DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

79
DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas Ing. Civil Minas

Transcript of DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

Page 1: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DERECHO AMBIENTAL

Dagoberto Venegas V.Dagoberto Venegas V.

Ing. Civil MinasIng. Civil Minas

Page 2: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

INDICEINDICE

PROTECCIÓN AMBIENTAL V/S MINERÍAPROTECCIÓN AMBIENTAL V/S MINERÍA Ética y Medio AmbienteÉtica y Medio Ambiente Períodos Pre y Post Revolución Industrial.Períodos Pre y Post Revolución Industrial. Relaciones entre el Hombre y la Naturaleza.Relaciones entre el Hombre y la Naturaleza. Ética MedioambientalÉtica Medioambiental Desastres AmbientalesDesastres Ambientales Primeras Normativas Medioambientales Primeras Normativas Medioambientales

(Estocolmo, Río de Janeiro, Johannesburgo y (Estocolmo, Río de Janeiro, Johannesburgo y Kioto)Kioto)

Page 3: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

INDICEINDICE

DERECHO AMBIENTALDERECHO AMBIENTAL FUENTES:FUENTES:

Constitución Política de la RepúblicaConstitución Política de la República Ley General de Bases del Medio AmbienteLey General de Bases del Medio Ambiente Ley de Bases de Procedimientos Ley de Bases de Procedimientos

AdministrativosAdministrativos INSTITUCIONALIDAD MEDIOAMBIENTAL EN CHILE:INSTITUCIONALIDAD MEDIOAMBIENTAL EN CHILE:

ObjetivosObjetivos EvoluciónEvolución Críticas.Críticas.

Page 4: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

INDICEINDICE

NUEVA INSTITUCIONALIDAD, LEY 20.417/2010NUEVA INSTITUCIONALIDAD, LEY 20.417/2010 SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO

AMBIENTAL (SEIA)AMBIENTAL (SEIA) CaracterísticasCaracterísticas Carácter PreventivoCarácter Preventivo Evaluación IntegralEvaluación Integral Efectos de no someterse al SEIAEfectos de no someterse al SEIA

FUNDAMENTOS DEL SEIA:FUNDAMENTOS DEL SEIA: Desarrollo Sustentable Desarrollo Sustentable Impacto Ambiental.Impacto Ambiental.

Page 5: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

INDICEINDICE

COMISIÓN REGIONAL DE EVALUACIÓNCOMISIÓN REGIONAL DE EVALUACIÓN PROYECTOS INTERREGIONALESPROYECTOS INTERREGIONALES PROCEDIMIENTOS DEL SEIAPROCEDIMIENTOS DEL SEIA

Procedimientos AdministrativosProcedimientos Administrativos Procedimiento CooperativoProcedimiento Cooperativo

SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL (SEA)SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL (SEA) ORGANISMOS CON COMPETENCIA MEDIO ORGANISMOS CON COMPETENCIA MEDIO

AMBIENTAL.AMBIENTAL.

Page 6: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

INDICEINDICE

INFORME CONSOLIDADO DE EVALUACIÓNINFORME CONSOLIDADO DE EVALUACIÓN ELEMENTO DE LINEA BASEELEMENTO DE LINEA BASE

FísicosFísicos BióticosBióticos HumanosHumanos Patrimonio CulturalPatrimonio Cultural Áreas de riesgo, entre otros.Áreas de riesgo, entre otros.

ACTIVIDADES O PROYECTOS SOMETIDOS AL SEIAACTIVIDADES O PROYECTOS SOMETIDOS AL SEIA

Page 7: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

INDICEINDICE

ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA)ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) Requisitos, condiciones, procedencia y Requisitos, condiciones, procedencia y

características.características. DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA)DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA)

Requisitos, condiciones, procedencia y Requisitos, condiciones, procedencia y características.características.

SUJECIÓN VOLUTARIA AL SEIASUJECIÓN VOLUTARIA AL SEIA FASES DEL PROCEDIMIENTO DEL SEIAFASES DEL PROCEDIMIENTO DEL SEIA

IniciaciónIniciación Instrucción Instrucción FinalizaciónFinalización

Page 8: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

INDICEINDICE

SISTEMA DE IMPUGNACIÓN DE LA LEY 19.300SISTEMA DE IMPUGNACIÓN DE LA LEY 19.300 Reclamo del titular del Proyecto o de Reclamo del titular del Proyecto o de

organizaciones o ciudadanos en contra del organizaciones o ciudadanos en contra del Director Ejecutivo del SEA.Director Ejecutivo del SEA.

Reclamo de las mismas personas ante el Reclamo de las mismas personas ante el Tribunal Ambiental.Tribunal Ambiental.

SISTEMA DE IMPUGNACIÓN DE LA LEY 19.880SISTEMA DE IMPUGNACIÓN DE LA LEY 19.880 Revisión de OficioRevisión de Oficio InvalidaciónInvalidación Recurso de Reposición Recurso de Reposición Recurso JerárquicoRecurso Jerárquico Recurso de Revisión.Recurso de Revisión.

Page 9: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PROTECCIÓN AMBIENTAL PROTECCIÓN AMBIENTAL

V/S V/S

PRODUCTIVIDAD MINERAPRODUCTIVIDAD MINERA

¿Cuál debe primar?¿Cuál debe primar?

¿Es posible la coexistencia pacífica?¿Es posible la coexistencia pacífica?

Page 10: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

ETICA Y MEDIOAMBIENTEETICA Y MEDIOAMBIENTE

El desarrollo técnico alcanzado en los últimos El desarrollo técnico alcanzado en los últimos años ha hecho surgir nuevos problemas en las años ha hecho surgir nuevos problemas en las relaciones del hombre con la Naturaleza relaciones del hombre con la Naturaleza (problemas de contaminación del aire, agua y la (problemas de contaminación del aire, agua y la tierra, el agotamiento de los recursos naturales tierra, el agotamiento de los recursos naturales no renovables, la desertificación, el no renovables, la desertificación, el calentamiento global, la extinción de especies, calentamiento global, la extinción de especies, etc.), problemas que el hombre no ha querido etc.), problemas que el hombre no ha querido asumir como propios. asumir como propios.

Esta situación, ha llevado a que el desarrollo Esta situación, ha llevado a que el desarrollo tecnológico ponga en riesgo la existencia misma tecnológico ponga en riesgo la existencia misma de la continuidad de la especie humana en la de la continuidad de la especie humana en la Tierra.Tierra.

Page 11: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PERÍODO PRE-REVOLUCIÓN INDUSTRIALPERÍODO PRE-REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

Desde los inicios de la civilización humana hasta Desde los inicios de la civilización humana hasta antes del período que se conoce como la antes del período que se conoce como la Revolución Industrial, la técnica premoderna se Revolución Industrial, la técnica premoderna se caracterizaba por la posesión y estado: caracterizaba por la posesión y estado: posesiónposesión, , pues en cuanto las herramientas aparecían, los pues en cuanto las herramientas aparecían, los pueblos trataban de mantenerlas ocultas para pueblos trataban de mantenerlas ocultas para usufructuar de ellas en su propio y exclusivo usufructuar de ellas en su propio y exclusivo beneficio, y beneficio, y estadoestado, pues una vez creadas, , pues una vez creadas, prácticamente se mantenían inalterables, sin prácticamente se mantenían inalterables, sin modificaciones sustanciales. Ejemplos de estos modificaciones sustanciales. Ejemplos de estos son el uso de algunos metales (cobre, bronce y son el uso de algunos metales (cobre, bronce y hierro)hierro)

Page 12: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PERÍODO PRE-REVOLUCIÓN INDUSTRIALPERÍODO PRE-REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

En este período, la técnica permite al hombre En este período, la técnica permite al hombre satisfacer sus necesidades sin afectar su entorno, satisfacer sus necesidades sin afectar su entorno, vale decir, sin afectar la naturaleza que es objeto vale decir, sin afectar la naturaleza que es objeto de su acción, pues las intervenciones que en ella de su acción, pues las intervenciones que en ella realiza, no afectan ni remotamente su equilibrio.realiza, no afectan ni remotamente su equilibrio.

Page 13: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PERÍODO PRE-REVOLUCIÓN INDUSTRIALPERÍODO PRE-REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

El poder que tiene la técnica premoderna no da El poder que tiene la técnica premoderna no da para producir efectos más allá de lo inmediato y para producir efectos más allá de lo inmediato y lo próximo, de allí que la naturaleza representa lo próximo, de allí que la naturaleza representa para el hombre de esta época, lo permanente, lo para el hombre de esta época, lo permanente, lo estable, aquello que cambia con sus propias leyes estable, aquello que cambia con sus propias leyes y que escapa al control humano.y que escapa al control humano.

Y como la naturaleza es incontrolable, el hombre Y como la naturaleza es incontrolable, el hombre buscar protegerse de ella, creando un espacio buscar protegerse de ella, creando un espacio propio: la aldea, villa o ciudad rodeada de propio: la aldea, villa o ciudad rodeada de empalizadas o muros.empalizadas o muros.

Page 14: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PERÍODO POST-REVOLUCIÓN INDUSTRIALPERÍODO POST-REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

Esta situación cambió radicalmente a partir de la Esta situación cambió radicalmente a partir de la Revolución Industrial, pues en este período la Revolución Industrial, pues en este período la técnica se caracteriza por un proceso de técnica se caracteriza por un proceso de transformación e innovación permanente, en transformación e innovación permanente, en donde la naturaleza se hace vulnerable a la donde la naturaleza se hace vulnerable a la acción del hombre, ya que éste adquiere la acción del hombre, ya que éste adquiere la capacidad de manipularla y modificarla capacidad de manipularla y modificarla profundamente, al punto de poder llegar, incluso, profundamente, al punto de poder llegar, incluso, a afectar las futuras generaciones, sea por la vía a afectar las futuras generaciones, sea por la vía de un deterioro ambiental que impida la vida de un deterioro ambiental que impida la vida sobre la Tierra, sea por la manipulación genética sobre la Tierra, sea por la manipulación genética de la vida humana. de la vida humana.

Page 15: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PERÍODO POST-REVOLUCIÓN INDUSTRIALPERÍODO POST-REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

Este período se caracteriza por una relación Este período se caracteriza por una relación circular entre la técnica y la ciencia. La ciencia circular entre la técnica y la ciencia. La ciencia para alcanzar sus objetivos requiere una técnica para alcanzar sus objetivos requiere una técnica más especifica, a la vez, la técnica es un gran más especifica, a la vez, la técnica es un gran laboratorio del que surgen nuevas interrogantes laboratorio del que surgen nuevas interrogantes para la ciencia. para la ciencia.

Como consecuencia de esta relación circular entre Como consecuencia de esta relación circular entre ciencia y técnica, existe un ciencia y técnica, existe un imperativo técnicoimperativo técnico que que impone la obligación de llevar a la práctica todo lo impone la obligación de llevar a la práctica todo lo mostrado como posible en teoría: mostrado como posible en teoría: ““Todo lo que Todo lo que puede ser hecho, debe hacersepuede ser hecho, debe hacerse” ”

Este principio comienza a cuestionarse a partir del Este principio comienza a cuestionarse a partir del descubrimiento de los experimentos en los descubrimiento de los experimentos en los campos de concentración Nazis y con Hiroshimacampos de concentración Nazis y con Hiroshima

Page 16: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

RELACIÓN ENTRE EL HOMBRE Y LA RELACIÓN ENTRE EL HOMBRE Y LA NATURALEZANATURALEZA

La ciencia y técnica moderna han modificado La ciencia y técnica moderna han modificado profundamente las relaciones entre el hombre y el profundamente las relaciones entre el hombre y el mundo. mundo.

Hoy la naturaleza es débil (vulnerable) y está Hoy la naturaleza es débil (vulnerable) y está amenazada; por esta razón, el hombre tiene el amenazada; por esta razón, el hombre tiene el deber moral de protegerla, y ese deber aumenta en deber moral de protegerla, y ese deber aumenta en la medida que sabe que es fácil destruir la vida y la la medida que sabe que es fácil destruir la vida y la naturaleza. naturaleza.

Para algunos filósofos, el destino del hombre Para algunos filósofos, el destino del hombre depende del estado de la naturaleza, de allí que el depende del estado de la naturaleza, de allí que el interés en la conservación, sea un interés moral-, interés en la conservación, sea un interés moral-,

Page 17: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

FUNDAMENTOS DE LA ETICA FUNDAMENTOS DE LA ETICA MEDIOAMBIENTALMEDIOAMBIENTAL

Vulnerabilidad de la naturaleza frente a la Vulnerabilidad de la naturaleza frente a la intervención técnica del hombre, incluyendo la intervención técnica del hombre, incluyendo la manipulación genética.manipulación genética.

Irreversibilidad de la intervención técnica humana.Irreversibilidad de la intervención técnica humana. EExistencia de una obligación genérica del hombre xistencia de una obligación genérica del hombre

hacia la existencia humana, de preservar las hacia la existencia humana, de preservar las condiciones que permitan la continuidad condiciones que permitan la continuidad indefinida de la humanidad en la tierra.indefinida de la humanidad en la tierra.

Se reconoce a los otros seres y a la misma Se reconoce a los otros seres y a la misma naturaleza como fines y no como simples medios naturaleza como fines y no como simples medios para cumplir la voluntad humana.para cumplir la voluntad humana.

Page 18: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

CONDICIONES PARA LA SUBSISTENCIA DE LA CONDICIONES PARA LA SUBSISTENCIA DE LA HUMANIDAD EN LA TIERRAHUMANIDAD EN LA TIERRA

1.- Que las 1.- Que las futurasfuturas generacionesgeneraciones puedan contar con puedan contar con un medio ambiente y una biodiversidad por los un medio ambiente y una biodiversidad por los menos comparable a las actuales. menos comparable a las actuales.

2.- Que la identidad genética de la especie humana 2.- Que la identidad genética de la especie humana

no sea alterada.no sea alterada.

Page 19: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DESASTRES AMBIENTALESDESASTRES AMBIENTALES

El 3 de diciembre de 1984 en la región de Bhopal (India), se produjo una fuga de 42 toneladas de isocianato de metilo en una fábrica de pesticidas, propiedad de una compañía estadounidense.

Se estima que entre 6.000 y 8.000 personas murieron en la primera semana tras el escape tóxico y al menos otras 12.000 fallecieron posteriormente como consecuencia directa de la catástrofe, que afectó a más de 600.000 personas, 150.000 de las cuales sufrieron graves secuelas

Page 20: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DESASTRES AMBIENTALESDESASTRES AMBIENTALES

El 24 de marzo de 1989 el petrolero «ExxonValdez», con una carga de 1,48 millones de barriles de crudo, derramó en la bahía de Prince William Sound, Alaska, 42 millones de litros de petróleo.

Los daños a la fauna que se produjeron en esta zona aún se siguen estudiando.

El vertido condujo a la aprobación de nueva legislación medioambiental en los Estados Unidos de América (Oil Pollution Act 1990).

Page 21: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DESASTRES AMBIENTALESDESASTRES AMBIENTALES

El año 2010 se produjo un derrame petróleo en El año 2010 se produjo un derrame petróleo en Golfo de México.Golfo de México. En la petrolera Deepwater En la petrolera Deepwater Horizon (propiedad de British PetroleumHorizon (propiedad de British Petroleum ( (BP), una BP), una burbuja de gas metano causó un incendio y una burbuja de gas metano causó un incendio y una consecuente explosión que perforó el yacimiento consecuente explosión que perforó el yacimiento de Macondo, a 64 kilómetros de la costa de de Macondo, a 64 kilómetros de la costa de Luisiana, frente al Misisipi.Luisiana, frente al Misisipi.

En dicho accidente fallecieron 11 personas y En dicho accidente fallecieron 11 personas y posteriormente con la fisura que se produjo se posteriormente con la fisura que se produjo se vertieron 757 millones de litros de crudo al mar.vertieron 757 millones de litros de crudo al mar.

Page 22: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.
Page 23: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DESASTRES AMBIENTALESDESASTRES AMBIENTALES

La deforestación para la producción de alimentos y biodiesel y las actividades extractivas suponen desastrosas consecuencias ambientales.

Los aspectos más graves de la degradación ambiental producto de la minería son: los daños a la calidad y disponibilidad del agua; la pérdida de biodiversidad y de cubierta vegetal (hornos de fundición), las consecuencias que la contaminación produce en la atmósfera, así como el calentamiento del planeta.

Page 24: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DESASTRES AMBIENTALESDESASTRES AMBIENTALES

Episodios de intoxicación de escolares en el Episodios de intoxicación de escolares en el sector la Greda, Región de Valparaíso, por gases sector la Greda, Región de Valparaíso, por gases (dioxido de azufre y dioxido de nitrógeno) (dioxido de azufre y dioxido de nitrógeno) provenientes del Parque Industrial de Ventanas, provenientes del Parque Industrial de Ventanas, donde funcionan 19 industrias, entre las cuales se donde funcionan 19 industrias, entre las cuales se encuentra la Fundición Ventanas de Codelco.encuentra la Fundición Ventanas de Codelco.

Episodios de Contaminación en el sector aledaño Episodios de Contaminación en el sector aledaño a la Fundición de Manganesos Atacama, a la Fundición de Manganesos Atacama, emplazados en el sector urbano de Coquimbo emplazados en el sector urbano de Coquimbo (Sindempart); trabajadores, pobladores y niños.(Sindempart); trabajadores, pobladores y niños.

Page 25: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

SURGIMIENTO DE PRIMERAS NORMATIVAS SURGIMIENTO DE PRIMERAS NORMATIVAS MEDIOAMBIENTALESMEDIOAMBIENTALES

En los años 70 surgen los primeros movimientos político-científicos, que buscan crear conciencia sobre el deterioro ambiental y la escasez de recursos.

Se comienzan a estudiar y discutir las primeras normativas medioambientales que buscan sentar las bases del moderno Derecho Ambiental.

Page 26: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PRINCIPALES NORMATIVAS PRINCIPALES NORMATIVAS MEDIOAMBIENTALES INTERNACIONALESMEDIOAMBIENTALES INTERNACIONALES

Page 27: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DECLARACIÓN DE ESTOCOLMO (1972)DECLARACIÓN DE ESTOCOLMO (1972)

Esta Esta DeclaraciónDeclaración fue emitida por la fue emitida por la Conferencia Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente HumanoHumano realizada el 1972 en Estocolmo, Suecia, realizada el 1972 en Estocolmo, Suecia, a donde asistieron 113 países y por primera vez a donde asistieron 113 países y por primera vez se debate sobre la problemática del Medio se debate sobre la problemática del Medio Ambiente, haciendo resaltar la importancia del Ambiente, haciendo resaltar la importancia del mismo para el ser humano y los demás seres mismo para el ser humano y los demás seres vivos.vivos.

Es el inicio fundacional del Es el inicio fundacional del Derecho Ambiental Derecho Ambiental Internacional.Internacional.

Page 28: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DECLARACIÓN DE ESTOCOLMODECLARACIÓN DE ESTOCOLMO

Se acepta una visión ecológica del mundo, Se acepta una visión ecológica del mundo, reconociendo, que "...reconociendo, que "... el hombre es parte del el hombre es parte del medio que lo rodea..medio que lo rodea..., y que actúa sobre él, ., y que actúa sobre él, producto del desarrollo científico y tecnológico; producto del desarrollo científico y tecnológico;

"..."...vemos multiplicarse las pruebas del daño vemos multiplicarse las pruebas del daño causado por el hombre en muchas regiones de la causado por el hombre en muchas regiones de la Tierra: niveles peligrosos de contaminación del Tierra: niveles peligrosos de contaminación del agua, el aire, la tierra y los seres vivos; grandes agua, el aire, la tierra y los seres vivos; grandes trastornos del equilibrio ecológico de la biosfera; trastornos del equilibrio ecológico de la biosfera; destrucción y agotamiento de recursos destrucción y agotamiento de recursos insustituibles y graves deficiencias, nocivas para insustituibles y graves deficiencias, nocivas para la salud física, mental y social del hombre, en el la salud física, mental y social del hombre, en el medio por él creado, especialmente en aquel en medio por él creado, especialmente en aquel en que vive y trabajaque vive y trabaja". ".

Page 29: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

ACUERDOS DE LA DECLARACIÓN DE ESTOCOLMOACUERDOS DE LA DECLARACIÓN DE ESTOCOLMO

Preservación de muestras representativas de los Preservación de muestras representativas de los ecosistemas naturales en los denominados "bancos ecosistemas naturales en los denominados "bancos genéticos"; genéticos";

Protección de especies en peligro, especialmente Protección de especies en peligro, especialmente los grandes cetáceos oceánicos; los grandes cetáceos oceánicos;

Mantenimiento y mejora de la capacidad de la Mantenimiento y mejora de la capacidad de la Tierra para producir recursos vitales renovables; Tierra para producir recursos vitales renovables;

Planificación de los asentamientos humanos, Planificación de los asentamientos humanos, aplicando principios urbanísticos que respeten el aplicando principios urbanísticos que respeten el entorno; entorno;

Page 30: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

ACUERDOS DE LA DECLARACIÓN DE ESTOCOLMOACUERDOS DE LA DECLARACIÓN DE ESTOCOLMO

Evitar la contaminación a todos los niveles, Evitar la contaminación a todos los niveles, estableciendo las listas de los contaminantes más estableciendo las listas de los contaminantes más peligrosos, así como la de aquellos cuya peligrosos, así como la de aquellos cuya influencia puede ser más irreversible a largo influencia puede ser más irreversible a largo plazo; plazo;

Creación de un Programa mundial sobre el Medio Creación de un Programa mundial sobre el Medio Ambiente, patrocinado por las Naciones Unidas y Ambiente, patrocinado por las Naciones Unidas y destinado a asegurar, al nivel internacional, la destinado a asegurar, al nivel internacional, la protección del entorno. protección del entorno.

Page 31: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PRINCIPIOS DE LA DECLARACIÓN DE ESTOCOLMOPRINCIPIOS DE LA DECLARACIÓN DE ESTOCOLMO

““El hombre tiene el derecho a la libertad, la El hombre tiene el derecho a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de vida.”igualdad y el disfrute de condiciones de vida.”

““Los recursos naturales deben preservarse en Los recursos naturales deben preservarse en

beneficio de las generaciones presentes y beneficio de las generaciones presentes y futuras”futuras”

““Debe ponerse fin a la descarga de sustancias Debe ponerse fin a la descarga de sustancias

tóxicas… que el medio no pueda neutralizarlas”; tóxicas… que el medio no pueda neutralizarlas”;

Page 32: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PRINCIPIOS DE LA DECLARACIÓN DE ESTOCOLMOPRINCIPIOS DE LA DECLARACIÓN DE ESTOCOLMO

“…“…se debe utilizar la ciencia y la tecnología para se debe utilizar la ciencia y la tecnología para combatir los riesgos que amenazan al medio…”; combatir los riesgos que amenazan al medio…”;

““Es indispensable la educación en cuestiones Es indispensable la educación en cuestiones ambientales”; ambientales”;

““Toda persona podrá obtener una indemnización Toda persona podrá obtener una indemnización cuando su medio ambiente haya sido objeto de cuando su medio ambiente haya sido objeto de daño o deterioro”.daño o deterioro”.

Page 33: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DECLARACIÓN DE RIO DECLARACIÓN DE RIO (1992)(1992)

En 1992, Río de Janeiro fue la sede de la Conferencia En 1992, Río de Janeiro fue la sede de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo (CNUCED) también conocida como Desarrollo (CNUCED) también conocida como “Cumbre de la Tierra”, y en ella participaron 175 “Cumbre de la Tierra”, y en ella participaron 175 países. países.

Los compromisos adoptados por la Conferencia Río-Los compromisos adoptados por la Conferencia Río-92 incluyen dos convenios: una sobre 92 incluyen dos convenios: una sobre Cambios Cambios Climáticos Climáticos y otra sobre la y otra sobre la BiodiversidadBiodiversidad. Además, . Además, la Conferencia aprobó: la la Conferencia aprobó: la Declaración de RíoDeclaración de Río y la y la Agenda 21Agenda 21 sobre Desarrollo Sostenible, que combina sobre Desarrollo Sostenible, que combina las aspiraciones compartidas por todos los países al las aspiraciones compartidas por todos los países al progreso económico y material con la necesidad de progreso económico y material con la necesidad de una conciencia ecológica. una conciencia ecológica.

Page 34: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DECLARACIÓN DE RIO (1992)DECLARACIÓN DE RIO (1992)

Esta Declaración incorporó tres principios Esta Declaración incorporó tres principios innovadores, los de "responsabilidades comunes, innovadores, los de "responsabilidades comunes, pero diferenciadas entre los países", "pero diferenciadas entre los países", "el que el que contamina pagacontamina paga" y el de "patrones sostenibles " y el de "patrones sostenibles de producción y consumo". de producción y consumo".

En la Declaración de Río En la Declaración de Río el desarrollo sostenible el desarrollo sostenible se percibe en una base tridimensional.se percibe en una base tridimensional. Se trata de Se trata de un nuevo modelo de desarrollo que incluye una un nuevo modelo de desarrollo que incluye una dimensión económica, una social y una ambiental. dimensión económica, una social y una ambiental.

Estos pilares constituyen la base ineludible del Estos pilares constituyen la base ineludible del modelo de desarrollo futuro que debemos modelo de desarrollo futuro que debemos impulsar. impulsar.

Page 35: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PROTOCOLO DE KIOTO PROTOCOLO DE KIOTO (1997)(1997)

El Protocolo de Kioto sobre el cambio climático es El Protocolo de Kioto sobre el cambio climático es un protocolo de la CMNUCC, y un acuerdo un protocolo de la CMNUCC, y un acuerdo internacional que tiene por objetivo reducir las internacional que tiene por objetivo reducir las emisiones de seis gases de efecto invernadero emisiones de seis gases de efecto invernadero que causan el calentamiento global: dioxido de que causan el calentamiento global: dioxido de carbono (CO2), gas metano (CH4) y óxido nitroso carbono (CO2), gas metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), además de tres gases industriales (N2O), además de tres gases industriales fluorados: Hidrofluorocarbonos (HFC), fluorados: Hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6), en un porcentaje aproximado de al menos (SF6), en un porcentaje aproximado de al menos un 5%, dentro del periodo que va desde el año un 5%, dentro del periodo que va desde el año 2008 al 2012, en comparación a las emisiones al 2008 al 2012, en comparación a las emisiones al año 1990.año 1990.

Page 36: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PROTOCOLO DE KIOTOPROTOCOLO DE KIOTO

El Protocolo fue suscrito en 1997 en Kioto, Japón, El Protocolo fue suscrito en 1997 en Kioto, Japón, pero no entró en vigor hasta el 2005. pero no entró en vigor hasta el 2005.

En noviembre de 2009, eran 187 estados los que En noviembre de 2009, eran 187 estados los que ratificaron el protocolo. USA mayor emisor de ratificaron el protocolo. USA mayor emisor de gases de invernadero mundial no ha ratificado el gases de invernadero mundial no ha ratificado el protocolo.protocolo.

El instrumento se encuentra dentro del marco de El instrumento se encuentra dentro del marco de la Convención Marco de las Naciones Unidades la Convención Marco de las Naciones Unidades sobre el Cambio Climático (CMNUCC), suscrita en sobre el Cambio Climático (CMNUCC), suscrita en 1992 en la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro 1992 en la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro de 1992.de 1992.

Page 37: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DECLARACIÓN DE JOHANNESBURGO DECLARACIÓN DE JOHANNESBURGO (2002)(2002)

La Cumbre de la Tierra celebrada en 2002, en La Cumbre de la Tierra celebrada en 2002, en Johannesburgo sobre Johannesburgo sobre Desarrollo SostenibleDesarrollo Sostenible, , organizada por la ONU con la asistencia de Jefes organizada por la ONU con la asistencia de Jefes de Estado de países en desarrollo, incorporó una de Estado de países en desarrollo, incorporó una mirada ecologista al desarrollo sostenible.mirada ecologista al desarrollo sostenible.

Se pretendía de esta forma, que todas las Se pretendía de esta forma, que todas las personas puedan satisfacer sus necesidades personas puedan satisfacer sus necesidades presentes y futuras, sin dañar el medio ambiente. presentes y futuras, sin dañar el medio ambiente.

Page 38: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DECLARACIÓN DE JOHANNESBURGODECLARACIÓN DE JOHANNESBURGO

Se constituyó como un instrumento de Se constituyó como un instrumento de coordinación entre distintos actores de la coordinación entre distintos actores de la sociedad internacional con el propósito de sociedad internacional con el propósito de concientizar a la población internacional, de que concientizar a la población internacional, de que la protección ambiental fuese compatible con el la protección ambiental fuese compatible con el crecimiento económico, y el desarrollo social, crecimiento económico, y el desarrollo social, mediante la suma de los esfuerzos y de las mediante la suma de los esfuerzos y de las capacidades de las partes involucradas.capacidades de las partes involucradas.

Esta tercera edición, sirvió para hacer un balance Esta tercera edición, sirvió para hacer un balance de la anterior Cumbre de la Tierra celebrada en de la anterior Cumbre de la Tierra celebrada en Río de Janeiro en 1992.Río de Janeiro en 1992.

Page 39: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DECLARACIÓN DE JOHANNESBURGODECLARACIÓN DE JOHANNESBURGO

Su objetivo era la adopción de un plan de acción Su objetivo era la adopción de un plan de acción sobre diversos temas: la pobreza y la miseria, el sobre diversos temas: la pobreza y la miseria, el consumo, los recursos naturales y su gestión, el consumo, los recursos naturales y su gestión, el cumplimiento de los derechos humanos, etc.. cumplimiento de los derechos humanos, etc..

Se instó a los países desarrollados a apoyar la Se instó a los países desarrollados a apoyar la creación de alianzas regionales para promover la creación de alianzas regionales para promover la cooperación internacional, incorporando al sector cooperación internacional, incorporando al sector privado en el privado en el desarrollo sostenibledesarrollo sostenible, llamando , llamando crear instituciones, democráticas y responsables, crear instituciones, democráticas y responsables, con participación de los Estados, las empresa y con participación de los Estados, las empresa y las sociedades civiles (alianzas público-privadas)las sociedades civiles (alianzas público-privadas)

Page 40: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DECLARACIÓN DE JOHANNESBURGODECLARACIÓN DE JOHANNESBURGO

Un tema de especial interés fue el acceso del Un tema de especial interés fue el acceso del agua y el estrés hídrico, además, el excesivo agua y el estrés hídrico, además, el excesivo consumo de energía por los países desarrollados, consumo de energía por los países desarrollados, la regresión y degradación del suelo producto de la regresión y degradación del suelo producto de la sobreexplotación agrícola; la protección de la sobreexplotación agrícola; la protección de especies en peligro de extinción y el acceso de la especies en peligro de extinción y el acceso de la salud (Sida).salud (Sida).

Page 41: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DERECHO AMBIENTAL CHILENODERECHO AMBIENTAL CHILENO

Page 42: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DERECHO AMBIENTAL DERECHO AMBIENTAL

Es el conjunto de normas jurídicas que tiene por Es el conjunto de normas jurídicas que tiene por objeto la protección de los elementos del objeto la protección de los elementos del patrimonio ambiental, con el fin de asegurar las patrimonio ambiental, con el fin de asegurar las condiciones que permitan la subsistencia humana condiciones que permitan la subsistencia humana y la mejora de la calidad de vida de las personas, y la mejora de la calidad de vida de las personas, así como de las generaciones futuras. así como de las generaciones futuras.

Page 43: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

FUENTES DEL DERECHO AMBIENTAL FUENTES DEL DERECHO AMBIENTAL

Constitución Política de la República (1980).Constitución Política de la República (1980). Ley de Bases Generales del Medio Ambiente Ley de Bases Generales del Medio Ambiente

(LBGMA) N°19.300 de 1994.(LBGMA) N°19.300 de 1994. Ley de Bases de los Procedimientos Ley de Bases de los Procedimientos

Administrativos que rigen los Actos de los Órganos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado (LBPA) Nº19.880de la Administración del Estado (LBPA) Nº19.880

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA) D.S. N°95/01 Minsegpres.Ambiental (RSEIA) D.S. N°95/01 Minsegpres.

Normas de calidad ambiental, de emisión, normas Normas de calidad ambiental, de emisión, normas reguladoras de productos, de procesos de reguladoras de productos, de procesos de producción, etc.producción, etc.

Page 44: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA

Artículo 19Artículo 19. La Constitución asegura a todas las . La Constitución asegura a todas las personas:personas:

8°8°. El derecho a vivir en un medio ambiente libre . El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La ley podrá preservación de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones específicas al ejercicio de establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente.proteger el medio ambiente.

Page 45: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICACONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA(Art. 19 N°8)(Art. 19 N°8)

Esta norma establece:Esta norma establece:11. Derecho a vivir en un medio ambiente libre de . Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.contaminación.22. Deber estatal de tutelar la preservación de la . Deber estatal de tutelar la preservación de la naturaleza.naturaleza.33. Limitación al derecho de propiedad por la . Limitación al derecho de propiedad por la exigencia de “conservación del patrimonio exigencia de “conservación del patrimonio ambiental”. ambiental”. (ninguna actividad por legítima que (ninguna actividad por legítima que sea puede desenvolverse a costa del medio sea puede desenvolverse a costa del medio ambiente)ambiente)

Page 46: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

LEY BASES GENERALES DEL MEDIO LEY BASES GENERALES DEL MEDIO AMBIENTE (LBGMA) LEY N°19.300AMBIENTE (LBGMA) LEY N°19.300

““El derecho a vivir en un medio ambiente libre de El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental se regularán en las del patrimonio ambiental se regularán en las disposiciones de la presente ley, …” (art. 1)disposiciones de la presente ley, …” (art. 1)

““Es deber del Estado facilitar la participación Es deber del Estado facilitar la participación ciudadana, permitir el acceso a la información ciudadana, permitir el acceso a la información ambiental y promover campañas educativas ambiental y promover campañas educativas destinadas a la protección del medio ambiente.” destinadas a la protección del medio ambiente.” (art.4)(art.4)

Page 47: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

LEY 19.300 GENERAL DE BASES DEL MEDIO LEY 19.300 GENERAL DE BASES DEL MEDIO AMBIENTEAMBIENTE

Se trata de una norma de gran relevancia, porque:Se trata de una norma de gran relevancia, porque:11. Establece una institucionalidad orgánica . Establece una institucionalidad orgánica ambiental, que noambiental, que no modifica las competencias modifica las competencias legales de los Servicios Públicoslegales de los Servicios Públicos;;22. Incorpora el Sistema de Evaluación de Impacto . Incorpora el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) como mecanismo principal de Ambiental (SEIA) como mecanismo principal de gestión ambiental; ygestión ambiental; y33. Crea un sistema de responsabilidad por daño . Crea un sistema de responsabilidad por daño ambiental, estableciendo presunciones de ambiental, estableciendo presunciones de responsabilidad por infracciones a normas responsabilidad por infracciones a normas (calidad ambiental, emisiones, etc.) y otorgando (calidad ambiental, emisiones, etc.) y otorgando acciones para obtener la reparación del medio acciones para obtener la reparación del medio ambiente dañado.ambiente dañado.

Page 48: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

CONCEPTOS LEGALES BÁSICOSCONCEPTOS LEGALES BÁSICOS

MEDIO AMBIENTEMEDIO AMBIENTE

CONTAMINACIÓNCONTAMINACIÓN

DAÑO AMBIENTALDAÑO AMBIENTAL

Page 49: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

MEDIO AMBIENTEMEDIO AMBIENTE

Es el sistema global constituido por elementos Es el sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, naturales y artificiales de naturaleza física, química o biológica, socioculturales y sus química o biológica, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la interacciones, en permanente modificación por la acción humana y natural, que rige y condiciona acción humana y natural, que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones.múltiples manifestaciones.

Page 50: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

CONTAMINACIÓNCONTAMINACIÓN

La presencia en el ambiente de sustancias, La presencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, en elementos, energía o combinación de ellos, en concentraciones o en concentraciones y concentraciones o en concentraciones y permanencia superiores o inferiores, según permanencia superiores o inferiores, según corresponda a las establecidas en la legislación corresponda a las establecidas en la legislación vigente.vigente.

Page 51: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DAÑO AMBIENTALDAÑO AMBIENTAL

Toda pérdida, disminución, detrimento o Toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo menoscabo significativosignificativo inferido al medio inferido al medio ambiente o a uno o más de sus componentes.ambiente o a uno o más de sus componentes.

Page 52: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

EVOLUCIÓN DE LA INSTITUCIONALIDAD EVOLUCIÓN DE LA INSTITUCIONALIDAD MEDIOAMBIENTAL EN CHILE MEDIOAMBIENTAL EN CHILE

En 1984, se crea la denominada “En 1984, se crea la denominada “Comisión Comisión Nacional de EcologíaNacional de Ecología”, institución de integración ”, institución de integración interministerial cuyo objetivo fue asesorar al interministerial cuyo objetivo fue asesorar al Ejecutivo en el desarrollo de aquellas acciones Ejecutivo en el desarrollo de aquellas acciones generales del gobierno vinculadas a la protección generales del gobierno vinculadas a la protección del medio ambiente y a la conservación de los del medio ambiente y a la conservación de los recursos renovables.recursos renovables.

Page 53: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

INSTITUCIONALIDAD MEDIOAMBIENTAL EN INSTITUCIONALIDAD MEDIOAMBIENTAL EN

CHILECHILE

En 1990, el Gobierno creó la “En 1990, el Gobierno creó la “Comisión Especial Comisión Especial de Descontaminación de la Región de Descontaminación de la Región MetropolitanaMetropolitana”, cuyo principal aporte fue la ”, cuyo principal aporte fue la elaboración de un Plan de Descontaminación. elaboración de un Plan de Descontaminación.

A finales de ese año, el Gobierno sustituyó la A finales de ese año, el Gobierno sustituyó la ““Comisión Nacional de EcologíaComisión Nacional de Ecología” de 1984, por la ” de 1984, por la ““Comisión Nacional del Medio AmbienteComisión Nacional del Medio Ambiente” ” (CONAMA), que trabajó también sobre la base de (CONAMA), que trabajó también sobre la base de un comité interministerial.un comité interministerial.

Page 54: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

INSTITUCIONALIDAD MEDIOAMBIENTAL EN INSTITUCIONALIDAD MEDIOAMBIENTAL EN CHILECHILE

En 1994, con la dictación de la LBGMA, se En 1994, con la dictación de la LBGMA, se consolidó en Chile el modelo coordinador y consolidó en Chile el modelo coordinador y transversal, que se había promovido desde el transversal, que se había promovido desde el ““Proyecto de Ley básica de Protección Ambiental Proyecto de Ley básica de Protección Ambiental y Promoción del Desarrollo Sostenibley Promoción del Desarrollo Sostenible” de 1993, ” de 1993, elaborado para América Latina por el Programa elaborado para América Latina por el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, PNUMA.PNUMA.

Page 55: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

OBJETIVOS DE LA NUEVA OBJETIVOS DE LA NUEVA INSTITUCIONALIDAD MEDIOAMBIENTALINSTITUCIONALIDAD MEDIOAMBIENTAL

Dar contenido concreto y desarrollo jurídico Dar contenido concreto y desarrollo jurídico adecuado a la garantía constitucional.adecuado a la garantía constitucional.

Garantizar la coordinación de todo el sector Garantizar la coordinación de todo el sector público;público;

Reconocer las competencias de los Servicios y Reconocer las competencias de los Servicios y Ministerios en la materia; yMinisterios en la materia; y

Contar con la presencia política indispensable en Contar con la presencia política indispensable en su integración.su integración.

Descentralización regional, plasmada en la Descentralización regional, plasmada en la creación de las Comisiones Regionales del Medio creación de las Comisiones Regionales del Medio Ambiente (COREMA).Ambiente (COREMA).

Page 56: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

CRITICAS AL MODELO INSTITUCIONALCRITICAS AL MODELO INSTITUCIONAL

A partir del año 2008 surgen una serie de críticas A partir del año 2008 surgen una serie de críticas a este diseño, entre las que cabe mencionar:a este diseño, entre las que cabe mencionar:

Dificultades que presenta una institución Dificultades que presenta una institución transversal en una Administración Pública transversal en una Administración Pública jerarquizada y vertical; jerarquizada y vertical;

Distintas interpretaciones del concepto de Distintas interpretaciones del concepto de coordinación;coordinación;

Fiscalización dispersa e inorgánica;Fiscalización dispersa e inorgánica; Débil gestión regional;Débil gestión regional; Dispersa normativa ambiental sectorial.Dispersa normativa ambiental sectorial.

Page 57: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

REFORMA MEDIOAMBIENTAL y NUEVA REFORMA MEDIOAMBIENTAL y NUEVA INSTITUCIONALIDAD. LEY 20.417/2010 INSTITUCIONALIDAD. LEY 20.417/2010

Ministerio del Medio AmbienteMinisterio del Medio Ambiente. Este nuevo . Este nuevo ministerio, cuenta con una subsecretaría, seis ministerio, cuenta con una subsecretaría, seis divisiones y Secretarías Regionales Ministeriales divisiones y Secretarías Regionales Ministeriales con representación en cada región del país.con representación en cada región del país.

Consejo de Ministros para la SustentabilidadConsejo de Ministros para la Sustentabilidad..

Servicio de Evaluación Ambiental Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) -que (SEA) -que sustituye a la CONAMA- responsable de la gestión sustituye a la CONAMA- responsable de la gestión del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), a cargo de un Director Ejecutivo, que (SEIA), a cargo de un Director Ejecutivo, que cuenta con Direcciones Regionales de Evaluación cuenta con Direcciones Regionales de Evaluación Ambiental.Ambiental.

Page 58: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

NUEVA INSTITUCIONALIDADNUEVA INSTITUCIONALIDAD LEY 20.417/2010 LEY 20.417/2010

Superintendencia del Medio AmbienteSuperintendencia del Medio Ambiente (SMA) (SMA) a cargo de un nuevo sistema de fiscalización. a cargo de un nuevo sistema de fiscalización.

Tribunales AmbientalesTribunales Ambientales (Ley Nº20.600, de (Ley Nº20.600, de 28.06.12), quienes conocen y resuelven acciones 28.06.12), quienes conocen y resuelven acciones ambientales, por la vía de la creación Tribunales ambientales, por la vía de la creación Tribunales especializados, sin participación de los tribunales especializados, sin participación de los tribunales ordinarios de justicia (Antofagasta, Santiago y ordinarios de justicia (Antofagasta, Santiago y Valdivia).Valdivia).

Servicio de Biodiversidad y Áreas Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas del EstadoProtegidas del Estado (también con proyecto (también con proyecto de ley en trámite).de ley en trámite).

Page 59: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTEMINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

El Ministerio del Medio Ambiente, es el encargado El Ministerio del Medio Ambiente, es el encargado de colaborar con el Presidente de la República en de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política ambiental y su la integridad de la política ambiental y su regulación normativa (artículo 69 y 70 LBGMA)regulación normativa (artículo 69 y 70 LBGMA)

Page 60: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

CONSEJO DE MINISTROS PARA LA CONSEJO DE MINISTROS PARA LA SUSTENTABILIDADSUSTENTABILIDAD

Presidido por el Ministro del Medio Ambiente e Presidido por el Ministro del Medio Ambiente e integrado por los Ministros de Agricultura; integrado por los Ministros de Agricultura; Hacienda; Salud; Economía; Energía; Obras Hacienda; Salud; Economía; Energía; Obras Públicas; Vivienda; Transportes; Minería, y Públicas; Vivienda; Transportes; Minería, y Planificación.Planificación.

Sus principales funciones son proponer al Sus principales funciones son proponer al Presidente: Presidente: Políticas para el manejo, uso y aprovechamiento Políticas para el manejo, uso y aprovechamiento

sustentables de los recursos naturales renovables. sustentables de los recursos naturales renovables. Criterios de sustentabilidad que deben ser incorporados Criterios de sustentabilidad que deben ser incorporados

en la elaboración de las políticas y procesos de en la elaboración de las políticas y procesos de planificación de los Ministerios y Servicios.planificación de los Ministerios y Servicios.

Creación de las Áreas Protegidas del Estado (parques y Creación de las Áreas Protegidas del Estado (parques y reservas marinas, santuarios de la naturaleza)reservas marinas, santuarios de la naturaleza)

Page 61: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL (SEA)SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL (SEA) Arts.80 y 81Arts.80 y 81..

Servicio público descentralizado, con Servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. personalidad jurídica y patrimonio propio. FuncionesFunciones:: Administrar el Sistema de Evaluación de Impacto Administrar el Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental.Ambiental. Coordinar las actuaciones de los organismos públicos Coordinar las actuaciones de los organismos públicos

involucrados en el SEIA, para obtener los permisos o involucrados en el SEIA, para obtener los permisos o pronunciamientos sectoriales de carácter ambiental.pronunciamientos sectoriales de carácter ambiental.

Administrar un sistema público de información: sobre Administrar un sistema público de información: sobre permisos y autorizaciones ambientales y sobre líneas de permisos y autorizaciones ambientales y sobre líneas de bases de los proyectos sometidos al Sistema de bases de los proyectos sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.Evaluación de Impacto Ambiental.

Uniformar los criterios y requisitos de carácter ambiental Uniformar los criterios y requisitos de carácter ambiental que establezcan los órganos públicos con competencia que establezcan los órganos públicos con competencia ambiental. ambiental.

Page 62: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE (SMA)(SMA) Art. 64Art. 64

A esta Superintendencia le corresponde la A esta Superintendencia le corresponde la fiscalización del permanente cumplimiento de las fiscalización del permanente cumplimiento de las normas y condiciones que determinaron la normas y condiciones que determinaron la aprobación de los Estudios y Declaraciones de aprobación de los Estudios y Declaraciones de Impacto Ambiental, de las medidas e Impacto Ambiental, de las medidas e instrumentos que establezcan los Planes de instrumentos que establezcan los Planes de Prevención y de Descontaminación, de las Prevención y de Descontaminación, de las normas de calidad y emisión, así como de los normas de calidad y emisión, así como de los planes de manejo.planes de manejo.

Page 63: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTESUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE

La Superintendencia del Medio Ambiente tiene la La Superintendencia del Medio Ambiente tiene la facultad exclusiva de aplicar sanciones frente a facultad exclusiva de aplicar sanciones frente a un incumplimiento ambiental. un incumplimiento ambiental.

Además de aplicar multas (1 a 10.000 UTA), el Además de aplicar multas (1 a 10.000 UTA), el Superintendente puede clausurar temporal o Superintendente puede clausurar temporal o definitivamente instalaciones.definitivamente instalaciones.

Asimismo, tiene atribuciones para revocar las Asimismo, tiene atribuciones para revocar las Resoluciones de Calificación Ambiental.Resoluciones de Calificación Ambiental.

Page 64: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

DESARROLLO SUSTENTABLE DESARROLLO SUSTENTABLE

Se define como el proceso de mejoramiento Se define como el proceso de mejoramiento sostenido y equitativo de la calidad de vida de las sostenido y equitativo de la calidad de vida de las personas, fundado en medidas a apropiadas de personas, fundado en medidas a apropiadas de conservación y protección del medio ambiente, conservación y protección del medio ambiente, de manera de no comprometer las expectativas de manera de no comprometer las expectativas de las generaciones futuras (art. 2 letra g).de las generaciones futuras (art. 2 letra g).

Page 65: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

CRITICA AL CONCEPTO DE DESARROLLO CRITICA AL CONCEPTO DE DESARROLLO SUSTENTABLESUSTENTABLE

Se critica la definición legal por no señalar Se critica la definición legal por no señalar expresamente el carácter expresamente el carácter preventivopreventivo, y por el , y por el hecho de que sólo se limita a verificar la hecho de que sólo se limita a verificar la adecuación y el cumplimiento de ciertas normas adecuación y el cumplimiento de ciertas normas jurídicas (ordenamiento jurídico). jurídicas (ordenamiento jurídico).

En la medida que el ordenamiento jurídico no En la medida que el ordenamiento jurídico no sea completo -como es el caso de la legislación sea completo -como es el caso de la legislación chilena-, será muy difícil dar respuesta a todas chilena-, será muy difícil dar respuesta a todas las obligaciones medioambiental del Estado.las obligaciones medioambiental del Estado.

Page 66: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

IMPACTO AMBIENTAL IMPACTO AMBIENTAL

Esta definido como la alteración del medio ambiente, Esta definido como la alteración del medio ambiente, provocada directa o indirectamente por un proyecto provocada directa o indirectamente por un proyecto o actividad en un área determinada (art.2 letra k)o actividad en un área determinada (art.2 letra k)

Este concepto se refiere a Este concepto se refiere a alteraciónalteración, y ésta no , y ésta no puede ser interpretada como sinónimo de daño puede ser interpretada como sinónimo de daño ambiental, pues se trata en definitiva de un “ambiental, pues se trata en definitiva de un “daño daño autorizadoautorizado”.”.

De este modo, al pasar un proyecto por el SEIA esa De este modo, al pasar un proyecto por el SEIA esa alteración se hace lícita, generándose por esta vía alteración se hace lícita, generándose por esta vía un permiso previo (RCA) para la realización de dicha un permiso previo (RCA) para la realización de dicha actividad.actividad.

Page 67: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

EFECTOS DE NO SOMETER UN PROYECTO EFECTOS DE NO SOMETER UN PROYECTO AL SEIAAL SEIA

En primer lugar, se produce una infracción que En primer lugar, se produce una infracción que deberá ser sancionada por el Servicio de deberá ser sancionada por el Servicio de Evaluación Ambiental SEA (continuador legal de Evaluación Ambiental SEA (continuador legal de la CONAMA), yla CONAMA), y

En segundo lugar, la posibilidad de perseguir En segundo lugar, la posibilidad de perseguir judicialmente la responsabilidad ambiental en judicialmente la responsabilidad ambiental en caso de producir daños.caso de producir daños.

Page 68: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PROYECTOS O ACTIVIDADES PROYECTOS O ACTIVIDADES SOMETIDOS AL SISTEMA DE SOMETIDOS AL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO EVALUACIÓN DE IMPACTO

AMBIENTALAMBIENTAL

Page 69: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PROYECTOS O ACTIVIDADES SOMETIDOS AL PROYECTOS O ACTIVIDADES SOMETIDOS AL SEIASEIA (artículo 10 LGBMA)(artículo 10 LGBMA)

La ley contempla una enumeración de proyectos y La ley contempla una enumeración de proyectos y actividades que se deben someter al sistema, sobre actividades que se deben someter al sistema, sobre la base del supuesto de que se trata de proyectos o la base del supuesto de que se trata de proyectos o actividades susceptibles de causar impacto actividades susceptibles de causar impacto ambiental en cualquier de sus fases o etapas.ambiental en cualquier de sus fases o etapas.

Los proyectos se evalúan, según el lugar en que se Los proyectos se evalúan, según el lugar en que se realicen las obras. Así los proyectos regionales van realicen las obras. Así los proyectos regionales van a la Comisión de Evaluación; los que tienen nivel a la Comisión de Evaluación; los que tienen nivel interregional, a la Dirección Ejecutiva del SEA; y en interregional, a la Dirección Ejecutiva del SEA; y en caso de duda, resuelven el Director Ejecutivo del caso de duda, resuelven el Director Ejecutivo del SEA.SEA.

Page 70: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

ACTIVIDADES Y PROYECTOS SOMETIDOS AL ACTIVIDADES Y PROYECTOS SOMETIDOS AL SISTEMA DE EVALUACIÓN (SEIA) SISTEMA DE EVALUACIÓN (SEIA)

Art. 10 Ley y 3 ReglamentoArt. 10 Ley y 3 Reglamento

Acueductos, embalses o tranques y sifones que Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización del Director deban someterse a la autorización del Director General de Aguas (artículo 294 del Código de General de Aguas (artículo 294 del Código de Aguas), presas, drenajes, desecación, dragado, Aguas), presas, drenajes, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de aguas.cursos naturales de aguas.

Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.sus subestaciones.

Centrales generadoras de energías mayores a 3 Centrales generadoras de energías mayores a 3 MW.MW.

Reactores y establecimientos nucleares e Reactores y establecimientos nucleares e instalaciones relacionadas.instalaciones relacionadas.

Page 71: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

OTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS OTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS SOMETIDAS AL SEIASOMETIDAS AL SEIA

Aeropuertos, terminales de buses, camiones y Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles; vías férreas, estaciones de servicio, ferrocarriles; vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y caminos públicos que puedan afectar autopistas y caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas.áreas protegidas.

Puertos, vías de navegación, astilleros y Puertos, vías de navegación, astilleros y terminales marítimos.terminales marítimos.

Proyectos de desarrollo urbano o turístico, en Proyectos de desarrollo urbano o turístico, en zonas no comprendidas en los planes evaluados zonas no comprendidas en los planes evaluados conforme las hipótesis de Evaluación Ambiental conforme las hipótesis de Evaluación Ambiental Estratégica.Estratégica.

Proyectos industriales o inmobiliarios que se Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.saturadas.

Page 72: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

OTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOSOTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS

Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda.áridos, turba o greda.

Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros análogos.análogos.

Instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, Instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, químicas, textiles, productoras de materiales para químicas, textiles, productoras de materiales para la construcción, de equipos y productos métalicos la construcción, de equipos y productos métalicos y curtiembres.y curtiembres.

Agroindustrias, mataderos, establos de crianza, Agroindustrias, mataderos, establos de crianza, lechería y engorda de animales.lechería y engorda de animales.

Page 73: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

OTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOSOTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS

Proyectos de desarrollo o explotación forestal en Proyectos de desarrollo o explotación forestal en suelos frágiles, en terrenos cubiertos de bosque suelos frágiles, en terrenos cubiertos de bosque nativo, industrias de celulosa, pasta de papel y nativo, industrias de celulosa, pasta de papel y papel, plantas astilladoras, elaboradoras de papel, plantas astilladoras, elaboradoras de madera y aserraderos, todos de dimensiones madera y aserraderos, todos de dimensiones industriales.industriales.

Proyectos de explotación intensiva, cultivo, y Proyectos de explotación intensiva, cultivo, y plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos.plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos.

Producción, almacenamiento, transporte, Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas.inflamables, corrosivas o reactivas.

Page 74: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

OTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOSOTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS

Proyectos de saneamiento ambiental, tales como Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos.de residuos industriales líquidos o sólidos.

Ejecución de obras o actividades en parques Ejecución de obras o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita.legislación respectiva lo permita.

Page 75: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

OTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOSOTRAS ACTIVIDADES Y PROYECTOS

Aplicación masiva de productos químicos en áreas Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados o a cursos o masas de agua que puedan poblados o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas.ser afectadas.

Proyectos de desarrollo, cultivo o explotación, en Proyectos de desarrollo, cultivo o explotación, en las áreas mineras, agrícolas, forestales e las áreas mineras, agrícolas, forestales e hidrobiológicas que utilicen organismos hidrobiológicas que utilicen organismos genéticamente modificados con fines de genéticamente modificados con fines de producción y en áreas no confinadas. El producción y en áreas no confinadas. El reglamento podrá definir una lista de especies de reglamento podrá definir una lista de especies de organismos genéticamente modificados que, como organismos genéticamente modificados que, como consecuencia de su comprobado bajo riesgo consecuencia de su comprobado bajo riesgo ambiental, estarán excluidos de esta exigencia. El ambiental, estarán excluidos de esta exigencia. El mismo reglamento establecerá el procedimiento mismo reglamento establecerá el procedimiento para declarar áreas como libres de organismos para declarar áreas como libres de organismos genéticamente modificados.genéticamente modificados.

Page 76: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

MODALIDADES DE EVALUACIÓN DE IMPACTO MODALIDADES DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTALAMBIENTAL

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) e s u n e s u n documento que describe en detalle las características de un documento que describe en detalle las características de un proyecto y los eventuales impactos ambientales que proyecto y los eventuales impactos ambientales que pudiere ocasionar, conteniendo todos los antecedentes que pudiere ocasionar, conteniendo todos los antecedentes que acrediten el cumplimiento de las normas y que permitan acrediten el cumplimiento de las normas y que permitan mitigar, compensar y reparar los eventuales impactos mitigar, compensar y reparar los eventuales impactos ambientales. El plazo de evaluación es de 120 días hábiles ambientales. El plazo de evaluación es de 120 días hábiles los que se pueden extender por 60 días máslos que se pueden extender por 60 días más

DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA) DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (DIA) en la en la cuál el proponente declara, que los impactos ambientales cuál el proponente declara, que los impactos ambientales de su proyecto se ajustan a las normas ambientales de su proyecto se ajustan a las normas ambientales vigentes. El plazo de evaluación es de 60 días hábiles y se vigentes. El plazo de evaluación es de 60 días hábiles y se pueden extender por 30 días más.pueden extender por 30 días más.

Page 77: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS EIAPARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS EIA

El Estudio de Impacto Ambiental, requiere que El Estudio de Impacto Ambiental, requiere que siempre se lleve a cabo una consulta pública siempre se lleve a cabo una consulta pública (instancia de participación ciudadana).(instancia de participación ciudadana).

Page 78: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS DIAPARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LOS DIA

En el caso de la Declaración de Impacto En el caso de la Declaración de Impacto Ambiental, la Ley N°20.417 introdujo la posibilidad Ambiental, la Ley N°20.417 introdujo la posibilidad de que se realicen consultas públicas, cuando el de que se realicen consultas públicas, cuando el tamaño de la población afectada lo amerite.tamaño de la población afectada lo amerite.

Las Direcciones Regionales o el Director ejecutivo, Las Direcciones Regionales o el Director ejecutivo, podrán decretar un proceso de participación podrán decretar un proceso de participación ciudadana, en aquellos casos en que se generen ciudadana, en aquellos casos en que se generen impactos ambientales para las comunidades impactos ambientales para las comunidades próximas y sea solicitado por, al menos, 2 próximas y sea solicitado por, al menos, 2 organizaciones ciudadanas con personalidad organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica o como mínimo 10 personas naturales jurídica o como mínimo 10 personas naturales directamente afectadas. directamente afectadas.

Page 79: DERECHO AMBIENTAL Dagoberto Venegas V. Ing. Civil Minas.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA ANTICIPADAPARTICIPACIÓN CIUDADANA ANTICIPADA

Esta opción es voluntaria para los titulares de un Esta opción es voluntaria para los titulares de un proyecto y consiste en realizar actividades de proyecto y consiste en realizar actividades de participación antes del ingreso del proyecto al participación antes del ingreso del proyecto al SEIA, bajo la idea de que es conveniente tener un SEIA, bajo la idea de que es conveniente tener un acercamiento temprano con los potenciales acercamiento temprano con los potenciales involucrados en el proyecto antes de que se involucrados en el proyecto antes de que se instalen temores y desconfianzas difíciles de instalen temores y desconfianzas difíciles de subsanar. Adicionalmente permite incorporar en subsanar. Adicionalmente permite incorporar en la etapa de diseño las medidas necesarias para la etapa de diseño las medidas necesarias para evitar o minimizar impactos negativos, asi como evitar o minimizar impactos negativos, asi como potenciar los positivos.potenciar los positivos.