Decreto 0023

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MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO PÁGINA 1 de 3 VALLE DEL CAUCA CÓDIGO : 76.041.200 NIT : 800.100.532-8 VERSIÓN 2 ACTOS ADMINISTRATIVOS FECHADE APROBACIÓN: DECRETO No. |j O 02 3 ( 2 6 M im ) "POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS PARA LA CONSERVACION DEL ORDEN PÚBLICO EN EL MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA, CON MOTIVO DEL PARTIDO DE LA SELECCIÓN COLOMBIA EL DIA 28 DE JUNIO DE 2014" EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA, en ejercicio de las atribuciones legales que le confiere la Constitución Nacional en su artículo 315, artículo 91 de ía Ley 136 de 1994 modificado por el artículo 29 de la ley 1551 de 2012; , ley 769 de 2002 y la ley 1383 de 2010 y CONSIDERANDO: a) Que el día 28 de Junio de 2014, se llevará a cabo el partido Colombia- Uruguay en octavos de final dentro del Mundial de Fútbol Brasil 2014. b) Que teniendo en cuenta que el día martes 24 de junio de 2014 se llevó a cabo el Partido Colombia - Japón y a pesar de que la Administración Municipal, la Secretaria de Gobierno y la Policía Nacional, invito a celebrar de manera responsable y mesurada, se realizó un desfile por las vías del Municipio utilizando harina, espuma, huevos y agua, ocasionando problemas en ios ojos de los participantes, alteraciones en la movilidad y desordenes en las vías públicas del Municipio y con participación de Menores de edad poniendo en riesgo su integridad y vida. c) Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 2°, prevé que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra y bienes. d) Que en el numeral 2 del artículo 315 de la Constitución Política de Colombia estipula "articulo 315. Son atribuciones del alcalde: 2. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante" "e) Que el Alcalde Municipal, ejercerá las funciones que le asigna la Constitución, la Ley, las Ordenanzas, los Acuerdos y las que le fueren delegadas por el Presidente de la República o el Gobernador. Como primera autoridad de Policía del Municipio preservará el orden público en la jurisdicción, estableciendo medidas de conformidad con artículo 91 de la Ley 136 de 1994, literal b, numerales 1° y 2° modificado por el artículo 29 de la ley 1551 de 2012. "CON TRANSPARENCIA. CALIDAD Y UNIDAD"

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MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO PÁGINA 1 de 3

VALLE DEL CAUCA CÓDIGO : 76.041.200 NIT : 800.100.532-8 VERSIÓN 2

ACTOS ADMINISTRATIVOS FECHADE APROBACIÓN:

DECRETO No. | j O 02 3 ( 2 6 M im )

"POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS PARA LA CONSERVACION DEL ORDEN PÚBLICO EN EL MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA, CON MOTIVO DEL PARTIDO DE LA SELECCIÓN COLOMBIA EL DIA 28 DE JUNIO DE 2014"

EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE ANSERMANUEVO VALLE DEL CAUCA, en ejercicio de las atribuciones legales que le confiere la Constitución Nacional en su artículo 315, artículo 91 de ía Ley 136 de 1994 modificado por el artículo 29 de la ley 1551 de 2012; , ley 769 de 2002 y la ley 1383 de 2010 y

CONSIDERANDO:

a) Que el día 28 de Junio de 2014, se llevará a cabo el partido Colombia-Uruguay en octavos de final dentro del Mundial de Fútbol Brasil 2014.

b) Que teniendo en cuenta que el día martes 24 de junio de 2014 se llevó a cabo el Partido Colombia - Japón y a pesar de que la Administración Municipal, la Secretaria de Gobierno y la Policía Nacional, invito a celebrar de manera responsable y mesurada, se realizó un desfile por las vías del Municipio utilizando harina, espuma, huevos y agua, ocasionando problemas en ios ojos de los participantes, alteraciones en la movilidad y desordenes en las vías públicas del Municipio y con participación de Menores de edad poniendo en riesgo su integridad y vida.

c) Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 2°, prevé que las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra y bienes.

d) Que en el numeral 2 del artículo 315 de la Constitución Política de Colombia estipula "articulo 315. Son atribuciones del alcalde: 2. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante"

"e) Que el Alcalde Municipal, ejercerá las funciones que le asigna la Constitución, la Ley, las Ordenanzas, los Acuerdos y las que le fueren delegadas por el Presidente de la República o el Gobernador. Como primera autoridad de Policía del Municipio preservará el orden público en la jurisdicción, estableciendo medidas de conformidad con artículo 91 de la Ley 136 de 1994, literal b, numerales 1° y 2° modificado por el artículo 29 de la ley 1551 de 2012.

"CON TRANSPARENCIA. CALIDAD Y UNIDAD"

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CODIGO : 76.041.200

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f) Que el artículo 1 de la ley 769 de 2002 establece ..."En desarrollo de lo dispuesto por el artículo 24 de la Constitución Política, todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, pero está sujeto a la inten/ención y reglamentación de las autoridades para garantía de la seguridad y comodidad de los habitantes, especialmente de bs peatones y de los discapacitados físicos y mentales, para la presen/ación de un ambiente sano y la protección del uso común del espacio público."

g) Que son autoridades de tránsito establecidos por el artículo 3 de la ley 1383 de 2010 los siguientes: El Ministro de Transporte, Los Gobernadores y los Alcaldes, Los organismos de tránsito de carácter departamental, municipal o Distrital, la Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, Los Inspectores de Policía, los Inspectores de Tránsito, Corregidores o quien haga sus veces en cada ente territorial, La Superintendencia General de Puertos y Transporte, Las Fuerzas Militares para cumplir exclusivamente lo dispuesto en el parágrafo 5° de este artículo. Los Agentes de Tránsito y Transporte.

h) Que es deber de las autoridades tomar las medidas que conduzcan a garantizar la paz, la seguridad y la tranquilidad ciudadana para el día sábado 28 de Junio de 2014 durante el partido Colombia - Uruguay

Por lo expuesto,

ARTÍCULO PRIMERO: PROHÍBASE el parrillero (a) en los vehículos tipo motocicleta, trici-moto y cuatri-moto, en el Municipio de Ansermanuevo Valle del Cauca, desde las dos de la tarde (2:00 pm) del día veintiocho (28) de junio de 2014.y hasta las cinco de la mañana (5:00 Am), del día veintinueve (29) de junio de 2014.

PARAGRAFO: PROCEDIMIENTO. Las infracciones a las restricciones establecidas en este artículo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código Nacional de Tránsito o la Ley 769 de 2002, y la ley 1383 de 2010 y así mismo la inmovilización del vehículo mencionado.

ARTÍCULO SEGUNDO: PROHÍBASE las caravanas de todo tipo de vehículos automotores, motos, trici-motos, cuatri-motos por las vías públicas del Municipio de Ansermanuevo.

ARTÍCULO TERCERO: PROHÍBASE el bloqueo de calles y cualquier otra intervención que afecte la movilidad en los espacios públicos del Municipio de Ansermanuevo.

DECRETA:

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PÁGINA

VERSIÓN 2

CODIGO : 76.041.200

FECHADE APROBACIÓN:

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ARTÍCULO CUARTO: PROHÍBASE arrojar harinas, talcos, espumas, agua, papel picado o similares, o cualquier otro elemento que cause malestar e inconformismo a la comunidad.

ARTÍCULO QUINTO: Corresponderá a la Policía Nacional del Municipio de Ansermanuevo Valle del Cauca, la vigilancia del estricto cumplimiento de las medidas adoptadas.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en el Municipio de Ansermanuevo Valle del Cauca, a los 2 6 '̂ ^̂ ^

WffiWfll FIRMADO JOSE LUIS HERRERA RENDON

Alcalde Municipal