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Delineando a las "segundas personas": autoridades étnicas desdibujadas en Charcas Colonial. Un estudio de caso María Carolina Jurado* En este trabajo intentaremos ofrecer una interpretación del rol de l as "segundas per- sonas" , s us atributos, sus múltiples relaciones y vías de acceso al cargo en época colonial. Para ello, nos introduciremo s en el ejercicio del cargo de segunda persona de la mitad Hu- rinsaya del Repartimiento de Macha (Provincia de Chayanta), cuyos pleitos suceso ri os des - atados en 1584 se encuentran en el Archivo Genera l de la Nación (Argentina) y lo s con- frontaremos con diversa documentación inédita proveniente del mismo fondo documental. Es a partir del análisis pormenorizado de la s presentaciones legales de diversos aspirantes al oficio de segunda persona y sus contradicciones que es factible detectar la importancia del cargo, las instancias de competencia por el poder al interior del Repartimi ento y el de- sarro llo de inu sua le s mecanismos de acceso al poder en el sig lo XVI , como la votación , me- canismo que como veremos dista de constituir la democratización que tal práctica sugiere. Así , mediante el análisis de un estudio de caso, y a la luz de la organizac i ón dual de l as agru- paciones segmentar ía s andinas, efectuaremos una inicial lectura sobre una autoridad étni- ca escasamente estudiada. * Esta investigación fu e rea li zada con fondos procedentes de la Fundación Antorchas y del Pro- yecto UBACyT F-088 dirigido por la Dra. Ana Ma a Presta. Algunos de sus contenidos integra- ron la Tesis presentada para obtener la Licenciatura en Hi storia en la Univers id ad de Buenos Ai- res (2004). Agradezco los comentarios de la Dra. Presta, la Dra. Ana María Lorandi y de mis co- legas del PROHAL a versiones previas de este trabajo y la s sugerencias de los evaluadores de Re- vista Andina. Nº 46, primer semestre del 2008 193

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Delineando a las "segundas personas": autoridades étnicas desdibujadas en Charcas Colonial. Un estudio de caso

María Carolina Jurado*

En este trabajo intentaremos ofrecer una interpretación del rol de las "segundas per­sonas", sus atributos, sus múltiples relaciones y vías de acceso al cargo en época colonial. Para ello, nos introduciremos en el ejercicio del cargo de segunda persona de la mitad Hu­rinsaya del Repartimiento de Macha (Provincia de Chayanta), cuyos pleitos sucesorios des­atados en 1584 se encuentran en el Archivo Genera l de la Nación (Argentina) y los con­frontaremos con diversa documentación inédita proveniente del mismo fondo documental. Es a partir del análisis pormenorizado de las presentaciones legales de diversos aspirantes al oficio de segunda persona y sus contradicciones que es factible detectar la importancia del cargo, las instancias de competencia por el poder al interior del Repartimiento y el de­sarrollo de inusuales mecanismos de acceso al poder en el siglo XVI , como la votación , me­canismo que como veremos dista de constituir la democratización que tal práctica sugiere. Así , mediante el análisis de un estudio de caso, y a la luz de la organización dual de las agru­paciones segmentarías andinas, efectuaremos una inicial lectura sobre una autoridad étni­ca escasamente estudiada.

* Esta investigación fue rea lizada con fondos procedentes de la Fundación Antorchas y del Pro­yecto UBACyT F-088 dirigido por la Dra. Ana María Presta. Algunos de sus contenidos integra­ron la Tesis presentada para obtener la Licenciatura en Historia en la Univers idad de Buenos Ai­res (2004). Agradezco los comentarios de la Dra. Presta, la Dra. Ana María Lorandi y de mis co­legas del PROHAL a versiones prev ias de este trabajo y las sugerencias de los evaluadores de Re­vista Andina.

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Artículos, notas y documentos

Abordar el estudio de las segundas personas como autoridades andinas diferencia­das del cacique al cual "secundan" no es tarea sencilla. A la sombra de los caciques prin­cipales de Repartimiento 1

, las "segundas" han sido desatendidas por la historiografía, re­flejadas tan solo en breves menciones que poco han hecho por distinguir el rol que cum­plieron en el gobierno de la sociedad indígena colonial. Se torna difícil enc'ontrar antece­dentes de investigación certeros en la línea de análisis escogida en una historiografía que ha apuntado primordialmente al conocimiento del poder étn ico a través del accionar de los grandes mallkus andinos. Aún en estudios específicos sobre las autoridades en los An­des, como el detallado análisis de Roger Rasnake sobre Yura, la presencia de las segundas personas es ignorada2

• Del mismo modo, y luego de realizar e l presente trabajo, la documen­tación principal con que se fundamentó fue publicada por Tristan Platt, Thérese Bouysse­Cassagne y Olivia Harris en Qaraqara-Charka. Mallku, lnka y Rey en la provincia de Char­cas (siglos XV-XVII). El breve anális is que le dedican los autores al problema que nos pre­ocupa difiere del aquí propuesto, ya que interesados en resaltar los principios que ri ge n la suces ión de los cargos en las sociedades aymaras, no enfatizan el carácter mismo del car­go de segunda disputado3

.

Sin embargo, las disposiciones co loniales postoledanas reconocen su capacidad de liderazgo al conservar el cargo y su injerencia a nivel de las parcialidades del Repartimien­to, manteniéndolos como individuos poderosos y privileg iados. Ahora bien, ¿en qué con­siste el cargo de segunda persona y cómo se accede a é l? ¿Cuáles son sus antecedentes prehispánicos y cuáles sus dimensiones coloniales? ¿Qué los diferencia de los caciques prin­cipales?, o bien , ¿ex iste alguna diferencia entre ambos? Para abordar estas cuestiones se­guiremos, en primer lugar, el camino de la organización s imbólica dual del espacio andino.

Diversas investigaciones han abordado e l estudio del dualismo tal como se refl eja en las sociedades andinas prehispánicas y su perduración bajo dominio colonial e, inclu­so, hasta la actualidad .

La tesis doctoral del antropólogo R. Tom Zuidema sobre la organización del espa­cio en el Cuzco llamaba la atención sobre la bipartición de la capital del Imperio Inca en mi­tades: Hanan Cuzco o Cuzco de arriba y Hurin Cuzco o Cuzco de abajo (Zuidema 1964). Ambas mitades normaban , según el autor, los intercambios matrimoniales entre su pobla­ción. Al parecer, los grupos de Hanan eran más importantes que los de Hurin , éstos últi­mos considerados, por los diversos cronistas, como Incas pobres, hijos secundarios o in­cluso como población vencida no Inca. Asimismo, en e l caso altiplánico, de acuerdo con

El Repmtimiento consistía en un distrito que agrupaba indígenas y a sus autoridades bajo un cri­terio fi sca l y laboral. Uno o varios repa1timientos pennanecían bajo e l control de un co1Tegidor. funcionari o encargado de recaudar el tributo indígena y ejercer la administración de la justi cia.

2 La aproximación que Roger Rasnake reali za en Autoridad y Poder en los Ancles. Los kuraqkuna de Yura se ve sintetizada al sefia lar: "A continuación del nivel más alto ele /iclemzgo incliicno siguen los "principales"(..) [que son] los dirigentes de los segmentos de ayllu en las reduccio­nes". (Rasnake 1989: 109).

3 Asimismo, presentamos a continuación algunas diferencias en relación a la lectura e interpreta­ción del documento inicial. Véase Tristan Platt, Thérese Bouysse-Cassagne y Olivia HmTis . Qu­raqara-Charka. Mallku, lnka y Rey en la provincia de Charcas (1· iglos XV-XVI/). Boli via: 1 FLA­CIAS-PLURAL, 2006: 787-793.

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las observaciones del propietario de ingenios Luis Capoche [ 1586], la gente de Hanan acu­día al llamado del Inca a servir como militares, mientras que los de Hurin eran los encarga­dos de transportar los pertrechos y mantenimientos de "los de arriba" durante la guerra (Ca­poche 1942: 140). De esta manera, el vínculo entre ambas mitades, social y jerárquicamente distintas, implicaba una fuerte sujeción de Hurin a Hanan.

La aplicación de la aproximación estructural a la sociedad andina fue llevada a cabo, entre otros, por el antropólogo Tristan Platt, quien consideró la lógica binaria como "gene­radora" del sistema de representaciones que ordena la naturaleza y la sociedad en los An­des . Platt observó en la sociedad Macha contemporánea una fuerte inclinación hacia la en­dogamia en cada una de las mitades Hanansaya (o Alasaya) y Hurinsaya (o Majasaya), la cual se relacionaba con la marcada hostilidad que existía entre ambas parcialidades duran­te las luchas rituales (tinkus) , o en enfrentamientos por la tierra. Según Platt, habría una je­rarquía interna (lo "alto" y lo "bajo", la mitad "superior" y la mitad "inferior") entre ambas mitades - pares que se asocian con la pareja hombre (arriba/derecha) y mujer (abajo/izquierda) -, una relación desigual encubierta tras un disfraz ideológico de simetría e igualdad (Platt 1980: 139-182).

El dualismo también está presente en el uso del poder: cada una de las mitades Ha­nan o Hurin tenía su propia autoridad y, una de ellas, la de Hanan, era también la principal de todo el grupo. A su vez, este sistema dual se reproducía dentro de cada mitad, es decir, Hanansaya poseía dos autoridades: el cacique principal y la así llamada bajo dominio colo­nial "segunda persona", al igual que la parcialidad Hurin formando, en total , una cuadripar­tición.

Ahora bien, ¿es posible observar la relación jerárquica descripta por los cronistas entre las mitades Hanan y Hurin a nivel de las autoridades?, ¿acaso las autoridades de Ha­nansaya tenían preeminencia sobre sus contrapaites de la mitad Hurinsaya? El oidor Juan de Matienzo [ 1566], quien realizara una visita a la Provincia de Chayanta, observaba que :

"Cada parcialidad tiene un cacique principal que manda a los principales e in­dios de su parcialidad, y no se entromete a mandar a los de la otra, excepto que el curaca de la parcialidad de hanansaya es el principal de toda la provincia y a quien el otro curaca de hurinsaya obedece en las cosas que dice él. Tiene el de hanansaya el mexor lugar de los asientos y en todo lo demas, que en esto guar­dan su orden. los de la parcialidad de hanansaya se asientan a la mano derecha y los de hurinsaya a la mano izquierda(. . .) 11 (Matienzo 1967: 20).

No obstante, esta discriminación no se ve reflejada en Macha a principios del siglo XVII. Por las disposiciones toledanas, los caciques principales de cada mitad no presenta­ban diferencias en relación al salario percibido ni a los servicios que sus sujetos debían pres­tarles . En cambio, ambos principales aparecían diferenciados de sus segundas personas , quienes recibían exactamente la mitad de los beneficios de los que gozaban los primeros.

Sin emlliargo, del análisis de los diversos padrones del Repartimiento de Macha rea­lizados entre 1612-1619, se impone una observación central: a lo largo de las revisitas, el ca­cique principal de cada parcialidad asentaba su firma al pie del recuento detallado de los miembros de cada ayllu que componía su respectiva mitad. Sin superposición de autorida-

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des, el líder de Hanan y el de Hurin trataban por separado con el corregidor de la Provincia de Chayanta. Pero, esto no ocurrió en mayo de 1619; aún cuando la parcialidad Hanan brindó su información en primer lugar, como reconocimiento simbólico de su preeminencia, las au­toridades indígenas que certificaron su conformidad firm aron según un estr icto orden que se repite con exactitud a lo largo de los folios. Luego de la autoridad españo la, suces iva­mente, asentaron su firma de puño y letra: don Alonso de Mendoza, cacique principal de Hurinsaya, don Pedro Soto, cacique principal de Hanansaya, y don Gabriel Tomire Frago­so, segunda persona de la parcialidad Hurin (F ig. 1 ). La razón de este orden se encuentra, quizás, en el tipo de informac ión requerida por el corregidor: no se trataba de una rev isita ni de un empadronamiento de la poblac ión, sino de la pormenorizada requisitoria que hacía el corregidor de la Provincia de Chayanta, Antonio Salgado, acerca de la compos ición so­cia l del repartimiento, de la calidad y loca lización de las ti erras y de su di stribución , mas otros pormenores que lo ayudarían a evaluar el conflicto en torno a ciertos tributarios "fa l­tantes"4. En este caso de detalle minucioso de datos específicos de todo el Repartimiento no so lo parece innecesaria la presencia de la segunda persona de Hanansaya - o al menos su ausencia no ocasionó mayores inconven ientes - sino que su cacique principal mani fes­tó su consentimiento luego de la autoridad principal de la parc ialidad Hurin.

F'ig. l . Firmas de las autoridades del Repartimiento de Macha (1619). Archivo General de la Nación

Argentina XIII, 18-7-2.

Podría argumentarse que estamos en presencia de un conflicto simbólico de preemi­nencias de linajes principales. En cambio, la presencia de tan so lo una de las segundas per­sonas y, en este caso, la de la mitad "inferior" abre múltiples interrogantes y nos introduce de lleno en la relación que se establece entre el cacique principal y su segunda persona.

4 Las disparidades en el número de tributarios registrados en las revisitas rea li zadas con poste riori­dad a la Visita General del Virrey Toledo ocasionaron diversas averiguaciones por pa11e de los di­ferentes corregidores en torno a la posibilidad de l ocultamiento ele tributarios.

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Platt ha resaltado el modo en que los pares y las repeticiones se consideran en el pensamiento simbólico aymara como yanantin, palabra que puede traducirse como "ayu­dante y ayudado unidos" , o bien como "par", según los Macha contemporáneos. A su vez, el espejo -objeto que no solo duplica la imagen sino que también la invierte- se convierte en el instrumento ideal para simbolizar la relación de simetría descripta como yanantin (Platt 1980: 167). A partir de allí, se ha tendido a interpretar el cargo de segunda persona como reflejo y duplicación de la función de cacique principal. Así por ejemplo, Platt considera a la segunda persona como compañero y lugarteniente del cacique principal, cuyas funcio­nes incluirían la de reemplazo e incluso la de sucesor del líder principal si se aceptara lapo­sibilidad de que su equivalente en aymara fuese !anti (Platt 1988: 378). Según el Vocabula­rio de la lengua aymara de Ludovico Bertonio:

LANTI. El sucessor, o lugarteniente en qualquiera dignidad, officio y occupacion, o lugar de otro así. LANTITHA. Entrar, suceder en lugar de otro que tenia la dignidad, ofticio, & c. LANTIRI. Sucesor o lugarteniente. LANTIHAKHATHA. Sucederme a mí. Entrar en mi lugar (Bertonio 1984).

Aceptando dicha opción de reemplazo, podemos mencionar también las palabras aymaras:

HILANCO: mandón en segundo lugar del hilacata, o cacique. MAAKHARN. El segundo en orden. MAAQUIPA. ldem. MAAKHARUNCATHA, VEL MAAQUIPACATHA. Estar en segundo lugar idest después del primero. (Bertonio 1984)

Las observaciones del cronista Guamán Poma de Ayala apuntan también en esa di­rección. Segú n su opinión, el Inca iba acompañado de un Virrey, su segunda persona, a quien se nombraba Yncap rantin , "en lugar del Ynga". Como "lugarteniente" y "reempla­zo" del Inca mandaba sobre todas las au toridades del Ta wantinsuyu y era enviado por el Inca, por ejemplo, a Chile y a Quito en su lugar (G uamán Poma de Ayala 1987: 177). Se asu­me as í que la segunda persona poseía las mismas funciones y atribuciones que el Inca, al actuar como sustituto durante su ausencia. En palabras del Licenciado Matienzo:

"Todas las demás cosas tocantes al gobierno las haga el cacique, o faltando él, la segw1da persona" (Matienzo 1967: 51 ).

Queda confirmada así la idea de una "segunda persona" como reemplazo o como imagen duplicada del cacique principal del Repartimiento. Al igual que las de otras autor i-

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dades, sus atribuciones relativas al gobierno político y administrativo de su pueblo abar­carían la representación de su gente, la defensa y redistribución de derechos a las tierras , la organización del trabajo y el cobro del tributo. No obstante, Matienzo revela la existen­cia de ciertas atribuciones que le son vedadas a la segunda persona, al men~s en las reco-mendaciones del oidor: ·

"El castigo de los indios que se hiciere en el repartimiento, queda reservado al ca­cique {principal}, y faltando él, al tocuirico" (Matienzo 1967: 51 ).

El tucuirico, aquél que "todo lo ve", se ocuparía pues del registro de los asuntos vin­culados a la justicia, del cobro del tributo junto al cacique o la segunda persona y del cas­tigo de aquellos que eludían sus obligaciones religiosas5. Al parecer, las segundas perso­nas actuaban en reemplazo del cacique en el cobro de la tasa y en el gobierno, mas no en lo que a pleitos y castigos se refiere6

• El tucuirico, castellanización del quechua t'uqrikuq o aquellos oficiales provinciales incaicos encargados de las visitas y el empadronamiento de los indios y del castigo de prácticas prohibidas como el adulterio, es asimilado por Gua­mán Poma al alcalde mayor de los repartimientos y no a otro líder. Su presencia evidencia ciertos momentos en los cuales, según Matienzo, el reemplazo del cacique ya no es la se­gunda persona sino otra autoridad. Asimismo, de acuerdo al oidor de la Audiencia de Char­cas, si bien el Yncap rantin sustituía al Inca, sus funciones se diferenciaban claramente de las del asesor del Inca, llamado Yncap rantin rimaric, de los miembros del consejo real o tauantinsuyo camachiconchic y de otras autoridades menores como el tucuirico provin­cial. ¿Acaso el "reemplazo" de la figura principal se limitaba a ciertas funciones u ocasio­nes?, o ¿quizás la segunda persona no era un sustituto total?

La existencia de una relación desigual entre las dos autoridades de una misma pare ia­lidad al interior del Repartimiento queda manifiesta en los distintos privilegios concedidos por la legislación toledana. De este modo, en la parcialidad Hurin del Repartimiento de Ma­cha, los indios debían sembrar para su segunda persona una fanega de maíz y seis fanegas de papas, dándole además dos indios viejos, dos indias "sin sospecha" y un muchacho para el cuidado de su casa y demás servicios; mientras que los líderes principales percibían nota­blemente mayores beneficios 7. Esta diferenciación palpable en el acceso permitido a servi­cios de sus indios complejiza la imagen especular de la segunda persona hasta aquí plantea-

5 Para un análisis pormenorizado de esta figura véase Fernando Muro Romero, "El tucuyrico en los pueblos de indios del Perú según Juan de Matienzo". Terceras Jornadas Americanistas de la Universidad de Valladolid (Valladolid 1975): 1-8.

6 El oidor Juan de Matienzo mantiene esta distinción a lo largo de sus recomendaciones, sin embargo. encontramos en su texto una excepción en la cual reconoce que la segunda persona puede atender cuestiones relativas a la justicia indígena: "(..) que rodos los pleytos criminales y civiles de quali­dad se comuniquen con el cacique principal, y jét/tando el con la segunda persona y se hq1ga lo que mandare concordándose con alguno de los demasjuezes". Gobierno del Perú: 55.

7 La reglamentación establecía que los caciques principales del Repartimiento, uno por cada parcia­lidad, recibieran I 00 pesos de salario anual y que los indios les sembrasen dos fanegas de maíz y ocho fanegas de papas, dándole además seis indios reservados, tres indias "sin sospecha" y dos muchachos para el cuidado de su casa y demás servicios. Ambos datos extraídos de AGN IX, 17-2-5.

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da Volveremos a abordar este problema luego de introducirnos brevemente en la dinámica de acceso al cargo de segunda persona de la parcialidad Hurin del Repartimiento de Macha, a fines del siglo XVI, ejemplo nodal del argumento que sostenemos en este trabajo.

Negociaciones, Alianzas, Elección y Linajes

Hacia 1584, los integrantes del Repartimiento de Macha - antiguos integrantes de la prehispánica Federación Qaraqara - habían sido reducidos en los pueblos de San Pedro de Macha, en la puna y San Marcos de Miraflores en el valle; permaneciendo divididos inter­namente en dos mitades, Hanan y Hurin, las cuales abarcaban de manera igualitaria los diez ayllus menores que lo componían.

En ese entonces, la muerte de don Diego Saba "el viejo" sumió a la parcialidad Hu­rin en graves dificultades: el nombramiento de una nueva segunda persona no requería di­lación pues por falta de dicha autoridad "(..) no se cobran los tributos ni se administran el gobierno en el servicio de Su Majestad y bien de los indios de la dicha parcialidad'rs, según la denuncia de don Andrés Tanquire, principal del ayllu Guacoata. Este mismo suje­to elevó la petición, en su nombre y el de todos los caciques y principales de Hurinsaya, para que "se eligiese en su lugar uno de los principales que fuese abil e suficiente para el uso del dicho cargo por ser de poca edad y discricion el hijo que dexo el dicho don Diego Sava".

El hijo del cacique fallecido, don Diego Saba "el mozo", considerado demasiado jo­ven para asumir el cargo de su padre, fue relegado y la parcialidad exigió al corregidor Ga­briel de Encinas que se nombrara prontamente un reemplazante . Sin embargo, la elección no estuvo a cargo de la autoridad estatal sino de los indios principales del Repartimiento. Apartándose de la sucesión hereditaria por vía masculina exigida por los españoles, ante la petición de don Andrés Tanquire, el corregidor:

"(..) mandó que luego se juntasen todos los principales de los ay/los asi de ha­nansaya como de hurinsaya [y} los yndios que pudiesen aver (..) e luego el dicho corregidor tomo los botos [votos} de cada uno".

Volveremos más adelante sobre tal procedimiento, sin embargo es conveniente re­saltar aquí que, aunque la convocatoria a la elección parece ser amplia, aquellos que pro­nunciaron sus votos fueron tan solo doce jilakatas - autoridades del ayllu - y otros princi­pales del Repartimiento en su conjunto.

Las diferentes opciones dividieron a los votantes: tres de ellos consideraron que el heredero, don Diego Saba el mozo, tenía edad suficiente para gobernar pues era casado y con hijos, y por lo tanto debía acceder al cargo. Un segundo grupo, que comprendía a seis indios poderosos entre los que sobresalían el cacique principal de la parcialidad Hurin, el escribano del cabildo indígena perteneciente al ayllu Condoata de Hurinsaya y el alcalde y principal de uqo de los ayllus de Hanan, consideraron que don Andrés Tanquire era quien debía convertirse en segunda persona:

8 La documentación inédita citada pertenece a AGN XIII , 18-7-2, salvo otras indicaciones.

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"(..) porque es indio principal y de mucha razon e tiene en quenta por sus qui­pos9 todas las tasas e otras cosas en pro de los naturales del pueblo".

Por último, tres principales coincidieron en proponer la anulación del cargo de se­gunda persona en vistas a que cada principal gobernara su ayllu . Esta llamativa propuesta contra la existencia de un cargo, y ya no contra una persona en particular, pone a la luz las tensiones existentes entre las diferentes instancias de poder (Fig. 2).

La clara imposición de don Andrés Tanquire exigía, sin embargo, un último acuer­do. El corregidor, en presencia de todos los principales y luego a solas, instó a don Diego Saba el mozo a que, dado su derecho sucesorio, tomara el cargo de segunda persona. Pero, rechazándolo en nombre de su poca edad, don Diego Saba el mozo insistió en que era su voluntad que, hasta adquirir experiencia, gobernara don Andrés Tanquire quien lo había hecho desde la muerte de su padre. De esta manera, don Andrés Tanquire, principal del ayllu Guacoata (Hurinsaya) fue elegido como segunda persona por el resto de las autoridades e inclusive, con el consentimiento del mismo sucesor "legítimo" . Con su renuncia se formali­za el procedimiento electivo, y la importancia del linaje como medio de acceso al cargo de autoridad se ve minimizada frente a otras alternativas.

La elección de la segunda persona, convocada por el corregidor pero exigida por los principales de la mitad afectada, abre varios interrogantes en torno al pensamiento político andino. Se ha sugerido que la transmisión del poder entre las autoridades prehispánicas no se efectuaba forzosamente de padres a hijos. Al parecer, el criterio que prevalecía era e l de escoger al más hábil entre los posibles candidatos, ya fuesen éstos "hermanos" del difun­to cacique, hijos o parientes cercanos (Rostworowski 1983 ).

A esta conclusión arribó el Virrey don Francisco de Toledo luego de numerosas in­formaciones y detallados interrogatorios realizados entre los descendientes más ancianos de los antiguos caciques locales. Así, en 1572 informaba a Su Majestad que:

"( .. ) cuando se maria alguno destos curacas caViques o principales, quando no dejavan hijos que tuviesen abilidad para governar y aun dizen muchos testigos que aunque los tuviesen, proveia el dicho Inga a otro indio qua! le parecia de mas buen entendimiento en este cargo"(. .) "sin tener rrespeto a dezendencias ni subzesio­nes ni a otra cossa"1º.

La intervención del Inca en el gobierno de los grupos étnicos representaba, clara­mente, el control estatal sobre las poblaciones conquistadas, pero también indicaba que la

9 El uso de khipus bajo dominación colonial ha sido bien estudiado por diversos investigadores, quie­nes resaltaron su importancia para registrar infom1ación censal diversa, listas de pueblos, tierras, jefes locales y tributos demandados, información indispensable para el correcto desempei'io de un líder étnico. En relación a su uso en cuanto al registro de datos censales durante la época Prehis­pánica Tardía y Colonial Temprana, véase Gary Urton, "Censos registrados en cordeles con · Ama­rres·. Padrones poblacionales Pre-Hispánicos y Coloniales Tempranos en los Khipu lnka" , Re­vista Andina 42 (2006) : 153-196.

1 O Carta del Virrey don Francisco de Toledo a Su Majestad, Cuzco, 1 de Marzo de 1572. En Rober­to Levillier. Don Francisco de Toledo. Espasa-Calpe, Buenos Aires, 1940, Vol. 2: 5.

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elección no respetaba la sucesión hereditaria y podía recaer entre un número variado de personas .

El Lic . Hemando de Santillán [ 1563) sostiene que la sucesión estaba en estrecha re­lación con el poder que poseía el líder fallecido. A la muerte de un señor de pachaca, un hombre "virtuoso" era elegido entre los miembros del ayllu, sin tener en cuenta si era pa­riente del difunto. En cambio, al morir un señor de guaranga, su sucesor era elegido entre los otros líderes de las pachacas que la componían, elección que estaba a cargo del señor más principal 11

A su vez, Garcilaso de la Vega [1609) , aunque insiste en la imposición de la primo­genitura, reconoce que había diferentes costumbres de heredar el cargo de curaca antes de la conquista incaica. En algunas provincias heredaba, según él, "el hijo más bienquisto de sus vasallos, amado por su virtud y afabilidad, que parece elección, más que no heren­cia" (Gracilaso de la Vega 1990).

A su llegada, los españoles impusieron el uso de la legislación castellana en las su­cesiones de los cacicazgos. Pese a esto, aún parecían conservarse ciertas viejas prácticas, aunque modificadas por la situación colonial. Si aceptamos la existencia de cierto espacio para la elegibilidad de los candidatos, la cual recaía sobre aquellos con habilidad y suficien­cia para gobernar, ¿se limitaba esta, acaso, a ciertos linajes que poseían el suficiente poder como para acceder a la experiencia/habilidad necesarias? Asimismo, ¿es que había un es­pacio específico para la elección?, ¿en qué contexto? Y aún más importante, ¿en quiénes re­caía la capacidad de elección? Creemos, a la luz de este ejemplo, que la práctica de elección de autoridades andinas durante los siglos XVI y XVII no debe confundirse con la existen­cia de una participación igualitaria en las decisiones de poder. Como hemos resaltado, tan solo individuos principales, jilakatas y otras autoridades fueron los sujetos privilegiados en la toma de decisiones .

La probanza de don Fernando Ayavire [ 1583), cacique del Repartimiento de Sacaca, alcalde mayor y capitán de mita de los indios Charcas, Soras y Qaraqara, contenida en el Memorial de Charcas, expresa varios indicios en torno a la elección de las autoridades y a los responsables de dicha elección. Así, el alcalde y cacique principal don Joan Hachata afirmaba que:

"( . .) los caciques de las na Viones que refiere esta pregunta [Charcas, Soras y Qa­raqara] y este testigo como uno dellos viendo que! dicho don Fernando es hom­bre de buena vida y fama y buen entendimiento para governar (..) platicaron, re­sumieron y eligieron por su capitán al dicho don Fernando". 11

Diversos testigos confirman la elección de la autoridad y revelan una práctica aparen­temente común: la reunión de indios principales en vistas a la toma de decisiones. A princi­pios del siglo XVII, un indio principal del pueblo de Aymaya recordaba que "hasta oy esta en

1 1 Lic. 1-lernando de Santillán, "Relación del origen, descendencia, política y gobierno de los Incas". citado en Levillier. Don Francisco de Toledo, Vol. 2: 271.

12 Memorial de Charcas. Crónica inédita de 1583. Trascripción paleográfica de Margarita Suárez: 199.

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pie un bugio redondo que el dicho cacique Guaica mando hazer para que se juntasen los · principales en el". No queda claro el objeto de dichas reuniones, aunque pueden haber abarcado la elección de alguna autoridad, la transmisión de ruegos y demandas a los cargos inferiores, la distribución de obsequios y la búsqueda de consenso, entre otras prácticas.

Sin embargo, la elección del año 1584 evoca una coyuntura particular; a continua­ción, las segundas personas accedieron al cargo sin recurrir a ese mecanismo. ¿Qué vincu­lación guarda este ejemplo con la tradición prehispánica detallada anteriormente? No lo sa­bemos, aunque con seguridad no se trata de una continuidad lineal. ¿Acaso estamos en pre­sencia de una práctica usual pero escasamente reflejada por una documentación colonial que registraba e incentivaba la sucesión hereditaria? O bien, ¿es que se impondría la suce­sión hereditaria a los cargos principales, reservándose la "elección" para las autoridades menores? Esta opción ha llevado a diversos investigadores a explicar dichas prácticas como antecedente de las autoridades elegidas igualitariamente y por rotación, que se imponen a fines del siglo XVIII (Rasnake 1989: 137). Nos inclinamos, por el contrario, a buscar su ex­plicación insertando dichas prácticas en su contexto: los procesos de fragmentación de la autoridad y de creciente autonomía de las unidades menores, producto de la atomización del poder y de la re-jerarquización simbólica imperante en los Andes coloniales.

Una ventana a las relaciones intraétnicas: el momento ,Je la votación

La elección del ocupante del cargo de segunda persona de Hurinsaya movilizó in­tereses y vínculos al interior del Repartimiento y delimitó redes de alianzas y enemistades . El proceso de elección siguió varias etapas : petición al corregidor, convocatoria de los in­dios principales y del común de ambas parcialidades, juramento, votación , corroboración y parecer del corregidor. Nos detendremos en el momento mismo de la votación.

Las alianzas desplegadas cruzan las parcialidades y en diversas combinaciones re­presentan una fotografía de los vínculos intraétnicos hacia fines del siglo XVI - que pudie­ron continuar tiempo después. Como vemos, los principales del ayllu Alapicha (Hanansa­ya) y del ayllu Mahapicha (Hurinsaya) votaron para anular el cargo de segunda persona, uniendo al parecer ayllus hermanos en cada mitad - las partículas Alaa y Maja son indica­tivas de arriba y abajo, respectivamente. Es interesante notar que, desde las reducciones de 1575, los 103 integrantes del ayllu Mahapicha debían residir en el pueblo de Tambo An­tiguo, pueblo de reducción del Repartimiento de Caracara y Moromoro y no junto con los restantes integrantes del Repartimiento de Macha en los pueblos de reducción San Pedro de Macha y San Marcos de Miraflores 13

A su vez, dos ayllus de Hanan, Sulcaavi y Taponata unieron sus votos a l principal del ayllu Mahacollana de Hurinsaya para apoyar al joven don Diego Saba. Por último, los ayllus Sulcaavi, Guaracoata y Alacollana de Hanansaya y Sulcaata y Condoata de Hurin­saya y el gobernador y cacique principal de esta parcialidad conformaron la mayoría que inclinó la elección en favor de don Andrés Tanquire (Fig. 2).

13 Para un análisis más detallado de su reducción, véase María Carolina Jurado, "Las reducciones to­ledanas a pueblos de indios: aproximación a un conflicto. El Repartimiento de Macha (Charcas), siglo XVI", Cahiers des Amériques latines 47 (2006): 123- 137.

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_____________ María Carolina Jurado: Delineando a las "segundas personas"

Las causas que pudieron haber dado origen a tales asociaciones intraétnicas perma­necen opacas. En busca de alguna explicación, hemos corroborado la ausencia de super­posición de tierras o chacras que pudieran haber provocado las solidaridades compartidas. Por otro lado, tampoco hemos podido comprobar, debido a la escasez de datos empíricos necesarios, la existencia de vínculos familiares o económicos entre las autoridades de los ayllus asociados para torcer la elección . La ausencia en la historiografía dedicada a Macha de cualquier otro registro semejante que pudiera servirnos de comparación tornan esta clara explicitación de correlaciones intraétnicas en un antecedente importante para que futuras investigaciones puedan completar nuestra comprensión.

Fig.2. Redes de alianza durante la elección de la segunda persona, Hurinsaya, 1584

AGN XIII, 18-7-2

1

1 Repartimiento de Macha 1

1 1

1 Hanansaya 1 1 Hurinsaya 1

1 1

1 1 1 1 1 1 1 1 ---'---1_, 1 Sulcaavi 11 Guaracoata 11 Taponata 11 Alapicha 1 1 Alacollana 1 1 Sulcaata 1 1 Condoata 1 1 Mahapicha I IMahacollana

1 1 1 1 L _______ --r---------1-----------1------------j r l ____________ --------- -- ¡ __ --- (2) --- -- ----- -- ------ ---------_ -- ( J) ----- - --------- ----- __________ i

( 1)

( 1) Por don Diego Saba, ·'el mozo". (2) Abolir el cargo. (3) Por don Andrés Tanquire.

Se impone, pese a todo, una observación central: todos los votantes mencionados recibieron el tratamiento de "don". Tal prerrogativa, reconocida a linajes específicos del grupo español , era indicativa de estatus social y, por extensión, se aplicaba a aquellos indígenas poderosos u ocupantes de cargos de autoridad. Sin embargo, es notable la ausencia de im­portantes líderes en la votación , como el gobernador y cacique principal del Repartimiento de Macha, o la segunda persona de Hanansaya, o bien, las autoridades del pueblo valluno de Miraflores: ¿Acaso habrían quedado marginados de la votación por rivalidades de po­der, o estamos en presencia de ámbitos delimitados y autónomos de toma de decisiones? Asimismo, ¿por qué motivo el ayllu Guacoata, aquel del cual proviene don Andrés Tanqui­re, no fue convocado a la elección? ¿Es posible que la presentación del candidato, quien

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Artículos, notas y documentos ------------------------

también se había encargado de exigir la elección, haya sido considerada por el corregidor · y por el Repartimiento en general como unanimidad de opinión?

Por su parte, el mecanismo mismo de la elección merece una reflexión, pues nos en­contramos con una práctica inusualmente reflejada en la documentación del siglo XVI. En ella resalta la presencia del corregidor de la Provincia de Chayanta, Gabriel de Encinas, quien promoviera el procedimiento y tradujera el reclamo de elección de un nuevo líder en la con­gregación de principales de ambas parcialidades y la emisión de un voto por principal. Per­manece en las sombras el carácter de la representación y e l modo en que cada principal fue seleccionado "al interior" de cada ayllu del Repartimiento; sin embargo, de a lgún modo, lí­neas de tensión e intereses afloran en la documentación.

La elección misma abunda en "irregularidades" vinculadas a los votantes involucra­dos: ciertos indios principales realizaron el juramento ante el corregidor, sin embargo no es­tuvieron presentes al momento de emitir sus votos. Así, el principal del ayllu Mahacollana, don Miguel Yana, emitió el juramento relacionado con su futura declaración, pero a l momen­to de presentar los votos fue don Diego Layme, otro principal de su ayllu , quien lo efec­tuó . Asimismo, la presencia de principales que votaron sin haber emitido el juramento ne­cesario (el indio don Martín de Almendras, por ejemplo), o la doble votación del ayllu Sul­caavi (uno de sus principales en favor del joven don Diego Saba y el alcalde de l cabildo de indios, don Lope de Mendoza, apoyando al triunfador) corroboran la complejidad de la dinámica política - en complicidad con el corregidor.

Hemos advertido sobre la ausencia de algún principal que representara a M iraflores en la elección. Sin embargo, aunque don Antonio Gironda Layme, cacique de los hurinsayas de Miraflores, no hubiera participado de la votación misma de la segunda persona, no se mantuvo al margen de las negociaciones por el poder. A pesar del silencio generalizado en la documentación posterior, don Antonio Gironda Layme, líder de la mitad Hurin del pueblo de Miraflores, ocupó también el cargo de segunda persona de Hurinsaya: luego de don Andrés Tanquire, electo por los principales de su Repartimiento, la injerencia estatal elevó a don Antonio Gironda Layme a la posición de segunda persona, probablemente entre 1598 y 1612 14. De acuerdo a sus propias declaraciones, tal oficio le fue dado ''porque se yba perdiendo el dicho pueblo de Macha", por don Francisco Ondegardo, sobrino del más conocido Licen­ciado Polo Ondegardo 15

• No existe demasiada información sobre el accionar de don Antonio Gironda Layme como segunda persona pero, al parecer, su acceso al cargo no fue cuestiona­do . Finalmente, hacia 1612, don Antonio se vio despojado por decisión estatal y el cargo fue concedido a otro indio principal , don Gabriel Tomire Fragoso, "a quien pertenece".

14 Las fechas son aproximativas y corresponden al interin existente en los reclamos presentados por Gironda Layme a la Audiencia de La Plata, exigiendo el pago de salarios adeudados relativos al cargo de lider de los indios hurinsayas del pueblo de Miraflores . La existencia de presentacio­nes legales antes y después del interregno mencionado podrían coincidir con su alejamiento del anexo de Miraflores y con su acceso al cargo de segunda persona.

15 Poderoso propietario de Charcas y receptor de los tributos de los Aullagas, don Francisco Onde­gardo se desempeñó hacia 1607 como Con-egidor y justicia mayor de la Provincia de Chayanta. cargo que volvió a ejercer hacia 1623 [AGN Xlll, 18-7-1]. Sobre sus posesiones, A.M. Presta. Encomienda.familia y negocios en Charcas Colonial. los Encomenderos de la Plata 1500-1 600 . Lima: IEP, 2000, Capítulo 6.

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____________ María Carolina Jurado: Delineando a las "segundas personas"

Las conexiones intraétnicas y la alta rotación de los principales por diversos cargos de poder, sin importar la sucesión hereditaria exigida por el estado colonial, dinamizan la vi­sión algo estática que la legislación hispana transmite de las relaciones entre las autorida­des del Repartimiento. Ahora bien, ¿podemos asociar la rotación de los individuos más po­derosos con el principio de "turno", tal como se interrogaba Platt (Platt 1988: 379)? El au­tor sugería la posibilidad de que la noción de "turno rotativo" (mita en quechua, chhana en aymara) tuviera importancia en el acceso al cargo de los segmentos más bajos de la or­ganización andina, mientras que su vigencia podría haberse restringido en los niveles más englobantes, orientándose hacia la selección de sucesores dentro de familias o "casas" que monopolizarían dichos cargos. De ninguna manera estamos en condiciones de proponer una conclusión definitiva al problema planteado, aunque sí de sugerir algunas posibles expl i­caciones. Los ejemplos detallados sugieren que en el Repartimiento de Macha, luego de la institucionalización del sistema colonial, el acceso y la permanencia en los cargos cacica­les, cualquiera fuera la dimensión de su poder, respondían a diversos factores. Favoritismo estatal, sucesión hereditaria, elección y sostén por parte de otras autoridades se conjugan para elevar a ciertos sujetos a la posición disputada. A su vez, la siempre recurrente inter­vención estatal en la elevación de figuras más o menos respetadas por la sociedad local su­giere la ausencia de una única vía, a ojos de toda la sociedad colonial, de acceso al poder. La pregunta, entonces, deberá versar, quizás, no sobre el modo de acceso en sí sino, en rea­lidad, acerca del individuo que accedía al cargo de poder.

Aproximaciones a la Segunda Persona

De lo expuesto, se imponen algunas conclusiones y numerosos interrogantes que esperamos logren servir de guía a posteriores análisis. En el período comprendido entre 1575 y 1619, los ocupantes del cargo de segunda persona de Hurinsaya -don Diego Saba "el vie­jo", don Andrés Tanquire, don Antonio Gironda Layme y don Gabriel Tomire Fragoso- no estaban emparentados entre sí, de manera tal que su acceso al cargo siguió carriles distin­tos al de la sucesión hereditaria exigida por la legislación.

Si excluimos a don Antonio Gironda Layme, elevado al cargo por intervención de don Francisco Ondegardo, las restantes segundas personas fueron poderosos principales de la parcialidad Hurin y, a su vez, todos ellos pe11enecientes al ayllu Guacoata de dicha mitad. Nos preguntamos si existía acaso alguna relación especial que vinculaba el cargo de segun­da persona de manera exclusiva con uno de los ayllus que conformaban la parcialidad a go­bernar. En el caso del ayllu Guacoata, su posición relativa al interior de Hurinsaya sugiere vinculaciones subyacentes. Lo anterior se evidencia cuando, ante el desorden en que eran censados los ayllus de Hurin en los padrones de la Revisita realizada en 1619, el jilakata de Guacoata creyó necesario aclarar:

"Memoria del ayllu Guacuata de la primera cassa de Sava de los yndios tributa­rios so(teros, biejos, reservados, enfermos y huérfanos, biejas, biudas y solteras, se­gundo ayllo de la parcialidad Hurinsaya"16

16 El subrayado es nuestro.

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La existencia de cierto orden simbólico jerarquizado de los ayllus de una misma par­cialidad se insinuaba ya en el nombre de uno de ellos : Mahacollana (collana: cosa prima). Sin embargo, el reclamo de un segundo lugar detrás de aquél trasciende con seguridad la coyuntura del empadronamiento, abarcando otros aspectos simbólicos y rituales propios de la parcialidad, y quizás, atribuciones concretas en relación a su gobierno. \<\simismo, el afán de normar según un cie1to orden de preeminencia alcanzaba a los integrantes del ay­Jiu Guacoata, quienes fueron divididos en dos "casas": la "Primera cassa de Saba" y la "Se­gunda cassa", tal como aparece en los padrones de 1619.

La presencia de "casas" que agrupaban cierto número de unidades domésticas den­tro del ayllu, se presentaba para distinguir, en este caso, grupos humanos ordenados se­gún una estricta jerarquía. Tal distinción no responde al grado de riqueza de sus miembros: aparecen en ellas unidades censales con acceso diferenciado a la tierra y al ganado. La "cas­sa de Saba" comprendía como su nombre lo indica -aunque no exclusivamente- diversos sujetos que incluían en su nombre dicha denominación . Por su parte, constatamos la pre­sencia en la "Segunda cassa" de don Gabriel Tomire Fragoso y de otros personajes ape lli­dados Tomire, nuevamente intercalados con otros apelativos. ¿Qué diferenciaba a ambas "casas"? El término "casa" era asimilado en el vocabulario de la época a linaje, es decir, al conjunto de descendientes por vía masculina que conforman una familia. En la sociedad cas­tellana, el individuo obtenía su identidad social en tanto miembro de un linaje, el cual si­tuaba a sus miembros, según el estatus y la jerarquía de cada uno, en el conjunto de las relaciones sociales. Su aplicación a la jerarquizada sociedad andina de la época no implica­ba en sí misma la presencia exacta de una práctica propia de los linajes castellanos. Se ob­serva, asimismo, que no existe un apellido común que englobe a todos los miembros de la "casa", tanto en "la de Saba" como en la "segunda cassa" .

Al parecer, las "casas" andinas mantenían entre sí, al igual que sus contrapartidas peninsulares, múltiples vínculos de negociación y de alianza: la segunda persona don Ga­briel Tomire Fragoso admitió haber llegado a un acuerdo con su "primo" don Diego Saba "el mozo", relativo al cargo cedido por aquél a don Andrés Tanquire. ¿Estamos en presen­cia de una alternancia negociada entre ambas "casas" en relación al cargo de segunda per­sona? Si bien no han llegado hasta nosotros los términos de dicho acuerdo, la auto-exclu­sión de don Diego Saba el mozo y su desinterés en 1619 por reservar el cargo a quien dice ser su descendiente - don Pedro Dueñas de Córdoba - apuntan en esa dirección. No sea, quizás, un dato menor que don Pedro Dueñas de Córdoba no solo carecía del nombre Saba, sino que además no aparecía en los padrones conformando dicha "casa", debido quizás a la existencia de sólidos vínculos consanguíneos pero por vía materna.

Sin embargo, ¿tan solo la pertenencia social explica el acceso al cargo? ¿Qué atribu­tos eran exigidos a la segunda persona?, ¿qué capacidades conformaban su habilidad? Se­gún los datos proporcionados por el pleito de segunda persona desatado en el Repartim ien­to de Machaca la Grande (Pacajes) en 1584, el cargo requería ciertas habilidades específi­cas y atribuciones distintas a la de cacique principal, pues son mencionados como cargos distintos, aunque pasibles de ser superpuestos. Según los testigos :

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"(..) despues de muerto el dicho Acache, segunda persona nombrado por el dicho Inga, quedó el mando en Pati, su hijo, el qua! no mandó ny lo husó porque era in-

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hábil y no suficiente para poder ussar el dicho cargo de segunda persona y por esta caussa el dicho Acacuti, padre del dicho don Felipe Ocsa, ussó los dichos car­gos del car;:ique prenr;:ipal y segunda persona 11

17.

Lamentablemente, no tenemos datos específicos para el caso mencionado aunque sí para don Andrés Tanquire quien, como vimos , resultó elegido como segunda persona de los hurinsayas de Macha, de acuerdo a sus electores, debido a su destreza en las cuentas de sus khipus . En palabras del corregidor Gabriel de Encinas:

"( .. ) conbiene que don Andres Tanquire gobierne la dicha parcialidad por segun­da persona hasta tanto que don Diego Sava tenga mas edad, espiriencia de ne­gocios tocantes al dicho gobierno( .. ) porque el don Andres Tanquire demas de su abilidad y destreza es y a sido principal de[!] ayllu y contador de todo el Re­partimiento, con quien Su Merced y todos los demas corregidores sus antecesores an librado con el las quentas y otras cosas de ymportancia ".

Encontramos en la elección de don Andrés Tanquire una sobrevaloración de las fun­ciones vinculadas a la cuenta de tributarios y de la tasa debida por todo el Repartimiento, es decir, atribuciones reservadas al antiguo khipu kamayoc, aq uel encargado de los kh i­pus o cuerdas anudadas usadas, entre otras funciones, en la contabilidad. ¿Es posible que ex istieran ciertas tareas reservadas a la segunda persona -o, al menos, en las cuales se pri­vilegiaba su presencia?

En tal sentido podríamos explicar el nombramiento de segundas personas para e l despacho de la mita en las minas de Potosí, tal como se detalla en 1665 en los pueblos de Chucuito, Acora e Hilave, como responsables enteradores de la cuota de mitayos de una de las dos parcialidades que conformaban cada uno de los pueblos mencionados 18

La presencia de las segundas personas en Potosí se ve ratificada por las declarac io­nes hechas por don Juan Arpa, cacique de los Lupaca y Pacajes que residían como miti­maes en el pueblo de Santiago de Chaqui. En 161 O, luego de 14 años de servir como segunda persona del Repartimiento de Chaqui , por haber s ido nombrado por e l teniente de corregi­dor Juan de Herrera Madrid, el líder reclamaba su alejamiento del cargo. Y es que, según sus palabras, "( .. ) el tiempo que [he} as istido en la mita de Potosí por tal segunda per­sona he gastado mi hazienda que monta mas de seis mili pesos corrientes". Si bien Fran­cisco Fernández de Balderrama, corregidor de la Provincia de Porco, no especificaba las ta­reas que debía llevar a cabo, notificó al cacique gobernador del Repartimiento de Chaqu i que a los quince días de recibir su auto, "( .. ) tenga enterado los indios de la mita de Po­tosí con sus mugeres hijos y la segunda persona que con ellos a de estar". 19

17 ABNB EC 1585.7, ff. 5v. Este pleito. aunque siguiendo objetivos distintos al presente trabajo. fue abortlado en Jan Szeminski. "Las apuestas de l lnqa". Anuario del Archivo y /Jiblioreca.1· Na­cionales de Bolivia (Sucre 1996): 3-1 8. Agradezco al Lic. Ariel Morrone quien me facilitó u1w copia del documento.

18 AGN XIII , 23-10-2 s/ f'. 19 AGN XIII , 18-6-5 ff. 60r.

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No pretendemos aquí ahondar en las relaciones establecidas entre los líderes de gru­pos mitimaes y aquellos de Chaqui, sino que deseamos llamar la atención sobre la vincula­ción del cargo de segunda persona y el entero del número de mitayos exigidos, su control y su gobierno en la Villa Imperial de Potosí, funciones vinculadas al manejo de registros con­tables . Siguiendo esta argumentación, la presencia de la segunda persona al momento de brindar datos específicos del Repartimiento de Macha en 1619 que mencionáramos más arri­ba quizás remita a algo más que al mero acompañamiento de los caciques principales. En tal caso, la consideración de la segunda persona como fiel reflejo especular del cacique prin­cipal nos haya dado una visión parcial de la realidad.

Consideraciones finales

Por debajo de los jefes étnicos principales, diversas autoridades de menor relieve li­deraban los segmentos constitutivos de los grupos andinos contenidos en los repartimien­tos sujetos a la jurisdicción de la Audiencia de Charcas. Solo el conocimiento de los ras­gos principales de estos integrantes menores de la jerarquía cacica! andina, sus múltiples relaciones e interdependencias, las formas de acceso y permanencia en el cargo, entre otras cuestiones, nos brindarán una idea más acabada de la dinámica política interna del Repar­timiento andino.

En el presente trabajo abordamos el estudio de una autoridad étnica desdibujada, la segunda persona bajo dominación colonial. A partir del análisis de los discursos conteni­dos en diversos pleitos sucesorios inéditos, sugerimos la posibilidad de considerar a las segundas personas como autoridades étnicas diferenciadas del cacique principal al cual secundan y vinculadas a roles contables y de manejo de la mano de obra indígena desti­nada a cubrir los requerimientos estatales, al menos durante fines del siglo XVI y principios del siglo XVII. Asimismo, la diversidad en las formas de acceso al cargo y la puesta en re­lieve de linajes, "casas" y alianzas intraétnicas a las que recurren los postulantes al cargo, dan cuenta de una historia interna densa y ambigua cuyo estudio es clave para entender el liderazgo étnico colonial.

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María Carolina Jurado Universidad de Buenos Aires/CONICET-PROHAL

[email protected]

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