ………………………………,

y domicilio en ………………………………………………………………………………………

DECLARA:

– Que esta Entidad no está incursa en ninguna de las circunstancias ni prohibicionescontempladas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,que le impidan ser beneficiaria de la subvención.

– Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributariasy frente a la Seguridad Social (artículo 24 del R.D. 887/2006).

– Que Sí � No � ha solicitado otras ayudas en el año ……… para el objeto delconvenio/subvención ………………………………………………… (sólo en caso afirmativocumplimentar los siguientes campos).

Entidad …………………………………… Importe ……………………………………

Y AUTORIZA:

– Al Excmo. Ayuntamiento de Burgos, para que recabe de las Administracionescorrespondientes la información necesaria para la comprobación de los datos anteriores.

La presente autorización se otorga en aplicación de lo dispuesto en la DisposiciónAdicional Cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Físicas y otras normas tributarias, que mantiene su vigencia tras la entrada envigor de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobrela Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, por la que se permite, previa autorizacióndel interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicaspara el desarrollo de sus funciones, en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, deProtección de Datos de Carácter Personal, en los artículos 95.1.k) y 95.2 de la Ley 58/2003,de 17 de diciembre, General Tributaria, en la Disposición Adicional Tercera de la Ley24/2005, de 18 de noviembre, por la que se regula la cesión de información de caráctertributario por medios informáticos o telemáticos y demás normativa reglamentaria que esde aplicación.

Burgos, ……… de …………… de 2017.

Fdo.: …………………………

*    *    *

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A N E X O I V

RELACIÓN DE GASTOS

Nº RELA-CIÓN

PROVEEDOR CONCEPTO FECHA FACTURA 00/00/0000

IMPORTE DE LA FACTURA

PORCENTAJE IMPUTADO

IMPORTE IMPUTADO

1

2

3

4

5

6

7

8

9…

TOTALES

Este documento Excell se proporcionará por vía electrónica a las Asociaciones. De igual modo, las Asociaciones, en la justificación, presentarán este documento en soporte papel y en hoja de cálculo Excell por vía electrónica

(Firma y rúbrica) Por la Asociación/Fundación

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02917

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BURGOSGerencia municipal de ServicioS SocialeS, Juventud

e iGualdad de oportunidadeS

El Consejo de Administración de la Gerencia Municipal de Servicios Sociales,Juventud e Igualdad de Oportunidades, en sesión celebrada el día 9 de mayo de 2017, haacordado aprobar las siguientes bases que rigen la convocatoria municipal de subvencionesa entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas para la integraciónde personas inmigrantes, año 2017.

El crédito asignado es de 33.135 euros, para el que existe consignaciónpresupuestaria en la partida 08.2316.480 del presupuesto general vigente.

En Burgos, a 12 de mayo de 2017.

La Presidenta del Consejo,Gema Conde Martínez

*    *    *

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BASES DE LA CONVOCATORIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONES A ENTIDADESPRIVADAS SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS

PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS INMIGRANTES

CONVOCATORIA DEL AñO 2017

1. – Objeto de la subvención.

Es objeto de la convocatoria la concesión de subvenciones a entidades sin ánimode lucro para programas o actividades dirigidos a la integración de personas inmigrantesen las siguientes áreas de intervención:

a)  Sensibilización, participación social y asociacionismo.

b)  Servicios sociales y salud.

c)  Acciones educativas.

d)  Difusión de la diversidad cultural.

e)  Promoción de la mujer.

f)  Programas de formación y prelaborales.

g)  Alojamiento y vivienda.

h)  Promoción de la igualdad de trato y no discriminación.

2. – Crédito de la convocatoria.

La concesión de ayudas se hará con cargo a la partida correspondiente delpresupuesto municipal para el año 2017, con un crédito asignado a la misma por importede 33.135 euros.

3. – Requisitos de los beneficiarios.

Serán destinatarios de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro quecumplan los siguientes requisitos:

a)  Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente.

b)  Estar domiciliadas en el municipio de Burgos e inscritas en el Registro Municipalde Asociaciones.

c)  Disponer de sede social o delegación permanente en la ciudad de Burgos y suámbito de actuación sea el citado municipio.

d)  Que desarrollen programas y actividades en alguna de las áreas de intervencióndescritas en la base 5.ª de esta convocatoria.

4. – Modalidad de subvención.

Las subvenciones de la convocatoria tienen por objeto financiar programasespecíficos de actividades en convocatoria abierta y en régimen de concurrencia nocompetitiva.

Tendrán esta consideración las que propongan la realización de una determinadaactividad o de un grupo de actividades, que no tienen que constituir necesariamente unaprogramación anual.

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5. – Programas y actividades objeto de subvención.

a)  Sensibilización, participación social y asociacionismo:

– Sensibilizar a la población en general sobre las distintas realidades culturales.

– Favorecer la implicación ciudadana en la definición de líneas de intervenciónrelacionadas con la inmigración.

– Fomentar la participación de la población inmigrante mediante el movimientoasociativo.

– Fomentar la cooperación de la iniciativa pública y social.

– Programas destinados a la incorporación de sistemas de calidad para la mejoracontinua de la eficacia, eficiencia y gestión de los programas desarrollados en materia deintegración de inmigrantes.

– Programas de formación y perfeccionamiento de los profesionales y voluntariosmediante su participación en cursos, seminarios especializados y en programas deasistencia técnica realizados por otras organizaciones, en especial los referidos al colectivoinmigrante. Tendrán prioridad los programas de formación que reserven un número deplazas superior al 60% para profesionales de otras entidades.

b)  Programas de servicios sociales y salud:

– Fortalecer los recursos y servicios existentes para la inmigración.

– Fomentar el conocimiento de la inmigración en el municipio para asesorar yorientar la intervención local en materia de inmigración.

– Mejorar los recursos de información y comunicación para favorecer el acceso a losderechos sociales.

– Informar y orientar sobre el acceso a los servicios de salud de la poblacióninmigrante.

– Educar para la salud y promover estilos y hábitos de vida saludables.

– Informar sobre los aspectos legales relativos al acceso a los servicios de salud.

c)  Acciones educativas:

– Colaborar con la administración educativa en la integración escolar de los menoresinmigrantes.

– Colaborar en el desarrollo de campañas sobre la diversidad cultural en los centroseducativos.

– Potenciar la participación activa de las personas inmigrantes en la vida cultural dela ciudad y del barrio en el que viven.

– Facilitar la adaptación del/de la alumno/a inmigrante a su nuevo entorno medianteel conocimiento de la ciudad a nivel organizativo, histórico y cultural.

– Programas de idiomas o inmersión lingüística que además de afianzar el uso deun idioma ayude a la interrelación entre personas de distintos orígenes o nacionalidades.

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burgos

d)  Difusión de la diversidad cultural:

– Apoyar acciones de conocimiento y difusión de distintas manifestaciones culturales(música, arte, gastronomía, etc.) y representativas de distintos países, especialmenteaquellos proyectos que promuevan el intercambio cultural y la integración social.

– Impulsar la cooperación cultural a nivel local, y llevar adelante proyectos yprogramas conjuntos en diferentes sectores de la cultura.

– Generar políticas y campañas culturales que potencien la inclusión social.

e)  Promoción de la mujer:

– Fomentar la participación de mujeres inmigrantes en talleres de autonomíapersonal y prelaborales.

– Realización de cursos y talleres de sensibilización sobre igualdad de oportunidadesy violencia de género entre el colectivo inmigrante y formación de mediadoras en lacomunidad inmigrante, en varios idiomas.

– Prevenir los efectos que tiene el proceso migratorio en la salud de las mujeres ypromover estilos de vida saludables.

– Apoyar la realización de estudios diagnósticos específicos sobre la realidad de lamujer inmigrante en nuestra ciudad, identificando cuáles son sus necesidades, obstáculosmás habituales, etc., pero también sus propuestas de participación en la sociedad, susconocimientos y recursos, etc.

– Apoyar el acceso a recursos o programas que promuevan la conciliación familiary laboral u ocupacional.

– Dar protagonismo a la mujer inmigrante desarrollando programas dirigidos aaumentar el nivel de conocimiento de la sociedad burgalesa con respecto a este colectivo:Valores, costumbres, idioma, conocimientos, etc.

f)  Programas de formación y prelaborales:

– Sensibilizar a la sociedad sobre el derecho al trabajo de las personas extranjeras,en igualdad de condiciones.

– Programas de preparación y acompañamiento de acciones dirigidas a la puestaen marcha de iniciativas de trabajo por cuenta propia, con especial consideración poraquellos orientados a la economía social.

– Acciones formativas ocupacionales, de desarrollo de habilidades laborales,reciclaje profesional, acceso a formación sobre nuevos yacimientos de empleo, etc.

g)  Programas de alojamiento y vivienda:

– Facilitar el acceso a la vivienda a la población inmigrante.

– Sensibilizar a propietarios y agencias inmobiliarias sobre la situación en la que seencuentra la población inmigrante respecto a la vivienda.

h)  Promoción de la igualdad de trato y no discriminación:

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– Apoyar la realización de análisis diagnósticos de la discriminación en el ámbitoterritorial municipal a nivel de formas, situaciones, causas y ámbitos más habituales.Asimismo, la identificación y estudios sobre buenas prácticas y experiencias locales enprevención y erradicación de la discriminación y asistencia a víctimas.

– Contribuir al desarrollo de propuestas metodológicas para la lucha contra ladiscriminación en el ámbito local: Combatir los prejuicios y estereotipos sobre la poblacióninmigrante, así como los discursos xenófobos y discriminatorios construidos en base aellos, para avanzar en la construcción de una sociedad cohesionada y respetuosa con ladiversidad.

6. – Causas de exclusión.

a)  Se desestimarán aquellas solicitudes presentadas por las Entidades que nocumplan los requisitos exigidos en la base tercera de esta convocatoria.

b)  No podrán acceder aquellas Entidades que en la fecha de resolución de estaconvocatoria no hayan justificado las subvenciones concedidas en ejercicios anteriores, encualquiera de las convocatorias municipales y en los plazos establecidos en las bases delas mismas.

c)  No se concederán subvenciones a las Entidades que ya perciban financiaciónmunicipal, mediante convenio u otra subvención, para el proyecto objeto de estaconvocatoria.

d)  Tampoco podrán concederse estas subvenciones cuando la Entidad solicitantetenga deudas pendientes con el Ayuntamiento de Burgos. A estos efectos se tendrá comoreferencia la fecha de presentación de instancias.

e)  Se desestimarán aquellas solicitudes cuyos proyectos ya se están ejecutandopor cualquier Administración Pública o que sean competencia exclusiva de las mismas.

f)  Se desestimarán aquellos proyectos que, una vez valorados de formaindividualizada, no alcancen una puntuación mínima de 30 puntos, resultado de laaplicación de los criterios de valoración de los proyectos que aparecen en la base 9.ª deesta convocatoria.

g)  No podrán obtener en ningún caso la condición de beneficiarias las Entidades enquienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2.º y 3.º delartículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

7. – Compatibilidad.

La concesión de subvenciones al amparo de la presente convocatoria serácompatible con otras otorgadas para la misma finalidad por otras AdministracionesPúblicas, siempre que el importe global de las mismas no supere el coste total delprograma o servicio objeto de la subvención.

Serán incompatibles con las que sean otorgadas a las Entidades que ya percibanfinanciación municipal, mediante convenio u otra subvención, para los servicios oprogramas objeto de esta convocatoria.

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8. – Cuantía de las subvenciones.

El importe máximo de la subvención no podrá exceder del 80% del presupuestototal del programa o servicio. En casos excepcionales, teniendo en cuenta la necesidad yel interés de los mismos, podrá concederse hasta el 100% del coste.

Una vez agotado el crédito disponible, se desestimarán los proyectos presentados.

9. – Criterios de valoración.

Dentro de las disponibilidades presupuestarias tendrán prioridad para la concesiónde subvenciones aquellos proyectos que obtengan mayor valoración, en atención a lossiguientes criterios:

a)  Calidad técnica del programa presentado. La adecuación de los proyectospresentados en relación a los objetivos, metodología y financiación prevista: Hasta 20puntos.

b)  La trayectoria y experiencia de la Entidad solicitante. Se valorará que la estructurade la Entidad solicitante sea adecuada para gestionar las actividades previstas en losprogramas presentados: Hasta 10 puntos.

c)  Continuidad de los programas o servicios financiados en anterioresconvocatorias, siempre que éstos hayan sido informados favorablemente: Hasta 10 puntos.

d)  La innovación del proyecto e inexistencia de programas similares en el municipiode Burgos: Hasta 10 puntos.

e)  Los proyectos que, en unión con otros, conformen un programa de actuaciónglobal (ejemplo: El Día Internacional de la Inmigración, etc.). Tendrán una valoraciónprioritaria las confederaciones, federaciones o agrupaciones similares que presentenprogramas integrados: Hasta 20 puntos.

f)  Proyectos presentados por asociaciones cuyos integrantes son personasinmigrantes que representan a su país o a una zona geográfica delimitada, fomentando asíel asociacionismo de este colectivo y apoyando su participación grupal en la sociedadburgalesa: Hasta 15 puntos.

g)  Formar parte de la Comisión de Integración Social dependiente del ConsejoMunicipal Sectorial de Inmigración: Hasta 15 puntos.

10. – Solicitudes y plazo de presentación.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante el año hastael 15 de noviembre de 2017.

Las Entidades solicitantes deberán presentar en el Registro General delAyuntamiento una única solicitud en la que unificarán todos los servicios, programas yproyectos objeto de la solicitud, junto a la documentación siguiente:

– Instancia dirigida al Excmo. Sr. Alcalde a partir del día siguiente a la publicacióndel anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme al modelo quefigura en el Anexo I. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto duranteel año hasta el 15 de noviembre de 2017.

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burgos

– Fotocopia del Código de Identificación Fiscal de la Entidad.

– Ficha de alta de terceros (Anexo II) debidamente cumplimentada y cuya titularidaddeberá corresponder siempre a la Entidad que presente la solicitud.

– Memoria técnica de los servicios, programas y proyectos objeto de la solicitud, enla que se detalle la fundamentación del programa, objetivos, actividades, temporalizacióny sistema de evaluación.

– Memoria económica en la que se detalle, por partidas, el coste total del programao programas objeto de subvención, así como la previsión para su financiación y cuantía quese solicita a este Ayuntamiento, especificando el importe de lo solicitado para cada unode los servicios, programas y proyectos objeto de la solicitud.

– Declaración sobre las subvenciones que se han solicitado, en el mismo ejercicio,a otros Organismos públicos o privados, para los mismos fines que se solicita lasubvención municipal.

– Declaración responsable de encontrarse al corriente de obligaciones tributarias yde Seguridad Social, según lo establecido en el artículo 24.7 del Reglamento de la LeyGeneral de Subvenciones.

No se admitirá una segunda solicitud presentada por la misma Entidad, en tanto nose haya resuelto la primera, y así sucesivamente (tercera, cuarta instancia…).

Si en esta única solicitud se presentase más de un programa o servicio seespecificará de forma individualizada el presupuesto de cada uno de ellos y el porcentajede la subvención solicitada que le corresponde.

Aquella documentación que sea objeto de valoración y se entregue posteriormenteal período de presentación de solicitudes establecido (salvo la demandada expresamentepor los servicios municipales) no se tendrá en cuenta a la hora de la valoración delproyecto.

11. – Procedimiento de concesión y resolución de las subvenciones.

El procedimiento de concesión de las subvenciones, hasta que se agote el créditoasignado por importe de 33.135 euros, se fundamenta en el artículo 22.2 c) de la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos o la documentación estuviese incompletay/o defectuosa se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe losdocumentos preceptivos, en un plazo máximo de 10 días, con apercibimiento de que, de nohacerlo, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución, que deberá ser dictadaen los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deProcedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes presentadas serán valoradas, de acuerdo con los criterios que sereflejan en el artículo 9.º de estas bases, por tres técnicos del Ayuntamiento de Burgos queconformarán el órgano colegiado referido en el artículo 22 de la Ley 38/2003.

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El Ayuntamiento podrá recabar del solicitante cuanta documentación e informacióncomplementaria estime necesaria para la adecuada valoración y resolución de la solicitudpresentada.

Emitido informe por parte de los servicios técnicos y valoradas por el órganocolegiado se elevará una propuesta para su aprobación al Consejo de la Gerencia deServicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades.

Contra el acuerdo resolutorio de la convocatoria podrá interponerse recurso dealzada en el plazo de un mes ante el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento deBurgos.

12. – Obligaciones de las Entidades beneficiarias.

a)  La gestión de la subvención de acuerdo a los principios de eficacia en elcumplimiento de los objetivos y eficiencia en la utilización de los recursos públicos.

b)  Asumir todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la ejecución ydesarrollo de los programas o servicios subvencionados.

c)  Cumplir los objetivos, ejecutar los programas o desarrollar el serviciosubvencionado y aplicar las cantidades recibidas a los fines para los que fue concedida lasubvención.

d)  Comunicar previamente al Ayuntamiento cualquier modificación de losprogramas o proyectos presentados y subvencionados para su autorización por losórganos municipales competentes.

e)  Someterse a las actuaciones de comprobación, control y seguimiento por partedel Ayuntamiento de la aplicación de la subvención concedida.

f)  Comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones para la mismafinalidad procedentes de cualquier Administración Pública o Entidad privada.

g)  Reintegrar la subvención concedida en los casos y en los supuestos contempladosen la normativa aplicable a esta convocatoria.

h)  Hacer constar explícitamente en la publicidad de las actividades subvencionadasla colaboración del Ayuntamiento de Burgos.

13. – Liquidación de la subvención.

El pago de la subvención se efectuará mediante un único anticipo a cuenta y una vezaprobada por el Consejo de la Gerencia Municipal, a cuyos efectos el Órgano de GestiónTributaria y Tesorería transferirá la subvención concedida a la cuenta bancaria indicada enel Anexo II.

Las entidades subvencionadas en esta convocatoria quedarán exoneradas de laconstitución de garantías, en atención a la naturaleza y objetivos que persigue estaconvocatoria.

14. – Plazo de ejecución.

Los proyectos subvencionados deberán ejecutarse dentro del año de vigencia de laconvocatoria (2017), no aprobándose una nueva subvención sin haberse justificado laanterior de la misma convocatoria.

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15. – Gastos subvencionables.

Serán subvencionables las acciones realizadas desde el día 1 de enero hasta el día31 de diciembre de 2017.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitadarespondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazoestablecido por las bases de esta convocatoria.

Serán subvencionables los gastos necesarios para la adecuada ejecución de laactividad subvencionada que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a lafinalización del período de justificación, tales como los costes directos relacionados conel objeto de subvención (personal u honorarios profesionales por participación en laejecución de programas o actuaciones concretas y por coordinación del proyecto, losgastos que se generen por sus servicios relativos a transporte, alojamiento o manutención,gastos de asistencia a acciones formativas motivadas en el proyecto individualizado delbeneficiario y necesarias para lograr su integración social, los suministros y servicios,publicidad…), así como los referidos a costes indirectos (gastos corrientes de laasociación, personal contratado por la Entidad que presta servicios generales, etc.).

Gastos de viaje y estancia. Podrán justificarse con cargo a este conceptoexclusivamente las dietas y gastos de viaje (gasolina, tickets, etc.) del personal adscrito alprograma, incluido el voluntario, debidamente justificados y detallados (kilometraje,recorridos, fechas, medio de transporte, relación con el programa subvencionado…).

Se excluyen expresamente, y por tanto no son subvencionables:

– Los gastos destinados a la conservación o adquisición de infraestructuras oequipamientos.

– La suma de los gastos asociados a comidas o cenas en establecimientoshosteleros, ágapes privados, etc. no podrá exceder del 15% de la subvención concedida,siempre que exista una relación directa entre citados gastos y el objeto de la subvención.

No es subvencionable la adquisición de material inventariable, entendiendo por tallos bienes que no se consumen con el primer uso y tienen una vida útil superior a un añonatural. Sólo es subvencionable la parte proporcional de amortización por su uso durantela ejecución del proyecto. Excepcionalmente, se subvencionará el material inventariableadquirido para transferir a terceros, como actividad propia del objeto de la subvención(por ejemplo ciertos bienes que se entregan en concepto de premios por concursos).

La amortización imputable a la subvención se calculará de acuerdo con la siguientefórmula:

Valor adquisición x duración del proyecto en mesesAmortización imputable = —————————————————————————————————

Vida útil del bien en meses *

* A efectos del cálculo, con carácter general, la vida útil de los bienes es de 10 años,salvo los medios de transporte que será de 5 años y los equipos y material informático ode similar naturaleza (fotocopiadoras, teléfonos, radios…) que será de 4 años.

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En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectoscuando sean susceptibles de recuperación o compensación, ni los impuestos personalessobre la renta. Por tanto, no se considera subvencionable el IVA y tan sólo podráconsiderarse cuando no se recupere o compense.

En ningún caso serán gastos subvencionables los intereses deudores de las cuentasbancarias, intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los gastos deprocedimientos judiciales.

16. – Justificación de la subvención.

Las Entidades que hayan sido subvencionadas deberán presentar entre el 1 y el 31de enero de 2018 la justificación de la subvención concedida, mediante la documentaciónsiguiente, que se presentará en dos tomos de documentación diferenciados:

a)  Tomo I. Memoria técnica explicativa del programa o proyecto desarrollado queha sido objeto de la subvención municipal, y evaluación del cumplimiento de los objetivosdel mismo.

El contenido de dicha memoria será el siguiente:

1)  Entidad.

2)  Denominación del programa.

3)  Breve introducción al contenido del programa.

4)  Período de desarrollo del programa.

5)  Localización física del programa. Descripción del lugar de ejecución.

6)  Número de usuarios directos.

7)  Actuaciones realizadas. Explicación de las posibles modificaciones con respectoal proyecto.

8)  Objetivos y resultados alcanzados, previsibles y/o inesperados. Causas de lasdesviaciones respecto de los objetivos previstos.

9)  Resumen económico: Importe subvencionado desglosado por conceptos degasto.

10)  Evaluación y conclusiones.

b)  Tomo Il. Memoria económica en la que se refleje el coste total del proyecto y loscofinanciadores en su caso. Relación clasificada y numerada de la totalidad de los gastosque se han realizado con cargo a la subvención pública (Anexo III), acompañada de lasfacturas originales, (o demás documentos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantilo con eficacia administrativa), su copia y justificante de pago, en el mismo orden y con lamisma numeración que figura en la relación de gastos. Este documento se presentará ensoporte papel y en hoja de cálculo excel por vía electrónica.

Las facturas originales, una vez compulsadas municipalmente, serán devueltas conla indicación de que han sido subvencionadas por el Ayuntamiento de Burgos.

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Las facturas o demás documentos de valor probatorio en el tráfico jurídico mercantilo con eficacia administrativa se ajustarán a los requisitos técnicos exigidos en el RealDecreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones defacturación; como mínimo deberá figurar en la factura:

– Número de factura y, en su caso, serie.

– Fecha de expedición.

– Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado aexpedir factura como del destinatario de las operaciones.

– NIF y domicilio tanto del emisor como del destinatario de la factura.

– Descripción de las operaciones y fecha de realización.

– Tipo impositivo aplicado y cuota del IVA. En el supuesto de que la operación estéexenta, indicar la disposición por la que lo está.

En ningún caso se admitirán tickets de caja registradora. El beneficiario de lasubvención deberá figurar como destinatario de la factura y se deberán expresar condetalle los bienes y servicios adquiridos.

Las facturas deberán ir acompañadas de los documentos justificativos de los pagos.Para gastos superiores a 600 euros, el pago se efectuará a través de medios bancarios,pudiéndose acreditar mediante:

– Adeudo bancario nominativo.

– Transferencia bancaria nominativa.

– Certificado del banco sobre efectividad del pago.

– Cheque bancario nominativo.

– Extracto bancario nominativo.

– Pago nominativo realizado a través de Internet.

Para documentos de gastos inferiores a 600 euros: Recibí sellado por el proveedor,indicando fecha de pago y NIF.

Para la justificación de los gastos de personal se aportará la siguientedocumentación:

– Nóminas mensuales. Sólo es imputable el importe líquido del recibo de nómina.Los gastos de Seguridad Social del trabajador y de la empresa se deberán imputar en losdocumentos justificativos del abono de las cargas sociales. Y los gastos de IRPF sedeberán imputar en el documento justificativo del ingreso de las retenciones en conceptode IRPF.

– En el caso de recibís personales, igualmente, sólo será imputable el líquido querecibe el beneficiario. Y los gastos de IRPF se deberán imputar en el documentojustificativo del ingreso de las retenciones en concepto de IRPF.

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– Documentos justificativos del abono de las cargas sociales (TC1 o documentoque le sustituya y TC2).

– Documentos justificativos del ingreso de las retenciones en concepto de IRPF(modelo 111 y modelo 190, si fuera posible).

– Todos estos documentos deberán ir acompañados de los justificantes de pagopor medios bancarios, con independencia de su importe.

c)  Declaración responsable, siempre que se impute el IVA en los gastospresentados, en la que conste que la Entidad no es sujeto pasivo de IVA, y por lo tanto,éste supone un coste para la misma. Asimismo, se autoriza al Ayuntamiento de Burgos aque efectúe las comprobaciones que precise para la verificación de estos extremos.

d)  Certificación acreditativa de las subvenciones o ayudas económicas que sehayan obtenido de otras Entidades públicas o privadas para el mismo programa, o en sudefecto, declaración responsable de no haber recibido ninguna otra subvención para elmismo.

e)  Certificación acreditativa de la Entidad en la que se declare el coste total delprograma o servicio subvencionado y haberse destinado el importe total de la subvencióna la ejecución del mismo.

17. – Reintegro de las subvenciones.

Procederá la devolución o el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia delinterés legal que resulte de aplicación desde el momento del pago de las subvenciones enlos casos previstos en los artículos 36 y 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones,previa la tramitación para ello de los procedimientos contemplados en citada Ley.

18. – Aceptación de las bases.

La presentación de las solicitudes implica la aceptación en su totalidad de laspresentes bases. En caso de duda sobre los particulares contenidos de esta convocatoria,la Gerencia de Servicios Sociales, Juventud e Igualdad de Oportunidades se reserva elderecho de interpretación.

19. – Normativa aplicable.

En todo lo no previsto en estas bases será de aplicación lo preceptuado en la Ley38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Ordenanza General deSubvenciones del Ayuntamiento de Burgos y en las bases de ejecución del presupuestomunicipal.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante elExcmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Burgos, en el plazo de un mes a contardesde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

*    *    *

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A N E X O I

CONVOCATORIA MUNICIPAL DE SUBVENCIONES A ENTIDADES PRIVADASSIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS

PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS INMIGRANTES

SOLICITUD CONVOCATORIA 2017

ENTIDAD:

Denominación ………………………………………………………………………………………

Domicilio ……………………………………………………………………………………………

Localidad ……………………………… C.P. …………………… Teléfono ………………………

Correo electrónico …………………………………………………………………………………

Número Registro Municipal de Asociaciones ……………………………………………………

Código de Identificación Fiscal ……………………………………………………………………

REPRESENTANTE LEGAL:

Nombre y apellidos …………………………………………………………………………………

DNI …………………………………………………………………………………………………

Dirección ……………………………………………………………………………………………

Localidad ……………………………… C.P. …………………… Teléfono ………………………

Cargo que ocupa ……………………………………………………………………………………

PROGRAMA PRESENTADO:

Denominación ………………………………………………………………………………………

Presupuesto total del programa ……………………………………………………………………

Subvención solicitada ………………………………………………………………………………

En Burgos, a ……… de …………… de 2017.

Representante legal,Fdo.: …………………

EXCMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS. –

*    *    *

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A N E X O I I

*    *    *

MECANIZACION O CONTROL

Nº DE ORDEN

YA DADA DE ALTA

NUEVA

TESORERIA CAMBIO DE LA ANTERIOR

09071 BURGOSTFNO. 947 288808 Firma del Funcionario

2.-N.I.F. / C.I.F. ___________________

3.-CALLE ______________________________________________ Nº _________PISO _________

POBLACION __________________ PROVINCIA ___________________

CODIGO POSTAL ______________ FAX __________________

BANCO -------------------------------------------------------- OFICINA -------------------------------------------------

______________ a ____ de ______________ de _____

Personas jurídicas: adjuntar fotocopia del NIF del representante

--Se enviará debidamente diligenciada directamente a la Tesorería Municipal.--La Razón social o nombre coincidirá con las correspondientes facturas a pagar

FECHA, SELLO Y FIRMA DE LA ENTIDAD FINANCIERACONFORME. EL TERCERO

SUCURSALENTIDAD

FICHA DE ALTA DE TERCEROS

TFNO ________________

4.-(A DILIGENCIAR POR LA ENTIDAD BANCARIA):

PL MAYOR, 1 (A rellenar por el Ayuntamiento)

1.-APELLIDOS Y NOMBRE / RAZON SOCIAL _______________________________________________

____________________________________________________________________________

(Adjuntar fotocopia)

CORRESPONDE A LA PERSONA O RAZÓN SOCIAL INDICADA EN EL APTDO. 1.

LA ENTIDAD FINANCIERA QUE SUSCRIBE, ACREDITA QUE LA CUENTA ABAJO RESEÑADA

CODIGO CUENTA CLIENTE-IBAN

NUM. DE CUENTANº

CONTROLPAIS

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A N E X O I I I

RELACIÓN DE GASTOS 2017

Nº RELA-CIÓN

PROVEEDOR CONCEPTO FECHA DE FACTURA

IMPORTE DE LA FACTURA

PORCENTAJE IMPUTADO

IMPORTE IMPUTADO

1

2

3

4

5

6

7

8

9…

TOTALES

Este documento Excell se proporcionará por vía electrónica a las Asociaciones. De igual modo, las Asociaciones, en la justificación, presentarán este documento en soporte papel y en hoja de cálculo Excell por vía electrónica

(Firma y rúbrica) Por la Asociación/Fundación

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02918144,00

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE ARANDA

Pliego de condiciones económico-administrativas que ha de regir en el alquiler

de vivienda y local anejo de titularidad municipal: Casa del Maestro y Aula Este

Primera. – Objeto del contrato: Lo constituye el alquiler de la denominada Casa del

Maestro y Aula Este, bienes de titularidad municipal, que responden a la siguiente

descripción:

1)  Edificio situado en paseo del Espolón, s/n de Campillo de Aranda, consta de dos

plantas, distribuidas de la siguiente forma: Planta baja: Salón comedor, cocina y recibidor.

Planta segunda: Tres dormitorios, 1 aseo y 1 trastero. Tiene una superficie aproximada de

80 m2.

2)  Aula Este: Local diáfano de unos 70 m2 y aseos adosados. Los jardines anexos

a la casa y al aula forman parte del contrato, no así los jardines que rodean al Aula Oeste.

La zona a arrendar y la zona de uso municipal quedan separadas mediante una verja.

Segunda. – Tipo de licitación. Criterios de valoración: El tipo de licitación se fija en

4.266,84 euros anuales (IVA incluido) mejorables al alza.

Los criterios de valoración determinantes de la adjudicación serán los siguientes:

– Proposición económica más alta: 1 punto.

– Carecer de vivienda: 2 puntos.

– Número de miembros de la unidad familiar: 0,1 puntos por miembro.

– Instalación de actividad económica en el local: 2 puntos.

Tercera. – Duración del contrato: La duración del contrato será anual, prorrogable

hasta un máximo de cinco años; el contrato se entenderá prorrogado cuando ninguna de

las partes haya denunciado el mismo antes de dos meses de la fecha de finalización.

Cuarta. – Fianza provisional y definitiva: Los licitadores deberán constituir una fianza

del 10% del precio del remate.

Quinta. – Gastos: El adjudicatario queda obligado al pago de los anuncios en el

Boletín Oficial de la Provincia y demás gastos derivados del presente expediente.

Sexta. – Condiciones especiales:

1)  El adjudicatario se compromete al pago de los gastos derivados del

mantenimiento del inmueble y de los suministros de electricidad, agua, teléfono, etc.

2)  El ejercicio de actividades profesionales, agrícolas o mercantiles está supeditado

a la solicitud de la correspondiente licencia ambiental.

3)  Queda igualmente prohibido el subarriendo.

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Séptima. – Revisión de precios: La renta será revisada anualmente según el IPCpublicado por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que en el futuro asumierasus competencias.

Octava. – Pago de rentas pactadas: Si bien el precio fijado es anual, el pago serealizará por meses adelantados, debiendo facilitar el arrendatario cuenta bancaria a esteAyuntamiento donde girar dichos cargos.

Novena. – Pago de suministros: Los suministros eléctrico, telefónico, etc. seránabonados directamente por el arrendatario a las compañías suministradoras, bien mediantedomiciliación bancaria u otro sistema de pago. En cualquier caso, la titularidad de loscontratos de suministro continuará siendo del Ayuntamiento de Campillo de Aranda. Elimpago de este suministro llevará aparejado los mismos efectos que el impago de lasrentas pactadas, es decir, la rescisión del contrato.

Décima. – Proposiciones y documentación complementaria: Las proposiciones paratomar parte en el presente concurso se presentarán en sobre cerrado con el siguientetexto: «Proposición para tomar parte en el concurso del arrendamiento de la Casa delMaestro y Aula Este, convocado por el Ayuntamiento de Campillo de Aranda».

Modelo de proposición:

D. ….……, mayor de edad, con domicilio en calle/plaza ….…… de ….…, provinciade ……… y provisto de DNI/NIF número ………, en nombre propio o en representaciónde ……, como acredita por poder notarial, enterado de la convocatoria de concursoanunciado en el Boletín Oficial de la Provincia número ………, de fecha ………, sobrearrendamiento de la denominada Casa del Maestro y Aula Este, toma parte en el mismo,comprometiéndose a alquilar los citados inmuebles en el precio de …… (letra y número)euros anuales, con arreglo al pliego de condiciones económico-administrativas que rigeesta contratación y que acepta íntegramente.

(Lugar y fecha).

– Documentación a adjuntar en el sobre:

1.  Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2.  Escritura de poder si se actúa en nombre de otra persona.

3.  Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad oincapacidad para contratar con la Administración Local.

4.  Acreditaciones de méritos puntuables.

Undécima. – Presentación de proposiciones: Las proposiciones se presentarán enla Secretaría de este Ayuntamiento, en días de oficina municipal, durante el plazo de trecedías naturales a contar desde el siguiente al de la aparición del anuncio de licitación en elBoletín Oficial de la Provincia.

Duodécima. – Apertura de plicas: Tendrá lugar en el salón de actos del Ayuntamientoa las 13 horas del primer miércoles hábil una vez transcurridos cinco días desde el siguiente

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burgos

al día de finalización del plazo de presentación de plicas, siendo el acto público presididopor el Sr. Alcalde asistido por la Secretaria del Ayuntamiento.

Decimotercera. – Adjudicación definitiva: El Pleno Corporativo efectuará laadjudicación definitiva dentro del plazo de quince días hábiles desde la apertura de plicas.

Decimocuarta. – Carácter del contrato: Para la presente contratación rige la doctrinade los actos separables, siendo la preparación del contrato de carácter administrativo y elcontrato de naturaleza privada, sometido a lo estipulado en la Ley de ArrendamientosUrbanos.

En Campillo de Aranda, a 10 de mayo de 2017.

El Alcalde,Teodoro Bartolomé Antón

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02924

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CASTROJERIZ

El Pleno del Ayuntamiento de Castrojeriz, en sesión ordinaria celebrada el día 27 deabril de 2017, acordó la aprobación provisional de la imposición y la ordenanza fiscalreguladora del precio público siguiente:

«Precio público por entrada al Centro de Interpretación “lacobeus” de las CuatroVillas de Castrojeriz».

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora delas Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo detreinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentarlas reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, seconsiderará definitivamente aprobado dicho acuerdo.

En Castrojeriz, a 10 de mayo de 2017.

La Alcaldesa,María Beatriz Francés Pérez

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02923

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE POMAR

Anuncio de cobranza

Por el presente se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesadosque durante los días hábiles comprendidos entre el 16 de mayo y el 15 de julio de 2017,ambos inclusive, tendrá lugar la cobranza en periodo voluntario de los siguientes tributos:

– Tasa de depuración correspondiente al primer trimestre de 2017.

Primero. – Como modalidad de pago se establece el ingreso a través de entidadescolaboradoras, pudiendo realizarse el abono en cualquiera de las oficinas de Caixabank,Caja 3, Caja Rural Provincial de Burgos, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o BSCH. A estefin se le enviará al contribuyente notificación individual e información para efectuar elingreso, siempre y cuando no lo tenga domiciliado. Se les recomienda a los contribuyentesutilicen el sistema de domiciliación de pago, en cuentas abiertas en cajas o bancos conoficinas en la provincia.

Segundo. – De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del ReglamentoGeneral de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se adviertea los obligados al pago que, transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas porel procedimiento de apremio y devengarán los recargos ejecutivos y de apremiocorrespondientes, intereses de demora y las costas del procedimiento que se produzcan.

En Medina de Pomar, a 16 de mayo de 2017.

El Alcalde,Isaac Angulo Gutiérrez

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02912

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MONCALVILLO

Convocatoria de elección de Juez de Paz sustituto

Finalizando próximamente el mandato de Juez de Paz sustituto de esta localidad,se anuncia convocatoria pública para presentación de solicitudes del aspirante a dichocargo de acuerdo con las siguientes bases:

Primero. – Requisitos: Ser español y residente en Moncalvillo, mayor de edad y reunirlas condiciones establecidas en la Ley Orgánica del Poder Judicial para el ingreso en lacarrera judicial, excepto el de ser licenciado en derecho y los derivados de la jubilación poredad, siempre que esta no suponga impedimento para el cargo.

Segundo. – El interesado presentará una solicitud de elección para el cargo en elAyuntamiento de Moncalvillo, a la que acompañará fotocopia del DNI y declaración juradade no hallarse incurso en causa alguna de incompatibilidad o prohibiciones previstas enlos artículos 389, 395 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 23 delReglamento de los Jueces de Paz.

Tercero. – El plazo para la presentación de solicitudes es de quince días hábiles,contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia.

Cuarto. – La Corporación Municipal elegirá, de entre los solicitantes, a la personaque considere idónea para el cargo.

En Moncalvillo, a 2 de mayo de 2017.

El Alcalde,Juan Ángel Elvira Benito

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MONTERRUBIO DE LA DEMANDA

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 13 de mayo de 2017, se adjudicóel contrato de arrendamiento para la explotación del bar «La Picota» publicándose suformalización a los efectos del artículo 154 del texto refundido de la Ley de Contratos delSector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

1. – Entidad adjudicadora:

a)  Organismo: Ayuntamiento de Monterrubio de la Demanda.

b)  Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

c)  Número de expediente: Número 1.

d)  Dirección de internet del perfil del contratante:

http://monterrubiodelademanda.sedelectronica.es

2. – Objeto del contrato:

a)  Tipo: Contrato de arrendamiento.

b)  Descripción: Contrato de arrendamiento para la explotación del bar «La Picota».

3. – Tramitación y procedimiento:

a)  Tramitación: Ordinaria.

b)  Procedimiento: Concurso abierto atendiendo a la oferta económicamente másventajosa, con varios criterios de adjudicación.

4. – Precio de adjudicación: 300 euros.

5. – Adjudicatario: Doña María Aida Arnaiz Peña.

En Monterrubio de la Demanda, a 15 de mayo de 2017.

El Alcalde,Félix Camarero Moral

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MONTERRUBIO DE LA DEMANDA

Aprobación provisional

El Pleno del Ayuntamiento de Monterrubio de la Demanda, en sesión extraordinariacelebrada el día 13 de mayo de 2017, acordó la aprobación provisional de la ordenanzafiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora delas Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo detreinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BoletínOficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentarlas alegaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consideraráaprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Monterrubio de la Demanda, a 15 de mayo de 2017.

El Alcalde,Félix Camarero Moral

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PANCORBO

Expediente de aprobación de la cuenta general del ejercicio 2016

La Comisión Especial de Cuentas, en sesión que tuvo lugar el 10 de mayo de2017, ha informado favorablemente la cuenta general del Ayuntamiento de Pancorbocorrespondiente al ejercicio 2016.

De conformidad con lo que dispone el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora delas Haciendas Locales –TRLRHL– y de la Regla 50 de la Orden HAP/1782/2013, de 20 deseptiembre, por la que se aprueba la Instrucción del modelo simplificado de contabilidadlocal y se modifica la Instrucción del modelo básico de contabilidad local, aprobada porOrden EHA/4040/2004, de 23 de noviembre, se expone al público por término de quincedías, durante los cuales y ocho más los interesados pueden presentar reclamaciones,reparos y observaciones que consideren oportunas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Pancorbo, a 10 de mayo de 2017.

El Alcalde,Carlos Ortiz Caño

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PRADOLUENGO

Por resolución de Alcaldía de fecha 9 de mayo de 2017, se aprobaron las bases yla convocatoria para llevar a cabo la celebración del concurso anunciador del cartel de lasfiestas patronales 2017.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

BASES CONVOCATORIA CONCURSO CARTEL FIESTAS 2017

Primera. – Objeto de la convocatoria.

El Excmo. Ayuntamiento de Pradoluengo, con el propósito de fomentar laparticipación ciudadana y reforzar los valores culturales, tiene el propósito de celebrar el«Concurso de cartel anunciador de las fiestas patronales del año 2017».

Segunda. – Participantes.

Podrán participar en el concurso todas aquellas personas que lo deseen.

Cada autor podrá presentar el número de originales que desee, pero solo podrá serpremiado por uno de los carteles presentados.

Tercera. – Convocatoria del concurso.

Se convocará el concurso mediante los medios que se consideren más oportunospara dar una máxima difusión y facilitar la máxima participación como, por ejemplo, tablónde anuncios del Ayuntamiento, página web del municipio, prensa, radio, televisión,mediante carteles, anuncios, etc. Asimismo, se podrá remitir a las asociaciones quecomponen el tejido social local.

Cuarta. – Tema y formato de las fotografías.

La técnica y el tema del cartel serán libres, si bien el autor/autora deberá introducirtemas o motivos relacionados con el municipio y alegorías de las fiestas.

La técnica escogida habrá de ser apta para su impresión en cuatricromía, por lo queno serán admitidas tintas metalizadas o fluorescentes.

Será obligatorio que aparezca el escudo de Pradoluengo. También deberá aparecerel siguiente texto: «Pradoluengo. Fiestas 2017»

Las medidas de las obras serán de 50 x 70, entregándose en vertical y no enhorizontal.

Los carteles deberán ser originales, no premiados, no publicados anteriormente opendientes de resolución en otros concursos y que no supongan, en todo o en parte, copiao plagio de obras ya publicadas, tanto propias como de otros autores, y en cualquiermodalidad (fotografía, pintura, etc).

Los autores se abstendrán de firmar los trabajos originales, los cuales únicamenteserán identificados con un lema de libre elección al respaldo del cartel. Todos los trabajos,

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en su parte posterior, llevarán un sobre cerrado en el que figure el lema de la identificaciónen su exterior, y en su interior, los datos completos del autor/a (nombre, apellidos, DNI,edad, email y teléfono de contacto). Las obras, junto con el sobre cerrado, deberánpresentarse envueltas en papel, u otro material, que impida identificar la obra con el autorque la presente y evitar deterioros.

Quinta. – Presentación.

El plazo para la entrega de los trabajos originales estará abierto desde el 15 de juniode 2017 hasta el 17 de julio de 2017, a las 14:00 horas.

El lugar de presentación será la Secretaría General del Ayuntamiento dePradoluengo. Si se presentara el cartel a través de correo postal, los gastos de envío ydevolución de las obras serán por cuenta de los participantes.

Sexta. – Rechazo de obras.

Si se comprueba el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en estasBases por parte del autor/a de la obra, se procederá a la exclusión del concurso. En casode que el incumplimiento afecte al ganador y se verifique una vez otorgado el premio, éstedeberá proceder al reintegro del mismo, asumiendo las eventuales reclamaciones que sepudieran producir en concepto de daños y perjuicios por parte de otros autores,concursantes, Entidades, etc.

Séptima. – Premios.

Los premios a otorgar serán los siguientes:

– Primer premio: 300 euros y cartel elegido para el programa de fiestas.

– Segundo premio: 100 euros.

Podrán declararse desiertos los premios si a juicio del Jurado las obras no reúnenla calidad artística requerida.

Octava. – Jurado.

Los premios se otorgarán por Jurado seleccionado cuya composición serápublicada.

El fallo del Jurado será inapelable y se hará público, una vez firmada el acta devotación, por los medios habituales de difusión.

Novena. – Propiedad de las obras.

Los carteles premiados pasarán a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento dePradoluengo y los no premiados podrán recogerse en la misma Casa Consistorial durantelos tres meses posteriores a la exposición de los trabajos.

Pasado este tiempo, el Ayuntamiento de Pradoluengo se reserva el derecho dedestruir aquellos originales que no hubieran sido retirados pos sus autores. ElAyuntamiento no se responsabiliza de desperfectos, extravíos, ni de la devolución de lasobras una vez concluido el concurso.

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Décima. – Otras determinaciones.

La participación en este concurso implica la aceptación de todas las bases. Laorganización se reserva el derecho a introducir, si lo cree conveniente, las modificacionesnecesarias para el buen funcionamiento del concurso.

En Pradoluengo, a 9 de mayo de 2017.

El Alcalde,Antonio Miguel Araúzo González

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PRADOLUENGO

Convocatoria para la designación de Juez de Paz sustituto

para el Juzgado de Paz de Pradoluengo

Próximo a expirar el mandato de Juez de Paz sustituto de este municipio, y deconformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, delos Jueces de Paz, y el artículo 101.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se anunciaconvocatoria pública para la presentación de solicitudes de aspirantes al cargo, de acuerdocon las siguientes bases:

Primera. – Condiciones de los aspirantes: Ser español, mayor de edad, residente enel municipio de Pradoluengo, y reunir los requisitos establecidos en los artículos 302 y 303de la Ley Orgánica del Poder Judicial, para el ingreso en la carrera judicial, excepto el serLicenciado en Derecho y los derivados de jubilación por edad, siempre que no supongaimpedimento físico o psíquico para el cargo.

Segunda. – Documentación a presentar: Solicitud de elección para el cargo, dirigidaal Ayuntamiento de Pradoluengo, conforme al modelo que será facilitado a los interesados,fotocopia del DNI y declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad, deincompatibilidad o prohibiciones previstas en los artículos 303, 389 a 397 de la LeyOrgánica del Poder Judicial y artículo 23 del Reglamento de los Jueces de Paz.

Tercera. – Plazo de presentación de las solicitudes: En el Registro General delAyuntamiento de Pradoluengo, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde elsiguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Pradoluengo, a 12 de mayo de 2017.

El Alcalde,Antonio Miguel Araúzo González

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE REGUMIEL DE LA SIERRA

Nombramiento de Concejal Delegado para materia concreta

De conformidad con el artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídicode las Entidades Locales, y sin perjuicio de la efectividad desde el día siguiente a laresolución, se hace público el nombramiento de don Juan Miguel Sotillos de Pedro comoConcejal Delegado para materia concreta concerniente a la tramitación y posteriorresolución del expediente para la adjudicación de la piedra junto al toril, así como cualquiercuestión que se pudiera sustanciar en dicho expediente administrativo realizada deconformidad y mediante Decreto número 39/2017, de 10 de mayo de 2017.

En Regumiel de la Sierra, a 10 de mayo de 2017.

El Alcalde,José Luis Vázquez González

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02907

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE REGUMIEL DE LA SIERRA

Aprobación definitiva de la modificación número 3/2017 del vigente presupuesto

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del R.D. Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las HaciendasLocales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público,queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 23 de marzo de2017, sobre el expediente de modificación de créditos número 3/2017 del presupuesto envigor en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo a bajas por anulación,que se hace público resumido:

AUMENTO DE GASTOS

Modificación Prog. Eco. Vinc. Denominación Importe

Suplemento de crédito 1600 61900 1.6 Renovación parcial red de saneamiento 7.000,00

Suplemento de crédito 3420 61900 3.6 Rehabilitación frontón municipal 17.000,00

Suplemento de crédito 3200 62200 3.6 Reforma de los edificios de la escuela 1.000,00

Suplemento de crédito 1650 62500 1.6 Mejora alumbrado público con sistema LED 4.000,00

Suplemento de crédito 9200 63200 9.6 Adecuación de dependencias de la Casa Consistorialpara Archivo Documental 3.000,00

Suplemento de crédito 3420 63300 3.6 Segadora y carro para campo de fútbol 4.000,00

Suplemento de crédito 1700 68100 1.6 Arreglo puente sobre río Zumel 12.000,00

Total aumento 48.000,00

Esta modificación se financia con cargo a:

AUMENTO DE INGRESOS

Modificación Eco. Denominación Importe

Aumento previsiones iniciales 55400 Aprovechamientos forestales 48.000,00

Total aumento 48.000,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamenterecurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sísola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Regumiel de la Sierra, a 10 de mayo de 2017.

El Alcalde,José Luis Vázquez González

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIOCAVADO DE LA SIERRA

Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 4 de mayo de 2017, se adjudicóel contrato administrativo especial para la explotación del bar del centro social Villa deRiocavado, cafetería y restaurante, publicándose su formalización a los efectos del artículo154 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el RealDecreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

1. – Entidad adjudicadora:

a)  Organismo: Ayuntamiento de Riocavado de la Sierra.

b)  Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.

c)  Número de expediente: Número 1.

d)  Dirección de internet del perfil del contratante:

http://riocavadodelasierra.sedelectronica.es

2. – Objeto del contrato:

a)  Tipo: Contrato administrativo especial.

b)  Descripción: Contrato administrativo especial para la explotación del centrosocial «Bar Villa de Riocavado, cafetería y restaurante».

3. – Tramitación y procedimiento:

a)  Tramitación: Ordinaria.

b)  Procedimiento: Concurso abierto atendiendo a la oferta económicamente másventajosa, con varios criterios de adjudicación.

4. – Canon de adjudicación: 1.500 euros.

5. – Adjudicatario: Ricardo Peraita Hoyuelos.

En Riocavado de la Sierra, a 11 de mayo de 2017

El Alcalde,Martín Hoyuelos Sedano

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– 117 –

C.V.E.: BOPBUR-2017-02890

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIOCAVADO DE LA SIERRA

Por el Ayuntamiento de Riocavado de la Sierra, en sesión extraordinaria de fecha 4de mayo de 2017, fue aprobado el proyecto de urbanización y pavimentación de tres calles:Calle Santa Ana (calle Sur, números 11-19), calle La Iglesia y plaza Conde de Riocavado(travesía Iglesia) con un presupuesto de 35.875,00 euros.

Se expone al público por término de quince días naturales a contar desde el díasiguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anunciosde este Ayuntamiento, a efectos de presentar las reclamaciones y alegaciones pertinentespor los interesados, si hubiere lugar.

En Riocavado de la Sierra, a 11 de mayo de 2017.

El Alcalde,Martín Hoyuelos Sedano

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C.V.E.: BOPBUR-2017-0307768,00

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MAMÉS DE BURGOS

Aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio de 2017

El Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada con fecha 16 de mayode 2017, ha aprobado inicialmente el presupuesto general para el ejercicio 2017, junto consus bases de ejecución, plantilla de personal y resto de documentación obrante en elexpediente.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora delas Haciendas Locales, y en el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, elexpediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta Entidad, por elplazo de quince días, a fin de que los interesados puedan examinarlo y presentar lasreclamaciones, alegaciones y sugerencias que estimen oportunas ante el Pleno.

En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el díasiguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no seprodujeran alegaciones o reclamaciones, el presupuesto se considerará definitivamenteaprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.

En San Mamés de Burgos, a 17 de mayo de 2017.

La Alcaldesa,María Soledad López Tizón

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AYUNTAMIENTO DE VALLE DE MENA

Convocatoria de becas para el desarrollo de la psicomotricidad, psicopedagogía y logopedia para el curso 2017-2018

BDNS (Identif.): 346737.

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 12 de mayo de 2017 delAyuntamiento del Valle de Mena, por la que se convocan becas para el desarrollo de lapsicomotricidad, psicopedagogía y logopedia para el curso 2017-2018.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoriacuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. – Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas que reúnan los siguientesrequisitos:

a)  Que la suma de las bases imponibles del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Físicas previa a la aplicación del mínimo personal y familiar de los miembros queintegran la unidad familiar, correspondiente al periodo impositivo del año 2016, no superelos cincuenta y un mil euros (51.000 euros).

b)  Estar empadronada la unidad familiar en el Valle de Mena con una antigüedadmínima de un año.

Segundo. – Finalidad:

Favorecer el desarrollo psicomotor, psicopedagógico y logopédico, mediante laconvocatoria pública de becas para acudir a sesiones que favorezcan la prevención,diagnóstico, terapia y estimulación de los/as beneficiarios/as en estos ámbitos.

Tercero. – Bases reguladoras:

Convocatoria de becas para el desarrollo de la psicomotricidad, psicopedagogía ylogopedia. Curso 2017-2018.

Cuarto. – Importe:

La cuantía de la beca por mes y beneficiario será del 20% del coste total de losservicios recibidos. No obstante, en el caso de que el nivel de renta de la unidad familiarno supere los veinticinco mil euros (25.000,00 euros), la cuantía de la ayuda será del 30%del coste total de los servicios recibidos.

Quinto. – Plazo de presentación de solicitudes: 30 de noviembre de 2017.

En Villasana de Mena, a 12 de mayo de 2017.

El Alcalde,Armando Robredo Cerro

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C.V.E.: BOPBUR-2017-02900

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILVIESTRE DEL PINAR

En sesión ordinaria celebrada el día 14 de marzo de 2017 se aprobóprovisionalmente la modificación de la ordenanza reguladora del aprovechamientomicológico del coto de setas «Término de Vilviestre del Pinar», en los Montes de UtilidadPública de propiedad municipal. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazode exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo dicho acuerdo, cuyotexto íntegro (artículo 11) se hace público para general conocimiento y en cumplimiento delartículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local ydel artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, entrando en vigor a losquince días de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

«Artículo 11. – Tarifas.

La cuota tributaria de la tasa a exigir se determinará conforme a las siguientes tarifas:

Anuales. –

Empadronados (con una antigüedad mínima de 1 año en el padrón): 10,00 euros.

No empadronados vinculados: 25,00 euros, límite 10 kg/día.

Resto: 99,00 euros, límite 10 kg/día.

Tarjeta por día: 10,00 euros, límite 10 kg/día.

A los efectos de esta ordenanza, se define a los “no empadronados vinculados”como:

1.  Todos los nacidos en el pueblo así como sus cónyuges o vinculados por análogarelación de afectividad y descendientes de los mismos hasta el segundo grado.

2.  Aquellas personas que no estando empadronadas posean vivienda en elmunicipio y paguen IBI urbana.

Las cantidades recolectadas por las personas menores o igual a 14 años, exentosde la obtención del permiso reflejado en el apartado 4.º, computarán en el conjunto de lasrecolectadas por las personas responsables de aquellos, no pudiendo superar lascantidades reflejadas anteriormente en función del tipo de recolector.

Queda prohibida la recolección o los acopios en Monte de Utilidad Pública quesuperen las cantidades anteriores por cada tipo de recolector. Asimismo, quedanprohibidas todas las relaciones comerciales, de compraventa, cesión, trueque, regalo ocualesquiera otras formas de intercambio de recolecciones o acopios de setas dentro delos terrenos del Monte de Utilidad Pública».

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo,en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este

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boletín oficial de la provincia

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núm. 99 lunes, 29 de mayo de 2017e

diputación de burgosbopbur.diputaciondeburgos.es D.L.: BU - 1 - 1958

burgos

anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Burgos,conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 46de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Vilviestre del Pinar, a 10 de mayo de 2017.

El Presidente del Órgano Gestor,Ángel Carretón Castrillo