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SUMARIO II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN AYUNTAMIENTO DE BERRUECES AYUNTAMIENTO DE CASTRONUÑO DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial de Medio Ambiente. Información pública en expediente VA-VP-18020-O de ocupación temporal de terrenos de vía pecuaria en el término municipal de Santervás de Campos (Valladolid) Página 5 CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Aprobación de modificación de la relación de puestos de trabajo del ayuntamiento y fundaciones municipales derivada de cambios en distintos ámbitos organizativos. Página 6 Aprobación de los criterios de valoración para la selección de personal laboral temporal 2018. Página 11 Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal. Ejercicio 2018 Página 12 Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de suministro del punto de agua para fitosanitarios para uso agrícola Página 14 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2018-066 Jueves, 5 de abril de 2018 Núm. 66 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2018-066 Núm. 66 Jueves, 5 de abril de 2018 Pág. 1

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  • SUMARIO

    II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

    III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

    AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

    AYUNTAMIENTO DE BERRUECES

    AYUNTAMIENTO DE CASTRONUÑO

    DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Servicio Territorial deMedio Ambiente. Información pública en expediente VA-VP-18020-O deocupación temporal de terrenos de vía pecuaria en el término municipal deSantervás de Campos (Valladolid) Página 5

    CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓNECONÓMICA. Departamento de Gestión de Recursos Humanos.Aprobación de modificación de la relación de puestos de trabajo delayuntamiento y fundaciones municipales derivada de cambios en distintosámbitos organizativos. Página 6

    Aprobación de los criterios de valoración para la selección de personallaboral temporal 2018. Página 11

    Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2018 Página 12

    Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de suministro delpunto de agua para fitosanitarios para uso agrícola Página 14

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  • AYUNTAMIENTO DE CASTROPONCE DE VALDERADUEY

    AYUNTAMIENTO DE CIGALES

    AYUNTAMIENTO DE CIGUÑUELA

    AYUNTAMIENTO DE CIGUÑUELA

    AYUNTAMIENTO DE COGECES DEL MONTE

    AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

    AYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

    AYUNTAMIENTO DE OLMOS DE PEÑAFIEL

    AYUNTAMIENTO DE PALAZUELO DE VEDIJA

    AYUNTAMIENTO DE PALAZUELO DE VEDIJA

    Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2017 Página 16

    Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2018. Página 17

    Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2017 Página 18

    Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obra dereforma de pavimentación de la Plaza Mayor y Plaza de la Iglesia Página 19

    Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal Nº 15 por la que se regula laTasa por la Tramitación de Licencias Urbanísticas Página 20

    Acuerdo relativo a la cesión temporal y gratuita del uso de inmueble depropiedad municipal Página 24

    Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2017. Página 25

    Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2017 Página 26

    Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obrarenovacion de redes. Plan cooperación 2018/2019 Página 27

    Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2018 Página 28

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  • AYUNTAMIENTO DE SANTÉRVAS DE CAMPOS

    AYUNTAMIENTO DE SANTÉRVAS DE CAMPOS

    AYUNTAMIENTO DE SANTÉRVAS DE CAMPOS

    AYUNTAMIENTO DE VELASCÁLVARO

    MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE SERMAN.

    IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

    JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

    JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

    JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

    Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2018 Página 30

    Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obraMUSEO QUADRA SALCEDO Página 31

    Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2017 Página 32

    Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2017 Página 33

    Aprobación inicial del presupuesto general, ejercicio 2018 Página 34

    Notificación de sentencia. Autos número 717/17 Página 35

    Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número34/2018 Página 37

    Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número 846/17 Página 40

    Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número150/2018 Página 42

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  • OTROS JUZGADOSJUZGADO SOCIAL. MÁLAGA 7. Notificación en procedimientodespidos/ceses en general número 823/2017 Página 43

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  • II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

    DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLIDServicio Territorial de Medio Ambiente

    Anuncio de información pública en el expediente VA-VP-18020-O de ocupación temporalde terrenos de vía pecuaria en el término municipal de Santervás de Campos (Valladolid).

    En el Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid se tramita el expediente deocupación temporal de terrenos de la vía pecuaria denominada “Cordel de Melgar deArriba a Villada”, del término municipal de Santervás de Campos, con destino a instalaciónde un depósito de carga, a favor de Junta Agropecuaria Local de Zorita de la Loma.

    Lo que se hace público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 3/1995,de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, haciendo constar que el referido expediente seencuentra a disposición de cualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formularalegaciones, durante el plazo de UN MES, contado a partir de la fecha de publicación delpresente anuncio, en las oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (c/ Duque de laVictoria 8, Valladolid) durante el horario de atención al público (9 a 14 horas, de lunes aviernes).

    Valladolid a 19 de marzo de 2018. La Jefa del Servicio Territorial de Medio Ambiente deValladolid. Fdo.: Mª Dolores Luelmo Matesanz

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    http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2018-066

  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

    CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓNECONÓMICA

    Departamento de Gestión de Recursos Humanos

    La Junta de Gobierno, en sesión celebrada eldía 7 de marzo de 2018, adoptó, entre otros,el siguiente acuerdo:

    “En relación con el expediente SEAR-3/2003 (pieza separada nº 88, PER-100/2018), laJunta de Gobierno, en sesión celebrada el día 7 de marzo de 2018, ha adoptado Acuerdode modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento deValladolid y de las Fundaciones Municipales, en virtud del cual se acuerda lo siguiente:

    1º.-Subsanar los errores materiales siguientes:

    URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA

    En el ámbito de la Dirección del Área: En el puesto de Responsable Técnico deUrbanismo, código RPT 02.01.07, debe figurar dotación 2, en lugar de 1.

    En el ámbito del Servicio de Espacio Público e Infraestructuras, debe incluirse el puesto deTécnico Superior de Urbanismo, con el código 02.04.29 y con dotación 1.

    En el ámbito de la Oficina de Contratación y Supervisión de Proyectos, el puesto deTécnico Superior de Administración General, con código de RPT 02.08.02, debe figurarcon dotación 0.

    2º.-Incluir en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid yFundaciones Municipales los puestos que a continuación se indican, con las característicasy funciones establecidas en las fichas correspondientes, que figuran en los folios del 51 al60 del expediente SEAR-3/2003 (pieza separada nº 88 PER-100/2017).

    URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN DE ÁREA02.01.02 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o de Dirección de Área (dotación1) SERVICIO DE CARTOGRAFÍA E INFORMACIÓN URBANÍSTICA02.07.19 Técnico Medio de Urbanismo –Topógrafo- (dotación 1)02.07.20 Técnico Medio de Arquitectura e Ingeniería –Topógrafo- (dotación 1)

    PARTICIPACIÓN CIUDADANA, JUVENTUD Y DEPORTES DIRECCIÓN DE ÁREA03.01.02 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o de Dirección de Área (dotación1)

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  • HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA DIRECCIÓN DE ÁREA04.01.04 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o de Dirección de Área (dotación1)

    MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD DIRECCIÓN DE ÁREA07.01.04 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o de Dirección de Área (dotación1)

    CULTURA Y TURISMO DIRECCIÓN DE ÁREA09.01.04 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o de Dirección de Área (dotación1)

    INTERVENCIÓN INTERVENCIÓN11.01.02 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o de Dirección de Área (dotación1)

    SECRETARÍA GENERALSECRETARÍA GENERAL02.01.05 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o de Dirección de Área (dotación2)

    FUNDACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES 20.01.11 Técnico Medio de Arquitectura e Ingeniería (dotación 1)

    3º.-Suprimir en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid yFundaciones Municipales los puestos de trabajo que a continuación se indicancorrespondientes a los ámbitos organizativos que también se indican:

    URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN DE ÁREA02.01.12 Administrativo

    SERVICIO DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA02.03.07 Técnico de Administración y Gestión

    SERVICIO DE CONTROL DE LEGALIDAD URBANÍSTICA02.06.06 Técnico Superior de Urbanismo

    SERVICIO DE ARQUITECTURA Y VIVIENDA02.05.04 Técnico Superior de Administración General

    PARTICIPACIÓN CIUDADANA, JUVENTUD Y DEPORTES DIRECCIÓN DE ÁREA03.01.03 Administrativo

    HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA DIRECCIÓN DE ÁREA04.01.03 Administrativo

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  • MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD DIRECCIÓN DE ÁREA07.01.02 Administrativo

    CULTURA Y TURISMO DIRECCIÓN DE ÁREA09.01.03 Administrativo

    INTERVENCIÓN INTERVENCIÓN11.01.08 Administrativo

    SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA GENERAL02.01.06 Administrativo

    EDUCACIÓN, INFANCIA E IGUALDAD SERVICIO DE EDUCACIÓN06.03.11 Bibliotecario (HE1)06.03.18 Administrativo

    4º.-Modificar, en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid yFundaciones Municipales, las dotaciones de los siguientes puestos de trabajo:

    URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN DE ÁREA02.01.07 Responsable Técnico de Urbanismo (dotación 1)

    SERVICIO DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA02.03.06 Técnico Superior de Urbanismo (dotación 5)02.03.08 Técnico Superior de Arquitectura e Ingeniería (dotación 1)

    SERVICIO DE CONTROL DE LEGALIDAD URBANÍSTICA02.06.10 Técnico Medio de Arquitectura e Ingeniería (dotación 3)

    SERVICIO DE ARQUITECTURA Y VIVIENDA02.05.05 Técnico Superior de Arquitectura e Ingeniería (dotación 2)

    OFICINA DE CONTRATACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROYECTOS02.08.02 Técnico Superior de Administración General (dotación 1)

    SERVICIO DE CARTOGRAFÍA E INFORMACIÓN URBANÍSTICA02.07.06 Técnico Medio de Urbanismo (dotación 2)

    EDUCACIÓN, INFANCIA E IGUALDAD SERVICIO DE EDUCACIÓN06.03.07 Técnico Medio de Bibliología y Archivística (HE1) (dotación 7)06.03.21 Auxiliar Administrativo (dotación 3)

    HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA AGENCIA DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO DE VALLADOLID04.21.03 Administrativo (dotación 2)

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  • SERVICIO DE GESTIÓN DE INGRESOS04.11.23 Administrativo (APP) (dotación 6)

    FUNDACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES FUNDACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES20.01.06 Técnico Medio de Urbanismo (dotación 1)

    5º.-Modificar en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid y de lasFundaciones Municipales dentro de la unidad organizativa y del ámbito que a continuaciónse indican, las fichas correspondientes a los puestos de trabajo que también se señalan,que figuran en los folios del 61 al 78 del expediente SEAR-3/2003 (pieza separada nº 88,PER-100/2018).

    URBANISMO, INFRAESTRUCTURAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN DE ÁREA02.01.07 Responsable Técnico de Urbanismo.

    SERVICIO DE CONTROL DE LEGALIDAD URBANÍSTICA02.06.09 Técnico Medio de Urbanismo02.06.10 Técnico Medio de Arquitectura e Ingeniería

    SERVICIO DE ESPACIO PÚBLICO E INFRAESTRUCTURAS02.04.09 Técnico Medio de Urbanismo02.04.10 Técnico Medio de Arquitectura e Ingeniería

    SERVICIO DE ARQUITECTURA Y VIVIENDA02.05.06 Técnico Medio de Arquitectura e Ingeniería

    SERVICIO DE CONTROL DE LEGALIDAD URBANÍSTICA02.06.09 Técnico Medio de Urbanismo02.06.10 Técnico Medio de Arquitectura e Ingeniería

    SERVICIO DE CARTOGRAFÍA E INFORMACIÓN URBANÍSTICA02.07.06 Técnico Medio de Urbanismo

    OFICINA DE CONTRATACIÓN Y SUPERVISIÓN DE PROYECTOS02.08.04 Técnico Medio de Arquitectura e Ingeniería.

    EDUCACIÓN, INFANCIA E IGUALDADDIRECCIÓN DE ÁREA06.01.02 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o Dirección de Área.

    SERVICIO DE EDUCACIÓN06.03.13 Técnico de Programas y Recursos (Encargados de Visitas Escolares)06.03.07 Técnico Medio de Bibliología y Archivística (HE1)06.03.27 Auxiliar Vigilante de Bibliotecas (APP2)

    SERVICIO DE INFANCIA E IGUALDAD06.05.04 Agente de Igualdad.

    HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA SECRETARÍA EJECUTIVA DEL ÁREA04.02.10 Técnico de Administración y Gestión (1)

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  • DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO04.19.02 Jefe de Sección de Bienes

    SEGURIDAD Y MOVILIDAD DIRECCIÓN DE ÁREA08.01.03 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o Dirección de Área.

    SERVICIOS SOCIALES DIRECCIÓN DE ÁREA10.01.02 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o Dirección de Área.

    TESORERÍA Y RECAUDACIÓN TESORERÍA Y RECAUDACIÓN15.01.13 Secretario/a de puesto de Habilitación Nacional o Dirección de Área.

    6º.-Disponer la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.”

    Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra este acuerdo,que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición de carácterpotestativo ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes o recursocontencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar ambos plazos desde el díasiguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que puedansimultanearse ambos recursos. Asimismo se podrá ejercitar cualquier otro recurso que seconsidere petinente.

    Valladolid, 22 de marzo de 2018.- El Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública yPromoción Económica: Antonio Gato Casado.

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

    La Alcaldía Presidencia ha aprobado por Decreto número 338 de fecha de 28 marzo de2018.

    Primero.-Aprobar los criterios de valoración para la selección de personal laboral temporalde los candidatos que opten a cubrir los puestos de trabajo que el Ayuntamiento deAldeamayor de San Martín oferte durante 2018.

    Segundo.-La Alcaldía aprobará puntualmente los puestos de trabajo de carácter temporal,que quedan sometidos en su contratación al procedimiento previsto en estas bases.

    Conforme la convocatoria de subvenciones de la Diputación de Valladolid en el Marco delPlan de Apoyo al Empleo 2018, el Ayuntamiento de Aldeamayor tiene previsto contratar unpeón de obra pública al 75% durante 120 días.

    Tercero.-Ordenar la publicación en el tablón de anuncios y en la página Web delAyuntamiento

    En Aldeamayor de San Martín, a 28 de marzo de 2018.-El Alcalde.-Fdo.: Fernando de laCal Bueno.

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BERRUECES

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del R. D. Legislativo 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para elejercicio 2.018, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:

    INGRESOS

    A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

    Operaciones corrientes:

    Capítulo 1º.- Impuestos directos 24.400,00

    Capítulo 2º.-Impuestos indirectos 1.500,00

    Capítulo 3º.- Tasas y otros ingresos 10.460,00

    Capítulo 4º.- Transferencias corrientes 36.100,00

    Capítulo 5º.- Ingresos patrimoniales 6.900,00

    Operaciones de capital:

    Capítulo 6º.- Enajenación de Inversiones Reales 0,00

    Capítulo 7º.- Transferencias de capital 40.600,00

    B) OPERACINES FINANCIERAS

    Capítulo 8º.- Activos financieros 0,00

    Capítulo 9º.- Pasivos financieros 0,00

    TOTAL INGRESOS 119.960,00

    GASTOS

    A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

    Operaciones corrientes:

    Capítulo 1º.- Remuneración de personal 21.200,00

    Capítulo 2º.- Gastos en Bienes y servicios 45.000,00

    Capítulo 3º.- Gastos financieros 00,00

    Capítulo 4º.- Transferencias corrientes 6.000,00

    Operaciones de Capital

    Capítulo 6º.- Inversiones Reales 47.760,00

    Capítulo 7º.- Transferencias de capital 0,00

    B) OPERACIONES FINANCIERAS

    Capítulo 8º.- Activos financieros 0,00

    Capítulo 9º.- Pasivos financieros 0,00

    TOTAL GASTOS 119.960,00

    Asimismo y conforme el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuación sedetalla:

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  • Personal Funcionario:– Denominación del puesto: Secretario-Interventor en Agrupación.

    La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContenciosa Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en losartículos 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las formasy plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

    En Berrueces, a 22 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Fdo. Francisco Javier BrezmesValdivieso

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTRONUÑO

    Transcurrido el plazo de exposición pública de los acuerdos del Ayuntamiento de fecha 28diciembre DE 2017 referidos a la ESTABLECIMIENTO E IMPOSICIÓN de la Tasareguladora del TASA POR SUMINISTRO DEL PUNTO DE AGUA PARAFITOSANITARIOS PARA USO AGRÍCOLA y su correspondiente Ordenanza Fiscal sin quese haya presentado ninguna reclamación, dicho acuerdo se eleva a definitivo deconformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 de la Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales., de 28 de diciembre, publicándose el texto íntegro de las ESTABLECIMIENTO EIMPOSICIÓN de la ordenanza tal y como figura en el anexo de este anuncio.

    Contra el presente acuerdo, elevado a definitivo, y su respectiva ordenanza podrán losinteresados interponer recuso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior deJusticia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses contados apartir del día siguiente al de publicación de este acuerdo y del texto íntegro de laESTABLECIMIENTO E IMPOSICIÓN de la Ordenanza en el “Boletín oficial de laProvincia”.

    ANEXO I

    ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR SUMINISTRO DE AGUA DEL PUNTO DEAGUA PARA FITOSANITARIOS PARA USO AGRÍCOLA.

    Artículo 1°.Fundamento y naturaleza.

    En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y porel artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del RégimenLocal, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Texto Refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece la "Tasa por suministro de aguapara productos fitosanitarios para uso agrícola", que se regirá por la presente Ordenanzafiscal cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado Texto Refundido.

    Artículo 2°. Hecho imponible.

    Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del servicio de suministro de aguadel PUNTO DE AGUA PARA FITOSANITARIOS para uso agrícola, por parte de esteAyuntamiento. El punto se encuentra ubicado en la Báscula municipal.

    Artículo 3°. Sujeto pasivo.

    1.-Solamente podrán acceder a este servicio las personas físicas y jurídicas integrantesdel registro de socios de la Junta Agropecuaria Local de Castronuño.

    2.-De acuerdo con el apartado anterior son sujetos pasivos contribuyentes las personasfísicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de

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  • 17 de diciembre, General Tributaria, que utilicen el servicio de suministro de agua delPUNTO DE AGUA PARA FITOSANITARIOS para uso agrícola, ya sea a título depropietario o usufructuario, arrendatario o, incluso, de precario de finca destinada aregadío.

    3.-Tendrán la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente, el propietario dela finca, que podrá repercutir en su caso, las cuotas satisfechas sobre los usuarios deaquéllas, beneficiarios del servicio.

    Artículo 4°. Responsables.

    1.-Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, laspersonas físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 42.1, párrafos a) y b) de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

    2.-Serán responsables subsidiarios las personas físicas y jurídicas a que se refiere elartículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

    3.-El alcance y contenido de la responsabilidad tributaria será el definido en el artículo 41de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

    Artículo 5°. Cuota tributaria.

    La cuota de la tasa regulada en esta Ordenanza será una cantidad fija de TRES EUROS(3.-€) cada por 600 litros retirados del punto.

    Artículo 6°. Devengo.

    El devengo de la tasa regulada en esta Ordenanza nace desde que se preste o realicecualquiera de los servicios o actividades especificados en los apartados anteriores.

    Artículo 7°. Gestión, liquidación e ingreso.

    Toda persona interesada en que se le preste el servicio deberá presentar lacorrespondiente solicitud ante este Ayuntamiento adquiriendo la correspondiente ficha enlas oficinas municipales.

    Disposición final.

    La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "BoletínOficial" de la Provincia al amparo de lo previsto en el artículo 107.1 de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. z

    En Castronuño a 22 marzo 2018.- El Alcalde- Fdo.: Enrique Seoane Modroño.

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTROPONCE DE VALDERADUEY

    En cumplimiento del artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, seexpone al publico la Cuenta General correspondiente al ejercicio económico de 2.017, porun plazo de quince días, durante los cuales y ocho días más los interesados podránpresentar reclamaciones, reparos u observaciones.

    En Castroponce a 19 de marzo de 2018. La Alcaldesa. Mª del Pilar del Rey Gonzalez

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CIGALES

    Aprobado inicialmente en sesión Ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 28 demarzo de 2018, el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personalfuncionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2018, con arreglo a lo previstoen el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Localesaprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del RealDecreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentaciónpreceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos dereclamaciones y alegaciones.

    Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento[http://cigales.sedelectronica.es].

    De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamenteaprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

    En Cigales, a tres de abril de dos mil dieciocho.-La Alcaldesa.-Fdo.: Pilar FernándezPastor

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CIGUÑUELA

    Informada por la Comisión Especial de Cuentas, la Cuenta General del Ayuntamiento deCiguñuela, correspondiente al ejercicio 2017, la cual se encuentra integrada por losestados, cuentas y documentación complementaria regulados en los artículos 1º y 2º delTítulo IV de la Instrucción de contabilidad del tratamiento especial simplificado para lasEntidades Locales con población inferior a 5.000 habitantes, aprobada por Orden de 17 deJulio de 1990, de conformidad con lo establecido en el artículo 212 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por espacio de quince días,durante los cuales y ocho más, a partir del siguiente a la inserción de este edicto en elBoletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos uobservaciones.

    Ciguñuela a 22 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Alberto García Llorente.

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CIGUÑUELA

    Por acuerdo del Pleno del día 20 de marzo de 2017, se ha aprobado el Proyecto Técnicode las obras de reforma de pavimentación de la Plaza Mayor y Plaza de la Iglesia,redactado por el Arquitecto D. José Manuel García- Villalón; obras incluidas en elPrograma Bianual de Inversiones 2018-2019, y un precio global contractual de cincuenta ycuatro mil ochocientas cincuenta y seis con diez (54.856,10) €, de los que nueve milquinientos veinte con cuarenta y ocho (9.520,48 ) € corresponden al I.V.A.

    Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Bases 2.3 que rigen la ejecución y desarrollo delos Planes Provinciales de Cooperación para el ejercicio 2018, se expone al públicodurante el plazo de veinte días hábiles, durante el cual podrá ser examinado en laSecretaria del Ayuntamiento los lunes, martes y jueves de 9:00 a 14:00 horas.

    Ciguñuela a 22 de marzo de 2018. El Alcalde.- Fdo.: Alberto García Llorente

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE COGECES DEL MONTE

    Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento de fecha 25 deenero de 2018, referido a la aprobación de la Ordenanza Fiscal número 15 ,sin que sehaya presentado ninguna reclamación una vez transcurrido el plazo de exposición pública,dicho acuerdo se eleva a definitivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 delReal Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro dela ordenanza tal y como figura en el anexo de este anuncio.

    Contra este acuerdo, elevado a definitivo, y su respectiva ordenanza podrán losinteresados interponer recurso Contencioso Administrativo ante el Tribunal Superior deJusticia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses contados apartir del día siguiente al de la publicación de estos acuerdos y del texto íntegro de laOrdenanza en el "Boletín Oficial de la Provincia".

    En Cogeces del Monte a 22 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Fernando EstebanVelasco

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  • ORDENANZA FISCAL POR LA QUE SE REGULA LA TASA POR LA TRAMITANCIÓN DE LICENCIAS

    URBANÍSTICAS

    ARTÍCULO 1. Fundamento y naturaleza

    En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el

    artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de

    conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de

    marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas

    Locales, este Ayuntamiento establece la “Tasa por la tramitación de licencias urbanísticas”, a

    los que se refieren los apartados h) e i) del apartado 4º del artículo 20 del citado Texto

    Refundido, que se regirá por la presente ordenanza fiscal, cuyo contenido atiende a lo

    prevenido en el artículo 57 del citado R.D. Legislativo 2/2004.

    ARTÍCULO 2. Hecho Imponible

    Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad municipal, técnica y administrativa,

    tendente a verificar si los actos de edificación y uso del suelo que se enuncian en el artículo

    siguiente, a que se refiere la vigente normativa urbanística, y que hayan de realizarse en el

    término municipal, se ajustan a las aludidas normas urbanísticas, de edificación y policía.

    Los actos de edificación y uso del suelo a los que se refiere el artículo anterior son los

    siguientes:

    1. La tramitación de Declaraciones Responsables de realización de obras que requieran

    de informe técnico.

    2. La tramitación de Licencias de Obras menores.

    3. La Tramitación de Licencias Obras mayores.

    4. Las segregaciones/agregaciones de fincas urbanas y rústicas.

    5. La primera utilización u ocupación de cualquier tipo de edificaciones

    6. Las autorizaciones de puesta en marcha y comprobación de actividades comerciales,

    industriales y de servicios en general, así su modificación.

    7. La prórroga o modificación de licencias ya concedidas.

    8. Las Licencias Ambientales y las autorizaciones de uso en suelo rústico.

    9. El desistimiento en la realización de la obra o actividad, una vez se hayan iniciado los

    trámites administrados efectivamente.

    10. Transmisión de Licencias.

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  • ARTÍCULO 3. Sujeto pasivo

    1.- Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se

    refiere el artículo 36 de la Ley General Tributaria que soliciten el otorgamiento de una licencia,

    o aquéllas que den lugar a cualquier otro expediente de carácter urbanístico.

    2.- En todo caso, tendrán la condición de sustitutos del contribuyente los propietarios de los

    inmuebles en los que se realicen los actos de edificación y uso del suelo, así como los

    constructores y contratistas de las obras.

    ARTÍCULO 4. Responsables

    1.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personas

    físicas o jurídicas a que se refieren los artículos 41 a 43 de la Ley General Tributaria.

    2.- Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos,

    interventores o liquidadores de quiebras, concursos sociedades y entidades en general, en los

    supuestos y con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

    ARTÍCULO 5. Beneficios Fiscales

    No serán aplicables otros beneficios fiscales que los expresamente previstos en las normas con

    rango de Ley o los derivados de la aplicación de los Tratados Internacionales.

    Artículo 6. Cuota tributaria.

    1.- La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según la naturaleza de las

    Licencias o expedientes a tramitar, de acuerdo con la tarifa que contiene el artículo siguiente.

    2.-La cuota de tarifa corresponde a la tramitación completa, en cada instancia, de la licencia o

    expediente de que se trate, desde su iniciación hasta su resolución final, incluida la

    certificación y notificación al interesado del acuerdo recaído.

    ARTÍCULO 7. Tarifas

    1.- La cuota Tributaria de cada uno de los expedientes será la siguiente:

    1) Recepción de Declaraciones Responsables prevista en el art. 105.bis de la Ley

    5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, siempre que requieran de

    la emisión de Informe Técnico__20 €

    2) Tramitación de Licencias Urbanísticas de Obras Menores__20 €

    3) Tramitación de Licencias Urbanísticas de Obras Mayores__100€

    4) segregaciones/agregaciones de fincas urbanas y rústicas__50 €/finca seg/agd

    5) La primera utilización de cualquier tipo de edificación__100 €

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  • 6) Las autorizaciones de puesta en marcha y comprobación de actividades

    comerciales, industriales y de servicios en general __150 €

    7) La prórroga o modificación de licencias ya concedidas__50 €

    8) Las Comunicaciones Ambientales__50 €

    9) Las Licencias Ambientales __200 €

    10) Las Autorizaciones en Suelo Rústico__45 € hectárea afectada, (con un mínimo de

    90 €).

    11) Transmisión de Licencias__45 €.

    ARTÍCULO 8. Devengo

    1.- Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la actividad municipal

    que constituye el hecho imponible. A estos efectos, se entenderá iniciada la actividad en la

    fecha de presentación de la oportuna solicitud de la licencia urbanística, en los casos que se

    recogen en el artículo 2, si el sujeto pasivo formulase expresamente ésta.

    2.- De no existir cualquiera de las correspondientes solicitudes de Licencia Urbanística de las

    recogidas en el artículo 2, la tasa se devengará cuando se inicie efectivamente la actividad

    municipal conducente a determinar la procedencia de la autorización urbanística.

    3.- La obligación de contribuir, una vez nacida, no se verá afectada en modo alguno por la

    denegación de la licencia solicitada o por la concesión de ésta condicionada a modificaciones,

    ni por la renuncia o desistimiento del solicitante una vez concedida la licencia.

    ARTÍCULO 9. Declaración

    1.- Toda persona que solicite cualquiera de las Licencias a que se refiere el artículo 2, estará

    declarando su pretensión junto con toda la documentación a la que la legislación sectorial

    obliga para la obtención de la misma.

    2.- Si después de formulada la solicitud de licencia se modificase o ampliase el objeto de la

    misma, deberá ponerse en conocimiento de la Administración municipal, acompañando toda

    la documentación a que se refiera la legislación aplicable en vigor.

    ARTÍCULO 10. Infracciones y Sanciones

    En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de

    diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones

    que la desarrollen.

    DISPOSICIÓN FINAL

    La redacción de la presente ordenanza ha sido aprobada por el Pleno de la Corporación en

    sesión celebrada el día 25 de enero de 2018, entrará en vigor el mismo día de su publicación

    en el "Boletín Oficial" de la provincia y será de aplicación a partir del día siguiente a dicha

    publicación, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

    Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 28 de marzo de 2018 se acordóinicialmente la cesión gratuita temporal a la Entidad Fundación Rehabitar Tierra de Camposdel uso del bien inmueble de propiedad municipal calificado como patrimonial que acontinuación se índica:

    -Finca rústica nº 75 del polígono 8 de Cuenca de Campos

    En cumplimiento con la legislación vigente sobre cesión gratuita de un bien patrimonial, seprocede a abrir período de información pública por término de 15 díashábiles, conformeestablece el artículo 110.1.f) del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales,contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial dela Provincia para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha cesión,presenten las observaciones y reclamaciones que consideren pertinentes. Durante dicho plazo se podrá examinarse el expediente en la Secretaría General. Caso de que no sepresenten reclamaciones el acuerdo se entenderá definitivo, transcurrido dicho plazo.

    Cuenca de Campos, a 28 de marzo de 2018.-El Alcalde.- Fdo.: Faustino González Miguel.

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CUENCA DE CAMPOS

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 212.3 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,se expone al público la Cuenta General de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio2017, informada por la Comisión Especial de Cuentas y redactada por la Intervención, porun plazo de quince días, durante los cuales y ocho más, los interesados podrán presentarreclamaciones, reparos u observaciones a la misma.

    Cuenca de Campos, a 28 de marzo de 2018.-El Alcalde.- Fdo.: Faustino González Miguel.

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE OLMOS DE PEÑAFIEL

    Rendida Cuenta General correspondiente al ejercicio económico 2017 por el Alcalde einformada favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas del Ayuntamiento el día 17de marzo de 2018, se publica en él "Boletín Oficial" de la Provincia y en el Tablón deEdictos del Ayuntamiento para que durante el plazo de quince días pueda ser examinadapor el público y durante ese plazo y ocho días más los interesados puedan presentarreclamaciones, reparos u observaciones que serán nuevamente informados por laComisión Especial de Cuentas.

    Olmos de Peñafiel , el Alcalde D Alberto Hernández Izquierdo

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PALAZUELO DE VEDIJA

    Por el Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada en fecha 21 de marzo de2018, se acordó la aprobación del Proyecto Básico y de Ejecución de la Obra:“Renovación de redes de abastecimiento de las calles Ancha, Rincón, Solana, Aguilar yPlaza Solana” en Palazuelo de Vedija (Valladolid)”, incluida en los Planes Provinciales deCooperación 2018/2019, y redactado por el Arquitecto Dª. Clara Isabel Justo Alonso porun importe total de 49.550,00 euros.

    Los interesados podrán examinarlos en las oficinas municipales durante el plazo de veintedías hábiles, durante los cuales podrán formularse las reclamaciones y sugerencias queestimen oportunas.

    En Palazuelo de Vedija a 21 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Salvador FernándezMartín

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PALAZUELO DE VEDIJA

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del R.D.Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, se hace público el Presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para 2.018,resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:

    INGRESOS

    OPERACIONES NO FINANCIERAS

    A.1 OPERACIONES CORRIENTES:

    Capítulo 1º.- Impuestos directos 64.100,00

    Capítulo 2º.- Impuestos indirectos 2.000,00

    Capítulo 3º.- Tasas y otros ingresos 35.150,00

    Capítulo 4º.- Transferencias corrientes 64.300,00

    Capítulo 5º.- Ingresos Patrimoniales 5.950,00

    A.2 OPERACIONES DE CAPITAL:

    Capítulo 6º.- Enajenación de Inversiones 0,00

    Capítulo 7º.- Transferencias de Capital 57.400,00

    OPERACIONES FINANCIERAS

    Capitulo 8º.- Activos financieros 0,00

    Capítulo 9º.- Pasivos Financieros 0,00

    TOTAL INGRESOS 228.900,00

    GASTOS

    OPERACIONES NO FINANCIERAS

    A.1 OPERACIONES CORRIENTES:

    Capítulo 1º.- Remuneración de Personal 60.500,00

    Capítulo 2º.- Gastos de bienes y servicios 80.600,00

    Capítulo 3º.- Gastos financieros 0,00

    Capítulo 4º.- Transferencias corrientes 20.800,00

    A.2 OPERACIONES DE CAPITAL:

    Capítulo 6º.- Inversiones reales 67.000,00

    Capítulo 7º.- Transferencias de capital 0,00

    OPERACIONES FINANCIERAS

    Capitulo 8º.- Activos financieros 0,00

    Capítulo 9º.- Pasivos financieros 0,00

    TOTAL GASTOS 228.900,00

    Asimismo y conforme el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril,se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuación sedetalla:

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  • Personal Funcionario-Denominación del puesto: Secretario-Interventor en Agrupación.

    Personal Laboral:-Denominación del puesto: Operario de servicios múltiples: 1.

    La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContenciosa Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en losartículos 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las formasy plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

    Palazuelo de Vedija a 21 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Salvador Fernández Martin

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SANTÉRVAS DE CAMPOS

    En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Leg 2/2004 de 5de marzo, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para el ejerciciode 2018, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:

    INGRESOS GASTOS

    Operaciones Corrientes: Operaciones Corrientes:

    Capítulo 1º.- Impuestos directos. 99.000 Capítulo 1º.- Remuneraciones del personal 61.000

    Capítulo 2º.- Impuestos indirectos 0 Capítulo 2º.- Gastos corrientes en bienes y servicios 95.500

    Capítulo 3º.- Tasas, p. públicos y otros ingresos 36.250 Capítulo 3º.- Gastos financieros. 100

    Capítulo 4º.- Transferencias corrientes. 61.000 Capítulo 4º.- Transferencias corrientes 1.200

    Capítulo 5º.- Ingresos patrimoniales 7.050

    Total 203.300 Total 157.800

    Operaciones de Capital: Operaciones de Capital:

    Capítulo 6º.- Enajenación inversiones Capítulo 6º.- Inversiones reales 31.500

    Capítulo 7º.- Transferencias de capital. 89.000 Capítulo 7º.- Transferencias de capital

    Capítulo 8º.- Activos financieros Capítulo 8º.- Activos financieros

    Capítulo 9º.- Pasivos financieros Capítulo 9º.- Pasivos financieros. 3.000

    Total 89.000 Total 134.500

    TOTAL INGRESOS 292.300 TOTAL GASTOS 292.300

    Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 deabril, se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuaciónse detalla:

    PERSONAL FUNCIONARIO:-Denominación del puesto: Secretaría-Intervención de agrupación

    PERSONAL LABORAL:-Denominación del puesto: alguacil.

    La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContencioso Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en elartículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la formay plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

    Santervás de Campos, a 21 marzo 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Santiago Baeza Benavides

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SANTÉRVAS DE CAMPOS

    En sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Santervás de Campos eldía 22 de marzo de 2018 se aprobó el Proyecto de obras incluido en el Plan Bienal2018/2019, denominado “Museo D. Miguel de la Quadra Salcedo”, redactado por losarquitectos Agúndez y García S.L.P., constando un presupuesto total general de lainversión por importe de 38.000 euros IVA incluido.

    Al mismo tiempo de acuerda exponer al público el citado Proyecto durante un periodo de20 días para que los interesados puedan consultarlo y presentar las alegaciones queestimen oportunas.

    En Santervás de Campos, a 22 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Santiago BaezaBenavides

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SANTÉRVAS DE CAMPOS

    Redactada la Cuenta General del presupuesto correspondiente al ejercicio económico de2017 del Ayuntamiento de Santervás de Campos e informada favorablemente por laComisión Especial de Cuentas, en cumplimiento de lo establecido en el art. 212.3 del RealDecreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por la que se aprueba el Texto Refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expuestas al público en la SecretaríaMunicipal por espacio de quince días hábiles, contados a partir de la publicación delpresente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales y ocho más, losinteresados podrán presentar las reclamaciones, reparos u observaciones que estimenoportunas.

    Santervás de Campos, a 22 de marzo de 2018.-El Alcalde.- Fdo. Santiago BaezaBenavides

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VELASCÁLVARO

    En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de HaciendasLocales, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial deCuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2017, por unplazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesadospodrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

    Velascalvaro a 20 de marzo de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: José Luis Hernández Pérez

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  • III.-ADMINISTRACIÓN LOCALMANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE SERMAN.

    La Asamblea de Vocales de la Mancomunidad de municipios “SERMAN” en sesióncelebrada el día 22 de marzo de 2018 ha aprobado inicialmente el presupuesto generalpara el ejercicio 2018.

    En cumplimiento de lo establecido en el art. 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de5 de marzo, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de laMancomunidad, durante las horas de oficina, por espacio de quince días, a fin de que losinteresados que señala el art. 170 de dicho texto legal puedan examinarlo y, en su casopresentar las reclamaciones que estimen, por los motivos que indica el punto 2º del últimoartículo citado.

    En caso de que en dicho plazo no se presentasen reclamaciones, el presupuesto seconsiderará definitivamente aprobado, sin necesidad de posterior acuerdo expreso.

    En Mota del Marqués, a 3 de abril de 2018.- El Presidente.- Fdo.: José Ramón FernándezMeléndez.

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  • IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

    E D I C T O

    D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

    Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000717 /2017 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª JENIFER ROMAN DEL BARRIO contra laempresa NOVAGARUM,S.L. (TAPERIA RESTAURANTE LA ATREVIDA), sobreORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

    FALLO

    ESTIMO parcialmentela demandapresentada porDª JENIFER ROMÁN DEL BARRIOcontra la empresa “NOVAGARUM, S. L”, DECLARO LA IMPROCEDENCIA DELDESPIDO, y EXTINGUIDA LA RELACIÓN LABORAL entre las partes con fecha deefectos de la presente Sentencia, y CONDENO a la empresa demandada a abonar a laactora una indemnización de DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA EUROS CONTREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (2.350,37 EUROS), más la suma de CUATROCIENTOSOCHENTA Y TRES EUROS CON OCHO CÉNTIMOS (483,08 €), en concepto de salariosdejados de percibir desde la fecha del despido (18/08/17) hasta la fecha de inicio delnuevo empleo (1/09/17), a razón de 37,16 euros diarios, así como al pago de la suma deDOS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE EUROS CON NOVENTA Y CUATROCÉNTIMOS (2.757,94 €), por conceptos salariales, cantidad ésta que habrá deincrementarse en el 10% de interés por mora.

    El FOGASA responderá en los términos legalmente previstos para el caso de insolvenciade la empresa.

    Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella podrán interponerRecurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que deberáser anunciado por comparecencia, o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cincodías siguientes al de la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestación de laparte o de su Abogado o representante en el momento en que se le practique lanotificación.

    Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o causahabiente suyo obeneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, o no tenga reconocido el beneficiode justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de trescientos euros en la cuenta deDepósitos y Consignaciones abierta en el Banco Santander con el nº ES55 0049 3569 920005001274 y en observaciones 4627 0000 65 071717, acreditando ante la Secretaría deeste Juzgado mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodocomprendido hasta la formalización del recurso así como, en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la citada cuenta, lacantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que sehaga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con

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  • el anuncio de recurso.

    En todo caso, el recurrente deberá designar Abogado para la tramitación del recurso, almomento de anunciarlo.

    Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

    Y para que sirva de notificación en legal forma a NOVAGARUM,S.L. (TAPERIARESTAURANTE LA ATREVIDA), en ignorado paradero, expido la presente para suinserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.

    Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

    En Valladolid a veinte de marzo de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administración deJusticia.

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  • IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2

    E D I C T O

    D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:

    Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS NO JUDICIALES 34/2018 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª CLAUDIA MARTIN CUBERO contra laempresa IESCENICA RDP, S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución,cuya parte dispositiva se adjunta:

    PARTE DISPOSITIVA

    Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, CLAUDIAMARTIN CUBERO, frente a IESCENICA RDP, S.L., parte ejecutada, por importe de318,50 euros en concepto de principal, más otros 63 euros que se fijan provisionalmenteen concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y lascostas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

    El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

    Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

    PARTE DISPOSITIVA

    En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

    -Requerir de pago a IESCENICA RDP, S.L., por la cantidad reclamada en concepto deprincipal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si nopagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente pararesponder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución más las costas de ésta.

    -Requerir a IESCENICA RDP, S.L., a fin de que en el plazo de cinco días, manifiesterelacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con

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  • expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, siestán ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en casode no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en casode que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos,excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenesque sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

    -Librar los despachos pertinentes a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes yderechos susceptibles de embargo e inscritos a nombre de IESCENICA RDP, S.L.,despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

    -Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienesdel ejecutado.

    -En caso positivo, se acuerda el embargo de los posibles vehículos propiedad de laejecutada, interesándose a su vez, la correspondiente anotación y consiguientecertificación, así como el embargo de las cantidades pendientes de devolución por laHacienda Pública al ejecutado, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose laremisión de las mismas a la Cuenta de Depósitos y consignaciones abierta por esteJuzgado en el Banco Santander, nº cuenta ES55 0049 3569 92 0005001274 y enobservaciones 4627 0000 64 0034.

    Asimismo, se acuerda el embargo de todos los ingresos que se produzcan y de los saldosacreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos, asícomo de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que lacorrespondiente entidad financiera actuara como depositario o mero intermediario, hastacubrir el importe del principal adeudado e intereses y costas calculados. Líbrese lasoportunas comunicaciones a las entidades financieras del domicilio de la apremiada, parala retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objetode apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrirquienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte desus bienes o créditos (arts. 519 y ss del CP y 893 C.Comercio), e indicándosele que debecontestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde sunotificación, bajo los apercibimientos legales.

    -Para dar cumplimiento de los arts. 27, 23, y 274 de la LPL., dése traslado del escritopresentado y de esta resolución al Fondo de Garantía Salarial, al que se notificarán lassucesivas actuaciones, para que pueda ejercitar las acciones para las acciones para lasque este legitimado debiendo en un plazo máximo de QUINCE DIAS, instar lo que a suderecho convenga y designe los bienes del deudor principal que le consten.

    MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS.

    Y para que sirva de notificación en legal forma a IESCENICA RDP, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid.

    Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto

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  • de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

    En Valladolid, a veinte de marzo de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administración deJusticia.

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    http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2018-066

  • IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

    E D I C T O

    Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

    Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 846 /2017 de este Juzgado delo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE SENDINO DEL OLMO contra la empresaREFORMAS INTEGRALES CABALLERO, S.L., FOGASA, sobre DESPIDO, se ha dictadola siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

    En VALLADOLID, a quince de marzo de dos mil dieciocho.

    Dª. MARIA DOLORES ROMÁN DE LA TORRE Magistrado/a Juez del JDO. DE LOSOCIAL N. 3 de Valladolid, tras haber visto el presente procedimiento sobre DESPIDO,registrado al num. 0000846/2017 y seguido a instancia de D. JOSE SENDINO DELOLMO, contra REFORMAS INTEGRALES CABALLERO, S.L., siendo parte interesada elFONDO DE GARANTÍA SALARIAL,

    Que, en la demanda formulada por D. JOSÉ SENDINO DEL OLMO, frente a la mercantilREFORMAS INTEGRALES CABALLERO, S.L., siendo parte interesada el FONDO DEGARANTÍA SALARIAL, procede hacer los siguientes pronunciamientos:

    Primero.- Estimar la demanda sobre despido, declarando la improcedencia del producidoel 25 de septiembre de 2017, condenando a la demandada a que readmita al demandanteen su puesto de trabajo o le abone la cantidad de 249,75 euros, en concepto deindemnización, opción que la empresa deberá ejercitar en el plazo de cinco días desde lanotificación de esta Sentencia, mediante escrito o comparecencia en el Juzgado,advirtiendo a las partes que de no realizarla se entenderá que procede la primera, conabono en caso de readmisión de los salarios devengados desde la fecha del despido,hasta la notificación de esta Sentencia, a razón de un salario diario de 45,41 euros, ohasta que hubiera encontrado otro empleo si tal colocación fuera anterior a la Sentencia yse probase por el empresario lo percibido para su descuento de los salarios detramitación.

    Segundo.- Estimar la reclamación acumulada sobre cantidad, condenando a la demandadaREFORMAS INTEGRALES CABALLERO, S.L. a que abone al demandante la cantidad de2.331,33 euros, en concepto de salarios correspondientes a los meses de agosto yseptiembre de 2017, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias y la devacaciones no disfrutadas, más el diez por ciento de interés por mora en el pago,calculado en proporción anual al tiempo transcurrido desde la fecha de su devengo, 25 deseptiembre de 2019, hasta la de esta Sentencia.

    Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podráninterponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá seranunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicial dentro

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  • de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simple manifestaciónen el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrenteque no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de Seguridad Social, ocausahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberádepositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en Santander a nombre de estaOficina Judicial con el núm. IBAN ES 5500 493569 92 0005001274 y el num. 4628 0000 650846 17, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido del código "34 SocialSuplicación", acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el periodocomprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deber�