delitos contra la administración publica
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DELITOS CONTRA
LA
ADMINISTRACIÓN
PÙBLICA
CONCUSIÓN
ART N 382 C.P
“El funcionario o servidor público, que abusando de su cargo, obliga o
induce a una persona a dar o prometer indebidamente, para sí o para
otro, un bien o un beneficio patrimonial, será reprimido con pena privativa
de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años”.
BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
Busca proteger, el regular y correcto desenvolvimiento, el prestigio y la
buena reputación de la administración pública.
SUJETO ACTIVO
SUJETO PASIVO
COMPORTAMIENTOS TÍPICOS
- Abuso del cargo.
- Obligar a dar o prometer.
- Inducir a dar o prometer.
- El dar y el prometer dar
EL ELEMENTO NORMATIVO
“indebidamente” quiere decir que la exigencia ha sido hecha sin causa
justificada o ilegítimamente.
EL OBJETO DE LA CONCUSIÓN
“UN BIEN O UN BENEFICIO PATRIMONIAL
ELEMENTO SUBJETIVO
la conducta dolosa implica voluntad de actuar.
Conocimiento de lo que se está realizando y que su
conducta contraviene la ley
CONSUMACIÒN
TENTATIVA
La posibilidad de tentativa radica en el hecho que no
basta para consumar el delito una simple exigencia
la colusión simple y agravada
ARTÌCULO 384 "El funcionario o servidor público que, en los
contratos, suministros, licitaciones, concurso de precios, subastas o cualquier
otra operación semejante en la que intervenga por razón de su cargo o
comisión especial defrauda al Estado o entidad u organismo del Estado,
según ley, concertándose con los interesados en los convenios, ajustes,
liquidaciones o suministros será reprimido con pena privativa de libertad no
menor de tres ni mayor de quince años".
"El funcionario o servidor público que, interviniendo directa o indirectamente,
por razón de su cargo, en las contrataciones y adquisiciones de bienes,
obras o servicios, concesiones o cualquier operación a cargo del Estado
mediante concertación con los interesados, defraudare patrimonialmente al
Estado o entidad u organismo del Estado, según ley, será reprimido con pena
privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años".
BIEN JURÍDICO PROTEGIDO
El bien jurídico tutelado es el normal,
ordenado y legal desarrollo de la
administración pública
FORMA SIMPLE Y AGRAVADA
- Concertación dolosa con la consiguiente
defraudación al Estado (tipo básico)
- Concertación, mas defraudación
patrimonial a los intereses del Estado (tipo
agravado)
SUJETO ACTIVO
SUJETO PASIVO
LA CONDUCTA TÍPICA
-ACUERDO COLUSORIO : concertación del agente
público con los interesados
-DEFRAUDACIÓN
-DIVERSAS MODALIDADES CONTRACTUALES
Contratos , suministros, licitaciones, concurso de
precios, subastas u operación semejante
TIPO SUBJETIVO
DELITO DE RESULTADO O DE
PELIGRO
CONSUMACIÓN Y TENTATIVA
La simple concertación con finalidad
defraudatoria