Derecho De Los Adolescentes Opd 2007

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Principios, Principios, Garantías y Derechos Garantías y Derechos del adolescente del adolescente que incurre en infracción a que incurre en infracción a la Ley de Responsabilidad Penal la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente N°20.084 Adolescente N°20.084

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Principios, Garantías y Principios, Garantías y Derechos del adolescenteDerechos del adolescente que incurre en infracción a la Ley de que incurre en infracción a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente Responsabilidad Penal Adolescente

N°20.084N°20.084

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¿desde dónde leemos la Ley N° 20.084?

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Prisión común, Imaginario social e identidad, Ed A. Belllo, Marco Fernández Labbé

Desde nuestra historia

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Escuela Escuela correcioncorrecionalal

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Cuenta el Padre Alberto Hurtado que “de los 140 primeros adolescentes que se recogieron en el Hogar que funcionó el primer tiempo en la calle López sólo 4 no habían sido detenidos alguna vez por la policía, algunos habían sido detenidos más de 10 veces, y otros, más de 80 veces.”

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Antecedentes históricosAntecedentes históricos

Es posible distinguir en el proceso chileno, tres Es posible distinguir en el proceso chileno, tres etapas:etapas:

Período de inexistencia de una Legislación Período de inexistencia de una Legislación Especial. El niño como una excepción al Especial. El niño como una excepción al sistema jurídico de adultos. 1875-1928.sistema jurídico de adultos. 1875-1928.

Período de Leyes de Menores. El niño como Período de Leyes de Menores. El niño como problema. El control/protección de la Infancia. problema. El control/protección de la Infancia. 1928-1990.1928-1990.

Período de concurrencia de Leyes de Menores Período de concurrencia de Leyes de Menores y de la Convención Internacional de Derechos y de la Convención Internacional de Derechos del Niñodel Niño

y finalmente nuestra Ley de Responsabilidad y finalmente nuestra Ley de Responsabilidad penal adolescente Ley Nº20.084, con la que penal adolescente Ley Nº20.084, con la que creemos se iniciará una nueva etapa.creemos se iniciará una nueva etapa.

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El sistema de responsabilidad penal El sistema de responsabilidad penal adolescente está presidido por las adolescente está presidido por las reglas y principios que emergen:reglas y principios que emergen:

1) de la Convención sobre los 1) de la Convención sobre los Derechos del Niño y Derechos del Niño y

2) de la propia ley Nº 20.048, Ley de 2) de la propia ley Nº 20.048, Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Responsabilidad Penal Adolescente.

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I) Convención de los Derechos del Niño:

El 40.3 de la CDN nos señala: “Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para promover el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicas para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales o a quienes se acuse o declare culpable de haber infringido esas leyes, y en particular: a) El establecimiento de una edad mínima antes de la

cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales.

b) Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción de medidas para tratar a esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendimiento de que se respetarán plenamente los derechos humanos y las garantías legales.

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II) Ley de Responsabilidad Penal AdolescenteII) Ley de Responsabilidad Penal AdolescenteCaracterísticasCaracterísticas

1) Especialización1) Especialización: La justicia penal adolescente es : La justicia penal adolescente es especializada por así requerirlo el orden supranacional. especializada por así requerirlo el orden supranacional.

Ello es así, por que el niño es una persona, un sujeto Ello es así, por que el niño es una persona, un sujeto de derecho, que exige ser tratado con todas las de derecho, que exige ser tratado con todas las garantías constitucionales, más un garantías constitucionales, más un plusplus, , cual es atender cual es atender a su peculiar proceso de formación, especialmente a su peculiar proceso de formación, especialmente cuando el déficit cultural y educativo lo han colocado en cuando el déficit cultural y educativo lo han colocado en contacto con el sistema penal.contacto con el sistema penal.

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Sistema de Responsabilidad Penal AdolescenteSistema de Responsabilidad Penal Adolescente

CaracterísticasCaracterísticas

2) Garantista: 2) Garantista: En un doble aspecto: En un doble aspecto: por un lado, la existencia de por un lado, la existencia de mecanismos e instituciones idóneas y mecanismos e instituciones idóneas y eficaces para la realización efectiva de eficaces para la realización efectiva de los derechos del niño; y, por el otro, el los derechos del niño; y, por el otro, el respecto riguroso al impero de la ley, respecto riguroso al impero de la ley, propio del Estado social y democrático propio del Estado social y democrático de Derecho, basado en una nueva de Derecho, basado en una nueva perspectiva de los derechos humanos perspectiva de los derechos humanos de la infancia. de la infancia.

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Sistema de Responsabilidad Penal AdolescenteSistema de Responsabilidad Penal Adolescente

CaracterísticasCaracterísticas3) De responsabilidad: 3) De responsabilidad: Significa que, a Significa que, a

partir de cierta edad, se atribuya al partir de cierta edad, se atribuya al niño, en forma diferenciada respecto de niño, en forma diferenciada respecto de los adultos, las consecuencias de sus los adultos, las consecuencias de sus hechos que, siendo típicos, antijurídicos hechos que, siendo típicos, antijurídicos y culpables, significan la realización de y culpables, significan la realización de algo denominado delito, falta o algo denominado delito, falta o contravención. contravención.

El concepto de responsabilidad difiere El concepto de responsabilidad difiere del de imputabilidad en 3 aspectos: a) del de imputabilidad en 3 aspectos: a) la responsabilidad por el hecho; b) el la responsabilidad por el hecho; b) el tipo de pena o sanción; c) el lugar físico tipo de pena o sanción; c) el lugar físico de cumplimiento de la medida.de cumplimiento de la medida.

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Sistema de Responsabilidad Penal AdolescenteSistema de Responsabilidad Penal Adolescente

Si bien el adolescente no puede sufrir el Si bien el adolescente no puede sufrir el mismo reproche penal que un adulto, sí mismo reproche penal que un adulto, sí se le puede exigir una se le puede exigir una responsabilidad responsabilidad especial adecuada a su carácter de sujeto especial adecuada a su carácter de sujeto en desarrolloen desarrollo, en concordancia con la , en concordancia con la Teoría de Autonomía Progresiva del Niño, Teoría de Autonomía Progresiva del Niño, Niña y Adolescente.Niña y Adolescente.

Se contempla en esta ley de manera Se contempla en esta ley de manera Excepcionalidad la privación de libertad: Excepcionalidad la privación de libertad: reservada las sanciones privativas de reservada las sanciones privativas de libertad para los delitos más graves, y se libertad para los delitos más graves, y se indica expresamente que se utilizará indica expresamente que se utilizará como último recurso, resguardando como último recurso, resguardando siempre los procesos socioeducativos siempre los procesos socioeducativos propios de la edad y la posibilidad de propios de la edad y la posibilidad de revisión permanente de estas medidas.revisión permanente de estas medidas.

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Sistema de Responsabilidad Penal AdolescenteSistema de Responsabilidad Penal Adolescente

CaracterísticasCaracterísticas

4) Integración Social:4) Integración Social: La ejecución de las sanciones

tendrá un FUERTE COMPONENTE DE INTEGRACIÓN SOCIAL, a través de actividades de educación, trabajo, tratamiento, derivación y acompañamiento psicosocial, que buscan reeducar a los jóvenes y lograr su plena integración a la comunidad, con herramientas que les permitan vivir alejados del mundo delictual donde por diversas razones han sido parte a muy temprana edad.

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PRINCIPIOS Y GARANTIAS A LOS NIÑOS Y PRINCIPIOS Y GARANTIAS A LOS NIÑOS Y

ADOLESCENTES EN ADOLESCENTES EN : : CONVENCION DE DERECHOS CONVENCION DE DERECHOS

DEL NIÑO Y OTROSDEL NIÑO Y OTROS

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PrincipiosPrincipios

Los principios, garantías y derechos del Los principios, garantías y derechos del sistema de responsabilidad penal sistema de responsabilidad penal adolesente están contenidos en los adolesente están contenidos en los instrumentos internacionales siguientes: instrumentos internacionales siguientes: Convención sobre los Derechos del Niño, Convención sobre los Derechos del Niño, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, Reglas mínimas de las Naciones Políticos, Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia Unidas para la Administración de la Justicia Penal Juvenil, Directrices de las Naciones Penal Juvenil, Directrices de las Naciones Unidas para la Prevención de la Unidas para la Prevención de la Delincuencia Juvenil, Documento de Acción Delincuencia Juvenil, Documento de Acción para el Sistema Penal de Justicia Juvenil del para el Sistema Penal de Justicia Juvenil del Consejo Económico y Social de las Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.Naciones Unidas.

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PrincipiosPrincipios

a) Principio garantista del interés a) Principio garantista del interés superior del niño, significa que hay que superior del niño, significa que hay que atender no sólo al respeto de los atender no sólo al respeto de los derechos y garantías individuales, sino a derechos y garantías individuales, sino a consideraciones fácticas, personales y consideraciones fácticas, personales y sociales del infractor. sociales del infractor.

b) Principios de subsidiariedad de la b) Principios de subsidiariedad de la acción de la justicia penal, significa que acción de la justicia penal, significa que es necesario adelantarse a tomar es necesario adelantarse a tomar medidas positivas a fin de reducir la medidas positivas a fin de reducir la necesidad de intervención de la ley.necesidad de intervención de la ley.

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PrincipiosPrincipios

c) Principio de especialización y c) Principio de especialización y profesionalización de la justicia penal profesionalización de la justicia penal juvenil y de las personas que la integran.juvenil y de las personas que la integran.

d) Principio de proporción de la d) Principio de proporción de la intervención penal, significa que el intervención penal, significa que el sistema de justicia penal juvenil exige sistema de justicia penal juvenil exige que la reacción frente a la infracción sea que la reacción frente a la infracción sea proporcionada a las circunstancias de su proporcionada a las circunstancias de su comisión pero, especialmente, a las comisión pero, especialmente, a las propias de los infractores. propias de los infractores.

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PrincipiosPrincipios e) Principio de tratamiento eficaz, e) Principio de tratamiento eficaz,

equitativo y humano de los niños en equitativo y humano de los niños en conflicto con la ley penal.conflicto con la ley penal.

f) Principio de comprensión amplia de la f) Principio de comprensión amplia de la privación de la libertad como medida privación de la libertad como medida excepcional, que permite comprender excepcional, que permite comprender toda forma de detención, de toda forma de detención, de encarcelamiento y de puesta de un encarcelamiento y de puesta de un menor en un establecimiento público o menor en un establecimiento público o privado del que no está autorizado a privado del que no está autorizado a salir por su sola voluntad sino sólo con salir por su sola voluntad sino sólo con orden de una autoridad judicial, o de orden de una autoridad judicial, o de cualquier otra naturaleza. cualquier otra naturaleza.

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GarantíasGarantías

a) Garantía de la responsabilidad por el a) Garantía de la responsabilidad por el hecho, que postula no sólo sancionar al hecho, que postula no sólo sancionar al autor de un hecho por la conducta que autor de un hecho por la conducta que realiza, sino considerar además las realiza, sino considerar además las características fácticas, personales y características fácticas, personales y sociales del infractor:sociales del infractor:

CDN art.40.4: “CDN art.40.4: “Se dispondrá de diversas medidasSe dispondrá de diversas medidas, , tales como el cuidado, las órdenes de orientación y tales como el cuidado, las órdenes de orientación y supervisión, el asesoramiento, la libertad vigilada, supervisión, el asesoramiento, la libertad vigilada, la colocación en hogares de guarda, los programas la colocación en hogares de guarda, los programas de enseñanza y formación profesional, así como de enseñanza y formación profesional, así como otras posibilidades alternativas a la internación en otras posibilidades alternativas a la internación en instituciones, instituciones, para asegurarpara asegurar que los niños sean que los niños sean tratados de manera apropiada para su bienestar y tratados de manera apropiada para su bienestar y que guarde proporción tanto con sus que guarde proporción tanto con sus circunstancias como con la infraccióncircunstancias como con la infracción”.”.

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GarantíasGarantías

b) Garantía de la legalidad de las b) Garantía de la legalidad de las infracciones, significa que deben infracciones, significa que deben estar establecidas previamente estar establecidas previamente mediante una ley formal y regular.mediante una ley formal y regular.

CDN art.40.2.a: “Los Estados Partes CDN art.40.2.a: “Los Estados Partes garantizarán, en particular: a) Que no se garantizarán, en particular: a) Que no se alegue que ningún niño ha infringido las alegue que ningún niño ha infringido las leyes penales, ni se acuse o declare leyes penales, ni se acuse o declare culpable a ningún niño de haber infringido culpable a ningún niño de haber infringido esas leyes, por esas leyes, por actos u omisiones que no actos u omisiones que no estaban prohibidos por las leyes nacionales estaban prohibidos por las leyes nacionales o internacionaleso internacionales en el momento en que se en el momento en que se cometieron”.cometieron”.

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GarantíasGarantías

c) Garantía de la humanización de las c) Garantía de la humanización de las sanciones, que proscribe la aplicación de sanciones, que proscribe la aplicación de penas crueles, inhumanas y degradantes.penas crueles, inhumanas y degradantes.

CDN art.37.c: “Los Estados Partes velarán por que: CDN art.37.c: “Los Estados Partes velarán por que: c) Todo niño privado de libertad c) Todo niño privado de libertad sea tratado con la sea tratado con la humanidad y el respeto que merece la dignidad humanidad y el respeto que merece la dignidad inherente a la persona humanainherente a la persona humana, y de manera que , y de manera que se tengan en cuenta las necesidades de las se tengan en cuenta las necesidades de las personas de su edad. En particular, todo niño personas de su edad. En particular, todo niño privado de libertad estará separado de los adultos, privado de libertad estará separado de los adultos, a menos que ello se considere contrario al interés a menos que ello se considere contrario al interés superior del niño, y tendrá derecho a mantener superior del niño, y tendrá derecho a mantener contacto con su familia por medio de contacto con su familia por medio de correspondencia y de visitas, salvo en correspondencia y de visitas, salvo en

circunstancias excepcionales”.circunstancias excepcionales”.

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LIMITES Y PRINCIPIOS A LOS NIÑOS Y LIMITES Y PRINCIPIOS A LOS NIÑOS Y

ADOLESCENTES EN :ADOLESCENTES EN : LA LEY DE LA LEY DE

RESPENSABILIDAD PENAL RESPENSABILIDAD PENAL ADOLESCENTEADOLESCENTE

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1) Interés Superior del adolescente: (Artículo 2°)

Se expresa en el reconocimiento y respeto de todos los derechos y garantías que les son reconocidos en la Constitución, en las leyes, en la Convención de los Derechos del Niño y demás instrumentos internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Una consecuencia lógica y necesaria de este principio es la exigencia de que los actores del sistema justicia penal de los adolescentes se encuentren especialmente capacitados y, por ende, tengan un acabado conocimiento de las convenciones y tratados vigentes en el país y se preocupen de que los derechos de los adolescentes consagrados en ellos sean respetados (justicia especializada, artículo 29 de la ley).

Límites y PrincipiosLímites y Principios

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2) La Privación de Libertad como último recurso:

Está referido a la posibilidad de recurrir a la privación de libertad, en su carácter de sanción, de medida cautelar durante el procedimiento, o castigo disciplinario, sólo cuando las demás formas de intervención penal resulten ineficaces a los propósitos que se persigan.

El antecedente se encuentra en el Art. 37 b) de la Convención de los Derechos del Nilño y se recoge en los artículos 26, referido a la pena privativa de libertad; 32 sobre internación provisoria como medida cautelar; y Art. 47 sobre excepcionalidad de la privación de libertad durante la ejecución.

La segunda parte de la letra b) del art. 37 de la convención, también se recoge por nuestra ley que en el artículo 18 establece limitaciones a la duración de las sanciones.

Límites y PrincipiosLímites y Principios

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3) Trato digno y orientación socioeducativa:

Estos principios que emanan del artículo 40 de la Convención, se recoge de modo expreso en los artículos 20 (fines de las sanciones) y 24 letra f) (criterios de determinación de la pena).

Importa destacar estos factores como principios de la normativa, dado que deben presidir todo el accionar del sistema y de sus agentes. Cualquiera que sea la modalidad de intervención que se adopte, el tratamiento que se de al adolescente debe respetar su dignidad como ser humano y orientarse en la perspectiva de su habilitación para participar de la convivencia social en condiciones de igualdad.

Límites y PrincipiosLímites y Principios

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4) Límite impuesto por la pena que recibiría un adulto en iguales circunstancias:

Inciso final del artículo 26: “En ningún caso se podrá imponer una pena privativa de libertad si un adulto condenado por el mismo hecho no debiere cumplir una pena de dicha naturaleza”.

Esta disposición es claramente un límite de la actividad punitiva respecto de los adolescentes y persigue mantener el estándar mínimo de garantías, al menos en el nivel establecido para los adultos. Refiere a la posibilidad de que por el mismo hecho y en iguales circunstancias un adolescente no sea privado de libertad si un adulto habría podido acceder a alguna de las medidas alternativas reguladas en la ley 18.216.

Límites y PrincipiosLímites y Principios

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Derechos de los adolescente en la Derechos de los adolescente en la Convención de Derechos del NiñoConvención de Derechos del Niño

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DerechosDerechos

Art. 191 CNA: “El Sistema de Art. 191 CNA: “El Sistema de Justicia de adolescente infractor se Justicia de adolescente infractor se orienta a su rehabilitación y a orienta a su rehabilitación y a encaminarlos a su bienestar. La encaminarlos a su bienestar. La medida tomada al respecto no sólo medida tomada al respecto no sólo deberá basarse en el examen de la deberá basarse en el examen de la gravedad del hecho, sino también gravedad del hecho, sino también en las circunstancias personales en las circunstancias personales que lo rodean”.que lo rodean”.

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DerechosDerechos

CDN art. 40.2.b: “Los Estados Partes CDN art. 40.2.b: “Los Estados Partes garantizarán, en particular: b) Que todo niño garantizarán, en particular: b) Que todo niño [...]: [...]:

i) Que se lo i) Que se lo presumirá inocentepresumirá inocente mientras no se mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a ley.pruebe su culpabilidad conforme a ley.

ii) Que será ii) Que será informado sin demora y informado sin demora y directamentedirectamente o, cuando sea procedente, por o, cuando sea procedente, por intermedio de sus padres o sus representantes intermedio de sus padres o sus representantes legales, legales, de los cargosde los cargos que pesan sobre él y que pesan sobre él y que dispondrá de que dispondrá de asistencia jurídica u otra asistencia jurídica u otra asistencia apropiadaasistencia apropiada en la preparación y en la preparación y presentación de su defensa.presentación de su defensa.

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DerechosDerechos

iii) Que iii) Que la causa será dirimida sin demora por la causa será dirimida sin demora por una autoridad u órgano judicial competente, una autoridad u órgano judicial competente, independiente e imparcial en una audiencia independiente e imparcial en una audiencia equitativa conforme a la leyequitativa conforme a la ley, en presencia de , en presencia de un asesor jurídico u otro tipo de asesor un asesor jurídico u otro tipo de asesor adecuado y, a menos que se considere que adecuado y, a menos que se considere que ello fuere contrario al interés superior del niño, ello fuere contrario al interés superior del niño, teniendo en cuenta en particular su edad o teniendo en cuenta en particular su edad o situación y a sus padres o representantes situación y a sus padres o representantes legales.legales.

iv) Que iv) Que no será obligado a prestar testimonio o no será obligado a prestar testimonio o a declararse culpablea declararse culpable, que podrá interrogar o , que podrá interrogar o hacer que se interrogue a testigos de cargo y hacer que se interrogue a testigos de cargo y obtener la participación y el obtener la participación y el interrogatorio de interrogatorio de testigostestigos de descargo en condiciones de de descargo en condiciones de igualdad.igualdad.

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DerechosDerechos

v) Si se considera que ha infringido, en efecto, las v) Si se considera que ha infringido, en efecto, las leyes penales, que esta decisión y toda medida leyes penales, que esta decisión y toda medida impuesta a consecuencia de ella, serán impuesta a consecuencia de ella, serán sometidas a una sometidas a una autoridad u órgano judicial autoridad u órgano judicial superior competente, independiente e imparcial,superior competente, independiente e imparcial, conforme a ella.conforme a ella.

vi) Que el niño contará con la vi) Que el niño contará con la asistencia gratuita asistencia gratuita de un intérpretede un intérprete si no comprende o no habla el si no comprende o no habla el idioma utilizado.idioma utilizado.

vii) Que vii) Que respetará plenamente su vida privada respetará plenamente su vida privada en en todas las fases del procedimiento.todas las fases del procedimiento.

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DERECHOS DE LOS DERECHOS DE LOS ADOLESCENTES ADOLESCENTES

en la Ley de Responsabilidad Penal en la Ley de Responsabilidad Penal AdolescenteAdolescente

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DERECHOS DE LOS ADOLESCENTESDERECHOS DE LOS ADOLESCENTES

1º A QUE SE LE INFORME EL MOTIVO DE SU 1º A QUE SE LE INFORME EL MOTIVO DE SU DETENCIÓN, A VER LA ORDEN DE DETENCIÓN, DETENCIÓN, A VER LA ORDEN DE DETENCIÓN, SALVO DELITO DE FLAGRANICA. ART. 19 Nº3 SALVO DELITO DE FLAGRANICA. ART. 19 Nº3 DE LA CPR, ART. 2 DE LA RPA, ART. 31, 27 Y 93 DE LA CPR, ART. 2 DE LA RPA, ART. 31, 27 Y 93 DEL CPP.DEL CPP.

2º A SER INFORMADO EN FORMA ESPECIFICA Y 2º A SER INFORMADO EN FORMA ESPECIFICA Y CLARA DE LOS HECHOS QUE SE LE IMPUTAN Y CLARA DE LOS HECHOS QUE SE LE IMPUTAN Y DERECHOS QUE LE OTORGA LA CONSTITUCION DERECHOS QUE LE OTORGA LA CONSTITUCION Y LAS LEYES. ART. 19 Nº 3 DE LA CPR, Y ART Y LAS LEYES. ART. 19 Nº 3 DE LA CPR, Y ART 27, 31 Y 93 CPP.27, 31 Y 93 CPP.

3º A GUARDAR SILENCIO Y NO PUEDE SER 3º A GUARDAR SILENCIO Y NO PUEDE SER OBLIGADO A DECLARAR. SI DESEA HACERLO OBLIGADO A DECLARAR. SI DESEA HACERLO SOLO PROCEDE EN PRESENCIA DEL FISCAL O SOLO PROCEDE EN PRESENCIA DEL FISCAL O ABOGADO DEFENSOR. ART. 19 Nº 3 DE LA ABOGADO DEFENSOR. ART. 19 Nº 3 DE LA CPR Y ART. 31 Y 93 DEL CPP.CPR Y ART. 31 Y 93 DEL CPP.

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DERECHOS DE LOS ADOLESCENTESDERECHOS DE LOS ADOLESCENTES

4º A SER TRASLADADO ENTE LA PRESENCIA DE 4º A SER TRASLADADO ENTE LA PRESENCIA DE UN JUEZ , PREFERENTEMENTE DE MANERA UN JUEZ , PREFERENTEMENTE DE MANERA INMEDIATA, A MÁS TARDAR DENTRO DEL INMEDIATA, A MÁS TARDAR DENTRO DEL PLAZO DE 12 HORAS. (24 horas)PLAZO DE 12 HORAS. (24 horas)

ART. 31 Y 36 DE LA RPA Y ART. 31 DEL CPP.ART. 31 Y 36 DE LA RPA Y ART. 31 DEL CPP.5º A UN ABOGADO DE CONFIANZA, DESDE SU 5º A UN ABOGADO DE CONFIANZA, DESDE SU

DETENCIÓN HASTA CUMPLIMIENTO DE DETENCIÓN HASTA CUMPLIMIENTO DE CONDENA. EL ESTADO DEBE CONDENA. EL ESTADO DEBE PROPROCIONARLO SI NO SE TIENE. ART 19 Nº PROPROCIONARLO SI NO SE TIENE. ART 19 Nº 3 CPR Y ART 8, 27, 29 Y 93 DEL CPP3 CPR Y ART 8, 27, 29 Y 93 DEL CPP

6º A SER TRATADO CON DIGNIDAD, NO PUEDE 6º A SER TRATADO CON DIGNIDAD, NO PUEDE SER TORTURADO O TRATADO DE MANERA SER TORTURADO O TRATADO DE MANERA CUREL O HUMILLANTE. ART. 2 Y 45 DEL ARPA Y CUREL O HUMILLANTE. ART. 2 Y 45 DEL ARPA Y 93 DE LA CPP.93 DE LA CPP.

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DERECHOS DE LOS ADOLESCENTESDERECHOS DE LOS ADOLESCENTES7º A SER TRATADO COMO INOCENTE, HASTA 7º A SER TRATADO COMO INOCENTE, HASTA

QUE NO SE DETERMINE POR UN TRIBUNAL SU QUE NO SE DETERMINE POR UN TRIBUNAL SU CULPABILIDAD. ART. 19 Nº 3 DE LA CPR, ART. CULPABILIDAD. ART. 19 Nº 3 DE LA CPR, ART. 2 DE LA RPA Y ARTS. 4 Y 27 CPP.2 DE LA RPA Y ARTS. 4 Y 27 CPP.

8º A QUE SE LE APLIQUE UNA PENA PRIVATIVA 8º A QUE SE LE APLIQUE UNA PENA PRIVATIVA DE LIBERTA COMO ÚLTIMO RECURSO Y POR EL DE LIBERTA COMO ÚLTIMO RECURSO Y POR EL PLAZO MÁS BREVE POSIBLE. ART. 2. 26 Y 47 PLAZO MÁS BREVE POSIBLE. ART. 2. 26 Y 47 DE LA RPA.DE LA RPA.

9 º NINGUN ADOLESCENTE PRIVADO DE 9 º NINGUN ADOLESCENTE PRIVADO DE LIBERTAD PUEDE SER SOMETIDO A CASTIGOS LIBERTAD PUEDE SER SOMETIDO A CASTIGOS CORPORALES, ENCIERRO EN CELDA OBSCURA, CORPORALES, ENCIERRO EN CELDA OBSCURA, A PENAS DE AISLAMIENTO O DE CELDA A PENAS DE AISLAMIENTO O DE CELDA SOLITARIA, ASÍ COMO A CUALQUIER OTRA SOLITARIA, ASÍ COMO A CUALQUIER OTRA SANCIÓN QUE PUEDA PONER EN PELIGRO SU SANCIÓN QUE PUEDA PONER EN PELIGRO SU SALUD FÍSICA O MENTAL O SEA SALUD FÍSICA O MENTAL O SEA DEGRADANTES, CRUEL O HUMILLANTE. ART. DEGRADANTES, CRUEL O HUMILLANTE. ART. 19 Nº 1 DE LA CPR, ART 45, 46 Y 49 DE LA RPA 19 Nº 1 DE LA CPR, ART 45, 46 Y 49 DE LA RPA Y ART. 150 DEL CP.Y ART. 150 DEL CP.

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DERECHOS DE LOS ADOLESCENTESDERECHOS DE LOS ADOLESCENTES

10º A PERMANECER SEPARADO DE LOS 10º A PERMANECER SEPARADO DE LOS ADULTOS, Y A MANTENER CONTACTO CON SU ADULTOS, Y A MANTENER CONTACTO CON SU FAMILIA POR MEDIO DE CORRESPONDENCIA, FAMILIA POR MEDIO DE CORRESPONDENCIA, VISITAS O PERMISOS DE SALIDA. ART. 48 Y VISITAS O PERMISOS DE SALIDA. ART. 48 Y ART. 49 LETRA I DE LA RPA. ART. 49 LETRA I DE LA RPA.

11º A PEDIR EL TERMINO O CAMBIO DE UNA 11º A PEDIR EL TERMINO O CAMBIO DE UNA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAS POR OTRA A PENA PRIVATIVA DE LIBERTAS POR OTRA A CUMPLIRSE EN EL MEDIO LIBRE, CUANDO ELLO CUMPLIRSE EN EL MEDIO LIBRE, CUANDO ELLO FAVOREZCA SU REINSERCIÓN SOCIAL. Art. 20, FAVOREZCA SU REINSERCIÓN SOCIAL. Art. 20, 42 y 44 DE LA RPA.42 y 44 DE LA RPA.

12º TODO EL QUE HA SIDO CONDENADO O HA 12º TODO EL QUE HA SIDO CONDENADO O HA CUMPLIDO SU CONDENA, TIENE DERECHO A CUMPLIDO SU CONDENA, TIENE DERECHO A QUE SE LE PROPORCIONEN OPORTUNIDADES QUE SE LE PROPORCIONEN OPORTUNIDADES SOCIALES, EDUCATIVAS Y DE TRABAJO PARA SOCIALES, EDUCATIVAS Y DE TRABAJO PARA SU REINSERCIÓN SOCIAL. ART. 20, 42 Y 44 DE SU REINSERCIÓN SOCIAL. ART. 20, 42 Y 44 DE LA RPA.LA RPA.

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FINFIN

EXPOSITOR:EXPOSITOR:

YURY VALENTIN BUSTAMANTESYURY VALENTIN BUSTAMANTES

COORDINADOR OPD IQUIQUECOORDINADOR OPD IQUIQUE