DIAGNÓSTICO SOBRE EL ESTADO ACTUAL Y PRIORIZACIÓN DE...
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Bruno Durán Goffard 1
ÍÍNNDDIICCEE
1. Introducción. 2
1.1. Objetivos. 2
2. Diagnóstico y priorización de propuestas. 3
2.1. Depuración de las aguas residuales municipales. 3
2.2. Recuperación del ecosistema. 3
2.2.1. Control de especies exóticas 5
2.3. El cauce. 6
2.3.1. Azud de derivación de las aguas al pantano
de Pena. 6
2.3.2. Azudes del bombeo. 8
2.4. Actividades potencialmente peligrosas. 9
2.4.1. Industria de cogeneración de energía del
Batán en Beceite. 9
2.4.2. Aguas residuales del matadero de Valderrobres. 12
2.4.3. Balsas de lavado de áridos. 12
2.4.4. Polígono industrial de Beceite. 13
2.5. Usos. 14
2.5.1. Zona de baño de La Pesquera. 14
2.5.2. Pesca deportiva. 15
2.5.3. Basuras. 16
2.6. Aguas subterráneas. 16
3. Síntesis el documento. 17
4. Bibliografía. 18
Anexo I (Fotografías)
Anexo II (Informe del análisis de aguas alrededor de la industria de
cogeneración de energía del Batán en Beceite)
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1. INTRODUCCIÓN El presente documento pretende priorizar y añadir nuevas propuestas
para el cauce alto del río Matarraña con el fin de mejorar, restaurar y
corregir impactos ambientales que ya están presentes el en
ecosistema y que se vienen sucediendo desde hace unos años.
El motivo de la creación de este documento presentarlo al comité de
río del Contrato de Río Matarraña es de participar en los grupos de
trabajo y diagnosticar el estado actual identificando los impactos
ambientales aparecidos por la mala o nula gestión de los recursos
naturales.
Para llevar a cabo la restauración de este ecosistema fluvial de gran
interés e incluido dentro de la Directiva 79/409/CEE y 92/43/CEE
como Lugar de Interés Comunitario (LIC) en la Red Natura 2000, es
ineludible el compromiso firme de las administraciones:
Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE), Consejería de Medio
Ambiente del Gobierno de Aragón, Ayuntamientos y de los agentes
sociales de la comarca del Matarraña, provincias y comarcas
adyacentes.
1.1. OBJETIVOS Las propuestas que se plantean en este documento tratan de
priorizar la ejecución de las ya planteadas en documentos anteriores
como Proyecto de Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro y/o Plan
Hidrológico del río Matarraña. Además, aporta nuevas propuestas
destinadas a corregir impactos ambientales que ya se están
produciendo en el tramo alto del río Matarraña.
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2. DIAGNÓSTICO Y PRIORIZACIÓN DE PROPUESTAS 2.1. DEPURACIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES MUNICIPALES Según el Decreto 38/2004, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón,
por el que se aprueba el reglamento de los vertidos de aguas
residuales a las redes municipales de alcantarillado, se compromete a
depurar las aguas residuales de los municipios aragoneses. Además,
existe un Plan Especial de Depuración de Aguas Residuales de Aragón
aprobado por la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de
Aragón en el año 2007. A día de hoy, año 2011, no existe ninguna
depuradora en la comarca del Matarraña en funcionamiento y es una
de las pocas comarcas de Aragón donde todavía no tiene depuradoras
en sus municipios.
El río Matarraña posee un régimen fluvial típicamente mediterráneo
que en la época estival su caudal merma mucho pero sin llegar a
secarse completamente, al menos en el cauce alto. La afluencia de
personas en los municipios del Matarraña en estos meses triplica la
cantidad de visitantes que se alojan en los pueblos, triplicando la
cantidad de aguas residuales vertidas directamente al río viéndose
incapaz de autodepurar las aguas residuales vertidas. El síntoma del
río en verano es la eutrofización alterando la estructura y dinámica
del ecosistema con un crecimiento desmesurado de algas.
2.2. RECUPERACIÓN DEL ECOSISTEMA El río Matarraña llegó a ser un ecosistema único en la vertiente
mediterránea por su diversidad y biomasa. Posee numerosas especies
catalogadas en el Libro Rojo de Especies tanto de fauna como de flora
vascular y pertenece a la Red Natura 2000.
En estudios realizados en los tramos de Beceite y Valderrobres se han
contabilizado 312 especies de algas, 202 especies de invertebrados.
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Abundancia de peces en Valderrobres
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10000
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30000
40000
50000
60000
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Año
Nº
indi
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ectá
rea
De éstas, 6 especies son endémicas de la península Ibérica y 2 son
nuevas para la ciencia. En vertebrados 20 especies de peces (9
autóctonas y 11 alóctonas), 7 especies de anfibios, 14 especies de
reptiles, 105 especies nidificantes de aves y 40 especies de
mamíferos. En total se han contabilizado 186 especies de
vertebrados.1
Los ictiólogos de la Universidad de Barcelona alertaron a las
autoridades de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón en el año
2009 de que, de no cesar los impactos ambientales y vertidos que
están teniendo lugar en el río, la comunidad de peces podría
desaparecer en un futuro bastante próximo. El gráfico nº 1 muestra
de manera muy objetiva la caída de la salud del ecosistema.
La administración debería hacer algo al respecto, porque hasta la
fecha, abril de 2011, no se ha llevado ninguna medida de protección
y mitigación de impactos ambientales, ni se realizado ningún plan ni
medida para la recuperación del ecosistema.
Gráfico nº 1 Abundancia de peces en Valderrobres (VINYOLES, D & SOSTOA, A. Julio 2009.).
1 Sosota A.
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2.2.1. CONTROL DE ESPECIES EXÓTICAS Para la protección de un ecosistema es necesario combatir las
especies exóticas e invasoras que entran en competencia con las
especies autóctonas. Éstas ocupan el nicho ecológico, desplazado y
mermando las poblaciones de las especies nativas.
Desde hace unos años la presencia del Cormorán (Phalacrocorax
carbo) ha ido aumentando año tras año. Ésta ave es exótica de
regiones más septentrionales que aparece sobre todo en los meses
de invierno. La gran capacidad biológica que tiene para la pesca está
mermando de forma muy grave las poblaciones piscícolas de las
masas de agua de esta cuenca.
Este problema no aparece solo aquí, sino que comunidades
autónomas se han creado planes para combatir esta especie por
parte de la administración encargada del medio ambiente y/o por
parte de los cazadores, incluyendo a esta especie como cinegética en
los planes técnicos de caza.
Es de carácter urgente hacer algo frente a esta especie invasora.
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2.3. EL CAUCE 2.3.1. AZUD DE DERIVACIÓN DE LAS AGUAS AL PANTANO DE PENA En el cauce alto, cerca del paraje natural de El Parrizal en Beceite,
existe un azud que deriva las aguas del río Matarraña al pantano de
Pena mediante un túnel de 5 kilómetros construido en los años
setenta.
Esta obra hidráulica fragmenta el cauce y las poblaciones piscícolas
por la inexistencia de escala para peces. Dicha obra carece de las
correctas medidas de regulación de caudales ecológicos.
Estructuralmente está mal diseñada porque no respeta el caudal
ecológico, provocando que el río se seque en algunas zonas aguas
abajo, sobre todo en la estación estival. Este azud debería de ser
para aprovechamiento de grandes avenidas y no para derivar el
caudal en el régimen normal del río.
Según el estudio Caudal a respetar en el cauce del río Matarraña
aguas abajo del azud de derivación de caudales de este río al
embalse de Pena con registro de salida número 5494 de la Comisaría
de Aguas del Ebro del 25 de abril de 1985 resuelve:
“Durante los meses de octubre, noviembre, diciembre, enero, febrero
y marzo, siempre que el caudal circundante por el río lo permita, se
dejarán discurrir por el río Matarraña, aguas abajo del azud de
derivación, hasta 50 l/seg.; durante los meses de abril, mayo y
septiembre, el caudal indicado aumentará hasta 150 l/seg. Y en los
meses de junio, julio y agosto se aumentará hasta 300 l/seg.”
Este planteamiento no es acertado ya que en verano los 300 l/seg. no
son alcanzados a no ser que se produzca una avenida y en todo caso
debería de ser al revés; permitir al río llevar más caudal en invierno
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cuando los caudales son mayores y, en verano dejar menos cantidad
de agua ya que el caudal normal estival es mucho menor de lo
indicado.
La presencia de bioindicadores tales como Cangrejo autóctono
(Austropotamobius pallipes), Trucha (Salmo trutta fario), Barbo
Culirroyo (Barbus haasi), Mirlo acuático (Cinclus cinclus), Rata de
agua (Arvicola sapidus) y Nutria (Lutra lutra) demuestran la buena
salud del ecosistema en ese tramo. Este azud provoca que las
poblaciones piscícolas se vean interrumpidas y no puedan repoblar el
río aguas abajo porque en situaciones de avenidas, cuando las
poblaciones se desplazan, van a dar al túnel consiguientemente al
pantano de Pena.
La Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón
artículo 36 y el anexo V ven la obligatoriedad de obtener una
evaluación de impacto ambiental a esta obra hidráulica porque afecta
de forma apreciable el LIC ES2430036 Puertos de Beceite incluido
dentro de la Red Natura 2000 designada por la directiva europea
79/409/CEE y 92/43/CEE.
Además de verse sometida a un estudio de impacto ambiental para
diagnosticar y mitigar los impactos que genera, en esta evaluación se
podría incluir la posibilidad de suprimir el azud. Esta decisión es
porque la agresión no solo es al medio ambiente sino porque se
encuentra en una zona de gran valor paisajístico y turístico. Se ubica
en el camino que conduce al Parrizal, principal destino turístico y
motor económico del municipio de Beceite y pueblos de alrededor.
Se adjuntan fotografías (nº 1 a 6) del azud en el anexo I.
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2.3.2. AZUDES DEL BOMBEO En el año 1997 se construyó un azud y se elevó una existente justo
después de la confluencia de los ríos Matarraña y Ulldemó, para llevar
a cabo el bombeo de las aguas del río Matarraña al embalse de Pena.
A día de hoy hay un proyecto de eliminación del primer azud y rebaje
del segundo azud para devolver al cauce su estado anterior a la
implantación de dicha obra.
Para evitar la fragmentación del ecosistema y salvar esta
infraestructura se construyó una escala para peces que está
actualmente inutilizada debido a su mal diseño y porque en sucesos
de avenidas se colmata de gravas retenidas por el primer azud.
Estos azudes están modificando el perfil base del río por acumulación
de gravas en la parte superior del río Ulldemó y erosionando el cauce
aguas abajo después del segundo azud.
En conclusión, ocasiona una alteración de su cauce natural y hábitats
fluviales, y una fragmentación de las poblaciones piscícolas.
Según la Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de
Aragón artículo 36 y el anexo V ve la obligatoriedad de obtener una
evaluación ambiental porque afecta de forma apreciable zonas
designadas por la directiva 79/409/CEE y 92/43/CEE. Este tramo está
incluido dentro del LIC Río Matarraña. Además, el artículo 24.3 prevé
la necesidad de realizar un estudio de impacto ambiental aquellas
actividades ya autorizados, ejecutados o en proceso de ejecución que
puedan tener repercusiones significativas sobre el medio ambiente.
Una alternativa económica de efecto minimizador rápido de carácter
temporal es hacer una ligera modificación mediante el corte de uno
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de los bordes de la acequia de la escala para peces para hacerla útil
(véase fotografía nº 9, anexo I). De esta manera se trataría de
minimizar algo si cabe la fragmentación del cauce, tal y como se
muestra en las fotografías del anexo I (nº 7-11).
2.4. ACTIVIDADES POTENCIALMENTE PELIGROSAS 2.4.1. INDUSTRIA DE COGENERACIÓN DE ENERGÍA DEL BATÁN EN BECEITE Durante el año 2007 apareció una mortandad masiva de peces aguas
abajo de la confluencia de los ríos Ulldemó y Matarraña.
Por estudios e informes la causa la puede tener la planta
experimental de cogeneración para tratamiento de alpechines, que en
primer lugar se llamó SETCA, S. L. después SERVEIS TARRAGONINS
DE CONSTRUCCIÓN Y ARQUITECTURA S.L. y por último SALTOS DE
EGA S.A. Ésta está ubicada al borde del cauce del río, justo en la
confluencia de los ríos Matarraña y Ulldemó.
Durante su actividad industrial se estuvieron quemando materiales
que no están autorizados para dicho uso. Se produjo una fuga en una
tubería y los gases resultantes de la combustión produjeron una nube
tóxica alrededor del valle del Matarraña en Beceite durante varios
días en los que había inversión térmica, siendo máxime perceptible a
primeras horas del día porque esta actividad la llevaba a cabo por las
noches.
Se analizó por técnicos de la administración y también por parte del
SEPRONA la posible contaminación de los suelos y como resultado se
obtuvo la presencia de Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos. Éstos
son unos compuestos liposolubles persistentes en el suelo. Son
derivados de la combustión de productos provenientes del petróleo y
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son muy contaminantes. Tienen propiedades nocivas para el medio
ambiente porque son tóxicos, mutagénicos y cancerígenos.
En el río Matarraña este vertido produjo necrosis en branquias y
aletas en los peces muestreados debido al debilitamiento del sistema
inmunológico. Además, no solo podría haber sido un delito contra el
medio ambiente, sino un delito contra la salud pública de las
poblaciones que toman el agua de red municipal aguas abajo. El
método de tratamiento por cloro no consigue depurar dichos
contaminantes.
La quema de materiales no autorizados fue puntual aunque suficiente
como para producir la mortandad de peces y la contaminación de los
suelos circundantes a esta industria.
Varios meses después de haber ocurrido la mortandad de peces, la
industria seguía en actividad. La tardanza de la administración en
estudiar lo sucedido demuestra su falta de compromiso frente a este
problema. Esta situación ha demostrado deficiencias en el
organigrama de la administración y su derivación de competencias.
Fue avisada de la mortandad de peces justo después de haberse
producido y la capacidad de respuesta fue prácticamente nula porque
se iba trasladando el problema de un departamento a otro sin
proponer una solución firme y concreta.
Se adjunta fotografías en el anexo I (12 y 13) y un informe en el
anexo II de los análisis aguas del río alrededor de esta industria.
La solicitud de autorización de actividad de esta industria tiene fecha
del 22/01/97 anunciada en el BOA nº 8. La legislación en el año 1997
no contemplaba la necesidad de someterse a una evaluación de
impacto ambiental. No obstante, según la Ley 7/2006, de 22 de
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junio, de Protección Ambiental de Aragón, tal y como indica artículo
24 y el anexo II incluye las industrias de cogeneración la necesidad
de verse sometida a una evaluación de impacto ambiental. El artículo
24.3 prevé la necesidad de realizar un estudio de impacto ambiental
aquellas actividades ya autorizados, ejecutados o en proceso de
ejecución que puedan tener repercusiones significativas sobre el
medio ambiente.
El artículo 36 y anexo V ve la obligatoriedad de obtener una
evaluación ambiental porque puede afectar de forma apreciable zonas
designadas por la directiva 79/409/CEE y 92/43/CEE ya que se
encuentra justo en el borde del LIC ES2430097 “Río Matarraña”.
Además el artículo 40 y anexo VI de la misma ley advierte la
obligatoriedad de someter a una autorización ambiental integrada a
los proyectos de las industrias de cogeneración.
El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental debería haber exigido a
esta industria la necesidad de verse sometida a evaluación de
impacto ambiental tal y como establece el artículo 24.3, de la Ley
7/2006 de Protección Ambiental de Aragón de las industrias que ya
están en explotación antes de la aprobación de dicha ley.
La propuesta es el cierre y limpieza de esta industria en caso de que
todavía esté en explotación por la aparición de graves impactos
ambientales sobre el río Matarraña. Además, el Gobierno de Aragón
debería estudiar a fondo lo ocurrido y que en caso de que se hubiera
producido un delito ambiental que se aplique la Ley 26/2007, de 23
de octubre, de Responsabilidad Medioambiental por parte de la
Administración General del Estado que es la competente en los casos
de daños producidos en el dominio público hidráulico.
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2.4.2. AGUAS RESIDUALES DEL MATADERO DE VALDERROBRES El matadero de industrias cárnicas que se encuentra en Valderrobres
tiene un grave problema con las aguas residuales que genera ya que
no dispone de un sistema de depuración. En la creación de este
matadero se debería haber exigido la construcción de una depuradora
propia en sus instalaciones.
2.4.3. BALSAS DE LAVADO DE ÁRIDOS Existe una afectación al cauce derecho del río Matarraña en la cantera
de la empresa Áridos Curto, ubicada en el término municipal de
Valderrobres.
La actividad extractiva que se está llevando a cabo, además de la
alteración del cauce y del bosque de ribera que ya es evidente, es
que se haya construido unas balsas de lavado de áridos separadas
por un talud encontrándose justo al borde del cauce (véase figura nº
1). En caso de avenida cualquier modificación del cauce el río podría
romper el talud que mantiene las balsas interiores que están justo
por debajo del nivel freático. Los fangos del lavado de los áridos
almacenados en las balsas podrían verse arrastrados por el río
provocando la alteración del cauce natural. (Véase Anexo I. fotografía
nº 14).
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2.4.4. POLÍGONO INDUSTRIAL DE BECEITE Se está llevando a cabo la construcción de un polígono industrial en
Beceite sin estudio de impacto ambiental pese a estar a escasos
metros de la confluencia de los dos ríos (Matarraña y Ulldemó) y del
LIC Río Matarraña porque el INAGA no creyó conveniente realizarlo.
Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón
artículo 24 y el anexo II se establecen los proyectos que deben
someterse a evaluación de impacto ambiental. Si en un futuro
hubieran nuevos proyectos de industrias que se quisieran instalar en
el polígono se debería poner en jurisprudencia dicha ley y estimar si
se puede autorizar o desestimar justificadamente establecerse en
este polígono industrial.
Curso de las aguas
A Valderrobres
Figura nº 1: Ortofoto de la cantera
Balsas
Taludes
Lugar de toma de la fotografía nº 14
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Bruno Durán Goffard 14
Además, en la proyección del polígono se debería haber realizado una
evaluación ambiental y su pertinente estudio de impacto ambiental,
tal y como establece el artículo 36. Aunque no se encuentra dentro
del LIC, según la actividad industrial que se pudiera llevar en un
futuro, sí podría afectar ya que se encuentra a escasos metros del
LIC río Matarraña, por vertidos accidentales, derrames de lixiviados,
vuelo de plásticos y otros materiales, ruidos, o por una conducta
incívica de los trabajadores del polígono.
La propuesta es la creación de un cordón arbóreo de chopos para
mitigar el impacto paisajístico y visual de las naves del polígono.
(Véase Anexo I. Fotografía nº 12).
2.5. USOS 2.5.1. ZONA DE BAÑO DE LA PESQUERA Tradicionalmente los vecinos de los pueblos hacían uso del río como
zona de baño. Desde hace unos años la afluencia de turistas de
diferentes comunidades autónomas que vienen cada verano a
bañarse en las aguas del río Matarraña y sobre todo del río Ulldemó,
en la zona que se conoce tradicionalmente como La Pesquera ha
subido exponencialmente. La Pesquera no está declarada como zona
de baño, sin embargo, la práctica del baño es muy habitual
especialmente en los meses de julio y agosto. Dado que no está
declarada como zona de baño no existe responsabilidad alguna por
parte del Ayuntamiento.
La propuesta es llevar a cabo un estudio de capacidad de carga de
debido a que la afluencia de gente es masiva en la temporada
veraniega e implantar instrumentos para la gestión de este espacio
natural que regule el número de visitantes.
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Bruno Durán Goffard 15
Además, el camino que lleva a La Pesquera es de un único sentido y
no hay otra salida. En caso de accidente o de incendio forestal habría
un grave problema de acceso por parte de los medios de socorro y/o
extinción y podría generar un peligro en la evacuación de la gente
que se encontrara en este paraje.
2.5.2. PESCA DEPORTIVA La pesca de la trucha en este río se viene practicando desde hace
mucho tiempo. La pesca, bien gestionada, es un recurso sostenible
explotable que daría una oportunidad de actividades de ecoturismo a
la comarca y podría ser una fuente de ingresos para el turismo rural
ya que atraería turismo de pesca como sucede en otros lugares de la
geografía española y del extranjero. Además, corregiría el problema
de la mermada población de salmónidos del río. Por parte de la
Sociedad Deportiva de Pesca Matarraña hay voluntad en la creación
de un coto deportivo de pesca gestionado por la sociedad.
El Departamento Provincial de Medio Ambiente de Teruel debería
realizar esfuerzos para reintroducir trucha autóctona en el río
Matarraña. Esta petición se ha llevado a cabo durante muchos años
sin dar resultados.
Según el Plan de Acción Forestal y de Conservación de la
Biodiversidad en Aragón aprobado con fecha de 19 de octubre de
2001 y publicado en el BOA nº 184 del 30 de noviembre de 2001,
establece, dentro del Programa VII Caza y Pesca la acción de
Eliminación de líneas genéticas de trucha común foráneas e
introducción de líneas autóctonas en las piscifactorías de la DGA. Se
demanda, por tanto, la aplicación de esta acción mediante un plan de
reintroducción de trucha autóctona en el río Matarraña.
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Bruno Durán Goffard 16
2.5.3. BASURAS Es muy evidente, sobre todo después de una avenida la cantidad de
residuos sólidos que hay retenidos a orillas del cauce. Impulsar
campañas de educación ambiental para sensibilizar a los habitantes
de los municipios y llevar a cabo actividades de limpieza de cauces y
riberas minimizaría el impacto ambiental y paisajístico.
2.6. AGUAS SUBTERRÁNEAS La prospección de las aguas subterráneas puede suscitar su
explotación durante épocas de sequía, por lo tanto sería un error
realizar sondeos debido a que si apareciese una sequía habría gente
que solicitaría su explotación. El río Matarraña tiene regímenes de
caudales constantes aunque no lloviera durante meses. Además, la
pequeña cuenca hidrográfica en la cabecera manifiesta si cabe la
alimentación subterránea que pese al régimen de pluviométrico tan
escaso e irregular siempre hay un caudal constante y prácticamente
invariable que fluye. Una explotación de los acuíferos acarrearía el
descenso del nivel freático y la desecación del río.
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3. SÍNTESIS DEL DOCUMENTO
Diagnóstico Impacto/Causa Propuesta
Depuración de las aguas residuales.
Vertidos al río Matarraña de las aguas residuales municipales sin depurar.
Creación y puesta en funcionamiento de
depuradoras.
Recuperación del ecosistema.
Descenso brusco de las poblaciones piscícolas y mala gestión de los recursos naturales.
Plan de recuperación del ecosistema.
Control de especies exóticas.
Aparición de especies invasoras y/o exóticas. Competición por el
hábitat.
Control de especies invasoras e inclusión del cormorán y otras especies en los planes cinegéticos
de caza.
Azud derivación pantano de pena.
Fragmentación del cauce y hábitats de especies
amenazadas. No respeta el caudal ecológico.
Estudio de impacto ambiental y modificación de la obra hidráulica para respetar los caudales ecológicos. Escala para
peces.
Azudes del bombeo.
Fragmentación del hábitat, alteración del cauce (gravas). Escala para peces inoperativa.
Devolver el cauce a su estado inicial a la
implantación de la obra. Puesta en funcionamiento de la escala para peces.
Industria de cogeneración del Batán en Beceite.
Mortandad masiva de peces. Contaminación de
aguas y suelos. Cierre de la industria.
Polígono industrial de Beceite.
Impacto paisajístico. Actividades industriales
potencialmente peligrosas.
Cordón arbóreo, mitigación del impacto
paisajístico. Prevención de actividades industriales
potencialmente peligrosas.
Aguas residuales matadero de Valderrobres.
Problema con las aguas residuales que genera.
Depurar sus aguas residuales.
Balsas de fangos de áridos.
Actividad extractiva muy cerca del cauce.
Refuerzo del talud de contención de las balsas.
Baño. Afluencia masiva de gente
en verano. Estudio de capacidad de
carga. Accesos.
Pesca deportiva.
Oportunidad de ecoturismo y recuperación
de la población de salmónidos.
Recuperación de la población de salmónidos mediante un plan de
recuperación de la trucha autóctona.
Basuras. Presencia en el cauce de
residuos sólidos.
Educación ambiental. Programa de limpieza de
cauces.
Aguas subterráneas. Prospecciones. No realizar prospecciones ni aprovechamientos de aguas subterráneas.
Tabla nº 1: Síntesis del documento.
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4. BIBLIOGRAFÍA C.H.E. Medidas recogidas durante el proceso de participación del plan hidrológico de cuenca realizado en el periodo 2006-2008 y que afectan exclusivamente a la cuenca del río Matarraña. Oficina de Planificación Hidrológica de la Confederación Hidrográfica del Ebro. Zaragoza 14 de febrero 2011. C.H.E. Proyecto de Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro. Documento resumen. Diciembre 2010. GOBIERNO DE ARAGÓN. Plan Hidrológico del río Matarranya. Departamento de Medio Ambiente. VV.AA. Relaciones entre los indicadores hidromorfológicos y los biológicos en el río Matarraña. Régimen hidrológico y fauna ictiológica. Departamento de Biología Animal. Facultad de Biología. Universitat de Barcelona. Marzo 2005. SOSTOA, A. Breve informe sobre las características e importancia biológicas del río Matarraña. Universitat de Barcelona. VINYOLES, D & SOSTOA, A. Estado de la comunidad de peces del río Matarraña 1984 - 2009. Universitat de Barcelona. Julio 2009. CALVO TOMÁS A. & GARCÍA VERA M. A. Evaluación de los caudales aguas debajo de la confluencia Matarraña-Ulldemó por el método del caudal de mantenimiento. Confederación Hidrográfica del Ebro. Febrero 2000. RUIZ I OLMO. J. Estudio bionómico de la nutria (Lutra lutra L.1758) en aguas continentales de la Península Ibérica. Departament de Biología Animal. Falcultat de Biología. Universitat de Barcelona. Barcelona 12 enero 1995. ZAPATER GALVE M. & BLANCO BARLÉS J.L. Los Peces de Aragón. Serie: especies. Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón. Junio 2009. VV.AA. Atlas y Libro Rojo de los Peces Contientales de España. Ministerio de Medio Ambiente. Madrid 2001. VV.AA. Atlas y Libro Rojo de la Flora Vascular Amenazada de España. Ministerio de Medio Ambiente. Madrid 2004. Ley 7/2006, de 22 de junio, de Protección Ambiental de Aragón.
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ANEXO I
Fotografías
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AZUD DE DERIVACIÓN DEL CAUDAL AL PANTANO DE PENA
Fotografía 1:
Fotografía 2:
Canalización de derivación al pantano de Pena
No existe escala para peces.
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Fotografía 3:
Fotografía 4:
Caudal que deja pasar el azud al río
Túnel de derivación al pantano de Pena
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Fotografía 5:
Fotografía 6:
El azud se encuentra justo al borde del camino que lleva al Parrizal, principal destino
turístico de Beceite. El impacto paisajístico es muy alto.
La acumulación de gravas en la parte superior es muy evidente provocando la
alteración del cauce.
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Fotografía 7:
Fotografía 8:
1º azud. Está proyectada su eliminación 2º azud
1º azud, es la causante de la retención de gravas y proyectada
su eliminación.
Escala para peces inutilizada
AZUDES DEL BOMBEO
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Fotografía 9:
Fotografía 10:
Acequia para la escala para peces inutilizada
Alternativa barata para poner en funcionamiento de la escala para peces. Se
muestra la zona de corte del borde de la acequia para permitir el paso del agua.
Inicio de la escala
para peces
Zona de vertido de la escala para peces también inutilizada
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Fotografía 11:
INDUSTRIA DE COGENERACIÓN DE ENERGIA DEL BATÁN EN BECEITE
Fotografía 12:
Acumulación de gravas aguas arriba de la 1º azud del bombeo sobre el cauce del río Ulldemó.
Polígono industrial de Beceite
Industria de cogeneración de
energía
Río Matarraña
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Fotografía 13:
TALUD DE CONTENCIÓN DE LA BALSA DE LAVADO DE ÁRIDOS JUSTO AL BORDE DEL CAUCE
Fotografía 14:
Detalle de la industria de cogeneración justo al borde del cauce del río Matarraña
Zona de fugas
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ANEXO II
INFORME DEL ANÁLISIS DE AGUAS ALREDEDOR DE LA
INDUSTRIA DE COGENERACIÓN DE ENERGÍA
DEL BATÁN EN BECEITE