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Ciencia Jurídica Universidad de Guanajuato División de Derecho, Política y Gobierno Departamento de Derecho Año 3, núm. 5 P. 105 Fecha de recepción: 27 de noviembre 2013 Fecha de aprobación: 20 de mayo de 2014 ORIENTACIONES PARA RESOLVER CASOS DE TEORÍA DEL DELITO Guidelines for resolving cases of crime theory Manuel VIDAURRI ARéCHIGA 1 Sumario: I. Comentarios introductorios. II. Importancia de la legislación, doctrina y jurisprudencia. III. Con- sejos y sugerencias a modo de principios. IV. Orientaciones para resolver casos penales. V. Fuentes. Resumen: El autor hace sugerencias a los estudiantes de Derecho penal para solucionar casos de teoría del delito. Se trata de orientaciones básicas que complementan las explicaciones de los profesores. Palabras clave: Derecho penal, teoría del delito. Abstract: e author makes suggestions to students of criminal law theory to solve crime cases. ese are basic guidelines that complement the explanations of teachers. Keywords: Criminal law. eory of crime. I. Comentarios introductorios Las presentes orientaciones tienen una pretensión muy específica: auxiliar al estudiante de teoría del delito a resolver casos penales, 2 proponiéndole una metodología que le guíe en ese propósito. En cualquier actividad humana, si se quieren los mejores resultados, siempre es mejor seguir una metodología que prescindir de la misma. Son más los inconvenientes de proceder sin método que las ventajas que se desprenden de seguir una serie de pasos dirigi- 1 Doctor en Derecho por la Universidad de Sevilla. Profesor Investigador del Departamento de Derecho de la División de Derecho, Política y Gobierno de la Universidad de Guanajuato. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores (Nivel II) y cuenta con perfil PROMEP. Miembro del Cuerpo Académico: Ciencia Penal, Estado de Derecho y Derechos Humanos. Una versión de este texto formará parte del libro que sobre la teoría general del delito viene preparando el autor. 2 Como sugerencias bibliográficas sobre resolución de casos penales se encuentran las siguientes: AGUDE- LO BETANCUR, Nódier, Casos de Derecho penal, Editorial Temis, Bogotá, 1990; ESER, Albin y BJöRN Burkhardt, Derecho penal. Cuestiones fundamentales de la teoría del delito sobre la base de casos de sen- tencias, Editorial Colex, Madrid, 1995; FELLINI, Zullita, Resolución de casos de Derecho penal, Ediciones Depalma, Buenos Aires, 2004; KERN, Eduard, Guía para el tratamiento de casos de Derecho penal, Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1968; MAQUEDA ABREU, María Luisa y Patricia Laurenzo Copello, El Derecho pe- nal en casos, tercera edición, Editorial Tirant lo Blanch, Valencia, 201; ROMERO, Gladys, Casos de Derecho penal. Manual práctico; Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1992.

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  • Ciencia JurdicaUniversidad de Guanajuato

    Divisin de Derecho, Poltica y GobiernoDepartamento de Derecho

    Ao 3, nm. 5P. 105

    Fecha de recepcin: 27 de noviembre 2013Fecha de aprobacin: 20 de mayo de 2014

    ORIENTACIONES PARA RESOLVER CASOS DE TEORA DEL DELITO

    Guidelines for resolving cases of crime theory

    Manuel Vidaurri arChiGa1

    Sumario:i. Comentarios introductorios. ii. importancia de la legislacin, doctrina y jurisprudencia. iii. Con-sejos y sugerencias a modo de principios. iV. Orientaciones para resolver casos penales. V. Fuentes.

    Resumen: El autor hace sugerencias a los estudiantes de derecho penal para solucionar casos de teora del delito. Se trata de orientaciones bsicas que complementan las explicaciones de los profesores.

    Palabras clave: derecho penal, teora del delito.

    Abstract: The author makes suggestions to students of criminal law theory to solve crime cases. These are basic guidelines that complement the explanations of teachers.

    Keywords: Criminal law. Theory of crime.

    I. Comentarios introductorios

    Las presentes orientaciones tienen una pretensin muy especfica: auxiliar al estudiante de teora del delito a resolver casos penales,2 proponindole una metodologa que le gue en ese propsito. En cualquier actividad humana, si se quieren los mejores resultados, siempre es mejor seguir una metodologa que prescindir de la misma. Son ms los inconvenientes de proceder sin mtodo que las ventajas que se desprenden de seguir una serie de pasos dirigi-

    1 Doctor en Derecho por la Universidad de Sevilla. Profesor Investigador del Departamento de Derecho de la Divisin de Derecho, Poltica y Gobierno de la Universidad de Guanajuato. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores (Nivel II) y cuenta con perfil PROMEP. Miembro del Cuerpo Acadmico: Ciencia Penal, Estado de Derecho y Derechos Humanos.

    Una versin de este texto formar parte del libro que sobre la teora general del delito viene preparando el autor.

    2 Como sugerencias bibliogrficas sobre resolucin de casos penales se encuentran las siguientes: AGUDE-LO BETANCUR, Ndier, Casos de derecho penal, Editorial Temis, Bogot, 1990; ESER, Albin y BjRN Burkhardt, derecho penal. Cuestiones fundamentales de la teora del delito sobre la base de casos de sen-tencias, Editorial Colex, Madrid, 1995; FELLINI, Zullita, resolucin de casos de derecho penal, Ediciones Depalma, Buenos Aires, 2004; KERN, Eduard, Gua para el tratamiento de casos de derecho penal, Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1968; MAqUEDA ABREU, Mara Luisa y Patricia Laurenzo Copello, El derecho pe-nal en casos, tercera edicin, Editorial Tirant lo Blanch, Valencia, 201; ROMERO, Gladys, Casos de derecho penal. Manual prctico; Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1992.

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    dos al logro del objetivo determinado. Otra cosa es que, luego de probarla, la metodologa no resulte adecuada, lo cual tiene solucin: adoptamos otra.

    Aprender teora del delito es una tarea que exige dedicacin y esfuerzo. La utilizacin de casos penales, generalmente hipotticos, es una tcnica frecuente en nuestras Facultades y Escuelas de Derecho ya que permite al estudiante poner en prctica los aspectos tericos de la asignatura. Consecuentemente, en este captulo ponemos a disposicin del estudiante una serie de consejos y sugerencias metodolgicas dirigidas a facilitar el anlisis y resolucin de los casos sugeridos en clase.

    Esta gua no sustituye, en modo alguno, al profesor. Indiscutiblemente, su apoyo y orien-tacin ser fundamental por lo que la asistencia a las sesiones en el aula resultan insustitui-bles. La investigacin y el estudio individual as como el trabajo de anlisis en grupo, son otras actividades que no deben descuidarse.

    Por otra parte, a lo largo de su proceso formativo el estudiante de teora del delito deber completar las siguientes tres tareas:

    Conocimiento del cdigo penal que se aplicar al caso concreto.

    Familiarizarse con una serie de conceptos y teoras que la doctrina jurdico-penal ha venido construyendo a lo largo del tiempo.

    Desarrollar un mtodo para analizar (y resolver) los casos de teora del delito que nos presenten.

    I.1. Conocimiento del cdigo penal que se aplicar al caso concreto

    Conocer un cdigo es igual a decir que lo hemos estudiado, lo hemos comentado, lo hemos discutido. Ahora que, como es bien sabido, coexisten en nuestro pas tantos cdigos penales como entidades federativas lo componen, adems de uno de alcance federal y uno ms para el Distrito Federal, por lo que resulta aconsejable conocer lo mejor posible el del propio Esta-do y, en lo posible, el Cdigo Penal Federal, por aquello de las figuras tpicas que solo son de competencia federal. Desde luego, realizar anlisis comparativos entre los cdigos puede ser altamente ilustrativo. Un consejo ms: procurar conseguir siempre el cdigo penal vigente, siendo conveniente que el mismo sea obtenido directamente en la instancia correspondiente del poder legislativo.3 Muy ventajosos es el hecho de que ahora todo el orden jurdico nacio-nal pueda ser consultados en lnea.4

    I.2. Familiaridad con los conceptos y teoras jurdico-penales

    Generalmente, los programas de estudio de la carrera de Derecho consideran una serie de cursos de Derecho penal a travs de los cuales se estudia la teora de la norma, la teora del delito y, finalmente, la teora de la pena y las medidas de seguridad. En cada uno de estos momentos se van mostrando al estudiante los conceptos y teoras fundamentales e impres-cindibles para el conocimiento y manejo de la disciplina. Aprender las principales teoras as

    3 Se recomienda obtener siempre la ltima versin oficial misma que, generalmente, estar a disposicin del pblico en los portales o pginas web de los congresos locales y federal.

    4 www.ordenjuridico.gob.mx; tambin: www.scjn.gob.mx, 10 de diciembre de 2013.

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    Orientaciones para resolver casos de teora del delito

    como identificar y aplicar las diferentes categoras conceptuales propias del derecho penal servirn enormemente, tanto en la etapa de formacin, como en la praxis profesional.

    Por lo dems, dado que el Derecho positivo y la doctrina sufren transformaciones con cierta frecuencia, resulta aconsejable procurar mantenerse al da, bien acudiendo con fre-cuencia a seminarios, talleres y conferencias sobre la materia, as como por la adquisicin de material bibliogrfico bsico y especializado. La consulta de revistas electrnica, la consulta de acervos cientficos especializados o jurisprudenciales deber convertirse en una constan-te, tanto en la vida estudiantil como en la profesional.

    I.3. Desarrollar un mtodo para analizar (y resolver) los casos de teora del delito que nos presenten

    Cualquier actividad humana, incluyendo la intelectual, requiere de un mtodo para desarro-llarlas con provecho y eficacia. Sobre este particular, no debemos olvidar que los penalistas contamos con un mtodo propio: la dogmtica penal. Ya en otro lugar hemos sealado que la dogmtica penal es el mtodo utilizado por los penalistas para imponerse del contenido del Derecho penal positivo5. Sin embargo, aqu nos referimos a algo relativamente diferente; pensamos en una metodologa para resolver casos penales, esto es una serie de pasos a se-guir para encontrar una solucin, la cual estar sustentada en la dogmtica penal, entendida ahora como el compendio de teoras jurdico- penales elaboradas con fines esclarecedores del problema penal considerado globalmente.

    II. Importancia de la legislacin, doctrina y jurisprudencia

    Conforme vaya avanzando en los estudios profesionales, el estudiante se ir dando cuenta de que el aprendizaje del Derecho se logra con tenacidad, constancia y concentracin. Tambin notar que en ese trabajo cotidiano juegan un papel importantsimo la legislacin, la doctri-na y la jurisprudencia.6

    Conocer la ley equivale a verificar el qu y el cmo se regula un determinado aspec-to de la vida en sociedad; la ley dice que camino debe seguirse y hasta donde llegan las posibilidades del individuo con respecto al ejercicio de su libertad individual respecto de las de otras personas.

    Imponerse de las aportaciones cientficas de los investigadores y tratadistas de la ciencia jurdica, esto es, conocer la doctrina sobre cualquier materia, permitir iden-tificar los problemas concretos pero tambin las diferentes propuestas de solucin.

    Enterarse de los contenidos propios de la jurisprudencia nos acercar a la praxis jurdica, lo que no es poca cosa; el derecho penal es saber practico y su concrecin se logra al momento en que los jueces aplican lo dispuesto por la ley.

    5 VIDAURRI ARCHIGA, Manuel, introduccin al derecho penal, Editorial Oxford University Press, Mxi-co, 2012, p. 30.

    6 FELLINI, Zulita, resolucin de casos de derecho penal, Op. Cit., p. 10, menciona al respecto: Antes de apli-car un texto legal es necesario hacer un exhaustivo estudio del mismo a travs de las fuentes de conocimien-to: doctrina y jurisprudencia en sus acepciones amplias.

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    III. Consejos y sugerencias a modo de principios

    reconocer que nunca un caso es igual a otro

    Parece una simpleza decir lo anterior, sin embargo es necesario repetirlo. Cada caso tiene sus propias caractersticas; sern distintos los sujetos que cometen el delito y los que lo pade-cen; ser siempre distinto el lugar, tiempo, modo y ocasin. Y tambin es posible que la ley aplicable sea distinta, bien porque se haya modificado en el lapso transcurrido entre un caso y otro, bien porque se trata del mbito local o federal, o bien porque se refiera a un cdigo penal de otra entidad federativa.

    antes de emitir alguna opinin debe estudiarse concienzudamente el caso

    Los penalistas deben ser, en un primer momento, mesurados en sus opiniones, las que de-ben basarse en la ley, orientarse por la doctrina ms actual y consistente, y someterse a la jurisprudencia aplicable al caso en cuestin. Visto as, deslizar una opinin a la ligera puede traer consecuencias indeseables. Luego, se aconseja leer el caso ms de una vez, sin dejar de analizar cualquier detalle por menor que parezca y nunca agregar elementos inexistentes. Todos los hechos que se dan en el caso se los supone absolutamente probados, con lo cual es innecesario detenerse a examinar la certeza de ellos.7

    Prohibido imaginar que ocurri algo que el caso no dice

    Si no se observa este principio, es posible que se encuentre una solucin, pero a un caso distinto y no al que nos han presentado.

    aceptar que no hay soluciones nicas

    Ya se ver a lo largo de la actividad profesional, que un caso puede tener ms de una res-puesta, dependiendo de quien haga el estudio y del grado de profundidad con el que el caso mismo sea analizado. Como bien indica Gladys Romero, la solucin a la que se llegue no es tan importante como la fundamentacin que de ella se haga.8 Ms an, la solucin del caso depender igualmente de la teora del delito utilizada, de modo que al decir que no hay una solucin nica debemos agregar que tampoco hay una sola teora del delito.

    Preparar esquemas de solucin provisionales

    A cada paso que se vaya dando en el anlisis del caso es pertinente construir un esquema de solucin. Cada problema particular del caso en cuestin deber ser resuelto, y es preferible detenerse en cada aspecto, aunque esto represente mayor esfuerzo. La suma de esquemas y sus respectivas soluciones abonar a la conclusin final.

    7 ROMERO, Gladys, Casos de derecho penal. Manual prctico, Op. Cit., p. 3; tambin as, FELLINI, Zuli-ta, resolucin de casos penales, Op. Cit., p. 10.

    8 ibidem., p. 9.

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    Seguir un orden en el anlisis del caso

    Naturalmente de esto hablamos cuando nos referimos a contar con una metodologa. En este momento, pensamos en seguir un orden analtico al modo siguiente: primero, hacer la confrontacin de los hechos con lo establecido en la ley, luego realizar una revisin de las opiniones tericas que sobre el problema jurdico se hayan formulado y, por ltimo, verificar la opinin jurisprudencial que pudiera haber al respecto. Siguiendo estos pasos se alcanzar una visin integral del problema.

    Procurar construirse una opinin propia en torno al caso

    Las posturas doctrinales o las tesis jurisprudenciales pueden no ser las ms razonables o las ms lgicas. Puede incluso tratarse de opiniones ya trascendidas por virtud del signo de los tiempos o por aportaciones tericas ms acabadas. Por eso mismo, el analista deber buscar construir y formular su opinin misma que, finalmente, ser la que defienda frente a sus contrapartes.

    Considerar en todo momento la vigencia y observancia de los principios estructurales del derecho penal

    El Derecho penal de corte democrtico se construye sobre la base de una serie de principios limitadores del ius puniendi, todos los cuales deben ser observados sin excepcin por el analista del caso penal. Si bien es cierto, uno de estos principios (el de legalidad) es bsico, tambin lo son el de presuncin de inocencia, culpabilidad, exclusiva proteccin de benes jurdicos, materialidad, por mencionar expresamente algunos.

    IV. Orientaciones para resolver casos penales

    Segn un reconocido autor:

    La solucin de un caso penal consiste en trasladar a un suceso concreto la decisin general contenida en el texto legal. Para ello es necesario valerse del sistema de anlisis de la teora del delito. Se llega a la solucin mediante un proceso mental que comienza con una intui-cin global de las soluciones posibles. Tales intuiciones son depuradas a travs del anlisis de los elementos del hecho que permiten la aplicacin de los conceptos de la dogmtica. La intuicin inicial de la solucin, suele estar fuertemente influida por las representacio-nes del que juzga, respecto de los fines de la pena.9

    Segn pensamos, la teora del delito es un instrumento conceptual que permite la aplicacin racional de la ley penal a los casos concretos. En cierto modo, la teora del delito induce a la realizacin de tres juicios sucesivos: uno sobre la conducta del autor, otro sobre su contra-riedad con la norma y un tercero referido a la posibilidad de responsabilizar personalmen-te al autor por el hecho antijurdico realizado; poniendo atencin, nos damos cuenta que estos juicios se corresponden con las categoras bsicas que componen la teora del delito:

    9 BACIGALUPO, Enrique, Tcnica de solucin de casos penales, Editorial Hammurabi, Buenos Aires, 1998, p. 82, citado por FELLINI, Zulita, resolucin de casos penales, Op. Cit., p. 10.

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    tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad;10 por supuesto, tambin deber considerarse la pu-nibilidad, como consecuencia jurdica del delito y la cual posee reglas de aplicacin que igualmente deben ser tomadas en cuenta.

    Hasta aqu hemos delineado algunos elementos a seguir; primeramente con unas consi-deraciones generales sobre los presupuestos propios del estudiante, seguidos de una serie de principios bsicos y luego con algunas reflexiones sucintas en torno a la ley, la doctrina y la jurisprudencia. A continuacin, nos ocuparemos de los pasos que deben darse para la resolucin de un caso penal, siguiendo en lo general los esquemas que, por su lado, han pro-puesto Fellini Zulita, Maqueda Abreu y Laurenzo Copello.11

    Obviamente, al estudiar un caso penal debe tenerse a la mano el cdigo penal con el que piensa resolverse el mismo. De la misma manera, ser til contar con las notas de clase y el libro de estudio.

    IV.1. Aspectos generales

    qu hizo el sujeto activo del delito? mat, robo, viol? al responder esta interro-gante se estar identificando la conducta penalmente relevante.

    Determinar si se trata de una conducta perpetrada por accin u omisin del sujeto activo. En este punto, deber descartarse alguna causa de exclusin, como pueden ser la fuerza fsica irresistible, actos reflejos, estados de inconsciencia absoluta, etc.

    Especificar los tipos penales que puedan resultar aplicables. El objetivo es verificar que los hechos encuadren en algn tipo penal; es lo que se conoce como subsuncin. En este punto, no se prejuzga la responsabilidad personal del autor.

    Precisar si se trata de un delito de lesin o de peligro, comn o especial; es decir, que tipo de delito es el cometido.

    Identificar si el tipo penal se ha cometido dolosa o culposamente.

    IV.2. Accin dolosa

    Si se trata de una accin dolosa, analizar estos aspectos:

    Tipicidad:

    Elementos objetivos: accin, sujetos, objeto, resultado, relacin de causalidad.

    Elementos subjetivos: Dolo directo o eventual; la presencia de algn tipo de error.

    10 En este sentido MAqUEDA ABREU, Mara Luisa y Patricia Laurenzo Copello, El derecho penal en casos, Op. Cit., p. 255.

    11 FELLINI, Zulita, resolucin de casos penales, Op. Cit., p. 13 y siguientes; as como las aportaciones de Ma-queda Abreu, Mara Luisa y Patricia Laurenzo Copello, El derecho penal en casos, Op. Cit., p. 255 y siguientes.

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    Orientaciones para resolver casos de teora del delito

    Antijuridicidad:

    Verificar la presencia de alguna causa de justificacin o de error:

    Legtima defensa.

    Estado de necesidad.

    Ejercicio de un Derecho.

    Cumplimiento de un deber.

    e) Error.

    Culpabilidad:

    Poniendo atencin en sus presupuestos:

    Comprobar la imputabilidad del autor.

    Conocimiento de la antijuridicidad.

    Capacidad de culpabilidad.

    Exigibilidad de otra conducta.

    Error de prohibicin.

    Punibilidad:

    En este aspecto habr de verificarse si el tipo penal establece algn requisito para la aplica-cin de la pena que sea diverso al injusto o a la culpabilidad. Si se prev una excusa absolu-toria o alguna condicin objetiva de punibilidad.

    Tentativa:

    que puede ser idnea o inidnea, acabada o inacabada. Igualmente si hubo desistimiento por parte del sujeto activo.

    Autora y participacin:

    Autora: directa, mediata y coautora.

    Participacin: induccin o complicidad.

    Concurso:

    De leyes o concurso de delitos -real o ideal-.

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    IV.3. Accin culposa o imprudente

    Si se trata de una accin culposa, analizar estos aspectos:

    Tipicidad:

    Asegurarse que el tipo penal admite esta forma de realizacin.

    Analizar el disvalor de la accin y el disvalor del resultado.

    Precisar la infraccin al deber de cuidado.

    Revisar lo concerniente a la relacin de causalidad.

    Antijuridicidad:

    Analizar lo relativo a las causas de justificacin.

    Culpabilidad:

    Capacidad de culpabilidad.

    Exigibilidad de otra conducta.

    Conocimiento del contenido de la norma de cuidado.

    Error de prohibicin.

    Punibilidad:

    La que se determine para el tipo penal cometido.

    Autora y participacin:

    Determinacin del autor; las formas de participacin estar en funcin de la del autor.

    Concurso:

    De leyes y de delitos.

    IV.4. Omisin dolosa

    Tratndose de delitos de omisin dolosa, revisar estos puntos:

    Tipicidad

    Elementos objetivos:

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    Orientaciones para resolver casos de teora del delito

    1. Delitos propios de omisin:

    Situacin generadora del deber.

    Acreditar la omisin.

    Verificar la capacidad de actuacin del sujeto activo.

    2. Delitos impropios de omisin:

    Comprobar la produccin del resultado de un delito de comisin.

    Verificar que ha intentado impedir la produccin del resultado.

    Establecer que la realizacin de la accin omitida hubiera evitado el resultado.

    Acreditar la capacidad para actuar.

    Determinar la posicin de garante (sus fuentes).

    Elementos subjetivos:

    El dolo.

    Conocimiento de la situacin generadora del deber de actuar.

    Error.

    Por lo que hace a la antijuridicidad, culpabilidad, punibilidad, tentativa, autora y participa-cin, la punibilidad y el concurso, aplica lo sealado en el apartado II.

    IV.5. Omisin culposa o imprudente

    Si el delito se cometi por omisin imprudente o culposa, la nica diferencia con el de co-misin consiste en que el autor no infringi el cuidado debido con un acto positivo sino omitiendo. Los dems elementos son coincidentes.

    V. FUENTES

    AGUDELO BETANCUR, Ndier, Casos de derecho penal, Editorial Temis, Bogot, 1990.

    BACIGALUPO, Enrique, Tcnica de solucin de casos penales, Editorial Hammurabi, Bue-nos Aires, 1998.

    ESER, Albin y BjRN Burkhardt, derecho penal. Cuestiones fundamentales de la teora del delito sobre la base de casos de sentencias, Editorial Colex, Madrid, 1995.

    FELLINI, Zullita, resolucin de casos de derecho penal, Ediciones Depalma, Buenos Aires, 2004;

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    KERN, Eduard, Gua para el tratamiento de casos de derecho penal, Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1968.

    MAqUEDA Abreu, Mara Luisa y Patricia Laurenzo Copello, El derecho penal en casos, tercera edicin, Editorial Tirant lo Blanch, Valencia, 2011.

    ROMERO, Gladys, Casos de derecho penal. Manual prctico; Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1992.

    VIDAURRI ARCHIGA, Manuel, introduccin al derecho penal, Editorial Oxford Univer-sity Press, Mxico, 2012.