DE LA DE de Palencia 33,15 €/ha. 63,23 €/ha. 96,38 €/ha. El importe mínimo de cada...
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SUMARIO
I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE -CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE -CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE -CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE -CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE -CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
SECRETARÍA GENERAL. Aprobación del canon de regulación y de lastarifas de utilización del agua correspondientes a la junta de explotacióndel Carrión - Año 2018 Página 6
SECRETARÍA GENERAL. Aprobación del canon de regulacióncorrespondiente a la junta de explotación del Adaja - Campaña 2018 Página 8
SECRETARÍA GENERAL. Aprobación del canon de regulacióncorrespondiente a la junta de explotación del Riaza - Campaña 2018 Página 9
SECRETARÍA GENERAL. Aprobación del canon de regulación y de lastarifas de utilización del agua correspondientes a la junta de explotacióndel Pisuerga y Bajo Duero - Campaña 2018 Página 10
SECRETARÍA GENERAL. Aprobación del canon de regulación y de lastarifas de utilización del agua correspondientes a la junta de explotacióndel Alto Duero - Campaña 2018 Página 12
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA
AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA
AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA
AYUNTAMIENTO DE CASTROMONTE
AYUNTAMIENTO DE CIGALES
CONCEJALÍA DE SERVICIOS SOCIALES. Secretaría Ejecutiva.Anuncio de formalización del contrato de la gestión del programa delbanco del tiempo Página 14
CONCEJALÍA DE SERVICIOS SOCIALES. Secretaría Ejecutiva.Anuncio de formalización del contrato de suministro e instalación decaldera de gas en el centro de personas mayores Rondilla. Página 15
SECRETARÍA. Aprobación definitiva del Reglamento de la Agrupación deVoluntarios de Protección Civil Página 16
URBANISMO. Información pública en expediente de solicitud de licenciaambiental para actividad de almacén de plaguicidas en calle Hermes 4. Página 25
RECAUDACIÓN. Exposición pública del padrón de contribuyentes de tasade aguas, riego, saneamiento y depuración de aguas residuales,correspondiente al 6º bimestre de 2017. Página 26
Relación de bienes y derechos afectados por el expediente deexpropiación forzosa declaración de urgencia de la obra deacondicionamiento de un vial municipal como alternativa a la VA-515 a supaso por el municipio. Página 27
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladoradel impuesto de construcciones, instalaciones y obras. Página 28
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AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO
AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO
AYUNTAMIENTO DE OLMEDO
AYUNTAMIENTO DE PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN
AYUNTAMIENTO DE PORTILLO
AYUNTAMIENTO DE PORTILLO
AYUNTAMIENTO DE SANTOVENIA DE PISUERGA
AYUNTAMIENTO DE VALDESTILLAS
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTRATACIÓN. Anuncio de licitaciónpara la contratación de una entidad con capacidad para el desarrollo delcampamento urbano Laguna de Duero verano 2018. Página 32
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTRATACIÓN. Anuncio de licitaciónpara la contratación del servicio de actualización del mapa de ruido y delos planes de acción. Página 34
Anuncio de licitación para contratar organización de encierros y festejostaurinos para 2018 Página 36
SECRETARIA. Anuncio de licitación para contratar el aprovechamientoforestal madera y leñas (lotes números 1 y 2) en el monte nº 46 delcatálogo de montes de utilidad pública de la provincia de Valladolid Página 38
Secretaría. Anuncio de licitación para contratar la enajenación por subastade los aprovechamientos de caza y maderas en montes de utilidad pública. Página 40
Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental paraactividad de balsa de riego en parcela 64 del polígono 7 del Parcelario deRústica. Página 43
Emplazamiento a interesados en ampliación del procedimiento número41/2017 del Juzgado 4 de Valladolid. Página 44
Relación definitiva de admitidos y excluídos, composición nominativa deltribunal calificador y fecha de comienzo del primer ejercicio en el procesoselectivo de Auxiliar Administrativo. Página 45
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AYUNTAMIENTO DE VILLABÁÑEZ
AYUNTAMIENTO DE VILLAMURIEL DE CAMPOS
AYUNTAMIENTO DE ZARATÁN
IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4
JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4
Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obravestuarios en polideportivo incluido en los los planes provinciales decooperación 2018-2019. Página 51
Secretaría. Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2018 Página 52
Aprobación provisional de la modificación de la del reglamento de lasnormas de funcionamiento de la escuela de educación infantil de primerCiclo, de las normas de admisión de alumnos, y de la ordenanza fiscalnúmero 21 Página 53
Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número146/2017 Página 54
Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número108/2017. Página 55
Notificación en procedimiento ordinario número 159/2018 Página 56
Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número34/2018 Página 57
Notificación de sentencia. Autos número procedimiento ordinario número856/2017 Página 59
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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4Notificación de sentencia. Autos número procedimiento ordinario número372/2017 Página 61
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I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
SECRETARÍA GENERAL
APROBACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN Y DE LA TARIFA DE UTILIZACIÓN DELAGUA CORRESPONDIENTE A LA JUNTA DE EXPLOTACIÓN DEL CARRION - AÑO2.018
Con fecha 13 de febrero de 2018, el Presidente de la Confederación Hidrográfica delDuero ha dictado la siguiente resolución:
“Sometidos a información pública los valores para el Canon de Regulación del Río Carrióny las Tarifas de Utilización del Agua en los Canales de la Junta de Explotación del Carrión,resultantes de los Estudios Económicos realizados por el Área de Explotación con laparticipación de los órganos representativos de los usuarios y beneficiarios existentes enlos Tramos de Río y Canales que se relacionan, y transcurrido el plazo concedido sin quese hayan formulado reclamaciones contra los mencionados valores” y conforme con lapropuesta de Dirección Técnica, a la vista de lo dispuesto en el artículo 309 delReglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11de Abril, esta Presidencia ha acordado aprobar el Canon de Regulación y las Tarifas deUtilización del Agua del correspondiente Ejercicio Económico del Año 2.018 por los valoresque a continuación se indican:
Canon de Regulación
Tramo de Río Canon
Carrión 33,15 €/ha.
Tarifas de Utilización del Agua
Canal Canon Tarifa Canon+Tarifa
Canal de Carrión - Saldaña 33,15 €/ha. 1,82 €/ha. 34,97 €/ha.
Canal del Bajo Carrión 33,15 €/ha. 6,13 €/ha. 39,28 €/ha.
Canal de Castilla (Ramal de Campos) 33,15 €/ha. 20,55 €/ha. 53,70 €/ha.
C. Castilla Campos I. Privada 33,15 €/ha. 20,58 €/ha. 53,73 €/ha.
Canal de Macías Picavea 33,15 €/ha. 25,83 €/ha. 58,98 €/ha.
Canal de la Retención 33,15 €/ha. 37,68 €/ha. 70,83 €/ha.
Conjunto de las Navas 33,15 €/ha. 9,89 €/ha. 43,04 €/ha.
Canal de Castilla (Ramal Sur) 33,15 €/ha. 36,65 €/ha. 69,80 €/ha.
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Canal de Palencia 33,15 €/ha. 63,23 €/ha. 96,38 €/ha.
El importe mínimo de cada liquidación resultante por Canon o Tarifa, será de 6,01 Euros.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Valladolid, 22 de febrero de 2018.- Fdo.: Pablo Lebrato Rojo.
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I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
SECRETARÍA GENERAL
APROBACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN CORRESPONDIENTE AL TRAMO DERÍO ADAJA- AÑO 2018
Con fecha 15 de febrero de 2018, el Presidente de la Confederación Hidrográfica delDuero ha dictado la siguiente resolución:
“Sometidos a información pública los valores para el Canon de Regulación del Río Adaja,resultante del Estudio Económico realizado por el Área de Explotación con la participaciónde los órganos representativos de los usuarios y beneficiarios existentes en los Tramos deRío que se relacionan, y transcurrido el plazo concedido sin que se hayan formuladoreclamaciones contra los mencionados valores”, y conforme con la propuesta de DirecciónTécnica, a la vista de lo dispuesto en el artículo 309 del Reglamento del Dominio PúblicoHidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril, esta Presidencia haacordado aprobar el Canon de Regulación del correspondiente Ejercicio Económico delAño 2018 por los valores que a continuación se indican:
Canon de Regulación
Tramo de Río Canon
Adaja 88,08 €/Ha.
El importe mínimo de cada liquidación resultante por Canon o Tarifa, será de 6,01 Euros.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Valladolid, 22 de febrero de 2018.- Fdo.: Pablo Lebrato Rojo.
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I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
SECRETARÍA GENERAL
APROBACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN CORRESPONDIENTE AL TRAMO DERÍO RIAZA- AÑO 2018
Con fecha 15 de febrero de 2018, el Presidente de la Confederación Hidrográfica delDuero ha dictado la siguiente resolución:
“Sometidos a información pública los valores para el Canon de Regulación del Río Riaza,resultante del Estudio Económico realizado por el Área de Explotación con la participaciónde los órganos representativos de los usuarios y beneficiarios existentes en los Tramos deRío que se relacionan, y transcurrido el plazo concedido sin que se hayan formuladoreclamaciones contra los mencionados valores”, y conforme con la propuesta de DirecciónTécnica, a la vista de lo dispuesto en el artículo 309 del Reglamento del Dominio PúblicoHidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de Abril, esta Presidencia haacordado aprobar el Canon de Regulación del correspondiente Ejercicio Económico delAño 2018 por los valores que a continuación se indican:
Canon de Regulación
Tramo de Río Canon
Riaza 54,30 €/Ha.
El importe mínimo de cada liquidación resultante por Canon o Tarifa, será de 6,01 Euros.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Valladolid, 22 de febrero de 2018.- Fdo.: Pablo Lebrato Rojo.
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I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
SECRETARÍA GENERAL
APROBACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN Y DE LA TARIFA DE UTILIZACIÓN DELAGUA CORRESPONDIENTE A LA JUNTA DE EXPLOTACIÓN DEL PISUERGA Y BAJODUERO - AÑO 2.018
Con fecha 15 de febrero de 2018, el Presidente de la Confederación Hidrográfica delDuero ha dictado la siguiente resolución:
“Sometidos a información pública los valores para el Canon de Regulación del RíoPisuerga y las Tarifas de Utilización del Agua en los Canales de la Junta de Explotación delPisuerga y Bajo Duero, resultantes de los Estudios Económicos realizados por el Área deExplotación con la participación de los órganos representativos de los usuarios ybeneficiarios existentes en los Tramos de Río y Canales que se relacionan, y transcurridoel plazo concedido sin que se hayan formulado reclamaciones contra los mencionadosvalores” y conforme con la propuesta de Dirección Técnica, a la vista de lo dispuesto en elartículo 309 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto849/1986, de 11 de Abril, esta Presidencia ha acordado aprobar el Canon de Regulación ylas Tarifas de Utilización del Agua del correspondiente Ejercicio Económico del Año 2.018por los valores que a continuación se indican:
Canon de Regulación
Tramo de Río Canon
Pisuerga 26,19 €/ha.
Tarifas de Utilización del Agua
Canal Canon Tarifa Canon+Tarifa
Canal de Cervera - Arbejal 26,19 €/ha. 0,33 €/ha. 26,52 €/ha.
Canal de Castilla (Ramal Norte) 26,19 €/ha. 58,94 €/ha. 85,13 €/ha.
Canal de Pisuerga 26,19 €/ha. 2,94 €/ha. 29,13 €/ha.
Canal de Villalaco 26,19 €/ha. 147,74 €/ha. 173,93 €/ha.
Canal de Pollos 26,19 €/ha. 174,04 €/ha. 200,23 €/ha.
Canal de Castronuño 26,19 €/ha. 68,52 €/ha. 94,71 €/ha.
Canal de Toro - Zamora 26,19 €/ha. 10,00 €/ha. 36,19 €/ha.
Canal de San José 26,19 €/ha. 25,40 €/ha. 51,59 €/ha.
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El importe mínimo de cada liquidación resultante por Canon o Tarifa, será de 6,01 Euros.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Valladolid, 22 de febrero de 2018.- Fdo.: Pablo Lebrato Rojo.
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I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOMINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO
AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO
SECRETARÍA GENERAL
APROBACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN Y DE LA TARIFA DE UTILIZACIÓN DELAGUA CORRESPONDIENTE A LA JUNTA DE EXPLOTACIÓN DEL ALTO DUERO - AÑO2.018
Con fecha 20 de febrero de 2018, el Presidente de la Confederación Hidrográfica delDuero ha dictado la siguiente resolución:
“Sometidos a información pública los valores para el Canon de Regulación del Río Duero ylas Tarifas de Utilización del Agua en los Canales de la Junta de Explotación del AltoDuero, resultantes de los Estudios Económicos realizados por el Área de Explotación conla participación de los órganos representativos de los usuarios y beneficiarios existentes enlos Tramos de Río y Canales que se relacionan, y transcurrido el plazo concedido sin quese hayan formulado reclamaciones contra los mencionados valores” y conforme con lapropuesta de Dirección Técnica, a la vista de lo dispuesto en el artículo 309 delReglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11de Abril, esta Presidencia ha acordado aprobar el Canon de Regulación y las Tarifas deUtilización del Agua del correspondiente Ejercicio Económico del Año 2.018 por los valoresque a continuación se indican:
Canon de RegulaciónTramo de Río
Canon
Duero 19,17 €/ha.
Tarifas de Utilización del Agua Canal
Canon Tarifa Canon+Tarifa
Campillo de Buitrago 19,17 €/ha. 9,46 €/ha. 28,63 €/ha.
Canal de Almazan 19,17 €/ha. 5,04 €/ha. 24,21 €/ha.
Canal de Ines 19,17 €/ha. 34,32 €/ha. 53,49 €/ha.
Canal de Zuzones 19,17 €/ha. 106,85 €/ha. 126,02 €/ha.
Canal de la Vid 19,17 €/ha. 135,18 €/ha. 154,35 €/ha.
Canal de Guma 19,17 €/ha. 7,62 €/ha. 26,79 €/ha.
Canal de Aranda 19,17 €/ha. 22,94 €/ha. 42,11 €/ha.
Zonas especiales Canal del Cura 19,17 €/ha. 8,39 €/ha. 27,56 €/ha.
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El importe mínimo de cada liquidación resultante por Canon o Tarifa, será de 6,01 Euros.
Lo que se hace público para general conocimiento y efectos oportunos.
Valladolid, 22 de febrero de 2018.- Fdo.: Pablo Lebrato Rojo.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
CONCEJALÍA DE SERVICIOS SOCIALESSecretaría Ejecutiva
Resolución del Ayuntamiento de Valladolid por la que se hace pública la formalización delcontrato del servicio de gestión del banco del tiempo del Ayuntamiento de Valladolid
1.-Entidad adjudicadora:a)-Organismo. Ayuntamiento de Valladolidb)-Dependencia que tramita el expediente. Servicio de Iniciativas Socialesc)-Número de expediente. SESS 103/17d)-Dirección de Internet del perfil del contratante: www.valladolid.es (perfil del contratante)
2.-Objeto del contrato.a)-Tipo. Administrativo Especialb)-Descripción. El objeto del contrato es la gestión del servicio del Banco de Tiempo delAyuntamiento de Valladolid, consistente en el intercambio de tiempo entre personas, enrelación a tareas puntuales de la vida diaria, fomentando la confianza y las relaciones entrevecinos.c)-CPV (Referencia de Nomenclatura). 85322000-2 Programa de Acción Municipal.d)-Medio de publicación del anuncio de licitación: BOP y perfil del contratantee)-Fecha de publicación del anuncio de licitación: 4 de octubre de 2017
3.-Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.a)-Tramitación: ordinariab)-Procedimiento: abierto
4.-Valor estimado del contrato: 61.272,72 €
5.-Tipo de licitación: El tipo de licitación a la baja IVA excluido es de 30.636,36 €
6.-Adjudicación:a)-Fecha de adjudicación: 2 de febrero de 2018b)-Fecha de formalización del contrato: 20 de febrero de 2018c)-Contratista: VALLAOCIO S.L .d)-Importe o canon de adjudicación: 30.000,00 IVA excluido
En Valladolid, a 22 de febrero de 2018.- Concejala de Servicios Sociales.-Fdo.: RafaelaRomero Viosca.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID
CONCEJALÍA DE SERVICIOS SOCIALESSecretaría Ejecutiva
Anuncio del Ayuntamiento de Valladolid de formalización de la contratación del suministroe instalación de caldera de gas en el Centro de Personas Mayores Rondilla
1.-Entidad adjudicadora:Organismo: Excmo. Ayuntamiento de ValladolidDependencia que tramita el expediente: Área de Servicios SocialesNúmero de expediente: SESS 76/17Dirección de Internet del perfil contratante: https://www.valladolid.gob.es/es/perfil-contratante
2.-Objeto del contrato:Tipo: SuministroDescripción: Suministro e instalación de caldera de gasCPV: 42160000-8Medio de publicación del anuncio de licitación: BOPFecha de publicación del anuncio de licitación: 7 de noviembre de 2017
3.-Tramitación y procedimiento:Tramitación. OrdinariaProcedimiento. Abierto
4.-Valor estimado del contrato: el valor estimado total del contrato es de 88.443,74 €, IVAincluido.
5.-Presupuesto base de licitación. El tipo de licitación a la baja IVA excluido es de73.094,00 €
6.-Formalización del contrato:Fecha de adjudicación 24 de enero de 2018Fecha de formalización del contrato 12 de febrero de 2018Contratista : EULEN S.AImporte de adjudicación: Importe neto: 55.568,29 €
En Valladoid, a 22 de febrero de 2018.- Concejala de Servicios Sociales.-Fdo.: RafaelaRomero Viosca.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA
SECRETARÍA
Aprobado en sesión ordinaria plenaria de este Ayuntamiento, celebrada el día 29 denoviembre de 2017, la aprobación inicial del Reglamento, habiéndose publicado en elBoletín Oficial de la Provincia número 2 de fecha 3 de enero de 2018.
No habiéndose presentado alegaciones durante el periodo de exposición pública, quedaautomáticamente elevado a definitivo, cuyo texto íntegro se hace público, para su generalconocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de la Bases del Régimen Local.
Contra el presente cabe interposición de recurso contenciosos administrativo ante la Salade la Jurisdicción Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla yLeón, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente ala publicación de este anuncio y ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otrorecurso que se considere conveniente.
En Arroyo de la Encomienda a 20 de febrero de 2018.- El Alcalde- Fdo.: D: José ManuelBarrio Marco.
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Reglamento de la Agrupación Municipal
de Voluntarios de Protección Civil DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA
INTRODUCCIÓN
Los Ayuntamientos y los Alcaldes tienen atribuidas competencias en materia de Protección
Civil según lo establecido en los artículos 21.m) y 25.2.c) de la vigente Ley Reguladora
de las Bases del Régimen Local, en orden a la realización de actividades diversas para la
protección de personas y bienes en situaciones de emergencia, estableciéndose como
servicio obligatorio en su Art. 26.1,c), para municipios con población superior a 20.000
habitantes.
El ejercicio de estas competencias tiene que llevarse a cabo fundamentalmente, mediante
actuaciones de los Ayuntamientos y de los Alcaldes con la colaboración de un Concejal
Delegado de Protección Civil, así como con la intervención coordinada de los Servicios
Municipales dedicados de modo ordinario y permanente al cumplimiento de fines
coincidentes con las necesidades derivadas de las situaciones de emergencia en los casos
de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
El fundamento jurídico de la protección civil se encuentra en la Constitución Española, que
establece la obligación de los poderes públicos de garantizar el derecho a la vida y a la
integridad física, como primero y más importante de todos los derechos fundamentales
(artículo 15), en los principios de unidad nacional y solidaridad territorial (artículo 2), y
en las exigencias esenciales de eficacia y coordinación.
La magnitud y transcendencia de los valores que están en juego en las situaciones de
emergencia, exige poner a disposición, los recursos humanos y materiales pertenecientes a
todas las Administraciones Públicas, a todas las organizaciones y empresas, e incluso a los
particulares, a los que, por tal razón, mediante Ley, con arreglo al artículo 30.4 de la
Constitución, podrán imponérseles deberes, para hacer frente a las situaciones de emergencia.
La Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil contempla en su artículo 7, el
derecho a la participación de los ciudadanos en las tareas de protección civil y en su artículo
7 bis, el deber de colaboración en caso de emergencia. Así mismo el Capítulo III planifica la
actuación en caso de emergencia, considerando a los planes Municipales como instrumento
adecuado para la movilización por la autoridad Local de los servicios y medios necesarios
para hacer frente a una catástrofe. La Norma Básica de Protección Civil atribuye a las
entidades locales las competencias de elaboración y aprobación de dichos planes
La Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, recoge en la
Sección 2ª, los “Servicios complementarios para la asistencia ciudadana”, entre los que
establece, en su artículo 48, el “Voluntariado de protección civil”, definiéndolo como el
colectivo de personas que, libre y desinteresadamente, participan de manera organizada y
conforme a la normativa de aplicación de las materias de esta Ley”. Su actividad se
orientará principalmente a la prevención y colaboración con los servicios de asistencia en
la organización y desarrollo de las actividades de protección civil.
Parece necesario, pues, que se completen los recursos municipales movilizables en
emergencia, con la incorporación de los ciudadanos a los servicios locales de protección
civil, ofreciéndoles la oportunidad de asumir y realizar, voluntariamente, el cumplimiento
de los deberes que el ordenamiento jurídico les atribuye en las circunstancias de grave
riesgo, catástrofe o calamidad pública. Para articular las oportunidades de colaboración de
los ciudadanos, individualmente considerados, con la Protección Civil Municipal, se
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necesita reglamentar la organización y funcionamiento de una Agrupación de Voluntarios de
Protección Civil de este Municipio, que se vinculará a los servicios básicos de intervención
en emergencias dependientes del Ayuntamiento, para realizar las tareas que procedan, sin
perjuicio de lo que pueda establecerse en las leyes sobre prestación personal y de servicios
con carácter obligatorio.
En su virtud por acuerdo del Ayuntamiento, se aprueba el Reglamento de la Agrupación de
Voluntarios de Protección Civil de este Municipio que se transcribe seguidamente.
CAPÍTULO I
FINALIDAD
Artículo 1º. La Protección Civil Municipal tiene como fin la configuración de una
organización en base a los recursos municipales y a la colaboración de las entidades
privadas y de los ciudadanos, para garantizar la coordinación preventiva y operativa
respecto de la protección de personas y bienes ante los daños producidos por las situaciones
de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, mediante la
realización de actividades que permitan evitar las mismas, reducir sus efectos, reparar los
daños y, en su caso, contribuir a corregir las causas productoras de los mismos.
Artículo 2º. La organización y funcionamiento de la Agrupación de Voluntarios de
Protección Civil como modalidad de incorporación de los ciudadanos a las actividades de
ésta, se regirá por lo establecido en el presente Reglamento, por las instrucciones y
directrices que emanen del Ayuntamiento, así como por las normas legales que, al efecto,
pudieran dictar el resto de las Administraciones Públicas.
Artículo 3º. Podrían vincularse a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil las
personas físicas o individuales y tengan interés en colaborar directamente en las actividades
propias de los servicios básicos de Protección Civil.”
Artículo 4º. Asimismo, la actividad voluntaria de los interesados es independiente de la
obligación que como vecinos pudiera corresponderles en relación con las prestación
personales legalmente previstas para la realización de las competencias municipales a que se
refiere el artículo 18.1.d) de la Ley de Bases de Régimen Local, u otras prestaciones
especiales, como las previstas en la Ley de Incendios Forestales ( en su artículo 13.1), y en la
Ley del sistema Nacional de Protección Civil, en sus artículos 7 y 7 bis.
CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN.
Artículo 5º. La colaboración voluntaria y por tiempo determinado de los vecinos a la
Protección Civil Municipal se llevará a cabo mediante la incorporación de los mismos a la
Agrupación de Voluntarios de Protección Civil a que se refiere el presente Reglamento.
Artículo 6º. La Agrupación dependerá directamente del Alcalde, como jefe local de
Protección Civil, que podrá delegar el ejercicio de sus funciones y competencias en el
Concejal Delegado de Protección Civil. No obstante, la Agrupación se encuadrará orgánica
y funcionalmente en la unidad municipal de que dependan los Servicios de Seguridad y
Policía Municipal.
Artículo 7º. La vinculación de los voluntarios con el Ayuntamiento no tiene el carácter de
relación laboral o administrativa, sino tan sólo de colaboración voluntaria para la prestación
de servicios de modo gratuito y altruista, como medio de realización de acciones
humanitarias y de solidaridad social que constituyen el fundamento de las relaciones de
buena vecindad.
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Artículo 8º. Podrán incorporarse a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil, como
colaboradores en misiones de orientación, asesoramiento y asistencia técnica, todas las
personas físicas, con formación y experiencia suficiente en el ejercicio profesional o vocación
relacionada con alguna de las entidades de este Servicio Público.
Asimismo podrán incorporarse a la Agrupación, como voluntarios activos, todos los
vecinos mayores de 18 años y menores de 60 años que acrediten disponer de tiempo libre
determinado y que superen las pruebas de aptitud psicofísica y de conocimientos que se
determinen, así como las de formación básica y especialización que procedan.
Artículo 9º. La incorporación a la Agrupación se hará siempre en virtud de solicitud del
interesado, acompañada de una declaración de no hallarse inhabilitado para funciones
públicas por sentencia firme y del compromiso de honor, de conocer y aceptar el contenido
de este Reglamento, así como de lo dispuesto en la normativa vigente sobre Protección Civil
y de ejecutar las tareas que se le encomienden por las Autoridades competentes o sus
delegados y agentes.
Artículo 10º. La condición de miembro de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil
faculta, únicamente, para realizar las actividades correspondientes a la misma, en relación
con situaciones de emergencia en los casos de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Los componentes de la Agrupación no podrán realizar, amparándose en ella, actividades de
carácter personal o de finalidad religiosa, política y sindical.
Artículo 11º. La Agrupación se estructurará, orgánica y funcionalmente del siguiente modo:
a) Grupo de Intervención Operativa, integrado por un mínimo de cuatro
voluntarios, uno de los cuales será el jefe del mismo.
b) Grupo de Asistencia Técnica, integrado por un mínimo de tres voluntarios, uno
de los cuales será el jefe del mismo.
c) Grupo Sanitario y de Acción Social, integrado por un mínimo de tres
voluntarios, siendo uno el jefe del Grupo.
d) Grupo de Apoyo Logístico, integrado por un mínimo de tres voluntarios, siendo
uno de ellos el jefe del Grupo.
La disponibilidad de cada Grupo de mayor número de efectivos que los señalados como
mínimos, posibilitará la división de los Grupos en Equipos, integrados al menos por tres
voluntarios - uno de los cuales será el jefe de Equipo -, todos bajo el mando de un jefe de
Grupo común. Los Equipos podrán constituirse en sectores especializados de materias
relativas a la rama correspondiente al Grupo de acción al que pertenezcan.
Artículo 12º. El Jefe de la Agrupación, necesariamente vecino del municipio de Arroyo de
la Encomienda y será designado por el Alcalde- Presidente, a propuesta del Concejal
Delegado de Protección Civil, en su caso, o del Concejal de quien dependan los Servicios
de Seguridad y Policía Municipal.
Los Jefes de Grupo serán nombrados por el Concejal correspondiente, a propuesta del Jefe
de la Agrupación, recayendo en éste la facultad de designación de los Jefes de Equipo, en su
caso.
El Jefe del Grupo de Intervención tendrá la condición de segundo jefe de la Agrupación.
Artículo 13º. Todos los componentes de la Agrupación ostentarán, sobre el lado izquierdo
del pecho, el distintivo de Protección Civil creado por la Orden del Ministerio del Interior
de 14 de septiembre de 1981, con la mención de la denominación del Municipio a que
pertenecen.
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Además, como distintivo propio de graduación, ostentarán sobre el uniforme, las siguientes
divisas:
Artículo 14º. Por la Concejalía correspondiente se elaborarán y formularán propuestas para
aprobación de las normas de carácter general o especial que sean necesarias para el
desarrollo y aplicación de este Reglamento, así como para la regulación de la actividad de
la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil.
La aprobación de dichas normas corresponderá al Alcalde.
Con independencia de las normas aludidas se editarán y distribuirán los manuales de
actuación que procedan.
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CAPÍTULO III.
FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO.
Artículo 15º. La formación tendrá como finalidad la orientación de los aspirantes a
miembros de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil sobre los conocimientos
básicos relacionados con la caracterización de este servicio público, así como contribuir a
la selección de los que proceda y facilitar la capacitación de éstos, para incorporarse en
condiciones de eficacia al correspondiente Grupo de acción.
Artículo 16º. La actividad formativa se articulará del siguiente modo:
a) Cursillos de orientación de aspirantes al voluntariado de Protección Civil.
b) Cursos de formación básica de los aspirantes seleccionados para incorporarse a
la Agrupación.
c) Cursos de perfeccionamiento para los voluntarios pertenecientes a la Agrupación.
d) Ejercicios prácticos con carácter periódico para mejora permanente de la
preparación de los componentes de la Agrupación.
Los cursos tendrán un contenido teórico- práctico determinado de conformidad con la
normativa que puedan dictar las Administraciones Públicas.
Además de cuanto antecede, la actividad formativa se completará con las siguientes
actividades:
a) La organización de bibliotecas y fondos de comunicación sobre Protección Civil
y, especialmente, en relación con la organización y funcionamiento de agrupaciones de
colaboradores voluntarios y otras modalidades de la participación ciudadana en las
actividades de Protección Civil.
b) El mantenimiento de relaciones de colaboración mutua con otras
Administraciones Públicas o entidades privadas relacionadas con Protección Civil.
c) La elaboración y edición y, en su caso, promoción de publicaciones periódicas y
unitarias sobre temas de Protección Civil y, especialmente, las destinadas a la formación de
voluntarios y, a la divulgación de recomendaciones a la población sobre factores de riesgo
potencial de emergencia y comportamiento ante los mismos.
CAPÍTULO IV
DERECHOS Y OBLIGACIONES.
Artículo 17º. El voluntario de Protección Civil tiene derecho a usar los emblemas,
distintivos y equipos del Servicio, así como los de la categoría que le corresponda, en
todos los actos públicos a que sean requeridos, siendo obligatorio su uso en casos de
intervención especial, siniestros o calamidades, a efectos de identificación.
Artículo 18º. Asimismo, tiene derecho a elevar sus peticiones, sugerencias y reclamaciones
al alcalde, Concejal Delegado de Protección Civil o equivalente, a través de sus mandos
naturales o directamente cuando, en el plazo de veinte días, su solicitud no hubiera sido
contestada.
Artículo 19º. Los riesgos en el servicio del voluntariado estarán cubiertos por un seguro
de accidentes para aquellos que pudieran sobrevenirle durante su actuación, abarcando
indemnizaciones por disminución física, invalidez temporal o permanente, fallecimiento y
asistencia médico- farmacéutica.
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Los daños y perjuicios que pueda causar un componente de la Agrupación en sus
actuaciones, estarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil. No obstante, el
Ayuntamiento, según lo previsto en las disposiciones vigentes sobre responsabilidades de
la Administración Pública, hará frente a aquellos daños que no estén amparados por el
seguro.
La modalidad de las correspondientes pólizas de seguros y cuantías de las indemnizaciones
serán fijadas por el Ayuntamiento, a propuesta del Concejal Delegado.
Artículo 20º. Todo voluntario de Protección Civil se obliga a cumplir estrictamente sus
deberes reglamentarios, cubrir un mínimo de sesenta horas anuales, cooperar con su mayor
esfuerzo, interés, disciplina y espíritu social en cualquier misión de socorro, ayuda y
rescate de víctimas, de su evacuación, asistencia, vigilancia y protección de las personas y
bienes, así como en toda otra misión que le encomienden los mandos de la organización o las
autoridades de quien dependa durante su actuación.
Artículo 21. El voluntario deberá incorporarse a la mayor brevedad posible a su lugar de
concentración en caso de catástrofe o emergencia.
Asimismo, tendrá la obligación de poner en conocimiento de los mandos de la Agrupación
o autoridades, la existencia de hechos que puedan suponer riesgos para las personas o los
bienes.
Artículo 22º. En ningún caso, el voluntario o el colaborador, actuarán como miembros de
Protección Civil fuera de los actos de servicio. Ello no obsta para que, usando sus
conocimientos y experiencias, intervenga, con carácter estrictamente particular, en aquellos
hechos requeridos por su deber de ciudadanía.
Artículo 23º La pertenencia de los voluntarios y colaboradores al Servicio Municipal de
Protección Civil, será gratuita y honorífica, sin derecho a reclamar al Ayuntamiento
retribución ni premio alguno, salvo las indemnizaciones por accidente que
pudieran corresponderle, de acuerdo con lo especificado en el artículo 19.
Artículo 24º. El voluntario tiene la obligación de mantener en perfectas condiciones de uso el
material y equipo que pudiera serle confiado, comprometiéndose a pagar los daños que
causara en los mismos debido al mal trato o falta de cuidado.
CAPÍTULO V
RECOMPENSAS Y SANCIONES
Artículo 25º. Las conductas de los componentes de la Agrupación de Voluntarios de
Protección Civil serán objeto de valoración por los procedimientos que se establezcan en
las correspondientes instrucciones de desarrollo de este Reglamento. Se distinguirán como
proceda las conductas meritorias y se sancionarán, de conformidad con lo establecido en
este Reglamento, las infracciones a lo previsto en el mismo.
La valoración corresponderá al Concejal Delegado de Protección Civil o equivalente, y a
iniciativa del Jefe de la Agrupación.
Las recompensas y sanciones se anotarán en el expediente personal del interesado.
Artículo 26º. La acción meritoria que implique un nivel de dedicación superior a los
deberes ordinarios del servicio o riesgos para la vida o la integridad de los voluntarios,
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podrá ser recompensada con el reconocimiento público, mediante el correspondiente escrito
de la Alcaldía, o la formulación por la misma, de propuesta para la concesión de la
Medalla al mérito de la Protección Civil, creada por Orden de 24 de abril de 1982, y otras
distinciones que puedan conceder las distintas Administraciones Públicas o el
Ayuntamiento, en su caso, para premiar actos de esta naturaleza especial.
Artículo 27º. Las infracciones a lo dispuesto en este Reglamento se sancionarán, previa la
tramitación del correspondiente expediente.
No se podrán imponer sanciones sin audiencia del interesado. Las faltas se consideran leves,
graves y muy graves.
I. Se estimarán como faltas leves y se sancionarán con apercibimiento o suspensión
de hasta un mes atendiendo a las circunstancias que concurran, las siguientes:
a) El descuido en la conservación y mantenimiento del equipo y material que tuviera
a su cargo en el cumplimiento de las misiones encomendadas.
b) La desobediencia a los mandos del Servicio, cuando ello no suponga maltrato de
palabra o de obra y no afecte al servicio que deba cumplirse.
c) Las demás infracciones u omisiones, con carácter leve, al presente Reglamento.
II. Se consideran faltas graves y se sancionarán con suspensión desde uno a seis
meses, atendiendo a las circunstancias que concurran, las siguientes:
a) Negarse al cumplimiento de las misiones que le sean encomendadas sin causa.
b) La utilización fuera de los actos propios del servicio del equipo, material y
distintivos de Protección Civil
c) La continuada falta de aseo y limpieza personal y del uniforme, que produzca
quejas de mandos, voluntarios o ciudadanos
d) El deterioro por negligencia, pérdida del equipo, material, bienes y documentos del
servicio a su cargo y custodia.
e) Las omisiones o infracciones graves a lo preceptuado en este Reglamento y en
particular a su artículo 10º.
f) La acumulación de tres faltas leves.
g) El incumplimiento muy grave de lo establecido en el presente Reglamento y en
especial en su artículo 10º
CAPITULO VI
RESCISIÓN DEL VÍNCULO CON LA AGRUPACIÓN.
Artículo 28º. La relación de colaboración voluntaria con el Ayuntamiento se terminará a
petición del interesado, por fallecimiento del mismo, declaración de incapacidad, solicitud
de baja temporal o definitiva, quedar incurso en situación de inhabilitación para el ejercicio
de cargos públicos por sentencia firme.
Artículo 29º. Se considera baja temporal en la Agrupación de Voluntarios de Protección
Civil, la suspensión de la actividad en la misma como consecuencia de sanción, la ausencia
inferior a tres meses que tenga motivos justificados que haya sido comunicada
oportunamente, así como la interrupción de la prestación por alguna de las siguientes causas:
incorporación a las Fuerzas Armadas como reservista voluntario, por embarazo, para la
atención del recién nacido o por enfermedad.
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Artículo 30º. Será causa de baja definitiva en la Agrupación la petición del interesado y la
incomparecencia del mismo por tiempo superior a tres meses, sin causa justificada, a la
actividad ordinaria o especial que le corresponda; el incumplimiento de los servicios
mínimos exigidos en el artículo 20º o la negativa a cumplir el requerimiento de prestación de
actividad en una zona siniestrada determinada o a permanecer en la misma en el puesto
que se le encomiende.
Artículo 31º. Acordada la baja y notificada al interesado, por éste se procederá a la
inmediata entrega de la documentación de identidad, distintivo, uniformidad, equipo y
material que le haya sido adjudicado por el Ayuntamiento.
Artículo 32º. En todo caso, se expedirá, a petición del interesado, un certificado en el que
consten los servicios prestados en la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil y la
causa por la que se acordó la baja.
DISPOSICIONES FINALES
1ª., Por la Alcaldía se dictarán las instrucciones y directrices que sean necesarias para el
desarrollo y aplicación de este Reglamento.
2ª. Este Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia de Valladolid.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
El contenido del presente Reglamento se considera provisional y, en consecuencia, se
adaptará a las normas que en el futuro puedan regular la actividad de los voluntarios de
Protección Civil.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA
URBANISMO
Habiéndose solicitado por ROCA DEFISAN S.L., licencia municipal para el ejercicio de laactividad de almacén de plaguicidas en c/ Hermes, 4 de este Municipio, se pone enconocimiento de los posibles interesados en el procedimiento, en cumplimiento de loestablecido en el Art. 28 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León; a fin deque puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes en el plazo de diez días,contados a partir del de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de laProvincia.
En Arroyo de la Encomienda a, 28 de febrero de 2018.-El Alcalde.-Fdo: José ManuelBarrio Marco.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA
RECAUDACIÓN
Mediante Resolución de Alcaldía Nº492/2018, de 23 de febrero de 2018, se ha aprobadoliquidación colectiva de la Tasa de Abastecimiento de Agua Potable, Riego, Saneamiento yDepuración de Aguas Residuales, correspondiente al padrón y lista cobratoria colectiva del6º bimestre del ejercicio 2017. La notificación de la liquidación se realiza de forma colectivaen virtud de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembreGeneral Tributaria, artículo 24 del Reglamento General de Recaudación aprobadomediante Real Decreto 939/2005 de 29 de julio.
El padrón cobratorio será expuesto al público en la Sede Electrónica y en las OficinasMunicipales, Servicio de Tesorería, del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda por unplazo de quince días hábiles a contar desde el día de la publicación del presente Edicto enel Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes, a contar desde el díasiguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón, el recurso dereposición, previo al Contencioso-Administrativo, a que se refiere el artículo 108 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con relación al artículo14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado porReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Contra su desestimación expresa opresunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de lanotificación del recurso de reposición si fuera expresa y si no lo fuese, en el plazo de seismeses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.
La apertura del periodo de cobranza, en periodo voluntario, se iniciará el día 20 defebrero de 2018 hasta el 20 de abril de 2018.
El importe de las cuotas se ingresará en cualquier oficina de ESPAÑADUERO, mediantelos documentos que se han confeccionado y que enviarán a los contribuyentes. Noobstante, quienes no reciban en su domicilio dichos documentos con anterioridad al día 2de abril de 2018, deberán acudir a las Oficinas de AQUONA de Arroyo de la Encomienda,de lunes a viernes, de 11 a 13 horas, para proveerse de los mismos.
Transcurrido el plazo voluntario, los débitos impagados serán exigidos por el procedimientode apremio y devengarán los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y ensu caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo establecido en los artículos26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Arroyo de la Encomienda a, 23 de febrero de 2018.-El Alcalde.-Fdo: José ManuelBarrio Marco.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTROMONTE
El Ayuntamiento de Castromonte (Valladolid), en sesión plenaria celebrada el día 2 demarzo de 2018, acordó iniciar expediente de expropiación forzosa mediante declaraciónde urgencia de la necesidad de ocupación de los bienes relacionados en el anexo adjunto ,terrenos cuya ocupación resulta necesaria para la ejecución de las obras“Acondicionamiento de vial municipal como alternativa a la VA-515 a su paso porCastromonte (Valladolid)”, proyecto aprobado definitivamente por este Ayuntamiento,redactado por el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos D. Miguel Ángel RodríguezMartín (VAD Ingenieros S.L.), por importe total de 391.679,28 euros, IVA incluido, dondeconsta la relación individualizada de los bienes afectados por la obra.
Para dar cumplimiento a lo previsto en los artículos 18 de la Ley de Expropiación Forzosa,y 17 de su Reglamento, se hace pública la relación de bienes a expropiar que se detalla enel anexo adjunto, para que durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir delsiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid, a efectos de que los interesados formulen por escrito las alegaciones queestimen oportunas.
Tal y como prevé el artículo 94 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentesen Materia de Régimen Local, al entenderse implícita la declaración de utilidad pública delas obras contempladas en dicho proyecto a los efectos de su expropiación con suinclusión en los Planes de Inversión de Cooperación aprobados por la Diputación Provincialde Valladolid para el ejercicio 2018-2019.
La declaración de urgencia, por parte de la Junta de Castilla y León, conllevará ladeclaración de necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de derechosincluidos en el correspondiente proyecto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52de la Ley de Expropiación Forzosa.
Anexo de bienes a expropiar con motivo del proyecto
Acondicionamiento de vial municipal como alternativa a la VA-515 a su paso porCastromonte (Valladolid)
Termino municipal de CastromontePolígono Parcela Propietario m2 Cultivo €/m2 Total €
Nº.1 Nº.5859 Herederos D. Maximiliano Valverde Espinilla y de Dña Victoria Rodríguez Rodriguez 465 Secano 0,71 330,15
En Castromonte a 2 de marzo de 2018.-El Alcalde-Fdo.: Heliodoro de la Iglesia Bezos.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CIGALES
Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal número 3
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento de Cigales ,referido a la aprobación provisional de la Modificación de la Ordenanza Fiscal número :TRES, REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONESY OBRAS, sin que se haya presentado ninguna reclamación, una vez transcurrido el plazode exposición pública, dichos acuerdos se elevan a definitivos de conformidad con lodispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,publicándose el texto íntegro de las modificaciones de las ordenanzas fiscales, tal y comofigura en el anexo a este anuncio.
Contra este acuerdo, elevado a definitivo y su respectiva ordenanza podrán los interesadosinterponer recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia deCastilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del díasiguiente al de la publicación de estos anuncios y del texto íntegro de las Ordenanzas en el“Boletín Oficial de la Provincia”.
En Cigales, a veintidós de febrero de dos mil dieciocho.-La Alcaldesa.- Fdo.: PilarFernández Pastor.
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A N E X O :
2.- ORDENANZA FISCAL NÚMERO: TRES.- REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.-
−Se añade una Disposición Adicional Primera:
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA:
-Se adjunta a la presente Ordenanza Fiscal normativa sobre Costes Mínimos de Construcción (CMC) que servirá de base para el cálculo de la base Imponible sobre Construcciones ,Instalaciones y Obras y sobre las correspondientes Tasas Urbanísticas.
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ANEXO I. TABLA COSTES MÍNIMOS CONSTRUCCIÓN
COSTES DE REFERENCIA
El precio de referencia del metro cuadrado construido se
obtendrá aplicando la siguiente formula:
P= M x Ct x Cc Siendo: P: Precio de referencia. M: Módulo vigente. Ct: Coeficiente tipológico. Cc: Coeficiente de características. El módulo M, vigente para el ejercicio 2016 se estima en
469,42€ y se actualizará cada año automáticamente con el
incremento del índice de precios al Consumo (I.P.C.) anual
establecido por el Instituto Nacional de Estadística para el
cierre del ejercicio en el mes de diciembre.
1.VIVIENDAS
Valores de Ct
VIVIENDA UNIFAMILIAR 1.1.Aislada/Pareada 1,3
1.2.Entre Medianeras 1,2
VIVIENDA COLECTIVA 1.3.En bloque aislado 1
1.4.En bloque adosada/E.M. 1
Valores de Cc
Vivienda con cualquier superficie 1
2.EDIFICIOS COMERCIALES Y OFICINAS
Ct=1 Valores de Cc
2.1.Hipermercados 1,3 2.2.Grandes Almacenes 1,7 2.3.Galerias Comerciales 1,2
2.4.Contenedores (instalaciones básicas) 0,9 2.5.Exposiciones (grandes superficies) 1
2.6.Edificios oficinas 1,5
2.7.Oficina Bancaria o de Seguridad 1,8
3.NAVES ALMACENES
Ct=0,8 Valores de Cc
3.1.Naves de gran simplicidad:
En medio rural 0,3
En polígonos o núcleos industriales 0,4 3.2.Resto de naves 0,5
3.3.Oficinas en el interior de naves 1,5 3.4.Edificios de Aparcamientos 1,1
3.5.Naves con instalaciones complejas 0,9
3.6.Edificios industriales de varias plantas 1,1
4.SOTANOS, SEMISOTANOS, PLANTA BAJA Y
ENTREPLANTA, PARA GARAJES, DEPENDENCIAS DE
SERVICIOS Y LOCALES COMERCIALES SIN USO ESPECIFICO, COMPONENTES DE CUALQUIER TIPO DE
EDIFICACION.
Ct=El corresp. al tipo de edificio de que se trate. Valores de Cc
4.1.Planta Baja y Entreplanta 0,44.2.Sótano 1º y Semisótano 0,64.3.Sótano 2º 0,7
4.4.Sótano 3º y siguientes 0,8
4.5.Bajo cubierta no vividera 0,7
5.PROYECTOS DE URBANIZACION
Solamente se aplicará a la superficie de viales (incluyendo aceras, bordillos, aparcamientos, escaleras y similares).
Ct= 0,15 Valores de Cc
5.1.Trabajos totales 1
5.2.Trabajos parciales:
5.2.1.Movimiento de tierras 0,1 5.2.2.Pavimento de calzadas 0,25
5.2.3.Aceras 0,15 5.2.4.Red de desagües 0,25
5.2.5.Abastecimiento de agua 0,1
5.2.6.Electricidad, Iluminación, Etc. 0,15
6.INSTALACIONES DEPORTIVAS AL AIRE LIBRE
Ct=1 Valores de Cc
6.1.Pistas terrizas sin drenaje 0,06 6.2.Pistas de hormigón o asfalto 0,1 6.3.Pistas de césped, pavimentos especiales y terrizas
con drenaje 0,2
6.4.Piscinas hasta 50 m2 de vaso 1,2 6.5.Piscinas hasta 500 m2 de vaso 0,7 6.6.Piscinas mayores de 500 m2 de vaso 0,5 6.7.-Dependencias cubiertas de servicio de instalaciones
al aire libre, almacenes 1,1 -Dependencias anexas, vestuarios, dispensarios 1,3
6.8.Estadios, plazas de toros, hipódromos y similares
con capacidad máxima de 8.000 plazas y sin grade-
ríos cubiertos (las pistas se valoran aparte). 1,5
6.9.Estadios, plazas de toros, hipódromos y similares,
con capacidad superior a 8.000 plazas ó con
graderíos cubiertos (las pistas se valoran aparte). 2
6.10.Graderíos apoyados sobre el terreno, sin cubrir 0,3
6.11.Graderíos apoyados sobre el terreno, cubiertos 0,6 6.12.Graderios sobre estructura, sin cubrir 0,5
6.13.Graderios sobre estructura, cubiertos 0,8
7.INSTALACIONES DEPORTIVAS CUBIERTAS
Ct=1 Valores de Cc
7.1.Gimnasios 1,2
7.2.Polideportivos 1,8
7.3.Piscinas 2,1
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8.LOCALES DE DIVERSION Y OCIO
Ct=1 Valores de Cc
8.1.Parque infantil al aire libre 0,35 8.2.Clubs, salas de fiestas y discotecas en medio urbano 3
8.3.Discotecas en medio rural 1,5
8.4.Casinos y Círculos 2
8.5.Cines de una planta en medio rural 2
8.6.Cines de una planta 3
8.7.Cines de varias plantas 3,5 8.8.Teatros de una planta 3,5
8.9.Teatros de varias plantas 4
8.10.Clubs Sociales 1,8
9.EDIFICIOS RELIGIOSOS
Ct=1 Valores de Cc
9.1.Conjunto Parroquial 1,5
9.2.Iglesia y capillas exentas 2,7
9.3.Edificios religiosos residenciales 1,5
10.EDIFICIOS DOCENTES
Ct=1 Valores de Cc
10.1.Jardines de infancia, guarderías y centros de
educación preescolar 1,25
10.2.Centros de Educación Primaria y Secundaria 1,5 10.3.Institutos y Centros de bachillerato 1,75
10.4.Centros de Formación Profesional. 1,85 10.5.Centros de Educación, Artes y Oficios 1,6
10.6.Bibliotecas sencillas y Casas de cultura 1,6 10.7.Escuelas de Grado Medio 2,25
10.8.Escuelas Universitarias y Técnicas 2,75 10.9.Colegios Mayores 1,8
10.10.Centros de Investigación y Bibliotecas de gran
importancia 3
10.11.Museos y edificaciones docentes singulares 3
11.OTROS EDIFICIOS PUBLICOS
Ct=1 Valores de Cc
11.1.Establecimientos correccionales y penitenciarias 1,6
11.2.Estaciones de autobuses 1,7
11.3.Estaciones de ferrocarril 2
11.4.Terminales aéreas y marítimas 2,25
11.5.Edificios oficiales entre medianerías 2
11.6.Edificios oficiales exentos 2,25
12.EDIFICIOS SANITARIOS
Ct=1 Valores de Cc
12.1.Dispensarios y botiquines 1,3
12.2.Laboratorio 2,4 12.3.Hospitales 3
12.4.Centros médicos 3,25
12.5.Tanatorios 1,5
13.INDUSTRIA HOTELERA
Ct=1 Valores de Cc
13.1.Hoteles de categoría alta 2,5
13.2.Hoteles de categoría media 1,7 13.3.Hostal y pensión 1,35 13.4.Residencia de ancianos y similares (se asimilan a
hoteles y hostales)
13.5.Discobar 2,5 13.6.Cafeteria 2
13.7.Bares económicos 1,6
13.8.Restaurantes 2,3 13.9.Mesón (Restaurante económico) 1,7 13.10.Casas de Baño y Balnearios 2
13.11.Saunas 2,3
14.VARIOS
Ct=1 Valores de Cc
14.1.Panteones 5,8
14.2.Jardinería con riego de manguera 0,05
14.3.Jardinería con riego por aspersión 0,09
15.ADAPTACION DE LOCALES COMERCIALES
Ct=0,7 Cc= los correspondientes por uso, siendo “1” en usos no especificados.
Coeficientes correctores
15.1.Local comercial de 1er uso con todas sus instala-
ciones 1
15.2.Local comercial de gran superficie (sin apenas
distribución). 0,7
15.3.Local comercial con uso anterior y aprovecha-
miento parcial. 0,6
15.4.Para las superficies dedicadas a almacén
dentro de un local comercial. 0,4
15.5.Adaptación de local en garaje 0,4
16.REHABILITACION
_________________________________________________ Notas a todos los grupos:
Coeficientes aplicables sobre los anteriores en su caso:
Rehabilitación: Integral 1 Sin afección estructural 0,7
Parcial o elementos comunes 0,3
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTRATACIÓN
Resolución del Ayuntamiento de Laguna de Duero, por la que se anuncia la contratación deuna entidad con capacidad para el desarrollo del campamento urbano Laguna de Dueroverano 2018.
1.-Entidad Adjudicatariaa)Organismo: Ayuntamiento de Laguna de Duero.b)Dependencia que tramita el Expediente: Unidad Administrativa de Contratación.c)Número de Expediente: 69.293/2018.
2.-Objeto del contratoa)-Descripción del objeto: Contratación de una entidad con capacidad para el desarrollodel campamento urbano Laguna de Duero verano 2018b)-Lugar de ejecución: Laguna de Duero.c)-Duración del Contrato: La indicada en la cláusula 2 del Pliego de PrescripcionesTécnicas.
3.-Tramitación, Procedimiento y Forma de Adjudicacióna)-Tramitación: Ordinaria.b)-Procedimiento: Abierto con publicidad.c)-Forma: Oferta económica más ventajosa, con varios criterios.
4.-Tipo de Licitación: Desglosado según la cláusula 5 del Pliego de PrescripcionesTécnicas.
5.-Garantía provisional: No se exige.
6.-Obtención de documentación e informacióna)-Entidad: Ayuntamiento de Laguna de Duero.b)-Domicilio: Plaza Mayor, 1.c)-Localidad y Código Postal: Laguna de Duero, 47140.d)-Teléfono: 983 540 058e)-Telefax: 983 180 830f)-Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta la fecha de finalizacióndel plazo de presentación de proposiciones.g)-Perfil de Contratante: www.lagunadeduero.org
7.-Requisitos específicos del contratista: Conforme a lo determinado en la Cláusula 4.3 delPliego de Cláusulas Administrativo Particulares.
8.-Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participacióna)-Fecha límite de presentación: Quince días hábiles a contar desde el siguiente al depublicación del anuncio de licitación, en el B.O.P. o en el Perfil de Contratante. Si dicho día
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fuera domingo, festivo o día inhábil, se prorrogará el plazo al siguiente día hábil, de 9 a 14horas.b)-Documentación a presentar: La establecida en la Cláusula 4.3 del Pliego de CláusulasAdministrativo Particulares.c)-Lugar de presentación: - Entidad: Ayuntamiento de Laguna de Duero (Registro General del Ayuntamiento). - Domicilio: Plaza Mayor, 1 - Localidad y Código Postal: Laguna de Duero (Valladolid), 47140.d)-Plazo durante el cual estará obligado a mantener su oferta: Tres meses.e)-Admisión de variantes: No
9.-Apertura de Plicasa)-Entidad: Ayuntamiento de Laguna de Duero.b)-Domicilio: Plaza Mayor, 1c)-Localidad: Laguna de Duero (Valladolid)d)-Fecha: Concluido el plazo de presentación de proposiciones, el tercer día hábilsiguiente. Si el día de la apertura del sobre fuera domingo, festivo o día inhábil, seefectuará la apertura de proposiciones el siguiente día hábil a la misma hora. En caso deno ser necesario solicitar aclaraciones, documentos complementarios o vicios subsanables,la apertura del sobre “A” denominado “Proposición Económica”, se realizará por la Mesa elmismo día de la apertura del sobre “B”, seguidamente horas en acto público.e)-Hora: 10:00
10.-Otras informaciones: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas,así como Página WEB del Ayuntamiento (www.lagunadeduero.org).
11.-Gastos de anuncios y gestión de los mismos: Por cuenta del adjudicatario.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Laguna de Duero a 28 de febrero de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Román Rodríguez deCastro.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO
UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CONTRATACIÓN
Resolución del Ayuntamiento de Laguna de Duero, por la que se anuncia la contratacióndel servicio de actualización del mapa de ruido y de los planes de acción de Laguna deDuero.
1.-Entidad Adjudicatariaa)-Organismo: Ayuntamiento de Laguna de Duero.b)-Dependencia que tramita el Expediente: Unidad Administrativa de Contratación.c)-Número de Expediente: 69.133/2018.
2.-Objeto del contratoa)-Descripción del objeto: Contratación del servicio de actualización del mapa de ruido y delos planes de acción de Laguna de Duero.b)-Lugar de ejecución: Laguna de Duero.c)-Duración del Contrato: La indicada en la cláusula 5 del Pliego de PrescripcionesTécnicas.
3.-Tramitación, Procedimiento y Forma de Adjudicacióna)-Tramitación: Ordinaria.b)-Procedimiento: Abierto con publicidad.c)-Forma: Oferta económica más ventajosa, con varios criterios.
4.-Tipo de Licitación: Desglosado según la cláusula 9 del Pliego de PrescripcionesTécnicas.
5.-Garantía provisional: No se exige.
6.-Obtención de documentación e informacióna)-Entidad: Ayuntamiento de Laguna de Duero.b)-Domicilio: Plaza Mayor, 1.c)-Localidad y Código Postal: Laguna de Duero, 47140.d)-Teléfono: 983 540 058e)-Telefax: 983 180 830f)-Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta la fecha de finalizacióndel plazo de presentación de proposiciones.g)-Perfil de Contratante: www.lagunadeduero.org
7.-Requisitos específicos del contratista: Conforme a lo determinado en la Cláusula 4.3 delPliego de Cláusulas Administrativo Particulares.
8.-Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación a)-Fecha límite de presentación: Quince días hábiles a contar desde el siguiente al depublicación del anuncio de licitación, en el B.O.P. o en el Perfil de Contratante. Si dicho día
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fuera domingo, festivo o día inhábil, se prorrogará el plazo al siguiente día hábil, de 9 a 14horas.b)-Documentación a presentar: La establecida en la Cláusula 4.3 del Pliego de CláusulasAdministrativo Particulares.c)-Lugar de presentación: - Entidad: Ayuntamiento de Laguna de Duero (Registro General del Ayuntamiento). - Domicilio: Plaza Mayor, 1 - Localidad y Código Postal: Laguna de Duero (Valladolid), 47140.d)-Plazo durante el cual estará obligado a mantener su oferta: Tres meses.e)-Admisión de variantes: No
9.-Apertura de Plicasa)-Entidad: Ayuntamiento de Laguna de Duero.b)-Domicilio: Plaza Mayor, 1c)-Localidad: Laguna de Duero (Valladolid)d)-Fecha: Concluido el plazo de presentación de proposiciones, el tercer día hábilsiguiente. Si el día de la apertura del sobre fuera domingo, festivo o día inhábil, seefectuará la apertura de proposiciones el siguiente día hábil a la misma hora. En caso deno ser necesario solicitar aclaraciones, documentos complementarios o vicios subsanables,la apertura del sobre “A” denominado “Proposición Económica”, se realizará por la Mesa elmismo día de la apertura del sobre “B”, seguidamente horas en acto público.e)-Hora: 10:00
10.-Otras informaciones: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas,así como Página WEB del Ayuntamiento (www.lagunadeduero.org).
11.-Gastos de anuncios y gestión de los mismos: Por cuenta del adjudicatario.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Laguna de Duero a 28 de febrero de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Román Rodríguez deCastro.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE OLMEDO
En cumplimiento de lo dispuesto por Resolución de la Alcaldía de 28/02/2018 y por mediodel presente anuncio, se efectúa convocatoria para adjudicación del siguiente contrato:
1.-Entidad Adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información.a)-Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Olmedob)-Dependencia que tramita el expediente: Secretaría-Intervención.c)-Obtención de documentación e información: -1.Dependencia: Secretaría-Intervención. -2.Domicilio: Plaza de Santa María nº 1. -3.Localidad y código postal: 47410-OLMEDO. -4.Teléfono: 983600064 -5.Telefax: 983600981. -6.Correo electrónico: [email protected]. -7.Dirección de internet del perfil del contratante: www.olmedo.ayuntamientosdevalladolid.es -8.Fecha límite de obtención de documentación e información: 14 día natural a contar desde el siguiente a la aparición de este anuncio en el BOP.d)-Número de expediente: 145/2018
2.-Objeto del contrato:a)-Tipo: Contrato Administrativo Especialb)-Descripción: Organización de encierros y festejos taurinos en Olmedo para 2018c)-División por lotes y número de lotes/ número de unidades: No.d)-Lugar de ejecución/entrega: -1.Domicilio: Plaza de Toros ,encierros por el campo y vias publicas de la localidad -2.Localidad y código postal: 47410 -Olmedo.e)-Plazo de ejecución: Desde día siguiente a firma de contrato, hasta devolución degarantía definitivaf)-Admisión de prórroga: NOg)-Establecimiento de acuerdo marco: NOh)-Sistema dinámico de adquisición: NOi)-CPV (Referencia de Nomenclatura): 79954000-6
3.-Tramitación y procedimiento:a)-Tramitación: Ordinariab)-Procedimiento: Negociado con publicidadd)-Criterios de adjudicación:Mejor calidad del Proyecto de Organización de los festejos.- Hasta 90 puntos OFERTAECONOMICA………..HASTA 10 PUNTOS.
4.-Presupuesto base de licitaciona)-Importe neto..81.818,18 €. –IVA 21%.. 17.181,82 €.-Importe total….99.000,00 €.
5.-Garantías exigidas:Provisional: no
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Provisional: noDefinitiva: 5 % del importe de adjudicación (IVA excluido)
7.-Presentación de ofertas:a)-Fecha límite de presentación: 15 días naturales a contar desde el siguiente a lapublicación de este anuncio en el BOPb)-Modalidad de presentación: En registro de entrada y por correo certificadoc)-Lugar de presentación:Dependencia: Registro de entrada del Ayuntamiento de Olmedo Domicilio: Plaza de SantaMaría nº 1 Localidad y código postal: 47410 OLMEDO Dirección electrónica:[email protected])-Admisión de variantes : Noe)-Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta : Treinta días
8.-Apertura de las ofertas:a)-Dirección: Plaza de Santa Maria nº 1b)-Localidad y código postal : Olmedo.-47410c)-Fecha: y hora: Sobre “B” 5 día habil siguiente al de terminación de plazo depresentación de propuestas, a las 12,00 horas.Sobre “C” se anunciará ene l perfil del contratante.
9.-Gastos de publicidad:Serán de cuenta del adjudicatario el pago de los anuncios en los Boletines Oficiales quederiven de la licitación y su importe máximo será de 195 euros.
11.-Otras informaciones.
En Olmedo, 28 febrero 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Alfonso A. Centeno Trigos.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PEDRAJAS DE SAN ESTEBAN
SECRETARIA
De conformidad con la Resolución de Alcaldía de fecha 28 de febrero de 2018, por mediodel presente anuncio se efectúa convocatoria de la subasta, para la para la adjudicacióndel aprovechamiento forestal MADERA y LEÑAS (lotes números 1 y 2) en el monte nº 46del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Valladolid, denominadoCOMUN DE VILLA, sito en Pedrajas de San Esteban, conforme a los siguientes datos:
1.-Entidad adjudicadora. Datos generales y datos para la obtención de la información:a)-Organismo: Junta de Gobierno Localb)-Dependencia que tramita el expediente: CONTRATACIONc)-Obtención de documentación e información: 1.Dependencia: CONTRATACION 2.Domicilio: Plaza Mayor nº 1 3.Localidad y Código Postal: Pedrajas de San Esteban, 47430 4.Teléfono: 983605005 5.Telefax: 983625772 6.Correo electrónico: [email protected] 7.Dirección de internet del Perfil de Contratante: https://pedrajasdesanesteban.sedelectronica.es 8.Fecha límite de obtención de documentación e información: el mismo día de finalización del plazo de presentación de proposiciones.d)-Número de expediente: 274/2018
2.-Objeto del contrato.a)-Tipo: aprovechamiento forestalb)-Descripción del objeto: madera y leñasc)-División por lotes y número de lotes/unidades: NO
3.-Tramitación y procedimiento.a)-Tramitación: urgenteb)-Procedimiento: abierto, subasta
4.-Importe del contrato:20.693,09 euros, más el 12 % de IVA
5.-Requisitos específicos del contratista.a)-Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional:Hallarse inscrito en el Registro Regional de Empresas e Industrias Forestales, o en trámitede inscripción.Hallarse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y de tener pagado elmismo o, en caso contrario, de hallarse exento de su pago.b)-Otros requisitos:No hallarse incurso en causas de prohibición para contratar con la Administración.
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6.-Presentación de las ofertas.a)-Fecha límite de presentación:Decimoquinto día natural siguiente al de publicación de este anuncio en el BOPV.b)-Modalidad de presentación. Cualquiera de las previstas en la normativa de aplicación.c)-Lugar de presentación: 1.Dependencia: Registro general 2.Domicilio: PZ Mayor, 1 3.Localidad y Código Postal. Pedrajas de San Esteban - 47430 4.Dirección electrónica:https://pedrajasdesanesteban.sedelectronica.esd)-Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: UN MES
7.-Apertura de las ofertas: en acto público celebrado:a)-Dirección: PZ Mayor, 1b)-Localidad y Código Postal: Pedrajas de San Esteban - 47430c)-Fecha y hora: 14 horas y 15 minutos del mismo día de finalización de presentación.
8.-Otras informaciones:La ejecución del aprovechamiento del lote número 2 deberá finalizar, como máximo, en elplazo IMPRORROGABLE de un mes desde la fecha de firma del contrat6o.
En Pedrajas de San Esteban, a 28 de febrero de 2018.- El Alcalde.- Fdo.: Alfonso RomoMartín.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PORTILLO
Secretaría
CONTRATACIÓN DE LOS APROVECHAMIENTOS FORESTALES DE CAZA Y MADERA(CORTAS) CORRESPONDIENTES AL PLAN PAA-2018 PARA LOS MONTES DE U.P.DEL AYUNTAMIENTO DE PORTILLO.
Conforme a lo acordado por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento en decretosnúmeros 25 y 28, de fecha 6 y 7 de febrero de 2018 respectivamente, mediante elpresente se convoca licitación para la enajenación de los aprovechamientos forestales decaza y madera (cortas) en los montes de U.P. de este Ayuntamiento incluidos en el Plan(PAA2018).
1.-Órgano contratante: Ayuntamiento de Portillo, con domicilio en Plaza San JuanEvangelista, núm. 1, 47160 PORTILLO (Valladolid).
2.-Objeto de contrato: Aprovechamientos forestales de caza y madera (cortas) de losmontes de U.P. de este Ayuntamiento, incluidos en el Plan (PAA2018). según seespecifican en el Anexo I.
3.-Forma de adjudicación: Procedimiento abierto y tramitación ordinaria con un únicocriterio de adjudicación (antigua subasta).
4.-Pliegos: Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Cláusulas Técnico-Facultativas Particulares para cada uno de los aprovechamientos.
5.-Plazo y lugar de presentación de proposiciones: Los licitadores las presentarán en laSecretaría General del Ayuntamiento, sita en Plaza San Juan Evangelista, 1 de Portillo(Valladolid), en las fechas que se establecen en el Anexo I, de 9:00 a 13:00 horas, delunes a viernes.
6.-Forma de presentación de las proposiciones: La documentación a presentar por loslicitadores se establece en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
MODELO DE PROPOSICIÓN
“ D. ______________________________, con N.I.F. nº ______ con domicilio en C/__________________, nº ___ de la localidad de _______________ (_____)__ en plenaposesión de su capacidad jurídica y de obrar, actuando en nombre propio y derecho (o conpoder bastante de _________________, en cuyo nombre y representación comparece),enterado que por el Ayuntamiento de Portillo (Valladolid) se va a proceder a laadjudicación del aprovechamiento de ______ en el Monte nº _______ del C.U.P.denominado _____________, de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativasparticulares y de prescripciones técnico-facultativas, que rigen la contratación, aceptandode forma incondicionada los mismos y declarando bajo responsabilidad que reúne todaslas condiciones exigidas para contratar con la Administración, y no hallarse incurso en
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ninguno de los supuestos previstos en el artículo 60 del Texto refundido de la Ley deContratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14de noviembre, se compromete a abonar por el referido aprovechamiento, como precio delicitación, la cantidad de ______________________________euros (importe en cifra yletra), IVA no incluido, por la totalidad del aprovechamiento citado.
En __________________, a ____ de ________________ 2018. FIRMA,”
Portillo, 19 de Febrero de 2018.- EL Alcalde.- Fdo.: Juan Ignacio Álvarez García.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PORTILLO
Dª Mª TERESA MARTIN GONZALEZ en nombre de propio presenta declaraciónresponsable de obras para hacer BALSA DE RIEGO en parcela 64 del polígono 7 dePortillo ( Valladolid) , con referencia catastral 47123A00700640000QD
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 28 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambientalde Castilla y León, se abre un período de información pública de DIEZ DÍAS hábiles acontar desde el siguiente a la publicación de este anuncio para que todo aquel que seconsidere afectado por la actividad que se pretende ejercer, pueda hacer lasobservaciones pertinentes.
El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse durante las horas de oficina en lasecretaría de este Ayuntamiento
Portillo, 7-2-2018.- El Alcalde.-Fdo.: Juan Ignacio Álvarez García.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SANTOVENIA DE PISUERGA
DECRETO Nº 51/2018
RESOLUCIÓN DE LA ALCADÍA DE FECHA 20 DE FEBRERO DE 2018, RELATIVA A LAAMPLIACIÓN DEL REC. CONT. ADMINISTRATIVO PROCEDIMIENTO ORDINARIO41/2017 JUZGADO C.A. Nº 4 DE VALLADOLID INTERPUESTO POR HNOS. POSADASMOYANO
Por haber acordado el Juzgado Contencioso Administrativo nº 4 de Valladolid laampliación del Recurso Contenciosa Administrativo P. O. nº 41/2017 haciéndolo extensivoal acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 2 de noviembre de 2017, por el que seresuelve inadmitir a trámite la solicitud de la revisión de oficio de varios actosadministrativos en relación con el denominado Sector 5 de SUNC del PGOU del año 2003y, en cumplimiento de lo ordenado por el juzgado, de acuerdo con lo dispuesto en losartículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la JurisdicciónContenciosa Administrativa, ESTA ALCALDÍA, vista la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Basesde Régimen Local, en uso de las atribuciones legalmente conferidas,
R E S U E L V E:
Primero:Remitir al Juzgado de la Contencioso Administrativo nº4 de Valladolid, copiaautenticada del expediente que motivó la resoluciones impugnada, debidamente foliado, yen su caso, con los documentos e índices correspondientes.
Segundo:Se notifique la presente resolucióna cuentos aparezcan como interesados endicho expediente, emplazando a cualquier otro posible interesado mediante la publicaciónde anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que puedan personarse ante Juzgadode lo Contencioso – Administrativo nº 4 de Valladolid en el plazo de nueve días.
Santovenia de Pisuerga, 20 de febrero de 2017.-Fdo. El Alcalde.- Fdo.: Roberto Sánchezde la Rosa.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALDESTILLAS
Resolución por la que se hace pública la aprobación de la lista definitiva de personasadmitidas y excluidas en el proceso selectivo para la provisión de una plaza de auxiliaradministrativo por el sistema de oposición libre, la composición del tribunal calificador y seefectúa la convocatoria para la realización del primer ejercicio.
PRIMERO.- Mediante Resolución de la Alcaldía de 26 de febrero de 2018, Nº 015/2018 seha aprobado la lista de admitidos y excluidos al proceso selectivo para la provisión de unaplaza de auxiliar administrativo, elevando a definitiva la lista provisional publicada en elB.O.P. de 04/10/2017, con las correcciones de pequeños errores en nombre y apellidosdetectados como consecuencia de las reclamaciones presentadas. El texto íntegro dedicha resolución se halla publicado en el tablón de edictos de este Ayuntamiento, en elTablón de Anuncios Oficial de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Valdestillas(www.valdestillas.ayuntamientosdevalladolid.es). Así mismo dicho documento se halladisponible, para quienes deseen consultarlo, en las oficinas de este Ayuntamiento. La listadefinitiva de aspirantes admitidos y excluidos figura como Anexo a la presente resolución.
SEGUNDO.- Así mismo, por Resolución de la Alcaldía Nº 014/2015 de 26 de febrero, seha aprobado la composición nominativa del Tribunal Calificador previsto en la Base 5.1 dela convocatoria publicada en el B.O.P. de 4/08/2017, y el señalamiento del lugar, fecha yhora de celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas conforme a lo dispuestoen la Base 7.2.
PRESIDENTE: Dña. Marta Peralta Martín
VOCALES:
D. José Luis Liras del Olmo
D. Juan Manuel Danoz Alvarez
Dña. María del Mar Alonso Rando
SECRETARIO: D. Carlos José Gómez Martínez
SUPLENTES.- De Presidente, Dña. Aída González Martín; de Vocales, D. José AntonioDelgado Ayala; del Secretario, Dña. María del Mar Alonso Rando.
A efectos de garantizar la objetividad y la imparcialidad en el funcionamiento del tribunalcalificador, así como la eficacia del proceso selectivo, se concede un plazo de cinco díasnaturales, desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial dela Provincia, a fin de que las personas interesadas puedan alegar las causas de abstencióny recusación previstas en los artículos 23 y 24, respectivamente, de la ley 40/2015 de 1 deoctubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y todo ello sin perjuicio de lo establecidoen el apartado 1 del señalado artículo 24.
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TERCERO.- En virtud de lo dispuesto en la referida Resolución núm. 014/2015, y deconformidad con lo establecido en la Base 7.2, se convoca a las personas admitidas, a larealización del primer ejercicio de las pruebas selectivas, que tendrá carácter eliminatorio yque consistirá en contestar por escrito, durante el periodo de una hora, a un formulario de50 preguntas alternativas, de las que solo una es la verdadera.
La realización del ejercicio tendrá lugar el martes día 3 de abril de 2018, a las 11,30 horasen el Salón de Grados de la Universidad Europea Miguel de Cervantes, situada en la callePadre Julio Chevalier, 2, 47012 Valladolid.
Las personas convocadas deberán acreditar su personalidad mediante la presentación desu D.N.I. o cualquier otro documento que los identifique fehacientemente.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Valdestillas a 28 de febrero de 2018.-El Alcalde.- Fdo.: Alberto Sanz Sánchez.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLABÁÑEZ
El Pleno de este Ayuntamiento, en Sesión celebrada el día 1 de marzo de 2.018 aprobó elproyecto básico y de ejecución de vestuarios en polideportivo, incluido en el Plan Bienal deCooperación 2.018-2019, redactado por el arquitecto D. Jorge Silva Uribarri, por unimporte total de inversión (incluidos los honorarios de dirección y coordinación e IVA) de132.410,16 €, siendo el presupuesto de ejecución material de 88.549,86 € y elpresupuesto base de licitación IVA excluido de 105.374,33 €
El citado proyecto permanecerá expuesto al público por término de veinte días hábiles apartir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durantelos cuales los interesados pueden presentar las reclamaciones o alegaciones que estimenoportuno.
En Villabáñez, a 2 de marzo de 2.018.- El Alcalde.- Fdo.: Juan Ávila Repiso.
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLAMURIEL DE CAMPOS
Secretaría
Por acuerdo de la Asamblea Vecinal de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 24de enero de 2018 se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2018.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de5 de marzo se expone al público durante el plazo de quince días, en la Secretaría Generaly durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesadosque se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentarreclamaciones ante el Pleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en elapartado 2º del mentado artículo 170.
Se indica expresamente que en el presupuesto aparecen proyectadas operaciones decrédito con detalle de sus características y con destino a la financiación de inversiones aejecutar en el ejercicio a que el presupuesto se refiere, a efectos de que puedanexaminarse si se estima conveniente.
En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.
Villamuriel de Campos, 21 de febrero de 2018.-El Alcalde.Fdo.: Anacleto Alegre Quintanilla
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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ZARATÁN
Anuncio.- Exposición pública de la Aprobación Inicial de la Modificación del Reglamento delas Normas de Funcionamiento de la Escuela de Educación Infantil de Primer Ciclo deZaratán, de las Normas de Admisión de alumnos, y de la Ordenanza Fiscal nº 21, delprecio público para la prestación del servicio de asistencia, estancia y comedor, en laEscuela infantil municipal.
En la Secretaría de este Ayuntamiento y por espacio de treinta días hábiles, se hallaexpuesto al público los expedientes de Modificación siguientes, aprobadosprovisionalmente por el Pleno de esta Corporación, en sesión de fecha 20 de febrero de2018:
1º.-Modificación del Reglamento de Normas de Funcionamiento de la Escuela deEducación Infantil de Primer Ciclo de Zaratán.
2º.-Modificación del Reglamento de Normas de Admisión de alumnos de la Escuela Infantilde primer ciclo de Zaratán.
3º.-Modificación de la Ordenanza Fiscal nº 21, del precio público para la prestación delservicio de asistencia, estancia y comedor, en la Escuela Infantil municipal.
Durante dicho plazo, con arreglo al artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en relacióncon el art. 70 y 65.2, y 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, losinteresados pueden examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimenpertinentes.
En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentasen reclamacioneso sugerencias, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo de aprobaciónprovisional, sin necesidad de acuerdo expreso.
Zaratán a 21 de febrero de 2018.- La Alcaldesa.- Fdo.: Susana Suárez Villagrá.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 146/2017 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. MARIANO CAMPOS ALONSO contra laempresa FERNANDO PASCUAL FRAILE, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
a)-Declarar al ejecutado FERNANDO PASCUAL FRAILE en situación de INSOLVENCIATOTAL por importe de 2.710,89 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.
b)-Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio dereaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
c)-Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Letrado de laAdministración de Justicia que dicta esta resolución interponer en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrentecontiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a laresolución recurrida.
Y para que sirva de notificación en legal forma a FERNANDO PASCUAL FRAILE, enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provinciade Valladolid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a veintidós de febrero de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administraciónde Justicia.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 002 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 108/2017 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. JOSE LUIS URUEÑA GARCIA contra laempresa EVILON XIII SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyaparte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
a)-Declarar al ejecutado EVILON XIII SL, en situación de INSOLVENCIA TOTAL porimporte de 18.735,82 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, comoprovisional.
b)-Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante elFondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
c)-Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio decontinuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisiónque deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en lamisma a juicio del recurrente, art. 188 LJS.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EVILON XIII SL, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a veintidós de febrero de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administraciónde Justicia.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 2
D. JOSE LUIS GARCIA ROIG, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DELJUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 002 DE VALLADOLID.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª NDIAKHATE CISSE contra LARBI EL AMRI, en reclamación porORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000159 /2018 se haacordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a LARBI ELAMRI, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 20/11/2018 a las 10:30horas, en la Sede de este Juzgado, para la celebración de los actos de conciliación y en sucaso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmenteapoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse,con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán porfalta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a LARBI EL AMRI, se expide la presente cédula para supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.
En Valladolid, a veintidós de febrero de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administraciónde Justicia.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4
Dª JOSE LUIS GARCIA ROIG, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 004 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000034 /2018 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOANA GARCIA LEAL contra laempresa ETOPART S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuyaparte dispositiva se adjunta:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia num. 437/2017 a favorde la parte ejecutante, JOANA GARCIA LEAL, frente a ETOPART S.L., parte ejecutada, ,por importe de 840,77 euros en concepto de principal, más otros 126,11 euros que se fijanprovisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante laejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en
los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen losartículos 251.2 y 239.3 de la LJS.
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
-Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de losbienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.
-Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienesdel ejecutado.
-El embargo y retención de los saldos de las cuentas bancarias de dicho ejecutado hastacubrir los importes reclamados.
-El embargo de las posibles devoluciones de la Agencia Estatal de AdministraciónTributaria a que tuviera derecho dicho ejecutado.
Dichos embargos se llevarán a cabo de forma telemática mediante la aplicación que paratal fin dispone el Juzgado.
Y para que sirva de notificación en legal forma a ETOPART S.L., en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o
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cuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a veintidós de febrero de dos mil dieciocho.- El Letrado de la Administraciónde Justicia.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4
NIG: 47186 44 4 2017 0003488Modelo: N28150PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000856 /2017Procedimiento origen: /Sobre ORDINARIODEMANDANTE/S D/ña: YASIN HILALIABOGADO/A: REINHARD FRANCISCO JOSE KONIGDEMANDADO/S D/ña:FOGASA ABOGACIA DEL ESTADO FOGASA, VALLADOLID, BODEGA DE SARRIA S.A. , LARBI EL AMRIABOGADO/A: LETRADO DE FOGASAGRADUADO/A SOCIAL: JUAN MILLAN GONZALEZ CANTALAPIEDRA
E D I C T O
Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, Letrado de la Administración de Justicia delJuzgado de lo Social nº 004 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000856/2017 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de D/Dª YASIN HILALI contra la empresa FOGASA ABOGACIA DELESTADO FOGASA, VALLADOLID, BODEGA DE SARRIA S.A., LARBI EL AMRI, sobreORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
S E N T E N C I A
Valladolid, a veinte de febrero de dos mil dieciocho.
Vistos por D. José Antonio Merino Palazuelo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de Valladolid, los presentes autos nº 856/17, sobre reclamación decantidad, seguidos a instancia de D. Yasin Hilali, asistido por el Letrado D. ReinhardFrancisco José Konig, frente a D. Larbi El Amri, que no comparece, BODEGA DESARRÍA, S.A., representada y asistida por el Graduado Social D. Juan Millán GonzálezCantalapiedra, y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, representado y asistido por laLetrada Dña. Isabel Ribot Álvarez.
F A L L O
Que estimando en parte la demanda interpuesta por D. Yasin Hilali, frente a D. Larbi ElAmri, BODEGA DE SARRÍA, S.A. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo condenary condeno a D. Larbi El Amri a que abone al demandante la suma de 588,33 €, más losintereses prevenidos en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores devengadosdesde el 07.04.2017 hasta la presente resolución, con responsabilidad solidaria deBODEGA DE SARRIA, S.A. respecto a la cantidad de 245,97 €, a cuyo abono al actortambién se la condena con tal carácter solidario, más los intereses contemplados en elartículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores devengados por esta última cantidad desdeel 07.04.2017 hasta la presente resolución, sin perjuicio de las responsabilidades que, en
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su caso, puedan corresponder al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra lamisma no cabe interponer recurso en vía ordinaria.
Así por esta mi sentencia, dictada e incluida en el archivo digital correspondiente delJuzgado para su tratamiento informático en el día de la fecha, de la que se deducirácertificación para unir a los autos de que dimana, y a la que se le dará la publicidadprevenida en la normativa en vigor, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio,mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a LARBI EL AMRI, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de VALLADOLID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a veintiséis de febrero de dos mil dieciocho.-La Letrado de la Administraciónde Justicia.
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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 4
NIG: 47186 44 4 2017 0001511Modelo: N28150PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000372 /2017Procedimiento origen: /Sobre ORDINARIODEMANDANTE/S D/ña: ALI GAMMANEABOGADO/A: REINHARD FRANCISCO JOSE KONIGDEMANDADO/S D/ña: BODEGA DE SARRIA S.A. BODEGA DE SARRIA S.A., FOGASAABOGACIA DEL ESTADO FOGASA, VALLADOLID , LARBI EL AMRIABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA
GRADUADO/A SOCIAL: JUAN MILLAN GONZALEZ CANTALAPIEDRA
E D I C T O
Dª MARIA YOLANDA MARTIN LLORENTE, Letrado de la Administración de Justicia delJuzgado de lo Social nº 004 de VALLADOLID, HAGO SABER:
Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000372/2017 de este Juzgado de lo Social,seguidos a instancia de D ALI GAMMANE contra la empresa BODEGA DE SARRIA S.A.BODEGA DE SARRIA S.A., FOGASA ABOGACIA DEL ESTADO FOGASA,VALLADOLID, LARBI EL AMRI , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución,cuya parte dispositiva se adjunta:
S E N T E N C I A
Valladolid, a veinte de febrero de dos mil dieciocho.
Vistos por D. José Antonio Merino Palazuelo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo SocialNúmero Cuatro de Valladolid, los presentes autos nº 372/17, sobre reclamación decantidad, seguidos a instancia de D. Ali Gammane, representado y asistido por el LetradoD. Reinhard Francisco José Konig, frente a D. Larbi El Amri, que no comparece, BODEGADE SARRÍA, S.A., representada y asistida por el Graduado Social D. Juan Millán GonzálezCantalapiedra, y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, representado y asistido por laLetrada Dña. Isabel Ribot Álvarez.
F A L L O
Que estimando en parte la demanda interpuesta por D. Ali Gammane frente a D. Larbi ElAmri, BODEGA DE SARRÍA, S.A. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, debo condenary condeno a D. Larbi El Amri a que abone al demandante la suma de 836,42 €, más losintereses prevenidos en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores devengadosdesde el 13.04.2017 hasta la presente resolución, con responsabilidad solidaria deBODEGA DE SARRÍA, S.A. respecto a la cantidad de 281,11 €, a cuyo abono al actortambién se la condena con tal carácter solidario, más los intereses contemplados en el
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artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores devengados por esta última cantidad desdeel 13.04.2017 hasta la presente resolución, sin perjuicio de las responsabilidades que, ensu caso, puedan corresponder al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra lamisma no cabe interponer recurso en vía ordinaria.
Así por esta mi sentencia, dictada e incluida en el archivo digital correspondiente delJuzgado para su tratamiento informático en el día de la fecha, de la que se deducirácertificación para unir a los autos de que dimana, y a la que se le dará la publicidadprevenida en la normativa en vigor, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio,mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a LARBI EL AMRI, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.
En Valladolid, a veintiséis de febrero de dos mil dieciocho.-La Letrado de la Administraciónde Justicia.
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