Diapositiva 1 - FeNaSTAC · multiplicada por un factor de prima (2.3), más la prima mínima de...
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Una de las obligaciones de las empresas registradas en el IMSS, es
revisar su siniestralidad de cada año, esto con el propósito de
determinar si su prima de riesgos de trabajo aumentó o disminuyó.
a) Concepto: Es la acción de determinar anualmente la prima
con que las empresas habrán de cubrir sus cuotas en el
seguro de riesgos de trabajo, tomando como base para el
cálculo los riesgos de trabajo ocurridos y terminados en las
empresas durante el ejercicio inmediato anterior a la fecha
de revisión.
a) Fundamento Legal:
Artículo 74 de la Ley del Seguro Social (LSS):
Obligación de las empresas de revisar anualmente su
siniestralidad, para determinar si permanecen en la
misma prima, disminuye o aumenta.
Determinación de la Prima
c) Reglas para la revisión anual de la siniestralidad y determinación de prima:
1. Siniestralidad: Se obtendrá con base en los casos de riesgos de trabajo
terminados durante el período de revisión comprendido del 1o. de enero al 31
de diciembre del año de que se trate.
2. Excepción: Los accidentes que ocurran a los trabajadores al trasladarse de su
domicilio al centro de labores o viceversa. (Art. 72, antepenúltimo párrafo,
LSS).
3. Determinación: Se considerará la siniestralidad de la empresa, multiplicada
por un factor de prima (2.3), más la prima mínima de riesgo (0.005).
4. Patrones con centros de trabajo que cuenten con un sistema de
administración y seguridad en el trabajo acreditado por la Secretaría del
Trabajo y Previsión Social, aplicarán un factor de prima de 2.2.
Determinación de la Prima I. Generalidades
) Reglas para la revisión anual de la siniestralidad y
determinación de prima:
1. Siniestralidad: Se obtendrá con base en los casos de riesgos
de trabajo terminados durante el período de revisión
comprendido del 1o. de enero al 31 de diciembre del año de
que se trate.
2. Excepción: Los accidentes que ocurran a los trabajadores al
trasladarse de su domicilio al centro de labores o viceversa.
(Art. 72, antepenúltimo párrafo, LSS).
3. Determinación: Se considerará la siniestralidad de la empresa,
multiplicada por un factor de prima (2.3), más la prima
mínima de riesgo (0.005).
4. Patrones con centros de trabajo que cuenten con un sistema de
administración y seguridad en el trabajo acreditado por la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aplicarán un factor de
prima de 2.2.
c) Reglas para la revisión anual de la siniestralidad y determinación de prima:
3. El valor obtenido deberá expresarse en por ciento (%) y se comparará contra
la prima con la cual la empresa cubre sus cuotas al momento de la revisión:
Si el valor es el mismo, se continuará utilizando la misma prima.
Si son diferentes, procederá la nueva prima, que podrá ser modificada
aumentándola o disminuyéndola en una proporción no mayor al uno por
ciento, con respecto a la prima anterior.
NOTA: Las modificaciones de prima no podrán exceder los límites mínimo y
máximo, que serán de 0.50000 y 15.00000 % de los salarios base de
cotización.
4. La prima obtenida tendrá vigencia desde el primero de marzo del año siguiente
a aquél en que concluyó el período de cómputo y hasta el último día de febrero
del año subsecuente.
Determinación de la Prima
I. Generalidades
d) Plazo de presentación de la determinación:
Durante el mes de febrero, haciendo constar los riesgos de trabajo
terminados durante el año que se revisa, precisando la identificación de los
trabajadores y las consecuencias de cada riesgo, así como los trabajadores
promedio expuestos al riesgo, a efecto de calcular la prima conforme a la que
cubrirán sus cuotas en el seguro de riesgos de trabajo.
Determinación de la Prima
I. Generalidades
Periodo de cómputo y de vigencia de la prima en el
seguro de riesgos de trabajo
2015
* El término de la vigencia podrá variar del 28 al 29 febrero
2012
DIC
EN
E
AB
R
MA
R
MA
Y
FE
B
JU
L
JU
N
SE
P
AG
O
OC
T
NO
V
DIC
EN
E
AB
R
MA
R
MA
Y
FE
B
JU
L
JU
N
SE
P
AG
O
OC
T
NO
V
DIC
EN
E
MA
R
FE
B
2 0 1 3 2 0 14
1o . 31
Periodo de
Cómputo
Periodo de vigencia
de la nueva prima
1o . 28*
x
Determinación de la Prima
I. Generalidades
II. Artículo 74 LSS: Obligación de revisar anualmente
la siniestralidad Determinación de la Prima
Obligados a presentar
determinación
No obligados a presentar
determinación
• Patrones cuya prima determinada
resulte diferente a aquella con la
que venían cubriendo sus cuotas
en el periodo inmediato anterior,
están.
• Las empresas de menos de 10
trabajadores, que opten por
presentar la declaración anual
correspondiente.
• Empresas de reciente registro en el
Instituto o que hayan cambiado de
actividad y que no hayan completado
un periodo anual del 1 de enero al 31
de diciembre.
• Patrones que al determinar su prima
esta resulte igual a la del ejercicio
anterior
• Las empresas de menos de 10
trabajadores, que optan por cubrir la
prima media que les corresponda
conforme al reglamento.
Determinación de la Prima
DOCUMENTACION REQUERIDA
ST7………………AVISO DE ACCIDENTE DE TRABAJO
ST8……………....RECAIDA
ST9………………AVISO DE ENFERMEDAD DE TRABAJO
ST2………………ALTA A LABORAR
ST3……………....DICTAMEN DE IPP, IPT, DEFUNCION
Prima = [ ( S/365 ) + V* (I +D) * ( F / N) + M
Donde:
Determinación de la Prima
IV. Cálculo de la prima en el seguro de riesgos
de trabajo
a) Fórmula:
S
I
D
M
*
/
=
=
=
=
=
=
Total de los días subsidiados a
causa de incapacidad temporal.
Suma de porcentajes de las
incapacidades permanentes,
parciales y totales, divididos
entre 100.
Número de defunciones.
0.005, prima mínima de riesgo.
Símbolo de multiplicación
Símbolo de división
V
F
N
=
=
=
28 años, que es la duración
promedio de vida activa de un
individuo que no haya sido
víctima de un accidente mortal
o una incapacidad permanente
total.
2.3 ó 2.2 que es el factor de
prima.
Número de trabajadores
promedio expuestos al riesgo.
S= 484 I= 0.00 D= 0 N= 743.0
(484/365)+ 28*(0.00+0)*(2.3/743.0)+0.005
(1.32602740)+28*(0.00)*(2.3/743.0)+0.005
1.32602740 +0.00 *(2.3/743.0)+0.005
1.32602740 *(2.3/743.0)+0.005
( 1.32602740*0.00309556)+0.005
0.00410480+0.005
0.00910480 *100
Prima Obtenida = 00.91048%
Empresa de Clase IV, Fracción 309 y que del 1º de marzo de 2013 al
último día de febrero de 2014 cotizó con la prima del 03.18550 %
b) Ejemplo:
Prima = [ ( S/365 ) + V* (I +D) * ( F / N) + M
Determinación de la Prima
IV. Cálculo de la prima en el seguro de riesgos
de trabajo
LIMITE SUPERIOR + 1 04.18550 %
PRIMA ANTERIOR 03.18550 %
LIMITE INFERIOR - 1 02.18550 %
PRIMA OBTENIDA 00.91048 %
PRIMA NUEVA* 02.18550 %
* Corresponde a la disminución máxima de un punto porcentual que permite la Ley (Art. 74 LSS).
Determinación de la Prima
Comparación:
IV. Cálculo de la prima en el seguro de riesgos
de trabajo
Salarios Base de Cotización
X
Prima de Riesgo*
Cuotas patronales del S.R.T.
Determinación de la Prima
V. Integración de las cuotas el seguro de riesgos de
trabajo
a) Artículo 71 LSS:
Las cuotas que por el seguro de riesgos de trabajo deban pagar los patrones,
se determinarán en relación con la cuantía del salario base de cotización, y
con los riesgos inherentes a la actividad de la negociación de que se trate,
en los términos que establezca el reglamento relativo.
b) Procedimiento:
* Prima obtenida conforme a los artículos 72 y 74 de la Ley del Seguro Social.
¡POR SU ATENCION MUCHAS GRACIAS