Diccionario de términos inmobiliarios

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Diccionario de términos Inmobiliarios. CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS Ad Corpus Expresión lana que se emplea cuando en la transmisión de un Inmueble no existe la indica- ción de su área exacta. Por seguridad, se debe ha- cer mención en el Contrato rigurosamente. Ad Mensuram Expresión lana que se emplea cuando en la transmisión de un Inmueble se indica el área exacta espulando un precio específico por metro cuadrado. No es necesario que se haga mención en el Con- trato. Administrador Es aquella persona que mayori- tariamente está dedicada a la administración de rentas de inmuebles, y que cuenta con una infraestructura básica de equipo de cobrador, secretaria, mantenimiento, y ejecuvo de cuentas. Contará con un poder para actos de administración que le otorgue su cliente para los efectos proceden- tes. Altura Permida Es la altura máxima que el uso de suelo contempla. Puede ser en número de niveles o en metros. Anotación de Lis o Prevenva Anotación que hace el registro de propiedad como medida cautelar sobre el folio del bien de una persona, para informar a los posibles adquirientes que el bien presenta o presentó algún ligio, embargo, hipote- ca, operación de compraventa, etc. Esta anotación la realiza el Registro Público de la Pro- piedad previo aviso de No- tario o Juzgado. Apartado o Depósito Es una determinada candad de dinero que entrega un posi- ble comprador o arrendatario al propietario del inmueble, con la intención de suspender la promoción por cierto empo y tener un derecho de prefe- rencia sobre otra persona para su adquisición o renta. No ge- nera obligación de compra. Se debe aclarar en el docu- mento que se hace en cali- dad de depósito en garan- a y no como pago parcial del precio total (Enganche), esto para evi- tar confusiones en caso de controversia.

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Diccionario que contiene los términos inmobiliarios más utilizados en el medio.

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Diccionario de términos

Inmobiliarios.

CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Ad Corpus

Expresión latina que se emplea cuando en la transmisión de un Inmueble no existe la indica-ción de su área exacta.

Por seguridad, se debe ha-cer mención en el Contrato rigurosamente.

Ad Mensuram

Expresión latina que se emplea cuando en la transmisión de un Inmueble se indica el área exacta estipulando un precio específico por metro cuadrado.

No es necesario que se haga mención en el Con-trato.

Administrador

Es aquella persona que mayori-tariamente está dedicada a la administración de rentas de inmuebles, y que cuenta con una infraestructura básica de equipo de cobrador, secretaria, mantenimiento, y ejecutivo de cuentas.

Contará con un poder para actos de administración que le otorgue su cliente para los efectos proceden-tes.

Altura Permitida Es la altura máxima que el uso de suelo contempla.

Puede ser en número de niveles o en metros.

Anotación de Litis o Preventiva

Anotación que hace el registro de propiedad como medida cautelar sobre el folio del bien de una persona, para informar a los posibles adquirientes que el bien presenta o presentó algún litigio, embargo, hipote-ca, operación de compraventa, etc.

Esta anotación la realiza el Registro Público de la Pro-piedad previo aviso de No-tario o Juzgado.

Apartado o Depósito

Es una determinada cantidad de dinero que entrega un posi-ble comprador o arrendatario al propietario del inmueble, con la intención de suspender la promoción por cierto tiempo y tener un derecho de prefe-rencia sobre otra persona para su adquisición o renta. No ge-nera obligación de compra.

Se debe aclarar en el docu-mento que se hace en cali-dad de depósito en garan-tía y no como pago parcial del precio total (Enganche), esto para evi-tar confusiones en caso de controversia.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Área Libre Es el porcentaje de área no construida que hay que dejar en el proyecto a realizar.

En la mayoría de los casos, el Municipio solicita se deje un espacio libre en las construcciones para áreas verdes, banquetas, ram-pas, etc.

Aviso de

Cancelación

En caso de no prosperar la operación inmobiliaria después del aviso preventivo o que la escritura autorizada preventi-vamente no cumpla con los requisitos legales para su ins-cripción registral, el Notario deberá proceder a realizar un nuevo aviso de cancelación, esto para suprimir la anotación preventiva que realizó el Regis-tro sobre el bien y así evitar futuros problemas.

Se pone al margen de la escritura "No pasó"

Aviso Definitivo

Aviso que hace el Notario al Registro Público de la Propie-dad una vez que han quedado satisfechos todos los requisitos legales de la operación inmobi-liaria, a la par lo acompaña con una copia de la escritura reali-zada así como las certificacio-nes que acreditan el cumpli-miento de dicho acto (Gravamen, Etc.).

En este caso, se tendrá por inscrita la escritura desde la fecha de la recepción del aviso preventivo. Se pone al calce de la escritura "Autorización Definitiva"

Aviso Pre Pre-

ventivo

Aviso que hace el Notario Pú-blico al Registro Público de la Propiedad en la que indica que se está celebrando una opera-ción con respecto a un inmue-ble y se le da a este movimien-to una preferencia de un perío-do de 30 días.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Aviso Preventivo

Aviso que hace el Notario al Registro de Propiedad cuando se realizó una operación inmo-biliaria, ante un fedatario pú-blico, esto con la finalidad de que se conserve preferencia ante terceros por dos meses a partir de la recepción.

Se pone al calce de la es-critura "Autorización Pre-ventiva"

Broker

Denominación con la que se le conoce en Estados Unidos, Ca-nadá y otros países de habla inglesa al corredor o agente de bienes raíces.

Este oficio normalmente requiere de una licencia para ejercer.

CAP Rate

Se usa para valuar un inmueble en renta. Tasa de Capitaliza-ción (Capitalization Rate) Es el resultado de dividir el ingreso neto/valor de la propiedad. Ejemplo: Una propiedad pro-duce $100,000 de renta (netos) y su valor es de $1,000,000; entonces un CAP Rate es 10%.

Para una valuación, se deben incluir otros facto-res y proyectar flujo de efectivo al menos 5 años, estrategia de salida, etc.

CAS

El Coeficiente de Absorción del Suelo señala la parte de un predio que debe dejarse libre, es decir, sin construcciones (como techos, pavimentos, sótanos o cualquier otro mate-rial impermeable).

Ejemplo – Si se tiene un terreno de 100 M2 con un CAS de 10, significa que se deberá dejar 10 por ciento de área libre para absor-ción (10m2).

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Certificado de Libertad de Gravamen

Es el documento oficial donde el Registro Público de la Pro-piedad certifica la situación del inmueble, y anota la existencia o inexistencia de gravámenes.

Este documento genera responsabilidad al R.P. en caso de que reportara la inexistencia de gravamen y si hubiera, tendrá que responder legal y econó-micamente frente al ad-quiriente o acreedor.

Certificado o Cé-dula de Zoni-

ficación

Documento oficial donde se muestra la información general vertida en los planos generales de zonificación, la otorga la dirección de desarrollo urbano de cada municipio.

Este documento avala el uso permitido y sirve de base para solicitar la li-cencia de construcción.

Comodato

Contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a conce-der gratuitamente el uso de una cosa no fungible (no con-sumible) y el otro se obliga a restituirla individualmente.

Se llama comodante al que da en préstamo y comodatario al que lo recibe.

Compraventa

Contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a trans-ferir la propiedad de una cosa, y el otro a pagar un precio cier-to y en dinero.

Se llama vendedor al que transfiere la propiedad y comprador al que paga el dinero.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Constancia de Folio

También conocido como Cons-tancia de Libro, es una copia que mostrará la historia regis-tral del inmueble.

A diferencia del Certificado de Libertad de Gravamen, este documento no genera responsabilidad al R.P. Solo existe en algunos Estados del País.

Constructor

Empresa que es contratada por el desarrollador para edificar un proyecto inmobiliario apro-bado por los socios inversionis-tas.

La constructora puede ser la misma desarrolladora o uno de los socios inversio-nistas, pudiendo aportar capital y/o material, mano de obra y proyecto.

Contrato de Compraventa

Documento que crea derechos y obligaciones de recibir y de dar (pagar un precio monetario y recibir un bien y dar un bien y recibir una cantidad moneta-ria).

Puede ser Privado o puede ser Público (Escritura).

Contrato de Oferta

Una proposición unilateral que una persona denominada ofe-rente dirige a otra, denomina-da destinatario comunicándole su deseo de celebrar con ella un contrato. Si en esta oferta se llegase a pactar una entrega de recursos, estos deberán ser en calidad de depósito.

No produce efectos fiscales

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Contrato de Promesa

Promesa es un contrato por el cual una de las partes, o am-bas, se obligan, dentro de cier-to lapso, sea por el vencimien-to de un plazo o el cumplimien-to de una condición, a celebrar un contrato futuro determina-do. Si en esta promesa se llega-se a pactar una entrega de re-cursos, estos deberán ser en calidad de depósito.

No produce efectos fisca-les

Contrato Privado

Es el documento que firman las partes interesadas en celebrar un acto jurídico, y lo realizan sin la necesidad de la presencia de un notario, pues como su nombre lo dice es privado y no público.

Un contrato privado es perfectamente legal, y ejecutable ante tribuna-les.

Contrato Público

Es el documento que firman las partes interesadas en celebrar un acto jurídico, y lo realizan en la presencia de un notario, a esto también se le llama Escri-turar.

La Ley establece que al cumplirse distintas condi-ciones en un Contrato, este deberá hacerse públi-co forzosamente, como por ejemplo, la cuantía del precio de la transac-ción, si es inmueble o mueble, los años de dura-ción del Contrato, etc.

Convalidación de Derechos

Adquiridos

Trámite por el cual se regulari-za el uso de suelo que un pre-dio venía ejerciendo con el pa-so del tiempo, aún y cuando la zona representara otro tipo de uso de suelo.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Copropiedad Cuando una cosa o un derecho patrimonial pertenecen a dos o más personas.

Los copropietarios no tie-nen dominio sobre las par-tes determinadas de la co-sa, sino un derecho de pro-piedad sobre todas y cada una de las partes de la cosa en cierta proporción.

Corredor

También conocido como agen-te de bienes raíces, es la perso-na que organiza las transaccio-nes entre un comprador y un vendedor para así recibir una comisión cuando se ejecute la operación.

Este oficio normalmente requiere de una licencia para ejercer.

Corredor Independiente

Es el corredor que trabaja sin empresa, y en una gran gene-ralidad de los casos, desde su domicilio particular.

Estos agentes o corredores independientes pueden ser experimentados o no.

Corredor Inmobiliario

Corredor especializado en el corretaje de inmuebles, utili-zando bolsas inmobiliarias, y que atiende a propietarios y a compradores/inquilinos, ce-rrando operaciones de com-praventa o arrendamiento.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

COS

El Coeficiente de Ocupación del Suelo indica el área de terreno donde se puede desplantar (ocupar) el edificio, el resto debe dejarse libre de edifica-ción.

Ejemplo - Si el predio de 100 M2 tiene un COS de 80.00, quiere decir que se deben dejar 20 M2 libres de construcción.

CUS

El Coeficiente de Utilización del Suelo indica el máximo de me-tros cuadrados que se pueden construir en un lote. Se expre-sa en número de veces, en re-lación con el tamaño total del predio.

Ejemplo – Si el mismo te-rreno de 100 M2 tiene un CUS de 4.0, significa que en él se pueden edificar (utilizar) hasta 400 M2 de construcción (por ejemplo hacia arriba).

Depósito en Garantía

(Arrendamiento)

Es la cantidad de dinero que, cuando así lo pacten las partes, el Arrendatario entrega al Arrendador para garantizar la conservación y buen uso del Bien en Arrendamiento, pu-diendo disponer el Arrendador de dicho depósito en caso de reparaciones y debiendo resti-tuir el Arrendatario lo que se haya gastado para reintegrar la cantidad pactada. Al final del Contrato de Arrendamiento el Arrendador devolverá dicho deposito al Arrendatario, des-contando las cantidades nece-sarias para reparación en caso de que existieren.

Comúnmente es utilizado también en las operaciones de Compraventa como Apartado.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Derecho Adquirido

Es el derecho que en virtud de un acto jurídico o por el paso del tiempo, ha adquirido un individuo incrustándolo a su patrimonio y no puede sepa-rarse de éste, salvo por su pro-pia voluntad, o por un acto de autoridad judicial.

En materia de usos de sue-lo, aplica este derecho por el paso del tiempo, pudien-do el dueño titular de un inmueble permanecer en su giro, aunque la zonifica-ción del lugar lo señale co-mo prohibido.

Derecho de Acre-cer

Es el derecho que generalmen-te tiene un coheredero para adquirir la o las partes de uno a más herederos, por razones que el juez dictamine, o por-que otra de las partes la repu-die voluntariamente.

El Testador puede especifi-car algún sustituto directo en el testamento.

Derecho de Preferencia

Es el derecho que se le otorga al Arrendatario para ser prefe-rido en tiempo y persona en caso de que el Arrendador deseara dar nuevamente en Arrendamiento el Bien o ven-derlo, y al Vendedor para ser preferido en tiempo y persona en caso de que el Comprador deseara vender nuevamente el bien comprado.

Derecho de Superficie

Es el derecho o facultad que un propietario le otorga a una per-sona física o moral, de tener una plantación, y/o de cons-truir en su inmueble.

Puede pactarse en un arrendamiento o un como-dato y debe estipularse si el arrendatario o comoda-tario, dejará a favor del propietario dichos frutos de la plantación, o la cons-trucción, o en su caso las retirará en determinado momento.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Derecho del Tanto

Es el derecho que un Copropie-tario o Coheredero le otorga a otro Copropietario o Cohere-dero, según sea el caso de la operación, para ser preferido en tiempo y persona y bajo similares condiciones en caso de una enajenación.

Derecho Litigioso

Es el derecho material de lo que es objeto de disputa en un juicio. (Bien Mueble, Bien In-mueble, Dinero, etc.)

Puede ser adquirido o cedi-do por herencia, o por vo-luntad propia. Por ejemplo, las carteras vencidas de los bancos, que son vendidas a otras instituciones o parti-culares para que estos últi-mos las cobren.

Derecho Personal

Es el derecho que solo pueden reclamarse entre ciertas perso-nas, que por un hecho o por disposición de la ley han con-traído obligaciones entre ellas.

El derecho personal es una relación sujeto-sujeto. Ejemplo de derecho perso-nal: un Contrato con otra persona.

Derecho Real Es el derecho que tiene una persona sobre una cosa, ya sea por uso, disfrute o disposición.

El derecho real es una rela-ción sujeto-objeto. Ejemplo de derecho real: La propie-dad de tu casa.

Derechos por pago de agua

Es el derecho que tiene el Esta-do para obligarte a pagar el Agua.

La Tesorería del Estado puede embargar y ejecutar por la anterior razón.

Desarrollador

Es la persona o empresa que por sus conocimientos, expe-riencia y capacidad financiera y técnica, arma con diferentes actores (socios inversionistas), un proyecto residencial, co-mercial o industrial.

Ofrece a los socios inversio-nistas de dicho desarrollo, una tasa interna de retorno en determinado período de tiempo.

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Enganche

Es el primer pago parcial del precio total de un Inmueble, creándose así la Figura de Compraventa y generando obligaciones de compra. En algunos casos el enganche bas-ta para recibir físicamente el inmueble.

No debe confundirse con el Apartado

Escritura

Es el instrumento que genera un notario público asentándolo en su protocolo y que puede contener uno o varios actos jurídicos, llevando la firma de los comparecientes, así como el sello y firma del notario que da fe de dicho acto.

Dependiendo del tipo de acto, será enviado al Regis-tro Público de la Propiedad para su inscripción.

Escrituración

Consiste en elevar a categoría de escritura pública un acto jurídico presentando el docu-mento ante un notario, para que este de fe del acto me-diante su firma y sello.

Evicción

La evicción es una situación jurídica que se caracteriza por la privación total o parcial de una cosa, sufrida por su com-prador, en virtud de una sen-tencia judicial o administrativa, por un derecho sobre la cosa perteneciente a un tercero.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Extinción de Dominio

Es el medio jurídico por medio del cual se logra la pérdida del derecho de una propiedad so-bre los bienes que directa o indirectamente sean instru-mento, objeto o producto del delito.

Factibilidad

Es el visto bueno que da la au-toridad sobre la disponibilidad de los recursos necesarios (agua, vialidad, etc.) para llevar a cabo una construcción, inde-pendientemente si el uso de suelo requerido es el permiti-do.

FIBRAS

Fideicomiso de Infraestructura y Bienes Raíces. Compañía que posee y opera bienes raíces que generan ingresos. Forma práctica que permite que in-versionistas individuales invier-tan en proyectos de gran esca-la.

Cotizan en la Bolsa Mexica-na de Valores

Fideicomiso

Contrato en virtud del cual una persona transmite bienes de su propiedad a otra (Fiduciario) para que ésta administre los bienes en beneficio de un ter-cero.

En México, la persona que administra debe ser una persona moral autorizada para esto en los términos de la Ley de Instituciones de Crédito.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Folio Real

Es la ficha donde el registrador realiza los asientos y apuntes notariales o judiciales del in-mueble inscrito.

Se divide en 4 secciones: La carátula donde se describe la ubicación, medidas y colindancias del inmueble, después la inscripción de propiedad, donde se harán los cambios de propietario, después la sección de gra-vámenes o limitaciones de dominio, donde se anotan las cargas que pesan sobre el inmueble, y por último el área de anotaciones pre-ventivas.

Fusión de Lotes

Consiste en unir dos o más pre-dios que estén contiguos a fin de que se conviertan en uno solo.

Gravamen

Es la carga impuesta sobre un inmueble contraída por el pro-pietario frente a un tercero y sólo puede ser borrada por instrucción del acreedor o juez después del cumplimiento to-tal de la obligación.

Los gravámenes más cono-cidos son: Los Impuestos, La Hipoteca, La Fianza, y El Embargo.

Habitación

Es un derecho real que otorga a su titular el derecho a ocupar en un inmueble la parte nece-saria para él, con la finalidad de satisfacer sus necesidades de vivienda

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Impuesto sobre Adquisición de

Inmuebles

Impuesto que pagarán las per-sonas físicas y las morales que adquieran inmuebles que con-sistan en el suelo, en las cons-trucciones o en el suelo y las construcciones adheridas a él ubicados.

En el Estado de Nuevo León, la tasa es 2% sobre el valor que sea mayor entre el de avalúo o el de la ope-ración

Impuesto Sobre la Renta

Es un impuesto directo sobre la ganancia obtenida; es decir, por la diferencia entre el ingre-so y las deducciones autoriza-das obtenido en el ejercicio fiscal

Este impuesto debe ser pagado de manera men-sual cada 17 del mes si-guiente

Impuesto Sobre la Renta por Ad-

quisición

Hacienda presume un ingreso gravable para el adquirente, cuando el valor de avalúo es mayor del 10% del valor de la operación real, por lo que el excedente está tasado a un 20% fijo sin deducción, y el no-tario está obligado a realizar la retención correspondiente a las personas físicas.

Representa una ganancia al adquirir

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Impuesto Sobre la Renta por Ena-

jenación

El ISR por enajenación es un impuesto federal que se paga al vender un inmueble comer-cial, o habitacional en el exce-dente de un valor de 700,000 U.D.I.S. (APROX. $3,500,000.00 m.n.), o también el terreno que exceda más de tres veces el área de desplante construida de la casa habitación. Si la casa habitación es menor en valor a 700,000 UDIS o su terreno no llega a una superficie de tres veces su área de desplante construida está exenta, pero si el ingreso es mayor a $1, 000,000.00 hay que hacer la declaración informativa corres-pondiente para no perder dicha exención.

Los notarios públicos que realicen dichas operacio-nes están obligados a retener dicho impuesto a las personas físicas, no así a las personas mora-les.

Inmatriculación

Es el procedimiento que pro-mueve el interesado, cuando el bien inmueble de su propiedad carece de antecedentes regis-trales, incorporándose el in-mueble a la vida jurídica regis-tral, dejando a salvo los dere-chos de terceros y brindando seguridad jurídica, logrando con ello tranquilidad social.

Puede ser Administrativa, solicitando la inmatricula-ción ante el Registro de Propiedad o puede ser Judicial, solicitándola me-diante un Juicio de inma-triculación.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Inscripción

Es un medio de conceder una protección jurídica específica por parte del Registro Público de la Propiedad al titular ins-crito, mediante la publicidad

registral, esto es, la publicidad que ofrece el Registro de la

Propiedad.

Intensidad de Construcción

Es el máximo de metros totales construidos en relación al ta-

maño del terreno. Es decir que si la intensidad es tres en un

terreno de 2000 m2, se permi-tirá construir 6000 m2.

ISAI

El Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles es aquel grava-

men que pagarán todos los que compren un inmueble.

La tasa del impuesto varía en cada Estado.

IVA

Todo inmueble comercial, está gravado a la tasa del 16% de

este que es un impuesto fede-ral, pero únicamente sobre el

valor que arroje el avalúo sobre las construcciones no habitacionales, pues el suelo

está exento de este impuesto.

Las construcciones desti-nadas a casa habitación están exentas.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Juicio de Prescripción

Positiva

Procedimiento por el cual un particular solicita a un juez le otorgue la propiedad de un bien después de poseerlo por cierta cantidad de tiempo esti-pulada en la Ley, para de ese modo pasar de simple posee-dor a propietario, y adicional-mente contar con un título de propiedad.

También se le conoce como Usucapión o Prescripción Adquisitiva.

Libro de Registro Público

Es un gran cuaderno empasta-do con hojas numeradas pro-piedad del Registro de Propie-dad, y donde se asientan las inscripciones de las propieda-des. Normalmente los libros se clasifican por Sección, Partida, Número y fojas para poder lo-calizar cada inmueble.

Este es un sistema que ha tendido a desaparecer ante la implantación del sistema de folio real.

Modelo de Asociación

Es el modelo por el cual, un conjunto de inversionistas, op-tan por tomar para facilitar la inversión de su capital (Inmobiliario, pecuniario, inte-lectual) que harán para el desa-rrollo de un Inmueble.

Ejemplo: Fideicomiso, So-ciedad, Asociación en Parti-cipación, etc.

Mutuo

Contrato por el cual una perso-na se obliga a transferir la pro-piedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles a otra persona quien se obliga a devolver otro tanto de la mis-ma especie y calidad. Puede pactarse con o sin interés y con o sin garantía.

También se le conoce como crédito, reconocimiento de adeudo y en el ámbito Mercantil como Préstamo Mercantil.

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Norma de Vialidad

Si la zona donde se construirá un inmueble tiene un uso de suelo determinado, y la viali-dad tiene otro diferente, el propietario tendrá la facultad de escoger el uso de suelo que prefiera.

También se la llama norma específica de vialidad.

Notario

Es el funcionario público, con profesión de Abogado, al cual se le es investido de fe pública, y tiene facultades para que en su protocolo consten los actos y hechos jurídicos como com-praventas, sociedades civiles y mercantiles, testamentos, po-deres, fe de hechos, donacio-nes, sucesiones, entre muchos otros.

Oferta

Es el acto verbal o escrito por el cual una persona invita a otra a celebrar un contrato de compraventa de un inmueble, señalando su intención de pa-gar determinado precio en de-terminadas condiciones.

Puede conocerse también como "carta-intención”.

Opción de Compra

Acuerdo que permite decidir sobre la compra de un bien dentro de un cierto período de tiempo, según las condiciones de la misma.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Permiso de Cons-trucción

Es un permiso requerido, nor-malmente por la administra-ción local, para la realización de cualquier tipo de construc-ción, supone la autorización municipal para realizar las obras.

Permiso de Ventas

Es un permiso mediante el cual se busca la anuencia por parte del Estado para poder promo-ver la venta de lotes de un frac-cionamiento o de un condomi-nio.

Permuta Contrato donde cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa a cambio de otra.

Fiscalmente hablando, son 2 enajenaciones.

Plusvalía Ganancia por incremento del valor del activo en el tiempo.

Posesión

Es el poder de uso y goce ejer-cido sobre una cosa, por el cual la persona puede usar y disfru-tar la cosa sin poder disponer de ella (venderla).

No se cuenta con título de Propiedad.

Prelación

Es la preferencia que da el Re-gistro Público de la Propiedad a cierta persona en una inscrip-ción. Por ejemplo, si se inscribe primero en tiempo un embar-go, y al día siguiente una com-praventa, tiene prelación el acreedor del embargo sobre la propiedad.

Es parte del principio jurí-dico de que el primero en tiempo es primero en de-recho.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Prescripción Negativa

Es la terminación del derecho de ejercer alguna acción legal o de hacer una obligación por el paso del tiempo establecido en la Ley.

También se le conoce como Prescripción extintiva.

Prescripción Po-sitiva

Es el derecho que otorga la Ley, mediante juicio, a una per-sona de convertirse propietaria de una cosa cuando la poseyó en forma pacífica, continua, y pública, por cinco años.

Profesional Inmobiliario

Es la designación que les otor-ga la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios a sus asociados, los cuales son personas físicas dedicadas a la actividad inmobiliaria como son: comercializadores, admi-nistradores, valuadores, con-sultores, asesores en financia-miento.

Profesional Inmobiliario Certificado

Profesional Inmobiliario que ha aprobado un examen, y que con un promedio mínimo de ocho logra obtener una certifi-cación, que garantiza el nivel profesional y técnico que el público consumidor de servi-cios inmobiliarios requiere ac-tualmente.

Actualmente hay 450 P.I.C.s en la ciudad de Mé-xico.

Promesa de Compraventa

Es un contrato donde se esti-pulan las condiciones de un contrato de compraventa futu-ro y definitivo donde habrá transmisión de propiedad, y a la par obligaciones de pago.

Este contrato da origen exclusivamente a obliga-ciones de hacer, y por lo mismo no genera obliga-ciones de dar.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Promotor

Es la empresa o agencia inmo-biliaria encargada de la promo-ción y venta del producto in-mobiliario.

El promotor puede ser a la vez uno de los socios inver-sionistas en un desarrollo inmobiliario aportando capital o servicios.

Propiedad

A diferencia de la Posesión, la Propiedad es el poder por el cual una persona puede usar, disfrutar y disponer (vender) de una cosa sin perjuicio de terceros.

Se debe contar con un Títu-lo de Propiedad escriturado y registrado ante el Regis-tro Público de la Propie-dad.

Propiedad Privada

Es el derecho de una persona o empresa de poseer, controlar, emplear, disponer de, y dejar en herencia tierra, capital, co-sas y otras formas de propie-dad.

Propiedad Pública

Es el derecho del Estado, co-munidad o gobierno de poseer, controlar, emplear y disponer de capital, cosas y otras formas de propiedad.

Protocolo

Es el Libro con la colección or-denada de escrituras de todo tipo de actos jurídicos a los cuales el Notario a vertido de fe.

Proyecto Ejecutivo

Conjunto de planos, dibujos, esquemas y documentos nece-sarios para definir adecuada-mente la construcción, amplia-ción o remodelación de un In-mueble y poder realizar los trámites de los permisos de infraestructura.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Ratificación de Firmas

Es el acta por medio del cual el Notario hace constar que las personas que comparecieron ante él acudieron a reconocer y dar fe a las firmas que estam-paron en cierto documento y que manifiestan que son de su puño y letra.

Régimen de Propiedad

en Condominio

Es el régimen jurídico que se lleva a cabo cuando se desea convertir una propiedad en varios inmuebles susceptibles de aprovechamiento indivi-dual, bajo el concepto de con-dominio. De tal forma que to-das las propiedades del mismo estarán sujetas a un Reglamen-to, cuotas de mantenimiento, etc.

Vertical. Inmueble de va-rios niveles sobre un te-rreno común.

Registro Público de Comercio

Es la institución mediante la cual el Estado proporciona el servicio de dar publicidad a los actos mercantiles, así como aquellos que se relacionan con los comerciantes y que confor-me a la legislación lo requie-ran, para surtir efectos contra terceros.

Registro Público de la Propiedad

Es la institución que tiene co-mo función primordial darle publicidad a los actos de pro-piedad celebrados entre perso-nas físicas o morales, mediante la inscripción de los títulos que contienen la transmisión, mo-dificación, extinción, o gravá-menes, del dominio o posesión de derechos reales sobre in-muebles.

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CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

REITs

(Real Estate Investment Trust) Estructura (Fideicomiso)que posee y opera bienes raíces que generan ingresos. Forma práctica que permite que in-versionistas individuales invier-tan en proyectos de gran esca-la.

Cotizan en las principales Bolsas del mundo

Reserva de Dominio

La reserva de dominio es aquel pacto que suele incluirse en ciertos contratos de compra-venta por el que el vendedor se reserva la propiedad de la cosa vendida hasta haber reci-bido la totalidad del precio, normalmente aplazado.

De este modo, el vendedor no transmite la propiedad del bien, sino sólo su pose-sión.

Revocación Una revocación se puede refe-rir al acto jurídico o acto que deja sin efecto a uno anterior.

Ejemplo - es un modo de poner término a un Contra-to.

Saneamiento por Evicción

Es la obligación que tiene el vendedor de una cosa de resti-tuir al comprador el precio de la cosa vendida, pagar costas, daños y perjuicios cuando este último sufra la evicción del bien en parte o en su totalidad.

Para que se dé el sanea-miento por evicción es ne-cesario que la causa de la evicción sea anterior a la venta, o sea que no sea culpa del Comprador.

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Diccionario de términos Inmobiliarios.

CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Servidumbre

Es el derecho real que limita el dominio de un predio denomi-nado fundo sirviente en favor de las necesidades de otro lla-mado fundo dominante perte-neciente a otra persona.

Las servidumbres pueden ser legales (Impuestas por la autoridad) o por la vo-luntad de los propietarios.

Servidumbre de Acueducto

Es una servidumbre legal don-de todo aquel predio dominan-te que desee utilizar agua de algún lugar que pueda dispo-ner y en el trayecto interfiere un predio sirviente colindante, este tiene el derecho de hacer-la pasar por el predio sirviente colindante hasta llegar a su inmueble.

Servidumbre de Desagüe

Es una servidumbre legal don-de predios sirvientes están obligados a dar paso a aguas por mejoras agrícolas o indus-triales provenientes de predios dominantes, pero del mismo modo a ser indemnizadas.

Servidumbre de Paso

Es una servidumbre legal don-de un predio dominante por encontrarse sin salida, podrá exigir al predio sirviente colin-dante un paso mediando una indemnización por abrir dicha salida.

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Diccionario de términos Inmobiliarios.

CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Subdivisión de

Lotes

Es el acto mediante el cual se divide un predio en dos o más lotes; en donde los lotes resul-tantes cumplen con las dimen-siones mínimas establecidas de acuerdo a su ubicación.

Subrogación

Se trata de un negocio jurídico mediante el cual una persona sustituye a otra en una obliga-ción. En términos generales, es la delegación o reemplazo de obligaciones hacia otros; es un tipo de sucesión.

Por lo tanto, la subroga-ción puede darse en cual-quiera de las dos posicio-nes de una obligación: po-sición deudora y acreedo-ra.

Sustitución de

Deudor

Sucede cuando el inmueble objeto de una compraventa presenta un gravamen, gene-ralmente una hipoteca, y el comprador acepta pagar dicho gravamen, para así proceder a su cancelación.

También se le conoce como "Traspaso de deuda"

Tácita

Reconducción

Efecto producido por la perma-nencia del arrendatario en el disfrute de la cosa arrendada, una vez que el plazo del arren-damiento terminó, y que con-siste en que se tenga por cele-brado un nuevo contrato sobre la misma cosa y en idénticas condiciones que el anterior.

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Diccionario de términos Inmobiliarios.

CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Tasa Interna de Retorno (TIR)

Es el rendimiento del capital anualizado que un inversionis-ta obtiene en determinado proyecto.

Normalmente un inversio-nista inmobiliario, espera una T.I.R. del 20% o más anual, dependiendo del proyecto.

Testimonio

Es la escritura, que después de recibida, revisada, sellada e inscrita en el Registro de Pro-piedad, le será regresada al notario, para que a su vez le sea entregada a la o las partes que hubieren comparecido en dicho acto jurídico.

Uso

Es un derecho real que legitima para tener y utilizar una cosa o bien ajeno de acuerdo con las necesidades del usuario.

Uso de Suelo

Es la voluntad y visión del esta-do en coordinación con sus habitantes de cómo quieren que la tierra sea utilizada, de una manera ordenada y racio-nal.

Los usos de suelo permiti-dos generalmente son: ha-bitacional, comercial, in-dustrial, oficinas, agrícola, rural, reserva ecológica.

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Diccionario de términos Inmobiliarios.

CONCEPTO DEFINICIÓN COMENTARIOS

Usucapión

Es el modo de adquirir una pro-piedad por el sólo transcurso

del tiempo, a través de la pose-sión del mismo.

Usufructo Es un derecho real de goce o disfrute temporal de una cosa ajena.

Zonificación

Distinción de la tierra que hace el Estado donde se pueden

apreciar los usos, alturas máxi-mas, porcentajes de áreas li-

bres no construidas, y especifi-caciones de cada área y a veces

de cada predio específico.

Torre Avalanz Batallón de San Patricio 109

Piso 3 Norte Col. Valle Oriente

San Pedro Garza García, N.L.

(81) 82 18 80 80

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Rev

isad

o: 5

/6/2

01

4

Agradecemos la colaboración de:

Lic. Enrique Iglesias Elizondo - Iglesias Pozas y Páez ([email protected])

Lic. Gustavo Escamilla Flores - Notaria Pública No.26 ([email protected])

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