Diapositiva 0 - AICEP Portugal Global€¦ · Title: Diapositiva 0 Author: Emramire Created Date:...
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¿Cómo hacer negocios en Colombia?
Colombia: Oportunidades de inversión de largo plazo. 1. Colombia tiene un crecimiento interno sostenido en un periodo de mas de 10 años. El incremento del PIB colombiano en el 2016 fue del 3,1%. 2. Integración del mercado colombiano a la economía mundial por efectos de los tratados de libre comercio. 3. Generación de oportunidades: 3.1. Desarrollo de infraestructura interna. 3.2. Presencia de productos y servicios en el mercado internacional a partir de Colombia.
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La integración de los inversionistas extranjeros al mercado colombiano, significa la participación tanto en Colombia como en el exterior de las oportunidades que se generan en el país.
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Estabilidad juridica y derechos adquiridos
• Una rara estabilidad constitucional, se
suma a un religioso respeto a lo que
la jurisprudencia conoce como
derechos adquiridos. Es el principio
según el cual una ley posterior no los
puede vulnerar. Como la mayoría de
las leyes intenta hacerlo, los
abogados en Colombia disfrutamos
de cierta prosperidad
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Estabilidad y certeza
jurídica
• El propósito de esta charla es describir
la forma como un extranjero, y mas
concretamente un portugues, puede
efectuar operaciones de exportación e
importación al y desde el territorio
colombiano de manera legítima
• Por su ubicación geográfica
estratégica y la posición privilegiada
para acceder a los mercados
internacionales, y por medio de los
acuerdos internacionales firmados que
promueven los beneficios arancelarios,
Colombia cuenta con trámites de
aduana ágiles, eficientes y modernos,
de acuerdo con los estándares
internacionales de comercio exterior
Derechos adquiridos
en Colombia
Actividades Permanentes
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Asumimos que la inversión va a desarrollar lo que la ley denomina
ACTIVIDADES PERMANENTES, que según el Código de Comercio consisten en:
1 Abrir dentro del territorio de la República establecimientos mercantiles u oficinas de
negocios aunque éstas solamente tengan un carácter técnico o de asesoría
2 Intervenir como contratista en la ejecución de obras o en la prestación de servicios
3 Participar en cualquier forma en actividades que tengan por objeto el manejo,
aprovechamiento o inversión de fondos provenientes del ahorro privado
4 Dedicarse a la industria extractiva en cualquiera de sus ramas o servicios
5 Obtener del Estado colombiano una concesión o que ésta le hubiere sido cedida a
cualquier título, o que en alguna forma participe en la explotación de la misma
6 El funcionamiento de sus asambleas de asociados, juntas directivas, gerencia o
administración en el territorio nacional.
Actividades Permanentes
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Para realizar actividades empresariales permanentes en Colombia
se puede optar por una de estas modalidades
Establecer una
sucursal
colombiana de
una sociedad
extranjera
Constituir una
sociedad
colombiana
Designar un
apoderado
general
Sucursales de Sociedad Extranjera
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Todas las sociedades constituidas
conforme a la ley de otro país y con
domicilio principal en el exterior
Sociedad extranjera
Establecimientos de comercio
abiertos dentro o fuera del domicilio
de la sociedad extranjera, para el
desarrollo de los negocios sociales o
de parte de ellos administrados por
mandatarios con facultades para
representar a la sociedad cuando
esta vaya a establecer negocios de
carácter permanente en Colombia
Sucursal de sociedad extranjera
La sucursal extranjera NO ES UN
ENTE AUTÓNOMO distinto de la
casa principal debido a que no goza
de personería jurídica independiente
Sociedad por Acciones Simplificadas
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El régimen de las sociedades colombianas ha obligado a la
solemnidad de la escritura pública, que debe otorgarse ante
Notario. Como el sistema notarial es engorroso y relativamente
costoso, la eliminación de este requisito para las Sociedades
por Acciones Simplificadas, facilita su constitución y manejo. La
SAS se constituye por documento privado autenticado ante
Notario. Sus reformas se producen de igual manera.
Sociedad por Acciones Simplificadas
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• Documento privado, con inscripción en el Registro Mercantil Constitución
• Mínimo: 1 accionista
• Máximo: No existe número máximo de accionistas Socios
• Se limita al monto de los aportes salvo en fraude a la ley o abuso de la SAS en perjuicio de
terceros. No hay solidaridad de los socios en aspectos fiscales y laborales Responsabilidad
• El pago puede ser diferido hasta por dos años. No requiere se capital mínimo. Se
representan en acciones. Aportes
• Los socios pueden crear cualquier tipo de acciones incluidas: ordinarias, con dividendo
preferencial y sin derecho a voto, privilegiadas, con voto múltiple, con dividendo fijo y de pago Títulos
• La estructura puede diseñarse en los estatutos Administración
• En caso de no existir el máximo órgano social será la asamblea de accionistas y el
representante legal Junta Directiva
• En caso de que los activos brutos a 31 de diciembre del año anterior excedan los 5000
SMLMV, o si los ingresos durante el mismo periodo exceden los 3000 SMLMV, la revisoría
fiscal es obligatoria. En caso que lo anterior no se dé, la revisoría será potestativa Revisoría fiscal
• Arbitraje, Superintendencia de Sociedades. Por excepción la jurisdicción ordinaria.
Resolución de
conflictos entre
accionistas
Características
Incentivos Constitución de Sociedades Ley 1429 de 2010
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Finalidad
• La ley tiene por objeto la formalización y la generación
de empleo, generando incentivos para la creación de
empresa, aumentando beneficios y disminuyendo costos
Ámbito de
aplicación
• Su aplicación está dirigida a pequeñas empresas,
aquellas cuyo personal no sea superior a 50
trabajadores y cuyos activos totales no superen los
5,000 SMLMV, los incentivos solo aplican para empresas
constituidas después de la entrada en vigencia de la ley
Inicio de la
actividad
económica
• Se asimila al momento de la inscripción en el Registro
Mercantil, sin importar si anteriormente se haya operado
como empresa informal
Incentivos para la creacion de empresa
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Incentivos para
la generación de
empleos y
formalización
laboral
Incentivo para la
generación de empleo
de grupos vulnerables
Incentivo para la
generación de empleo
para personas de bajos
ingresos
Apoyos económicos no
constitutivos de renta ni de
ganancia ocasional
Régimen Tributario
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IMPUESTOSNACIONALES
IMPUESTO DESCRIPCIÓN NORMATIVIDAD TARIFA
Impuestode
RentayGananciaOcasional
Esteimpuestogravalasutilidadesgeneradasconenvirtuddelasoperaciones ordinaras de laempresa. El impuesto deganancia ocasional grava las
ganancias generadas poractividadesnorelacionadascon
lasoperacionesordinarias.
Artículo240delEstatutoTributario,modificado porelartículo94de
la ley1607de2012
Tiene unatarifadel25%,con excepciónde las zonasfrancas donde
esdeun15%.
ImpuestoalValorAgregado(IVA)
Es un impuesto que se causa
sobrelaprestacióndeserviciosy
ventaeimportacióndebienes.
Artículos 420-
428delEstatuto
Tributario
Tres tarifas
segúnelbieno
servicio:0%,5%y16%
ImpuestoalasTransacciones
Financieras
Impuesto aplicado a cada
transacción destinada a retirar
fondos de cuentas corrientes,ahorrosychequesdegerencia.
Artículo 870 a
878delEstatuto
Tributario
Tiene una
tarifa del
0,4%poroperación.
ImpuestosobrelaRentaparala
Equidad(CREE)
Este impuesto a cargo de laspersonasjurídicasenbeneficiode
los trabajadores que se aplicasobre los ingresos que sean
susceptibles de incrementar el
patrimoniodelasempresas.
Artículo23delaley 1607 de
2012.
Tiene unatarifa del
9%hasta elaño2015,ydel
8%a partir
delaño2016.
Impuestode
RepatriacióndeDividendos
Permite que las empresasespañolasqueposeanmásdeun
20%deunaempresacolombianapodránbeneficiarsedel100%delosdividendosbrutosqueéstaabone sin tener ninguna
retenciónenorigen.Noobstantesi la empresa española esposeedorademenosdel20%dela filial, puede existir unaretención en origen, que nopodrá exceder del 5% deldividendobruto.
Convenio paraevitar la doble
imposiciónsuscrito entreEspaña yColombiael31
de marzo de2005 aprobadoporlaley1082de2006
N/A
Régimen Tributario
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Costos Laborales
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• Impuesto a cargo de las personas jurídicas en beneficio de los trabajadores que se
aplica sobre los ingresos que sean susceptibles de incrementar el patrimonio de las
empresas.
Tiene una tarifa del 9% hasta el año 2015 y del 8% a partir del año 2016.
Impuesto sobre la
Renta para la
Equidad (CREE)
• Es una prestación para la cual deben aportar mensualmente el empleador y el
trabajador el 16 % del salario del servidor, de los cuales el 75% será a cargo del
empleador y el restante 25% a cargo del trabajador. Pensión
• El empleador y el trabajador están obligados a aportar mensualmente el 12.5% del
salario del trabajador, del cual el 8.5% está a cargo del empleador. Salud
• Los empleadores están obligados a pagar a sus trabajadores treinta (30) días de
salario por año o proporcional a los días trabajados, pagaderos semestralmente.
Prima de
servicios
• Por ésta prestación social, anualmente todo empleador está obligado a pagar a su
empleado treinta (30) días de salario por año laborado. Cesantías
Intereses de
Cesantías • Sobre el valor total de las cesantías, debe calcularse el 12%, liquidados a 31 de
diciembre de cada año. El valor resultante debe cancelarse a cada trabajador.
Vacaciones • Todo trabajador tiene derecho a quince (15) días hábiles de descanso remunerado
por cada año de servicios.
Derechos cambiarios
• Reinvertir las utilidades o retener en
el superávit las utilidades no
distribuidas con giro
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Remitir al exterior las utilidades netas
comprobadas que generen
periódicamente sus inversiones
• Remitir al exterior las sumas recibidas
como producto de la enajenación de la
inversión dentro del país, o de la
liquidación de la empresa o portafolio
de acuerdo al depósito previamente
mencionado, o de la reducción de su
capital
Capitalizar las sumas con derecho a
giro, producto de obligaciones
derivadas de la inversión
Una vez registrada la inversión, el titular de la misma tiene los
siguientes derechos cambiarios . . .
Modalidades de inversión
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DINERO ESPECIE
El ingreso de divisas esta sometido al régimen cambiario que obliga al
registro del ingreso de divisas ante el Banco de la República o Banco Central.
El régimen cambiario en Colombia es de libertad de cambios y libre
fluctuación de la tasa, determinada por el mercado.
Principios de la Inversión Extranjera
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No se admite imposición de tratamientos discriminatorios o más favorables a los
inversionistas extranjeros
Igualdad en el trato
con la inversión
nacional
Puede hacerse en todos los sectores de la economía, con excepciones muy
concretas.
•Actividades de defensa y seguridad nacional
•Manejo de desechos tóxicos, peligrosos o radioactivos NO producidos en el
país.
•Empresas de vigilancia y seguridad privada
Universalidad
de la inversión
No requiere autorización salvo para regímenes especiales que requieren
autorización de autoridades oficiales (ministerios o superintendencias) dentro de
los que se destacan:
•El Sector minero y de hidrocarburos
•Aseguradoras
•Televisión
•Sector Financiero
Automaticidad
Las normas para el reembolso de la inversión y para la remisión de las utilidades
que se encuentren vigentes no podrán ser modificadas de manera que afecten
desfavorablemente al inversionista.
Estabilidad y
seguridad jurídica
Precisiones
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• Por una rigurosa y extensa regulación en el tiempo puede existir
la sensación, en Colombia de que aun rige un sistema de control
de cambios, lo cual es inexacto.
• En realidad lo que existe es un régimen de plena libertad, pero
en general las operaciones de comercio exterior deben
canalizarse a través del mercado cambiario, lo que en resumen
significa que las divisas originadas en tales operaciones deben
venderse al Banco de la República.
Régimen migratorio
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• Controla el ingreso y permanencia de extranjeros en el
país
• Los portugueses están exentos de visa de visitante
• Si el país de donde viene el Extranjero no se encuentra
en la lista, deberá optar por alguna de estos tipos de
visa:
1.Visa de Negocios
2.Visa de Socio Propietario y Rentista
3.Visa Temporal de Trabajo
4.Visa Residente Inversionista
5.Visa Temporal Trabajador
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La guía pueden encontrarla y descargarla gratis en nuestra página web
http://www.abpabogados.com/
ARCINIEGAS LARA BRICEÑO PLANA (proximamente ALM
ABOGADOS)
BOGOTÁ, COLOMBIA
CARRERA 9 NO. 80 - 15 OF. 202
TELEFONO: (57-1) 4661992
CARACAS, VENEZUELA
AVENIDA FRANCISCO DE MIRANDA, CENTRO DE SEGUROS LA PAZ
PISO 8, ALA OESTE, OF. 360
TELEFONO: (58-212) 8232308