DIPLOMADO Gestión de Impulsores Certificados para un...

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Todos los derechos reservados. Tecnológico de Monterrey MMVII DIPLOMADO DIPLOMADO Gesti Gestió n de Impulsores Certificados para un n de Impulsores Certificados para un Gobierno de Clase Mundial Gobierno de Clase Mundial Mtro. Miguel Ángel Nájera Miguel Miguel Á ngel N ngel Ná jera jera Licenciatura en derecho (UNAM) Licenciatura en derecho (UNAM) Maestr Maestrí a en Derecho Constitucional y Administrativo (UAA a en Derecho Constitucional y Administrativo (UAA- UNAM) UNAM) Maestr Maestrí a en Estudios Human a en Estudios Humaní sticos. Especialidad en sticos. Especialidad en Ética Aplicada a las tica Aplicada a las organizaciones. (ITESM) organizaciones. (ITESM) Doctorando en Doctorando en Ética y Democracia, Universidad de Valencia, Espa tica y Democracia, Universidad de Valencia, España. a. Coordinado por la Dra. Adela Cortina. Coordinado por la Dra. Adela Cortina. Estudios y diplomados en las Universidades de Loyola, Chicago; U Estudios y diplomados en las Universidades de Loyola, Chicago; Universidad de niversidad de Texas en Austin; Vancouver, Canad Texas en Austin; Vancouver, Canadá; miembro de la C ; miembro de la Cátedra Alfonso Reyes del tedra Alfonso Reyes del ITESM; integrante e investigador de la Academia Mexicana de Bio ITESM; integrante e investigador de la Academia Mexicana de Bioética, Cap tica, Capí tulo tulo Aguascalientes. Aguascalientes. Asesor Jur Asesor Jurí dico del INEGI en materia penal, laboral y administrativa. dico del INEGI en materia penal, laboral y administrativa. Secretario del Ayuntamiento de Aguascalientes. Secretario del Ayuntamiento de Aguascalientes. Oficial Mayor del Congreso del Estado de Aguascalientes. Oficial Mayor del Congreso del Estado de Aguascalientes. Conferencista en materia Constitucional, Responsabilidades P Conferencista en materia Constitucional, Responsabilidades Públicas y blicas y Buen Gobierno, Buen Gobierno, Éticas aplicadas a las organizaciones p ticas aplicadas a las organizaciones públicas y blicas y privadas, Construcci privadas, Construcción de la Ciudadan n de la Ciudadaní a y Democracia. a y Democracia. Actualmente Profesor Certificado por el sistema ITESM; Director Actualmente Profesor Certificado por el sistema ITESM; Director de de Humanidades y Ciencias Sociales; Apoderado Legal y Senador del Humanidades y Ciencias Sociales; Apoderado Legal y Senador del Campus Aguascalientes; Asesor y consultor de empresas. Campus Aguascalientes; Asesor y consultor de empresas.

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DIPLOMADO DIPLOMADO

GestiGestióón de Impulsores Certificados para un n de Impulsores Certificados para un

Gobierno de Clase MundialGobierno de Clase Mundial

Mtro. Miguel Ángel Nájera

Miguel Miguel ÁÁngel Nngel Náájerajera

•• Licenciatura en derecho (UNAM)Licenciatura en derecho (UNAM)•• MaestrMaestríía en Derecho Constitucional y Administrativo (UAAa en Derecho Constitucional y Administrativo (UAA--UNAM) UNAM) •• MaestrMaestríía en Estudios Humana en Estudios Humaníísticos. Especialidad en sticos. Especialidad en ÉÉtica Aplicada a las tica Aplicada a las

organizaciones. (ITESM)organizaciones. (ITESM)•• Doctorando en Doctorando en ÉÉtica y Democracia, Universidad de Valencia, Espatica y Democracia, Universidad de Valencia, Españña. a.

Coordinado por la Dra. Adela Cortina.Coordinado por la Dra. Adela Cortina.•• Estudios y diplomados en las Universidades de Loyola, Chicago; UEstudios y diplomados en las Universidades de Loyola, Chicago; Universidad de niversidad de

Texas en Austin; Vancouver, CanadTexas en Austin; Vancouver, Canadáá; miembro de la C; miembro de la Cáátedra Alfonso Reyes del tedra Alfonso Reyes del ITESM; integrante e investigador de la Academia Mexicana de BioITESM; integrante e investigador de la Academia Mexicana de Bioéética, Captica, Capíítulo tulo Aguascalientes.Aguascalientes.

•• Asesor JurAsesor Juríídico del INEGI en materia penal, laboral y administrativa.dico del INEGI en materia penal, laboral y administrativa.•• Secretario del Ayuntamiento de Aguascalientes.Secretario del Ayuntamiento de Aguascalientes.•• Oficial Mayor del Congreso del Estado de Aguascalientes.Oficial Mayor del Congreso del Estado de Aguascalientes.•• Conferencista en materia Constitucional, Responsabilidades PConferencista en materia Constitucional, Responsabilidades Púúblicas y blicas y

Buen Gobierno, Buen Gobierno, ÉÉticas aplicadas a las organizaciones pticas aplicadas a las organizaciones púúblicas y blicas y privadas, Construcciprivadas, Construccióón de la Ciudadann de la Ciudadaníía y Democracia. a y Democracia.

•• Actualmente Profesor Certificado por el sistema ITESM; Director Actualmente Profesor Certificado por el sistema ITESM; Director de de Humanidades y Ciencias Sociales; Apoderado Legal y Senador del Humanidades y Ciencias Sociales; Apoderado Legal y Senador del Campus Aguascalientes; Asesor y consultor de empresas.Campus Aguascalientes; Asesor y consultor de empresas.

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AsesorAsesoríía complementariaa complementaria

•• El valor agregado de este diplomado radica no solo en su El valor agregado de este diplomado radica no solo en su parte escolarizada sino en estimular un parte escolarizada sino en estimular un ““networknetwork”” entre los entre los participantes, compartir buenas prparticipantes, compartir buenas práácticas y ejemplos cticas y ejemplos exitosos, innovar por cuenta propia, y, lo mejor, traducir las exitosos, innovar por cuenta propia, y, lo mejor, traducir las ideas en acciones concretas.ideas en acciones concretas.

•• Por tanto, estPor tanto, estáá a su disposicia su disposicióón la asesorn la asesoríía que requieran:a que requieran:

�� [email protected]@itesm.mx

�� 9100900 ext. 53219100900 ext. 5321

• ¿Cómo vamos a aprovechar el hecho de conocer el marco normativo que nos rige y las responsabilidades responsabilidades públicas y particulares en las que podemos incurrir?

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Objetivos del MObjetivos del Móódulodulo

1.1. Objetivo General:Objetivo General:

� Comprender qué es exactamente (y qué no) la administración pública; conocer su marco jurídico, operativo y organizacional; identificar la estructura de sus diferentes niveles y esferas; cuáles sus responsabilidadesadministrativas, legales y políticas principales; cuáles son los nuevos enfoques en el trabajo del gobierno…

� Cómo afrontar los nuevos retos de calidad, competitividad, eficacia, eficiencia y transparencia en la administración pública..

� En un contexto de innovaciones rápidas, demandas crecientes, recursos limitados y pluralismo político.

Contenido del MContenido del MóóduloduloPrimera Parte : Primera Parte : ¿¿QuQuéé es la administracies la administracióón pn púública? blica?

Segunda Parte: Segunda Parte: Las responsabilidades fundamentales de la Las responsabilidades fundamentales de la administraciadministracióón: tendencias y sobrecargasn: tendencias y sobrecargas

Tercera Parte: Tercera Parte: Contexto contemporContexto contemporááneo y Nuevos neo y Nuevos

DesafDesafííos: En busca de un Gobierno de Calidad os: En busca de un Gobierno de Calidad

Cuarta Parte: Cuarta Parte: GestiGestióón Pn Púública y Pluralismo Polblica y Pluralismo Políítico: tico:

¿¿complementarios o excluyentes? complementarios o excluyentes? ¿¿incentivan incentivan o paralizan? o paralizan?

Quinta Parte: Quinta Parte: Administrar, gobernar y comunicar: Administrar, gobernar y comunicar:

estrategias y retos.estrategias y retos.

Sexta Parte: Sexta Parte: El marco legal y el enfoque El marco legal y el enfoque éético de la gestitico de la gestióón n ppúública.blica.

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Sexta Parte: Sexta Parte: El marco legal y el enfoque El marco legal y el enfoque éético de la gestitico de la gestióón n ppúública blica

•• Nociones bNociones báásicas del derecho constitucional.sicas del derecho constitucional.

•• Ley OrgLey Orgáánica de la Administracinica de la Administracióón Pn Púública del estado de blica del estado de Aguascalientes.Aguascalientes.

•• Ley de Responsabilidades de los Servidores PLey de Responsabilidades de los Servidores Púúblicos del blicos del EstadoEstado

•• Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

•• Ley para el control de Entidades Paraestatales del Estado de Ley para el control de Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes.Aguascalientes.

• Discusión conceptual y práctica:

• Federación/Estado/Municipio:

• ¿relaciones jerárquicas, antagónicas, de colaboración, de concurrencia o de distribución de funciones ?

� Las facultades de cada quién

� Las controversias constitucionales (art. 105 CG)

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¿¿CCóómo resolver cuestiones de mo resolver cuestiones de legalidad y legitimidad, y al mismo legalidad y legitimidad, y al mismo tiempo hacer gobiernos efectivos tiempo hacer gobiernos efectivos y de calidad?y de calidad?

Principios BPrincipios Báásicos Constitucionalessicos Constitucionales

ConstituciConstitucióónnPolPolíítica tica

De los Estados De los Estados Unidos Unidos

MexicanosMexicanos

Leyes Leyes Federales Federales

Secundarias Secundarias

Leyes Leyes Federales Federales

Secundarias Secundarias

Leyes Leyes Federales Federales SecundariasSecundarias

Estado MexicanoEstado Mexicano

Territorio Territorio PoblaciPoblacióón n GobiernoGobierno

GobiernoGobierno

Legislativo Legislativo EjecutivoEjecutivo JudicialJudicial

C. P. E. A.C. P. E. A.

Leyes LocalesLeyes Locales Leyes LocalesLeyes Locales Leyes LocalesLeyes Locales

SoberanSoberaníía Art. 39 CPEUMa Art. 39 CPEUM

RepRepúública representativa, blica representativa, democrdemocráática, federal, tica, federal,

FederaciFederacióón establecida n establecida segsegúún los principios de la n los principios de la

ley fundamentalley fundamental

SupremacSupremacíía Constitucionala Constitucional Sistema Federal. IntegraciSistema Federal. Integracióón Territorial por n Territorial por Estados y MunicipiosEstados y Municipios

Estados Libres y SoberanosEstados Libres y Soberanos

AutonomAutonomíía a

InternaInterna

Propias Propias

LeyesLeyes

DivisiDivisióón de Poderesn de Poderes

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Es una personal moral de derecho público

que tiene como objetivo fundamental realizar

el bien común.

Una de sus principales funciones es el

el ejercicio del poder derivado de la CPEUM

a través de los órganos que fueron creados

para ello:

PODERPODERLEGISLATIVOLEGISLATIVO

PODERPODEREJECUTIVOEJECUTIVO

PODERPODERJUDICIALJUDICIAL

•• La La teorteoríía de la divisia de la divisióón de n de

poderespoderes fue creada en el fue creada en el

siglo XVIII por Charles siglo XVIII por Charles

Louis de Secondat, barLouis de Secondat, baróón n

de Montesquieu en Francia, de Montesquieu en Francia,

y se basa en que el poder y se basa en que el poder

polpolíítico del Estado debe tico del Estado debe

dividirse en tres:dividirse en tres:

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Poder

Legislativo, es el encargado de hacer leyes.

Poder Ejecutivo, es el encargado de hacer que dichas leyes sean obededecidas por los

gobernados.

Poder Judicial, conoce los conflictos o controversias que se dan entre los gobernados, en caso de aplicación o

interpretación de leyes

SIGLO XVIIISIGLO XVIIISIGLO XVIIISIGLO XVIII

REACCION ALREACCION ALREACCION ALREACCION AL

MERCANTILISMOMERCANTILISMOMERCANTILISMOMERCANTILISMO

FRANCOISE QUESNAYFRANCOISE QUESNAYFRANCOISE QUESNAYFRANCOISE QUESNAY

(doctrina fisiocrática)Ideas modificadas por

ADAM SMITH

PAISES INICIADORESPAISES INICIADORESPAISES INICIADORESPAISES INICIADORES

• FRANCIAFRANCIAFRANCIAFRANCIA

•INGLATERRAINGLATERRAINGLATERRAINGLATERRA

SE APOYA EN EL

POSTULADO DEL

DERECHO NATURAL

Y EN LAS CARAC.

INTERNAS DEL

INDIVIDUO.

REVOLUCION FRANCESAREVOLUCION FRANCESAREVOLUCION FRANCESAREVOLUCION FRANCESA

DERECHO NATURALDERECHO NATURALDERECHO NATURALDERECHO NATURAL

““““CONTRATO SOCIALCONTRATO SOCIALCONTRATO SOCIALCONTRATO SOCIAL””””

(ROUSSEAU)(ROUSSEAU)(ROUSSEAU)(ROUSSEAU)

• El estado no debe deEl estado no debe de

intervenir en la actividadintervenir en la actividad

privada sino sprivada sino sóólo en lalo en la

proporciproporcióón que sea n que sea

indispensable para asegurarindispensable para asegurar

a todos los individuos ela todos los individuos el

respeto a sus derechos.respeto a sus derechos.

LIBRE CONCURRENCIA

• Absoluta libertad de Absoluta libertad de actuaciactuacióón.n.

•• Fiel observancia de lasFiel observancia de lasleyes econleyes econóómicas.micas.

Se puede lograr elSe puede lograr elééxito del Estadoxito del Estado..

LA TESIS DEJARLA TESIS DEJARLA TESIS DEJARLA TESIS DEJAR

HACER, DEJAR PASARHACER, DEJAR PASARHACER, DEJAR PASARHACER, DEJAR PASAR

Y LIBERTAD DE LA OFERTAY LIBERTAD DE LA OFERTAY LIBERTAD DE LA OFERTAY LIBERTAD DE LA OFERTA

Y LA DEMANDA CONSTITUYENY LA DEMANDA CONSTITUYENY LA DEMANDA CONSTITUYENY LA DEMANDA CONSTITUYEN

LOS POSTULADOS MAXIMOS DE LALOS POSTULADOS MAXIMOS DE LALOS POSTULADOS MAXIMOS DE LALOS POSTULADOS MAXIMOS DE LA

DOCTRINA LIBERALDOCTRINA LIBERALDOCTRINA LIBERALDOCTRINA LIBERAL....

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ESTE SISTEMA SE DA SOBRE LOS SIGUIENTE LINEAMIENTOS:

PROPIEDAD DE LOS BIENES INMUEBLES

SE RECONOCE EL DERECHO DEPROPIEDAD DE LOS PARTICULARES SOBRE TODO TIPO DE BIENES INCLUSODE PRODUCCION, PERO SE CONDICIONAY LIMITA LA PROPIEDAD PRIVADA EN FUNCION DEL INTERES PUBLICO.TAMBIEN SE ENCUENTRA LA PROPIEDADPUBLICA, ES DECIR, LA PROPIEDAD DEL ESTADO SOBRE CIERTO TIPO DE BIENES.

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SE TIENE AREAS ESTRATEGICAS DEL PODER PUBLICO , ENLO TOCANTE A UN CONTROL DIRECTO, EXCLUSIVO Y NO

CONCESIONABLE SOBRE LA EXPLOTACION DE CIERTOS BIENESY SOBRE DETERMINADAS ACTIVIDADES

ART. 27 DE LA CONSTITUCION.

REGULA LA PROPIEDAD EXCLUSIVA

Y NO CONCESIONABLE DEL PETROLEO

Y LOS CARBUROS DE HIDROGENO,

SOLIDOS, LIQUIDOS Y GASESOSO,

ASI COMO DE LOS MINERALES

RADIACTIVOS

• ACUÑACION DE MONEDA•CORREOS•TELEGRAFOS•EMISION DE BILLETES•FERROCARRILES

Ante todo este esquema de normas y Ante todo este esquema de normas y realidades, realidades, ¿¿ccóómo se da la actuacimo se da la actuacióón de n de los funcionarios plos funcionarios púúblicos? Y blicos? Y

¿¿CuCuáál es el espectro, los alcances y las l es el espectro, los alcances y las dimensiones de lo que tiene que hacer? dimensiones de lo que tiene que hacer?

Es decir Es decir ……

¿¿cucuáál es su responsabilidad?l es su responsabilidad?

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El ejercicio de la funciEl ejercicio de la funcióón pn púúblicablica

El ejercicio de funciones públicas se realiza en un cuadrante

que intenta ser virtuoso:

Persona Ética

Derecho Funcionario Público

¿¿QuQuéé hacer para cumplir con las cuatro normas?hacer para cumplir con las cuatro normas?

El cumplir con una, no excluye el cumplimiento de las otras.El cumplir con una, no excluye el cumplimiento de las otras.

Al cumplir con el derecho, actuamos legalmente y nos salvamos, pero

cuando el derecho no te permite cumplir a plenitud tu función, tenemos que

utilizar las facultades implícitas, es entonces cuando inician los problemas.

El ejercicio de la funciEl ejercicio de la funcióón pn púúblicablica

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Tipos de normas que pueden influir en el buen ejercicio de la función pública

La divinidadLa divinidad

Ante los creyentes.Ante los creyentes.

CreyentesCreyentes

Casi todos los Casi todos los

mexicanos.mexicanos.

••Interno Interno

••NoNo--coactivocoactivo

••UltimidadUltimidad

Fe religiosaFe religiosaReligiosasReligiosas

La propia La propia

conciencia conciencia

Gobierno de Gobierno de

CalidadCalidad

Cada cual se Cada cual se

considera considera

destinatario de las destinatario de las

normasnormas

••InternoInterno

••NoNo--coactivocoactivo

••UltimidadUltimidad

Fuentes diversas: Fuentes diversas:

TradiciTradicióón, n,

creenciascreencias

ÉÉticas,ticas,

MoralesMorales

PoblaciPoblacióónnCiudadanos que Ciudadanos que

habitan en el Pahabitan en el Paíís s

o en el Estado.o en el Estado.

•• ExternoExterno

•• SemiSemi--coactivocoactivo

CostumbresCostumbresCortesCortesíía y trato a y trato socialsocial

Poder polPoder políítico tico

Orden JurOrden Juríídicodico

Ciudadanos Ciudadanos

Funcionarios Funcionarios

PPúúblicosblicos

•• Externo Externo

•• CoactivoCoactivo

El Estado El Estado Legales JurLegales Juríídicasdicas

Se responde anteSe responde anteObliga a Obliga a Obliga de modo Obliga de modo Procede deProcede de

ArtArtíículo 40 CPEUMculo 40 CPEUM••Es voluntad del pueblo Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una mexicano constituirse en una RepRepúública representativa, blica representativa, democrdemocráática, federal, tica, federal, compuesta de Estados libres compuesta de Estados libres

y soberanos en todo lo y soberanos en todo lo

concerniente a su rconcerniente a su réégimen gimen

interiorinterior; pero unidos en una ; pero unidos en una FederaciFederacióón establecida segn establecida segúún n los principios de esta ley los principios de esta ley fundamentalfundamental ArtArtíículo 41 CPEUMculo 41 CPEUM

El pueblo ejerce su soberanEl pueblo ejerce su soberaníía por a por medio de los Poderes de la Unimedio de los Poderes de la Unióón n en los casos de la competencia de en los casos de la competencia de ééstos, y stos, y por los de los Estados por los de los Estados

en lo que toca a sus regen lo que toca a sus regíímenes menes

interioresinteriores, en los t, en los téérminos rminos respectivamente establecidos por respectivamente establecidos por la presente Constitucila presente Constitucióón Federal y n Federal y

las particulares de los Estados, las particulares de los Estados,

las que en ninglas que en ningúún caso podrn caso podráán n

contravenircontravenir

�� ConstituciConstitucióón Poln Políítica del Estado de Aguascalientes.tica del Estado de Aguascalientes.

�� Ley OrgLey Orgáánica de la Administracinica de la Administracióón Pn Púública del Estado blica del Estado de Aguascalientes. de Aguascalientes.

�� Ley para el control de Entidades Paraestatales del Estado Ley para el control de Entidades Paraestatales del Estado de Aguascalientes.de Aguascalientes.

�� Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto PLey de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Púúblico del blico del Estado de Aguascalientes.Estado de Aguascalientes.

�� Ley de Responsabilidades de los Servidores PLey de Responsabilidades de los Servidores Púúblicos del blicos del Estado de Aguascalientes.Estado de Aguascalientes.

�� Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.Hacendaria.

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Problemas operativos a los que nos enfrentamosProblemas operativos a los que nos enfrentamos……..

La funciLa funcióón pn púública implica una acciblica implica una accióón humana que incluye conductas, actitudes, n humana que incluye conductas, actitudes, emociones y sensibilidades que no precisamente contempla la ley.emociones y sensibilidades que no precisamente contempla la ley.

Conforme a la ley, para administrar bienes o servicios pConforme a la ley, para administrar bienes o servicios púúblicos tenemos que blicos tenemos que Planear, Programar, Presupuestar y disePlanear, Programar, Presupuestar y diseññar Procedimientos idar Procedimientos idóóneos para lograr la neos para lograr la eficacia y la efectividad que requiere un gobierno de calidad mueficacia y la efectividad que requiere un gobierno de calidad mundial.ndial.

¿¿PorquPorquéé tenemos que hacer leyes que regulen estas actividades, astenemos que hacer leyes que regulen estas actividades, asíí como el buen como el buen ejercicio del gasto publico?ejercicio del gasto publico?

Ahora bienAhora bien……. . ¿¿La ley contempla todos y cada uno de los momentos del acto La ley contempla todos y cada uno de los momentos del acto administrativo que seadministrativo que seññalamos?alamos?

Al realizar la administraciAl realizar la administracióón pn púública nos enfrentamos a una disyuntiva:blica nos enfrentamos a una disyuntiva:

si cumplimos al pie de la letra la ley, no administramos eficazsi cumplimos al pie de la letra la ley, no administramos eficaz y eficientemente, y eficientemente, luego luego entoncesentonces……

¿¿QuQuéé debemos hacer?debemos hacer?

Los invito a leer un poco al Maestro Elisur Arteaga Los invito a leer un poco al Maestro Elisur Arteaga ……

¿¿QuQuéé opinan?opinan?

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ConstituciConstitucióón Poln Políítica del Estado de Aguascalientestica del Estado de Aguascalientes

�� Principio BPrincipio Báásico. El Poder Psico. El Poder Púúblico solamente puede actuar en uso de blico solamente puede actuar en uso de facultades expresas mientras que los particulares pueden hacer tfacultades expresas mientras que los particulares pueden hacer todo lo que las odo lo que las leyes federales y locales no les prohleyes federales y locales no les prohííban. Art. 3ban. Art. 3ºº..

�� Facultades del Poder Legislativo. Facultades del Poder Legislativo. Decretar las contribuciones. Examina, Decretar las contribuciones. Examina, discute y aprueba anualmente el Presupuesto de Egresos del Estaddiscute y aprueba anualmente el Presupuesto de Egresos del Estado. Autorizar al Ejecutivo o. Autorizar al Ejecutivo para celebrar emprpara celebrar emprééstitos, para ejercer actos de dominio sobre bienes inmuebles delstitos, para ejercer actos de dominio sobre bienes inmuebles del Estado. Estado. Revisa las cuentas pRevisa las cuentas púúblicas de los Poderes del Estado. (Incluye las dependencias defiblicas de los Poderes del Estado. (Incluye las dependencias definidas nidas como tales en la Ley Orgcomo tales en la Ley Orgáánica de la Administracinica de la Administracióón Pn Púública, los organismos paraestatales, blica, los organismos paraestatales, organismos autorganismos autóónomos, empresas de participacinomos, empresas de participacióón mayoritaria y fideicomisos pertenecientes a n mayoritaria y fideicomisos pertenecientes a la Administracila Administracióón Pn Púública Descentralizada). Crea y suprime cargos pblica Descentralizada). Crea y suprime cargos púúblicos. Como Gran blicos. Como Gran Jurado determina responsabilidades en ilJurado determina responsabilidades en ilíícitos oficiales o del orden comcitos oficiales o del orden comúún contra servidores n contra servidores ppúúblicos con fuero. Cita a funcionarios para que informen y puede blicos con fuero. Cita a funcionarios para que informen y puede integrar comisiones de integrar comisiones de investigar el funcionamiento de todos los organismos descentraliinvestigar el funcionamiento de todos los organismos descentralizados o empresas de zados o empresas de participaciparticipacióón estatal, entre otras. Art. 27. n estatal, entre otras. Art. 27.

�� Facultades y Obligaciones del Poder Ejecutivo. Facultades y Obligaciones del Poder Ejecutivo. Proyecto de Ley de Ingresos y Proyecto de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos, a mPresupuesto de Egresos, a máás tardar el 31 de octubre, requisitos que debe contener, Art 46 s tardar el 31 de octubre, requisitos que debe contener, Art 46 f.II. f.II. Celebrar diversos tipos de convenios. Concertar emprCelebrar diversos tipos de convenios. Concertar emprééstitos y actos de dominio sobre bienes stitos y actos de dominio sobre bienes propiedad del Estado, ambos actos, con la autorizacipropiedad del Estado, ambos actos, con la autorizacióón ya citada. n ya citada.

�� La Hacienda PLa Hacienda Púública. blica. Los bienes y derechos, contribuciones que el Congreso decreta. Los bienes y derechos, contribuciones que el Congreso decreta. El Ejecutivo y SecretarEl Ejecutivo y Secretaríía de Finanzas y los Poderes Legislativo y Judiciala de Finanzas y los Poderes Legislativo y Judicial,, responsables de la responsables de la administraciadministracióón, en el n, en el áámbito de sus competencias. mbito de sus competencias. No podrNo podráá hacerse pago alguno que no esthacerse pago alguno que no estéécomprendido en el Presupuesto o determinado por Ley posterior.comprendido en el Presupuesto o determinado por Ley posterior. Si al iniciarse un aSi al iniciarse un añño fiscal no o fiscal no hubiere sido aprobado el presupuesto general correspondiente, sehubiere sido aprobado el presupuesto general correspondiente, se ejercerejerceráá la iniciativa presentada la iniciativa presentada por el Titular del Poder Ejecutivo o los Ayuntamientos, con carpor el Titular del Poder Ejecutivo o los Ayuntamientos, con caráácter de temporal por el lapso que cter de temporal por el lapso que determine la Ley Orgdetermine la Ley Orgáánica del Poder Legislativo del Estado. El Congreso, aprueba el Pnica del Poder Legislativo del Estado. El Congreso, aprueba el Presupuesto de resupuesto de Egresos. Arts. 63Egresos. Arts. 63--6565

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�� Responsabilidad de los Servidores PResponsabilidad de los Servidores Púúblicos.blicos.Servidores pServidores púúblicos: blicos:

�� Representantes de elecciRepresentantes de eleccióón popular n popular �� Integrantes del Poder Judicial y a sus funcionarios y empleadosIntegrantes del Poder Judicial y a sus funcionarios y empleados, , �� Consejeros Ciudadanos del Consejo General del Instituto EstatalConsejeros Ciudadanos del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y el personal Electoral y el personal

que labore para el mismo y que labore para el mismo y ��En general: quien desempeEn general: quien desempeññe un empleo, cargo o comisie un empleo, cargo o comisióón de cualquier naturaleza en n de cualquier naturaleza en

la Administracila Administracióón Pn Púública Estatal, blica Estatal, ��los Directores Generales o sus equivalentes de los Organismos Delos Directores Generales o sus equivalentes de los Organismos Descentralizados, scentralizados,

Empresas de ParticipaciEmpresas de Participacióón Estatal o Municipal Mayoritaria, Sociedades y n Estatal o Municipal Mayoritaria, Sociedades y Asociaciones asimiladas a Asociaciones asimiladas a ééstas y de Fideicomisos Pstas y de Fideicomisos Púúblicos, blicos,

Responsabilidad: Por los actos u omisiones en que incurran en elResponsabilidad: Por los actos u omisiones en que incurran en el desempedesempeñño de sus o de sus respectivas funciones. respectivas funciones.

La La éética de la Responsabilidad. Max Weber.tica de la Responsabilidad. Max Weber.

Tipos de responsabilidades: Tipos de responsabilidades:

LegalLegal: V: Violaciones a la C. P. E. U. M., Leyes Federales, C. P. E. A., Liolaciones a la C. P. E. U. M., Leyes Federales, C. P. E. A., Leyes eyes Locales.Locales.

AdministrativaAdministrativa: M: Manejo indebido de fondos y recursos del Estado.anejo indebido de fondos y recursos del Estado.

PenalPenal: Por la comisi: Por la comisióón de delitos del orden comn de delitos del orden comúún que cometan durante el n que cometan durante el tiempo de su encargo. Y por iltiempo de su encargo. Y por ilíícitos oficiales, ya sean civiles, citos oficiales, ya sean civiles, penales, administrativos o polpenales, administrativos o polííticos, en que incurran en el ejercicio ticos, en que incurran en el ejercicio de sus cargos. de sus cargos.

PolPolííticatica: Juicio Pol: Juicio Políítico en casos de servidores ptico en casos de servidores púúblicos con fuero.blicos con fuero.

EconEconóómicamica: Cuando tienen que indemnizar por la comisi: Cuando tienen que indemnizar por la comisióón de alguno de n de alguno de los hechos selos hechos seññalados.alados.

ÉÉticatica: Por la falta de honradez, lealtad, imparcialidad en el desemp: Por la falta de honradez, lealtad, imparcialidad en el desempeeñño de o de sus funciones.sus funciones.

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Medios para la DeterminaciMedios para la Determinacióón de Responsabilidades:n de Responsabilidades:

I.I. Juicio PolJuicio Políítico.tico. Gobernador, los Diputados a la Legislatura Local, los Gobernador, los Diputados a la Legislatura Local, los Magistrados del Poder Judicial, los Secretarios de Despacho, ProMagistrados del Poder Judicial, los Secretarios de Despacho, Procurador curador General de Justicia, Regidores y SGeneral de Justicia, Regidores y Sííndicos.ndicos.

II.II. Declaratoria de procedencia por la comisiDeclaratoria de procedencia por la comisióón de delitos, y n de delitos, y

III.III. Responsabilidades, sanciones y recomendaciones administrativas. Responsabilidades, sanciones y recomendaciones administrativas.

Ley de CoordinaciLey de Coordinacióón Fiscal del Estado de Aguascalientes n Fiscal del Estado de Aguascalientes

Objeto: CObjeto: Coordinar el Sistema Fiscal del Estado con sus Municipios.

Con base a la Ley de Coordinación Fiscal Federal establecer las participaciones e incentivos para los municipios.

La distribución de participaciones e incentivos.

Establecer las bases de cálculo de los mismos.

Incentivar la recaudación de ingresos municipales.

Fijar las reglas de colaboración administrativa entre las diversas autoridades fiscales.

Constituir la Asamblea Fiscal Estatal, sus bases de organización y funcionamiento.

Carece de medios para que un municipio se inconforme por una decCarece de medios para que un municipio se inconforme por una decisiisióón que lesiones sus n que lesiones sus intereses. La Asamblea Fiscal Estatal es la mintereses. La Asamblea Fiscal Estatal es la mááxima autoridad.xima autoridad.

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Ley OrgLey Orgáánica de la Administracinica de la Administracióón Pn Púública del Estado de Aguascalientes.blica del Estado de Aguascalientes.

Objeto: Objeto: La OrganizaciLa Organizacióón del Poder Ejecutivo, sus unidades de apoyo y dependencias.n del Poder Ejecutivo, sus unidades de apoyo y dependencias.Establecer sus atribuciones, funciones y obEstablecer sus atribuciones, funciones y obligaciones, conforme a la ligaciones, conforme a la C.P.E.U.M. la C.P.E.A. y las demC.P.E.U.M. la C.P.E.A. y las demáás disposiciones jurs disposiciones juríídicas vigentes. dicas vigentes. Las entidades paraestatales, forman parte de la AdministraciLas entidades paraestatales, forman parte de la Administracióón Pn Púública del blica del Estado. (Ley aplicable, la Ley de Control de Entidades ParaeEstado. (Ley aplicable, la Ley de Control de Entidades Paraestatales) Art. 2.statales) Art. 2.

Sujetos obligados: Sujetos obligados: El Gobernador del Estado, como responsable de El Gobernador del Estado, como responsable de La AdministraciLa Administracióón Pn Púública, blica,

Dependencias que lo auxilian en el estudio, planeaciDependencias que lo auxilian en el estudio, planeacióón y despacho:n y despacho:I. Secretaría General de Gobierno; II. Secretaría de Seguridad Pública; (Nueva Creación)III. Secretaría de Finanzas; (Hacen una sola, integran la de

Administración)IV. Secretaría de Gestión e Innovación; (Nueva Creación. Importantes

facultades administrativas)V. Secretaría de Desarrollo Social; VI. Secretaría de Obras Públicas; VII. Procuraduría General de Justicia; VIII. Secretaría de Desarrollo Económico; IX. Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional; (Facultades

adicionales)X. Contraloría General del Estado; y XI. Secretaría de Turismo. (Nueva Creación)

Estructura Administrativa. Art. 47Estructura Administrativa. Art. 47Refrendo Ministerial. Art. 10. Refrendo Ministerial. Art. 10. Decretos y Reglamentos. Srio. Gral de Gobierno y del Ramo.Facultad Reglamentaria. Art. 11. Facultad Reglamentaria. Art. 11. Atribuciones de Unidades Administrativas.

Relacione

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Sup

ra a sub

ordina

ciRelacione

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cióó nn

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Ley para el Control de las Entidades Paraestatales del EstadoLey para el Control de las Entidades Paraestatales del Estadode Aguascalientes. de Aguascalientes.

Objeto: Objeto: RRegular la organización, funcionamiento y control de las entidades paraestatales de la Administración Pública Estatal. Art. 1º.

Sujetos Obligados: Sujetos Obligados: Las entidades paraestatales. Art. 2. L.O.A.P.E.A.Organismos descentralizados.

Eentidades creadas por ley, con personalidad jurídica y patrimonio propios, cualquiera que sea la estructura que adopten.

Las empresas de participación estatala) El Gobierno Estatal 51% o mas del capital social o acciones;

b) Acciones de serie especial que sólo puedan ser suscritas por el Gobierno Estatal; o

c) Gobierno con Facultad de nombramiento y Gobierno

Los fideicomisos públicos.Creados por ley, para auxiliar al Ejecutivo en el ejercicio de sus facultades o en el cumplimiento de sus obligaciones.

Diferencias: Diferencias: AutonomAutonomíía de Gesta de Gestíóíón para el logro de su objeto, fines y metas.n para el logro de su objeto, fines y metas.

AdministraciAdministracióón n áágil y eficiente. Art. 5.gil y eficiente. Art. 5.Facultades de los Directores: Facultades de los Directores: •• Ejercer las más amplias facultades de dominio, administración, pleitos y cobranzas, aún

de aquellas que requieran de autorización especial.• Emitir, avalar y negociar títulos de crédito.• Ejercitar y desistirse de acciones judiciales inclusive del juicio de amparo.• Comprometer asuntos en arbitraje y celebrar transacciones.• Otorgar poderes generales y especiales, incluso las que requieran autorización o

cláusula especial. Otorgamiento y validez de poderes, bastará la comunicación oficial que se expida al mandatario por el Director General.

Los Directores Generales ejercerán las facultades a que se refieren las fracciones anteriores, bajo su responsabilidad y dentro de las limitaciones que señale la Ley del organismo respectivo o el Órgano de Gobierno. Art. 15.

Como parte de la AdministraciComo parte de la Administracióón Pn Púública Estatal tienen las blica Estatal tienen las mismas obligaciones que las dependencias y entidades que la mismas obligaciones que las dependencias y entidades que la conforman en cuanto al control presupuestal y funcional .conforman en cuanto al control presupuestal y funcional .

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Facultades de los Facultades de los ÓÓrganos de Gobierno. rganos de Gobierno. Art. 41.

Control y EvaluaciControl y Evaluacióón.n. Art. 43. Órganos de Gobierno.Contraloría General de Gobierno.Contaduría Mayor de Hacienda. C.E.

SancionesSanciones: Ejecutivo del Estado. Toma medidas correctivas.Subsana deficiencias y omisiones.Fincar responsabilidades. Arts. 47 y 48

Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Aguascalientes.

Objeto: Objeto: Normar y regular el Presupuesto de Ingresos y Egresos, la ContabNormar y regular el Presupuesto de Ingresos y Egresos, la Contabilidad, y el ilidad, y el ejercicio del Gasto Pejercicio del Gasto Púúblico. blico.

Sujetos Obligados: Sujetos Obligados: I.I.-- Poder Ejecutivo del Estado; Poder Ejecutivo del Estado; II.II.-- Poder Legislativo; Poder Legislativo; III.III.-- Poder Judicial; y Poder Judicial; y IV.IV.-- Municipios del EstadoMunicipios del Estado

Principios Fundamentales: Principios Fundamentales: Los Sujetos deben observar y cumplir los Principios FundamentaleLos Sujetos deben observar y cumplir los Principios Fundamentales s de Presupuestacide Presupuestacióón, Contabilidad y Gasto Pn, Contabilidad y Gasto Púúblico, establecidos en los artblico, establecidos en los artíículos 8, 9 y 10.culos 8, 9 y 10.

Los Sujetos deben optimizar los recursos del Estado y de los Los Sujetos deben optimizar los recursos del Estado y de los Municipios, por lo que deben planear, programar y presupuestar sMunicipios, por lo que deben planear, programar y presupuestar sus actividades con honestidad, us actividades con honestidad, claridad y transparencia.claridad y transparencia.

La presupuestaciLa presupuestacióón debe estar conforme a criterios de austeridad, n debe estar conforme a criterios de austeridad,

disciplina y racionalidad.disciplina y racionalidad.

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EvaluaciEvaluacióón y Control del Gasto Pn y Control del Gasto Púúblico.blico.

ÓÓrganos responsables: rganos responsables: FinanzasFinanzas, la Contralor, la Contraloríía, las Tesorera, las Tesoreríías, las Unidades o Comisiones as, las Unidades o Comisiones respectivas.respectivas.

Criterios:Criterios: En funciEn funcióón de los objetivos y metas de los programas autorizados, a efectn de los objetivos y metas de los programas autorizados, a efecto de o de medir su grado de cumplimiento. medir su grado de cumplimiento.

Responsables directosResponsables directos: : Los titulares de los Sujetos de la Ley.Los titulares de los Sujetos de la Ley.PodrPodráán tomar acciones correctivas y disciplinarias. n tomar acciones correctivas y disciplinarias.

Responsabilidad compartida:Responsabilidad compartida: Todos los servidores pTodos los servidores púúblicos en cuanto a sus funciones.blicos en cuanto a sus funciones.

Vigilancia y VerificaciVigilancia y Verificacióón del Gasto Pn del Gasto Púúblico:blico: LLa Contralora Contraloríía Estatal y las Municipales,a Estatal y las Municipales,Poder Legislativo y Judicial, en el Poder Legislativo y Judicial, en el áámbito de su competencia.mbito de su competencia.

ArtArtíículos 36culos 36--39.39.

Responsabilidades Responsabilidades Sujetos de responsabilidad oficial: Sujetos de responsabilidad oficial: Los Servidores PLos Servidores Púúblicos.blicos.

Ley Aplicable: Ley Aplicable: Ley de Responsabilidades de los Servidores PLey de Responsabilidades de los Servidores Púúblicos del blicos del Estado de Aguascalientes.Estado de Aguascalientes.

La determinaciLa determinacióón de responsabilidades conforme a esta ley, es adicional a n de responsabilidades conforme a esta ley, es adicional a las responsabilidades civiles y penales en las que incurran los las responsabilidades civiles y penales en las que incurran los Servidores Servidores PPúúblicos. blicos.

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Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado del Aguascalientes

Objeto:Objeto: reglamentar el Capreglamentar el Capíítulo XVI de la C.P.E.A., en materia de: tulo XVI de la C.P.E.A., en materia de: I.I.-- Responsabilidad de los servidores pResponsabilidad de los servidores púúblicos del Estado y de los Municipios; blicos del Estado y de los Municipios; II.II.-- Obligaciones en el servicio pObligaciones en el servicio púúblico estatal y municipal; blico estatal y municipal; III.III.-- Responsabilidades y sanciones administrativas, disciplinarias,Responsabilidades y sanciones administrativas, disciplinarias, resarcitorias y resarcitorias y las que deban resolverse mediante Juicio Pollas que deban resolverse mediante Juicio Políítico; tico; IV.IV.-- Autoridades competentes y los procedimientos para determinar laAutoridades competentes y los procedimientos para determinar las s responsabilidades y aplicar las sanciones; responsabilidades y aplicar las sanciones; V.V.-- Autoridades competentes y los procedimientos para declarar la pAutoridades competentes y los procedimientos para declarar la procedencia del rocedencia del enjuiciamiento penal de los servidores penjuiciamiento penal de los servidores púúblicos que gozan de fuero constitucionalblicos que gozan de fuero constitucionalVI.VI.-- Registro patrimonial de los servidores pRegistro patrimonial de los servidores púúblicos del Estado y los Municipios. blicos del Estado y los Municipios.

Art. 1Art. 1ºº. .

Sujetos Obligados: Los servidores pLos servidores púúblicos. blicos.

¿¿Quienes se consideran Servidores PQuienes se consideran Servidores Púúblicos?blicos?Quienes desempeQuienes desempeññen un empleo, cargo o comisien un empleo, cargo o comisióón de cualquier naturaleza, en la n de cualquier naturaleza, en la AdministraciAdministracióón Pn Púública Estatal o Municipal, en las Entidades Paraestatales y Parablica Estatal o Municipal, en las Entidades Paraestatales y Paramunicipales, municipales, en los Poderes Legislativo o Judicial del Estado, todo aquel queen los Poderes Legislativo o Judicial del Estado, todo aquel que administre, maneje, recaude, administre, maneje, recaude, aplique o resguarde recursos econaplique o resguarde recursos econóómicos Federales, Estatales o Municipales, se cual fuere la micos Federales, Estatales o Municipales, se cual fuere la naturaleza de su nombramiento o eleccinaturaleza de su nombramiento o eleccióón.n. Art. 2Art. 2

Conductas Conductas ÉÉticas. Compromiso y obligaciticas. Compromiso y obligacióón de los Servidores Pn de los Servidores Púúblicos:blicos:�Atributo primordial, la honestidad� La integridad de los servidores públicos en sus actos públicos.�Sujeción a prueba.�Juicio permanente de la ciudadanía.�No afectación o lesión de la dignidad de: Superiores jerárquicos; Sus subordinados

y la sociedad en general;�La verdad, sinceridad y franqueza como actitudes distintivas de sus actos y

expresiones �Respeto a las buenas costumbres y los principios morales de la sociedad. Y�Ejercicio constante de la probidad que genere respeto y confianza. Art. 3.

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Autoridades competentes para su aplicaciAutoridades competentes para su aplicacióón:n:I.I.-- El Congreso del Estado; El Congreso del Estado; II.II.-- El Titular del Poder Ejecutivo del Estado y sus Dependencias, EEl Titular del Poder Ejecutivo del Estado y sus Dependencias, Entidades y los ntidades y los Organismos Auxiliares de la AdministraciOrganismos Auxiliares de la Administracióón Pn Púública Estatal; blica Estatal; III.III.-- La ContralorLa Contraloríía General del Estado; a General del Estado; IV.IV.-- El Supremo Tribunal de Justicia; El Supremo Tribunal de Justicia; V.V.-- El Consejo de la Judicatura Estatal; El Consejo de la Judicatura Estatal; VI.VI.-- Los Municipios, sus Dependencias y Entidades; Los Municipios, sus Dependencias y Entidades; VII.VII.-- Los Los ÓÓrganos Autrganos Autóónomos que reciban o administren fondos del Estado; y nomos que reciban o administren fondos del Estado; y VIII.VIII.-- Los demLos demáás s óórganos que determinen las leyesrganos que determinen las leyes

Procedimientos para determinar responsabilidades de servidores pProcedimientos para determinar responsabilidades de servidores púúblicos:blicos:I.I.-- Juicio PolJuicio Políítico; tico; II.II.-- Declaratoria de Procedencia por la ComisiDeclaratoria de Procedencia por la Comisióón de Delitos; n de Delitos; III.III.-- De Responsabilidad Administrativa Disciplinaria; y De Responsabilidad Administrativa Disciplinaria; y IV.IV.-- De Responsabilidad Administrativa Resarcitoria. De Responsabilidad Administrativa Resarcitoria.

Obligaciones en materia de Responsabilidades. Art. 70.Obligaciones en materia de Responsabilidades. Art. 70.

Responsabilidad Administrativa. Art. 72.Responsabilidad Administrativa. Art. 72.

Autoridades Competentes para substanciar el procedimiento de ResAutoridades Competentes para substanciar el procedimiento de Responsabilidad ponsabilidad Administrativa Disciplinaria. Art. 78Administrativa Disciplinaria. Art. 78

Sanciones por Responsabilidad Administrativa Disciplinaria. Art.Sanciones por Responsabilidad Administrativa Disciplinaria. Art. 80.80.

Responsabilidad Administrativa Resarcitoria. Art. 96Responsabilidad Administrativa Resarcitoria. Art. 96

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Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad HacendariaHacendaria..

Objeto: Objeto: Reglamentar los artReglamentar los artíículos 74 fracciculos 74 fraccióón IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitucin IV, 75, 126, 127 y 134 de la Constitucióón Poln Políítica de tica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de programacilos Estados Unidos Mexicanos, en materia de programacióón, presupuestacin, presupuestacióón, aprobacin, aprobacióón, n, ejercicio, control y evaluaciejercicio, control y evaluacióón de los ingresos y egresos pn de los ingresos y egresos púúblicos federalesblicos federales.

Criterios de cumplimiento: Criterios de cumplimiento: LLa administracia administracióón de los recursos pn de los recursos púúblicos federales se debe blicos federales se debe realizar con apego a la legalidad, honestidad, eficiencia, eficarealizar con apego a la legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economcia, economíía, racionalidad, a, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendiciausteridad, transparencia, control, rendicióón de cuentas y equidad de gn de cuentas y equidad de géénero.nero.

Sujetos Obligados: Sujetos Obligados: I. I. El Poder Legislativo; El Poder Legislativo; II. II. El Poder Judicial; El Poder Judicial; III. III. Los entes autLos entes autóónomos; nomos; IV. IV. Los Los tribunales administrativos; tribunales administrativos; V. V. La ProcuradurLa Procuraduríía General de la Repa General de la Repúública; blica; VI. VI. La Presidencia de la La Presidencia de la RepRepúública; blica; VII. VII. Las dependencias, y Las dependencias, y VIII. VIII. Las entidades.Las entidades.

ObligaciObligacióón de rendir cuentas por la administracin de rendir cuentas por la administracióón den de

los recursos plos recursos púúblicos en los tblicos en los téérminos de esta Ley y las demrminos de esta Ley y las demáás aplicables.s aplicables.

¿¿QuQuéé se entiende por gasto pse entiende por gasto púúblico federal?blico federal?Las erogaciones por concepto de gasto corriente, incluyendo los Las erogaciones por concepto de gasto corriente, incluyendo los pagos de pasivo de la pagos de pasivo de la deuda pdeuda púública; inversiblica; inversióón fn fíísica; inversisica; inversióón financiera; asn financiera; asíí como responsabilidad patrimonial.como responsabilidad patrimonial.

Gasto Federal en las Entidades FederativasGasto Federal en las Entidades FederativasLas dependencias y entidades con cargo a sus presupuestos y por Las dependencias y entidades con cargo a sus presupuestos y por medio de convenios de medio de convenios de coordinacicoordinacióón que sern que seráán pn púúblicos, podrblicos, podráán transferir recursos presupuestarios a las entidades n transferir recursos presupuestarios a las entidades federativas con el propfederativas con el propóósito de descentralizar o reasignar la ejecucisito de descentralizar o reasignar la ejecucióón de funciones, programas o n de funciones, programas o proyectos federales y, en su caso, recursos humanos y materialesproyectos federales y, en su caso, recursos humanos y materiales..

Requisitos que deben incluir los conveniosRequisitos que deben incluir los convenios. Art. 82.

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CarCaráácter Federal de los Recursos. Art. 83. cter Federal de los Recursos. Art. 83.

Los recursos que transfieren las dependencias o entidades a travLos recursos que transfieren las dependencias o entidades a travéés de los convenios s de los convenios de reasignacide reasignacióón para el cumplimiento de objetivos de programas federales, no n para el cumplimiento de objetivos de programas federales, no pierden el carpierden el caráácter federal, por lo que cter federal, por lo que ééstas comprobarstas comprobaráán los gastos en los tn los gastos en los téérminos rminos de las disposiciones aplicables; para ello se sujetarde las disposiciones aplicables; para ello se sujetaráán en lo conducente a lo dispuesto n en lo conducente a lo dispuesto en el arten el artíículo anterior, asculo anterior, asíí como debercomo deberáán verificar que en los convenios se establezca n verificar que en los convenios se establezca el compromiso de las entidades federativas de entregar los documel compromiso de las entidades federativas de entregar los documentos entos comprobatorios del gasto. La Secretarcomprobatorios del gasto. La Secretaríía y la Funcia y la Funcióón Pn Púública emitirblica emitiráán los n los lineamientos que permitan un ejercicio transparente, lineamientos que permitan un ejercicio transparente, áágil y eficiente de los recursos, gil y eficiente de los recursos, en el en el áámbito de sus competencias. La Auditoria proporcionarmbito de sus competencias. La Auditoria proporcionaráá a las a las ááreas de reas de fiscalizacifiscalizacióón de las legislaturas de las entidades federativas las gun de las legislaturas de las entidades federativas las guíías para la as para la fiscalizacifiscalizacióón y las auditorias de los recursos federales.n y las auditorias de los recursos federales.

ObligaciObligacióón de observar la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin de observar la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacióón n PPúública Gubernamentalblica Gubernamental. . Art. 106Art. 106

Sanciones e Indemnizaciones Arts. 112Sanciones e Indemnizaciones Arts. 112--118.118.Se aplica Se aplica Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los ServidorLey Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Pes Púúblicos y blicos y demdemáás disposiciones aplicables en ts disposiciones aplicables en téérminos del Trminos del Tíítulo Cuarto de la Constitucitulo Cuarto de la Constitucióón Poln Políítica de tica de los Estados Unidos Mexicanos.los Estados Unidos Mexicanos.

Supuestos que ameritan SanciSupuestos que ameritan Sancióón. Art. 114.n. Art. 114.

Las sanciones e indemnizaciones tienen el carLas sanciones e indemnizaciones tienen el caráácter de crcter de crééditos fiscales. Art. 116 y se ditos fiscales. Art. 116 y se exigirexigiráán con independencia de las responsabilidades de carn con independencia de las responsabilidades de caráácter polcter políítico, penal, tico, penal, administrativo o civil que lleguen a determinarse por las autoriadministrativo o civil que lleguen a determinarse por las autoridades competentes. dades competentes. Art. 118 Art. 118

Las infracciones que impliquen alguna acciLas infracciones que impliquen alguna accióón delictiva debern delictiva deberáán informarse a la n informarse a la autoridad competente en materia penal. Art. 117.autoridad competente en materia penal. Art. 117.

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