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SUMARIO III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO Y PARTICIPACION. SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA. Modificación de las bases reguladoras de la convocatoria de los premios VII Bienal Internacional de Grabado Aguafuerte Valladolid. Página 5 AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO Y PARTICIPACION. SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA. Extracto de la convocatoria de los premios Argaya para jóvenes creadores de la provincia de Valladolid año 2020 Página 7 AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO Y PARTICIPACION. SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA. Extracto de la convocatoria de la beca de arte dramático provincia de Valladolid, año 2020. Página 9 AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO Y PARTICIPACION. SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA. Extracto de la convocatoria de la beca de artes plásticas provincia de Valladolid, año 2020. Página 11 AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO Y PARTICIPACION. SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA. Extracto de la convocatoria de los premios de investigación provincia de Valladolid, año 2020. Página 13 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2020-123 Martes, 30 de junio de 2020 Núm. 123 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2020-123 Núm. 123 Martes, 30 de junio de 2020 Pág. 1

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SUMARIO

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION. SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA.Modificación de las bases reguladoras de la convocatoria de los premiosVII Bienal Internacional de Grabado Aguafuerte Valladolid. Página 5

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION. SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA. Extracto dela convocatoria de los premios Argaya para jóvenes creadores de laprovincia de Valladolid año 2020 Página 7

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION. SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA. Extracto dela convocatoria de la beca de arte dramático provincia de Valladolid, año2020. Página 9

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DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE AGUASAL

ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCION. Servicio dePersonal. Resolución por la que se aprueba la oferta de empleo públicopara 2020. Página 15

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. ServiciosAdministrativos de Cooperación. Exposición pública de los proyectostécnicos: Obras de Ampliación del Sendero Verde del Valle del Esguevahasta la urbanización “El Cotanillo” en Renedo de Esgueva" y Carril BiciArroyo-Simancas Página 20

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Convocatoriade subvenciones destinadas a la financiación de obras de bajo costeeconómico destinadas a garantizar el abastecimiento de agua en losnúcleos de población de la provincia, bajo cualquier situación sobrevenida,ejercicio 2020 Página 21

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Convocatoriade subvenciones destinadas a la conservación y mejora de Colegios deEducación Infantil y Primaria del medio rural de la provincia de Valladoliddurante el ejercicio 2020 Página 24

Relación de bienes y derechos afectados por el expediente deexpropiación forzosa relativa al A.P.E. 59 denominado Cuarteles deCaballería y Conde Ansúrez. Página 26

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. AREA DEINNOVACIÓN, DESARROLLO ECONÓMICO, EMPLEO Y COMERCIO.Convocatoria de subvenciones destinadas a la concesión directa paratrabajadores autónomos y empresas de hasta 20 trabajadores en elmunicipio de Valladolid (COVID-19) - ReactiVA 2020 Página 27

Convocatoria para ocupar el cargo de Juez de Paz Titular Página 30

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AYUNTAMIENTO DE ALAEJOS

AYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA

AYUNTAMIENTO DE BOECILLO

AYUNTAMIENTO DE LLANO DE OLMEDO

AYUNTAMIENTO DE LOMOVIEJO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

AYUNTAMIENTO DE PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN

Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental paraactividad de bar-cafetería en calle Ronda del Castillo, 25. Página 32

Convocatoria para ocupar el cargo de Juez de Paz titular Página 33

AREA DE RÉGIMEN JURÍDICO. Relación provisional de admitidos yexcluidos en el proceso selectivo para la provisión definitiva de una plazade Técnico de Administración General. Página 35

Aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria número4/2020 por crédito extraordinario. Página 37

Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental paraactividad granja porcina para cerdos de cebo ibérico. Página 38

SECRETARIA GENERAL. Aprobación definitiva expediente modificaciónpresupuestaria número 5/2020. Página 39

GESTIÓN TRIBUTARIA. Aprobación del establecimiento de varios preciospúblicos. Página 40

GESTION TRIBUTARIA. Exposición pública del padrón de contribuyentesde cobranza Impuesto sobre Bienes Inmuebles - Ejercicio 2020. Página 42

Anuncio relativo a la instrucción de expedientes de bajas de derechos yobligaciones de ejercicios cerrados. Página 44

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AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALVENÍ

AYUNTAMIENTO DE SARDÓN DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE SERRADA

AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

AYUNTAMIENTO DE VALDENEBRO DE LOS VALLES

MANCOMUNIDAD CAMPO DE PEÑAFIEL

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAOTROS JUZGADOS

Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2020 Página 45

Aprobación definitiva en expediente de modificación presupuestarianúmero 4/2020 por créditos extraordinarios. Página 46

Información pública en expediente de solicitud de modificación sustancialde licencia ambiental para actividad de nave para guarda de equipospropios Página 47

URBANISMO. Información pública en expediente de solicitud de licenciaambiental para actividad de alojamiento hotelero Página 48

Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2020. Página 49

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2019. Página 50

JUZGADO SOCIAL. MADRID. 8. Notificación en procedimientodespidos/ceses en general número 1254/2019 Página 51

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION

SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

MODIFICACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE LOSPREMIOS VII BIENAL INTERNACIONAL DE GRABADO AGUAFUERTE VALLADOLID

BDNS(Identif.):486246

En sesión ordinaria celebrada el 19 de junio del presente la Junta de Gobierno de laDiputación de Valladolid ha dispuesto modificar las Bases Reguladoras de la Convocatoriade los Premios VII Bienal Internacional de Grabado Aguafuerte Valladolid, medianteAcuerdo del siguiente tenor literal:

"PRIMERO.- Modificar las Bases Novena, Décima, Undécima, y Duodécima de las BasesReguladoras de la Convocatoria de los Premios VII bienal internacional de grabadoaguafuerte Valladolid, aprobadas mediante Acuerdo nº 124/19, en los términos que sedescriben a continuación, ello como consecuencia de la necesidad de acomodar los plazosdispuestos en las mismas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudespara concurrir a los Premios, que se ha producido el día 17 de junio de 2020 tras sususpensión el día 14 de marzo, en virtud de la D.A.3ª del Real Decreto 463/2020 y suposterior reanudación el día 1 de junio del presente en aplicación del artículo 9 del RealDecreto 537/2020, de 22 de mayo:

Preselección de las obras:

9.1 El Jurado preseleccionará entre las obras remitidas las que considere de mayorinterés, antes de mediados del mes de julio de 2020.

9.2 La decisión se comunicará por e-mail a todos los candidatos y se hará pública en lapágina web de la Diputación de Valladolid antes del 17 de julio de 2020.

Envío de las obras

10.1 Las obras seleccionadas deberán enviarse debidamente embaladas y enmarcadascon metacrilato y una moldura sencilla a la siguiente dirección, en un plazo máximo quefinalizará el 2 de agosto de 2020.

Concesión de los premios

11.1 El Jurado propondrá al Presidente de la Diputación la concesión de los premios antesde finalizar el mes de septiembre de 2020.

Exposición y catálogo

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12.1 Todas las obras seleccionadas formaran parte de la exposición que se realizará en laSala de Exposiciones del Palacio Pimentel de la Diputación de Valladolid, en el mes deseptiembre de 2020.

SEGUNDO.-Publicar el presente Acuerdo de modificación en el BOP de Valladolid y en laBase de Datos Nacional de Subvenciones."

Lo que se hace publico para general conocimiento.

En Valladolid, a 23 de junio de 2020.-El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION

SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

A fin de dar cumplimiento a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad y encumplimiento de lo dispuesto por el Decreto de la Presidencia nº 1.709, de fecha 9 dejunio, se publica nuevamente el extracto de la Convocatoria de los Premios Argaya paraJóvenes Creadores de la Provincia de Valladolid , año 2020, dado que su publicaciónautomática por la Base de Datos Nacional de Subvenciones coincidió con la vigencia delestado de alarma lo que ha podido provocar su falta de difusión.

Extracto de la convocatoria de los premios Argaya para jóvenes creadores de la provinciade Valladolid, año 2020

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero.-Beneficiarios.

Personas menores de 31 años de nacionalidad española.

Segundo.-Objeto.

Estimular y fomentar la creación de trabajos relacionadas con la provincia de Valladolid, enalguna de estas 3 modalidades: relatos, ilustraciones y fotografías.

Tercero.-Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolidde 6 de marzo de 2006).

Cuarto.-Cuantía.

1.100 euros para el primer premio y 500 euros para el segundo premio en cada una de las3 modalidades (relatos, ilustraciones y fotografías).

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes.

Hasta el 15 de octubre de 2020, incluido.

Sexto.-Otros datos de interés.

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-Contenido de los trabajos: los trabajos presentados por los concursantes, que en todocaso deberán ser los autores y propietarios, deberán ser originales y no haber sidoeditados o publicados antes de la fecha de finalización del plazo de presentación desolicitudes.

En todo caso, los trabajos deberán tener el contenido previsto en la base tercera de laconvocatoria.

-Publicación: en el caso de que la Diputación de Valladolid proceda a la publicación, encualquier medio, de un trabajo premiado, los derechos de autor por la edición seentenderán incluidos en la dotación económica del premio.

-Criterios de valoración: el Jurado valorará la relación del trabajo con la provincia deValladolid y su originalidad. En el caso de ilustraciones y fotografías se valorará, además,la estética del trabajo.

-Solicitudes: por los cauces habituales y vía telemática: (http://www.ventanilla.diputaciondevalladolid.es).

-Documentación: la prevista en la base sexta de la convocatoria.

-Concesión: a propuesta del Jurado, por Decreto del Presidente de la Diputación.

La entrega de premios se efectuará en acto público en la fecha que determine laDiputación de Valladolid.

Para proceder al abono de los premios, los interesados deberán presentar ficha de datosbancarios conformada por la entidad financiera correspondiente.

-Trabajos no premiados: los trabajos que no resulten premiados podrán ser retirados porsus autores/as dentro de los 30 días naturales siguientes al de la publicación del decretode concesión en el tablón de anuncios de la Diputación. Transcurrido dicho plazo, lostrabajos no retirados serán destruidos.

En Valladolid, a 23 de junio de 2020.- El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION

SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

A fin de dar cumplimiento a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad y encumplimiento de lo dispuesto por el Decreto de la Presidencia nº 1.709, de fecha 9 dejunio, se publica nuevamente el extracto de la Convocatoria de la "Beca de Arte DramáticoProvincia de Valladolid, año 2020, dado que su publicación automática por la Base deDatos Nacional de Subvenciones coincidió con la vigencia del estado de alarma lo que hapodido provocar su falta de difusión.

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE LA “BECA DE ARTE DRAMÁTICO PROVINCIADE VALLADOLID, AÑO 2020”

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero. Beneficiarios.

Jóvenes artistas escénicos o estudiantes de arte dramático, que tengan menos de 36 añosa la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que sean naturales oestén empadronados en algún municipio de Valladolid.

Segundo. Objeto.

Promocionar la formación, la investigación y el estudio en el campo del teatro, la danza y laexpresión dramática en general.

Tercero. Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolidde 6 de marzo de 2006).

Cuarto. Cuantía.

5.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Hasta el 1 de septiembre de 2020, incluido.

Sexto. Otros datos de interés.

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-.Duración de la beca y forma de pago: La duración máxima de la beca será de 10 meses.El pago podrá ser único o distribuido en varias mensualidades

-.Criterios de valoración: el Jurado valorará la innovación y originalidad del proyecto y sucalidad técnica.

-.Solicitudes: por los cauces habituales y vía telemática(http://www.ventanilla.diputaciondevalladolid.es

-.Documentación: la prevista en la base sexta de la convocatoria.

-.Concesión: a propuesta del Jurado, por Decreto del Presidente de la Diputación.

La entrega de la beca se efectuará en acto público en la fecha que determine la Diputaciónde Valladolid.

Para proceder al abono de la beca la persona beneficiaria deberá presentar ficha de datosbancarios conformada por la entidad financiera correspondiente.

En Valladolid, a 23 de junio de 2020.-El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION

SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

A fin de dar cumplimiento a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad y encumplimiento de lo dispuesto por el Decreto de la Presidencia nº 1.709, de fecha 9 dejunio, se publica nuevamente el extracto de la Convocatoria de la "Beca de Artes PlásticasProvincia de Valladolid, año 2020, dado que su publicación automática por la Base deDatos Nacional de Subvenciones coincidió con la vigencia del estado de alarma lo que hapodido provocar su falta de difusión.

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE LA “BECA DE ARTES PLÁSTICAS PROVINCIADE VALLADOLID, AÑO 2020”

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero. Beneficiarios.

Jóvenes artistas o estudiantes de artes plásticas (en las modalidades de pintura, escultura,cerámica, fotografía y nuevas tecnologías), que tengan menos de 36 años a la fecha definalización del plazo de presentación de solicitudes, y que sean naturales o esténempadronados/as de algún municipio de la provincia de Valladolid.

Segundo. Objeto.

Fomentar la actividad creativa y promocionar la formación e investigación en relación con lapintura, fotografía, escultura, nuevas tecnologías y otras formas de artes plásticas.

Tercero. Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolidde 6 de marzo de 2006).

Cuarto. Cuantía.

5.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Hasta el 1 de septiembre de 2020, incluido.

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Sexto. Otros datos de interés.

-.Duración de la beca y forma de pago: La duración máxima de la beca será de 10 meses.El pago podrá ser único o distribuido en varias mensualidades.

-.Criterios de valoración: el Jurado valorará la innovación y originalidad del proyecto y sucalidad técnica.

-.Solicitudes: por los cauces habituales y vía telemática(http://www.ventanilla.diputaciondevalladolid.es).

-.Documentación: la prevista en la base sexta de la convocatoria.

-.Concesión: a propuesta del Jurado, por Decreto del Presidente de la Diputación.

La entrega de la beca se efectuará en acto público en la fecha que determine la Diputaciónde Valladolid.

Para proceder al abono de la beca la persona beneficiaria deberá presentar ficha de datosbancarios conformada por la entidad financiera correspondiente.

En Valladolid, a 23 de junio de 2020.-El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION

SERVICIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

A fin de dar cumplimiento a los principios de objetividad, concurrencia y publicidad y encumplimiento de lo dispuesto por el Decreto de la Presidencia nº 1.709, de fecha 9 dejunio, se publica nuevamente el extracto de la Convocatoria de los "Premios deInvestigación Provincia de Valladolid, año 2020", dado que su publicación automática por laBase de Datos Nacional de Subvenciones coincidió con la vigencia del estado de alarma loque ha podido provocar su falta de difusión.

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE LOS “PREMIOS DE INVESTIGACIÓNPROVINCIA DE VALLADOLID, AÑO 2020”

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero. Beneficiarios.

Investigadores, estudiosos, licenciados y doctores de nacionalidad española.

Segundo. Objeto.

Fomentar el estudio, investigación y conocimiento de cualquier materia o cuestión deinterés relacionada con la provincia de Valladolid, sea científica, social, cultural,económica, demográfica o similar

Tercero. Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolidde 6 de marzo de 2006).

Cuarto. Cuantía.

5.500 euros: 2.500 euros para el primer premio; 1.750 euros para el segundo premio, y1.250 euros para el tercer premio.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Hasta el 25 de octubre de 2020, incluido.

Sexto. Otros datos de interés.

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-.Contenido de los trabajos: los trabajos deberán ser inéditos, no admitiéndose tesisdoctorales u otros trabajos académicos.

Los trabajos deberán tener el contenido previsto en la base quinta de la convocatoria.

-.Publicación: en el caso de que la Diputación de Valladolid proceda a la publicación, encualquier medio, de un trabajo premiado, los derechos de autor por la edición seentenderán incluidos en la dotación económica del premio.

-.Criterios de valoración: el Jurado valorará la vinculación del objeto del trabajo con laprovincia de Valladolid, la innovación y originalidad del proyecto y su calidad técnica.

-.Solicitudes: por los cauces habituales y vía telemática(http://www.ventanilla.diputaciondevalladolid.es).

-.Documentación: la prevista en la base quinta de la convocatoria.

-.Concesión: a propuesta del Jurado, por Decreto del Presidente de la Diputación.

La entrega de premios se efectuará en acto público en la fecha que determine laDiputación de Valladolid.

Para proceder al abono de los premios, los interesados deberán presentar ficha de datosbancarios conformada por la entidad financiera correspondiente.

-.Trabajos no premiados: los trabajos que no resulten premiados podrán ser retirados porsus autores/as dentro de los 30 días naturales siguientes al de la publicación del decretode concesión en el tablón de anuncios de la Diputación. Transcurrido dicho plazo, lostrabajos no retirados serán destruidos.

En Valladolid, a 23 de junio de 2020.-El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez

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Núm. 123 Martes, 30 de junio de 2020 Pág. 14

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCIONServicio de Personal

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 91 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora delas Bases de Régimen Local, en el art. 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 deoctubre, del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y en el art. 19 dela Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018(BOE de 4 de julio de 2018), la Junta de Gobierno de esta Diputación ha aprobado ensesión de 19 de junio de 2020, la Oferta de Empleo Público para el año 2020.

En virtud de lo dispuesto en el art. 59.1 del Texto Refundido del Estatuto Básico delEmpleado Público se reservará un cupo no inferior al 7% de las vacantes para sercubiertas por personas con discapacidad, de modo que progresivamente se alcance el 2%de los efectivos totales en cada Administración Pública.

Esta Oferta de Empleo Público tiene únicamente carácter de acto declarativo e informativoy su aprobación no supone, en ningún caso, la convocatoria de las plazas en ella ofertadasni la apertura del plazo para la presentación de solicitudes de participación.Las plazasvacantes, objeto de esta Oferta de Empleo Público, son las relacionadas en el Anexo I.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Valladolid, a 25 de junio de 2020.- El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez.

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OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO - 2020

(DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID)

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, la cual continúa vigente, se aprueba la oferta de empleo público para 2020 en los términos siguientes:

a) Oferta de hasta 35 plazas vacantes en la plantilla presupuestaria de la Diputación de Valladolid, según tasa de reposición, cuya cobertura se considera conveniente para las necesidades de la organización, según consta en el expediente administrativo. b) Oferta de 7 plazas vacantes, mediante tasa adicional, ocupadas por personal funcionario interino por ejecución de programas de carácter temporal que, en cumplimiento de los límites temporales previstos en el art. 10.1.c) del “RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público” y de lo dispuesto en el art 19.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que han adquirido carácter estructural en la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo para 2020. c) Plazas vacantes que procede que integren esta OEP y que sustituyen, a su vez, a las incluidas en anteriores Ofertas de Empleo Público (2018 y 2019) que se han visto afectadas por la resolución de concursos de traslados celebrados con carácter previo a su inclusión en un proceso selectivo de pública concurrencia: 3 plazas. d) Plazas vacantes reservadas a turno de promoción interna, (sin efectos en la tasa de reposición): 3 plazas.

La oferta de empleo público para 2020 contiene las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso. Tal como establece el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la oferta de empleo público, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos.

En el anexo se incluyen las plazas para ingreso de nuevo personal (por turno libre o turno de promoción interna, con especificación de la clasificación aplicable a cada puesto para personal funcionario y de su número de identificación.

El número de identificación de dichas plazas podría ser susceptible de variación en el momento de la convocatoria de los procesos selectivos con carácter definitivo como consecuencia de la resolución previa de procedimientos de provisión de puestos o por cualquier otro motivo de carácter organizacional.

En virtud de lo dispuesto en el art. 59.1 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público se reservará un cupo no inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad, de modo que progresivamente se alcance el 2% de los efectivos totales en cada Administración Pública.

Esta Oferta de Empleo Público tiene únicamente carácter de acto declarativo e informativo y su aprobación no supone, en ningún caso, la convocatoria de las plazas en ella ofertadas ni la apertura de plazo para la presentación de solicitudes de participación.

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ANEXO

PUESTO DE TRABAJO

Grupo/ Subgrupo

Escala

Subescala

Clase

Plaza

Plazas turno libre

Plazas promoción interna

ASESOR/A ECONÓMICO/A

A1 Especial

Servicios Especiales

C. Esp.

0208004

1 -

INGENIERO/A DE TELECOMUNICACIÓN

A1 Especial

Técnica Superior

0960001

1 -

TÉCNICO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

A1 General

Técnica -

1880010

1880011

1880012

2 1

ANALISTA-PROGRAMADOR/A

A2 Especial

Servicios Especiales

C. Esp.

0130012

1 -

AYUDANTE DE ARCHIVOS

A2 Especial

Servicios Especiales

C. Esp.

0400003

1 -

TÉCNICO/A MEDIO DE PREVENCIÓN

A2 Especial

Serv. Esp.

C. Esp.

1888001

1 -

TRABAJADOR/A SOCIAL CEAS

A2 Especial

Técnica Media

0231016

0231019

0231020

0231024

0231028

11 -

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0231029

0231030

0231031

0231032

0231033

0231034

ADMINISTRATIVO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL

C1 General

Administrativa

-

0065002

0065026

0065032

0065057

0065058

3 2

OFICIAL DE 1ª - ELECTRICISTA

C1 Especial

Serv. Esp.

P. Oficios

1445001

1 -

AUXILIAR DE CLÍNICA/ENFERMERÍA

C2 Especial

Técnica Auxiliar

0300019

0300037

0300038

0300079

0300081

0300088

13 -

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0300091

0300095

0300122

0300132

0300148

0300153

0300154

CONDUCTOR/A C2 Especial

Serv. Esp.

C. Esp.

1260001

1260003

2 -

OFICIAL DE MANTENIMIENTO – OFICIOS VARIOS

C2 Especial

Serv. Esp.

P. Oficios

1495001

1495002

2 -

AUXILIAR DE COCINA

C2 Especial

Serv. Esp.

P. Oficios

0305008

1 -

AUXILIAR DE MANTENIMIENTO

C2 Especial

Serv. Esp.

P. Oficios

0341004

0341005

2 -

TOTAL 42 3

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS.Servicios Administrativos de Cooperación.

Exposición pública de los proyectos técnicos: “Obras de Ampliación del Sendero Verde delValle del Esgueva hasta la urbanización “El Cotanillo” en Renedo de Esgueva" y "Carril BiciArroyo-Simancas"

Por esta Presidencia se ha resuelto iniciar el trámite de Exposición Pública de lossiguientes proyectos técnicos:

1.-OBRAS DE AMPLIACIÓN DEL SENDERO VERDE DEL VALLE DEL ESGUEVA HASTALA URBANIZACIÓN “EL COTANILLO” EN EL MUNICIPIO DE RENEDO DE ESGUEVA.VALLADOLID,

2.-CARRIL BICI ARROYO-SIMANCAS

A los efectos previstos en el artículo 93 del Texto Refundido de las Disposiciones Legalesvigentes en materia de Régimen Local, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes ala publicación del presente anuncio, se exponen al público los proyectos anteriormentecitados, en el Portal “Gobierno Abierto” / “Participación” / “Expedientes en trámite deinformación pública”, de la página web de la Diputación de Valladolid, a los que se puedeacceder directamente a través de los siguientes enlaces:

1.-PROYECTO “OBRAS DE AMPLIACIÓN DEL SENDERO VERDE DEL VALLE DEESGUEVA HASTA URBANIZACIÓN “EL COTANILLO” EN EL MUNICIPIO DE RENEDODE ESGUEVA.

https://gobiernoabierto.diputaciondevalladolid.es/expedientes-tramite-informacion-publica/-/journal_content/56/1268876/2759936

2.-PROYECTO DE “CARRIL BICI ARROYO-SIMANCAS”.

https://gobiernoabierto.diputaciondevalladolid.es/expedientes-tramite-informacion-publica/-/journal_content/56/1268876/2759982

En Valladolid, a 26 de junio de 2020.-El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS.

Acuerdo de Pleno nº 86/20, de 19 de Junio, por el que se convocan subvenciones parafinanciación de obras de bajo coste económico destinadas a garantizar el abastecimientode agua en los núcleos de población de la provincia, bajo cualquier situación sobrevenida,ejercicio 2020

Extracto del Acuerdo de Pleno nº86/20, de 19 de Junio, por el que se convocansubvenciones a las entidades locales de la provincia de Valladolid para la financiación deobras de bajo coste económico destinadas a garantizar el abastecimiento de agua en losnúcleos de población de la provincia, bajo cualquier situación sobrevenida, ejercicio 2020.

BDNS(Identif.):512783

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvencioneshttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index

Primero. Beneficiarios.

Ayuntamientos con población no superior a 20.000 habitantes, Entidades Locales Menoresy Mancomunidades de la provincia de Valladolid.

Segundo. Objeto.

Obras y reparaciones, de bajo coste económico o que respondan a necesidadessobrevenidas, tendentes a dar solución a los problemas de escasez de agua paraabastecimiento potable urbano.

Tercero. Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de Valladolidde 6 de marzo de 2006).

Cuarto. Cuantía.

El presupuesto estimado de la convocatoria es de 150.000 euros, sin perjuicio de laposibilidad de aprobar excepcionalmente una cuantía adicional por importe de 50.000euros, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá nueva convocatoria.

La cuantía de cada subvención podrá oscilar entre el 65% y el 80% del coste de lainversión realizada con un máximo de 12.000 euros. Las Entidades Locales beneficiarias,aportarán como financiación propia (u obtenida por otras vías) la cuantía restante de lainversión.

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Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP deValladolid, hasta el 15 de octubre de 2020 (inclusive).

Sexto. Otros datos de interés.

Gastos subvencionables Obras y reparaciones, de bajo coste económico o que respondana necesidades sobrevenidas, tendentes a dar solución a los problemas de escasez deagua para abastecimiento potable urbano, tales como:

-Mejora de las captaciones.

-Reparación y/o renovación de aducciones (conducción que va desde la captación hasta eldepósito regulador).

-Obras de reparación en los depósitos: tales como impermeabilización, mejora estructural,reparación de fugas, cercado,...

-Mejora en los sistemas de potabilización y/o gestión del agua.

-Instalación y/o reparación de bombas de impulsión.

Así mismo será objeto de subvención el suministro de agua con cisternas o agua mineraldestinada a cubrir las necesidades de abastecimiento exclusivamente humano.

No serán objeto de esta convocatoria:

-La ejecución de obras completas que requieran una planificación.

-Renovaciones y/o reparaciones de la red (principal o secundaria) de distribución de agua.

-Reparaciones de fugas en la red de distribución, o de cualquier elemento que forme partede dicha red de distribución de agua.

-Obras de redes que supongan una ampliación del servicio de abastecimiento de agua aconstrucción de nuevas viviendas.

-Realización de acometidas domiciliarias e instalación de contadores.

-Labores de limpieza, explotación y/o mantenimiento de instalaciones de abastecimiento engeneral.

-Nuevas captaciones y sondeos.

-Elementos de reserva del sistema de abastecimiento.

-Los gastos de personal en obras que se ejecuten por el personal de la Entidad Local.

-Solicitudes: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación y sepresentarán por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas.

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Preferentemente se presentarán por medios electrónicos en la Diputación de Valladolid(http://www.ventanilla.diputacióndevalladolid.es), junto con todos los documentosrelacionados con la presente convocatoria.

-Documentación: Las solicitudes deberán acompañarse de:

-Memoria descriptiva de la actuación para la que solicita la subvención, justificando lacircunstancia de la solicitud de acuerdo con el objeto de la Convocatoria.

-Factura o certificación de obra acreditativa de la ejecución de la inversión, detallada porunidades de obra y precios unitarios.

-Declaración suscrita por el Presidente de la Entidad de no estar incursa en ninguna de lasprohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones previstas en el art.13.2 de la Ley General de Subvenciones.

-Declaración suscrita por el Presidente de la Entidad sobre ayudas recibidas o solicitadaspara la misma finalidad.

-Declaración suscrita por el Presidente de la Entidad de estar al corriente de susobligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

En Valladolid, a veintidós de junio de dos mil veinte.-El Presidente.-Fdo.: Conrado ÍscarOrdóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS.

Acuerdo de Pleno nº 87/20, de 19 de Junio, por el que se convocan subvenciones para laconservación y mejora de Colegios de Educación Infantil y Primaria del medio rural de laprovincia de Valladolid durante el ejercicio 2020

Extracto del Acuerdo de Pleno nº 87/20, de 19 de Junio, por el que se convocansubvenciones para incentivar la reparación, conservación y mejora de colegios deeducación infantil y primaria del medio rural de la provincia de Valladolid durante el ejercicio2020.BDNS(Identif.):512782De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvencioneshttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index

Primero. Beneficiarios.

Los Municipios y Entidades Locales Menores de la provincia de Valladolid, a excepción deValladolid capital, que sean titulares de inmuebles donde se ubiquen Colegios deEducación Infantil y Primaria.

Segundo. Objeto.

Obras reparación, conservación y mejora de Colegios de Educación Infantil y Primaria delmedio rural que se hallen ubicados en la provincia.

Tercero. Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provinciade Valladolid de 6 de marzo de 2006).

Cuarto. Cuantía.

El presupuesto estimado de la convocatoria es de 300.000 euros, 150.000 euros de laDiputación con cargo a la anualidad 2020 y 150.000 euros de la Junta de Castilla y Leóncon cargo a la anualidad 2021.

La cuantía de cada subvención no podrá superar el 80% de la inversión incluida en el Plan.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el díasiguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficialde la Provincia.

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Sexto. Otros datos de interés.

Solicitudes: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación y sepresentarán por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas.

Preferentemente se presentarán por medios electrónicos en la Diputación de Valladolid(http://www.ventanilla.diputacióndevalladolid.es), junto con todos los documentosrelacionados con la presente convocatoria.

-Documentación: Las solicitudes deberán acompañarse de:

-Certificado del órgano competente del Ayuntamiento o de la Entidad Local Menor por elque se acuerda solicitar la ayuda económica y su cuantía.

-Documento Técnico redactado por profesional competente (Arquitecto Superior oArquitecto Técnico) en la que se describan las obras a ejecutar, desglosadas por unidadesde obra y precios unitarios.

-Documentación fotográfica que refleje la situación actual de la zona donde se va a realizarla inversión.

-Certificación acreditativa de la existencia de consignación presupuestaria para los finesque se persiguen o compromiso de consignación, teniendo en cuenta que las EntidadesLocales deberán aportar como mínimo el 20 por 100 del importe incluido en Plan.

-Declaración suscrita por el Presidente de la Entidad solicitante de que la misma no estáincursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria, previstas en el art.13.2 de la Ley General de Subvenciones.

-Declaración suscrita por el Presidente de la Entidad sobre las subvenciones solicitadas oconcedidas para el mismo fin por Instituciones Públicas o Privadas, indicando, en su caso,el importe solicitado o concedido.

-Declaración suscrita por el Presidente de la Entidad de estar al corriente de susobligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

-Criterios de valoración:

-La Comisión de Seguimiento establecerá los criterios objetivos que se han de tener encuenta para la selección de las obras a ejecutar, conforme a lo establecido en el art. 17.3de la Ley General de Subvenciones, sin que en ningún caso el importe total de las ayudaspueda ser superior a los límites señalados en la Base Cuarta, ni exceder de ladisponibilidad presupuestaria existente.

-Serán criterios prioritarios los que afecten a obras estructurales, obras que respondan anecesidades de escolarización, de seguridad y confortabilidad, obras de eliminación debarreras arquitectónicas y equipamientos urgentes: aseos, carpinterías, calefacciones.

En Valladolid, a veintidós de junio de dos mil veinte.-El Presidente.-Fdo.: Conrado ÍscarOrdóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

APROBACIÓN INICIAL. PROYECTO DE EXPROPIACIÓN DE LA CUOTA INDIVISA DELINSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL (ICO) EN EL APE 59 “CUARTELES DE ARTILLERÍAY CONDE ANSÚREZ”. (EXPTE. 04/2018).

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Valladolid, celebrada el día 26 de febrero de 2020,acordó aprobar inicialmente el proyecto de expropiación referenciado y proceder a lainformación pública por el plazo de un mes (BOCYL de fecha 10 de junio de 2020),computado a partir del día siguiente al de las últimas publicaciones exigidas por el art. 18.2de la ley de Expropiación forzosa. A continuación se describe la finca con todos sus copropietarios, distinguiéndose la parte yel propietario objeto de expropiación, de aquellos no incluidos en la misma:A continuación se describe la finca con todos sus copropietarios, distinguiéndose la parte yel propietario objeto de expropiación, de aquellos no incluidos en la misma:

Nº FINCA DATOS REGISTRALES DATOS

CATASTRALES

I Tomo : 2407

Folio: 123

Libro : 701

Folio: 123

Finca: 49485

REF:6308601UM5160G0001DD

PROPIETARIO %PROPIEDAD

DOMICILIO CIF EXPROPIACION

INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL I.C.O. 25% Paseo del Prado 4 28014 Madrid Q2876002C EXPROPIACIÓN

INVERSIONES INMOBILIARIAS CANVIVESS.A.U.

25% José Ortega y Gasset 29 28006 Madrid A85527604 No expropiación

ÁRQURA HOMES FAB 25% C/ Medina de Pomar 27, planta 0 28042 Madrid V88359286 No expropiación

SOLVIA DEVELOPMENT S.L.

Cambio de denominación pendiente deinscripción

25%

C/ Sena 12 08174 Sant Cugat del Valles(Barcelona)

B33300518 No expropiación

Puede ser consultado el instrumento en la página Web www.jcyl.es/plau/ y el expedienteen la Sección de Gestión Urbanística (Edificio San Benito, 2ª planta, puerta 30, en horariode oficina), y, en su caso, presentarse tanto alegaciones como sugerencias, informes ytodo tipo de documentos complementarios, por escrito, que deberán presentarse en elRegistro General de este Ayuntamiento en el mismo plazo antes mencionado.

Valladolid, 11 de junio de 2020.-El Alcalde.-P.D El Concejal Delegado del Área dePlaneamiento Urbanístico y Vivienda.-Decreto nº 4278 de 17-06-19).-Fdo.: Manuel SaraviaMadrigal

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOSAREA DE INNOVACIÓN, DESARROLLO ECONÓMICO, EMPLEO Y COMERCIO

Convocatoria de subvenciones de concesión directa para trabajadores autónomos yempresas de hasta 20 trabajadores en el municipio de Valladolid (COVID-19) - ReactiVA2020

ANUNCIO DE SUBSANACIÓN DEL DOCUMENTO PUBLICADO Y AMPLIACIÓN DEPLAZO EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A TRABAJADORESAUTÓNOMOS Y PEQUEÑAS EMPRESAS DE HASTA 20 TRABAJADORES DELMUNCIPIO DE VALLADOLID.REACTIVA 2020

BDNS(Identif.):508375

Con fecha 19 de junio de 2020 se publica en el BOP extracto del Acuerdo de Junta deGobierno de fecha 17 de junio de 2020 por el que se convocan subvenciones atrabajadores autónomos y pequeñas empresas de hasta 20 trabajadores del Municipio deValladolid, Reactiva 2020.

Advertido error relativo al documento publicado en el Tablón de anuncios de la SedeElectrónica municipal que no se corresponde con el aprobado por la Junta de Gobierno asícomo en el extracto de la convocatoria publicada se procede a publicar de nuevo elpresente de anuncio y a publicar el documento correcto en la citada Sede Electrónicaampliando asimismo el plazo en 10 días hábiles desde la presente publicación.

Por otro lado se procede a incorporar en el Anexo 1 la información relativa a la cuantía dela subvención que se solicita de conformidad con el tipo de beneficiario, y ello con el fin defacilitar el tratamiento de las solicitudes recibidas sin que sea necesario que las personasque lo han presentado sin esta información vuelvan a presentarlo.

Las solicitudes presentadas hasta este momento dentro del plazo inicial se consideraránadmitidas y conservarán el número asignado a los efectos del sorteo previsto en laconvocatoria.

De conformidad con lo previsto en los artículos 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

Primero.- Beneficiarios. Las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes,sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, que realicen unaactividad económica en la ciudad de Valladolid y que acrediten los siguientes requisitos:

a).De hasta veinte trabajadores, que ejerzan su actividad económica en la ciudad y tengan

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su centro de trabajo en el término municipal de Valladolid desde antes del 14 de marzo de2020 e igualmente se encuentren de alta en la fecha de presentación de la solicitud.

b).Haberse visto afectados en su actividad económica como consecuencia de ladeclaración del estado de alarma, en cumplimiento de la normativa estatal, autonómica ylocal emitida contra la propagación del Covid-19, bien por haber tenido que suspender laapertura al público de locales y establecimientos o, en el caso de beneficiarias sinestablecimiento permanente, por la suspensión de actividades según recoge el RD463/2020, y actualizaciones posteriores, o bien haber tenido una reducción en su volumende facturación de la actividad económica de al menos un 60% en el mes de abril de 2020,en relación a la media de volumen de ingresos de la actividad económica del primertrimestre de 2020.

Segundo.- La finalidad de la subvención es contribuir a la dinamización empresarial eimpulsar la actividad económica en la ciudad, fomentando el mantenimiento del empleo porcuenta propia y ajena en el proceso de reactivación económica.

Tercero.- Bases reguladoras. Bases aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento deValladolid de fecha 10 de febrero de 2006 y publicadas en el B.O.P. de fecha 9 de marzode 2006

Cuarto.- Cuantía total: crédito presupuestario por un importe global máximo de 2.000.000euros. De acuerdo con lo establecido en el art. 58 del RGLS, los créditos asignados a lapresente Convocatoria podrán ser ampliados hasta una cuantía total de 5.000.000 euros,previa la oportuna tramitación y antes de la resolución de la Convocatoria.

Trabajadores/as autónomos/as, entidades sin personalidad y personas jurídicas, sintrabajadores/as por cuenta ajena y sin establecimiento permanente: 750 euros.

Trabajadores/as autónomos/as, entidades sin personalidad y personas jurídicas, sintrabajadores/as por cuenta ajena y con establecimiento o local abierto al público: 2000euros.

Autónomos/as, Empresas o entidades sin personalidad jurídica con hasta 5trabajadores/as, bien por cuenta ajena o como autónomo/as societarios ocolaboradores/as, con establecimiento o local abierto al público: 3000 euros.

Autónomos/as, Empresas o entidades sin personalidad jurídica con entre 6 y 20trabajadores/as, bien por cuenta ajena o como autónomos/as societarios ocolaboradores/as, con establecimiento o local abierto al público: 4000 euros.

Quinto.- Plazos de presentación de solicitudes. 10 días hábiles a contar desde el díasiguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid

Sexto.- Otros datos de interés.

Obligaciones de las beneficiarias:

Las establecidas en el art. 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General deSubvenciones, que son:

Mantener la actividad económica durante al menos seis meses, como mínimo, a partir del

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día siguiente de la publicación de la Resolución de concesión de la subvención.

Mantener el 100% de la plantilla declarada de trabajadores por cuenta ajena que tuviera enla fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo (acreditadomediante Informe de vida laboral de la empresa) al menos durante seis meses, a partir deldía siguiente de la publicación de la Resolución de concesión de la subvención.

El procedimiento de concesión mediante el régimen de concesión directa estableciéndoseuna concurrencia no competitiva. La concesión de ayudas se realizará de forma directaentre los/las solicitantes que reúnan la totalidad de requisitos y documentación exigida enesta Convocatoria, hasta agotar el crédito disponible.

En el caso de que el número de solicitudes supere el crédito disponible, se asignará acada solicitud un número por prelación temporal de entrada en registro. Una vez concluidoel plazo de solicitud, la lista provisional de solicitudes presentadas, con los númerosasignados se hará pública en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en la web de laAgencia de Innovación y Desarrollo Económico de Valladolid, http://www.valladolidadelante.es/ , para que en el plazo de 3 días hábiles puedanefectuarse reclamaciones.

Estas ayudas serán incompatibles con las que se puedan obtener de cualesquieraAdministraciones o entes públicos o privados, para la misma finalidad.

La justificación se referirá al cumplimiento de la obligación de mantenimiento de la empresao actividad empresarial y del empleo por el plazo exigido y en el término municipal deValladolid en los términos exigidos en la convocatoria y al tratarse de subvencionesinferiores a 60.000 euros la forma de justificación será de CUENTA JUSTICATIVASIMPLIFICADA.

En Valladolid, a veintiséis de junio de dos mil veinte.-Gerente de la Agencia de Innovación yDesarrollo Económico.-Fdo.: Jesús Gómez Pérez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE AGUASAL

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985,de 1 de julio, del Poder Judicial, y conforme disponen los artículos 4 y 5.1 del Reglamento3/1995, de 7 de junio, de Jueces de Paz, se pone en conocimiento de las personas queestén interesadas que, dentro del plazo establecido, se procederá por el Pleno de esteAyuntamiento a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia deCastilla y León el nombramiento del cargo de JUEZ DE PAZ TITULAR.

Los interesados en este nombramiento presentaran en el Registro de entrada de esteAyuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas, la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de 15 días hábiles, contadosa partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia de Valladolid, acompañada de los siguientes documentos:

a).Fotocopia del D.N.I.

b).Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:

-Poseer la nacionalidad española.

-Ser mayor de edad.

-Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

-Ser residente en esta localidad, sede del Juzgado de Paz, salvo autorización de la Salade Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. (Artículo 15 del Reglamento 3/1995, de 7 dejunio, de los Jueces de paz).

-No estar incurso en alguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas enlos artículos 303 y del 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

-No estar impedido física o psíquicamente para la función judicial.

-No estar condenado por delito doloso.

-No estar procesado o inculpado por delito doloso.

-No pertenecer ni trabajar en partido político o sindicato.

El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en el Ayuntamientodonde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.

Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las condiciones precisas parapoder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impidendesempeñar el mismo.

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Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documentoidóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que sehubiere podido incurrir.

En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación podrá elegir libremente,de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Juecesde Paz, comunicando el Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Aguasal, a 24 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: José Nieto Rodríguez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALAEJOS

Habiéndose presentado solicitud de licencia ambiental por D. José-María Aparicio Pérez,para local comercial con uso de bar-cafetería, que se va a llevar a cabo en la calle Rondadel Castillo, 25 c/v a calle Matadero, referencia catastral 4453505UL1745S0001MD, deacuerdo con el proyecto técnico redactado por Dª. Ana Martínez Molina, Arquitecta;

En cumplimiento del artículo 28 del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental deCastilla y León aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, se procedea abrir período de información pública por plazo de diez días desde la aparición delpresente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que, quienes se vean afectadosde algún modo por dicha actividad, presenten las alegaciones que consideren pertinentes.

El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependencias deeste Ayuntamiento, pudiéndose consultar en las misma durante horario de oficina.Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esteAyuntamiento [http://alaejos.sedelectronica.es].

En Alaejos, a 18 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Carlos Mangas Nieto.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALMENARA DE ADAJA

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985,de 1 de julio, del Poder Judicial, y conforme disponen los artículos 4 y 5.1 del Reglamento3/1995, de 7 de junio, de Jueces de Paz, se pone en conocimiento de las personas queestén interesadas que, dentro del plazo establecido, se procederá por el Pleno de esteAyuntamiento a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia deCastilla y León el nombramiento del cargo de JUEZ DE PAZ TITULAR.

Los interesados en este nombramiento presentaran en el Registro de entrada de esteAyuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas, la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de 15 días hábiles, contadosa partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia de Valladolid, acompañada de los siguientes documentos:

a)Fotocopia del D.N.I.

b)Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:

-Poseer la nacionalidad española. -Ser mayor de edad. -Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles. -Ser residente en esta localidad, sede del Juzgado de Paz, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. (Artículo 15 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de paz). -No estar incurso en alguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en los artículos 303 y del 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. -No estar impedido física o psíquicamente para la función judicial. -No estar condenado por delito doloso. -No estar procesado o inculpado por delito doloso. -No pertenecer ni trabajar en partido político o sindicato.

El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependenciasmunicipales de la Corporación donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido.

Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las condiciones precisas parapoder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impidendesempeñar el mismo.

Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documentoidóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que sehubiere podido incurrir.

En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación podrá elegir libremente,de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces

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de Paz, comunicando el Acuerdo al Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Almenara de Adaja, a 24 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Ursino Vara Pérez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE BOECILLO

AREA DE RÉGIMEN JURÍDICO

EXPEDIENTE 92/2020/RJ/CONVOCATORIA CONCURSO-OPOSICIONTAG/APROBACIÓN LISTA PROVISIONAL ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

BASES DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISION DEFINITIVA DE UNA PLAZADE TECNICO DE ADMINISTRACION GENERAL CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DEEMPLEO PUBLICO DEL EJERCICIO 2020

APROBACIÓN DE LA LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

Vistas las bases del proceso selectivo para la provisión definitiva de una plaza de Técnicode Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, correspondiente a la oferta de empleopúblico del ejercicio 2020, aprobadas por resolución de Alcaldía número 38/2020, de fecha6 de febrero de 2020, y publicadas íntegramente en el Boletín Oficial de Castilla y León nº31 de fecha 14 de febrero de 2020, en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid nº 34de fecha 19 de febrero de 2020 y en extracto en el BOE nº 56 de fecha 5 de marzo de2020,

Finalizado el plazo de presentación de instancias correspondiente a la convocatoria citada,se procede a la aprobación de las listas provisionales de admitidos y excluidos porresolución de la Alcaldía número 211/2020, de fecha 24 de junio de 2020, que figura en elanexo, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamacionesy subsanación de errores, a contar desde el siguiente a su publicación en el BOLETÍNOFICIAL DE LA PROVINCIA.

Transcurrido dicho plazo no se admitirá ningún tipo de reclamación o rectificación

ANEXO

LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS

APELLIDOS NOMBRE DNI

Alba Lucena Cristina ***1975**

Alburquerque López-Tofiño Paula ***2150**

Alegre Mayo Maria de las Mercedes ***8864**

Alvarez del Barrio Ana María ***6549**

Alvarez Fernández Angel ***4149**

Andrés Merchán Sofía ***8162**

Araque García Ana María ***5990**

Archilla García Mª Lourdes ***9597**

Arconada Carro Feliciano ***6521**

Arévalo Fuentes Raquel ***2485**

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Berdugo Fernández Deseada ***7729**

Berzosa González Carmen ***0029**

Cabezón Setién Mª Estíbaliz ***8538**

Carabias de Santos Santiago ***6820**

Carrellán Hidalgo Mª Amparo ***5307**

Carretero Peñalva Lucía ***2575**

Del agua Bombín Montserrat ***0316**

Diez Delgado Guillermo ***0458**

Domínguez Gómez Cristina ***7458**

Domínguez Paniagua Mª Elena ***4728**

Duque Navas Esther ***2143**

Francisco Iglesias Alejandro ***4042**

Fuertes García Jose María ***9511**

Gavilán Rueda Ana ***0364**

Gómez Paredes José ***6540**

González Albendea Ana Isabel ***8339**

Gutiérrez García Sara ***3704**

Gutiérrez Jimeno Juan ***5569**

Gutiérrez Ponce Sergio ***5279**

Ibañes San Juan María ***2168**

Jiménez Marcos Mercedes ***9816**

Martínez García Mª Isabel ***8876**

Mateos Sánchez David ***7803**

Matías Rodríguez Irene ***1184**

Olmos Marugán Susana ***6096**

Orejudo López Susana ***4044**

Ortega Rodríguez Vicente-Ramos ***6637**

Parrilla de Diego Elena ***9702**

Philippon Prieto Marta ***0691**

Rodríguez Magaz Susana ***8563**

Sainz Campos Mª Lourdes ***1758**

San José Rodríguez Mª Eugenia ***1519**

Serrano Reyes Alicia ***3543**

Valdivieso Martínez Mª Begona ***7496**

Velitchkova Frenska Elena ***3864**

Villar Rodríguez Jose Luis ***3101**

En Boecillo, a 24 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Raúl Gómez Pintado.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LLANO DE OLMEDO

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 18 dejunio de 2020 se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al Presupuesto deGastos nº 4/2020 por crédito extraordinario.

El expediente aprobado se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, porun periodo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de que los interesados puedanpresentar las reclamaciones que consideren oportunas a sus derechos.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado se entenderáaprobado definitivamente, produciendo efectos desde la fecha de la aprobación provisionaluna vez que se haya publicado íntegramente.

En Llano de Olmedo, a 18 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Fermín Hernández García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LOMOVIEJO

D. Jesús Ángel Lorenzo Gil actuando en su nombre ha solicitado a esta Alcaldía LICENCIAAMBIENTAL para ejercer la actividad de “Granja porcina para cerdos de cebo ibérico” de1.988 plazas en la parcela 10013 del polígono 14 del Término Municipal de Lomoviejo(Valladolid) aportando para ello Proyecto redactado por el Ingeniero Técnico Agrícola D,Óscar David García García.

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 28 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambientalde Castilla y León, se abre un periodo de información pública de DIEZ días hábiles acontar desde el siguiente a la publicación de este anuncio para que todo aquel que seconsidere afectado por la actividad que se pretende ejercer, pueda hacer lasobservaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en lasecretaría de este Ayuntamiento situado en la Plaza Mayor, nº 1 de la localidad.

En Lomoviejo, a 23 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: José Ignacio Niño Sánchez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO

SECRETARIA GENERAL.

Finalizado sin reclamaciones el plazo de exposición pública de la aprobación inicial delexpediente de modificación presupuestaria nº 5/2020 en la modalidad de créditoextraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, aprobadainicialmente por el Ayuntamiento-Pleno en sesión ordinaria celebrada el 5 de mayo de2020, se considera aprobado definitivamente, conforme determinan los arts. 169.1 y 177.2del RDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de lasHaciendas Locales, y 38.2 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, cuyo resumen porcapítulos se recoge a continuación:

CAPITULOS ESTADO DE GASTOS IMPORTES (€)

Denominación ALTAS BAJAS

IV Transferencias Corrientes 120.000,00

TOTAL 120.000.00

CAPITULOS ESTADO DE INGRESOS IMPORTES (€)

Denominación ALTAS BAJAS

VIII Activos financieros 120.000,00

TOTAL 120.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recursocontencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de laLey 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sísola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Medina de Rioseco, a 23 de junio de 2020.-Alcalde.-Fdo.: David Esteban Rodríguez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

GESTIÓN TRIBUTARIA.

En ejercicio de las facultades delegadas por el Pleno mediante acuerdo adoptado en fecha26 de julio de 2019, para el establecimiento de precios públicos, la JUNTA DE GOBIERNOLOCAL en sesión celebrada el 24 de junio de 2020, adoptó, entre otros, los siguientesacuerdos, habiendo sido dictaminados previamente por la Comisión Especial de Cuentas yOrdinaria Informativa de Personal, Administración General, Hacienda, Contratación yPatrimonio y Régimen Interno:

Aprobar el establecimiento de los siguientes precios públicos referidos a los cursos deformación juvenil:

CURSOS PRECIO PÚBLICO

Curso de Coordinador de Tiempo Libre 116 €

Curso de Monitor de Tiempo Libre 96 €

Curso Jóvenes con necesidades especiales 40 €

Curso de Educación Ambiental 40 €

Curso de comedores escolares 60 €

Curso Prevención de drogodependencias. 60 €

Dichos precios públicos seguirán vigentes años sucesivos siempre y cuando no seanmodificados.

Situaciones previstas para la devolución de precios públicos.

Devolución de la cuota íntegra del precios público por causas imputables al Ayuntamientode Medina del Campo:

Anulación del curso que no reúna un número mínimo de alumnos/as requerido para sudesarrollo.

Curso monitor de tiempo libre mínimo requerido 15 alumnos/as.

Resto de cursos mínimo requerido 10 alumnos/as.

Cancelación debido a causa mayor.

Devolución de la cuota íntegra de precio público por renuncia de la persona inscrita.

Enfermedad, fallecimiento o accidente del solicitante o de un familiar de primer o segundogrado de consanguinidad o afinidad.

Deber inexcusable legalmente previsto.

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Deber inexcusable legalmente previsto.

Por suscripción de contrato de trabajo.

Por incompatibilidad de horarios por motivos académicos, laborales y personales.

Siempre que el hecho causante se comunique 5 días hábiles antes de la fecha de inicio delcurso.

Solicitud de la devolución de precios públicos:

Las personas interesadas en solicitar la devolución de los precios públicos por lainscripción en los cursos deberán presentar, en plazo y forma, la siguiente documentación:

Documento de solicitud de devolución de precios públicos.

Justificante de pago del precio público.

Justificante oficial que acredite alguna de las causas de la renuncia.

Certificado médico que justifique la imposibilidad de realizar la actividad en las fechas dedesarrollo previstas.

Justificación correspondiente al deber inexcusable o incompatibilidad de horario alegado.

Contrato de trabajo y alta en la Seguridad Social.

Número de cuenta bancaria donde solicita se ingrese la devolución en el documentoacreditativo deben figurar sus titulares con indicación del IBAN y 20 dígitos identificativos.

El plazo máximo de solicitud de la devolución será de un mes desde el inicio del curso.

Aprobar el establecimiento de los precios públicos por el servicio a prestar en las piscinasde verano 2020, quedando fijados de las siguientes cuantías:

Bono de 20 baños Adulto: 20 €Bono de 10 baños Adulto: 15 €Bono de 20 baños Infantil (menor 18) :15 €Bono de 10 baños Infantil (menor 18) :10 €

Únicamente podrá accederse a la instalación si lo permite el aforo marcado.

Los acuerdos indicados ponen fin a la vía administrativa y de conformidad con loestablecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porque se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, contralos mismos sólo cabe interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó elacto, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la fecha de supublicación, siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de dicho recurso unmes, entendiéndose desestimado cuando no haya recaído resolución en plazo.

Podrá interponerse cualesquiera otro recurso que se estime procedente.

En Medina del Campo, a 24 de junio de 2020, Alcalde. Guzmán Gómez Alonso

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO

GESTION TRIBUTARIA

Notificción colectiva, expodsición pública y anuncio de cobranza del impuesto sobre bienesinmuebles. Ejercicio 2020.

Por Decretos de Alcaldía de fecha 24 de junio de 2020 se han aprobado las listascobratorias del Impuesto sobre Bienes inmuebles de naturaleza urbana, Impuesto sobreBienes Inmuebles de Características Especiales e Impuesto sobre Bienes Inmuebles denaturaleza rústica, correspondientes a 2020, así como su exposición pública y período decobranza.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 dediciembre, General Tributaria y en el art. 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, porel que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, por tratarse de deudas denotificación colectiva, se publica el siguiente anuncio de cobranza:

Plazo de Ingreso: Desde el día 15 de septiembre al 20 de noviembre de 2020, ambosincluidos.

Forma de Ingreso: A través de las siguientes Entidades Colaboradoras:

- BBVA - Banco Santander - Unicaja Banco - Cajamar - La Caixa - Banco Sabadell - Caja Rural de Salamanca

El importe de las cuotas se ingresará mediante recibo. Con objeto de facilitar el documentopara el pago, el Ayuntamiento de Medina del Campo enviará el recibo (sin carácter denotificación individual) a los contribuyentes que no tuvieran domiciliado el pago, quienes, noobstante, en caso de no recibirlo, deberán solicitarlo, antes de la finalización del plazo parael pago, en la Oficina de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento.

Sistema especial de Pago: los contribuyentes que hayan domiciliado el pago del impuestoy no hayan renunciado expresamente al sistema especial de pago, regulado en el artículo9 de la Ordenanza Fiscal nº1, pagarán distribuida la cuota anual del impuesto en dosplazos equivalente cada uno de ellos al 50% de la misma: el primer plazo se cargará, en sucuenta, el 20 de julio de 2020 y el segundo, el 5 de noviembre de 2020. En el supuesto deque, por causas imputables al contribuyente, no se atienda alguno de los pagos se estaráa lo dispuesto en el artículo 9 de la Ordenanza Fiscal nº1.

Los contribuyentes que tuvieran domiciliado el pago y hubieran renunciado expresamente alsistema especial de pago, recibirán el correspondiente cargo en su cuenta, referente a la

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cuota total del impuesto, el 5 de noviembre de 2020”.

El presente anuncio servirá de notificación colectiva a efectos de lo establecido en elartículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas serán exigidas enperíodo ejecutivo y devengarán los recargos, intereses de demora y, en su caso, lascostas que produzcan, de conformidad con lo previsto en los artículos 26 y 28 de la LeyGeneral Tributaria.

El plazo de exposición pública será de un mes a contar desde la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de que los interesados puedanexaminar las correspondientes listas cobratorias.

Se podrá interponer, por los interesados, recurso de reposición en el plazo de un mes acontar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública anteeste Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el art. 14.2 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Leyreguladora de las Haciendas Locales. En todo caso, contra la resolución expresa opresunta del recurso de reposición, cabe interposición de recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de laJurisdicción Contencioso Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estimeoportuno en derecho.

En Medina del Campo, a 24 de junio de 2020.- Alcalde.-Fdo.: Guzmán Gómez Alonso.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN

Habiéndose instruido por los servicios competentes de este Ayuntamiento, expediente deprescripción de obligaciones que se detallan a continuación, se convoca, por plazo deveinte días, trámite de información pública, a fin de que quienes pudieran tenerse porinteresados en dicho expediente, puedan compadecer y formular cuantas alegaciones,sugerencias o reclamaciones tengan por conveniente.

A su vez, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de esteAyuntamiento [http://pedrajasdesanesteban.sedelectronica.es].

Relación de titulares de créditos que figuran en el expediente y que pueden verseafectados por el mismo:

Ejercicio Presupuestario Titular del crédito Aplicación presupuestaria Importe

2015 CLUB DEPORTIVO AERODANCE 341.480.02 227,00

En Pedrajas de San Esteban a 18 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Alfonso RomoMartín.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALVENÍ

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para elejercicio económico 2.020, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:

PRESUPUESTO INGRESOS RESUMEN POR CAPÍTULOS PRESUPUESTO GASTOS RESUMEN POR CAPÍTULOS

Operaciones Corrientes: Operaciones Corrientes:

Capítulo 1º.- Impuestos directos 61.200,00 Capítulo 1.- Remuneraciones del personal 45.389,32

Capítulo 2º.- Impuestos indirectos 1.000,00 Capítulo 2.- Gastos corrientes en bienes y servicios 42.125,00

Capítulo 3º.- Tasas P. públicos y otros ingresos 11.565,00 Capítulo 3.- Gastos financieros. 38,96

Capítulo 4º.- Transferencias corrientes 47.779,00 Capítulo 4.- Transferencias corrientes 12.260,00

Capítulo 5º.- Ingresos patrimoniales 15.000,40 Capítulo 5.- Fondo de Contingencia 0,00

Total 136.544,40 Total 99.813,28

Operaciones de Capital: Operaciones de Capital:

Capítulo 6º.- Enajenación inversiones 0,00 Capítulo 6.- Inversiones reales 31.367,66

Capítulo 7º.- Transferencias de capital 5.500,00 Capítulo 7.- Transferencias de capital 8.000,00

Capítulo 8º.- Activos financieros 0,00 Capítulo 8.- Activos financieros 0,00

Capítulo 9º.- Pasivos financieros 0,00 Capítulo 9.- Pasivos financieros 2.863,46

Total 5.500,00 Total 42.231,12

TOTAL INGRESOS 142.044,40 TOTAL GASTOS. 142.044,40

Asimismo y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril,se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuación sedetalla:

PERSONAL FUNCIONARIO :

-Denominación del puesto: Secretaría-Intervención (en Agrupación). Grupo A/B, Nivel deC.D. 26.

PERSONAL LABORAL :

-Denominación del puesto: Alguacil-Operario de Servicios Varios, a tiempo parcial.

La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContencioso-Administrativa con los requisitos, formalidades y causas señaladas en elartículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la formay plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

San Martín de Valvení, a 18 de junio de 2.020.-El Alcalde.-Fdo.: Antonio Ibáñez Rodríguez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SARDÓN DE DUERO

Aprobado definitivamente el expediente de modificación al presupuesto de gastos porCréditos Extraordinarios nº 4/2020, se hace público el contenido de la modificación tal ycomo a continuación se indica:

- NUEVAS APLICACIONES:

Aplicación Explicación Crédito actual Incremento Créditos definitivos

160/619.01 Renovación Redes 0,00 € 20.000,00 € 20.000,00 €

TOTAL INCREMENTO: 20.000,00 €

- FINANCIACION:

Aplicación Explicación Disminución/Aportacion

761/05 Subvencion Diputacion Redes 18.145,00 €

870/00 Remanente líquido de Tesoreria para G. Generales 1.855,00 €

TOTAL FINANCIACIÓN: 20.000,00 €

Contra este acuerdo puede interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativoante la Sala de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justiciade Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente a la publicación de este anuncio y ello sin perjuicio de que pueda interponersecualquier otro recurso que se considere conveniente.

Sardón de Duero, 18 de junio de 2020.-El Alcalde.- Fdo.: José Luis Gómez Herreros.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SERRADA

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 denoviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental deCastilla y León, durante el plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio, queda expuesto al público en la SecretaríaMunicipal para consultas, alegaciones y/o reclamaciones, el expediente incoado a instanciade Pedro San Martin López en representación de HIJOS DE ALBERTO GUTIERREZ S.Aen relación con la solicitud de modificación sustancial de la Licencia Ambiental, para laactividad de “Nave para guarda y reparación de equipos propios”, ubicada en CalleLagares 3, de Serrada.

El presente anuncio se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el B.O. de laProvincia y en la sede electrónica del Ayuntamiento, en la siguiente dirección:http://serrada.sedelectronica.es

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Serrada a 18 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.César López Pérez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO

URBANISMO

Por ARCODUERO S.L., se solicita licencia ambiental para Hotel de Tres Estrellas - Puertadel Arco-, en las Parcela Catastral nº8353301UM6085S0001HM con frente a la Avd.Valladolid nº2 de Tudela de Duero. Por la presente notificación se pone en su conocimientotal y como previene el Art. 28 del Decreto Legislativo 1/15 de 12 de noviembre, por el quese aprueba el Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, sehace público para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por lamencionada actividad que se pretende instalar, puedan formular las observacionespertinentes en el plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente de la inserción delpresente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. El expediente se puede consultar enlas oficinas municipales de lunes a viernes de 10 a 14 horas.

En Tudela de Duero a 17 de junio de 2020.- El Alcalde.-Fdo.: Luis Javier Gómez Potente.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALDENEBRO DE LOS VALLES

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004de 5 de marzo, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento para elejercicio de 2020, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla:GASTOS INGRESOS

Operaciones corrientes Operaciones corrientes

Cap. 1º. Impuestos directos 57.626,22 Cap. 1º. Gastos de Personal 76.300,00 €

Cap. 2º. Impuestos indirectos 3.760,00 Cap. 2º. Gastos corrientes en bienes y Servicios. 99.310,00 €

Cap. 3º. Tasas y otros ingresos 23.450,00 Cap. 3º. Gastos financieros 20,00 €

Cap. 4º. Transferencias corrientes 66.218,00 Cap. 4º. Transferencias corrientes 22.216,00 €

Cap. 5º. Ingresos patrimoniales 60.495,28

Total 211.549,50 Total 197.846,00 €

Operaciones de capital Operaciones de capital

Cap. 6º Enajenación de iversiones 0,00 Cap. 6º. Inversiones reales 57.000,00 €

Cap. 7º. Ingresos de capital 76.066,50 Cap. 7º. Ingresos de capital 31.820,00 €

Cap. 8º Activos financieros 0,00 Cap. 8º Activos financieros 0,00 €

Cap. 8º Pasivos Financieros 0,00 Cap. 9º Pasivos Financieros 950,00 €

Total ingresos de capital 76.066,50 Total 89.770,00 €

Total Ingresos 287.616,00 Total Gastos 287.616,00 €

Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo 781/1986, de 18 deabril, se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, que es la que a continuaciónse detalla:

PERSONAL FUNCIONARIO.:-Denominación del puesto: Secretaria Interventora.

PERSONAL LABORAL:-Denominación del puesto: alguacila.

La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la JurisdicciónContencioso Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en elartículo 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y en la formay plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

En Valdenebro de los Valles a 24 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Melchor VaqueroAlvarez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALMANCOMUNIDAD CAMPO DE PEÑAFIEL

Según dispone el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y laRegla 49.2 de la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre, por la que se aprueba laInstrucción del modelo normal de contabilidad pública, y una vez ha sido informada por laComisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General del ejerciciopresupuestario de 2019, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más losinteresados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que estimenoportunas.

Peñafiel a 17 de junio de 2020.-El Presidente.-Fdo.: Eduardo Benito Olmos.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAOTROS JUZGADOS

JUZGADO SOCIAL. MADRID. 8

NIG: 28.079.00.4-2019/0059561Procedimiento Despidos / Ceses en general 1254/2019Materia: DespidoDEMANDANTE: D. PABLO LASHKEVYCHDEMANDADO: GREDOS OBRAS Y SERVICIOS SL

Edicto

Cédula de citación a juicio y a interrogatorio

ORGANO QUE ORDENA CITARJUZGADO DE LO SOCIAL Nº 8 DE Madrid.

ASUTO EN QUE SE ACUERDAJUICIO Nº 1254/2019 PROMOVIDO POR D. PABLO LASHKEVYCH SOBRE Despido.

PERSONA QUE SE CITACREDOS OBRAS Y SERVICIOS SL EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDAD EN DICHOJUICIO.

OBJETO DE LA CITACIÓNASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO,RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR D. PABLO LASHKEVYCHSOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y QUE EL TRIBUNALDECLARE PERTINENTE.

LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECEREN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3 ,Planta 4 – 28008 , SALA DEVISTAS Nº 4.4, UBICADA EN LA PLANTA CUARTA EL DÍA 22/07/2020, A LAS 09:30HORAS.

ADVERTENCIAS LEGALES

1.-Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sinnecesidad de declarar su rebeldía (Art. 83.3 LJS).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las querevistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento ( Art. 59 LJS).

2.-Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse ( Art. 82.2LJS).

3.-Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador

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Page 52: DE LA DE · 2020. 6. 29. · AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO Y PARTICIPACION. ... ejercicio 2020 Página 21 ÁREA DE ASISTENCIA Y COOPERACION A MUNICIPIOS. Convocatoria

o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de losdos días siguientes a la publicación del presente edicto (Art. 21.2 LJS).

4.-Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podráconsiderar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen (artículo 304 de laLey 1/2000, de Enjuiciamiento Civil –LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS),

5.-La publicación de este edicto sirve de citación en legar forma a la parte demandada quese encuentra en ignorado paradero.

La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día dela celebración del juicio.

En Madrid, a once de junio de dos mil veinte.-La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.: Margarita Martínez González.

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2Boletín oficial de la Provincia de valladolid

Núm. 123 Martes, 30 de junio de 2020 Pág. 52

http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010BOPVA-B-2020-123