Diferencias Entre Las Penas y Medidas de Seguridad

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Diferencias entre las penas y medidas de seguridad.

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penas y medidas de seguridad segun el derecho

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Diferencias entre las penas y medidas de seguridad.

Diferencias entre las penas y medidas de seguridad.

Caractersticas de las penas:De acuerdo con Lpez Betancour, se debe tener las siguientes caractersticas:Proporcional al delito. Esto es, los delitos graves deben sancionarse con penas graves y viceversa.Personal. Slo debe imponerse al delincuente, nadie debe ser castigado por el delito de otro.Legal. Por que las penas deben estar siempre establecidas en la ley, haciendo realidad el principio de que nula poena sine lege (ninguna pena sin ley)

4. Igualdad. Implica que las penas deben aplicarse por igual, sin importar caractersticas de las persona, como lo puede ser su posicin social, econmica, religiosa, etc.5. Correccional. Debe tender a corregir la conducta equivocada del delincuente.6. Jurdica. Por que con la aplicacin de las penas se logra el restablecimiento del orden legal.

La pena ms grave de todas, es la pena de muerte.

Hoy da se rechaza el carcter expiatorio de la pena y se busca su fundamento en finalidades de conveniencia social. La sociedad debe protegerse en contra de cierta clase de actos gravemente antisociales. Debe tenerse presente que con la aplicacin de las penas siempre se ha de buscar con ella la forma de readaptar al delincuente a una vida honesta y de insertarlo nuevamente en un medio social normal, porque ello ser la mejor garanta de que no volver a delinquir.

Lo que fundamentalmente se busca con la reclusin de los delincuentes en establecimientos cerrados es su readaptacin a la vida social y no hacerlo sufrir con la prdida de su libertad.Debe entenderse que la pena de prisin debe ser aplicada solamente cuando ella va a tener una duracin que permita un tratamiento reeducativo bien planificado.

El Cdigo Penal para el Distrito Federal Indica en su artculo 30 un catalogo de penas que se pueden imponer por los delitos cometidos y asimismo en su artculo 31 seala las medidas de seguridad aplicables.

6El artculo 30 indica las siguientes penas que se pueden imponer por los delitos y son:Prisin.

Tratamiento en libertad de inimputables.

Semilibertad.

Trabajo en beneficio de la victima del delito o a favor de la comunidad.

Sanciones pecuniarias.

Decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito.

Suspensin o privacin de derechos.

Destitucin o inhabilitacin de cargos, comisiones o empleos pblicos.

El artculo 31 establece las medidas de seguridad que se pueden establecer y son las siguientes:

Supervisin de la autoridad.

Prohibicin de ir a un lugar determinado u obligacin de residir en l.

Tratamiento de inimputables o imputables disminuidos.

Tratamiento de deshabituacin o desintoxicacin.

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