Derecho comercial y mercantil

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR IUT ANTONIO JOSÉ DE SUCRE SAIA PEÑA V. ASTRID V. C.I 19619038 INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROF. ADIRA GONZALES

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

IUT ANTONIO JOSÉ DE SUCRESAIA

PEÑA V. ASTRID V.C.I 19619038

INTRODUCCIÓN AL DERECHO PROF. ADIRA GONZALES

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El Código de Comercio define la figura del comerciante en el artículo 10, según el cual son comerciantes los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesión habitual, y las sociedades mercantiles.

Señala Goldschmidt (2009) en su Curso de Derecho Mercantil, que dentro de un régimen con base objetiva el concepto primario no es el del comerciante sino el del acto de comercio y que el comerciante es la persona que realiza profesio nalmente actos de comercio.

1. Individual: lo constituye la persona natural que se dedica a ejercer el comercio a titulo personal.

2. Social: lo conforman las sociedades constituidas bajo algunas de las formas previstas en el Código de Comercio las cuales son: en nombre colectivo, en comandita simple, en comandita por acciones, anónima y de responsabilidad limitada.

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Debe entenderse que el comerciante social colectiva esta constituido esencialmente por las sociedades mercantiles y estos se forman por la declaración de voluntad de dos ó más personas persigue un fin económico en común, en este sentido, debe anotarse que conforme al Código de Comercio las sociedades mercantiles tiene por objeto uno o más actos de comercio..

Se diferencia del comerciante individual que puede libremente ejercer el comercio sin que se constituye legalmente como comerciante, es decir; las sociedades mercantiles deba constituirse mediante un contrato de sociedades y su registro correspondiente de manera formal para que sea considerado como tal y pueda presentarse como comerciante o sujeto del derecho y obligaciones.

Las sociedades mercantiles legalmente constituidas realizan actos de comercio independientemente de los socios que la constituyen y los actos puedan sentir efectos a terceras personas.

El Estado como comerciante: tomando en cuenta los fines del Estado debe afirmarse que como tal no puede asumir la cualidad de comerciante, por lo tanto la Nación, los estados, los municipios pues que los entes públicos pueden comprar para el cumplimiento de sus fines, los bonos que crean necesario, es decir; pueden ejecutar actos de comercio y por lo tanto quedan sujetos a las leyes mercantiles.Se hace referencia al artículo 7 del Código de Comercio.

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Según el código civil en los artículos 17, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 260 dicen : que los comerciantes deben:

Hacer el registro de su comercio ante la sede notariada que corresponda.

Debe llevar la contabilidad mercantil con sus respectivos libros contables, donde estos, no pueden tener tachaduras, ni enmendaduras, deben presentarse ante un juez en la fecha en que se corresponda y como así se requiera, deben abrir libros de inventarios a principio de año y de igual manera estos deben ser conservados por durante 10 años y junto a estos también deberá llevarse libros de actas de asambleas y juntas por parte de los administradores

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CÓDIGO DE COMERCIO

Ley del impuesto sobre la renta (ISLR) ART: 177, 180, 184, 188, 190, 192.

Ley de impuesto al valor agregado (IVA) ART:1, 3, 5, 18, 19, 32, 38, 47, 54, 70, 71.

Código orgánico tributario(COT) ART: 100, 101, 102, 103, 104, 105.