· DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003. 1 DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y...

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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial Correo: [email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 359 SAN SALVADOR, VIERNES 2 DE MAYO DE 2003 NUMERO 78 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Asociación de Vigilantes Guardias de Seguridad Salvadoreños y de la Iglesia Profética Cristo Mi Rey, Acuerdos Ejecutivos Nos. 86 y 006, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. ............................................... MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 272.- Se autoriza la construcción de una estación de servicio en un inmueble situado en el municipio de Santa Ana. ................................................................................. MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos.- 15-0130, 15-0140, 15-0327, 15-0343 y 15- 0344.- Equivalencias de estudios. ............................................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 92-D y 103-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ............................. INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDIAS MUNICIPALES Decretos Nos. 4, 13, 14 y 15.- Reclasifícanse los Presupuestos “Municipal”, “Centro de Promoción Cultural y Recreativo” y “Especial de Mercados”, del Municipio de San Salvador. ........ Decretos Nos. 5, 6, 7, 8, 9 y 11.- Sustituciones de los Estatutos de: “Entidad Descentralizada con Autonomía denominada Parque Cuscatlán”; “Entidad Descentralizada con Autonomía denominada Finca El Espino, Parque Bosque Los Pericos”; “Centro de Promoción Cultural y Recreativo Municipal”; “Complejo Recreativo Cultural Katya Miranda”; “Ordenanza de Creación del Centro de Formación Laboral”; y “Ordenanza de Creación del Comité de Festejos”, del Municipio de San Salvador. Decreto No. 10.- Estatutos de la Administración General de Cementerios del Municipio de San Salvador. ........................... Decreto No. 12.- Ordenanza Reguladora de la Contaminación Ambiental por la Emisión de Ruidos en el Municipio de San Salvador. ...................................................... Decreto No. 16.- Reformas a la Ordenanza de Actualización de Tasas por el Arrendamiento de Puestos del Municipio de San Salvador. .................................................................................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos. 829 y 830.- DECLARATORIA DEFINITIVA A FAVOR DE LOS SRES. TERESA DE JESUS HERNANDEZ CHAVEZ, MENORES NAHUM OTONIEL Y HECTOR IVAN ORELLANA (1v.). ....................................... DE TERCERA PUBLICACION Cartel No. 815.- DECLARATORIA YACENTE DEL CAUSANTE JUAN ANTONIO HERNANDEZ, CURADOR VICTOR MANUEL GUEVARA CORTEZ (3 V.Alt.). ........... Carteles Nos. 816, 817 y 818.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE LOS SRES. MARIA ANGELA LOPEZ GARCIA Y MENORES JOSE RENE GRANADOS, MARIA ESPERANZA FUENTES MARTINEZ Y OTROS (3 V.Alt.). Carteles Nos. 819 y 820.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE LOS SRES. MACARIA UMANZOR Y MARIA ANTONIA VENTURA DE BENITEZ (3 V.Alt.). ................... SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos.- 14443-1v, 14436-1v, 14435-1v, 14434-1v, 14401-1v, 14400-1v, 14398-1v, 14385-1v, 14347-1v, 14348-1v, 14346-1v, 14344-1v, 14336-1v, 14304-1v, 14300-1v, 14297-1v, 14248-1v, 14314-1v, 14366-1v, 14396-1v, 14438-1v, 14417, 14414, 14403, 14368, 14334, 14319, 14312, 14278, 14416, 14412, 14397, 14327, 14380, 14381, 14382, 14383, 14384, 14386, 14389, 14390, 14391, 14392, 14393, 14445, 14444, 14429, 14431, 14432, 14350, 14277, 14358, 14361, 14526, 14374, 14356, 14295, 14296, 14351, 14427, 14330, 14331, 14332, 14333, 14377, 14394, 14395, 14292, 14289, 14361,14433- C. .......................................................................................... DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos.- 14100, 14094, 14001, 13986, 13984, 13969, 13962, 13954, 13949, 13941, 13934, 13928, 14043, 13991, Pág. 2-11 12 13-14 14 15-18 19-52 53-57 Pág. 58-67 68 69 69 69-70 70 71-96 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

DIARIO OFICIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial • Correo: [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 359 SAN SALVADOR, VIERNES 2 DE MAYO DE 2003 NUMERO 78

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACION

RAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la Asociación de Vigilantes Guardias deSeguridad Salvadoreños y de la Iglesia Profética Cristo Mi Rey,Acuerdos Ejecutivos Nos. 86 y 006, aprobándolos y confiriéndolesel carácter de personas jurídicas. ...............................................

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 272.- Se autoriza la construcción de unaestación de servicio en un inmueble situado en el municipio deSanta Ana. .................................................................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos.- 15-0130, 15-0140, 15-0327, 15-0343 y 15-0344.- Equivalencias de estudios. .............................................

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 92-D y 103-D.- Autorizaciones para elejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .............................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDIAS MUNICIPALES

Decretos Nos. 4, 13, 14 y 15.- Reclasifícanse los Presupuestos“Municipal”, “Centro de Promoción Cultural y Recreativo” y“Especial de Mercados”, del Municipio de San Salvador. ........

Decretos Nos. 5, 6, 7, 8, 9 y 11.- Sustituciones de losEstatutos de: “Entidad Descentralizada con Autonomíadenominada Parque Cuscatlán”; “Entidad Descentralizada conAutonomía denominada Finca El Espino, Parque Bosque LosPericos”; “Centro de Promoción Cultural y Recreativo Municipal”;“Complejo Recreativo Cultural Katya Miranda”; “Ordenanza deCreación del Centro de Formación Laboral”; y “Ordenanza deCreación del Comité de Festejos”, del Municipio de San Salvador.

Decreto No. 10.- Estatutos de la Administración General deCementerios del Municipio de San Salvador. ...........................

Decreto No. 12.- Ordenanza Reguladora de laContaminación Ambiental por la Emisión de Ruidos en elMunicipio de San Salvador. ......................................................

Decreto No. 16.- Reformas a la Ordenanza de Actualizaciónde Tasas por el Arrendamiento de Puestos del Municipio de SanSalvador. ....................................................................................

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos. 829 y 830.- DECLARATORIADEFINITIVA A FAVOR DE LOS SRES. TERESA DE JESUSHERNANDEZ CHAVEZ, MENORES NAHUM OTONIEL YHECTOR IVAN ORELLANA (1v.). .......................................

DE TERCERA PUBLICACION

Cartel No. 815.- DECLARATORIA YACENTE DELCAUSANTE JUAN ANTONIO HERNANDEZ, CURADORVICTOR MANUEL GUEVARA CORTEZ (3 V.Alt.). ...........

Carteles Nos. 816, 817 y 818.- ACEPTACION INTERINAA FAVOR DE LOS SRES. MARIA ANGELA LOPEZ GARCIAY MENORES JOSE RENE GRANADOS, MARIAESPERANZA FUENTES MARTINEZ Y OTROS (3 V.Alt.).

Carteles Nos. 819 y 820.- TITULO SUPLETORIO AFAVOR DE LOS SRES. MACARIA UMANZOR Y MARIAANTONIA VENTURA DE BENITEZ (3 V.Alt.). ...................

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos.- 14443-1v, 14436-1v, 14435-1v, 14434-1v,14401-1v, 14400-1v, 14398-1v, 14385-1v, 14347-1v, 14348-1v,14346-1v, 14344-1v, 14336-1v, 14304-1v, 14300-1v, 14297-1v,14248-1v, 14314-1v, 14366-1v, 14396-1v, 14438-1v, 14417,14414, 14403, 14368, 14334, 14319, 14312, 14278, 14416,14412, 14397, 14327, 14380, 14381, 14382, 14383, 14384,14386, 14389, 14390, 14391, 14392, 14393, 14445, 14444,14429, 14431, 14432, 14350, 14277, 14358, 14361, 14526,14374, 14356, 14295, 14296, 14351, 14427, 14330, 14331,14332, 14333, 14377, 14394, 14395, 14292, 14289, 14361,14433-C. ..........................................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Carteles Nos.- 14100, 14094, 14001, 13986, 13984, 13969,13962, 13954, 13949, 13941, 13934, 13928, 14043, 13991,

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

NUMERO OCHENTA Y DOS. En la ciudad de Cojutepeque, a las ochohoras del día veintidós de noviembre del año dos mil uno. Ante Mí,SANDRA PATRICIA LOPEZ HERNANDEZ, Notario, de este domici-lio, Comparece el señor PEDRO ANTONIO PALACIOS AYALA, decincuenta y siete años de edad, Empleado, del domicilio de Ilopango,Departamento de San Salvador, a quien hoy conozco e identifico pormedio de su Cédula de Identidad Personal Número Cero uno - cero siete- cero cero ochenta y cinco mil seiscientos veinticinco, y Número deIdentificación Tributaria: Mil ciento diecinueve - trescientos mil cientocuarenta y cuatro - ciento uno - tres, y ME DICE: I) Que según EscrituraPública de Constitución de la Asociación de Vigilantes Guardias deSeguridad Salvadoreños, otorgada en la ciudad de San Salvador, a lasdiez horas del día diecinueve de julio del año en curso, ante los oficiosnotariales del Licenciado NERIO ISMAEL AGUILAR AREVALO, esel Presidente y Representante Legal de dicha Asociación, la cual seencuentra en trámites de inscripción en el Registro de Asociaciones yFundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación. II) Quees en tal calidad y con el fin de subsanar las observaciones que se le hanhecho en auto de fecha cinco de octubre del corriente año emitido por elseñor Director General del Registro de Asociaciones y Fundaciones sinFines de Lucro, por este medio viene a RECTIFICAR la EscrituraPública de Constitución de la referida Asociación de Vigilantes Guardiasde Seguridad Salvadoreños, en el sentido siguiente: PRIMERO: a fin dedarle cumplimiento al Artículo noventa y uno de la Ley de Asociacionesy Fundaciones Sin Fines de Lucro, en la línea cuatro del folio treintavuelto, en donde dice: “a) Que les explique los efectos legales de esteacto”, se agrega lo siguiente, “advirtiéndoles a los otorgantes la obliga-ción que tienen de registrar este instrumento en el Registro de Asociacio-nes y Fundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, losefectos del registro y las sanciones impuestas por la falta del mismo”.SEGUNDO: se corrigen los errores ortográficos y gramaticales en laforma siguiente: En la línea diecinueve del folio veintiséis frente dice:“FINES Y OBJETIVOS”; corrigiendo debe decir “FINES U OBJETI-VOS”. en la línea dieciséis del folio veintiséis frente dice: “de laslabores” ; corrigiendo debe decir “de labores”. En la línea cinco del folioveintisiete frente dice: “Cuantas veces sea necesaria”; corrigiendo debe

de decir: “Cuantas veces sea necesario” . En la línea veintidós del folioveintiséis vuelto dice: ”Y ponerlos a la Asamblea General”; corrigiendodebe decir: “Y proponerlos a la Asamblea General“. En la línea nueve delfolio veintiocho frente dice: “f) Presentar la memoria de labores”;corrigiendo debe decir “f) Presentar la memoria anual de labores”.TERCERO: A fin de aclarar las atribuciones que corresponden a la JuntaDirectiva y a la Asamblea General, en cuanto a la valoración de las faltas,en el CAPITULO VIII. SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDASDISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS DE APLI-CACION, en la línea ocho del folio veintinueve frente, se agrega alARTICULO VEINTISIETE lo siguiente: “La valoración de las faltasque ameriten Amonestación y Suspensión temporal de los derechos delos miembros será competencia de la Junta Directiva; y la valoración delas faltas graves que ameriten la exclusión definitiva, conocerá provisio-nalmente la Junta Directiva, suspendiendo en sus derechos comomiembro al infractor; y la valoración y aplicación definitiva de la sanciónde exclusión será competencia de la Asamblea General”. La EscrituraNotario Doy Fe. A- Que tuve a la vista testimonio de la suscrita deConstitución de la Asociación de Vigilantes Guardias de SeguridadSalvadoreños, otorgada en la ciudad de San Salvador, a las diez horas deldía diecinueve de julio del presente año, otorgada ante los oficios delNotario NERIO ISMAEL AGUILAR AREVALO, en la cual consta queel otorgante tiene la facultad de otorgar actos como el presente. B.-esquela de notificación de fecha diecisiete de octubre del presente año,firmada por el Notificador del Registro de Asociaciones y FundacionesSin Fines de Lucro, en donde consta la resolución emitida por el señorDirector General del mencionado Registro, previniéndole al señor PE-DRO ANTONIO PALACIOS AYALA, subsane la Escritura de Consti-tución de la Asociación de Vigilantes Guardias de Seguridad Salvadore-ños. Así se expresó el compareciente, a quien expliqué los efectos legalesde este instrumento y leído que se lo hube en un solo acto sin interrupción,ratifica su contenido y firmamos. DOY FE. Enmendado-VEINTISIETE-VALE. Mas Enmendado VIII. Vale. En este estado el compareciente meDice: que asimismo desea corregir en el folio veintiséis frente línea oncede la misma escritura, en donde dice: “ de San Martín”, corrigiendo debedecir “de San Salvador”. DOY FE.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

RAMO DE GOBERNACION

13927, 14114, 14080, 14065, 13931, 14102, 13933, 14049,14107, 14097, 13939, 13940, 14099, 14091, 14054, 13992,13983, 13982, 13973, 13920, 14015, 14013, 14012, 14011,14010, 14009, 14007, 14006, 14005, 14004, 14003,14016, 14017,14019, 14022, 14023, 14025, 14024, 14027, 14028, 14029,14030, 14031, 14032, 14033, 14034, 14036, 14037, 14038,14020, 13980, 13965, 13943, 13944, 14590, 14149-C. ............

DE TERCERA PUBLICACION

Carteles Nos.- 13523, 13524, 13520, 13505, 13447, 13374,13401, 13390, 13396, 13535, 13435, 13369, 13426, 13380,13585, 13539, 13436, 13423, 13420, 13377, 13511, 13512,13422, 13379, 13547, 13548, 13509, 13504, 13452, 13429,13592, 13143, 13102, 13172, 13413, 13477, 13246, 13195,13193, 13191, 13190, 13185, 13188, 13136, 13137, 13138,13145, 13159, 13146, 13182, 13178, 13675, 13174, 13261,13262, 13269, 13270, 13267, 13260, 13272, 13273, 13275,13276, 13250, 13271, 13264, 13326, 13324, 13331, 13316,13192, 13189, 13186, 13184, 13177, 13161, 13127, 13162,13165, 13197, 13176, 13196, 13194, 13125, 13130, 13131,

13133, 13148, 13160, 13293, 13223, 13224, 13203, 13201,13166, 13109, 13105, 13108, 13111, 13112, 13115, 13116,13122, 13123, 13124, 13141, 13134, 13554, 13498, 13464,13481, 13470, 13478, 13484, 13486, 13489, 13492, 13503,13460, 13462, 13463, 13491, 13500, 13490, 13485, 13487,13488, 13480, 13483, 13482, 13473, 13479, 13476, 13468,13469, 13471, 13472, 13475, 13521, 13530, 13532, 13536,13394, 13392, 13537, 13415, 13365, 13367, 13362, 13222,13534, 13439,13993, 13995, 13565, 13652, 13635, 13723, 13720,13705, 13706, 13710, 13694, 13882, 13881, 13897, 13903,13831, 13802, 13741, 13557, 13634, 13656, 13860, 13857,13862, 13853, 13849, 13807, 13769, 13762, 13729, 13657,13637, 13638, 13636, 13679, 13732, 13852, 13597, 13598,13600, 13644, 13641, 13713, 13988, 13993, 13995, 13711,13709, 13889, 13888, 13890, 13894, 13910, 13843, 13787,13935, 14055, 14095, 14172, 14215, 13586, 13708, 13906,13856, 13825, 13787, 13798, 13744, 13745, 13742, 13758,13626, 13591, 13602, 13616, 13673, 13674, 13669, 13671,13670, 13672, 13675, 13668, 13877, 13623, 13691, 13689,13883, 13891, 13838, 13765, 13745, 13630, 13704, 13905,13841, 13766, 13760, 13764, 13770, 13772, 13773, 13774,13776, 13778, 13761, 13763, 13768, 13909, 13907, 13866,13839, 13786, 13779, 13756, 13757, 13900, 13676. ...............

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

SANDRA PATRICIA LOPEZ HERNANDEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, DEL FOLIO NUMERO CIENTO CUARENTA YUNO FRENTE Y VUELTO, AL FOLIO NUMERO CIENTO CUA-RENTA Y DOS FRENTE, DEL LIBRO TRES DE MI PROTOCOLOQUE LLEVO EN EL PRESENTE AÑO Y QUE VENCE EL DIATREINTA DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DOS; Y PARA SERENTREGADO A EL SEÑOR PEDRO ANTONIO PALACIO AYALA:EXTIENDO, FIRMO Y SELLO EL PRESENTE TESTIMONIO ENLA CIUDAD DE COJUTEPEQUE, A LOS VEINTITRES DIAS DELMES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.

SANDRA PATRICIA LOPEZ HERNANDEZ,

NOTARIO.

NUMERO DOSCIENTOS SETENTA Y DOS. En la ciudad de Cojute-peque, a las diez horas treinta minutos, del día nueve de febrero del añodos mil dos, Ante mí, SANDRA PATRICIA LOPEZ HERNANDEZ,Notario, de este domicilio, comparece el señor: PEDRO ANTONIOPALACIOS AYALA, de cincuenta y ocho años de edad, Empleado, deldomicilio de Ilopango, Departamento de San Salvador, persona a quienconozco e identifico por medio de su Documento Unico de IdentidadNúmero: Cero cero ciento quince quinientos ochenta y ocho y Númerode Identificación Tributaria: Mil ciento diecinueve trescientos mil cientocuarenta y cuatrocientos uno-tres, y ME DICE: I) Que según EscritaPública de Constitución de la Asociación de Vigilantes Guardias deSeguridad, otorgados en la ciudad de San Salvador, a las diez horas delmes de julio del año dos mil uno, ante los oficios notariales del Licencia-do NERIO ISMAEL AGUILAR AREVALO, es el Presidente y Repre-sentante Legal de dicha Asociación, la cual se encuentra en trámites deinscripción en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines deLucro del Ministerio de Gobernación.- II) Que es en tal calidad y con elfin de Subsanar las observaciones que se le han hecho por autos de fechacinco de octubre del año dos mil uno, tres de diciembre del mismo añoy veintiocho de enero del año en curso, emitidos por el señor DirectorGeneral del Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro,por este medio viene a RECTIFICAR la escritura Pública de Constitu-ción de la Referida Asociación de Vigilantes Guardias de SeguridadSalvadoreños, así sustituye el artículo uno por el siguiente: ARTICULOUNO. Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de SanSalvador, la Asociación de Nacionalidad Salvadoreña, que se denomina-ra “ASOCIACION DE VIGILANTES GUARDIAS DE SEGURIDADSALVADOREÑOS” y que podrá abreviarse AVGSS, como Entidadapolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos sedenominará “La Asociación”. En el CAPITULO II, en donde dice:“FINES Y OBJETIVOS”, corrigiendo debe decir: “FINES U OBJETI-VOS”. Se sustituye el Artículo doce, por el siguiente: ARTICULODOCE, Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir, ydestituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. b)Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y Reglamento Interno de laAsociación. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presu-puesto anual de la Asociación. d) Aprobar y desaprobar la memoria anualde labores de la Asociación presentada por la Junta Directiva. e) Fijarcuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f)Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmueblespertenecientes a la Asociación. g) Decidir todos aquellos asuntos deinterés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentesEstatutos. Se sustituye el artículo quince por el siguiente “ARTICULOQUINCE”. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mesy extraordinariamente cuantas veces sea necesario. Se sustituye elartículo diecisiete por el siguiente: “ARTICULO DIECISIETE. La JuntaDirectiva tendrá las siguientes atribuciones : a) Desarrollar las activida-des necesarias para el logro de los fines de la Asociación. b) Velar por la

Administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación. c)Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación. d) Promover laelaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Aso-ciación e informar a la Asamblea General. e) Velar por el cumplimientode los Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de laAsamblea General y de la misma Junta Directiva. f) Nombrar de entre losmiembros la Asociación, los comités o comisiones que consideránnecesario para el cumplimiento de los fines de la Asociación. g) Convo-car a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. h)Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros yproponerlos a la Asamblea General”. Se sustituye el Artículo veintisietepor el siguiente “ARTICULO VEINTISIETE”. Las faltas que cometie-ron los asociados serán sancionadas con amonestación, suspensióntemporal de sus derechos como tales, o con exclusión definitiva, segúnla gravedad de la falta. Queda a juicio prudencial de la Junta Directiva dela calificación de la falta y la votación para el caso deberá ser secreta. Lavaloración de las faltas que ameriten amonestación y suspensión tempo-ral de los derechos de los miembros será competencia de la JuntaDirectiva, y la valoración de las faltas graves que ameriten la exclusióndefinitiva, conocerá provisionalmente la Junta Directiva, suspendiendoen sus derechos como miembro al infractor; y la valoración y aplicacióndefinitiva de la sanción de exclusión será competencia de la AsambleaGeneral. Así mismo me manifiesta el compareciente que a fin de darlecumplimiento al Artículo Noventa y uno de la Ley de Asociaciones yFundaciones sin Fines de Lucro, en la parte final de la referida Escriturade Constitución, después de donde dice: Así se expresaron los compare-cientes y al suscrito Notario Hace Constar, se sustituye el literal a) por elsiguiente a) Que les expliqué los efectos legales de este acto, advirtién-doles a los otorgantes la obligación que tienen de registrar este instru-mento en le Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucrodel Ministerio de Gobernación, los efectos del registro y las sancionesimpuestas por la falta del mismo. El suscrito Notario doy fe: A- Que tuvea la vista Testimonio de Escritura de Constitución de la Asociación deVigilantes Guardias de Seguridad Salvadoreños, otorgados en la ciudadde San Salvador, a las diez horas del día diecinueve de julio del año dosmil uno, otorgada antes los oficios del Notario NERIO ISMAEL AGUI-LAR AREVALO, en la cual consta que el otorgante tiene la facultad deotorgar actos como el presente. B- Esquelas de Notificación de fechasdiecisiete de octubre de dos mil uno, cinco de diciembre de dos mil unoy cuatro de febrero del presente año, firmadas por el Notificador delRegistro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, en dondeconstan las resoluciones emitidas por el señor Director General delmencionado Registro, previniéndole al señor PEDRO ANTONIO AYA-LA PALACIOS subsane la Escritura de Constitución de la Asociación deVigilantes Guardias de Seguridad Salvadoreños. Así se expresó elcompareciente a quien expliqué los efectos legales de este instrumentoy leído que se lo húbe íntegramente todo lo escrito en un solo acto sininterrupción, ratifíca su contenido y firmamos. DOY FE Enmendadossustituye apolítica denominará VIGILANTES enajenación General va-loración explique. Valen.- Entre línea-en y-se- Aprobar y desaprobar lamemoria anual de labores de la Asociación. i) Resolver todos los asuntosque no sean competencia de la Asamblea General. los de Ayala -Valen-más Entre líneas-el vale.

SANDRA PATRICIA LOPEZ HERNANDEZ,

NOTARIO.

Paso ante mí, del folio Número Cuatrocientos cincuenta y cinco vuelto,al folio número cuatrocientos cincuenta y siete frente, del Libro tres demi Protocolo que llevo en el presente año y que vence el día treinta deoctubre del año dos mil dos; y para ser entregado a la Asociación deVigilantes, Guardias de Seguridad Salvadoreños, Extendiendo, firmo ysello el Presente Testimonio en la ciudad de Cojutepeque, a los diez díasdel mes de febrero del año dos mil dos.

SANDRA PATRICIA LOPEZ HERNANDEZ,

NOTARIO.

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

NUMERO DOCE.- En la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día

diecinueve de julio del año dos mil uno.- Ante mí, NERIO ISMAEL

AGUILAR AREVALO, Notario, del domicilio de esta ciudad, compa-

recen los señores PEDRO ANTONIO PALACIOS AYALA, de cincuen-

ta y seis años de edad, viudo, empleado, del domicilio de Ilopango;

PEDRO ANTONIO ZAVALA PALACIOS, de veinticinco años de

edad, soltero, empleado, del domicilio de Ilopango; LORENZO SAL-

VADOR ZAVALA PALACIOS, de treinta y cinco años de edad, casado,

empleado, del domicilio de Ilopango; CARLOS AMBROSIO NIETO

MATA, de veintidós años de edad, soltero, estudiante, del domicilio de

San Pedro Perulapán; JOSE AQUILINO GONZALEZ, de treinta y dos

años de edad, soltero, empleado, del domicilio de San Pedro Perulapán;

JOSE VICTOR RAMIREZ HERNANDEZ, de treinta y cinco años de

edad, casado, jornalero, del domicilio de San Martín; HECTOR AL-

FONSO ALVAREZ SALAZAR, de treinta años de edad, soltero, em-

pleado, del domicilio de San Ramón; JUAN ISRAEL RODRIGUEZ, de

treinta y ocho años de edad, soltero, fontanero, del domicilio de San

Martín; SANTOS JAVIER RAUDA, de veintidós años de edad, soltero,

estudiante, del domicilio de Santa Cruz Analquito y MARIO HERIBERTO

ARCE GARCIA, de diecinueve años de edad, soltero, motorista, del

domicilio de San Rafael Cedros; personas a quienes no conozco, pero

identifico por medio de sus respectivas Cédulas de Identidad Personal

Números cero uno- cero siete- cero cero ochenta y cinco mil seiscientos

veinticinco; cero uno- cero siete- cero sesenta y tres mil doce; cero uno-

cero siete- cero cuarenta y dos mil ochenta y cinco; diez- cero tres- cero

cero veinticinco mil doscientos ochenta y seis; diez- cero tres-cero cero

diecisiete mil novecientos ochenta; cero uno-diez-cero cero veintiocho

mil seiscientos veinticinco; diez-trece-cero cero tres mil setenta y nueve;

cero uno-diez-cero cero cuarenta y siete mil doscientos cincuenta y uno;

diez-dieciséis- cero cero cero dos mil trescientos sesenta y uno; y diez-

cero seis- cero cero once mil trescientos treinta y dos, y ME DICEN: que

por medio de esta escritura organizan la "ASOCIACION DE VIGILAN-

TES GUARDIAS DE SEGURIDAD SALVADOREÑOS", como una

Asociación no lucrativa, la cual se regirá por los siguientes Estatutos que

deberán ser aprobados por el Organo Ejecutivo. CAPITULO I. NATU-

RALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. ARTICU-

LO UNO.- Créase en la ciudad San Martín departamento de San

Salvador, la Asociación de nacionalidad salvadoreña, que se denomina-

rá “ASOCIACION DE VIGILANTES GUARDIAS DE SEGURIDAD

SALVADOREÑOS” y que podrá abreviarse AVGSS, como entidad

apolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se

denominará “La Asociación”. ARTICULO DOS.- El domicilio de la

Asociación será la ciudad de San Martín, Departamento de San Salvador,

pudiendo establecer filiales en todo el territorio de la República.-

ARTICULO TRES.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II FINES U OBJETIVOS. ARTICULO CUATRO.- Los

fines u objetivos de la Asociación serán: prestar a través de sus miembros

servicios de vigilancia diurno y nocturno en Colonias, Oficinas Públicas

y Privadas, Mercados, Fábricas, Bancos, Centros Comerciales, Centros

Agroindustriales de la ciudad de San Martín y de aquellas ciudades donde

se establezcan filiales, con el objetivo de crear fuentes de trabajo para sus

miembros y alcanzar así para cada uno de ellos el bienestar socio-

económico.- ARTICULO CINCO.- La Asociación no operará ni presta-

rá sus servicios de vigilancia sin que previamente esté autorizada,

debiéndose para tal efecto hacerse los trámites pertinentes ante la

Dirección General de la Policía Nacional Civil, de conformidad a la Ley

de Servicios Privados de Seguridad.- CAPITULO III DEL PATRI-

MONIO. ARTICULO SEIS.- El patrimonio de la Asociación estará

constituido por: a) Las cuotas de los miembros. b) Donaciones, heren-

cias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, naciona-

les o extranjeras. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera

y las rentas provenientes de los mismos de conformidad con la

ley.ARTICULO SIETE. El patrimonio será administrado por la Junta

Directiva, conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea

General.CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

ARTICULO OCHO.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por: a)

La Asamblea General. y b) La Junta Directiva. CAPITULO V DE LA

ASAMBLEA GENERAL. ARTICULO NUEVE.- La Asamblea Gene-

ral, debidamente convocada, es la autoridad máxima de la Asociación y

estará integrada por la totalidad de los Miembros Activos y Fundadores.-

ARTICULO DIEZ.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente

una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la

Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la

asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros

en primera convocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con

los miembros que asistan, excepto en los casos especiales en que se

requiera mayor número de asistentes.- Las resoluciones las tomará la

Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en los casos

especiales en que se requiere una mayoría diferente. ARTICULO ONCE.-

Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de la

Asamblea General, por motivos justificados podrá hacerse representar

por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un

miembro, llevando la voz y el voto de su representado. ARTICULO

DOCE.- Son atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y

destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. b)

Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la

Asociación. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupues-

to anual de la Asociación. d) Aprobar y desaprobar la memoria anual de

las labores de la Asociación presentada por la Junta Directiva. e) Fijar

cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f)

Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

pertenecientes a la Asociación. g) Decidir todos aquellos asuntos de

interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes

Estatutos. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTICU-

LO TRECE.- La Dirección y administración de la Asociación estará

confiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente

forma: un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.- ARTI-

CULO CATORCE.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos

para un período de dos años pudiendo ser reelectos.- ARTICULO

QUINCE.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes

y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.- ARTICULO DIE-

CISEIS.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar

será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser

tomados por la mayoría de los asistentes. ARTICULO DIECISIETE.- La

Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las

actividades necesarias para el logro de los fines de la Asociación. b) Velar

por la administración eficiente y eficaz del patrimonio de la Asociación.

c) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación. d) Promover

la elaboración de planes, programas, proyectos y presupuestos de la

Asociación e informar a la Asamblea General. e) Velar por el cumpli-

miento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de

la Asamblea General y de la misma Junta Directiva. f) Nombrar de entre

los miembros de la Asociación los comités o comisiones que consideren

necesario para el cumplimiento de los fines de la Asociación. g) Convo-

car a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. h)

Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos miembros y

proponerlos a la Asamblea General.- i) Resolver todos los asuntos que no

sean competencia de la Asamblea General. ARTICULO DIECIOCHO.-

Son atribuciones del Presidente: a) Presidir las sesiones ordinarias y

extraordinarias de la Asamblea General. b) Velar por el cumplimiento de

los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea

General, así como los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo

otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva. d) Convocar a

sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y de la

Junta Directiva.- e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogacio-

nes que tenga que hacer la Asociación. f) Presentar la memoria anual de

labores de la Asociación y cualquier informe que le sea solicitado por la

misma. ARTICULO DIECINUEVE. Son atribuciones del Secretario: a)

Llevar los Libros de Actas de la Asamblea General y de la Junta

Directiva. b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miem-

bros de la Asociación. c) Extender todas las certificaciones que fueran

solicitadas a la Asociación. d) Hacer y enviar las convocatorias a los

miembros para las sesiones. e) Ser el órgano de comunicación de la

Asociación. ARTICULO VEINTE.- Son atribuciones del Tesorero: a)

Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en el Banco

que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar o tener control directo de los

libros de contabilidad de la Asociación. c) Autorizar juntamente con el

Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que realizar. ARTI-

CULO VEINTIUNO.- Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar

directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.- b) Sustituir

a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o

impedimento de conformidad al artículo doce literal.- a) de los Estatutos.

CAPITULO VII DE LOS MIEMBROS. ARTICULO VEINTIDOS.-

Podrán ser miembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin

distinción de raza, credo, religión e ideología política que lo soliciten por

escrito a la Junta Directiva. ARTICULO VEINTITRES.- La Asociación

tendrá las siguientes clases de miembros: a) Miembros Fundadores b)

Miembros Activos c) Miembros Honorarios. Serán Miembros Fundado-

res: todas las personas que suscriban el Acta de Constitución de la

Asociación. Serán Miembros Activos: todas las personas que la Junta

Directiva acepte como tales en la Asociación. Serán Miembros Honora-

rios: todas las personas que por su labor y méritos en favor de la

Asociación sean así nombrados por la Asamblea General. ARTICULO

VEINTICUATRO.- Son derechos de los Miembros Fundadores y Acti-

vos: a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación. b) Tener voz

y voto en las deliberaciones de la Asamblea General. c) Optar a cargos

directivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Asocia-

ción. d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno

de la Asociación. ARTICULO VEINTICINCO.- Son deberes de los

Miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las sesiones ordinarias y

extraordinarias de la Asamblea General. b) Cooperar en el desarrollo de

aquellas actividades propias de la Asociación. c) Cancelar las cuotas

acordadas en Asamblea General. d) Cumplir y hacer cumplir los

presentes Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la

Asamblea General. e) Los demás que les señalen los Estatutos y Regla-

mento Interno de la Asociación. ARTICULO VEINTISEIS.- La calidad

de miembros se perderán por las causas siguientes: a) Por violación a

estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la

Asamblea General. b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de

la Asamblea General merezcan tal sanción. c) Por renuncia presentada

por escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII SANCIONES A LOS

MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCE-

DIMIENTO DE APLICACION. ARTICULO VEINTISIETE.- Las

faltas que cometieren los asociados serán sancionadas con amonesta-

ción, suspensión temporal de sus derechos como tales, o con exclusión

definitiva, según la gravedad de la falta.- Queda a Juicio prudencial de la

Junta Directiva de la calificación de la falta, y la votación para el caso

deberá ser secreta. ARTICULO VEINTIOCHO.- La aplicación de la

pena de exclusión definitiva corresponde a la Asamblea General, la

suspensión temporal a la Junta Directiva y la amonestación al Presiden-

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

te.- Cuando la Junta Directiva considere que la falta cometida es grave

y merece la pena de exclusión definitiva, suspenderá en sus derechos al

infractor, hasta que la Asamblea General conozca el caso y resuelva lo

pertinente.- ARTICULO VEINTINUEVE.- Para resolver sobre la pena

de suspensión o exclusión bastará que el órgano al que corresponda tomar

la decisión tenga conocimiento de la falta debiendo oír oportunamente al

infractor.- ARTICULO TREINTA.- Cuando el infractor se tratare de un

miembro de la Junta Directiva la decisión de suspensión de sus derechos

la tomará el resto de sus miembros con mayoría de votos y llamará al

sustituto que correspondiere hasta que al órgano que le corresponda

decida su situación. ARTICULO TREINTA Y UNO.- El Presidente de

la Asociación hará las amonestaciones y podrá llamar la atención en

forma cortés a las personas que dentro de la Asociación no guarden el

comportamiento que corresponda.- Las amonestaciones por faltas leves

serán por primera, segunda y tercera vez a un mismo miembro de la

Asociación; en este último caso pasará a conocimiento de la Junta

Directiva para que decida la suspensión de los derechos del asociado, de

conformidad a lo establecido en el artículo veintinueve.- CAPITULO

IX DE LA DISOLUCION. ARTICULO TREINTA Y DOS.- No podrá

disolverse la Asociación sino por disposición de la ley o por resolución

tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y

con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes

de sus miembros. ARTICULO TREINTA Y TRES.- En caso de acordar-

se la disolución de la Asociación se nombrará una Junta de Liquidación

compuesta de cinco personas, electas por la Asamblea General Extraor-

dinaria que acordó la disolución.- Los bienes que sobraren después de

cancelar todos sus compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica

o cultural que la Asamblea General señale. CAPITULO X REFORMA

DE ESTATUTOS. ARTICULO TREINTA Y CUATRO.- Para refor-

mar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable de

no menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea General

convocada para tal efecto.- CAPITULO XI DISPOSICIONES GE-

NERALES. ARTICULO TREINTA Y CINCO.- La Junta Directiva

tiene la obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Funda-

ciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación en los primeros

días del mes de enero de cada año, la nómina de los miembros y dentro

de los cinco días la nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho

Registro todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como

enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la entidad.-

ARTICULO TREINTA Y SEIS.- Todo lo relativo al orden interno de la

Asociación no comprendido en los Estatutos, se establecerá en el

Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta

Directiva y aprobado por la Asamblea General. ARTICULO TREINTA

Y SIETE.- La Asociación de Vigilantes Guardias de Seguridad Salvado-

reños, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES

SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposicio-

nes legales aplicables. ARTICULO TREINTA Y OCHO. Los presentes

Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario

Oficial.-

También me manifiestan que de conformidad al artículo doce de los

Estatutos, han elegido la primera Junta Directiva, la cual queda integrada

de la siguiente manera: PEDRO ANTONIO PALACIOS AYALA,

Presidente; PEDRO ANTONIO ZAVALA PALACIOS, Secretario;

LORENZO SALVADOR ZAVALA PALACIOS, Tesorero; HECTOR

ALFONSO ALVAREZ SALAZAR, Primer Vocal y JOSE VICTOR

RAMIREZ HERNANDEZ, Segundo Vocal.- Así se expresaron los

comparecientes y el suscrito Notario Hace Constar: a) Que les expliqué

los efectos legales de este acto; b) Que se cercioró de su identidad

personal, por medio de sus respectivas Cédulas de Identidad Personal

relacionadas en este instrumento.- Leído que les hube íntegramente, en

un solo acto a los comparecientes lo anteriormente escrito, lo ratificaron

y firmamos. DOY FE.- Enmendado: ALFONSO, veinticinco, tres, cero,

cero, diecisiete, mil, novecientos, ochenta, cero. Vale.

NERIO ISMAEL AGUILAR AREVALO,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio número veinticinco frente al folio

treinta vuelto del LIBRO QUINTO DE MI PROTOCOLO, que caducará

el día cinco de octubre del año dos mil uno y para ser presentado al

MINISTERIO DE GOBERNACION, extiendo, firmo y sello el presente

Testimonio en San Salvador, a las diez horas del día diecinueve de julio

del año dos mil uno.

NERIO ISMAEL AGUILAR AREVALO,

NOTARIO.

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE VIGILANTES

GUARDIAS DE SEGURIDAD SALVADOREÑOS

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO

Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de SanSalvador, la Asociación de nacionalidad salvadoreña, que se denominará"ASOCIACION DE VIGILANTES GUARDIAS DE SEGURIDADSALVADOREÑOS" y que podrá abreviarse AVGSS, como entidadapolítica, no lucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos sedenominará "La Asociación".

Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Martín,Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales en todo elterritorio de la República.-

Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

FINES U OBJETIVOS

Art. 4.- Los fines u objetivos de la Asociación serán: prestar a travésde sus miembros servicios de vigilancia diurno y nocturno en Colonias,Oficinas Públicas y Privadas, Mercados, Fábricas, Bancos, CentrosComerciales, Centros Agroindustriales de la ciudad de San Martín y deaquellas ciudades donde se establezcan filiales, con el objetivo de crearfuentes de trabajo para sus miembros y alcanzar así para cada uno de ellosel bienestar socio-económico.-

Art. 5.- La Asociación no operará ni prestará sus servicios devigilancia sin que previamente esté autorizada, debiéndose para talefecto hacerse los trámites pertinentes ante la Dirección General de laPolicía Nacional Civil, de conformidad a la Ley de Servicios Privados deSeguridad.-

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

Art. 6.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas de los miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personasnaturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y lasrentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Art.7. El patrimonio será administrado por la Junta Directiva,conforme a las directrices que le manifieste la Asamblea

General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art.8.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) La Asamblea General.

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 9.- La Asamblea General, debidamente convocada, es laautoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad delos Miembros Activos y Fundadores.-

Art. 10.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vezal año y extraordinariamente cuando fuere convocada por la JuntaDirectiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistenciadel cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primeraconvocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miem-bros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayornúmero de asistentes.- Las resoluciones las tomará la Asamblea Generalpor mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que serequiere una mayoría diferente.

Art. 11.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de lassesiones de la Asamblea General, por motivos justificados podrá hacerserepresentar por escrito por otro miembro. El límite de representacioneses de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 12.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-bros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el ReglamentoInterno de la Asociación.

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuestoanual de la Asociación.

d) Aprobar y desaprobar la memoria anual de labores de laAsociación presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar cuotas mensuales y contribuciones eventuales de losmiembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienesinmuebles pertenecientes a la Asociación.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociacióny que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 13.- La Dirección y administración de la Asociación estaráconfiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguienteforma: un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales.-

Art. 14.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para unperíodo de dos años pudiendo ser reelectos.-

Art. 15.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez almes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.-

Art. 16.- El quórum necesario para que la Junta Directiva puedasesionar será la mitad mas uno de sus miembros y sus acuerdos deberánser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 17.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de losfines de la Asociación.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimoniode la Asociación.

c) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos ypresupuestos de la Asociación e informar a la AsambleaGeneral.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y dela misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los miembros de la Asociación los comitéso comisiones que consideren necesario para el cumplimientode los fines de la Asociación.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-blea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevosmiembros y proponerlos a la Asamblea General.-

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de laAsamblea General.

Art.18.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de laJunta Directiva y de la Asamblea General, así como losEstatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,pudiendo otorgar poderes previa autorización de la JuntaDirectiva.

d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General y de la Junta Directiva.-

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones quetenga que hacer la Asociación.

f) Presentar la memoria anual de labores de la Asociación ycualquier informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 19. Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los Libros de Actas de la Asamblea General y de laJunta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembrosde la Asociación.

c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a laAsociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para lassesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.

Art. 20.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, enel Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad dela Asociación.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que laAsociación tenga que realizar.

Art. 21.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la JuntaDirectiva.-

b) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso deausencia o impedimento de conformidad al artículo doceliteral a) de los Estatutos.

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS

Art. 22.- Podrán ser miembros todas las personas mayores dedieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología políticaque lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 23.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores

b) Miembros Activos

c) Miembros Honorarios

Serán Miembros Fundadores: todas las personas que suscriban

el Acta de Constitución de la Asociación.

Serán Miembros Activos: todas las personas que la Junta Directivaacepte como tales en la Asociación.

Serán Miembros Honorarios: todas las personas que por su labor yméritos en favor de la Asociación sean así nombrados por la AsambleaGeneral.

Art. 24.- Son derechos de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la AsambleaGeneral.

c) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalenlos Estatutos de la Asociación.

d) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Asociación.

Art. 25.- Son deberes de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela Asociación.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, ReglamentoInterno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Asociación.

Art. 26.- La calidad de miembros se perderán por las causassiguientes:

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9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuer-dos y Resoluciones de la Asamblea General.

b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la AsambleaGeneral merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO VIII

SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS,

CAUSALES Y PROCEDIMIENTO DE APLICACION

Art. 27.- Las faltas que cometieren los asociados serán sancionadascon amonestación, suspensión temporal de sus derechos como tales, ocon exclusión definitiva, según la gravedad de la falta.- Queda a Juicioprudencial de la Junta Directiva de la calificación de la falta, y la votaciónpara el caso deberá ser secreta. La valoración de las faltas que ameritenamonestación y suspensión temporal de los derechos de los miembrosserá competencia de la Junta Directiva; y la valoración de las faltasgraves que ameriten la exclusión definitiva, conocerá provisionalmentela Junta Directiva, suspendiendo en sus derechos como miembro alinfractor; y la valoración y aplicación definitiva de la sanción deexclusión será competencia de la Asamblea General.

Art. 28.- La aplicación de la pena de exclusión definitiva corres-ponde a la Asamblea General, la suspensión temporal a la Junta Directivay la amonestación al Presidente.- Cuando la Junta Directiva considereque la falta cometida es grave y merece la pena de exclusión definitiva,suspenderá en sus derechos al infractor, hasta que la Asamblea Generalconozca el caso y resuelva lo pertinente.-

Art. 29.- Para resolver sobre la pena de suspensión o exclusiónbastará que el órgano al que corresponda tomar la decisión tengaconocimiento de la falta debiendo oír oportunamente al infractor.-

Art. 30.- Cuando el infractor se tratare de un miembro de la JuntaDirectiva la decisión de suspensión de sus derechos la tomará el resto desus miembros con mayoría de votos y llamará al sustituto que correspon-diere hasta que al órgano que le corresponda decida su situación.

Art. 31.- El Presidente de la Asociación hará las amonestaciones ypodrá llamar la atención en forma cortés a las personas que dentro de laAsociación no guarden el comportamiento que corresponda.- Las amo-nestaciones por faltas leves serán por primera, segunda y tercera vez a unmismo miembro de la Asociación; en este último caso pasará a conoci-miento de la Junta Directiva para que decida la suspensión de losderechos del asociado, de conformidad a lo establecido en el artículoveintinueve.-

CAPITULO IX

DE LA DISOLUCION

Art. 32.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición dela ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria,convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lomenos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 33.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación senombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electaspor la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución.- Losbienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos sedonarán a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea Generalseñale.

CAPITULO X

REFORMA DE ESTATUTOS

Art. 34.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos seránecesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de losmiembros en Asamblea General convocada para tal efecto.-

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en elRegistro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-terio de Gobernación en los primeros días del mes de enero de cada año,la nómina de los miembros y dentro de los cinco días la nueva JuntaDirectiva y en todo caso inscribir en dicho Registro todos los documentosque la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DELUCRO señale inscribir, así como enviar al Registro cualquier dato quese le pidiere relativo a la entidad.-

Art. 36.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación nocomprendido en los Estatutos, se establecerá en el Reglamento Internode la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva yaprobado por la Asamblea General.

Art. 37.- La Asociación de Vigilantes Guardias de SeguridadSalvadoreños, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDA-CIONES SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demásdisposiciones legales aplicables.

Art. 38. Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación en el Diario Oficial.-

ACUERDO No. 86.

San Salvador, 15 de abril de 2002

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION DEVIGILANTES GUARDIAS DE SEGURIDAD SALVADOREÑOS,compuestos de TREINTA Y OCHO Artículos, constituida en la ciudadde San Salvador, Departamento de San Salvador, a las diez horas del díadiecinueve de julio del dos mil uno por Escritura Pública otorgada antelos oficios del Notario NERIO ISMAEL AGUILAR AREVALO, y conposterior rectificación otorgada por Escritura Pública celebrada en laciudad de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a las diez horas contreinta minutos del día nueve de febrero del año dos mil dos, ante losoficios de la Notario SANDRA PATRICIA LOPEZ HERNANDEZ, yno encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país,de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundacionessin Fines de Lucro, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación,ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dichaEntidad el carácter de PERSONA JURlDICA; b) Publíquense en elDiario Oficial; y c) Inscríbase la referida Entidad en el REGISTRO DEASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. CO-MUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). ELVICEMINISTRO DE GOBERNACION, CARRANZA ALVAREZ.

(Registro No. 14458)

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ESTATUTOS DE LA IGLESIA PROFETICA

CRISTO MI REY

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Fúndase en la ciudad de San Salvador, Departamento deSan Salvador, la IGLESIA PROFETICA “CRISTO MI REY”, como unaentidad religiosa, apolítica sin fines de lucro, la que en los presentesESTATUTOS se denominará LA IGLESIA.

Art. 2.- El domicilio de la IGLESIA será ciudad de San Salvador,pudiendo establecer filiales en cualquier parte de la República.

Plazo: TIEMPO INDEFINIDO.

CAPITULO II

FINES

Art. 3.- Los fines de la IGLESIA son:

a) Adorar a DIOS.

b) Predicar el Evangelio según las Escrituras.

c) Fomentar el crecimiento espiritual de los miembros.

d) Rendir testimonio de lo que el Cristiano debe profesar en elmundo.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

Art. 4.- Se podrán aceptar como miembros de la IGLESIA, laspersonas mayores de 18 años sin distinción de raza y sexo que hayanrealizado lo siguiente:

a) Haber aceptado a CRISTO como único SALVADOR.

b) Haber sido bautizado por inmersión en aguas.

c) Presentar una solicitud de membresía a la Junta Directiva, unavez aprobada tal solicitud, será aceptado como miembro.

Art. 5.- Los derechos de los miembros son:

a) Elegir y ser electos en los cargos directivos.

b) Asistir con voz y voto a las sesiones de la Junta General,previa convocatoria.

c) Desempeñar los cargos y comisiones que le sean asignadas.

d) Participar en toda actividad que desarrolle la IGLESIA.

Art. 6.- Los deberes de los miembros son:

a) Desempeñar los cargos para los cuales fueren elegidos.

b) Asistir a las reuniones a que fueron convocados.

c) Cumplir los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia.

La Iglesia tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: todas las personas que sus-criban el acta de Constitución de la Iglesia.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: todas las personas que la JuntaDirectiva acepte como tales en la Iglesia.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: todas las personas que por sulabor y méritos a favor de la Iglesia sean así nombrados por la AsambleaGeneral.

Art. 7.- La calidad de Miembro se perderá:

a) Por dejar de profesar la Fe Cristiana.

b) Por ausencia injustificada sin haber tenido noticias del Miem-bro por más de un año.

c) Por retirarse del país definitivamente.

d) A solicitud del Miembro.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO

Art. 8.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por una Junta Generaly una Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA JUNTA GENERAL

Art. 9.- La Junta General será el organismo máximo de la Iglesia yestará integrada por la totalidad de los Miembros.

Art. 10.- La Junta General en sesión ordinaria o extraordinaria seconstituirá con la asistencia de la mitad más uno de los Miembros y susresoluciones se tomarán con la mayoría de votos de los Miembrospresentes, cada Miembro tendrá derecho a un voto.

Art. 11.- La Junta General celebrará sesiones ordinarias dos vecesal año, en los meses de agosto y diciembre, en el día que disponga la JuntaDirectiva y sesiones extraordinarias en cualquier fecha.

Art. 12.- Sin perjuicio de las atribuciones conferidas por estosEstatutos, la Junta General tendrá la siguientes atribuciones:

a) Destituir por motivos justificados a cualquier Miembro de laJunta Directiva.

b) Aprobar, reformar, derogar los Estatutos y Reglamento Inter-no de la Iglesia.

c) Aprobar el presupuesto de Gastos de la Iglesia y las erogacio-nes que sean necesarias.

d) Elegir a los Miembros de la Junta Directiva.

e) Resolver cualquier otro asunto que le sea sometido por laJunta Directiva.

La convocatoria a sesión ordinaria de la Junta General, deberáhacerce con quince días de anticipación por lo menos mediante publica-ción en un Diario de mayor circulación en el país, con indicaciones delobjeto de la sesión, del lugar, día y hora en que se celebrará. En el casode sesión extraordinaria, la convocatoria podrá hacerse con menostiempo del indicado anteriormente.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 13.- La Junta Directiva estará integrada por siete Miembros,así un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tresVocales. Los Miembros de la Junta Directiva durarán en sus funcionesdos años, pudiendo ser reelectos; sesionarán en forma ordinaria cadaúltimo del mes y extraordinariamente las veces que sean necesarias. Enlas sesiones de la Junta Directiva, deberán estar presentes por lo menoscuatro Directivos y para tomar resoluciones el voto favorable de lamayoría de los Miembros presentes.

Art. 14.- Para ser electo Miembro de la Junta Directiva se requiere:

a) Ser Miembro Activo de la Iglesia, por un período no menorde 2 años.

b) Ser mayor de 18 años de edad.

c) Ser de un buen testimonio Cristiano y conocer las SagradasEscrituras.

d) Tener capacidad para el cargo.

Art. 15.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir con las resoluciones de la Junta General.

b) Administrar el patrimonio de la Iglesia.

c) Velar por el cumplimiento de los Estatutos de la Iglesia.

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11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

d) Elaborar la Memoria de Labores de la Iglesia y presentarla aconsideración de la Junta General.

e) Llevar el registro de los Miembros.

f) Cumplir los Estatutos y el Reglamento Interno de la Iglesia.

g) Nombrar las comisiones que sean necesarias.

h) Nombrar el personal administrativo y de servicio necesariode la Iglesia.

CAPITULO VII

DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LAJUNTA DIRECTIVA

Art. 16.- Son atribuciones del Presidente:

a) Representar legalmente a la Iglesia: pudiendo conferir yrevocar los poderes necesarios cuando sea conveniente parala buena marcha de la Iglesia, previa autorización de la JuntaDirectiva.

b) Presidir, las sesiones de la Junta Directiva y de la JuntaGeneral y otros actos de la Iglesia.

c) Mantener con el Tesorero la cuenta o cuentas bancarias de laIglesia y firmar, girar, endosar y cancelar cheques, letras decambio y otros títulos valores y demás documentos de laIglesia.

d) Firmar juntamente con el Secretario, las convocatorias parasesión de la Junta Directiva y de la Junta General.

e) Firmar contratos, escrituras públicas y otros documentos quepor su calidad de Representante Legal requieren su interven-ción, previo acuerdo de la Junta Directiva.

f) Realizar las demás funciones que por razones de su cargo lecorrespondan.

Art. 17.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funcio-nes.

b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedimento deéste.

c) Las demás que le señalen los Estatutos y el ReglamentoInterno de la Iglesia.

Art. 18.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar el archivo de la Iglesia, los libros de Actas de lassesiones de la Junta General y de la Junta Directiva.

b) Extender las credenciales y certificaciones que sean necesa-rias.

c) Enviar a los Miembros convocatorias a las sesiones de JuntaDirectiva y Junta General.

d) Llevar los Registros de los Miembros de la Iglesia.

e) Recibir y despachar la correspondencia de la Iglesia, segúninstrucciones que reciba de la Junta Directiva.

f) Comunicar a los Miembros los acuerdos que apruebe laIglesia y autorizarlos con su firma.

g) Otros que por razones de su cargo le correspondan.

Art. 19.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos de la Iglesia en la Instituciónbancaria que la Junta Directiva señale quedando autorizadopara manejar dicha cuenta con el Presidente.

b) Cancelar todos los gastos que la Junta Directiva acuerde.

c) Presentar un informe trimestral a la Junta Directiva y unoanual a la Junta General, de ingresos y egresos de la Iglesia.

d) Llevar el libro de contabilidad que fueren necesarios.

e) Otros que por razones de su cargo le correspondan.

Art. 20.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Sustituir a los demás Miembros de la Junta Directiva, en casode ausencia.

b) Colaborar con los demás Miembros de la Junta Directiva.

c) Las demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Internode la Iglesia.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO

Art. 21.- El Patrimonio de la Iglesia estará formado por:

a) Las ofrendas y contribuciones voluntarias de los Miembros.

b) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera la Iglesia deacuerdo a la ley.

c) Las donaciones, herencias o legados que aceptare la Iglesia.

d) Otros ingresos que obtuviera por actividades lícitas.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 22.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia no compren-dido en estos Estatutos se establecerá en el Reglamento Interno de lamisma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y deberá seraprobada por la Junta General.

CAPITULO X

DE LA DISOLUCION

Art. 23.- En caso de disolución de la Iglesia Profética “Cristo miRey”, los bienes de propiedad de la misma, una vez practicada laliquidación, serán donados a una Institución benéfica Salvadoreña quedesigne la Asamblea General.

Art. 24.- La reforma de sus Estatutos deberá acordarse en sesiónextraordinaria de Junta General, con el voto favorable de por lo menosel setenta y cinco por ciento de los Miembros con derecho a voto.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 25.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar en losprimeros días del mes de enero de cada año, al Ministerio de Goberna-ción, la nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después deelecta la nueva Junta Directiva, una certificación en el papel correspon-diente del Acta de elección de la misma y en todo caso, proporcionar alexpresado ministerio cualquier dato que se le pidiera, relativo a la Iglesia.

Art. 26.- La Iglesia Profética “Cristo mi Rey”, se regirá por estosEstatutos y por las demás leyes aplicables.

Art. 27.- Los Presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación el Diario Oficial.

ACUERDO Nº 006.

San Salvador, 17 de enero de 2003.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la IGLESIA PROFETICA“CRISTO MI REY”, compuestos de VEINTISIETE Artículos, fundadaen la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, y noencontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país,de conformidad con el art. 543 del Código Civil; el Organo Ejecutivo enel Ramo de Gobernación; ACUERDA: aprobarlos en todas sus partesconfiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA.COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República).EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION, FIGUEROA FIGUEROA.

(Registro Nº 14478)

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

ACUERDO No. 272.

San Salvador, 26 de marzo del 2003.

EL ORGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMIA.

Vistas las diligencias promovidas por el señor JOSE MODESTO MENJIVAR VASQUEZ, mayor de edad, estudiante, del domicilio de Nueva SanSalvador, Departamento de La Libertad, quien actúa en su carácter personal, relativas a obtener autorización para construir una Estación de Servicio enun inmueble de naturaleza urbana, situado en la esquina que forman la Cuarta Calle Poniente y Avenida Independencia Norte, de la Ciudad yDepartamento de Santa Ana, la que se denominará “ECOGAS”, y constará de TRES TANQUES, con una capacidad de CINCO MIL GALONES CADAUNO, para el almacenamiento y venta de Gasolina Especial, Gasolina Regular y Aceite; y

CONSIDERANDO:

I- Que está comprobada en autos, la disponibilidad del inmueble en que se construirá la Estación de Servicio.

II- Que la Dirección General de Protección al Consumidor, admitió la solicitud y ordenó hacer las publicaciones de ley, sin que dentro del términolegal se haya presentado oposición alguna; por lo que de conformidad a lo estipulado en el Artículo 16 de la Ley Reguladora del Depósito,Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, solicitó el informe y opinión del Ministerio de Obras Públicas, quien previas las opinionesde las Direcciones de Mantenimiento Vial y Tránsito de fechas dieciocho de octubre del dos mil dos, y diecisiete de enero del corriente año,respectivamente, las emitieron en sentido favorable, expresando la primera que no se encuentran Estaciones de Servicio en funcionamientoa menos de seiscientos metros del proyecto, y que para la construcción de la Estación de Servicio se deberá cumplir con los Arts. 32 y 33 delCapítulo III, y el Art. 44 del Capítulo IV de la Ley de Carreteras y Caminos Vecinales; también emitió en sentido favorable la DirecciónGeneral del Cuerpo de Bomberos Nacionales, por medio de oficio de fecha cuatro de noviembre del dos mil dos.

III- Que la documentación presentada se encuentra en legal forma, habiéndose cumplido con todos los requisitos que la ley establece, por lo quese considera procedente acceder a lo solicitado.

POR TANTO,

De conformidad a lo antes expuesto y a lo dispuesto en la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y suReglamento,

ACUERDA:

1°) AUTORIZASE al señor JOSE MODESTO MENJIVAR VASQUEZ, para que construya una ESTACION DE SERVICIO en un inmueblede naturaleza urbana, situado en la esquina que forman la Cuarta Calle Poniente y Avenida Independencia Norte, de la Ciudad y Departamento de SantaAna, denominada “ECOGAS”, y constará de TRES TANQUES, con una capacidad de CINCO MIL GALONES CADA UNO, para el almacenamientoy venta de Gasolina Especial, Gasolina Regular y Aceite Diesel.

2°) El Titular de la presente autorización queda obligado a:

a) Dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y suReglamento.

b) Para la construcción, deberá cumplirse con los requisitos que indica la Ley de Urbanismo y Construcción, la Ley del Medio Ambiente, lasque indica la Dirección de Mantenimiento Vial relacionadas en el Considerando II de este Acuerdo, así como las demás disposiciones quele sean aplicables.

3°) El titular de la Autorización, deberá aceptar por escrito el presente Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de publicación enel Diario Oficial, dentro de los OCHO DIAS siguientes al de su notificación.

4°) El Titular de la presente autorización deberá iniciar la construcción de la Estación de Servicio ciento veinte días después de publicado elpresente Acuerdo en el Diario Oficial y concluirse dentro de los TREINTA DIAS subsiguientes, tal como lo expuso en su solicitud.

5°) Una vez construida la Estación de Servicio, el Titular deberá solicitar autorización para su funcionamiento.

6°) El presente Acuerdo entrará en vigencia, desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

COMUNIQUESE.- (Rubricada por el señor Presidente de la República). MIGUEL E. LACAYO, MINISTRO.

(Registro No. 14473)

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

ACUERDO N° 15-0130.

San Salvador, 29 de enero del 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación Académica

se ha presentado WALTER FERNANDO AGUILAR CARRANZA solicitando INCORPORACION de su Diploma de High School, obtenido en

Pasadena High School, California, Estados Unidos de América en el año 1992. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los

requisitos legales, ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios de High School realizados por WALTER FERNANDO AGUILAR CARRANZA

en Estados Unidos de América con los de Bachillerato General y a la vez Incorporar el Diploma de High School al Sistema Educativo de nuestro País.

COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R.MARIN.

(Registro Nº 14489)

ACUERDO N° 15-0140.

San Salvador, 29 de enero del 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación Académica

se ha presentado MILTON YUVINI ANDRADE BENAVIDEZ solicitando INCORPORACION de Diploma de High School, obtenido en East Boston

High School, Boston, Estados Unidos de América en el año 1996. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales,

ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios de High School realizados por MILTON YUVINI ANDRADE BENAVIDEZ en Estados Unidos de

América con los de Bachillerato General y a la vez Incorporar su Diploma de High School al Sistema Educativo de nuestro país. COMUNIQUESE.

(Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R.MARIN.

(Registro Nº 14501)

ACUERDO N° 15-0327.

San Salvador, 6 de marzo del 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación Académica

se ha presentado MARIA FERNANDA ESPINAL SABALLOS solicitando INCORPORACION de Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras,

extendido por el Ministerio de Educación de la República de Nicaragua en el año 1997. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos

los requisitos legales, ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios de Bachiller en Ciencias y Letras realizados por MARIA FERNANDA ESPINAL

SABALLOS en la República de Nicaragua con los de Bachillerato General y a la vez Incorporar su Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras al Sistema

Educativo de nuestro País. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R.MARIN.

(Registro Nº 14534)

ACUERDO N° 15-0343.

San Salvador, 10 de marzo del 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación Académica

se ha presentado JUAN CARLOS MUYSHONDT AUGSPURG solicitando INCORPORACION de su Diploma de High School, obtenido en Eagle Hill

School, Massachusetts, Estados Unidos de América en el año 1998. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales,

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios de High School realizados por JUAN CARLOS MUYSHONDT AUGSPURG en Estados Unidos de

América con los de Bachillerato General y a la vez Incorporar su Diploma de High School al Sistema Educativo de nuestro País. COMUNIQUESE.

(Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R.MARIN.

(Registro Nº 14486)

ACUERDO N° 15- 0344.

San Salvador, 13 de marzo de 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la Dirección de Acreditación se ha

presentado ROBERTO JAVIER CUELLAR GIRON, solicitando EQUIVALENCIA de sus Estudios de Cuarto Grado de Bachillerato en Ciencias y

Letras, realizados en el Centro de Estudios Integrales de la República de Guatemala en el año de 2002, con los de Primer Año de Bachillerato General

de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios

de Cuarto Grado de Bachillerato en Ciencias y Letras realizados por ROBERTO JAVIER CUELLAR GIRON en la República de Guatemala con los

de Primer año de Bachillerato General de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Segundo Año de Bachillerato General. COMUNIQUESE.

(Rubricado por el señor Presidente de la República). El Ministro de Educación, R.MARIN.

(Registro Nº 14490)

ACUERDO No. 92-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA: autoriza

a la Licenciada MARTA ESTELA ARGUETA ROMERO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido

con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-

R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- V. DE AVILES.- DE BUITRAGO.-

GUSTAVE T.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº 14554)

ACUERDO No. 103-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:

autoriza a la Licenciada MAGALY ESMERALDA HERNANDEZ CHAVARRIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en

vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.-

A. G. CALDERON.- R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- VELASCO.- DE BUITRAGO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.-

M. CLARA.- GUSTAVE T.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.

(Registro Nº 14500)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

DECRETO NUMERO CINCO

La Municipalidad de San Salvador,

CONSIDERANDO

I) Que mediante Decreto número veintiuno, Acuerdo. Municipal número nueve punto dos, tomado en Sesión Ordinaria de fecha veinte denoviembre de dos mil uno, se creó la Entidad Descentralizada, sin fines de lucro, con Autonomía y Personalidad Jurídica, denominadaPARQUE CUSCATLAN.

II) Que por haber surgido nuevas necesidades y exigencias, que no se contemplaron en los Estatutos que actualmente rigen al PARQUECUSCATLAN, se tomó la decisión de Emitir unos Estatutos que las cubran, en aras de cumplir de mejor manera la Administración del ParqueCuscatlán.

III) Que en virtud de sus facultades constitucionales establecidas en los Artículos 203 y 204 de la Constitución de la República y Artículos 14,15 y 30 Numeral 4 del Código Municipal.

POR TANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SALVADOR, EMITE EL SIGUIENTE DECRETO DE SUSTITUCION DE LOS ESTATUTOS DE LAENTIDAD DESCENTRALIZADA CON AUTONOMIA, DENOMINADA PARQUE CUSCATLAN.

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO, FINES Y PLAZO.

Art. 1.- Créase la Entidad “PARQUE CUSCATLAN” que podrá abreviarse “PARQUE CUSCATLAN”, como una Entidad descentralizada delnivel Municipal con Personalidad Jurídica; sin fines de lucro.

Art. 2.- El domicilio del “PARQUE CUSCATLAN” será el de la ciudad de San Salvador.

Art. 3.- El Objeto del “PARQUE CUSCATLAN” es la administración del Parque Cuscatlán, el cual es propiedad de la Alcaldía Municipal de SanSalvador, quien lo entrega a la Entidad para tal efecto.

DE LOS FINES

Art. 4.- El “PARQUE CUSCATLAN” tendrá los fines siguientes:

a) Conservar y mantener la flora y la fauna del parque, que representa el pulmón ecológico en el centro de San Salvador.

b) Generar lugares de sano esparcimiento y recreación que fomente la integración familiar.

c) Crear espacios para el desarrollo de eventos artísticos, culturales y deportivos que contribuyan a la reorientación de la juventud y niñezSalvadoreñas.

d) Promover actividades tendientes a la formación de principios en la sociedad para el respeto de los Derechos Humanos.

PLAZO

Art. 5.- El “PARQUE CUSCATLAN” se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

DE LOS APORTES

Art. 6.- Para proveer a la creación y funcionamiento del “PARQUE CUSCATLAN”, la Alcaldía Municipal de San Salvador, entregará enadministración, los bienes Inmuebles que sean necesarios para operar, al “PARQUE CUSCATLAN”, conservando la Municipalidad, todos los Derechosy las obligaciones de control de dichos bienes.

También le dará en administración los bienes muebles que necesite la Entidad, los cuales seguirán siendo propiedad de la Municipalidad, einventariados a la fecha de la creación del “PARQUE CUSCATLAN”. En ambos casos los bienes deben ser auditados, por las instancias municipalescorrespondientes.

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La Municipalidad apoyará la gestión del “PARQUE CUSCATLAN”, propiciando la colaboración de las Gerencias que tengan incidencia en loadministrativo y financiero, así como en la gestión de proyectos de apoyo del “PARQUE CUSCATLAN” con organismos cooperantes, ademásproporcionará para fines de control, el apoyo de la Gerencia Financiera y de la Auditoría Interna de la Alcaldía, buscando el cumplimiento de las NormasTécnicas de Control Interno. Los resultados de los procesos de Auditoría deben ser informados al Concejo Municipal.

Art. 7.- La Alcaldía de San Salvador, se obliga con el “PARQUE CUSCATLAN” a lo siguiente:

a) Apoyarlo en proporcionar oportunidades para que realice algunas obras y/o servicios que se financien con fondos municipales.

b) Brindarle asistencia técnica en la gestión de cooperación interna y/o externa y en otras áreas que lo requiera.

c) Incorporar al personal del “PARQUE CUSCATLAN” en los programas de capacitación técnica y profesional que desarrolle la Municipalidad.

El “PARQUE CUSCATLAN” está obligado a procurar su autosostenibilidad a fin de obtener los recursos económicos necesarios para sufuncionamiento, de tal forma que los fondos que le aportare la Municipalidad tengan una tendencia en forma decreciente, hasta que la Entidad percibaingresos suficientes para cubrir los egresos contemplados en el presupuesto del año inmediato siguiente.

CAPITULO III

Art. 8.- La Dirección y Administración del “PARQUE CUSCATLAN” estará confiada a la Junta Directiva, la que estará integrada por cincomiembros propietarios y dos suplentes, su composición deberá considerar al Alcalde Municipal o un delegado de éste, y a un empleado municipal delárea de finanzas, así como también a todos los sectores o fuerzas vivas de la ciudad, se organizará con un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario,un Síndico y un Tesorero, y dos Directores Suplentes, la cual será nombrada por el Concejo Municipal.

El Empleado Municipal del área de finanzas, debe tener dominio de las Normas Técnicas de Control Interno y otras disposiciones legales aplicablesen el área financiera.

Art. 9.- Los miembros de la Junta Directiva del “PARQUE CUSCATLAN” durarán en sus funciones dos años; exceptuando al Presidente, quienpor su cargo de Alcalde o Delegado de éste, desempeñará su función de Presidente por el período para el cual fue electo en la Administración Municipal.El período de la Junta Directiva comenzará desde la fecha de su nombramiento y juramentación, con excepción de la primera Junta, que sea nombradaa partir de la aprobación de los presentes Estatutos, de la que dos de sus miembros, durarán en sus funciones un año, debiendo elegirse los sustitutos ala finalización de ese primer año.

Todos los miembros prestarán sus servicios ad honoren cuando las condiciones económicas lo permitan, se podrán pagar dietas cuyos montos seránautorizados por el Concejo Municipal.

Los miembros podrán ser reelectos.

Art. 10.- En caso de que el Concejo Municipal, no haya elegido nueva Junta Directiva, la que esté en funciones, deberá continuar ejerciéndolashasta que sea nombrada y debidamente registrada la nueva Junta que deba sustituirla.

Si por causa de muerte, renuncia, imposibilidad o cualquier otro motivo, faltare algún miembro de la Junta Directiva, el Director Suplente losustituirá, asumiendo las atribuciones y obligaciones del Director sustituido.

Art. 11.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

La Junta Directiva contará con un Director Ejecutivo y todo el personal necesario para administrar el “PARQUE CUSCATLAN”, bajo las políticasy normas utilizadas por la Alcaldía Municipal de San Salvador. El Director Ejecutivo participará en las Sesiones de la Junta Directiva con voz pero sinvoto.

Art. 12.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos serán tomados porla mayoría de los asistentes, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Art. 13.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Dar lineamientos al Director Ejecutivo para la elaboración del Plan Operativo Anual y del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos; yposteriormente aprobarlo.

b) Presentar al Concejo Municipal las políticas, los planes, estrategias y los programas de trabajo del “PARQUE CUSCATLAN”; bajo lasnormas del sistema de control interno, para su aprobación.

c) Nombrar, renovar o destituir al Director Ejecutivo.

d) Aprobar el inicio y/o finalización de los contratos de trabajo del personal;

e) Aprobar la Memoria de Labores, los Estados Financieros, e informes de auditoría y otros y someterlo a conocimiento del Concejo Municipal.

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.f) Aprobar el Reglamento Interno de Trabajo, Manual de Organización y cualquier otra normativa necesaria para el buen funcionamiento del

“PARQUE CUSCATLAN”.

g) Aprobar las tarifas a cobrar para la realización de eventos artísticos, culturales, deportivos y otros similares en las instalaciones que el parquedisponga para tales actividades. Dichas Tarifas no serán aplicables a las personas que ingresan al parque en busca de un lugar de sanoesparcimiento y/o recreación.

h) Establecer la política salarial y de prestaciones de los trabajadores del “PARQUE CUSCATLAN”.

i) Conceder permisos y licencias a los empleados del “PARQUE CUSCATLAN”, para ausentarse por períodos mayores de cinco días.

j) Presentar todo tipo de informes que el Concejo Municipal le solicite.

k) Velar por el buen funcionamiento del “PARQUE CUSCATLAN”. Y por el cumplimiento de sus finalidades, así como nombrar las comisionesque fuesen necesarias;

l) Aprobar compraventas, contratación de préstamos, contribuciones, subsidios, aceptar donaciones, y cualquier tipo de contratación, así comotambién la venta y/o prestación de servicios del “PARQUE CUSCATLAN”.

m) Aprobar toda erogación que exceda de cuatro salarios mínimos;

n) Nombrar apoderados que representen al “PARQUE CUSCATLAN”.

o) Todas las demás funciones que sean asignadas por el reglamento interno y el manual de organización.

p) Conocer de los Recursos de Apelación, interpuestos por cualquier Ciudadano, ante el Director Ejecutivo de sus Resoluciones.

Art. 14.- El cargo de Presidente lo ejercerá siempre el Alcalde Municipal o su delegado, y sus atribuciones son:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de Junta Directiva.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva; así como de los Estatutos y del Reglamento Interno del“PARQUE CUSCATLAN”.

c) Representar judicial y extrajudicialmente al “PARQUE CUSCATLAN”, y otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva.

d) Presentar al Concejo Municipal, la Memoria Anual de Labores y cualquier otro informe solicitado por el mismo,

e) Celebrar toda clase de contratos y realizar toda clase de operaciones, previa autorización de la Junta Directiva.

f) Autorizar, conjuntamente con el Tesorero, toda clase de gastos.

g) Refrendar cheques, cuando esté ausente el Síndico.

La atribución consignada en el literal f) el Presidente podrá delegarla en el Director Ejecutivo.

El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de renuncia, impedimento o ausencia temporal o definitiva, de éste y si por cualquier causa noestuviere presente el Vicepresidente, será sustituido por cualquier miembro de la Junta, designado al efecto por el resto de miembros.

El Vicepresidente o quien haga sus veces, cuando sustituyan al Presidente tendrán las mismas atribuciones de éste.

Art. 15.- Son atribuciones del SECRETARIO:

a) Convocar a Sesiones Ordinarias o Extraordinarias, a la Junta Directiva.

b) Llevar el libro de actas y asentar en él, las actas de las sesiones que la Junta Directiva celebre.

c) Certificar las actas o acuerdos de la Junta Directiva.

d) Llevar en forma actualizada, la correspondencia, documentación, registros y archivos de la Junta Directiva.

Art. 16.- Son atribuciones del TESORERO:

a) Supervisar los ingresos y egresos del “PARQUE CUSCATLAN”, y el adecuado depósito de los fondos del mismo.

b) Supervisar los registros contables y los documentos que los respalden procurando que se observen los principios de contabilidadgubernamental y las normas técnicas de control interno de la Corte de Cuentas de la República.

c) Autorizar, conjuntamente con el Presidente, toda clase de gastos.

d) Firmar cheques.

e) Presentar a la Junta Directiva informes contables y financieros periódicos y finales con base a los balances y estados de resultado del“PARQUE CUSCATLAN”.

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359Art. 17.- Son atribuciones del SINDICO:

a) La fiscalización jurídica de las actuaciones del “PARQUE CUSCATLAN”.

b) La fiscalización del uso de los bienes y recursos del “PARQUE CUSCATLAN”.

c) Refrendar los cheques emitidos por el “PARQUE CUSCATLAN”.

CAPITULO IV

DE LA DIRECCION EJECUTIVA

Art. 18.- La administración del “PARQUE CUSCATLAN”, será delegada a un Director Ejecutivo, quien será el funcionario de más alta jerarquíaadministrativa del “PARQUE CUSCATLAN”.

Art. 19.- Son atribuciones del Director Ejecutivo:

a) Velar por la Administración eficiente y eficaz del “PARQUE CUSCATLAN”.

b) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno del “PARQUE CUSCATLAN”; y acuerdos de la Junta de Directores.

c) Elaborar los planes de trabajo corto y mediano plazo, y aplicar los controles de gestión;

d) Asistir a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto;

e) Elaborar, proponer y presentar a Junta Directiva, el Presupuesto anual de ingresos y egresos y el Plan anual operativo del “PARQUECUSCATLAN” para su aprobación;

f) Llevar la relatoría y asiento de las actas de Junta Directiva, en soporte y bajo la dirección del Secretario de la misma.

g) Presentar a Junta Directiva, los informes financieros mensuales (Balance, Estado de Resultados y Flujo de Efectivo) y al terminar el ejerciciofiscal presentar el consolidado de éstos.

h) Presentar a la Junta Directiva la memoria anual de labores;

i) Rendir todo tipo de informes a la Junta Directiva cuando le sean requeridos.

j) Proponer a la Junta Directiva el nombramiento del personal.

k) Proponer a Junta Directiva innovaciones o modificaciones al diseño curricular del “PARQUE CUSCATLAN”;

l) Promover intercambio de experiencias y apoyo con otras instituciones de igual naturaleza;

m) Autorizar gastos hasta por una cantidad equivalentes a cuatro salarios mínimos vigentes y firmar cheques por delegación de la Junta Directiva.

n) Presentar avances trimestrales del Plan Anual Operativo a la Unidad de Control de Gestión de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

o) Admitir los Recursos de Apelación que cualquier ciudadano interponga por sus Resoluciones emitidas y remitirlas a la Junta Directiva, parasu tramitación.

CAPITULO V

RESPONSABILIDAD LABORAL SUBSIDIARIA Y RESOLUCION DE CONFLICTOS

Art. 20.- Todas aquellas prestaciones, bonificaciones, beneficios y gratificaciones u otros derechos adquiridos por empleados que la Alcaldía deSan Salvador le transfiera al “PARQUE CUSCATLAN”, son garantizados y respaldados por éste, resguardando el pasivo laboral a que tienen derecho,y en caso de que el “PARQUE CUSCATLAN” no pueda hacerlo, será absoluta responsabilidad de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

Las divergencias que puedan surgir en relación a la gestión del “PARQUE CUSCATLAN”, y a sus bienes, se resolverán por lo dispuesto por elConcejo Municipal y las leyes aplicables.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE ESTATUTOS Y DISOLUCION

Art. 21.- Los presentes Estatutos se reformarán por el Concejo Municipal, cuando surjan nuevas necesidades que no se encuentren establecidasen él y que sean indispensables para su operación.

Art. 22.- El “PARQUE CUSCATLAN” se disolverá por Acuerdo Municipal, en los siguientes casos:

a) Cuando se aparte de los fines establecidos en los presentes Estatutos.

b) Por la pérdida total de los recursos económicos y/o de una parte de éstos, que a juicio de la Junta Directiva haga imposible la continuaciónde sus operaciones.

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.Todos los bienes que sobraren después de que el “PARQUE CUSCATLAN”, cumpla con todas sus obligaciones, pasarán a formar parte de los

activos de la Municipalidad.

Para efectuar lo anterior, el Concejo Municipal nombrará una comisión liquidadora.

CAPITULO VII

DEL PRESUPUESTO, DEL PATRIMONIO, Y DE LAS FUENTES DE INGRESO

Art. 23.- El “PARQUE CUSCATLAN” está obligado a desarrollar actividades por medio de un presupuesto anual de ingresos y egresos.

Dicho presupuesto será, elaborado por el Director Ejecutivo, quien lo presentará a la Junta Directiva, para su aprobación dicha Junta lo presentaráa través de la Comisión de Enlace, al Concejo Municipal para la aprobación final. En la elaboración del presupuesto se tomará en cuenta lo establecidoen los artículos 75, 76, 77,78 y 98 del Código Municipal.

El presupuesto se inicia el uno de enero y termina el treinta y uno de diciembre del mismo año.

Los fondos asignados por la Municipalidad para un destino específico sólo podrán ser variados con la aprobación del Concejo Municipal.

Art. 24.- En caso que para el uno de enero no haya sido aprobado el presupuesto del “PARQUE CUSCATLAN”, se regirá por el presupuesto delaño anterior.

Art. 25.- Los fondos serán depositados en el sistema bancario nacional, según lineamientos de la Junta de Directores, garantizando el cumpliendode las Normas Técnicas de Control Interno.

Art. 26.- El “PARQUE CUSCATLAN” contará con un instructivo para el manejo de fondos, el cual será de acatamiento obligatorio.

Art. 27.- Son obligaciones a cargo del “PARQUE CUSCATLAN”, las legalmente contraídas por él, derivadas de sus operaciones.

Art. 28.- El Parque Cuscatlán, no podrá contraer obligaciones con instituciones nacionales o internacionales que no están contempladas en elpresupuesto.

Art. 29.- El patrimonio del “PARQUE CUSCATLAN” lo constituirá:

a) Todos los bienes muebles e inmuebles que a cualquier título obtenga el “PARQUE CUSCATLAN” para el desarrollo de sus operaciones,mas el diferencial de ingresos y egresos provenientes de sus operaciones que se reflejarán en sus estados financieros.

b) Los derechos y acciones que a cualquier título obtuviere.

c) Cualquier otro ingreso obtenido legalmente.

Art. 30.- Las fuentes de ingreso del “PARQUE CUSCATLAN” serán:

a) Los fondos que le asigne la municipalidad.

b) Las donaciones nacionales o internacionales que obtenga.

c) Los subsidios que el gobierno central o la empresa privada le hagan al “PARQUE CUSCATLAN”.

d) Las contribuciones que a su favor impusiere la Municipalidad.

e) El producto de cualquiera de los empréstitos y demás operaciones de crédito que obtenga el “PARQUE CUSCATLAN”.

f) Los ingresos que obtenga en concepto de tasas de conformidad a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios del Municipio de SanSalvador, y cualquier otra Ordenanza.

g) La venta de sus productos y las prestaciones de sus servicios.

CAPITULO VIII

DE LOS RECURSOS

Art. 31.- De las resoluciones emitidas por el Director Ejecutivo, se admitirá el Recurso de Apelación para ante la Junta Directiva, dentro de los tresdías siguientes a su notificación.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Interpuesto el Recurso, el Director Ejecutivo lo admitirá y dará cuenta a la Junta Directiva en la próxima sesión, El Presidente de la Junta Directiva,designará al Síndico, para que lleve la substanciación del recurso y lo devuelva oportunamente.

Recibido el Recurso por la Junta Directiva, si ésta lo estimare procedente, se notificará al Apelante y se abrirá a prueba por el término de cuatrodías, caso contrario se notificará al apelante de la improcedencia de su recurso.

Transcurrido el término de prueba, el Síndico devolverá el expediente a la Junta de Directores, para que resuelva.

La Junta Directiva deberá resolver en la siguiente sesión a su recibo.

CAPITULO IX

DEL CONTROL Y FISCALIZACION

Art. 32.- La Junta Directiva deberá rendir al Concejo Municipal, un informe anual circunstanciado y documentado de la ejecución presupuestaria,y del desarrollo de sus labores, dentro de los sesenta días siguientes a la finalización del ejercicio o cuando sea requerido.

Art. 33.- La Corte de Cuentas de la República ejercerá la vigilancia, fiscalización y control a posteriori sobre la ejecución del presupuesto del“PARQUE CUSCATLAN”, para lo cual aplicará las normas sobre la materia.

Art. 34.- En todo lo referente a la recaudación, custodia y erogación de fondos, el “PARQUE CUSCATLAN” se arreglará a lo dispuesto al CódigoMunicipal y demás leyes aplicables.

Art. 35.- El “PARQUE CUSCATLAN”, está obligado a llevar contabilidad organizada de acuerdo con los Principios y Normas de ContabilidadGubernamental y con un sistema contable manual o automatizado, autorizado de acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

Art. 36.- El “PARQUE CUSCATLAN”, estará sujeto a las normas de control de la Auditoría Interna de la Alcaldía Municipal de San Salvadory también estará sujeta a la misma Auditoría Externa que audite a la Municipalidad.

El “PARQUE CUSCATLAN” pagará los honorarios que correspondan a la Auditoría externa si está en la capacidad para hacerla.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 37.- Lo no previsto en los presentes Estatutos, se regulará conforme a las Leyes, Ordenanzas y Reglamentos que fueren aplicables.

Art. 38.- Deróganse los Estatutos de la Entidad Descentralizada con Autonomía denominada “Parque Cuscatlán”, emitidos por Decreto númeroveintiuno, tomado por Acuerdo número nueve punto dos, de Sesión Ordinaria de fecha veinte de Noviembre del dos mil uno, publicados en el DiarioOficial numero cuatro tomo trescientos cincuenta y cuatro de fecha ocho de enero de dos mil dos.

Art. 39.- El presente Decreto entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN SALON DE SESIONES DE LA ALCALDIA MUNICPAL DE SAN SALVADOR, a los dieciocho días del mes de marzo del año dosmil tres.

Dr. HECTOR RICARDO SILVA ARGUELLO,

ALCALDE MUNICIPAL.

Licda. NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,

SINDICO MUNICIPAL INTERINA.

Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro Nº 14571)

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

DECRETO NUMERO SEIS.

La Municipalidad de San Salvador,

CONSIDERANDO

I) Que mediante Acuerdo Municipal número seis, tomado en Sesión extraordinaria de fecha veintiuno de mayo de dos mil uno, emitió laOrdenanza de Creación de LA FINCA EL ESPINO PARQUE BOSQUE LOS PERICOS DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR.

II) Que por haber surgido nuevas necesidades y exigencias, que no se contemplaron en los Estatutos que actualmente rigen a la Finca El EspinoParque Bosque Los Pericos, se tomó la decisión de emitir nuevos Estatutos, con las modificaciones que contemplen, esas necesidades yexigencias.

III) Que en virtud de sus facultades constitucionales establecidas en los Artículos 203 y 204 de la Constitución de la República y Artículos 14,15 y 30 Numeral 4 del Código Municipal.

POR TANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SALVADOR, EMITE EL SIGUIENTE DECRETO DE SUSTITUCION DE LOS ESTATUTOS CONTENI-DOS EN LA ORDENANZA DE CREACION DE “LA ENTIDAD DESCENTRALIZADA CON AUTONOMIA DENOMINADA FINCA ELESPINO, PARQUE BOSQUE “LOS PERICOS” DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR.

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO, PLAZO Y OBJETO.

Art. 1.- Créase la entidad “Finca El Espino, Parque Bosque Los Pericos”, que podrá abreviarse “La Finca”, como una entidad descentralizada delnivel Municipal, con personalidad jurídica, sin fines de lucro.

Art. 2.- El domicilio de la “La Finca” será el de la ciudad de San Salvador.

Art. 3.- El objeto de la “La Finca” es el mantenimiento, desarrollo y aprovechamiento integral de los recursos naturales que posee La Finca El EspinoParque Bosque Los Pericos.

DE LOS FINES

Art. 4.- “La Finca”, tendrá los fines siguientes:

a) La explotación, mantenimiento y conservación técnica y ecológica del cultivo del café y de las variedades existentes de flora y fauna de lazona.

b) Desarrollar políticas de empleo que beneficien a los trabajadores agrícolas.

c) Desarrollar el área de la finca de tal forma que mantenga en su conjunto la capacidad de recolección de las aguas lluvias.

d) Desarrollar en toda su extensión un parque bosque.

PLAZO

Art. 5.- La “La Finca” se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

DE LOS APORTES

Art. 6.- Para proveer a la creación y funcionamiento del “La Finca”, la Alcaldía Municipal de San Salvador entregará en administración el cienpor ciento de la parte que le corresponde sobre La Finca El Espino, en derecho proindiviso con la Alcaldía Municipal de Antiguo Cuscatlán, conservandola Municipalidad de San Salvador, todos los derechos y las obligaciones de control de dicho derecho sobre el bien.

También le dará en administración los bienes muebles que necesite la entidad, los cuales seguirán siendo propiedad de la Municipalidad, einventariados a la fecha de la creación de “La Finca”. En ambos casos los bienes deben ser auditados, por las instancias municipales correspondientes.

La Municipalidad apoyará la gestión de “La Finca”, propiciando la colaboración de las gerencias que tengan incidencia en lo administrativo yfinanciero, así como en la gestión de proyectos de apoyo de “La Finca” con organismos cooperantes, además proporcionará para fines de control el apoyode la Gerencia Financiera y de la Auditoría Interna de la Alcaldía, buscando el cumplimiento de las Normas Técnicas de Control Interno. Los resultadosde los procesos de auditoría deben ser informados al Concejo Municipal.

Art. 7.- La Alcaldía de San Salvador, se obliga con “La Finca” a lo siguiente:

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

a) Asignarle un presupuesto anual que le permita desarrollar las labores de mantenimiento y desarrollo del cafetal, siempre y cuando los preciosdel café no sean rentables.

b) Brindarle apoyo de personal especializado para la administración de “La Finca”, durante los períodos de precios no rentables del cultivo decafé.

c) Brindarle asistencia técnica en la gestión de cooperación interna y/o externa, y en otras áreas específicas que lo requieran.

“La Finca” está obligada a procurar su autosostenibilidad a fin de obtener los recursos económicos necesarios para su funcionamiento, de tal formaque los fondos que le aportare la Municipalidad tengan una tendencia en forma decreciente, hasta que la Entidad perciba ingresos suficientes para cubrirlos egresos contemplados en el presupuesto del año inmediato siguiente.

CAPITULO III

DEL ORGANISMO DIRECTIVO

Art. 8.- La Dirección y Administración de “La Finca” estará confiada a una Junta Directiva, la que estará integrada por cinco miembros propietariosy un suplente, su composición deberá considerar al Alcalde Municipal o un delegado de éste, y a un empleado municipal del área de finanzas, así comotambién a todos los sectores o fuerzas vivas de la ciudad, se organizará con un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Síndico, un Tesoreroy un Director Suplente, la cual será nombrada por el Concejo Municipal.

El empleado Municipal del área de finanzas, debe tener dominio de las Normas Técnicas de Control Interno y otras disposiciones legales aplicablesen el área financiera.

Art. 9.- Los miembros de la Junta Directiva de “La Finca” durarán en sus funciones dos años, exceptuando al Presidente quien por su cargo deAlcalde o Delegado de éste, desempeñará su función de Presidente por el período para el cual fue electo en la Administración Municipal. El período dela Junta Directiva comenzará desde la fecha de su nombramiento y juramentación, con excepción de la primera Junta que sea nombrada a partir de laaprobación de los presentes Estatutos, de la que dos de sus miembros, durarán en sus funciones un año, debiendo elegirse los sustitutos a la finalizaciónde ese primer año.

Todos los miembros prestarán sus servicios ad honorem y cuando las condiciones económicas lo permitan, se podrán pagar dietas cuyos montosserán autorizados por el Concejo Municipal. Los miembros de la Junta Directiva podrán ser reelectos.

Art. 10.- En caso que el Concejo Municipal, no haya elegido nueva Junta Directiva, la que esté en funciones deberá continuar ejerciéndolas hastaque sea nombrada y debidamente registrada la nueva Junta que deba sustituirla.

Si por causa de muerte, renuncia, imposibilidad o cualquier otro motivo, faltare algún miembro de la Junta Directiva, el Director Suplente losustituirá, asumiendo las atribuciones y obligaciones del Director sustituido.

Art. 11.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

La Junta Directiva contará con un Director Ejecutivo y todo el personal necesario para administrar “La Finca” bajo las políticas y normas utilizadaspor la Alcaldía Municipal de San Salvador. El Director Ejecutivo participará en las Sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.

Art. 12.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos serán tomados porla mayoría de los asistentes, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Art. 13.- La Junta Directiva, tendrá las siguientes atribuciones:

1) Dar lineamientos al Director Ejecutivo para la elaboración del Plan Operativo Anual y del presupuesto anual de Ingresos y Egresos yposteriormente aprobarlo.

2) Presentar al Concejo Municipal las políticas, los planes, estrategias y los programas de trabajo de “La Finca”; bajo las normas del sistemade control interno, para su aprobación.

3) Nombrar, renovar o destituir al Director Ejecutivo;

4) Aprobar el inicio y/o finalización de los contratos de trabajo del personal;

5) Aprobar la memoria anual de labores, estados financieros e informes del Auditor, y someterlo a conocimiento del Concejo Municipal.

6) Aprobar el Reglamento Interno de Trabajo, Manual de Organización y cualquier otra normativa necesaria.

7) Velar por el buen funcionamiento de “La Finca” y el cumplimiento de sus finalidades, así como nombrar las comisiones que fuesen necesarias,

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8) Establecer la política salarial y de prestaciones de los trabajadores de “La Finca”;

9) Conceder permisos y licencias a los empleados de “La Finca”, para ausentarse por períodos mayores de cinco días.

10) Aprobar compraventas, aceptación de donaciones, contratación de prestamos, contribuciones o subsidios, y cualquier otra clase de contratoen los que tuviere interés “La Finca”.

11) Aprobar toda erogación que exceda de cuatro salarios mínimos.

12) Nombrar apoderados que representen a “La Finca”.

13) Presentar todo tipo de informes que el Concejo Municipal le solicite;

14) Fijar los precios y volúmenes mínimos de venta del café y aprobar cualquier contrato relacionado a la compra de insumos y materiales.

15) Todas las demás funciones que le sean asignadas por el Reglamento Interno de Trabajo y el Manual de Organización.

16) Conocer de los Recursos de Apelación interpuestos por cualquier Ciudadano, ante el Director Ejecutivo de sus Resoluciones.

Art. 14.- El Cargo de Presidente lo ejercerá siempre el Alcalde Municipal o su Delegado y sus atribuciones son:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de Junta Directiva, así como de los Estatutos y Reglamentos Internos de “La Finca”,

c) Representar judicial y extrajudicialmente a “La Finca”, y otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva.

d) Presentar al Concejo Municipal, la Memoria Anual de Labores y cualquier otro informe solicitado por el mismo.

e) Celebrar toda clase de contratos y realizar toda clase de operaciones, previa autorización de la Junta Directiva.

f) Autorizar, conjuntamente con el Tesorero, toda clase de gastos.

g) Refrendar cheques, cuando esté ausente el Síndico.

La atribución consignada en el literal f) el Presidente podrá delegarla en el Director Ejecutivo.

El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de renuncia, impedimento o ausencia temporal o definitiva, de éste y si por cualquier causa noestuviere presente el Vicepresidente, será sustituido por cualquier miembro de la Junta, designado al efecto por el resto de miembros.

El Vicepresidente o quien, haga sus veces, cuando sustituya al Presidente tendrá las mismas atribuciones de éste.

Art. 15.- Son atribuciones del Secretario:

a) Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias a la Junta Directiva.

b) Llevar el libro de actas y asentar en él las actas de las sesiones que la Junta Directiva celebre.

c) Certificar las actas o acuerdos de la Junta Directiva.

d) Llevar en forma actualizada, la correspondencia, documentación, registros y archivos de la Junta Directiva.

Art. 16.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Supervisar los ingresos y egresos de “La Finca”, y el adecuado depósito de los fondos del mismo.

b) Supervisar los registros contables y los documentos que los respalden procurando que se observen los Principios de ContabilidadGubernamental y las Normas Técnicas de Control Interno de la Corte de Cuentas de la República.

c) Autorizar conjuntamente con el Presidente, toda clase de gastos.

d) Firmar cheques.

e) Presentar a la Junta Directiva informes contables y financieros periódicos y finales, con base a los balances y estados de resultado de “LaFinca”.

Art. 17.- Son atribuciones del Síndico:

a) La fiscalización jurídica de las actuaciones de “La Finca”.

b) La fiscalización del uso de los bienes y recursos de “La Finca”.

c) Refrendar los cheques emitidos por “La Finca”.

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CAPITULO IV

DE LA DIRECCION EJECUTIVA

Art. 18.- La Administración de “La Finca” será delegada a un Director Ejecutivo, quien será el funcionario de más alta jerarquía administrativade “La Finca”.

Art. 19.- Son atribuciones del Director Ejecutivo.

a) Velar por la administración eficiente y eficaz de “La Finca”;

b) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno de “La Finca“; y acuerdos de la Junta Directiva;

c) Elaborar los planes de trabajo de corto y mediano plazo, y aplicar los controles de gestión;

d) Asistir a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto;

e) Elaborar, proponer y presentar a Junta Directiva, el Presupuesto anual de ingresos y egresos y el Plan anual operativo de “La Finca” para suaprobación;

f) Llevar la relatoría y asiento de las actas de Junta Directiva, en soporte y bajo la dirección del Secretario de la misma.

g) Presentar a la Junta Directiva, los informes financieros mensuales (balance, estado de resultados y flujo de efectivo) y al terminar el ejerciciofiscal presentar el consolidado de éstos dentro de los siguientes sesenta días;

h) Presentar a la Junta Directiva la memoria anual de labores;

i) Rendir todo tipo de informes a la Junta Directiva cuando le sean requeridos.

j) Proponer a la Junta Directiva el nombramiento del personal.

k) Proponer a Junta Directiva innovaciones o modificaciones al diseño curricular de “La Finca”.

l) Promover intercambio de experiencias y apoyo con otras instituciones de igual naturaleza;

m) Autorizar gastos hasta por una cantidad equivalente a cuatro salarios mínimos vigentes y firmar cheques por delegación de la Junta Directiva.

n) Presentar avances trimestrales del Plan Anual Operativo a la Unidad de Control de Gestión de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

o) Admitir los Recursos de Apelación que cualquier ciudadano interponga por sus Resoluciones emitidas y remitirlas a la Junta Directiva, parasu tramitación.

CAPITULO V

RESPONSABILIDAD LABORAL SUBSIDIARIA Y RESOLUCION DE CONFLICTOS

Art. 20.- Todas aquellas prestaciones, bonificaciones, beneficios y gratificaciones u otros derechos adquiridos por empleados que la Alcaldía deSan Salvador le transfiera a “La Finca”, son garantizados y respaldados por ésta, resguardando el pasivo laboral a que tienen derecho, y en caso de que“La Finca” no pueda hacerlo, será absoluta responsabilidad de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

Las divergencias que puedan surgir con relación a la gestión de “La Finca” y a sus bienes se resolverán por lo dispuesto por el Concejo Municipaly las leyes aplicables.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE ESTATUTOS Y DISOLUCION

Art. 21.- Los presentes Estatutos se reformarán por el Concejo Municipal, cuando surjan nuevas necesidades que no se encuentren establecidasen éstos y que sean indispensables para su operación.

Art. 22.- “La Finca” se disolverá por Acuerdo Municipal en los siguientes casos:

a) Cuando se aparte de los fines establecidos en los presentes estatutos.

b) Por la pérdida total de los recursos económicos y/o de una parte de éstos, que a juicio de la Junta Directiva haga imposible la continuaciónde sus operaciones.

Todos los bienes que sobraren después de que “La Finca”, cumpla con todas sus obligaciones, pasarán a formar parte de los activos de laMunicipalidad.

Para efectuar lo anterior, el Concejo Municipal nombrará una comisión liquidadora.

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

CAPITULO VII

DEL PRESUPUESTO, DEL PATRIMONIO Y DE LAS FUENTES DE INGRESOS

Art. 23.- “La Finca” está obligada a desarrollar sus actividades por medio de un presupuesto anual de Ingresos y Egresos.

Dicho presupuesto será elaborado por el Director Ejecutivo, quien lo presentará a la Junta Directiva, para su aprobación; dicha Junta lo presentaráa través de la Comisión de Enlace, al Concejo Municipal para la aprobación final.

En la elaboración del presupuesto se tomará en cuenta lo establecido en los artículos 75,76,77,78 y 98 del Código Municipal.

El presupuesto se inicia el uno de enero y termina el treinta y uno de diciembre del mismo año.

Los fondos asignados por la Municipalidad para un destino específico, solo podrán ser variados con la aprobación del Concejo Municipal.

Art. 24.- En caso que para el uno de enero no haya sido aprobado el presupuesto de “La Finca”, se regirá por el presupuesto del año anterior.

Art. 25.- Los fondos serán depositados en el sistema bancario nacional, según lineamientos de la Junta Directiva, garantizando el cumplimientode las Normas Técnicas de Control Interno.

Art. 26.- “La Finca” contará con un instructivo para el manejo de los fondos, el cual será de acatamiento obligatorio.

Art. 27.- Son obligaciones a cargo de “La Finca”, las legalmente contraídas por ella, derivadas de sus operaciones.

Art. 28.- “La Finca” no podrá contraer obligaciones con instituciones nacionales o internacionales que no estén contempladas en el presupuesto.

Art. 29.- El Patrimonio de “La Finca”, lo constituirán:

a) Todos los bienes muebles e inmuebles que a cualquier título obtenga “La Finca” para el desarrollo de sus operaciones.

b) El diferencial de ingresos y egresos provenientes de sus operaciones que se reflejarán en sus estados financieros.

c) Los derechos y acciones que a cualquier título obtuviere.

Art. 30.- Las fuentes de ingreso de “La Finca” serán:

a) Los créditos de avío que tiene el cultivo del café y otras fuentes de financiamiento de largo plazo.

b) Los fondos que le asigne la Municipalidad.

c) Las donaciones nacionales o internacionales que obtenga,

d) Los subsidios que el gobierno central o la empresa privada realice a “La Finca”.

e) Las contribuciones que a su favor impusiere la Municipalidad.

f) El producto de cualquiera de los empréstitos y demás operaciones de crédito que obtenga “La Finca”.

g) Los ingresos que obtenga en concepto de tasas de conformidad a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios del Municipio de SanSalvador y los provenientes de cualquier otra ordenanza.

h) La venta de sus productos y las prestaciones de sus servicios.

CAPITULO VIII

DE LOS RECURSOS

Art. 31.- De las resoluciones emitidas por el Director Ejecutivo, se admitirá el Recurso de Apelación ante la Junta Directiva, dentro de los tres díassiguientes a su notificación.

Interpuesto el Recurso, el Director Ejecutivo lo admitirá y dará cuenta a la Junta Directiva en la próxima sesión. El Presidente de la Junta Directiva,designará al Síndico, para que lleve la sustanciación del recurso y lo devuelva oportunamente.

Recibido el Recurso por la Junta Directiva, si ésta lo estimare procedente se notificará al Apelante y se abrirá a prueba por el término de cuatrodías, caso contrario se notificará al apelante de la improcedencia de su recurso.

Transcurrido el término de prueba, el Síndico devolverá el expediente a la Junta Directiva, para que resuelva.

La Junta Directiva deberá resolver en la siguiente sesión a su recibo.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CAPITULO IX

DEL CONTROL Y FISCALIZACION

Art. 32.- La Junta Directiva deberá rendir al Concejo Municipal un informe anual circunstanciado y documentado de la ejecución presupuestaria

y del desarrollo de sus labores dentro de los sesenta días siguientes a la finalización del ejercicio o cuando sea requerido.

Art. 33.- La Corte de Cuentas de la República ejercerá la vigilancia, fiscalización y control a posteriori, sobre la ejecución del presupuesto de “La

Finca”, para lo cual aplicará las normas sobre la materia.

Art. 34.- En todo lo referente a la recaudación, custodia y erogación de los fondos, “La Finca”, se arreglará a lo dispuesto en el Código Municipal

y demás leyes aplicables.

Art. 35.- “La Finca”, está obligada a llevar contabilidad organizada de Acuerdo con los Principios y Normas de Contabilidad Gubernamental, y

con un sistema contable manual o automatizado, autorizado de acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

Art. 36.- “La Finca” estará sujeto a las normas de control de auditoría interna de la Alcaldía Municipal de San Salvador, y estará sujeta a la misma

auditoría externa que audita a la Municipalidad. Los costos de las auditorías externas correrán por cuenta de “La Finca”, si ésta tuviese la capacidad para

hacerlo.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 37.- Lo no previsto en los presentes Estatutos, se regulará conforme a las Leyes, Ordenanzas y Reglamentos que fueren aplicables.

Art. 38.- Deróganse los estatutos contenidos en el decreto numero ocho, que contiene la ordenanza de creación de la Entidad Descentralizada con

autonomía denominada FINCA EL ESPINO, PARQUE BOSQUE LOS PERICOS DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR Y SUS ESTATUTOS,

emitidos por acuerdo numero seis tomado en sesión extraordinaria de fecha veintinueve de mayo del dos mil uno, publicada en el Diario Oficial doscientos

veinticuatro, tomo trescientos cincuenta y tres de fecha veintisiete de noviembre de dos mil uno.

Art. 39.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil tres.

Dr. HECTOR RICARDO SILVA ARGUELLO,

ALCALDE MUNICIPAL.

Licda. NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,

SINDICO MUNICIPAL INTERINA.

Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro Nº 14577)

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR

DECRETO NUMERO SIETE.

La Municipalidad de San Salvador,

CONSIDERANDO

I. Que por Decreto número cuatro se tomó el Acuerdo Municipal número ocho punto dos, en Sesión Ordinaria de fecha veinte de marzo de dosmil uno, se emitió la Ordenanza de Creación del Centro de Promoción Cultural y Recreativa Municipal de San Salvador, que contiene susEstatutos.

II. Que por haber surgido nuevas necesidades y exigencias, que no se contemplaron en los Estatutos que actualmente rigen al Centro dePromoción Cultural y Recreativa Municipal de San Salvador, se tomó la decisión de emitir reformas a los Estatutos que cumplan y contemplenesas necesidades y exigencias.

III. Que en virtud de sus facultades constitucionales establecidas en los Artículos 203 y 204 de la Constitución de la República y Artículos 14,15 y 30 Numeral 4 del Código Municipal.

POR TANTO:

El Concejo Municipal, emite el siguiente Decreto de sustitución de los Estatutos contenidos en la Ordenanza de Creación del CENTRO DEPROMOCION CULTURAL Y RECREATIVA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR.

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO, FINES Y PLAZO.

Art. 1.- Créase el “Centro de Promoción Cultural y Recreativa Municipal de San Salvador”, que podrá abreviarse “PROMOCULTURA”, comouna Entidad Descentralizada del nivel Municipal con personalidad jurídica; cuyo carácter es de una entidad de servicios públicos, no lucrativa.

Art. 2.- El domicilio de PROMOCULTURA será el de la ciudad de San Salvador.

Art. 3.- El objeto de PROMOCULTURA, es la promoción de la cultura, la recreación y las artes en beneficio de la población del Municipio de SanSalvador.

DE LOS FINES

Art. 4.- PROMOCULTURA tendrá los fines siguientes:

3.0.1.1. La promoción y el fomento de los valores artísticos, recreativos y culturales, en beneficio de la población del Municipio de San Salvador.

3.0.1.2. Propiciar la participación de la población capitalina en la práctica del quehacer artístico, recreativo y cultural.

3.0.1.3. Facilitar la capacitación no formal y el sano esparcimiento de la niñez y la juventud de los sectores más vulnerables del municipio,preferentemente.

3.0.1.4. La búsqueda constante de la práctica cultural y la actividad recreativa que fortalezcan los valores y autoestima de los niños, niñas y jóvenesprincipalmente.

3.0.1.5. Implementar procesos administrativos y operativos que faciliten la comunicación entre la Institución Municipal Central, OficinasMunicipales Descentralizadas y la Comunidad, a fin de facilitar y propiciar el cambio en el empoderamiento y potenciación de los valoresculturales y de participación ciudadana en cumplimiento a la política cultural municipal vigente.

3.0.1.6. Apoyar al Comité de Festejos de la ciudad de San Salvador, en el montaje y ejecución de actividades culturales, artísticas y recreativas, enel marco de la celebración de los festejos patronales de la ciudad de San Salvador y de las fiestas de fin de año.

3.0.1.7. Planificar y ejecutar las celebraciones de eventos culturales y recreativos que le competen a la Municipalidad de San Salvador.

3.0.1.8. Fortalecer el intercambio académico, tecnológico y cultural con las ONG’S, la empresa privada, instituciones autónomas nacionales,organismos de cooperación locales e internacionales, países amigos, universidades nacionales e internacionales, etc..

3.0.1.9. Vender servicios culturales y artísticos a las distintas dependencias de la Alcaldía Municipal de San Salvador, de conformidad a la Tabla quepara tal efecto se elabore, la cual deberá ser aprobada por el Concejo Municipal.

3.0.1.10. Gestionar directamente o con el apoyo de las instancias correspondientes de la Alcaldía Municipal de San Salvador, Proyectos de Desarrolloante la Cooperación Internacional y Nacional, a fin de mejorar y/o incrementar su infraestructura, equipo y materiales, ampliar su coberturay mejorar la calidad de la enseñanza.

3.0.1.11. Suscribir directamente contratos de venta de productos y/o servicios a instituciones públicas y privadas, comunidades, etc., cada caso seatenderá de acuerdo a las condiciones técnicas y económicas, establecidas en la Tabla elaborada para tal efecto.

PLAZO

Art. 5.- PROMOCULTURA se constituye por tiempo indefinido.

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359CAPITULO II

DE LOS APORTES

Art. 6.- Para proveer a la creación y funcionamiento de PROMOCULTURA, la Alcaldía Municipal de San Salvador, entregará en administración,los bienes inmuebles que sean necesarios para operar, conservando la Municipalidad todos los derechos y las obligaciones de control de dichos bienes.También le dará en administración los bienes muebles que necesite la entidad, los cuales seguirán siendo propiedad de la Municipalidad, e inventariadosa la fecha de la creación de PROMOCULTURA. En ambos casos los bienes deben ser auditados, por las instancias municipales correspondientes. LaMunicipalidad apoyará la gestión de PROMOCULTURA, propiciando la colaboración de las gerencias que tengan incidencia en lo administrativo yfinanciero, así como en la gestión de proyectos de apoyo de PROMOCULTURA con organismos cooperantes, además proporcionará para fines de controlel apoyo de la Gerencia Financiera y de la Auditoría Interna de la Alcaldía, buscando el cumplimiento de las Normas Técnicas de Control Internos. Losresultados de los procesos de auditoría deben ser informados al Concejo Municipal.

Art. 7.- La Alcaldía de San Salvador, se obliga con PROMOCULTURA, a lo siguiente:

a) Asignarle un presupuesto anual, que permita cubrir los salarios y prestaciones de todo el personal que labora en PROMOCULTURA.

b) Apoyarlo en proporcionar oportunidades para que realice algunas obras y/o servicios que se financien con fondos municipales.

c) Brindarle asistencia técnica en la gestión de cooperación interna y/o externa, y en otras áreas que le requiera.

d) Incorporar al personal de PROMOCULTURA en los programas de capacitación técnica y profesional que desarrolle la Municipalidad.

PROMOCULTURA está obligado a procurar su autosostenibilidad a fin de obtener los recursos económicos necesarios para su funcionamiento,de tal forma que los fondos que le aportare la Municipalidad tengan una tendencia en forma decreciente, hasta que la Entidad perciba ingresos suficientespara cubrir los egresos contemplados en el presupuesto del año inmediato siguiente.

CAPITULO III

DEL ORGANISMO DIRECTIVO

Art. 8.- La Dirección y Administración de PROMOCULTURA estará confiada a la Junta Directiva, la que estará integrada por cinco miembrospropietarios, y dos suplentes, su composición deberá considerar al Alcalde Municipal o un delegado de éste, y a un empleado municipal del área definanzas, así como también a todos los sectores o fuerzas vivas de la ciudad, se organizará con un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Síndico,un Tesorero, y dos Directores Suplentes, la cual será nombrada por el Concejo Municipal.

El empleado Municipal del área de finanzas, debe tener dominio de las Normas Técnicas de Control Interno y otras disposiciones legales aplicablesen el área financiera.

Art. 9. Los Miembros de la Junta Directiva de PROMOCULTURA, durarán en sus funciones dos años; exceptuando al Presidente, quien por sucargo de Alcalde o Delegado de éste, desempeñará su función de Presidente por el período para el cual fue electo en la Administración Municipal. Elperíodo de la Junta Directiva comenzará desde la fecha de su nombramiento y juramentación, con excepción de la primera Junta, que sea nombrada apartir de la aprobación de los presentes Estatutos, de la que dos de sus miembros, durarán en sus funciones un año, debiendo elegirse los sustitutos a lafinalización de ese primer año.

Todos los miembros prestarán sus servicios ad honoren y cuando las condiciones económicas lo permitan, se podrán pagar dietas, cuyos montosserán autorizados por el Concejo Municipal. Los miembros podrán ser reelectos.

Art. 10.- En caso de que el Concejo Municipal, no haya elegido nueva Junta Directiva, la que esté en funciones deberá continuar ejerciéndolas hastaque sea nombrada y debidamente registrada la nueva Junta que deba sustituirla.

Si por causa de muerte, renuncia, imposibilidad o cualquier otro motivo faltare algún miembro de la Junta Directiva, el miembro Suplente losustituirá, asumiendo las atribuciones y obligaciones del miembro sustituido.

Art. 11.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

La Junta Directiva contará con un Director Ejecutivo y todo el personal necesario para administrar PROMOCULTURA bajo las políticas y normasutilizadas por la Alcaldía Municipal de San Salvador. El Director Ejecutivo participará en las Sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.

Art. 12.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos serán tomados porla mayoría de los asistentes, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Art. 13.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Dar lineamientos al Director Ejecutivo para la elaboración del Plan Operativo Anual y del Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos, yposteriormente aprobarlos.

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33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.b) Aprobar los Planes de Trabajo y los Programas de PROMOCULTURA.

c) Presentar al Concejo Municipal las políticas, los planes, estrategias y los programas de trabajo de PROMOCULTURA; bajo las normas delsistema de control interno, para su aprobación

d) Nombrar, renovar o destituir al Director Ejecutivo;

e) Establecer la política salarial y de prestaciones de los trabajadores de PROMOCULTURA;

f) Conceder permisos y licencias a los empleados de PROMOCULTURA, para ausentarse por períodos mayores de cinco días.

g) Velar por el buen funcionamiento de PROMOCULTURA y el cumplimiento de sus fines.

h) Aprobar el inicio y/o finalización de los contratos de trabajo del personal;

i) Aprobar las compras, ventas, donaciones, contratos de préstamos, contribuciones, subsidios y a aprobación de ventas y/o prestación deservicios.

j) Aprobar toda erogación que exceda de cuatro salarios mínimos;

k) Nombrar apoderados que representen a PROMOCULTURA.

l) Presentar todo tipo de informes que el Concejo Municipal le solicite;

m) Autorizar la apertura y clausura de cuentas bancarias denominadas “Centro de Promoción Cultural y Recreativa Municipal de San Salvador,PROMOCULTURA”, para el manejo de los fondos de la institución.

n) Autorizar al Director Ejecutivo para que pueda hacer uso de la firma, en sus operaciones bancarias corrientes.

o) Aprobar las políticas y normas institucionales, la Memoria Anual de Labores, los Estados Financieros y el Informe del Auditor y someterlosa conocimiento del Concejo Municipal.

p) Gestionar recursos ante cualquier institución pública o privada, organismos nacionales o internacionales, países amigos, etc..

q) Aprobar el Reglamento Interno y Manual de Organización.

r) Conocer de los Recursos de Apelación interpuestos por cualquier ciudadano, ante el Director Ejecutivo de sus resoluciones.

s) Otras atribuciones que sean asignadas por el Reglamento Interno y el Manual de Organización.

Art. 14.- El cargo de Presidente lo ejercerá siempre el Alcalde Municipal o su Delegado, y sus atribuciones son:

2.0.1.1. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva.

2.0.1.2. Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva; así como de los Estatutos y del Reglamento Interno dePROMOCULTURA.

2.0.1.3. Representar judicial y extrajudicialmente a PROMOCULTURA, y otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva.

2.0.1.4. Presentar al Concejo Municipal, la Memoria Anual de Labores y cualquier otro informe solicitado por el mismo.

2.0.1.5. Celebrar toda clase de Contratos y realizar toda clase de operaciones, previa autorización de la Junta Directiva.

2.0.1.6. Autorizar, conjuntamente con el Tesorero, toda clase de gastos.

2.0.1.7. Refrendar cheques, cuando esté ausente el Síndico.

La atribución consignada en el literal f) el Presidente podrá delegarla en el Director Ejecutivo.

El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de renuncia, impedimento o ausencia temporal o definitiva de éste y si por cualquier causa noestuviere presente el Vicepresidente, será sustituido por cualquier miembro de la Junta, designado al efecto por el resto de miembros.

El Vicepresidente o quien haga sus veces, cuando sustituyan al Presidente tendrán las mismas atribuciones de éste.

Art. 15.- Son atribuciones del Secretario:

1.0.1.1. Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias, a la Junta Directiva.

1.0.1.2. Llevar el Libro de Actas de las Sesiones de la Junta Directiva, y asentar en él, las Actas de las Sesiones que la Junta celebre.

1.0.1.3. Certificar las Actas o Acuerdos de la Junta Directiva.

1.0.1.4. Llevar en forma actualizada, la correspondencia, documentación, registros y archivos de la Junta Directiva.

Art. 16.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Supervisar los ingresos y egresos de PROMOCULTURA y el adecuado depósito de los fondos del mismo.

b) Autorizar, conjuntamente con el Presidente, toda clase de gastos.

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

c) Firmar cheques.

d) Presentar a la Junta Directiva informes contables y financieros periódicos y finales con base a los balances y estados de resultados dePROMOCULTURA.

Art. 17.- Son atribuciones del Síndico:

a) La fiscalización jurídica de las actuaciones de PROMOCULTURA.

b) La fiscalización del uso de los bienes y recursos de PROMOCULTURA.

c) Refrendar los cheques emitidos por PROMOCULTURA.

CAPITULO IV

DE LA DIRECCION EJECUTIVA

Art. 18.- La Administración de PROMOCULTURA será delegada a un Director(a) Ejecutivo(a), quien será el Funcionario de más alta jerarquíaadministrativa de PROMOCULTURA.

Art. 19.- Son atribuciones del Director(a) Ejecutivo(a):

a) Velar por la administración eficiente y eficaz de PROMOCULTURA.

b) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno de PROMOCULTURA; y Acuerdos de la Junta Directiva.

c) Elaborar los Planes de Trabajo de corto y mediano plazo, y aplicar los controles de gestión.

d) Asistir a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.

e) Elaborar, proponer y presentar a la Junta Directiva, el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos, y el Plan Anual Operativo dePROMOCULTURA, para su aprobación.

f) Presentar a la Junta Directiva, los informes financieros, mensuales (balance, estado de resultados y flujo de efectivo) y al terminar el ejerciciofiscal presentar el consolidado de éstos.

g) Llevar la relatoría y asiento de las actas de Junta Directiva, en soporte y bajo la dirección del Secretario de la misma.

h) Presentar a la Junta Directiva la Memoria Anual de Labores.

i) Rendir todo tipo de informes a la Junta Directiva cuando le sean requeridos.

j) Proponer a la Junta Directiva el nombramiento del personal.

k) Proponer a la Junta Directiva las innovaciones o modificaciones al diseño curricular de PROMOCULTURA.

l) Promover intercambio de experiencias y apoyo con otras instituciones de igual naturaleza.

m) Autorizar gastos hasta por una cantidad equivalente a cuatro salarios mínimos vigentes y firmar cheques por delegación de la Junta Directiva.

n) Presentar avances trimestrales del Plan Anual Operativo a la Unidad de Control de Gestión de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

o) Admitir los Recursos de Apelación que cualquier ciudadano interponga por sus Resoluciones emitidas y remitirlas a la Junta Directiva, parasu tramitación.

CAPITULO V

RESPONSABILIDAD LABORAL SUBSIDIARIA Y RESOLUCION DE CONFLICTOS

Art. 20.- Todas aquellas prestaciones, bonificaciones, beneficios y gratificaciones u otros derechos adquiridos por empleados que la Alcaldía deSan Salvador le transfiera a PROMOCULTURAL, son garantizados y respaldados por éste, resguardando el pasivo laboral a que tienen derecho, y encaso de que PROMOCULTURA no pueda hacerlo, será absoluta responsabilidad de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

Las divergencias que puedan surgir con relación a la gestión de PROMOCULTURA y a sus bienes, se resolverán por lo dispuesto por el ConcejoMunicipal y las leyes aplicables.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE ESTATUTOS Y DISOLUCION

Art. 21.- Los presentes Estatutos se reformarán por el Concejo Municipal, cuando surjan nuevas necesidades que no se encuentren establecidasen él y que sean indispensables para su operación.

Art. 22.- PROMOCULTURA, se disolverá por Acuerdo Municipal, en los siguientes casos:

a) Cuando se aparte de los fines establecidos en los presentes Estatutos.

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

b) Por la pérdida total de los recursos económicos y/o de una parte de éstos, que a juicio de la Junta Directiva haga imposible la continuidad desus operaciones.

Todos los bienes que sobraren después que PROMOCULTURA cumpla con todas sus obligaciones, pasarán a formar parte de los activos de laMunicipalidad.

Para efectuar lo anterior, el Concejo Municipal nombrará una Comisión Liquidadora.

CAPITULO VII

DEL PRESUPUESTO, DEL PATRIMONIO Y DE LAS FUENTES DE INGRESO

Art. 23.- PROMOCULTURA, está obligado a desarrollar actividades por medio de un presupuesto anual de ingresos y egresos.

Dicho presupuesto será elaborado por el Director(a) Ejecutivo(a), quien lo presentará a la Junta Directiva para su aprobación, dicha Junta lopresentará a través de la Comisión de Enlace, al Concejo Municipal para la aprobación final.

En la elaboración del presupuesto se tomará en cuenta lo establecido en los artículos 75,76,77,78 y 98 del Código Municipal.

El presupuesto se inicia el uno de enero y finaliza el treinta y uno de diciembre del mismo año.

Los fondos asignados por la Municipalidad para un destino específico, solo podrán ser variados con la aprobación del Concejo Municipal.

Art. 24.- En caso de que al uno de enero, no haya sido aprobado el presupuesto de PROMOCULTURA, se regirá por el presupuesto del año anterior.

Art. 25.- Los fondos de PROMOCULTURA serán depositados en el Sistema Bancario Nacional, según lineamientos de la Junta Directiva,garantizando el cumplimiento de las Normas Técnicas de Control Interno.

Art. 26.- PROMOCULTURA contará con un instructivo para el manejo de fondos, el cual será de acatamiento obligatorio.

Art. 27.- Son obligaciones a cargo de PROMOCULTURA, las legalmente contraídas por él, derivadas de sus operaciones.

Art. 28.- PROMOCULTURA no podrá contraer obligaciones con instituciones nacionales o internacionales que no estén contempladas en elpresupuesto.

Art. 29.- El patrimonio de PROMOCULTURA lo constituirá:

a) Todos los bienes muebles e inmuebles que a cualquier título que obtenga PROMOCULTURA para el desarrollo de sus operaciones.

b) El diferencial de ingresos y egresos provenientes de sus operaciones, que se reflejarán en sus estados financieros.

c) Los derechos y acciones que a cualquier título obtuviere.

Art. 30.- Las fuentes de Ingreso de PROMOCULTURA serán:

a) Los fondos que le asigne la Municipalidad.

d) Las donaciones nacionales o internacionales que obtenga.

e) Los subsidios que el Gobierno Central o la Empresa Privada hagan a PROMOCULTURA.

f) Las contribuciones que a su favor impusiere la Municipalidad.

g) El producto de cualquiera de los empréstitos y demás operaciones de crédito que obtenga.

h) Los ingresos que obtenga en concepto de tasas de conformidad a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios del Municipio de SanSalvador y los provenientes de cualquier otra ordenanza.

i) La venta de sus productos y la prestación de sus servicios culturales.

CAPITULO VIII

DE LOS RECURSOS

Art. 31.- De las resoluciones emitidas por el Director Ejecutivo, se admitirá el Recurso de Apelación para ante la Junta Directiva, dentro de los tresdías siguientes a su notificación.

Interpuesto el Recurso, el Director Ejecutivo lo admitirá y dará cuenta a la Junta Directiva en la próxima sesión, el Presidente de la Junta Directiva,designará al Síndico, para que lleve la sustentación del recurso y lo devuelva oportunamente.

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Recibido el Recurso por la Junta Directiva, si ésta lo admitiere procedente se notificará al Apelante y se abrirá a prueba por el término de cuatrodías, caso contrario se notificará al apelante de la improcedencia de su recurso.

Transcurrido el término de prueba, el Síndico devolverá el expediente a la Junta Directiva, para que resuelva.

La Junta Directiva deberá resolver en la siguiente sesión a su recibo.

CAPITULO IX

DEL CONTROL Y FISCALIZACION

Art. 32.- La Junta Directiva deberá rendir al Concejo Municipal, un Informe Anual circunstanciado y documentado de la ejecución presupuestariay del desarrollo de sus labores, dentro de los sesenta días siguientes a la finalización del ejercicio o cuando sea requerido.

Art. 33.- La Corte de Cuentas de la República ejercerá la vigilancia, fiscalización y control a posteriori sobre la ejecución del presupuesto dePROMOCULTURA, para lo cual aplicará las normas sobre la materia

Art. 34.- En todo lo referente a la recaudación, custodia y erogación de fondos, PROMOCULTURA se apegará a lo dispuesto en el Código Municipaly demás leyes aplicables.

Art. 35.- PROMOCULTURA está obligado a llevar contabilidad organizada de acuerdo con los principios y normas de contabilidad gubernamentaly con un sistema contable manual o automatizado, autorizado de acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

Art. 36.- PROMOCULTURA estará sujeto a las normas de control de la Auditoría Interna de la Alcaldía Municipal de San Salvador y tambiénestará sujeta a la misma Auditoría Externa que audite a la Municipalidad.

PROMOCULTURA pagará los honorarios que correspondan a la Auditoría Externa, si éste tuviese la capacidad para hacerlo.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 37.- Lo no previsto en los presentes Estatutos, se regulará conforme a las Leyes, Ordenanzas y Reglamentos que fueren aplicables.

Art. 38.- Derógase los estatutos contenidos en la Ordenanza de Creación del Centro de Promoción Cultural y Recreativa Municipal de San Salvador,PROMOCULTURA, emitida por Decreto número cuatro, Acuerdo número ocho punto dos, tomado en Sesión Ordinaria de fecha veinte de marzo delaño dos mil uno; publicados en el Diario Oficial número ciento sesenta y nueve, tomo número trescientos cincuenta y dos, de fecha diez de septiembredel dos mil uno.

Art. 39.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil tres.

Dr. HECTOR RICARDO SILVA ARGUELLO,

ALCALDE MUNICIPAL.

Licda. NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,

SINDICO MUNICIPAL INTERINA.

Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro Nº 14576)

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

DECRETO NUMERO OCHO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SALVADOR

CONSIDERANDO:

I) Que mediante Decreto Municipal número uno, se tomó el Acuerdo Municipal número siete punto dos, en Sesión Ordinaria de fecha ocho deenero del año dos mil dos, en el que se emitieron los Estatutos de la Entidad Descentralizada con Autonomía para la Administración delComplejo Deportivo Don Rúa.

II) Que dichos Estatutos se reformaron, mediante Decreto número treinta y ocho, tomado mediante Acuerdo número ocho punto dos, de SesiónExtraordinaria celebrada el veintidós de octubre del año dos mil dos, y publicados en el Diario Oficial número siete, Tomo número trescientoscincuenta y ocho, de fecha catorce de enero del presente año.

III) Que no obstante la anterior reforma, surgieron nuevas necesidades, que obligan nuevamente a hacerle modificaciones a los Estatutos, por loque el Concejo Municipal, en uso de sus facultades establecidas en los artículos 203 y 204 de la Constitución de la República y artículos 14,30 numeral 4 del Código Municipal, Emite el siguiente Decreto de sustitución de los ESTATUTOS DEL COMPLEJO RECREATIVOCULTURAL "KATYA MIRANDA".

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO, FINES Y PLAZO

Art. 1.- Créase la entidad "Complejo Recreativo Cultural "KATYA MIRANDA" que podrá abreviarse "El Complejo". Su naturaleza esdescentralizada del nivel Municipal, con personalidad jurídica, sin fines de lucro.

Art. 2.- El domicilio de "El Complejo" será el de la ciudad de San Salvador.

Art. 3.- "El Complejo" tendrá por objeto gestionar los servicios y la administración del Complejo Recreativo Cultural, el cual es propiedad de laAlcaldía Municipal de San Salvador.

DE LOS FINES:

Art. 4.- "El Complejo", tendrá como fines:

a) Brindar un espacio físico equipado adecuadamente con canchas deportivas, disponibles para la población capitalina, especialmente a losniños, niñas y jóvenes.

b) Generar condiciones para el sano esparcimiento que fomente la integración familiar.

c) Promover eventos encaminados al desarrollo de la salud física y psicológica de la población mediante la implementación de programas devocación artística.

d) Potenciar el espacio del complejo como impulsor de la Cultura.

PLAZO

Art. 5.- "El Complejo" se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

DE LOS APORTES.

Art. 6- La Alcaldía Municipal de San Salvador aportará para la creación y funcionamiento de la Entidad, el uso del bien inmueble conocido como"Piscinas de Don Rúa" para su administración el cual es propiedad de la Alcaldía Municipal de San Salvador la cual conservará todos los Derechos ylas obligaciones de control de dicho bien.

También le dará en administración los bienes muebles que necesite la entidad, los cuales seguirán siendo propiedad de la Municipalidad, einventariados a la fecha de la creación de "El Complejo". En ambos casos los bienes deben ser auditados, por las instancias municipales correspondientes.

La Municipalidad apoyará la gestión de "El Complejo", propiciando la colaboración de las Gerencias que tengan incidencia en lo administrativoy financiero, así como en la gestión de proyectos de apoyo de "El Complejo" con organismos cooperantes, además proporcionará, para fines de control,el apoyo de la Gerencia Financiera y de la Auditoría Interna de la Alcaldía, buscando el cumplimiento de las normas técnicas de control interno. Losresultados de los procesos de Auditoría deben ser informados al Concejo Municipal.

Art. 7.- La Alcaldía de San Salvador, se obliga con "El Complejo" a lo siguiente:

a) Cubrir los salarios y prestaciones de todo el personal que labora en "El Complejo" por un plazo de seis meses a partir de la fecha en que inicieoperaciones, el cual una vez finalizado "El Complejo" asumirá dicha obligación.

b) Brindarle asistencia técnica en la gestión de cooperación interna y/o externa y en otras áreas que le requiera.

c) Incorporar al personal de "El Complejo" en los programas de capacitación técnica y profesional que desarrolle la Municipalidad.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

"El Complejo" está obligado a procurar su autosostenibilidad a fin de obtener los recursos económicos necesarios, para su funcionamiento, de talforma que los fondos que aportare la Municipalidad, tengan una tendencia en forma decreciente hasta que la Entidad perciba ingresos suficientes paracubrir los egresos contemplados en el presupuesto del año inmediato siguiente.

CAPITULO IV

DEL ORGANISMO DIRECTIVO.

Art. 8.- La Dirección y Administración del "Complejo" estará confiada a la Junta Directiva, la que estará integrada por cinco miembros propietariosy dos suplentes, su composición deberá considerar al Alcalde Municipal o un delegado de éste, y a un empleado municipal del área de finanzas, así comotambién a todos los sectores o fuerzas vivas de la ciudad, se organizará con un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Síndico, un Tesorero,y dos Directores Suplentes, la cual será nombrada por el Concejo Municipal.

El empleado Municipal del área de finanzas, debe tener dominio de las Normas Técnicas de Control Interno y otras disposiciones legales aplicablesen el área financiera.

Art. 9.- Los miembros de la Junta Directiva de "El Complejo" durarán en sus funciones dos años; exceptuando al Presidente quien por su cargode Alcalde o Delegado de éste, desempeñará su función de Presidente por el período para el cual fue electo en la Administración Municipal. El Períodode la Junta Directiva comenzará desde la fecha de su nombramiento y juramentación, con excepción de la primera Junta, que sea nombrada a partir dela aprobación de los presentes Estatutos, de la que dos de sus miembros, durarán en sus funciones un año, debiendo elegirse los sustitutos a la finalizaciónde ese primer año.

Todos los miembros prestarán sus servicios ad honoren y cuando las condiciones económicas lo permitan, se podrán pagar dietas, cuyos montosserán autorizados por el Concejo Municipal.

Los miembros podrán ser reelectos.

Art. 10.- En caso de que el Concejo Municipal, no haya elegido nueva Junta Directiva, la que esté en funciones, deberá continuar ejerciéndolashasta que sea nombrada y debidamente registrada la nueva Junta que deba sustituirla. Si por causa de muerte, renuncia, imposibilidad o cualquier otromotivo, faltare algún miembro de la Junta Directiva, el Director Suplente lo sustituirá, asumiendo las atribuciones y obligaciones del Director sustituido.

Art. 11.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

La Junta Directiva contará con un Director Ejecutivo y todo el personal necesario para administrar el "El Complejo", bajo las políticas y normasutilizadas por la Alcaldía Municipal de San Salvador. El Director Ejecutivo participará en las Sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.

Art. 12.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos serán tomados porla mayoría de los asistentes, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Art. 13.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos serán tomados porla mayoría de los asistentes, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Art. 14. -La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Dar lineamientos al Director (a) Ejecutivo (a) para la elaboración del Plan Operativo anual y del Presupuesto anual de ingresos y egresos;y posteriormente aprobarlo.

b) Presentar al Concejo Municipal, las políticas, los planes, estrategias y los programas de trabajo de "El Complejo" bajo las normas del sistemade control interno; para su aprobación.

c) Proponer al Concejo Municipal, las tarifas a cobrar por el ingreso a las instalaciones de "El Complejo", para su aprobación.

d) Proponer al Concejo Municipal, el personal administrativo y operativo a contratar, para que éste lo autorice.

e) Presentar al Concejo Municipal la memoria anual de labores, estados financieros e informes del Auditor, para su aprobación.

f) Presentar el Reglamento Interno y el Manual de Organización, al Concejo Municipal para su aprobación.

g) Velar por el buen funcionamiento de "El Complejo" y el cumplimiento de sus finalidades.

h) Proponer los salarios del personal técnico administrativo y operativo del Complejo, al Concejo Municipal, para su Aprobación.

i) Proponer las compraventas, contrataciones de préstamos, contribuciones o subsidios, donaciones, y cualquier otra clase de contrato en losque tuviere interés "El Complejo", y serán presentados al Concejo Municipal, para su aprobación, dentro de las líneas contempladas en elplan de trabajo.

j) La Junta Directiva deberá rendir al Concejo Municipal un informe anual de la ejecución presupuestaria circunstanciado y documentado desus labores dentro de los sesenta días siguientes a la finalización del ejercicio o cuando sea requerido.

k) La Junta Directiva abrirá una cuenta bancaria, en donde se depositarán los fondos que perciba por el ingreso a las instalaciones de "ElComplejo"; la cual podrá manejar a fin de tener a su disposición recursos financieros para una mejor administración de "El Complejo". Delmanejo de esta cuenta bancaria, deberá rendir informe al Concejo Municipal, cada tres meses.

l) Nombrar apoderados que representen a "El Complejo"

m) Conocer de los Recursos de Apelación, interpuestos por cualquier Ciudadano, ante el Director Ejecutivo de sus Resoluciones.

n) Todas las demás funciones que le sean asignadas por el reglamento interno y el Manual de organización.

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Art. 15.- El cargo de Presidente lo ejercerá siempre el Alcalde Municipal o su Delegado y sus atribuciones son:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de Junta Directiva, así como de los Estatutos, Reglamento Interno y Manual deOrganización de "El Complejo".

c) Tener firma autorizada conjuntamente con el Tesorero en las cuentas bancarias, más la firma refrendaria del Síndico.

d) Autorizar los gastos de la Administración de "El Complejo", conjuntamente con el Tesorero.

e) La representación legal de "El Complejo" y otorgar Poderes previa autorización de la Junta Directiva.

f) Para las atribuciones consignadas en los literales c) y d) el Presidente podrá delegar en el Director (a) Ejecutivo (a) de "El Complejo" dichasatribuciones.

El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de renuncia, impedimento o ausencia temporal o definitiva de éste y si por cualquier causa noestuviere presente el Vicepresidente, será sustituido por cualquier miembro de la Junta, designado al efecto por el resto de miembros. El Vicepresidenteo quien haga sus veces, cuando sustituyan al Presidente tendrán las mismas atribuciones de éste.

Art. 16- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar las Actas de las sesiones que celebre la Junta Directiva, y llevar actualizados dichos libros.

b) Mantener actualizado el archivo de documentos, correspondencia y registro de los miembros de la Junta Directiva.

c) Certificar a quien solicite o corresponda, los acuerdos tomados por la Junta Directiva.

d) Convocar a sesiones de la Junta Directiva.

e) Elaborar en coordinación con el Presidente, la agenda para las reuniones de la Junta Directiva.

Art. 17.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir informe de parte del Director Ejecutivo sobre el recibo y depósito de los fondos de "El Complejo" en la cuenta bancaria del mismo.

b) Tener firma autorizada conjuntamente con el Presidente en las cuentas bancarias de "El Complejo"

c) Autorizar conjuntamente con el Presidente los pagos, los cuales se realizarán siempre con cheques con la firma de ambos, y la refrenda delSíndico.

d) Presentar a la Junta Directiva en cada sesión ordinaria la situación financiera de "El Complejo".

e) Recibir informe de parte del Director Ejecutivo sobre los libros de contabilidad de "El Complejo", así como informes de los documentos querespaldan los ingresos y egresos , y cerciorarse que todo sea realizado de acuerdo a los Principios de Contabilidad Gubernamental.

f) Para las atribuciones consignadas en los literales b) y c) el Tesorero podrá delegar en el Director Ejecutivo de "El Complejo" dichasatribuciones.

Art. 18.- Son atribuciones del Síndico:

a) Ejercer supervisión y fiscalización de las actuaciones de "El Complejo",

b) La fiscalización del uso de los bienes y recursos de "El Complejo".

c) Refrendar los cheques emitidos por "El Complejo".

CAPITULO IV

DE LA DIRECCION EJECUTIVA.

Art. 19.-La administración de "El Complejo" será delegada a un Director Ejecutivo, quien será el funcionario de más alta jerarquía administrativade "El Complejo".

Art. 20.- Son atribuciones del Director Ejecutivo.

a) Velar por la Administración eficiente y eficaz de "El Complejo".

b) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno de "El Complejo"; y acuerdos de la Junta Directiva.

c) Elaborar los planes de trabajo corto y mediano plazo, y aplicar los controles de gestión.

d) Elaborar, proponer y presentar a Junta Directiva, el Presupuesto anual de ingresos y egresos y el Plan anual operativo de "El Complejo" parasu aprobación.

e) Presentar a la Junta Directiva, los informes financieros mensuales (balance, estado de resultados y flujo de efectivo) y al terminar el ejerciciofiscal presentar el consolidado de éstos dentro de los siguientes sesenta días.

f) Presentar a la Junta Directiva la memoria anual de labores.

g) Llevar la relatoría y asiento de las actas de Junta Directiva, en soporte y bajo la dirección del Secretario de la misma.

h) Rendir todo tipo de informes a la Junta Directiva cuando le sean requeridos.

i) Proponer a la Junta Directiva el nombramiento del personal.

j) Promover intercambio de experiencias y apoyo con otras instituciones de igual naturaleza.

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k) Presentar avances trimestrales del Plan Anual Operativo a la Unidad de Control de Gestión de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

1) Admitir los Recursos de Apelación que cualquier ciudadano interponga por sus Resoluciones emitidas y remitirlas a la Junta Directiva, parasu tramitación.

CAPITULO V

RESPONSABILIDAD LABORAL SUBSIDIARIA Y RESOLUCION DE CONFLICTOS

Art. 21.- Todas aquellas prestaciones, bonificaciones, beneficios y gratificaciones u otros derechos adquiridos por empleados que la Alcaldía deSan Salvador le transfiera a "El Complejo", son garantizadas y respaldadas por éste, resguardando el pasivo laboral a que tienen derecho, y en caso deque "El Complejo" no pueda hacerlo, será absoluta responsabilidad de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

Art. 22.- Las divergencias que puedan surgir con relación a la gestión de "El Complejo" y a sus bienes se resolverán por lo dispuesto por el ConcejoMunicipal y demás leyes aplicables.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE ESTATUTOS Y DISOLUCION

Art. 23.- Los presentes Estatutos se reformarán, cuando surjan nuevas necesidades que no se encuentren establecidas en él y que sean indispensablespara su operación.

Art. 24.- "El Complejo" se disolverá por Acuerdo Municipal en los siguientes casos:

a) Cuando se aparte de los fines establecidos en los presentes Estatutos o sus reformas.

b) Por la pérdida total de los recursos económicos y/o de una parte de éstos, que a juicio de la Junta Directiva haga imposible la continuaciónde sus operaciones.

Para lograr lo anterior, el Concejo Municipal nombrará una comisión especial.

Todos los bienes que sobraren después de que "El Complejo", cumpla con todas sus obligaciones, pasarán a formar parte de los activos de laMunicipalidad.

CAPITULO VII.

DEL PRESUPUESTO, DEL PATRIMONIO Y DE LAS FUENTES DE INGRESOS

Art. 25.- "El Complejo" está obligado a desarrollar actividades por medio de un presupuesto anual de ingresos y egresos, el cual será presentadopor la Junta Directiva, al Concejo Municipal para su aprobación.

Dicho presupuesto será elaborado por el Director Ejecutivo, quien lo presentará a la Junta Directiva, para su aprobación dicha Junta lo presentaráa través de la Comisión de Enlace, al Concejo Municipal para la aprobación final.

En la elaboración del presupuesto se tomará en cuenta lo establecido en los artículos 75,76,77,78 y 98 del Código Municipal.

El presupuesto se inicia el uno de enero y termina el treinta y uno de diciembre del mismo año.

Los fondos asignados por la Municipalidad para un destino específico sólo podrán ser variados con la aprobación del Concejo Municipal.

Art. 26.- En caso que para el uno de enero no haya sido aprobado el presupuesto de "El Complejo", se regirá por el presupuesto del año anterior.

Art. 27.- Los fondos serán depositados en el sistema bancario nacional, según lineamientos de la Junta Directiva, garantizando el cumpliendo delas normas de control interno.

Art. 28.- "El Complejo" contará con un instructivo para el manejo de fondos, el cual será de acatamiento obligatorio.

Art. 29.- Son obligaciones a cargo de "El Complejo", las legalmente contraídas por él, derivadas de sus operaciones.

Art. 30.- El Patrimonio de "El Complejo", lo constituirán:

a) Todos los bienes muebles en uso al inicio de sus operaciones y todos los adquiridos a futuro, más el diferencial de ingresos y egresosprovenientes de sus operaciones que se reflejaran en sus estados financieros.

b) Los derechos y acciones que a cualquier título obtuviere.

c) Cualquier otro ingreso obtenido legalmente.

Art. 31.- Las fuentes de ingresos de "El Complejo" serán:

a) Los fondos que le asigne la Alcaldía Municipal.

b) Los fondos que perciban por el ingreso de los usuarios.

c) Los ingresos que perciban por publicidad comercial interna.

d) Las contribuciones de personas particulares.

e) Las donaciones nacionales o internacionales que obtenga.

f) Los subsidios que el gobierno central realice a "El Complejo".

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

g) El producto de cualquier empréstito.

h) Los ingresos que obtenga en concepto de tasas de conformidad a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios del Municipio de SanSalvador y los de cualquier otra ordenanza.

h) Los provenientes de cualquier otra contratación, actividad o acción lícita que realice.

CAPITULO VIII

DE LOS RECURSOS

Art. 32.-De las resoluciones emitidas por el Director Ejecutivo, se admitirá el Recurso de Apelación para ante La Junta Directiva, dentro de lostres días siguientes a su notificación.

Interpuesto el Recurso, el Director Ejecutivo dará cuenta a la Junta Directiva en la próxima sesión, el Presidente de la Junta Directiva, designaráal Síndico, para que lleve la sustanciación del recurso.

Admitido el Recurso por la Junta Directiva, se notificará al Apelante y se abrirá a prueba por el término de cuatro días.

Transcurrido el término de prueba, el Síndico devolverá el expediente a la Junta Directiva, para que resuelva.

La Junta Directiva deberá resolver en la siguiente sesión a su recibo.

CAPITULO IX

DEL CONTROL Y FISCALIZACION

Art. 33.- La Junta Directiva deberá rendir al Concejo Municipal, un informe anual circunstanciado y documentado de la ejecución presupuestaria,y del desarrollo de sus labores, dentro de los sesenta días siguientes a la finalización del ejercicio o cuando sea requerido.

Art. 34.- La Corte de Cuentas de la República ejercerá la vigilancia, fiscalización y control a posteriori sobre la ejecución del presupuesto de "ElComplejo", para lo cual aplicará las normas sobre la materia.

Art. 35.- En todo lo referente a la recaudación, custodia y erogación de fondos, el "El Complejo" se arreglará a lo dispuesto al Código Municipaly demás leyes aplicables.

Art. 36.- "El Complejo", está obligado a llevar contabilidad organizada de acuerdo con los principios y normas de contabilidad Gubernamental ycon un sistema contable manual o automatizado, autorizado de acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera.

Art. 37. "El Complejo" estará sujeto a las normas de control de la Auditoría Interna de la Alcaldía Municipal de San Salvador y también estará sujetaa la misma Auditoría Externa que audite a la Municipalidad.

"El Complejo" pagará los honorarios que correspondan a la auditoría externa.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 38.- Lo no previsto en los presentes Estatutos, se regulará conforme a las Leyes, Ordenanzas y Reglamentos que fueren aplicables.

Art. 39.- Deróganse los Decretos número uno tomado mediante Acuerdo siete punto dos de Sesión Ordinaria celebrada el ocho de enero de dosmil dos, y el Decreto número treinta y ocho tomado mediante Acuerdo número ocho punto dos de Sesión Extraordinaria celebrada el veintidós de octubrede dos mil dos; publicados el primero en el Diario Oficial número veinticinco, Tomo trescientos cincuenta y cuatro, de fecha seis de febrero del año dosmil dos, y el segundo publicado en el Diario Oficial número siete, Tomo trescientos cincuenta y ocho, el día catorce de enero del presente año.

Art. 40.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil tres.

Dr. HECTOR RICARDO SILVA ARGUELLO,

ALCALDE MUNICIPAL

Licda. NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS

SINDICO MUNICIPAL INTERINA.

Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 14570)

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DECRETO NUMERO NUEVE.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I) Que mediante Acuerdo Municipal número doce, tomado en Sesión Extraordinaria de fecha veintisiete de octubre de mil novecientos noventay nueve, se emitió la Ordenanza de Creación del CENTRO DE FORMACION LABORAL DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR.

II) Que por haber surgido nuevas necesidades y exigencias, que no se contemplaron en los Estatutos que actualmente rigen al Centro deFormación Laboral, es que se ha tomado la decisión de emitir unos Estatutos que las cubran, en aras de cumplir de mejor manera la promociónde la educación, las ciencias y las artes.

III) Que en virtud de sus facultades constitucionales establecidas en los Artículos 203 y 204 de la Constitución de la República y Artículos 14,15 y 30 Numeral 4 del Código Municipal.

POR TANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SALVADOR, EMITE EL SIGUIENTE DECRETO DE SUSTITUCION DE LA ORDENANZADE CREACION DEL CENTRO DE FORMACION LABORAL DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR.

Art. 1. Sustitúyase los Estatutos del Centro de Formación Laboral, por los siguientes:

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO, FINES Y PLAZO

Art. 1. Créase el Centro de Formación Laboral que podrá abreviarse CFL, como una entidad descentralizada del nivel Municipal con personalidadjurídica; cuyo carácter es de una entidad de servicios públicos, no lucrativa.

Art. 2. El domicilio del CFL será el de la ciudad de San Salvador.

Art. 3. El Objeto del CFL es contribuir a elevar la calidad de vida de las personas de escasos recursos económicos de San Salvador, mediante laformación técnico laboral que les permita ser ciudadanos productivos.

DE LOS FINES

Art. 4. El Centro de Formación Laboral tendrá los fines siguientes:

a) Ofrecer formación técnica laboral y habilitar para el empleo a personas de ambos sexos, de escasos recursos económicos, con atenciónpreferencial a jóvenes y especialmente del Municipio de San Salvador.

b) Desarrollar el área de producción de bienes y servicios con el empleo de mano de obra capacitada en el CFL.

c) Promover la vinculación del personal formado en el CFL, con otros centros de formación o de promoción de las actividades empresariales.

PLAZO

Art. 5. El CFL se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

DE LOS APORTES

Art. 6. Para proveer a la creación y funcionamiento del CFL, la Alcaldía Municipal de San Salvador, le entregará en administración, los bienesinmuebles que sean necesarios para operar, conservando la s y las obligaciones de control de dichos bienes.

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

También le dará en administración los bienes muebles que necesite la entidad, los cuales seguirán siendo propiedad de la Municipalidad einventariados a la fecha de la creación del "CFL". En ambos casos los bienes deben ser auditados, por las instancias municipales correspondientes.

La Municipalidad apoyará la gestión del CFL, propiciando la colaboración de las gerencias que tengan incidencia en lo administrativo y financiero,así como en la gestión de proyectos de apoyo del CFL, con organismos cooperantes, además proporcionará para fines de control, el apoyo de la gerenciafinanciera y de la auditoría interna de la Alcaldía, buscando el cumplimiento de las Normas Técnicas de Control Interno. Los resultados de los procesosde auditoría deben ser informados al Concejo Municipal

Art. 7. La Alcaldía de San Salvador, se obliga con el CFL a lo siguiente:

a) Asignarle un presupuesto anual, que permita cubrir los salarios y prestaciones de todo el personal que labora en el CFL.

b) Apoyarlo en proporcionar oportunidades para que realice algunas obras y/o servicios que se financien con fondos municipales.

c) Brindarle asistencia técnica en la gestión de cooperación interna y/o externa, y en otras áreas que lo requiera.

d) Incorporar al personal del CFL en los programas de capacitación técnica y profesional que desarrolle la Municipalidad.

El CFL está obligado a procurar su autosostenibilidad a fin de obtener los recursos económicos necesarios para su funcionamiento, de tal formaque los fondos que le aportare la Municipalidad tengan una tendencia en forma decreciente, hasta que la Entidad perciba ingresos suficientes para cubrirlos egresos contemplados en el presupuesto del año inmediato siguiente.

CAPITULO III

DEL ORGANISMO DIRECTIVO

Art. 8. La dirección y administración del CFL estará confiada a una Junta Directiva, la que estará integrada por cinco Miembros Propietarios y dosSuplentes, su composición deberá considerar al Alcalde Municipal o un Delegado de éste, y a un empleado municipal del área de finanzas, así comotambién a todos los sectores o fuerzas vivas de la ciudad, se organizará con un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Síndico y un Tesorero,y dos Directores Suplentes, la cual será nombrada por el Concejo Municipal.

El empleado Municipal del área de finanzas, debe tener dominio de las Normas Técnicas de Control Interno y otras disposiciones legales aplicablesen el área financiera.

Art. 9. Los miembros de la Junta Directiva del CFL durarán en sus funciones dos años, exceptuando al Presidente, quien por su cargo de Alcaldeo Delegado de éste, desempeñará su función de Presidente por el período para el cual fue electo en la Administración Municipal. El período de la JuntaDirectiva comenzará desde la fecha de su nombramiento y juramentación, con excepción de la primera Junta que sea nombrada a partir de la aprobaciónde los presentes Estatutos, de la que dos de sus miembros, durarán en sus funciones un año, debiendo elegirse los sustitutos a la finalización de ese primeraño.

Todos los miembros prestarán sus servicios ad honoren y cuando las condiciones económicas lo permitan, se podrán pagar dietas, cuyos montosserán autorizados por el Concejo Municipal.

Los miembros podrán ser reelectos.

Art. 10. En caso de que el Concejo Municipal, no haya elegido nueva Junta Directiva, la que esté en funciones, deberá continuar ejerciéndolas hastaque sea nombrada y debidamente registrada la nueva Junta que deba sustituirla.

Si por causa de muerte, renuncia, imposibilidad o cualquier otro motivo, faltare algún miembro de la Junta Directiva, el Director Suplente losustituirá, asumiendo las atribuciones y obligaciones del Director sustituido.

Art. 11. La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

La Junta Directiva contará con un Director Ejecutivo y todo el personal necesario para administrar el CFL bajo las políticas y normas utilizadaspor la Alcaldía Municipal de San Salvador. El Director Ejecutivo participará en las Sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.

Art. 12. El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos serán tomados porla mayoría de los asistentes, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Art. 13. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Dar lineamientos al Director Ejecutivo para la elaboración del Plan Operativo Anual y del Presupuesto anual de ingresos y egresos; y

posteriormente aprobarlo;

b) Aprobar los planes de estudio del Centro;

c) Presentar al Concejo Municipal las políticas, los planes, estrategias y los programas de trabajo del CFL; bajo las normas del sistema de control

interno, para su aprobación;

d) Nombrar, renovar o destituir al Director Ejecutivo;

e) Aprobar el inicio y/o finalización de los contratos de trabajo del personal;

f) Aprobar la Memoria de Labores, los Estados Financieros, informes de auditoría y otros y someterlos a conocimiento del Concejo Municipal.

g) Aprobar el Reglamento Interno de Trabajo, el Manual de Organización y cualquier otra normativa necesaria para el buen funcionamiento del

CFL;

h) Velar por el buen funcionamiento del CFL y por el cumplimiento de sus finalidades, así como nombrar las comisiones que fuesen necesarias;

i) Establecer la política salarial y de prestaciones de los trabajadores del CFL;

j) Conceder permisos y licencias a los empleados del CFL, para ausentarse por períodos mayores de cinco días.

k) Aprobar compraventas, contratación de préstamos, contribuciones, subsidios, aceptar donaciones, y cualquier tipo de contratación, así como

también aprobar la venta y/o prestación de servicios del CFL;

l) Aprobar toda erogación que exceda de cuatro salarios mínimos;

m) Nombrar apoderados que representen al CFL.

n) Presentar todo tipo de informes que el Concejo Municipal le solicite;

o) Todas las demás funciones que sean asignadas por el Reglamento Interno y el Manual de Organización;

p) Conocer de los Recursos de Apelación, interpuestos por cualquier ciudadano, ante el Director Ejecutivo de sus Resoluciones.

Art. 14. El cargo de Presidente lo ejercerá siempre el Alcalde Municipal o su delegado y sus atribuciones son:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva,

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva; así como de los Estatutos y del Reglamento Interno del CFL,

c) Representar judicial y extrajudicialmente al CFL, y otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva.

d) Presentar al Concejo Municipal, la Memoria Anual de Labores y cualquier otro informe solicitado por el mismo,

e) Celebrar toda clase de contratos y realizar toda clase de operaciones, previa autorización de la Junta Directiva.

f) Autorizar, conjuntamente con el Tesorero, toda clase de gastos.

g) Refrendar cheques, cuando esté ausente el Síndico.

La atribución consignada en el literal f) el Presidente podrá delegarla en el Director Ejecutivo. El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso

de renuncia, impedimento o ausencia temporal o definitiva de éste y si por cualquier causa no estuviere presente el Vicepresidente, será sustituido por

cualquier miembro de la Junta, designado al efecto por el resto de miembros.

El Vicepresidente o quien haga sus veces, cuando sustituya al Presidente tendrá las mismas atribuciones de éste.

Art. 15. Son atribuciones del Secretario:

a) Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias, a la Junta Directiva.

b) Llevar el libro de actas y asentar en él, las actas de las sesiones que la Junta Directiva celebre.

c) Certificar las actas o acuerdos de la Junta Directiva.

d) Llevar en forma actualizada, la correspondencia, documentación, registros y archivos de la Junta Directiva.

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Art. 16.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Supervisar los ingresos y egresos del CFL, y el adecuado depósito de los fondos del mismo.

b) Supervisar los registros contables y los documentos que los respalden procurando que se observen los principios de contabilidadgubernamental y las normas técnicas de control interno de la Corte de Cuentas de la República.

c) Autorizar, conjuntamente con el Presidente, toda clase de gastos.

d) Firmar cheques.

e) Presentar a la Junta Directiva informes contables y financieros periódicos y finales, con base a los balances y estados de resultado del CFL.

Art. 17. Son atribuciones del Síndico:

a) La fiscalización jurídica de las actuaciones del CFL.

b) La fiscalización del uso de los bienes y recursos del CFL.

c) Refrendar los cheques emitidos por el CFL.

CAPITULO IV

DE LA DIRECCION EJECUTIVA

Art. 18. La administración del CFL será delegada a un Director Ejecutivo, quien será el funcionario de más alta jerarquía administrativa del CFL.

Art. 19. Son atribuciones del Director Ejecutivo:

a) Velar por la administración eficiente y eficaz del CFL;

b) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno del CFL; y acuerdos de la Junta Directiva;

c) Elaborar los planes de trabajo de corto y mediano plazo, y aplicar los controles de gestión;

d) Asistir a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto;

e) Elaborar, proponer y presentar a Junta Directiva, el Presupuesto anual de ingresos y egresos y el Plan anual operativo del CFL para suaprobación;

f) Presentar a la Junta Directiva, los informes financieros mensuales (balance, estado de resultados y flujo de efectivo) y al terminar el ejerciciofiscal presentar el consolidado de éstos dentro de los siguientes sesenta días;

g) Llevar la relataría y asiento de las actas de Junta Directiva, en soporte y bajo la dirección del Secretario de la misma.

h) Presentar a la Junta Directiva la memoria anual de labores;

i) Rendir todo tipo de informes a la Junta Directiva cuando le sean requeridos

j) Proponer a la Junta Directiva el nombramiento del personal.

k) Proponer a Junta Directiva innovaciones o modificaciones al diseño curricular del CFL;

l) Promover intercambio de experiencias, tecnología y apoyo con otras instituciones de igual naturaleza;

m) Autorizar gastos hasta por una cantidad equivalente a cuatro salarios mínimos vigentes y firmar cheques por delegación de la Junta Directiva.

n) Presentar avances trimestrales del Plan Anual Operativo a la Unidad de Control de Gestión de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

o) Admitir los Recursos de Apelación que cualquier ciudadano interponga por sus Resoluciones emitidas y remitirlas a la Junta Directiva, parasu tramitación.

CAPITULO V

RESPONSABILIDAD LABORAL SUBSIDIARIA; RESOLUCION DE CONFLICTOS

Art. 20. Todas aquellas prestaciones, bonificaciones, beneficios y gratificaciones u otros derechos adquiridos por empleados que la Alcaldía deSan Salvador le transfiera al CFL, son garantizadas y respaldadas por éste, resguardando el pasivo laboral a que tienen derecho, y en caso de que el CFLno pueda hacerlo, será absoluta responsabilidad de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

Las divergencias que puedan surgir con relación a la gestión del CFL, y a sus bienes, se resolverán por lo dispuesto por el Concejo Municipal ylas leyes aplicables.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE ESTATUTOS Y DISOLUCION

Art. 21. Los presentes Estatutos se reformarán por el Concejo Municipal, cuando surjan nuevas necesidades que no se encuentren establecidas enéstos y que sean indispensables para su operación.

Art. 22. El CFL se disolverá por Acuerdo Municipal, en los siguientes casos:

a) Cuando se aparte de los fines establecidos en los presentes Estatutos.

b) Por la pérdida total de los recursos económicos y/o de una parte de éstos, que a juicio de la Junta Directiva haga imposible la continuaciónde sus operaciones.

Todos los bienes que sobraren después de que el CFL, cumpla con todas sus obligaciones, pasarán a formar parte de los activos de la Municipalidad.

Para efectuar lo anterior, el Concejo Municipal nombrará una comisión liquidadora.

CAPITULO VII

DEL PRESUPUESTO, DEL PATRIMONIO Y DE LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

Art. 23. El CFL está obligado a desarrollar actividades por medio de un presupuesto anual de ingresos y egresos.

Dicho presupuesto será elaborado por el Director Ejecutivo, quien lo presentará a Junta Directiva, para su aprobación, dicha Junta lo presentaráa través de la Comisión de Enlace, al Concejo Municipal para la aprobación final.

En la elaboración del presupuesto se tomará en cuenta lo establecido en los artículos 75,76,77, 78 y 98 del Código Municipal.

El presupuesto se inicia el uno de enero y termina el treinta y uno de diciembre del mismo año.

Los fondos asignados por la Municipalidad para un destino específico sólo podrán ser variados con la aprobación del Concejo Municipal.

Art. 24. En caso que para el uno de enero no haya sido aprobado el presupuesto del CFL, se regirá por el presupuesto del año anterior.

Art. 25. Los fondos serán depositados en el sistema bancario nacional, según lineamientos de la Junta Directiva, garantizando el cumplimiento delas normas técnicas de control interno.

Art. 26. El CFL contará con un instructivo para el manejo de fondos, el cual será de acatamiento obligatorio.

Art. 27. Son obligaciones a cargo del CFL, las legalmente contraídas por él, derivadas de sus operaciones.

Art. 28. El CFL no podrá contraer obligaciones con instituciones nacionales o internacionales que no estén contempladas en el presupuesto.

Art. 29. El patrimonio del CFL lo constituirá:

a) Todos los bienes muebles e inmuebles que a cualquier título obtenga, para el desarrollo de sus operaciones.

b) El diferencial de ingresos y egresos provenientes de sus operaciones que se reflejarán en sus estados financieros.

c) Los derechos y acciones que a cualquier título obtuviere.

Art. 30. Las fuentes de Ingreso del CFL serán:

a) Los fondos que le asigne la municipalidad,

b) Las donaciones nacionales o internacionales que obtenga,

c) Los subsidios que el gobierno central o la empresa privada hagan.

d) Las contribuciones que a su favor impusiere la Municipalidad.

e) El producto de cualquiera de los empréstitos y demás operaciones de crédito que obtenga.

f) Los ingresos que obtenga en concepto de tasas de conformidad a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios del Municipio de SanSalvador y los provenientes de cualquier otra Ordenanza.

g) La venta de sus productos y las prestaciones de sus servicios.

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.CAPITULO VIII

DE LOS RECURSOS

Art. 31. De las resoluciones emitidas por el Director Ejecutivo, se admitirá el Recurso de Apelación ante la Junta Directiva, dentro de los tres díassiguientes a su notificación.

Interpuesto el Recurso, el Director Ejecutivo lo admitirá y dará cuenta a la Junta Directiva en la próxima sesión. El Presidente de la Junta Directiva,designará al Síndico, para que lleve la sustanciación del recurso y lo devuelva oportunamente. Recibido el Recurso por la Junta Directiva, si ésta loestimare procedente se notificará al apelante y se abrirá a prueba por el término de cuatro días, caso contrario se notificará al apelante de la improcedenciade su recurso.

Transcurrido el término de prueba, el Síndico devolverá el expediente a la Junta Directiva, para que resuelva.

La Junta Directiva deberá resolver en la siguiente sesión a su recibo.

CAPITULO IX

DEL CONTROL Y FISCALIZACION

Art. 32. La Junta Directiva deberá rendir al Concejo Municipal, un informe anual, circunstanciado y documentado de la ejecución presupuestaria,y del desarrollo de sus labores, dentro de los sesenta días siguientes a la finalización del ejercicio o cuando sea requerido.

Art. 33. La Corte de Cuentas de la República ejercerá la vigilancia, fiscalización y control a posteriori sobre la ejecución del presupuesto del CFL,para lo cual aplicará las normas sobre la materia.

Art. 34. En todo lo referente a la recaudación, custodia y erogación de fondos, el CFL se arreglará a lo dispuesto al Código Municipal y demás leyesaplicables.

Art. 35. El CFL, está obligado a llevar contabilidad organizada de acuerdo con los principios y normas de contabilidad Gubernamental y con unsistema contable manual o automatizado, autorizado de acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

Art. 36. El CFL estará sujeto a las normas de control de Auditoría Interna de la Alcaldía Municipal de San Salvador y también estará sujeta a lamisma Auditoría Externa que audite a la Municipalidad.

El CFL pagará los honorarios que correspondan a la auditoría externa, si éste tuviese la capacidad para hacerlo.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 37. Lo no previsto en los presentes Estatutos, se regulará conforme a las Leyes, Ordenanzas y Reglamentos que fueren aplicables.

Art. 38. Derógase la Ordenanza de Creación del Centro de Formación Laboral del Municipio de San Salvador, emitida por Decreto número cuarentay uno, Acuerdo número doce, tomado en Sesión Extraordinaria de fecha veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y nueve, publicado en el DiarioOficial número doscientos trece, Tomo trescientos cuarenta y cinco, de fecha dieciséis de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Art. 39. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil tres.

Dr. HECTOR RICARDO SILVA ARGUELLO,ALCALDE MUNICIPAL.

Licda. NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,SINDICO MUNICIPAL INTERINA.

Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 14569)

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR

DECRETO NUMERO ONCE: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SALVADOR CONSIDERANDO:

I) Que por Decreto número CUARENTA Y TRES se tomó el Acuerdo Municipal número Diecinueve, en Sesión ordinaria de fecha tres de

noviembre de mil novecientos noventa y nueve, en el cual se emitió la Ordenanza de creación del COMITE DE FESTEJOS DE LA CIUDAD

DE SAN SALVADOR que contiene sus Estatutos.

II) Que por haber surgido nuevas necesidades y exigencias, que no se contemplaron en los Estatutos que actualmente rigen al COMITE DE

FESTEJOS DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, es que se toma la decisión de emitir unos Estatutos que las cubran, en aras de cumplir

de mejor manera la promoción, organización y celebración de festejos.

III) Que en virtud de sus facultades constitucionales establecidas en los Artículos 203 y 204 de la Constitución de la República y Artículos 14,

15 y 30 Numeral 4 del Código Municipal.

POR TANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN SALVADOR, EMITE EL SIGUIENTE DECRETO DE SUSTITUCION DE LA ORDENANZA

DE CREACION DEL COMITE DE FESTEJOS DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR:

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACION, OBJETO, DOMICILIO, FINES Y PLAZO

Art. 1. Créase El Comité de Festejos de la Ciudad de San Salvador, que podrá abreviarse "Comité", como una entidad descentralizada del nivel

Municipal con Personalidad Jurídica; cuyo carácter es de una entidad de servicios públicos, no lucrativa.

Art. 2. El Domicilio del Comité será el de la Ciudad de San Salvador.

Art. 3. El objeto del Comité es la promoción, organización, celebración de ferias, eventos y otras festividades del Municipio de San Salvador.

DE LOS FINES.

Art.4. El Comité tendrá los fines siguientes:

a) Contribuir al rescate de los valores históricos y culturales de la ciudad.

b) Fomentar la celebración de las festividades tradicionales que anualmente se llevan a cabo en esta ciudad, en Honor al Divino Salvador del

Mundo denominadas Fiestas Patronales de la ciudad de San Salvador.

c) La promoción, organización y ejecución de los festejos navideños del Municipio de San Salvador.

Para lograr estos fines, el Comité pondrá especial énfasis en asegurar:

- La equidad de género en la participación.

- La participación ciudadana.

- La participación del sector privado.

PLAZO

Art. 5. El Comité se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

DE LOS APORTES

Art. 6. Para promover a la creación y funcionamiento del Comité, la Alcaldía Municipal de San Salvador, le entregará en administración los bienes

inmuebles que sean necesarios para operar, conservando la Municipalidad, todos los derechos y las obligaciones de control de dichos bienes.

También le dará en administración los bienes muebles que necesite la entidad, los cuales seguirán siendo propiedad de la Municipalidad, e inventariados

a la fecha de la creación de el "Comité". En ambos casos los bienes deben ser auditados, por las instancias municipales correspondientes. La

Municipalidad apoyará la gestión del Comité, propiciando la colaboración de las gerencias que tengan incidencia en lo administrativo y financiero, así

como en la gestión de proyectos de apoyo del Comité con organismos cooperantes, además proporcionará para fines de control el apoyo de la gerencia

financiera y de la auditoría interna de la Alcaldía, buscando el cumplimiento de las Normas Técnicas de Control Interno. Los resultados de los procesos

de auditoría deben ser informados al Concejo Municipal.

Art.7. La Alcaldía de San Salvador, se obliga con el Comité a lo siguiente:

a) Asignarle un presupuesto anual, que permita cubrir los salarios y prestaciones de todo el personal que labora en el Comité.

b) Apoyarlo en promocionar oportunidades para que realice algunas obras y/o servicios que se financien con fondos municipales.

c) Brindarle asistencia técnica en la gestión de cooperación interna y/o externa y en otras áreas que le requiera.

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

d) Incorporar al personal del Comité en los programas de capacitación técnica y profesional que desarrolle la Municipalidad.

El Comité está obligado a procurar su autosostenibilidad a fin de obtener los recursos económicos necesarios para su funcionamiento, de talforma que los fondos que le aportare la Municipalidad tengan una tendencia en forma decreciente, hasta que la Entidad perciba ingresos suficientes paracubrir los egresos contemplados en el presupuesto del año inmediato siguiente.

CAPITULO III

DEL ORGANISMO DIRECTIVO

Art. 8. La Dirección y administración del Comité estará confiada a una Junta Directiva, la que estará integrada por cinco miembros propietarios

y dos suplentes, su composición deberá considerar al Alcalde Municipal o un delegado de éste y a un empleado municipal del área de finanzas, así como

también a todos los sectores o fuerzas vivas de la ciudad, se organizará con un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un síndico, un Tesorero y

dos Directores Suplentes, la cual será nombrada por el Concejo Municipal.

El empleado Municipal del área de finanzas, debe tener dominio de las Normas Técnicas de Control Interno y otras disposiciones legales aplicables

en el área financiera.

Art. 9. Los miembros de la Junta Directiva del Comité, durarán en sus funciones dos años, exceptuando al Presidente, quien por su cargo de Alcalde

o Delegado de éste, desempeñará su función de Presidente por el período para el cual fue electo en la Administración Municipal. El período de la Junta

Directiva comenzará desde la fecha de su nombramiento y juramentación, con excepción de la primera Junta, que sea nombrada a partir de la aprobación

de los presentes Estatutos, de la que dos de sus miembros, durarán en sus funciones un año, debiendo elegirse los sustitutos a la finalización de ese primer

año.

Todos los miembros prestarán sus servicios ad honoren y cuando las condiciones económicas lo permitan, se podrán pagar dietas cuyos montos

serán autorizados por el Concejo Municipal. Los miembros podrán ser reelectos.

Art.10. En caso de que el Concejo Municipal, no haya elegido nueva Junta Directiva, la que esté en funciones, deberá continuar ejerciéndolas hasta

que sea nombrada y debidamente registrada la nueva Junta que deba sustituirla.

Si por causa de muerte, renuncia, imposibilidad o cualquier otro motivo, faltare algún miembro de la Junta Directiva, el Director Suplente lo

sustituirá, asumiendo las atribuciones y obligaciones del Director sustituido.

Art. 11. La Junta Directiva sesionará ordinariamente dos veces al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario. La Junta Directiva contará

con un Director Ejecutivo y todo el personal necesario para administrar el Comité bajo las políticas y normas utilizadas por la Alcaldía Municipal de

San Salvador. El Director Ejecutivo participará en las Sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.

Art. 12. El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos serán tomados por

la mayoría de los asistentes, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad.

Art. 13. La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Dar lineamientos al Director Ejecutivo para la elaboración del Plan Operativo anual del Presupuesto anual de ingresos y egresos, y

posteriormente aprobarlo.

b) Presentar al Concejo Municipal las políticas, los planes, estrategias y los programas de trabajo del Comité; bajo las normas de control interno,

para su aprobación.

c) Nombrar, renovar o destituir al Director(a) Ejecutivo(a);

d) Aprobar el inicio y finalización de los contratos del personal;

e) Aprobar la memoria de labores, los Estados Financieros, e informes de auditoría y otros; y luego someterlos a conocimiento del Concejo

Municipal.

f) Aprobar el Reglamento Interno de Trabajo, el Manual de Organización y cualquier otra normativa necesaria para el buen funcionamiento

del Comité y someterlo a conocimiento del Concejo Municipal.

g) Velar por el buen funcionamiento del Comité y por el cumplimiento de sus finalidades, así como nombrar y determinar los fondos de las

comisiones que fuesen necesarias;

h) Establecer la política salarial y de prestaciones de los trabajadores del Comité;

i) Conceder permisos y licencias a los empleados del Comité, para ausentarse por períodos mayores de cinco días.

j) Aprobar compraventas, contratación de préstamos, contribuciones, subsidios, aceptar donaciones y cualquier tipo de contratación, así como

también aprobar la venta y/o prestación de servicios del Comité;

k) Aprobar toda erogación que exceda de cuatro salarios mínimos;

l) Presentar todo tipo de informes que el Concejo Municipal le solicite;

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

m) Nombrar Apoderados que representen al Comité;

n) Todas las demás funciones que sean asignadas por el reglamento interno y el manual de organización;

o) Conocer de los recursos de apelación, interpuestas por cualquier ciudadano, ante el Director Ejecutivo de sus resoluciones.

Art. 14. El cargo de Presidente lo ejercerá siempre el Alcalde Municipal o su delegado, y sus atribuciones son:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Junta Directiva.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva; así como de los Estatutos y Reglamento Interno del Comité;

c) Representar judicial y extrajudicialmente al Comité y otorgar poderes, previa autorización de la Junta Directiva;

d) Presentar al Concejo Municipal, la Memoria Anual de labores y cualquier otro informe solicitado por el mismo.

e) Celebrar toda clase de contratos y realizar toda clase de operaciones, previa autorización de la Junta Directiva;

f) Autorizar juntamente con el Tesorero, toda clase de gastos.

g) Refrendar cheques, cuando esté ausente el Síndico.

La atribución consignada en el literal f) El Presidente podrá delegarla en el Director Ejecutivo.

El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de renuncia, impedimento o ausencia temporal o definitiva de éste y si por cualquier causa no

estuviere presente el Vicepresidente, será sustituido por cualquier miembro de la Junta, designado al efecto por el resto de miembros.

El Vicepresidente o quien haga sus veces, cuando sustituya al Presidente, tendrá las mismas atribuciones de éste.

Art. 15. Son atribuciones del Secretario:

a) Convocar a Sesiones Ordinarias o extraordinarias a la Junta Directiva,

b) Llevar el libro de actas y asentar en él, las actas de las sesiones que la Junta Directiva celebre;

c) Certificar las actas o los acuerdos de la Junta Directiva.

d) Llevar en forma actualizada la correspondencia, documentación, registros y archivos de la Junta Directiva;

Art. 16. Son atribuciones del Tesorero:

a) Supervisar los ingresos y egresos del Comité y el adecuado depósito de los fondos del mismo;

b) Autorizar juntamente con el Presidente, toda clase de gastos,

c) Firmar cheques;

d) Presentar a la Junta Directiva informes contables y financieros periódicos y finales con bases a los balances y estados de resultados del Comité.

Art. 17. Son atribuciones del Síndico:

a) La fiscalización jurídica de las actuaciones del Comité.

b) La Fiscalización del uso de los bienes y recursos del Comité;

c) Refrendar los cheques emitidos por el Comité.

CAPITULO IV

DE LA DIRECCION EJECUTIVA

Art. 18. La Administración del Comité será delegada a un Director(a) Ejecutivo(a), quien será el Funcionario de más alta jerarquía administrativa

del Comité.

Art. 19. Son atribuciones del Director(a) Ejecutivo(a):

a) Velar por la administración eficiente y eficaz del Comité.

b) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos, Reglamento Interno del Comité; y acuerdos de la Junta Directiva.

c) Elaborar los planes de trabajo a corto y mediano plazo y aplicar los controles de gestión.

d) Asistir a las sesiones de la Junta Directiva con voz pero sin voto.

e) Elaborar, proponer y presentar a la Junta Directiva el presupuesto anual de ingresos y egresos y el plan anual operativo del Comité para su

aprobación.

f) Llevar la relatoría y asiento de las actas de Junta Directiva, en soporte y bajo la Dirección del Secretario de la misma.

g) Presentar a la Junta Directiva, los informes financieros mensuales (balance, estado de resultados y flujo de efectivo) y al terminar el ejercicio

fiscal presentar el consolidado de éstos dentro de los siguientes sesenta días;

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

h) Presentar a la Junta Directiva la Memoria Anual de labores;

i) Rendir todo tipo de informes a la Junta Directiva cuando le sean requeridos,

j) Proponer a la Junta Directiva el nombramiento del personal;

k) Promover intercambio de experiencias, tecnología y apoyo con otras instituciones de igual naturaleza;

l) Autorizar gastos hasta por una cantidad equivalente a cuatro salarios mínimos vigentes y firmar cheques por delegación de la Junta Directiva.

m) Presentar avances trimestrales del Plan Anual Operativo a la Unidad de Control de Gestión de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

n) Admitir los Recursos de Apelación que cualquier ciudadano interponga, por sus resoluciones emitidas y remitirlas a la Junta Directiva para

su tramitación.

CAPITULO V

RESPONSABILIDAD LABORAL SUBSIDIARIA, RESOLUCION DE CONFLICTOS

Art. 20. Todas aquellas prestaciones, bonificaciones y gratificaciones u otros derechos adquiridos por empleados que la Alcaldía de San Salvador

le transfiera al Comité, son garantizadas y respaldadas por éste, resguardando el pasivo laboral a que tienen derecho, y en caso de que el Comité no pueda

hacerlo, será absoluta responsabilidad de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

Las divergencias que puedan surgir con relación a la gestión del Comité y a sus bienes, se resolverá por lo dispuesto por el Concejo Municipal y

las leyes aplicables.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE ESTATUTOS Y DISOLUCION

Art. 21. Los presentes Estatutos se reformarán por el Concejo Municipal, cuando surjan nuevas necesidades que no se encuentren establecidas en

ellos y que sean indispensables para su operación.

Art. 22. El Comité, se disolverá por Acuerdo Municipal, en los siguientes casos:

a) Cuando el Comité se aparte de los fines establecidos en los presentes estatutos.

b) Por la pérdida total de los recursos económicos y/o de una parte de éstos, que a juicio de la Junta Directiva haga imposible la continuaciónde sus operaciones.

Todos los bienes que sobraren después de que el Comité cumpla con todas las obligaciones, pasarán a formar parte de los activos de la Municipalidad.

Para efectuar lo anterior, el Concejo Municipal nombrará una comisión liquidadora.

CAPITULO VII.

DEL PRESUPUESTO, DEL PATRIMONIO Y DE LAS FUENTES DE INGRESO.

Art. 23. El Comité está obligado a desarrollar actividades por medio de un presupuesto anual de ingresos y egresos.

Dicho presupuesto será, elaborado por el Director Ejecutivo, quien lo presentará a la Junta Directiva, para su aprobación; dicha Junta lo presentará

a través de la Comisión de Enlace, al Concejo Municipal para su aprobación final.

En la Elaboración del Presupuesto, se tomará en cuenta lo establecido en los artículos 75, 76, 77, 78 y 98 del Código Municipal.

El presupuesto se iniciará el uno de enero y terminará el treinta y uno de diciembre del mismo año.

Los fondos asignados por la Municipalidad para un destino específico sólo podrán ser variados con la aprobación del Concejo Municipal.

Art. 24. En caso que para el uno de enero, no haya sido aprobado el presupuesto del Comité, se regirá por el presupuesto del año anterior.

Art. 25. Los Fondos serán depositados en el sistema bancario nacional, según lineamientos de la Junta Directiva, garantizando el cumplimiento

de las normas técnicas de control interno.

Art. 26. El Comité, contará con un instructivo para el manejo de Fondos, el cual será de acatamiento obligatorio.

Art.27. Son obligaciones a cargo del Comité, las legalmente contraídas por él, derivadas de sus operaciones.

Art. 28. El Comité no podrá contraer obligaciones con instituciones nacionales o internacionales que no estén contempladas en el presupuesto.

Art. 29. El Patrimonio del Comité lo constituirá:

a) Todos los bienes muebles e inmuebles que a cualquier título obtenga para el desarrollo de sus operaciones.

b) El diferencial de ingresos y egresos provenientes de sus operaciones que reflejarán en sus estados financieros.

c) Los Derechos y acciones que a cualquier título obtuviere.

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Art. 30. Las fuentes de ingresos del Comité serán:

a) Los fondos que le asigne la Municipalidad,

b) Las donaciones, nacionales o internacionales que obtengan,

c) Los subsidios que el Gobierno Central o la empresa privada le hagan.

d) Las contribuciones que a su favor impusiere la Municipalidad.

e) El Producto de cualquiera de los empréstitos y demás operaciones de crédito que obtenga

f) Los ingresos que obtenga en concepto de tasas de conformidad a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios del Municipio de SanSalvador y los provenientes de cualquier otra ordenanza.

g) La venta de sus productos y la prestación de sus servicios.

CAPITULO VIII

DE LOS RECURSOS

Art. 31. De las resoluciones emitidas por el Director Ejecutivo, se admitirá el Recurso de Apelación ante la Junta Directiva, dentro de los tres díassiguientes a su notificación .-

Interpuesto el Recurso, el Director Ejecutivo lo admitirá y dará cuenta a la Junta Directiva en la próxima sesión, el Presidente de la Junta Directiva,designará al Síndico, para que lleve la sustanciación del recurso y lo devuelva oportunamente.

Recibido el recurso por la Junta Directiva, si ésta lo estimare procedente se notificará al apelante y se abrirá a prueba por el término de cuatro días,caso contrario se notificará al apelante de la improcedencia de su recurso.

Transcurrido el término de prueba, el síndico devolverá el expediente a la Junta de Directores, para que resuelva.

La Junta Directiva deberá resolver en la siguiente sesión a su recibo.

CAPITULO IX

DEL CONTROL Y FISCALIZACION

Art. 32. La Junta Directiva deberá rendir al Concejo Municipal, un informe anual circunstanciado y documentado de la ejecución presupuestaria,y del desarrollo de sus labores, dentro de los sesenta días siguientes a la finalización del ejercicio o cuando sea requerido.

Art. 33. La Corte de Cuentas de la República, ejercerá la vigilancia, fiscalización y control a posteriori sobre la ejecución del presupuesto delComité, para lo cual aplicará las normas sobre la materia.

Art. 34. En todo lo referente a la recaudación, custodia y erogación de fondos, el Comité se arreglará a lo dispuesto por el Código Municipal y demásleyes aplicables.

Art. 35. El Comité, está obligado a llevar contabilidad organizada de acuerdo con los principios y normas de contabilidad gubernamental y conun sistema contable manual o automatizado, autorizado de acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

Art.36. El Comité estará sujeto a las normas de control de la auditoría de la Alcaldía Municipal de San Salvador y también estará sujeta a la mismaauditoría externa que audite a la Municipalidad.

El Comité pagará los honorarios que correspondan a la auditoría externa, si éste tuviese la capacidad para hacerlo.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 37. Lo no previsto en los presentes estatutos se regulará conforme a las leyes, ordenanzas y reglamentos que fueren aplicables.

Art.38. Derógase la Ordenanza de Creación del Comité de Festejos de la Ciudad de San Salvador, emitida por Decreto número cuarenta y tres,Acuerdo numero diecinueve tomado en Sesión ordinaria de fecha tres de noviembre de mil novecientos noventa y nueve y publicada en el Diario Oficialnúmero doscientos diez, Tomo número trescientos cuarenta y cinco, el once de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Art. 39. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil tres.

Dr. HECTOR RICARDO SILVA ARGUELLO,

ALCALDE MUNICIPAL.

Licda. NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,

SINDICO MUNICIPAL INTERINA.

Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,

SECRETARIO

( Registro Nº. 14565)

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

DECRETO NUMERO DIEZ.

La Municipalidad de San Salvador

CONSIDERANDO

I. Que por Decreto N° 22 de fecha 20 de noviembre de dos mil uno, publicado en el Diario Oficial de fecha 8 de enero de 2002, se creo la entidaddescentralizada ADMINISTRACION GENERAL DE CEMENTERIOS DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR con el objeto de prestarel servicio de cementerios y demás servicios conexos.

II. Que dentro de las políticas del Concejo Municipal, tiene gran relevancia la descentralización de la función administrativa municipal a efectode tomar las decisiones cada vez más cerca de la ciudadanía y dar mayor agilidad y eficiencia a la prestación de los servicios.

III. Que es conveniente reformar los Estatutos de la citada entidad descentralizada para adecuarlos en mejor forma a las atribuciones y funcionesde la misma y lograr los fines trazados por el Concejo Municipal con relación a tal servicio, para lo es conveniente sustituir totalmente losEstatutos en mención por otros nuevos que rijan la entidad en lo sucesivo.

IV. Que en los Artículos 4 numeral 20 y 13, 14 y 15 del Código Municipal se establece categóricamente que el servicio de cementerio escompetencia del municipio y que a éste compete la regulación de tal servicio por medio de ordenanzas y reglamentos.

POR TANTO, en uso de sus facultades constitucionales

DECRETA los siguientes:

ESTATUTOS DE LA ADMINISTRACION GENERAL DE CEMENTERIOS DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR

CAPITULO I

NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO, OBJETO, FINES Y PLAZO

Art. 1.- Créase la entidad ADMINISTRACION GENERAL DE CEMENTERIOS DEL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR, que podrá abreviarse"Administración de Cementerios". Su naturaleza es descentralizada del nivel municipal, con personalidad jurídica, sin fines de lucro.

Art. 2.- Su domicilio será el de la Ciudad de San Salvador.

Art. 3.- La Administración de Cementerios tendrá por objeto la prestación integral, eficiente y funcional del servicio de Cementerios en elMunicipio de San Salvador.

Art. 4.- La Administración de Cementerios tendrá los siguientes fines:

1. La administración eficiente y funcional de todos los Cementerios Municipales del municipio de San Salvador.

2. La optimización de la calidad y costos del servicio de Cementerios.

3. La autorización y control de los cementerios y servicios funerarios de propiedad particular.

4. La conservación integral del acerbo histórico cultural que los cementerios municipales conllevan a la vida de la nación.

5. Ejercer y hacer cumplir todas las competencias, atribuciones y funciones que de acuerdo al Código Municipal y demás leyes correspondena la Municipalidad de San Salvador para la prestación del servicio de cementerios y servicios funerarios, tanto municipales como particulares.

6. Brindar la prestación del servicio gratuito de inhumación de las personas que fallecieren en situación de extrema pobreza o sin arraigo enel municipio, tanto en los cementerios municipales como en los particulares.

7. Estudiar y poner en práctica políticas y estrategias de mantenimiento sostenible de los cementerios y sus estructuras y de mejoramiento dela cobertura de todos los servicios.

8. Proponer anteproyectos de ordenanzas y reglamentos municipales para regular la prestación del servicio de cementerios municipales yparticulares.

9. Los demás que le señalen las leyes y Ordenanzas y los que se relacionaren o fueren una consecuencia de la prestación del servicio.

Art. 5.- La Administración de Cementerios, se crea y constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

APORTES DEL MUNICIPIO

Art. 6.- Para proveer a la creación y funcionamiento de la Administración de Cementerios, la Municipalidad le dará en administración los bienesinmuebles y todas las estructuras aéreas y subterráneas de los actuales cementerios municipales, sus instalaciones administrativas y cualquiera otraexistente.

Además le traspasará en administración todos los bienes muebles de propiedad municipal inventariados a la fecha de la creación en el Departamentode Cementerios. En ambos casos los bienes deben ser auditados, por las instancias municipales correspondientes.

La Municipalidad apoyará la gestión de la Administración de Cementerios, propiciando la colaboración de las Gerencias que tengan incidencia en loadministrativo y financiero, así como en la gestión de proyectos de apoyo de la Administración de Cementerios con organismos cooperantes, ademásproporcionará, para fines de control, el apoyo de la Gerencia Financiera y de la Auditoría Interna de la Alcaldía, buscando el cumplimiento de las normastécnicas de control interno. Los resultados de los procesos de Auditoría deben ser informados al Concejo Municipal.

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Art. 7.- La Alcaldía de San Salvador, se obliga con la Administración de Cementerios a lo siguiente:

a) Brindarle asistencia técnica en la gestión de cooperación interna y/o externa y en otras áreas que le requiera.

b) Incorporar al personal de la Administración de Cementerios en los programas de capacitación técnica y profesional que desarrolle laMunicipalidad.

La Administración de Cementerios está obligada a procurar su autosostenibilidad a fin de obtener los recursos económicos necesarios para sufuncionamiento, de tal forma que los fondos que le aportare la Municipalidad, tengan una tendencia en forma decreciente, hasta que la Entidad percibaingresos suficientes para cubrir los egresos contemplados en el presupuesto del año inmediato siguiente.

CAPITULO III

DEL ORGANISMO DIRECTIVO

Art. 8.- La dirección de la Administración de Cementerios estará confiada a la Junta Directiva, la que estará integrada por cinco miembrospropietarios y un suplente, su composición deberá considerar al Alcalde Municipal o un delegado de éste, y a un empleado municipal del área de finanzas,así como también a todos los sectores o fuerzas vivas de la ciudad, se organizará con un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Síndico y unTesorero, y dos Directores Suplentes, la cual será nombrada por el Concejo Municipal.

El empleado Municipal del área de finanzas, debe tener dominio de las Normas Técnicas de Control Interno y otras disposiciones legales aplicables enel área financiera.-

Art. 9.- Los miembros de la Junta Directiva durarán en sus funciones dos años, exceptuando al Presidente quien por su cargo de Alcalde o Delegadode éste, desempeñará su función de Presidente por el período para el cual fue electo en la Administración Municipal o el Delegado que éste designe. Elperíodo de la Junta Directiva comenzará desde la fecha de su nombramiento y juramentación, con excepción de la primera Junta que sea nombrada apartir de la aprobación de los presentes Estatutos, de la que dos de sus miembros propietarios que se elijan durarán en funciones únicamente un año,debiendo elegirse los sustitutos a la finalización del primer año.

Los miembros pueden ser reelectos.

Los miembros de la Junta Directiva prestarán sus servicios ad-honorem y cuando las condiciones económicas lo permitan, se les podrá pagar dietas, cuyosmontos serán autorizados por el Concejo Municipal y se consignarán en el presupuesto anual aprobado por el mismo.

Art. 10.- En caso de que el Concejo Municipal, no haya elegido nueva Junta Directiva, la que esté en funciones, deberá continuar ejerciéndolashasta que sea nombrada y debidamente registrada la nueva Junta que deba sustituirla.

Si por causa de muerte, renuncia, imposibilidad o cualquier otro motivo faltare algún miembro de la Junta Directiva, el Director Suplente lo sustituirá,asumiendo las atribuciones y obligaciones del Director sustituido.

Art. 11.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente las veces que fuere necesario.

La Junta Directiva contará con un Director Ejecutivo y todo el personal necesario para administrar "La Administración de Cementerios", bajo las políticasy normas utilizadas por la Alcaldía Municipal de San Salvador. El Director Ejecutivo participará en las Sesiones de la Junta Directiva con voz pero sinvoto.

Art. 12.- La Junta Directiva celebrará sesiones válidas con la asistencia de la mitad más uno de sus integrantes y tomará sus decisiones con el votode la mayoría de los asistentes. En caso de empate el Presidente tendrá doble voto.

Art. 13.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

1. Dar lineamientos al Director Ejecutivo para la elaboración del Plan Operativo anual y del Presupuesto anual de ingresos y egresos, yposteriormente aprobarlo,

2. Presentar las políticas, planes, estrategias, programas de trabajo de la Administración de Cementerios, bajo las normas del sistema de controlinterno, para someterlas posteriormente a conocimiento del Concejo Municipal, para su aprobación;

3. Dirigir la prestación de los servicios de cementerios y servicios funerarios municipales y ejercer el control de los servicios de igual índoleprestados por particulares;

4. Aprobar el reglamento interno de la Administración de Cementerios y demás que fueren necesarios para la buena marcha de la misma;

5. Nombrar y remover al Director Ejecutivo y al resto de empleados;

6. Fijar los salarios de todo el personal;

7. Someter al Concejo Municipal de San Salvador los anteproyectos de ordenanzas y reglamentos o de reforma a los mismos que considerareconvenientes.

8. Conceder permisos y licencias a los funcionarios y empleados de la entidad para ausentarse por períodos mayores de cinco días.

9. Velar por la buena administración del patrimonio de la Administración de Cementerios y el cumplimiento de los fines de la misma.

10. Nombrar apoderados que representen a la Administración de Cementerios

11. Aprobar toda erogación o contrato que exceda de cuatro salarios mínimos vigentes.

12. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos de la Administración de Cementerios y someterlo oportunamente a aprobación del ConcejoMunicipal.

13. Aprobar la memoria de labores de la Administración de Cementerios, los Estados Financieros e informes del auditor para someterlas aconocimiento del Concejo Municipal.

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.14. Rendir todo tipo de informes que solicite el Concejo Municipal.

15. Conocer en apelación de las resoluciones del Director Ejecutivo.

16. Las demás que le señalen las leyes y Ordenanzas y las que sean consecuencia del ejercicio de la competencia encomendada.

Art. 14.- El cargo de Presidente lo ejercerá siempre el Alcalde o su delegado y sus atribuciones son:

1. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva;

2. Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva, así como de los Estatutos de la Administración de Cementerios,del Reglamento Interno de la misma y demás reglamentos y regulaciones existentes.

3. Representar legalmente a la Administración de Cementerios y otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva;

4. Presentar al Concejo Municipal, la memoria anual de labores y cualquier otro informe solicitado por el mismo.

5. Celebrar toda clase de operaciones y contratos relacionados con los fines de la Administración, previa autorización de la Junta Directiva.

6. Autorizar, conjuntamente con el Tesorero, toda clase de gastos.

7. Refrendar cheques, cuando esté ausente el Síndico.

La atribución consignada en el numera 6), el Presidente podrá delegarla en el Director Ejecutivo.

El Vicepresidente sustituirá al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva de éste y si por cualquier causa no estuviere presente el Vicepresidente,será sustituido por cualquier miembro de la Junta Directiva designado al efecto por el resto de miembros.

El Vicepresidente o quien haga sus veces, cuando sustituyan al Presidente tendrán las mismas atribuciones de éste.

Art. 15.- Son atribuciones del Secretario:

1. Convocar a sesiones ordinarias o extraordinarias a la Junta Directiva.

2. Llevar el Libro de Actas y asentar en él las Actas de las sesiones que celebre la Junta Directiva.

3. Llevar en forma actualizada la correspondencia, documentación, registros y archivos de la Junta Directiva;

4. Certificar las actas o acuerdos de la Junta Directiva.

Art. 16.- Son atribuciones del Tesorero:

1. Supervisar los ingresos y egresos de la Administración de Cementerios y el adecuado depósito de los fondos de la misma.

2. Supervisar los registros contables y los documentos que los respalden, procurando que se observen los principios de contabilidadgubernamental y las normas técnicas de control interno de la Corte de Cuentas de la República.

3. Autorizar, conjuntamente con el Presidente toda clase de gastos.

4. Firmar cheques;

5. Presentar a la Junta Directiva informes contables y financieros periódicos y finales con base en los balances y estados de resultados de laAdministración de Cementerios.

Art. 17.- Son atribuciones del Síndico:

1. Supervisar la legalidad de las actuaciones de la Administración de Cementerios.

2. Fiscalizar el uso de los bienes y recursos de la entidad.

3. Refrendar los cheques que emita la Administración de Cementerios.

CAPITULO IV

DE LA DIRECCION EJECUTIVA

Art. 18.- La administración de la Administración de Cementerios estará a cargo de un Director Ejecutivo nombrado por la Junta Directiva, que tendrálas atribuciones siguientes:

1. Administrar la entidad, velando por el cumplimiento de los estatutos, reglamento interno y demás directrices emanados de la Junta Directiva.

2. Autorizar gastos hasta por una cantidad equivalente a cuatro salarios mínimos vigentes y firmar cheques previa autorización de la JuntaDirectiva.

3. Rendir todo tipo de informes requeridos por la Junta Directiva.

4. Asistir a las sesiones de Junta Directiva con voz pero sin voto.

5. Presentar a la Junta Directiva la memoria anual de labores.

6. Elaborar, proponer y presentar a la Junta Directiva, el presupuesto anual de ingresos y egresos y el plan anual operativo de la Administraciónde Cementerios, para su aprobación.

7. Llevar la relatoría y asiento de las actas de Junta Directiva, en soporte y bajo la dirección del Secretario de la misma.

8. Proponer a la Junta Directiva el nombramiento del personal.

9. Presentar a la Junta Directiva informes financieros mensuales, y al terminar el ejercicio fiscal presentar el consolidado de éstos dentro de lossiguientes sesenta días.

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

10. Presentar avances trimestrales del Plan anual operativo a la Unidad de Control de Gestión de la Alcaldía Municipal de San Salvador.

11. Admitir los Recursos de Apelación que cualquier Ciudadano interponga por sus Resoluciones emitidas y remitirlas a la Junta Directiva, parasu tramitación.

CAPITULO V

RESPONSABILIDAD LABORAL SUBSIDIARIA; RESOLUCION DE CONFLICTOS

Art. 19.- Todas las prestaciones, bonificaciones, beneficios, gratificaciones u otros derechos adquiridos por empleados que la Municipalidad deSan Salvador le trasfiera a la Administración de Cementerios, serán garantizados y respaldadas por ésta, resguardando el pasivo laboral a que tienenderecho y en caso la Administración de Cementerios no pueda cumplir con dichas obligaciones, lo hará la Municipalidad.

Art. 20.- Las divergencias que surjan con relación a la gestión de la Administración de Cementerios y a sus bienes serán resueltas por el ConcejoMunicipal de acuerdo a las leyes que fueren aplicables.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE ESTATUTOS Y DISOLUCION DE LA ADMINISTRACION DE CEMENTERIOS

Art. 21.- Los presentes estatutos sólo pueden ser reformados por el Concejo Municipal de San Salvador cuando sea lo conveniente para su mejoroperación.

Art. 22.- La Administración de Cementerios se disolverá por acuerdo Municipal en los siguientes casos:

a) Cuando se aparte de los fines establecidos en los presentes Estatutos.

b) Por la pérdida total de los recursos económicos y/o una parte de éstos que a juicio de la Junta Directiva haga imposible la continuación desus operaciones.

Art. 23.- Acordada la disolución, el servicio de cementerios y servicios funerarios será prestado directamente por la municipalidad y el ConcejoMunicipal nombrará liquidadores de la Administración de Cementerios en número de dos por lo menos, quienes a partir de su aceptación del cargotomarán la dirección y administración de la entidad descentralizada y tendrán la representación de la misma hasta su total liquidación.

Art. 24.- Liquidada la Administración de Cementerios, todos sus bienes, ingresarán al fondo general del municipio.

CAPITULO VII

PRESUPUESTO Y PATRIMONIO Y LAS FUENTES DE INGRESO.

Art. 25.- La Administración de Cementerios funcionará con un plan y presupuesto anual de ingresos y egresos, dicho presupuesto será elaboradopor el Director Ejecutivo quien lo presentará a la Junta Directiva, para su aprobación la que a su vez lo someterá a conocimiento del Concejo Municipalpara su aprobación, a través de la Comisión de Enlace,

Art. 26.- El ejercicio económico de la Administración de Cementerios será del uno de enero al treinta y uno de diciembre de cada año calendario.

Para la elaboración del presupuesto se estará a lo establecido en los Arts. 75,76,77, 78 y 98 del Código Municipal.

En caso que al uno de enero no estuviere aprobado el presupuesto de ese año, se aplicará el del año anterior hasta que entre en vigencia el nuevopresupuesto.

Los Fondos asignados por la Municipalidad para un destino específico sólo podrán ser variados con la aprobación del Concejo Municipal.

Art. 27.- Los fondos de la Administración de Cementerios serán depositados en una o varias instituciones bancarias salvadoreñas, segúnlineamientos de la Junta Directiva, garantizando el cumplimiento de las normas de control interno.

Art. 28.- La Administración de Cementerios contará con un instructivo para el manejo de fondos, el cual será de acatamiento obligatorio

Art. 29.- Son obligaciones a cargo de la Administración de Cementerios, las legalmente contraídas por ella, derivadas de sus operaciones.

Art. 30.- La Administración de Cementerios, no podrá contraer obligaciones con instituciones nacionales o internacionales que no esténcontempladas en su presupuesto.

Art. 31.- El patrimonio de la Administración de Cementerios lo componen:

1. Los bienes muebles e inmuebles que a cualquier título obtenga.

2. El diferencial de ingresos y egresos provenientes de sus operaciones, que se reflejarán en sus estados financieros.

3. Los derechos y acciones que a cualquier título haya obtenido u obtuviere.

Art. 32.- Las Fuentes de ingresos de la Administración de Cementerios serán:

a) Los Fondos que le asigne la Municipalidad.

b) Las contribuciones que a su favor impusiere la Municipalidad.

c) Las donaciones nacionales o internacionales que obtenga.

d) Los subsidios que el gobierno central o la empresa privada le hagan.

e) El producto de cualquiera de los empréstitos y demás operaciones de crédito que obtenga.

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

f) Los ingresos que obtenga en concepto de tasas de conformidad a la Ordenanza Reguladora de las Tasas por servicios Municipales delMunicipio de San Salvador, y los provenientes de cualquier otra Ordenanza.

g) La venta de sus productos y servicios.

CAPITULO VIII

RECURSOS

Art. 33.- De toda resolución del Director Ejecutivo se admitirá recurso de apelación para ante la Junta Directiva, dentro de los tres días siguientesa la notificación de que se trate:

Interpuesto el recurso de apelación, el Director Ejecutivo lo admitirá y dará cuenta a la Junta Directiva en su próxima sesión, la que designará al Síndicopara que lleve la sustanciación del recurso y lo devuelva oportunamente.

Recibido el recurso por la Junta Directiva, si ésta lo estimaré procedente, se notificará al apelante y se abrirá a pruebas por el término de cuatro días, casocontrario se notificará al apelante de la improcedencia de su Recurso.

Transcurrido el término de pruebas el Síndico devolverá el expediente a la Junta Directiva para que resuelva. La Junta Directiva deberá resolverdefinitivamente en la siguiente sesión a su recibo.

CAPITULO IX

CONTROL Y FISCALIZACION

Art. 34.- La Administración de Cementerios deberá rendir al Concejo Municipal de San Salvador un informe anual circunstanciado y documentadode la ejecución presupuestaria y del desarrollo de sus labores, dentro de los sesenta días siguientes a la finalización del ejercicio o cuando sea requerido.

Art.- 35.- La Corte de Cuentas de la República ejercerá la vigilancia, fiscalización y control a posteriori sobre la ejecución del presupuesto de laAdministración de Cementerios, para lo cual se aplicarán las normas sobre la materia.

Art. 36.- En todo lo referente a recaudación, custodia y erogación de fondos la Administración de Cementerios se arreglará a lo dispuesto en elCódigo Municipal y demás leyes aplicables.

Art. 37 -La Administración de Cementerios estará obligada a llevar contabilidad organizada, de acuerdo con los principios y normas de contabilidadgubernamental y con un sistema contable manual o automatizado, autorizado de acuerdo a la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado.

Art. 38- La Administración de Cementerios estará sujeta a las normas de control de la Auditoría Interna de la Municipalidad y también estará sujetaa la misma Auditoría Externa que audite a la Municipalidad.

La Administración de Cementerios pagará los honorarios que correspondan a la auditoría externa, si ésta tuviese la capacidad para hacerlo.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 39.- En todo lo no previsto se estará a lo dispuesto en las leyes, ordenanzas y reglamentos que fueren aplicables.

Art. 40- Deróganse los Estatutos de la Entidad Descentralizada con Autonomía denominada Administración General de Cementerios del Municipiode San Salvador, emitidos mediante Decreto numero veintidós tomado mediante Acuerdo número nueve punto cuatro de Sesión Ordinaria de fecha veintede noviembre de dos mil uno, publicado en el Diario Oficial número cuatro, Tomo trescientos cincuenta y cuatro, de fecha ocho de enero de dos mil dos.

Art. 41 - El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil tres.

Dr. HECTOR RICARDO SILVA ARGUELLO,

ALCALDE MUNICIPAL.

Licda. NORMA FIDELIA GUEVARA DE RAMIRIOS,

SINDICO MUNICIPAL INTERINA.

Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 14567)

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ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR

DECRETO NUMERO DOCE:

El Concejo Municipal de San Salvador,

CONSIDERANDO:

I- Que existe una creciente preocupación de parte de este Concejo, por los problemas provocados por la contaminación sónica en el Municipio,ya que está ampliamente demostrado que a partir de determinados niveles, el ruido puede constituir una seria amenaza a la salud, un obstáculoal desarrollo económico y social y una vulneración a los derechos fundamentales de la persona.

II- Que según registros estadísticos elaborados por esta Alcaldía, basados en múltiples quejas y denuncias de la ciudadanía relativas a la emisiónde ruidos estridentes en el municipio, este Concejo estima que dicha situación requiere de una decidida intervención de su parte, con el objetode prevenirla, y de ser posible, contribuir a su solución.

III- Que mediante Acuerdo Municipal No. 49 de fecha 17 de septiembre de 1999, publicado en el Diario Oficial No. 7, Tomo 346, de fecha 11de enero del año 2000, se emitió la Ordenanza Contravencional del Municipio de San Salvador, en cuyo Art. 18 se establecen sanciones paralas personas que incumplieren las regulaciones referidas al control de ruidos; pero que ante la ausencia de disposiciones específicas sobrela medición técnica y científica de dicho contaminante, se hace necesario dictar una normativa especial para medir y controlar el mismo, aefecto de garantizar la tranquilidad ciudadana y el armónico vivir de los habitantes y visitantes del municipio.

POR TANTO:

Este Concejo, en uso de las facultades que le confiere la Constitución de la República en sus artículos 14, 65, 117 Inc. 2°, 202, 203, 204 No. 5 y 246.Así como el Código Municipal en los artículos 1,3 Numeral 5, 4 Numerales 4, 5, 6, 8, 12, 14, 22 y 23; y Arts. 13, 32 y 35,

DECRETA, la siguiente:

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONTAMINACION AMBIENTAL

POR LA EMISION DE RUIDOS EN EL MUNICIPIO DE SAN SALVADOR

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO UNICO

Art. 1 Objeto y ámbito de aplicación

La presente ordenanza tiene por objeto ampliar y desarrollar el artículo 18 de la Ordenanza Contravencional del Municipio de San Salvador, a efectode prevenir y regular con mayor acierto la contaminación ambiental en el municipio, debido a la emisión de ruidos provenientes de cualquier fuente fijao móvil en situación estacionaria, que constituya riesgo para la salud de sus habitantes, motivo de desarmonía social o causa de intranquilidad ciudadana.

Las disposiciones de esta ordenanza se aplican a toda clase de construcciones y demoliciones; así como a todo tipo de instalaciones industriales,comerciales, religiosas, recreativas, musicales, de espectáculos o servicios; y a la operación de cualquier aparato o comportamiento capaz de producirruido, que pueda ocasionar molestias o riesgos para la salud de los habitantes del municipio, cualquiera que sea su titular, promotor o responsable y lugarpúblico o privado, abierto o cerrado en el que se encuentre situado.

Art. 2 Autoridades Competentes

Compete a la Alcaldía garantizar la tranquilidad y la armonía social del municipio, ello implica señalar limitaciones a la emisión de ruido contaminante,exigir la adopción de las medidas correctivas requeridas, ordenar cuantas inspecciones sean necesarias e imponer las correspondientes sanciones en casode incumplimiento de sus disposiciones.

En particular, son autoridades competentes para los efectos de esta ordenanza:

1) El Concejo Municipal de San Salvador;

2) El Alcalde Municipal y sus delegados;

3) El Delegado Municipal Contravencional; y,

4) El Director y Agentes del Cuerpo de Agentes Metropolitanos.

Para el ejercicio de sus respectivas funciones, las autoridades arriba mencionadas estarán a lo dispuesto en la presente ordenanza, así como a lo establecidoen la Ordenanza Contravencional de este municipio.

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Art. 3 Aplicación a las personas

Esta ordenanza se aplicará con igualdad a todas las personas naturales que al momento de cometer la infracción tuvieren más de dieciocho años de edad;así mismo, se aplicará a las personas jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, que cometieren cualquiera de las infracciones señaladasen su texto.

Cuando los infractores fueren menores de edad, la multa será pagada por sus padres o sus representantes legales, o por la persona que sin ser surepresentante, lo tenga bajo su cuidado.

Sin perjuicio de lo anterior, cuando la infracción fuere cometida por un menor entre catorce y dieciocho años, y ésta fuere por primera vez, la sanciónserá una amonestación verbal de parte del Delegado Municipal Contravencional; debiendo además dicho menor, asistir a una charla especial sobre lacontaminación acústica y sus consecuencias negativas para la salud y la tranquilidad ciudadana.

Si el menor insistiere en contaminar el ambiente circundante en forma reiterada y la sanción de multa no contribuyere a impedir dicha conducta antisocial,se informará a las autoridades competentes con jurisdicción en materia de menores para los efectos legales consiguientes.

Art. 4 Presunción de inocencia

Toda persona a quien se le atribuyere la autoría de cualquiera de las infracciones establecidas en esta ordenanza, se presumirá inocente durante todo elprocedimiento de investigación hasta que la resolución condenatoria quede firme, si tal fuese el caso.

Art. 5 Horario diferenciado de aplicación

Para la aplicación de esta ordenanza se establece un horario diferenciado: Diurno y Nocturno. El horario diurno está referido al período comprendidoentre las 06.01 y las 22.00 horas, mientras que el nocturno se refiere al período comprendido entre las 22.01 horas y las 06.00 horas de la mañana.

Art. 6 Niveles Máximos Permisibles NMP de ruidos

Con el objeto de prevenir y controlar la contaminación ambiental originada por la emisión de ruidos en el municipio de San Salvador, y según calificaciónde lugar otorgada por la Oficina de Planificación del Area Metropolitana de San Salvador -OPAMSS- los Niveles Máximos Permisibles (NMP) de ruidosprovenientes de fuentes fijas y fuentes móviles en situación estacionaria, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, serán los siguientes.

ZONA HORARIO NMP dB (A)

Habitacional, hospitalaria, 06:01 - 22:00 hrs. 55

educativa e institucional 22:01 - 06:00 hrs 45

Industrial y comercial 06:01 - 2200 hrs 75

22:01 - 06:00 hrs 70

Todo ruido que sobrepase los niveles máximos arriba señalados, para los efectos de esta ordenanza se considera ruido contaminante, sujeto a sanciónde conformidad a lo establecido en el Título IV, Capítulo II, de esta ordenanza.

La determinación de las zonas arriba mencionadas depende del uso prioritario del suelo y su equipamiento en un área geográfica determinada; pudiendo,a juicio de la OPAMSS, calificarse como zonas mixtas aquellas en las cuales el uso del suelo sea combinado. En tales casos, los NMP de ruidos seránfijados entre ambos parámetros, tomando en cuenta el predominio de la zona de que se trate:

Art. 7 Regulación especial para eventos de carácter eventual

Sin perjuicio de lo prescrito en el artículo que antecede, el horario de restricción para la emisión de ruidos y sus niveles máximos permisibles NMP, podráser modificado por Acuerdo del Concejo en razón de actividades de interés público, como fiestas patronales del municipio, y celebraciones navideñas.

Para la celebración de ferias y carnavales en barrios y colonias, o cualquier otra actividad social y comunitaria de carácter extraordinario, que a juiciode las autoridades competentes así lo amerite, se requerirá de un permiso especial solicitado por la junta directiva de la asociación comunal del lugardonde se llevará a cabo la actividad, si la hubiere; caso contrario, la solicitud deberá ser firmada por 25 vecinos inmediatos, por lo menos.

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TITULO II

DE LAS FUENTES EMISORAS DE RUIDOS

CAPITULO I

FUENTES FIJAS EMISORAS DE RUIDOS

Art. 8 Permiso para usar aparatos ruidosos en espacio público

No se permite el uso de aparatos reproductores o amplificadores de sonido en plazas, parques, calles, pasajes, aceras y zonas verdes, o cualquier otroespacio público dentro del municipio.

Sin perjuicio de lo anterior, las personas naturales, organizaciones e instituciones que en forma permanente o eventual, efectúen actividades ya sea deíndole laboral, promocional, conmemorativa, pastoral o festiva y para ello requieran del uso de parlantes, equipo de sonido o cualquier otro aparato similarque pueda devenir en ruido hacia el espacio público, deberán solicitar un permiso a la Alcaldía, previo a la realización de la actividad en cuestión.

El solicitante deberá sujetarse a las regulaciones de esta ordenanza y a las particulares que en dicho permiso se establezcan. El permiso deberá solicitarseaunque la actividad a realizar sea por única vez.

Art. 9 Lugares y establecimientos potencialmente ruidosos

Para los efectos de la presente ordenanza, se consideran lugares potencialmente ruidosos las fabricas, talleres, construcciones, centros y establecimientoscomerciales e industriales de todo tipo, iglesias de cualquier denominación, centros de culto u oración, centros de diversión y entretenimiento, terminalesde buses y microbuses, ferias, circos, estadios y otros lugares similares de concentración pública; los que además definimos como fuentes fijas.

Los lugares arriba mencionados estarán sujetos, en materia de emisión de ruidos, a las mismas regulaciones establecidas en la presente ordenanza, noobstante la diversidad de actividades que realizan. Por tanto, si a la vigencia de esta ordenanza dichos lugares sobrepasan los niveles máximos establecidosen el Art. 6, deberán efectuar voluntariamente el acondicionamiento acústico que fuere necesario a efecto de estar a derecho, o efectuarlo de conformidadal Plan de Cumplimiento ofrecido a la Alcaldía, en caso de existir denuncia comprobada de contaminación acústica, so pena de sanción según loestablecido en el Titulo IV, Capítulo II de esta ordenanza.

Si dicho acondicionamiento acústico ya no fuese posible, como en el caso de Estadios u otros lugares abiertos de asistencia masiva, cuya dificultad técnicao costo fuese exorbitante, el correspondiente Plan de Cumplimiento deberá señalar las medidas a adoptar con el objeto de atenuar las molestias causadasa los vecinos inmediatos o circundantes, tales como limitar la frecuencia de actividades ruidosas o regular el horario para la realización de las mismas.

Art. 10 Acondicionamiento acústico de locales comerciales

Para la obtención del Permiso de funcionamiento de parte de bares, discotecas, restaurantes y otros establecimientos comerciales similares, donde sepretenda ofrecer música o espectáculos musicales o artísticos, ya sea por medios electrónicos, conjuntos en vivo, mariachis, tríos y otros similares; asícomo cualquier otra actividad susceptible de crear molestias por la emisión de ruidos, deberán, antes de iniciar operaciones solicitar la calificación delugar de parte de la OPAMSS.

Obtenida la calificación de lugar, el interesado deberá realizar el acondicionamiento acústico respectivo con el objeto de no sobrepasar los nivelesmáximos permisibles NMP establecidos por esta Ordenanza. Dicho acondicionamiento estará sujeto a inspección municipal con el objeto de comprobarla efectividad del mismo, previo al inicio de operaciones. Lo anterior sin perjuicio de cualquier otro requisito, permiso o licencia exigida a dichos lugarespara su legal funcionamiento.

Aquellos lugares que a la vigencia de esta ordenanza ya se encontraren operando y deseen entretener a su clientela con actividades musicales o artísticas,según lo dicho en el inciso primero de este artículo, deberán igualmente, solicitar un permiso expreso para ello, o renovar el ya concedido. Elincumplimiento a lo aquí dispuesto, o a las condiciones establecidas en el referido permiso, será sancionado con multa de mil a diez mil colones.

Art. 11 Informe sobre el acondicionamiento acústico de locales

Todo propietario de un establecimiento de servicios y entretenimiento como los mencionados en el artículo anterior, deberá presentar un informe dondese justifiquen las medidas de acondicionamiento acústico previstas para que la emisión y transmisión de los ruidos generados por las distintas fuentes,no sobrepasen los niveles máximos permisibles NMP establecidos en esta Ordenanza.

Dicho informe deberá contener la información siguiente:

* Descripción del tipo de actividad (comercial, musical, etc.) a realizar.

* Fecha y horario previsto para su realización.

* Identificación de las fuentes emisoras, con estimación de los dB de emisión a 3 mts.

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

* Descripción del aislamiento acústico a realizar especificando el nivel de atenuación o reducción bruta que se logrará, expresada en dBs (A).Así como de los materiales de absorción de sonido a utilizar, con sus Coeficientes de Reducción de Ruidos (NRC) y los materialesbloqueadores de sonido con sus respectivos niveles de Clasificación de Transmisión de Sonidos (STC).

* En caso que los niveles de ruido existentes se vean sensiblemente incrementados por efectos de la vibración, de tal manera que ésta sea unasituación crítica en el acondicionamiento acústico a realizar, será necesario que se describa también el tipo de amortiguadores o aisladoresde vibración que se utilizarán.

* El acondicionamiento acústico deberá incluir sus correspondientes mediciones en espectros de bandas de frecuencia o hertz.

* Plano de ubicación de la actividad en función de la zonificación, locales colindantes y viviendas.

* Plano de ubicación de los focos de emisión de ruidos o focos sonoros.

* Planos donde se detallen las medidas de acondicionamiento acústico previstas.

Como se establece en el artículo anterior, el informe rendido por los establecimientos aquí regulados, será comprobado mediante inspección in situ.

Art. 12 Permiso para entretener con música o espectáculos musicales

La solicitud de permiso a que hace referencia el Art. 10, deberá presentarse en la oficina del Distrito Poblacional que corresponda, con atención a la Unidadde Medioambiente de la Alcaldía. En la misma se consignará el nombre de la persona natural o jurídica propietaria del establecimiento, el nombrecomercial del negocio y su lugar de ubicación, su naturaleza o giro comercial, así como la clase de música o actividad artística que se desarrollará,detallando su correspondiente horario.

A la solicitud de permiso arriba relacionada, deberá anexarse la solvencia municipal del propietario del negocio, tal como se establece en la OrdenanzaReguladora de las Tasas de este municipio. La Alcaldía podrá requerir del solicitante, cualquier otra información o documentación adicional que estimeconveniente para mejor proveer.

Aquellos locales que se encuentren debidamente hermetizados, a efecto de impedir, la salida de ruido contaminante al medio ambiente exterior, peroque en su interior no obstante, se superen los niveles máximos permisibles NMP, deberán colocar un aviso en lugar visible al público que diga: “LOSNIVELES SONOROS EN EL INTERIOR DE ESTE LOCAL PUEDEN PRODUCIR LESIONES PERMANENTES EN EL OIDO”

Art. 13 Contaminación por aparatos de aire acondicionado y otros

Los equipos de aire acondicionado, ventilación o refrigeración, como extractores, unidades condensadoras y evaporadoras, compresores, bombas,ventiladores, torres de refrigeración y otras similares, no deberán emitir hacia el interior de los edificios en que se encuentren instalados, ni hacia loscontiguos o próximos, ruidos que superen los niveles máximos permisibles NMP establecidos en esta Ordenanza.

Art. 14 Sobre el funcionamiento de los sistemas de alarmas

Atendiendo a las características del sonido emitido, únicamente se permite instalar alarmas que generen un solo tono o dos alternativas constantes. Quedanexpresamente prohibidas las alarmas en las que la frecuencia se pueda variar de forma controlada. Igualmente, sé prohíbe hacer funcionar, excepto porcausas justificadas, cualquier sistema de aviso, alarma o señalización acústica de emergencia.

Los sistemas de alarma deberán estar en todo momento en perfecto estado de ajuste y funcionamiento, con el fin de impedir que se activen por causasno justificadas o distintas de las que motivaron la instalación. No obstante, se autorizarán pruebas y ensayos de aparatos de alarma y emergencia, queserán de dos tipos:

a) Excepcionales: son las que deben realizarse inmediatamente después de su instalación para comprobar su correcto funcionamiento. Podránefectuarse entre las 10:00 y las 19:00 horas.

b) Rutinarias: son las de comprobación periódica de funcionamiento y sólo podrán realizarse una vez al mes y en un intervalo máximo de 5minutos dentro del horario anteriormente indicado.

CAPITULO II

DE LAS FUENTES MOVILES EN SITUACION ESTACIONARIA

Art. 15 Competencia municipal en fuentes móviles

Las fuentes móviles en situación estacionaria o que no se encuentren actualmente en circulación sobre la vía publica, y produzcan ruido contaminantede conformidad a los niveles establecidos en el Art. 6, están sujetas a las sanciones establecidas en esta ordenanza, si dichos ruidos se emiten en razónde:

1. El funcionamiento de radios, tocacintas, tocadiscos u otros aparatos similares, reproductores de sonido y sus correspondientes amplificadoresy bocinas o parlantes.

2. Mantener el motor funcionando para su calentamiento, tanto de vehículos particulares como del transporte colectivo; o por acelerar los mismosen calles o parqueos de zonas habitacionales o terminales y metas de buses o microbuses, estén o no autorizados por las autoridadescompetentes.

3. Usar bocinas, pitos o cualquier otro dispositivo sonoro similar, con el único fin de advertir presencia o llamar la atención; así como operaro desatender alarmas, sirenas u otros accesorios del vehículo con similares características, en especial durante el horario nocturno.

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

TITULO III

DEL LUGAR DONDE SE GENERA EL RUIDO

CAPITULO I

DE LOS RUIDOS EN ESPACIO PUBLICO

Art. 16 Ruidos en la vía pública

La emisión de ruidos en la vía pública y en cualquier otro espacio de uso público como plazas, parques, zonas verdes, parqueos o estacionamientos ycentros comerciales, está sujeta a las mismas restricciones establecidas en el Art. 6. Por tanto, no se permite accionar aparatos de radio y televisión,tocadiscos o instrumentos musicales, así como tampoco emitir mensajes religiosos, políticos o publicitarios, ni llevar a cabo actividad análoga a lasmencionadas cuando el volumen del sonido o música que se emita, supere los niveles máximos permisibles (NMP).

Art. 17 Trabajos ruidosos

en la vía pública

Los trabajos temporales, como las obras de construcción privada, no podrán realizarse durante el horario nocturno si las mismas producen ruidocontaminante al interior de propiedades privadas circundantes. Se exceptúan de tal prohibición las obras urgentes por razones de necesidad o peligro,o aquellas que por sus inconvenientes no pueden realizarse de día. El trabajo nocturno a que se refiere este artículo deberá ser expresamente autorizadopor la municipalidad.

Art. 18 Actividades de carga y descarga de materiales

Excepto en zonas comercial e industrial, durante el horario nocturno no se permite llevar a cabo actividades de carga y descarga de mercancías,manipulación de cajas, contenedores, materiales de construcción y objetos similares que produzcan ruido en la vía pública. Se exceptúan las operacionesde reparto de víveres y de recolección de basura por parte de la Alcaldía o compañías autorizadas por ésta. Tales actividades no obstante, deberán realizarsecon el máximo cuidado a fin de minimizar las molestias y reducirlas a las estrictamente necesarias, aún durante el horario diurno.

Así mismo, durante el horario diurno, el personal de los vehículos de reparto deberá cargar y descargar las mercancías o cualquier otro objeto, sin producirimpactos sobre el piso del vehículo o del pavimento, debiendo evitar igualmente, la generación de ruido contaminante por el desplazamiento de la cargadurante el recorrido a su lugar de destino.

Art. 19 Del Comercio en la vía pública y en mercados

En las ventas estacionarias, tanto en la vía pública como dentro del sistema de mercados municipales, no se permite el uso de altoparlantes, amplificadoreso bocinas para atraer compradores o para promocionar productos o servicios, alterando con ello la tranquilidad del vecindario y/o perturbando a lostranseúntes.

A los negocios del comercio formal, cualquiera que sea su giro comercial, no les está permitido desarrollar actividades musicales o promocionar productoso servicios, mediante aparatos reproductores o amplificadores de sonido dirigidos hacia el espacio público exterior.

Art. 20 Desordenes nocturnos en la vía pública

Durante el horario nocturno, se prohíbe emitir ruidos en la vía pública y otros espacios de uso público como parques, plazas y zonas verdes de la comunidadque superen los NMP. Por tanto, las pláticas o conversaciones en altas voces, así como cualquier practica musical o deportiva, o la generación dedesordenes de cualquier naturaleza que perturben el reposo y la tranquilidad del vecindario por la emisión de ruido contaminante, constituyen infraccionessancionadas según se establece en el Título IV, Capítulo II de esta ordenanza.

Art. 21 Ruido emitido desde el espacio aéreo municipal

Para la emisión de mensajes comerciales, religiosos, políticos, musicales o festivos, desde aeronaves de cualquier naturaleza sobrevolando el espacioaéreo del municipio, se requerirá de un permiso especial de parte de la Alcaldía con el objeto de garantizar que los mismos no sobrepasen los NMP. Dichopermiso deberá ser solicitado con ocho días de anticipación, por lo menos, a la realización de la actividad de que se trate.

Dicha solicitud deberá contener el nombre de la persona natural o jurídica responsable de la emisión del mensaje, la naturaleza del mismo según listadoanterior y su duración; así como el horario preciso dentro del cual se desarrollará la actividad en su conjunto. Durante el horario nocturno no se permitela emisión de ningún tipo de mensaje desde el espacio aéreo municipal.

Se exceptúa de lo prescrito anteriormente, las orientaciones provenientes de autoridad competente, emitida con el objeto de prevenir a la población encaso de desastres, campañas de salubridad o cualquier otra situación de emergencia, peligro o calamidad pública.

Art. 22 Zonas de silencio o restricción acústica

La Alcaldía, de oficio o a petición de parte interesada, podrán señalar zonas de restricción a la emisión de ruidos, de forma temporal o permanente, en áreas

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.circundantes a centros hospitalarios, docentes o de residencia colectiva como asilo de ancianos y dormitorios públicos.

Así mismo, por razones de salud pública municipal y tranquilidad ciudadana, la Alcaldía podrá declarar en forma permanente o temporal, zonasde saturación acústica en aquellos lugares dentro del municipio, cuyos límites de ruido o presión sonora superan los niveles máximos permisibles NMPestablecidos en esta ordenanza.

CAPITULO IIDE LOS RUIDOS EN ESPACIO PRIVADO

Art. 23.- Ruidos en lugares de habitaciónEl ruido producido en apartamentos y casas de habitación o residencia, proveniente de actividades normales de la vida doméstica no es objeto de

sanción por parte de esta ordenanza. Sin embargo, la reiterada realización de actividades ruidosas que molesten a los vecinos por superar los NMP nose consideran domésticas, y en tal caso, El Delegado Municipal Contravencional, probados los hechos motivo de la queja o denuncia, aplicará la sanciónque corresponda.

De conformidad con lo anterior, los propietarios o usuarios bajo cualquier título de aparatos de radio y televisión, grabadoras, tocadiscos,amplificadores, instrumentos musicales o acústicos o cualquier otro aparato que produzca o reproduzca sonido dentro del lugar de habitación o residencia,deberán ajustar su volumen de forma tal que no perturbe a sus vecinos inmediatos por sobrepasar los Niveles Máximos Permisibles NMP establecidosen esta ordenanza.

Para los efectos de esta ordenanza, los lugares de habitación o residencia no serán objeto de inspección, salvo que existan elementos de juiciosuficientes que hagan suponer, dado el nivel ruido generado, que a dichos lugares se les está dando un uso distinto o simulado al de habitación.

Art. 24.- De las fiestas y ensayos musicalesPara la celebración de toda actividad de diversión susceptible de generar molestias por la emisión de ruido contaminante, deberán tomarse las

medidas preventivas a efecto de no superar los NMP. Dentro de tales medidas se encuentran el realizar dichas actividades con las puertas y ventanascerradas u otras medidas semejantes si fuere necesario, a efecto de que el ruido no trascienda de su ámbito privado.

Los ensayos o reuniones para prácticas musicales, instrumentales o vocales, así como los bailes, danzas y fiestas privadas, tendrán las mismaslimitaciones expresadas en el inciso anterior.

Art. 25.- Del funcionamiento de helipuertos privadosEl funcionamiento de helipuertos privados dentro del municipio estará sujeto a las mismas restricciones establecidas en el Art. 6; y para su

construcción y funcionamiento deberá solicitarse previamente la calificación de lugar a OPAMSS, a efecto de garantizar que el despegue y arribo dehelicópteros o aeronaves ruidosas similares no sean motivo de intranquilidad ciudadana por superar los niveles máximos permisibles NMP de ruidos.

Art. 26.- Ruidos en horas de descanso nocturnoEn especial durante el horario nocturno, no se permite superar los NMP por gritar o vociferar en forma desmedida, cantar o usar un tono

excesivamente alto de la voz para comunicarse, perturbando o molestando con ello a vecinos inmediatos o circundantes.

Así mismo, durante el mismo período, deberá tenerse especial cuidado de no superar los niveles máximos permisibles NMP, debido a la instalacióny uso de aparatos domésticos ruidosos u otros aparatos o maquinaria similar, que pueda perturbar el sueño y el descanso de vecinos inmediatos.

Igualmente, es de prevenir la emisión de cualquier otro ruido contaminante dentro de la residencia o lugar de habitación, generado por reparacionesmanuales o mecánicas de carácter doméstico, reubicación de muebles, limpieza de casa, mudanza u otras causas similares en violación a lo establecidoen el Art. 6, y que puedan evitarse observando una conducta cívica normal.

Art. 27.- Ruidos emitidos por animales domésticosLa tenencia de animales domésticos, como perros y aves o cualquier otra especie de mascota, obliga a sus propietarios a la adopción responsable

de medidas preventivas adecuadas, a efecto de evitar que dichos animales perturben el descanso y la tranquilidad de los vecinos inmediatos con susladridos, sonidos, gritos o cantos, por rebasar los niveles máximos permisibles NMP establecidos en esta ordenanza.

Entre las medidas preventivas a que hace referencia el inciso anterior, se encuentran el no dejarlos abandonados durante largos períodos o no dejarlosdesatendidos en patios, terrazas y balcones durante el horario nocturno. Así como la prevención en el uso de bozal para los perros latosos.

TITULO IVDE LOS PROCEDIMIENTOS DE PREVENCION Y SANCION

CAPITULO IDEL PROCEDIMIENTO DE MEDICION DE RUIDOS

Art. 28.- Inspección a la fuente emisora y medición del ruidoPara investigar las infracciones a la presente ordenanza, un equipo técnico debidamente capacitado del Cuerpo de Agentes Metropolitanos CAM,

deberá realizar la inspección correspondiente, para lo cual utilizará Sonómetros de precisión previamente calibrados, con filtro de ponderación “A”.

La evaluación se hará siguiendo los procedimientos establecidos en el “Manual de Aplicación” de esta ordenanza y en las normas internacionalesaceptadas para tal fin, en el sitio mismo donde la fuente, instrumento o dispositivo generador de ruido sea capaz de provocar molestias.

Art. 29.- Obligación de facilitar ingreso a personal técnicoA excepción de los lugares de habitación o residencia privada, los propietarios, poseedores o encargados de las fuentes generadoras de ruidos,

deberán facilitar a los agentes del CAM y personal técnico municipal, el acceso a sus instalaciones o focos generadores de ruido y dispondrán sufuncionamiento a las distintas velocidades, cargas, marchas o volumen que les indiquen dichos técnicos; pudiendo presenciar el proceso operativo, sininterrumpirlo ni dificultarlo.

Igual obligación tendrán los propietarios o encargados de los predios aledaños o circundantes en permitir el ingreso de los agentes y técnicos arribamencionados, quienes debidamente identificados deberán permanecer el tiempo estrictamente necesario para llevar a cabo la inspección y las medicionesacústicas pertinentes.

Art. 30.- Obligación de rendir información requeridaLos propietarios o encargados de toda fuente emisora de ruido contaminante, deberán proporcionar a las autoridades competentes de la

municipalidad y a sus delegados, la información que se les requiera respecto a la emisión de dicho contaminante, de acuerdo con las disposiciones dela presente ordenanza.

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Art. 31.- Procedimientos de mediciónLa obtención del Nivel de Presión Sonora Corregido, (NPC) se efectuará de acuerdo a lo dispuesto en el Manual de Aplicación y de conformidad

al siguiente procedimiento:a. Las mediciones se efectuarán con un sonómetro integrador Clase 0 ó 1 debidamente calibrado.b. Se utilizará el filtro de ponderación A y la respuesta lenta del instrumento de medición.c. Los resultados de las mediciones se expresarán en dB(A) Lento y se evaluará la exposición al ruido según el concepto de nivel de presión

sonora corregido (NPC).d. Las mediciones deberán ser acompañadas de un informe técnico, el que deberá contener, al menos, lo siguiente:

. Fecha y hora de la medición,

. Identificación del titular de la fuente,

. Identificación del receptor (afectado).

. Ubicación de la Fuente Emisora.

. Tipo de Medición

. Tipo de Ruido

. Croquis del lugar en donde se realiza la medición. Debiendo señalarse las distancias entre los puntos de medición y entre éstos y otrassuperficies,

. Identificación de otras fuentes emisoras de ruido que se incluyan en la medición. Debiendo especificarse su origen y características,

. Valores de ruido de fondo obtenidos, en el evento que sea necesario,

. Valores NPC obtenidos para la fuente fija emisora de ruido y los procedimientos de corrección empleados.

. Identificación del instrumento utilizado y su calibración, incluyendo marca, modelo, número de serie, clase, etc.

. Observaciones si las hubiere.

. Nombre y firma de la persona que realizó las mediciones.

Toda la información anteriormente detallada deberá vaciarse en una Hoja de Control de Medición de Ruido, que corre agregada al Manual deAplicación.

Art. 32.- Condiciones de mediciónLas mediciones para determinar el nivel de presión sonora corregido (NPC) de los distintos tipos de ruido definidos en el artículo siguiente, se

efectuarán en el lugar, momento y condición de mayor molestia, de acuerdo a las siguientes indicaciones:

Mediciones Externas:Los puntos de medición se ubicarán entre 1,2 ó 1.5 metros sobre el suelo y en caso de ser posible a una distancia de 3 metros de las paredes,

construcciones u otras estructuras reflectantes.

Se efectuarán como mínimo cinco mediciones en tres puntos separados entre sí como mínimo en aproximadamente 0.5 metros anotando en cadacaso el nivel sonoro equivalente Leq de un período de 30 segundos y de ellas se obtendrá el promedio Leq.

Las mediciones se realizarán a 3 mts. de distancia de las paredes o límites de la propiedad en donde se encuentre la fuente emisora de ruido. Encaso de una fuente aislada de ruido y claramente identificada de las demás que puedan existir en el entorno, se procederá a medir a 3 mts. de la paredo límite de la propiedad del receptor más cercano a dicha fuente.

Deberán descartarse aquellas mediciones que incluyan ruidos ocasionales.

Mediciones Internas:Las mediciones se harán en las condiciones habituales de uso de las instalaciones o habitación.

Los puntos de medición se ubicarán a 1.5 mts. sobre el piso, en caso de ser posible, a 1.0 metros o más de las paredes, y aproximadamente a 1,5metros de las ventanas.

Se efectuarán como mínimo cinco mediciones en tres puntos separados entre sí como mínimo en aproximadamente 0.5 metros, anotando en cadacaso el nivel sonoro equivalente Leq de un período de 30 segs. y de ellas se obtendrá el promedio Leq.

Deberán descartarse aquellas mediciones que incluyan ruidos ocasionales.

Art. 33.- Tipos de ruido a medir

La técnica de evaluación dependerá del tipo de ruido del cual se trate, ya sea:

RUIDO ESTABLEEn el caso que el ruido estable mantenga su fluctuación en torno a un solo nivel de presión sonora durante la jornada diaria de funcionamiento de

la fuente, se realizará una medición de NPSeq de 30 segs. para cada uno de los puntos de medición.

RUIDO FLUCTUANTEPara cada uno de los puntos de medición ser realizarán cinco mediciones de NPSeq de 1 minuto, y se calculará el promedio aritmético de los cinco

valores de NPSeq obtenidos. Se calculará a su vez la diferencia aritmética entre el mayor y menor de los cinco valores de NPSeq obtenidos, y esa diferenciase dividirá por 5.

RUIDO IMPREVISTOPara cada uno de los puntos de medición se realizarán tres mediciones, de un minuto cada una, a fin de obtener el NPSeq de 1 minuto y el NPSmax.

correspondiente al minuto de medición.

Para cada medición realizada, se elegirá el mayor valor entre el NPSeq, y el NPSmax, disminuido en 5 dB(A)

Art. 34.- Corrección por ruido de fondoEn el caso que el ruido de fondo afecte significativamente las mediciones, se podrá realizar una corrección a los valores obtenidos de la emisión

de una fuente fija. Para tal efecto, se deberá seguir el siguiente procedimiento.

Se deberá medir el nivel de presión sonora del ruido de fondo bajo las mismas condiciones de medición a través de las cuales se obtuvieron losvalores de la emisión de la fuente fija emisora de ruido. Esta medición se podrá realizar en cualquiera de los tres puntos de medición.

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Para la obtención del nivel de presión sonora de ruido de fondo, se medirá NPSeq en forma continua, hasta que se estabilice la lectura, registrandoel valor de NPSeq cada cinco minutos como máximo. Se entenderá por estabilizada la lectura, cuando la diferencia aritmética entre dos registrosconsecutivos sea menor o igual a 2 dB(A). El nivel a considerar será el ultimo de los niveles registrados. En ningún caso la medición deberá extendersepor más de 30 minutos.

CAPITULO IIIDE LOS PLANES DE CUMPLIMENTO

Art. 35.- Planes de cumplimientoTodo propietario o responsable de una fuente fija emisora de ruido, que a la fecha de vigencia de esta ordenanza exceda los niveles máximos

permisibles (NMP), podrá proponer a la Alcaldía un Plan de Cumplimiento donde indique cuales serán las técnicas de control que se tomarán para estaracorde con lo establecido en el Art. 6 de esta Ordenanza. Este plan de cumplimiento incluirá el tiempo que tomará para implantar dichas medidas, el cualno deberá superar el plazo máximo de seis meses establecido en el Art. 46.

La Alcaldía Municipal utilizando criterios técnicos especialmente diseñados otorgará el tiempo suficiente para que se instalen los controles deemisión de ruido que sean necesarios.

Art. 36.- Solicitud de plan de cumplimientoToda solicitud para aprobación del Plan de Cumplimiento deberá estar firmada por el propietario o encargado de la fuente emisora de ruido, en

donde especifique el tipo de estudio acústico que se ha realizado para determinar les medidas de control de ruido que se aplicarán.

Toda solicitud de Plan de Cumplimiento deberá ser dirigida al Jefe de la Unidad Ambiental de la Alcaldía de San Salvador.

Art. 37.- Verificación de los planes de cumplimientoA fin de verificar que el propietario de la fuente de emisión de ruido ha cumplido con el Plan de Cumplimiento aprobado, el equipo de Inspectores

Acústicos del CAM deberá realizar una nueva inspección para determinar si se cumple con lo establecido el Art. 6 de esta ordenanza. Los costos de estanueva inspección de verificación correrán por cuenta del propietario o representante de la fuente emisora de ruido, en caso de que las medidas establecidasseñaladas en el Plan de Cumplimiento no fueren satisfactorias.

CAPITULO IIDEL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO

Art. 38.- De la conciliación comunitariaEn los casos de generación de ruidos en espacio privado, tanto el vecino receptor o persona afectada, como el causante de la contaminación, podrán

solicitar previo a la imposición de la sanción que corresponda, una audiencia conciliatoria para ante el Delegado Municipal Contravencional, con el objetode proponer soluciones a la situación que originó la queja o denuncia.

Si dicha audiencia no se llevará a cabo por incomparecencia del causante del ruido, o llegándose a un acuerdo, éste lo incumpliere, se le impondrála multa que corresponda.

Art. 39.- Del procedimiento sancionatorioEl procedimiento para la investigación y sanción de las infracciones a la presente ordenanza, los recursos y su tramitación; así como la ejecución

de las correspondientes sanciones, será el establecido en la Ordenanza Contravencional de este municipio, debiendo por tanto remitirse a dicha normativapara su sustanciación.

Art. 40.- Aviso y denuncia ciudadana sobre ruidosTodo ciudadano que se sienta directamente afectado por la emisión de ruido contaminante, generada por cualquier fuente fija o móvil en situación

estacionaria, puede dar aviso por cualquier medio o hacer la denuncia respectiva por escrito al Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM), para los efectoslegales de investigación e inicio del procedimiento sancionatorio.

Cuando la contaminación acústica fuere sensible, los agentes del CAM están obligados a iniciar de oficio las investigaciones respectivas, a efectode verificar si el ruido emitido supera el máximo permisible de conformidad a lo dispuesto en el Art. 6.

La denuncia deberá dirigirse al Director del Cuerpo de Agentes Metropolitanos - CAM, y contener la información siguiente:I- Nombre y apellido completos del o los denunciantes, así como el correspondiente número del documento de identificación personal;

II- Ubicación de la fuente de contaminación, indicando la calle, el número y el barrio, colonia o urbanización de que se trate, agregando cualquierotra señal para su fácil identificación;

III- La clase o tipo de ruido denunciado, y el horario en que se produce la mayor emisión del mismo; así como el nombre y dirección de otraspersonas que pudieren atestiguar al respecto, si las hubiere;

IV- Dirección exacta de su lugar de residencia u otro lugar donde puede recibir información o notificaciones el o los denunciantes; y número deteléfono si tuvieren;

V- Lugar y fecha de la denuncia.

A petición del o los interesados, la autoridad antes dicha deberá informarle dentro de un plazo no mayor de tres días, sobre el curso de su quejao denuncia.

Art. 41.- Sanciones por infracción a OrdenanzaSalvo sanción específicamente señalada, el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones establecidas en la presente ordenanza, será

sancionado con multa de UN MIL a CINCO MIL COLONES de conformidad a la gravedad de la infracción y a la capacidad económica del infractor.

Art. 42.- Sanciones por reincidenciaEn caso de reincidencia, la multa se fijará en una tercera parte más del máximo estipulado. Si la infracción fuere por tercera vez, además de la multa

antes señalada, se procederá al secuestro del aparato, maquinaria o vehículo generador del ruido.

Si la persona infractora insistiere en generar contaminación sónica en el municipio, se procederá a la clausura del negocio o actividad y cancelaciónde la licencia respectiva en su caso. El objeto o aparato secuestrado se entregará a su legítimo propietario o poseedor una vez cancelada la multacorrespondiente.

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

TITULO VDISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

CAPITULO UNICOArt. 43 Manual de Aplicación sobre medición de ruidosEl Concejo Municipal aprobará, juntamente con la presente ordenanza, un Manual de Aplicación sobre la medición técnica de ruidos. Dicho Manual

se considera incorporado al texto de esta ordenanza y ambos documentos entrarán en vigencia el mismo día.

Art. 44.- Medidas de orientación y educaciónA partir de la vigencia de la presente ordenanza, se establece un Período de Prevención de tres meses, durante el cual a los infractores se les impondrá

únicamente Esquelas Preventivas sin hacer efectiva la correspondiente sanción de multa; sin embargo, si dentro del año siguiente a la imposición de dichaesquela, la persona cometiere la misma infracción, será sancionado como reincidente.

El Concejo Municipal deberá instruir a los Directores de Distrito, así como a todos los jefes de sus unidades y dependencias, sobre el espíritu ycontenido de esta normativa y proporcionarles el correspondiente material educativo para su pública distribución en el municipio. Dicho material deberácontener además la información pertinente sobre la prevención y control de la contaminación ambiental originada por la emisión de ruidos estridentes.

Así mismo, deberá promover la realización de campañas educativas y el desarrollo de programas de prevención contra la contaminación acústica,a efecto de que los diversos actores sociales, en particular del sector comercial e industrial, contribuyan y sean copartícipes del esfuerzo de esta Alcaldíapor prevenirla y controlarla.

Art. 45.- Destino de los fondos por multasEl monto recaudado por las multas impuestas, en razón de infracciones a las disposiciones de esta ordenanza, se centralizará en el fondo general

del municipio. Sin embargo, un monto similar, más otros fondos específicos que para tal efecto destine la municipalidad, serán invertidos en programasde educación pública sobre la contaminación acústica y sus consecuencias negativas para la salud y tranquilidad de los habitantes del municipio.

Art. 46.- Plazo de cumplimiento de fuentes ya existentesA las personas naturales o jurídicas, propietarias o poseedoras a cualquier título de fuentes emisoras de ruido, se les concede un plazo máximo de

seis meses contados a partir de la vigencia de la presente ordenanza, para ajustar dichas fuentes a los niveles máximos establecidos en el Art. 6; o solicitardentro del mismo período, un Plan de Cumplimiento según lo regulado en el Título IV, Capítulo III, si prevéen que la ejecución de las medidas correctivaso de acondicionamiento acústico necesarias, excederán el plazo de gracia estipulado.

Art. 47.- Conceptos y definiciones básicasPara los efectos de la presente Ordenanza y su Manual de Aplicación, se entenderá por:

ACUSTICA: La ciencia que estudia las leyes y el comportamiento del sonido, incluyendo su producción, transmisión, recepción y efectos con respectoa la percepción auditiva humana.

ACONDICIONAMIENTO ACUSTICO: El uso apropiado de materiales de absorción, difusión, reflexión, atenuación de sonido u otros similares endiversas edificaciones; así como el cambio o modificación que se pueda producir en alguna estructura en particular para corregir defectos sonoros detal manera de mejorar el ámbito acústico o para algunas exigencias de poder cumplir con normativas o regulaciones de control de ruidos.

AMORTIGUADOR DE SONIDO (MUFFLER): Cualquier dispositivo o artefacto usado para reducir el sonido producido por la emisión de gasesde un motor de combustión interna.

BOCINA O PITO: Cualquier artefacto que se utilice para producir una señal de sonido por medio de gas comprimido, presión de aire o impulsoseléctricos.

CONSTRUCCION: Cualquier actividad que pueda incluir movimiento de terreno, demolición, remoción o disposición, excavación, operaciones determinaciones en edificios, predios, derechos de vías, estructuras públicas o privadas o propiedad similar.

CONTAMINACION ACUSTICA (SONICA): Sonidos que por su nivel, prolongación o frecuencia afecten la salud humana o la calidad de vida dela población, sobrepasando los niveles permisibles legalmente establecidos.

DECIBEL: Unidad de medida para expresar la intensidad de un sonido, correspondiente a la décima parte del Bel, que es la unidad de potencia sonora.

DECIBEL “A”: representa el nivel de presión sonora del ruido obtenido con un medidor de nivel sonoro, en interacción y con filtro de ponderaciónA. Su símbolo es dB(A).

DEMOLICION: Destrucción, remoción o desmantelado intencional de estructuras, tales como, pero sin limitarse a: edificios públicos o privados,superficies de derechos de vía u otros similares.

DISPERSION ACUSTICA: Fenómeno físico consistente en que la intensidad de la energía disminuye a medida que se aleja de la fuente.

EMERGENCIA: Cualquier situación o serie de situaciones que ponen en peligro real o inminente a cualquier persona requiriendo atención inmediata.

EMISIONES ATMOSFERICAS: Liberación o descargas a la atmósfera de partículas, gases o formas de energía, proveniente de una fuente fija o móvil.

FUENTE EMISORA DE RUIDO: Toda actividad, proceso, operación o dispositivo que genere, o pueda generar, emisiones de ruido.

FUENTE FIJA EMISORA DE RUIDO: Toda fuente emisora de ruido diseñada para operar en un lugar fijo o determinado. No pierden su calidad detal las fuentes que se hallen montadas sobre un vehículo transportador para facilitar su desplazamiento.

FUENTE MOVIL EMISORA DE RUIDO: Todo medio de transporte que circula en la vía pública, capaz de generar contaminación sónica debidoa sus motores en funcionamiento, escapes o dispositivos sonoros.

LIMITE DE PROPIEDAD: Límite de colindancia del predio donde se encuentra ubicada la fuente generadora de sonido.

L 10= El nivel de sonido, en la escala A, dB(A), que es excedido en un diez por ciento (10%) del tiempo para un período bajo consideración.LEO= Nivel Sonoro Continuo equivalente, promediado en el tiempo.

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.NIVEL DE SONIDO: El nivel de presión de sonido medido mediante las características de medición y escalas A, B, o C, como lo especifica la “AmericanNational Standards Institute” (ANSI), “Specification for Sound Level Meters”, SI-4-1971 , o la última revisión aprobada.

NORMAS DE EMISION: Son las que establecen las cantidades máximas de un contaminante que una fuente específica puede liberar, descargar o emitira la atmósfera.

NPC: Nivel de presión sonora corregido. Nivel de presión sonora NPS': medido con el filtro de ponderación “A”, y con respuesta “Lenta” (SLOW) deun sonómetro.

NPS: NIVEL DE PRESION SONORA o Presión de onda sonora.

NMP: Nivel Máximo Permisible de ruido en el municipio de San Salvador.

NPSeq Nivel de presión sonora equivalente= Leq, L Equivalente. Se mide con el sonómetro integrador, seleccionando la posición Leq, y si la selecciónes manual, colocar el selector en respuesta “Rápida” (FAST) del sonómetro.

MEDICIONES EXTERNAS: Mediciones de ruido realizadas en el exterior de una instalación emisora de ruido, o de una casa habitación, oficina uotra, afectada por el ruido de la fuente fija.

MEDICIONES INTERNAS: Mediciones de ruido realizadas en el interior de una casa de habitación, oficina u otra, afectada por el ruido de la fuentefija que se está evaluando.

ONDAS DE SONIDO: Son las variaciones periódicas ondulatorias de sonido en la densidad y en la presión del medio.

OPAMSS: Oficina de Planificación del Area Metropolitana de San salvador.

PONDERACION “A”: Es el nivel sonoro que ejerce una correlación adecuada con varias respuestas humanas para distintos tipos de fuentes de ruido.La ponderación “A” tiene la característica de que tiene en cuenta la sensibilidad reducida de la audición humana normal para las frecuencias bajas.

RECEPTOR (AFECTADO): Persona o personas afectadas por el ruido molesto, innecesario, perturbador o estridente.

RESPONSABLE DE FUENTE DE CONTAMINACION POR RUIDO: Toda persona natural o jurídica, pública o privada, que sea responsable legalde la operación, funcionamiento o administración de cualquier fuente que emita ruido contaminante.

RESPUESTA LENTA: Es la respuesta del instrumento de medición que evalúa la energía media en un intervalo de 1 segundo. Cuando el instrumentomide el nivel de presión sonora con respuesta lenta, dicho nivel se denomina NPS Lento. Si además se emplea el filtro de ponderación A, el nivel obtenidose expresa en dB(A)Lento.

RUIDO: Todo sonido no deseado, molesto, inútil y peligroso para la salud, que pueda perturbar el trabajo, el estudio, el descanso, el sueño, la tranquilidady la comunicación entre los seres humanos.

RUIDO ESTABLE: Es aquel ruido que presenta fluctuaciones de nivel de presión sonora, en un rango inferior o igual a 5 dB(A) Lento, observado enun período de tiempo igual a un minuto.

RUIDO FLUCTUANTE: Es aquel ruido que presenta fluctuaciones de nivel de presión sonora, en un rango superior a 5 dB(A) Lento, observado enun periodo de tiempo igual a un minuto.

RUIDO IMPREVISTO: Es aquel ruido fluctuante que presenta una variación de nivel de presión sonora superior a 5 dB(A) Lento en un intervalo nomayor a un segundo.

RUIDO DE FONDO: Es aquel que prevalece en ausencia del ruido generado por la fuente fija a medir.

RUIDO OCASIONAL: Es aquel ruido que genera una fuente emisora de ruido distinta de aquella que se va a medir, y que no es habitual en el ruidode fondo.

SISTEMA DE ALARMA: todo dispositivo sonoro que tenga por finalidad indicar una manipulación no autorizada de una instalación, bien, o local.

SONOMETRO: Instrumento usado para medir los niveles de sonido de acuerdo con la “American National Standards Institute” (ANSI), “Specificationfor Sound Level Meters”, SI-4-1971 , o la última revisión aprobada.

Art. 48.- Carácter especial de esta ordenanzaLa presente ordenanza es de carácter especial, por consiguiente, sus disposiciones prevalecerán sobre cualquier otra ordenanza de San Salvador

que la contraríe.

Art. 49.- Aplicación supletoria de otras normasEn todo lo no previsto en esta ordenanza y su Manual de Aplicación, se estará supletoriamente a lo dispuesto en la Ordenanza Contravencional

del Municipio de San Salvador y en el Código Municipal; y en su defecto, se aplicarán las normas de derecho común que fueren pertinentes.

Art. 50.- Vigencia de la presente Ordenanza

La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

DADO EN EL SALON DE SESIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN SALVADOR, el día uno de abril del año dos mil tres.-

Dr. HECTOR RICARDO SILVA ARGUELLO,ALCALDE MUNICIPAL.

Lic. CARLOS ALBERTO RIVAS ZAMORA,SINDICO MUNICIPAL.

Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro Nº 14563)

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DECRETO NUMERO DIECISEIS.

El Concejo Municipal Considerando:I- Que la Ley General Tributaria Municipal, le otorga facultad al Municipio para establecer mediante Ordenanzas las tasas por Arrendamiento

de puesto, estacionamiento y otros servicios en los Mercados Municipales.

II- Que con el objeto de establecer tarifas ajustadas a la realidad en un marco de entendimiento entre la Municipalidad y los usuarios del MercadoCentral, para asegurar el pago del empréstito que la Municipalidad de San Salvador adquirió con el Banco Centroamericano de IntegraciónEconómica.

Por lo tanto, en uso de sus facultades constitucionales, Art. 204, a lo establecido en el Art. 30 del Código Municipal vigente, a los Arts. 1 incisoII, 129, 130 y 133 de la Ley General Tributaria, el Concejo Municipal de la Ciudad de San Salvador,

DECRETA:

Las siguientes REFORMAS A LA ORDENANZA DE ACTUALIZACION DE TASAS POR EL ARRENDAMIENTO DE PUESTOS, la cualse sujeta a las regulaciones siguientes:

Artículo 1Se clasifica los giros comerciales de acuerdo al orden siguiente:

CATEGORIA 1Pescado y Mariscos, en cuartos fríos.

CATEGORIA 2Cocinas, restaurantes, cafeterías y cocteleríasCarnes, vísceras, embutidos y aves sacrificadasLácteos y huevosRopa, calzadoMedicina popular.

CATEGORIA 3Abarrotes y cerealesSodas, jugos y refrescosPan, dulces y golosinasTortillería y pupuseríaAves y animales vivosProductos Varios

CATEGORIA 4Frutas y Verduras,Pescado y mariscos frescos y secos sin cuarto frío

CATEGORIA 5Ventas en canasto

Vendedoras Ambulantes autorizados

Artículo 2Se establece para cada una de las Categorías las tarifas siguientes:

Categoría 1: ¢ 1.95 el mt2 por díaCategoría 2: ¢ 1.79 el mt2 por díaCategoría 3: ¢ 1.63 el mt2 por díaCategoría 4: ¢ 1.30 el mt2 por díaVentas en canasto: ¢ 2.00 por canasto, por día.

Artículo 4La presente Ordenanza deroga la clasificación de giros comerciales así como las Tasas por Servicios de Arrendamiento de Puestos, y tasas a

vendedoras en canasto y vendedoras ambulantes en el Mercado Central, contemplados en la Ordenanza Reguladora de las Tasas de los Mercados deSan Salvador, de fecha veinticuatro de octubre de mil novecientos noventa y ocho.

Artículo 5El presente Decreto Municipal entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Salvador, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil tres.

Dr. HECTOR RICARDO SILVA ARGUELLO,ALCALDE MUNICIPAL.

Lic. CARLOS ALBERTO RIVAS ZAMORA, Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,SINDICO MUNICIPAL. SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 14548)

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diezhoras y cincuenta minutos del día seis de marzo del corriente año, se haDeclarado Yacente la Herencia que dejó a su defunción el causanteJUAN ANTONIO HERNANDEZ, quien falleció el veintiuno de julio dedos mil dos, a la edad de cuarenta años, agricultor en pequeño, soltero,siendo la Ciudad de Tamanique su último domicilio; habiéndose nom-brado curador de dicha Herencia Yacente al Bachiller VICTOR MA-NUEL GUEVARA CORTEZ, quien es mayor de edad, del domicilio deNueva San Salvador.

Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-cial, a las quince horas del día seis de marzo de dos mil tres.- Lic. DIGNAGLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERAINSTANCIA.- Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS,SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 815-3

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado alas nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario de parte de los menores ZULEMA CAROLINALOPEZ y ALEXI ENRIQUE LOPEZ, representados legalmente por laseñora MARIA ANGELA LOPEZ GARCIA, la herencia que en formaintestada dejó el señor JOSE DE JESUS RAMOS VASQUEZ, quien fuede cincuenta y un años de edad, soltero, jornalero, originario de Jocoaitique,Departamento de Morazán, hijo de JOSE RUTILIO VASQUEZ y deCIRIACA RAMOS, quien falleció a las once horas del día trece deoctubre de dos mil uno, en el Cantón San Marcos, de la jurisdicción deSan Carlos, Departamento de Morazán, siendo ese lugar su últimodomicilio; en concepto de hijos del causante. A quienes se les haconferido en la calidad expresada la administración y representaciónINTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente; facultades éstas que ejercerán losmenores ZULEMA CAROLINA y ALEXI ENRIQUE, ambos de apelli-do LOPEZ, por medio de su madre y representante legal señora MARIAANGELA LOPEZ GARCIA.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quincedías contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lasnueve horas y treinta minutos del día catorce de marzo de dos mil tres.-Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRI-MERA INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DEZUNIGA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 816-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las diezhoras del día diecisiete de marzo de dos mil tres, se ha declaradoherederos DEFINITIVOS y con beneficio de inventario a las señorasANTONIA ORELLANA, de ochenta y dos años de edad, soltera, deoficios domésticos y del domicilio de Jiquilisco, Departamento deUsulután, en su calidad de madre del causante; MARIA LETICIAIRAHETA VIUDA DE ORELLANA, de cuarenta y ocho años de edad,viuda, doméstica y de este domicilio, en su calidad de cónyuge sobrevi-viente del causante y de los menores NAHUM OTONIEL y HECTORIVAN, ambos de apellidos ORELLANA, de seis y catorce años respec-tivamente y de este domicilio, en su calidad de hijos del causante, quienesejercerán su derecho a través de su Representante Legal señora MARIALETICIA IRAHETA VIUDA DE ORELLANA ;de la sucesión Intestadaque a su defunción dejó el señor PEDRO ORELLANA, quien fue decuarenta y cinco años de edad, empleado, casado hijo de TOMAS ORTIZMOLINA y ANTONIA ORELLANA, quien falleció el día nueve demarzo de mil novecientos noventa y siete, siendo Ilopango su últimodomicilio. Confiriéndose a los herederos declarados, la Representacióny Administración DEFINITIVA de la sucesión intestada.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos deLey.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horasdel día dieciocho de marzo de dos mil tres. Licda. ELSA IRMAGONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIAESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

Of. 1. v. No. 830

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER :que por resolución de las nueve horas y cincuentay siete minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, conbeneficio de inventario la herencia intestada que dejó el señor CARLOSRAMON CHAVEZ, quien falleció el día veintitrés de noviembre del añodos mil dos, en el Barrio El Calvario de la Ciudad de San Alejo, de esteDepartamento, su último domicilio, de parte de la señora TERESA DEJESUS HERNANDEZ DE CHAVEZ, en calidad de cónyuge sobrevi-viente del causante. Confiriéndole a dicha señora en el concepto mencio-nado la Administración y Representación interinas de la sucesión con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para queen el término de Ley después de la tercera publicación de este cartel lodemuestran en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días delmes de abril de dos mil tres. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETA-RIO.-

Of. 1 v. No. 829

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas y cincominutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora JOSEFACANDELARIA GRANADOS, quien falleció el día veintitrés de octubrede mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón El Carao, jurisdicciónde Intipucá, de este departamento, su último domicilio, de parte del señorJOSE RENE GRANADOS, en calidad de hijo de la causante. Confirién-dole a dicho señor en el concepto mencionado la administración yrepresentación interinas de la sucesión con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para queen el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lodemuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días delmes de abril de dos mil tres.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 817-3

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las once horas ycuarenta minutos del día diez de marzo del corriente año, se tuvo poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intes-tada que a su defunción dejó la causante MAURA DE LA CRUZMARTINEZ VIUDA DE FUENTES, quien falleció el día quince denoviembre de mil novecientos noventa y ocho, a la edad de sesenta y ochoaños, Viuda, siendo la ciudad de Chiltiupán, Departamento de LaLibertad, su último domicilio; de parte de los Herederos MARIAESPERANZA FUENTES MARTINEZ, ISMAEL FUENTES MARTI-NEZ y MIRIAN FUENTES MARTINEZ o MIRIAN VIDES DE RO-SALES, en su calidad de hijos del causante. Confiriéndose a los herede-ros mencionados, la administración y representación interina de lasucesión referida, con las facultades y restricciones de los curadores dela Herencia Yacente, lo anterior de conformidad a lo establecido en elartículo 1163 inciso 1º del Código Civil; citándose a las personas que secrean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en eltérmino de quince días posteriores a la tercera publicación del presenteedicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-cial, a las catorce horas y diez minutos del día diez de marzo de dos miltres.- Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ,JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. EDUARDO ALFONSOGALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 818-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LicenciadaMIRIAN SALVADORA GOMEZ MENDOZA, Abogado, del domici-lio de la ciudad de La Unión, en calidad de Procurador Auxiliar represen-

tando a la señora MACARIA UMANZOR, mayor de edad, de oficiosdomésticos, del domicilio de El Sauce, solicitando Título Supletorio deun inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Papalambre,Cantón Talpetate, jurisdicción de El Sauce, Distrito de Santa Rosa deLima, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de DOS-CIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS, CERO CUATRO DECI-METROS VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS; que midey linda: AL NORTE, doce metros setenta centímetros con ANTONIOSALAS; AL ORIENTE, veintinueve metros cincuenta centímetros, conANTONIO SALAS calle de por medio; AL SUR, quince metros veintecentímetros, con EMILIANO HERRERA, cerco de piedra del colindan-te; y AL PONIENTE, doce metros ochenta centímetros con NATIVI-DAD VELASQUEZ, en el terreno descrito existe construida una casa,piso de tierra, con servicio de energía eléctrica, que mide cinco metros delargo por tres de ancho. Valúa dicho terreno en la cantidad de CINCOMIL COLONES y lo adquirió por posesión material desde el año de milnovecientos sesenta y siete.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las oncehoras y quince minutos del día veintiuno de marzo del dos mil tres.- Lic.ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-RINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 819-3

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LicenciadaMIRIAN SALVADORA GOMEZ MENDOZA, mayor de edad, Aboga-do, del domicilio de esta ciudad, en calidad de Procuradora Auxiliar delseñor Procurador General de la República, y en representación de laseñora MARIA ANTONIA VENTURA DE BENITEZ, de cuarenta ycinco años de edad, casada comerciante en pequeño, y de este domicilio,solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, deun terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Caribal, CantónLoma Larga, jurisdicción, Distrito y Departamento de La Unión, de lacapacidad superficial de TRESCIENTOS SIETE METROS CINCUEN-TA CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE,veinticuatro metros, con el Instituto Salvadoreño de TransformaciónAgraria, representado por el señor MIGUEL ANGEL LOPEZ IRAHETA,Carretera del Litoral de por medio; AL ORIENTE, dieciocho metros conISABEL MELENDEZ; AL SUR, diecisiete metros con JUAN ANTO-NIO CUEVA, MARIA CANDELARIA VASQUEZ BONILLA; ALPONIENTE, doce metros con PASTORA SAENZ BLANCO. Dichoterreno lo valúa en la suma de CINCO MIL COLONES, y lo adquirió porcompra informal hecha al señor JOSE ANTONIO HERNANDEZ, degenerales y domicilio ignorado, el día quince de enero de mil novecientossetenta y nueve.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los seis días del mesde marzo del dos mil tres.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 820-3

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

BLANCA MERCEDES LOPEZ MELENDEZ, Notario, de este domici-lio, con oficina en Condominio Aries, Local número once, Primer Nivel,sobre Trece Calle Oriente, Barrio San Miguelito, al público para efectosde ley,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario, proveídaa las diez horas del día veintiocho de abril del presente año, se hadeclarado HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO, con beneficiode inventario, de la señorita MARTHA IVETTE REINA GUERRAMONTALVO, conocida por MARTA YVETTE REYNAGUERRAMONTALVO, quien falleció en el Hospital Médico Quirúrgico delSeguro Social, de esta ciudad, a las nueve horas cuarenta y cinco minutosdel día dos de marzo del corriente año, siendo su último domicilio estaciudad, a la señora CONNIE MONTALVO, conocida por CONCEP-CION MONTALVO GALDAMEZ y por CONCHA YRENEMONTALVO, en su concepto de madre de la causante, y se le confirióa la Heredera Declarada la Administración y Representación Definitivade la Sucesión.

Librado en la oficina de la Notario BLANCA MERCEDES LO-PEZ MELENDEZ. San Salvador, a las once horas del día veintiocho deabril del dos mil tres.

BLANCA MERCEDES LOPEZ MELENDEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 14443

RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ARMENIA,

HACE SABER: que por resolución emitida por este Juzgado, a lasnueve horas de este día, se declaró heredero definitivo abintestato y conbeneficio de inventario de los bienes dejados por la señora ADILIAMORAN, conocida por ADILIA MORAN DE MANCIA y por ADILIAMORAN ORELLANA DE MANCIA, quien falleció a las veinte horascon cincuenta minutos del día veinte de abril del año dos mil uno, en laciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el de esta ciudad, alLicenciado JORGE ALBERTO MANCIA MORAN, en su concepto dehijo de la referida causante. Se le ha conferido al heredero declarado enel concepto indicado, la Administración y Representación Definitiva dela Sucesión.

Lo que se avisa al público en general para los efectos legalescorrespondientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a las nuevehoras y veinte minutos del día veinticinco de abril del año dos mil tres.-Lic. RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA SUPLENTE.- Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLARANGEL, SECRETARIO.

1 v. Nº 14436

MIGUEL ANGEL JUAREZ, Notario, de este domicilio, con oficina enTrece Calle Poniente, número ciento cuarenta y tres, Local númerocinco, al público,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas de este día, seha declarado heredera con beneficio de inventario, de la herenciatestamentaria que a su defunción ocurrida el día seis de noviembre de milnovecientos noventa y cinco, dejó el señor NICOLAS MAXIMILIANO

LOPEZ, quien fue de setenta y ocho años de edad, Mecánico, originariode Santa Elena, Departamento de Usulután, siendo su último domiciliode la ciudad de San Salvador, casado, hijo de los señores NICOLASMAXIMILIANO LOPEZ y ELENA ARAUJO, ya fallecidos, a la señoraMARIA FLORENTINA PORTILLO DE LOPEZ, en concepto de here-dera testamentaria, habiéndosele conferido la administración y represen-tación definitiva de la sucesión.

San Salvador, veintinueve de abril del dos mil tres.

Lic. MIGUEL ANGEL JUAREZ,

NOTARIO.

1 v. Nº 14435

ILMA CONSUELO GIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFEC-TOS DE LEY,

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las oncehoras del día quince de enero del presente año, se han declaradoherederos definitivos con beneficio de inventario de la herencia intestadaque a su defunción dejó la causante ANA MARISELA AYALA MA-CHADO, conocida por ANA MARISELA AYALA CABALLERO, porANA MARISELA MACHADO AYALA, por ANA MARISELA AYA-LA DE CABRERA, ocurrida el día catorce de agosto del año dos mil uno,en el Barrio San Nicolás de esta ciudad; siendo este su último domicilio;a los señores JOSE FRANCISCO CABRERA HERNANDEZ, conocidopor JOSE FRANCISCO CABRERA LOPEZ, en su calidad de cónyugesobreviviente y en representación de su menor hijo ESTEBAN MATEOCABRERA MACHADO, éste en su calidad de hijo, y MARIA DELCARMEN CABALLERO DE MACHADO, en su calidad de madre dela referida causante; habiéndoseles conferido a los herederos declaradosla administración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas deldía cuatro de febrero del año dos mil tres.- Licda. ILMA CONSUELOGIL DE ALVARENGA, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. JOSE ORLAN-DO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

1 v. Nº 14434

JESUS ABRAHAM LOPEZ TORRES, Notario de este domicilio, conoficina situada en el Edificio Niza, Local ciento diez, situado entre laDiecinueve Calle Poniente y Primera Avenida Norte de esta ciudad, alpúblico en general,

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito Nota-rio, a las doce horas cinco minutos, del día veinte de abril del dos mil tres,se han declarado Herederos Definitivos y con Beneficio de Inventario alos señores JOSE SALVADOR PERAZA MEJIA y ANA GILMAPERAZA MEJIA, en concepto de herederos testamentarios en su calidadde hijos del señor SALVADOR PERAZA, de la herencia deferida por elmismo, al fallecer a las dieciocho horas con treinta minutos del díacatorce de noviembre del dos mil dos, en la ciudad de ConcepciónQuezaltepeque, Departamento de Chalatenango, habiéndoseles conferi-do la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión.

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Y para ser publicado, libro el presente edicto en San Salvador, a losveintitrés días del mes de abril del dos mil tres.

Lic. JESUS ABRAHAM LOPEZ TORRES,

NOTARIO.

1 v. Nº 14401

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: al público para efectos de ley, que por resolución dictadaa las once horas del día catorce de marzo del dos mil tres, se ha declaradoheredera y con beneficio de inventario de la Herencia Testamentaria, quea su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio el díaveintiuno de abril del dos mil dos, dejó el señor LUIS ALONSOGRANADOS a MARTA ESTELA RODRIGUEZ ORTIZ, conocida porMARTA ESTELA RODRIGUEZ DE GRANADOS, en concepto deheredera testamentaria del causante. Y se confiere a la heredera declara-da la Administración y Representación Definitiva de la Sucesión.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nuevehoras con treinta minutos del día dieciocho de marzo del dos mil tres.- Dr.JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.-Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. Nº 14400

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: al público para efectos de ley, que por resolución dictadaa las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día veinticinco de marzode dos mil tres; se ha declarado heredera definitiva con beneficio deinventario en la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida en estaciudad, su último domicilio, el día treinta de mayo de dos mil dos, dejóREMBER GODOFREDO TORRES BURGOS, a la señora SANDRAMARLIN DUEÑAS DE TORRES, por si en su concepto de cónyugesobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que lecorresponden en la sucesión a los señores a GERONIMO NEFTALIBURGOS y AGUSTINA LIDIA TORRES, como padres del causante.Y se confiere a la heredera declarada la Administración y RepresentaciónDefinitiva de la Sucesión.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las trecehoras y cuarenta y cinco minutos del día tres de abril del año dos mil tres.-Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LOCIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. Nº 14398

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICOPARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de las doce horas diez minutos de estedía se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA, con beneficio deinventario, a la señora ANA SILVIA MENDOZA DE LOPEZ, de laherencia intestada, que a su defunción dejó la causante ANGELAPEREZ, conocida por ANGELICA PEREZ LOPEZ y ANGELICAPEREZ, quien fue de sesenta y seis años de edad, soltera, oficios

domésticos, quien falleció en el Hospital Médico Quirúrgico del SeguroSocial de San Salvador, a las dieciséis horas diez minutos del día seis denoviembre de mil novecientos noventa y siete, siendo esta ciudad el lugarde su último domicilio.

La señora ANA SILVIA MENDOZA DE LOPEZ, es hija de lasusodicha causante; y en ese carácter se les confiere la administración yrepresentación definitiva de la sucesión.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SantaAna, a las doce horas veinticinco minutos del día uno de abril de dos miltres.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

1 v. Nº 14385

PEDRO ANTONIO TURCIOS MORENO, Abogado y Notario, conoficina jurídica en la Cuarta Avenida Norte de esta ciudad, al público paralos efectos de ley,

AVISA: que por resolución pronunciada ante mis oficios Notaria-les, a las nueve horas del día diez de abril corriente, fue declaradoheredero expresamente y con beneficio de inventario al señor AGUSTINALFREDO URBINA ESTRADA, de la herencia intestada que al fallecera las seis horas del día veintisiete de octubre de mil novecientos noventay siete, en el Cantón El Tablón, jurisdicción de Pasaquina, su últimodomicilio, dejó el señor AGUSTIN ALFREDO URBINA CRUZ, cono-cido por AGUSTIN URBINA, de parte de AGUSTIN ALFREDOURBINA ESTRADA, en concepto de hijo del fallecido, se le haconferido la administración y representación definitiva de los bienes dela indica sucesión.

Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, a los doce días del mesde abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO ANTONIO TURCIOS MORENO,

NOTARIO.

1 v. Nº 14347

NARCISO ROVIRA FLORES, Notario, de este domicilio, con oficinasituada en Condominio “Héroes Norte”, Edificio “A”, Local Uno-CeroDos, Primera Planta, Boulevard Los Héroes y Veinticinco Calle Ponien-te, San Salvador, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas veinte minutos del día veintidós de abril del dos mil tres,se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS AB-INTESTATOScon beneficio de inventario de la señora MARIA ISABEL FIGUEROA,conocida por MARIA ISABEL FIGUEROA FUENTES, quien fallecióel día diecisiete de enero de mil novecientos noventa y dos, en el BarrioConcepción, Departamento de Cuscatlán, siendo éste su último domici-lio, a los señores ERNESTO ANTONIO MELENDEZ FIGUEROA yKAREN PAULINA MELENDEZ FIGUEROA, en calidad de hijossobrevivientes, y se les confirió a los herederos la Administración yRepresentación Definitiva de la Sucesión Intestada.

Librado en la oficina del Notario NARCISO ROVIRA FLORES,a los veinticinco días del mes de abril del dos mil tres.

Lic. NARCISO ROVIRA FLORES,

NOTARIO.

1 v. Nº 14348

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOSEFECTO DE LEY;

AVISA: que por resolución de las doce horas y treinta minutos deldía veintiuno del presente mes y año, se DECLARO DEFINITIVA-MENTE HEREDERA, con beneficio de inventario de la herenciaINTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante DORAALICIA MARTINEZ AYALA, conocida por DORA ALICIA AYALAMARTINEZ, DORA ALICIA MARTINEZ DE HENRIQUEZ y porDORA ALICIA MARTINEZ, quien falleció en Maricopa, Glendale,E.E. U.U, a las veintitrés horas treinta minutos, del día tres de julio de milnovecientos noventa y siete, siendo su último domicilio, Glendale,California, E.E.U.U, a la señora TOMASA MARTINEZ RAMOS DEAYALA conocida por TOMASA RAMOS DE AYALA, TOMASAMARTINEZ RAMOS y por TOMASA MARTINEZ, en su concepto demadre de la causante.

Confiriése a la heredera en el carácter antes indicado la administra-ción y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las doce horas ycuarenta y cinco minutos del día veintiuno de enero de dos mil tres. Lic.JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. YANI-RA MAGDALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

1v No. 14346

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y veinteminutos del día veintitrés de enero del presente año, se declaró definiti-vamente heredera con beneficio de inventario de la herencia intestada delos bienes que a su defunción dejó la causante señorita YANIRAELIZABETH AYALA MARTINEZ, quien falleció en Edificio RubénDario de la ciudad de San Salvador, a las doce horas y diez minutos deldía diez de octubre de mil novecientos ochenta y seis, teniendo como suúltimo domicilio esta ciudad, a la señora TOMASA MARTINEZ RA-MOS DE AYALA conocida por TOMASA RAMOS DE AYALA y porTOMASA MARTINEZ, como madre de la causante.

Se confirió a la heredera en el carácter antes indicado la adminis-tración y representación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas ycuarenta minutos del día veintitrés de enero de dos mil tres. Lic. JOSEHUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGEALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO INTERINO.

1v No. 14344

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA; JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL. SAN MIGUEL.

AVISA: que por resolución de las diez horas cuarenta minutos deldía diez de abril del dos mil tres. Se han declarado herederos expresamen-

te y con beneficio de inventario de la herencia intestada que su defuncióndejó el señor RICARDO GAVIDIA, conocido por RICARDO GAVI-DIA ZUNIGA, quien falleció el día dieciocho de mayo del año dos mildos, en el Hospital Nacional de Santa Rosa de Lima, departamento de LaUnión, siendo su último domicilio el cantón Hato Nuevo de la jurisdic-ción de San Miguel, a la señora ANA RAQUEL CEDILLO DEGAVIDIA y el menor JOSE RICARDO GAVIDIA CEDILLO, laprimera en calidad de cónyuge sobreviviente y el segundo en calidad dehijo del causante. Se les ha conferido a los herederos declarados en elcarácter antes indicado conjuntamente la administración y representa-ción definitiva de la sucesión, debiendo ejercerla el menor por medio desu representante legal, su madre señora ANA RAQUEL CEDILLO DEGAVIDIA.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diezhoras cuarenta y cinco minutos del día diez de abril del dos mil tres. Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

1v No. 14336

JOSE ANTONIO HERNANDEZ. Notario, de este domicilio, con ofici-na situada en Once Avenida Norte número mil trescientos trece, BarrioSan Miguelito, de esta ciudad.

HACE SABER: que por resolución proveída por el suscrito Nota-rio, en esta ciudad, a las diez horas del día trece de febrero del presenteaño, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-tario de parte del señor DARIO ANTONIO VIELMAN TOBAR, laherencia intestada que a su defunción dejó la causante señorita ROSADEL TRANSITO VIELMAN MARQUEZ, o ROSA DEL TRANSITOVIELMAN conocida por ROSA VIELMAN, quien fue de setenta y seisaños de edad, Profesora, del domicilio de Apaneca, Departamento deAhuachapán, fallecida a las cinco horas del día doce de noviembre de dosmil uno, en esta ciudad, su último domicilio, en su calidad de Cesionariode los Derechos Hereditarios que le correspondían a los señores ANABERTA VIELMAN o ANA BERTA VIELMAN MARQUEZ; JOSEFELIPE VIELMAN o JOSE FELIPE VIELMAN MARQUEZ; e IS-RAEL ANTONIO VIELMAN MARQUEZ, como hermanos legítimossobrevivientes de la causante. Confiriéndosele al heredero declarado laAdministración y Representación Definitiva de la Sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la oficina del Suscrito Notario, en la ciudad de SanSalvador, a las quince horas del día veintisiete de marzo de dos mil tres.

Lic. JOSE ANTONIO HERNANDEZ,

NOTARIO.

1v No. 14304

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ELSA IRMA GONZALEZ DE HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

AVISA: que por resolución proveída por este Tribunal a las docehoras del día tres de diciembre de dos mil dos. Se ha declarado herederosdefinitivos y con beneficio de inventario la sucesión intestada que a sudefunción dejó el causante señor JOSE ESTEBAN GOMEZ VALEN-ZUELA, quien fue de treinta y siete años de edad, empleado, divorciado,siendo su último domicilio Soyapango, originario de San Salvador,Salvadoreño, hijo de JOSE ESTEBAN GOMEZ y MARIA GUADALU-PE VALENZUELA, quien falleció el día veintiséis de enero de milnovecientos noventa y cuatro; a VERONICA GUADALUPE GOMEZPEREZ, NATHALIA AZUCENA GOMEZ PEREZ, la primera dequince años de edad y la segunda de catorce años de edad, ambasestudiantes; JOSE ESTEBAN GOMEZ PEREZ, de diecinueve años deedad, estudiante; DIANA EVELYN GOMEZ CANJURA, de veintitrésaños de edad, estudiante, MAYRA IVETH GOMEZ CANJURA, deveintiséis años de edad, estudiante, y MARIA GUADALUPE VALEN-ZUELA DE GOMEZ, de sesenta y un años de edad, de oficios domés-ticos, del domicilio de San Salvador; los primeros cinco en su calidad dehijos del causante, la última en su calidad de madre del causante, las dosprimeras por ser menores de edad ejercerán su derecho a través de surepresentante legal señora DALILA PEREZ.

Confiérese a los herederos declarados la administración y repre-sentación DEFINITIVA de la sucesión intestada.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las diez horas deldía once de diciembre de dos mil dos. Licda. ELSA IRMA GONZALEZDE HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL. Licda. MARIA ESTELASORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1v No. 14300

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas de este día,se ha declarado heredera definitiva y con beneficio de inventario en laherencia intestada que dejó al fallecer el señor: RAFAEL IGNACIOREALEGEÑO, conocido por RAFAEL IGNACIO REALEGEÑOCHICAS, el día seís de mayo de mil novecientos ochenta y siete en elCantón Taburete Claros de esta jurisdicción, lugar de su último domici-lio, de parte de la señora: ROSA VIRGINIA RAJO, conocida por ROSAVIRGINIA RAJO VIUDA DE REALEGEÑO, en calidad de cónyugesobreviviente del causante.

Confiéresele a la aceptante la administración y representacióndefinitiva de la sucesión intestada con las facultades y restricciones deley.

Publíquese los edictos correspondientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a losveinticuatro días del mes de julio del dos mil uno. Lic. LUIS ALBERTOPONCE HERNANDEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. SIL-VIA YANETH MEJIA H., SRIA.

1v No. 14297

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL DE APOPA.

AVISA: que por resolución preveída por este Tribunal, a las ochohoras y ocho minutos del día siete de marzo del presente año; SEDECLARO HEREDERO DEFINITIVO ABINTESTATO CON BE-NEFICIO DE INVENTARIO, al señor MANUEL DE JESUS CANJU-RA PALMA, de cuarenta y ocho años de edad, Licenciado en ContaduríaPública, y de este domicilio, en calidad de Cesionario de los DerechosHereditarios que le correspondía al señor MANUEL DE JESUS CAN-JURA GAMERO, de setenta y nueve años de edad, Albañil, y de estedomicilio, en concepto de hermano del Causante; de la Herencia Intes-tada que a su defunción dejó el señor MIGUEL ANGEL CANJURAGAMERO, quien fue de sesenta y seis años de edad, soltero, Tejedor SinTaller, fallecido el día dieciocho de septiembre de mil novecientosnoventa y cuatro, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio.

Y se le confirió al heredero declarado en el carácter indicado laAdministración y Representación Definitiva de los bienes de la Suce-sión.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos deLey.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las ocho horas ydieciocho minutos del día siete de marzo del año dos mil tres. Dra.VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL. Licdo. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-RIO.

1v No. 14248

PEDRO ISAI PORTILLO MEDRANO, Notario con oficina situada enColonia Jardines de Merliot, Calle Ishuatán, Polígono “I”, Númeronueve - BIS, Ciudad Merliot, Nueva San Salvador, Departamento de LaLibertad,

AVISA AL PUBLICO: que el día veinticinco de abril del año dosmil tres, ha tenido por aceptada, con beneficio de inventario, de parte dela señora ELBA REINA BENAVIDES AGUILAR, la herencia intestada

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

que a su defunción dejó la señora AMELIA AGUILAR ORELLANA,quien falleció en el Barrio El Calvario, Jurisdicción de Sesori, Departa-mento de San Miguel, lugar de su último domicilio, el día trece de febrerode mil novecientos noventa y seis, se ha conferido a la aceptante laadministración y representación interina de la Sucesión, con las faculta-des y restricciones de la herencia yacente. Se cita a los que se crean conderecho en la herencia, para que se presenten a deducirlo en el plazo dequince días después de la tercera publicación de este edicto.

Nueva San Salvador, a los veinticinco días del mes de abril del añodos mil tres.

PEDRO ISAI PORTILLO MEDRANO,

NOTARIO.

1v No. 14314

MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO Referencia317-CE-01, promovido por los señores ANGEL ROBERTO ANTONIOSILIS, conocido por ROBERTO ANTONIO SILIS CASTAÑEDA ypor ROBERTO SILIS, OLGA SUSANA CAMPOS DE SILIS, yHAROLD OTHONIEL SILIS CAMPOS o HAROLD OTTONIELSILIS CAMPOS, representados todos por su Apoderado General Judi-cial Doctor JOSE GUILLERMO ARAUJO ARAUJO; en contra delseñor OSCAR GEOFREDO CARRANZA POSADA mayor de edad,Abogado y Notario, de este domicilio, se ha presentado dicho Apoderadomanifestando que el demandado, señor OSCAR GEOFREDO CA-RRANZA POSADA se ha ausentado de su domicilio, ignorándose suparadero como si ha dejado procurador o Abogado que lo represente. Sepreviene que si lo ha dejado se presente a este Juzgado a hacer uso de suderecho dentro de los quince días siguientes de la publicación de esteedicto, comprobando al circunstancia.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las oncehoras con quince minutos del día veintiuno de marzo del dos mil tres. Dra.MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,SECREETARIA.

1v No. 14366

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: que en este Tribunal existe Juicio MercantilEjecutivo marcado con el número 102-E-02, promovido por la DoctoraANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY mayor de edad,

Abogado, de este domicilio como Apoderada del Banco Agrícola,SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores SANTOS ANTONIOPINTO conocido por SANTOS ANTONIO PINTO ZAMORA, ELISAISABEL ZEPEDA ORELLANA hoy DE PINTO y ROSA OTILIAPINTO AREVALO.

Posteriormente a la fecha que se inició el referido Juicio se presentóla Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY en elcarácter antes expresado, MANIFESTANDO que la demandada ROSAOTILIA PINTO AREVALO, mayor de edad, de Oficios del Hogar, antesdel domicilio de Apopa, ahora de domicilio ignorado, con Cédula deIdentidad Personal número CERO UNO - CERO NUEVE CERO CEROCUARENTA Y UN MIL VEINTINUEVE; se ha AUSENTADO de sudomicilio, sin que se sepa de su paradero actual, ignorándose además siha dejado procurador u otro Representante Legal en el país, para queintervenga en el Juicio de Mérito; por lo que pidió, previos los trámiteslegales, se le nombre CURADOR ESPECIAL que la represente en elreferido Juicio.

En consecuencia se previene que si la demanda señora ROSAOTILIA PINTO AREVALO, tuviere Procurador, Apoderado o Repre-sentante Legal en el país, se presente a este Tribunal a comprobar dichacircunstancia, dentro de los QUINCE DIAS SIGUIENTES a la últimapublicación de este AVISO.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL,San Salvador, a las quince horas del día cuatro de marzo del año dos miltres. Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DELO MERCANTIL. Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHO-NA, SECRETARIA.

1v No. 14396

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO JUDICIAL, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la señoraMARIA ORBELINA NAVARRO DE SALAZAR, de cincuenta y sieteaños de edad, Empleada, de este domicilio, quien demandará al ausenteseñor SALVADOR SALAZAR, mayor de edad, Comerciante, antes deldomicilio de esta ciudad de San Vicente, hoy de domicilio Ignorado, nosabiendo si ha dejado Procurador u otro Representante Legal por lo queviene a iniciar las diligencias establecidas en el Art. 141 Pr. C. , a fin quecumplidas éstas se le nombre un Curador Especial al referido señorSALVADOR SALAZAR, para que lo represente en el Juicio Sumario depago por Subrogación, que iniciará la señora MARIA ORBELINANAVARRO DE SALAZAR.

En consecuencia, se previene al señor SALVADOR SALAZAR, oa su Apoderado, Procurador o Representante, se presenten a este Juzgadoa tomar su defensa y comprobar tal circunstancia, dentro de los quincedías subsiguientes a la tercera publicación de este aviso.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diez días del mes de abril delaño dos mil tres. Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LOCIVIL. Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

1v No. 14438

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las doce horas treinta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada, y con beneficio de

inventario, de parte de los señores MIGUEL ANGEL DE LEON

PACHECO, RODOLFO ELISEO DE LEON PACHECO, MARGARI-

TA ISABEL DE LEON DE SOLORZANO y la señora MANUELA

DE JESUS PACHECO DE LEON, la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante RODOLFO DE LEON FLORES, quien fue

de ochenta y cuatro años de edad, Jornalero, y falleció a las diecisiete

horas treinta minutos del día diecisiete de febrero de mil novecientos

noventa y nueve, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendo

el Cantón Primavera de esta Jurisdicción, el lugar de su último domicilio.

Los señores MIGUEL ANGEL DE LEON PACHECO, RODOL-

FO ELISEO DE LEON PACHECO, MARGARITA ISABEL DE LEON

DE SOLORZANO y la señora MANUELA DE JESUS PACHECO DE

LEON, los tres primeros como hijos del de cujus, y la última como

cónyuge sobreviviente del causante; y en ese carácter se les confiere

internamente la administración y representación de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento, para que todo aquel se crea con

derecho a la sucesión, se presente a deducirlo dentro de los quince días

subsiguientes a la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las doce horas cuarenta minutos del día dos de abril de dos mil

tres.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 14417-1

DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL INTO. DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley que por resolución

de este Juzgado de las doce horas del día veintiocho de Marzo de dos mil

tres. Se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de

Inventario de parte de los señores ANGEL GIOVANNI ORTIZ REYES,

ANA MARGARITA ORTIZ REYES y el menor VICTOR REYNAL-

DO ORTIZ REYES, la herencia intestada que a su defunción dejó la

causante señora MARIA ANITA REYES HERNANDEZ conocida por

ANA REYES HERNANDEZ, quien falleció en esta ciudad el día

veintidós de junio del año recién pasado, siendo ésta ciudad lugar de su

último domicilio, aceptación que hacen los señores y el menor arriba

mencionados en su calidad de hijos de la referida causante. Y se les ha

conferido a los aceptantes declarados la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de la Herencia

Yacente, debiendo ejercerla el menor VICTOR REYNALDO ORTIZ

REYES, por medio de su Representante Legal señor ANDRES ORTIZ,

como padre del mismo. Por lo anterior se cita a los que se crean con

derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo

en el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la

tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las diez horas del día tres de abril de dos mil tres.- Lic.

DELMY ELSY RODRIGUEZ AREVALO, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL. INTO.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE

ALAS, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº.14414-1

JOSE GERARDO HERNANDEZ RIVERA, Notario, de este domicilio,

con Oficina Profesional situada en Edificio Pro de Pro, Local Uno- "A",

Primer Nivel, contiguo a Centro Judicial Isidro Menéndez, sobre Boule-

vard Tutunichapa, Centro de Gobierno, San Salvador:

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, de las

nueve horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente

y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción

ocurrida en esta ciudad, el día veintitrés de Diciembre del año dos mil

dos, dejó el señor BERNABE DERAS FLORES, por parte del señor

JUAN BERNABE DERAS VASQUEZ, en su concepto de hijo sobrevi-

viente del de Cujus; por lo que se le ha conferido la Administración y

Representación interina de la Sucesión, con las obligaciones de curador

de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos

los que se crean con derecho a la referida herencia para, que se presenten

a mi, oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente al

de la última publicación del presente edicto.

Librado en la Oficina Profesional del Notario JOSE GERARDO

HERNANDEZ RIVERA, en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve

días del mes de Marzo del año dos mil tres.

Lic. JOSE GERARDO HERNANDEZ RIVERA,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 14403-1

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída en este Tribunal a las

doce horas del día tres de abril del año dos mil tres, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intes-

tada que a su defunción acaecida el día treinta de enero del dos mil tres,

en el Cantón Las Marías, Sensuntepeque, Cabañas, siendo ése su último

domicilio, dejó el señor FELICIANO CRUZ CRUZ, quien fue de sesenta

y siete años de edad, casado, jornalero, hijo de Pastor Cruz y María

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Matilde Cruz, originario del Cantón Las Marías, Sensuntepeque, Caba-

ñas; de parte de la señora JUANA AMAYA DE CRUZ, en su calidad de

cónyuge del causante; habiéndosele conferido la administración y repre-

sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho a la referida sucesión

para que se presenten a deducir tales derechos, dentro de los quince días

siguientes al de la última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a las

doce horas con veinte minutos del día tres de abril de dos mil tres.- Lic.

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA.- Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SECRETA-

RIO.-

3 v. alt. Nº. 14368-1

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y cuarenta y

cinco minutos del día cuatro de Abril del dos mil tres, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-

tada que a su defunción dejó ISIDRO REYES TREJO, quien falleció a

las once horas del día dieciséis de febrero de mil novecientos ochenta y

uno, en el Cantón San Antonio Chávez, Jurisdicción de San Miguel,

siendo este lugar su último domicilio; de parte de la señora MARIA

EMMA REYES, en calidad de Hermana del causante y se le ha conferido

al aceptante en el carácter antes indicado la administración y represen-

tación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho

horas y cincuenta minutos del día cuatro de Abril del dos mil tres.- Dra.

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SE-

GUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS, SE-

CRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 14334-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO.

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las catorce

horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio

de Inventario de parte de los señores FRANCISCO GABRIEL

MANZANO PEREZ, JOSE DOMINGO MANZANO PEREZ, conoci-

do por JOSE GUADALUPE MANZANO PEREZ y JOSE EFRAIN

MANZANO PEREZ, de la herencia intestada dejada a su defunción por

la señora ELISA PEREZ, conocida por ELISA PEREZ DE MANZANO,

fallecida a las quince horas cero minutos del día veintisiete de septiembre

del año dos mil dos, en el Cantón Santa Lucía, jurisdicción de Ciudad

Arce de este Distrito su último domicilio, en concepto de hijos de la

causante; Confiérese a los aceptantes en el concepto indicado la adminis-

tración y representación interinas de la indicada sucesión con las facul-

tades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Cítense a

las personas que se crean con derecho en la sucesión para que se

presenten a este Juzgado, dentro de los quince días subsiguientes a la

publicación del edicto respectivo.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

catorce horas treinta minutos del día veintisiete de Marzo del año dos mil

tres.- Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLO-

RES, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 14319-1

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PUBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas del día

veinticinco de marzo del corriente año, se ha tenido por aceptada y con

beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el

señor TOMAS ALBERTO ALFARO MORENO, quien falleció el día

veinticinco de julio del año dos mil dos, en el Hospital Nacional San

Bartolo, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora

REINA EMELINA ERAZO de ALFARO, como cónyuge sobrevivien-

te del causante y como representante legal de sus menores hijos KEVIN

ALBERTO y MAURICIO XAVIER, ambos de apellidos ALFARO

ERAZO, como hijos del causante; habiéndoseles conferido a los

aceptantes la administración y representación interina de la sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados a partir del día siguiente de la tercera publicación de este edicto

en el Diario Oficial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a los

once días del mes de abril del año dos mil tres.- Lic. MARGARITA DE

LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 14312-1

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las catorce

horas veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada, con beneficio

de inventario, de parte de los señores NESTOR MANUEL ESCOBAR

CORTES, CAROLINA JANET ESCOBAR hoy de RODAS, DIDIA

ANANI ESCOBAR DE SANDOVAL y NANCY ARACELY ESCO-

BAR hoy de ORANTES, la herencia testamentaria que a su defunción

dejó la causante, señora MARTA TEODULA ESCOBAR RODRI-

GUEZ, conocida por MARTA TEODULA ESCOBAR, quien fue de

cincuenta y siete años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de

Texistepeque, y falleció en el Barrio San Esteban, de la ciudad de

Texistepeque; lugar de su último domicilio; el día quince de octubre de

mil novecientos y seis.-

Los señores NESTOR MANUEL ESCOBAR CORTES, CARO-

LINA JANET ESCOBAR hoy de RODAS, DIDIA ANANI ESCOBAR

DE SANDOVAL y NANCY ARACELY ESCOBAR hoy de ORANTES,

son herederos universales instituidos por la de cujus; según Testamento

Nuncupativo otorgado en esta ciudad, a las once horas del día seis de

septiembre de mil novecientos noventa y seis, ante los oficios del

Notario, JUAN RAFAEL ANDRADE RUIZ; y en ese carácter se les

confiere la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel

que se crea con derecho en la presente sucesión, se presente a deducirlo

dentro de los quince días subsiguientes al de la tercera publicación de

este edicto.

LIBRADO en el Juzgado Segundo de lo Civil: Santa Ana, a las

quince horas veinte minutos del día nueve de abril de dos mil tres.- Dr.

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-

Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 14278-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado SALVADOR HERIBERTO

RAMIREZ, apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

que se abrevia "EL FONDO", Institución de Crédito Autónoma, de

Derecho Público, de este domicilio, contra el señor JESUS ANTONIO

CRUZ, conocido por JESUS ANTONIO MARQUEZ CRUZ, mayor de

edad, Estudiante, del domicilio de Soyapango, quien señaló esta ciudad

como su domicilio especial, reclamándole cantidad de colones y demás

accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bien

inmueble embargado siguiente: "Un lote de terreno urbano y construc-

ciones que contiene, marcado con el número VEINTIDOS del Polígono

SETENTA, de una extensión superficial de SESENTA METROS CUA-

DRADOS, con un área de construcción de TREINTA PUNTO CUA-

RENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de la Urbanización MON-

TES DE SAN BARTOLO V, situada en lugar llamado El Limón, en

Jurisdicción de Soyapango de este Departamento, el cual es de la

descripción siguiente: Partiendo de la intersección de los ejes de la

Avenida Abalam y pasaje número cincuenta, ambos abiertos en la

Urbanización MONTES DE SAN BARTOLO V, se mide sobre el eje de

este último ,una distancia de sesenta y tres punto cincuenta metros, con

rumbo Sur setenta y nueve grados cincuenta y un minutos cuarenta y

cuatro segundos Este, se llega a un punto en el que haciendo una

deflexión derecha de noventa grados y midiendo una distancia de dos

punto cincuenta metros, se llega al mojón número uno, esquina Nororiente

del lote que se describe así: AL ORIENTE: partiendo del mojón número

uno con rumbo Sur diez grados, cero ocho minutos dieciséis segundos

Oeste y distancia de doce metros, se llega al mojón número dos, lindando

en este tramo con lote número veinticuatro del mismo polígono; AL

SUR: partiendo del mojón número dos con rumbo Norte setenta y nueve

grados cincuenta y un minutos cuarenta y cuatro segundos y distancia de

cinco metros, se llega al mojón número tres, lindando en este tramo con

lote número veintiuno del mismo polígono. AL PONIENTE: partiendo

del mojón número tres con rumbo Norte, diez grados cero ocho minutos

dieciséis segundos Este y distancia de doce metros se llega al mojón

número cuatro, lindando por este lado con lote número veinte del mismo

polígono; AL NORTE: partiendo del mojón número cuatro con rumbo

Sur setenta y nueve grados cincuenta y un minutos cuarenta y cuatro

segundos Este y distancia de cinco metros se llega al mojón número uno,

sitio donde se inició la presente descripción, lindando en este tramo con

lote número veintiuno, del polígono setenta y uno, pasaje número

cincuenta de cinco metros de ancho de por medio. El lote así descrito

tiene un área de SESENTA METROS CUADRADOS, equivalente a

OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARAS

CUADRADAS. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor

del señor JESUS ANTONIO CRUZ, conocido por JESUS ANTONIO

MARQUEZ CRUZ, bajo el Asiento Número CERO CERO DOS, de la

Matrícula Número M CERO UNO CERO DOS CERO UNO CINCO

SEIS, del Registro Social de Inmuebles de este Departamento”.

Se admitirán posturas que se haga siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas, del día veintiséis de Octubre del dos mil uno.- Dr. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX AL-

BERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 14416-1

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

inicialmente por el Licenciado FERNANDO ARTURO BATLLE

PORTILLO continuado por el Licenciado LUIS FRANCISCO PINTO

como Apoderados de la Sociedad TARJETAS DE ORO, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra el señor MIGUEL

ALFREDO TORRES CALITO conocido por MIGUEL ALFREDO

TORRES, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal en fecha que

más adelante se señalará, el derecho proindiviso del cincuenta por ciento

del Bien Inmueble que a continuación se localiza y describe así: “UNA

PORCION DE TERRENO EN URBANIZACION o LOTE NUMERO

OCHO "A", URBANIZACION MANUEL JOSE ARCE, SITUADO

EN ESTA CIUDAD Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de

la superficie de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, VEIN-

TICINCO DECIMETROS CUADRADOS EQUIVALENTES A CIEN-

TO DIEZ VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y TRES CENTESI-

MAS DE VARA CUADRADA. Partiendo de la intersección del pasaje

y de CALLE INDEPENDENCIA, se mide sobre el eje de esta última una

distancia de sesenta y ocho metros sesenta y un centímetros y rumbo Sur

setenta y dos grados cincuenta y cinco minutos Oeste, llegando a un

punto del que se hace una deflexión derecha de noventa grados y se miden

veintiséis metros, veintiún centímetros para llegar al mojón Suroeste del

lote que se describe así: AL SUR: línea recta de doce metros cincuenta

centímetros y rumbo Sur setenta y dos grados cincuenta y cinco minutos

Oeste, lindado con LOTE NUMERO OCHO DE ESTE MISMO RE-

PARTO; AL PONIENTE: línea recta de seis metros catorce centímetros

y rumbo Norte dieciséis grados cincuenta y cinco punto siete minutos

Oeste, lindando con LOTE NUMERO SIETE "A" de este mismo reparto:

AL NORTE: línea recta de doce metros cincuenta centímetros y rumbo

Norte setenta y dos grados veinte punto nueve minutos Este, lindando

con lote propiedad de La Fuerza Armada antigua vía a Santa Tecla, de

veintidós metros de ancho de por medio: AL ORIENTE: línea recta de

seis metros veintidós centímetros y rumbo Sur dieciséis grados cincuenta

y cinco punto siete minutos Este, lindando con LOTE NUMERO

NUEVE "A" de este mismo reparto. Todas las colindancias mencionadas

son resto del inmueble de donde se segrega el descrito, propiedad de los

señores HORACIO VILLAVICENCIO MEDINA, MAX HUMBERTO

VILLAVICENCIO MEDINA y JORGE ERNESTO CAMPOS

CEDILLOS. Este inmueble está inscrito a favor de los señores MIGUEL

ALFREDO TORRES CALITO y BLANCA CELIA MARCIANO DE

TORRES quienes son dueños proindivisión por partes iguales; esta

inscrito al NUMERO SETENTA Y CUATRO, LIBRO CUATRO MIL

SEISCIENTOS OCHENTA DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD

RAIZ E HIPOTECAS DE LA PRIMERA SECCION DEL CENTRO

DEL DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR”.

SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las doce horas del día siete de abril del dos mil tres.-

Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DE LO

MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA,

SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 14412-1

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por la Doctora ANA CAMILA DE LEON DE CASTRO GARAY,

Apoderada General Judicial de AHORROMET SCOTIABANK, SO-

CIEDAD ANONIMA, ahora SCOTIABANK EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor JOSE BENJAMIN PEREZ,

se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble de natura-

leza urbana, situado en jurisdicción de Cuscatancingo, de este Departa-

mento, identificado como LOTE NUMERO TREINTA Y SIETE DEL

POLIGONO H, del Proyecto Habitacional denominado VILLAS DE

MONTECARMELO, cuya descripción técnica es la siguiente: partiendo

de la intersección de los ejes de la Calle Circunvalación Poniente y el

pasaje número nueve en el Reparto Montecarmelo se mide sobre el eje

del pasaje número nueve con rumbo Norte ochenta y tres grados trece

punto dos minutos Oeste, una distancia de setenta y tres metros. Partien-

do de este punto con deflexión izquierda de noventa grados y distancia

de tres metros, se llega al vértice Noroeste del lote que se describe, a partir

de este vértice el lote mide y linda: LADO OESTE: línea recta de quince

metros y rumbo Sur cero seis grados cuarenta y uno punto cero minutos

Oeste, lindando con lote número treinta y cinco del polígono H, del

Reparto Montecarmelo; LADO SUR: línea recta de cuatro metros y

rumbo Norte ochenta y tres grados trece punto dos minutos Oeste,

lindando con lote número treinta y seis del polígono H, de la misma

urbanización; LADO OESTE: línea recta de quince metros y rumbo

Norte cero seis grados cuarenta y uno punto cero minutos Este, lindando

con lote número treinta y nueve del polígono H, de la misma urbaniza-

ción; LADO NORTE: línea recta de cuatro metros y rumbo Sur ochenta

y tres grados trece punto dos minutos Este, lindando con lote número

veinticuatro del polígono I, estando de por medio el pasaje número nueve

de seis metros de ancho, todos de la misma urbanización. El lote así

descrito tiene una extensión superficial de SESENTA METROS CUA-

DRADOS equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA

Y CINCO VARAS CUADRADAS. El inmueble antes descrito es

propiedad del señor JOSE BENJAMIN PEREZ, por estar inscrito a su

favor en el Sistema de Folio Real, bajo la Matrícula número CERO UNO-

CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE-CERO CERO

CERO, Inscripción UNO, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipote-

cas de la Primera Sección del Centro.

Lo que se avisa al Público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a

las nueve horas del día veinticuatro de marzo de dos mil tres.- Lic. JOSE

GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO MER-

CANTIL SUPLENTE.- Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORE-

LLANA, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 14397-1

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Doctor CARLOS GUILLERMO MULLER DELGADO como

Apoderado del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, contra la

SOCIEDAD PREVISION TOTAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE, se venderá en Pública Subasta en fecha que más

adelante se señalará, el Bien Inmueble que a continuación se describe y

localiza así: "UN INMUEBLE DE NATURALEZA RUSTICA, SI-

TUADO EN EL CANTON LA ESPERANZA, JURISDICCION DE

OLOCUILTA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, de una capacidad

superficial de DIECINUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES

PUNTO NOVENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, equivalentes a

VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS PUNTO

ONCE VARAS CUADRADAS y según Escritura de Remedición se

describe especialmente así: TERRENO DE NATURALEZA RUSTI-

CA, UBICADO EN EL CANTON LA ESPERANZA, KILOMETRO

VEINTE ANTIGUA CARRETERA A OLOCUILTA, DEPARTA-

MENTO DE LA PAZ, QUE SE DESCRIBE ASI: partiendo del eje de la

Calle Antigua a Olocuilta con una línea recta de catorce metros veintitrés

centímetros y rumbo Sur sesenta y nueve grados dos punto siete minutos

Oeste se llega al mojón número UNO donde inicia la polígonal del

terreno descrito: LINDERO PONIENTE: partiendo del punto uno con

rumbo Norte diez grados treinta y seis punto uno minutos Oeste y una

distancia de nueve metros veintiún centímetros se llega al punto dos

colindando con CALLE EL LITORAL ANTIGUA CARRETERA A

OLOCUILTA, KILOMETRO VEINTE, partiendo del punto dos con

rumbo Norte, once grados cincuenta y tres punto ocho minutos Oeste y

una distancia de treinta y uno metros punto treinta y seis centímetros se

llega al punto tres colindando con CALLE EL LITORAL, ANTIGUA

CARRETERA A OLOCUILTA, KILOMETRO VEINTE: LINDERO

NORTE: partiendo del punto tres con rumbo Norte, ochenta y cuatro

grados cero LITORAL, ANTIGUA CARRETERA A OLOCUILTA,

KILOMETRO VEINTE: LINDERO NORTE: partiendo del punto tres

con rumbo Norte, ochenta y cuatro grados cero ocho punto tres minutos

Este y una distancia de veintiuno metros punto cincuenta y uno centíme-

tros se llega al punto cuatro colindando con JESUS ESPERANZA

HERNANDEZ. Partiendo del punto cuatro con rumbo Norte ochenta y

cuatro grados cuarenta y ocho punto nueve minutos Este y una distancia

de trece metros punto veintiocho centímetros se llega al punto cinco

colindando con JESUS ESPERANZA HERNANDEZ. Partiendo del

punto cinco con rumbo Norte setenta grados diecisiete punto tres minutos

Este y una distancia de treinta y tres metros punto dieciocho centímetros

se llega al punto seis colindando con JESUS ESPERANZA HERNAN-

DEZ. Partiendo del punto seis con rumbo Norte, sesenta grados cuarenta

y tres punto dos minutos Este y una distancia de cinco metros punto

cincuenta y seis centímetros se llega al punto siete colindando con

JESUS ESPERANZA HERNANDEZ. Partiendo del punto siete con

rumbo Norte diez grados cuarenta y ocho punto seis minutos Oeste y una

distancia de quince metros punto ochenta y seis centímetros se llega al

punto ocho colindando con JESUS ESPERANZA HERNANDEZ. Par-

tiendo del punto ocho con rumbo Norte cero tres grados treinta y cuatro

punto ocho minutos Oeste y una distancia de veintidós metros punto

cuarenta y siete centímetros se llega al punto nueve colindando con

JESUS ESPERANZA HERNANDEZ. Partiendo del punto nueve con

rumbo Sur sesenta y dos grados cuarenta punto dos minutos Este y una

distancia de veinticinco metros punto cero uno centímetros se llega al

punto diez colindando con JOSE NAVAS. Partiendo del punto diez con

rumbo Sur, cincuenta y cuatro grados cero cero punto seis minutos Este

y distancia de nueve metros punto setenta y ocho centímetros se llega al

punto once colindando con JOSE NAVAS. Partiendo del punto once con

rumbo Sur sesenta y seis grados cero cinco punto tres minutos Este y una

distancia de siete metros punto cincuenta centímetros se llega al punto

doce colindando con JOSE NAVAS. Partiendo del punto doce con

rumbo Sur ochenta y cinco grados cero tres punto siete minutos Este y

una distancia de seis metros punto cero dos centímetros se llega al punto

trece colindando con JOSE NAVAS. Partiendo del punto trece con

rumbo Sur setenta y nueve grados cero cero punto cinco minutos Este y

una distancia de treinta y tres metros punto sesenta centímetros se llega

al punto catorce colindando con ALEX GARCIA. Partiendo del punto

catorce con rumbo Sur ochenta y dos grados cincuenta y cuatro punto

nueve minutos Este y una distancia de treinta y seis metros punto

cuarenta y cinco centímetros se llega al punto quince colindando con

ALEX GARCIA. Partiendo del punto quince con rumbo Sur veintiocho

grados veintinueve punto dos minutos Este y una distancia de nueve

metros punto noventa centímetros se llega al punto diecisiete colindando

con QUEBRADA DE INVIERNO. Partiendo del punto dieciséis con

rumbo Norte sesenta y nueve grados cero seis punto cero minutos Oeste

y una distancia de cinco metros punto noventa y siete centímetros se llega

al punto diecisiete colindando con QUEBRADA DE INVIERNO. LIN-

DERO ORIENTE: partiendo del punto diecisiete: con rumbo Sur dieci-

nueve grados diez punto ocho minutos Oeste y una distancia de diecisiete

metros punto cincuenta y dos centímetros se llega al punto dieciocho

colindando con el DOCTOR ADOLFO MACEDA. Partiendo del punto

dieciocho con rumbo Sur veintidós grados cuarenta y seis punto ocho

minutos Oeste y una distancia de ocho metros punto setenta y ocho

centímetros se llega al punto diecinueve colindando con DOCTOR

ADOLFO MACEDA. Partiendo del punto diecinueve con rumbo Sur

veintiséis grados cuarenta y seis punto tres minutos Oeste y una distancia

de once metros punto sesenta y ocho centímetros se llega al punto veinte

colindando con DOCTOR ADOLFO MACEDA. Partiendo del punto

veinte: con rumbo Sur dieciséis grados cuarenta y uno punto tres minutos

Oeste y una distancia de nueve punto veintiocho centímetros se llegó al

punto veintiuno colindando con DOCTOR ADOLFO MACEDA. Par-

tiendo, del punto veintiuno, con rumbo Sur cero siete grados cero ocho

punto ocho minutos Oeste y una distancia de diez metros punto ochenta

y nueve centímetros se llega al punto veintidós colindando con DOC-

TOR ADOLFO MACEDA. Partiendo del punto veintidós con rumbo

Sur cero siete grados cero dos punto cuatro minutos Oeste y una distancia

de nueve metros punto cincuenta y cuatro centímetros se llega al punto

veintitrés colindando con DOCTOR ADOLFO MACEDA. Partiendo

del punto veintitrés con rumbo Sur cero cero grados veintitrés punto cero

minutos Oeste y una distancia de nueve metros punto cuarenta y uno

centímetros se llega al punto veinticuatro colindando con DOCTOR

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

ADOLFO MACEDA. Partiendo del punto veinticuatro con rumbo Sur

diecinueve grados veintidós punto nueve minutos Oeste y una distancia

de diez metros punto treinta y tres centímetros se llega al punto veinticin-

co colindando con DOCTOR ADOLFO MACEDA. Partiendo del punto

veinticinco rumbo Sur cincuenta y cinco grados veintiuno punto cuatro

minutos Oeste, y una distancia de dieciocho metros punto sesenta y

cuatro centímetros se llega al punto veintiséis colindando con SANTOS

ESCALANTE. Partiendo del punto veintiséis rumbo Sur sesenta grados

treinta y cuatro punto dos minutos Oeste y una distancia de veintitrés

punto cuarenta y uno centímetros se llega al punto veintisiete colindando

con SANTOS ESCALANTE, LINDERO SUR: partiendo del punto

veintisiete rumbo Norte cincuenta y tres grados cuarenta y uno punto dos

minutos Oeste y una distancia de nueve metros punto setenta y cinco

centímetros se llega al punto veintiocho colindando con JORGE AL-

BERTO SANCHEZ. Partiendo del punto veintiocho con rumbo Norte

cuarenta y ocho grados cero tres punto ocho minutos Oeste y una

distancia de veintisiete metros punto cuarenta y uno centímetros se llega

al punto veintinueve colindando con JORGE ALBERTO SANCHEZ.

Partiendo del punto veintinueve con rumbo Norte diecinueve grados

dieciocho punto cuatro minutos Este y una distancia de once metros

punto ochenta y tres centímetros se llega al punto treinta colindando con

BERNARDINO CHAVEZ. Partiendo del punto treinta con rumbo Norte

dieciséis grados cero dos punto cuatro minutos Este y una distancia de

cuarenta y dos metros punto setenta y siete centímetros se llega al punto

treinta y uno colindando con BERNARDINO CHAVEZ. Partiendo del

punto treinta y uno con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta y seis

punto nueve minutos Oeste y una distancia de treinta y nueve metros

punto setenta y seis centímetros se llega al punto treinta y dos colindando

con BERNARDINO CHAVEZ. Partiendo del punto treinta y dos con

rumbo Sur diez grados treinta y tres punto seis minutos Este y una

distancia, de veintidós metros punto cuarenta y ocho centímetros se llega

al punto treinta y tres colindando con BERNARDINO CHAVEZ.

Partiendo del punto treinta y tres con, rumbo Sur ochenta y tres grados

veintitrés punto uno minutos Oeste y una distancia de veintitrés metros

punto veintiuno centímetros se llega al punto treinta y cuatro colindando

con BERNARDINO CHAVEZ. Partiendo del punto treinta y cuatro con

rumbo Norte cero ocho grados cuarenta y uno punto nueve minutos Oeste

y una distancia de catorce metros punto setenta y nueve centímetros se

llega al punto treinta y cinco colindando con FRANCISCO BELTRAN

SANCHEZ. Partiendo del punto treinta y cinco con rumbo Sur setenta y

tres grados treinta y dos punto nueve minutos Oeste y una distancia de

catorce metros punto setenta y nueve punto sesenta y nueve centímetros

se llega al punto treinta y seis colindando con FRANCISCO BELTRAN

SANCHEZ. Partiendo del punto treinta y seis con rumbo Sur sesenta y

seis grados cincuenta y cuatro punto nueve minutos Oeste y una distancia

de cinco metros punto noventa centímetros se llega al punto treinta y siete

colindando con FRANCISCO BELTRAN SANCHEZ. Partiendo del

punto treinta y siete con rumbo Sur sesenta y nueve grados cero dos punto

siete minutos Oeste y una distancia de veintiocho metros punto cuarenta

y cuatro centímetros se llega al punto uno final de la POLIGONAL con

FRANCISCO BELTRAN SANCHEZ. Se hace constar que de los

inmuebles reunidos y remedidos queda excluido un LOTE DE DOS-

CIENTOS VEINTISIETE METROS CINCUENTA CENTIMETROS

CUADRADOS, por carecer de antecendente Inscrito. También queda

excluida la porción de terreno vendida al GOBIERNO DE EL SALVA-

DOR, para la ampliación de la CARRETERA. El inmueble rústico

descrito anteriormente pertenece al GARANTE HIPOTECARIO señor

WIBBERTO OTMARO LUNA FIGUEROA conocido por WISBERTO

OTMARO LUNA FIGUEROA y por OTMARO LUNA FIGUEROA,

de acuerdo con la Inscripción número CUARENTA Y NUEVE; remedido

al número CINCUENTA y Rectificada bajo el número CINCUENTA Y

UNO TODOS DEL LIBRO OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO

DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEL DEPARTAMENTO DE

LA PAZ."

SE ADMITIRAN POSTURAS SIENDO LEGALES.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las doce horas del día diez de febrero del año dos mil tres.-

Lic. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ TERCERO DEL LO

MERCANTIL.- Lic. ANA CECILIA FIGUEROA DE BARAHONA,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 14327-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las catorce horas

veinte minutos del día veintisiete de febrero de dos mil tres en el Juicio

Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENDEZ apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA, contra JOSE ANTONIO MONTERROSA ORDOÑEZ, reclamán-

dole cantidad de colones, se venderá en Pública Subasta en este Juzgado

el inmueble que a continuación se describe:

"Una casa de sistema mixto, marcado con el Número TREINTA Y UNO,

polígono "C" sector, Uno-C, Calle principal, de la Urbanización MADRE

TIERRA situada en los suburbios del Barrio El Calvario, en jurisdicción

de Apopa, de este departamento, de una extensión superficial, de SE-

SENTA METROS CUADRADOS y un área construída de treinta metros

cuadrados, y cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE, cinco

metros. AL ORIENTE, doce metros. El Inmueble anteriormente descrito

esta inscrito a favor del señor JOSE ANTONIO MONTERROSA

ORDOÑEZ, bajo asiento Número cero cero tres de la Matrícula número

M cero un millón siete mil cinco del registro Social de Inmuebles, e

Hipotecado a favor de la Institución ejecutante bajo asiento número cero

cero cuatro.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once

horas del día seis de marzo del dos mil tres.- Dr. DARIO VILLALTA

BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO

ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 14380-1

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS

MENENDEZ como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VI-

VIENDA, contra el señor RAUL ARMANDO ALFARO SIGUENZA,

reclamándole cantidad de colones, se venderá en este Juzgado, el

inmueble siguiente: "Un lote de terreno urbano y construcciones que

contiene marcado en el plano de lotificación respectivo con el número

OCHO, del Polígono DOS, del Proyecto de vivienda denominado

URBANIZACION LAS MARGARITAS V ETAPA, ubicado en el

Cantón El Limón, jurisdicción de Soyapango, de este Departamento. De

una extensión superficial de cincuenta metros cuadrados y un área de

construcción de sistema mixto de veintisiete metros cuadrados; cuyas

medidas perimetrales son: AL NORTE, CINCO METROS; AL ORIEN-

TE, DIEZ METROS; AL SUR, CINCO METROS; Y AL PONIENTE,

DIEZ. Inscrito dicho inmueble a favor del señor RAUL ARMANDO

ALFARO SIGUENZA, bajo el Sistema de Folio Real Matrícula M

CERO UNO CERO CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS

TREINTA, del Registro Social de Inmuebles Instituto Libertad y Progre-

so.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas del día dieciocho de febrero de dos mil tres. Dr. DARIO VILLAL-

TA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORI-

NO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. 14381-1

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovido

por el Abogado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, actuando

en calidad de Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA,

en contra de la señora ANA MARIA CASTELLANOS DE BLANCO,

conocida por ANA MARIA CASTELLANOS IMENDIA, reclamándo-

le cumplimiento de obligaciones y demás accesorios se venderá en

pública subasta en este Tribunal el inmueble que se describe a continua-

ción: "Un apartamento urbano, marcado con el número VEINTIUNO,

Edificio Multifamiliar número treinta y cinco del Condominio "G", del

Centro Urbano JOSE SIMEON CAÑAS, situado en jurisdicción de

Mejicanos de este Departamento, y se describe así: es de sistema mixto

y tiene dos metros sesenta centímetros de alto o sea que tiene una

superficie de cuarenta y nueve metros cuadrados veintiún decímetros

cuadrados y una capacidad de ciento veintisiete metros cúbicos noventa

y tres, decímetros cúbicos, consta de una sala, comedor, tres dormitorios,

cocina, baño y tendedero, el cual mide y linda: AL NORTE en siete

metros setenta y cinco centímetros con Edificio treinta y cuatro, espacio

aéreo sobre zona verde de por medio; AL ORIENTE, en seis metros

treinta y cinco centímetros con espacio aéreo sobre zona verde de este

mismo Condominio; AL SUR, en siete metros setenta y cinco centíme-

tros con espacio aéreo sobre terrenos propiedad del Instituto de Vivienda

Urbana, acera perimetral del Edificio y Calle Universitaria de por medio;

AL PONIENTE, en seis metros treinta y cinco centímetros con Aparta-

miento número veintidós, pared medianera de por medio, en la parte

inferior linda con el apartamiento número treinta y uno, obra gruesa

medianera de por medio, en la parte inferior linda con el apartamiento

número once de por medio, y en la parte superior con el apartamiento

número treinta y uno, obra gruesa medianera de por medio; la zona verde

mencionada que está bajo el espacio aéreo que limita el apartamiento

descrito por el Norte, Sur y Oriente, es parte del Condominio en que está

construido el Edificio número treinta y cinco del que forma parte el

apartamiento que se describe, propiedad del Instituto de Vivienda

Urbana. Todos los apartamientos y áreas colindantes al igual que el

inmueble objeto de este contrato, corresponden al mismo Edificio del

Condominio "G", del que forma parte el inmueble que se describe del

mismo Centro Urbano, los cuales son o han sido propiedad del Fondo

Nacional de Vivienda Popular". El inmueble antes relacionado se en-

cuentra inscrito a nombre de la demandada señora ANA MARIA

CASTELLANOS DE BLANCO, conocida por ANA MARIA CASTE-

LLANOS IMENDIA, bajo la Matrícula M CERO UNO CERO UNO

TRES SIETE DOS OCHO Asiento CERO CERO CUATRO, del Regis-

tro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Registro Social de Inmuebles de

este Departamento.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las once

horas y diez minutos del día tres de febrero del año dos mil tres.-MARIO

AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic. JOSE

DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. 14382-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal, por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENENDEZ, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio,

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

que se abrevia EL FONDO, contra la señora ELOISA DINORAH

AQUINO CASTELLANOS, mayor de edad, estudiante, con domicilio

especial en esta ciudad, reclamándole cantidad de colones y demás

accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bien

inmueble embargado siguiente: "Un lote de terreno Urbano y construc-

ciones que contiene marcado con el número veinte, del grupo cincuenta

y cinco, pasaje cincuenta y nueve, de una extensión superficial de setenta

y cinco metros cuadrados, equivalentes a ciento siete punto treinta y una

varas cuadradas, con un área de construcción de veintisiete punto

veinticinco metros cuadrados, de la Urbanización Sierra Morena Dos,

situada al Poniente del Ministerio de Agricultura y Ganadería, en

Jurisdicción de Soyapango de este Departamento, lote cuya descripción

técnica es la siguiente: NUMERO VEINTE DEL GRUPO CINCUEN-

TA Y CINCO: partiendo del punto de intersección, formado por los ejes

de la Calle San Jacinto y Pasaje número cincuenta y nueve, ambas vías

abiertas en la Urbanización Sierra Morena Dos, con rumbo Sur cero dos

grados dieciséis punto cinco minutos Este, se mide sobre el eje del pasaje

número cincuenta y nueve, una distancia de cincuenta y cuatro metros,

determinándose un punto de referencia desde el cual con una deflexión

izquierda de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto

cincuenta metros, se llega al vértice o Mojón Noroeste del lote a

describir, el cual a partir de dicho vértice y siguiendo el sentido del

movimiento de las agujas del reloj, mide y linda así: AL NORTE: línea

recta de quince metros con rumbo Norte ochenta y siete grados cuarenta

y tres punto cinco minutos Este, lindando en este tramo con lote número

dieciocho del grupo número cincuenta y cinco de la misma Urbaniza-

ción.- AL ORIENTE: línea recta de cinco metros, con rumbo Sur cero

dos grados dieciséis punto cinco minutos Este, lindando en este tramo

con lote número diecinueve del grupo número cincuenta y cinco de la

misma Urbanización.- AL SUR: línea recta de quince metros, con rumbo

Sur ochenta y siete grados cuarenta y tres punto cinco minutos Oeste,

lindando en este tramo con lote número veintidós del grupo número

cincuenta y cinco de la misma Urbanización.- AL PONIENTE: línea

recta de cinco metros, con rumbo Norte cero dos grados dieciséis punto

cinco minutos Oeste, lindando en este tramo con lote número diecinueve

del grupo número cincuenta y cuatro de la misma urbanización, pasaje

número cincuenta y nueve de cinco metros de derecho de vía de por

medio: llegando así al vértice Noroeste donde comenzó la descripción de

este lote. Todos los lotes colindantes son o han sido propiedad de la

Sociedad vendedora.

El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de la señora

ELOISA DINORAH AQUINO CASTELLANOS, bajo el Sistema de

Folio Real con matrícula Número CERO UNO- CERO CUARENTA Y

OCHO MIL CIENTO SEIS inscripción CERO CERO CERO DOS, de

este Departamento".-

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce

horas del día dieciocho de febrero del dos mil tres.- Dr. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX AL-

BERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14383-1

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS

MENENDEZ, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA, contra el señor JOSE LORENZO AGUILAR CALDERON, recla-

mándole cantidad de colones, se venderá en pública subasta en este

Juzgado, el inmueble siguiente: "Un lote de terreno y construcciones que

contiene marcado con el número CUARENTA Y SEIS, del GRUPO

CINCUENTA Y TRES, de una extensión superficial de CINCUENTA

Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, el cual forma

parte de la URBANIZACION CIMA DE SAN BARTOLO II, situada

parte en Valle La Unión y parte en Valle El Limón, ambos de la

Jurisdicción de Tonacatepeque, de este Departamento, y se describe así:

partiendo del punto de intersección de los ejes formados por la Avenida

La Fuente y Pasaje Número Treinta y Seis Poniente, ambos ejes abiertos

en la Urbanización, se mide sobre el eje del segundo con rumbo Sur

ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste una

distancia de ciento noventa y siete punto cincuenta metros llegando a un

punto en donde con una deflexión izquierda de noventa grados y una

distancia de uno punto cincuenta metros, se llega al vértice Noreste o

mojón número uno del lote que se describe, mide y linda así: AL

ORIENTE: partiendo del mojón número uno, con rumbo Sur cero dos

grados cero cero punto tres minutos Este y distancia de diez punto

cincuenta metros, se llega al mojón número dos, lindando este tramo con

lote número cuarenta y siete, grupo número cincuenta y tres de la misma

Urbanización. AL SUR: partiendo del mojón número dos, con rumbo Sur

ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste y

distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número tres,

lindando por este tramo con lote número treinta y nueve grupo número

cincuenta y tres de la misma Urbanización. AL PONIENTE: partiendo

del mojón número tres, con rumbo Norte cero dos grados cero cero punto

tres minutos Oeste y distancia de diez punto cincuenta metros, se llega

al mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote número

cuarenta y cinco, grupo número cincuenta y tres de la misma Urbaniza-

ción. AL NORTE: partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Norte

ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Este y

distancia de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número uno,

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

donde se inició la presente descripción, lindando por este tramo con lote

número treinta y nueve, grupo número cincuenta y dos de la misma

Urbanización, pasaje número treinta y seis Poniente de tres punto cero

cero metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene una

extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA

METROS CUADRADOS equivalentes a setenta y cinco punto doce

varas cuadradas, contiene área construida de veintisiete punto treinta y

cinco metros cuadrados". Inscrito dicho inmueble a favor del señor JOSE

LORENZO AGUILAR CALDERON, en el Sistema de Folio Real con

Matrícula Número CERO UNO- CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL

TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO-CERO CERO CERO, del Regis-

tro de la Propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas del día veintiuno de febrero de dos mil tres.- Dr. DARIO VILLALTA

BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO

ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14384-1

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público en general, que en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS

MENENDEZ, en su carácter de Apoderado Especial Judicial del FON-

DO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JOSE RICARDO

HURTADO DE LA O, conocido por JOSE RICARDO DE LA O

HURTADO, se venderá en pública subasta en fecha que posteriormente

se proporcionará, en este Juzgado, el inmueble embargado siguiente: lote

urbano y construcciones que contiene marcado con el número DOCE

Grupo DOS de la URBANIZACION CIMA DE SAN BARTOLO II,

situado en jurisdicción de Tonacatepeque, de este Departamento. Con un

área de construcción de VEINTISIETE PUNTO TREINTA Y CINCO

METROS CUADRADOS, cuyo valor es de VEINTIDOS MIL OCHO-

CIENTOS CINCUENTA Y SEIS COLONES CUARENTA CENTA-

VOS; y en el lote relacionado se encuentra construida una casa de sistema

mixto completamente nueva y con todos sus servicios; la cual mide y

linda: a partir de la intersección del pasaje número seis y el pasaje número

uno se miden sobre el eje del pasaje número uno treinta y seis punto

cincuenta metros y con deflexión derecha de noventa grados y una

distancia de dos punto cero cero metros se llega al esquinero SURESTE

del lote que se describe, el cual tiene las medidas y linderos siguientes:

AL SUR con distancia de cinco punto cero cero metros y rumbo Sur

ochenta y siete grados cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste, linda

con lote número nueve del grupo número uno propiedad de MARS, S.A.

DE C.V.; pasaje número uno de por medio de cuatro punto cero cero

metros de ancho; AL OESTE, con distancia de diez punto cincuenta

metros y rumbo Norte cero dos grados cero cero punto tres minutos

Oeste, linda con lote número once del grupo número dos propiedad de

MARS, S.A. DE C.V.; AL NORTE, con distancia de cinco punto cero

cero metros y rumbo Norte, ochenta y siete grados cincuenta y nueve

punto siete minutos Este, linda con lote número veintisiete del grupo

número dos, propiedad de MARS, S.A. DE C.V.; AL ESTE, con

distancia de diez punto cincuenta metros y rumbo Sur cero dos grados

cero cero punto tres Este, linda con lote número Trece del grupo número

Dos propiedad de MARS, S.A. DE C. V.- El lote así descrito tiene un área

de CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS CINCUENTA

CENTESIMOS DE METRO CUADRADO equivalentes a SETENTA

Y CINCO VARAS CUADRADAS DOCE CENTESIMOS DE VARA

CUADRADA. El inmueble anteriormente descrito, está inscrito a favor

del ejecutado señor JOSE RICARDO HURTADO DE LA O, conocido

por JOSE RICARDO DE LA O HURTADO, en el Sistema de Folio Real

con la matrícula número CERO UNO- CERO NOVENTA MIL CUA-

RENTA Y NUEVE- CERO CERO CERO, Inscripción DOS, del Regis-

tro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las ocho

horas y treinta minutos del día seis de febrero del año dos mil tres.- Lic.

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

CIVIL.- Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. 14386-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENENDEZ, Apoderado del "FONDO SOCIAL PARA LA

VIVIENDA", Institución de Crédito Autónoma de este domicilio que se

abrevia "EL FONDO" contra el señor OSCAR ARMANDO DIAZ

FLORES, conocido por OSCAR ARMANDO FLORES, mayor de edad,

empleado, con domicilio especial en esta ciudad, reclamándole cantidad

de colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en

este Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: "Un lote de terreno

urbano marcado con el número SIETE, el Grupo Siete, Reparto EL

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

COCAL, Jurisdicción de Apopa, de este Departamento, el cual tiene la

localización y linderos siguientes; partiendo de la intersección de la Calle

Noé Canjura y Calle Gustavo Alvarado, con rumbo Sur setenta y un

grados cincuenta y cinco punto cero minutos Este, se mide hacia el Este

sobre el eje de la Calle Gustavo Alvarado, una distancia de veintiocho

metros sesenta centímetros, para llegar a un punto de donde, con

deflexión derecha de noventa grados, una distancia de cinco metros, se

llega al vértice Noreste del lote que se describe, cuyas medidas y linderos

son: AL NORTE, siete metros, veinte centímetros en línea recta de

rumbo Sur, setenta y un grados cincuenta y cinco punto cero minutos

Este, paralela al eje de la Calle Gustavo Alvarado, lindando con lote

número diez del Grupo número seis y pasaje "C", con Calle Gustavo

Alvarado, de trece metros cincuenta centímetros de ancho de por medio,

AL ORIENTE, línea quebrada de dos tramos, el primero de diecisiete

metros en línea recta de rumbo Sur dieciocho grados cero cinco punto

cero minutos Oeste, perpendicular al eje de la Calle Gustavo Alvarado,

lindando con lote número seis del grupo número siete; y el segundo tramo

de veintiocho metros ochenta centímetros en línea recta de rumbo Sur

setenta y un grados, cincuenta y cinco punto cero minutos Este, paralela

al eje de la Calle Gustavo Alvarado, linda con lotes números seis, cinco

cuatro, tres, del grupo número siete; AL SUR treinta y siete metros

cincuenta y cinco centímetros en línea recta de rumbo Sur trece grados

dieciséis punto ocho minutos Oeste, paralela al eje de la Calle Gustavo

Alvarado, linda con terrenos del Instituto Salvadoreño el Seguro Social

y AL PONIENTE, veintisiete metros sesenta centímetros en línea recta

de rumbo Norte dieciocho grados, cero cinco punto cero minutos Este,

perpendicular al eje de la Calle Gustavo Alvarado, lindando con lote

número ocho del grupo número siete. El lote así descrito tiene un área de

TRESCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS SESENTA DECI-

METROS CUADRADOS, equivalentes a CUATROCIENTOS CUA-

RENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS CUARENTA Y UN

CENTESIMOS DE VARA CUADRADA, el cual se encuentra inscrito

a favor del demandado OSCAR ARMANDO DIAZ FLORES, conocido

por OSCAR ARMANDO FLORES, bajo el número CINCUENTA del

LIBRO DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro".

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil. San Salvador, a las nueve

horas con cuarenta y cinco minutos del día cuatro de febrero del dos mil

tres.- Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14389-1

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

iniciada en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque y conti-

nuada en este Tribunal por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS

MENENDEZ, Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIEN-

DA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio, contra la señora

JULIETA BARRIENTOS LOPEZ, mayor de edad, Empleada, del

domicilio de Tonacatepeque y actualmente de domicilio ignorado y

representada por su Curador Especial Doctor RENE AYALA MENDO-

ZA, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se

venderá en Pública Subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado

siguiente: "Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene,

marcado con el número VEINTIUNO, del Grupo NUMERO CIN-

CUENTA Y CUATRO de la URBANIZACION CIMA DE SAN BAR-

TOLO II, SEGUNDA ETAPA, situada parte en Valle La Unión y parte

en Valle El Limón, ambos de la jurisdicción de Tonacatepeque de este

Departamento, de una extensión superficial de CINCUENTA Y DOS

PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a se-

tenta y cinco punto doce varas cuadradas y con un área de construcción

de sistema mixto de veintisiete punto treinta y cinco metros cuadrados,

siendo su descripción técnica la siguiente: partiendo del punto de

intersección de los ejes formado por la Avenida La Fuente y Pasaje

número treinta y ocho Poniente, ambos ejes abiertos en la Urbanización,

se mide sobre el eje del segundo con rumbo Sur ochenta y siete grados

cincuenta y nueve punto siete minutos Oeste y una distancia de ciento

doce punto cincuenta metros, llegando a un punto en donde con una

deflexión derecha de noventa grados y una distancia de uno punto

cincuenta metros se llega al vértice Suroeste o mojón número uno del lote

que se describe, mide y linda así: AL PONIENTE: partiendo del mojón

número uno, con rumbo Norte cero dos grados cero cero punto tres

minutos Oeste y distancia de diez punto cincuenta metros se llega al

mojón número dos, lindando en este tramo con lote número veintidós,

grupo número cincuenta y cuatro de la misma Urbanización. AL NOR-

TE: partiendo del mojón número dos, con rumbo Norte ochenta y siete

grados cincuenta y nueve punto siete minutos Este y distancia de cinco

punto cero cero metros se llega al mojón número tres, lindando por este

tramo con lote número sesenta y cuatro grupo número cincuenta y cuatro

de la misma Urbanización. AL ORIENTE: partiendo del mojón número

tres, con rumbo Sur cero dos grados cero cero punto tres minutos Este y

distancia de diez punto cincuenta metros, se llega al mojón número

cuatro, lindando por este tramo con lote número veinte grupo número

cincuenta y cuatro, de la misma Urbanización. AL SUR: partiendo del

mojón número cuatro, con rumbo Sur ochenta y siete grados cincuenta

y nueve punto siete minutos Oeste y distancia de cinco punto cero cero

metros se llega al mojón número uno, donde se inició la presente

descripción, lindando por este tramo con lote número sesenta y cuatro

grupo número cincuenta y cinco de la misma Urbanización, pasaje

número treinta y ocho Poniente de tres punto cero cero metros de ancho

de por medio. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de la

demandada señora JULlETA BARRIENTOS LOPEZ, bajo Matrícula de

Folio Real Número CERO UNO - UNO UNO OCHO CERO SIETE

UNO - CERO CERO CERO, Inscripción DOS, del Registro de la

Propiedad de este Departamento".

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las once

horas del día treinta y uno de enero de dos mil tres.- Dr. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX AL-

BERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14390-1

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal, por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENENDEZ, como Apoderado del FONDO SOCIAL PARA

LA VIVIENDA, Institución de Crédito Autónoma, de este domicilio,

que se abrevia "El Fondo", contra el señor MARTIN MENDEZ conocido

por MARTIN VINUEZA MENDEZ, mayor de edad, comerciante en

pequeño, de este domicilio, reclamándole cantidad de colones y demás

accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bien

inmueble embargado siguiente: ““Un Apartamento de Naturaleza Urba-

na, marcado con el Número catorce del Edificio "I", el cual forma parte

del Condominio Prado de Candelaria, situado en el Barrio de Candelaria,

Jurisdicción de esta ciudad y Departamento, de una extensión Superficial

de veintiocho punto cero cero metros cuadrados y tiene la descripción

siguiente: Apartamento Número CATORCE Edificio "I" partiendo de la

intersección de los ejes de Calle Prado y calle proyectada y sobre el eje

de esta última con rumbo Norte catorce grados y cuarenta y seis punto

siete minutos Este y una distancia de noventa y tres punto cincuenta

metros, en este punto y con rumbo Norte ochenta y ocho grados treinta

punto cinco minutos Este y una distancia de treinta y uno punto treinta

y cinco metros, se localiza el esquinero Surponiente del Apartamento

Número Catorce edificio "I" , que se describe: LADO PONIENTE:

Tramo recto con rumbo Norte un grados veintinueve punto cinco

minutos Oeste y una distancia de seis punto cero cero metros, linda con

Apartamento Número Trece Edificio "I" del Condominio Prado de

Candelaria, propiedad del Arquitecto JOSE ALBERTO CALEDONIO

ROMERO teniendo de por medio pared medianera de bloque de concreto

tipo saltex de quince centímetros de espesor. LADO NORTE: Tramo

recto con rumbo Norte ochenta y ocho grados treinta punto cinco minutos

Este y una distancia de cinco punto quince metros, linda con Apartamen-

to número Catorce Edificio "J" del Condominio Prado de Candelaria,

propiedad del Arquitecto JOSE ALBERTO CALEDONIO ROMERO

teniendo por medio pasillos de acceso de uno punto cero cero metros de

ancho cada uno para edificios "I" y "J" del Condominio Prado de

Candelaria y arriate central de uno punto cincuenta metros de ancho.

LADO ORIENTE: Tramo recto con rumbo Sur un grados veintinueve

punto cinco metros Este y una distancia de cinco punto cero metros, linda

con terrenos que fueron propiedad de MARCELINO MONTENEGRO,

hijo. Y LADO SUR: Formado por tres tramos rectos, el primero con

rumbo Sur ochenta y ocho grados treinta punto cinco minutos Oeste y una

distancia de dos punto quince metros, el segundo rumbo Sur un grado

veintinueve punto cinco minutos Este y una distancia de uno punto cero

cero metros, y el tercero rumbo Sur ochenta y ocho grados treinta punto

cinco minutos Oeste y una distancia de tres punto cero cero metros, linda

con apartamento Número trece Edificio "H" del Condominio Prado de

Candelaria, propiedad del Arquitecto JOSE ALBERTO CALEDONIO

ROMERO, teniendo de por medio zona verde común de dos punto cero

cero metros y tres punto cero cero metros de ancho, pertenecientes al

Condominio Prado de Candelaria. Llegando al punto de inicio de la

descripción.- El Apartamento linda por la parte baja del piso con el bien

raíz del inmueble y por la parte superior o cielo visible con una abertura

libre de dos punto cuarenta metros, existiendo estructura gruesa media-

nera o loza de entrepiso de veinte centímetros de espesor, con el

Apartamento número veinticuatro Edificio "I" del Condominio Prado de

Candelaria, propiedad del Arquitecto JOSE ALBERTO CALEDONIO

ROMERO, este Apartamento tiene un área de veintiocho punto cero cero

metros cuadrados, equivalente a cuarenta punto cero seis varas cuadradas

y su medida cúbica es de sesenta y siete punto veinte metros cúbicos"".

El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del señor

MARTIN MENDEZ conocido por MARTIN VINUEZA MENDEZ al

Número de la Matrícula M CERO UN MILLON QUINCE MIL CIEN-

TO SETENTA Y OCHO Asiento CERO CERO TRES del Registro

Social de Inmuebles de este Departamento.-

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

quince horas del día seis de febrero de dos mil tres.- Dr. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX AL-

BERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14391-1

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE

ALAS MENENDEZ, en su carácter de Apoderado Especial Judicial del

FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor MARCOS

ANTONIO VELA conocido por MARCOS ANTONIO VELA GON-

ZALEZ, reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales,

se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que oportuna-

mente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente: El lote es de

naturaleza urbana y en él hay construido un apartamento de sistema

mixto, completamente nuevo y con todos sus servicios y tiene la

localización, medidas y linderos siguientes: APARTAMENTO NUME-

RO DOSCIENTOS OCHO, EDIFICIO “B” partiendo de la intersección

de los ejes del pasaje Chocoy y el pasaje Canal, ambos abiertos en este

reparto, se miden sobre este último dos metros cincuenta centímetros con

rumbo Sur ochenta y un grados cincuenta y cinco punto nueve minutos

Oeste, luego con una deflexión izquierda de noventa grados se miden

cinco metros, localizándose así el esquinero Noroeste del Apartamento

número ciento uno del Edificio "B", cuya elevación sobre el nivel del mar

es de cuatrocientos setenta y un metros. De este punto se mide una

distancia de treinta y cinco metros ochenta centímetros con rumbo Sur

ochenta y un grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Oeste,

localizándose el esquinero Noreste del apartamento número ciento ocho

del Edificio "B", con elevación de cuatrocientos setenta y un metros

sobre el nivel del mar.- Partiendo del esquinero Noreste del apartamento

número ciento ocho del Edificio "B", se miden verticalmente hacia arriba

dos metros sesenta centímetros llegando al esquinero Noreste del apar-

tamento que se describe y cuya elevación sobre el nivel del mar es de

cuatrocientos setenta y tres metros sesenta centímetros.- Este apartamen-

to mide y linda: AL ORIENTE: línea recta de siete metros seiscientos

setenta y cinco milímetros con rumbo Sur ocho grados cuatro punto un

minuto Este, que linda con Apartamento número doscientos siete del

Edificio “B”, segunda planta, pared medianera y malla ciclone entre

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

ambas: AL SUR, línea recta compuesta de tres tramos así: el primero,

línea recta de tres metros cuatrocientos cinco milímetros, con rumbo Sur

ochenta y un grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Oeste, que

linda con el espacio aéreo sobre terreno del Doctor Urrutia Bustamante,

espacio aéreo sobre zona verde de por medio; el segundo, línea recta de

dos metros setenta y cinco milímetros con rumbo Norte, ocho grados

cuatro punto un minuto Oeste, que linda con apartamento número

doscientos nueve del Edificio “B”, segunda planta, espacio aéreo sobre

tendedero de los apartamentos números ciento ocho y ciento nueve del

Edificio B, de por medio; y el tercero, línea recta de un metro seiscientos

setenta y cinco milímetros con rumbo Sur ochenta y un grados cincuenta

y cinco punto nueve minutos Oeste, que linda con espacio aéreo sobre

terreno del Doctor URRUTIA BUSTAMANTE, espacio aéreo sobre

zona verde de por medio; AL PONIENTE, línea recta de cinco metros

sesenta centímetros con rumbo Norte ocho grados cuatro punto un

minutos Oeste que linda con apartamento número doscientos nueve del

Edificio “B”, segunda planta, pared medianera entre ambos. Y AL

NORTE, línea recta de cinco metros ocho centímetros con rumbo Norte

ochenta y un grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Este, que

linda con apartamento número doscientos quince del Edificio “C”,

segunda planta, espacio aéreo sobre zona verde de dos metros cincuenta

centímetros de ancho del edificio “C”, pasaje Canal de cinco metros de

ancho, zona verde de dos metros cincuenta centímetros de ancho del

Edificio “B”, de por medio.- Por la parte baja o piso linda con apartamen-

to número ciento ocho del Edificio “B”, obra gruesa o losa de por medio.-

Por la parte superior con espacio aéreo propiedad del Condominio, techo

de lámina de asbesto de por medio.- Tiene una altura promedio de dos

metros cincuenta centímetros.- El área total del apartamento es de

TREINTA Y CINCO PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUA-

DRADOS equivalentes a CINCUENTA VARAS CUADRADAS

OCHENTA Y UN CENTESIMAS DE VARA CUADRADA, con una

área construida de TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS CUA-

RENTA Y UN DECIMETROS CUADRADOS, con una capacidad de

OCHENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUBI-

COS.- El lote antes descrito está inscrito a favor del ejecutado bajo el

número SIETE del Libro CUATRO MIL SESENTA Y NUEVE, del

Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del

Centro de este Departamento.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas y treinta minutos del día veintiocho de febrero del año dos mil tres.-

Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

CIVIL. Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. 14392-1

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público en general, que en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS

MENENDEZ, en su carácter de Apoderado Especial Judicial del FON-

DO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora GILMA

MARLENY HERNANDEZ conocida por GILMA MARLENY DIAZ

HERNANDEZ, se venderá en pública subasta en fecha que posterior-

mente se proporcionará, en este Juzgado, el inmueble embargado si-

guiente: Apartamento número OCHO, Planta Alta del Edificio "Ñ",

Pasaje número uno del Condominio ATLANTA ORIENTE, situado en

jurisdicción de Mejicanos de este Departamento, y tiene la localización,

medidas y linderos siguientes: Está situado en segunda planta o piso y

consta de una superficie construida de TREINTA METROS CUADRA-

DOS equivalentes a CUARENTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y DOS

VARAS CUADRADAS, y de un jardín interior en la planta baja que

tiene una superficie de cinco punto treinta metros cuadrados equivalentes

a siete punto cincuenta y ocho varas cuadradas. La medida cúbica de la

porción construida es de setenta y cinco metros cúbicos. El jardín interior

está ubicado en una elevación de setecientos cuarenta y seis metros y el

área construida a una elevación de setecientos cuarenta y ocho punto

cincuenta metros, ambas medidas sobre el nivel medio del mar. Debido

a que las partes antes mencionadas están ubicadas en distintos niveles e

hará una descripción individual de cada una, de la siguiente manera:

descripción técnica de la parte construida se inicia así: Partiendo de la

intersección de los ejes de la Calle al Volcán y el pasaje número uno, se

mide sobre el último con rumbo Norte cero cinco grados catorce punto

un minutos Oeste y una distancia de ciento uno punto cuatrocientos cinco

metros, en este punto se hace una deflexión izquierda de noventa grados

y se mide una distancia de dos metros, desde este punto se mide

verticalmente hacia arriba una altura de dos punto cincuenta metros y se

localiza el esquinero Sureste del inmueble cuyos linderos son los

siguientes: AL LADO SUR: tramo recto de rumbo Sur, ochenta y cuatro

grados cuarenta y cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de cinco

metros, lindando con la parte construida del apartamento número diez del

edificio "Ñ". LADO OESTE: Línea quebrada compuesta por cinco

tramos rectos: el primer tramo rumbo Norte cero cinco grados catorce

punto un minutos Oeste y distancia de uno punto cero setenta y cinco

metros; segundo tramos, rumbo Sur ochenta y cuatro grados cuarenta y

cinco punto nueve minutos Oeste y distancia de uno punto sesenta

metros; tercer tramo, rumbo Norte cero cinco grados catorce punto un

minutos Oeste y distancia de uno punto cuarenta metros; cuarto tramo:

rumbo Norte ochenta y cuatro grados cuarenta y cinco punto nueve

minutos Este, y distancia de cero punto setenta metros; y quinto tramo,

rumbo Norte, cero cinco grados catorce punto un minutos Oeste y

distancia de dos punto cincuenta y cinco metros, lindando con el espacio

aéreo de los jardines interiores de los apartamientos números siete y ocho

ambos del edificio “Ñ”. LADO NORTE: tramo recto de rumbo Norte

ochenta y cuatro grados cuarenta y cinco punto nueve minutos Este y

distancia de seis metros, lindando con el apartamento número seis del

edificio "Ñ", teniendo de por medio el espacio aéreo del acceso común

a los apartamientos números: cinco, seis, siete y ocho, todos del edificio

"Ñ", de un punto ochenta metros de ancho, LADO ESTE: tramo recto de

rumbo Sur cero cinco grados catorce punto un minutos Este y distancia

de cinco punto cero veinticinco metros, lindando con zona verde de

condominio, con el espacio aéreo del pasaje número uno, de por medio,

de cuatro metros de ancho entre líneas de propiedad. Este inmueble linda

también por el lado interior o piso con la construcción del apartamiento

número siete del edificio “Ñ” y por la parte superior o cielo con el espacio

aéreo. Los apartamientos y edificio colindantes y mencionados en los

linderos: Sur, Oeste, Norte, Este e inferior, pertenecen al mismo Condo-

minio y con propiedad de Cromeyer Durón, Ingenieros Civiles S.A. de

C. V., e Ingeniero Pedro Manuel Pérez Guillén. La descripción técnica

del jardín interior se inicia así: Partiendo del vértice Noroeste de la

porción que se acaba de describir, se mide verticalmente hacia abajo una

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

altura de dos punto cincuenta metros. Desde este punto se mide con

rumbo Norte cero cinco grados catorce punto un minutos Oeste y una

distancia de cero punto noventa metros y se localiza el esquinero Noreste

del inmueble cuyos linderos son los siguientes: LADO ESTE: tramo

recto de rumbo Sur cero cinco grados catorce punto un minutos Este y

distancia de dos punto sesenta y cinco metros, lindando con el acceso

común a los apartamientos números cinco, seis, siete y ocho, todos del

edificio "Ñ", y con la parte construida del apartamiento número siete del

edificio "Ñ"; LADO SUR: Tramo recto de rumbo Sur, ochenta y cuatro

grados cuarenta y cinco punto nueve minutos Este y distancia de dos

metros, lindando con el jardín interior del apartamiento número siete del

edificio "Ñ". LADO OESTE: Tramo recto de rumbo Norte, cero cinco

grados catorce punto un minutos Oeste y distancia de dos punto sesenta

y cinco metros, lindando con los jardines interiores de los apartamientos

números veinte y diecinueve del edificio "Ñ"; LADO NORTE: tramo

recto de rumbo Norte ochenta y cuatro grados cuarenta y cinco punto

nueve minutos Este y distancia de dos metros, lindando con el jardín

interior del apartamiento número seis del edificio "Ñ". Los apartamien-

tos y edificios colindantes mencionados por los linderos: Este, Sur, Oeste

y Norte, pertenecen al mismo Condominio y son propiedad de Cromeyer

Durón, Ingenieros Civiles, S. A. de C. V., e Ingeniero Pedro Manuel

Pérez Guillén. EI inmueble anteriormente descrito, está inscrito a favor

de la ejecutada señora GILMA MARLENY HERNANDEZ conocida

por GILMA MARLENY DIAZ HERNANDEZ, bajo el número ONCE

del libro TRES MIL SETECIENTOS CATORCE del Registro de la

Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las ocho

horas y cincuenta minutos del día siete de marzo del año dos mil tres.- Lic.

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO

CIVIL. Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. 14393-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito

Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el Dr. LUIS

REYES SANTOS, como Apoderado General Judicial de la señora

MARILIA ALVAREZ, quien es de treinta y dos años de edad, de oficios

domésticos y del domicilio de la Villa de El Sauce; solicitando se

extienda título supletorio de una porción de terreno de naturaleza rústica,

situada en el Cantón El Rincón, jurisdicción de El Sauce, de este Distrito,

Departamento de La Unión, de una extensión superficial de siete mil

quinientos treinta y tres punto sesenta metros cuadrados, que tiene las

medidas y linderos siguientes: Al Oriente, ciento cinco metros, colinda

con CECILO VELASQUEZ, camino vecinal de por medio, cercos de

piedra y alambre medianero; Al Norte, dieciséis punto ocho metros,

colinda con propiedad de JOSEFA GRANADOS, cercos de alambre y

piedra medianeros; Al Poniente, ciento cincuenta y tres metros, colinda

con propiedad de la sucesión de ANASTACIO OCHOA, representada

por BARTOLO GRANADOS; cercos de piedra propio; y Al Sur, cien

metros y colinda con propiedad de JOSEFA GRANADOS, cercos de

alambre y piedra medianeros. Dicho inmueble la parte pretensora lo

valora en la cantidad de diez mil colones, y fue adquirido por compra

hecha al señor PAULINO GRANADOS, quien es de sesenta años de

edad, agricultor en pequeño, del domicilio de la Villa de El Sauce.

Librado en el Juzgado de lo Civil Santa Rosa de Lima, Departa-

mento de La Unión, a los veintisiete días de marzo de dos mil tres. Lic.

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARI-

NA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14444-1

ZOILA INES GUATEMALA ROSA, NOTARIO, DEL DOMICILIO

DE SAN SALVADOR, CON OFICINA JURIDICA SOBRE LA AVE-

NIDA JOSE MARIA CORNEJO, CASA NUMERO VEINTICINCO,

DE ESTA CIUDAD, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: I) Que ante los oficios de la suscrita Notario, ha

comparecido el señor JOSE LEON MEJIA BURGOS, de ochenta y dos

años de edad, Jornalero, del domicilio de la Villa de San Lorenzo, con

Documento Unico de Identidad número cero dos millones setecientos

cuarenta y cuatro mil trescientos ochenta y cuatro-siete; SOLICITAN-

DO de conformidad a la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción

Voluntaria y de Otras Diligencias: TITULO SUPLETORIO a su favor

sobre un terreno rústico, sin cultivos, situado en el Canton Santa Lucia,

jurisdicción de San Lorenzo, de la capacidad más o menos de CIN-

CUENTA Y UN AREAS VEINTICINCO CENTIAREAS, en la cual

hay edificada una casa de sistema mixto, techo de tejas y queda compren-

dida dentro de los linderos parciales siguientes: AL ORIENTE línea

quebrada y semi curva de ochenta y nueve metros cincuenta centímetros,

linda en parte con terrenos de JOSE ANTONIO MONTANO y MIGUEL

ANGEL MONTANO ALFARO; camino que conduce al Cantón San

Francisco de por medio; AL NORTE: cincuenta y nueve metros diez

centímetros, linda con terreno de JOSE ANTONIO MONTANO, cami-

no que conduce al Cantón San Francisco de por medio; AL PONIENTE:

línea quebrada de ciento trece metros noventa centímetros, linda con

terreno del señor MARIANO LEONOR, y AL SUR: línea quebrada de

cuarenta y ocho metros setenta centímetros, linda con terreno de MA-

RIANO LEONOR. No es sirviente, dominante, ni proindiviso. II) Que el

compareciente lo adquirió por posesión material por más de cuarenta

años. III) Dicho inmueble carece de antecedente inscrito y que lo ha

poseído por más de cuarenta años, en forma quieta, pacifica e initerrum-

pida posesión.

Lo cuál se hace saber para los efectos de Ley.

Librado en San Vicente, el día veintinueve de abril del dos mil tres.-

Licda. ZOILA INES GUATEMALA ROSA,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. 14445-1

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO. Notario, con Oficina

Jurídica ubicada sobre la Avenida Juan Manuel Rodríguez número

diecisiete de este ciudad, al público,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA

CONCEPCION QUITEÑO BARAHONA VIUDA DE CAÑENGUEZ,

de cincuenta y seis años de edad, de oficios domésticos, de este domicilio,

con Documento Unico de Identidad número cero uno tres nueve cinco

seis nueve seis-nueve solicitando a su nombre TITULO SUPLETORIO

de inmueble rústico ubicado en el Cantón El Espino Arriba de esta

jurisdicción, Departamento de La Paz, de una superficie de OCHO MIL

CIENTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, y de los linderos

siguientes: al NORTE, linda con MARGOTH ALFARO DE CRISTA-

LES, camino vecinal de por medio; al ORIENTE, con RAFAEL RUIZ,

ISIDRO ALFONSO VILLALTA y MARIA JULIA REYES RIVAS,

con todos, camino vecinal de por medio; al SUR con MANUEL

HUMBERTO FLORES, y al PONIENTE, con MARIA NATIVIDAD

FLORES. No es sirviente ni es dominante, no tiene cargas, ni derechos

reales que lo afecten no lo posee en proindivisión con ninguna persona,

y lo estima en la suma de OCHOCIENTOS DOLARES de los Estatutos

Unidos de América, lo adquirió por venta que le hiciera don EUGENIO

BARAHONA. Los colindantes son todos de este domicilio. Se avisa al

público para los efectos de ley.

Zacatecoluca, veintiocho de marzo del dos mil tres.

Lic. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 14429-1

AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO. Notario, con Oficina

Jurídica ubicada sobre la Avenida Juan Manuel Rodríguez. Número

diecisiete de este ciudad al público,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señora

MARIA ISABEL CARBALLO MERINO. de sesenta años de edad de

oficios domésticos, de este domicilio con Documento Unico de Identi-

dad número cero uno nueve cinco tres uno seis cuatro-cuatro, solicitando

a su nombre TITULO SUPLETORIO, de inmueble rústico, ubicado en

el Cantón EL Chile, jurisdicción de San Juan Nonualco, Departamento

de La Paz, de una superficie de DIECISIETE AREAS TREINTA y

NUEVE CENTIAREAS, el cual contiene la mitad de una casa y de los

linderos siguientes: al NORTE, MARIA MARGARITA CRESPIN

RUIZ; al ORIENTE. EVA SUNCIN DE ALVARADO; al SUR, con

terreno de JOSE ANTONIO CRESPIN MIRANDA, mojones y cerco de

izotes de por medio; y al PONIENTE, con ROSELIA URSULA MAR-

TINEZ VIUDA DE IGLESIAS, camino de por medio. No es sirviente ni

es dominante, no tiene cargas ni derechos reales que lo afecten, no lo

posee en proindivisión con ninguna persona, y lo estima en la suma de

QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES CON CUARENTA Y

TRES CENTAVOS DE DOLAR de los Estados Unidos de América, lo

adquirió por venta que le hiciera don ANDRES CRESPIN RUIZ y el

señor MIGUEL ANGEL MERINO. Los colindantes son todos de ese

domicilio.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Zacatecoluca, veintiocho de marzo del dos mil tres.

Lic. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 14431-1

AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, Notario, con Oficina

Jurídica ubicada sobre la Avenida Juan Manuel Rodríguez. número

diecisiete, de esta ciudad, al público,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señora

MARIA ESPERANZA REYES MARTINEZ, de treinta y seis años de

edad, de oficios domésticos, del domicilio de San Luis Talpa, con

documento Unico de Identidad número cero cero siete nueve ocho dos

uno siete-dos. solicitando a su nombre TITULO SUPLETORIO, de

inmueble rústico, ubicado en el Cantón Zambombera, jurisdicción de

San Luis Talpa, Departamento de La Paz, de una superficie de DOS MIL

SETECIENTOS DIECIOCHO PUNTO DOCE METROS CUADRA-

DOS de las colindancias especiales siguientes: al NORTE, RAFAEL

ANDRES TAMACAS; al ORIENTE, MIGUEL ANGEL REYES

MARTINEZ y JOSE SIMON REYES MARTINEZ, con ambos camino

vecinal de por medio; al SUR, MODESTO MARTINEZ HERNAN-

DEZ; y al PONIENTE, MARIA MAGDALENA FIGUEROA FLO-

RES. No es sirviente ni es dominante, no tiene cargas, ni derechos reales

que lo afecten, no lo posee en proindivisión con ninguna persona, y lo

estima e la suma de NOVECIENTOS CATORCE DOLORES CON

VEINTINUEVE CENTAVOS DE DOLAR de los Estatutos Unidos de

América lo adquirió por traspaso hereditario, en concepto de hija del

causante FELIX ANTONIO MARTINEZ HERNANDEZ. Los colin-

dantes son todos de ese domicilio.

Se avisa al público para los efectos de ley.

Zacatecoluca, veintinueve de abril del dos mil tres.

Lic. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 14432-1

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

PEDRO ANTONIO TURCIOS MORENO, Abogado y Notario, con

oficina ubicada en la Cuarta Avenida Norte de esta Ciudad, al público,

HACE SABER: que ante mis oficios Notariales se ha presentado

GUILLERMO GUEVARA ALVAREZ, mayor de edad, Empleado de

este domicilio, solicitando título supletorio de dos terrenos rústicos

situados en el Caserío Las Piñas Cantón Copetillos, Jurisdicción y

distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, el primero

de la capacidad de siete hectáreas, linda: Oriente, con SANTOS

FUENTES y JUAN EVANGELISTA GUEVARA NORTE, con

ELIDA BONILLA y SANTOS FUENTES, río de por medio; PONIEN-

TE, con ANDRES ALVAREZ, CARLOS ALCIDES ALVAREZ y

MARGARITO ALVAREZ; SUR, con MARGARITO ALVAREZ,

CRISTOBAL CRUZ y MAXIMO ORTEZ, quebrada de por medio,

tiene cinco casas techos de tejas. El Segundo de la capacidad de diecisiete

mil trescientos dieciséis metros cuadrados, que linda: NORTE, con

ROSA GARCIA VIUDA DE VILLATORO, JOSE SANTOS FUEN-

TES GARCIA río de por medio, sigue con MODESTO GUEVARA;

ORIENTE, en línea curva con JUAN EVANGELISTA GUEVARA,

PONIENTE, con GUILLERMO GUEVARA ALVAREZ, camino de

por medio; SUR, termina en vértice. Los adquirió por compra a don

MAXIMO GUEVARA, mayor de edad, Agricultor, de este domicilio, se

valoran en conjunto en CUARENTA MIL COLONES.

Santa Rosa de Lima, cinco de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO ANTONIO TURCIOS MORENO,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 14350-1

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas en

Km 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de

CERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO COLONES Número

007PLA000011960, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADO

por NUEVE MIL QUINIENTOS COLONES (¢9,500.00) NUEVE MIL

COLONES.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certíficado en referencia.

USULUTAN, 15 de abril de 2003

AGENCIA USULUTAN,

BANCO CUSCATLAN, S.A.,

3 v. alt. Nº. 14277-1

EL BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, S.A.

CREDISA

AVISA: que en su Agencia Loma Linda del Departamento de San

Salvador, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extra-

viado el certificado número 051864 amparado con su cuenta a Plazo Fijo

No. 01080806299 constituido el 19 de julio de 1993 a 180 días

prorrogables, lo que hace del conocimiento del público para efectos de

reposición de dicho Certificado, relacionado conforme a los Artículos

Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente.

Si después de 30 días de la tercera y última publicación del presente

aviso el Banco no recibiere reclamo alguno respecto a éste, se hará la

reposición del Certificado arriba mencionado.

San Salvador, 29 de abril del 2003.

BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, S.A.

GEOVANNI ALVAREZ,

DEP. DE DEPOSITOS.

COORDINADOR CONTROL OPERACIONES.

3 v. alt. Nº. 14358-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Asociación de Trabajadores de Agroindustrias San

Julián, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada (ATAGRISA,

S.C. DE R.L.) convoca a Junta General Ordinaria de accionistas a

celebrarse a las diez horas del día treinta de mayo del año dos mil tres, en

las instalaciones del Club ATAMI, S.A. DE C.V. situado en el puerto de

La Libertad, Carretera Litoral.

La agenda de la Junta General Ordinaria será la siguiente:

Primero: Verificación del Quórum y firma de Acta de Asistencia.

Segundo: Lectura del acta anterior.

Tercero: Lectura de memoria de labores.

Cuarto: Informe del Auditor Externo de la Sociedad, sobre los Estados

Financieros del 2002.

Quinto: Balance General y Estados de Resultados, ejercicio del 01 de

enero al 31 de diciembre 2002.

Sexto: Nombramiento del Auditor Externo.

Séptimo: Distribución de Utilidades.

Octavo: Asuntos que pueden ser tratados en la Junta General Ordinaria

de Accionistas.

El Quórum para conocer de la anterior agenda será la mitad más uno o sea

ochocientos noventa y dos acciones presentes y representadas.

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

En caso de no haber Quórum en primera convocatoria, se convoca

por segunda vez, para llevar a cabo la Junta Ordinaria el día seis de junio

de los corrientes a la misma hora y en el mismo lugar citado y en esta

segunda fecha de convocatoria, se llevará a cabo la junta con cualquiera

que sea el número de Acciones que estén presentes y representadas.

San Salvador, a los veintiocho días del mes de mayo del dos mil

tres.

NELSON ORLANDO ASCENCIO CASTANEDA,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 14361-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Clínicas Médicas, S.A. de C.V., convoca a Junta

General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará en los Edificios

"Clínicas Médicas", ubicado en 25a. Avenida Norte # 640 de esta ciudad,

en el Local Auditorium y Administración, a las 16 horas del día viernes

30 de mayo del 2003, en primera convocatoria, y en segunda convoca-

toria a las 18 horas del mismo día, para el caso que no haya quórum en

la primera convocatoria.

AGENDA:

1. Verificación del quórum y comprobación de los avisos de la celebra-

ción de la Junta.

2. Memoria de la Junta Directiva.

3. Presentación del Balance General al 31 de diciembre del 2002 y Estado

de Pérdidas y Ganancias del 01 de enero al 31 de diciembre del mismo

año aprobando o improbando los dos primeros y oír el informe del

Auditor Externo.

4. Distribución de Utilidades.

5. Elección del Auditor Externo y sus emolumentos.

6. Elección de la Junta Directiva, y autorización especial a los Sres.

Directivos Electos, para cumplir con los efectos del artículo 275 del

Código de Comercio.

El quórum para celebrar Junta General Ordinaria en primera

convocatoria será de la mitad más una de las acciones que componen el

Capital Social, o sea 626 acciones y para tomar resolución se necesita la

mayoría de los votos presentes y representados. Para celebrar la sesión

en segunda convocatoria se considera válidamente constituida, cualquie-

ra que sea el número de acciones presentes y representadas y las

resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes y represen-

tados, las sesiones se llevarán a cabo en el mismo local.

San Salvador, 9 de abril del 2003

Dra. INES LOPEZ DREYFUS.

DIRECTOR SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. Nº. 14526-1

AVISO.

En cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1566 del Código de Comercio,

la Sociedad del domicilio del El Rosario, Departamento de La Paz, que

gira bajo la denominación DATASAL, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, que se abrevia "DATASAL, S.A. DE C.V.",

HACE SABER: que según escritura pública de Protocolización de

Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad mencionada,

celebrada, en esta ciudad, de las ocho horas del día siete del presente mes

y año, por unanimidad de votos, de todas las acciones que comprenden

el Capital Social, se acordó en el ordinal Tercero: por unanimidad de los

Accionistas aumentar el Capital Social Mínimo de VEINTE MIL CO-

LONES a CIEN MIL COLONES. El aumento será de OCHENTA MIL

COLONES, por nuevas aportaciones de los accionistas, todo previa

publicaciones de ley.

San Salvador, 7 de abril de 2003.

CARLOS ANTONIO MEJIA ALFEREZ,

PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL

DE ACCIONISTAS.

3 v. alt. Nº. 14374-1

El infrascrito Administrador Unico de la Sociedad TALLER Y FUNDI-

CION EL COLOCHO, S.A. DE C.V. que pueda abreviarse TAFUCO,

DE C.V., al público,

HACE SABER: que de conformidad al Acta número veintiséis de

Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada en Ciudad Del-

gado a los catorce horas del día doce de marzo del año dos mil tres se

encuentra el punto TERCERO que literalmente dice: por mayoría los

señores accionistas de la Sociedad TALLER Y FUNDICION EL

COLOCHO S.A. de C.V. acordaron aumentar el capital social mínimo

de la Sociedad que es de VEINTE MIL COLONES A CIEN MIL

COLONES. Dicho aumento de OCHENTA MIL COLONES proviene

del capital social variable, designando al señor LUIS ANTONIO RIVE-

RA, para que comparezca ante el Notario para la firma de la Escritura de

Modificación del pacto social en lo que se refiere al capital social mínimo

de la Sociedad.

Y para los efectos legales consiguientes extiendo y firmo la

presente certificación en Ciudad Delgado a los veinte días del mes de

marzo del año dos mil tres.

LUIS ANTONIO RIVERA,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. Nº. 14356-1

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO DE LA SOCIEDAD

J B, S. A. DE C. V.

CERTIFICA: que en sesión de Junta General Extraordinaria de

Accionistas, celebrada en esta ciudad, a las diez horas del día veinticinco

de marzo del año dos mil tres, se encuentra el Punto Unico del Acta

número Trece que literalmente dice: estando presentes y representados

los señores accionistas de la Sociedad J B, S.A. de C.V., según acta de

asistencia elaborada de acuerdo al Artículo Doscientos Treinta y Nueve

del Código de Comercio y que constituye el cien por ciento del Capital

Social, de conformidad al Artículo Doscientos Treinta y Tres del citado

Código, acuerdan instalar y constituirse en Junta General Extraordinaria

de Accionistas, actuando como Presidente el Dr. JAIME ROBERTO

BARRACHINA CHARLAIX y como Secretario JAIME ROBERTO

BARRACHlNA BRIZUELA. El Presidente somete a aprobación la

agenda siguiente: PUNTO UNICO: AUMENTO DEL CAPITAL SO-

CIAL MINIMO. Sometida a votación la agenda anterior es aprobada por

unanimidad y se declara abierta la sesión de Junta General Extraordinaria

de Accionistas, la cual se desarrolla así: PUNTO UNICO: el Presidente

propone a la Junta General Extraordinaria de Accionistas el aumento del

Capital Social Mínimo, a fin de darle cumplimiento a los Artículos

Ciento Tres y Ciento Noventa y Dos del Código de Comercio, y en vista

de estar por vencer el plazo que otorgó el Artículo mil quinientos sesenta

y seis del citado Código, el aumento propuesto se hará mediante la

capitalización de utilidades. Después de discutir ampliamente sobre el

punto único, esta Asamblea General Extraordinaria de Accionistas,

ACUERDA: aumentar el Capital Social Mínimo a la suma de CIEN MIL

COLONES (¢100. 000. 00) equivalente a ONCE MIL CUATROCIEN-

TOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CEN-

TAVOS DE DOLAR ($11.428.57), mediante la capitalización de utili-

dades provenientes de ejercicios anteriores (¢80.000.00) con lo cual el

Capital Social Mínimo girará con la suma de CIEN MIL COLONES

(¢100. 000. 00) equivalentes a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEIN-

TIOCHO DOLARES CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE

DOLAR, representado y dividido en MIL ACCIONES con un valor

nominal de CIEN COLONES cada una, se designa como ejecutor

especial al Dr. JAIME ROBERTO BARRACHINA CHARLAIX, para

otorgar la correspondiente escritura de modificación del pacto social. No

habiendo más que tratar se levanta la sesión a las doce horas del día, mes

y año mencionado, firmando todos para constancia.

JAIME ROBERTO BARRACHINA CHARLAIX,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 14295-1

LA INFRASCRITA ADMINISTRADORA UNICA DE LA SOCIE-

DAD ASESORIAS, S. A. DE C. V.

CERTIFICA: que en sesión de Junta General Extraordinaria de

Accionistas, celebrada en esta ciudad, a las quince horas del día veinti-

cinco de marzo del año dos mil tres, se encuentra el Punto Unico del Acta

número Veintiuno que literalmente dice: estando presentes y represen-

tados los señores accionistas de la Sociedad ASESORIAS, S.A. de C.V.,

según acta de asistencia elaborada de acuerdo al Artículo Doscientos

Treinta y Nueve del Código de Comercio y que constituye el cien por

ciento del Capital Social, de conformidad al Artículo Doscientos Treinta

y Tres del citado Código, acuerdan instalar y constituirse en Junta

General Extraordinaria de Accionistas, actuando como Presidenta la

señora MIRNA BEATRIZ RAMIREZ VALDIVIESO y como Secreta-

rio al Doctor JAIME ROBERTO BARRACHINA. La Presidenta somete

a aprobación la agenda siguiente: PUNTO UNICO: AUMENTO DEL

CAPITAL SOCIAL MINIMO. Sometida a votación la agenda anterior

es aprobada por unanimidad y se declara abierta la sesión de Junta

General Extraordinaria de Accionistas, la cual se desarrolla así: PUNTO

UNICO: la Presidenta propone a la Junta General Extraordinaria de

Accionistas el aumento del Capital Social Mínimo, a fin de darle

cumplimiento a los Artículos Ciento Tres y Ciento Noventa y Dos del

Código de Comercio, y en vista de estar por vencer el plazo que otorgó

el Artículo mil quinientos sesenta y seis del citado Código, el aumento

propuesto se hará mediante la capitalización de utilidades. Después de

discutir ampliamente sobre el punto único, esta Asamblea General

Extraordinaria de Accionistas, ACUERDA: aumentar el Capital Social

Mínimo a la suma de CIEN MIL COLONES (¢100. 000.00) equivalente

a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON

CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR ($11.428.57), me-

diante la capitalización de utilidades provenientes de ejercicios anterio-

res (¢80.000.00) con lo cual el Capital Social Mínimo girará con la suma

de CIEN MIL COLONES (¢100. 000. 00) equivalentes a ONCE MIL

CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTA

Y SIETE CENTAVOS DE DOLAR, representado y dividido en MIL

ACCIONES con un valor nominal de CIEN COLONES cada una, se

designa como ejecutora especial a la señora MIRNA BEATRIZ RAMI-

REZ VALDIVIESO, para otorgar la correspondiente escritura de modi-

ficación del pacto social. No habiendo más que tratar se levanta la sesión

a las diecisiete horas del día, mes y año mencionado, firmando todos para

constancia.

MIRNA BEATRIZ RAMIREZ VALDIVIESO,

ADMINISTRADORA UNICA.

3 v. alt. No. 14296-1

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

ASIENTO DE EMPRESA 2003034174

ESTABLECIMIENTO 2003034174- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LACAYO

ARGEÑAL, OFILIO JOSE, en su calidad de Representante Legal de la

Sociedad PUBLICIDAD MAXIMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE que puede abreviarse PUBLIMAX, S.A. DE C.V.,

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVA-

DOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 20 del libro 1468

del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identificación Tributaria: 0614-270899- 102-4, ha presentado solicitud

a las quince horas y cuarenta y un minutos del día veinte de marzo de dos

mil tres. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2003034174

y Establecimiento No. 2003034174- 001; a favor de la Empresa denomi-

nada PUBLICIDAD MAXIMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, la cual se dedica a PUBLICIDAD MOVIL , con

dirección en COLONIA Y CALLE CENTROAMERICA # 138, del

domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a NOVENTA Y

SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS DOLARES CON 05/

100 $96,986.05 y que tiene el (los) establecimiento(s) siguiente(s): 001-

) PUBLIMAX, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA Y CALLE CEN-

TROAMERICA #138, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, once de abril de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 14351-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001022587

ESTABLECIMIENTO 2001022587- 1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICARRA

JOSE HERIBERTO, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio

de CARRETERA LITORAL KM.56 ZACATECOLUCA, LA PAZ con

Número de Identificación Tributaria: 0307-280341-001-7, ha presenta-

do solicitud a las once horas y cuarenta y seis minutos del día veintinueve

de marzo del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los Asientos de

Matrícula de Empresa No. 2001022587 y Establecimiento No.

2001022587- 1; a favor de la Empresa denominada SERVICENTRO

ESSO ICHANMICHEN, la cual se dedica a DISTRIBUIDORA DE

CONBUSTIBLE, con dirección en CARRETERA LITORAL KM. 56

ZACATECOLUCA, LA PAZ cuyo activo es de OCHOCIENTOS

OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO 75/

100 Dólares (887585.75), y que tiene un Establecimiento Comercial

denominado 1-) SERVICENTRO ESSO ICHANMICHEN ubicado en

CARRETERA LITORAL KM. 56, ZACATECOLUCA, LA PAZ.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, once de mayo del año dos mil uno.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 14427-1

Clase: 12.

No. de Exp.: 2002029572

No. de Pres.: 20020032406

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HO KI CHAN,

de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

consistente en: la palabra TRIANGLE y diseño, traducido al

español significa TRIANGULO.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14330-1

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 12.

No. de Exp.: 2002029574

No. de Pres.: 20020032408

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HO KI CHAN,

de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: la palabra: GREAT WALL y diseño, traducido al

español significa GRAN MURALLA.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil

dos.

DlRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14331-1

Clase: 09.

No. de Exp.: 2002029575

No. de Pres.: 20020032409

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HO KI CHAN

conocido por HOWARD HO KI CHAN y por HOWARD CHAN, de

nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Cconsistente en: la palabra GREAT WALL y diseño, que traduci-

do al español significa GRAN MURALLA.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14332-1

Clase: 12.

No. de Exp.: 2002029573

No. de Pres.: 20020032407

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HO KI CHAN,

de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: la palabra MILESTONE y diseño.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticuatro de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14333-1

DIARIO

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 05.

No. de Exp.: 2003030159

No. de Pres.: 20030033620

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA

MERCEDES MEJIA AGUILAR, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de MONTREAL, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-

do el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

KARBODEX

Consistente en: la palabra KARBODEX.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, once de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14377-1

Clase: 29.

No. de Exp.: 2002027942

No. de Pres.: 20020029702

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado WILFREDO

ANTONIO SALINAS, en su calidad de APODERADO de SOCIETE

DES PRODUITS NESTLE, S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PASTARIA

Consistente en: la palabra PASTARIA.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año

dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, ocho de abril del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14394-1

Clase: 30.

No. de Exp.: 2002027940

No. de Pres.: 20020029700

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado WILFREDO

ANTONIO SALINAS, en su calidad de APODERADO de SOCIETE

DES PRODUITS NESTLE, S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

PASTARIA

Consistente en: la palabra PASTARIA.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año

dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, ocho de abril del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14395-1

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

No. de Exp.: 2002026054

No. de Pres.: 20020026609

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ISRAEL

ALBERTO JOYA MENDOZA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de JORI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL:

MATERIALES DE CONSTRUCCION Y FERRETERIA LAS CUMBRES

Consistente en: MATERIALES DE CONSTRUCCION Y FE-

RRETERIA LAS CUMBRES, en letras grandes y mayúsculas de color

negro, que servirá para: DISTINGUIR UN ESTABLECIMIENTO

COMERCIAL DEDICADO A LA COMPRA, VENTA DE MATERIA-

LES DE FERRETERIA Y DE CONSTRUCCION, UBICADO EN 2a.

CALLE PONIENTE Y 1a. AVENIDA SUR # 5 SAN MARTIN, SAN

SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos

mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, diez de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14292-1

No. de Exp.: 2000009500

No. de Pres.: 20000009500

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MIRNA

ROSAURA GRANADOS FLORES, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOM-

BRE COMERCIAL:

LAVANDERIA BURBUJASSERVICIO DE LAVADO, SECADO Y PLANCHADO

Consistente en: LA EXPRESION “LAVANDERIA BURBU-

JAS", EN LETRAS GRANDES MAYUSCULAS COLOR ROJO, Y

DESCRIPCION ESPECIFICA DEL SERVICIO DE LAVADO, SECA-

DO Y PLANCHADO, ESCRITAS EN LETRAS PEQUEÑAS COLOR

AZUL, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO

COMERCIAL, DEDICADO AL LAVADO Y LIMPIEZA DE TELAS,

UBICADO EN BOULEVARD EL HIPODROMO #22-C RESIDEN-

CIAL CASA VERDE, NUEVA SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día ocho de diciembre del año dos

mil.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14289-1

MIGUEL ANGEL JUAREZ, Notario, de este domicilio, con oficinas en

Trece Calle Poniente Número Ciento cuarenta y tres Local Número cinco

de esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

Hace Saber: que por resolución de las diez horas y quince minutos

del día veintinueve de abril del corriente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que

dejó la señora MARIA STELLA MORAN DE MANZANO, conocida

por MARIA ESTELA MORAN, MARIA STELLA MORAN CA-

RRANZA DE MANZANO y por STELLA MORAN DE MANZANO,

quien fue de setenta y cinco años de edad, Oficinista, originaria de San

Miguel y vecina de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, su

último domicilio, casada, hija de la señora EDELMIRA MORAN

YESCA, ya fallecida, fallecida el día veintiocho de enero de dos mil tres,

de parte de los señores JOSE ANTONIO MANZANO, conocido por

ANTONIO MENDOZA y por JOSE ANTONIO GONZALEZ, MILTON

ERNESTO MANZANO MORAN, RAMON ANTONIO MANZANO

MORAN, DELMY ESTELA MANZANO MORAN hoy DE FLORES

e IVAN OMAR MANZANO MORAN, en concepto de cónyuge e hijos

respectivamente, a quienes se les ha conferido la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia referida para que

se presenten a deducirlo dentro de los quince días siguientes a la

publicación de este edicto.

San Salvador, veintinueve de abril del dos mil tres.

Lic. MIGUEL ANGEL JUAREZ,NOTARIO.

3 v. c. No. 14433-1

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de ley.

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas de este día,

se han tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario

de parte de los señores ALMA ESTELA RAMIREZ SANCHEZ DE

SUAREZ, JOSE RENE RAMIREZ SANCHEZ y CARLOS SAUL

RAMIREZ SANCHEZ, quienes son de sesenta y seis, setenta y tres y

setenta años de edad, los tres pensionados y de este domicilio, la herencia

intestada que a su defunción dejó la señora JUDITH SANCHEZ, quien

fue de setenta y seis años de edad, de oficios domésticos y de este

domicilio, quien falleció el día once de octubre de mil novecientos

cuarenta y seis, en el Barrio El Centro de la ciudad de Apastepeque, lugar

de su último domicilio, en concepto de nietos y por derecho de represen-

tación que en esta sucesión le correspondía a la abuela de éstos, señora

ENRIQUETA SANCHEZ, ésta en calidad de hermana de la causante

JUDITH SANCHEZ. Y se ha nombrado a los aceptantes en la calidad

antes expresada, administradores y representantes interinos de la suce-

sión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los tres días del mes de abril del

año dos mil tres.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO

CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14100-2

ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-

CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución proveída a las once horas del

día trece de enero del presente año, se ha tenido por aceptada expresa-

mente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defun-

ción dejó el causante señor JOAQUIN DE JESUS RAMIREZ SAN-

CHEZ, quien falleció el día dieciséis de marzo de mil novecientos

noventa y ocho, a la edad de setenta años, en el Cantón Piedras Pachas

de esta jurisdicción, siendo en éste su último domicilio, de parte de la

señora MARIA LUISA CAMPOS DE RAMIREZ, conocida por MA-

RIA LUISA CAMPOS y por LUISA CAMPOS, en concepto de cónyuge

sobreviviente.-

Confiriéndole a la aceptante en el concepto antes indicado la

administración y representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.-

Juzgado de Primera Instancia: Izalco, a los trece días del mes de

enero del año dos mil tres.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SARA ALBERTINA

VILLEDA, SRIO.

3 v. alt. No. 14094-2

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado a

las ocho horas y treinta minutos del día uno del mes y año en curso, se ha

tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte

de los señores LUIS RODRIGO AYALA CONTRERAS, GUADALU-

PE ARISTIDES AYALA CONTRERAS; SILVIA ARACELY AYA-

LA CONTRERAS; MATEA EMERITA AYALA CONTRERAS e

IRIS YESENIA AYALA CONTRERAS, hoy IRIS YESENIA AYALA

DE CARRILLO; la herencia que en forma intestada dejó el señor

MIGUEL ANGEL AYALA, conocido por MIGUEL ANGEL AYALA

PORTILLO, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, soltero,

comerciante, hijo de CRISOSTOMO PORTILLO y de ANGELA AYA-

LA, originario de San Antonio, Departamento de San Miguel, quien

falleció el día catorce de agosto de mil novecientos noventa y ocho, en

la ciudad de San Vicente, siendo la ciudad de San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, el lugar de su último domicilio; en concepto

de hijos del referido causante; a quienes se les ha conferido la adminis-

tración y representación interina de dicha sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente; y cita a las personas

que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este

Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados desde el

siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

nueve horas del día dos de abril de dos mil tres.- Lic. JUAN CARLOS

FLORES ESPINAL, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA.- Br. YESENIA

ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14001-2

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las diez

horas quince minutos del día siete de los corrientes, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intes-

tada dejada por el señor JOSE ORLANDO CRUZ, fallecido el día once

de septiembre del año pasado en esta ciudad su último domicilio, de parte

del señor CARLOS VALMORE CRUZ ARRUE, en concepto de cesio-

nario de los derechos hereditarios que en la referida herencia les corres-

pondían a las señoras TERESA DE JESUS ARRUE y MARIA ESTELA

MEJIA MONROY o MARIA ESTELA MEJIA DE CRUZ, la primera

como madre y la segunda en su concepto de cónyuge ambas del

causante.-

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas diez

minutos del día veintidós de abril del dos mil tres.- Dr. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13986-2

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-

ción proveída por este Tribunal, a las catorce horas quince minutos del

día veinte de marzo del corriente año; se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción ocurrida a las doce horas con cincuenta y cinco minutos del

día seis de septiembre del año dos mil dos, en el Hospital Nacional

"JORGE MAZZINI" de la ciudad de Sonsonate, siendo la ciudad de

Acajutla, su último domicilio, dejó el señor FELICIANO FIGUEROA

DOMINGUEZ o FELICIANO FIGUEROA, de parte de la señora

FRANCISCA ECHEVERRIA ORELLANA o FRANCISCA

ECHEVERRIA, en su calidad de cesionaria del derecho hereditario que

les correspondía a los señores CIRILA DOMINGUEZ GUILLEN DE

FIGUEROA, JOSE ALEJANDRO FIGUEROA ECHEVERRIA, MA-

RIA JEANETH ECHEVERRIA FIGUEROA, EVA FIGUEROA

ECHEVERRIA y MARIA ANTONIA FIGUEROA ECHEVERRIA, en

el concepto de madre e hijos respectivamente del expresado causante; se

ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.-

Librado en el Juzgado de primera Instancia: Acajutla, a las quince

horas veinticinco minutos del día veinte de marzo del año dos mil tres.-

Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13984-2

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-

TO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las once horas del día de hoy,

se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor FELIX CELESTINO

ANDRADE, FELIX SELESTINO ANDRADE o FELIX ANDRADE,

quien fue de sesenta y seis años de edad, jornalero, salvadoreño, casado,

falleció el día ocho de octubre de mil novecientos ochenta y uno, en el

Cantón San Felipe de la jurisdicción de Apastepeque, en este Distrito

Judicial, lugar de su último domicilio, de parte del señor ANTONIO

CARCAMO, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que

en dicha sucesión correspondía a los señores: ELIGIO ANTONIO

ANDRADE, RAFAEL ANDRADE, MARCELINA ANDRADE,

NICOLASA ANDRADE, BERNARDA ANDRADE y MARIA

EUFEMIA MONTEAGUDO, conocida por ROSELIA MONTEAGUDO,

los cinco primeros en concepto de hijos del causante y la última en

concepto de cónyuge sobreviviente del causante y se le ha conferido al

aceptante en el carácter y forma expresados administrador y representan-

te interino de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las doce horas con diez minutos

del día diez de diciembre de dos mil dos.- Dra. ANA FELICITA

ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE

SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13969-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las nueve

horas y treinta minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil tres;

se ha tenido por aceptada, con beneficio de inventario, la herencia

testamentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último

domicilio, el veinticuatro de diciembre de mil novecientos sesenta y

nueve, dejó la señora LUZ POGGIO VIUDA DE NAVARRO, conocida

por LUZ POGGIO v. DE NAVARRO y por LUZ v. DE NAVARRO; de

parte de la Alcaldía Municipal de San Salvador, en concepto de cesiona-

ria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores

CARLOS ERNESTO NAVARRO POGGIO, RICARDO ARNOLDO

NAVARRO POGGIO, BLANCA LUZ NAVARRO POGGIO, RO-

BERTO NAVARRO POGGIO, JULIA NAVARRO POGGIO DE

BARRAZA, OSCAR NAVARRO POGGIO, ALBA LUZ NAVARRO

DE PERPIÑA ROBERT y ROSA CRUZ NAVARRO, en concepto de

HEREDEROS TESTAMENTARIOS. Y se confiere a los aceptantes

antes mencionados la administración y representación INTERINA de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas del día treinta y uno de marzo del año dos mil tres. Dr. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13962-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, Juez Primero de lo

Civil del Distrito Judicial de Santa Ana, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diez

horas seis minutos de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente,

con beneficio de inventario la herencia intestada del causante, señor

RICARDO ERNESTO SALAZAR MURCIA, quien falleció en el

Hospital Militar de la ciudad de San Salvador, el día tres de septiembre

de dos mil, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio; de parte

de la señora MARIA MARGARITA ROSALES, en su calidad de

compañera de vida sobreviviente del de cujus, a quien se nombra

interinamente administradora y representante de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las diez

horas treinta minutos del veinte de marzo de dos mil tres.- Lic. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13954-2

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-

ción proveída por este Tribunal, a las nueve horas del día veintiuno de

enero de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente, con

beneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurri-

da a las once horas con veinticinco minutos del día treinta y uno de julio

de dos mil dos, en el Cantón Los Amates, de la jurisdicción de San

Sebastián Salitrillo, correspondiente a este Distrito Judicial, siendo dicha

Población el lugar de su último domicilio; dejó el señor MIGUEL DEL

ROSARIO GARCIA, conocido por MIGUEL DEL ROSARIO GAR-

CIA REPREZA y por MIGUEL DEL ROSARIO GARCIA REPRESA,

quien fue de ochenta y un años de edad, soltero, Jornalero, de parte de

la señora ROSA DE LA CRUZ REPREZA GARCIA, en su calidad de

hermana del expresado causante, a quien se le nombra INTERINAMEN-

TE administradora y representante de la Sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presente a este Juzgado a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este Edicto.-

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas treinta minutos

del día veintitrés de enero de dos mil tres.- Lic. HENRY EDMUNDO

MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO

GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13949-2

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día siete

de enero del corriente año; se ha tenido por aceptada con beneficio de

inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora

JUANA MARGARITA MONRROY, quien falleció a las nueve horas y

veinte minutos del día diecinueve de julio de mil novecientos noventa y

dos, en el Barrio San Nicolás de esta ciudad, siendo esta ciudad el lugar

de su último domicilio; de parte de los señores OSCAR RENE MENEN-

DEZ DIAZ, conocido por OSCAR RENE MENENDEZ, SONIA DORIS

ELIZABETH MENENDEZ, conocida por SONIA DORIS ELIZABE-

TH MENENDEZ DE NAVARRETE, hoy viuda de NAVARRETE,

EDITH DINORA MENENDEZ y MIRIAM DE LA PAZ MENENDEZ,

como herederos testamentarios de la causante y se les ha conferido a los

aceptantes declarados en el carácter indicado la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San

Miguel, a las nueve horas y cinco minutos del día siete de enero del año

dos mil tres.- Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRI-

MERO DE LO CIVIL.- Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. 13941-2

FRANCISCA CORALIA CASTILLO DE TRUJILLO, Notario, del

domicilio de Ilopango y del de esta ciudad, con Oficina Jurídica de

Notariado ubicada en Segunda Calle Poniente, Barrio San Juan de Dios,

casa número cuarenta y cuatro, San Vicente,

HACE SABER: que por resolución proveída a las ocho horas del

día cinco de febrero del dos mil tres, se tiene por aceptada expresamente

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

y con beneficio de inventario de la Herencia Intestada que a su defunción

dejó el señor GABRIEL ARMINDO LIMA RETANA, quien falleció a

las veintiuna horas y cuarenta y cinco minutos del día quince de febrero

del año mil novecientos noventa y siete, en el Cantón Huiscoyolate,

Jurisdicción de Izalco, departamento de Sonsonate, a causa de Lesión de

Ambas Aurículas (Herida del Corazón ), sin asistencia médica, siendo

éste el lugar de su último domicilio. Confiérasele al señor JOHAN

ISAACS LIMA ESCOBAR, en el concepto de presunto heredero por ser

hijo sobreviviente, cesionario de los derechos que les correspondían a los

señores MARTA RETANA DE LIMA y ANGEL LIMA MENENDEZ

y como tal presunto Heredero del de cujus, la administración y represen-

tación INTERINA de la Sucesión con las facultades y restricciones de los

Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público para efectos de ley, para que si alguna

persona tiene mejor derecho en esta herencia, se haga presente a la oficina

anteriormente mencionada a deducirlo en el término de quince días

contados a partir del día siguiente de la última publicación de este edicto.

San Vicente, doce de febrero del dos mil tres.

FRANCISCA CORALIA CASTILLO DE TRUJILLO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 13934-2

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL; AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución proveída en este Tribunal, a las

diez horas y cuarenta minutos de este día; se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario de parte del señor MARCOS

HERMINIO GARCIA ORELLANA, la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante señor PEDRO ORELLANA o PEDRO

ORELLANA LOPEZ, quien fue de setenta y cuatro años de edad,

Agricultor en Pequeño, del domicilio de la Villa de Candelaria de La

Frontera, fallecido a las veinticuatro horas cero minutos del día nueve de

diciembre de mil novecientos noventa y siete, en el Cantón El Zacamil,

Colonia Cristales de la jurisdicción de la Villa de Candelaria de La

Frontera, habiendo sido éste el lugar de su último domicilio.- El aceptante

antes nombrado, es cesionario de los derechos hereditarios que en esta

sucesión les corresponderían a las señoras MARIA TERESA GARCIA

VIUDA DE ORELLANA e ILSIA RUTH ORELLANA GARCIA,

como cónyuge sobreviviente la primera e hija la segunda del referido

causante, y en ese carácter se le confiere la administración y representa-

ción interinas de esta sucesión, con las facultades y restricciones de ley;

Lo que se pone en conocimiento del público para que todo aquel

que se considere con derecho a esta sucesión, se apersone a deducirlo

dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este

edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día uno de abril del

dos mil tres.- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETA-

RIA.

3 v. alt. No. 13928-2

LA INFRASCRITA JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-

PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER, que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Licenciado HECTOR EDGARDO MENA BERNABE Apodera-

do General Judicial de la Sociedad PRODUCTOS AGROQUIMICOS

DE CENTRO AMERICA , SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor

HECTOR NERIO LOPEZ se venderá en Pública Subasta en este

Tribunal en fecha y hora que posteriormente se señalará; los inmuebles

que a continuación se describen: PRIMER INMUEBLE: un terreno

rústico cultivado de café, de origen ejidal, situado en el Cantón Tapalshucut

de la Jurisdicción de Izalco compuesto de doscientos cuarenta áreas

noventa metros cuadrados de extensión superficial, con cercos propios

por todos sus rumbos, lindante: AL NORTE, con terreno de doña

ADILIA HERRERA del VALLE, AL ORIENTE: calle de por medio con

propiedad en una parte de PEDRO CALONA y con otra con propiedad

de JOAQUIN CARIA: AL SUR: con propiedad de ANGEL

ROSEMBERG LORENZANA y ANGEL SAMUEL LORENZANA

SALAZAR; AL PONIENTE: en una parte con propiedad de doña

FRANCISCA LORENZANA VIUDA DE GENOVEZ y por otra en este

mismo rumbo con ADILIA HERRERA del VALLE inscrito al número

SETENTA Y SEIS del libro MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y

NUEVE del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Tercera

Sección de Occidente .SEGUNDO INMUEBLE: un lote ubicado en San

Vicente Tecoluca, San Ramon Grifal, marcado como LOTE NUMERO

CUARENTA Y NUEVE el cual posee un área superficial de dieciséis mil

trescientos cincuenta y tres punto cero nueve metros cuadrados y que

contiene las medidas perimétricas siguientes: AL NORTE: cuarenta y

dos punto cuarenta y cuatro metros cuadrados; AL SUR: cuarenta y dos

punto cincuenta y un metros cuadrados; AL ORIENTE: trescientos

ochenta y cuatro punto diez metros cuadrados; AL PONIENTE: trescien-

tos ochenta y seis punto cuarenta y seis metros cuadrados, inscrito en la

Matrícula M CERO SEIS CERO CUATRO NUEVE CERO CUATRO

SIETE del Registro Social de Inmuebles del Departamento de San

Salvador. TERCER INMUEBLE: un lote ubicado en San Vicente

Tecoluca, San Ramón Grifal marcado como LOTE NUMERO DIEZ el

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

cual posee un área superficial de dieciséis mil trescientos cincuenta y tres

punto cero nueve metros cuadrados y que contiene las medidas

perimétricas siguientes: AL NORTE: treinta y cuatro punto cero cuatro

metros cuadrados ,AL SUR: treinta y tres punto ochenta metros cuadra-

dos, AL ORIENTE: cuatrocientos ochenta y uno punto setenta y nueve

metros cuadrados, AL PONIENTE: cuatrocientos ochenta y cinco punto

setenta y nueve metros cuadrados inscrito en la Matrícula M CERO SEIS

CERO CUATRO NUEVE CERO TRES CINCO, del Registro Social de

Inmuebles del Departamento de San Salvador ,CUARTO INMUEBLE:

un lote ubicado en San Vicente Tecoluca, San Ramon Grifal, marcado

como LOTE NUMERO CINCUENTA Y CINCO de un área superficial

de dieciséis mil trescientos cincuenta y tres punto cero seis metros

cuadrados y que contiene las medidas perimétricas siguientes: AL

NORTE: cuarenta y uno punto cero cero metros cuadrados, AL SUR:

cuarenta y uno punto cero cinco metros cuadrados, AL ORIENTE:

trescientos noventa y siete punto ochenta y seis metros cuadrados y AL

PONIENTE: trescientos noventa y nueve punto ochenta y nueve metros

cuadrados, inscrito en la matricula M CERO SEIS CERO CUATRO

NUEVE CERO SIETE SEIS, del Registro Social de Inmuebles de San

Salvador, QUINTO INMUEBLE: un lote ubicado en San Vicente

Tecoluca , San Ramón Grifal marcado como LOTE NUMERO SESEN-

TA, el cual posee un área superficial de dieciséis mil trescientos cincuen-

ta y tres punto trece metros cuadrados y que contiene las medidas

perimétricas siguientes: AL NORTE: cuarenta y ocho punto cero cuatro

metros cuadrados, AL SUR: sesenta y nueve punto noventa y cinco

metros cuadrados, AL ORIENTE: trescientos cincuenta y seis punto

treinta y seis metros cuadrados, AL PONIENTE: ciento sesenta y ocho

punto cincuenta y siete metros cuadrados, éste con cinco tramos, el

primero de sesenta y dos punto treinta y tres metros cuadrados, el

segundo de diecinueve punto ochenta y dos metros cuadrados, el tercero

de treinta punto cincuenta y ocho metros cuadrados, el cuarto de

cincuenta punto ochenta y siete metros cuadrados, el quinto de setenta y

dos punto treinta y un metros cuadrados, inscrito bajo la Matrícula M

CERO SEIS CERO CUATRO NUEVE CERO OCHO CUATRO, del

Registro Social de Inmuebles del Departamento de San Salvador, SEX-

TO INMUEBLE: un lote ubicado en San Vicente Tecoluca San Ramón

Grifal marcado como LOTE NUMERO OCHO que posee un área

superficial de dieciséis mil trescientos cincuenta y tres punto cero nueve

metros y que contiene las medidas perimetricas siguientes: AL NORTE,

treinta y tres punto cuarenta y nueve metros cuadrados, AL SUR: treinta

y tres punto veintiséis metros cuadrados, AL ORIENTE: cuatrocientos

ochenta y nueve punto setenta y siete metros cuadrados, AL PONIENTE:

cuatrocientos noventa y tres punto setenta y un metros cuadrados, se

encuentra inscrito en la Matrícula número M CERO SEIS CERO

CUATRO NUEVE CERO CUATRO CINCO del Registro Social de

Inmuebles del Departamento de San Salvador, los inmuebles descritos y

relacionados anteriormente son propiedad del señor HECTOR NERIO

LOPEZ por estar inscritos a su favor bajo las Matrículas relacionadas en

la descripción hecha de cada inmueble.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para

los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-

TIL, San Salvador, a las catorce horas del día diez de Diciembre del año

dos mil dos.- Licda. ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO,

JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.- Br. ROSA

DORIS MARTINEZ MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.-

3 v. alt. Nº. 14043-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en el Juicio Civil

Ejecutivo promovido por el Licenciado MARIO ERNESTO

FRANCISCO TORRES ROMERO en su calidad de apoderado del señor

OSCAR OROZCO NAVARRETE reclamándole cantidad de colones a

los señores WALTER ARNOLDO COLTRINARI HUEZO, TERESA

GRACIELA COLTRINARI, antes de HERRERA y ANA MARIA

COLTRINARI DE GASCA ORELLANA, se venderá en pública subas-

ta en este Juzgado el inmueble sigueite: "Una finca de café situada en el

lugar denomnado "Loma Larga", Jurisdicción de Talnique, Departamen-

to de La Libertad, de naturaleza rústica, compuesta de dos porciones que

son: un terreno de cuatrocientas veinte áreas según antecedentes, pero en

realidad de mucho mayor extensión, comprendida a cuerpo cierto,

dentro de estos linderos: NORTE, camino de por medio y cerca de

alambre, terrenos de don SALVADOR y DOCTOR VICENTE SOL;

PONIENTE, con el de AVELARDO GUILLEN, que es la porción que

se describirá en seguida; SUR, terreno de MANUEL SALAZAR

GARCIA hoy de la sucesión del Doctor FIDEL NOVOA; y ORIENTE,

terrenos de la sucesión de MANUEL CAMPO hoy de doña OCTAVIA

SAMAYOA. La segunda porción que forma un solo cuerpo con la

primera, es una finca, según el título primitivo, de cuatro hectáreas veinte

áreas, pero en realidad tiene como cuatro caballerías, o sea ciento setenta

y nueve hectáreas, veinte áreas y como cuerpo cierto linda: NORTE,

terreno del Doctor VICENTE SOL padre; ORIENTE, porción antes

descrita que fue de don PIO GUILLEN, después del Doctor ROGELIO

NUÑEZ; PONIENTE, terrenos que fueron de GREGORIO HERNAN-

DEZ, después de JUAN CLIMACO GUARDADO, hoy de don GUI-

LLERMO SALAZAR, y SUR, terrenos de la sucesión FELIX

DARDANO y del Doctor ABRAHAN CHAVARRIA, río de por medio.

Los terrenos descritos forman un solo cuerpo con una capacidad

aproximada de seis caballerías o sea doscientas sesenta y ocho hectáreas,

ochenta áreas y a cuerpo cierto tiene actualmente los linderos generales

siguientes: NORTE, hacienda " Agua Fría", de don Salvador Sol y "El

Tránsito" del Doctor VICENTE SOL, cerco de alambre propio de por

medio en su mayor parte un camino real; SUR, fincas de la sucesión del

Doctor FIDEL NOVOA, Doctor ABRAHAN CHAVARRIA y de la

sucesión de FELIX DARDANO, río de por medio; ORIENTE, fincas

de doña OCTAVIA SAMAYOA, cerca de alambre propia de por medio;

y PONIENTE, finca de don GUILLERMO SALAZAR, cerco de

alambre propio de por medio. “Dicho inmueble se encuentra inscrito a

favor de los señores WALTER ARNOLDO COLTRINARI HUEZO,

TERESA GRACIELA COLTRINARI antes de HERRERA y ANA

MARIA COLTRINARI DE GASCA ORELLANA según inscripción

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

número CINCUENTA Y NUEVE del Libro OCHOCIENTOS CINCO

del Registro de la Propiedad Raíz del Departamento de La Libertad.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas cincuenta y tres minutos del día diez de abril de dos mil tres.- Dr.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 13991-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

HACE SABER: que por Ejecución promovida en este Tribunal por

el DR. CARLOS PEÑATE HERNANDEZ, de Sesenta y Cuatro años de

edad, Abogado y Notario, de este domicilio, actuando en su calidad de

Apoderado General Judicial del señor LUCIO DE JESUS FLORES,-

conocido por LUCIO FLORES y por LUCIO FLORES GONZALEZ,

de Sesenta y Cuatro años de edad, Empleado y de este domicilio; contra

la señora MARTA GLORIA AGUIRRE, mayor de edad, de Oficios

Domésticos y de este domicilio; reclamándole cantidad de colones, se

venderá por éste mismo Tribunal en Pública Subasta, el bien embargado

que se describe de la manera siguiente: un Vehículo Automotor,

CHASIS NUMERO: dos B siete K F uno tres G seis E R dos uno seis

seis cuatro cinco; MARCA; Dodge, AÑO: Mil Novecientos Ochenta y

Cuatro, COLOR: Gris, COMBUSTIBLE: Gasolina, Cuatro Puertas;

Dos Mil Seiscientos Centímetros Cúbicos, MOTOR NUMERO: No

Visible, PLACA NUMERO: Cuatro T seis cinco siete dos nueve de

California; MODELO: Vans.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las ocho horas y diez

minutos del día veintisiete de Marzo de Dos Mil Tres.- Lic. FRANCIS-

CO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº. 13927-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Doctor, JOEL RUIZ apoderado de la

Sociedad "INDUSTRIAS LA ZONA LIBRE, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE", que se abrevia "INDUSTRIAS LA ZONA

LIBRE, S.A. DE C. V ." salvadoreña, de este domicilio, contra la señora

MARIA DEL TRANSITO FLORES DE VILLEDA, mayor de edad,

Comerciante e Industrial, de este domicilio, reclamándole cantidad de

colones y demás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este

Tribunal, el bien inmueble embargado siguiente: "Un inmueble de

naturaleza urbana y construcciones que contiene, situado sobre el Pasaje

número uno, casa número ciento veintitrés, de la Colonia Santa Eugenia,

de esta ciudad y Departamento, cuya localización y descripción es como

sigue: una casa y su correspondiente solar urbano, situado en parte de la

finca denominada "Guadalupe", Jurisdicción de esta ciudad, hoy

"COLONIA SANTA EUGENIA", teniendo la casa todos sus anexos

necesarios, inclusive instalación de agua con su paja propia y de servicios

eléctricos, el solar tiene una extensión de CIENTO CUARENTA Y DOS

METROS CUADRADOS NOVENTA Y DOS DECIMETROS

CUADRADOS, con las medidas y colindantes siguientes: AL NORTE:

en siete metros cincuenta y un centímetros y medio, linda con los lotes

números cuatro y cinco del Polígono "D" de la Finca "Guadalupe",

propiedad de los señores EUGENIA PALOMO VIUDA DE DUEÑAS,

MARIA EUGENIA DUEÑAS VIUDA DE GUTIERREZ, MARIA

MARTA DUEÑAS DE REGALADO, MIGUEL y ROBERTO

DUEÑAS PALOMO.- AL ORIENTE: en diecinueve metros veintiséis

centímetros, linda con lote número trece del Polígono "D" de la misma

Finca "Guadalupe", propiedad de los mencionados señores Dueñas.- AL

SUR: en siete metros cincuenta centímetros, linda con lote número cinco

y número cuatro del Polígono "C" de la misma Finca "Guadalupe",

propiedad de los señores Dueñas ya mencionados, con Pasaje número

uno de catorce metros treinta centímetros de ancho.- Y AL PONIENTE:

en dieciocho metros setenta y nueve centímetros, linda con resto del

inmueble propiedad del señor ANTONIO VILLAVICENCIO GONZA-

LEZ: las paredes que rodean la porción que se describe son propias.- El

inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de la señora

MARIA DEL TRANSITO FLORES DE VILLEDA al número de

Matrícula Automatizada número M CERO CINCO UNO CERO DOS

CUATRO SIETE OCHO Asiento CERO CERO CERO CUATRO, de

éste Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil, San Salvador: a las once

horas del día veintiuno de marzo del dos mil tres. Dr. JOSE MANUEL

MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- Br. ALEX

ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 14114-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que en este Juzgado se han presentado los señores

CATALINA LEMUS VIUDA DE MEJIA y ELADIO HERRADOR

LUNA, quienes son de cincuenta y nueve y ochenta y cuatro años de

edad, de oficios domésticos y agricultor, respectivamente, ambos de este

domicilio, solicitando TITULO SUPLETORIO a su favor sobre UN

inmueble de naturaleza rústica, cultivado de árboles frutales, situado en

el Cantón Santa Rita Caserío El Tablón de esta comprensión, de la

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103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

extensión superficial de UN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS

METROS CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE,

con Escuela de Cantón Santa Rita y con propiedad de JESUS

MAGAÑA; AL ORIENTE, con terreno de ADRIAN MAGAÑA,

callejón de por medio; AL SUR, con inmueble de ENCARNACION

PINEDA, ABELINO VILLEDA y OSCAR VILLEDA; AL PONIEN-

TE, calle de por medio que conduce a Cañas Dulces con propiedad de

GILBERTO VILLEDA; contiene en su interior una casa de adobe, techo

de tejas, con energía eléctrica y agua potable; el referido inmueble no es

dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con persona

alguna, y lo valúa en la suma de DIEZ MIL COLONES.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Juzgado de lo Civil: Metapán, a las nueve horas con treinta minutos

del día diez de abril del dos mil tres- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS

LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. EDGAR GUILLERMO MOLINA,

SECRETARIO INTO.-

3 v. alt. Nº. 14080-2

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la señora ANA

MILAGRO MARAVILLA DE ORELLANA, solicitando a su favor

título supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en el

Caserío Los Marranitos, en el Cantón Azacualpa, de esta jurisdicción, de

una extensión superficial aproximada de NUEVE AREAS NOVENTA

Y NUEVE CENTIAREAS; y linda: NORTE, treinta y seis metros

cuarenta centímetros, lindando en este lado con terreno que antes era de

la señora FRANCISCA LUISA CASTANEDA, hoy de MORENA

GUADALUPE ORELLANA MARAVILLA; SUR, treinta y ocho me-

tros veinticuatro centímetros, linda con la señora ANA MIRIAN MA-

RAVILLA; ORIENTE, veintisiete metros siete centímetros, linda con

terrenos que antes eran del Instituto Salvadoreño de Transformación

Agraria, hoy del señor RODOLFO BURGOS, en una parte y en otra con

LUIS ALONSO ORELLANA; PONIENTE, veintiséis metros cuarenta

y siete centímetros, linda con calle de por medio que conduce hacia la

carretera que va hacia Zacatecoluca y enfrente con terrenos de ROQUE

SANCHEZ BARDALES, MIGUEL ANGEL BARDALES, MARINA

BARDALES MERINO VIUDA DE BARDALES, SANTOS EFRAIN

BARDALES, HECTOR ARMANDO BARDALES BARDALES y

ANA MIRIAM BARDALES DE VILLACORTA.- DICE la solicitante

que adquirió dicho terreno por compra que de él hizo al señor FERMIN

SORTO.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, trece de marzo del año

dos mil tres.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.-

3 v. alt. Nº. 14065-2

FRANCISCA CORALIA CASTILLO DE TRUJILLO, Notaria, del

domicilio de Ilopango y del de esta ciudad, con Oficina Jurídica de

Notariado ubicada en la Segunda Calle Poniente, Bario San Juan de Dios,

casa número cuarenta y cuatro, San Vicente,

HACE SABER: que a esta Oficina a comparecido el señor FELIPE

DE JESUS MARTINEZ PORTILLO, de sesenta y nueve años de edad,

Jornalero, del domicilio de Apastepeque, Departamento de San Vicente,

portador de su Documento Unico de Identidad número cero dos uno

nueve tres seis seis uno-cuatro. Se presenta ante Mis Oficios Notariales

a iniciar Diligencias de Título Supletorio de un terreno de naturaleza

rústica, situado en el Caserío San Felipito, Cantón San Nicolás,

Jurisdicción de Apastepeque, Departamento de San Vicente, de una

extensión superficial aproximadamente de DOS MIL OCHOCIENTOS

CUARENTA Y NUEVE METROS CON OCHENTA Y TRES DECI-

METROS DE METRO CUADRADO, de los linderos especiales

siguientes: AL NORTE: en veintinueve metros con setenta y cuatro

centímetros, colindando con SALOME CARRILLO; AL ORIENTE: en

ciento cinco metros con cincuenta centímetros, colinda con FELIPE DE

JESUS MARTINEZ PORTILLO, Calle Panamericana de por medio; AL

SUR: en veintitrés metros ochenta y cinco centímetros, colinda con

ANTONIA FLORES GONZALEZ; y AL PONIENTE: en ciento seis

metros cincuenta centímetros, colinda con JORGE MARTINEZ, calle

antigua de por medio. El dominio sobre el inmueble antes descrito lo

adquirió por compra otorgada por el señor VICTORINO SANTOS

RODRIGUEZ por medio de escritura privada otorgada en la década de

los setentas, teniendo más de veinte años de poseerlo en forma quieta,

pacífica, continua e ininterrumpida posesión, haciendo acto de verdade-

ro dueño a ciencia y paciencia de vecinos y colindantes no es predio

dominante ni sirviente, ni esta en proindivisión, no tiene carga de

derechos reales, valuando dicho inmueble en la cantidad de DIEZ MIL

COLONES exactos, lo que se avisa al público para los efectos de la ley,

se previene a las personas que desean presentar oposición a las

pretensiones del señor FELIPE DE JESUS MARTINEZ PORTILLO, lo

hagan dentro del termino de ley en mi oficina jurídica, en la dirección

descrita al principio del presente edicto.

Librado en la ciudad de San Vicente a las nueve horas del día

veintinueve de Febrero del año dos mil tres.

FRANCISCA CORALIA CASTILLO DE TRUJILLO,

NOTARIO.

3 v. alt. Nº. 13931-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

MARIA ROSALINA FLORES DE MARTINEZ, solicitando se extien-

da a su favor, título de propiedad de un predio urbano con su construcción

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

de TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS de

superficie, situado en el Barrio San Miguel de esta ciudad, comprendido

dentro de los linderos siguientes AL ORIENTE, linda con propiedad de

FRANCISCO DURAN calle pública de por medio, AL NORTE, linda

con propiedad de MARIA PAZ RIVERA DELGADO DE MARTINEZ,

tapial de ladrillo de por medio, AL PONIENTE, linda con propiedad de

MARIA PAZ RIVERA DELGADO DE MARTINEZ, tapial de ladrillo

propio de por medio; y AL SUR linda con propiedad de MARIA PAZ

RIVERA DELGADO DE MARTINEZ, tapial de ladrillo propio de por

medio.- No es dominante ni sirviente.- No tiene carga o derecho real ni

está en proindivisión.- Lo hubo por compra a MARIA PAZ RIVERA

DELGADO DE MARTINEZ y lo estima en DOSCIENTOS MIL

COLONES.-

Los colindantes son de este domicilio.

ALCALDIA MUNICIPAL: Ilobasco, a los dieciocho días del mes

de marzo de dos mil tres.- JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS,

ALCALDE MUNICIPAL.- MANUEL DE J. ZETINO, SECRETA-

RIO.-

3 v. alt. Nº. 14102-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se han presentado los señores

JOSE ISABEL PANIAGUA BENITEZ y REYNA CELIA PANAME-

ÑO DE PANIAGUA, el primero de cincuenta y nueve años de edad,

jornalero, y la segunda de cincuenta y dos años de edad, de oficios

domésticos, ambos de este domicilio, solicitando por sí y por escrito

Título de Propiedad de un solar urbano situado en el Barrio Mercedes de

esta ciudad que mide y linda: AL ORIENTE: mide once metros setenta

centímetros, linda con terreno del señor JOSE ABDON FLORES AL-

FARO, calle de por medio, AL NORTE: mide veintidós metros cincuen-

ta centímetros, linda con terreno de ROSA ANDREA RODRIGUEZ;

AL PONIENTE : mide trece metros linda con terreno de la señora

MARIA JULIA FLORES CORVERA VIUDA DE MOLINA, y AL

SUR: mide veintidós metros cincuenta centímetros, linda con terreno del

señor ROGELIO GERMAN CALDERON. El inmueble descrito tiene

una extensión superficial de doscientos setenta y siete metros cuadrados

con ochenta y ocho centímetros, no es dominante, ni sirviente, no tiene

cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión

con nadie lo estiman en la suma de DIEZ MIL COLONES EXACTOS,

los colindantes son todos de este domicilio y se avisa al público para

efectos de ley.

Alcaldía Municipal de la ciudad de Verapaz, a los dieciocho días

del mes de febrero del año dos mil tres. VALENTIN ARMANDO

ALFARO PINEDA, ALCALDE MUNICIPAL DE VERAPAZ.- MI-

GUEL ANGEL MIRA DURAN, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No.13933-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que el señor JUAN JOSE CRUZ CRUZ, mayor de

edad, Agricultor en pequeño, del domicilio de Guacotecti, Cabañas,

solicita Título de un inmueble urbano, situado al Norte de los suburbios

de la Villa de Guacotecti, Cabañas con una superficie de UNA HECTA-

REA CUARENTA AREAS, lindante: AL ORIENTE, con terreno de

MERCEDES GIRON VIUDA DE QUINTEROS, hoy de JOSE MARIA

VASQUEZ y MARIA ESTER ORELLANA, limitados por cercos de

piedra, alambre y broton; AL NORTE, con terreno de FEDERICO

MARTINEZ PONCE, hoy de MARIA LIDIA ALFARO CASTRO,

mediando cerco de alambre y brotón de por medio; AL PONIENTE, con

terreno de ANTONIO TORRES, hoy de ROSA CASTRO, camino

vecinal de por medio que de Los Llanitos conduce a Villa Guacotecti;

y AL SUR, con terreno que fue de ADOLFO MARTIN GONZALEZ,

después de RAFAEL ALFARO y ahora de MARIA GERTRUDIS

ZAVALA mediando cerco de brotón y alambre. Lo hubo por compra que

le hizo a FRANCISCO ABELARDO HERNANDEZ ALVARENGA, y

lo estima en SEIS MIL OCHOCIENTOS DOLARES DE LOS ESTA-

DOS UNIDOS DE AMERICA.

Se avisa al público para efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Guacotecti, Departamento de Cabañas, a

siete días del mes de abril de dos mil tres. MEDARDO MENDEZ,

ALCALDE MUNICIPAL.- SECRETARIA MUNICIPAL.-

3 v. alt. No.14049-2

CONVOCATORIA.

La Junta Directiva de la Sociedad UNIDAD MEDICA DE DIAGNOS-

TICO EL SALVADOR, S.A DE C.V., de conformidad con su escritura

social y el Código de Comercio, Convoca a sus Accionistas a la Junta

General Ordinaria que se llevará a cabo a las doce horas con treinta

minutos del día veinte de mayo del año dos mil tres en el Local de

Laboratorio Unidad Médica, ubicado en la dirección Colonia Médica,

Pasaje Juan Llort, casa No.124, San Salvador, de conformidad a la

siguiente agenda:

1. Verificación del Quórum.

2. Lectura del Acta anterior.

3. Memoria de Labores de la Junta Directiva, el Balance Gene-

ral y Estado de Resultados al 31 de diciembre del año 2002.

4. Informe del Auditor Externo.

5. Aplicación de Resultados.

6. Elección de la Junta Directiva y asignación de sus emolumen-

tos.

7. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-

mentos.

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

8. Otros asuntos que de conformidad a la ley y al pacto social

puedan tratarse en esta Junta General Ordinaria.

Para que pueda celebrarse la sesión en Primera Convocatoria se

necesita la concurrencia por lo menos de Quinientas Cincuenta y una

acciones presentes o representadas y para que las resoluciones sean

válidas deben tomarse por simple mayoría de votos de las acciones

presentes o representadas. De no haber Quórum en la fecha y hora

indicada, por este medio se hace la segunda convocatoria para las doce

horas con treinta minutos del día veintiuno de mayo del corriente año, en

el mismo lugar, día en que se celebrará la sesión cualquiera que sea el

número de las acciones presentes y representadas y las decisiones se

tomarán por la mayoría de votos de éstas.

San Salvador, 24 de abril de 2003.

Por: UNIDAD MEDICA DE DIAGNOSTICO EL SALVADOR, S.A

DE C.V.

Dr. JOSE HERBERT ALLISAT BERDUGO,

Secretario.

3 v. alt. No.14107-2

CONVOCATORIA.

La Junta Directiva del Instituto El Salvador, S.A. de C.V., CONVOCA:

a Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse en el local del

Instituto “El Salvador”, a las nueve horas del día 30 de mayo de dos mil

tres, para conocer la Agenda siguiente :

ASUNTOS ORDINARIOS

1. Establecimiento del quórum.

2. Lectura del Acta anterior.

3. Conocer la memoria para el ejercicio de dos mil dos, el

Balance General al treinta y uno de diciembre de dos mil dos

y el informe de Auditoría para aprobar o improbar los tres

primeros.

4. Nombramiento del Auditor Externo para el año dos mil tres,

y fijación de sus emolumentos.

5. Aplicación de utilidades.

6. Varios.

El quórum legal para la primera convocatoria será: la mitad más una

de las acciones y pagadas o sean trescientos una acciones y las resolucio-

nes serán válidas si se toma por la mayoría de los votos presentes.

En caso de no celebrarse la Junta General de Accionistas, por falta

de quórum el día y hora señalados, se convoca por este medio, en segunda

convocatoria para celebrarse a las nueve horas del día 31 de mayo de dos

mil tres, en el mismo lugar y hora conforme la misma agenda.

El quórum legal para la segunda convocatoria será cualquiera que se a el

número de presentes.

San Salvador, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil tres.

Lic. ALVARO EVEGARIO LARIN,

Director, Secretario.

3 v. alt. No.14097-2

CONVOCATORIA

EL INFRASCRITO PRESIENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA

SOCIEDAD DESARROLLADORA LAS MAGNOLIAS, S.A. DE

C.V.; CONVOCA a Junta General Ordinaria de Accionistas a celebrarse

el día veintisiete de mayo del año en curso en las oficinas de la sociedad

ubicadas en Urbanización Madreselva, intersección Calzada El Nogal y

pasaje “H” Sur (costado Oriente de la Embajada Americana), Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad a las nueve horas en primera

convocatoria en caso que no existiera quórum se convoca por segunda

vez para celebrarla en el mismo lugar a las diez horas del día veintiocho

de mayo del presente año, con el objeto de conocer y discutir los

siguientes puntos de Agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

1) Establecimiento del Quórum.

2) Lectura del Acta anterior,

3) Amortización de Pérdidas Acumuladas con la Reserva Legal.

Para que se considere legalmente reunida dicha Junta, para conocer

asuntos de carácter ordinario, en primera convocatoria deberán estar

presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones

que conforman el Capital de la Sociedad, y para que las resoluciones sean

válidas se requiere el voto favorable de la mitad más una de las acciones

presentes o representadas y en segunda convocatoria, se considerará

válidamente constituida, cualesquiera que sea el número de las acciones

presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán con la mitad más

una de las acciones presentes o representadas.

Se recuerda a los Accionistas que podrán delegar su representación en

otros accionistas o a favor de extraños a la sociedad. La representación

podrá otorgarse por medio de carta, cable o telegrama o por cualquier otro

medio razonable de comunicación escrita.

Antiguo Cuscatlán, a los veinticuatro días del mes de abril del año

dos mil tres.

DESARROLLADORA LAS MAGNOLIAS, S.A. DE C.V.;

MIGUEL MATHIAS REGALADO N.,

Presidente.

3 v. alt. No.13939-2

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CONVOCATORIA

El infrascrito Presidente de la Junta Directiva de la SOCIEDAD BODE-

GAS DE AZUCAR Y MIEL, S.A DE C.V.; Convoca a Junta General

Ordinaria de Accionistas a celebrarse el día veintisiete de mayo del año

en curso en las oficinas de la sociedad ubicadas en Urbanización

Madreselva, intersección Calzada El Nogal y Pasaje “H” Sur (costado

Oriente de la Embajada Americana), Antiguo Cuscatlán, Departamento

de La Libertad a las nueve horas con treinta minutos en primera

convocatoria en caso que no existiera quórum se convoca por segunda

vez para celebrarla en el mismo lugar a las diez horas con treinta minutos

del día veintiocho de mayo del presente año, con el objeto de conocer y

discutir los siguientes puntos de Agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

1) Establecimiento del Quórum.

2) Lectura del Acta Anterior.

3) Amortización de Pérdidas Acumuladas con la Reserva Legal.

Para que se considere legalmente reunida dicha Junta, para conocer

asuntos de carácter ordinario, en primera convocatoria deberán estar

presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones

que conforman el Capital de la Sociedad, y para que las resoluciones sean

válidas se requiere el voto favorable de la mitad más una de las acciones

presentes o representadas y en segunda convocatoria, se considerará

válidamente constituida, cualesquiera que sea el número de las acciones

presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán con la mitad más

una de las acciones presentes o representadas.

Se recuerda a los Accionistas que podrán delegar su representación en

otros accionistas o a favor de extraños a la sociedad. La representación

podrá otorgarse por medio de carta, cable o telegrama o por cualquier otro

medio razonable de comunicación escrita.

Antiguo Cuscatlán, a los veinticuatro días del mes de abril del años

dos mil tres.

BODEGAS DE AZUCAR Y MIEL, S.A. DE C.V.

MIGUEL MATHIAS REGALADO N,

Presidente.

3 v. alt. No.13940-2

AVISO

El infrascrito Secretario de la Sociedad Cooperativa de Apicultores de El

Salvador de Responsabilidad Limitada, CERTIFICA, que en el libro de

Actas de Asamblea General de Accionistas que lleva esta sociedad en el

folio 247, se encuentra asentada el acta número Cuarenta y cinco

correspondiente a la Asamblea General Extraordinaria de Acciones

celebrada el día veintinueve de marzo del dos mil tres, en el cual se tomó

el acuerdo único de modificar las cláusulas siguientes CLAUSULA

SEPTIMA: CAPITAL en el sentido de Aumentar el Capital Social

mínimo de la Sociedad de Veinte Mil Colones a Cien Mil Colones

Exactos por aumento de Capital por nuevas aportaciones de un valor

nominal de Cien colones cada una.- CLAUSULA TERCERO NACIO-

NALIDAD Y DOMICILIO la nacionalidad de la Cooperativa es Salva-

doreño, tendrá su domicilio en Kilómetro Veintisiete y Medio Carretera

a Santa Ana Cantón La Arenera, San Juan Opico, Departamento de La

Libertad. CLAUSULA DECIMA QUINTA en su literal g) cualquier

dato o circunstancia que modifique, sustituya, anule o cancele los datos

que se encuentran en la documentación según el literal anterior o sea el

e) en el sentido que el socio se identificará con DOCUMENTO UNICO

DE IDENTIDAD PERSONAL.- CLAUSULA VIGESIMA PRIMERA

LIQUIDACION DE CUOTA SOCIAL: en cuanto a que periódicamente

se fijara limite mínimo de aportaciones que cada socio esté obligado a

poseer en el Capital de la cooperativa que en ningún momento será

inferior a Cincuenta mil colones o su equivalente en dólares, que serán

quinientas aportaciones de cien colones cada una.- CLAUSULA CUA-

DRAGESIMA NOVENA: Ejercicio Económico, será de un año, que

comenzará el primero de enero y terminará el treinta y uno de diciembre

del mismo año. Y se designa al Presidente en funciones Licenciado LUIS

ERNESTO ARMANDO SALAZAR URRUTIA para comparecer ante

Notario a otorgar la escritura correspondiente de modificaciones.

Es conforme con su original: y para los efectos legales consiguientes,

extiendo y firmo la presente CERTIFICACION, en Cantón La Arenera,

San Juan Opico, a los quince días del mes de abril del años dos mil tres.

Ing. JORGE ALBERTO NAVARRO,

Secretario.

3 v. alt. No.14099-2

AVISO

El infrascrito Administrador Unico de la Sociedad “RIVERA + HENRI-

QUEZ, INVERSIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE”, de este domicilio, con oficinas en Condominio Metrosur;

local Número Cincuenta y cinco, Boulevard de Los Héroes, en esta

Ciudad, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: que en Sesión de Junta General Extraordinaria de

Accionistas de la sociedad, celebrada a las dieciséis horas del día

veintiuno de los corrientes, se encuentra el PUNTO NUMERO DOS, en

el cual, por unanimidad, los accionista de la sociedad, propietarios del

cien por ciento de las acciones en que está dividido el Capital Social, que

actualmente está establecido en la suma de VEINTE MIL COLONES,

ACORDARON INCREMENTAR EL CAPITAL MINIMO DE LA

SOCIEDAD, en la suma de OCHENTA MIL COLONES, por lo que EL

CAPITAL MINIMO DE LA SOCIEDAD SE ESTABLECE EN LA

SUMA DE CIEN MIL COLONES.

San Salvador, veinticuatro de abril de dos mil tres.

Lic. RAMON ALBERTO RIVERA MENDOZA,

Administrador Unico.

3 v. alt. No.14091-2

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

AVISO

El infrascrito Administrador Unico Propietario de la Sociedad

CEPINTIGRES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que pueda abreviarse CEPINTIGRES, S.A DE C.V., CERTIFICA: que

en el Libro de Actas de Junta General a de Accionistas, se encuentra

asentada el Acta número seis, correspondiente a la Junta General Ex-

traordinaria de Accionistas, celebrada, en la Segunda Avenida y Once

Calle Poniente esquina de la ciudad de Santa Ana, a las nueve horas del

día diez de marzo de dos mil tres se ACORDO por unanimidad del cien

por ciento del Capital Social, y en cumplimiento a las reformas vigentes

del Código de Comercio; aumentar el Capital mínimo en OCHENTA

MIL COLONES, mediante la emisión de OCHOCIENTAS nuevas

acciones comunes y nominativas con un valor de CIEN COLONES cada

una, las cuales se suscriben y pagaran en efectivo proveniente de

aportaciones de los accionistas. Con este aumento de Capital la Sociedad

girará con un Capital mínimo de CIEN MIL COLONES, representado

por UN MIL acciones comunes y nominativas de CIEN COLONES cada

una. Además se acuerda nombrar Ejecutor Especial de este acuerdo, al

señor HUGO ERNESTO IRAHETA, para otorgar la Escritura de Modi-

ficación de Pacto Social.

San Salvador, a los once días del mes de marzo de dos mil tres.

ROMERO IRAHETA RIVAS,

Administrador Unico.

3 v. alt. No.14054-2

El infrascrito Administrador Unico de la sociedad DOCTOS, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas

de la sociedad, celebrada el día treinta y uno de diciembre del año dos mil

dos, se encuentra como punto único de agenda: se acuerda aumentar el

capital mínimo de la sociedad que en la actualidad es de veinte mil

colones, en la suma de OCHENTA MIL COLONES, para llegar a CIEN

MIL COLONES, lo cual se llevará a cabo con el traslado de la cantidad

de OCHENTA MIL COLONES del Capital Social Variable al capital

mínimo. Asimismo se acordó modificar las cláusulas del Pacto Social

que sean pertinentes. Se nombra ejecutor especial para que comparezca

ante Notario al Licenciado Alfonso Pineda Claude.

Y para los usos legales pertinentes extiendo la presente en la ciudad

de San Salvador, a los tres días del mes de marzo del año dos mil tres.

Lic. ALFONSO PINEDA CLAUDE,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. Nº 13992-2

CERTIFICACION

La infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionis-

tas de la Sociedad “OPERACIONES SAN BLAS, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE”,

CERTIFICA: que en el libro de actas respectivo aparece asentada

el acta número veintisiete, correspondiente a la Junta General Extraordi-

naria de Accionistas de la sociedad, celebrada en esta ciudad, a las diez

horas del quince de marzo de dos mil tres, cuyo punto primero literalmen-

te dice:

“PUNTO PRIMERO. Aumento de Capital Social. Se acuerda por

unanimidad aumentar el Capital Social en su parte fija en NUEVE MIL

CIENTO CUARENTA Y DOS 86/100 DOLARES ($9,142.86) dicho

aumento se realiza del traspaso del capital social variable al capital social

fijo, con dicho aumento la sociedad girará con un capital social fijo de

ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 58/100 DOLARES

($11,428.58), asimismo, girará con un capital social variable de CIEN-

TO CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y UNO 42/100

DOLARES ($158,171.42), haciendo un capital social total de CIENTO

SESENTA Y NUEVE MIL 00/100 DOLARES ($169,000).

Es conforme con su original, con el cual se confrontó. Y para los

usos que se estimen convenientes se expide la presente, en San Salvador,

a primero de abril de dos mil tres.

GLORIA MERCEDES GIAMMATTEI PORRAS,

SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

3 v. alt. Nº 13983-2

CERTIFICACION

La Infrascrita Secretaria de la Junta General Extraordinaria de Accionis-

tas de la sociedad “LA CRIBA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE”,

CERTIFICA: que en el libro de acta respectivo aparece asentada el

acta número ocho, correspondiente a la Junta General Extraordinaria de

Accionistas de la sociedad, celebrada en esta ciudad, a las nueve horas del

quince de marzo de dos mil tres, cuyo punto primero literalmente dice:

“PUNTO PRIMERO. Aumento de Capital Social. Se acuerda por

unanimidad aumentar el Capital Social en su parte fija en NUEVE MIL

CIENTO CUARENTA Y DOS 86/100 DOLARES ($9,142.86) dicho

aumento se realiza en parte del traspaso del capital social variable al

capital social fijo, por la cantidad de CINCO MIL DOSCIENTOS

TREINTA Y CUATRO 28/100 DOLARES ($5,234.28), además de la

compensación de créditos que los accionistas tienen en contra de la

sociedad por la cantidad de TRES MIL NOVECIENTOS OCHO 58/100

DOLARES ($3,908.58), con dicho aumento la sociedad girará con un

capital social fijo de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO

58/100 DOLARES ($11,428.58), con dicho aumento se extenderán

nuevas acciones para cada uno de los socios en proporción a las acciones

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

poseídas al momento de celebrarse esta junta.

Es conforme con su original, con el cual se confrontó. Y para los

usos que se estimen convenientes se expide la presente, en San Salvador,

a primero de abril de dos mil tres.

GLORIA MERCEDES GIAMMATTEI PORRAS,

SECRETARIA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE

ACCIONISTAS.

3 v. alt. Nº 13982-2

AVISO

El infrascrito Ejecutor Especial de Acuerdos de la Junta General Extraor-

dinaria de Accionistas, de la Sociedad “PRODUCTOS INSTANTA-

NEOS DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE”, que se abrevia “PROINCA, S.A. DE C.V.”,

AVISA: al público que por acuerdo de los socios se aumentará el

Capital Social Mínimo de la Sociedad a CIEN MIL COLONES, tomán-

dolo del capital social existente.

San Salvador, marzo veinticuatro del dos mil tres.

MARIA OLIMPIA ROMERO PANAMEÑO,

EJECUTORA ESPECIAL.

3 v. alt. Nº 13973-2

AVISO

En el cumplimiento a lo establecido en el Código de Comercio se hace

del conocimiento, que en la Junta General Extraordinaria de accionistas

celebrada el once de marzo del año dos mil tres; y con el quórum y votos

requeridos, se acordó dentro de los puntos a desarrollar, aumentar el

Capital Social Mínimo de FLORES-GUZMAN INGENIEROS AR-

QUITECTOS ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, para adecuarlo a las nuevas disposiciones legales la canti-

dad de Cien Mil Colones Adicionales por capitalización de utilidades,

por lo que el Capital Social Mínimo de la Sociedad suscrito pagado en su

totalidad, y designar como ejecutor especial a la señora NURIA NOEMY

GUZMAN DE FLORES a proceder a modificar las cláusulas acordadas

del Pacto Social.

San Salvador, once de marzo del 2003.

NURIA NOEMY GUZMAN DE FLORES,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº 13920-2

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003030641.

Nº de Pres.: 20030034384.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

AFLEXA

Consistente en: la palabra AFLEXA.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 14015-2

Clase: 09.

Nº de Exp.: 2003030576.

Nº de Pres.: 20030034310.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL

ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de

FORUM UNIVERSAL DE LES CULTURES BARCELONA 2004,

S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

FUNDACION FORUM UNIVERSAL DE LAS CULTURAS

FUNDACIO FORUM UNIVERSAL DE LES CULTURES

UNIVERSAL FORUM OF CULTURES FOUNDATION

Consistente en: las palabras FUNDACION FORUM UNIVER-

SAL DE LAS CULTURAS FUNDACIO FORUM UNIVERSAL DE

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

LES CULTURES UNIVERSAL FORUM OF CULTURES

FOUNDATION.`

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 14013-2

Clase: 32.

Nº de Expediente: 2003030643.

Nº de Pres.: 20030034386.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

CERVECERIA CENTRO AMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MAR-

CA DE FABRICA,

ELADA

Consistente en: la palabra ELADA.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 14012-2

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003030549

Nº de Pres.: 20030034273.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

DILIT

Consistente en: la palabra DILIT.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 14011-2

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003030642.

Nº de Pres.: 20030034385.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de LABORATO-

RIOS BUSSIE S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

DIEX-BUSSIE

Consistente en: las palabras DIEX-BUSSIE.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 14010-2

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003030215.

Nº de Pres.: 20030033789.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: DISEÑO DE LINEAS CURVAS Y PUNTO.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 14009-2

Clase: 44.

Nº de Exp.: 2003030689.

Nº de Pres.: 20030034456.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de LABORATO-

RIOS BUSSIE, S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BUSSIE

Consistente en: la palabra BUSSIE.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 14007-2

Clase: 12.

No. de Exp.: 2002026831.

No. de Pres.: 20020027953.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

TOYOTA JIDOSHA KABUSHIKI KAISHA (también comerciando

como TOYOTA MOTOR CORPORATION), de nacionalidad JAPO-

NESA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,

AVENSIS

Consistente en: la palabra AVENSIS en letras mayúsculas tipo

corriente.

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos

mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14006-2

Clase: 05.

No. de Exp.: 2003030548.

No. de Pres.: 20030034272.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

ATRENA

Consistente en: la palabra ATRENA.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

Lic. JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14005-2

Clase: 20.

No. de Exp.: 2003030547.

No. de Pres.: 20030034271.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deINYECTORES DE PLASTICO, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

AGRINOVA

Consistente en: la palabra AGRINOVA.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14004-2

Clase: 17.

No. de Exp.: 2003030559.

No. de Pres.: 20030034283.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deINYECTORES DE PLASTICO, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

AGRINOVA

Consistente en: la palabra AGRINOVA.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

tres.

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Page 112:  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003. 1 DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web:  ...

112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14003-2

Clase: 41.

No. de Exp.: 2003030581.

No. de Pres.: 20030034316.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUEL

ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de

FORUM UNIVERSAL DE LES CULTURES BARCELONA 2004,

S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

FUNDACION FORUM UNIVERSAL DE LAS CULTURASFUNDACIO FORUM UNIVERSAL DE LES CULTURESUNIVERSAL FORUM OF CULTURES FOUNDATION

Consistente en: la palabras FUNDACION FORUM UNIVERSAL

DE LAS CULTURAS FUNDACIO FORUM UNIVERSAL DE LES

CULTURES UNIVERSAL FORUM OF CULTURES FOUNDATION.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14016-2

Clase: 32.

No. de Exp.: 2003030645.

No. de Pres.: 20030034388.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

CERVECERIA CENTRO AMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MAR-

CA DE FABRICA,

GALLITO

Consistente en: la palabra GALLITO.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14017-2

Clase: 32.

No. de Exp.: 2003030646.

No. de Pres.: 20030034389.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

CERVECERIA CENTRO AMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MAR-

CA DE FABRICA,

HEL@DAConsistente en: la palabra HEL@DA sobre la letra “A” que

simboliza a una arroba no se le concede exclusividad.

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14019-2

Clase: 16.

No. de Exp.: 2003030427.

No. de Pres.: 20030034131.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

JOHNSON & JOHNSON VISION CARE

Consistente en: las palabras JOHNSON & JOHNSON VISION

CARE, se traduce al español como JOHNSON & JOHNSON CUIDA-

DO DE LA VISTA.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14022-2

Clase: 35.

No. de Exp.: 2003030429.

No. de Pres.: 20030034133.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

JOHNSON & JOHNSON VISION CARE

Consistente en: las palabras JOHNSON & JOHNSON VISION

CARE, se traduce al español como JOHNSON & JOHNSON CUIDA-

DO DE LA VISTA.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14023-2

Clase: 29.

No. de Exp.: 2003030550.

No. de Pres.: 20030034274.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-

TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de KNORR-

NAEHRMITTEL AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad SUI-

ZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

KNORR VIE

Consistente en: las palabras KNORR VIE; KNORR es una palabra

no traducible VIE se traduce al español como VIDA.

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14025-2

Clase: 42.

No. de Exp.: 2003030428.

No. de Pres.: 20030034132.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS,

JOHNSON & JOHNSON VISION CARE

Consistente en: las palabras JOHNSON & JOHNSON VISION

CARE, se traduce al español como JOHNSON & JOHNSON CUIDA-

DO DE LA VISTA.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14024-2

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003030551.

No. de Pres.: 20030034275.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-

TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de KNORR-

NAEHRMITTEL AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad SUI-

ZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

KNORR VIE

Consistente en: las palabras KNORR VIE; KNORR es una palabra

no traducible VIE se traduce al español como VIDA.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14027-2

Clase: 32.

No. de Exp.: 2003030648.

No. de Pres.: 20030034391.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

CERVECERIA CENTRO AMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MAR-

CA DE FABRICA,

NATIVA

Consistente en: la palabra NATIVA.

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14028-2

Clase: 32.

No. de Exp.: 2003030552

No. de Pres.: 20030034276

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de FABRICA

DE BEBIDAS GASEOSAS SALVAVIDAS, SOCIEDAD ANONIMA,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MAR-

CA DE FABRICA,

NEW

Consistente en: la palabra NEW se traduce al español como

NUEVO.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14029-2

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002027051

No. de Pres.: 20020028269

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JERONIMO

ERNESTO REYES, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA,

de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

OPOTONICO

Consiste en : la palabra OPOTONICO, en letras mayúsculas tipo

corriente.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14030-2

Clase : 05.

No. de Exp.: 2003030553

No. de Pres.: 20030034277

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

PARATHRINConsiste en : la palabra PARATHRIN.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

tres.

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintisiete de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14031-2

Clase : 16.

No. Exp.: 2003030649.

No. Pres.: 20030034392

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de HASBRO,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

PLAY - DOH

Consiste en: la palabra PLAY- DOH.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14032-2

Clase : 28.

No. de Exp.: 2003030650

No. de Pres.: 20030034393.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de HASBRO,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA,

PLAY- DOH

Consiste en: la palabra PLAY- DOH.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14033-2

Clase : 05.

No. Exp.: 2002026891.

No. Pres.: 20020028047.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA

ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERADO de

LABORATORIO CHILE, S. A., de nacionalidad CHILENA, solicitan-

do el registro de la MARCA DE COMERCIO,

RIPOLConsiste en : la palabra RIPOL en letras mayúculas tipo corriente.

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

La solicitud fue presentada el día treinta de julio del año dos mil

dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14034-2

Clase : 05.

No. Exp.: 2003030436.

No. Pres.: 20030034140.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIO

ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

STAYFREE SLINEA FORM

Consiste en : las palabras STAYFREE SLINEA FORM se traduce

de la siguiente manera STAYFREE FORM - UNA FORMA DE ESTAR

LIBRE - SLINEA- es una palabra no traducible.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14036-2

Clase : 05.

No. Exp.: 2003030653.

No. Pres.: 20030034396.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE DANIEL

VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de LABORATO-

RIOS BUSSIE S. A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA,

TOPISULFA

Consiste en: la palabra TOPISULFA.

La solicitud fue presentada del día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 14037-2

Clase : 11

No. de Exp.: 2003030554

No. de Pres.: 20030034278

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

INYECTORES DE PLASTICO, SOCIEDAD ANONIMA, de naciona-

lidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

TALISHTE

Consiste en: la palabra TALISHTE.

La solicitud fue presentada el día trece de febrero del año dos mil

tres.

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticinco de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14038-2

Clase : 32.

No. de Exp.: 2003030644

No. de Pres.: 20030034387

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

CERVECERIA CENTRO AMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MAR-

CA DE FABRICA,

HELADA

Consiste en : la palabra HELADA.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos

mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 14020-2

Clase : 05.

No. de Exp.: 2002026020.

No. de Pres.: 20020026561.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ALVARO

RENATO HUEZO, en su calidad de APODERADO de ROEMMERS

INTERNACIONAL, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando

el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

SESAREN

Consiste en: la palabra SESAREN en letras mayúsculas de molde.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de junio del año dos mil

dos.

REGISTRO DE COMERCIO : DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintiocho

de junio del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13980-2

No. de Exp.: 2003031069.

No. de Pres.: 20030035138.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAEL

ERNESTO MORENO COLOCHO, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL Y ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de TRANS-

PORTES SERVITRANS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

del NOMBRE COMERCIAL,

AC GROUP WORLD WIDE EL SALVADOR

Consiste en : la expresión AC GROUP WORLD WIDE DE EL

SALVADOR escritas en letras de molde color negro, que sevirá para:

UN ESTABLECIMIENTO EL CUAL SE DEDICARA AL TRANS-

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

PORTE DE CARGA, POR VIA MARITIMA, TERRESTRE Y AEREA

UBICADO EN URBANIZACION INDUSTRIAL PLAN DE LA LA-

GUNA, LOTE NUMERO VEINTIUNO, ANTIGUO CUSCATLAN

DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13965-2

Clase : 12

No. de Exp.: 1981000655

No. de Pres.: 20020029469

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MIRIAM

ELEANA MIXCO REYNA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO de KUMHO INDUSTRIAL CO.

LTD, del domicilio de CUARENTA Y NUEVE - UNO, KWANGCHUN-

DONG, SEO - KU, KWANGJU - SHI QUINIENTOS DOS- DOSCIEN-

TOS DIEZ, REPUBLICA DE COREA, de nacionalidad KOREANA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00010 de Libro

00096 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra

“MAGENTA”; que ampara productos comprendidos en la Clase 12 de

la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil

dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13943-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de CORPORACION TECANA DE INVERSIONES,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE (CORTI, S. A. DEC. V.), de conformidad a la Décima Sexta Cláusula de sus Estatutos, poreste medio CONVOCA a los señores Accionistas de esta Sociedad acelebrar Junta General de accionistas, que conocerá asuntos de carácterOrdinario que se llevará a cabo a las dieciocho horas del día veintidós demayo de dos mil tres, en las instalaciones del Club Deportivo Santaneco,situado en Carretera a San Salvador entre Km. 61 y 62. La agenda serála siguiente:

1. ESTABLECIMIENTO Y COMPROBACION DE QUO-RUM,

2. LECTURA Y APROBACION DE AGENDA.

3. LECTURA Y APROBACION DEL ACTA ANTERIOR,CELEBRADA EL DIA VIERNES CUATRO DE ABRILDE DOS MIL TRES.

4. DISTRIBUCION DE UTILIDADES DE EJERCICIOSANTERIORES.

5. CUALQUIER OTRO ASUNTO QUE DE CONFORMI-DAD A LA ESCRITURA SOCIAL Y AL CODIGO DECOMERCIO PUEDAN SER TRATADOS EN ESTA JUN-TA.

El establecimiento del quórum legal para la primera convocatoriaestará representado por la mitad más una de las acciones que forman elCapital Social.

En caso que no hubiere quórum en la hora y fecha señalada seconvoca por segunda vez, a la misma hora el día veintitrés de mayo enel local señalado, considerándose válidamente constituida con cualquie-ra que sea el número de las acciones representadas.

Santa Ana, 29 de abril de dos mil tres.

CORTI, S.A. DE C.V.

CARLOS JAVIER HERNANDEZ MARTINEZ,

REPRESENTANTE LEGAL,

3 v. alt. No. 14590-2

Clase : 12

No. de Exp.: 1981000654

No. de Pres.: 20020029472

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MIRIAMELEANA MIXCO REYNA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de KUMHO INDUSTRIAL CO..LTD, del domicilio de CUARENTA Y NUEVE- UNO, KWANGCHUN-DONG, SEO-KU, KWANGJU - SHI QUINIENTOS DOS- DOSCIEN-

TOS DIEZ, REPUBLICA DE KOREA, de nacionalidad KOREANA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00222 del

Libro 00095 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALA-

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

BRA “SAMYANG” EN LETRA ESPECIAL LIGERAMENTE AR-

QUEADA; que ampara productos comprendidos en la Clase 12 de la

Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil

dos.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13944-2

EDGAR ARTURO FLORES MARTINEZ, Notario, de este domicilio,

con Despacho Profesional ubicado en la Avenida Olímpica, Condominio

Villa Olímpica, Edificio "B", Local Número Cuatro, primera planta; en

esta ciudad; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado, SOR ISABEL

CASTILLO, conocida por Madre ISABEL CASTILLO ARIETA y por

FLOR MARINA CASTILLO ARRIETA, de setenta y siete años de

edad, Religiosa, del domicilio de Nueva San Salvador, a quien no

conozco pero identifico por medio de su Documento Unico de Identidad

Número: cero un millón trescientos ochenta y siete mil quinientos

ochenta y ocho- ocho; titular de su Número de Identificación Tributaria:

un mil doscientos diecisiete- cien mil setecientos veinticinco- cero cero

uno- siete; quien actúa en nombre y representación legal, en su carácter

de Síndico del "HOSPICIO DE BELEN", Institución Altruista y Carita-

tiva, de nacionalidad salvadoreña, del domicilio de Nueva San Salvador,

con Número de Identificación Tributaria: cero quinientos once- doscien-

tos setenta mil ochocientos cuarenta y seis- cero cero uno- ocho;

solicitando la tramitación ante mis oficios, de TITULO DE DOMINIO,

sobre el siguiente inmueble: un Terreno de Naturaleza Urbana, situado

sobre la Calle La Ronda, Barrio El Centro, Potonico, Departamento de

Chalatenango; el cual es de las medidas y colindancias siguientes: AL

SUR: partiendo del punto PI que está en el eje de Calle La Ronda con

rumbo Norte cero un grados, treinta minutos Este, y una distancia de diez

punto cero metros se llega al mojón M UNO, que es el esquinero

Surponiente a partir de este mojón con rumbo Sur ochenta y ocho grados

cuarenta y cuatro minutos Este, y una distancia de veintisiete punto

sesenta y un metros se llega al mojón M DOS, que es el esquinero

Suroriente, lindando este lado con terrenos propiedad de JOSE TOBAR,

Calle La Ronda de por medio. AL ORIENTE: partiendo del mojón M

DOS, con rumbo Norte cero cero grados treinta y tres minutos Este, y una

distancia de veinte punto noventa metros se llega al mojón M TRES, a

partir de este mojón con rumbo Norte ochenta y ocho grados veintisiete

minutos Este y una distancia de once punto diez metros se llega al mojón

M CUATRO, partiendo de este mojón con rumbo Norte cero dos grados

cero ocho minutos Este, y una distancia de treinta y tres punto setenta y

tres metros, se llega al Mojón M CINCO, partiendo de este mojón, con

rumbo Norte cero seis grados diecisiete minutos Oeste, y una distancia

de diez punto cero seis metros, se llega al mojón M SEIS, partiendo de

este mojón con rumbo Norte diecisiete grados doce minutos Oeste, y una

distancia de cuatro punto cuarenta metros se llega al mojón M SIETE, a

partir de este mojón con rumbo Norte treinta y siete grados treinta y

cuatro minutos Oeste, y una distancia de cinco punto cincuenta y seis

metros se llega al mojón M OCHO, que es el esquinero Nororiente,

lindando este lado con terrenos propiedad de GRACIELA PEREZ,

JULIO CESAR TOBAR y ANTONIO MOLINA, este lado está confor-

mado por una quebrada de invierno. AL NORTE: partiendo del mojón M

OCHO, con rumbo Norte setenta grados treinta minutos Oeste y una

distancia de cinco punto cero nueve metros se llega al mojón M NUEVE,

a partir de este mojón con rumbo Norte ochenta grados treinta y dos

minutos Oeste y una distancia de doce punto setenta y siete metros se

llega al mojón M DIEZ, a partir de este mojón con rumbo Norte cincuenta

y ocho grados veinticuatro minutos Oeste y una distancia de siete punto

sesenta y tres se llega al mojón M ONCE, a partir de este mojón, con

rumbo Norte ochenta y un grados treinta y cuatro minutos Oeste y una

distancia de dos punto setenta y tres metros se llega al mojón M DOCE,

partiendo de este mojón con rumbo Sur veintiocho grados cero ocho

minutos Oeste y una distancia de cuatro punto veinte metros se llega al

mojón M TRECE, que es el esquinero Norponiente, lindando este lado

con terrenos propiedad del señor ANTONIO MOLINA, este lado está

conformado por una quebrada de invierno. AL PONIENTE: a partir del

mojón M TRECE, con rumbo Sur cero un grados trece minutos Oeste y

una distancia de veintitrés punto sesenta y un metros, se llega al mojón

M CATORCE, partiendo de este mojón con rumbo Sur once grados trece

minutos Oeste y una distancia de once punto treinta y dos metros se llega

al mojón M QUINCE, a partir de este mojón, con rumbo Sur cero dos

grados cero cinco minutos Oeste y una distancia de diecinueve punto

treinta y un metros, se llega al mojón M DIECISEIS, partiendo de este

mojón con rumbo Sur cero tres grados cero dos minutos Este, se llega al

mojón M UNO, que es el esquinero Surponiente; que es donde inicio la

presente descripción, lindando este lado con terrenos propiedad de la

señora LIDIA VIDES. El Terreno antes descrito tiene una extensión

superficial de DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES PUNTO

CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a TRES

MIL NOVECIENTAS CINCUENTA Y TRES PUNTO NOVENTA Y

DOS VARAS CUADRADAS. El anterior terreno lo adquirió El Hospi-

cio de Belén, por venta que le hiciera el Padre JULIO CESAR ORELLA-

NA BENITEZ, conocido por JULIO ORELLANA BENITEZ, de setenta

y un años de edad, Sacerdote católico, de este domicilio, quien aún vive.

El inmueble no es predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas o

derechos reales que pertenezcan a terceras personas, y lo valúa en la

suma de CIEN MIL COLONES. Expido el presente edicto en la ciudad

de San Salvador, a los once días del mes de abril del año dos mil tres.

Lic. EDGAR ARTURO FLORES MARTINEZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. 14149-2

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121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución dictada a las ocho horas con

quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

Beneficio de Inventario de parte de ANA ORTIZ DE PINEDA, conocida

por ANA ORTIZ VELIS, ANA ORTIZ y ANA MARIA ORTIZ, como

cónyuge sobreviviente del causante señor ANTONIO PINEDA ALFA-

RO, la Herencia Intestada que dejó a su defunción ocurrida el día cuatro

de abril de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón Nancintepeque

de esta jurisdicción, lugar de su último domicilio; confiriéndosele

INTERINAMENTE la administración y representación de la Sucesión

expresada, con las facultades y restricciones de ley.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten en el término de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas con treinta minutos del día veinticinco de febrero

del dos mil dos.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE

AMAYA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13523-3

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA; AL PUBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cuarenta y

ocho minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario, de parte de las señoras PAULINA MEZQUITA

DE DIAZ, conocida por PAULINA CHAMUL y PAULINA

MESQUITA, ANA ISABEL DIAZ MEZQUITA, MERCEDES DIAZ

MEZQUITA, CATALINA DIAZ MEZQUITA, BLANCA CELIA DIAZ

MEZQUITA, CLAUDIA CRISTINA DIAZ DE VARGAS, CRISTINA

DEL CARMEN DIAZ VIUDA DE BELLOSO, la herencia testamenta-

ria que a su defunción dejó el causante señor VICENTE DIAZ HER-

NANDEZ, conocido por VICENTE DIAZ, quien fue de ochenta y ocho

años de edad, comerciante en pequeño, casado, fallecido el día veintisiete

de julio del año dos mil, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad,

habiendo sido el Cantón Natividad de esta jurisdicción el lugar de su

último domicilio.-

Las señoras PAULINA MEZQUITA DE DIAZ, conocida por

PAULINA CHAMUL y PAULINA MESQUITA, ANA ISABEL DIAZ

MEZQUITA, MERCEDES DIAZ MEZQUITA, CATALINA DIAZ

MEZQUITA, BLANCA CELIA DIAZ MEZQUITA, CLAUDIA CRIS-

TINA DIAZ DE VARGAS, y CRISTINA DEL CARMEN DIAZ VIU-

DA DE BELLOSO, son herederas testamentarias del referido causante,

según testamento nuncupativo otorgado en esta ciudad, a las nueve horas

treinta minutos del día once de diciembre de mil novecientos noventa y

cinco, ante los oficios de la Notario Licenciada ZOILA ANA YOLAN-

DA MARTINEZ DE DENNERY; y en ese carácter se les confiere la

administración y representación interina de la sucesión, con las faculta-

des y restricciones de ley.-

Lo que se pone en conocimiento para que todo aquel que se

considere con derecho a esta sucesión, se apersone a este Tribunal a

deducirlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación

de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas diez minutos del día veintiocho de marzo de dos

mil tres- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13524-3

ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-

ción proveída por este Tribunal, a las nueve horas diez minutos del día

diez de diciembre del presente año; se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción ocurrida a la una hora del día veinticuatro de agosto de mil

novecientos setenta y nueve, en la carretera que de esta ciudad conduce

hacia Sonsonate, a la altura del kilómetro 80, del Cantón San Julián de

esta jurisdicción, siendo la ciudad de Acajutla, su último domicilio; dejó

el señor JOSE MOISES GALDAMEZ, conocido por JOSE MOISES

GALDAMEZ ABREGO y por MOISES GALDAMEZ; de parte de los

señores JOSE MOISES GALDAMEZ OSTORGA, SILVIA ESTELA

OSTORGA DE ESCOBAR e HILDA NELLY OSTORGA DE ARE-

VALO, en su calidad de hijos del mencionado causante; se ha conferido

a los aceptantes, la administración y representación interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.-

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez

horas del día once de diciembre del año dos mil dos.- Licda. ASTRID

YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

SUPLENTE.- Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. 13520-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las nueve horas

del día diecisiete de marzo del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día siete de

marzo de mil novecientos setenta y siete, dejó el señor MERCEDES

CAMPOS CHACON, de parte de la señora MARIA ANTONIA LOPEZ

VIUDA DE HERNANDEZ, como cesionaria de los derechos heredita-

rios que le correspondían a la señora PETRONA CHACON DE CAM-

POS, en su calidad de madre del causante.- Confiérese a la aceptante la

administración y representación interina de la sucesión, con las faculta-

des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

catorce horas cincuenta minutos del día cuatro de abril del año dos mil

tres.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13505-3

CARLOS RAMON ALVARADO MARTINEZ, JUEZ CUARTO DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las nueve horas

del día nueve de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria

que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día

catorce de enero de mil novecientos noventa y ocho, dejó la causante

SARA SANCHEZ DE MIJANGO, conocida por MARTA SARA SAN-

CHEZ DE MIJANGO, de parte del señor CARLOS PORFIRIO GUZ-

MAN SANCHEZ. Confiérese al aceptante la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente. Y, CITA: a los que se crean con derecho

a la expresada herencia, para que se presenten a deducirlo en el término

de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación

de este Edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas del día veinticinco de octubre de dos mil uno.- Dr. CARLOS

RAMON ALVARADO MARTINEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13447-3

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día cinco

de junio del año dos mil dos, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por la señora

LEONARDA GERTRUDIS SANTAMARIA, fallecido el día veintidós

de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad de San

Salvador, siendo la Población de Sonzacate, su último domicilio, de parte

de los señores RICARDO ANTONIO, ALVARO FREDY, JOSE ADAN,

ROSA ELVIRA y GLORIA ISABEL, todos de apellido SANTAMARIA

TADEO, en concepto de hijos de la causante. Se ha conferido a los

aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión

con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las catorce horas del día primero

de julio del año dos mil dos.- Lic. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDAL-

GO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13374-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y treinta

minutos del día tres del corriente mes y año, se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTA-

DA de los bienes que a su defunción dejó el causante señor ALFREDO

MAYORGA MIRANDA, quien falleció en el Hospital Médico Quirúr-

gico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de la Jurisdicción de San

Salvador; a las veintiuna horas y quince minutos del día veinticuatro de

mayo de dos mil dos; siendo su último domicilio esta ciudad; por parte

de la señora MARIA NOEMI TORRES DE MAYORGA, en su concepto

de cónyuge sobreviviente del de cujus.

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123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Habiéndosele conferido a la aceptante en el concepto antes indica-

do, la administración y representación interinas de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a todas las personas que se crean con derecho a la presente

herencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación de este

edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las ocho horas y

cincuenta minutos del día tres de abril de dos mil tres.- Lic. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. YANIRA MAG-

DALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13401-3

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las

once horas del día veintiséis de los corrientes; se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que al

fallecer dejó la causante señora SIMONA MOLINA ZELAYA, fallecida

a las dieciséis horas del día treinta y uno de julio de mil novecientos

noventa y nueve, en el Barrio El Centro de la ciudad de Nueva Guada-

lupe, de este Distrito, Departamento de San Miguel, siendo la ciudad de

Nueva Guadalupe su último domicilio; de parte de GUADALUPE

ALEGRIA MOLINA, en su concepto de hijo de la causante.- Nómbrase

al aceptante en el carácter dicho administrador y representante interino

de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que

corresponde a los curadores de la herencia.- Publíquense los edictos de

ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CHI-

NAMECA, a las quince horas del día veintiséis de enero del año dos mil

uno.- Lic. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. 13390-3

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO JUEZ, CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Licenciado TITO SANCHEZ VALENCIA, Apoderado General

Judicial del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIE-

DAD ANONIMA, contra la señora MARIA ALICIA TORRES DE

RODRIGUEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un

inmueble de naturaleza rústica hoy urbanizado, situado en el Valle San

Luis Mariona, antes Barranca Honda, ahora San Luis Mariona de

Cuscatancingo de este Departamento, donde se ha desarrollado el pro-

yecto San Lucas, que de dicho inmueble segrega el lote marcado con el

número QUINCE, POLIGONO A, del proyecto San Lucas, que se

localiza y se describe así: partiendo de la intersección de los ejes de calle

a Mariona y de pasaje uno, se mide sobre el eje de pasaje uno, una

distancia de cincuenta y tres punto cuarenta metros, con rumbo Norte

ochenta y seis grados cuarenta metros, con rumbo Norte ochenta y seis

grados cuarenta y dos punto cincuenta y cuatro minutos Oeste, llegando

a un punto en donde con deflexión derecha de noventa grados y midiendo

una distancia de dos punto cincuenta metros, se localiza el esquinero Sur-

Oriente del lote que se describe: AL ORIENTE: un tramo recto con

rumbo Norte cero tres grados diecisiete punto cuarenta y seis minutos

Este y una distancia de diez punto cero cero metros y linda con lote

número trece, polígono A; AL NORTE: un tramo recto con rumbo Norte

ochenta y seis grados cuarenta y ocho punto un minutos Oeste y una

distancia de cinco punto cero cero metros, y linda con Escuela Angélica

Guirola Soler; AL PONIENTE: un tramo recto con rumbo Sur cero tres

grados diecisiete punto cuarenta y seis minutos Oeste y una distancia de

diez punto cero cero metros y linda con lote número diecisiete, polígono

A; AL SUR: un tramo recto con rumbo Sur ochenta y seis grados cuarenta

y dos punto cincuenta y ocho minutos Este y una distancia de cinco punto

cero cero metros y linda con lote número dieciséis, polígono B, pasaje

uno de por medio, llegando así al esquinero Sur-Oriente, que fue donde

dio inicio la presente descripción.- El inmueble así descrito tiene una

extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO ME-

TROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNO PUNTO

CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. El inmueble antes

descrito se ha construido una casa de sistema mixto completamente

nueva de un área de VEINTIDOS PUNTO CINCUENTA y UN ME-

TROS CUADRADOS de construcción. El inmueble antes descrito es

propiedad de la señora MARIA ALICIA TORRES DE RODRIGUEZ,

por estar inscrito a su favor bajo el sistema de Folio Real con Matrícula

número CERO UNO-CERO SEIS CERO NUEVE UNO OCHO-CERO

CERO CERO, inscripción TRES, del Registro de la Propiedad Raíz e

Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las

doce horas y treinta minutos del día catorce de marzo de dos mil tres.- Lic.

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE.- Licda. ELENA ELIZABETH AYALA

ORELLANA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13396-3

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que a este Tribunal se presentó el Licenciado

RAMIRO ALEXANDER GARCIA SALINAS, en el carácter de Apode-

rado General Judicial con Cláusula Especial de la señora Victoria

Echeverría Hernández; solicitando el referido profesional, quien es de

treinta y cuatro años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de

Armenia y de esta ciudad, promover diligencias de título Supletorio de

un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Julián de la

jurisdicción de esta ciudad, identificado como parcela número Quinien-

tos cincuenta y dos, del sector cero tres cero uno cero ocho; con una

capacidad superficial de MIL TREINTA PUNTO CINCUENTA Y UN

METROS CUADRADOS, aproximadamente, y de los linderos siguien-

tes: NORTE: linda con UNIFERSA, línea férrea de por medio; SUR: con

ESSO Estándar Oil S.A., límite de carretera de por medio y línea férrea.

ORIENTE: con Alejandro Perdomo Rellana; y PONIENTE: con PIS-

CIS, S.A. de C.V. y que se valúa por el precio de treinta mil colones. Que

la posesión del inmueble descrito, la adquirió materialmente, por encon-

trarse residiendo en él, desde hace mas de treinta años continuos y

sucesivos hasta la fecha, y no teniendo ningún documento que acredite

el dominio sobre el mismo, viene a promover diligencias de título

Supletorio. No existen poseedores proindivisos.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve

horas cuarenta y cinco minutos del día veinte de marzo del año dos mil

tres. Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA CORALIA RAMI-

REZ LEIVA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13435-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señorita

ANA JULIA INTERIANO GUZMAN, de veintisiete años de edad,

estudiante de este domicilio, portadora de su documento único de

identidad número: cero uno tres cuatro seis cuatro cuatro cinco guión

nueve, quien es Apoderada General Judicial y Administrativo del señor

JUAN ANTONIO ARGUETA AVELAR, de treinta y dos años de edad,

de este domicilio, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD

DOMINIO, a favor de su poderdante de un terreno de naturaleza urbano

situado en Colonia Gerardo Barrios, Ciudad Barrios, distrito y departa-

mento de San Miguel, de una capacidad superficial de DOSCIENTOS

CINCUENTA Y CUATRO METROS, TRECE DECIMETROS, SE-

TENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y

colindancias siguientes: ORIENTE: Dieciséis metros sesenta centíme-

tros linda VICTOR ROMERO, cerco de alambre e izotes y pasaje de por

medio; NORTE: once metros, quince centímetros, con DOMITILA

PEREZ cerco de alambre e izotes de por medio; al PONIENTE: Dieci-

siete metros diez centímetros, con ROSA DELFINA RIVERA, cerco de

alambre e izote de por medio y al SUR: Diecinueve metros, con JOSE

FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, Calle Las Flores de por medio. El

terreno anteriormente descrito tiene construida una casa techo de tejas,

paredes de bahareque de ocho metros de largo por seis de ancho, no es

dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena

pertenencia, lo ha poseído en forma quieta y pacífica en forma ininte-

rrumpida lo adquirió por compra que le hiciera al señor MIGUEL

ANGEL MARQUEZ AGUILA, por medio de escritura pública otorgada

en la ciudad de San Miguel a los dieciocho días del mes de marzo del

corriente año, ante los oficios del Notario JOSE FLORENCIO

CASTELLON GONZALEZ y que unida mi posesión material con la de

mi antecesor esta data por más de diez años consecutivos lo valora por

la cantidad de QUINCE MIL COLONES, por lo que se hace saber al

público para los efectos de ley.

Librado en la Alcaldía Municipa

l de Ciudad Barrios a los ocho días del mes de abril de dos mil tres.-

MIGUEL ALONSO GARCIA MEDINA, ALCALDE MUNICIPAL.-

ANA CECILIA ALVARADO IGLESIAS, SECRETARIA MUNICI-

PAL.

3 v. alt. Nº 13369-3

La Infrascrita Alcaldesa Municipal,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la Licenciada

NORY DEL ROSARIO AVELAR GUTIERREZ, mayor de edad, Abo-

gada y Notario de este domicilio y del de San Salvador, con Documento

Unico de Identidad número cero uno uno ocho uno nueve nueve tres-tres,

como Apoderada General Judicial y Administrativa con Cláusula Espe-

cial de los señores RAFAEL ANTONIO ABREGO CARDOZA, de

treinta y cinco años de edad, jardinero del domicilio de Los Angeles,

California, Estados Unidos de América, con Pasaporte número A siete

cuatro nueve cero cinco dos, extendido por el Consulado General de El

Salvador acreditado en Los Angeles, California, Estados Unidos de

América, el día veinte de septiembre del año dos mil; y la señora

WENDY CAROLINA RIVERA DE ABREGO de veintinueve años de

edad, ama de casa, del domicilio de Los Angeles, California, Estados

Unidos de América, con Pasaporte número A cuatro nueve cuatro seis

cinco uno, extendido por el Consulado General de El Salvador acreditado

en Los Angeles, California, Estados Unidos de América, el día catorce

de marzo del año dos mil, solicitando se le extienda Título de Propiedad

a favor de sus poderdantes, sobre un inmueble urbano ubicado en el

Barrio Concepción de esta población, de las medidas y linderos siguien-

tes: al ORIENTE: mide cincuenta y cinco metros, linda con propiedades

de DORA ANGELICA ALVARENGA, MARIA FRANCISCA ABRE-

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125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

GO COTO, ANTONIO ELIAS ABREGO conocido por JOSE ANTO-

NIO ABREGO, y TOMAS ABREGO; al NORTE: mide veinticinco

metros con terreno de LUCIO COTO, antes, hoy de LUIS EMILIO

ALVARENGA COTO, al PONIENTE: mide sesenta y un metros con

propiedad de ANTONIO DERAS, antes, hoy de MANUEL DE JESUS

DERAS y MARIA LUISA DERAS; y RAFAEL TOBIAS, antes, hoy de

MAURA ANGELINA ALFARO GUTIERREZ; y al SUR: mide vein-

ticuatro metros, con propiedad de MARIA FLORENTINA GUTIE-

RREZ DE AVELAR, antes, hoy de JOSE GILBERTO AVELAR

GUTIERREZ, NORY DEL ROSARIO AVELAR DE ALFARO y ANA

KELIN AVELAR DE SERRANO; el inmueble antes descrito tiene una

extensión superficial de MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN ME-

TROS CUADRADOS. En el inmueble relacionado hay construida una

casa y cocina, techo de tejas paredes de adobe que tiene una extensión

aproximada de cinco metros setenta y cinco centímetros de largo por

cuatro metros veinticinco centímetros de ancho. No es predio dominante

ni sirviente ni está en proindivisión con nadie. No tiene cargas o derechos

reales de ajena pertenencia. Lo adquirieron por compra hecha a los señores

FELIX COTO, MARIA IMELDA DERAS y RAMON ERNESTO

DERAS y lo valoraron en la cantidad de DOS CIENTOS CINCUEN-

TA MIL COLONES EXACTOS (¢ 250,000.00), equivalentes a VEIN-

TIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES

CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR ($ 28,571.43).

Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Rafael, Departamento de Chalatenango,

ocho de abril del dos mil tres. Licda. ROSA ENCARNACION CARDOZA

DE RODRIGUEZ, ALCALDESA MUNICIPAL.- MANUEL DE JESUS

CHACON, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 13426-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

MARIA ANTONIA PALACIOS DE HERNANDEZ, de cincuenta y

ocho años de edad, casada de oficios domésticos, del domicilio de

Soyapango, con Documento Unico de Identidad número dos cero qui-

nientos dos mil novecientos cincuenta y dos guión cero, solicitando título

de propiedad a su favor de un inmueble urbano situado en el Barrio San

Miguel de esta Villa, de una extensión superficial de un mil cuarenta y

cuatro metros setenta y seis centímetros cuadrados aproximadamente,

que linda al Norte con propiedad de ELVIRA GOMEZ y BLANCA

ESPERANZA LOZA, servidumbre de tránsito de por medio; al PO-

NIENTE, con CONCEPCION BERNAL; al ORIENTE, con MARIA

JULIA MELARA GUZMAN y MARIA ISABEL MONZON, calle

pública de por medio y SUR, con ANTONIA GOMEZ y SINFOROSA

GOMEZ HERNANDEZ. Los límites de dicha propiedad están marcados

por mojones de manera viva. La construcción contenida en el inmueble

es techo de madera y tejas con paredes de bahareque y lo hubo por compra

que hizo a don MARGARITO PALACIOS, quien es ya es fallecido y en

vida fue de este domicilio. El inmueble no es dominante ni sirviente, sin

cargas o derechos reales que pertenezcan a otra persona, y no está en

proindivisiones. Los colindantes son de este domicilio.

Al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL DE HUIZUCAR, A LOS DIECIO-

CHO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRES.

CARLOS ROBERTO VASQUEZ J., ALCALDE MUNICIPAL.- MAR-

THA LUZ GOMEZ DE DIAZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 13380-3

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE

LA SOCIEDAD PROMOCIONES URBANAS, S.A. DE C.V., A LOS

ACCIONISTAS DE LA MISMA,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-

tas de la sociedad, celebrada en esta ciudad el día once de abril del año

en curso, se acordó aumentar el capital de la sociedad, por nuevas

aportaciones de los socios, en la suma de TREINTA Y CUATRO MIL

QUINIENTOS SETENTA Y UNO CUARENTA Y DOS CENTAVOS

DE DOLAR, por lo que podrán hacer uso del derecho que les confiere

el Art. 157 del Código de Comercio, dentro del plazo de quince días

contados a partir de la tercera publicación de este aviso.

San Salvador, 22 de abril de dos mil tres.

Ing. ARNOLDO POCASANGRE,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13585-3

AVISO

El Representante Legal de la Sociedad DETECTO, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DETECTO, S.A. DE

C.V.,

HACE SABER: que en la Junta General Extraordinaria número

catorce, celebrada a las catorce horas del cuatro de septiembre del año dos

mil dos, por unanimidad de votos, los accionistas acordaron aumentar su

capital mínimo en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE

MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES DE ESTADOS UNI-

DOS DE NORTE AMERICA CON OCHENTA Y CINCO CENTA-

VOS, los cuales corresponden al concepto de capitalización de utilida-

des. Que el valor nominal de las acciones es CIEN COLONES cada una,

con este aumento el capital mínimo asciende a CIEN MIL COLONES.

Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los

efectos legales pertinentes.

San Salvador, cuatro de abril del año dos mil tres.

EDWIN ESTUARDO RODRIGUEZ SIERRA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 13539-3

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

AVISO

El Infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad PRODUC-TOS AGROQUIMICOS DE CENTRO AMERICA, S.A.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistascelebrada en esta ciudad, a las nueve horas del día cinco de marzo de dosmil tres, se acordó por unanimidad lo siguiente: A) Aumentar el CapitalSocial en la suma de TRECE MILLONES DE COLONES(¢13,000,000.00) , equivalente a UN MILLON CUATROCIENTOSOCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE 29 /100 DO-LARES (US $ 1,485,714.29 ), mediante la emisión de CIENTO TREIN-TA MIL ACCIONES, comunes y nominativas de CIEN COLONES(¢100.00) , cada una, equivalente a ONCE 428571/100 DOLARES, (US$11.428571), con iguales derechos y obligaciones a las que se encuentranactualmente en circulación, que fueron suscritas por los accionistas enproporción a las acciones que cada uno de ellos poseía en dicha sociedad,a la fecha de acordarse el aumento y que se pagarán en un cien porcientoasí: mediante la Capitalización del saldo de utilidades pendiente dedistribuir del ejercicio dos mil dos, las cuales ascienden a CUATRO-CIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS DIECIOCHO 03/100 DOLARES (US $431,718.03); Capitalización de la Reserva Legalacumulada al treinta y uno de diciembre de dos mil dos, las cualesascienden a QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO TREIN-TA Y NUEVE 12/100 DOLARES (US $551,139.12) y Capitalizacióndel Superávit por revaluación de acciones el cual asciende a QUINIEN-TOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100DOLARES (US $502,857.14); para llegar a un Capital Social de CUA-RENTA Y TRES MILLONES 00/100 DE COLONES, (¢43,000,000.00),equivalente a CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CATORCEMIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO 71/100 DOLARES,(US$4,914,285.71), representado y dividido en CUATROCIENTOSTREINTA MIL ACCIONES, comunes y nominativas, todas con igualesderechos y obligaciones, de un valor nominal de cien colones (¢100),cada una, equivalente a ONCE 428571/100 DOLARES (US $11.428571),por lo que deberá modificare la CLAUSULA QUINTA del Pacto Social.B) Designar al señor Oscar Henríquez Portillo, como Ejecutor Especialde estos acuerdos, para que comparezca ante Notario a otorgar lacorrespondiente escritura de aumento de Capital y proceder a su inscrip-ción en el Registro Público correspondiente.

Se extiende la presente en San Salvador, a los veintisiete días delmes de marzo de dos mil tres.

Lic. MARIO RENE AREVALO,

SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 13436-3

El Infrascrito Secretario de la Junta Extraordinaria de Accionistas de laSociedad ROTULA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistascelebrada en esta ciudad a las ocho horas del día veinte de marzo de dosmil tres, se acordó aumentar el Capital Social, en la parte fija, en la sumade ochenta mil colones a fin de que la parte fija llegue a ser de cien milcolones, con lo que el nuevo Capital Social será de cien mil colones, losque corresponden a la parte fija. Además como consecuencia del acuerdoanterior, y para que el Pacto Social sea congruente con el nuevo requisito

legal de Capital Social mínimo , se acordó modificar el Pacto Social, enlo que respecta a la Cláusula Quinta, la que se refiere al Capital Social,en el sentido de que en la misma se establezca que el nuevo Capital Socialmínimo será de cien mil colones.

Y para los efectos legales correspondientes se extiende la presente,en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de marzo de dosmil tres.

AUGUSTO IVAN SANTAMARIA MOLINA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No.13423-3

AVISO

“CASA MUÑOZ, S.A. DE C.V.”,

AVISA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas,celebrada en las oficinas el día diecisiete de marzo del presente año, seacordó aumentar el capital social en la suma de Cien Mil Colones(100.000.00), emitiendo para tal fin ochocientas nuevas acciones de unvalor nominal de cien colones cada una.-

San Salvador, ocho de abril del año dos mil tres.

CARLOS HUMBERTO MUÑOZ MELENDEZ,

PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No.13420-3

AVISO

La Sociedad DIALISIS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de estedomicilio en cumplimiento de lo que prescribe el Código de Comercio,para los efectos de Ley, al público

HACE SABER: que en sesión de Junta General Extraordinaria deAccionistas, llevada a cabo en esta ciudad, el día 24 de septiembre del2002, por decisión unánime de sus accionistas convocados para tal fin,ACORDARON: incrementar en OCHENTA MIL COLONES el CapitalSocial Fijo de la Sociedad, el cual aumentado a los Veinte Mil Colonesde su constitución, formarán el nuevo CAPITAL MINIMO de la Socie-dad, en la suma de CIEN MIL COLONES, tal como lo prescribe la Ley.

San Salvador, 20 de marzo del 2003.

MILAGRO TRABANINO DE GARCIA GONZALEZ,

ADMINISTRADOR UNICA.

3 v. alt. No. 13377-3

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127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: que en su agencia San Miguel Centro se ha presentado elpropietario del certificado No. 15653760 del Depósito a Plazo Fijoaperturado el 23 de enero de 2002, a 180 días prorrogables, solicitandola reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimientopúblico para efectos de reposición del certificado relacionado conformea los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurrido 30 días después de la tercera y última publicación delpresente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, seprocederá a la reposición del certificado antes mencionado.

San Salvador, 9 de abril de 2003.

CARMEN BARRIENTOS,

3 v. alt. No. 13511-3

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: que en su agencia San Miguel Centro se ha presentado elpropietario del certificado Nº 15636645 del Depósito a Plazo Fijoaperturado el 11 de marzo de 2000, a 365 días prorrogables, solicitandola reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimientopúblico para efectos de reposición del certificado relacionado conformea los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación delpresente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, seprocederá a la reposición del certificado antes mencionado.

San Salvador, 9 de abril de 2003.

CARMEN BARRIENTOS,

3 v. alt. No. 13512-3

AVISO

ASESUISA VIDA, S.A., Seguros de Personas, Hace del conocimientodel público en general, que a esta Compañía se ha presentado la señoraMARIA ELENA MORENO PEÑA, quien es de sesenta y dos años de

edad, de este domicilio, expresando que ha extraviado la Póliza deSeguro de Vida No.4303/D-65, emitida a su favor el día 01-10-1980 porla suma de $2,858.00 y solicita se reposición.

La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado y a sureposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última publicaciónde este aviso no se presentare oposición.

San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil tres.

JOSE ROBERTO VASQUEZ CORNEJO,

JEFE SUSCRIPCIÓN SEGURO DE PERSONAS.

3 v. alt. No.13422-3

AVISO

EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, Agencia Sensunte-peque,

HACE SABER: que a sus oficinas se ha presentado la Sra. MARIAESTER CRUZ DE ALVARADO quien se identifica con D.U.INo.01229726-5 , extendido en Sensuntepeque a notificar el extravío delos Depósitos a Plazo fijo No.368274 cuenta Banco 4803472047 yNo.375879 cuenta Banco 4803473019 a nombre de ella, a un plazo de 90días, por lo que solicita su reposición.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público.Para los efectos legales del caso. Transcurrido treinta días después de laTercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, seprocederá a reponer los certificados antes mencionados.

Sensuntepeque, 13 de marzo de 2003.

MIRNA EVELYN DE MIRANDA,

JEFE DE OPERACIONES

AGENCIA SENSUNTEPEQUE.

3 v. alt. No. 13379-3

CONVOCATORIA

MAXIMA TECNOLOGIA, S.A DE C.V.,

CONVOCA A: JUNTA GENERAL ORDINARIA de accionistas, acelebrarse el día viernes 30 de mayo del presente año a las nueve horasen primera convocatoria. En caso de no existir quórum en dicha fecha se

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

hace una segunda convocatoria a las nueve horas del día 31 de mayo delpresente año. Las juntas se celebrarán en el Hotel Real Intercontinental,ubicado en el Blvd. de los Héroes, Colonia Miramonte, San Salvador.

La Agenda a desarrollar es la siguiente:

a) Verificación del quórum y lectura del acta anterior.

b) Aprobación de resultados y balances del ejercicio del año2002

c) Modificación del pacto social, en lo relativo a la elección deJunta Directiva de la sociedad.

d) Nombramiento del auditor externo y fiscal y susremuneraciónes

e) Aumento de capital por aporte de los socios

f) Varios

En la primera fecha la Junta es válida con la presencia de la mitad másuna de las acciones y las resoluciones que se tomen serán válidas con lamayoría de votos presentes. En la segunda convocatoria el quórumnecesario será cualquiera que sea el número de acciones representadasy las resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes.

A partir de la convocatoria, los libros y documentos relacionados con losfines de la Junta estarán en las oficinas de la Sociedad, a disposición delos accionistas para que puedan enterarse de ellos.

San Salvador, 21 de abril de dos mil tres.

STEVEN ALAN HARP,

DIRECTOR PRESIDENTE.

VICTOR MANUEL ROSALES,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No.13547-3

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA.

La Junta Directiva de la Unión de Cooperativas de la Reforma AgrariaProductoras, Beneficiadoras y Exportadoras, Sociedad Cooperativa deResponsabilidad Limitada de Capital Variable (UCRAPROBEX DER.L. DE C.V.); de conformidad al Artículo 237 del Código de Comercio,

CONVOCA: a sus cooperativas miembros a la Junta GeneralOrdinaria de Accionistas, a celebrarse en las instalaciones situadas enBoulevard Merliot Edificio Ucraprobex, No 1, Polígono “C” CiudadMerliot, La Libertad, a las 9:00 horas del día 22 de Mayo de dos mil tres,en la cual se tratarán los puntos de AGENDA siguientes:

1. Verificación de Quórum.

2. Designación de dos Asambleístas para firmar el acta deAsamblea General.

3. Presentación de Memoria de Labores e Informe de Organis-mos Directivos correspondiente al año 2002, para su Apro-bación o Desaprobación.

4. Presentación de Dictamen de los Auditores Externos de losEstados Financieros correspondientes del ejercicio 2002.

5. Presentación de dictamen de los Auditores Fiscales de losEstados Financieros correspondientes del ejercicio 2002.

6. Aplicación de Resultados del Ejercicio Económico 2002.

7. Autorización a la Junta Directiva y al Representante Legalpara gestionar y suscribir los instrumentos legales necesariosrelativos a:

a. Obtener créditos comerciales y financiar a sus cooperativasafiliadas las labores agrícolas, fertlización y recolección de lacosecha 2003/2004 y para el proceso industrial.

b. Obtener créditos con garantías de aceptaciones negociablespara complementar el proceso industrial (Beneficiado deCafé) y el envío al puerto del café, de la cosecha 2003/2004.

c. Obtener créditos para financiar a las cooperativas socias, elcapital más intereses de los créditos comerciales 2003/2004a la fecha de vencimiento de estos.

d. Obtener créditos con garantías personal y/o hipotecaria parafinanciar la producción y cualquier otra actividad industrial;de Comercialización y exportación de café.

e. Reestructurar créditos de largo y corto plazo con Institucio-nes Financieras.

8. Presentación y Aprobación de Presupuestos de Ingresos yEgresos del Ejercicio 2003.

9. Aplicación de Excedentes de Ejercicios Anteriores.

10. Solicitud de Accionistas El Zacamil, El Balsamar, Aruba yConcepción Miramar.

11. Elección de Directores Sociales propietarios y suplentes deJunta Directiva y Junta de Vigilancia.

12. Nombramiento del Auditor Externo para el período 2003 yfijación de sus emolumentos.

13. Nombramiento del Auditor Fiscal para el período 2003 yfijación de sus emolumentos.

El Quórum necesario en primera convocatoria será la mitad másuna de las acciones representadas. En caso de no existir Quórum a la horay fecha señalada se convoca por segunda vez a los representantesacreditados de las cooperativas accionistas para que asistan en el mismolugar, a las 10:00 horas del día 22 de mayo de dos mil tres, y se consideraválidamente constituida cualquiera que sea el número de accionesrepresentadas y sus resoluciones se tomarán con la mayoría de votospresentes.

San Salvador, 22 de abril de 2003

GERMAN HUMBERTO JAVIER CHAVEZ,

PRESIDENTE.

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129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE INGENIO LA MAGDALENA,

SOCIEDAD ANONIMA,

Convoca a sus accionistas a

JUNTA GENERAL ORDINARIA

A celebrarse en el Salón Maya del Hotel Terraza, situado en 85 AvenidaSur y Calle Padres Aguilar, Colonia Escalón, de la Ciudad de SanSalvador, a las nueve horas del día treinta de mayo del año dos mil tres,para tratar los puntos contenidos en la siguiente agenda:

I. Establecimiento del quórum.

II. Presentación de la memoria anual de labores de la JuntaDirectiva y los estados financieros del ejercicio económico2002 para su aprobación o improbación.

III. Informe del Auditor Externo

IV. Informe de Auditor Fiscal

V. Aplicación de Resultados

VI. Nombramiento del Auditor Externo y su suplente y fijaciónde los emolumentos.

VII. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

Para que la Junta se declare válidamente instalada será necesarioque estén presentes o representadas por lo menos la mitad más una detodas las acciones de la Sociedad, o sea 177,259 acciones y sus resolu-ciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes. Si no selograse el quórum de asistencia requerido para celebrar la junta, nueva-mente se le convoca el treinta y uno de mayo del corriente año, a la mismahora; en las Oficinas Centrales del Ingenio La Magdalena, S.A., ubicadasen el Boulevard Merliot, Edificio Ucraprobex No. 2, Nueva San Salva-dor, Departamento de La Libertad; en cuyo caso se celebrará la junta concualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y susresoluciones se tomarán por mayoría de votos.

Esperamos contar con su importante presencia, les saludamosatentamente.

San Salvador, 22 de abril de 2003

Lic. NESTOR ULICES PALMA DELGADO,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 13509-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad Jokisch Moreno Ingenieros Arquitec-tos, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse JM,Ingenieros Arquitectos, S.A. de C.V.

CONVOCA: a los señores accionistas de esta Sociedad a JuntaGeneral Ordinaria que se celebrará en sus oficinas situadas en ColoniaFlor Blanca, Pasaje Moreno número 120, San Salvador, a las doce horasdel día diecinueve de mayo de dos mil tres, para conocer y resolver lasiguiente agenda: I) Lectura y aprobación del acta de la Junta Generalanterior. II) Aprobación de memoria de la Junta Directiva correspondien-

te al ejercicio del 2002. III) Aprobar el balance general y estado deresultados del ejercicio del 2002. IV) Informe del Auditor Externo. V)Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal, y fijación de sushonorarios para el ejercicio del año 2003. VI) Constitución de ReservaLegal. VII) Aplicación de utilidades. Para el establecimiento del quórumlegal deberán estar presentes o representadas en esta primera convocato-ria la mitad más uno de las acciones que forman el Capital Social. En casode no haber quórum a la hora y fecha señaladas, por este medio seconvoca por segunda vez a las doce horas del día veinte de mayo de dosmil tres, en el mismo lugar, debiendo en este caso celebrarse la JuntaGeneral Ordinaria de accionistas con el número de acciones que esténpresentes o representadas.

San Salvador, a los once días del mes de abril del año dos mil tres.

JUAN FEDERICO JOKISCH ARGUELLO,

DIRECTOR PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD

JOKISCH-MORENO INGENIEROS

ARQUITECTOS, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 13504-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Sociedad Murillo, S.A. de C.V., convoca a susaccionistas a Junta General Ordinaria de accionistas a celebrarse en lasoficinas de la Sociedad, situadas en Calle Alberto Masferrer y 7a. CallePoniente Bis No. 510, Colonia Escalón de la Ciudad de San Salvador, alas dieciséis horas del día jueves veintinueve de mayo del año dos miltres.

Para celebrar esta junta deben estar presentes y representados, porlo menos la mitad más una de las acciones. En caso de que no hubiesequórum el día y hora expresadas, se cita para las dieciséis horas del díatreinta de mayo del mismo año, en la dirección mencionada y se celebrarála junta con cualquiera que sea el número de las acciones presentes yrepresentadas.

AGENDA

1. Verificación del Quórum.

2. Lectura y aprobación del acta anterior.

3. Presentación de la memoria de actividades desarrolladasdurante el ejercicio comprendido del 1º de enero al 31 dediciembre del 2002 y del estado de resultados del referidoejercicio económico.

4. Informe del Auditor.

5. Elección de Nueva Junta Directiva.

6. Aplicación de Resultados.

7. Nombramiento del Auditor Externo propietario y suplente ynombramiento del Auditor Fiscal propietario y suplente.Fijación de los honorarios de ambos.

San Salvador, a los veintiún días del mes de Abril del dos mil tres.

GUILLERMO ANTONIO LINARES,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13452-3

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CONVOCATORIA

El Infrascrito Administrador Unico de la Sociedad “AMATECAMPO,S.A.”, por este medio convoca a los señores Accionistas a la JUNTAGENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS que en PRIMERA CON-VOCATORIA se celebrará a las nueve horas del día VEINTICUATRODE MAYO DE LOS CORRIENTES, en las oficinas de la Sociedadubicadas en Doce Calle Poniente número dos mil cuatrocientos treinta yuno, Colonia Flor Blanca de esta ciudad, y de conformidad con laAGENDA siguiente:

I Comprobación de quórum.

II Memoria Anual circustanciada, balance general, estado depérdidas y ganancias e informe del Auditor al treinta y uno dediciembre del dos mil dos, a fin de aprobar o improbar los tresprimeros y tomar las medidas oportunas.

III Nombramiento del Administrador Unico Propietario y susuplente y fijación de sus emolumentos.

IV Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

V Distribución de Utilidades.

El quórum necesario para que se instale legalmente la JuntaGeneral Ordinaria en PRIMERA CONVOCATORIA es la mitad másuna de las acciones que en su totalidad forman el Capital Social y lasresoluciones se tomarán por mayoría de votos.

Si por falta de quórum no se efectuare la Junta en la hora y díaseñalados, por este mismo medio se convoca por SEGUNDA VEZ paralas nueve horas del día VEINTINUEVE DE MAYO DEL CORRIENTEAÑO, en las oficinas de la Sociedad cuya dirección se deja señalada y seinstalará la junta con cualquiera que sea el número de las Accionespresentes o representadas y se tomará resolución por mayoría de votos delos presentes.

Se recuerda a los accionistas que en el momento de la sesióndeberán acreditar su calidad con sus respectivos certificados de accioneso con los documentos que el Código de Comercio exige.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril del dos mil tres.

Ing. GUILLERMO ALFREDO SOL,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 13429-3

CONVOCATORIA

El Infrascrito Director Secretario de la Sociedad denominada DISTRI-BUIDORA SALVADOREÑA DE REVISTAS Y LIBROS, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DISSAL,S.A. DE C.V., de este domicilio, CONVOCA a todos los accionistas aJUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, cuyoquórum necesario para la primera convocatoria será de las tres cuartaspartes de todas las acciones de la Sociedad, y para la segunda convoca-toria el quórum necesario será de la mitad más una de las acciones quecomprenden el capital social, El lugar de la junta será en Treinta y CincoAvenida SUR, número ciento trece, Colonia Flor Blanca, San Salvador,a las diez horas del día veintiséis de mayo del presente año para la primera

convocatoria y a las diez horas del día veintisiete de mayo del presenteaño, para la segunda convocatoria, y la agenda será: Punto Unico ELAUMENTO DE CAPITAL SOCIAL de la Sociedad, por emisión denuevas acciones.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil tres.

JOSE EDUARDO LOPEZ,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 135920-3

ASIENTO DE EMPRESA 2000034436

ESTABLECIMIENTO 2000034436-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CAMPOSALAS, JOSE HUGO, en su calidad de Representante Legal de laSociedad CHAVEZ CAMPOS Y ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse C C & A, S.A. DEC.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL-VADOR, cuya escritura social esta inscrita bajo el número 21 del libro1539 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Númerode Identificación Tributaria: 0614-210600- 103-1, ha presentado solici-tud a las horas y minutos del día veintiocho de julio de dos mil. Con lacual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2000034436 y Estableci-miento No 2000034436- 001; a favor de la Empresa denominadaCHAVEZ CAMPOS Y ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a CONSTRUCCION DEOBRAS DE INGENIERIA , con dirección en AVENIDA LA FLORES-TA, POLIGONO “J” # 16, COLONIA. SAN MATEO del domicilio deSAN SALVADOR cuyo activo asciende a TRESCIENTOS NOVENTAY DOS MIL QUINIENTOS VEINTISEIS COLONES NOVENTA YOCHO CENTAVOS y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s):001-) CHAVEZ CAMPOS Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V. ubicado enAVENIDA LA FLORESTA POLIGONO “J”, LOCAL No. 16, : COLO-NIA SAN MATEO, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintidós de noviembre de dos mil dos.

ANA GLORIA ALVARADO DE GOMEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13143-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003044276

ESTABLECIMIENTO 2003044276-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ORESTESAGUILAR TORRES, JOSE MAURICIO, de nacionalidad SALVA-

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131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

DOREÑA, con dirección 2a, Calle Pte. y 18 Av. Sur # 2, Residencial DonBosco, Nueva San Salvador, y del domicilio de NUEVA SAN SALVA-DOR, con Número de Identificación Tributaria: 0614-131253-003-2, hapresentado solicitud a las nueve horas y treinta y seis minutos del díadiecisiete de febrero de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientosde Empresa No 2003044276 y Establecimiento No 2003044276- 001; afavor de la Empresa denominada JOSE MAURICIO ORESTES AGUI-LAR TORRES, la cual se dedica a la COMPRA VENTA DE COMBUS-TIBLES Y LUBRICANTES, con dirección en 2a. CALLE PONIENTEY 18a. AVENIDA SUR No. 2, RESIDENCIAL DON BOSCO NuevaSan Salvador Departamento de La Libertad y del domicilio de NUEVASAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTINUEVE MIL SE-TENTA Y OCHO DOLARES CON 25/100 $ 29,078.25 y que tieneel(los) establecimiento(s) siguiente(s) 001-) GASOLINERA KILO 13ubicado en 2a. CALLE PONIENTE Y 18a. AVENIDA SUR No. 2,RESIDENCIAL DON BOSCO, del domicilio de NUEVA SAN SAL-VADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de abril de dos mil tres.

ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13102-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003002187

ESTABLECIMIENTO 2003002187-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LANDAVER-DE ZEPEDA, HECTOR FERNANDO en su calidad de RepresentanteLegal de la Sociedad TELE ONDA MUSICAL, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse TELE ONDAMUSICAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, deldomicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social esta inscrita bajoel número 12 del libro 307 del Registro de Sociedades del Registro deComercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-100481-002-9, ha presentado solicitud a las once horas y ocho minutos del día cuatrode junio de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de EmpresaNo. 2003002187 y Establecimiento No 2003002187- 001; a favor de laEmpresa denominada TELE ONDA MUSICAL, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIO DEMUSICA AMBIENTAL, con dirección en FINAL 65 AVENIDA SUR# 243 EDIFICIO MONTRESOR 2do. NIVEL LOCAL # 5-B deldomicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a TRES MILLO-NES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CATORCE COLO-NES CON 03/100 ¢ 3,176,114.03 y que tiene el(los) establecimiento(s)siguiente(s): 001-) TELE ONDA MUSICAL, S.A. DE C.V. ubicado enFINAL 65 AVENIDA SUR # 243 EDIFICIO MONTRESOR 2do.NIVEL LOCAL # 5-B, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil tres.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. 13172-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003001323

ESTABLECIMIENTO 2003001323- 001, 002, 003, 004

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RENE FRAN-CISCO RODRIGUEZ MEZA en su calidad de Representante legal de laSociedad SIGMA, SOCIEDAD ANONIMA que puede abreviarseSIGMA, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio deSAN SALVADOR, cuya escritura social esta inscrita bajo el número 44del Libro 28 del Registro de sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0614-170369-001-3, ha presenta-do solicitud a las catorce horas y treinta y cuatro minutos del día dieciséisde mayo de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de EmpresaNo. 2003001323 y Establecimiento No. 2003001323- 001, 002, 003,004favor de la Empresa denominada SIGMA, SOCIEDAD ANONIMA, lacual se dedica a ACTIVIDAD INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGRI-COLA, con dirección en KILOMETRO 3 1/2 BOULEVARD DELEJERCITO NACIONAL. del domicilio de SOYAPANGO, cuyo activoasciende a CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES,NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DOCE CO-LONES CON 22/100 (¢493,936,212.22) y que tiene el(los)establecimiento(s) siguiente(s): 001-) ROTOFLEX ( DIVISION DESIGMA ) ubicado en BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONALKILOMETRO 5, del domicilio de SOYAPANGO, 002-) IGSAL (DIVI-SION DE SIGMA ) ubicado en BOULEVARD DEL EJERCITO NA-CIONAL KILOMETRO 3 1/2, del domicilio de SOYAPANGO, 003-)REPROCENTRO (DIVISION DE SIGMA) ubicado en BOULEVARDDEL EJERCITO NACIONAL KILOMETRO 3 1/2, del domicilio deSOYAPANGO, 004-) KONTEIN (DIVISION DE SIGMA) ubicado enKILOMETRO 7 1/2 ANTIGUA CARRETERA PANAMERICANA,PARQUE INDUSTRIAL DE DESARROLLO, BODEGA # 10, deldomicilio de SOYAPANGO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de abril de dos mil tres.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. 13413-3

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE COMERCIO Y PATENTES DECOMERCIO E INDUSTRIA.

HACE: que SANTOS ISIDORO VILLATORO de CUARENTAY CUATRO años de edad, de profesión, COMERCIANTE y de nacio-nalidad SALVADOREÑA con residencia en PASAJE CUBIAS # 15,MEJICANOS departamento de SAN SALVADOR con Cédula de Iden-tidad Personal No. 01-01-57741 N.I.T. 1406-290455-001-0 y Matrículapersonal de Comerciante Individual ha presentado solicitud a estedepartamento para que se le conceda la Matrícula de Comercio corres-pondiente y se inscriba a su favor la Empresa Comercial denominadaCRYSTAL FOODS INTERNATIONAL que se dedica a DISTRIBU-CION DE ALIMENTOS, con dirección en AV. OLIMPICA, # 3515,COL. ESCALON, SAN SALVADOR Departamento de SAN SALVA-DOR con un activo de COLONES (¢1,417.792.22) y que tiene unestablecimiento denominado CRYSTAL FOODS INTERNATIONALsituado en la dirección antes mencionada.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley, y se emplazaa toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud, para que enel término de quince días contados desde el siguiente al de la últimapublicación del Diario Oficial, se presente a este Departamento justifi-cando la oposición, en su caso, con la prueba pertinente.

San Salvador, diecinueve de septiembre de mil novecientos noven-ta y nueve.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13477-3

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Distintivo: TROFOLASTIN.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020024963

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA:

TROFOLASTIN

Consistente en: la palabra TROFOLASTIN en letras mayúsculastipo corriente.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, once dejunio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13246-3

Distintivo: VALDOXAN.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020025281

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO deBIOFARMA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA:

VALDOXAN

Consistente en: la palabra "VALDOXAN" en letras mayúsculas demolde.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, doce dejunio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13195-3

Distintivo: VIBRA.

Clase: 09.

No. de Exp.: 20020025321

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DEJESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SURCO RE-CORDS, J. V., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

VIBRA

Consistente en: la palabra VIBRA, en letras mayúsculas de tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las oncehoras y cincuenta y ocho minutos, del día veintiuno de mayo del año dosmil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13193-3

Clase: 09

No. de Exp.: 2003030654

No. de Pres.: 20030034397

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

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133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

VISTAKON

Consistente en: la palabra VISTAKON.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13191-3

Clase: 41.

No. de Exp.: 2003030437

No. de Pres.: 20030034141

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE SERVICIOS:

VISTAKON

Consistente en: la palabra VISTAKON.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13190-3

Clase: 10.

No. de Exp.: 2003030227

No. de Pres.: 20030033801

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CordisCorporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el re-gistro de la MARCA DE FABRICA:

Consistente en: las palabras ZEROING IN ON RESTENOSIS YLOGO, se traduce al español como APUNTANDO HACIA LARESTENOSIS.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13185-3

Distintivo: XFE.

Clase: 12

No. de Exp.: 20020025570

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de COMPAGNIEGÉNÉRALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN-MICHELIN &CIE., de nacionalidad FRANCESA, solicitando el Registro de la MAR-CA DE FABRICA:

XFE

Consistente en: las letras XFE, en letras mayúsculas tipo corriente.

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintiochode mayo del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13188-3

Clase: 05.

No. de Exp.: 2003030219

No. de Pres.: 20030033793

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

FOAM BLASTER

Consistente en: la palabra FOAM BLASTER.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13136-3

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030223

No. de Pres.: 20030033797

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

JOHNSON´S BIO PRO BALANCE

Consistente en: la expresión JOHNSON´S BIO PRO BALANCE.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13137-3

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030226

No. de Pres.: 20030033800

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

JOHNSON´S BIO PRO VOLUME

Consistente en: las palabras JOHNSON´S BIO PRO VOLUME.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13138-3

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135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

DISTINTIVO: (Es un Distintivo Gráfico Puro).

Clase: 05.

Nº de Exp.: 20020025092.

El INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTOALFONSO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de GILEADSCIENCES, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la figura de un escudo, presentando su mitadizquierda en color blanco y su mitad derecha en color negro, y que tienesobrepuesta en la parte superior central, saliendo un poco hacia la esquinasuperior derecha del mismo, la figura de una hoja grande, que también esmitad blanca y mitad negra, encontrándose la mitad negra de ésta, sobreel fondo blanco del escudo, y la mitad blanco, sobre el fondo negro delescudo.

La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las oncehoras y veintinueve minutos del día diecisiete de mayo del año dos mildos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13145-3

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003030347.

Nº de Pres.: 20030033998.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PRONEURAX

Consistente en: la palabra PRONEURAX.

La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la.Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13159-3

Clase: 18.

Nº de Exp.: 2003030297.

Nº de Pres.: 20030033922.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deMARIE CLAIRE ALBUM, de nacionalidad FRANCESA, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra marie claire.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13146-3

Nº de Exp.: 2003030348.

Nº de Pres.: 20030033999.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de laEXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

MI ASISTENTE PERSONAL EN EL LAVADO

Consistente en: la expresión MI ASISTENTE PERSONAL EN ELLAVADO, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOSCONSUMIDORES DE LOS PRODUCTOS TALES COMO: “DETER-GENTES, PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS PARA LA COLA-DA; PREPARACIONES ACONDICIONADORAS PARA TELAS,SUAVIZADORES DE TELAS; PREPARACIONESBLANQUEADORAS; PREPARACIONES REMOVEDORAS DEMANCHAS; PREPARACIONES DESODORIZANTES Y REFRES-CANTES PARA USO EN ROPA Y TEJIDOS; JABONES, JABONESPARA ABRILLANTAR TEJIDOS; PREPARACIONES PARA ELLAVADO A MANO; ALMIDON PARA LAVANDERIA; ALMOHA-DILLAS Y HOJAS PARA PERFUMAR TELAS; PREPARACIONESPARA LIMPIAR, PULIR, RESTREGAR Y RASPAR; DESODORAN-TES; AGUAS AROMATIZADAS NO PARA USO PERSONAL.

La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13182-3

Distintivo: Tahe y diseño.

Clase: 03.

Nº de Exp.: 012001019910.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la AbogadaMARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERA-DA de DISTRIBUCIONES MAGAÑA, S.L., de nacionalidad ESPA-ÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en la palabra “Tahe” y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre de dosmil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintinueve días del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13178-3

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003029800.

Nº de Pres.: 20030032896.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA& UPJOHN COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SURELA

Consistente en: la palabra SURELA.

La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13175-3

Clase: 29.

Nº de Exp.: 2002028237.

Nº de Pres.: 20020030177.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTOALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de AugustStorck KG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

STORCK

Consistente en: la palabra STORCK.

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137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13174-3

DISTINTIVO: TROFOLASTIN.

Clase: 03.

Nº de Exp.: 20020024962.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

TROFOLASTIN

Consistente en: la palabra TROFOLASTIN, en letras mayúsculastipo corriente.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, cuatro dejunio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13261-3

Distintivo: 3 pommes y diseño.

Clase: 25.

Nº de Exp.: 012002021902.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

ZANNIER SAS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA,

Consistente en la expresión 3 pommes y diseño.

La solicitud fue presentada el día cinco de febrero de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintinueve días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13262-3

Clase: 03.

Nº de Exp.: 2003030288.

Nº de Pres.: 20030033894.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de HOYUKABUSHIKI KAISHA (también comerciando como Hoyu Co., Ltd.),de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

AQUALUMI

Consistente en: la palabra AQUALUMI.

La solicitud fue presentada el día cinco de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13269-3

DIARIO

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 10.

Nº de Exp.: 2003030214.

Nº de Pres.: 20030033788.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CordisCorporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el re-gistro de la MARCA DE FABRICA,

AQUA T3

Consistente en: la expresión AQUA T3.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13270-3

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2001019598.

Nº de Pres.: 20010019598.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de BAYERCORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA,

ALKA-GASTRIC

Consistente en: las palabras “ALKA-GASTRIC”, en letras mayús-culas tipo corriente y dichas palabras están unidas por un guión.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dosmil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, quince dejulio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13267-3

Clase: 12.

Nº de Exp.: 2003030296.

Nº de Pres.: 20030033921.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de SUZUKIMOTOR CORPORATION (SUZUKI KABUSHIKI KAISHA), de na-cionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

AERIO

Consistente en: la palabra AERIO.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13260-3

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003030217.

Nº de Pres.: 20030033791.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

DIARIO

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139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

E-Z GRIP

Consistente en: la expresión E-Z GRIP, se traduce al español comoASIMIENTO E-Z.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13272-3

Clase: 03.

Nº de Exp.: 2003030216.

Nº de Pres.: 20030033790.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

E-Z GRIP

Consistente en: la expresión E-Z GRIP, se traduce al español comoASIMIENTO E-Z.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13273-3

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2002026137.

Nº de Pres.: 20020026785.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTOALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de MeadJohnson & Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA,

ENFAPRO PREMIUM

Consistente en: las palabras “ENFAPRO PREMIUM”, en letrasmayúsculas tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, nueve dejulio del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13275-3

Clase: 30.

Nº de Exp.: 2002025953.

Nº de Pres.: 20020026463.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de EMPRESASCAROZZI S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

CAREZZA

Consistente en: la palabra “CAREZZA”, en letras mayúsculas detipo corriente.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dosmil dos.

DIARIO

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veinticincode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13276-3

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2002027185.

Nº de Pres.: 20020028481.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de HEXALAktiengesellschaft, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registrode la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ACC

Consistente en: las letras “ACC”.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la.Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13250-3

Clase: 09.

Nº de Exp.: 2002029177.

Nº de Pres.: 20020031728.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

BTICINO S.P.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA,

Consistente en: bt figurativo.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13271-3

Clase: 21.

Nº de Exp.: 1993003996.

Nº de Pres.: 19930003996.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISESSALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TOYO BOSEKIKABUSHIKI KAISHA (comerciando también como TOYOBO CO.,LTD.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TOYOBO

Consistente en: LA PALABRA “TOYOBO”.

La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año milnovecientos noventa y tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13264-3

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141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003030807

No. de Pres.: 20030034669

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSEHERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO deRAUL MOLINA MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA yMANUEL ROBERTO MOLINA MARTINEZ, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

Consistente en: las palabras MARGARITA LIDO y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del añodos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13326-3

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003030806

No. de Pres.: 20030034668

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSEHERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de MANUEL ROBERTO MOLINA MARTI-NEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA y RAUL MOLINA MARTI-NEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras MARGARITA LIDO y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del añodos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de marzo del año dos mil tres.

LIC. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13324-3

Clase: 30.

No. de Exp.: 2002021872

No. de Pres.: 20020021872

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOSTALIN ORELLANA MONTENEGRO, en su calidad de APODERA-DO de SOCIEDAD COOPERATIVA CHALCHUAPANECA DE PRO-DUCTORES DE CAFE CUZCACHAPA DE RESPONSABILIDADLIMITADA que se abrevia: COOPERATIVA CUZCACHAPA DER.L., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras DOS SOLES, escritas en letras demolde mayúsculas, características y de color negro.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticinco de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13331-3

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142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 25.

No. de Exp.: 2003030874

No. de Pres.: 20030034788

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARMENAIDA GRANILLO BARRERA, en su calidad de APODERADO GE-NERAL JUDICIAL de EMPRESAS ADOC, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

OCEAN AVENUE

Consistente en: las palabras "OCEAN AVENUE".

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13316-3

Clase: 29.

No. de Exp.: 2003030245

No. de Pres.: 20030033825

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUISMIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO deRESTAURANTES Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA, de na-cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCADE FABRICA Y DE COMERCIO:

EL METROConsistente en: la palabra EL METRO.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13192-3

Clase: 29.

No. de Exp.: 2003030244

No. de Pres.: 20030033824

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de RES-TAURANTES Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionali-dad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO:

EL TABLAZOConsistente en: las palabras EL TABLAZO.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13189-3

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003031040

No. de Pres.: 20030035049

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADOde L'OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO:

JELLY PLUMPYConsistente en: la palabra JELLY PLUMPY traduciéndose al

castellano como JALEA LLENA.

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143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13186-3

No. de Exp.: 2003031039

No. de Pres.: 20030035048

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de TABA-CALERA CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA, de na-cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la EXPRE-SION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

DALE RUEDAS A TU SUERTE

Consistente en: las palabras DALE RUEDAS A TU SUERTE, queservirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMI-DOR A LOS PRODUCTOS QUE MI MANDANTE TALES COMOCIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO; Y ARTICULOS PARAFUMADORES.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13184-3

Clase: 16.

No. de Exp.: 2003030911

No. de Pres.: 20030034854

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de BertelsmannAG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCADE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: la expresión BERTELSMAN media worldwide,etiqueta en color, traduciéndose al castellano como BERTELSMANNmedio mundial.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13177-3

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030830

No. de Pres.: 20030034712

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELALBERTO MENDOZA CALDERO N, en su calidad de APODERADOde L'OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

COLORAMA

Consistente en: la palabra COLORAMA.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13161-3

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 16.

No. de Exp.: 2003030072.

No. de Pres.: 20030033449.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de KIMBERLY-CLARK WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: DISEÑO DE CACHORRO.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13127-3

Clase: 29.

No. de Exp.: 2003029971.

No. de Pres.: 20030033273.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

REDES

Consistente en: la palabra REDES.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13162-3

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003029970.

No. de Pres.: 20030033272.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

REDES

Consistente en: la palabra REDES.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13165-3

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145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 34.

No. de Exp.: 2003030365.

No. de Pres.: 20030034034.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de TABACALE-RA CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionali-dad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

DERBY

Consistente en: la palabra DERBY.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13197-3

Clase: 05.

No. de Exp.: 2003030154.

No. de Pres.: 20030033614.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de AMERICANCYANAMID COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TEGRA E

Consistente en: la palabra TEGRA E.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13176-3

Clase: 12.

No. de Exp.: 2003030956.

No. de Pres.: 20030034923.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GENE-

RAL MOTORS CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-

SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

V-SERIES

Consistente en: la palabra V-SERIES.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, trece de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13196-3

DIARIO

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002027126.

No. de Pres.: 20020028403.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PARKE DAVIS& CO. LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registrode la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

HALLS TROPY-LYPTUS

Consistente en: la expresión HALLS TROPY-LYPTUS.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13194-3

Clase: 09.

No. de Exp.: 2003030912.

No. de Pres.: 20030034855.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de GeVeMaGmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión BERTELSMANN media worldwide,y diseño, traduciéndose al castellano como BERTELSMANN mediomundial.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, siete de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13125-3

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030793.

No. de Pres.: 20030034618

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deCOLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

Consistente en: las palabras Colgate Herbal BLANQUEADORAetiqueta.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13130-3

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030786.

No. de Pres.: 20030034611.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deCOLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

Consistente en: la expresión Colgate Maximun Cavity Protectionetiqueta, traduciéndose al castellano como Colgate Máxima Proteccióncavidad bucal.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13131-3

DIARIO

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147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 09.

No. de Exp.: 2003030105

No. de Pres.: 20030033526

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de INTELCORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra intel inside y diseño, que traducido alcastellano es intel dentro.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13133-3

Clase: 16.

No. de Exp.: 2003030871

No. de Pres.: 20030034783

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de BBVABANCOMER, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPOFINANCIERO BBVA BANCOMER, de nacionalidad MEXICANA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión Envíos de Dinero y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13148-3

Clase: 16.

No. de Exp.: 2003030949

No. de Pres.: 20030034916

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de KIMBERLY -CLARK WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

HUGGIES NATURAL CARE

Consistente en: las palabras HUGGIES NATURAL CARE tradu-ciéndose al castellano como HUGGIES CUIDADO NATURAL.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13160-3

No. de Exp.: 2002029427

No. de Presentación: 20020032149

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER; que a esta oficina se ha presentado JORGEALBERTO HERNANDEZ GUTIERREZ, en su calidad de APODERA-DO de URBANO EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE que se abrevia: URBANO EXPRESS, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRECOMERCIAL,

Consistente en: las palabras URBANO EXPRESS y diseño, queservirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO DE SERVI-

DIARIO

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CIO, DEDICADO AL REPARTO DE MENSAJERIA, UBICADO ENCUARENTA Y TRES AVENIDA NORTE, NUMERO DOSCIENTOSVEINTIOCHO, COLONIA FLOR BLANCA, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día cinco de diciembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13293-3

Clase: 05.

No. de Exp.: 2001015519

No. de Pres.: 20010015519

EL INFRASCRlTO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HECTORALEJANDRO MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRlCA Y DECOMERCIO,

POLISEX

Consistente en: La palabra POLISEX. escrita en letras de moldemayúsculas.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, primero de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13223-3

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002021275

No. de Pres.: 20020021275

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HECTORALEJANDRO MEJIA ESCOBAR en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

Consistente en: la figura de un hipopótamo adulto color café claro,que se encuentra parado, con sus patas unidas, vestido con una bata demédico, color verde, lleva un estetoscopio alrededor del cuello, sus ojosson la mitad de un óvalo blanco, un círculo negro en medio y al centro unalínea curva de color blanco, las cejas de color negro, el hocico semiabierto al fondo color negro, su lengua de color rojo, se le observan dosdientes en la parte de arriba del hocico. Las fosas nasales son dos orificiosnegros. En la mano derecha sostiene una maleta de médico blanca conuna cruz color rojo como logo..

La solicitud fue presentada el día. veintiuno de enero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13224-3

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002025008

No. de Pres.: 20020025023

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSARMANDO ARGUETA VILLAFUERTE, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de DROGUERIA PRO-MEDICI, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

PRO-MEDICI

Consistente en: la expresión PRO-MEDICI escrita en letra demolde, mayúscula color negro.

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149DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

La solicirud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13203-3

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002025010

No. de Pres.: 20020025025

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSARMANDO ARGUETA VILLAFUERTE, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de DROGUERIA PRO-MEDICI, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DROGUERIAPRO-MEDICI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA,

capullos PRO-MEDICI

Consistente en: la palabra “capullos PRO-MEDICI”, escrita lapalabra “capullos” en letras de molde, minúsculas, color negro y la frase“PRO-MEDICI”, en letras de molde, mayúsculas, color negro. La frase“PRO- MEDICI” se encuentra separada por un guión el cual es parteintegrante de la marca.

La solicitud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13201-3

Clase: 01.

No. de Exp.: 2002027178

No. de Pres.: 20020028465

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OSCARADOLFO ALTAMIRANO LACAYO, en su calidad de APODERADOde REFLEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE quese abrevia: REFLEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra PowerMix y Diseño.

La solicitud fue presentada el día quince de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13166-3

Clase: 14.

No. de Exp.: 2002021158

No. de Pres.: 20020021158

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de MUDD,L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MUDD

Consistente en: la palabra MUDD.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13109-3

DIARIO

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 18.

No. de Exp.: 2002021156

No. de Pres.: 20020021156

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de MUDD,L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MUDD

Consistente en: la palabra MUDD.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No 13105-3

Clase: 09.

No. de Exp.: 2002021159

No. de Pres.: 20020021159

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de MUDD,L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MUDD

Consistente en: la palabra MUDD.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13108-3

Clase: 19

No. de Exp.: 2002021657

No. de Pres.: 20020021657

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deALERMAC INVERSIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

PIAMONTEConsistente en: la palabra PIAMONTE.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13111-3

Clase: 02.

No. de Exp.: 2002021661

No. de Pres.: 20020021661

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deALERMAC INVERSIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

PIAMONTE

Consistente en: la palabra PIAMONTE.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13112-3

DIARIO

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151DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 10.

No. de Exp.: 2002024661

No. de Pres.: 20020024661

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADOde LABORATORIOS PISA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICA-NA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

Consistente en: la palabra Seven escrita letra tipo bloque, color azuly en minúsculas a excepción de la letra “S” que está en mayúsculas, arribade la primera letra “c” de dicha palabra se encuentra la expresión “TuboEndotraqueal”, sobre la cual no se concede exclusividad, la expresión seencuentra escrita en letra tipo bloque, color azul y escrita en minúsculaa excepción de las primeras letras de cada palabra, dicha expresión es demenor tamaño que las primera ya descrita. Debajo de todo lo anterior selee la expresión “Segura y Eficiente Ventilación” sobre la cual tampocose concede exclusividad, y se encuentra escrita en color azul, en minús-culas a excepción de la primera letra de cada palabra, dicha expresión esde menor tamaño que las anteriores y se encuentra en doble línea, estando“Segura y Eficiente” en la primera línea y abajo se encuentra la palabra“Ventilación”.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13115-3

Clase: 38.

No. de Exp.: 2001011265

No. de Pres.: 20010011265

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de FRANCETELECOM, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de laMARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: el signo “&”, identificado en el idioma inglés, del cual seorigina, como “ampersand” constituido artísticamente por cuatro figuras

oblongadas en color naranja con puntas agudas. La figura o segmento dela base del signo, se ubica en posición cóncava, ligeramente inclinadahacia el lado izquierdo de la figura, de cuyo segmento se eleva otropartiendo del segmento ya de descrito y terminando en una ligera curvaorientada a la derecha del signo y es de color naranja oscuro. Un breveespacio entre el segmento base separa a la otra figura relativamente corta,que se orienta con su punta hacia la derecha. En la parte superior del signose encuentra otra figura corta curvilínea cuyas puntas en sus extremos sedirigen hacia el lado derecho.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13116-3

Clase: 35.

No. de Exp.: 2001011266

No. de Pres.: 20010011266

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de FRANCETELECOM, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de laMARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: el signo “&”, identificado en el idioma inglés, del cual seorigina, como “ampersand” constituido artísticamente por cuatro figurasoblongadas en color naranja con puntas agudas. La figura o segmento dela base del signo, se ubica en posición cóncava, ligeramente inclinadahacia el lado izquierdo de la figura, de cuyo segmento se eleva otropartiendo del segmento ya descrito y terminando en una ligera curvaorientada a la derecha del signo y es de color naranja oscuro. Un breveespacio entre el segmento base separa a la otra figura relativamente corta,que se orienta con su punta hacia la derecha. En la parte superior del signose encuentra otra figura corta curvilínea cuyas puntas en sus extremos sedirigen hacia el lado derecho.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13122-3

DIARIO

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 25

No. de Exp.: 2002023886

No. de Pres.: 20020023886

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deSAUCONY, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra SAUCONY escrita en mayúscula, tipo bloquey color negro debajo de la cual se encuentra una franja gruesa onduladaen color negro que sus extremos son delgados, dicha franja contiene trescírculos color blanco.

La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13123-3

Clase: 35

No. de Exp.: 2002023983

No. de Pres.: 20020023983

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELALBERTO MENDOZA CALDERON , en su calidad de APODERADOde ALDO GROUP INTERNATIONAL AG., de nacionalidad SUIZA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ALDO

Consistente en: la palabra ALDO escrita en mayúscula.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13124-3

No. de Exp.: 2002028184

No. de Pres.: 20020030104

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ISIS LUCILABONILLA DE ORANTES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en sucalidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

Consistente en: la frase LA BOLSA FAMILIAR, que servirá para:IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DESTI-NADO A PRESTAR LOS SERVICIOS DE VENTA DE PRODUCTOSDE PRIMERA NECESIDAD Y SERVICIOS AFINES, UBICADO ENFINAL CALLE LOS ABETOS, NUMERO UNO, COLONIA SANFRANCISCO.

La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13141-3

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153DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 03.

No. de Exp. : 2003030946

No. de Pres.: 20030034913

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ANTONIO MOLINA CORDERO, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de COSMETICOS y MODAS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COSMETlCOS Y MODAS

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el regis-

tro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: las palabras Vercelli Ferrara y diseño.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, diecinueve de marzo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13134-3

No. de Exp.: 2003029841

No. de Pres.: 20030033017

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

JC SEWING SUPPLY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que se abrevia: JC SEWING SUPPLY, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL:

JC SEWING SUPPLY

Consistente en: las palabras JC SEWING SUPPLY, que servirá

para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO UBICADO EN ZONA

FRANCA SAN BARTOLO, LOCAL NUMERO DIEZ, CALLE

CHAPARRASTIQUE, POLIGONO "M", JURISDICCION DE ILO-

PANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, CUYO GIRO

COMERCIAL ES EL EJERCICIO DEL COMERCIO MEDIANTE LA

COMPRAVENTA, DISTRIBUCION, EXPORTACION O IMPOR-

TACION DE TODA CLASE DE BIENES MUEBLES.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13554-3

Clase: 33.

No. de Exp.: 1999006146

No. de Pres.: 19990006146

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de DEMERARADISTILLERS LIMITED, de nacionalidad GUYANA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

IVANOFF

Consistente en: LA PALABRA: "IVANOFF" EN LETRAS MA-YUSCULAS DE TIPO CORRIENTE.

DIARIO

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La solicitud fue presentada el día siete de septiembre del año milnovecientos noventa y nueve.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, quince dejulio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13498-3

Distintivo: ABB y diseño.

Clase: 20.

No. de Exp.: 012002023410

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de ABB ASEABROWN BOVERI LTD., de nacionalidad SUIZA, solicitando el regis-tro de la MARCA DE FABRICA:

Consistente en: las letras ABB y diseño.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveinticuatro días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13464-3

Distintivo: H2OPTIX.

Clase: 09.

No. de Exp.: 012001020488

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoMANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODE-

RADO de SERENGETI EYEWEAR, INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA:

H2OPTIX

Consistente en: la expresión H2OPTIX.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdieciocho días del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13481-3

Distintivo: BOLLÉ.

Clase: 09.

No. de Exp.:012001020494

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADOMANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODE-RADO de BOLLE, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA:

BOLLÉ

Consistente en: la palabra "BOLLÉ".

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdiecisiete días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13470-3

Distintivo: es una figura.Clase: 37.No. de Exp.: 012002024276

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de AUDI

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155DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad ALEMANA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: una figura.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los tres

días del mes de mayo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13478-3

Distintivo: HIDRATINA.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020025626

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-

BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de

NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA:

HIDRATINA

Consistente en: la palabra HIDRATINA, en letras mayúsculas de

tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos

mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, tres de

junio del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13484-3

Distintivo: IGEXIS.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020024736

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA:

IGEXISConsistente en: la palabra IGEXIS en letras mayúsculas de tipo

corriente.La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintinue-ve de mayo del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13486-3

Clase: 06.

No. de Exp.: 2001019429

No. de Pres.: 20010019429

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deINDUSTRIAS METALICAS ASOCIADAS IMAL, S.A., de nacionali-dad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-CA:

Consistente en: la palabra "IMAL" en letras de molde, mayúsculas,huecas, unidas entre sí las últimas tres letras.

La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dosmil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, dieciochode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13489-3

DIARIO

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Distintivo: INVADINE.

Clase: 01

No. de Exp.: 012002024555.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoRICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Ciba Specialty Chemicals Holding Inc., de nacionalidadSUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

INVADINE

Consistente en: la palabra INVADINE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril de dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los ochodías del mes de mayo de dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13492-3

Distintivo: JALRA.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020024958.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

JALRA

Consistente en: JALRA en letras mayúsculas tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, tres dejunio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13503-3

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002026408.

No de Pres: 20020027348.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: en un bote en forma rectangular vertical cuyosextremos van ligeramente ondulados, con tapón semi-circular en la parteizquierda del bote es ligeramente ondulado. En el tapón en la partesuperior un botón que sirve como salida del contenido. Luego aparecedentro del bote una figura caprichosa trazada.

La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veinticincode julio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13460-3

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157DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Distintivo: MOBIPAY.

Clase: 28.

No. de Exp.: 20010020310.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATIONAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

MOBIPAY

Consistente en: la palabra “MOBIPAY” en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, doce dejunio del año dos mil dos.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13462-3

Clase: 35.

No. de Exp.: 2001020307.

No. de Pres.: 20010020307

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATIONAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MOBIPAY

Consistente en: la palabra “MOBIPAY” en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, dieciochode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13463-3

Distintivo: (una figura).

Clase: 25.

No. de Exp.: 012001019858.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADOVICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO deNike International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en “una figura”.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los sietedías del mes de mayo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13491-3

Distintivo: una figura.

Clase: 28.

No. de Exp.: 012001019859.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADOVICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO deNike International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en “una figura”.

DIARIO

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Page 158:  · DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003. 1 DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web:  ...

158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los sietedías del mes de mayo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13500-3

Distintivo: (es una figura).

Clase: 18.

No. de Exp.: 012001019857.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoVICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO deNike International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en EL TRAZO GRUESO DE UN SIGNO DE UNCHEQUE.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los sietedías del mes de mayo de dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13490-3

Distintivo: una figura.

Clase: 35.

No. de Exp.: 012002021402.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoRICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Converium Holding AG, de nacionalidad SUIZA, solicitandoel registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en la figura de un espiral...

La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los treintadías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13485-3

Distintivo: una figura.

Clase: 42.

No. de Exp.: 012002021405.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoRICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Converium Holding AG, de nacionalidad SUIZA, solicitandoel registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en la figura de un espiral...La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero de dos mil dos.REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los treintadías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13487-3

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159DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 09.

Distintivo: una figura.

Exp. 012001019855

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADOVICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO deNike International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en “una figura”.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los sietedías del mes de mayo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13488-3

Distintivo: RADIO NACIONAL DE ESPAÑA (RNE., S.A.).

Clase: 38.

Exp. 011999009342

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de ENTEPUBLICO RADIOTELEVISION ESPAÑOLA, de nacionalidad ES-PAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

RADIO NACIONAL DE ESPAÑA (RNE., S.A.)

Consistente en las palabras RADIO NACIONAL DE ESPAÑA(RNE., S.A.).

La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre de milnovecientos noventa y nueve.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los docedías del mes de febrero de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13480-3

Distintivo: es una figura.

Clase: 33.

Exp. 012002021669

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADORICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Spirits International N.V., de nacionalidad CURAZOLEÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en la figura de una esfera presentando líneas curvas...

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero de dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdiecinueve días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13483-3

DIARIO

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002025554

No. de Pres.: 20020025933

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

SOFTWASH

Consistente en: la palabra "SOFTWASH" en letras mayúsculastipo corriente.

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veinte dejunio del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13482-3

DISTINTIVO: NORMOCUTAN.

Clase: 03.

No. de Exp.: 20020024960

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

NORMOCUTANConsistente en: la palabra NORMOCUTAN en letras mayúsculas

tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, cuatro dejunio del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13473-3

DISTINTIVO: PRENATAL.

Clase: 41.

No. de Exp.: 20010020490

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de STICHTINGDE WAAL FOUNDATION, de nacionalidad HOLANDESA, solici-tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: la palabra "Pre Natal" en letras minúsculas exceptolas letras "P" y "N" mayúsculas; dicha palabra está separada por undiseño vista en planta de una mujer embarazada abrazando a un infante.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, treinta yuno de mayo del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13479-3

DISTINTIVO: PITIRIASIN.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020025855

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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161DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA:

PITIRIASIN

Consistente en: la palabra "PITIRIASIN" en letras mayúsculas tipocorriente, que servirá para: PREPARACIONES FARMACEUTICAS.

La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, diez dejunio del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13476-3

DISTINTIVO: MOBIPAY.

Clase: 37.

No. de Exp.: 20010020311

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATIONAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

MOBIPAY

Consistente en: la palabra MOBIPAY en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno,

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, doce dejunio del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13468-3

Clase: 41.

No. de Exp.: 2001020313

No. de Pres.: 20010020313

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATIONAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

MOBIPAY

Consistente en: la palabra "MOBIPAY" en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, dieciochode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13469-3

Clase: 42.

No. de Exp.: 2001020314

No. de Pres.: 20010020314

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATI0NAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

MOBIPAY

Consistente en: la palabra "MOBIPAY" en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, dieciochode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13471-3

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162 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Distintivo: NILES y diseño

Clase: 09.

No. de Exp.: 012001018688

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoEMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO deNILES AUDIO CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en la palabra NILES y diseño.

La solicitud fue presentada el día quince de octubre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los seisdías del mes de mayo de dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13472-3

Clase: 25.

No. de Exp.: 2002027012

No. de Pres.: 20020028212

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MAURI-CIO AYALA ROBLES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGALY ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de DISTRIBUCIO-NES DIVERSAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: DISTRIBUCIONES DIVERSAS S.A. DE C.V.,de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra CALVANI.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13521-3

Distintivo: PINNACLE

Clase: 10.

No. de Exp.: 20020024898

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc.,de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

PINNACLEConsistente en: la palabra PINNACLE en letras mayúsculas de tipo

corriente.

La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, treinta yuno de mayo del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13475-3

Clase: 25.

No. de Exp.: 2002029148

No. de Pres.: 20020031693

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MAURI-CIO AYALA ROBLES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGALde DISTRIBUCIONES DIVERSAS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que se abrevia DISTRIBUCIONES DIVER-SAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Paso de Angel.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13530-3

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163DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 25.

No. de Exp.: 2002027016

No. de Pres.: 20020028216

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MAURI-CIO AYALA ROBLES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGALde DISTRIBUCIONES DIVERSAS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUCIONES DIVER-SAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras CALVEST.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13532-3

Clase: 25.

No. de Exp.: 2003031464

No. de Pres.: 20030035924

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN RA-MON SERRANO, en su calidad de APODERADO de JOSE MANUELTOJIN SANCHEZ, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra ITALMODA.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13536-3

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002028963

No. de Pres.: 20020031380

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE HER-NAN VARGAS CAÑAS, en su calidad de APODERADO GENERALJUDICIAL de CARLOS BENEDICTO CAÑAS conocido por CAR-LOS BENEDICTO CAÑAS ESPINAL, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

DERMASUIS

Consistente en: la palabra DERMASUIS, escrita en letras corrien-tes mayúsculas de molde y color negro.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13394-3

No. de Exp.: 2003030109

No. de Pres.: 20030033541

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE HER-NAN VARGAS CAÑAS, en su calidad de APODERADO GENERALJUDICIAL de CARLOS BENEDICTO CAÑAS conocido por CAR-LOS BENEDICTO CAÑAS ESPINAL, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

INNOVETConsistente en: la palabra INNOVET, que servirá para: IDENTI-

FICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL E INDUSTRIALDEDICADO A LA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DEMEDICAMENTOS, VACUNAS Y OTROS PRODUCTOS PARAUSO VETERINARIO, UBICADO EN PRIMERA AVENIDA NORTE,NUMERO MIL VEINTE, EN LA CIUDAD DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día treinta de enero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13392-3

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164 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003030592

No. de Pres.: 20030034328

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado PEDROANTONIO MENJIVAR RIVERA, en su calidad de DIRECTOR PRE-SIDENTE Y REPRESENTANTE de PAMEM, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

C H E L Y

Consistente en: la palabra CHELY.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13537-3

No. de Exp.: 2003031058

No. de Pres.: 20030035119

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OSCARARMANDO CALDERON ARTEAGA, en su calidad de APODERA-DO GENERAL JUDICIAL de SPECIALTY PRODUCTS, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL:

Consistente en: las palabras Signature Woods; traducido es FIR-MA EN MADERA, que servirá para: IDENTIFICAR Y DISTINGUIRLA EMPRESA SPECIALTY PRODUCTS, DEDICADA A LA FA-

BRICACION DE BOLSAS Y ESTUCHES DE LUJO, LA CUAL ESPROPIEDAD DE MI MANDANTE Y SE ENCUENTRA UBICADAEN LA ZONA FRANCA SAN BARTOLO, ILOPANGO, DEPARTA-MENTO DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13415-3

Clase: 05.

No. de Exp.: 1982001237

No. de Pres. 20030034295

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de ORGANIZACION FARMA-CEUTICA, SOCIEDAD ANONlMA que se abrevia: ORFA, S.A., deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION para la inscripción Número 00180 del Libro00100 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRAORFATUSS; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de laClasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los tres días del mes de marzo del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13365-3

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165DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 05.No. de Exp.: 1982001239No. de Pres.: 20030034292

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de ORGANIZACION FARMA-CEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: ORFA, S.A., deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION, para la inscripción número 00178 del Libro00100 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRAORFAVIT; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de laClasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13367-3

Clase: 05.No. de Exp. 1982001236No. de Pres.: 20030034293

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de ORGANIZACION FARMA-CEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: ORFA, S.A., deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00181 delLibro 00100 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la EXPRE-SION "ORFASPAS"; que ampara productos comprendidos en la Clase05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DlRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los tres días del mes de marzo del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13362-3

Clase: 05.No. de Exp.: 1981000270No. de Pres.: 20030033322

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HECTORALEJANDRO MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO YNOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIALde LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de SANSALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 00049 del Libro 00097 de REGIS-TRO DE MARCAS, consistente en la palabra "VITAOFTA"; queampara productos comprendidos en la Clase 05 de la ClasificaciónInternacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DlRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los tres días del mes de abril del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13222-3

Clase: 03.No. de Exp.:1991002108No. de Pres.: 20030034507

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD INTE-LECTUAL,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN RA-MON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO de CUATRO ROSAS, SOCIEDADANONIMA que se abrevia CUATRO ROSAS, S. A., del domicilio deCIUDAD Y REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUA-TEMALTECA, solicitando RENOVACION para la inscripción número00114 del Libro 00015 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente enla palabra WINDSOR; que ampara productos comprendidos en la Clase03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los siete días del mes de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13534-3

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166 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

FARMAS, S. A. DE C. V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2000

ACTIVO

CIRCULANTE 33,840.18

Caja General 27,920.94

Inventarios 1,935.40

Crédito Fiscal 3,983.84

FIJO 24,013.76

Mob. y Equipo de Oficina 24,013.76

TOTAL ACTIVO 57,853.94

PASIVO

CIRCULANTE 11,796.05

Cuentas por Pagar 10,868.42

Débito fiscal 927.63

CAPITAL Y PATRIMONIO 46,057.89

Capital Social 150,000.00

Capital Social Pagado 37,500.00

Capital Social No Pagado 112,500.00

Pérdidas del Ejercicio de 1995 -51,867.60

Pérdidas del Ejercicio de 1996 -52,074.51

TOTAL PASIVO 57,853.94

Lic. ARACELY CUBIAS DE LANDAVERDE, JUAN FRANCISCO FLORES,

REPRESENTANTE LEGAL. AUDITOR EXTERNO

No. 1762

Lic. CECILIA DEL CARMEN MEJIA,

CONTADOR.

3 v. alt. No. 13439-3

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167DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que resolución proveída por este Tribunal a lasquince horas treinta minutos del día seis de febrero del presente año, seha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada dejada a su defunción por el causante, señorABRAHAM HERNANDEZ, conocido por ABRAHAN HERNAN-DEZ, ocurrida el día treinta y uno de agosto de mil novecientos noventay ocho, en esta ciudad, lugar de su último domicilio de parte de las señorasPAULINA DEL CARMEN JUAREZ DE HERNANDEZ, GREGORIAGUADALUPE HERNANDEZ JUAREZ, ANA DEL CARMEN HER-NANDEZ JUAREZ, ROSA ELIZABETH HERNANDEZ JUAREZ,PATRICIA CAROLINA HERNANDEZ JUAREZ y MILAGRO DEJESUS HERNANDEZ DE SAJETH, la primera en calidad de cónyugesobreviviente y las restantes como hijas del causante; y se ha conferidoa las aceptantes, la administración y representación interinas de lasucesión, con las facultades y restricciones los curadores de la herenciayacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a las diezhoras y treinta minutos del día veinte de febrero de dos mil tres.- Lic.YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. SAN-DRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13565-3

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIADEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado, a lasdoce horas con veinte minutos del día veinticuatro del presente mes yaño, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-tario de la herencia intestada que a su defunción dejaron los señoresJUAN JOSE CARDENAS y MARIA LUISA MACHUCA; quienesfueron el primero de setenta y siete años de edad, de nacionalidadsalvadoreña, siendo su último domicilio en Caserío San Cristóbal de lajurisdicción de San Buenaventura, quien falleció a las diez horas concuarenta minutos del día diecinueve de marzo del año dos mil uno; lasegunda quien fue de setenta y nueve años de edad, de oficios doméstico,de nacionalidad salvadoreña, siendo su último domicilio en el CaseríoSan Cristóbal de la Jurisdicción de San Buenaventura, quien falleció a lascatorce horas con treinta minutos del día veintiséis de mayo del año milnovecientos noventa y nueve; de parte de los señores OSCAR DE JESUSCARDENAS MACHUCA, ROBERTO DE JESUS CARDENAS MA-CHUCA y MARIA HILDA CARDENAS MACHUCA, en su calidad dehijos de los causantes.

Confiérese a los aceptantes en el carácter indicado la administra-ción y representación interina de la Sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente, Y CITA: a los quese crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten adeducirla dentro del término de quince días, a partir del siguiente al de latercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:JUCUAPA, a las doce horas con cuarenta minutos del día veinticuatro defebrero del año dos mil tres.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO,JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RODOLFO ANTONIO CAS-TRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13652-3

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas y cuarentaminutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con beneficiode inventario la herencia intestada que dejó el señor ROBERTO SAN-CHEZ, conocido por ROBERTO SANCHEZ MAJANO, quien fallecióel día diecisiete de enero de mil novecientos noventa y ocho, en el CantónGuadalupe de la población de Bolívar, Departamento de La Unión,siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora JUANAMIRANDA VIUDA DE SANCHEZ, conocida por JUANA MIRAN-DA, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Confiriéndole adicha aceptante en el carácter indicado, la administración y representa-ción interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para queen el término de ley, después de la tercera publicación de este cartel lodemuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiocho díasdel mes de enero del dos mil tres.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOSALFARO, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13635-3

CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, Juez de Primera Instanciadel Distrito Judicial de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, alpúblico para los demás efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado, alas doce horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada de losbienes que a su defunción acaecida el día doce de agosto del año en curso,en el Cantón Potrero y Tabla de la Jurisdicción de San Isidro, Cabañas,lugar que fue su último domicilio; dejó el señor JOSE BENEDICTOCORNEJO CUBIAS, quien fue de treinta y nueve años de edad, soltero,Jornalero, hijo de FELIPE CUBIAS AREVALO y de EUSEBIA GA-BRIELA CORNEJO DE CUBIAS, originario de la ciudad de San Isidro,Cabañas; de parte de la menor ERIKA MARICELA CORNEJO CUBIAS,representada por su madre ANAFELIX CUBIAS, en su calidad de hijadel causante; habiéndosele conferido a la aceptante la administración yrepresentación interinas de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente, la cual ejercerá por medio de surepresentante legal, su madre ANAFELIX CUBIAS.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referidasucesión, a fin de que se presente al Tribunal a deducir tal circunstanciadentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de laúltima publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a lascatorce horas del día veintiocho de noviembre de dos mil dos.- Lic.CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- Lic. JULIO CESAR SALGUERO ORTIZ, SRIO.

3 v. alt. No. 13723-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada por este Juzgadoa las diez horas con treinta minutos del día veintiocho de noviembre delaño dos mil dos, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficiode inventario la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en esta

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168 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ciudad su último domicilio el día diez de junio del año dos mil, dejó lacausante señora SIMONA DE JESUS RUBIO CARCAMO, de parte dela señora OLGA MARIA MONTERROSA RUBIO, en su calidad de hijade la causante. Confiérese a la aceptante la administración y representa-ción interina de la sucesión con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a lasquince horas con veinticinco minutos del día diez de diciembre del añodos mil dos.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL.- Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13720-3

JULIO CESAR MAGAÑA SANCHEZ, Notario, de este domicilio, conoficina ubicada en Colonia Miramonte, Calle Aconcagua, número trece-U, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las once horas del día diecisiete de febrero del año dos mil tres, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de partede los señores EDITH AMELIA CASTILLO, conocida por EDITHAMELIA ESPINOZA SANTAMARIA, ANA BESSY ESPINOZA DECANALES, conocida por ANA BESY ESPINOZA SANTAMARIADE CANALES, JULIO RICARDO ESPINOZA SANTAMARIA,BORIS RICARDO ESPINOZA SANTAMARIA, EDGAR ANTONIOESPINOZA SANTAMARIA y SILVIA RUTH ESPINOZA DE RI-VAS, conocida por SILVIA RUTH ESPINOZA SANTAMARIA, pormedio de su Apoderado Licenciado JOSE ELISEO HERRERA SAN-TOS, de la herencia testada que a su defunción dejó la señora BERTADEL CARMEN SANTAMARIA DE ESPINOZA, conocida por BER-TA DEL CARMEN SANTAMARIA VIUDA DE ESPINOZA, quienfalleció a las tres horas y quince minutos del día veinte de noviembre delaño dos mil dos, en esta ciudad, habiéndoseles conferido la administra-ción y representación interina de la sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia,por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referidaherencia, para que se presenten a la referida oficina en el término dequince días, contados desde el siguiente a la última publicación delpresente edicto.

Librado en la oficina del Notario, JULIO CESAR MAGAÑASANCHEZ. En la ciudad de San Salvador, a los dieciocho días del mesde febrero del año dos mil tres.

JULIO CESAR MAGAÑA SANCHEZ,NOTARIO.

3 v. alt. No. 13705-3

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las catorce horasy diez minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil tres, se hatenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la heren-cia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último

domicilio, el día once de julio de mil novecientos noventa y nueve, dejóla señora JOSEFINA HAYDEE VELASQUEZ DE ROSALES, conoci-da por JOSEFINA HAYDEE VELASQUEZ, JOSEFINA HAYDEEMARROQUIN VELASQUEZ y por HAYDEE DE ROSALES, de partedel señor REYNALDO ROSALES PEÑA, en su calidad de cónyugesobreviviente de la causante. Confiérese al aceptante la administracióny representación interina de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las docehoras cincuenta minutos del día veintiocho de marzo del año dos miltres.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13706-3

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución de las nueve horas y cuarenta y nueveminutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario en la herencia intestada que dejó al fallecer laseñora AGUSTINA FUENTES, el día ocho de noviembre del año dosmil uno, en Cantón La Concordia de esta Jurisdicción, de parte del señorPEDRO FUENTES, conocido por PEDRO FUENTES GOMEZ, encalidad de hijo de la causante.-

Confiéresele a la aceptante la administración y representacióninterina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los quese crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo enel término de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a losveintiún días del mes de marzo del año dos mil tres.- Lic. MANUEL DEJESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA INTERINO.-Lic. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13710-3

EDGAR LADISLAO ROSALES CORNEJO, Juez de lo Civil Interinode este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

AVISA: que este día ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó elcausante SANTOS ANDRES HERNANDEZ ALDANA, conocido porSANTOS ANDRES ALDANAS y por SANTOS ANDRES HERNAN-DEZ HERNANDEZ, que falleció el día veintiocho de junio del dos mildos, en el Cantón Miraflores, de la jurisdicción de San Pedro Masahuat,habiendo tenido como último domicilio Santiago Nonualco, por parte dela señora MARIA TEMILDA ALDANA DE HERNANDEZ, en concep-to de hermana del causante.

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169DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia de quese trata para que dentro del término de ley, comparezcan a deducirlo a esteJuzgado.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, once de noviembre de dos mildos.- Lic. EDGAR LADISLAO ROSALES CORNEJO, JUEZ DE LOCIVIL INTERINO.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 13694-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lascatorce horas del día veinticuatro de marzo del dos mil tres; se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herenciaintestada dejada por el causante RAFAEL MARTINEZ, quien fue desetenta y cuatro años de edad, soltero, Agricultor, fallecido el día ochode mayo del dos mil dos, siendo Metapán su último domicilio, por partedel señor RAFAEL CISNEROS MARTINEZ, en calidad de hijo delreferido causante. En consecuencia se le confiere a dicho aceptante laadministración y representación INTERINA de la sucesión, con lasfacultades y restricciones que la ley confiere a los curadores de laherencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas deldía nueve de abril del dos mil tres.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOSLIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA LETICIA FIGUEROAFIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13882-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lasonce horas del día dos de abril del dos mil tres; se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia testamentariadejada por el causante PILAR ROSALES, quien fue de sesenta y nueveaños de edad, soltero, Agricultor, fallecido el día quince de diciembre delaño dos mil, en el Cantón El Capulín de esta comprensión, siendoMetapán su último domicilio, por parte del señor MEREGILDO CAS-TRO, en calidad de hijo del referido causante. En consecuencia se leconfiere a dicho aceptante la administración representación INTERINAde la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confiere a loscuradores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince díascontados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas conquince minutos del día once de abril del dos mil tres.- Lic. JOSEHERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. EDGARGUILLERMO MOLINA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. 13881-3

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, alpúblico para los efectos de ley;

AVISA: que este día ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó elcausante PEDRO GONZALO MALDONADO, conocido por PEDROMALDONADO, y por PEDRO MALDONADO GUZMAN, que falle-ció el día ocho de septiembre del dos mil uno, en el Hospital NacionalRosales de San Salvador, habiendo tenido como último domicilio San-tiago Nonualco; por parte de la señora ADELINA DE JESUS MENDO-ZA, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante. Se cita a laspersonas que se crean con derecho a la herencia de que se trata para quedentro del término de ley, comparezcan a deducirlo a este Juzgado.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, doce de julio del dos mildos.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGEALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No.13897-3

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y quinceminutos del día siete de marzo del corriente año; se ha tenido por aceptadacon beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejóla señora MARIA LUISA OCHOA, quien falleció el día dos de junio demil novecientos noventa y ocho, en el Cantón San Antonio Silva de estaJurisdicción, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio; de partede la señora CARMEN OCHOA, en su calidad de hija de la causante. Yse le ha conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado laadministración y representación interina de la sucesión, con las faculta-des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,a las ocho horas y veinte minutos del día siete de marzo del año dos mil.-Dr. JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL. Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13903-3

JULIO ALFREDO OLIVO GRANADINO, Notario de este domiciliocon oficina jurídica en Colonia Libertad Pasaje Chile, casa número trece,San Salvador. AL PUBLICO: para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las quince horasdel día veintitrés de abril del año dos mil tres, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a

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170 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

su defunción dejara, el señor LUIS ALONSO LOPEZ OLIVAR, quienfalleció el día veinte de diciembre de mil novecientos noventa y ocho enla ciudad de San Sebastián Departamento de San Vicente, siendo este suultimo domicilio, de parte de la señora FRANCISCA OLIVAR VIUDADE LOPEZ, en su carácter de esposa del causante; confiéresele a laaceptante la administración y Representación Interina de la Sucesión,con las facultades y restricciones de ley, librado en la oficina del Notario,JULIO ALFREDO OLIVO GRANADINO. en San Salvador, a losveinticuatro días de abril del año dos mil tres.

Lic. JULIO ALFREDO OLIVO GRANADINO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 13831-3

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL; AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Tribunala las catorce horas y cuarenta y cinco minutos de este día; se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de laseñora INES ELENA FLORES ORTIZ VIUDA DE MEDINA, laHerencia Testamentaria que a su defunción dejó la causante señoraMARIA ALICIA ORTIZ VIUDA DE FLORES, quien fue de noventa ycinco años de edad, de oficios domésticos, fallecida a las nueve horas ytreinta minutos del día seis de mayo del dos mil uno, en el Hospital SanJuan de Dios de esta ciudad, habiendo sido ésta el lugar de su últimodomicilio.-

La aceptante antes nombrada, es heredera universal de la referidacausante, según Testamento Abierto, otorgado por la misma ante losOficios del Notario JERONIMO ERNESTO REYES, tal como constaen Escritura Pública Número Cuatro, otorgada en la ciudad de SanSalvador, a las dieciséis horas y treinta minutos del día veintiuno deseptiembre de mil novecientos ochenta y siete; y en ese carácter se leconfiere a la señora INES ELENA FLORES ORTIZ VIUDA DEMEDINA, la representación y administración interinas de esta sucesión,con las facultades y restricciones de ley.-

En esta sucesión, han repudiado el derecho Testamentario que lescorresponden las señoras MARIA ALICIA FLORES DE BARILLAS yANA MARIA FLORES antes DE HERNANDEZ hoy DE ORIANI,según Testamento referido.-

Lo que se pone en conocimiento del público para que todo aquelque se considere con derecho a esta sucesión, se apersone a este Tribunala deducirlo, dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publica-ción de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SantaAna, a las catorce horas y cuarenta y ocho minutos del día veinte defebrero del dos mil tres. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZSEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13802-3

VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA, Notario, con Direc-ción en Edificio Niza número doscientos ocho, sobre diecinueve CallePoniente, de esta Ciudad, al público para los efectos de ley,

AVISA: que por resolución, proveída en esta ciudad, a las diezhoras del día seis de abril del año dos mil tres, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada, que

dejó al morir la señora RAMONA HERNANDEZ BONILLA conocidapor RAMONA HERNANDEZ, quien falleció en el Cantón Santa Lucía,jurisdicción de Olocuilta, Departamento de La Paz, su ultimo domicilio,a las diecinueve horas cuarenta y cinco minutos del día veintisiete demarzo de mil novecientos ochenta y siete, quien a la fecha de su muerteera de cincuenta y tres años de edad, de oficios domésticos, y deldomicilio de La Paz, al señor MANUEL HERNANDEZ AREVALO, ensu concepto de hijo de la causante.- Y se le ha conferido al aceptante laAdministración y representación interina de la sucesión.

LIBRADO en la ciudad de San Salvador a los siete días del mes deabril del año dos mil tres.

Lic. VLADIMIR REYNALDO AGUILAR MIRANDA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 13741-3

MARIA LUZ REGALADO ORELLANA JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO ENGENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor el Licenciado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON,Apoderado General Judicial del BANCO CUSCATLAN, SOCIEDADANONIMA, contra, los señores VICENTE HUMBERTO MOLINASERRANO y SARA ESPERANZA TOBAR DE MOLINA, se venderáen Pública Subasta en este Tribunal, un inmueble situado en pasajenúmero cuatro casa número diecinueve al Poniente de Avenida "C",Colonia San Joaquín Oriente de esta ciudad de la capacidad de TRES-CIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS CINCUEN-TA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS de superficie equivalentesa CUATROCIENTAS NOVENTA Y UNA VARAS CUADRADASCINCUENTA CENTESIMAS DE VARAS CUADRADAS Y que selocaliza así: partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida "C" ypasaje número cuatro y con distancia de siete metros cincuenta centíme-tros y rumbo Norte setenta y nueve grados veintitrés minutos Oeste, sellega a la estación que con rumbo Norte ochenta y un grados veintidósminutos Oeste y distancia de veintiocho metros ochenta centímetros sellega al punto desde el cual con deflexión noventa grados derecha ydistancia de tres metros, se llega al vértice Sureste del lote que se describeasí: AL ORIENTE, mide en línea recta veintitrés metros cincuenta y doscentímetros, con lote número dieciocho de "Inversiones Comerciales,Sociedad Anónima"; AL NORTE, en línea recta, catorce metros cin-cuenta y seis centímetros con lote número veinte; AL PONIENTE, enlínea recta veintiséis metros treinta y ocho centímetros con lotes númerosciento cuarenta, ciento treinta y nueve y ciento treinta y ocho, carreteraTroncal del Norte de por medio; y AL SUR, en línea recta doce metrosochenta y ocho centímetros con los lotes número quince pasaje númerocuatro de por medio. Todos los lotes colindantes son o han sido depropiedad de "Inversiones Comerciales, Sociedad Anónima". En dichoinmueble se encuentra construida una casa de sistema mixto con un áreade construcción de doscientos sesenta y cinco metros cuadrados. Inmue-ble inscrito a favor de los señores VICENTE HUMBERTO MOLINASERRANO y SARA ESPERANZA TOBAR DE MOLINA bajo elsistema de folio real número CERO UNO-CERO DIECISEIS MILCUATROCIENTOS DIECINUEVE, y sus respectivos auxiliares CEROCERO UNO-CERO CERO DOS del Registro de la Propiedad Raíz eHipotecas de la Primera Sección del Centro.

Lo que se avisa al Público para los .efectos legales consiguientes.

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171DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

LIBRADO: en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, alas diez horas y diez minutos del día veintinueve de abril de dos mil dos.Licda. MARIA LUZ REGALADO ORELLANA, JUEZ CUARTO DELO MERCANTIL. Licda. ELENA ELIZABETH AYALA ORELLA-NA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13557-3

MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERODE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el JuicioEjecutivo Mercantil promovido por BANCO DE CREDITO INMOBI-LIARIO, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION contra el señorJORGE ALBERTO LOPEZ AGREDA, reclamándole cantidad de colo-nes y accesorios de ley, se venderá en Pública Subasta en este Tribunalen fecha que oportunamente se determinará, el inmueble embargadosiguiente “UN INMUEBLE de naturaleza urbana, situado en Cantón SanMiguel, de esta jurisdicción y departamento, marcado como LOTENUMERO ONCE, del Polígono A, de la Urbanización PORTICOS DESAN RAMON, que se describe así: DESCRIPCION DEL LOTE NU-MERO DOCE, DEL POLIGONO "A" DE LA URBANIZACION"PORTICOS DE SAN RAMON” AL NORTE, nueve punto cero cerometros; AL ESTE, once punto cero cero metros; AL SUR, siete puntocero cero metros; y AL OESTE, diez punto cero cero metros. El terrenoasí descrito tiene un área de OCHENTA PUNTO CERO CERO ME-TROS CUADRADOS, equivalentes a CIENTO CATORCE PUNTOCUARENTA Y SEIS VARAS CUADRADAS. En dicho inmueble hayconstruída una casa de sistema mixto, completamente nueva y con todossus servicios. El inmueble descrito es propiedad del deudor JORGEALBERTO LOPEZ AGREDA, por estar inscrito a su favor a la matrículanúmero M CERO UNO CERO OCHO TRES UNO UNO SEIS, delRegistro Social de Inmuebles de este departamento.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: SanSalvador, a las doce horas con treinta minutos del día dieciséis de enerodel dos mil tres. Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINOURBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13634-3

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por ejecución promovida por el LicenciadoMARVIN NICOLAS TREMINIO TREJO, como Apoderado GeneralJudicial del señor MAURO ARMANDO BENAVIDEZ, conocido porMAURO ARMANDO BENAVIDES y por MAURO ARMANDOBENAVIDES BENITEZ, mayor de edad, comerciante, de este domici-lio; contra el señor JOSE GILBERTO HERRERA, mayor de edad,Comerciante en pequeño, de este domicilio, se venderá en públicasubasta en este Juzgado el siguiente inmueble: "Una porción de terrenode naturaleza rústica, que formó parte de la Hacienda SANTA ANAUMAÑA DE APACUNQUE, situado en el Cantón Las Delicias de estajurisdicción, Distrito y Departamento de San Miguel, el cuál no tienecultivos permanentes y es de la capacidad superficial de: VEINTE MILNOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS,QUINCE DECIMETROS, cuyas medidas y colindancias especiales sonlas siguientes: AL NORTE, MIDE TRESCIENTOS CINCUENTA

METROS y linda con porción de terreno vendida al señor EFRAINAYALA; AL ORIENTE, mide CUATRO METROS CINCUENTACENTIMETROS y linda con terreno propiedad de la señora FELICITAAYALA, calle de por medio denominada Las Delicias, AL PONIENTE,mide CIENTO DOS METROS y linda con terreno de propiedad delseñor ABRAHAM RODRIGUEZ, y AL SUR, mide CUATROCIEN-TOS SESENTA Y UN METROS CINCO CENTIMETROS, en línea detres tiros rectos así: PRIMER TIRO: de Poniente a Oriente, mideDOSCIENTOS METROS, y colinda con porción de terreno vendida a laseñora ADELA AYALA; SEGUNDO TIRO: de Sur a Norte, mideCIENTO UN METROS CINCO CENTIMETROS y colinda con porcio-nes de terrenos vendidas a cada una de las señoras MARTA AYALA yMARTA VIRGINIA CAMPOS, y con resto del inmueble general delcual se esta haciendo esta desmembración de propiedad del otorgante; yel TERCER TIRO: de Poniente a Oriente, mide CIENTO SESENTAMETROS y colinda con el inmueble general del cual se está haciendoesta desmembración de propiedad del otorgante, y que le correspondesegún Escritura Pública otorgada en esta ciudad, a las catorce horas deldía veinte de octubre de mil novecientos noventa y cinco, antes losOficios Notariales del Doctor LUIS ISIDORO GUERRERO, inscrito afavor del otorgante en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de laPrimera Sección de Oriente bajo el Número CUATRO del Libro UNMIL, SEISCIENTOS VEINTINUEVE, de Propiedad del Departamentode San Miguel.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nuevehoras con treinta minutos del día uno de abril de dos mil tres. Dr. JOSEMAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13656-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecuciónseguida en este Tribunal, por el Licenciado SALVADOR ERNESTOCASTRO PEREZ y continuado por el Licenciado JOSE EDGARDOSALINAS, ambos como Apoderados del FONDO SOCIAL PARA LAVIVIENDA, Institución Oficial de Crédito, de este domicilio, que sepuede abreviar "EL FONDO" contra el señor SAUL HERNANDEZANDRADE, mayor de edad, Mecánico, de este domicilio, reclamándolecantidad de colones y demás accesorios legales, se venderá en públicasubasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: " Un lotede terreno Urbano y construcciones que contiene, marcado en el númeroCUARENTA Y SEIS, del Polígono "ONCE", de la UrbanizaciónVALLE VERDE, TERCERA ETAPA, situada en el Cantón San Nico-lás, Jurisdicción de Apopa, de este Departamento. Con un área deconstrucción de veintisiete metros cuadrados, el cual se describe así:LOTE NUMERO CUARENTA Y SEIS, POLIGONO "ONCE" partien-do de la intersección formada por los ejes de la Calle Principal y PasajeH Sur, se mide sobre el eje de éste último con rumbo Sur treinta gradosveinticuatro punto nueve minutos Oeste una distancia de cuarenta y ochopunto cincuenta metros. Haciendo estación en este punto se hace unadeflexión de noventa grados positiva y distancia de dos punto cincuentametros se llega al vértice Nor-Este de donde se inicia la presentedescripción: LADO ORIENTE: tramo recto con rumbo Sur treintagrados veinticuatro punto nueve minutos Oeste y distancia de cincometros, se llega al vértice Sur-Este, linda en este costado con lote númeroocho del Polígono trece Pasaje H Sur de cinco metros de ancho de pormedio. LADO SUR: tramo recto con rumbo Norte cincuenta y nuevegrados treinta y cinco punto un minuto Oeste y distancia de diez metros,

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172 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

se llega al vértice Sur-Oeste, linda en este costado con lote númerocuarenta y cinco del mismo Polígono. LADO PONIENTE: tramo rectocon rumbo Norte treinta grados veinticuatro punto nueve minutos Este ydistancia de cinco metros, se llega al vértice Nor-Oeste, linda en estecostado con lote número ocho del mismo Polígono; LADO NORTE:tramo recto con rumbo Sur cincuenta y nueve grados treinta y cinco puntoun minuto Este y distancia de diez metros, se llega al vértice Nor-Este,de donde se inició la presente descripción, linda en este costado con lotenúmero cuarenta y siete del mismo polígono. El área del lote descrito esde cincuenta metros cuadrados, equivalentes a setenta y una puntocincuenta y cuatro varas cuadradas.”

El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor del señorSAUL HERNANDEZ ANDRADE bajo el Sistema de Folio Real conMatrícula Número M CERO UNO- CERO CINCO TRES DOS CUA-TRO OCHO Asiento número CERO CERO TRES, del Registro de esteDepartamento".

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las diezhoras del día veintiuno de marzo de dos mil tres.- Dr. JOSE MANUELMOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX AL-BERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13860-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL:

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecuciónseguida en este Tribunal por el Licenciado SALVADOR ERNESTOCASTRO PEREZ, y continuado por el Licenciado JOSE EDGARDOSALINAS, ambos como apoderados del FONDO SOCIAL PARA LAVIVIENDA, Institución Oficial de Crédito, de este domicilio, que puedeabreviarse "EL FONDO", contra la señora ANA MARISOL ALVARA-DO CRUZ, de treinta y cinco años de edad, Estudiante, del domicilio deIlopango y contractualmente de esta Ciudad, reclamándole cantidad decolones y demás accesorios legales, se venderá en este Juzgado enpública subasta el bien inmueble embargado siguiente: "Un lote deterreno urbano y construcciones que contiene marcado con el númeroQUINIENTOS VEINTIDOS DEL TIPO B, Block B, de la UrbanizaciónVALLE DEL SOL, situada en Cantones San Nicolás y las Tres Ceibas,Jurisdicción de Apopa de este Departamento, de una extensión decincuenta metros cuadrados, tiene un área construída de dieciséis puntosetenta y cinco metros cuadrados, y tiene la localización, medidas ylinderos siguientes: LOTE NUMERO QUINIENTOS VEINTIDOSTIPO B, Block "B".- Es urbano, esta ubicado en la Urbanización VALLEDEL SOL, Cantones San Nicolás y Las Tres Ceibas, jurisdicción deApopa en este Departamento cuya cabida es de cincuenta metros cuadra-dos, equivalentes a setenta y uno punto cincuenta y cuatro varas cuadra-das, y cuya descripción se inicia partiendo de la intersección de los ejesde la Avenida El Tarrascón y el pasaje número Ocho-A Oriente de laUrbanización VALLE DEL SOL, y midiendo una distancia de cuarentay siete punto cincuenta metros, sobre el eje del pasaje, con rumbo Surochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundosOeste se llega a un punto en el cual se hace una deflexión negativa denoventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros,se llega al esquinero Nor-Oeste del lote que se describe, el cual mide ylinda: AL NORTE: recta de cinco metros rumbo Norte ochenta gradoscincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con ellote número quinientos treinta y siete de este mismo Block, pasajenúmero Ocho- A Oriente de cinco metros de ancho de por medio.ORIENTE. recta de diez metros, rumbo Sur nueve grados dos minutoscinco segundos Este, linda con el lote número quinientos veintitrés, deeste mismo Block, SUR, RECTA DE CINCO METROS, RUMBO sur

OCHENTA grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundosOeste, linda con el lote número cuatrocientos setenta y uno, de estemismo Block. PONIENTE: recta de diez metros rumbo Norte nuevegrados dos minutos cinco segundos Oeste, linda con el lote númeroquinientos veintiuno, de este mismo Block.- Los lotes que se mencionanen las colindancias son o han sido propiedad de Cerámica IndustrialCentroamericana, S. A. De C. V.- El inmueble anteriormente descritoestá inscrito a favor de la señora ANA MARISOL ALVARADO CRUZ,bajo el sistema de Folio Real número cero uno - cero setenta y siete milsetecientos diecinueve - cero cero cero Inscripción dos, propiedad de esteDepartamento. Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las docehoras y treinta minutos del día diez de marzo del año dos mil tres. Dr.JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13857-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL DE APOPA,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que en el JuicioEjecutivo Civil, promovido por el Licenciado JOSE EDGARDO SALI-NAS, como Apoderado Especial Judicial del FONDO SOCIAL PARALA VIVIENDA, Institución de Crédito, Autónoma, de Derecho Público,del domicilio de San Salvador; contra el señor ANGEL TITO ZELADAMOLINA, conocido por ANGEL TITO MOLINA ZELADA, de vein-tiocho años de edad a la fecha del contrato, empleado, de este domicilio;reclamándole el pago de DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS DIEZCOLONES TREINTA Y UN CENTAVOS, equivalentes a UN MILOCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO DOLARES CON CUAREN-TA Y SEIS CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOSDE AMERICA, en concepto de capital, más los intereses pactados,Primas de Seguro de Vida Colectivo Decreciente y de Daños a laPropiedad, todo hasta su completo pago, transacción o remate, y CostasProcesales; se ha ordenado VENDER EN PUBLICA SUBASTA, eneste mismo Juzgado, en fecha y por el precio que oportunamente seindicará, el inmueble urbano y construcciones que contiene, marcadocon el número CATORCE del Grupo DIECINUEVE, Pasaje CUATROde la URBANlZACION LOS ANGELES, situada en jurisdicción deApopa, Departamento de San Salvador, cuya localización, medidas ylinderos son los siguientes: LOTE NUMERO CATORCE DEL GRUPONUMERO DIECINUEVE: a partir de la intersección de la Calle Toma-yate y el pasaje número cuatro abiertos en la urbanización, se miden sobreel eje del pasaje número cuatro, cuarenta y uno punto cincuenta metros,con rumbo Sur, cero dos grados cuarenta y tres punto cero minutos Estey con deflexión derecha de noventa grados y una distancia de dos puntocincuenta metros se llega al esquinero Noreste del lote que se describe,el cual tiene las medidas y linderos siguientes: AL ESTE: con distanciade cinco metros y rumbo Sur cero dos grados cuarenta y tres punto cerominutos Este, linda con lote número uno del grupo número veinticuatro,pasaje número cuatro de por medio de cinco metros de ancho; AL SUR:con distancia de doce metros y rumbo Sur ochenta y siete gradosdiecisiete punto cero minutos Oeste, linda con lote número dieciséis delgrupo número diecinueve; AL OESTE: con distancia de cinco metros yrumbo Norte cero dos grados cuarenta y tres punto cero minutos Oeste,linda con lote número trece del grupo número diecinueve; AL NORTE:con distancia de doce metros y rumbo Norte ochenta y siete gradosdiecisiete punto cero minutos Este, linda con lote número doce del gruponúmero diecinueve. El lote así descrito tiene un área de SESENTAMETROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUN-TO OCHENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS.- Inscrito en elRegistro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección delCentro, al Número: CINCUENTA, folio DOSCIENTOS NOVENTA YSIETE, del Libro CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y

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173DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

SIETE, actualmente trasladado al Sistema de Folio Real Computarizado,en el Asiento número: CERO CERO CERO UNO, de la Matrícula MCERO CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL QUI-NIENTOS TREINTA Y SIETE.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las catorce horastreinta y nueve minutos del día diez de marzo del año dos mil tres. Dra.VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DELO CIVIL. - Lic. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. 13862-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecuciónseguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE EDGARDO SALI-NAS, apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA Institu-ción Oficial de Crédito, de este domicilio, que se abrevia "EL FONDO",contra la señora SILVIA SUSANA DEL CID REYES, mayor de edad,estudiante, del domicilio de Cuscatancingo, actualmente de domicilioignorado y representada por su Curador Especial Licenciado MARIOERNESTO RUBIO SANCHEZ, reclamándole cantidad de colones ydemás accesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado,el bien inmueble embargado siguiente: un Lote de terreno urbano,construido por la Sociedad Cuéllar Batista, S.A. de C.V., marcado conNUMERO DIECISIETE del sector SETENTA Y SIETE, Pasaje cuaren-ta y dos, de la urbanización RESIDENCIAL VILLA HERMOSA,situada en los Cantones San Luis Mariona, Barranca Honda y El Angel,de la Jurisdicción de Cuscatancingo, de este Departamento, de unaextensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTAMETROS CUADRADOS; tiene un área construída de sistema mixto deveinticinco metros cuadrados, y cuyas medidas perimetrales son: ALNORTE, cinco metros; AL ORIENTE, diez punto cincuenta metros; ALSUR, cinco metros; Y AL PONIENTE, diez punto cincuenta metros.-Dicho Inmueble se encuentra inscrito a favor de la señora SILVIASUSANA DEL CID REYES, según Matrícula número M CERO UNMILLON TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA YUNO, del Registro Social de Inmuebles de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las docehoras del día catorce de marzo de dos mil tres. - Dr. JOSE MANUELMOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. - Br. ALEXALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13853-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecuciónpromovida en este Juzgado por el LICENCIADO GUILLERMO GUIDOSALARCON, Apoderado de la SOCIEDAD ARRINSA LEASING S.A.DE C.V., contra la SOCIEDAD CHICKEN S.A. DE C. V., se venderáen pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por el precio queoportunamente se indicará el bien mueble embargado siguiente: unvehículo Placas P-391223, cuyas características son las siguientes:Clase: AUTOMOVIL, Marca: HONDA, Modelo CIVIC EX, año MILNOVECIENTOS NOVENTA Y TRES, Color: NEGRO, Número deChasis: JHMEH NUEVE CINCO NUEVE XPS CERO CERO DOSSEIS SEIS SIETE, Número de Chasis-Vin: JHMEH NUEVE CINCONUEVE XPS CERO CERO DOS SEIS SEIS SIETE, Número de Motor:D UNO SEIS Z SEIS DOS TRES CERO CUATRO SIETE SEIS TRES,Capacidad: CINCO ASIENTOS, vehículo propiedad de la Sociedaddemandada.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las diez horas del día veintitrés de septiembre del dos mildos. - Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL. - Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DEALAS, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. 13849-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley que en Juicio CivilEjecutivo, acumulado el primero, clasificado bajo el Número 09-EC-02,proveniente del Juzgado Tercero de lo Civil, promovido por el LICEN-CIADO RICARDO ERNESTO RODRIGUEZ SIGUENZA como Apo-derado de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA EL DESARRO-LLO ECONOMICO Y SOCIAL, que se abrevia FUSADES, contra losseñores MARIO EDUARDO MOISA MONTANO y MARGARITAELIZABETH MONTANO DE MOISA conocida por MARGOTH DEMOISA, queda acumulado en el Juicio Ejecutivo, clasificado con elnúmero de referencia 462-EC-01, promovido por el LICENCIADORICARDO ERNESTO RODRIGUEZ SIGUENZA, Apoderado de laFUNDACION SALVADOREÑA PARA EL DESARROLLO ECO-NOMICO Y SOCIAL contra la señora MARGARITA ELIZABETHMONTANO DE MOISA conocida por MARGOTH DE MOISA, que seabrevia FUSADES, se venderá en pública subasta en este mismoJuzgado, en fecha y por el precio que oportunamente se indicará el bieninmueble embargado siguiente: un lote de terreno urbano y construccio-nes que contiene marcado en el plano respectivo con el Número Uno, dela Parcelación Residencial Jardines de San Francisco, situado enJurisdicción de la ciudad de San Salvador, desmembrado que fue del lotenúmero doce del Block L, de la Urbanización Lomas de San Francisco,lote que se localiza así: partiendo de la intercepción de los ejes de la CalleCircunvalación y Pasaje Número uno y que tiene un estacionamiento decero más novecientos setenta y seis punto noventa y cinco, se mide conrumbo Sur cincuenta y tres grados treinta minutos con cero décimos deminuto Oeste una distancia de setenta y ocho metros cero centímetros, sellega a un punto sobre el eje del pasaje número uno y que tiene unestacionamiento de cero más cero setenta y ocho punto cero, desde aquícon deflexión derecha de noventa grados se mide con rumbo Norte,treinta y seis grados treinta minutos cero décimas de minutos Oeste unadistancia de ocho metros cero centímetros. Se llega al mojón Sureste, dellote que se describe, el cual tiene las siguientes medidas y linderos: ALSUR: línea recta de veintiún metros cero centímetros y rumbo Norte,treinta y seis grados treinta minutos cero décimas de minuto Oeste, lindapor este rumbo con lote número trece de la misma sub-parcelación, ALPONIENTE: línea recta de diez metros cincuenta centímetros y rumboNorte cincuenta y tres grados treinta minutos cero décimas de minutoEste, linda por este rumbo con lote número doce de la mismasubparcelación, AL NORTE: línea recta de veintiún metros cero centí-metros y rumbo Sur, treinta y seis grados treinta minutos cero décimasde minuto Este, linda por este rumbo con lote número dos de la mismasubparcelación y AL ORIENTE: línea recta de diez metros cincuentacentímetros y rumbo Sur, cincuenta y tres grados treinta minutos cerodécimas de minutos Oeste, linda por este rumbo con lote número tres delblock M, de la Urbanización Lomas de San Francisco, propiedad de SolMillet e Hijos S.A. de C.V., pasaje número uno de por medio. El lote asídescrito tiene un área de DOSCIENTOS VEINTE METROS CUADRA-DOS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes aTRESCIENTAS QUINCE VARAS CUADRADAS CON CUAREN-TA Y NUEVE CENTESIMOS DE VARA CUADRADA. Inmuebleinscrito a favor de la demandada bajo el Sistema de Folio Real, MatrículaNúmero CERO UNO- UNO UNO TRES CERO SIETE CERO- CEROCERO CERO del Registro de la Propiedad de este Departamento.

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174 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a quince horas con diez minutos del día diecisiete de enerodel dos mil tres. -Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZSEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDESCACERES DE ALAS, SECRETARIA Inta.

3 v. alt. No.13807-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecuciónpromovida en este Juzgado por la LICENCIADA SILVIA RAQUELCHAVARRIA SANTOS, apoderada del FONDO SOCIAL PARA LAVIVIENDA, contra la señora LUCILA DEL CARMEN ALFAROMERINO, conocida por LUCILA DEL CARMEN MERINO ALFA-RO, se venderá en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y porel precio que oportunamente se indicará, el bien inmueble embargadosiguiente: UN LOTE URBANO marcado en el plano respectivo con elnúmero cuarenta, Polígono cincuenta y seis, dicho lote forma parte de laurbanización denominada Ciudad Futura, ubicada en la jurisdicción deCuscatancingo, Departamento de San Salvador, cuyas medidas y linde-ros son los siguientes: partiendo del punto del vértice de los ejes delpasaje número cincuenta y nueve A y pasaje número cincuenta y nueveambos abiertos en la Urbanización se mide sobre el segundo eje conrumbo Norte ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintiochosegundos Oeste y distancia de ciento veintidós punto cincuenta metros endonde con una deflexión izquierda de noventa grados y distancia de dospunto cincuenta metros se llega al esquinero Noreste o mojón númerouno del lote que a continuación se describe; mide y linda: AL ORIENTE:partiendo del mojón número uno con rumbo Sur cero grados treinta y unminutos treinta y dos segundos Oeste y distancia de doce punto cerometros, se llega al mojón número dos lindando por este tramo con lotenúmero cuarenta y uno del mismo Polígono y Urbanización; AL SUR:Partiendo del mojón número dos con rumbo Norte ochenta y ocho gradosveintiocho minutos veintiocho segundos Oeste y distancia de cincopunto cero metros se llega al mojón número tres, lindando por este tramocon lote número veinticinco del mismo polígono y Urbanización. ALPONIENTE: partiendo del mojón número tres con rumbo Norte cerogrados, treinta y un minutos treinta y dos segundos Este y distancia dedoce punto cero metros, se llega al mojón número cuatro, lindando poreste tramo con lote número treinta y nueve del mismo polígono yurbanización. AL NORTE: partiendo del mojón número cuatro conrumbo Sur ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintiocho segun-dos Este y distancia de cinco punto cero metros se llega al mojón númerouno, de donde se inició la presente descripción lindando por este tramocon lote número dieciocho, polígono número cincuenta y siete de lamisma Urbanización, pasaje número cincuenta y nueve de cinco puntocero metros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene un área deSesenta punto cero metros cuadrados equivalente a ochenta y cinco puntoochenta y cinco varas cuadradas. Contiene un área construída de veintepunto cero metros cuadrados. El inmueble antes descrito está inscrito afavor de la demandada bajo el Sistema de Folio Real Matrícula númeroCERO UNO-UNO DOS DOS DOS SIETE DOS-CERO CERO CEROINSCRIPCION CUATRO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEESTE DEPARTAMENTO.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las diez horas del día veintiuno de marzo del dos miltres.- Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DELO CIVIL. - Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DEALAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No.13769-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVILDE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por ejecuciónseguida en este Tribunal por el Doctor JOSE SANTOS CHANG HER-NANDEZ, apoderado de la señora MARIA ANGELICA FIGUEROADE TAMACAS, conocida por DORA DE TAMACAS, mayor de edad,Oficios del Hogar, de este domicilio, contra la señora ANA JULIACRUZ DE ERQUICIA, mayor de edad, Secretaria Comercial, deldomicilio de San Salvador, reclamándole cantidad de colones y demásaccesorios legales, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el bieninmueble embargado siguiente: sobre el resto de un inmueble rústico,descrito en su antecedente como SEGUNDO INMUEBLE, situado enel Cantón Barra de Santiago, jurisdicción de Jujutla, Departamento deAhuachapán, en el lugar denominado "Los Limones", que según descrip-ción técnica levantada al efecto por el Arquitecto Alberto Gil, se describeasí: a partir del vértice Norponiente, mide y linda: AL NORTE, línearecta con rumbo Sur sesenta y seis grados once punto cuatro minutosEste, con una distancia de treinta y tres metros treinta y cuatro centíme-tros, linda con terreno de inmueble general de donde se desmembró el quese describe, propiedad de la señora Sara Margarita Duque viuda de Cruz,calle de tierra de seis metros de ancho de por medio, abierta en elinmueble general que conduce a la Barra de Santiago, hasta empalmarcon la Carretera del Litoral, AL ORIENTE, tres tramos, primero línearecta con rumbo Sur veinticuatro grados cuarenta y seis punto tresminutos Oeste con una distancia de cincuenta y ocho metros sesentacentímetros; segundo, línea recta con rumbo Sur sesenta y cinco gradoscatorce punto cuarenta y dos minutos Este, con una distancia de dieciséismetros cincuenta centímetros; y tercero, línea recta con rumbo Surveinticuatro grados cuarenta y seis punto tres minutos Oeste, con unadistancia de sesenta metros lindando en estos tres tramos con terrenospropiedad de las señoras Clelia Margarita Rodríguez de Figueroa,conocida por Clelia Rodríguez de Figueroa y Carmen Elena FigueroaRodríguez, AL SUR, línea recta con rumbo Norte sesenta y nueve gradoscincuenta y cinco punto nueve minutos Oeste, con una distancia detreinta y cinco metros ochenta y nueve centímetros, linda con el OcéanoPacífico, playas nacionales de por medio. Y AL PONIENTE, trestramos: primero, línea recta con rumbo Norte veinticinco grados cin-cuenta y siete punto nueve minutos Este con una distancia de sesenta ydos metros cuarenta y nueve centímetros, linda con terrenos del señorJosé Ricardo Cruz Parada; segundo, recta con rumbo Sur sesenta y cincogrados diecinueve punto cuarenta y dos minutos Este, con una distanciade dieciséis metros cincuenta centímetros y linda con terrenos vendidosa las señoras Clelia Margarita Rodríguez de Figueroa, conocida porClelia Rodríguez de Figueroa y Carmen Elena Figueroa Rodríguez;tercero, recta con rumbo Sur veinticuatro grados cuarenta y seis puntotres minutos Oeste, con una distancia de cincuenta y ocho metros sesentacentímetros y linda con las señoras Clelia Margarita Rodríguez deFigueroa, conocida por Clelia Rodríguez de Figueroa, y Carmen ElenaFigueroa Rodríguez, llegando así al inicio de la presente descripción. ElInmueble antes descrito tiene una extensión superficial de CUATROMIL CIENTO CUARENTA Y UNO PUNTO CUARENTA Y NUEVEMETROS CUADRADOS, equivalentes a CINCO MIL NOVECIEN-TAS VEINTICINCO PUNTO SESENTA Y CUATRO VARAS CUA-DRADAS. Inscrito a favor de la señora ANA JULIA CRUZ DEERQUICIA, bajo el Número OCHENTA Y DOS del Libro SEISCIEN-TOS CINCUENTA Y OCHO, del Registro de la Propiedad del Depar-tamento de Ahuachapán.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las docehoras con veinte minutos, del día once de marzo de dos mil tres. - Dr.JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No.13762-3

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175DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE PAZ DE ESTE DISTRITOJUDICIAL, LICENCIADA ANA AMERICA LORENA RODRI-GUEZ AVELAR, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada MARIA ISABEL MANCIA VIDES en su calidad deApoderada General Judicial de la Financiera CALPIA, SOCIEDADANONIMA, en contra de las señoras CONY ELIZABETH LOPEZACEVEDO y REINA SUSANA LOPEZ ACEVEDO, reclamándolescantidad de dinero más accesorios legales, se venderá en Pública Subastalos bienes muebles siguientes: un Televisor Marca SANYO de veintepulgadas, Modelo D S dos cinco cuatro tres cero, Serial: V cinco unoocho uno cero ocho seis uno ocho cinco cuatro cero cero color negro, sincontrol remoto; un equipo de sonido marca AIWA de tres CD, Modelonúmero C X- N V siete cero L H.-

Librado en el JUZGADO TERCERO DE PAZ: SAN SALVA-DOR, a las quince horas treinta y cinco minutos del día cinco deseptiembre del año dos mil dos. - Licda. ANA AMERICA LORENARODRIGUEZ AVELAR, JUEZ TERCERO DE PAZ. - Licda. BLAN-CA LIDIA FLORES DE CACERES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13729-3

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la señoraMARIA MILIANA VASQUEZ, de sesenta y cinco años de edad, deoficios domésticos, del domicilio de Conchagua, Departamento de LaUnión, solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO, de unaporción de terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Conchaguita,de la Jurisdicción de Conchagua, distrito y Departamento de La Unión,de la capacidad superficial de DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTAY CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderossiguientes: AL SUR, veintiocho metros con Francisca Vásquez; alNORTE, treinta y seis metros cincuenta y cuatro centímetros con MaríaLuisa Vásquez Cueva de Hernández; al ORIENTE, setenta metros, conHoracio Canales Molina, Lucía Vásquez Cueva y María Luisa Cueva deHernández, camino vecinal de por medio; al PONIENTE, setenta y dosmetros con Hirleman René Muñós Vásquez. Dicho inmueble lo valúa enla suma de DIEZ MIL COLONES, y lo adquirió por compra verbal quehizo al señor TUBURCIO CUEVA, ya fallecido.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecinueve díasdel mes de marzo del dos mil tres.-Lic. EVELIO DE JESUS RIOSALFARO, JUEZ DE LO CIVIL. - Br. JORGE ALBERTO PEREZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13657-3

CONVOCATORIA

José Gustavo Arias M., Socio de Deloitte & Touche, Ltda. de C.V. (antesArias, Morales y Cía.) Auditores Externos de Productos AlimenticiosDiana, S.A. de C.V., convoca a sus accionistas a Junta General Ordinariaque se celebrará el día 21 de mayo de 2003, de las 9:00 A.M., horas enadelante, en los Salones CAMBRIDGE y SAVOY del Hotel Princess,situado en Avenida Las Magnolias y Boulevard del Hipódromo, Coloniasan Benito, de la ciudad de San Salvador, conforme a la siguiente agenda:

I. Comprobación del quórum y firma del acta respectiva.

II. Lectura del Acta de Junta General Anterior.

III. Conocer de la Memoria de Labores de Junta Directiva por elperíodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre 2002,a fin de aprobar o improbarla.

IV. Informe sobre depuración de contabilidad de las cifras al 31de diciembre de 2001.

V. Balance General al 31 de diciembre de 2002 y el estado deresultados por el año terminado en esa fecha y el informe delos Auditores Externos por el mismo período, a fin de aprobaro improbar los dos primeros.

VI. Nombramiento de los Auditores Externos, Financiero y Fis-cal y fijación de sus emolumentos.

VII. Aplicación de resultados del ejercicio que finalizó el 31 dediciembre del 2002.

Para instalar legalmente dicha Junta, se necesita que estén presen-tes o representadas por lo menos la mitad mas una de las acciones queintegran el capital de la Sociedad o sea novecientos cincuenta y cinco milcuatrocientos cincuenta y uno acciones y para tomar resoluciones válidasse requiere la mayoría de votos de las acciones presentes.

Si no hubiera quórum en la fecha antes mencionada, se convocapara el día siguiente 22 de mayo del año en curso, en el mismo lugar yhora, fecha en la que se celebrará con las acciones presentes y represen-tadas que asistan, y los acuerdos se tomarán por mayoría de votospresentes.

San Salvador, veinticinco de abril de 2003.

Deloitte & Touche, Ltda. de C.V.

Auditores Externos.

Registro No. 2103.

JOSE GUSTAVO ARIAS MOLINA

Socio Registro No. 503.

3 v. alt. No. 14600-3

CONVOCATORIA

El Presidente en representación de la Junta Directiva de la CompañíaRefinería Petrolera Acajutla, S.A. de C.V., convoca a los señoresaccionistas a Junta General Ordinaria, que se celebrará en sus oficinassituadas en Km. 9 1/2, Carretera al Puerto de La Libertad, Nueva SanSalvador, La Libertad, a las diez horas del día 20 de mayo del dos mil tres.

Para conocer y resolver la siguiente agenda:

1. Lectura y aprobación del Acta de la sesión anterior.

2. Aprobación de la Memoria Anual correspondiente al períododel 1º de Enero al 31 de Diciembre del 2002.

3. Aprobación de los Estados Financieros (Balance General yEstado de Resultados y Utilidades Retenidas) al 31 de Di-ciembre del 2002.

4. Elección de Directores y fijación de su remuneración.

5. Elección del Auditor Externo y señalamiento de su remune-ración.

6. Elección del Auditor Fiscal y señalamiento de su remunera-ción.

7. Aplicación de Utilidades.

8. Autorización para certificar acuerdos.

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176 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Para el establecimiento del quórum deberán estar presentes orepresentadas el 50% más uno de las acciones y las resoluciones seránválidas con el voto de la mayoría de los votos presentes o representados.De no haber quórum en la fecha y hora antes indicada por este medio sehace segunda convocatoria para celebrar esta Junta con la misma agenda,en el mismo lugar anteriormente señalado el día veintitrés de mayo delcorriente año a las diez horas, con el número de acciones que esténpresentes o representadas y las resoluciones de esta Junta se tomarán pormayoría de los votos correspondientes a las acciones presentes o repre-sentadas.

San Salvador a los veintiocho días del mes de abril del dos mil tres.

Ing. Raúl Elías Reyes,

Presidente.

3 v. alt. No. 14466-3

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de SanMiguel, y el de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida GeneralLarios, número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de LaUnión,

HACE SABER: que ante mi oficios se tramita TITULO SUPLE-TORIO, por CARMEN BONILLA VIUDA DE VELASQUEZ, desetenta y cuatro años de edad, de oficios domésticos, del domicilio deConcepción de Oriente, en relación a un terreno de naturaleza rústica,situado en el lugar Caserío Chaguitillo, Cantón El Molino, de la jurisdic-ción de Concepción de Oriente, de este distrito, Departamento de LaUnión, de la capacidad superficial de DIEZ MIL SETECIENTOSDIECISIETE METROS, OCHENTA DECIMETROS CUADRADOSque tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, setentametros con PABLO VELASQUEZ, JUAN ANGEL DIAZ BONILLA,camino vecinal de por medio; AL NORTE, ciento cuarenta y cincometros, doscientos cuarenta y ocho milímetros, con ALFREDO MAR-TINEZ, cerco de alambre y piña de por medio del colindante, ALPONIENTE, cincuenta y seis metros, con TRANSITO BONILLA; cercode alambre de por medio del colindante, y AL SUR, ciento noventa ycinco metros, con ENCARNACION ARIAS VIUDA DE BONILLA;cerco de piña y alambre de por medio propio; en dicho inmueble hayconstruidas dos casas techos de tejas, una paredes de adobe y la otraparedes de ladrillo, una de once varas de largo por seis de ancho, y la otrade doce varas de largo por seis varas de ancho, con sus instalaciones deenergía eléctrica, carece de cultivos.- Lo hubieron por compra informalhecha a la señora ISABEL BONILLA, ya difunta, desde el año de milnovecientos setenta.- Que lo posee quieta, pacífica, sin interrupción yproindivisión con nadie, por más de diez años consecutivos.-

SANTA ROSA DE LIMA, diez de abril de dos mil tres.-

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 13637-3

JOSE DIMAS ROMERO, Notario, del domicilio de la ciudad de SanMiguel, y el de esta ciudad con DESPACHO, en Avenida General Larios,número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión,

HACE SABER: que ante mis oficios se tramita TITULO SUPLE-TORIO por LUCIO TURCIOS UMANZOR, de cuarenta y cuatro años

de edad, agricultor, del domicilio de Pasaquina, en relación a un terrenode naturaleza rústica, situado en el Cantón Santa Clara, de la jurisdicciónde Pasaquina, de este distrito, Departamento de La Unión, de la capaci-dad superficial de CIENTO NOVENTA Y NUEVE METROS CUA-DRADOS que mide y linda: AL NORTE, dieciocho metros, con BLAN-CA NORMA UMANZOR; cerco de alambre de la colindante, ALORIENTE, once metros, setenta y tres centímetros, con EZEQUIELRODRIGUEZ PAZ, ISAIAS RODRIGUEZ, camino vecinal de pormedio, AL PONIENTE, doce metros, cincuenta centímetros, conCRISTINO PAZ REYES, cerco de alambre de por medio propio, y ALSUR, quince metros, con ESPERANZA DIAZ cerco de piña de pormedio de la colindante; hay construida una casa techo de tejas, paredesde bahareque, de ocho por cinco varas, carece de cultivos.- Lo adquiriópor la compra Informal hecha al señor CRISTINO PAZ, ya difunto,desde el año de mil novecientos setenta y ocho.- Que lo posee quieta,pacífica, sin interrupción y proindivisión con nadie, por más de diez añosconsecutivos.-

SANTA ROSA DE LIMA, diez de abril de dos mil tres.-

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 13638-3

JOSE DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de SanMiguel, y el de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida GeneralLarios, número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de LaUnión,

HACE SABER: que ante mis oficios se tramita TITULO SUPLE-TORIO, por SANTOS GALVEZ VIUDA DE GARCIA, de cincuenta ynueve años de edad, Ama de casa, del domicilio de Concepción deOriente, en relación a un terreno de naturaleza rústica, situado en elCantón El Zapote, de la jurisdicción de Concepción de Oriente, de estedistrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial deDIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE ME-TROS, OCHENTA Y OCHO DECIMETROS, DIEZ CENTIMETROSCUADRADOS que tiene las medidas y linderos siguientes: AL ORIEN-TE, ciento setenta y tres metros, ochenta y nueve centímetros, conFRANCISCO TURCIOS, y CISTA GARCIA; AL NORTE, doscientosdiez metros, setenta y siete centímetros, con CORINA TURCIOS yPAULINO TURCIOS; AL PONIENTE, veintitrés metros, cuarenta y uncentímetros, con JUAN VELASQUEZ; y AL SUR, ciento noventa y tresmetros, noventa y cinco centímetros, con CIRILO MARTINEZ, PLACI-DO VELASQUEZ y SANTOS TURCIOS; en dicho inmueble hayconstruida una casa techo de tejas paredes de adobe de nueve varas delargo por seis de ancho, con un corredor, una cocina y un cuarto, con susrespectivas instalaciones de energía eléctrica y agua potable, carece decultivos.- Lo adquirió, por compra Informal hecha al señor LUCIOGARCIA VELASQUEZ, desde el año de mil novecientos ochenta yocho.- Que lo posee quieta, pacífica, e ininterrumpidamente, sin proin-división con nadie, lo posee por más de diez años consecutivos.-

Santa Rosa de Lima, diez de abril de dos mil tres.-

Dr. JOSE DIMAS ROMANO,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. 13636-3

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177DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

El infrascrito Alcalde Municipal,

AVISA: que a esta oficina se ha presentado la señora PAULINAANTONIA GUZMAN, mayor de edad, Ama de casa, de este domicilio,con Documento Unico de Identidad, número: 01849785-5; NIT. No.0305-020420-101-1; Solicitando a su favor Título de Propiedad yDominio de Un Inmueble de Naturaleza Urbana, situado en el BarrioVeracruz, de la población de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate,controlado por el CNR, Sector: 0304U02, Parcela 214, Area Catastral:229 076 METROS CUADRADOS, que linda: NORTE: FAUSTOENRIQUE SIERRA LEIVA, SUR: CELIA GUZMAN GODINEZ,ORIENTE: VICENTE ARMANDO CHACON, Calle 15 de Septiembrede por medio; y PONIENTE: FAUSTO ENRIQUE SIERRA y ALON-SO SIERRA SANCHEZ; en dicho Inmueble se encuentran construídasdos viviendas paredes de ladrillo y techo de duralita; lo tiene porposesión material por más de quince años consecutivos, y la posesiónconsiste en cuidarlo, habitar en él, hacerle mejoras, todo a ciencia ypaciencia de vecinos en general y colindantes en especial, lo estima en$ 12,000.00, los colindantes son de este domicilio.-

Alcaldía Municipal: Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, aveintidós de abril del año dos mil tres. SANTOS INOCENCIO SINECIOSIERRA, ALCALDE MUNICIPAL. JOAQUIN ADALBERTO MOLI-NA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 13679-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD.

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARTAALICIA CRUZ AVILES, de veintiséis años de edad, doméstica, solterade este domicilio, con Documento Unico de Identidad numero: Cero unoocho siete nueve seis cinco cero. Solicitando Título de Propiedad, de unInmueble de Naturaleza Urbano, situado en el Barrio El Centro de estaCiudad. Cuya extensión superficial es de: CINCUENTA METROSCUADRADOS, CUARENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRA-DOS. Siendo sus medidas, linderos y colindancias las siguientes: ALORIENTE: Diez metros y linda con propiedad de DOLORESANASTASIO TICAS. AL SUR: Cuatro metros, cuarenta y tres centíme-tros, linda con propiedad del señor DOLORES ANASTASIO TICAS;AL PONIENTE: Nueve metros, treinta y seis centímetros, linda conpropiedad del señor LUIS LACAYO, Calle al Cementerio de por medio,y AL NORTE: Seis metros y linda con el resto del terreno general del cualse desmembra el terreno descrito. Este terreno posee una casa dehabitación paredes de adobe, techo de teja. El Inmueble descrito, no essirviente, ni dominante, no tiene cargas o derechos reales ajenos que loafecten, ni está en proindivisión con nadie y lo adquirió por compraventaa la señora: PAULA PINEDA, y lo posee por más de quince añosconsecutivos. Todos los colindantes son de este domicilio y se avisa alpúblico para los demás efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Isidro, a siete de abril del dos mil tres.JOSE IGNACIO BAUTISTA, ALCALDE MUNICIPAL. ROSICELAMARTINEZ VIDES, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 13732-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado laseñora GREGORIA MARTINEZ, mayor de edad, de este domicilio, conDocumento Unico de Identidad cero un millón ciento cincuenta y cincomil ochocientos veintinueve-cuatro, Número de Identificación Tributa-ria cero ochocientos once-ciento diez mil ciento seiscientos cincuenta ydos ciento uno-tres, solicitando a su favor Título Municipal de uninmueble de Naturaleza Urbano, situado en el Barrio El Calvario, CalleLa Rando de esta Villa, de una extensión superficial de Ciento cuarentametros con veinte centímetros cuadrados, de las medidas y colindanciassiguientes: Al Oriente: doce metros con setenta centímetros, linda con

MARTHA REYES; Al Norte: once metros con sesenta centímetros,linda con ANGELA MARTINEZ; Al Poniente: Ocho metros, consesenta centímetros, linda con MARIA MILAGRO SERRANOGALVEZ; y Al Sur: Trece metros con cincuenta centímetros, linda conTOMAS MARTINEZ INOCENTE, todos los colindantes son de estedomicilio, no es predio dominante ni sirviente, no tiene cargas niderechos reales que pertenezcan a otra persona con quien hubiereproindivisión, y lo valúa en CINCO MIL COLONES.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos legales.

DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE LA VILLA DESAN JUAN TALPA, a los veintitrés días del mes de abril del año dos miltres.- Cnel. OTTO EFRAIN VARELA CISNEROS, ALCALDE MUNI-CIPAL. Br. CARLOS ERNESTO OLMEDO FIGUEROA, SECRETA-RIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. 13852-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Tipcom Center, S.A. de C.V. Convoca a susaccionistas para celebrar Junta General Ordinaria en las oficinas de lasociedad, situadas en 7a Av. Sur y 1a Calle Oriente de la ciudad de SantaAna; de las nueve horas en adelante, el día veintinueve de mayo del añodos mil tres, para tratar la siguiente:

AGENDA.

I- Verificación del Quórum y firma del Acta de asistencia.

II- Lectura y discusión del Acta Anterior.

III- Lectura y discusión de la Memoria del año 2002.

IV- Presentación y discusión de los Estados Financieros al 31 deDiciembre del 2002 y toma de decisión de los resultados.

V- Informe del Auditor

VI- Nombramiento del Auditor y fijación de sus Emolumentos.

VII- Varios.

Para Celebrar esta Junta deberá estar presente por lo menos la mitadmás una de las acciones. osea 201 acciones. Ninguna persona podrárepresentar más del 25% del total de las acciones. Caso no hubierequórum se convoca por este mismo medio para el día treinta de mayo delaño dos mil tres, en la dirección y hora indicada; y se celebrará la Juntacon cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas.

Santa Ana, 23 de abril de 2003.

Lic. SANDRA EUGENIA NOYOLA DE ALFARO,

DIRECTOR-SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13597-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Tipografía Comercial S.A de C.V. Convoca a susaccionistas para celebrar Junta General Ordinaria en las oficinas de lasociedad, situadas en 7a Av. Sur y 1a Calle Oriente, de la ciudad de SantaAna; de las diez treinta horas en adelante, el día veintinueve de mayo delaño dos mil tres, para tratar la siguiente agenda:

AGENDA:

I- Verificación del Quórum y firma del Acta de asistencia.

II- Lectura y discusión del Acta anterior.

III- Lectura y discusión de la Memoria del año 2002.

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178 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

IV- Presentación y discusión de los Estados Financieros al 31 dediciembre del 2002 y toma de decisión de los resultados.

V- Informe del Auditor.

VI- Nombramiento del Auditor y fijación de sus Emolumentos.

VII- Elección de nueva Junta Directiva para un período de dosaños.

VIII- Varios.

Para celebrar esta Junta deberá estar presente por lo menos la mitadmás una de las acciones o sea 3,001 acciones. Ninguna persona podrárepresentar más del 25% del total de las acciones. Caso no hubierequórum se convoca por este mismo medio para el treinta de mayo del añodos mil tres, en la dirección y hora indicada; y se celebrará la Junta concualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas.

Santa Ana, 23 de abril del 2,003.

Lic. SANDRA EUGENIA NOYOLA DE ALFARO,

DIRECTOR-SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13598-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Cabezas S.A de C.V.; Convoca a sus accionistaspara celebrar Junta General Ordinaria en las oficinas de TIP COM.Situadas en 7a. Av. Sur y 1a. Calle Oriente, de la ciudad de Santa Ana;de las catorce horas treinta minutos en adelante, el día veintinueve demayo del año dos mil tres, para tratar la siguiente:

AGENDA

I. Verificación del Quórum y firma del Acta de asistencia.

II. Lectura y discusión del Acta anterior.

III. Lectura y discusión de la Memoria del año 2002.

IV. Presentación y discusión de los Estados Financieros al 31 dediciembre del 2002 y toma de decisión de los resultados.

V. Informe del Auditor.

VI. Nombramiento del Auditor y fijación de sus Emolumentos.

VII. Elección de nueva Junta Directiva para un período de dosaños.

VIII. Varios.

Para celebrar esta Junta deberá estar presente por lo menos la mitadmás una de las acciones o sea 1,200 acciones. Ninguna persona podrárepresentar más del 25% del total de las acciones. Caso no hubierequórum se convoca por este mismo medio para el treinta de mayo del añodos mil tres, en la dirección y hora indicada; y se celebrará la Junta concualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas.

Santa Ana, 23 de abril del 2,003.

Lic. Sandra Eugenia Noyola de Alfaro,

Director-Secretario.

3 v. alt. No. 13600-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad FARMACIA SAN CARLOS, S.A. DEC.V., convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONIS-TAS, a celebrarse en el local situado en Edificio Saca, Pasaje Montalvo# 113 de esta Ciudad, a las quince horas del día veintiocho de mayo dedos mil tres, para conocer y resolver la siguiente agenda:

I Comprobación de quórum.

II Lectura del Acta de Junta General Anterior.

III Informe de la Junta Directiva.

IV Presentación del Balance General, el Estado de Resultados eInforme del Auditor Externo del ejercicio comprendido del 1de enero al 31 de diciembre de 2002.

V. Aplicación de Resultados.

VI Nombramiento del auditor externo y fijación de sus honora-rios.

VII Nombramiento del auditor fiscal y fijación de sus honorarios.

VIII Otros puntos que de conformidad a la ley puedan ser tratadosen esta junta.

Para la celebración de la Junta Ordinaria de Accionistas se requie-ren la concurrencia directa o por representación, de la mitad más una delas acciones con derecho a voto, y para tomar resoluciones se requiereel voto de la mitad más una de las acciones presentes o representadas enla sesión. En caso de no haber quórum a la hora y fecha señalada, seconvoca por segunda vez a las quince horas del día treinta de mayo delcorriente año en el mismo lugar, y el quórum se hará con cualquiera quesea el número de acciones presentes, y se tomará resolución con lamayoría de votos presentes.

San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil tres.

FRANCISCO ZACARIAS SACA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 13644-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad LABORATORIOS LAKINSACA,S.A. DE C.V., convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE AC-CIONISTAS, a celebrarse en el local situado en: Edificio Saca, PasajeMontalvo, # 113 de esta ciudad, a las dieciséis horas del día veintiochode mayo de dos mil tres, para conocer y resolver la siguiente agenda:

I - Comprobación de Quórum

II- Lectura del Acta de Junta General Anterior

III- Informe de la Junta Directiva

IV- Presentación del Balance General, el Estado de Resultados ein- forme del Auditor Externo del Ejercicio comprendido del1 de enero al 31 de diciembre de 2002.

V- Aplicación de Resultados

VI- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

VII- Otros puntos que de conformidad a la ley puedan ser tratadosen esta junta.

Para la celebración de la Junta Ordinaria de Accionistas se requie-ren la concurrencia directa o por representación, de la mitad más una delas acciones con derecho a voto, y para tomar resoluciones se requiere elvoto de la mitad más una de las acciones presentes o representadas enla sesión. En caso de no haber quórum a la hora y fecha señalada, seconvoca por Segunda vez a las dieciséis horas del día treinta de mayo del

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179DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

corriente año en el mismo lugar, y el quórum se hará con cualquiera quesea el número de acciones presentes, y se tomará resolución con lamayoría de votos presentes.

San Salvador, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil tres.

FRANCISCO ZACARIAS SACA,

Segundo Director.

3 v. alt. No. 13641-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad DISTRIBUIDORA ELECTRICA DEUSULUTAN, S.A. DE C.V., convoca a sus Accionistas para queconcurran a la Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebraráa partir de las catorce horas del día veintinueve de mayo del dos mil tres,en las oficinas administrativas de la Sociedad, ubicadas en CentroComercial, Plaza Oriente, local B, de la ciudad de Usulután.

La agenda de la Junta General será la siguiente:

1. Establecimiento de quórum.

2. Lectura del Acta de la sesión anterior.

3. Presentación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva.

4. Presentación de los estados financieros de la Sociedad, co-rrespondiente al ejercicio económico de año dos mil dos.

5. Presentación del Informe del Auditor Externo.

6. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

7. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

8. Distribución de las utilidades.

9. Elección de la Junta Directiva.

La Junta General se considerará legalmente instalada al encontrar-se presentes y representados los porcentajes legales de las DOSCIEN-TOS SESENTA MIL ACCIONES (260,000) que conforman el capitalsocial así:

Para la primera convocatoria, con la asistencia y representación dela mitad más una de las acciones o sea CIENTO TREINTA MIL UNAACCIONES (130,001) y las resoluciones se tomarán por mayoría de losvotos presentes sino hubiere quórum para realizar la sesión en primeraconvocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrarla Junta General Ordinaria en segunda convocatoria a las catorce horasdel día treinta de mayo del dos mil tres, en el mismo lugar señalado parala primera convocatoria.

Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituidocualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y lasresoluciones se tomarán con la mayoría de los votos presentes.

Usulután, veinticinco de abril del dos mil tres.

MANUEL ENRIQUE HANDAL HASBUN,

DIRECTOR SECRETARIO,

JUNTA DIRECTIVA DISTRIBUIDORA ELECTRICA

DE USULUTAN, S.A. DE C. V.

3 v. alt. No. 13713-3

CONVOCATORIA

El Administrador Unico de la Sociedad INVERSIONES GUINO, S.A.DE C. V., convoca a los accionistas de la Sociedad para el día viernes 17de mayo, del presente año, a las once horas, en el domicilio ubicado enKilómetro 8 1/2 Autopista a Comalapa, San Marcos, a efecto de tratar lasiguiente agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

1. Verificación del quórum y firma del acta de asistencia.

2. Lectura del acta anterior.

3. Presentación y aprobación de la Memoria Anual de Laborescorrespondiente al ejercicio comprendido del 01 de enero al31 de diciembre del 2002.

4. Presentación del Balance General y Estado de Pérdidas yGanancias correspondientes al Ejercicio Económico del 01de enero al 31 de diciembre del 2002.

5. Informe del Auditor Externo correspondiente al EjercicioEconómico del 01 de enero al 31 de diciembre del 2002.

6. Aplicación de utilidades correspondientes al ejercicio quefinalizó el 31 de diciembre del 2002.

7. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

8. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

9. Autorización de la Sociedad referente al Artículo 275 ordinalIV del Código de Comercio.

10. Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda discutirse de conformidad a la ley o al pacto social.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:

1. Establecimiento del Quórum y firma del acta de asistencia.

2. Aumento de Capital

Para celebrar Asamblea General Ordinaria en Primera Convocato-ria deberán estar presentes o representadas, la mitad más uno de lasacciones de la Sociedad y se tomará resolución por la mayoría de votospresentes. De no haber quórum en la primera convocatoria, por estemismo medio se convoca para celebrar esta Junta General Ordinaria eldía lunes 29 de mayo, a las once horas, en el mismo local antes indicado,en cuyo caso se celebrará con cualquier número de acciones presentes yse tomará resolución por mayoría de votos presentes.

Para conocer del asunto de carácter extraordinario en primeraconvocatoria deberán estar presentes o representadas las tres cuartaspartes de todas las acciones y se tomará resolución con igual proporción.De no haber quórum en primera convocatoria, por este medio se convocapor segunda vez, para el día lunes 19 de mayo, a las once horas en elmismo local indicado, en cuyo caso será necesario la presencia de lamitad más uno de las acciones y número de votos necesarios para tomarresolución serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.

San Marcos, veinticinco de abril del año dos mil tres.

Ing. MAXIMILIANO GUILLERMO NOVOA YUDICE,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 13988-3

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180 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CONVOCATORIA

El Administrador Unico de la Sociedad INVERSIONES MANO, S.A.DE C. V., convoca a los accionistas de la Sociedad para el día viernes 17de mayo, del presente año, a las once y media horas, en el domicilioubicado en Kilómetro 8 1/2 Autopista a Comalapa, San Marcos, a efectode tratar la siguiente agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

1. Verificación del quórum y firma del acta de asistencia.

2. Lectura del acta anterior.

3. Presentación y aprobación de la Memoria Anual de Laborescorrespondiente al ejercicio comprendido del 01 de enero al31 de diciembre del 2002.

4. Presentación del Balance General y Estado de Pérdidas yGanancias correspondientes al ejercicio económico del 01de enero al 31 de diciembre del 2002.

5. Informe del Auditor Externo correspondiente al EjercicioEconómico del 01 de enero al 31 de diciembre del 2002.

6. Aplicación de utilidades correspondientes al Ejercicio quefinalizó el 31 de diciembre del 2002.

7. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

8. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

9. Autorización de la Sociedad referente al Artículo 275 ordinalIV del Código de Comercio.

10. Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda discutirse de conformidad a la ley o al pacto social.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:

1. Establecimiento del quórum y firma del acta de asistencia.

2. Aumento de Capital.

Para celebrar Asamblea General Ordinaria en Primera Convocato-ria deberán estar presentes o representadas, la mitad más uno de lasacciones de la Sociedad y se tomará resolución por la mayoría de votospresentes. De no haber quórum en la primera convocatoria, por estemismo medio se convoca para celebrar esta Junta General Ordinaria eldía lunes 19 de mayo, a las once y media horas, en el mismo local antesindicado, en cuyo caso se celebrará con cualquier número de accionespresentes y se tomará resolución por mayoría de votos presentes.

Para conocer del asunto de carácter extraordinario en primeraconvocatoria deberán estar presentes o representadas las tres cuartaspartes de todas las acciones y se tomará resolución con igual proporción.De no haber quórum en primera convocatoria, por este medio se convocapor segunda vez, para el día lunes 19 de mayo, a las once y media horasen el mismo local indicado, en cuyo caso será necesario la presencia dela mitad más uno de las acciones y número de votos necesarios para tomarresolución serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.

San Marcos, veinticinco de abril del año dos mil tres.

Ing. MAXIMILIANO GUILLERMO NOVOA YUDICE,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 13993-3

CONVOCATORIA

El Administrador Unico de la Sociedad INVERSIONES MAROBE,S.A. DE C. V., convoca a los accionistas de la Sociedad para el díaviernes 17 de mayo, del presente año, a las doce horas, en el domicilioubicado en Kilómetro 8 1/2 Autopista a Comalapa, San Marcos, a efectode tratar la siguiente agenda:

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

1. Verificación del quórum y firma del acta de asistencia.

2. Lectura del acta anterior.

3. Presentación y aprobación de la memoria anual de laborescorrespondiente al ejercicio comprendido del 01 de enero al31 de diciembre del 2002.

4. Presentación del Balance General y Estado de Pérdidas yGanancias correspondientes al Ejercicio Económico del 01de enero al 31 de diciembre del 2002.

5. Informe del Auditor Externo correspondiente al ejercicioeconómico del 01 de enero al 31 de diciembre del 2002.

6. Aplicación de utilidades correspondientes al ejercicio quefinalizó el 31 de diciembre del 2002.

7. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

8. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

9. Autorización de la Sociedad referente al Artículo 275 ordinalIV del Código de Comercio.

10. Cualquier otro asunto que propongan los accionistas y quepueda discutirse de conformidad a la ley o al pacto social.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO:

1. Establecimiento del quórum y firma del acta de asistencia.

2. Aumento de Capital.

Para celebrar Asamblea General Ordinaria en Primera Convocato-ria deberán estar presentes o representadas, la mitad más uno de lasacciones de la Sociedad y se tomará resolución por la mayoría de votospresentes. De no haber quórum en la primera convocatoria, por estemismo medio se convoca para celebrar esta Junta General Ordinaria eldía lunes 19 de mayo, a las doce horas, en el mismo local antes indicado,en cuyo caso se celebrará con cualquier número de acciones presentes yse tomará resolución por mayoría de votos presentes.

Para conocer del asunto de carácter extraordinario en primeraconvocatoria deberán estar presentes o representadas las tres cuartaspartes de todas las acciones y se tomará resolución con igual proporción.De no haber quórum en primera convocatoria, por este medio se convocapor segunda vez, para el día lunes 19 de mayo, a las doce horas en elmismo local indicado, en cuyo caso será necesario la presencia de lamitad más uno de las acciones y número de votos necesarios para tomarresolución serán las tres cuartas partes de las acciones presentes.

San Marcos, veinticinco de abril del año dos mil tres.

Ing. MAXIMILIANO GUILLERMO NOVOA YUDICE,

ADMINISTRADOR UNICO.

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181DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad EMPRESA ELECTRICA DE ORIEN-TE, S.A. DE C.V., convoca a sus accionistas para que concurran a laJunta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de lasdiez horas del día veintinueve de mayo del dos mil tres, en las instalacio-nes del Hotel Trópico Inn, situado en la Avenida Roosevelt Sur, de laCiudad de San Miguel.

La agenda de la Junta General será la siguiente:

1. Establecimiento de quórum.

2. Lectura del acta de la sesión anterior.

3. Presentación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva.

4. Presentación de los estados financieros de la Sociedad, co-rrespondiente al ejercicio económico del año dos mil dos.

5. Presentación del Informe del Auditor Externo.

6. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

7. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

8. Destino y distribución de las utilidades.

9. Bonificación para los accionistas minoritarios.

10. Elección de la Junta Directiva.

La Junta General, se considerará legalmente instalada al encontrar-se presentes y representando los porcentajes legales de las DOS MILLO-NES OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NO-VENTA Y SEIS ACCIONES (2,863,596), que conforman el capitalsocial así: para la primera convocatoria, con la asistencia y representa-ción de la mitad más una de las acciones o sea UN MILLON CUATRO-CIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUE-VE ACCIONES (1,431,799) y las resoluciones se tomarán por mayoríade los votos presentes.

Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convoca-toria por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la JuntaGeneral Ordinaria en segunda convocatoria a las diez horas del día treintade mayo del dos mil tres, en el mismo lugar señalado por la primeraconvocatoria.

Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituidocualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y lasresoluciones se tomarán con mayoría de los votos presentes.

San Miguel, veinticinco de abril del dos mil tres.

EDWIN MAXIMILIANO GALVEZ,

DIRECTOR SECRETARIO JUNTA DIRECTIVA

EMPRESA ELECTRICA DE ORIENTE, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 13711-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad COMPAÑIA DE ALUMBRADOELECTRICO DE SAN SALVADOR, S. A. DE C.V., convoca a susAccionistas para que concurran a la Junta General Ordinaria de Accio-

nistas, que se celebrará a partir de las diecisiete horas del día veintiochode mayo del dos mil tres, en las instalaciones del Hotel RealIntercontinental, situado en Bulevar de Los Héroes, de la ciudad SanSalvador,

La Agenda de la Junta General será la siguiente:

1.- Establecimiento del quórum.

2.- Lectura del acta de la sesión anterior.

3.- Presentación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva.

4.- Presentación de los Estados Financieros de la Sociedad,correspondientes al ejercicio económico del año 2002.

5.- Presentación del informe del Auditor Externo.

6.- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

7.- Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

8.- Distribución de utilidades.

9.- Bonificación para los accionistas minoritarios.

10.- Elección de la Junta Directiva.

Esta Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada alencontrarse presentes o representados los porcentajes legales de lasVEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTAS CUARENTA Y CUA-TRO MIL SEISCIENTAS TREINTA (24,644,630) acciones, que con-forman el capital social así:

Para la primera convocatoria, con la asistencia y representación dela mitad más una de las acciones o sea DOCE MILLONES TRESCIEN-TAS VEINTIDOS MIL TRESCIENTAS DIECISEIS ACCIONES(12,322,316) y las resoluciones se tomarán por mayoría de los votospresentes.

Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convoca-toria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la JuntaGeneral Ordinaria en segunda convocatoria, a las diecisiete horas del díaveintinueve de mayo del dos mil tres, en el mismo lugar señalado para laprimera convocatoria.

Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituidocualquiera que sea el número de accionistas presentes o representadas ylas resoluciones se tomarán con mayoría de los votos presentes.

San Salvador, veintiuno de abril del dos mil tres.

SALVADOR OSWALDO SORIANO MARTINEZ,

DIRECTOR SECRETARIO JUNTA DIRECTIVA

COMPAÑIA DE ALUMBRADO ELECTRICO DE

SAN SALVADOR, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 13709-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de ORGANIZACION FARMACEUTICA, S.A., poreste medio convoca a los socios, para celebrar sesión de Junta GeneralOrdinaria de Accionistas de la Sociedad, para tratar asuntos de carácter

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182 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Ordinario, la cual se llevará a cabo a partir de las dieciséis horas el día 23de mayo del año dos mil tres en Hotel HOLIDAY INN ubicado en Urb.y Blvd.. Santa Elena a 400 mts. al Norte de Embajada Americana, SanSalvador.

Para tratar la siguiente AGENDA:

l. Establecimiento y verificación del quórum.

2. Lectura del acta anterior.

3. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva;Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias e informedel Auditor, del Ejercicio que finalizó el 31 de Diciembre del2002.

4. Aplicación de utilidades.

5. Nombramiento del Auditor Externo y de sus honorarios.

6. Elección de Junta Directiva período 2003-2006.

7. Fijación de dietas a los administradores de la empresa.

8. Autorización a los administradores para que pueda realizarlos actos contemplados en los ordinales III y IV, del Artículo275, del Código de Comercio.

9. Información sobre fusión de las Compañías Orfasa-Impulsoray resolver cualquier otro asunto de interés para la sociedad.

Para que pueda celebrarse dicha Junta en sesión Ordinaria, serequiere que estén presentes o representadas la mitad más una de lasacciones, es decir mil trescientas setenta y seis acciones.

En caso de no haber quórum a la hora y fecha señaladas. Por estemedio se convoca para celebrar la sesión con la misma Agenda, el día 24de mayo del 2003, en el mismo lugar y hora, cualquiera que sea el númerode acciones presentes o representados.

Dr. JOSE HERBERT ALLISAT BERDUGO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13889-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de IMPULSORA, S. A., por este medio convoca a lossocios, para celebrar sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas dela Sociedad, para tratar asuntos de carácter Ordinario, la cual se llevaráa cabo a partir de las dieciocho horas el día 24 de mayo del año dos miltres en Hotel HOLIDAY INN ubicado en Urb. y Blvd. Santa Elena a 400mts. al Norte de Embajada Americana, San Salvador. Para tratar lasiguiente AGENDA:

l. Establecimiento y verificación del quórum.

2. Lectura del acta anterior.

3. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva;Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias e informedel Auditor, del Ejercicio que finalizó el 31 de Diciembre del2002.

4. Aplicación de utilidades.

5. Nombramiento del Auditor Externo y de sus honorarios.

6. Elección de Junta Directiva período 2003-2006.

7. Fijación de dietas a los administradores de la empresa.

8. Autorización a los Administradores para que puedan realizarlos Actos contemplados en los ordinales III y IV, del Artículo275, del Código de Comercio.

9. Información sobre fusión de las Compañías Orfasa-Impulsoray resolver cualquier otro asunto de interés para la sociedad.

Para que pueda celebrarse dicha Junta en sesión Ordinaria, serequiere que estén presentes o representadas la mitad más una de lasacciones, es decir seis mil quinientas una acciones.

En caso de no haber quórum a la hora y fecha señaladas. Por estemedio se convoca para celebrar la sesión con la misma Agenda, el día 25de mayo del 2003, en el mismo lugar y hora, cualquiera que sea el númerode acciones presentes o representadas.

Dr. JOSE HERBERT ALLISAT BERDUGO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13888-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de EMPRESARIOS PROFESIONALES, S. A., poreste medio convoca a los socios, para celebrar sesión de Junta GeneralOrdinaria de Accionistas de la Sociedad, para tratar asuntos de carácterOrdinario, la cual se llevará a cabo a partir de las catorce horas el día 24de mayo del año dos mil tres en Hotel HOLIDAY INN, ubicado en Urb.y Blvd. Santa Elena a 400 mts. al Norte de Embajada Americana, SanSalvador.

Para tratar la siguiente AGENDA:

1. Establecimiento y verificación del quórum.

2. Lectura del acta anterior.

3. Lectura de la Memoria de Labores de la Junta Directiva;Balance General, Estado de Pérdidas y Ganancias e informedel Auditor, del Ejercicio que finalizó el 31 de Diciembre del2002.

4. Aplicación de utilidades.

5. Nombramiento del Auditor Externo y de sus honorarios.

6. Fijación de dietas a los administradores de la empresa.

7. Autorización a los Administradores para que puedan realizarlos Actos contemplados en los ordinales III y IV, del Artículo275, del Código de Comercio.

8. Resolver cualquier otro asunto de interés para la sociedad yotros.

Para que pueda celebrarse dicha Junta en sesión Ordinaria, serequiere que estén presentes o representadas la mitad más una de lasacciones, es decir ocho mil setecientos cincuenta y tres acciones.

En caso de no haber quórum a la hora y fecha señaladas. Por estemedio se convoca para celebrar la sesión con la misma agenda, el día 25de mayo del 2003, en el mismo lugar y hora, cualquiera que sea el númerode acciones presentes o representados.

Dr. MAURICIO VALLADARES AREVALO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13890-3

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183DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE HERRAMIENTAS CENTROAMERI-CANAS, S.A. DE C.V.

Convoca a sus accionistas para celebrar Junta General Ordinaria que sellevará a cabo a las ocho horas del día 30 de mayo de dos mil tres, en lasoficinas de la Sociedad situada en el kilómetro cinco y medio delBoulevard del Ejército Nacional, Soyapango, para tratar los siguientespuntos de agenda:

PUNTOS A TRATAR

1. Establecimiento de quórum.

2. Lectura del acta anterior.

3. Memoria anual de labores de Junta Directiva.

4. Presentación del Balance General y Estados de Resultados al31 de diciembre de 2002.

5. Informe del Auditor.

6. Aplicación de utilidades.

7. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

8. Otros que puedan discutirse y resolverse de conformidad a laley.

De acuerdo al Pacto Social para que pueda celebrarse la JuntaGeneral Ordinaria, es necesario que estén presentes y/o representadas lamitad más una de las acciones o sea 50,001 acciones. En caso que nohubiere quórum en la fecha indicada, se convoca por segunda vez parael día 31 del corriente a la misma hora y en el mismo lugar en cuyo casose celebrará la Junta Ordinaria para tratar la agenda mencionada anterior-mente, con cualquier cantidad de acciones presentes o representadas.

San Salvador, veintitrés de abril de dos mil tres.

HERRAMIENTAS CENTROAMERICANAS, S.A. DE C.V.

Ing. EDGAR EDMUNDO ORTIZ,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 13894-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva del INGENIO LA CABAÑA, S.A. DE C.V., convocaa sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA YEXTRAORDINARlA, a celebrarse en el Hotel Terraza, situado en 85Avenida Sur y Calle Padres Aguilar, Colonia Escalón, de esta ciudad, eldía veintinueve de mayo del dos mil tres, a las nueve horas. El quórumlegal para celebrar sesión que tratará asuntos de carácter ordinario, seráde la mitad más una de las acciones en que está dividido el Capital Socialy las resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes. Deno haber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día treinta delmismo mes, a la misma hora y en el mismo lugar. En este caso, la sesiónque tratará asuntos de carácter ordinario se llevará a cabo con el númerode accionistas presentes o representados y sus resoluciones se tomarán

por mayoría de los votos presentes. El quórum legal necesario, paracelebrar sesión que tratará asuntos de carácter extraordinario, será de lastres cuartas partes de las acciones en que está dividido el Capital Socialy las resoluciones serán validas si se toman con igual proporción. De nohaber quórum en la fecha señalada, se convoca para el día treinta delmismo mes, a la misma hora y en el mismo lugar. En este caso el quórumnecesario para celebrar sesión que tratará de asuntos de carácter extraor-dinario será de la mitad más una de las acciones que componen el CapitalSocial y las resoluciones serán válidas si se toman con las tres cuartaspartes de las acciones presentes. La Agenda para tal sesión será lasiguiente:

PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO

1.- Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior de Asam-blea General de accionistas.

2.- Lectura de la memoria de labores de la Junta Directiva.

3.- Presentación de estados financieros correspondientes al ejer-cicio Económico de 2002.

4.- Dictamen e informe del Auditor Externo.

5.- Aprobación de la memoria de labores de la Junta Directiva yde los Estados Financieros del Ejercicio Económico de 2002.

6.- Aplicación de resultados.

7.- Elección cuarto Director Suplente.

8.- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

9.- Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

PUNTO UNICO DE CARACTER EXTRAORDINARIO

1. - Modificación del Capital Social.

Ing. ALFREDO PACAS DIAZ,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 13910-3

CONVOCATORIA

El suscrito administrador único de la sociedad AUTOREPUESTOS ELCASTAÑO, S.A. DE C. V. certifica que en los folios números 50 y 51del libro de actas de Junta General que lleva esta sociedad, se encuentrael acta número veintiséis de fecha treinta de diciembre del año dos mildos, en la cual se discutió y aprobó el punto número III que literalmentedice:

III- Modificación del pacto social por aumento de capital social mínimo.

El administrador único presentó a discusión la modificación del pactosocial por aumento del capital social mínimo, de veinte mil colones a cienmil colones, es decir que el incremento sería de ochenta mil colones.

Dichas acciones serán cubiertas con pasivo que la sociedad tiene a favorde la señora OLGA LILIAN GALVEZ DE GONZALEZ y del señorMARIO TULIO GONZALEZ MURCIA.

La suscripción de las acciones del aumento será de la siguientemanera:

El señor Mario Tulio González Murcía cuatrocientas acciones conun valor nominal de cien colones cada una,

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184 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La señora OLGA LILIAN GALVEZ DE GONZALEZ cuatrocien-tos acciones con un valor de cien colones cada una.

Con dicho aumento el capital social será de ciento cincuenta ynueve mil ochocientos colones, compuesto de un capital social de cienmil colones y capital social variable de cincuenta y nueve mil ochocien-tos colones,

La Junta en pleno discutió ampliamente la mosión presentada porel administrador único, aprobando el acuerdo de aumento del capitalsocial mínimo. Autorizando al administrador único para que haga lostrámites pertinentes.

Es conforme con su original el cual se confrontó en el municipio deColón a los treinta días del mes de diciembre el año dos mil dos.

MARIO TULIO GONZALEZ MURCIA,

3 v. alt. Nº. 13843-3

CONVOCATORIA

El suscrito a nombre de la Junta Directiva de "LABORATORIOSPHARMASIL, S.A. DE C. V.", por este medio CONVOCA a JuntaGeneral Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas a celebrarse en lasinstalaciones que ocupa la sociedad, ubicadas en Parque Industrial yComercial Desarrollo, kilómetro 7 1/2 Antigua Carretera Panamericana,Soyapango, San Salvador, a partir de las 17:30 horas en adelante del díajueves 29 de mayo del presente año. Caso no hubiere quórum en la fechaseñalada, se celebrará en segunda convocatoria, de las 18:30 horas enadelante del día viernes 30 del mismo mes y año, en el lugar antesseñalado.

La Agenda que se conocerá en Junta General Ordinaria es la siguiente:

I. Establecimiento de Quórum.

II. Lectura y aprobación del Acta anterior.

III. Memoria de las actividades desarrolladas durante el períodocomprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2002.

IV. Conocer el Balance General y el Estado de Pérdidas yGanancias del período económico del 1 de enero al 31 dediciembre de 2002.

V. Informe del Auditor Externo.

VI. Aprobación o improbación de la Memoria y Estados Finan-cieros antes mencionados.

VII. Aplicación de Utilidades.

VIII. Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal y fija-ción de sus emolumentos.

La Agenda que se conocerá en Junta General Extraordinaria es lasiguiente:

I. Establecimiento de Quórum.

II. Aumento de Capital.

Para conocer de los asuntos contenidos en la Agenda de JuntaGeneral Ordinaria en la primera fecha de convocatoria, deberá estarrepresentada en la Junta General, por lo menos, la mitad más una de lasacciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones sólo serán válidascuando se adopten por la mayoría de los votos presentes. Si no hubierequórum para conocer de los asuntos de referencia, se consideraráválidamente constituida dicha Junta, en segunda convocatoria, cualquie-ra que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones seadoptarán por mayoría de los votos presentes.

Para conocer de los asuntos contenidos en la Agenda de JuntaGeneral Extraordinaria en primera fecha de convocatoria, deberá estarrepresentada, por lo menos, las tres cuartas partes de todas las accionesde la Sociedad y para formar resolución se necesitará igual proporción.Si no hubiere quórum para conocer de los asuntos de referencia, seconsiderará válidamente constituida dicha Junta, en segunda convocato-ria, con la asistencia de la mitad más una de las acciones que componenel capital social y sus resoluciones serán válidas cuando se adopten porlas tres cuartas partes de las acciones presentes.

Soyapango, veinticuatro de abril de dos mil tres.

Lic. JOSE WALBERTO MASIN,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 13787-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de "INMOBILIARIA AMERICANA, S.A. DEC.V.", de este domicilio, por este medio convoca a los accionistas dedicha Sociedad, a celebrar sesión de JUNTA GENERAL ORDINA-RIA DE ACCIONISTAS, para tratar asuntos de carácter Ordinario, eldía VEINTIUNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL TRES, a lasNUEVE HORAS, en las oficinas de La Centro Americana, S.A.,situadas en Alameda Roosevelt, número tres mil ciento siete, de estaciudad; para celebrar sesión y tratar asuntos de carácter Ordinario, esnecesario que comparezcan o estén presentes o representadas, por lomenos la mitad más una de las acciones que componen el capital social,es decir, doscientas ochenta y cinco mil una acciones.

La Agenda a tratar es la siguiente:

1. Establecimiento del quórum y firma de la lista de asistencia.

2. Lectura y aprobación de la Memoria de Junta Directiva; yaprobación del Balance General al treinta y uno de diciembrede dos mil dos y del Estado de Pérdidas y Ganancias por elperíodo comprendido entre el uno de enero de dos mil dos altreinta y uno de diciembre de dos mil dos.

3. Informe del Auditor.

4. Aplicación de utilidades.

5. Elección de Junta Directiva y fijación de sus emolumentos.

6. Nombramiento de Auditor Externo y de Auditor Fiscal yasignación de sus honorarios.

En caso de no haber quórum en la Primera convocatoria, seconvoca por este mismo aviso, para celebrar la Junta General Ordinariade Accionistas, en SEGUNDA CONVOCATORIA, el día VEINTI-DOS DE MAYO del mismo año, a las nueve horas, en el mismo lugar,considerándose debidamente reunida la Junta General Ordinaria, cual-quiera que sea el número de acciones presentes o representadas.

San Salvador, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos miltres.

Lic. RUFINO GARAY AYALA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 13935-3

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185DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad HOSPITAL DE LA MUJER, S.A. DEC.V., convoca a los Señores Accionistas a JUNTA GENERAL, que secelebrará el día 20 de mayo del año dos mil tres, a las diecinueve horaspara conocer de asuntos ordinarios y a las veinte horas para conocer deasuntos extraordinarios, en las instalaciones de las oficinas administra-tivas del Hospital de la Mujer, S.A. de C.V., ubicadas en Calle Juan JoséCañas, Col. Escalón, de esta ciudad, para conocer y resolver sobre lasiguiente AGENDA:

Puntos de Carácter Ordinario:

1. Verificación del Quórum.

2. Lectura y aprobación del Acta Anterior.

3. Lectura y aprobación de la Memoria de Labores de la JuntaDirectiva durante el año de 2002.

4. Conocer del Balance General y Estado de Resultados del año2002.

5. Informe de los Auditores Externos.

6. Aplicación de utilidades.

7. Elección de Junta Directiva período 2003-2005 y fijación delas dietas.

8. Nombramiento de los Auditores Externos, Auditor Fiscal yfijación de sus honorarios.

Puntos de Carácter Extraordinario:

1. Aumento de Capital Social, en su parte fija o variable. De no haberquórum el día indicado, por este mismo medio se convoca para el día 27de mayo, en el mismo lugar y horas ya señaladas.

Para que la JUNTA GENERAL se pueda celebrar será necesario elsiguiente quórum: para ASUNTOS ORDINARIOS, será necesario queesté presente el 50% más una de las acciones que componen el capitalsocial, o sea, 146,585 acciones y las resoluciones sólo serán válidascuando se tomen por la mayoría de los votos presentes; y en segundaconvocatoria se celebrará con los Socios que asistan, y se tomaráresolución con la mayoría de votos presentes.

Para tratar asuntos de carácter extraordinario en primera convocatoriaserá necesario que esté presente el 75% del Capital Social, o sea, 219,877acciones y se tomará resolución con igual proporción. En segundaconvocatoria será necesario que esté presente la mitad más una de lasacciones que conforman el capital social y se tomará resolución con el75% de las acciones presentes.

San Salvador, 04 de abril del año dos mil tres.

Dr. JOSE MARIO VEGA ALVAREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 14055-3

CONVOCATORIA

El Administrador Unico de la Sociedad convoca a los accionistas de laSociedad Empaques Automáticos Salvadoreños, S.A. de C. V. a JuntaGeneral Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, en primera convoca-toria para el día lunes 19 de mayo del presente año, a las ocho horas, enel domicilio de la Sociedad ubicado en Prolongación Calle El ProgresoNo.2022 y 37 Avenida Sur, Colonia Flor Blanca, San Salvador, sinohubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, se convoca parael día 20 de mayo del año en curso, en el mismo lugar y hora.

AGENDA

ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO:

I. Comprobación del quórum y firma del acta respectiva.

II. Lectura del Acta anterior.

III. Conocer de la Memoría de Labores de la Junta Directiva, porel período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre2002.

IV. Conocer del Balance General y Estados de Resultado al 31de diciembre de 2002 e informe del Auditor Externo, por elmismo período.

V. Aplicación de las Utilidades.

VI. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

VII. Autorización a los Directores, a que se refiere el Art. 275 (III)del Código de Comercio.

ASUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIO

I. Aumento de Capital de la Sociedad.

II. Varios.

Para instalar legalmente dicha Junta, en lo que se refiere a losasuntos de carácter ordinario, se necesita que estén presentes o represen-tadas por lo menos la mitad más una de las acciones que integran elcapital de la Sociedad o sea doce mil setecientas treinta y una acciones,y para tomar resoluciones válidas se requiere la mayoría de votos de lasacciones presentes o representadas.

Para instalar legalmente dicha Junta, en lo que se refiere a losasuntos de carácter extraordinario, se necesita que estén presentes orepresentadas por lo menos las tres cuartas parte de las acciones queintegran el capital de la Sociedad o sea doce mil setecientas treinta y unaacciones y para tomar resoluciones válidas se requiere igual proporción.

Si no hubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, se convocapara el día 17 de mayo del año en curso, en el mismo lugar y hora, ensegunda convocatoria, estableciéndose la Junta de carácter ordinario concualquier número de socios que asistan o que estén debidamente repre-sentados y los acuerdos se tomarán por mayoría de votos presentes orepresentados; y para conocer del punto de carácter extraordinario serequerirá la presencia o representación de la mitad más una de lasacciones y se tomará resolución con el voto favorable de las tres cuartaspartes de las acciones presentes.

Se conocerá y resolverá sobre los temas contenidos en la AGENDAque se adjunta.

Esperando contar con su asistencia, me es grato suscribirme,

Ing. MAXIMILIANO GUILLERMO NOVOA YUDICE,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. Nº. 14095-3

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad TENERIA EL BUFALO, S.A. DEC.V., convoca a los accionistas a la Junta General Ordinaria de Accio-nistas, a celebrarse a las nueve horas del día 21 de mayo de 2003, en lasoficinas de la Sociedad, instaladas en Final 5a. Avenida Norte de laciudad de Santa Ana, en primera convocatoria, y en caso de no haberquórum legal correspondiente a la hora y fecha señalada se establecesegunda convocatoria a las nueve horas del día siguiente en la mismadirección. La agenda será la siguiente:

1. Establecimiento del quórum.

2. Lectura del acta anterior.

3. Lectura y aprobación de memoria de labores de la JuntaDirectiva, por el período comprendido entre el 1 de enero y el31 de diciembre de 2002.

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4. Lectura y aprobación del Balance General y Estado dePérdidas y Ganancias por el ejercicio económico terminadoel 31 de diciembre de 2002.

5. Informe del Auditor externo.

6. Elección de Junta Directiva.

7. Nombramiento del auditor externo, auditor fiscal y la fijaciónde sus emolumentos.

8. Varios.

El quórum legal para celebrar sesión y para tratar asuntos decarácter ordinario en primera convocatoria, se necesitan que esténrepresentadas por lo menos la mitad más una de las acciones de lasociedad y para adoptar acuerdos válidos se necesitan de la mayoría delas acciones presentes. Caso de no haber quórum a la hora y fechaseñaladas se cita en segunda convocatoria a las nueve horas del día 22del mismo mes y año, y en el mismo lugar, en este caso para tratar asuntosde carácter ordinario se formará con cualquier número de accionespresentes y se tomará acuerdo con la mayoría de las acciones presentes.

Santa Ana, 22 de abril de 2003.

GLORIA ANGELICA DE EGAN,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 14172-3

CONVOCATORIA

Estimado Accionista:

La Junta Directiva de CORPORACION AHORROMET, S.A. DE C.V.,de este domicilio por este medio CONVOCA a sus accionistas, a celebrarJunta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, la cual secelebrará en el Auditórium de la Asociación Salvadoreña de Industriales(ASI) en Calle Roma y Liverpool Colonia Roma de esta ciudad a las ochohoras del día jueves veintidós de mayo del año dos mil tres, para tratar lospuntos contenidos en la siguiente agenda:

PUNTOS DE CARACTER ORDINARIOS

1- Establecimiento de Quórum.

2- Lectura y aprobación del Acta Anterior.

3- Presentación de la Memoria de Labores y Estados Financie-ros de la Sociedad, correspondiente al ejercicio económicodel año 2002.

4- Presentación del Informe del Auditor Externo.

5- Aprobación de la Memoria de Labores y Estados Financierosde la Sociedad, correspondiente al ejercicio Económico delaño 2002.

6- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolu-mentos.

7- Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

8- Aplicación de Utilidades.

9- Cualquier asunto que propongan los accionistas y puedadiscutirse conforme a la ley.

PUNTOS DE CARACTER EXTRAORDINARIOS

1- Establecimiento de Quórum.

2- Disolución y liquidación de la Sociedad.

3- Nombramiento del Consejo de Liquidadores y Ejecutores Especia-les.

Para que la Junta General Ordinaria se declare válidamente insta-lada será necesario que estén presentes o representadas la mitad más unade todas las acciones de la sociedad, o sea 250,001 acciones; y susresoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes.

Y para que la Junta General Extraordinaria se declare válidamenteinstalada será necesario que estén presentes o representadas las trescuartas partes de todas las acciones de la sociedad, o sea 375,000acciones; y sus resoluciones serán válidas con igual proporción.

Si no se lograse el quórum de asistencia antes establecido paracelebrar la Junta General Ordinaria, nuevamente se convoca a losAccionistas a celebrar sesión en segunda convocatoria que se celebraráa la misma hora y lugar, el día veintitrés de mayo del 2003, en cuyo casose celebrará la Junta, con cualquiera que sea el número de las accionespresentes o representadas y se tomará resolución con la mayoría de losvotos presentes.

Si no se lograse el quórum de asistencia antes establecido paracelebrar la Junta General Extraordinaria nuevamente se convoca a losAccionistas a celebrar sesión en segunda convocatoria que se celebraráa la misma hora y lugar el día veintitrés de mayo del 2003, en cuyo casose celebrará la Junta, con la mitad más una de las acciones que componenel capital social y se tomará resolución con las tres cuartas partes de losvotos presentes.

JUAN F. SALAVERRIA P.

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 14215-3

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DELA SOCIEDAD COLEGIO GARCIA FLAMENCO, S.A. DE C.V., ALOS ACCIONISTAS DE LA MISMA,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-tas de la sociedad, celebrada en esta ciudad el día once de abril del añoen curso, se acordó aumentar el capital de la sociedad, por nuevasaportaciones de los socios, en la suma de DOSCIENTOS TREINTA YCUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA TREINTA Y CINCO CEN-TAVOS DE DOLAR, por lo que podrán hacer uso del derecho que lesconfiere al Art. 157 del Código de Comercio, dentro del plazo de quincedías contados a partir de la tercera publicación de este aviso.

San Salvador, 22 de abril de dos mil tres.

Ing. ARNOLDO POCASANGRE,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13586-3

AVISO

La infrascrita Ejecutora Especial del acuerdo de Junta General Extraor-dinaria de Accionistas de la Sociedad SSPROT, S.A. DE C. V., sociedadanónima, del domicilio de San Salvador, de conformidad a lo ordenadoen los Artículos 177 y 486 del Código de Comercio,

HACE SABER: que según resolución tomada en Junta GeneralExtraordinaria de la sociedad, celebrada en Nueva San Salvador, el 15 de

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187DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

abril de 2003, suscrita ante los oficios de la Notaria ANA CORALIAMIRANDA GIRON, se tomó el ACUERDO que literalmenteDICE: "PUNTO UNICO: Modificación del Pacto Social en lo relativo alCAPITAL DE LA SOCIEDAD en su Cláusula QUINTA, el cualrequiere ser AUMENTADO del monto actual de CUARENTA MILCOLONES a la suma de CIEN MIL COLONES, en cumplimiento a loestablecido en los Artículos Ciento noventa y dos Numeral primero, y Unmil quinientos sesenta y seis inciso primero del Código de Comercio.Sometida que fue la agenda a discusión y aprobación se resolvió la mismade la siguiente manera: Se acuerda por unanimidad aumentar el capitalsocial en la suma de SESENTA MIL COLONES, para alcanzar un montototal de CIEN MIL COLONES, mediante la emisión de SESENTAnuevas acciones de MIL COLONES cada una.”

Nueva San Salvador, quince de marzo de dos mil tres.

DOLORES ANGELA PALACIOS AZUCENA DE MARTINEZ,

EJECUTORA ESPECIAL.

3 v. alt. Nº. 13708-3

AVISO

El suscrito representante legal de la Sociedad MULTI APLICACIO-NES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que seabrevia Multi Aplicaciones, S.A. de C. V., AL PUBLICO EN GENE-RAL,

HACE SABER: que en base al Artículo doscientos treinta y tres delCódigo de Comercio se celebró Junta Extraordinaria de Accionistas eldía treinta y uno de marzo del dos mil tres, en el domicilio de la sociedady por unanimidades acordó: AUMENTAR EL CAPITAL MININOACTUAL DE DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO 71/100 DOLA-RES EQUIVALENTES A VEINTE MIL COLONES A TREINTA YCUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARESSETENTA Y UN CENTAVOS DE DOLAR EQUIVALENTES ATRESCIENTOS MIL COLONES. Emitiéndose en consecuencia nuevasacciones del valor nominal de CIENTO CATORCE DOLARES VEIN-TINUEVE CENTAVOS DE DOLAR equivalentes a UN MIL COLO-NES cada una de ellas. Dichas acciones han sido suscritas y pagadas ensu totalidad al momento de celebrarse la junta referida por los accionistasque forman la totalidad del capital social. Y para los efectos que seestablecen en el Art. 177 del Código de Comercio se hace saber alpúblico.

San Salvador, uno de abril del dos mil tres.

FRANCISCO SAMUEL COTO CALDERON,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 13906-3

AVISO

El Infrascrito Presidente de Krystal Systems, S.A. de C.V., para losefectos de ley, hace del conocimiento del público que en Junta Generalde Accionistas de la Sociedad la cual fue celebrada el día veintidós deseptiembre del dos mil, contando con la presencia y representación delcien por ciento de las acciones que conforman el Capital Social y en supunto único por unanimidad SE ACORDO aumentar el Capital SocialMínimo de la Sociedad que actualmente asciende a VEINTE MILCOLONES a fin de que pueda girar con un capital social mínimo deCIEN MIL COLONES para ello es necesario que se tome de lasutilidades acumuladas del año dos mil dos la cantidad de OCHENTA

MIL 00/100 COLONES y así dar cumplimiento a las exigencias legales.Este incremento se realiza conforme a participación de cada uno de lossocios tomándoles su capital social variable, el valor que les correspondeaportar para complementar el capital mínimo.

San Salvador, veintidós de marzo del dos mil tres.

MELVIN OMAR PANAMEÑO,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 13856-3

El Infrascrito Representante Legal de la Sociedad "DISTRIBUIDORESASOCIADOS SALVADOREÑOS S.A. de C.V.,''

CERTIFICA: que en sesión de Junta General Extraordinaria núme-ro treinta y cuatro, celebrada el día dieciocho de marzo de dos mil tres,se encuentra el punto tercero que literalmente dice: "Los miembros de laJunta General Extraordinaria de accionistas acuerdan unánimementemodificar las cláusulas cuarta y quinta de la escritura de constitución dela Sociedad, a efecto de AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL MINI-MO de la misma en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes aNUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHEN-TA Y SEIS CENTAVOS, para dar cumplimiento a lo establecido en elartículo 192 del Código de Comercio vigente. El aumento de capitalmínimo se efectuará por medio de la conversión de la parte variable a laparte mínima del capital social, con lo que, el nuevo capital mínimo seconstituye en CIEN MIL COLONES equivalente a ONCE MILCUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTAY SIETE, como lo establece el artículo. Así por acuerdo de la Junta ybasándose en la Escritura de modificación el capital mínimo será deCIEN MIL COLONES. Por la conversión de capitales, el número deacciones se mantiene inalterable desde el último aumento del CapitalSocial variable, de fecha tres de diciembre de dos mil uno, asentado enacta número treinta, por lo tanto la distribución de las mismas en lasacciones se detalla de la siguiente manera: CARLOS ALBERTO KHALILROMERO, suscriptor de cuatro mil novecientas cincuenta acciones;ELBA ARGENTINA ALVARADO DE KHALIL, suscriptora de dosmil doscientas cincuenta acciones; KARLA MARIA KHALIL ALVA-RADO, suscriptora de novecientas acciones; CARLOS SALOMONKHALIL ALVARADO, suscriptor de novecientas acciones. Se autorizaal señor CARLOS ALBERTO KHALIL ROMERO para llevar a cabolas gestiones pertinentes con dicho aumento", es conforme con suoriginal, con el cual confronto y para que surta los efectos legales deCERTIFICACION, extiendo y firmo en San Salvador, a las once horasdel día veintiuno de marzo de dos mil tres.

CARLOS ALBERTO KHALIL ROMERO,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº. 13825-3

AVISO

El Infrascrito Presidente de Macorp,S.A. de C.V. , para los efectos deLey, hace del conocimiento del público que en Junta General Ordinariade Accionistas de la Sociedad, celebrada en esta ciudad, a las diez horasdel día quince de marzo del año dos mil tres, con la presencia yrepresentación del Cien por ciento de las acciones que forman el CapitalSocial, por unanimidad SE ACORDO: aumentar el Capital Socialmínimo de La Sociedad que actualmente asciende a TREINTA MILCOLONES, en la cantidad de SETENTA MIL COLONES, a fin de quepueda girar con un Capital Social Mínimo de CIEN MIL COLONES,representado y dividido en Mil Acciones comunes y nominativas de un

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188 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

valor de CIEN COLONES cada una. El aumento de Capital se efectúacapitalizando la cantidad de Setenta mil Colones, de las utilidades poraplicar correspondientes al ejercicio de mil novecientos noventa y dos,cuyo monto asciende a Setenta Mil Seiscientos Cuarenta y Seis ColonesCincuenta y Cuatro Centavos de Colón, dejando como utilidades poraplicar de este ejercicio la cantidad de Seiscientos Cuarenta y SeisColones Cincuenta y Cuatro Centavos de Colón. De acuerdo con loanterior, el Capital Social de la Sociedad queda distribuido de la siguientemanera: a) Capital Social Mínimo: Cien Mil Colones y b) Capital SocialVariable: Ciento Cuarenta Mil Colones.

San Salvador, nueve de Abril del año dos mil tres.

MARIO ALVARO CORPEÑO,

REPRESENTATE LEGAL

3 v. alt. Nº. 13787-bis-3

AVISO

Para los efectos de ley, se hace del conocimiento público: que en JuntaGeneral Extraordinaria, celebrada en esta ciudad el día once de octubredel año dos mil dos, la Sociedad SISTEMAS PARA AGUA, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, cuyadenominación se abrevia SISTAGUA, S. A. DE C. V., por unanimidadacordó: AUMENTAR EL CAPITAL SOCIAL MINIMO de la Sociedada la suma de cien mil colones y modificar en tal sentido la cláusula quintade su pacto social.

Lo que se hace saber al público, para los efectos legales consiguien-tes.

San Salvador, uno de abril de dos mil tres.

Arq. MARIO ERNESTO SILVA ALVAREZ,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13798-3

El infrascrito Secretario de la Junta General de Accionistas de laSociedad denominada RIEGOS MODERNOS DE EL SALVADORS.A. DE C.V.,

CERTIFICA: que en sesión celebrada en segunda convocatoria alas diez horas y treinta minutos del día treinta y uno de marzo de dos miltres se conocieron asuntos de carácter ordinario y extraordinario,quedando asentada en el Libro de Actas de Junta General de Accionistasque lleva dicha Sociedad el ACTA NUMERO TRECE, en la que constaque dentro de los Asuntos de Carácter Extraordinario se encuentra elPUNTO SEGUNDO. MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL, queliteralmente dice: "PUNTO SEGUNDO. MODIFICACION DEL PAC-TO SOCIAL. Por unanimidad se acuerda aumentar el Capital Social fijomínimo fundacional de la Sociedad, establecido en la Cláusula QUIN-TA: CAPITAL de la escritura de constitución, en la cantidad de OCHEN-TA MIL COLONES más, completamente pagados, aumento que setomará de la parte variable del capital. Por tanto, la Sociedad RIEGOSMODERNOS DE EL SALVADOR S.A. DE C.V. tendrá un CapitalSocial fijo de CIEN MIL COLONES o su equivalente en dólares de losEstados Unidos de América. Se marginará al efecto el Libro de Aumen-tos y Disminución de Capital y en el Libro de Registros de Accionistas,consignando lo anterior."

Y para ser publicado en un diario de circulación nacional, extiendola presente en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día treintay uno de marzo de dos mil tres.

JUAN MANUEL CAÑAS PRIETO RODRIGUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13744-3

El infrascrito Secretario de la Junta General de Accionistas de laSociedad denominada PURITEC DE EL SALVADOR S.A DE C.V.,

CERTIFICA: que en sesión del día treinta y uno de marzo de dosmil tres se conocieron asuntos de carácter ordinario y extraordinario,quedando asentada en el Libro de Actas de Junta General de Accionistasque lleva dicha Sociedad el ACTA NUMERO CUATRO, en la queconsta que dentro de los Asuntos de Carácter Extraordinario se encuentrael PUNTO SEGUNDO. MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL, queliteralmente dice:

"PUNTO SEGUNDO. MODIFICACION DEL PACTO SOCIAL. Porunanimidad se acuerda aumentar el Capital Social Mínimo fundacionalde la Sociedad, establecido en la Cláusula QUINTA: CAPITAL de laescritura de constitución, en la cantidad de OCHENTA MIL COLONESmás, mediante la emisión de ochocientas nuevas acciones de un valornominal de CIEN COLONES cada una, las que se suscriben y pagan enefectivo y en su totalidad por PURITEC AMLAT LTD. Por tanto, laSociedad PURITEC DE EL SALVADOR S.A. DE C.V. tendrá unCapital Social fijo de CIEN MIL COLONES o su equivalente en dólaresde los Estados Unidos de América. Se emitirá un solo certificado deacción correspondiente y se marginará en su oportunidad en el Libro deAumentos y Disminución de Capital y en el Libro de Registros deAccionistas. PUNTO TERCERO. DESIGNACION DE EJECUTORESPECIAL. De conformidad al artículo doscientos veinticinco delCódigo de Comercio, se acuerda designar como Ejecutor Especial delanterior acuerdo, al ingeniero JUAN MANUEL CAÑAS PRIETORODRIGUEZ, de generales ya expresadas, para que comparezca anteNotario a otorgar la correspondiente escritura pública de modificacióndel pacto social, transcurrido el plazo fijado por la ley después de lapublicación del presente acuerdo."

Y para ser publicado en un diario de circulación nacional, extiendo lapresente en la ciudad de San Salvador, a las catorce horas del día treintay uno de marzo de dos mil tres.

FRANCISCO ALBERTO ALFARO CAMACHO,

3 v. alt. Nº. 13745-3

AUMENTO DE CAPITAL FIJO

En Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad SANDY’So CARDS AND GIFTS, S.A. DE C.V., celebrada el día 25 de mayo del2002, por unanimidad se acordó aumentar el capital fijo en ¢80.000.00,o sea de ¢20.000.00 a ¢100.000.00.

San Salvador, 12 de marzo del 2003.

SANDRA EUGENIA BAHAIA DE SACA,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 13742-3

AVISO

En Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad DíazRodríguez, Sociedad Anónima de Capital Variable, del domicilio de SanSalvador, Departamento de San Salvador, cuya denominación se abrevia"Diaro, S.A. de C.V.", celebrada en esta ciudad, el día diez de enero dedos mil tres, por unanimidad se acordó aumentar el Capital de laSociedad de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO 71/100DOLARES a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100DOLARES, siendo el aumento de NUEVE MIL DOSCIENTOS CUA-RENTA Y DOS 86/100 DOLARES, y por consiguiente el Capital

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189DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Mínimo será de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO 57/100 DOLARES, designando como Ejecutor Especial del acuerdo alDoctor Víctor Manuel Ramos Pacheco, para que otorgué la Escritura deModificación correspondiente.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos legalesconsiguientes. San Salvador, veinticuatro de abril de dos mil tres.

EVELYN DIAZ DE SOLER,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. Nº. 13758-3

AVISO

El infrascrito Presidente de la Junta General Extraordinaria de accionis-tas de "BANDAS Y MAQUILADOS TECNICOS DE EL SALVADOR,SOCIEDAD ANONIMA" hace saber: que en Junta General Extraordi-naria celebrada a las quince horas del día veinte de marzo del corrienteaño, aparece en el acta correspondiente el punto "C" que literalmentedice: "ACUERDO PARA DISOLVER LA SOCIEDAD". En base alartículo ciento ochenta y siete romanos cuatro del Código de Comerciose pone a consideración su DISOLUCION, y esta Asamblea por unani-midad resuelve: DISOLVER la Sociedad "BANDAS y MAQUILADOSTECNICOS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA" y sedesigna al Representante Legal para que en nombre de la masa total deaccionistas comparezca ante notario a otorgar la Escritura de Disolucióncorrespondiente, previo al cumplimiento de los demás requisitos legales.

San Salvador, tres de abril del dos mil tres.

ROLANDO BENJAMIN MENA RODRIGUEZ,

PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº. 13626-3

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A., COMUNICA: que a sus oficinas ubicadas enKm 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario deCERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número030PLA000018357, solicitando la reposición de dicho CERTIFICADOpor SEIS MIL CUATROCIENTOS CATORCE 18/100 DOLARES(US$6,414.18) 6,414.18.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al públicoen general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ningunaoposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

Antiguo Cuscatlán, 22 de abril de 2003.

Lic. ZOILA MARGARITA MEJIA,

BANCO CUSCATLAN, S.A.

AGENCIA SANTA ELENA.

3 v. alt. Nº. 13591-3

AVISOROO HSING GARMENT CO. EL SALVADOR, S.A. DE C.V.Comunica que a sus oficinas ubicadas en Ilopango, departamento de SanSalvador, se ha presentado el Representante Legal de la Sociedad ROOHSING GARMENT CO. LTD en calidad de propietario, solicitando lareposición de los siguientes certificados: número cinco que ampara163,975 y número seis que ampara 35,000 acciones.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués y si no hubiere oposición se procederá a reponer los certifica-ciones en referencia.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil tres.

WANG, HSIAO-LUNG, conocido por DAVID WANG,Gerente General.

3 v. alt. Nº. 13602-3

AVISO

El Banco Cuscatlán S. A., COMUNICA: que a sus oficinas ubicada enKM. 10 carretera a Santa Tecla, se ha presentado el propietario deCERTIFICADO DE DEPOSITO A PLAZO FIJO DOLARES Numero017 PLA000129827. solicitando la reposición de dichoCERTIFICADO por CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE CON29/100 US$ 5,714.29.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al publicoen general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ningunaoposición, se procederá a reponer el certificado en referencia.

San Salvador, 22 de abril de 2003.

Lic. JUAN CARLOS VASQUEZ,AGENCIA DARIO.

3 v. alt. Nº. 13616-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazoNo. 80257381 emitido en Suc. Santa Tecla el 13 de noviembre de 1998,por valor original de ¢ 15,000.00 a un plazo de 180 días, el cual devengael 2.50% de interés solicitando la reposición de dicho certificado porhabérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso, transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. Nº. 13673-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.80457403 emitido en Suc. Santa Tecla el 20 de septiembre de 1989, porvalor original de ¢6,000.00 a un plazo de 180 días, el cual devenga el 18%de interés solicitando la reposición de dicho certificado por habérseleextraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso transcurridos treinta días

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después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 13674-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.80216755 (04425) emitido en Suc. Santa Tecla el 29 de septiembre de1983, por valor original de ¢30,000.00 a un plazo de 181 días, el cualdevenga el 12.75% de interés solicitando la reposición de dicho certifi-cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 13669-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.22601036857 (238605) emitido en Suc. Jardín el 14 de mayo de 2001,por valor original de $8,000.00 a un plazo de 6 meses, el cual devenga el6.50% de interés solicitando la reposición de dicho certificado porhabérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 13671-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.20601158217 (346539) emitido en Suc. Santa Rosa de Lima el 14 defebrero de 2003, por valor original de $4,000.00 a un plazo de 2 meses,el cual devenga el 2.12% de interés solicitando la reposición de dichocertificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 13670-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el propietario del certificado de depósitos a plazo No.33601063136 (335646) emitido en Suc. Nueva Concepción el 2 deoctubre de 2002, por valor original de $2,134.00 a un plazo de 6 meses,el cual devenga el 2.75% de interés solicitando la reposición de dichocertificado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el certificado en referencia.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 13672-3

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el girador del cheque certificado No. 2526772 emitido en laSuc. Santa Tecla II el 24 de marzo de 2003, por valor $20,000.00solicitando la reposición de dicho cheque por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el cheque en referencia.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 13675-3

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191DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus oficinas se hapresentado el girador de cheque de caja serie “A” 04828 (761800687)emitido en la Suc. Sensuntepeque el 09 de abril de 2003, por valor$235.00 solicitando la reposición de dicho cheque por habérsele extra-viado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento delpúblico para los efectos legales del caso transcurridos treinta díasdespués de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederáa reponer el cheque en referencia.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril de dos mil tres.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. 13668-3

AVISO

BANCO SALVADOREÑO, S.A., al público,

HACE SABER: que se ha presentado a sus oficinas, ubicadas enAvenida Olímpica No. 3550, San Salvador, parte interesada solicitandoreponer por extravío el certificado de acciones emitido por BANCASAnúmero 187 a nombre de JOSE NILO DIAZ DEL CID, que ampara 6acciones; inscrito en el folio 4122 del Libro de Registros de Accionistasque lleva esta Sociedad.

Por lo que se le solicita la reposición del mismo, lo que se hacesaber, para efectos de Ley.

San Salvador, a los veintiún días del mes de abril de dos mil tres.

Ing. GERARDO JOSE SIMAN,

DIRECTOR EJECUTIVO.

3 v. alt. No. 13877-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003045231

ESTABLECIMIENTO 2003045231- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ROMEROMENA VICTOR MANUEL en su calidad de Representante Legal de laSociedad COMERCIALIZADORA AGROPECUARIA DE CHALA-TENANGO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE quepuede abreviarse COM-AGRO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura socialestá inscrita bajo el número 26 del libro 1780 del Registro de Sociedadesdel Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria:

0407-171202-101-1, ha presentado solicitud a las diez horas y treinta ysiete minutos del día cinco de marzo de dos mil tres. Con la cual seotorgaron los asientos de Empresa No. 2003045231 y EstablecimientoNo. 2003045231- 001; a favor de la Empresa denominadaCOMERCIALIZADORA AGROPECUARIA DE CHALATENAN-GO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual sededica a COMPRA VENTA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS YVETERINARIOS, con dirección en AVENIDA LIBERTAD No. 5,BARRIO EL CENTRO, CHALATENANGO, cuyo activo asciende aONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $11,428.57 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) COM-AGRO, S.A. DE C.V., ubicado en AVENIDA LIBERTAD No.5, BARRIO EL CENTRO, CHALATENANGO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintisiete de marzo de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13623-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003046000

ESTABLECIMIENTO 2003046000- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina, se ha presentado FLORESCARBALLO MIGUEL ANGEL EFREN en su calidad de RepresentanteLegal de la Sociedad TRANSCONTINENTAL EL SALVADOR, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarseTRANSCONTINENTAL EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de naciona-lidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyaescritura social está inscrita bajo el número 35 del libro 1780 del Registrode Sociedades del Registro de Comercio, con Número de IdentificaciónTributaria: 0614-120203-101-8, ha presentado solicitud a las catorcehoras y cuarenta y cuatro minutos del día veintiuno de marzo de dos miltres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2003046000y Establecimiento No. 2003046000- 001; a favor de la Empresa denomi-nada TRANSCONTINENTAL EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a REPRESENTA-CIONES MARITIMAS, con dirección en BOULEVARD DEL HIPO-DROMO No. 237, CONDOMINIO SAN BENITO, COLONIA SANBENITO del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende aONCE MIL QUINIENTOS DOLARES CON 00/100 $ 11,500.00 y quetiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-)TRANSCONTINENTAL EL SALVADOR, S.A. DE C.V. ubicado enBOULEVARD DEL HIPODROMO No. 237, CONDOMINIO SANBENITO, COLONIA SAN BENITO, del domicilio de SAN SALVA-DOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, uno de abril de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13691-3

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192 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ASIENTO DE EMPRESA 2001036728

ESTABLECIMIENTO 2001036728- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ARGUETARIVAS, JOSE OSMIN, de nacionalidad SALVADOREÑA, con direc-ción del domicilio de SAN RAFAEL CEDROS, con Número de Identi-ficación Tributaria: 1009-090845-001-4 ha presentado solicitud a lashoras y minutos del día once de diciembre de dos mil uno. Con la cual seotorgaron los asientos de Empresa No 2001036728 y EstablecimientoNo 2001036728- 001; a favor de JOSE OSMIN ARGUETA RIVAS, laEMPRESA denominada FERRETERIA ARGUETA la cual se dedica aFERRETERIA, con dirección en CARRETERA PANAMERICANA,KM. 40 1/2 CONTIGUO A TALLER FIALLOS del domicilio de SANRAFAEL CEDROS, cuyo activo asciende a CUARENTA Y OCHOMIL CIENTO SESENTA DOLARES CON 22/100 $ 48,160.22 y quetiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s) 001-) FERRETERIAARGUETA ubicado en CARRETERA PANAMERICANA, KM. 40 1/2CONTIGUO A TALLER FIALLOS, del domicilio de SAN RAFAEL CE-DROS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, siete de noviembre de dos mil dos.

ANA GLORIA ALVARADO DE GOMEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13689-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003044439

ESTABLECIMIENTO 2003044439- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LING LI, INESen su calidad de Representante Legal de la Sociedad CLOTHES INDUS-TRIAL OF CENTRAL AMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE que puede abreviarse C.I.C.A., S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,cuya escritura social está inscrita bajo el número 15 del libro 1767 delRegistro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número deIdentificación Tributaria: 0614-181202- 103-0, ha presentado solicituda las once horas y cuarenta y ocho minutos del día veintiuno de febrerode dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No.2003044439 y Establecimiento No. 2003044439- 001; a favor de laEmpresa denominada CLOTHES INDUSTRIAL OF CENTRAL AME-RICA, SOCIEDAD ANONlMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual sededica a COMPRA-VENTAS DE PRODUCTOS TEXTILES, Y PREN-DAS DE VESTIR, con dirección en CALLE EL MEDITERRANEO YCALLE 1 No. 10-A, COLONIA LOMAS DE SAN FRANCISCO deldomicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MILCUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100$11,428.57 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-)

CLOTHES INDUSTRIAL OF CENTRAL AMERICA, S.A. DE C.V.ubicado en CALLE EL MEDITERRANEO Y CALLE 1 No. 10-A,COLONIA LOMAS DE SAN FRANCISCO, del domicilio de SANSALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13883-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003045642

ESTABLECIMIENTO 2003045642-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARIASBURGOS ARTURO ERNESTO en su calidad de Representante Legalde la Sociedad INVERSIONES BONSSOL, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INVERSIONESBONSSOL S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, deldomicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajoel número 17 del Libro 1778 del Registro de Sociedades del Registro deComercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-230103-103-4, ha presentado solicitud a las once horas y treinta y cuatro minutos deldía diecisiete de marzo de dos mil tres. Con la cual se otorgaron losAsientos de Empresa No. 2003045642, y Establecimiento No.2003045642- 001; a favor de la Empresa denominada INVERSIONESBONSSOL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, lacual se dedica a ELABORACION DE PRENDAS DE VESTIR, condirección en CALLE NUEVA A VALLE NUEVO, COLONIA SANTALUCIA del domicilio de ILOPANGO, cuyo a activo asciende a ONCEMIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100$11,428.57 y que tiene el(los) establecimientos(s) siguiente(s): 001-)INVERSIONES BONSSOL, S.A. DE C.V., ubicado en CALLE NUE-VA A VALLE NUEVO, COLONIA SANTA LUCIA, del domicilio deILOPANGO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, veintisiete de marzo de dos mil tres.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13891-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002025337

ESTABLECIMIENTO 2002025337-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE RODRI-GO SORTO ORELLANA en su calidad de Representante Legal de laSociedad INVERSIONES SORTO PADILLA, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse INSORPA, S.A.DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANSALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 36 del

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193DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

1136 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Númerode Identificación Tributaria: 1484870.85, ha presentado solicitud a lasdiez horas y cincuenta minutos del día diecinueve de abril de dos mil dos.Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2002025337 yEstablecimiento No. 2002025337-001; a favor de a Empresa denomina-da INVERSIONES SORTO PADILLA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMERCIO EN GENE-RAL, con dirección en 4A. CALLE PONIENTE NUMERO 23-BNUEVA SAN SALVADOR del domicilio de NUEVA SAN SALVA-DOR, cuyo activo asciende a UN MILLON CUATROCIENTOSOCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA DOLA-RES CON 85/100; $1,484,870.85 y que tiene el(los) establecimiento(s)siguiente (s): 001-) INVERSIONES SORTO PADILLA, S.A. DE C.V.,ubicado en 4a. CALLE PONIENTE NUMERO 23-B NUEVA SANSALVADOR, del domicilio de NUEVA SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, catorce de octubre de dos mil dos

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13838-3

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE COMERCIO Y PATENTES DECOMERCIO E INDUSTRIA,

HACE SABER: que ALFONSO ESCALANTE CACEROS comoRepresentante Legal de la Sociedad URBANIZACIONES HECTORESCALANTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLEque se abrevia URBHEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-REÑA del domicilio de SAN SALVADOR departamento de SANSALVADOR cuya escritura social está inscrita bajo el No. 00056 delLibro 1514 del Registro de Sociedades, N.I.T 0614-220300-108-9 yMatrícula Personal de Comerciante Social en trámite, ha presentado aeste Departamento solicitud para que se conceda la Matricula de Comer-cio correspondiente y se inscriba a su favor la Empresa Comercialdenominada URBANIZACIONES HECTOR ESCALANTE, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se dedica a DISEÑO,CONSTRUCCION, SUPERVISION Y ADMINISTRACION DEOBRAS CIVILES con dirección en 10 AVENIDA NORTE No. 902,SAN SALVADOR ciudad y departamento de SAN SALVADOR cuyoactivo es de VEINTE MIL 00/100 COLONES (¢20,000.00) y que tieneun establecimiento denominado URBANIZACIONES HECTOR ES-CALANTE, S.A. DE C.V., situado en la dirección antes mencionada.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley, y se emplazaa toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud, para que enel término de quince días contados desde el siguiente al de la últimapublicación del Diario Oficial, se presente a este departamento justifi-cando la oposición, en su caso, con la prueba pertinente.

San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,

REGISTRADOR.

Exp.: EE-2000034146/M0

3 v. alt. No. 13765-3

ASIENTO DE EMPRESA 2003046226

ESTABLECIMIENTO 2003046226-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIA DELMILAGRO MEJIA DE FLORES, en su calidad de Representante Legalde la Sociedad LICEO JUAN CALVINO, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que puede abrevia L. J. CALVINO, S.A. DEC.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL-VADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 20 del Libro1526 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Númerode Identificación Tributaria: 03-151160-001-5, ha presentado Solicituda las diez horas y nueve minutos del día veintiséis de marzo de dos miltres. Con la cual se otorgaron los Asientos de Empresa No. 2003046226y Establecimiento 2003046226-001; a favor de la Empresa denominadaLICEO JUAN CALVINO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, la cual se dedica a ENSEÑANZA , con dirección enBOULEVARD UNIVERSITARIO # 2034, COL EL ROBLE, del domi-cilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTE MILCOLONES CON 00/100 ¢20,000.00 y que tiene el(los) establecimiento(s)siguiente(s): 001-) LICEO JUAN CALVINO, S. A. DE C.V., ubicado enBOULEVARD UNIVERSITARIO # 2034, COLONIA EL ROBLE, deldomicilio, de SAN ,SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley.

San Salvador, primero de abril de dos mil tres.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13745-3

Clase: 05

No. de Exp.: 2003031004

No. de Pres.: 20030035009

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIACELINA CASTILLO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidadde PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICAY DE COMERCIO,

Calcubil PlusConsistente en: las palabras Calcubil Plus.

La solicitud fue presentada el día cinco de marzo del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13630-3

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194 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 23

No. de Exp.: 2003030743

No. de Pres.: 20030034561

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MAURICIOENRIQUE SILHY MIGUEL, en su calidad de REPRESENTAN LE-GAL de DISTRIBUIDORA ALASKA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA ALASKA,S.A. DE C.V. de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registrode la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

INTERFIL

Consistente en: la palabra INTERFIL.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13704-3

Distintivo: BUGLE BOY

Clase: 25

No. de Exp.: 012002023633

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el señor JORGEALBERTO BANDECK, conocido por JORGE BENDECK, en su cali-dad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

BUGLE BOY

Consistente en las palabras BUGLE BOY.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de marzo de dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los tresdías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13905-3

Clase: 29

No. de Exp.: 2003031113

No. de Pres.: 20030035217

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIAEUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADOGENERAL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL de ADVANCED TO-TAL MARKETING SYSTEM, INC., de nacionalidad PANAMEÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AVAYA

Consistente en: la palabra AVAYA.

La solicitud fue presentada el día doce de marzo del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de marzo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13841-3

Clase: 09

No. de Exp.: 2003029931

No. de Pres.: 20030033215

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVOA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de PREMIER ELECTRIC (JAPAN), CORP., de nacionali-dad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICAY DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras PREMIER ELECTRIC y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinte de enero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13766-3

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195DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase 18:

No. de Exp.: 2002028673

No. de Pres.: 20020030906

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LILIAN RUTHZELAYA PANTING, en su calidad de APODERADO de NALSANI,SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra TOTTO y diseño.

La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticuatro de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13760-3

Clase: 20.

Nº de Exp.: 2002026758.

Nº de Pres.: 20020027838.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de COMERCIAL INDUSTRIAL OLINS, SO-CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICAY DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras “COCINAS & BAÑOS”.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de julio del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de diciembre del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13764-3

Clase: 32.

Nº de Exp.: 2002029009.

Nº de Pres.: 20020031477.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

COMERCIALIZADORA LA CONSTANCIA

Consistente en: las palabras COMERCIALIZADORA LA CONS-TANCIA.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13770-3

Clase: 32.

Nº de Exp.: 2002029008.

Nº de Pres.: 20020031476.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOde INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, que se abrevia: INDUSTRIAS LA CONS-TANCIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GRUPO BEVCO

Consistente en: las palabras GRUPO BEVCO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13772-3

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196 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 32.

Nº de Exp.: 2002029007.

Nº de Pres.: 20020031475.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOde INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BEVCO

Consistente en: la palabra BEVCO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13773-3

Clase: 32.

Nº de Exp.: 2002029006.

Nº de Pres.: 20020031474.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOde INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DISTRIBUIDORA LA CONSTANCIA

Consistente en: las palabras DISTRIBUIDORA LA CONSTAN-CIA, sobre la palabra DISTRIBUIDORA no se concede exclusividad.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13774-3

Clase: 32.

Nº de Exp.: 2002029005.

Nº de Pres.: 20020031473.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

BEBIDAS LA CONSTANCIA

Consistente en: las palabras BEBIDAS LA CONSTANCIA.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13776-3

Clase: 32.

Nº de Exp.: 2002029004.

Nº de Pres.: 20020031472.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de GESTOR OFI-CIOSO de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

INDUSTRIAS LA CONSTANCIA

Consistente en: las palabras INDUSTRIAS LA CONSTANCIA.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13778-3

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197DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

Clase: 25.

Nº de Exp.: 1997004550.

Nº de Pres.: 19970004550.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado FRANCISCOARMANDO ARIAS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL deDR. MARTENS INTERNATIONAL TRADING GMBH, de nacionali-dad ALEMANA y DR. MAERTENS MARKETING GMBH, de nacio-nalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-CA Y DE COMERCIO,

DR. MARTENSConsistente en: la palabra DR. MARTENS, escrita en letras de

molde, mayúsculas y corrientes.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de julio del año milnovecientos noventa y siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13761-3

Clase: 25.

Nº de Exp.: 1998006024.

Nº de Pres.: 19980006024.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado FRANCISCOARMANDO ARIAS RIVERA, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de DR. MARTENS INTERNATIONAL TRADING GMBH, denacionalidad ALEMANA, y DR. MAERTENS MARKETING GMBH,de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las letras “DM”, en letras mayúsculas, de molde ycorrientes, y la letra “s” en minúscula, de molde y corriente y sobre estaúltima una apóstrofo. Bajo lo anterior la palabra “DR. MARTENS” enletras mayúsculas, de molde y corrientes. Todo lo anterior en letras decolor negro.

La solicitud fue presentada el día cinco de octubre del año milnovecientos noventa y ocho.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13763-3

Clase: 32.

Nº de Exp.: 2002029016.

Nº de Pres.: 20020031484.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GRUPO LA CONSTANCIA

Consistente en: las palabras GRUPO LA CONSTANCIA.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13768-3

Nº de Exp.: 1999002764.

Nº de Pres.: 19990002764.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LATINOAME-RICANA DE NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad dePROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

REPINTER

Consistente en: LA EXPRESION “REPINTER”, EN LETRASCARACTERISTICAS, que servirá para: IDENTIFICAR: UNA EM-PRESA Y SUS ESTABLECIMIENTOS UBICADOS EN EL TERRI-TORIO NACIONAL, DEDICADOS A LA DISTRIBUCION Y VEN-TA DE ARTICULOS DE FERRETERIA EN GENERAL. ESTARAN

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198 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

SITUADOS EN AVENIDA EL BOQUERON, BOULEVARD SUR,BLOCK A NUMERO SEIS, URBANIZACION SANTA ELENA,ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año milnovecientos noventa y nueve.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, ocho de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13909-3

Nº de Exp.: 2002025676.

Nº de Pres.: 20020026092.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que esta oficina se ha presentado ALBERTOULLOA CASTRO, en su calidad de APODERADO de CORPORA-CION BONIMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laEXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA,

Consistente en: dos figuras encontradas superpuestas la una de laotra de izquierda a derecha, compuesta por cuatro figuras dentadas cadauna, acompañadas en la parte inferior de la palabra Bonima, escrita enletras de molde, la letra B es mayúscula y las restantes son minúsculas,que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDO-RES, SOBRE LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS, QUE LAEMPRESA ELABORA..

La solicitud fue presentada el día diez de junio del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13907-3

Clase: 98.

Nº de Exp.: 2001019030.

Nº de Pres.: 20010019030.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSEHERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO de

FLORA IMELDA RODRIGUEZ MENENDEZ, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

PAN SAN FRANCISCO

Consistente en: las palabras PAN SAN FRANCISCO, escritas enletra de molde y mayúsculas sin diseño especial alguno.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de octubre del año dosmil uno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticuatro de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13866-3

Nº de Exp.: 2002026997.

Nº de Pres.: 20020028196.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIAEUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO deADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM, INC., de nacionalidadPANAMEÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DEPUBLICIDAD COMERCIAL,

SON OTRA COSA

Consistente en: la frase SON OTRA COSA, escrita en letras demolde, mayúsculas de color negro, que servirá para: ATRAER LAATENCION DEL PUBLICO CONSUMIDOR SOBRE PRODUC-TOS: CAFE, TE, CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU,SUCEDANEOS DEL CAFE; HARINAS Y PREPARACIONES HE-CHAS CON CEREALES, PAN, BIZCOCHOS, TORTAS, PASTELE-RIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABEDE MELAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL,MOSTAZA, PIMIENTA, VINAGRE, SALSAS, CONDIMENTOS,ESPECIAS, HIELO.

La solicitud fue presentada el día siete de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13839-3

Nº de Exp.: 2002027887.

Nº de Pres.: 20020029620.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADO

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199DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 2 de Mayo de 2003.

ESPECIAL de ALMACENES SIMAN, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALMACENES SIMAN, S.A.DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro delNOMBRE COMERCIAL,

ALSICORP

Consistente en: la palabra “ALSICORP”, que servirá para: IDEN-TIFICAR UNA EMPRESA INVERSIONISTA EN SOCIEDADESDEDICADAS AL COMERCIO EN GENERAL, UBICADA EN PA-SEO GENERAL ESCALON, NUMERO TRES MIL SETECIENTOS,COLONIA ESCALON, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de septiembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ANABELIS DIONNE LOVO SARAVIA DE AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13786-3

Nº de Exp.: 2003030158.

Nº de Pres.: 20030033619.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, en su calidad de APODERADOESPECIAL de INDUSTRIAS LA CONSTANCIA, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

CERVECERIA LA CONSTANCIA

Consistente en: la expresión CERVECERIA LA CONSTANCIA,que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICA-DO A LA FABRICACION DE CERVEZA, DE BEBIDAS PREPARA-DAS CON O SIN GAS CARBONICO; JUGOS, NECTARES Y BEBI-DAS DE FRUTAS; AGUA POTABLE; AGUAS MINERALES Y, ENGENERAL TODA CLASE DE BEBIDAS NO ALCOHOLICAS; Y DEHIELO. ELABORACION DE BEBIDAS MALTEADAS Y DE MAL-TA; Y UBICADO EN AVENIDA NORTE Y CALLE EL MIRADOR,EDIFICIO WORLD TRADE CENTER, QUINTO PISO, COLONIAESCALON, SAN SALVADOR, EL SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13779-3

Clase: 32.

Nº de Exp.: 1983000201.

Nº de Pres.: 20030033377.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO YNOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, actuando como APO-DERADO ESPECIAL de LA CONSTANCIA, S.A., de domicilio deSAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitandoRENOVACION, para la inscripción Número 00240 del Libro 00101 deREGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “DORADA”; queampara productos comprendidos en la Clase 32 de la ClasificaciónInternacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los trece días del mes de febrero del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13756-3

Clase: 32.

Nº de Exp.: 1983000200.

Nº de Pres.: 20030033376.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MORENAGUADALUPE ZAVALETA NOVA, mayor de edad, ABOGADO YNOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de LA CONS-TANCIA, S.A., del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidadSALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripciónNúmero 00003 del Libro 00101 de REGISTRO DE MARCAS, consis-tente en la expresión “PORTEÑA”; que ampara productos comprendi-dos en la Clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los trece días del mes de febrero del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13757-3

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200 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CAJA DE CREDITO DE METAPAN (35)

Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable

“En liquidación”

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE DICIEMBRE DE 2002

(Cifras en Dólares)

ACTIVO PASIVO

PATRIMONIO 132,724.50

DEFICIT 132,724.50 Capital Social 132,724.50

TOTAL ACTIVO 132,724.50 TOTAL PATRIMONIO 132,724.50

CUENTAS DE ORDEN 0.00 CUENTAS DE ORDEN POR CONTRA 0.00

TOTAL BALANCE 132,724.50 TOTAL BALANCE 132,724.50

JOSE ROBERTO RIVERA BONILLA, NELSON ERI GALDAMEZ TEJADA, JOSE WILFREDO ARANA SAGASTUME, LUIS ALONSO CORNEJO,

DELEGADO LIQUIDADOR. DELEGADO LIQUIDADOR. CONTADOR. AUDITOR EXTERNO.

3 v. alt. Nº 13900-3

PROYECTOS ECONOMICOS, S.A. DE C.V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE MARZO 2003.

ACTIVO PASIVO

CIRCULANTE CAPITAL SOCIAL

CAJA GENERAL ¢ 5,000.00 CAPITAL MINIMO ¢ 20,000.00

ACCIONISTAS ¢ 15,000.00 ANGEL M. VILLALOBOS ¢ 15,000.00

RAFAEL E. ALVARADO ¢ 5,000.00

TOTAL ACTIVO ¢ 20,000.00 TOTAL PASIVO Y CAPITAL ¢ 20,000.00

ANGEL MAURICIO VILLALOBOS, MABEL XIOMARA ARBAIZA, Lic. JORGE ALBERTO RAMIREZ M.

REPRESENTANTE LEGAL. CONTADORA. AUDITOR EXTERNO.

3 v. alt. Nº 13676-3

Imprenta Nacional - Tiraje 800 Ejemplares.

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