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DERECHOS DE AUTOR Propuesta de uso de materiales informativos de terceros y tramites de licencias de derechos de autor Directrices – Una propuesta Miércoles / Mayo 18, 2005 Boca del Río, Veracruz, MEXICO Por: Jesús Lau, Ph.D.* USBI-VER y Coordinador Biblioteca Virtual UV Veracruz, México [email protected] www.jesuslau.com www.uv.mx/bvirtual

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DERECHOS DE AUTOR Propuesta de uso de materiales informativos de

terceros y tramites de licencias de derechos de autor

Directrices – Una propuesta Miércoles / Mayo 18, 2005

Boca del Río, Veracruz, MEXICO

Por:Jesús Lau, Ph.D.*

USBI-VER y Coordinador Biblioteca Virtual UV

Veracruz, Mé[email protected]

www.jesuslau.comwww.uv.mx/bvirtual

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Tópicos Tópicos Tópicos Tópicos

A. Principios generales

B. Principios docentes

C. Materiales-opciones

D. Localización de información

E. Selección de materiales

F. Materiales web/Internet

G. Compra de licencias

H. Recomendaciones

I. Anexos

 

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Principios generales Principios generales Principios generales Principios generales

1. La Universidad Virtual UV (UV2) respetará la propiedad intelectual de los materiales informativos que se usen en sus programas de estudio.

2. Los aprendedores deberán tener acceso a los materiales más actuales y relevantes para construir el aprendizaje objetivo del curso.

3. Los docentes deberán buscar la opción más económica y justa para la contratación de derechos de autor.

 

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Principios docentesPrincipios docentes Principios docentesPrincipios docentes

1. Salvo acuerdo en contrario, los cursos son de propiedad intelectual de cada unos de los docentes o equipo que lo realizo.

2. Los derechos patrimoniales del curso serán de la Universidad Veracruzana, si ésta pagó por la elaboración de los mismos.

3. Los docentes tienen la responsabilidad de que los materiales utilizados en sus cursos tengan los permisos legales correspondientes.

4. Los maestros deberán adjuntar permisos o autorizaciones de la bibliografía usada en cada curso (oficio, carta, correo electrónico).

 

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Opciones uso materialesOpciones uso materiales Opciones uso materialesOpciones uso materiales

1. Comprar libros de texto en papel.

2. Usar libros/revistas impresas en papel disponibles en bibliotecas UV.

3. Consultar recursos electrónicos disponibles en la Biblioteca Virtual (BiV).

4. Buscar y recuperar recursos en Internet.

5. Hacer ligas a páginas libres disponibles en Internet.

6. Digitalizar material ex-profeso para el curso, siempre que cuente con las autorizaciones correspondientes para ello.

 

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Localización de informaciónLocalización de informaciónLocalización de informaciónLocalización de información

1. Recursos informativos Biblioteca Virtual UV (BiV), www.uv.mx/bvirtual

2. Catálogo del Sistema Bibliotecario (SAB) www.uv.mx/dgb

3. Búsquedas, selección, recuperación, evaluación de recursos informativos por su propia cuenta; esto permitirá desarrollar competencias informativas de autoaprendizaje.

4. Servicio de asesoría virtual puede ser solicitado vía Chat por medio del sitio web BiV ( www.uv.mx/bvirtual ) o contactar a Martha Herrera, [email protected]  

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Selección de materialesSelección de materialesSelección de materialesSelección de materiales

1. Preferir documentos en formato electrónico.

2. Privilegiar materiales en español.

3. Elegir publicaciones que estén disponibles gratuitamente y que expresamente se manifieste así en la fuente o por el autor.

4. Optar porque el alumno localice la bibliografía complementaria en los sitios donde se encuentre disponible la información, quien puede:

5.

6. Agrupar materiales seleccionados de cada curso, de acuerdo a la demanda de lectura:

a. Bibliografía básica / uso obligatorio

b. Bibliografía complementaria

c. Bibliografía opcional

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Selección de materialesSelección de materialesSelección de materialesSelección de materiales

6. Preferir que los docentes sean los propietarios/autores de sus textos, para lo cual existen algunas opciones como las siguientes:

a. Reseñas de los diferentes autores cubran el tema

b. Elaborar documentos sobre el estado del arte del tema en cuestión

c. Idealmente, escribir el artículo o libro que se requiera para el curso

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Materiales web/InternetMateriales web/InternetMateriales web/InternetMateriales web/Internet

1. Ligas. Está permitido hacer ligas a páginas web, pero requiere de permiso para vincularse a un documento interno.

2. Ligas profundas. Verifique que expresamente el documento de un sitio web (Deep linking) pueda usarse sin ningún costo.

3. Permisos. En caso de no existir una leyenda expresa de permiso, existe la alta posibilidad que pueda usarse gratuitamente, pero requiere solicitar permiso expreso al autor o quien administre los derechos del autor.

 

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Materiales web/Internet

1. No desista. Aún cuando se prohíba/limite la reproducción en forma expresa, siempre considere pedir permiso de usar los materiales en su curso enviando una carta autorización (anexo 1).

2. Preferible una liga a copiar. Es preferible hacer una liga a una página web, a bajar o copiar el contenido porque se evita el trámite de solicitud o autorización de la respectiva información.

3. Referencias completas obligatorio. Todo documento usado en el curso, gratuito, con permiso o con licencia comprada para usarla, debe citarse y anotar la referencia bibliográfica completa para reconocer la autoría de dichos contenidos

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Compra de licenciasCompra de licenciasCompra de licenciasCompra de licencias

El trámite de licencias para la reproducción parcial de libros se puede gestionar con CeMPro, y se requiere lo siguiente:

a. Especificar fechas en que se utilizará el material porque las licencias pueden ser anuales, mensuales o inclusive, semanales.

b. Tomar en cuenta que en CeMPro: - Sólo tramitan derechos de autor de libros

- Derechos de obras nacionales o extranjeras

- No se puede digitalizar libros completos, sólo 10% del libro, - Datos a proporcionar: Autor, título, editorial, ISBN, número de hojas y número de alumnos/lectores

- Las bibliotecas universitarias que tengan máquinas fotocopiadoras y den

servicio al público, deben contratar una licencia anual acorde a la tarifa de

CeMPro.

c. Véase sobre el trámite, tarifas y regulación jurídica ( www.cempro.com.mx )

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Anexo 1. Anexo 1. Solicitud de autorización para usar material bibliográfico

Anexo 1. Anexo 1. Solicitud de autorización para usar material bibliográfico

Solicitud de autorización para usar material bibliográfico  

SOLICITUDA nombre de la Universidad Virtual de la Universidad Veracruzana (UV2), solicito atentamente su autorización para utilizar el material informativo que abajo se describe sin fines de lucro, en el curso ---------------------------------.

DATOS DEL ARTÍCULO/LIBRO/CAPÍTULO

Título: ______________________________________________________Autor es):____________________________________________________Editorial:_____________________________ ISBN:___________________Páginas:_________________ Número de Alumnos:_______________Periodo de usoFecha inicio:__________ Fecha de término:_________

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre del facilitador del curso: Fecha solicitud:

Tel.

Correo electrónico:

FIRMAS

Nombre y firma (De quien solicita el material)

Nombre, sello y firma (De quien autoriza el uso del material)

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Anexo 2. Anexo 2. Carta autorizaciónAnexo 2. Anexo 2. Carta autorización

Fecha: _____________________________

El que suscribe, __________________ de la (nombre de la organización que representa), autoriza sin fines de lucro, el uso del artículo / libro / capítulo:

LibroAutor:Título del libro:Edición:Lugar de publicación:Editorial:Año:ISBN:Páginas:

RevistaAutor:Título de la revista:Artículo:Volumen:Número:ISSN:Páginas:

Dicho material podrá ser usado en el curso: “Nombre del curso en donde será utilizado”, que facilita ________(Nombre de la persona que dará el curso), a través de UV2, para un total de ___ alumnos (número de alumnos) ______________________________________________________

Firma

Carta de autorización Uso académico de material bibliográfico

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Anexo 3Anexo 3. . Tarifas CeMProAnexo 3Anexo 3. . Tarifas CeMPro

1. Licencias para antologías Tipo de Licencia Precio

analógica 0.17 centavos por página por usuario

digital 0.39 centavos por página por usuario

2. Licencias genéricas para centros de fotocopiado

TARIFAS ANUALES PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALESPÚBLICOS DE SERVICIO DE FOTOCOPIADO

Tipo de máquina Tipo de Centro de fotocopiado

A B C

Hasta 15 c. p. m. $ 1,209.23 $ 1,774.08 $ 2,657.49

De 16 a 49 c. p. m. $ 2,454.87 $ 3,544.53 $ 5,277.58

50 o más c. p. m. $ 3,705.46 $ 5,277.58 $ 7,934.96

Limites máximos $15,451.81 $22,084.26 -

*c. p. m. = copias por minuto

(Tomado de www.cempro.com.mx )

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Anexo 3Anexo 3. . Tarifas CeMProAnexo 3Anexo 3. . Tarifas CeMPro

3. Licencias genéricas para universidades e instituciones educativas

4. Licencias para bibliotecas

TARIFA ANUAL PARA REPROGRAFÍA EN CENTROS DE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA Y EQUIVALENTE

La tarifa plena es de $ 34.65 más IVA por alumno al año. Es aplicable para aquellos servicios reprográficos que estén gestionados por la propia institución universitaria o académica o por terceros, mediante concesión administrativa o procedimiento asimilado.

TARIFA ANUAL PARA REPROGRAFÍA EN BIBLIOTECAS

La tarifa plena es de $0.17 más IVA por página de material protegido (copia), considerando el 35% del total de las fotocopias anuales que declara la biblioteca.

4. Licencias para bibliotecas universitárias y de instituciones educativas TARIFA ANUAL PARA REPROGRAFÍA EN BIBLIOTECAS DE CENTROS DE ENSEÑANZA UNIVERSITARIA

Y EQUIVALENTE

La tarifa plena es de $0.17 más IVA por página de material protegido (copia), considerando el 70% del total de las fotocopias anuales que declara la biblioteca, siempre y cuando la institución no tenga más centros de copiado, propios o concesionados, en todas sus instalaciones.

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Anexo 4Anexo 4. . Ejemplo de derechos reservadosAnexo 4Anexo 4. . Ejemplo de derechos reservados

(Tomado de http://www.jelit.org/authorship.html)

JeLit Copyright Statement

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Anexo 5Anexo 5. . Ley Federal de Derechos de AutorAnexo 5Anexo 5. . Ley Federal de Derechos de Autor

TÍTULO II.- Del Derecho de Autor

Capítulo I.- Reglas Generales

Capítulo II.- De los Derechos Morales

Capítulo III.- De los Derechos Patrimoniales

TÍTULO III.- De la transmisión de los Derechos Patrimoniales

Capítulo I.- Disposiciones Generales

Capítulo II.- Del Contrato de Edición de Obra Literaria

Capítulo III.- Del Contrato de Edición de Obra Musical

Capítulo IV.- Del Contrato de Representación Escénica

Capítulo V.- Del Contrato de Radiodifusión

Capítulo VI.- Del Contrato de Producción Audiovisual

Capítulo VII.- De los contratos Publicitarios

TÍTULO IV.- De la Protección al Derecho de Autor Capítulo I Disposiciones Generales

Capítulo II.- De las Obras Fotográficas, Plásticas y Gráficas

Capítulo III.- De la Obra cinematográfica y audiovisual

Capítulo IV.- De los Programas de computación y las Bases de Datos

TÍTULO V.- De los Derechos conexos

Capítulo I.- Disposiciones Generales

Capítulo II.- De los Artistas Intérpretes o Ejecutantes

Capítulo III.- De los Editores de Libros

Capítulo IV.- De los Productores de Fonogramas

Capítulo V.- De los Productores de Videogramas

Capítulo VI.- De los Organismos de Radiodifusión

TÍTULO VI.- De las Limitaciones del Derecho de Autor y de los Derechos conexos

Capítulo I.- De la Limitación por causa de Utilidad Pública

Capítulo II.- De la Limitación a los Derechos Patrimoniales

Capítulo III.- Del Dominio Público

(Tomado de www.sep.gob.mx/wb2/sep/sep_Ley_Federal_del_Derecho_de_Autor#2)

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Extracto de la Ley de Derechos de AutorExtracto de la Ley de Derechos de AutorExtracto de la Ley de Derechos de AutorExtracto de la Ley de Derechos de Autor

 Artículo 40.- “Los titulares de los derechos patrimoniales de autor y de los derechos conexos podrán exigir una remuneración compensatoria por la realización de cualquier copia o reproducción hecha sin su autorización y sin estar amparada por alguna de las limitaciones previstas en los artículos 148 y 151 de la presente ley”.

Aún cuando el numeral 40 no lo señala textualmente, es claro que esta “copia privada” debe realizarse sin fines de lucro, esto es, para uso personal del copista, pues de lo contrario se estaría frente a una figura delictiva perfectamente establecida en la fracción I del artículo 424 bis del Código Penal Federal.

Artículo 424 bis.- “Se impondrá prisión de tres a diez años y de mil a veinte mil días multa:

I. A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor en forma dolosa, con fines de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos”.

El artículo 148 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece los casos de excepción que limitan los derechos patrimoniales de autor y permiten la utilización de las obras literarias y artísticas ya divulgadas, sin la autorización de su titular y sin remuneración, citando invariablemente la fuente, respetando la integridad de la obra y siempre que no se afecte su explotación normal.

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ConclusiónConclusiónConclusiónConclusión

 

Disminuya hasta donde sea necesario el número de recursos integrados en su bibliografía que requieran trámite de licencias.