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CÁMARA DE DIPUTADOS LXIII LEGISLATURA
Di p. Fed. Jesús Zambrano Grijalva VICECOORDINADOR DEL GRUPO
PARLAMENTARIO DEL PRD
PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN
PERMANENTE DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN SOLICITA INFORME AL SERVICIO
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EN EL QUE EXPLIQUE LA METODOLOGÍA Y
CRITERIOS TÉCNICOS EMPLEADOS PARA LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTO SOBRE
LA RENTA A GRANDES CONTRIBUYENTES, LA VALORACIÓN ECONÓMICA DE
DICHAS DEVOLUCIONES, EL MONTO QUE HA SIDO DEVUELTO Y LOS
MECANISMOS IMPLEMENTADOS PARA MEJORAR LA RECAUDACIÓN DURANTE EL
ACTUAL SEXENIO.
José de Jesús Zambrano Grijalva, Diputado Federal del Grupo Parlamentario del Partido
de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 78 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 58, 60, 171, 175,
176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de
los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta Asamblea la presente
proposición con punto de acuerdo por la que se solicita informe al Servicio de
Administración Tributaria en el que explique las razones jurídicas y criterios técnicos de la
devolución del ISR a grandes contribuyentes, la valoración económica de dichas
devoluciones, el monto que ha sido devuelto y los mecanismos implementados para mejorar
la recaudación durante el actual sexenio.
CONSIDERACIONES
Bajo una perspectiva de eficiencia recaudatoria, la política tributaria debe enfocarse en
generar la mayor cantidad de recursos para financiar el gasto público y hacer frente a la
desigualdad social en el país.
La información sobre las empresas a las que se ha perdonado el pago de impuestos desde
el inicio del actual sexenio se ha mantenido en la opacidad, y no ha sido lo suficientemente
Av. Congreso de la Unión, 66; Col. El Parque; Deleg. Venustiano Carranza; C.P. 15960 Ciudad de México~ Edificio B, Nivel 3, Oficina 346; Tel. Con m.: 5036-0000 exts. 56333, 56413
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clara, debido a que el Servicio de Administración Tributaria ha interpuesto mecanismos
legales para evitar que esa información salga a la luz pública.
Si bien, con la entrada en vigor de la Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, el Servicio de Administración Tributaria informó los montos de las
condonaciones fiscales, así como sus acreedores, la información sigue siendo insuficiente,
sobre todo en los criterios empleados para realizar dichas condonaciones.
De acuerdo con la investigación de Fundar, centro de análisis en investigación, existe una
alta concentración de los montos de cancelaciones lo que hace necesario un análisis más
detallado de los contribuyentes beneficiados por esta política.
Un ejemplo reciente sucedió durante el periodo de julio del 2015 a julio 2016, en donde a
sólo 1 O personas morales se les canceló un monto de 11,788 millones, lo que quiere decir
que 0.18% de los contribuyentes recibieron un beneficio correspondiente al 25% del total
de las cancelaciones 1.
Los criterios y causas por las cuales dichos contribuyentes fueron exentados de su
obligación de pago, no están publ icados y no se sabe con exactitud la metodología o
justificación Servicio de Administración Tributaria en estos casos.
En el citado estudio, llama la atención que tanto en el caso de personas morales como en
personas físicas, la condonación de impuestos está concentrada en el decil número X y
dentro de este, son los grandes contribuyentes los que se han visto beneficiados con dichas
condonaciones.
1 Privilegios Fiscales. Beneficios inexpl icables para unos cuantos. Fundar. Centro de análisis e investigación.
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Es un indicio relevante de que la mayor parte del monto de las condonaciones que se
generaron corresponden a pocas empresas de reciente creación pero que tienen amplias
actividades empresariales.
La información publicada por las autoridades fiscales ha generado una desconfianza con
respecto al Servicio de Administración Tributaria debido a que no está claro cuáles son las
acciones o bien omisiones que han permitido ésas devoluciones o cancelaciones fiscales,
ni los mecanismos de mejora para evitar un aumento de dichos casos, así como saber si
no estamos frente a actos de elusión o evasión fiscal por parte de los contribuyentes que
poseen más recursos.
Adicionalmente, debemos preguntarnos cómo es que los contribuyentes, tanto personas
físicas como morales, acumularon grandes adeudos con el SAT y cuáles son las gestiones
que realiza la autoridad para hacer que dichos contribuyentes cumplan con sus
obligaciones fiscales son interrogantes abiertas que, lamentablemente, con la información
disponible no es posible contestar.
Resulta evidente que la política de cancelación de créditos fiscales muestra una
concentración de beneficios en pocos contribuyentes, lo cual hace suponer o un trato
desigual por parte del Servicio de Administración Tributaria o prácticas abusivas de este
tipo de mecanismos por parte de grandes contribuyentes o una combinación de ambas.
En este momento se desconoce si las obligaciones fiscales sobre todo las de mayor cuantía
fueron analizadas y procesadas hasta el límite de las posibilidades legales, o si existen
fallas dentro de la administración y cobranza de las autoridades fiscales.
Con la información disponible hasta el momento, es imposible saber si las herramientas
metodológicas y valoraci.ones técnicas fueron aplicadas a cabalidad y, de hecho, la
Auditoría Superior de la Federación ha identificado que en años anteriores, la cancelación
de créditos se ha realizado con irregularidades como la falta de información en los
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expedientes y la ausencia de evidencia que ampare la búsqueda de los responsables
solidarios, siendo este un medio alternativo contemplado en la ley que le permitiría a la
autoridad fiscal recuperar los adeudos2 .
Por lo anteriormente expuesto se somete a la consideración de ésta H. Comisión
Permanente, la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo:
Primero.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita al Servicio de
Administración Tributaria, a informe en el que explique, de manera detallada la metodología
y criterios técnicos utilizados para autorizar las cancelaciones fiscales a grandes
contribuyentes durante el actual sexenio, su valoración económica y el monto que ha sido
devuelto.
Segundo.- La Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicita informe al Servicio
de Administración Tributaria , en el que explique de manera detallada los mecanismos que
está implementando para hacer más eficiente la recaudación de impuestos.
Dado en la sede de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a los 12 días del
mes de junio de 2018-
Jesús Zambrano Grijalva
'http://www.asf.gob.mx/Section/58_1nformes_de_auditoria.
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