DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA DE REPOSICION
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DEMANDA DE REPOSICIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
Expediente Nº:
Cuaderno : Principal
Escrito Nº : 01
Sumilla : DEMANDA CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVA
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO
CARLOS FUENTES SOTO, identificado con
DNI Nº 41714988, con dirección domiciliaria
en Calle Moquegua Nº 323, y, señalando
domicilio procesal en la Calle Ayacucho Nº
142 interior Oficina Nº 03 de esta ciudad de
Moquegua; ante Ud. con el debido respeto me
presentó y expongo:
I. DEMANDADOS
1. Gobierno Regional de Moquegua,
debidamente con dirección domiciliaria en la Calle Ancash 525, de esta ciudad
de Moquegua.
2. Procurador Público Regional del
Gobierno Regional de Moquegua, con dirección domiciliaria en la Av.
Circunvalación S/N, de esta ciudad de Moquegua.
II. PETITORIO
Invocando interés y legitimidad para obrar
(¹), por derecho propio, al haber sido objeto de despido incausado, interpongo
pretensiones de:
2.1 Pretensión Principal
2.1.1 Nulidad total de la Carta Nº 0565-2009-
SGP-GRM del 31 de noviembre de 2009, a través de la cual me comunican que
se prescinde de mis servicios, por la causal prevista en el inciso 1 del artículo
10 de la Ley 27444.
2.1.2 Nulidad total de la Resolución
Ejecutiva Regional 344-2009-GR/MOQ del 07 de diciembre de 2009, a través
de la cual se desestima el recurso de apelación del actor, por la causal prevista
en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 27444.
2.2. Pretensión Accesoria
2.2.1 Reposición en el puesto de trabajo que
venía desempeñando de Secretaria de la Gerencia de Inversiones u otro
equivalente.
III. FUNDAMENTOS DE HECHO
3.1 Prestó servicios para la demandada por
22 meses y 10 días, en forma permanente e ininterrumpida.
3.2. Sin expresarme causa alguna, la
demandada, el 30.05.2011, al momento de ingresar a mi centro de trabajo, me
hizo llegar la Carta de fecha 30.05.2011, a través de ésta se me comunica que
prescinden de mis servicios, motivando ello un despido incausado.
3.3 Debe tenerse en cuenta que a través de
la Resolución de Alcaldía Nº 122-2010-A/MPMN del 30.04.2011 se resolvió
asignarle plaza vacante aprobada en el CAP y PAP.
3.4 Siendo así, al haber superado un año
de servicios prestados ininterrumpidamente en labores de naturaleza
permanente; cumpliendo así los presupuestos de la Ley 24041, alcanzando
protección frente al despido arbitrario, pudiendo ser cesada por causa justa y
previo procedimiento administrativo disciplinario, pero su despido fue producto
de una decisión unilateral, siendo un despido incausado, debiendo reponérsele
a su centro laboral.
3.5 Impugnó la carta de su despido pero
por Resolución Ejecutiva Regional 174-2011-GR/MOQ se declara infundado,
por lo que estoy habilitado para el ejercicio de la presente acción.
VI. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
4.1 El artículo 148 de la Constitución
preceptúa que “Las resoluciones administrativas que causan estado son
susceptibles de impugnación mediante la acción contencioso-administrativa”.
4.2. El artículo 27 de la Constitución
preceptúa que “La ley otorga al trabajador adecuada protección contra el
despido arbitrario”.
4.3 El artículo de la Ley 24041, que
establece que “Los servidores públicos contratados para labores de naturaleza
permanente, que tengan más de un año ininterrumpido de servicios, no pueden
ser cesados ni destituidos sino por las causas previstas en el Capítulo V del
Decreto Legislativo Nº 276 y con sujeción al procedimiento establecido en él,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 15 de la misma ley”.
4.4. Los artículos 4 inciso 1) y 5 inciso 1)
del TUO de la Ley 27584 que prescriben que “Artículo 4… Son impugnables en
este proceso las siguientes actuaciones administrativas: 1. Los actos
administrativos y cualquier otra declaración administrativa…”, y, “Artículo 5…
En el proceso contencioso administrativo podrán plantearse pretensiones con
el objeto de obtener lo siguiente: 1. La declaración de nulidad, total o parcial o
ineficacia de actos administrativos….”.
V. MONTO DEL PETITORIO
Inapreciable en Dinero.
VI. VÍA PROCEDIMENTAL
Proceso Especial.
VII. MEDIOS PROBATORIOS
1. Copia fedateada de la Carta Nº 0565-
2011-SGP-MPMN del 30 de mayo de 2011.
2. Copia fedateada de la Resolución
Ejecutiva Regional 174-2011-GR/MOQ del 05 de junio de 2011.
3. Certificado de Trabajo en original del
24 de mayo de 2011.
4. Boletas de Pago (20) en original del
período 2010 y 2011.
5. Informes en original (32) del período
2010 y 2011.
6. Memorándums en original (15) del
período 2010 y 2011.
VIII. ANEXOS
Anexo 1.A: Copia de DNI.
Anexo 1.B: Copia fedateada de la Carta
Nº 0565-2011-SGP-MPMN del 30 de mayo de 2011.
Anexo 1.C: Copia fedateada de la
Resolución Ejecutiva Regional 174-2011-GR/MOQ del 05 de junio de 2011.
Anexo 1.D: Certificado de Trabajo en
original del 24 de mayo de 2011.
Anexo 1.E: Boletas de Pago (20) en
original del período 2010 y 2011.
Anexo 1.F: Informes en original (32) del
período 2010 y 2011.
Anexo 1.G: Memorándums en original
(15) del período 2010 y 2011.
POR LO EXPUESTO:
A Ud. pido se sirva dar trámite a la
demanda interpuesta, calificarla positivamente y declararla fundada en su
oportunidad, conforme a ley.
Moquegua, 29 de junio de 2011
ANDRES CORNEJO JUAREZ CARLOS FUENTES SOTO
CAM 124 DNI Nº41714988