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SUMARIO II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEON III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid. Anuncio por el que se dispone el acuerdo, depósito y publicación de las tablas salariales de salones de belleza (código 47000655011990) Página 5 AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO Y PARTICIPACION. Extracto del Acuerdo nº 51/20, de 19 de junio de la Junta de Gobierno por el que se convocan ayudas a autónomos y pequeñas empresas para transformación digital y adaptación de espacios frente al COVID-19 Página 8 AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO Y PARTICIPACION. Extracto del Acuerdo número 50/20 de 19 de junio de la Junta de Gobierno por el que se convocan ayudas para autónomos y pequeñas empresas para cubrir gastos ocasionados durante el estado de alarma por COVID-19 Página 11 AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO Y PARTICIPACION. Extracto del Acuerdo número 80/20 de 19 de junio del Pleno por el que se aprueba el plan especial para ayuntamientos y entidades locales menores en el marco del plan de choque frente al COVID-19. Página 13 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve: BOPVA-S-2020-122 Lunes, 29 de junio de 2020 Núm. 122 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID BOPVA-B-2020-122 Núm. 122 Lunes, 29 de junio de 2020 Pág. 1

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SUMARIO

II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID. Oficina Territorial deTrabajo de Valladolid. Anuncio por el que se dispone el acuerdo, depósitoy publicación de las tablas salariales de salones de belleza (código47000655011990) Página 5

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION. Extracto del Acuerdo nº 51/20, de 19 de junio de laJunta de Gobierno por el que se convocan ayudas a autónomos ypequeñas empresas para transformación digital y adaptación de espaciosfrente al COVID-19 Página 8

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION. Extracto del Acuerdo número 50/20 de 19 de junio de laJunta de Gobierno por el que se convocan ayudas para autónomos ypequeñas empresas para cubrir gastos ocasionados durante el estado dealarma por COVID-19 Página 11

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION. Extracto del Acuerdo número 80/20 de 19 de junio delPleno por el que se aprueba el plan especial para ayuntamientos yentidades locales menores en el marco del plan de choque frente alCOVID-19. Página 13

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DIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

AYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO

AYUNTAMIENTO DE CASTROMEMBIBRE

AYUNTAMIENTO DE OLMEDO

AYUNTAMIENTO DE PARRILLA (LA)

AYUNTAMIENTO DE PARRILLA (LA)

AYUNTAMIENTO DE PARRILLA (LA)

ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCION. Servicio deHacienda y Economía. Aprobación definitiva del expediente demodificación de créditos ESBT-3/2020 Página 15

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS. Convocatoria de laprimera edición de los premios Ingenia Valladolid. Página 17

RECAUDACION. Exposición pública del padrón de contribuyentes de latasas de basuras 2020. Página 19

Convocatoria para ocupar el cargo de Juez de Paz sustituto. Página 21

Resolución por la que se delega en el primer teniente de Alcalde latotalidad de las funciones de Alcaldía durante un periodo de tiempo Página 22

Anuncio de subasta para la adjudicación del aprovechamiento de pinossecos de los montes números 37 y 39 del C.U.P., denominados Corazón yMohago Página 24

Aprobación inicial del presupuesto general. Ejercicio 2020 Página 26

Aprobación provisional de las ordenanzas fiscales reguladora de la tasapor suministro de agua potable, prestación de recogida de basuras yalcantarillado y otras. Página 27

Aprobación provisional de la ordenanza reguladora sobre protección de laconvivencia ciudadana y prevención de actuaciones antisociales. Página 28

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AYUNTAMIENTO DE PEÑAFIEL

AYUNTAMIENTO DE PEÑAFIEL

AYUNTAMIENTO DE ROALES DE CAMPOS

AYUNTAMIENTO DE ROALES DE CAMPOS

AYUNTAMIENTO DE SERRADA

AYUNTAMIENTO DE TIEDRA

AYUNTAMIENTO DE TORRECILLA DE LA ABADESA

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

SECRETARIA. Aprobación provisional del reglamento regulador de laadministración electrónica. Página 29

Modificación del calendario fiscal correspondiente a 2020. Página 30

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2019 Página 31

Exposición pública del proyecto técnico para la ejecución de la obraacondicionamiento de estación depuradora, incluida en el Plan Provincialde Cooperación 2020-2021 Página 32

Corrección de errores en el anuncio publicado en el Boletín de fecha 15 dejunio de 2020, relativo a una plaza de encargado de servicios varios Página 33

Aprobación definitiva del presupuesto general y plantilla del personal.Ejercicio 2020 Página 35

Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio 2019 Página 36

Notificación en procedimiento ordinario número 787/2019. Página 37

Notificación en procedimiento ordinario número 781/2019 Página 38

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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número 10/2020. Página 39

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número76/2020. Página 40

Notificación en procedimiento despidos/ceses en general número1031/2019 Página 42

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 8/2020 Página 43

Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número45/2020. Página 44

Notificación en procedimiento ordinario número 537/2019. Página 46

Notificación en procedimiento ordinario número 530/2019 Página 47

Notificación en procedimiento ordinario número 134/2020. Página 49

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II.-ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEON

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLIDOficina Territorial de Trabajo de Valladolid

RESOLUCIÓN DE 16 DE JUNIO DE 2020 DE LA OFICINA TERRITORIAL DE TRABAJODE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN ENVALLADOLID, POR LA QUE SE DISPONE EL REGISTRO, DEPÓSITO Y PUBLICACIÓNDE LAS TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2020 PARA EL SECTOR DEPELUQUERIAS, SALONES DE BELLEZA, GIMNASIOS Y SIMILARES DE VALLADOLID(Código 47000655011990)

Visto la documentación relativa a las Tablas Salariales para el año 2020, para el Sector dePeluquerías, Salones de Belleza, Gimnasios y Similares de Valladolid (Código470006550011990), acordada el día 5 de febrero de 2020 por la Comisión Negociadoraintegrada por los representantes de ASOCIACION DE ESTETICISTAS DE VALLADOLIDY PROVINCIA-AENAP y ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE IMAGEN PERSONAL DEVALLADOLID, y los representantes de UGT, y CCOO, con fecha de entrada en esteOrganismo a través del Registro Telemático de Convenios el día 5 de marzo de 2020, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de losTrabajadores, el artículo 2.1.a) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registroy depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Real Decreto 831/1995, de 30de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a laComunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y laOrden EYH/1139/2017, de 20 de diciembre de 2017, por la que se desarrolla la estructuraorgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación alo dispuesto en el Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración yaprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla yLeón, esta Oficina Territorial de Trabajo,

ACUERDA

PRIMERO.-Inscribir las tablas salariales para el año 2020 para el Sector de Peluquerías,Salones de Belleza, Gimnasios y Similares de Valladolid, en el correspondiente Registro deeste Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora.

SEGUNDO.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

TERCERO.-Depositar un ejemplar del mismo en esta Entidad.

Valladolid 18 de junio de 2020.-La Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo.-FFdo.: MªBelen de la Iglesia Freile.

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ACTA DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO

PARA EL SECTOR DE PELUQUERIAS, SALONES DE BELLEZA,

GIMNASIOS Y SIMILARES DE VALLADOLID

En Valladolid a 05 de febrero de 2020 se reúnen los miembros de la Comisión

Negociadora del Convenio Colectivo para el Sector de Peluquerías, Salones de Belleza,

Gimnasios y Similares en la sede de CCOO, sita en la Plaza Madrid Nº. 4, comparecen

las personas que seguidamente se relacionan y en la representación que consta:

ASISTENTES

U.G.T.:

J. L. M. S. J.

C. V. L.

CC.OO.:

A. E. G.

R. Mª. A. B.

ASOCIACION DE ESTETICISTAS DE VALLADOLID Y PROVINCIA – AENAP

E.S. C.

ASOCIACION DE EMPRESAS DE IMAGEN PERSONAL DE VALLADOLID

M. C. R.

ACUERDAN

Al amparo de lo previsto en el Anexo I del Convenio Colectivo de Peluquerías,

Salones de Belleza, Gimnasios y Similares de Valladolid, se acuerda que las Tablas

Salariales Provisionales para el año 2020, se incrementa el 1 %, aplicándose la

Revisión Salarial si el IPC real del año 2020 fuese mayor al porcentaje aquí aplicado

Verificadas las mismas, y hallándolas conformes, las mismas se aprueban para

su posterior remisión a la Autoridad Laboral para su publicación y entrada en vigor las

mismas.

Las partes delegan en Dña D. J. D., para proceder al registro de este acuerdo.

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Categorías profesionales

Grupo 0.- Director/a de Salón

Grupo I. Manicura/o, pedicura/o, depilador/a, camarero o camarera de cabina, taquillera/o,

fogonero-ayudante, Ayudante o Ayudanta de peluquería , auxiliar, recepcionista, telefonista,

ordenanza, limpiador/a, limpiabotas, botones, peón/a, aprendiz/a, menores de dieciocho años.

Grupo II., , Bañero/a socorrista, maquinista, monitor/a de gimnasia, cajero/a, vendedores,

oficial/a de tercera

Grupo III

Oficial/a de primera, oficial/a de segunda, , esteticista

Grupo IV. Oficial/a mayor, oficial/a especial, profesor/a de belleza y esteticista, esteticista o

especialista en tratamientos de belleza, masajista estético, encargado/a de baños, encargada/o de

salón, profesor/a de natación, encargado/a de gimnasio, profesor/a de gimnasia, jefe/a de

administración, jefe/a de ventas.

Bolsa Vacaciones 71,11 € Festivos y Domingos Grupo I 28,97 € Grupo II 31,70 € Grupo III 33,97 € Grupo IV 36,23 € Horas Extras Grupo I 11,85 € Grupo II 13,00 € Grupo III 13,47 € Grupo IV 13,95 € Grupo 0 14,59 €

Seguro Accidentes 13.000,00 € Se respetarán las condiciones más beneficiosas reconocidas en el anterior Convenio que

tuviesen los trabajadores de alta en la empresa a 31 de Diciembre de 2005.

TABLA SALARIAL PROVISIONAL AÑO 2020

S. MES P. LOCOMOCION SALARIO

GRUPO ANUAL

0 1.086,88 € 41,84 € 15.676,56 €

IV 1.034,53 € 41,84 € 14.943,66 €

III 999,24 € 41,84 € 14.449,60 €

II 964,05 € 41,84 € 13.956,94 €

I 950,00 € 41,84 € 13.760,24 €

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION

Extracto del Acuerdo nº 51/20, de 19 de junio, de la Junta de Gobierno de la Diputación deValladolid, por el que se convocan ayudas a autónomos y pequeñas empresas paratransformación digital y adaptación de espacios frente al COVID-19

Extracto del Acuerdo nº 51/20, de 19 de junio, de la Junta de Gobierno de la Diputación deValladolid, por el que se convocan ayudas a autónomos y pequeñas empresas paratransformación digital y adaptación de espacios frente al COVID-19

BDNS:512097

Extracto de la convocatoria de ayudas a autónomos y pequeñas empresas para sutransformación digital y adaptación de espacios de negocio, en el marco del plan dechoque de la Diputación de Valladolid para hacer frente a las consecuencias sociales yeconómicas del covid-19.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero.-Beneficiarios.

Autónomos y pequeñas empresas que cumplan las condiciones previstas en la base cuartade la convocatoria.

Segundo.-Objeto.

Ayudar a los autónomos y pequeñas empresas para hacer frente a las consecuenciassociales y económicas del COVID-19 en dos líneas de actuación:

LÍNEA A. DIGITALIZACIÓN: Implantación y/o mejora de soluciones digitales y de comercioelectrónico, a través de las siguientes modalidades:

-MODALIDAD I. TELETRABAJO.

-MODALIDAD II. WEB CORPORATIVA, TIENDA ON LINE Y POSICIONAMIENTO EN ELMERCADO.

LÍNEA B. ADAPTACIÓN DE ESPACIOS A LAS MEDIDAS DE CONTROL YDISTANCIAMIENTO PROVOCADAS POR EL COVID-19.

Tercero.-Bases reguladoras.

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Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provinciade Valladolid de 6 de marzo de 2006).

Cuarto.-Cuantía.

Importe total: 866.500 euros, distribuidos de la siguiente forma:

- LÍNEA A. DIGITALIZACIÓN: 300.000 euros

- LÍNEA B. ADAPTACIÓN DE ESPACIOS: 566.500 euros.

Cuantía máxima de ayuda por beneficiario:

LÍNEA A. DIGITALIZACIÓN:

-Si el gasto es de 300 euros o inferior, sin incluir el IVA, el 90% del coste.

-Si el gasto oscila entre 301 y 1.000 euros, sin incluir el IVA, el 80% del coste.

-Si el gasto es superior a 1.000 euros, sin incluir el IVA, el 60% del coste, con un máximode ayuda de 1.500 euros.

LÍNEA B. ADAPTACIÓN DE ESPACIOS: el 90% del coste, sin incluir el IVA, con unmáximo de ayuda de 1.000 euros.

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes.

Hasta el 4 de septiembre de 2020, incluido.

Sexto.-Otros datos de interés.

Gastos subvencionables:

LÍNEA A. DIGITALIZACIÓN:

-MODALIDAD I. TELETRABAJO: ordenadores, móviles y conexión VPN o similar

-MODALIDAD II. WEB CORPORATIVA, TIENDA ON LINE Y POSICIONAMIENTO EN ELMERCADO: gastos derivados de la creación e implantación de páginas web y/o tiendas“on line” y gastos derivados de la contratación de servicios de posicionamiento en elmercado (SEO) o de publicidad “on line” (SEM).

LÍNEA B. ADAPTACIÓN DE ESPACIOS: gastos para la adecuación de losestablecimientos (adquisición de equipos de desinfección, mamparas protectoras, kitsanitarios, etc), y en el caso de que se implante algún sello de certificación de seguridadsanitaria, los gastos tendentes a conseguir la certificación. Tratándose de guías de turismoserá subvencionables, además, las auto guías y receptores adaptados.

Documentación: la prevista en la base novena de la convocatoria.

Criterio de valoración: se aplica como único criterio de valoración el número de habitantesdel municipio donde radique la actividad económica, priorizando los más pequeños frente alos mayores.

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Forma de pago: los beneficiarios recibirán el importe íntegro de la ayuda. En el caso de nohaber efectuado el gasto, el pago se realizará de manera anticipada y con el carácter de“a justificar”, sin necesidad de constituir garantía.

Forma y plazo de justificación: mediante la presentación prevista en la base décimo novenay en un plazo máximo que finalizará el 31 de enero de 2021.

Valladolid a diecinueve de junio de dos mil veinte.-El Presidente.-Fdo.: Conrado ÍscarOrdóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION

Extracto del Acuerdo nº 50/20, de 19 de junio, de la Junta de Gobierno de la Diputación deValladolid por el que se convocan ayudas para autónomos y pequeñas empresas paracubrir gastos ocasionados durante el estado de alarma por COVID-19

BDNS:512089

Extracto de la convocatoria de ayudas a autónomos y pequeñas empresas para cubrirgastos ocasionados por el cese de actividad o la pérdida de ingresos originados por elestado de alarma, en el marco del plan de choque de la Diputación de Valladolid parahacer frente a las consecuencias sociales y económicas del covid-19.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero. Beneficiarios.

Autónomos y pequeñas empresas que cumplan las condiciones previstas en la base cuartade la convocatoria.

Segundo. Objeto.

Ayudar a los autónomos y pequeñas empresas para acometer las pérdidas generadas porel estado de alarma, bien porque se ha cesado de forma transitoria toda actividad en esteperiodo, bien porque, aun manteniéndose la actividad, se ha producido una disminuciónimportante en el volumen de negocio.

Tercero. Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provinciade Valladolid de 6 de marzo de 2006).

Cuarto. Cuantía.

Importe total: 2.000.000 euros

Cuantía máxima de ayuda por beneficiario: el 60% de los gastos subvencionables, sinincluir el IVA, con un límite de 600 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

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Hasta el 4 de septiembre de 2020, incluido.

Sexto. Otros datos de interés.

Gastos subvencionables:

-Gastos de alquiler o hipoteca del local de negocio (capital e intereses), y gastos depréstamos relacionados con el negocio o actividad si no se dispone de local físico.

-Gastos de luz, agua, calefacción del local de negocio.

-Gastos en telecomunicaciones relacionadas con el negocio.

-Gastos de asesoría fiscal, contable o legal relacionados con el COVID-19 y seguros delnegocio.

-Gastos de publicidad relacionados con la venta on line o con el posicionamiento web.

Criterio de valoración: fecha de presentación de la solicitud o, en el caso de no estécompleta, fecha de presentación de la subsanación correspondiente.

Forma de pago: El pago se realizará por Decreto del Presidente de la Diputación, a lavista de las subvenciones concedidas por la Junta de Gobierno.

Las subvenciones que se concedan se entenderán justificadas con la presentación de ladocumentación exigida en la base novena de la convocatoria, sin perjuicio de lascomprobaciones que procedan.

Valladolid a diecinueve de junio de dos mil veinte.-El Presidente.-Fdo.: Conrado ÍscarOrdóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

AREA DE EMPLEO Y DESARROLLO ECONÓMICO,TURISMO YPARTICIPACION

Extracto del Acuerdo nº 80/20, de 19 de junio, del Pleno de la Diputación de Valladolid porel que se aprueba el Plan Especial para Ayuntamientos y Entidades Locales Menores en elmarco del Plan de Choque frente al COVID-19

BDNS: 512080

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN EL MARCO DEL PLANESPECIAL PARA AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES EN ELMARCO DEL PLAN DE CHOQUE DE LA DIPUTACIÓN DE VALLADOLID FRENTE ALCOVID-19

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero.-Beneficiarios.

Entidades Locales Menores y Ayuntamientos de la provincia de Valladolid con menos de20.000 habitantes.

Segundo.-Objeto.

Ayudar a las Entidades Locales Menores y Ayuntamientos de la provincia de Valladolid conmenos de 20.000 habitantes para acometer los gastos provocados con motivo de lapandemia del Covid-19, en el ámbito del empleo y fortalecimiento del tejido productivo,económico y social.

Tercero.-Bases reguladoras.

Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valladolid (B.O.P. de la Provinciade Valladolid de 6 de marzo de 2006).

Cuarto.-Cuantía.

A cada Ayuntamiento se le concede una cantidad fija de 4.000 euros y una cantidadvariable en función de la población.

A cada Entidad Local Menor se le concede una cantidad fija de 1.500 euros.

Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes.

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El plazo para presentar la solicitud de aceptación y petición de pago anticipado es de 20días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el B.O.P. de Valladolid delextracto de la convocatoria.

Sexto.-Otros datos de interés.

Beneficiarios: las entidades locales beneficiarias aparecen relacionadas en el Anexo I de laconvocatoria.

Gastos subvencionables:

GASTOS DEL CAPÍTULO 1, bien para contratar nuevo personal, bien para ampliar laduración del contrato del personal contrato en el marco de PAE, PREPLAN o FondoExtraordinario. La contratación debe estar relacionada con las necesidades provocadaspor el COVID-19.

GASTOS DE CAPÍTULO 2, es decir, gastos en contrataciones externas de servicios ysuministros de material no inventariable.

No podrá aplicarse para cubrir suministros ordinarios vinculados a locales municipales,como luz, agua o calefacción, ni gastos telefónicos o de conexión a Internet.

GASTOS DE CAPÍTULO 6, relativos a:

-Cualquier tipo de obra nueva.

-Inversiones relacionadas con el COVID-19, como compra de portátiles para fomentar elteletrabajo o adaptaciones de locales municipales a las nuevas medidas sanitarias y dedistanciamiento.

PÉRDIDA DE INGRESOS ORDINARIOS POR EXENCIONES O BONIFICACIONES ENINGRESOS PÚBLICOS acordadas por el Ayuntamiento para paliar las consecuencias delCOVID-19.

Forma de pago: pago anticipado a justificar, sin necesidad de garantía.

Forma de justificación: mediante la presentación de documentación a la que alude la basedécimo sexta de la convocatoria.

Plazo máximo de justificación: el 31 de enero de 2021, en general, o el 31 de julio de 2021,para gastos de personal y obra nueva.

Valladolid a diecinueve de junio de dos mil veinte.-El Presidente.-Fdo.: Conrado ÍscarOrdóñez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACION PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE HACIENDA, PERSONAL Y PROMOCIONServicio de Hacienda y Economía

La Excma. Diputación Provincial de Valladolid, en sesión extraordinaria celebrada por elPleno el día 3 de junio de 2020, aprobó inicialmente el expediente de modificación decréditos ESBT-3/2020, dentro del vigente presupuesto general.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, una vez transcurrido el plazo de exposición pública sin habersepresentado reclamaciones, ha sido elevado a definitivo dicho acuerdo, siendo el resumenpor capítulos de la modificación presupuestaria aprobada, el que se indica en anexo I.

Recursos: Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa y es definitivo en dichavía, pueden los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala delo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sita enValladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de lapublicación.

No obstante, los interesados podrán ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno.

En Valladolid, a 26 de junio de 2020.-El Presidente.-Fdo.: Conrado Íscar Ordóñez

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ANEXO I

RESUMEN EXPDTE. MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS ESBT-3/20

CAPÍTULO DIPUTACIÓN REVAL AJUSTE CONSOLIDADOSODEVA C.M.A.

GASTOSC1 - PERSONAL 229.334,00 229.334,00

C2 - BIENES Y SERVICIOS CORRIENTES -205.613,60 -205.613,60

C3 - INTERESES -38.000,00 -38.000,00

C4 - TRANSFERENCIAS CORRIENTES 5.699.665,00 5.699.665,00

C5 - FONDO CONTINGENCIAPRESUPUESTARIA

1.481.236,32 1.481.236,32

7.166.621,72GASTOS OPERACIONES CORRIENTES 7.166.621,72C6 - INVERSIONES REALES -2.050.300,00 -2.050.300,00

C7 - TRANSFERENCIAS DE CAPITAL -266.065,00 -266.065,00

-2.316.365,00GASTOS OPERACIONES DE CAPITAL -2.316.365,00

4.850.256,72TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS 4.850.256,72C8 - VARIACIÓN ACTIVOS FINANCIEROS 2.109.000,00 2.109.000,00

2.109.000,00GASTOS OPERACIONES DE CAPITAL 2.109.000,00

2.109.000,00TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 2.109.000,006.959.256,72TOTAL GASTOS 6.959.256,72

INGRESOSC7 - TRANSFERENCIAS DE CAPITAL -298.497,43 -298.497,43

-298.497,43INGRESOS OPERACIONES DE CAPITAL -298.497,43

-298.497,43TOTAL OPERACIONES NO FINANCIERAS -298.497,43C8 - VARIACIÓN ACTIVOS FINANCIEROS 7.257.754,15 7.257.754,15

7.257.754,15INGRESOS OPERACIONES DE CAPITAL 7.257.754,15

7.257.754,15TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS 7.257.754,156.959.256,72TOTAL INGRESOS 6.959.256,72

CAPACIDAD(+)/NECESIDAD(-)FINANCIACIÓN -5.148.754,15 -5.148.754,15

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONCEJALÍA DE PLANIFICACIÓN Y RECURSOS

CONVOCATORIA DE LA 1ª EDICIÓN DE LOS PREMIOS "INGENIA VALLADOLID"

BDNS(Identif.):512483

CÓDIGO BNDS: 512483

TEXTO DEL EXTRACTO:

"De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyotexto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), así como en la dirección(https://www.valladolid.gob.es/es/tablon-oficial/ayuntamiento-valladolid/convocatorias):

Primero. Objeto:

Fomentar y reconocer las mejores ideas orientadas a incrementar el nivel de calidad devida en la ciudad de Valladolid, fomentando la participación ciudadana, difundiendo lacapacidad creativa e innovadora y proyectando una imagen positiva de la ciudad.

Segundo. Participantes:

1.Podrá participar en este concurso cualquier persona física o entidad sin ánimo de lucro.Las personas físicas podrán hacerlo de forma individual o colectiva, debiendo en esteúltimo caso designarse por el grupo una persona representante del mismo a todos losefectos del concurso.

2.Las personas físicas deberán ser mayores de edad. También podrán participar personasmenores de edad, siempre que se encuentren debidamente autorizadas por surepresentante legal.

3.No podrán presentar ideas o propuestas al presente concurso aquellas personas quetengan la condición de empleados del Sector Público.

Tercero. Importe de los premios:

El importe total destinado a premiar las mejores ideas o propuestas presentadas es de19.000 euros, distribuidos entre las siguientes categorías:

Un primer premio, dotado con 6.000 euros.

Un segundo premio, dotado con 4.000 euros.

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Un tercer premio, dotado con 2.000 euros.

Siete cuartos premios, dotados con 1.000 euros cada uno.

Cuarto. Presentación de solicitudes:

Las solicitudes y documentación se presentarán conforme se dispone en el apartado"Quinto" de la convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de inscripción comenzará el día siguiente de la fecha de publicación del extractode esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y finalizará el día 30de octubre de 2020.

Sexto. Incompatibilidad:

La concesión de estos premios será incompatible con cualquier otro premio concedido a lamisma idea o propuesta con anterioridad a la resolución o con cualquier ayuda osubvención para su realización, otorgada por otras Administraciones Públicas o porentidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.

En Valladolid, a veinticuatro de junio de dos mil veinte.-Concejal Delegado General dePlanificación y Recursos.-Fdo.: Pedro Herrero García.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA

RECAUDACION

EDICTO DE NOTIFICACIÓN COLECTIVA DE LIQUIDACIONES DE VENCIMIENTOPERIÓDICO Y ANUNCIO DE COBRANZA.

Con fecha 17 de Junio de 2020, mediante Resolución de Alcaldía Nº 2020/1500, seaprueba el padrón y lista cobratoria de la Tasa por Recogida de Basuras y ResiduosSólidos Urbanos del ejercicio 2020, por un importe de 563.935,89€, número de recibos10.291.

Esta exposición al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo tiene carácter denotificación colectiva en los términos del artículo 102.3 Ley 58/2003, de 17 de diciembre,General Tributaria.

El citado padrón y lista cobratoria se expondrá al público en las dependencias municipalesde este Ayuntamiento (Plaza España Nº1) a efectos de presentar alegaciones durante unplazo de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del anuncioen el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes, a contar desde el díasiguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón, el recurso dereposición, previo al Contencioso-Administrativo, a que se refiere el artículo 108 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con relación al artículo14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado porReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Contra su desestimación expresa opresunta cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el díasiguiente al de la notificación del recurso de reposición si fuera expresa y si no lo fuese, enel plazo de seis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

PLAZO DE INGRESO:

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005 que aprueba elReglamento General de Recaudación, el plazo de ingreso será el comprendido entre losdías 20 de Junio al 20 de Agosto de 2020, ambos inclusive, del presente año.

MODALIDAD DE PAGO:

Recibos no domiciliados:

Mediante la presentación de los documentos (avisos de pago) que serán enviados porcorreo ordinario, en cualquiera de las entidades colaboradoras en la recaudaciónautorizadas al efecto: CAIXABANK, UNICAJA, SABADELL y BBVA. Este documento (avisode pago) servirá como justificante de pago con la validación mecánica o firma y sello de laentidad financiera. Asimismo podrá realizarse el pago a través de Internet en la VentanillaVirtual de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda de una

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marera cómoda y segura,

(https://sede-electronica.aytoarroyo.org/ventanillavirtual/index.html).

Para evitar molestias y esperas innecesarias podrá domiciliar el pago del tributo paraejercicios sucesivos en su entidad financiera, para lo cual deberá cumplimentardebidamente la orden de domiciliación que aparece en el documento (aviso de pago) o lasolicitud facilitada en las oficinas municipales (http://www.aytoarroyo.es/tramite/gestion-tributaria).

Recibos domiciliados:

Conforme el artículo 38 del Real Decreto 939/2005 que aprueba el Reglamento Generalde Recaudación, las deudas que hayan sido domiciliadas en cuentas abiertas en entidadesfinancieras, se harán efectivas mediante adeudo en cuenta el día 5 de Julio. En este casoservirán como justificantes de pago, los documentos de adeudo en cuenta emitidos por lasentidades financieras donde tenga domiciliado el pago.

ADVERTENCIA:

Transcurrido el plazo de periodo voluntario, las deudas no satisfechas serán exigidas por elprocedimiento de apremio y devengarán los recargos del período ejecutivo, los interesesde demora y en su caso, las costas que se produzcan, de conformidad con lo establecidoen los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Arroyo de la Encomienda, 18 de Junio de 2020.- EL Alcalde.-Fdo.: Sarbelio FernándezPablos

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CAMPASPERO

En cumplimiento con lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica delPoder Judicial y Reglamento 3/95, de 7 de Junio de los Jueces de Paz, se pone enconocimiento de todos los vecinos de este Municipio que, dentro del plazo allí establecido,se procederá, por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala deGobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el nombramiento del cargo deJUEZ DE PAZ SUPLENTE.

Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar en el Registro de esteAyuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de quince días hábiles,contados a partir del siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de laProvincia, acompañado de los siguientes documentos:

a).Fotocopia del DNI.

b).Declaración Jurada sobre los siguientes extremos:

-Que carece de antecedentes penales.

-Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

-Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

-Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la funciónjudicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno delTribunal Superior de Justicia.

-Que no está incurso en ninguna causa de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibiciónprevista en los arts. 303, y 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documentoidóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que sehubiere podido incurrir.

Quien lo solicite, será informado por este Ayuntamiento de las condiciones precisas parapoder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impidendesempeñar el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

En Campaspero a 17 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Julio Cesar García Hernando

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CASTROMEMBIBRE

Por Resolución de Alcaldía nº 2020-0008 de fecha 27 de mayo de 2020, se aprobó laResolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:

Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidadde sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia,enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones, asícomo el Alcalde puede efectuar delegaciones especiales para cometidos específicos afavor de cualquiera de los concejales.

Considerando que durante los días 26 de junio de 2020 hasta el día 1 de septiembre de2020, ambos inclusive la Sra. Alcaldesa se encontrará ausente del Municipio.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 deabril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO. Delegar en D. Jesús Montaña Celemín, Primer Teniente de Alcalde la totalidadde las funciones de Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 y 4 de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo comprendidoentre los días 26/06/2020 y 01/09/2020, ambos inclusive, por maternidad de la Alcaldesa.

SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así comola de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actosadministrativos que afecten a terceros.

TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todocaso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposicionesdictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones detrascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento yRégimen Jurídico de las Entidades Locales.

CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia laaceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no seformula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en eltérmino de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificadaesta resolución.

QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesiónque esta celebre.

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SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente lasprevisiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ydel Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento deOrganización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto alas reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo queestablece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases delRégimen Local, y de acuerdo con lo que disponen los arts 123 y 124 de la Ley 39/2015 de1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, Recurso de Reposición ante laAlcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente ala recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativoante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el término de dosmeses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante,podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.

Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales.

En Castromembibre, a 17 de junio de 2020.-La Alcaldesa.-Fdo.: Lorena RodríguezFernández

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE OLMEDO

1º.-Entidad adjudicadora:

a).-Organismo: AYUNTAMIENTO DE OLMEDO

b).-Dependencia que tramita el expediente: SECRETARÍA-INTERVENCION.

c).-Nº de expediente: 552/2020

2º.-Objeto del Contrato:

a).-Descripción del objeto: APROVECHAMIENTO DE PINOS SECOS

b).-División por lotes o número: NO

c).-Duración del contrato: SEIS MESES

d).-Lugares de ejecución: MONTE CORAZÓN Y MOHAGO, Nº 37 Y 39 DEL C.U.P.

3º.- Tramitación, procedimiento:

a).-Tramitación: ORDINARIA

b).-Procedimiento: ABIERTO

4º.-Presupuesto base de licitación:

1.795,65 € (IVA 21%)

5º.-Criterios de valoración de las ofertas: Oferta económica más alta.

6º.-Garantía provisional: No se exige.

7º.-Obtención de documentación e información:

1. Dependencia: Ayuntamiento de Olmedo.

2. Domicilio: Plaza de Santa María nº 1.

3. Localidad y código postal: 47410-OLMEDO.

4. Teléfono: 983600006

5. Telefax: 983600981.

6. Correo electrónico: [email protected]

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7. Dirección de internet del perfil del contratante:https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3AperfilContratante&idBp=pJ%2BpRfEkbyMQK2TEfXGy%2BA%3D%3D

8.-Fecha límite para la obtención de documentación e información: 14º DIA HÁBILSIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN BOP Y PERFIL DEL CONTRATANTE.

7º.-Presentación de las ofertas:

a).-Fecha límite: HASTA LAS 14:00 HORAS DEL 15º DIA HÁBIL SIGUIENTE A LAPUBLICACIÓN EN BOP Y PERFIL DEL CONTRATANTE.

8º.-Lugar de presentación de la documentación:

-Entidad: AYUNTAMIENTO DE OLMEDO

-Domicilio: PZA DE SANTA MARIA Nº 1

-Localidad y Código Postal: OLMEDO 47410

-Provincia: VALLADOLID

9º.-Apertura de ofertas económicas:

a).-Entidad: AYUNTAMIENTO DE OLMEDO

b).-Domicilio: PZA DE SANTA MARIA Nº 1

c).- Localidad: OLMEDO

d.-Fecha: CUARTO DIA HABIL SIGUIENTE A FIN PLAZO PRESENTACION DEPROPOSICIONES O RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIÓN PRESENTADA PORLICITADOR EN OFICINA DE CORREOS DENTRO DEL PLAZO, PREVIO AVISOCONFORME PLIEGO.

e) Hora: 12,00 HORAS

10.-Gastos de publicidad:

Serán de cuenta del adjudicatario el pago de los anuncios en los Boletines Oficiales quederiven de la licitación y su importe máximo será de 165 euros.

En Olmedo, a 16 de junio de 2020.- El Alcalde.-Fdo. Alfonso A. Centeno Trigos.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PARRILLA (LA)

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 25 de mayo de2020 se aprobó el presupuesto general para el ejercicio de 2020.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 de del Real Decreto Leg 2/2004 de5 de marzo se expone al público durante el plazo de quince días, en la Secretaría Generaly durante las horas de oficina, el expediente completo a efectos de que los interesadosque se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedan examinarlo y presentarreclamaciones ante el Pleno del ayuntamiento por los motivos que se señalan en elapartado 2º del mentado artículo 170.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presenten reclamaciones, elpresupuesto se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

La Parrilla a, 17 de junio de 2020.-La Alcaldesa.-Fdo.: Esperanza Toquero Andrés

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PARRILLA (LA)

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2020acordó la aprobación provisional de la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales:

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 8. TASA POR SUMINISTRO DE AGUA A DOMICILIO.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 10. TASA REGULADORA POR LA PRESTACIÓN DELSERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS ORDENANZA FISCAL NÚMERO 3. TASAREGULADORA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO.ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2. ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTOSOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.

ORDENANZA REGULADORA Nº 1. DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES,INSTALACIONES Y OBRAS.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 11. TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USOPÚBLICOLOCAL CON MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ESCOMBROS,MERCANCÍAS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRASINSTALACIONES ANÁLOGAS.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, duranteel plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán examinar el expedientey durante el mismo plazo se les dará audiencia a efectos de que puedan presentar lasreclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisional seelevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicándose en todo casoel texto íntegro de las Ordenanzas Fiscales o sus modificaciones.

La Parrilla a, 17 de junio de 2020.-La alcaldesa.-Fdo.: Esperanza Toquero Andrés.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PARRILLA (LA)

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 25 de mayo de 2020acordó la aprobación provisional de la siguiente Ordenanza Fiscal:

ORDENANZA SOBRE PROTECCIÓN DE LA CONVIVENCIA CIUDADANA YPREVENCIÓN DE ACTUACIONES ANTISOCIALES

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, duranteel plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán examinar el expedientey durante el mismo plazo se les dará audiencia a efectos de que puedan presentar lasreclamaciones y hacer las alegaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Transcurrido dicho plazo sin interponerse reclamaciones, este acuerdo provisional seelevará a definitivo sin necesidad de segundo acuerdo expreso, publicándose en todo casoel texto íntegro de las Ordenanzas Fiscales o sus modificaciones.

La Parrilla a, 17 de junio de 2020. La alcaldesa Esperanza Toquero Andrés.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PEÑAFIEL

SECRETARIA

Aprobada inicialmente la Ordenanza municipal reguladora de la Administración Electrónica,por Acuerdo del Pleno de fecha 20-5-2020, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del TextoRefundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días,a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimenoportunas

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependenciasmunicipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo,estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento[dirección https://www.penafiel.es].

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderádefinitivamente aprobado el Acuerdo de aprobación de la mencionada Ordenanza.

En Peñafiel, a 16 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Roberto Díez González

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE PEÑAFIEL

Se pone en conocimiento de los contribuyentes que mediante Decreto de Alcaldía nº477/2020 de fecha 16 de junio de 2020 se ha aprobado la modificación del CalendarioFiscal según se indica:

Visto el Real Decreto 463/2020, de 14 de Marzo, por el cual se declaró el estado dealarma en todo el territorio nacional, para la gestión de la situación de crisis sanitariaocasionada por la COVID-19.

Visto que con fecha 18 de Marzo, se publicó en el B.O.E. nº 73, el Real Decreto Ley8/2020 de 17 de marzo, de Medidas Urgentes Extraordinarias para hacer frente al impactoeconómico y social del COVID-19.

Visto el Decreto de Alcaldía nº 118/2020 de fecha 14 de febrero, publicado en el B.O.P. nº41 de fecha 28 de Febrero, en el cual se aprobó el calendario fiscal del Ayuntamiento dePeñafiel, para el ejercicio 2020.

Visto, igualmente, el Decreto de Alcaldía nª314/2020 de fecha 28 de Marzo y publicado enel B.O.P. nº 63 de fecha 31 de Marzo de 2020, por el que se modificó el calendario Fiscal2020 del Ayuntamiento de Peñafiel.

RESUELVO:

Primero.: Modificar el calendario fiscal 2020, quedando de la siguiente manera:

CALENDARIO FISCAL PARA 2020

CONCEPTO PLAZO DE PAGO EN VOLUNTARIA

IMPUESTO VEHÍCULOS TRACCIÓN MECANICA 15 de mayo hasta 14 de septiembre

TASA DE RECOGIDA DE BASURAS 15 de mayo hasta 14 de septiembre

TASA POR ENTRADA DE VEHÍCULOS (VADOS) 15 de mayo hasta 14 de septiembre

IBI URBANA 1 de septiembre al 30 de octubre

IBI RÚSTICA 1 de septiembre al 30 de octubre

TASA MANTENIMIENTO CEMENTERIO 1 de septiembre al 30 de octubre

IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS 15 de octubre al 14 de diciembre

El segundo plazo de los recibos domiciliados de IBI urbana se pasará al cobro en laprimera quincena del mes de diciembre, en lugar de en la primera quincena de octubre.Segundo.: Publicar dicha modificación en el BOP y en el tablón de anuncios delAyuntamiento de Peñafiel.Tercero.: Dar cuenta al Pleno de la Corporación según el artículo 42 del R.O.F.

En Peñafiel, a 16 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: Roberto Díez González

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ROALES DE CAMPOS

Formulada y rendida la Cuenta General del Presupuesto de este Ayuntamientocorrespondiente al ejercicio de 2019, en cumplimiento de lo dispuesto en los art. 213.3DEL Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Textorefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesta al público en laSecretaría del Ayuntamiento durante el plazo de quince días para que durante el mismo, yocho días más a partir de la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia,puedan los interesados presentar las reclamaciones y observaciones que estimenoportunas.

En Roales de Campos, a 17 junio 2020.-Fdo.: José M. Moreno Fermoso.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ROALES DE CAMPOS

Aprobado inicialmente por el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 17 DEJUNIO DE 2020 el proyecto técnico de obra "ACONDICIONAMIENTO DE ESTACIÓNDEPURADORA", incluida en el Plan BIENAL de Cooperación 2020-2021, redactado porFUENSALDAÑA INGENIEROS CONSULTORES SL y por un importe total de 85.600.-€, seexpone al público en la Secretaría del Ayuntamiento durante el plazo de veinte días alobjeto de ser examinado por los interesados e interponer, en su caso, las reclamaciones oalegaciones que se estimen oportunas.

En Roales de Campos, a 17 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: José M. Moreno Fermoso.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SERRADA

Resolución nº 2020-0071, de fecha 23 de junio de 2020, que rectifica error advertido enDecreto n.º 2020-0066, de fecha 9 de junio de 2020, por el que se efectuaba convocatoriade una plaza de encargado de servicios varios en régimen de personal laboral mediantecontrato de relevo, con objeto de sustituir la plaza a dejar vacante. Expte 76/2020

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.–El Decreto n.º 2020-0066, de 9 de junio de 2020, por el que se efectúaconvocatoria de una plaza de encargado de servicios varios en régimen de personal laboralmediante contrato de relevo, Expte 76/2020.

Dicho Decreto fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid nº 112, defecha 15 de junio de 2020.

Segundo.–De los antecedentes obrantes en secretaría, en Personal, se constata laexistencia de un error en la denominación de la plaza convocada, siendo procedente surectificación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.–Corresponde la competencia para dictar la presente resolución al Alcalde.

Segundo.–El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que lasAdministraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o ainstancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes ensus actos.

En el presente caso, conforme lo indicado en el antecedente de hecho segundo haquedado constatada la existencia de un error material, referente a la denominación de laplaza convocada.

En concreto, en la convocatoria se establece que la plaza convocada corresponde a lacategoría de “Encargado de servicios varios”, cuando, de conformidad con ladocumentación obrante en el Ayuntamiento la denominación correcta de la plaza es la de“Operario de Servicios Múltiples-Alguacil”.

En su virtud, de conformidad con los antecedentes de hecho y fundamentos de derechoexpuestos, se propone la adopción de la siguiente RESOLUCIÓN.

Primero. Rectificar el Decreto n.º 2020-0066, de 9 de junio de 2020, por el que se efectúaconvocatoria de una plaza de encargado de servicios varios en régimen de personal laboralmediante contrato de relevo, en la forma siguiente:

Modificar la base primera, donde dice:

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"Primera .-Objeto, características y modalidad del contrato: Mediante las presentes Basesse regula el proceso de selección para contratar a un ENCARGADO DE SERVICIOSVARIOS del Ayuntamiento de Serrada, mediante concurso-oposición, turno libre, enrégimen de personal laboral a tiempo completo, asimilado C1 a jornada completa ycontratación indefinida."

Debe decir:

“Primera .-Objeto, características y modalidad del contrato

Mediante las presentes bases se regula el proceso de selección para contratar a unOperario de Servicios Múltiples-Alguacil del Ayuntamiento de Serrada, mediante concurso-oposición, turno libre, en régimen de personal laboral a tiempo completo, contrataciónindefinida y mediante contrato de relevo. "

En las distintas referencias a la denominación de la plaza convocada, donde dice:

“Encargado de Servicios Varios”.

Debe decir:

“Operario de Servicios Múltiples-Alguacil”.

Igualmente se abre un nuevo plazo de presentación de instancias de 5 días hábiles acontar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio.

No será necesario volver a presentar nueva instancia, si ya fue presentada en laconvocatoria que se corrige.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, concarácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en elplazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presenteresolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 deoctubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o biendirectamente Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante elJuzgado Contencioso-Administrativo de Valladolid, conforme a lo dispuesto en la Ley29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Todo ellosin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso queestime procedente.

En Serrada a 23 de junio de 2020.-El Alcalde.-Fdo.: César López Pérez

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TIEDRA

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de Marzo, se hace público el presupuesto definitivo de este Ayuntamiento, para elejercicio 2020, resumido por capítulos, tal y como a continuación se detalla: GASTOS INGRESOS

Operaciones corrientes Operaciones corrientes

Cap. 1º. Impuestos directos 134.000,00 Cap. 1º. Gastos de Personal 111.600,00€

Cap. 2º. Impuestos indirectos 5.000,00 Cap. 2º. Gastos corrientes en bienes yServicios.

217.100,00€

Cap. 3º. Tasas y otrosingresos

69.200,00 Cap. 3º. Gastos financieros 19.000,00 €

Cap. 4º. Transferencias corrientes 149.000,00 Cap. 4º. Transferencias corrientes

Cap. 5º. Ingresos patrimoniales 2.500,00

Total 359.700,00 Total 347.700,00€

Operaciones de capital Operaciones de capital

Cap. 6º Enajenación de iversiones 48.000,00 Cap. 6º. Inversiones reales 120.000,00€

Cap. 7º. Ingresos de capital 63.000,00 Cap. 7º. Ingresos de capital 3.000,00 €

Cap. 8º Activos financieros 0,00 Cap. 8º Activos financieros 0,00 €

Cap. 8º Pasivos Financieros 0,00 Cap. 9º Pasivos Financieros 0,00 €

Total ingresos de capital 111.000,00 Total 123.000,00€

Total Ingresos 470.700,00 Total Gastos 470.700,00€

Asimismo y conforme dispone el artículo 127 del RD Leg. 781/1986, de 18 de Abril, sepublica la plantilla de personal de este Ayuntamiento, conforme al siguiente detalle: Personal funcionario: Secretario Interventor, en Agrupación, Nivel 26.Personal laboral: Alguacil Municipal, y Monitora Oficina de Turismo,

Contra la aprobación definitiva del presupuesto puede interponerse, alternativamente,cualquiera de los siguientes recursos:

Recurso potestativo de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento en el plazo de un mes,contado desde el siguiente a la publicación de este Edicto. Contra la desestimaciónexpresa o presunta del recurso de reposición podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en Valladolid, en los plazosque a tal efecto señala el art. 46 de la Ley 29/1998.

Directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Valladolid en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente alde publicación de este anuncio.No obstante los interesados podrán interponer cualquier otro recurso que estimenprocedente.

En Tiedra, a 23 de junio de 2020.- El Alcalde.-Fdo.: Nunilo Gato Pérez.

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III.-ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE TORRECILLA DE LA ABADESA

Rendida por la Alcaldía-Presidencia la Cuenta General de este Ayuntamientocorrespondiente al ejercicio 2.019, e informada por la Comisión Especial de Cuentas deconformidad con lo establecido en el artículo 212.3 del Real Decreto Legislativo 2/2.004,de 5 de marzo, se expone al público por plazo de quince días, durante los cuales y ochomás, a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia, podrán los interesados examinarla y presentar, en su caso, las reclamaciones,reparos u observaciones que estimen oportunos.

Torrecilla de la Abadesa, 15 de junio de dos mil veinte.- La Alcaldesa.-Fdo.: María Sanz dePablo.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

Edicto.

Dª CARMEN OLALLA GARCIA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DELJUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª MONICA RODRIGUEZ MOYA contra ARTESANIAS CASVEN, S.L., enreclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO0000787 /2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de laLJS, citar a ARTESANIAS CASVEN, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezcael día 13/7/2020 a las 10,45 horas, en c/ Angustias 40-44 sala 7, para la celebración delos actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios deprueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y quedichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a ARTESANIAS CASVEN, S.L., se expide la presente cédulapara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón deanuncios.

En Valladolid, a quince de junio de dos mil veinte.-La Letrada de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

Edicto.

Dª CARMEN OLALLA GARCIA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DELJUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª TOTKA MILKOVA CVETROVA contra ARTESANIAS CASVEN, S.L., enreclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO0000781 /2019 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de laLJS, citar a ARTESANIAS CASVEN, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezcael día 20/7/2020 a las9,15 horas, en c/ Angustias 40-44 sala 7, para la celebración de losactos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediantepersona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba deque intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos nose suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a ARTESANIAS CASVEN, S.L., se expide la presente cédulapara su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón deanuncios.

En Valladolid, a quince de junio de dos mil veinte.-La Letrada de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

EdictoDª CARMEN OLALLA GARCIA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DELJUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D SERGIO BENITO MARCOS contra SERVICIOS AUDIOLOGICOSCASTILLA Y LEON, SLU, GAES, S.A. , AMPLIFON IBERICA, SLU , FOGASA , enreclamación por DESPIDO, registrado con el nº DESPIDO/CESES EN GENERAL0000010/2020 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS,citar a SERVICIOS AUDIOLOGICOS CASTILLA Y LEON, SLU, en ignorado paradero, afin de que comparezca el día 13/7/2020 a las 12:15 horas, en C/ ANGUSTIAS, 40-44 -Sala 007, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendocomparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberáacudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de quees única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada deasistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a SERVICIOS AUDIOLOGICOS CASTILLA Y LEON, SLU, seexpide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia ycolocación en el tablón de anunciosLa difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que hasido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácterpersonal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a losderechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía delanonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicadoscon fines contrarios a las leyes.

En Valladolid, a dieciseis de junio de dos mil veinte.-La Letrada de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

Edicto.Dª CARMEN OLALLA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 001 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000076 /2020 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JOSE MARIANO ALONSO CASAScontra la empresa EXTRUST VA 2013 SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVADispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante,JOSE MARIANO ALONSO CASAS, frente a EXTRUST VA 2013 SL, parte ejecutada, porimporte de 4.046,11 euros en concepto de principal, más otros 800 euros que se fijanprovisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante laejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público deseguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito pararecurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta enSANTANDER, cuenta nº 46260000640076/20 debiendo indicar en el campo concepto,"Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediantetransferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el"código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberáespecificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de lamisma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resoluciónrecurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, elMinisterio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y losOrganismos Autónomos dependientes de ellos.

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Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.EL/LA MAGISTRADO-JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

DECRETO:PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a laestimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de laparte ejecutada EXTRUST VA 2013 SL, dar audiencia previa a la parte actora JOSEMARIANO ALONSO CASAS y al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, por termino deQUINCE DIAS para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultadode acordará lo procedente.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.�

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Letrado de laAdministración de Justicia que dicta esta resolución interponer en el plazo de TRES DÍAShábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrentecontiene la misma, sin que la interposición tenga efectos suspensivos respecto a laresolución recurrida.�

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA�

Y para que sirva de notificación en legal forma a EXTRUST VA 2013 SL, en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deVALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que hasido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácterpersonal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a losderechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía delanonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicadoscon fines contrarios a las leyes.

En Valladolid, a quince de junio de dos mil veinte.-La Letrada de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NUMERO 1

Edicto.

Dª CARMEN OLALLA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de loSocial nº 001 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001031 /2019 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARIA TERESA GUTIERREZALVAREZ contra la empresa IDEANERKA SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Que estimo la demanda interpuesta por Dña. MARIA TERESA GUTIERREZ ALVAREZcontra la empresa IDEANERKA S.L., declaro la improcedencia del despido y extinguida larelación laboral a la fecha de esta resolución, y condeno a la empresa demandada a queabone a la trabajadora en concepto de indemnización la cantidad de 2.247,98 euros, asícomo los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta estasentencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, a razón de 39,39 euros diarios.

Y para que sirva de notificación en legal forma a IDEANERKA SL, en ignorado paradero,expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que hasido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácterpersonal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a losderechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía delanonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicadoscon fines contrarios a las leyes.

En Valladolid, a diecisiete de junio de dos mil veinte.-La Letrada de la Administración deJusticia.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Edicto. Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000008 /2020 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª SILVIYA MITKOVA RAYCHEVA contrala empresa ARTESANIAS CASVEN, S.L., sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

PARTE DISPOSITIVA Acuerdo:

a).Declarar al ejecutado ARTESANIAS CASVEN, S.L. en situación de INSOLVENCIATOTAL por importe de 850,00 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectoscomo provisional.b).Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sin perjuicio dereaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en elartículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio ydatos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos delocalización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellosintentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos,siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados.Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, direcciónelectrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados comoinstrumentos de comunicación con el Tribunal.MODO DE IMPUGNACIÓN: Medianterecurso de reposición ante el/la Letrado de la Administración de Justicia que dicta estaresolución interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación conexpresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que lainterposición tenga efectos suspensivos respecto a la resolución recurrida.EL/LALETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Y para que sirva de notificación en legal forma a ARTESANIAS CASVEN, S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provinciade VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a 17 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.:Esperanza Llamas Hermida.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000045/2020 de esteJuzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª DANIEL TOBARCIA ANDRES contra laempresa HIDRELCA MANTENIMIENTOS Y SERVICIOS SL, sobre ORDINARIO, se hadictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de Sentencia a favor de la parteejecutante, DANIEL TOBARCIA ANDRES, frente a HIDRELCA MANTENIMIENTOS YSERVICIOS SL, parte ejecutada, por importe de 2280 euros en concepto de principal,más otros 760€ euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en sucaso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de suposterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración deJusticia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parteejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibidaa los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de estaresolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órganojudicial, en el plazo de los TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el queademás de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y elcumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimientodocumentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechosimpeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar,siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo lacompensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público deseguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito pararecurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 3 abierta enSantander, cuenta nº IBAN ES 5500 493569 92 0005001274 y concepto num. 4628 000064 0045 2020 debiendo indicar en el campo concepto, "Recurso" seguida del código "30Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluirtras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Siefectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cadaconcepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en elcampo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formatodd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado,las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomosdependientes de ellos.

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Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

EL/LA MAGISTRADO-JUEZ- EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a 17 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.:Esperanza Llamas Hermida.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 003 de VALLADOLID, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000537 /2019 de este Juzgadode lo Social, seguidos a instancia de D/Dª FRANCISCO ENCINAS SASTRE contra laempresa DOMIGARA SERVICIOS SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Fallo:

Que, estimando la demanda formulada por formulada por D. FRANCISCO ENCINASASTRE, frente a DOMIGARA SERVICIOS, S.L., siendo parte interesada el FONDO DEGARANTÍA SALARIAL, procede condenar a la empresa demandada a que le abone lassiguientes cantidades:

339,31 euros, en concepto de compensación económica por vacaciones no disfrutadas;

250,72 euros, en concepto de paga extraordinaria de beneficios del año 2018;

254,48 euros, en concepto de paga extraordinaria de beneficios del año 2019;

Más el más el diez por ciento de interés por demora en su pago ex art. 29.3 ET, calculadoen proporción anual al tiempo transcurrido desde la fecha de su devengo hasta la de estaSentencia.

Y 296,89 euros, en concepto de indemnización por extinción del contrato de trabajoeventual por razones de la producción, más el interés legal del dinero desde que sereclamó la deuda el 29 de mayo de 2019 y hasta la fecha de la presente Sentencia.�

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponerrecurso alguno.

Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DOMIGARA SERVICIOS SL,FRANCISCO ENCINAS SASTRE, en ignorado paradero, expido la presente para suinserción en el Boletín Oficial de la Provincia de VALLADOLID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuestode la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a 17 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.:Esperanza Llamas Hermida.

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IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Social nº 3 de VALLADOLID, HAGO SABER: Que en el PROCEDIMIENTOORDINARIO 530/2019 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª ALICIACHARRO RODRIGUEZ contra la empresa FUENTEOSDA, S.L., sobre ORDINARIO, seha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

En VALLADOLID, a trece de marzo de dos mil veinte. Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social nº 3. Doña MARIA DOLORES ROMÁN DE LA TORRE, lospresentes autos número 530/2019, seguidos a instancia de Dña. ALICIA CHARRORODRIGUEZ, frente a FUENTEOSDA, S.L., siendo parte interesada el FONDO DEGARANTÍA SALARIAL, sobre reclamación de cantidad

Que, estimando parcialmente la demanda formulada por Dña. ALICIA CHARRORODRIGUEZ, frente a FUENTEOSDA, S.L., siendo parte interesada el FONDO DEGARANTÍA SALARIAL, procede condenar a la empresa demandada a que le abone lassiguientes cantidades:

1.060,01 euros, en concepto de salario correspondiente al mes de diciembre de 2018,más el diez por ciento de interés por demora en su pago, calculado en proporción anual altiempo transcurrido desde la fecha de su devengo hasta la de esta Sentencia.

3.737,14 euros, en concepto de deuda asumida por la demandada como indemnización porextinción del contrato, más el interés legal del dinero desde que se reclamó la deuda el 16de mayo de 2019 y hasta la fecha de la presente Sentencia, con las precisiones querespecto al FONDO DE GARANTÍA SALARIAL se contienen en el Fundamento de DerechoQuinto.

Absolviendo a la demandada del resto de las pretensiones deducidas en su contra.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la mismapodrán interponer Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberáser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la Oficina Judicialdentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta Sentencia, o por simplemanifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmenteal recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del Régimen público de SeguridadSocial, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, quedeberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en BANCO SANTANDER anombre de esta Oficina Judicial con el núm. ES55 0049 3569 9200 0500 1274 y el nº 46280000 65 0530 19, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguido del código "34Social Suplicación", acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en elperiodo comprendido hasta la formalización del recurso así como; en el caso de haber sidocondenado en sentencia al pago de alguna cantidad, deberá consignar en la cuenta deDepósitos y Consignaciones abierta la cantidad objeto de condena, o formalizar avalbancario a primer requerimiento indefinido por dicha cantidad en el que se haga constar laresponsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a esta Oficina Judicial con el anuncio

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de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar Letrado para la tramitación delrecurso, al momento de anunciarlo. Así por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a FUENTEOSDA, S.L., en ignoradoparadero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia deValladolid. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo elsupuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto osentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a 17 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.:Esperanza Llamas Hermida.

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Page 49: DE LA DE · Orden EYH/1139/2017, de 20 de diciembre de 2017, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo,

IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3

Edicto.

Dª ESPERANZA LLAMAS HERMIDA, LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIADEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 003 DE VALLADOLID.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido ainstancia de D/Dª SARA ALONSO MARTIN contra QUEBRANTOS 87, S.L., FOGASA, enreclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO0000134 /2020 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de laLJS, citar a QUEBRANTOS 87, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca eldía 16/12/2020 a las 10:00 horas, en C/ ANGUSTIAS, 40-44 - Sala 010, para lacelebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todoslos medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es únicaconvocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de laresolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, ocuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador,pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de losdos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada talintención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado socialcolegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitarsu designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitossupone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado,procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a QUEBRANTOS 87, S.L., se expide la presente cédula parasu publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid, a 17 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia.-Fdo.:Esperanza Llamas Hermida.

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