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EXP.:SEC.:ESC.: 01INTERPONE DEMANDA LABORAL

SEOR JUEZ ESPECIALIZADO LABORAL DE TRUJILLO.-

JANNIER FAUSTO BARRIOS MENDEZ, identificado con D.N.I. 45621107, con domicilio real en Av. Pumacahua N 1732, del distrito de El Porvenir - Trujillo, y con domicilio procesal en Jr. Ayacucho N 590, oficina N 421, y casilla electrnica N 1319; ante vuestro despacho como mejor proceda en derecho digo:

I. DATOS DEL DEMANDADOLa presente demanda la interpongo contra la MUNICIPALDAD DISTRITAL DE EL PORVENIR, con RUC N 20147170565, con domicilio en Av. Snchez Carrin N 500, en la persona de su representante legal ..., identificado con DNI N ., donde se le notificar mediante cdula, en el modo y forma de ley.

II. PETITORIOPor convenir a la tutela de mis derechos laborales irrenunciables, interpongo la presente demanda contra la MUNICIPALDAD DISTRITAL DE EL PORVENIR, con la finalidad que:

1. En virtud del principio de ESPECIALIDAD a la aplicacin de las normas, SOLICITO SE DESNATURALICE MI CONTRATACION BAJO EL REGIMEN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS (CAS), a fin de obtener una contratacin a plazo indeterminado bajo el rgimen privado. 2. En aplicacin del principio de primaca de realidad se RECONOZCA MI CONTRATACIN LABORAL COMO DE DURACIN INDETERMINADA (principio de continuidad laboral) durante todo mi record laboral.3. Se ordene que la demandada MUNICIPALDAD DISTRITAL DE EL PORVENIR cumpla con cancelarme el monto dinerario de S/. 26,051.91(VEINTISEIS MIL CINCUENTA Y UNO CON 91/100 NUEVOS SOLES) en virtud a los siguientes conceptos de naturaleza laboral:a) Reintegro de gratificaciones S/. 7,561.46b) Reintegro de CTS S/. 4,410.85c) Reintegro de Vacaciones S/. 4,410.85d) Horas extras S/. 9,668.75

4. Asimismo, demando acumulativamente el pago de los INTERESES LEGALES que se liquidarn en ejecucin de sentencia, con expresa condena de COSTAS Y COSTOS del proceso.

III. DATOS DE LA RELACIN LABORALCondicin Laboral: ConcluidaFecha de ingreso: 01/08/2008Fecha de Despido: 30/07/2012Periodo Reclamado: Del 01/08/2008 al 30/07/2012Record Laboral: 03 aos, 11 mesesFuncin o Cargo: Choferltima remuneracin mensual: S/. 800.00

IV. CUADRO VALORATIVO DEL PETITORIOEl cuadro valorativo del petitorio debido a su extensin se encuentra debidamente firmado y autorizado por abogado patrocinante, el mismo que corre como anexo .de la presente demanda, y en el que se encuentra detallado los montos consignados en el petitorio de la demanda.

V. FUNDAMENTACIN FCTICA

PRIMERO: Del Vnculo Laboral y record laboral.Acredito indubitablemente el vnculo laboral, en virtud a los siguientes medios probatorios que se debern actuar en la audiencia de su propsito:

12 contratos administrativos de servicios, con sus respectivas resoluciones de alcalda cada uno, en los que se acredita que el suscrito he mantenido una contrato bajo el rgimen CAS con la demandada, y asimismo el cargo y funciones que el suscrito desempeaba. 13 boletas de pago emitidos por la demandada MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL PORVENIR, con lo que se acredita indubitablemente que el suscrito tena como remuneracin S/. 800.00 y tena como ocupacin o cargo el de CHOFER. 01 Carta de Agradecimiento, emitida por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL PORVENIR con la que pone fin a mi contratacin, con lo que acredito fehacientemente que actualmente el suscrito me encuentro en calidad de ex trabajador.

En tal sentido, queda plenamente acreditado la existencia del vinculo del suscrito con la demandada a travs de una contratacin CAS, as como mi record laboral, desde el 01 de agosto del 2008 al 30 de julio del 2012.

SEGUNDO: Sobre mi contratacin laboralConforme he referido, el suscrito ingrese a laborar el 01 de agosto del 2008 a la MUNICIPALIDAD IDSTRITAL DE EL PORVENIR por Resolucin de Alcalda N 1785-2008-MDP, asumiendo el cargo de CHOFER de vehculos en el rea de maquinarias y equipos, bajo el rgimen de CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SERVICIOS (CAS), con una remuneracin de S/. 800.00 (OCHOCIENTOS NUEVOS SOLES Y 00/100 NUEVOS SOLES)Debo hacer de su conocimiento que desde la fecha de ingreso he firmado una serie de contratos CAS, los cuales han sido renovados uno tras otro hasta el 30/07/2012, fecha en la que la demandada ya no me renov el contrato y me enva una carta de agradecimiento por mis servicios prestados. Es preciso sealar seor Juez que si bien es cierto, el suscrito he sido contratado bajo el rgimen CAS, cabe sealar que la contratacin no es la adecuada pues el cargo que he desempaado pertenece a la categora de OBRERO el cual segn la Ley Orgnica de Municipalidades (Art. 37), establece que los trabajadores obreros que prestan servicios a las Municipalidades son servidores pblicos sujetos al rgimen laboral de la actividad privada.Abundando en detalles seor Juez, es preciso sealar que como norma general la Municipalidad puede contratar bajo el rgimen CAS (D.L. 1057), pero como norma especial tenemos a la Ley Orgnica de Municipalidades (Ley 27972) la cual expresamente dice en su Art. 37 que los trabajadores obreros debern ser contratados bajo el rgimen laboral de la actividad privada; entonces siendo esto tenemos un conflicto normativo, esto es, cuando dos o mas normas normal regulan simultneamente el mismo supuesto de hecho, de modo incompatible entre si, siendo el problema central la seleccin de la norma aplicable: Cual se escoge y por qu. Al respecto, la teotia general del derecho ha propuesto tres criterios sucesivos para la determinacin de la norma aplicable: La jerarqua, especialidad y la temporalidad.

TERCERO: Del Principio de EspecialidadEl criterio de la ESPECIALIDAD est destinado a solucionar aquellos conflictos que se producen entre una norma general y una norma especial, donde esta ltima no seala expresamente ser excepcin de la primera, circunstancia que da pie a sostener fundadamente que existe conflicto entre ambas normas, ya que si el carcter de excepcional de la norma especial estuviera establecido expresamente, dicho conflicto no existira. Es decir seor Juez, que la disposicin especial prima sobre la general, lo que quiere decir que si tenemos al D.L. 1057 y a la Ley 27972 (ambas con rango de Ley) y establecen disposiciones contradictorias al referir regmenes de contratacin laboral distintos, una es aplicable a un aspecto mas general y ora a un aspecto las restringido, prima esta sobre aquella en su campo especifico. es especial que mi cargo o funcin que el suscrito he desempeado est regulado por una norma general que es el rgimen CAS y una norma especial que es la Ley Orgnica de Municipalidades

CUARTO: Del Reintegro de mis beneficios sociales de carcter irrenunciables

4.1. Del Reintegro de mi CTSEl Pago de CTS se debe realizar sobre la base de la Remuneracin computable, siendo que nunca he percibido pago de CTS por la naturaleza de mi contratacin., monto que ascienda a la suma de S/. 4,410.85.

4.2. Del Reintegro de mis Gratificaciones por Fiestas Patrias y NavidadEl Pago de gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad se debe realizar sobre la base de la Remuneracin computable, siendo lo adeudado S/. 7,561.46 nuevos soles.

4.3. Pago de VacacionesQue durante todo mi record laboral el suscrito nunca he gozado de vacaciones, puesto que segn la naturaleza de mi contratacin no era merecedor de vacaciones remuneradas,

4.4. Pago por Trabajo en Sobre tiempo (Horas Extras)Que durante todo mi record laboral el suscrito siempre he laborado 2 horas de sobre tiempo, es decir 2 horas adicionales a mi jornada laboral de ocho horas.

QUINTO: De los Intereses Legales y pago de Costas y Costos ProcesalesAsimismo, peticiono el pago de los intereses legales derivaos de la mora en el cumplimiento de la obligacin principal, en ste caso, de la indemnizacin por despido arbitrario, y el pago del reintegro de mis beneficios laborales que se me adeuda, por cuanto nunca se me ha cancelado en su monto debido, conforme a ley.

Tambin solicito que la demanda exprese condena de Costas y Costos, lo que implica, seor Juez, que la demandada una vez vencida en el presente proceso, proceda al pago de todos aquellos gastos judiciales que ha tenido que incurrir el recurrente, tanto en la etapa prejudicial como judicial (dgase Asesoramiento Legal a fin de tomar decisiones correctas, movilidad, pastos de impresiones, gastos de copias, etc) y los honorarios profesionales de los abogados que me patrocinan, lo que se liquidar en ejecucin de sentencia.

FUNDAMENTACIN JURDICAFundo mi pretensin en virtud a las siguientes normas legales: Inc. 2 del Art. 26 de la Constitucin Poltica, que prescribe el carcter irrenunciable de los derechos laborales reconocidos por la constitucin y las leyes Art. 15 y 16 de la Ley Procesal del Trabajo, que prescribe los requisitos y anexos de la demanda Art. 61 de la Ley Procesal del Trabajo, que seala que el presente proceso se tramita en la va del proceso ordinario laboral. Decreto Supremo N 003-97-TR Decreto Supremo N 007-2002-TRT.U.O. de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en sobretiempo Ley N 25129 Ley de Asignacin Familiar. Decreto Supremo N 001-97-TRT.U.O. de la Ley de Compensacin por Tiempo de Servicios Decreto Legislativo N 713 Legislacin sobre descanso remunerativos de los trabajadores sujetos al Rgimen de la Actividad Privada. Ley N 27735 Ley que regula el otorgamiento de gratificaciones para los trabajadores del Rgimen de la Actividad Privada por Fiestas Patrias y Navidad. Ley N 27972 Ley Orgnica de Municipalidades, Art. 37; que seala sobre al contratacin de los trabajadores municipales. D.L. N 1057, sobre el rgimen de Contratacin Administrativa de Servicios.

VI. VA PROCEDIMENTALLa presente demanda se tramitar conforme el Proceso Ordinario Laboral.

VII. MEDIOS PROBATORIOSCon la finalidad de acreditar mis derechos postulados en la presente demanda ofrezco los siguientes medios probatorios, consistentes en:

A) Documentales:

12 contratos administrativos de servicios, con sus respectivas resoluciones de alcalda cada uno, en los que se acredita que el suscrito he mantenido una contrato bajo el rgimen CAS con la demandada, y asimismo el cargo y funciones que el suscrito desempeaba. 13 boletas de pago emitidos por la demandada MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL PORVENIR, con lo que se acredita indubitablemente que el suscrito tena como remuneracin S/. 800.00 y tena como ocupacin o cargo el de CHOFER. 01 Carta de Agradecimiento, emitida por la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL PORVENIR con la que pone fin a mi contratacin, con lo que acredito fehacientemente que actualmente el suscrito me encuentro en calidad de ex trabajador.

B) DECLARACIN DE PARTE:7.1. Declaracin de Parte que Absolver el Representante Legal de la demandada MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL PROVENIR, conforme el interrogatorio que se realizar en la Audiencia de Pruebas de su propsito; respecto la condicin laboral del suscrito y la labor desempeada.

ANEXOS:1.A. Tasa por ofrecimiento de pruebas1.B. 02 cdulas de notificacin1.C. Copia de mi DNI1.D. 12 contratos 1.E. 13 boletas de pago1.F. 01 carta de agrade cimiento de servicios1.G. Certificado de Habilidad de mi abogado patrocinante1.H. Cuadro valorativo de liquidacin.

PRIMER OTROS DIGO: Siendo de aplicacin supletoria las normas de Cdigo Procesal Civil en virtud de sus arts. 74 y 80, designo como mis abogados defensores a los letrados Dr. AQUILES RIVAS RODRGUEZ (Reg. Call N 815), DR. RONY RIVAS RODRGUEZ (Reg. Call N 6540) y DR. DENIS RIVAS RODRGUEZ (Reg. Call N 7515), para quienes peticiono se les brinden las facilidades para el mejor ejercicio de mi defensa, sealando expresamente que me encuentro enterada de los efectos de la representacin otorgada.

SEGUNDO OTROS DIGO: Autorizo expresamente a los Bachilleres de derecho: Don JAVIER MARTIN HERNNDEZ UGAS, identificado con DNI 43989013 y EDGAR ALEXANDER MUOZ DE LA CRUZ con DNI N 80526894, en su calidad de practicantes del consultorio jurdico RIVAS RODRGUEZ abogados, a fin de que pueda apersonarse a su despacho para informarse sobre el estado del proceso y de ser necesario solicitar copias del mismo y realizar actos de procuradura.

TERCER OTROS DIGO: de conformidad con el art. 27 de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, solicito que se sirva cursar oficio al Gerente Regional de Trabajo y Promocin del Empleo de La Libertad, a efecto de que ordene a quien corresponda cumpla con remitir al Despacho Judicial copias certificadas de las planillas electrnicas de la empresa CIVISES.A.C., respecto al trabajador JHON PAUL VERA ALAYO, durante el periodo del 15 de julio del 2009 al 06 de noviembre del 2012.

Trujillo, 28 de febrero de 2013

JANNIER FAUSTO BARRIOS MENDEZ