Declaración Universal de Los Derechos Humanos
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DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Organización de Naciones Unidas (ONU) 1948
Área de Educación
CONTEXTO HISTÓRICO
• Con la Revolución Francesa aparecen los conceptos deIgualdad, libertad y Fraternidad.
• Al terminar la Segunda Guerra Mundial y producto delgenocidio y los crímenes de lesa humanidad contra lospueblos Judíos y Gitano; además comunistas y homosexuales,se promulgó un instrumento que asumido por los Estadosgarantizara el bienestar y el respeto de los derechos de laspersonas. Surge así la Declaración Universal de los DerechosHumanos, el 10 de diciembre de 1948.
• La Declaración se considera también instrumento de paz, yaque, su principal intención, es velar por una cultura derespeto a los derechos del hombre para que NUNCA MÁS serepitan actos que atenten contra la dignidad humana.
Preámbulo
Algunos de los conceptos en el preámbulo son:
1.- La experiencia histórica ha enseñado que, el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes.
Por lo anterior, se consideran como elementos fundantes y determinantes para los DD.HH. y su protección:
La Libertad, Las relaciones amistosasEl valor de la persona humana La Igualdad de derechos de hombres y mujeresLa Justicia y La paz en el mundo
2.- Los Derechos Humanos tienen por base:El reconocer la dignidad intrínseca de la persona humana como depositaria de los
Derechos HumanosLos derechos iguales e inalienables
Artículos de la declaración de Derechos Humanos• La Declaración está compuesta por 30 artículos que esgrimen los derechos
fundamentales del hombre.
• El los principales conceptos que abordan esta declaración son el de:
Persona humana
Dignidad
Libertad
Justicia
Paz
• Los enunciados que se presentan a continuación no constituyen todo el cuerpo del texto, sino que son extractos medulares de cada artículo.
• Hemos dividido este instrumento en 6 grupos de artículos para un mejor entendimiento :
1. Referidos a la condición de la persona humana
2. Garantía de seguridad
3. Respecto a la vida política
4. Derechos económicos y sociales
5. Derechos Jurídicos
6. Otros derechos / vinculados a la Doctrina del Derecho Internacional
Derechos Referidos a la Condición de la persona humana: Artículos 1 al 7: igualdad en dignidad, en derechos y ante la ley; no discriminación por nacionalidad; derecho a la vida, la libertad y la seguridad; prohibición de la esclavitud y de la tortura; reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo
• Artículo 1 :
• Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
• Artículo 2 :
• Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna.
• Artículo 3 :
• Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
• Artículo 4 :
• Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre.
• Artículo 5 :
• Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
• Artículo 6 :
• Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
• Artículo 7 :
• Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
Derechos que garantizan la seguridad de la persona: Artículos 8 al 12 y 14: derecho a la protección jurídica; a un juicio justo por un tribunal independiente e imparcial; a no ser detenido arbitrariamente; a ciertas garantías jurídicas como la presunción de inocencia; a la intimidad; al asilo frente a la persecución en el propio país
• Artículo 8 :• Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo,
ante los tribunales nacionales competentes.• Artículo 9 :• Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni
desterrado.• Artículo 10 :• Toda persona tiene derecho, en condiciones de
plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial.
• Artículo 11 :
• Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad.
• Artículo 12 :
• Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada.
• Artículo 14 :
• En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él, en cualquier país
Derechos relativos a la vida política del individuo: Artículos 18 a 21: libertad de pensamiento, opinión y asociación; derecho a participar en el gobierno, la administración
y, mediante elecciones, en el fundamento de la Autoridad del propio país
• Artículo 18 :
• Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
• Artículo 19 :
• Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión.
• Artículo 20 :
• Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
• Artículo 21 :
• Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país.
Derechos económicos y sociales: Artículos 17 y 22 al 27: derecho a la propiedad, individual ycolectiva; a la seguridad social, al trabajo, a una remuneración equitativa que permita a lapersona vivir con dignidad, y a la creación de sindicatos y a sindicarse; al descanso y a vacacionespagadas; a un nivel de vida que asegure su bienestar y protección frente a las enfermedades,vejez, u otros impedimentos independientes de su voluntad; a la participación en la vida cultural
de la comunidad
Artículo 17 :Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamenteArtículo 22 :Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
• Artículo 23 : Toda persona tiene derecho:
al trabajo, en condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo;
a la protección contra el desempleo;
a igual salario por trabajo igual;
a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana;
a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.
• Artículo 24 :
• Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre.
• Artículo 25 :
• Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios.
• Artículo 26 :
• Toda persona tiene derecho a la educación.
• Artículo 27 :
• Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad.
Derechos relativos a la vida jurídica y social de los individuos: Artículos 13, 15 y 26: derecho a la libre circulación y residencia dentro del propio país, y a abandonarlo y volver a él; a tener una nacionalidad y conservarla; y a la educación.
• Artículo 13 :
• Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
• Artículo 15 :
• Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
• Artículo 26 :
• Toda persona tiene derecho a la educación.
Otros derechos: Artículos 28 a 30: se refieren a los derechos relativos al establecimiento de un orden internacional en que se hagan efectivos tales derechos; a los deberes de toda persona hacia su comunidad; y a las limitaciones en el ejercicio de los derechos y libertades
• Artículo 28 :
• Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
• Artículo 29 :
• Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad.
• Artículo 30 :
• Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.