Derecho Empresarial Clases Totales

download Derecho Empresarial Clases Totales

of 37

Transcript of Derecho Empresarial Clases Totales

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    1/37

    DERECHO EMPRESARIAL

    TIPOS DE PODERES

    1. Poder de representación.

    2. Poder de escritura pública.3. Carta poder con firma legalizada.

    DIFERENCIA ENTRE SOCIEDAD Y EMPRESA

    La empresa es la organización el !ra"a#o a#eno $ el capi!al% para pro&cir 

    "ienes o ser'icios es!inaos a ser cam"iaos(

    En cuanto a la sociedad, habrá sociedad comercial cuando dos o más personas,

    fsicas o !urdicas, se obliguen a realizar aportes para aplicarlos al e!ercicio de una

    acti"idad comercial organizada, con el fin de participar en las ganancias # soportar las

    p$rdidas %ue ella produzca&.

    'o se debe confundir ambos conceptos. (a sociedad comercial es un contrato %ue

    genera un su!eto de )erecho. En nuestro )erecho, en cambio, la empresa no es un

    negocio !urdico, ni mucho menos, su!eto de )erecho.

    *na sociedad puede organizar una empresa para cumplir con su ob!eto pero la

    organización empresarial será una emanación de la sociedad comercial ( Primero se

    crea la sociea $ )s!a ser* la +&e cree la organización empresarial( Incl&so%

    por,a arse +&e se cons!i!&$a &na sociea $ +&e ella n&nca lleg&e a organizar 

    &na empresa por esin!er)s e los socios o por+&e no necesi!a e &na empresa

    para realizar s& o"#e!o( La sociea accien!al no necesi!a !ampoco la

    organización empresarial(

    TODA SOCIEDAD ES EMPRESA -./

    TODA EMPRESA ES SOCIEDAD -F/

    +C-E)) E+ E( /P0E 0*/-)-C )E ( EP/E+.

    EMPRESA(0

    Es la organización de bienes capitales destinados a la e"olución o intercambio de

    bienes # ser"icios.

    EMPRESARIO(0 itular o dueo de los medios de producción, #a sea titular indi"idual

    o una sociedad %ue organizadamente los utiliza para los fines propios de la empresa o

    unidad de la producción.

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    2/37

    EN LA LE1ISLACION ITALIANA EL EMPRESARIO ES2

    4estor o e!ecutor de la acti"idad en %ue se desarrolla en la empresa. Propiamente el

    titular de los medios de producción # aportante de bienes.

    ELEMENTOS(0

    • Capital # traba!o5 mediante la aportación de bienes # acti"idad humana misma.

    CONCEPTO INTE1RADO DE EMPRESA

    •  porte organizado de capitales # traba!o destinados a la producción o

    intercambio de bienes # ser"icios necesarios en la comunidad con el propósito

    de obtener beneficios tanto para los aportantes, los consumidores # el Estado

    6empresa7.

    • Conforme a la Constitución # la (e# 4eneral de +ociedades, esta organización

    de personas 6empresas7, de adoptar alguna forma societaria, debe inscribirse

    formalmente, puesto %ue desde ese momento, la sociedad reci$n tiene

    personera !urdica, cuando no se inscribe # funciona se le conoce como

    8sociea irreg&lar &.

    •  ntes con el 8estimonio de Constitución de la Empresa&, más su documento

    de inicio de trámite de inscripción ante el /egistro, poda ir a +*' parasolicitar su /*C 6siendo aún una sociedad irregular7.

    • +i esa sociedad irregular celebra contratos 9tiene "alidez:

    +, tiene "alidez, ha# normati"a %ue lo regula 6no es igual %ue la materia ci"il7.

    (a responsabilidad por incumplimiento recae en los 8representantes de la

    empresa& %ue suscribieron, el o los contratos.

    S34ETOS DE DERECHO

    - El concebido

    - Persona 'atural

    - Persona 0urdica

    - rganización de Personas no -nscritas 6los de naturaleza ci"il, las sociedades

    irregulares no son su!etos de derecho, tienen tratamiento particular %ue le

    otorga la (4+7

    TR5MITE RE13LAR

    6( /eser"a del nombre a ni"el registral

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    3/37

    7( inuta

    8( torgamiento de la Escritura Pública

    9( E"aluación de la escritura a la ficina Comercial del /egistro

    :( Paso por la +*' para emisión del /*C

    ;( Emisión de comprobantes de pago

    ( (icencia municipal

    6?( tros permisos 6ante los ministerios del caso7

    TIPOS DE EMPRESA

    • Empresas industriales

    • Empresa comerciales

    • Empresa e;tracti"as

    • Empresa financieras

    • Empresa de ser"icios personales

    • Empresa públicas

    9)e cuántas maneras puede una sociedad otorgar poder:

     

    POR ACTA2 cta de los órganos con dicha facultad 6directorio # !unta general7,

    luego legalizar el acta ante la 'otara 6solicitando una copia certificada, para

    eso se lle"a el libro ante el notario7, reci$n despu$s de esto se registra.

     

    POR ESCRIT3RA P@LICA2 +e le e;tiende la minuta al gerente por medio de

    acuerdo de la 0unta 4eneral de ccionistas.

    IENES INMATERIALES B ELEMENTOS INTE1RADORES DE LA EMPRESA

    Con!unto de bienes de naturaleza # material %ue utiliza el empresario como

    instrumentos de comercialización # diferenciación de los productos o ser"icios para el

    desarrollo # protección de su empresa # la conser"ación de su clientela.

    • RT3LO DE ESTALECIMIENTO 

    +igno distinti"o de local donde se asienta el negocio del empresario # puede

    conceder con el nombre del comercial.• CLIENTELA 

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    4/37

    Con!unto de personas %ue concurren a un negocio a consumir lo %ue en $l se

    comercializa puede ser habitual u ocasional

    NOMRE COMERCIAL

    (lamado tambi$n firma es la denominación %ue utiliza el empresario en el e!ercicio

    de su empresa # la identificación en el tráfico mercantil identifica a un

    establecimiento negocio determinado no a un comerciante o sociedad %uien tiene

    su propio nombre puede coincidir # ser el mismo %ue el del empresario pero aún

    en ese caso corresponde distinguirlos pues son casos distintos # cumplir 

    finalidades distintas

    • MARCA 

    odo signo susceptible de representación gráfica %ue sir"e para distinguir en el

    mercado los productos o ser"icios de una empresa de los de otra podemos

    distinguir la marca indi"idual %ue le utilizan las empresas indi"iduales marca

    colecti"o5 grupos de empresas # asociaciones de productores fabricantes el fin de

    indi"idualizar los productos indican sus procedencia empresarial informando sus

    caractersticas calidad # desempeando una "aliosa función publicitaria

    EMLEMA

    *n signo gráfico caracterstico de una empresa # %ue sir"e para indi"idualizar 

    usualmente puede ser una letra o una sigla # escrita de una forma determinada

    CONFIEP -CONFEDERACION NACIONAL DE INSTIT3CIONES EMPRESARIALES

    PRI.ADAS/

     grupa 2< gremios empresariales asociadas de bancos, asociaciones de =P,

    seguros, etc.

    C3AL ES EL ROL DEL ESTADO DESDE EL P3NTO DE .ISTA EMPRESARIAL

    Está recogido en el artculo >? # @< de la Constitución.A El Estado realiza acti"idadesempresariales sólo de manera subsidiaria # cuando medie alto inter$s público #

    manifiesta con"eniencia nacional. )ebe ser para esto autorizado por le#.

     

    FORMAS EMPRESARIALES 

    • A TRA.S DE LAS EMPRESAS DEL ESTADO DE ACCINARIADO @NICO(0

    son empresas en forma de sociedad anónima en la %ue el Estado ostenta la

    totalidad de las acciones # poder el control ntegro de su !unta general de

    accionistas

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    5/37

    • EMPRESAS DEL ESTADO CON ACCIONARIADO PRI.ADO(0 son empresas

    organizado el ba!o la forma de sociedad anónima en las %ue son empresas

    organizadas ba!o la forma de sociedad anónima en las %ue el Estado ostenta la

    Propiedad ma#oritaria de las acciones # el control ma#oritario de la 0unta

    4eneral de ccionistas # e;isten accionistas minute minoritarios no "inculados

    al Estado

    • EMPRESAS DEL ESTADO CON POTESTADES P@LICAS(0 son empresas

    de propiedad estatal cu#a le# de creación les otorga potestades del )erecho

    Público para el e!ercicio de sus funciones # se organizan ba!o la forma %ue

    disponga su le# de creación.

     

    SOCIEDAD ANNIMA ORDINARIA

    Moaliaes

    a. CerraaB Puede prescindir del directorio, similar imitaciones en el número de

    socio, familiar.

    b. A"ier!a2  Participación de capital importante, colocación de ttulos

    representati"os en la bolsa de "alores5 se caracterizan por la responsabilidad

    del patrimonio de los socios # patrimonio de la sociedad frente a terceros,

    representación de ttulos en acciones. ANCOS SON SOCIEDAD ANNIMA%NO HAY NIN13NO G3E NO LO SEA(

    SOCIEDAD DE PERSONAS

    +e identifica el principio =EC- CP--+. Encaminarse a tener un negocio

    con una persona compatible.

    +ubsidiariedad de los socios frente a las obligaciones de la sociedad frente a

    terceros

    (os socios de manera solidaria responden por la sociedad

    Esta opción de sociedad ha decado

    SOCIEDAD COMANDITA acti"idad en la %ue la caracterstica de un socio es

    primordial

    SOCIEDAD COLECTI.A

    SOCIEDADES CI.ILES

     grupa profesionales para el desarrollo en común de su particular profesiónresponsabilidad limitada

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    6/37

    +ociedad ci"il de responsabilidad limitada

    DERECHO EMPRESARIAL

    Es la disciplina !urdica %ue se encarga de regular las nue"as situaciones del moderno

    actuar empresarial en un escenario donde con"ergen la libertad Empresarial, la

    iniciati"a pri"ada, la libre competencia, la concentración empresarial, el respeto de los

    grupos de intereses entre los más rele"antes.

    LA CONCENTRACIN EMPRESARIAL COMO N3E.O MODELO DE

    OR1ANIACIN ECONMICA

    a a surgir a gran escala masi"a para satisfacer las necesidades actualmente

    e;istentes "a a estar presente en un mercado desarrollado con una gran producción #

    comercio a gran escala es el fenómeno por el cual dos o más empresas con"ienen en

    unir capitales # esfuerzos para obtener un beneficio común

    DOS FORMAS DE CONCENTRACION EMPRESARIAL

    1. Sin 'igencia e la personalia #&r,ica2  por e!emplo fusión 6ampliamente

    regulada7 mediante la integración # absorción.

    2. Con 'igencia e la personalia #&r,icaB por e!emplo uniones de empresa

    las interrelaciones de empresas para emprender acti"idades económicas de

    agnitud creciente obteniendo ma#ores "enta!as # reduciendo de riesgo pero

    sin perder su autonoma o personalidad !urdica identificar.

    )entro de las uniones de empresas, "amos a identificar dos modalidades de uniones

    de empresaB

    Unión de empresas que se basan en reuniones de coordinación.- 

    acuerdan las llamadas relaciones de coordinación se presentan en esta"nculos de colaboración cooperación # coordinación dentro de la unión de

    empresasD se llama colaboración empresarial implicando %ue entre las

    empresas %ue adhieran unirse se ha adoptado una estructura del carácter 

    horizontal pro escribiendo el tratamiento !erár%uico o denominación entre ellas

    e!emploB

    PA3L AERON53TICO  es un contrato de carácter comercial donde las

    compaas a$reas %ue participan eliminando ciertas posibilidades de

    competencia # concurrencia mediante de e;plotación de parte de sus lneas

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    7/37

    a$reas de forma coordinada contratos asociati"os consorcio asociación en

    participación relación de empresas en coordinación # sometimiento ni !erar%ua.

    Unión de empresas que se basan en relaciones de subordinación2 (as

    uniones en este tipo de relaciones tienen una estructura "ertical donde una

    empresa mane!a el dominio # control sobre el resto llamado relación de

    dominación dependencia la forma representati"a es conocido como grupo de

    empresas grupos empresariales con!untos económicos o grupos económicos

    en esta normati"a se le denomina 1R3PO DE EMPRESAS son uniones de

    empresas %ue conser"an por s solo a su indi"idualidad # decir su #

    independencia por lo menos por más aun%ue en algunos ocasiones no en el

    aspecto funcional donde prima una relación de subordinación o dependencia

    %ue se e!erce sometiendo a las mismas a una dirección unificada.

    CARACTERSTICAS

    A3TONOMA 43RDICA2 está representada en el aspecto formal de )erecho #

    normati"o otorgan la indi"idualidad societaria por e!emplo el poder de decisión

    en gestión participación en las utilidades # la asunción de riesgo

    RELACIN DE DOMINACIN DEPENDENCIA2 se genera por la interacción

    de > factores importantes %ue son B

    1. (a dominación2. (a intensidad

    3. (a dirección

    . El control

    >. (a dependencia

    LA DOMINACION2 la capacidad %ue tiene el su!eto pero influir en empresa #

    este control es la materialización de dicha capacidad

    Se presen!a en 7 aspec!os J in!erno $ eK!erno

    EN ASPECTO ETERNO generalmente será en la base a un contrato # puedeser de hecho o de derecho

    DE HECHO2 en el caso en %ue la dominación es un efecto secundario

    de la relación entre los contratantes e!emplo contrato de fran%uicia #

    licencia de marca

    DE DERECHO2  surge de un contrato donde se seala el

    comportamiento subordinado %ue la empresa denominada obser"ará #

    acatara a fa"or del su!eto dominante.

    EN EL ASPECTO INTERNO se dará derecho %ue se presentan en empresascon accionariado difundido 6sociedad anónima abierta7 por e!emploB F G

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    8/37

    acciones para tomar decisiones se identifica la titularidad es rele"ante %ue

    e;isten sus gestores # socio cimbel in"ersores de )erecho titularidad de las

    acciones.

    DIRECCIN 3NIFICADA aluden a la capacidad %ue tiene el su!eto dominante

    para imponer sus decisiones en la empresa "ino dominada pero esta

    imposición no se realiza de manera arbitraria sino %ue se rige por el principio

    de inter$s groupal

     

    TIPOS DE EMPRESAS EN LOS 1R3POS

    HOLDIN1  empresa tenedora # administradora de di"ersos pa%uetes de

    acciones en una o "arias empresas miembros del grupo le dan una gran

    influencia dominación sobre el resto de empresas.

    EMPRESA FILIAL en la %ue se encuentra sometida a la dirección económica

    unitario de una empresa madre a tra"$s del e!ercicio de la influencia dominante

    de este tiene una relación sólo económica sucursal surge de la decisión de una

    asociación sociedad de establecer en distintas plaza como filial integró el grupo

    de empresa pero tiene independencia !urisdiccional la sucursal no tiene una

    independencia puesto %ue supone sólo una e;tensión tienen la mismaresponsabilidad %ue la principal #

    .INC3LACIN ECONMICA  está constituido por una relación entre dos o

    más personas naturales o !urdicas %ue puede tener su origen en di"ersas

    causas esta "inculación permite suponer la e;istencia de un comportamiento

    concertado entre las personas "inculadas por e!emplo ámbito tributario A

    establecen limitaciones en la transferencia entre ellos "iene ámbito concursal

    importancia %ue se tiene de la declaración de no tener "inculación económica

    entre el deudor insol"ente # el acreedor ámbito de r$gimen de las FPE+ see;clu#e a%uellos empresa %ue se acogen el r$gimen especial de las FPE+

    para desarrollarse trae como consecuencia el le"antamiento del "elo societario

    responsabilidad solidaria laboral # grupo de empresas.

    CARACTERSTICAS DE LA ACTI.IDAD MERCANTIL B ECONOMA ACT3AL

    Contratación má;ima

     uge de cr$dito

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    9/37

    Contrato de adhesión

    )efensa del consumidor

    =orma de agrupación empresarial %ue acoge la le# societaria

    (a informalidad

    E"asión tributaria

     plicación informati"a

    LEY MARCO DEL EMPRESARIADO

    - (e# de principios generales para toda acti"idad empresarial # %ue ninguna le#

    especial contradiga sus supuestos(- El e!ercicio de la libertad empresarial donde toda persona natural o !urdica

    pueda organizarse indi"idual o colecti"amente tenga fin lucrati"o o no.

    - El dG de libertad debe e!ercitarse con responsabilidad social, se presume %ue el

    empresario actuar de buena fe en el marco sal"o prueba en contrario.

    - (os actos empresariales reciben de naturaleza !urdica mercantil as los usos #

    costumbres en materia empresarial pre"alecen sobre los demás fuentes del

    )erecho concepción de la Constitución # la le#.

    CARACTERSTICAS DE LA EMPRESA

    a. OR1ANIACIN rasgo fundamentado en el e%uilibrio en las relaciones %ue

    constitu#en empresa

    b. PERMANENCIA EN LA ACTI.IDAD  no es más %ue la rectificación o

    reactualización de la e;igencia %ue se re%uiere a un comerciante para ser 

    tratado como tal es decir la habitualidad

    c. FIN ECONMICO concepto más desarrollado %ue el clásico fin lucrati"o

    mu# monetarista fin de obtener beneficios económicos tambi$n englobado

    fines de responsabilidad social # el e%uilibrio económico

    d. FINALIDAD DEFINIDA toda empresa al constituirse luego de cumplir con

    un sin número de re%uisito define claramente su ob!eto social como la

    acti"idad la %ue se pretenden caminar la persona !urdica

    TRATAMIENTO DEL R1IMEN ECONMICO EN N3ESTRA CONSTIT3CIN

    • (os artculos 3G # 3G nos presentan al Estado peruano con las

    caractersticas básicas del Estado social # democrático de derecho el

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    10/37

    desarrollo del pas se realiza en el marco de una economa social de

    mercado.

     

    CARACTERSTICAS

    6( Mercao Li"re  respeto a la propiedad a la iniciati"a pri"ada #a la libre

    competencia

    7( S&"siiario $ soliario  por la inter"ención super"isora correcti"a

    reguladora del Estado en economa

    8( ienes!ar Social referido a empleos producti"os traba!o digno # reparto

     !usto de los ingresos

    ARTC3LO := DE LA CONSTIT3CIN

    CONSTIT3CIN ECONMICA

    'ormas básicas destinadas a proporcionar el marco !urdico para la estructura #

    funcionamiento de la acti"idad económica o dicho de otro modo para el orden #

    proceso económico sir"iendo tales normas de parámetros básicos para la acción

    de los actores económicos públicos # pri"ados # puede ser en enunciación de

    principios # "alores directi"os orientadores de dirección # pueden tener formación #

    garanta más rigurosa.

    ECONOMA SOCIAL DE MERCADOB apareció con la Constitución de 1HIH

    PRINCIPIOS DERECHOS G3E OTOR1A N3ESTRA CONSTIT3CIN

    ECONMICA

    6( LIERTAD DE CREACIN DE EMPRESA 

    Esta facultad de constituir empresas de cual%uier forma establecida en el

    ordenamiento !urdico artculo >H. (imitaciones por razón del ob!eto social paralos e;tran!eros.

    7( LIERTAD DE IN.ERSIN "a apare!ada con la libertad de empresa pues es

    imposible suponer la e;istencia de una empresa sin un mnimo de patrimonio

    comprometido resultante de in"ersión( =acultad de poder destinar fondos para

    contribuir al desarrollo de una empresa

    8( LIERTAD DE ACCESO AL MERCADO elemento consustancial al empresa

    es el mercado le# %ue uno de los principales derechos %ue se reconoce al

    empresario es la posibilidad de ingresar libremente el, para lo cual el Estadodebe abstenerse a poner lmites %ue obstru#en dicho acceso # as mismo

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    11/37

    sancionar a otros empresarios %ue limiten o pretendan limitar la entrada de

    competidores al mercado

    9( LIERTAD DE OR1ANIACIN faculta %ue se le otorga el empresario para

    determinar sus ob!eti"os empresariales # en función de ellos decidir la manera

    de combinar los elementos materiales e inmateriales de la empresa

    :( LIERTAD DE 1ESTIN se ha#a ligado a la libre conducción no sólo de los

    bienes con %ue cuenta en empresa sino tambi$n de su personal es decir de

    todos los elementos %ue lo componen e;ige autonoma en la conducción de la

    empresa en el más amplio sentido de modo %ue el Estado no puede imponer 

    m$todos de gestión o comportamientos destinados a obtener resultados

    ;( LIERTAD DE TRANSFERENCIA DE LA EMPRESA  facultad %ue tiene el

    empresario de "ender su empresa

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    12/37

    - +e transfiere por escritura pública mediante esta se incorpora un tercero

    como titular de la he E-/( compra "enta, permuta, donación, ad!udicación

    en pago.

     

    R1ANOS DE LA EIRL

    TIT3LAR es el órgano má;imo de la empresa, tiene la decisión sobre los bienes

    de esta debe lle"ar libro de actas donde consigne sus decisiones tambi$n pueden

    incluirse en las decisiones del gerente.

     /esponde de manera personal e ilimitada en los siguientes supuestos

    Cuando la empresa no est$ debidamente representadaB

    - Est$ operando sin la designación formal de un gerente

    +i hubiera efectuado retiros %ue no responden a beneficio debidamente

    comprobados

    +i producida en la p$rdida de >< por ciento o más del capitán no actúa ba!o el

    inciso c artculo ?< puestos de disolución en caso no se hubiera compensado o

    disminuido el capital

    (a muerte o incapacidad del titular no genera la e;tinción de la empresa.

    1ERENTE A administrador # representante de la empresaEl titular puede asumir cargo de gerente, se le domina titular gerente

    +ólo pueden ser gerente las personas naturales en el caso de la E-/(

    1G )esignación K cta de Constitución

    Para moiicar el o"#e!o social

    -nicia en el libro de actas debe constar la decisión del titular pero no basta en la

    copia certificada de este acta sino %ue al igual %ue la inscripción de la E-/( debe

    hacerse a tra"$s de una minuta para ele"arse escritura pública.

    - 'o se puede designar como gerente a una persona !urdica.

    - +, una sociedad, pero debe designarse %uien representa a esa persona

     !urdica

    - Es "álido %ue se transforme a otro tipo

    L E-/( AA +. 6se rige por la (e# 4eneral de +ociedades7

    L +. AA E-/( 6se rige por la (e# E-/(7

    - Cuando se transforma de +. a E-/(, no cambia de personalidad !urdica.

    - =usión 6dos E-/(7

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    13/37

    L -ncorporación K Condición AAAA  itular de ambas empresas es la

    misma persona.

    L Constitución de una nue"a

    9Mu$ pasa cuando se fusiona una E-/( con una +ociedad:

    - (a empresa se disuel"e # todo su patrimonio lo asume la sociedad.

    6-ncorporada7

    - (a empresa se disuel"e SIN LIG3IDAR

    - El titular se incorpora como socio

    - (a sociedad emite acciones al "alor nominal

    MYPES

      /epresentan más del H> N de las unidades empresariales

      icro finanzas K (as FPE+ se apo#an en ellos para cr$ditos

    EDPYME2 Entidad de desarrollo de la pe%uea # mediana empresa.

    1ARANTAS2

    Sociales2 basadas en la sol"encia moral de la persona

    Es una unidad económica constituida por una persona natural o !urdica

    ba!o cual%uier forma de organización cogestión empresarial contempladaen la legislación "igente tiene como ob!eto realizar acti"idades

    comercialización de bienes producción e;tracción prestación de ser"icios.

    CLASIFICACIN

    -  cti"idad Económica # sus resultados

    - Promoción del empleo

    MicroempresaB

    - )e 1 a 1< traba!adores

    - entas anuales hasta el monto má;imo de 1>< *-

    Pe+&ea empresaB

    - )e una a 1

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    14/37

    ELEMENTOS

    • SER 3NA OPERACION DE CREDITO.A #a sea por parte del cliente o del

    banco, operación %ue se clasifica "isto por el banco como pasi"a si ese %ui$n

    recibe el cr$dito o acti"a si los recibe.

    1. rrendamiento de ca!as de seguridad

    2. Con la colocación de "alores

    3. +on conceptuales # de suma confianza

    . 'o tiene delimitación legal e;presa

    >. +e define a tra"$s de la pra;is

    @. peraciones pasi"as banco recibe

    I. peración acti"aA banco otorga coloca el dinero por e!emplo pr$stamo de

    dinero apertura de cr$dito

    C3ENTA CORRIENTE ANCARIA

    • +e trata de superación %ue muestra el soporte contable de a%uellas

    operaciones bancarias en las %ue los contratantes acuerdan refle!ar los

    cr$ditos # deudas recprocas li%uidarla mediante un sistema de compensación

    automática # continuada

    )urante cada periodo mensual se refle!an estos cr$ditos # deudas. rro!ará unsaldo positi"o o negati"o.

    •  rt 22> (e# 4eneral (e# 2@I

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    15/37

    • Constitu#en una operación básica fundamental por la cual el banco recibe

    el cliente una suma de dinero de lo %ue el banco puede disponer pero %u$

    ha de custodiar # restituir de la forma pactada

    • En doctrina se le atribu#e la connotación de depósito irregular 

    LA CLASIFICACION

    a/ DEPOSITO A LA .ISTA(0 el cliente tiene la facultad de pedir la de"olución

    inmediata de la totalidad o parte del dinero entregado e;isten dos clasesB

    i. (os "inculados a una cuenta corriente

    ii. (os "inculados a una cuenta de ahorros

    "/ DEPOSITO A PLAO FI4O.A imposiciones la facultad del cliente de solicitar la

    cantidad ntegra depende del transcurso de un determinado plazo de la duración

    de este plazo depende la cuanta de los intereses abonados por la banca. +i el

    depositante decide resol"er antes de plazo, se le impone penalidad sobre sus

    intereses.

    PRESTAMO ANCARIO 6pr)s!amo personal/ 

    • 4enera un contrato donde el cliente recibe del banco una suma cierta de

    dinero con la obligación de restituir la en una o "arias fechas prefi!ada el

    banco les hace firmar un pagar$ incompleto donde se llena cuando elcliente incumple con cancelar algunas cuotas # por el importe adeudado

    para pasar a la recuperación !udicial

    CONTRATO DE DESC3ENTO ANCARIO

    • En "irtud de este contrato en el banco de contante anticipa su cliente %u$

    es el cedente del ttulo "alor el importe de un cr$dito no "encido %u$ es %ue

    ostenta frente a un tercero deduciendo los intereses correspondientes al

    tiempo %ue falta para su "encimiento # recibiendo el cambio en la titularidaddel cr$dito cedido

    LA CARTA FIANA NO ES 3N TIT3LO .ALOR PORG3E LA LEY NO LO

    CONSIDERA

    CARTA FIANA ANCARIA(  A garanta para cubrir obligaciones contractuales

    están idónea %ue ha sido impuestos al Estado.

    (os otorgan los bancos a sus clientes %ue tengan un r$cord crediticio

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    16/37

    INTERESES

    Con'encionales2 COMPENSATORIOS Y MORATORIOS

    Legales2 -  falta de acuerdo7

    TASAS

    (as entidades bancarias # financieras las tasas acti"as # pasi"as +P/-

    6diferencial e;istente entre las tasas de intereses pasi"as # acti"a ganancias del

    banco7

    (o establece la oferta # la demanda

    CONTRATOS DE SE13ROS

    Es a%uel por el %ue el asegurador se obliga mediante el cobro de una prima # para

    el caso %ue se produzca el e"ento cu#o riesgo es ob!eto de cobertura o

    indemnización dentro de los lmites pactados el dao producido al asegurado o a

    satisfacer un capital, una renta o una prestaciones con"enidas.

    • +eguros de indemnización efecti"a

    • +eguros de sumas o personas

      pesar de la naturaleza mercantil de este contrato se rige por las reglas generales

    de contratación del Código Ci"il sal"o %ue la legislación especial encuentres

    e;presa.

    ELEMENTOS

    INTERS( (a relación e;istente %ue tengo un contenido económico dada entre unsu!eto # un bien.

    RIES1O( Es la posibilidad de un e"ento daoso la posibilidad se encuentra entre

    la imposibilidad es decir cuando un e"ento no se puede "erificar # por otro lado la

    cer"eza esto es cuando es seguro %ue un e"ento se "erificará en un momento

    determinado.

    (a posibilidad del e"ento "iene indicada cuando se dice %ue ha de ser futura en

    cierto por%ue no se sabe si se produce un da o no por%ue se sabe %ue el hecho

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    17/37

    se producirá pero no se sabe cuándo la realización del e"ento %ue causa dao se

    denomina SINIESTRO

    DAO(0 se concibe como la lesión total o parcial del inter$s e;istente llamado dao

    emergente lo pre"isto llamado lucro cesante cuando se produce o realiza el riesgo

    asegurado

    Seg&ros e aos o e inemnización eec!i'a

    +eguros de cosas de incendio transporte robo del gra"amen

    +eguro de cr$dito

    seguro de deuda

    Seg&ro e s&mas o e personas

    +eguro de accidentes

    +eguro de enfermedad

     

    +eguro de "ida en sus dos modalidadesB m&er!e $ so"re'i'encia(

    CARACTERISTICAS

    ALEATORIO(0  los partes ignoran al momento de su conclusión si se "erificará elsiniestro o al menos se efectuará # cuál será el alcance de manera %ue desconoce

    el beneficio de cada una de los partes podrá obtener del contrato

    ONEROSO( A las prestaciones de las partes son correlati"as por lo %ue se dice %ue

    es un contrato bilateral la prestación del asegurador %ue deri"a de su garanta #

    %ue se concentra en su obligación de pagar una cantidad si se "erifica el siniestro

    se corresponde con la del contratante relati"a al pago de la prima

    D3RACION( 0 e!ecución continuada # único aun cuando se subdi"iden en periodos

    ELEMENTOS PERSONALES

    A/ LA COMPAIA ASE13RADORA.A persona %ue asume la obligación de pagar 

    la indemnización cuando se produce el e"ento asegurado el e!ercicio de la

    acti"idad aseguradora está su!eta a un control administrati"o estatal

    / TOMADOR DE SE13RO Y ASE13RADO.A por regla general contrato con el

    asegurador el asegurado este es la persona %ue es titular de intereses

    asegurado # %ue por consiguiente está e;puesta al riesgo sin embargo es

    posible %ue %uien realice el contrato con el asegurador actuando en su propio

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    18/37

    nombre sea una persona di"ersa del asegurado en este caso aparece en la

    distinción entre contratante como tomador del seguro %ue toma parte en el

    contrato # el asegurado %ue es el titular del inter$s asegurado

    C/ A1ENTES DE SE13ROS.A Está "inculado a un determinado compaa

    aseguradora en "irtud del contrato de agencia la facultad a inter"enir en la

    conclusión de contratos %ue celebra por nombre del asegurado

     

    (os corredores de seguros están "inculados a los tomadores de seguros mediante

    un contrato de mediación o correta!e

    FORMACION Y DOC3MENTACION DEL CONTRATO

    Este carácter consensual esto es %ue se perfecciona cuándo se unen la oferta #

    aceptación cual%uiera sea la modalidad oral o escrita en %uien se Oa#a

    manifestado. (a le# e;ige para medios probatorios %ue el contrato sus

    modificaciones o adiciones se formalicen por escrito imponi$ndose en la obligación

    al asegurador entregarlo al asegurado la respecti"a póliza

    LA POLIA DE SE13ROS

    Es el documento formal super"isado por la +J+, dónde se "an a incluir las

    condiciones generales del contrato en particular # fundamentalmente cuál es la

    cobertura de $sta # cuáles son las e;clusiones.

    Constan de partes

    1. Condiciones generales

    2. condiciones particulares

    3. /esumen de condiciones generales

    . Cláusulas adicionales

    COERT3RA /eferido a todo a%uel dao o per!uicio sobre el cual la aseguradora asumirá la

    protección del asegurado %ue ocurrir el siniestro.

    ECL3SIONES 

    odos los e"entos o situaciones %ue no serán de responsabilidad del asegurador 

    -nformación más importante o de ma#or inter$s para el cliente asegurado

    - El costo de la prima # el proceso a seguir para la cobertura a dónde acudir 

    a los re%uisitos %ue se deben reunir para solicitar los beneficios del +egurodebemos leer la parte de las condiciones particulares donde además se

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    19/37

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    20/37

    Cómo se mane#a la e!erminación el alcance el ao

    - alor del inter$s # la suma asegurada

    • .ALOR INICIAL O ASE13RALE, el "alor del inter$s en el momento en %ue

    se inicia el contrato se le denomina tambi$n monto de seguro.

    • .ALOR S3CESI.O  el "alor %ue tienen inter$s en cual%uier momento del

    contrato.

    • .ALOR FINAL el "alor de inter$s en el instante inmediatamente anterior a la

    "erificación del siniestro.

    • .ALOR RESID3AL  o RESID3O(0 "alor del inter$s asegurado despu$s del

    siniestro

    S3MA ASE13RADA O .ALOR ASE13RADO

    Es el importe %ue sealan la cuanta por la %ue me interesa es asegurado en el

    contrato esto es una puede concebir o no con el "alor asegurable inicial # esa

    suma asegurada representa la cantidad má;ima %ue puede importar la prestación

    del asegurador 

    SE13RO PLENOEl "alor del inter$s asegurado coincide con la suma asegurada manera %ue si eso

    situación se conser"a, en el instante %ue se produce el siniestro del asegurado

    obtendrá el resarcimiento completo del dao.

    - E!m. El "alor del inter$s de mi auto es +D. 2>.

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    21/37

    • El cálculo de la indemnización está predeterminado por 3 factores

    1. El "alor del inter$s aseguradoB +e refiere al "alor =-'( presente al

    momento anterior, relacionado con el "alor /E+-)*(.

    2. El importe del dao 6dado por la diferencia entre el "alor final # el "alor 

    residual, donde la suma asegurada inter"iene como lmite de la

    indemnización7

    3. (a suma aseguradaB -nter"iene como limite a la indemnización.

    Ar!,c&lo 9?=  la s&"rogación el aseg&raor   en los derechos %ue tena el

    asegurado frente al tercero %ue genera el dao a propósito del pago de la

    indemnización efectuada.

    EL REASE13RO

    • +e llama as a la modalidad de seguro contra el nacimiento de una deuda en el

    patrimonio del asegurador como consecuencia de un contrato de seguro

    anterior estipulado por ello.

    • Es un instrumento t$cnico %ue utilizan los aseguradores para repartir los

    riesgos %ue no asumido %ue sus clientes entre otros aseguradores %ue se

    denominan reaseguradores.

    SE13ROS DE .IDA

    • Está definido como todo seguro en el cual la prestación del asegurador 

    consiste en el pago de un capital o una renta de antemano fi!ado %ue

    dependiera de la duración de la "ida de una persona.

    MODALIDADES

    6( EL SE13RO DE M3ERTE la cobertura se realiza por el caso de muerte delasegurado de forma %ue la obligación del asegurador depende desde

    hecho dentro de este tipo de seguro podemos distinguir el temporal # el de

    "ida entera

    a. TemporalB la obligación del asegurado se subordina al hecho

    de %ue la muerte del asegurado se produzca dentro de un

    determinado tiempo.

    b. De 'ia en!era  la cobertura del riesgo de fallecimiento se

    e;tiende a toda la "ida del asegurado

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    22/37

    2. SE13RO PARA EL CASO DE .IDA  la obligación del asegurador está

    condicionada a la sobre"i" "i"encia del asegurado a una determinada

    fecha %ue se fi!a por medio de un plazo %ue se empieza a contar a partir del

    momento de la celebración del contrato o con relación al pedido aseguran

    e!emplo !ubilación.

    3. LOS SE13ROS MITOS combinan alternati"amente el riesgo de muerte #

    sobre"i"encia del asegurado # de forma %ue el asegurador %ueda

    comprometido a abonar una suma si a una determinada fecha "i"e la

    persona, como si antes de tal fecha hubiese fallecido.

    En cada uno de estos casos, se entiende las prestaciones del asegurador 

    como el pago de seguros de capital, como tambi$n el pago de una renta fi!a o

    "ariable.

    ELEMENTOS PERSONALES

    • EL ASE13RADO es la persona fsica sobre cu#a "ida se hace seguro de

    manera %ue su muerte o sobre"i"encia en un momento contractualmente fi!ado

    obliga han asegurado as satisfacer el capital o renta asegurados

    • El TOMADOR(0 es %uien determina !unto a la aseguradora los alcances de

    contrato de seguros usualmente coincide con el asegurado

    SE13RO CONTRA ACCIDENTES

    SOAT A entro en "igencia en !unio del 2

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    23/37

    BOOM INMOBILIARIA

    1° YO TENGO UN TERRENO,PERO NO

    CAPITAL

    ¡!SEASOCIAN!

    2° YO TENGO EL

    CAPITAL

    RESTRICCIONES2 Cuando no est$ en una "a regular de circulación por e!emploB

    +aliendo de la pla#a de estacionamiento # atropello al "igilante. 6 'o es accidente de

    tránsito7

    CONTRATOS ASOCIATI.OS

    +on contratos de colaboración en los %ue se generan relaciones !urdicas a tra"$s de

    los cuales se procura descansar un fin un beneficio común a todas las partes.

    CARACTERSTICA

    • +u celebración no genera una persona !urdica pero si tiene un registro único

    de contribu#ente• *tiliza frecuentemente para la acti"idad de obras de construcción operación de

    labores donde es necesaria la participación capitalista sin tanta formalidad #

    donde sólo se dará a cambio un compromiso de participación en las utilidades,

    subir en la asunción de p$rdidas.• (a obligatoria constancia documental de su e;istencia 6se puede celebrar por 

    escritura pública o instrumento pri"ado7• 'o es obligatoria su inscripción en los /egistros Públicos.• +e puede celebrar entre personas # personas o entre sociedades # sociedades

    las partes test %uedan obligados a realizar contribuciones en lugar de aportes.

    RE1LA 1ENERAL2 (os aportes %uedan obligados a realizar contribuciones en lugar 

    de aportes.

    - Mui$n aparece en los registros como propietario de la construcción El

    primero.- Para ena!enarlo 9Mui$nes participan: (os dos.

    • En doctrina es aseme!ado 6la asociación en participación7 con los 8contratos

    ocultos&, por%ue aparece una de las partes.• En el 8consorcio& se unen para efectos de me!orar las empresas 6partes tienen

    el mismo ni"el7.

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    24/37

    CONTRATO DE FIDEICOMISO

    Es una forma contractual %ue e;iste desde el derecho romano. Constitu#e una acti"idad bancaria importante en pases como $;ico. +e trata de la relación !urdica por la cual una persona llamada fideicomitente

    transfiere bienes a otro llamado fiduciario para la constitución de un patrimonio

    autónomo llamado fideicometido # su!eto a dominio fiduciario de este último #

    afecto al cumplimiento de un fin o fines especficos a fa"or de un tercero o del

    propio fideicomitente. rt. 2

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    25/37

    8( Cuando se pierden los bienes.9( Por haber de"enido en imposible su cumplimiento.:( Por acuerdo de las partes. 6=ideicomitente # fiduciario, pero si el fideicomisario

    es distinto del fideicomitente, debe tambi$n estar de acuerdo. Como en la

    donación7.

    MODALIDADES2

    F( EN ADMINISTRACIN.A lo %ue interesa es %ue las personas re%uieren el mane!o #

    administración de sus bienes relacionado a una operación de cr$dito en el cual el

    fiduciario administra los frutos

      F( TIT3LIACIN.A /egulado en la le# del mercado de "alores, para ser"ir de

    respaldo en las acreencias en el mercado de "alores.

    CONTRATO DE FRANG3ICIA

    Es una modalidad de contrato de concesión de origen norteamericano.

    El concesionario utilice signos distinti"os del concedente, # %ue ba!o sus instrucciones

    colabore en la elaboración directa de los productos o bien en la prestación dedeterminados ser"icios.

    Caractersticas

    1. Comple!o.A Presenta caractersticas de otros contratos, e!mB Concesión noQ K

    hoQ.2. tpico.3. Jilateral.A =ran%uiciante # fran%uiciado.. )uración # e!ecución continuada.

    >. Contrato intuito personae.A (a confianza base fundamental en la contratación.@. neroso.

    FRANG3ICIANTEB a%uel %ue permite al fran%uiciado el uso de sus signos distinti"os,

    la prestará asistencia t$cnica para %ue utilice sus modos de operación respetar a el

    pacto de e;clusi"idad super"isará # contratar a el e!ercicio correcto de la le#

    suministrar a los productos.

    OLI1ACIONES DEL FRANG3ICIADO

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    26/37

    - Compensación económica, representado en un dG de entrada o pago inicial,

    más una cantidad proporcional periódica a las "entas, los llamados 8ro#alties&.-  plicar los sistemas de comercialización del =ran%uiciante, # respetar su

    imagen.

    ETINCIN

    - utuo disenso- El fran%uiciado puede transferir su derecho pre"io autorización del

    =ran%uiciante a un tercero

    FACTORIN1 O FACT3RACION

    Es un contrato de colaboración en la gestión empresarial # e"entualmente en la

    financiación de la empresa por el cual se realiza la transferencia de un cr$ditocomercial de su titular a un tercero denominado factor %ue se encarga de su cobranza

    # %ue garantice incluso el buen fin a un en los casos de impago del deudor mediante la

    retribución o el pago de los gastos de inter"ención a esta garanta del Juen =in seal

    de generalmente una operación de cr$dito en este caso el factor efectúa el pago al

    contado al transferente sin esperar el "encimiento del cr$dito.

    En el Perú, el 8factor& solo puede ser una entidad bancaria o financiera debidamente

    autorizada.

    FINALIDAD2 (i%uidez anticipada antes del "encimiento de los "alores 6"a endoso7.

     l factor se le transfiere, "a endoso, los "alores 6e!m. Pagar$s7 # se le cobra una

    retribución por la gestión de cobranza.

    Dos moos2

    - Consecución de riesgo 6por factor7.- +in asunción de riesgo.

    CONTRATO DEL RIES1O COMPARTIDO -4HON .ENT3RE/

    =orma contractual de colaboración empresarial contrato asociati"o de empresa cu#o

    ob!eti"o está destinado a cumplir desarrollar obras e in"ersiones hidrocarburos,

    minero, consorcio de construcción.

    CLASES

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    27/37

    1. -nternacional A participantes de "arias naciones.2. )e capitales compartir los riesgos # toma de decisiones.3. spectos contractuales.

    CARACTERISTICAS

    1. Contrato de colaboración2. Contrato de propósito especfico3. Es consensual. +e concurre en las p$rdidas # participa en las utilidades>. Control con!unto de la empresa@. )ebe e;istir la ma#or lealtad entre las partes

    NO EST5 RE1LAMENTADO

    CONTRATO DE CONSI1NACIN O ESTIMATORIO

    Contrato en "irtud en la %ue una persona llamada 8 !raens& entrega otro llamado

    consignatario una cosa con el ob!eto de "enderlo en $l # en la $poca pactada el

    consignatario tienen la obligación de entregar el dinero sealado a restituir la cosa

    CONTRATO DE LEASIN1 O ARRENDAMIENTO FINANCIERO

    Contrato mediante el cual el propietario de bienes de cual%uier especie

    6ma%uinarias instalaciones # muebles # enseres "ehculos especiales7 concede

    como arrendador la tenencia # uso de sus bienes a un usuario llamado

    arrendatario durante un perodo prefi!ado de tiempo # contra la retribución de

    un canon establecido al finalizar el plazo %ue e;iste una opción de compra.

    )e bienes no mu# comunes de ser arrendados o nue"os 6se usa el leasing cuando se

    necesite este tipo de bienes7

    MODALIDADES

    • LEASIN1 OPERATI.O(0  en "irtud de la cual una persona arrendador %ue

    generalmente es el fabricante o distribuidor del material sera otro llamado

    arrendatario el uso prefi!ado # determinado de un tipo de bien contra el pago deun canon de arrendamiento %ue comprende tanto la financiación de la puesta

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    28/37

    o disposición del e%uipo como los gastos de entrenamiento # reparación

    durante un tiempo corto 61 hasta 3 aos7 re"ocable por el arrendatario en

    cual%uier momento # pre"io a"iso al arrendador %ue soporta todos los riesgos

    t$cnicos de la operación

    'o se establece en la opción de compra del bien simplemente se presta el uso

    de bien o se ofrecen ser"icios

    • LEASIN1 FINANCIERO(0 Es la acción de una empresa especializada %ueda

    en arrendamiento un bien de capital re%uerido pre"iamente por un usuario #

    %ue ha sido ad%uirido en m$rito de dicha solicitud obligándose el arrendatario a

    abonar una cantidad de dinero periódicamente por una lapso determinado e

    irre"ocable asumiendo los riesgos # gastos del mantenimiento del contrato

    teniendo derecho al t$rmino del mismo autor por la compra de un bien en usoo Cuando se demanda la no de"olución del bien se acumulanB

    )e"olución del bien mueble L bligación de suma de dinero.

    • LEASIN1 SALE AND LEASE AC(0  una empresa "ende un bien de su

    propiedad de naturaleza mueble o inmueble a una empresa leasing la %u$

    simultáneamente le conceden arrendamiento del mismo bien contra el pago de

    un canon periódico durante un plazo determinado # al final del cual le otorga

    una especie de compra por un "alor residual establecido en el contrato.Para sal'ar ap&ros por los +&e pasa la empresa(

    DERECHO CONC3RSAL

    -CONC3RSO DE ACREEDORES/

    Es una disciplina !urdica cu#a finalidad se orienta otorgar a los agentes económicos

    las herramientas necesarias para hacer frente a una situación de crisis %ue afronta el

    deudor común # %ue impide o podra impedir la satisfacción actual o factura de sus

    acreencias.

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    29/37

    S34ETOS

    A/ DE3DOR(0 itular del patrimonio afectado por la %ue %uiebra hubo otro concurso #

    según la norma persona natural o !urdica sociedades con#ugales, sucesiones

    indi"isas sucursales de organizaciones e;tran!ero.

    / ACREEDORES(0  Personas naturales o !urdicas sociedad con#ugal sucesores

    indi"isos # otros patrimonios autónomos %ue sean titulares de un cr$dito.

    C/ OR1ANO ADMINISTRATI.O(0 -nstituto 'acional de la defensa # protección de la

    propiedad intelectual.

     R -nició procedimiento concursal A la Comisión de procedimientos concursales.

    R Cuando e;iste un proceso de li%uidación A comisión li%uidadora.

    FINALIDAD(0 propiciar un ambiente idóneo para la negociación entre los acreedores #

    deudores sometido a concurso %ue le permite llegar a un acuerdo de reestructuración

    o en su defecto a la salida ordenada del mercado ba!o reducidos costos de transacción

    .

    O4ETI.OS(0

    -

    ender a la permanencia "a acuerdo de reestructuración de la unidadproducti"a

    - Protección del cr$dito- Protección del patrimonio de la empresa.

    PRINCIPIOS

    3NI.ERSALIDAD(0  los procedimientos concursales producen sus efectos sobre la

    totalidad del patrimonio del deudor sal"o e;cepciones establecidas por la le# para

    personas naturales. PROPORCIONALIDAD(0  los acreedores participan

    proporcionalmente de los resultados económicos dentro de los procesos concursales

    ante la incapacidad del deudor de satisfacer con su patrimonio los cr$ditos e;istentes

    sal"o las órdenes de preferencia en (egal.

    rdenB En la disolución # li%uidación del patrimonio concursal.

    1G Jeneficios sociales # remuneraciones adeudadas a los traba!adores adeudos a la

     '=P # +istema 'acional de Pensiones deuda e;igible el +eguro +ocial de +alud

    cuando tenga medida cautelar.

    2G Cr$ditos alimentarios

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    30/37

    3G Cr$dito garantizados por hipoteca garanta mobiliaria # otros como medidas

    cautelares traba!abas antes de la aceptación del artculo 32 de la (e# A cr$ditos de

    origen tributario # es salud.

    G Cr$ditos no comprendidos en los órdenes anteriores.

    Cual%uier pago efectuado por el deudor a uno de sus acreedores se entiendeB

    6( Al capi!al7( 1as!os8( In!ereses

    COLECTI.IDAD(0 los procedimientos concursales bus%uen la participación # beneficio

    de la totalidad de acreedores in"olucrados en la crisis del deudor el inter$s colecti"o se

    superpone al inter$s indi"idual del cobro de algún acreedor.

    0 PROCEDIMIENTO CONC3RSAL ORDINARIO(0 dirigido a los casos de deudores

    con inicio o falencia económica financiera manifiesta.

    - +e puede someter al deudor por decisión propio o ser sometido por los

    acreedores- (a !unta de acreedores de tener dos das podrá optar por la reestructuración o

    disolución # li%uidación

    0 PROCEDIMIENTO CONC3RSAL PRE.ENTI.O(0 dirigido a deudores %ue anticipan

    una situación económica de falencia # %ue busca una reestructuración oportuna de sus

    pasi"os

    +e puede someter el propio deudor # será la 0unta de creedores la %ue aprobará o

    desaprobar el acuerdo global de refinanciación.

    Q SOLICIT3D DEL DE3DOR.A más del tercio de sus obligaciones est$n

    "encida por más de 3< das calendario o %ue tengan p$rdidas acumuladas

    ma#ores del tercio del capital pagado se pretenderá la reestructuración o la

    disolución # li%uidación

    QSOLICIT3D DE LOS ACREEDORES(0 

    • *no o "arios acreedores pueden someter a concurso al deudor cuando

    presentan acreencias "encidas por más de 3< das # e;istan deudas

    concursadas ma#ores a >< *-.• +e da por insol"encia emitida por el Poder 0udicial # se encamina a la

    disolución li%uidación solamente.

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    31/37

    • +i la !unta de acreedores pta por la reestructuración del concursado

    deberá aprobar un plan de reestructuración patrimonial # si optas por la

    disolución li%uidación aprobado el con"enio de li%uidación necesita del

    @@ N de los acreedores reconocidos en !unta.• +e habilita recurso de impugnación para cuestionar los acuerdos de

     !unta de acreedores si el plan de reestructuración patrimonial es

    incumplido habilita al acreedor per!udicado para solicitar ante la

    Comisión de -')ECP- acuario tarda > das son de humor para

    contestar sobre lo ocurrido estimando o desestimando.

    EFECTOS DE LA APROACION DEL CON.ENIO

    A/ El li%uidador sustitu#e a los acreedores.

    / odas las obligaciones se hacen e;igibles se hará efecti"o el pago de las mismas

    de acuerdo al modelo establecido en el Con"enio

    /e%uiere %ue el li%uidador empiece a distribuir entre los acreedores si es %ue #a

    obtu"o un 1< N del total de acreencias reconocidas # se debe realizar el reporto de

    acuerdo al orden de prelación establecido en la le#

    +i e;iste un remate del haber Concursal será distribuido entre los accionistas

    • (i%uidador deberá solicitar la declaración !udicial de %uiebra siendo el

    competente el !uez comercial.• El !uez debe re"isar el balance general presentada por el li%uidador además

    puede emitir la resolución de cobra "ida por parte de los soldados de deudores

    le ser"irá para efectos tributarios además debe publicarlo por 2 dias en el diario

    El Peruano # suscribir a la %uiebra en los /egistros Públicos respecti"os

    personal # empresarial paralelamente me tiran los certificados de obra

    habilidad antes de la "a !udicial puede ser e;pedidos por la Comisión de

    procesos concursales de -ndecopi a solicitud de los acreedores.•  / I

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    32/37

    Plazo para es!as proi"iciones

     

    Cinco aos contados desde la resolución !udicial de %uiebra

    G&) e"e acer el +&e"rao l&ego el plazo

    El %uebrado tendrá %ue solicitar ante el !uez %ue "io su %uiebra el

    le"antamiento de su estado por el paso de tiempo deberá presentar un

    certificado de no haber sido condenado.

    DERECHOS DEL CONS3MIDOR

    LEY N 7>: d la constitución de 1HH3.A El estado defienden los intereses de

    consumidores # usuarios # para tal efecto garantiza el derecho a la información

    sobre los bienes # ser"icios %ue se encuentra a su disposición en el mercado #asimismo "ela en particular por la salud # seguridad de la población.

    -

    EL CODI1O DE PROTECCION Y DEFENSA DEL CONS3MIDOR

    • -nclu#en los derechos # obligaciones de todos a%uellos %ue actúan en el

    mercado de acción consumidores # pro"eedores as como fi!ar el rol de

    -')ECP- como entidad %ue "ela por los derechos de los consumidores.• Protección eficaz ante productos o ser"icios te pueden representar riesgo

    peligro para su "ida # salud e integridad fsica.

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    33/37

    •  simismo regula el acceso a la información oportuna, "eraz, suficiente,

    rele"ante # accesible a los productos o ser"icios del mercado tambi$n

    regula la protección contra cláusulas abusi"as en un contrato de

    compra"enta # le meto comerciales %ue los obligan a asumir condiciones

    no pactadas organizado pagó su ser"icio no solicitados, además tambi$n

    inclu#e supuesto a realizar pagos anticipados # o prepago deudas por 

    operaciones de cr$dito.

    9Mui$n da la hora nacional: -')ECP-

    'o todas las personas !urdicas pueden ser consideradas para la le# de protección al

    consumidor como tales. El consumidor debe ser C'+*-)/ =-'( 6o sea

    discrimina a los distribuidores7.

    CONS3MIDOR FINAL(0  Personas naturales o !urdicas %ue ad%uieren utilizan o

    disfruten como destinatarios finales productos o ser"icios materiales e inmateriales en

    beneficio propio o de su grupo social %ue actúa en un ámbito a!eno a un empresariado

    profesional.

    RELACION DE CONS3MO2 es la relación de consumo es a%uella mediante la cual un

    consumidor a %uiere un producto o ser"icio un pro"eedor a cambio de una

    contraprestación económica o a ttulo gratuito cuando la operación tenga propósitocomercial dirigida a fomentar o moti"ar # Consumo

    CARACTERISTICAS

    0 ASIMETRIA INFORMATI.AB Cuando en una operación comercial uno de los agentes

    uno de los agentes tiene o suele ma#or # me!or información sobre los productos #

    ser"icios %ue ofrece en el mercado a los consumidores.

    0 HAIT3ALIDAD2 para %ue ri!an # la protección en la relación de consumo se basan

    para resol"er las circunstancias de conflictos %ue se presentan entre pro"eedores #

    consumidores

    PRINCIPIOS DE LA RELACIN DE CONS3MO

    - SOERANIA DEL CONS3MIDOR2 /elacionado en la facultad del consumidor 

    para %ue libre e informada mente tome sus decisiones en el mercado.- PRO0CONS3MIDOR2 -mplican la acción positi"a del Estado para la protección

    de los derechos de los consumidores la autoridad administrati"a en caso de

    deuda se indicará por la posición del consumidor.

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    34/37

    - TRANSPARENCIAB tiene %ue "er con la obligación de los pro"eedores de

    brindar la información "eraz # apropiada respecto a los productos # ser"icios

    %ue ofrecen al mercado.- CORRECCION DE LA SIMETRIA INFORMATI.AB se establecen normas %ue

    procuran corregir la distorsión humanos prácticas generadas por la asimetrainformati"a o la situación de dese%uilibrio %ue se presenten entre pro"eedores

    # consumidores.- 3ENA FE2 los pro"eedores # consumidores # las asociaciones deben regular 

    su conducta conforme al principio de buena fe # confianza # lealtad entre las

    partes.- PRIMACIA DE LA REALIDADB (a administración debe analizar las conductas

    de los hechos %ue dieron origen al conflicto del procedimiento concursal

    DERECHOS

    - )erecho a una protección eficaz de la "ida # la salud- )erecho de información a los consumidores se garantiza el acceso de la

    información al consumidor para %ue $sta tome una decisión insatisfacción de

    sus intereses.- )erecho de protección de las cláusulas abusi"as # m$todos comerciales

    coerciti"os- )erecho al trato !usto # e%uitati"o en toda transacción comercial- )erecho en la reparación garantiza # la reparación o reposición del producto- )erecho a reclamar mediante procedimientos eficaces con las formalidades

    mnima- )erecho a ser indemnizado

    LIRO DE RECLAMACIONES(0 Es a%uel documento de naturaleza fsico o "irtual

    pro"isto por los pro"eedores en el cual los consumidores podrán registrar %ue!as

    reclamos sobre los productos o ser"icios ofrecidos en un establecimiento comercial

    abierto al público

    • M*E0.A iene %ue "er a la e;presión de disconformidad %ue hace el

    consumidor sobre su malestar o descontento sobre la atención al público #

    busca con ella un pronunciamiento del pro"eedor.• /EC(.A Es a%uella manifestación %ue realice consumidor el pro"eedor a

    tra"$s de una ho!a de reclamación del (ibro de /eclamaciones e;presando su

    disconformidad realiza relacionado a los bienes e;pendidos o con un

    suministrado o de los ser"icios prestados.

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    35/37

    'inguno implica el inicio de un proceso sancionador # el hecho de %ue el consumidor 

    no ha#a registrado su %ue!a o reclamo en el libro, me lo impide acudir directamente

    -')ECP-.

    El pro"eedor tiene la obligación de dar respuesta a los reclamos sobretodo 3< das.

    LEY DE REPRESIN DE COND3CTAS ANTICOMPETITI.AS

    )erecho de la competencia busca prohibir # sancionar estos hechos # realizar las

    presas o agentes económicos en el mercado.

    A +&i)n se le aplica

    +u!eto oda persona natural o !urdica %ue oferta o demanda de bienes # ser"icios en

    el mercado

    - Posición e ominio en el mercao2 'o es ilcito, lo %ue se pretende regular 

    es el abuso %ue puedan e!ercer.- Prac!icas col&sorias2 +ean a ni"el horizontal o "ertical %ue se producen

    cuando se dan acuerdos, decisiones, recomendaciones o prácticas

    concertadas realizadas por los agentes económicos adoptándose con ello,

    comportamiento %ue per!udi%ue a la competencia # a los consumidores.

    LEY DE REPRESIN DE COMPETENCIA DESLEAL

    /eprime toda conducta desleal de los agentes económicos constituida por todo acto

    contrario a la buena fe comercial %ue afecte el normal desarrollo del proceso

    competiti"o, # la misma %ue puede utilizar mecanismos de publicidad comercial para

    su perpetración 6consumación7.

    C&*les son los ac!os e la compe!encia esleal +&e se sanciona

     ctos %ue afectan a la trasparencia del mercado

     . ctos de engaoJ. ctos de confusión

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    36/37

    ARITRA4E

    Proceso legal por el cual dos partes deciden someter la resolución de su contro"ersia

    ante un tercero neutral %ue brindará una solución legal imparcial # definiti"a al

    conflicto.

    Se p&ee ar"i!rar !oa compe!encia

    - +olo lo de libre disponibilidad 6derechos de libre disposición7 rt. 2 K )( 1

  • 8/19/2019 Derecho Empresarial Clases Totales

    37/37