Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en...

226

Transcript of Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en...

Page 1: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los
Page 2: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los
Page 3: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

Director de la obra: Francisco Javier Rivas Rodríguez

Autores: Doria del Mar Vélez Salas, Manuel Alejandro Vélez Salas, Norma Bautista Santiago, Laura Jimena Ambrosio Jaramillo, Karen Pérez García, Jessica Lechuga Huerta, Christian Eduardo Díaz Sosa, Yair Enrique Canizalez Madrigal, Ernesto Lavado Durand, Juan José Rodríguez Chávez, Ileana Serapio Reyes, Vicente Hernández Elías, Víctor Manuel Barbosa Hernández, Leonel Fernández Novelo, Javier Alejandro Corzo Téllez, Ángel Serrano Gálvez, Ingrid Marey Silva Solano, Irasema del Carmen Guzmán Orozco, Eduardo Flores Mendoza, Cristina Rumbo Bonfil, Raúl Calvillo Villalobos

Diseño editorial: Marbella Vianney Olmos Sánchez, Citlaly Andrade ParedesCoordinación de producción: Martell Izquierdo

Incidencia y evolución de los delitos electorales, más allá de los partidos políticosD.R. © OBSERVATORIO NACIONAL CIUDADANO DE SEGURIDAD, JUSTICIA Y LEGALIDADMéxico, Ciudad de México, 2018 www.onc.org.mx Primera edición, agosto de 2018

Observatorio Nacional Ciudadano de Seguridad, Justicia y LegalidadBoulevard Adolfo López Mateos No. 261, Piso 6, Col. Los Alpes, Del.Álvaro Obregón, 01010, México, Ciudad de México

ISBN En trámite

Queda prohibida la reproducción total o parcial de este material, por cualquier medio, sin el previo y expreso consentimiento por escrito del Observatorio Nacional Ciudadano de Seguridad, Justicia y Legalidad

Esta publicación fue realizada en el marco del Fondo de Apoyo a la Observación Electoral 2018. El análisis y las conclusiones aquí expresadas no reflejan necesariamente las opiniones del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, de su Junta Ejecutiva, ni de sus Estados Miembros.

Page 4: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

ÍndicePresentación Introducción Capítulo 1 Claves teóricas y conceptuales para entender los delitos electorales 11• Integridad electoral 12• Justicia electoral y justicia penal electoral 14• El proceso y los delitos electorales 17• ¿Cómo podemos entender los delitos electorales desde una perspectiva criminológica? 24• Motivos por los que se cometen delitos electorales y consecuencias de su incidencia 27

Capítulo 2 Evolución del marco jurídico en materia de delitos electorales 38• Evolución histórica del marco jurídico en materia de delitos electorales 38• Caracterización y comparación de los delitos electorales del fuero federal y común 41• La investigación de delitos electorales en el sistema de justicia penal 47• Justicia alternativa en materia de delitos electorales 49• Impartición de justicia en materia de delitos electorales 51• ¿Es necesario modificar la severidad de las sanciones por delitos electorales? 54

Capítulo 3 ¿Qué dicen los datos sobre delitos electorales? 59• Fuentes de información 61• Los delitos electorales en su contexto social y político 71• ¿Quedan impunes los delitos electorales? 82 De 1997 a 2008: Los inicios de la justicia penal electoral 82 De 2009 a 2012: Crecimiento de los delitos electorales 89 De 2013 a 2017: El impacto de la LGMDE y la reforma penal 96• Consideraciones finales 112

Capítulo 4 ¿Cómo son las capacidades y la respuesta institucional en materia de delitos electorales? Un ejercicio de transparencia y acceso a la información pública 114• Descripción de la técnica y aspectos conceptuales 116• Marco metodológico 118• Resultados obtenidos 119• De la capacidad a la respuesta institucional: claves de interpretación 147• Anexos 170

Capítulo 5 ¿Cuál es el estado de la violencia política y la violencia política por razón de género? 176• La violencia política en México 178• ¿Qué es la violencia? 180• Antecedentes 181• ¿Qué es la violencia política? 182• ¿Cuáles son los incidentes o acontecimientos que se consideran como violencia política? 183• Participación de las mujeres en la política nacional 187• Violencia política por razón de género 189• ¿Cuáles son los incidentes o acontecimientos que se consideran como violencia política por razón de género? 194• Cifras y casos de la violencia política en contra de las mujeres 196

Page 5: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

• El proceso electoral 2018 y la violencia política 200• Violencia política en la jornada electoral del 1 de julio 206

Anexos 208• Violentómetro 2018 208• Casos de violencia política cometidos en el marco del proceso electoral federal de 2015 y los procesos locales ordinarios y extraordinarios de 2016 209

Reflexiones finales y recomendaciones generales 211

Rerferencias 218

Page 6: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

6 delitos electorales

Presentación

La observación electoral es fundamental para fortalecer la democracia y el ejercicio de los derechos políticos más allá del voto; contribuye a transparentar los procesos, reconocer los avances, visibilizar problemáticas y fortalecer la participación ciuda-dana. El rol de las y los observadores es comprender, documentar, monitorear y evaluar el desarrollo de las actividades de las instituciones electorales y actores po-líticos durante las distintas etapas del proceso electoral. Esta actividad se enmarca en los principios de imparcialidad, legalidad, paridad, igualdad y no discrimina-ción. Las acciones de observación electoral requieren fortalecerse para convertirse en un mecanismo efectivo de rendición de cuentas.

Los ejercicios de observación electoral son una tarea de largo aliento. Estos no terminan el día posterior a la elección ni con la emisión de constancias de mayoría de los candidatos que resultaron electos por la ciudadanía. Es una tarea constante que requiere el esfuerzo y la dedicación de múltiples instituciones gubernamen-tales y no gubernamentales en temáticas diversas las cuales abarcan desde los procesos administrativos y logísticos hasta la resolución de asuntos penales en los órganos jurisdiccionales.

El camino de México en su consolidación democrática no ha sido fácil ni eco-nómico. Ha implicado que se destinen miles de millones de pesos para que cada voto cuente y que exista la mayor certeza posible sobre los ganadores una vez que la contienda termina. Pese a los esfuerzos institucionales en la materia, todavía no podemos afirmar que el sistema democrático electoral en México opere de manera óptima.

En el Observatorio Nacional Ciudadano (ONC), estamos convencidos de que lograr un México en paz requiere elecciones íntegras y seguras. Eso significa que los ciudadanos acudan sin miedo a las urnas, que los derechos político electorales de hombres y mujeres no se vulneren por sus intenciones de aspirar a cargos de elec-ción popular y que la incidencia de delitos electorales sea la excepción y no la regla.

Esta investigación del ONC se realizó gracias al Fondo de Apoyo para la Ob-servación Electoral 2018 (FAOE), administrado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y financiado por el Instituto Nacional Electoral (INE), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE). El FAOE es un me-canismo de apoyo técnico y financiero dirigido a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) mexicanas que realizan actividades de observación en las distintas eta-pas del proceso electoral.

El reporte que se presenta constituye un ejercicio de observación electoral ex post. Su estructura está pensada para generar recomendaciones de política espe-cíficas que contribuyan a mejorar el marco jurídico, a fortalecer las capacidades institucionales de prevención, procuración e impartición de justicia, a identificar y subsanar los cuellos de botella en el sistema judicial que permiten la impunidad

Page 7: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

7 delitos electorales

crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos.

Aunque los delitos electorales y la violencia política parezcan un tema coyuntu-ral que se discute únicamente durante las elecciones federales y locales, es funda-mental que comencemos a profundizar en ellos si aspiramos a mejorar la integri-dad electoral durante los siguientes procesos. No nos deberíamos jactar de fiestas democráticas sin antes reflexionar sobre aquellos acontecimientos que vulneran el sentido mismo de los gobiernos democráticos.

Francisco RivasDirector General del Observatorio Nacional Ciudadano

Page 8: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

8 delitos electorales

Introducción

El pasado 1ro de julio, los mexicanos participaron en uno de los procesos electora-les más representativos de los últimos años. Por un lado, después de tres intentos por obtener la Presidencia, Andrés Manuel López Obrador ganó con un margen del 30.91% por encima de su principal competidor Ricardo Anaya. Además, los resul-tados electorales favorecieron al proyecto impulsado por la coalición Juntos Hare-mos Historia en el Congreso de la Unión y en seis de las nueve gubernaturas que se disputaron. La coyuntura política derivada de los resultados del proceso electoral 2017-2018 requiere que los grupos de oposición definan los ejes que les devuelvan su identidad en el acontecer público. Además, los cambios de la geografía electo-ral modificarán indudablemente la correlación de fuerza políticas a nivel federal, estatal y municipal.

Por otro lado, el proceso estuvo marcado por acontecimientos de violencia po-lítica y de una cantidad histórica de presuntos delitos electorales que reflejan con claridad cómo aún nos encontramos lejos de alcanzar un sistema democrático electoral pleno e íntegro. Estamos ante conductas que el derecho penal sanciona independientemente de los procedimientos administrativos iniciados. Este fue el proceso electoral de mayor escala que puso a prueba la reforma de 2014, en parti-cular, la Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGMDE).

Ambos factores estructurales, es decir, los delitos electorales y la violencia polí-tica constituyen los objetos de estudio de la investigación más reciente del Obser-vatorio Nacional Ciudadano (ONC). A diferencia de otras publicaciones que existen acerca de ambos temas, este reporte se realizó con una perspectiva de política pú-blica multidisciplinaria que abarcó desde aspectos conceptuales y teóricos, jurídi-cos, registros estadísticos y de capacidades y respuesta institucional. Además, se ahonda en la violencia política en contra de las mujeres por razones de género en un apartado adicional.

El objetivo de este reporte es que las autoridades e instituciones del Estado responsables de la promoción de los procesos electorales en México, en conjunto con la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil, fomentemos una vida democrática en la que todos podamos elegir a nuestros gobernantes libremente y de manera informada. Para llevar a cabo este fin, es necesaria la realización de ejer-cicios periódicos de observación electoral que propongan acciones claras y contun-dentes para acelerar el proceso de consolidación democrática.

En esta perspectiva, una lectura innovadora de la evolución de los procesos de-mocráticos en el mundo proviene de analizar la integridad electoral de los comi-cios. Este concepto lo plantea el proyecto internacional, conocido como Electoral Integrity Project, y encabezado por el ex secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y recién fallecido Kofi Annan. Lo destacable del proyecto es que funge como un termómetro de las elecciones que identifica puntualmente factores típicos como la participación ciudadana, la polarización partidista, la falta de resultados confiables y transparentes, pero también incorpora en sus análisis

Page 9: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

9 delitos electorales

nuevos aspectos como la divulgación de noticias falsas, amenazas cibernéticas así como la participación de minorías en los comicios.

Al cierre de este documento no se han publicado los resultados correspondien-tes a las elecciones recién concluidas. Sin embargo, es notable que entre 2012 y 2018 la evaluación de los expertos sitúa a México en el 14vo lugar de 29 países de América con un puntaje de 57 unidades del Índice de Percepción de Integridad Electoral (PEI). El puntaje de México se ubica por debajo del registrado en Colom-bia (60) y por encima del de Bolivia (56) en el continente americano. A nivel inter-nacional, el puntaje es comparable a los observados en Bulgaria (58), India (59), Marruecos (56) y Costa de Marfil (57). A la luz de los acontecimientos del proceso electoral 2017-2018 es improbable que la siguiente medición de integridad electo-ral mejore drásticamente.

La violencia, la corrupción y la impunidad se han normalizado en la opinión pública durante los últimos años. Pareciera que poco impresionan ya los aconteci-mientos en los que múltiples víctimas pierden la vida o los escándalos de corrup-ción u otros delitos de alto impacto. En este contexto de sensibilización atenuada es improbable que los delitos electorales, aparentemente más inofensivos que otras conductas sancionadas penalmente, susciten un interés genuino por conocer cuáles son los efectos a largo plazo en el desarrollo democrático del país.

Sin embargo, la percepción de que los delitos electorales importan poco reper-cute en diversos aspectos como la valoración del voto como instrumento esencial de la participación ciudadana y la confianza en las instituciones que organizan las elecciones, que procuran e imparten justicia en la materia e incluso en las autorida-des electas. En esta investigación, el ONC advierte los riesgos que corremos como sociedad al normalizar o acostumbrarnos a elecciones en las que los delitos elec-torales se cometan impunemente y que la muerte de un candidato sea vista como un mero daño colateral.

En este sentido, debemos conocer la diversidad de hipótesis jurídicas previstas en el marco legal vigente. En este, se incluyen conductas como la entrega de rega-los como despensas, tinacos, efectivo o tarjetas prepagadas, o el condicionamiento de apoyos sociales. Esta es la faceta más conocida de los delitos electorales y se le llama clientelismo político. Estas conductas se deben atender sin criminalizar la pobreza y priorizando la detección de los individuos que abusan de sus atribu-ciones. También destaca la coacción para el voto hacia cierto candidato por parte de servidores públicos, el proselitismo abanderado por los funcionarios en horas de trabajo y las alteraciones al Registro Federal de Electores (RFE) derivado de es-trategias organizadas de turismo electoral. No menos importantes son los tipos penales que sancionan el financiamiento ilícito de las campañas. Todas estas con-ductas deben ser investigadas y sancionadas en estricto apego a los estándares del Sistema de Justicia Penal Acusatorio (SJPA) o prevenidas con acciones de disuasión e inteligencia.

En el primer capítulo se presentan las claves teóricas y conceptuales para en-tender los delitos electorales en México; en el segundo se realiza un análisis crítico

Page 10: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

10 delitos electorales

del marco jurídico vigente; el tercero hace un análisis del contexto político y social en el cual se insertan estos delitos, así como los resultados obtenidos en los últi-mos años en materia de procuración e impartición de justicia; el cuarto compara las capacidades institucionales de procuradurías, fiscalías, tribunales y organismos autónomos que desempeñan funciones de prevención, procuración e impartición de justicia en materia de delitos electorales a nivel federal y en las nueve entidades que tuvieron elecciones a gobernador; y por último, se llevó a cabo un análisis de la violencia política ejercida hacia las mujeres por razones de género en los últimos años y cómo esta repercutió en la última elección y en la participación ciudadana.

Para las autoridades electas que asumirán los cargos en los siguientes meses, es de una importancia toral impulsar medidas que promuevan una mejor aplicación de la LGMDE, la aprobación de iniciativas de ley sobre violencia política en con-tra de las mujeres por razones de género, la generación de información estadística más puntual sobre delitos electorales y la formación de capacidades instituciona-les en la materia que fomenten acciones de prevención así como mejoras en los procesos de procuración e impartición de justicia que reduzcan la impunidad.

Para el ONC es un compromiso contribuir a la formación de una ciudadanía informada, comprometida y responsable con la construcción de un Estado de De-recho. Una democracia en la que solo cuentan los votos sin importar la aplicación estricta de las reglas no es una democracia en el pleno sentido de la expresión.

Page 11: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 111

Capítulo 1

Claves teóricas y conceptuales para entender los delitos electorales

El primero de julio de 2018 los mexicanos afirmaron su deseo de cambio en un ejer-cicio de exigencia al Estado por el respeto a su voto y voluntad. Diversos analistas y funcionarios expresaron que habíamos presenciado una auténtica fiesta demo-crática, lo que se antoja exagerado o carente de un sentido profundo de realidad a la luz de diversos factores. ¿Qué dice de una democracia que el contender por un cargo público sea una amenaza real para la integridad física del candidato o de sus colaboradores? ¿Aspiramos a una democracia en la que cometer delitos electorales constituya una estrategia viable de los actores políticos para alterar los resultados? En el ONC estamos convencidos de que menoscabar estos sucesos no fomentará una mayor integridad electoral.

Según datos del Séptimo Informe de Violencia Política en México 2018 (análisis rea-lizado del 8 de septiembre de 2017, al 1 de julio de 2018), en el periodo electoral “se registró un total de 774 agresiones contra políticos y 429 contra funcionarios no electos, es decir, funcionarios designados cuyos cargos de responsabilidad no dependen de procesos electorales. Estas agresiones arrojaron un saldo final de 152 políticos y 371 funcionarios asesinados (523 en total). De los 152 políticos que perdieron la vida en atentados, 48 eran precandidatos y candidatos a puestos de elección”1; múltiples denuncias de delitos electorales y actos de violencia política contra las mujeres, se sumaron para poner en duda la integridad del proceso elec-toral y la respuesta de las instituciones.

La jornada se consideró como la más grande y compleja de la historia en nues-tro país, por la cantidad de puestos de representación popular en disputa y por su punto de toque en los tres órdenes de gobierno. En total fueron 18,2992 cargos a elegir federales y locales. Cargos Federales (629): 1 Presidencia de la República, 500 Diputaciones, 128 Senadurías. Cargos Locales (17,670): 8 Gubernaturas y 1 jefatura de gobierno 972 Diputaciones, 1 596 Presidencias municipales, 16 Alcaldías, 1 237 Concejales, 1 664 Sindicaturas, 1 2013 Regidurías, 19 Regidores étnicos. Juntas mu-nicipales, 24 Presidencias 24 Síndicos 96 Regidurías.

Ante la magnitud de la jornada, los delitos electorales -que pueden parecer menos perjudiciales en cuanto al daño físico infligido y frecuencia con la que se presentan-, ponen en riesgo la democracia, la confianza de la sociedad ante las ins-tituciones públicas y la deslegitimación del proceso electoral y de sus resultados.

Con el propósito de ahondar en el impacto que producen los delitos electorales, en la democracia del país, y de contar con un marco teórico que dibuje la línea base de responsabilidad gubernamental y la respuesta institucional ante los delitos. Este capítulo brinda esas bases conceptuales y examina los siguientes elementos:

1 etellekt. (2018). Séptimo informe de Violencia política en méxico 2018. 9/08/2018, de etellekt sitio web: http://www.etellekt.com/reporte/septimo-informe-de-violencia-politica-en-mexico.html

Page 12: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 112

la integridad electoral, la justicia electoral y la justicia penal electoral, la relación entre el proceso electoral y los delitos que se cometen, la aplicación de conceptos criminológicos a los delitos en comento así como los motivos y consecuencias de su incidencia.

Integridad electoral El concepto de integridad electoral es relativamente nuevo. Nace en 2012 y pone sobre la mesa la importancia de todas las etapas del proceso electoral, y no se concentra únicamente en el día de la elección, “es más que la mera ausencia de manipulación política y fraude; comprende además el compromiso de diseñar y adaptar el marco jurídico, las normas y las prácticas electorales a los compromisos internacionales en materia de derechos humanos y elecciones. Del mismo modo, exige una completa dedicación a la transparencia, la inclusión, el profesionalismo, la honestidad y el compromiso pleno y genuino con los interesados electorales cla-ve (los participantes, el poder legislativo, los votantes, los medios de comunicación, la sociedad civil, el sector de la seguridad, etc.) con el fin de llegar a un resultado electoral aceptable para todos”2.

La Comisión Global sobre las Elecciones, la Democracia y la Seguridad, identi-fica cinco aspectos que deben solventarse para llevar a cabo elecciones con inte-gridad:

1. Se debe trabajar en la construcción de un Estado de derecho que tenga como pie-dras angulares los derechos humanos y la justicia electoral: Los esfuerzos de las instituciones deben ir enfocados hacia el respeto y ejercicio de los derechos políticos, garantizando el pleno acceso a la justicia oportuna y expedita, para la reparación del daño.

2. Se deben robustecer las instituciones electorales, para que actúen con independen-cia en la gestión de procesos transparentes que generen confianza en la ciudada-nía: Se debe buscar que las instituciones trabajen de manera independien-te y cuenten con los recursos necesarios para la organización de elecciones transparentes, que incidan en la confianza de la ciudadanía.

3. Impulsar la creación de normas e instituciones, que promuevan la competencia multipartidaria, para fortalecer la democracia, pero que ofrezca seguridad a los oponentes: Las instituciones deben vigilar que las campañas no se realicen basadas en la manipulación, falsedad de información, prácticas ilegales y/o violencia; además de impulsar el reconocimiento legítimo de los ven-cedores y procurar la seguridad de los candidatos perdedores.

4. Impulsar la participación en igualdad de condiciones: Las instituciones deben

2 magdy martínez-solimán. (2013). la integridad electoral legitima la gobernanza | magdy martínez-so-limán. 09/08/2018, de programa de las naciones Unidas para el desarrollo sitio web: http://www.Undp.org/content/Undp/es/home/oUrperspective/oUrperspectivearticles/2013/10/21/sUstainable-electoral-proces-ses-for-strengthened-democracy-.html

Page 13: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 113

garantizar la participación de los grupos vulnerables, que por tradición han sido excluidos y discriminados en la participación política del país; hacien-do énfasis en la erradicación de la violencia hacia las mujeres e impulsando su participación y empoderamiento.

5. Vigilar el financiamiento de las campañas: Debe existir una fiscalización en la procedencia de los recursos que son utilizados en las campañas, pues ade-más de poner a los contrincantes en desigualdad de condiciones, la fuente de financiamiento, eventualmente, reclamará el “favor” dando paso a actos de corrupción que impactan negativamente en la democracia del país.

Cuando se cumplen estas cinco características, la ciudadanía empieza a confiar en la integridad de las elecciones, en el papel de las instituciones y en la actuación de los representantes de los tres poderes de gobierno, impulsando su presencia en el acontecer político e influyendo en la construcción de una democracia represen-tativa.

De acuerdo con la Fundación Kofi Annan: “Para definir elecciones con integri-dad diremos que se trata de elecciones basadas en los principios democráticos del sufragio universal y la igualdad política, tal como se reflejan en los acuerdos y nor-mas internacionales, caracterizadas por una preparación y gestión profesionales, imparciales y transparentes a lo largo de todo el ciclo electoral”3.

El proceso electoral es el espacio donde se despliegan las libertades enuncia-das, y el voto es la forma en la que el ciudadano ejerce su derecho y obligación polí-tica en la conformación de la democracia y la legitimidad de la estructura guberna-mental. La elección que surge del sufragio determina el proyecto político a realizar, por lo que la compra o coacción del voto (art. 7, VII LGMDE), el impedimento de su libre ejercicio (art. 7, XVI) o solicitar evidencia de su sentido (art. 7, VIII) son amena-zas a este derecho político y parámetros de respuesta institucional.

Las acciones que afectan el sufragio universal y libre, repercuten en la calidad del proceso electoral y, por ende, de la democracia representativa. El ejercicio del voto indica el nivel de involucramiento del ciudadano con las decisiones tomadas. Anular o no ejercer el voto es un acto de libertad, y hasta de protesta, pero el sufra-gio efectivo promueve la consolidación del pluralismo político, el fortalecimiento de la cultura democrática y la apropiación del espacio público, lo que permite pon-derar la acción política y nivel de convicción ciudadana en el sistema de represen-tación.

3 the kofi annan foUndation. (2017). acceSo a la JuSticia e integridad electoral. méxico: the kofi annan foUn-dation. p. 7.

Page 14: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 114

Justicia electoral y justicia penal electoral“El acceso a la justicia en sentido amplio, debe traducirse, en la aplicación transpa-rente de las leyes y reglamentos, de tal suerte que se garantice que todas las perso-nas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluyendo al Estado mis-mo, son responsables ante leyes justas, imparciales y equitativas y tienen dere-cho, sin discriminación alguna, a la pro-tección igualitaria ante la ley”4.

La justicia electoral, es la realiza-ción efectiva del marco constitucio-nal que explicita el fundamento y la reglamentación de la soberanía na-cional mexicana, en una democracia representativa, como forma de go-bierno. “El acceso a la justicia en materia electoral se traduce en una condición necesaria para promover los valores democráticos y los dere-chos humanos, ya que garantiza el ejercicio de los derechos políticos y, en caso de violaciones, un medio de reparación”5.

A nivel federal, existen tres insti-tuciones encargadas, en el ámbito de sus competencias, de realizar funciones electorales: el Instituto Nacional Electoral (INE), la Procuraduría General de la República (PGR), a través de la Fiscalía Especia-lizada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Las atribuciones del INE son de organiza-ción, de la FEPADE son de procuración de justicia penal y del TEPJF de impartición de justicia. Sin embargo, cabe destacar que el TEPJF no es la institución encargada de sancionar los delitos electorales. Esto le corresponde a los juzgados y tribunales penales.

En el ámbito local, las instituciones encargadas de desempeñar las funciones electorales son similares a las federales. Lo que cambia es que en lugar de que el INE organice las elecciones, el Organismo Público Local (OPL) lo lleva a cabo. En cuanto a la procuración de justicia penal, son las procuradurías o fiscalías estatales las que llevan a cabo las investigaciones. Por último, la impartición de justicia elec-toral le compete a los tribunales electorales de cada entidad.

Es muy importante distinguir los con-ceptos de justicia electoral y justicia penal electoral. Lo que distingue al se-gundo concepto es que involucra úni-camente la investigación y juicio de las conductas previstas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales y en los códi-gos penales estatales.

En otras palabras, el uso del aparato pe-nal, es decir, del brazo fuerte del Estado se limita a aquellas conductas tipifica-das en los ordenamientos específicos. Cabe destacar que un mismo hecho pue-de ameritar una sanción administrativa e implicar una investigación que resulte en sanciones penales para quienes resul-ten responsables.

4 naciones Unidas. (2012). resolUción aprobada por la asamblea general el 24 de septiembre de 2012. 9/08/2018, de naciones Unidas sitio web: https://Undocs.org/es/a/res/67/15 the Kofi annan foundation, op., cit. p. 18.

Page 15: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 115

El proceso electoral es la base macro de la justicia penal electoral, al ser el con-junto de actos previstos por la Constitución y las leyes en la materia, que tiene por objeto hacer posible la democracia representativa como forma de gobierno. La operacionalización de estos actos es organizada a nivel federal por el INE, y en or-den estatal por los OPL. Asimismo, el INE es la institución garante y administrativa del acceso a los tiempos en radio y televisión para que los candidatos puedan pre-sentar a la ciudadanía sus plataformas electorales.

Estas funciones administrativas llevadas a cabo por el INE y/o por los OPL son de relevancia en términos de la jurisdicción que fijan, ya que esta se traslada a los casos de competencia para Tribunales Electorales, pero sobre todo repercute en la investigación de los delitos electorales por los Ministerios Públicos locales y sus unidades especializadas, o por la PGR, a través, de la FEPADE. La ley prevé que el INE podrá apoyar a las labores electorales de las entidades federativas y los mu-nicipios, por lo que cualquier asunto que se derive de la cooperación es caso de competencia federal.

La historia de la democracia en México ha demostrado la fragilidad de las ins-tituciones públicas y la susceptibilidad de la presencia de conductas ilícitas en los procesos electorales, por ello, en 1990 los delitos electorales fueron incorporados al Código Penal Federal, identificando los delitos que puede cometer cualquier per-sona, funcionarios electorales, servidores públicos y ministros de culto religioso; las reformas de 1994 y 1996 incorporaron el artículo 412, para sancionar a los fun-cionarios partidistas y/o organizadores de actos de campaña; y precisar las conduc-tas delictivas que pudieran llevar a cabo los servidores públicos.

Definimos los delitos electorales como “aquellas acciones u omisiones que le-sionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible”6.

Los delitos electorales pueden dividirse en dos vertientes:a. Las acciones que influyen o dañan la libertad de las personas para emitir

su voto.b. Las acciones que atentan contra la certeza de los resultados.

Los delitos electorales han estado presentes en la vida democrática de México. Por ejemplo, son numerosos los casos de relleno de urnas, alteración de documen-tos oficiales y votos registrados con credenciales falsas o duplicados. En suma, la incidencia de estos delitos violenta e inhibe la participación social de la ciudadanía y afecta los resultados electorales lo que podría perjudicar al bienestar de las co-munidades. A continuación se presenta un esquema que muestra cómo afectan los delitos electorales a la integridad electoral:

6 cfr., fepade. (2018). delitos electorales. 9/08/2018, de fepade sitio web: http://www.fepade.gob.mx/swb/fepade/programas

Page 16: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 116

El catalizador de la sanción es la denuncia, sin embargo, estas no se realizan por varios motivos:

1. Falta de conocimiento de la ciudadanía sobre los delitos electorales: en di-versas entrevistas funcionarios señalaron que en ocasiones la ciudadanía acudía a denunciar un presunto delito electoral, pero los actos descritos no constituían delitos electorales. Incluso destaca el hecho de que en los sistemas de atención telefónica de la FEPADE recibían llamadas por cobros excesivos de los recibos de luz eléctrica. Esto ocurrió porque la FEPADE in-corporó como estrategia de difusión la colocación de un anuncio en los re-cibos mencionados.

2. Desconfianza en las instituciones de procuración de justicia: este aspecto es transversal e impacta en la denuncia de otros delitos.

3. Falta de respuesta institucional: en ocasiones las personas acuden a de-nunciar a la FEPADE en lugar de a las instituciones locales porque perciben a la primera más eficiente.

Lo preocupante de lo anterior es que los delitos electorales suelen menosca-barse y se minimiza con frecuencia el daño que infligen. Por tanto, la reducción es fundamental para garantizar una democracia representativa.

EsquEma 1. Elaborado por El oNC

Page 17: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 117

El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos menciona las tres bases en las que opera la democracia representativa en el país: el proceso electoral, el sufragio libre y universal, y el sistema de representación política.

Con sustento en estos tres cimientos de la democracia participativa, es posi-ble establecer líneas de responsabilidad gubernamental respecto a los derechos y obligaciones de las instituciones garantes de la democracia; también permite ca-nalizar las percepciones, actitudes y nivel de confianza de los ciudadanos en torno a dichas instituciones y hacia su propio rol en la vida política del país.

Para garantizar el acceso a la justicia penal electoral, se necesita trabajar en cuatro elementos particulares:

a. Reconocer los derechos políticos como derechos humanos, incrementando la impor-tancia de atender cualquier abuso o menoscabo de dichos derechos.

b. Garantizar el debido proceso y el derecho de audiencia pública y justa.c. Explicar claramente el razonamiento detrás del juicio. d. Conceder el acceso a un recurso legal y a la reparación efectiva.7

Cuando los elementos anteriores se suman a tratados internaciones de dere-chos humanos y al trabajo de las organizaciones de la sociedad civil, se puede ga-rantizar el respeto de los derechos políticos y un acercamiento hacia una verdadera democracia participativa.

México vive un momento de cambio que puede detonar el surgimiento de una democracia participativa, pero para que el país transite hacia esta, primero tiene que asegurarse de reducir la incidencia de delitos electorales a través de preven-ción y un adecuado funcionamiento del sistema de justicia penal.

El proceso y los delitos electoralesLa Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley General de las Instituciones y Procedimientos Electorales sientan las bases jurídicas sobre el desarrollo del proceso electoral para la renovación periódica de los integrantes de los integrantes del Po-der Legislativo y Ejecutivo Federal; así como de las entidades federativas, ayunta-mientos -en los estados de la República- y de las alcaldías -en la Ciudad de México-. 

El INE es el organismo público autónomo encargado de la organización de las elecciones federales, para la elección del Presidente de la República, Senadores y Diputados. El INE, en coordinación con los OPL, también forma parte del desarro-llo de las actividades para la elección de Gubernaturas, Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, Congresos Locales, Ayuntamientos, Juntas Municipales y Alcal-días.

7 the kofi annan foUndation, op. cit., p. 19.

Page 18: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 118

El proceso electoral es un llamado a la ciudadanía a ejercer su derecho, pero también a cumplir sus responsabilidades, y las instituciones tienen que garantizar que dicho proceso se desarrolle mediante elecciones libres, auténticas y periódi-cas, basadas en la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad como ejes rectores.

El Proceso Electoral se divide en las siguientes etapas: a. Preparación de la elección b. Jornada Electoral c. Cómputo y resultados de las eleccionesd. Dictamen y declaración de validez8

8imagen elaborada por el observatorio nacional ciUdadano.

Cabe destacar que las etapas del proceso electoral están estrechamente rela-cionadas con los delitos electorales en la medida que el proceso marca la pauta para cometer los ilícitos. Mientras que en la etapa de preparación se pueden reali-zar alteraciones al Registro Federal de Electores (RFE) hasta cierta fecha, el día de la jornada se llevan a cabo otras conductas. Por ende, comprender qué sucede en cada etapa es fundamental.

a) Preparación de la elecciónEsta primera fase da inicio formal al proceso de electoral, el párrafo 3 del artículo 225 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señala que la etapa de preparación de la elección se inicia con la primera sesión que el Consejo General celebre durante la primera semana de septiembre del año previo en que deban realizarse las elecciones federales ordinarias, y concluye al iniciarse la Jornada Elec-

EsquEma 2. Elaborado por El oNC

Page 19: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 119

toral; en el caso de los estados, la fecha de inicio tiene una variación con respecto su Código Electoral.

A continuación, se presenta la línea de tiempo de inicio del proceso electoral en los nueve estados para elección de la gubernatura y el proceso para la elección de Presidente.

EsquEma 3. Elaborado por El oNC

Page 20: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 120

A tan solo unos días de iniciado el proceso electoral, se presentaron diversas quejas y denuncias ante la FEPADE sobre presuntos delitos electorales, según da-tos del periódico Excélsior, en un análisis realizado de septiembre de 2017 a mayo de 2018, se contabilizaban un promedio de 3 carpetas de investigación al día, un total de 764 expedientes por 18 distintos delitos electorales cometidos en 29 estados9.

En esta primera etapa, los sujetos activos comienzan a planear y ejecutar los delitos electorales para movilizar votos y financiar las campañas. Conductas como la alteración al RFE, mejor conocido como turismo electoral, se desarrollan en los primeros meses para que quienes vayan a cambiar su distrito cuenten con la nueva credencial a tiempo para emitir el voto pactado. Otras conductas como la compra de votos y el condicionamiento de beneficios sociales se agudiza conforme el día de la jornada se acerca.

Otro ejemplo es el financiamiento de las campañas con fondo ilícitos. Si bien la Ley General de Partidos Políticos, contempla en sus artículos 53 y 56 las aportaciones de los particulares a los partidos políticos, la realidad es que determinar si la proce-dencia de los recursos es lícita requeriría ejecutar tareas de inteligencia financiera con cierto grado de frecuencia.

La ejecución de delitos electorales asociados al financiamiento de campañas puede ser vista desde una perspectiva económica ya que implica la realización de una transacción. Esto sugiere que quienes aportan fondos recibirán alguna con-traprestación en el futuro si el candidato al que apoyan gana. Esto se traduciría en actos de corrupción. En este sentido, recuperamos lo mencionado por un funciona-rio de la Fiscalía que refirió que una de las particularidades del marco jurídico que rige los delitos electorales es que las promesas a futuro, a cambio de votos, no son constitutivas de delito.

La industria inmobiliaria y ciertas organizaciones delictivas también han fijado su interés por el financiamiento de ciertos grupos políticos. El objeto de este inte-rés es para seguir actuando con la impunidad que les da el cobijo de las autorida-des que se encuentran compradas, incluso antes de llegar a los cargos públicos. En una entrevista a la presunta hija de Joaquín “El Chapo” Guzmán Loera, publicada en el diario británico The Guardian10, Rosa Isela Guzmán Ortiz afirmó que su papá financió -con dinero del narcotráfico- varias campañas políticas y que a cambio este recibía protección; tiempo después Guzmán Ortiz volvió a los medios a des-mentir la entrevista anterior, y algunos familiares incluso la desconocieron como hija del capo; sin embargo, la información ya había sido difundida. José Luis Mon-tenegro -reportero que realizó la entrevista- buscó a las autoridades para contras-tar la versión de la supuesta hija, sin embargo, solo recibió amenazas en su contra.

9 marcos mUedano. (2018). la fepade inició al día 3 carpetaS; promedio del proceSo electoral. 09/08/2018, de excelsior sitio web: https://www.excelsior.com.mx/nacional/la-fepade-inicio-al-dia-3-carpetas-prome-dio-del-proceso-electoral/124905710 the gUardian in spanish. (2016). Joaquín 'el chapo' guzmán entró en doS ocaSioneS en eeuu, mientraS era prófugo, aSeguró Su hiJa. 09/08/2018, de the gUardian in spanish sitio web: https://www.thegUardian.com/world/2016/mar/04/joaqUin-el-chapo-gUzman-entro-eeUU-mientras-profUgo-hija-entrevista

Page 21: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 121

Otro ejemplo de corrupción vinculado a financiamientos de campañas políti-cas es el caso Odebrecht, pues a pesar de que a la fecha no hay ningún servidor pú-blico enjuiciado por ello, durante los gobiernos de Felipe Calderon y Peña Nieto, la constructora obtuvo varios contratos irregulares y multimillonarios que le dejaron ganancias por casi mil millones y medio de dólares11.

Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), publicó varios docu-mentos que implican la participación de la Constructora en la campaña de Enrique Peña Nieto en 2012 para ganar la presidencia, eso respondería al número de licita-ciones ganadas durante su sexenio; sin embargo, a pesar de existir una carpeta de investigación en la FEPADE (FEPADE FED/FEPADE/UNAI-CDMX/0001139/2017), la realidad es que es un tema del que poco se investiga por las implicaciones políticas.

El 19 de septiembre, a muy poco de haber iniciado el proceso electoral, México atravesó uno de los momentos más difíciles de la última década, un terremoto que además de dejar varias zonas del país devastadas, dejó ver una cara insólita de los delitos electorales que se pueden cometer para preservar el poder. Graco Ramírez y su esposa Elena Cepeda fueron acusados por haber detenido camiones con víveres que se dirigían a Michoacán, y canalizarlos a las oficinas del Sistema para el Desa-rrollo de la Familia (DIF) de Morelos, condicionando la distribución y entrega de dicha ayuda a cambio del voto; por lo anterior la FEPADE inició una investigación por presuntos delitos electorales.

Así transcurrieron casi diez meses, y mientras la búsqueda de votos que ayu-dara a los candidatos y partidos políticos a conservar o conseguir un lugar en la esfera del poder político en México era la noticia del día; los afectados fueron los ciudadanos, quienes además de ser susceptibles de violaciones a un derecho fun-damental “votar libremente y en secreto”, fueron testigos del proceso electoral más violento del que se tiene registro y de múltiples delitos electorales que demeritan la integridad electoral.

Otro acontecimiento que marcó el proceso electoral 2017-2018 fue una nue-va forma de cometer delitos electorales. Esto puso en evidencia una laguna en el marco jurídico aplicable y cuestionó el papel de la FEPADE ya que existía cierta controversia en cuanto a cómo tipificar las famosas “robollamadas” en contra de Andrés Manuel López Obrador. En el caso de que se acreditara proselitismo o la existencia de presión o privación de un libre voto, se podría buscar un tipo penal de delito electoral. Sin embargo, si existiera una laguna o vacío, se utilizarían otras leyes federales. Por ejemplo, el uso de datos personales requeriría la aplicación de Ley Federal de Protección de Datos Personales.

11expansión. (2017). laS oScuraS gananciaS de odebrecht en méxico Suman 1,429 mdd: inVeStigación. 09/08/2018, de expansión sitio web: https://expansion.mx/nacional/2017/02/16/las-oscUras-ganan-cias-de-odebrecht-en-mexico-sUman-1-429-mdd-investigacion

Page 22: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 122

Lo anterior, no solo colocó al descubierto la necesidad de robustecer las normas que den garantía de un proceso electoral sano, también mostró la vulnerabilidad de los datos personales de la ciudadanía, quienes de nueva cuenta fueron los afec-tados. ¿Quién o quiénes planearon esta estrategia? Aún no está claro, lo que se hace evidente, es la necesidad por investigar, esclarecer y sancionar dichas acciones.

b) Jornada electoralDio inicio a las 8:00 horas del domingo primero de julio y concluyó con la clausura de la última casilla12. En días anteriores la FEPADE intensificó los canales y las he-rramientas que difundían el cómo hacer una denuncia y la importancia de ellas. Su titular, Héctor Díaz Santana, aseguró a varios medios que el día de las elecciones habría más de 14 644 funcionarios de la PGR desplegados por todo el territorio na-cional para atender cualquier hecho relacionado con la violencia y/o delitos elec-torales.

Los delitos cometidos hasta el 30 de junio abarcaron desde conductas como la persuasión con ataques hacia los contrincantes, compra de votos, condicionamien-to de algún programa social y/o alteración del Registro Federal de Electoral. Según datos del periódico Excelsior, desde el inicio de las jornadas electorales hasta el día de los comicios se presentaron 1 034 denuncias por presuntos delitos electorales.

Tan solo el día de la votación se registraron 394 denuncias; siendo Puebla el estado que recibió más denuncias (122), seguido por la Ciudad de México (39) y el Estado de México (38), según declaraciones del titular de la Fiscalía llevaría a cabo la investigación pertinente de los presuntos delitos para proceder conforme a las leyes aplicables13.

Frente al que -tentativamente- puede ser el proceso electoral con más partici-pación ciudadana (con una tasa de participación del 63.45%); en entidades como Puebla, el día de la jornada se vivió con poca integridad electoral. El INE confirmó incidencias en 70 casillas del estado en las que se registraron actos de saqueo, robo, retención y quema de urnas; y por lo cual, la FEPADE abrió una carpeta de inves-tigación. Personal de la Policía Federal trasladó a la Fiscalía General a 62 personas

12 la reforma constitUcional del 10 de febrero de 2014 fijó como fecha para la jornada electoral el primer do-mingo de jUnio del año de la elección; sin embargo, de forma excepcional, en sU transitorio segUndo, apartado ii, inciso a), mandató qUe la ley general debía regUlar la celebración de elecciones federales y locales el primer domingo de jUlio, respecto del año 2018. acUerdo del consejo general del institUto nacional electoral se hace del conocimiento de los sUjetos regUlados por la ley general de institUciones y procedimientos electorales las fechas de inicio y conclUsión del proceso electoral federal 2017-2018 y de los procesos electorales locales con jornada coincidente con el proceso electoral federal, en cUmplimiento al artícUlo 28, nUmeral 4 del re-glamento de qUejas y denUncias del institUto nacional electoral13 marcos mUedano. (2018). recibe fepade mil 34 denUncias por delitos electorales. 09/08/2018, de excel-sior sitio web: https://www.excelsior.com.mx/nacional/recibe-fepade-mil-34-denUncias-por-delitos-electora-les/1249491

Page 23: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 123

14 los angeles times media groUp. (2018). inVeStigan preSunto fraude electoral en el eStado mexicano de puebla. 09/08/2018, de hoy sitio web: http://www.hoylosangeles.com/efe-3673120-14370714-20180704-story.html15 rUbén torres. (2018). Siete muertoS en la Jornada electoral. 09/08/2018, de el economista sitio web: https://www.eleconomista.com.mx/politica/siete-mUertos-en-la-jornada-electoral-20180702-0020.html

consignadas por presuntos delitos electorales, entre los detenidos se encontraba Israel Mancilla Amaro, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Puebla14.

Chiapas fue otro de los estados que vivió una jornada electoral violenta, pues se registró un enfrentamiento que dejó una persona fallecida. Además, ocurrió el robo de papelería electoral en tres municipios del estado. Tabasco y Michoacán también presentaron diversos delitos violentos, como el asesinato de una persona, el robo y quema de boletas. En la Ciudad de México y en el Estado de México tu-vieron lugar varias protestas y bloqueos por falta de boletas para las votaciones15.

c) Cómputo y resultados de las elecciones Esta etapa inicia con la remisión de la documentación y expedientes electorales a los consejos distritales y concluye con los cómputos y declaraciones que realicen los consejos del Instituto, o las resoluciones que, en su caso, emita en última ins-tancia el Tribunal Electoral. En esa etapa los delitos electorales no cesan -como lo hemos visto en los incisos anteriores-, tal es el caso del estado de Puebla, donde al cierre de casilla los dos candidatos punteros salieron a las calles a clamar su victo-ria desatando acusaciones de fraude y delitos electorales. Sin embargo, la FEPADE anunció que no se cometió ningún delito electoral, por lo cual el proceso sigue en curso.

Lo anterior no fue el caso de Colima en 2015, donde las elecciones tuvieron que volver a realizarse debido a la presencia de diversos delitos electorales e irregulari-dades ocurridas en el contexto de una ola de violencia ocasionada por el enfrenta-miento entre dos cárteles (Jalisco Nueva Generación y los Zetas) en su intento por controlar el puerto de Manzanillo.

El artículo 41 de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos establece tres con-diciones que pueden causar la nulidad de las votaciones:

1. Exceder el gasto de campaña en 5% del monto total autorizado. 2. Adquirir tiempo en radio o televisión fuera de los supuestos previstos en

la ley.3. Usar recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas. Cuando la diferencia en la votación obtenida entre el primero y el segundo lu-

gar sea menor al 5%, entonces se convocaría a una elección extraordinaria; este fue el caso de Colima, donde la elección extraordinaria se hizo entre dos candidatos (PRI y PAN). Según una investigación de Reporte Índigo “el PRI llegaba al proceso electoral con la pesada carga de ser objeto de investigación por parte de la FEPADE,

Page 24: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 124

que realizaba una investigación a fondo sobre quien fuera el procurador general de Justicia estatal, Marcos Santana Montes, por presunto desvío de recursos, que dio pie a la anulación del proceso”16.

d) Dictamen y declaraciones de validezEste proceso inicia al resolverse el último de los medios de impugnación que se hu-biesen interpuesto en contra de esta elección o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno y concluye al aprobar la Sala Superior del Tribunal Electo-ral, el dictamen que contenga el cómputo final y las declaraciones de validez de la elección y de Presidente electo.

Ya no se presentan delitos electorales en esta etapa, pero cabe destacar que du-rante este periodo se sigue trabajando en las instituciones para integrar las carpe-tas de investigación y que todo el proceso penal continúe hasta su término. Como se sabe, la incidencia de estos delitos tiene un impacto negativo y permanente en la política del país, es por ello que el papel de la sociedad civil debe ser pieza clave en los procesos de seguimiento a las investigaciones de los posibles delitos que pudieron cometerse durante el proceso electoral 2017-2018; y con ello incidir en la construcción de una política sana y en la erradicación de actos de corrupción.

¿Cómo podemos entender los delitos electorales desde una perspectiva criminológica? La literatura criminológica sobre fraudes reconoce dos tipos de perpetra-dores: accidentales y predatorios. Para explicar cómo y por qué operan los primeros, se utiliza con frecuencia el triángulo del fraude de Cressey17

que consta de tres elementos básicos:

16 j. jesús lemUs. (2015). colima, elección de dos. 09/08/2018, de reporte indigo sitio web: https://www.reporteindigo.com/reporte/colima-eleccion-de-dos/17 cressey, d. r. (1953). other people’s money: a stUdy in the social psychology of embezzlement. glencoe, il: the free press

EsquEma 4. Elaborado por El oNC

Page 25: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 125

Quien comete un fraude accidental, normalmente es una persona que se rige por las normas pero que ante una presión real o percibida (ya sea económica o per-sonal) y ante una oportunidad, pueden cometer esta clase de actos. Tras llevarlos a cabo, trata de justificarlos de manera racional o de idear esquemas para resarcir los daños o explicarse a sí mismos y a los demás, los motivos de sus actos.

En contraste, los perpetradores predatorios no tienen la necesidad de racio-nalizar sus actos, ni tienen alguna presión financiera o personal que los empuje a cometer el delito. El único elemento del triángulo del fraude que contribuye a ex-plicar este tipo de comportamientos es el de oportunidad. En este sentido, los de-fraudadores predatorios buscan explotar las vulnerabilidades y debilidades en las estructuras internas de las empresas para poder extraer alguna ganancia personal.

Por esta razón, los defraudadores predatorios tienden a estar mejor organiza-dos, ser más hábiles en la implementación de esquemas de ocultamiento y están mejor preparados para el escrutinio puntual de sus acciones. Asimismo, manejan mejor las condiciones bajo estrés.

Además del triángulo del fraude el cual refiere características de la persona o personas, Albrecht18 reconoce un segundo triángulo que refiere características del hecho, es decir, contribuye al análisis ex post de la conducta en comento. Consta de los siguientes elementos:

18 albrecht, w. (jUlio-agosto 2014). iconic fraud triangle endureS. fraUd magazine, págs. 1-7.

El primer elemento de este esquema es el acto y consiste en todas las acciones emprendidas para ejecutar el fraude. Para caracterizar este elemento es necesa-rio identificar las circunstancias de modo, tiempo y lugar asociadas al acto. Por su parte, el encubrimiento se refiere a todas aquellas acciones encaminadas a ocultar elementos del acto y desvincular a los responsables de las consecuencias de estos.

EsquEma 5. Elaborado por El oNC

Page 26: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 126

Este elemento es fundamental para probar que existe intencionalidad en el acto. Por último, la conversión implica todas aquellas acciones que tienen como objetivo monetizar y transformar en beneficio económico las acciones llevadas a cabo.

En el contexto de los delitos electorales, consideramos que este enfoque de análisis es útil por dos motivos: 1) contribuye a identificar un marco de referencia para analizar las conductas y a los perpetradores, 2) permite sugerir políticas y me-canismos de prevención específicos. Aunque no se trate de conductas similares en términos jurídicos, el fraude y los delitos electorales se parecen en la medida que hay múltiples formas de cometerlo y no existe una tipología acotada de estos.

En este sentido, es poco probable que los delitos electorales se encuadren bajo el enfoque de fraudes accidentales sino que corresponde más a una dinámica pre-datoria en la que los sujetos activos están constantemente buscando las vulnerabi-lidades del sistema político electoral tanto en términos jurídicos como institucio-nales así como sondeando las oportunidades habilitadas por el contexto social. A diferencia del beneficio económico que se busca al cometer un fraude, en este caso, ciertos delitos electorales buscan alterar los resultados electorales lo que deriva en ganancias políticas que, en cierto plazo, se monetizan.

Lo que distingue a los defraudadores predatorios de quienes cometen deli-tos electorales de forma recurrente es que el elemento de presión percibida está presente en los segundos. La presión proviene de la competencia electoral en la demarcación correspondiente. Bajo esta perspectiva, cuando varios candidatos tie-nen posibilidades de ser electos o hay una ligera ventaja de alguno, la presión por cometer algún delito electoral crece.

Bajo esta perspectiva, es factible recuperar la escala de fraude propuesta por Albrecht19 la cual consta de tres elementos. El siguiente esquema lo resume:

19 íbid

EsquEma 6. Elaborado por El oNC

Page 27: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 127

Se mantienen los elementos de oportunidad y presión percibida del triángulo inicial, pero ahora se sustituye la racionalización por la integridad personal enten-diendo esta como los atributos éticos de quien comete los fraudes (o en este caso, los delitos electorales). Cuando las oportunidades están disponibles, hay mucha presión y poca integridad personal, entonces el riesgo de que se lleven a cabo estas conductas aumenta. De esta suerte, entre menor sea la integridad de una persona, más fácil será racionalizar algún acto contrario a la norma.

La integridad personal es un factor que depende tanto de la cultura política como de la construcción de ciudadanía si nos referimos a los delitos electorales. Resulta necesario precisar qué tipo de cultura política y qué atributos de una ciuda-danía son los que alientan una menor integridad personal. En la siguiente sección se precisarán estos elementos.

Otra similitud entre los defraudadores predatorios y quienes cometen deli-tos electorales de forma recurrente es que no suelen actuar solos o al menos no siempre. En el ámbito empresarial, los controles internos fungen como mecanis-mos para que cada integrante del personal desempeñe funciones específicas y que se minimice la posibilidad de que personas tomen ventaja de la concurrencia de tareas. Por ejemplo, que quien realiza compras no tenga que realizar estados fi-nancieros o auditarlos. La colusión entre el personal al interior de las empresas se puede dar y generar situaciones de riesgo de fraude predatorio que perjudiquen a la empresa.

En materia de delitos electorales, la comisión de algunas conductas requiere la colusión entre servidores públicos, ciudadanos, funcionarios electorales y/o re-presentantes de partido para fomentar un mayor grado de éxito. Por ejemplo, en materia de condicionamiento de programas sociales a la emisión del voto por al-gún candidato se requiere, por un lado, información actualizada del padrón de be-neficiarios del programa social y por otro, sujetos que coaccionen de forma creíble a los votantes. Otro ejemplo es el turismo electoral. Para su ejecución se requiere la identificación de los distritos donde harían falta votos y de donde provendrían estos.

Con base en esta perspectiva analítica se evidencian los canales a través de los cuales las instituciones pueden prevenir, detectar y disuadir los delitos. De manera general, se requiere reducir las oportunidades para cometerlos. Lo anterior supone cerrar brechas que hasta ahora han permitido cometer los delitos con cierto grado de impunidad.

Motivos por los que se cometen delitos electorales y consecuencias de su incidenciaEl periodo electoral pasado nos dejó temas que resulta necesario continuar pro-blematizando e investigando a fin de encontrar vías para su solución. Uno de estos temas es el de los delitos electorales. Durante varios meses y a través de diversos medios, se presentaron guías, carteles o manuales para que la ciudadanía o los

Page 28: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 128

servidores públicos pudieran identificar dichas conductas que constituyen delitos, evitaran su comisión y denunciaran dichos actos.

Sin embargo, el énfasis siempre fue puesto en el acto que constituye el delito electoral, y que quedan condensados en textos como el que presentó el INACIPE y la FEPADE sobre los Diez delitos electorales que debemos conocer y denunciar20. Muy pocos han expuesto los motivos que abonan en el contexto que permite que tan-to ciudadanos, como crimen organizado y servidores públicos actúen deliberada-mente para cometer un delito electoral.

Rastrear y reconstruir los motivos nos obliga a voltear la mirada a la relación que guarda la democracia con la construcción de ciudadanía, temas de profunda complejidad que nos exigen tomar una postura crítica y comprometida en pos de la consolidación de una sociedad con ciudadanos que ejerzan sus derechos en el espacio público, y que con esto, fortalezcan los procesos democráticos.

Las elecciones presidenciales del 2000 generaron grandes expectativas debido a la alternancia en el poder que traería como consecuencia, por lo menos en los discursos de los candidatos de los partidos políticos de oposición, una transición paulatina hacia la democracia, combate a la corrupción y a la desigualdad social21, una mejor distribución de la riqueza, nuevas formas de participación ciudadana en asuntos de interés público, etc. No podemos negar los cambios ocurridos desde el fin de los gobiernos posrevolucionarios, sin embargo, se esperaba mucho más. Adam Przerworski afirmaba que la búsqueda mundial de la democracia política y de la racionalidad económica debía ser impulsada a través de la satisfacción de ciertos aspectos básicos como el estar libre de hambre y de represión22.

Después de 18 años, los resultados son inciertos y llegamos a un escenario en donde según la encuesta nacional elaborada por el INE, y titulada Informe País Sobre la Calidad de la Ciudadanía 201423, el 53% de la ciudadanía prefiere la democracia a otro sistema de gobierno. Las instituciones políticas y económicas atraviesan por una crisis de legitimidad que evidencia su debilidad en varios rubros: la imparti-ción de justicia, la defensa de los derechos humanos, la transparencia y rendición de cuentas, y la relación con la ciudadanía, entre otras, lo cual perjudica la percep-ción sobre la democracia y la eficiencia de las instituciones del Estado.

20 inacipe. (2018). diez delitos electorales qUe debemos conocer y denUnciar. 08/08/2018, de institUto na-cional de ciencias penales sitio web: http://www.inacipe.gob.mx/inicio/docUmentos/10delitoselectorales.pdf21 el ejercicio del sUfragio es Una de las características de Un proceso democrático, pero no implica necesariamen-te qUe combata la corrUpción ni la desigUaldad social. cfr. hagopian, frances y mainwaring, scott. (2005). the third wave of democratization in latin america. advances and setbacks. cambridge: cambridge Univer-sity press.22 cfr. held, david. (2007). modeloS de democracia. méxico: alianza editorial.23 la mera posibilidad de poder castigar a los gobernantes mediante el ejercicio del voto, es capaz de prevenir la violencia.

Page 29: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 129

La insatisfacción con la democracia es un fenómeno recurrente en países cu-yas transiciones son relativamente nuevas, y comparten regularmente, un común denominador, una ciudadanía de “baja intensidad”24. En este punto es importante reconocer que estas democracias tienen serias deficiencias, algunas de las cuales era muy complicado lograr.

El problema, según Adam Przeworski, radica en que se tiende a confundir “los ideales fundadores con una descripción de las instituciones que existen en la reali-dad”25. De tal manera que el ideario deforma nuestro entendimiento y nos impide realizar evaluaciones correctas. Alimenta las esperanzas del ideal y nos desvía de las posibilidades factibles. En México, la democracia se enfrenta a constantes retos que ponen en entredicho su pertinencia, entre ellos podemos encontrar la incapa-cidad institucional para reducir las brechas socioeconómicas; las deficiencias para crear y consolidar una ciudadanía participativa que legitime a las instituciones; la debilidad institucional en cuanto a la transparencia y rendición de cuentas; la in-capacidad para que los ciudadanos se sientan representados por sus instituciones políticas; la incapacidad para que tanto las instituciones como los ciudadanos ac-túen de acuerdo a las leyes y reglamentos; y la incapacidad para mantener el equi-libro entre el espacio público y el privado. Przeworski profundiza y problematiza este punto, y lanza las siguientes preguntas:

¿Cuánta igualdad económica y social puede generar la democracia? ¿Qué tan efectivamente puede la democracia afirmar al gobierno para que actúe en aras del beneficio de sus ciudadanos y afirmar a los ciudadanos para controlar al gobierno? ¿Qué tan bien puede la democracia garantizar las libertades políticas y económicas de la población? ¿Qué debemos esperar de la democracia? 26

Se puede argumentar que la democracia mexicana no ha respondido a las ex-pectativas de los ciudadanos. No ha logrado hacer que la participación política esté más estructurada y sea más efectiva; constantemente los gobernantes electos no responden a las demandas ciudadanas y actualmente, varias regiones del país se encuentran en situaciones de violencia e inseguridad, derivadas de las disputas en-tre grupos del crimen organizado que existen gracias a las grietas abiertas en las instituciones del Estado. Estos retos, que recurrentemente evidencian los desfases, fallas o fracasos de la democracia, han nutrido el descontento de la ciudadanía.

Sin embargo, aquí el objetivo fundamental radica en profundizar en el análisis del porqué del agudo malestar político. Hay diversas evidencias de la insatisfacción de los ciudadanos para con sus gobernantes e instituciones, debido al paulatino deterioro en los bienes públicos que regularmente se espera –realistamente o no-, sean provistos por la democracia y las instituciones que la sostienen.

24 cfr. escalante, fernando. (1992). ciudadanoS imaginarioS. méxico: el colegio de méxico. p. 18.25 przeworski, adam. (2010). democracy and the limitS of Self-goVernment. new york: cambridge stUdies in the theory of democracy. p. 1..26 ibídem, pp. 1-2.

Page 30: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 130

Conviene detenernos un poco y plantear una definición participativa, mínima, procedimental y normativa de la democracia27. Siguiendo la definición de Robert Dahl, la democracia tiene dos características principales, por un lado, una ciudada-nía arraigada y extendida entre la mayoría de los adultos, y por otro, la posibilidad de ejercer los derechos ciudadanos para oponerse a los funcionarios de gobierno y castigarlos mediante el sufragio28.

La imagen idealizada de la democracia no es un fenómeno nuevo, por el con-trario, tiene un largo pasado. Fernando Escalante expone un tema interesante al respecto, y plantea que el afán de lograr el orden cívico es un anhelo con el cual nació la democracia mexicana bajo el supuesto de que dicho orden existía de facto en países más civilizados como Francia y Estados Unidos, sin contemplar los vicios estructurales de ambas naciones, tales como el autoritarismo del primero y la co-rrupción del segundo29. En México ocurrió que, tras la alternancia en la presidencia en el año 2000, se idealizó a la democracia desligándola de su estructura histórica y provocando un desfase entre la idea y la realidad de lo posible. Esta imagen ahis-tórica ha nutrido anhelos alejados de la realidad y ha impedido consolidar pro-cesos posibles. Así, se pensó que la democracia ocasionaría varios cambios en la estructura política, como elecciones limpias y competidas, políticos democráticos y superación del clientelismo, entre otros vicios creados y desarrollados en regíme-nes anteriores; y en cuanto a la estructura económica, traería una mejor distribu-ción de la riqueza, combate a la pobreza, creación de empleos bien remunerados, lo que redundaría en una mayor justicia social.

El problema radicó en que se perdió la perspectiva de lo posiblemente realiza-ble. El ideal de la democracia no empató con la realidad y esto produjo un continuo debilitamiento en la percepción del sistema político y económico, y en el apoyo de los ciudadanos hacia la democracia. Sin duda, sería deseable eliminar prácticas y concepciones nocivas que la limitan, pero no es realista querer que esto ocurra por el hecho de tener una democracia normativa.

Tal vez en países como México, no sea factible eliminar estas prácticas por com-pleto y tengamos que plantear alternativas para poder vivir con sus fallas mientras se ejecutan acciones para mejorarla. Es necesario entonces, hacer empatar el des-contento social con la realidad posible, sólo así se hará funcional a la democracia. En el caso contrario, las expectativas ideales podrían derivar en efectos contrapro-ducentes.

Un primer paso consistiría en que los ciudadanos asumiesen su responsabili-dad en el espacio público y en que las instituciones promoviesen la construcción de una ciudadanía alejada del ideal meramente liberal y más cercana al republi-canismo.

27 cfr. held, david. (2007). modeloS de democracia. méxico: alianza editorial.28 la mera posibilidad de poder castigar a los gobernantes mediante el ejercicio del voto, es capaz de prevenir la violencia. 29 cfr. escalante, fernando. (1992). ciudadanoS imaginarioS. méxico: el colegio de méxico. p. 18.

Page 31: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 131

La construcción del espacio público requiere de una ciudadanía activa y par-ticipativa en los asuntos públicos a través del diálogo y la discusión para lograr acuerdos coordinados. La participación en la plaza pública es la actividad que pos-teriormente delinea el concepto de ciudadano. Con respecto a los tipos de ciuda-danía, la de carácter republicano es la que más se ajusta a una forma incluyente de representación y participación en el espacio público. Si la ciudadanía no se ejerce, no se ganan las libertades y no se puede practicar el juicio en el espacio público. De esta manera, podemos vislumbrar la íntima relación entre la ciudadanía y el espacio público.

La ciudadanía republicana es capaz de potenciar el espacio público a través de la creación de individuos activos y autónomos. Aunque puede considerársele in-vasiva por exigir a los ciudadanos que participen en la vida pública, su principal objetivo es evitar la exclusión, haciendo que los ciudadanos participen y formen parte de los contrapesos necesarios para hacer frente a los poderes fácticos que la mayor parte de las veces, se encuentran mejor organizados que los ciudadanos.

La relación entre espacio público y ciudadanía según el republicanismo, esta-blece una diferenciación entre aquellos que sólo son miembros de la sociedad y los ciudadanos, pues estos últimos abandonan voluntariamente a su esfera privada y asumen responsabilidades u obligaciones en la esfera pública en donde pueden influir tanto en la formación de instituciones como en la voluntad política. De esta manera, ser ciudadano implica necesariamente ejercer la ciudadanía, característi-ca que sirve para que, sobre ella, cobren sentido los conceptos de ciudadanía pasi-va, activa y profunda30. La labor de sostener, mantener y desarrollar las creencias, normas y procedimientos de la sociedad recae en el ciudadano, el cual “se hace haciendo su ciudad; no es objeto de pertenencia de la cosa-ciudad, sino que per-tenece a un sistema de acciones de la que él mismo es fuente”31. Entonces tenemos que la ciudadanía es el ejercicio de la misma en el espacio público, y no meramente de gozar de derechos y cumplir obligaciones.

Para el Estado Benefactor, el rol activo del ciudadano no era importante en prin-cipio ya que las instituciones podían guiar la vida de los individuos y abarcaban prácticamente la totalidad de las posibles formas de expresión de los individuos, asimismo, el Estado mantenía los equilibrios entre los diversos actores para impe-dir que los intereses privados se sobrepusieran a los públicos (esto, a partir de su consolidación en la segunda mitad del siglo XX). Este escenario lo podemos visua-lizar en un contexto en donde la “(…) mayor parte de los ciudadanos desempeña un papel pasivo, inactivo e incluso apático, y responde únicamente a las señales que se le lanzan. (…) la política se desarrolla entre bambalinas mediante la interac-ción entre los gobiernos elegidos y una élite que de forma abrumadora representa los intereses de las empresas”32. Lo cual implicaría que, a mayores derechos para

30 cfr. niebla, nicolás. (2001). entreViSta a paul barry clarKe: el ciudadano profundo. 08/09/2018, de letras libres sitio web: Url=http://www.letraslibres.com/index.php?art=669731 thiebaUt, carlos. (1998). Vindicación del ciudadano. barcelona: paidós. p. 25.32 croUch, colin. (2004). poSdemocracia. madrid: taUrUs. p. 11.

Page 32: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 132

la gente, podría llevar a mayor pasividad, pero por el contrario, menores derechos no hace ciudadanos más participativos. “Si la identidad humana se crea y se cons-tituye dialógicamente, entonces el reconocimiento público de nuestra identidad requiere una política que nos dé margen para deliberar públicamente acerca de aquellos aspectos de nuestra identidad que compartimos o que potencialmente podemos compartir con otros ciudadanos”33.

El debate sobre la identidad cobra vigencia en este contexto debido a que exis-ten “muchas maneras de concebir la ciudadanía y en su discusión se juegan pro-blemas vitales. El modo en que definimos la ciudadanía está íntimamente ligada al tipo de sociedad y de comunidad política que queremos”34. Para Mouffe, la ciu-dadanía moderna se encuentra entrelazada con el conflicto y el pluralismo demo-crático. De manera tal que “(…) la ciudadanía no es sólo una entidad entre otras, como en el liberalismo, ni es la identidad dominante que anula todas las demás, como en el republicanismo cívico. Es, en cambio, un principio articulador que afec-ta a las diferentes posiciones de sujetos del agente social al tiempo que permite una pluralidad de lealtades específicas y el respeto de la libertad individual”35. Para lograrlo, se requiere necesariamente del diálogo para entender al otro y un sistema de incentivos para dar cauce a las demandas dentro del marco institucional36.

El centro de este argumento está en que los individuos tengan la capacidad y la posibilidad de converger, en otras palabras, que tengan medios institucionales que medien el disenso hasta lograr acuerdos comunes en torno a principios fun-damentales, ya que en caso de que estas instituciones no existiesen, sería imposi-ble la construcción de un diálogo y por lo tanto en la escisión de las comunidades políticas, y en casos extremos, llegar hasta la guerra37. Aquí podemos apreciar la importancia institucional que provee el Estado, y que se encuentra materializado en leyes y normas que sirven para mediar las relaciones sociales.

La ciudadanía entendida como articuladora de la diferencia es una caracterís-tica fundamental de la identidad política colectiva que contradice a la identidad tradicional que no permite articular la pluralidad: “(…) es sólo en la medida en que las diferencias democráticas se oponen a las fuerzas o discursos que niegan a todas ellas, que esas diferencias serán sustituibles entre sí”38. Así, llegamos a un escenario en donde la diferencia no necesariamente origina el conflicto, ya que este puede ser superado cuando los individuos que forman la colectividad aceptan la plura-lidad. Si bien la formación del Estado nación requería de referentes identitarios

33 taylor, charles. (2009). el multiculturaliSmo y la política del reconocimiento. méxico: fce. p. 29.34 moUffe, chantal (1999). el retorno de lo político. comunidad, ciudadanía, pluraliSmo, democracia radical. bar-celona: paidós. p. 89.35 ibíd., p. 120.36 przerworski, adam. (1998). democracia SuStentable. bUenos aires: paidós. p. 158.37 cfr. sartori, giovanni. (2008). loS partidoS políticoS. barcelona: alianza. p. 48.38 moUffe, chantal, (1999). op., cit.p. 121.

Page 33: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 133

39 kymlicka, will. (2006). ciudadanía multicultural. barcelona: paidós. p. 129.40 para Una explicación del concepto en el marco de las sociedades complejas consúltese: gUitián galán, móni-ca, y girola, lidia. (2005). anomia e indiVidualiSmo, del diagnóStico de la modernidad de durKheim al penSamiento contemporáneo. barcelona: anthropos-Uam-a.41 heater, derek. (2007). ciudadanía. una breVe hiStoria. madrid: alianza editorial. p. 261.42 arana, patricio, “marc aUgé: ʽhay qUe amar la tecnología y saber controlarlaʽ”, en la nación, 19 de octUbre de 2010, Url=http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=714868, revisado el 19 de octUbre de 2010 y en aUgé, marc, los no-lUgares. Una antropología de la sobremodernidad, barcelona gedisa, 2000.

comunes a partir de los cuales se pudiesen diferenciar las entidades soberanas na-cientes, las circunstancias actuales distan mucho de aquellas que dieron origen al Estado, haciendo de la heterogenización, una prioridad que articula los diálogos y diferencias con base en la pluralidad.

El resquebrajamiento del Estado dio paso al pluralismo y a la reivindicación, y también dio nuevas energías a la construcción de identidades que parecían no existir más. Para Kymlicka, el desarrollo de la autonomía individual lleva a las per-sonas a valorar “(…) su cultura nacional, ya que aporta el marco más importante dentro del cual desarrolla y ejercita el agente su autonomía”39. Es importante men-cionar que la construcción de la ciudadanía y de la autonomía no supone una con-tradicción con la estructura estatal, sino que pueden llegar a complementarse.

Por otro lado, si pensamos en la aparición de numerosas identidades debido a la falta de un marco común que diera cauce a las mismas, no significa necesaria-mente que los individuos sean más libres, como podríamos llegar a asumir des-pués de conocer los beneficios de la aceptación de identidades múltiples. Antes podríamos llegar a una atomización social que derivase en la anomia40. Si bien los marcos de referencia que dan certidumbre y cauce a las demandas comunes nunca serán tan sólidos como lo eran antes, lo verdaderamente importante es darle sen-tido al cambio que ya opera en el reconocimiento de la composición de nuestras sociedades, lo que abre la puerta para poder proponer nuevas vías de articulación entre los miembros de la sociedad.

Nuestras sociedades exigen que intentemos comprender la manera en que, la multiplicidad de identidades pueden converger en referentes comunes41. Durante el tiempo en el que el Estado era lo bastante fuerte como para sobreponerse a sus posibles contrapartes, las identidades parecían gozar de estabilidad, sin embargo, en la segunda parte del siglo XX, las formas de construcción de ciudadanía a partir del reconocimiento de las identidades sufrieron modificaciones. Aún en el siglo XX, el Estado permitió crear algunos marcos comunes que tenían como referente la estabilidad y certidumbre basada en el Estado de Bienestar, y también otorgaba una sensación de homogeneidad con base en el auge de una cultura nacional co-mún que no tenía competencia.

Ahora las condiciones son diferentes, los contextos han cambiado y la constan-te negación de la diversidad ya no podía sostenerse, debido a que “no hay identi-dad sin la presencia de los otros. No hay identidad sin alteridad”42. La pluralidad da vida a la renovación de las culturas, las cuales nunca han sido estáticas, así que

Page 34: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 134

la tarea consiste en asegurar que todas las culturas e identidades tengan cabida y sean respetadas en un complejo contexto nacional y global. Al respecto, Chantal Mouffe afirma que la vida política es el antagonismo, y el conflicto es intrínseco a ésta. En este contexto es que se construye el nosotros como respuesta a la diversi-dad, es decir, se construye en nosotros frente al ellos. Aunque esto no quiere decir que los otros deban ser excluidos paralizando la política y el diálogo43.

En la actualidad, la política debe trabajar sobre entornos atomizados, a los cua-les, las instituciones pueden dotar de marcos comunes –aunque tenues-, median-te los cuales se generen ciertos acuerdos44. La capacidad de que los ciudadanos generen contrapesos es un tema central de cara a los desequilibrios producidos por la carencia de regulaciones al mercado y de los procesos de globalización. Para Collin Crouch, se necesita una ciudadanía positiva que es aquella “en la que grupos y organizaciones desarrollan conjuntamente unas identidades colectivas, perciben los intereses de estas identidades y formulan de manera autónoma demandas ba-sadas en ellos que después transmiten al sistema político”45. Para lograrlo, es ne-cesario ir más allá de los resultados inmediatos y entender la virtud del desarrollo individual y colectivo dentro de la esfera pública. En contra parte, la ciudadanía ne-gativa deviene cuando los ciudadanos no están dispuestos a compartir sus deseos y preocupaciones, de tal manera que la relación entre la ciudadanía y el sistema político se entorpece.

La ciudadanía positiva requiere que los derechos se hagan efectivos y que la co-munidad política permita la participación ciudadana, teniendo como fundamento el “derecho a votar, a fundar organizaciones, a adherirse a ellas y a recibir una infor-mación correcta”46. El goce y ejercicio de los derechos son un pilar fundamental de una estructura más grande a la que también podemos sumar los derechos socia-les, ya que los dos son necesarios para lograr cambios y crear contrapesos. Por este motivo, para Bauman, “ambos derechos se necesitan para sobrevivir, y esta super-vivencia sólo pueden lograrla conjuntamente”47.

La ciudadanía positiva brinda la posibilidad de lograr objetivos comunes, y junto con los derechos positivos, de construir ciudadanos activos que se avocan a mejorar su entorno, así, “el ciudadano es [en última instancia] el que se ocupa de las cuestiones públicas y no se contenta con dedicarse a sus asuntos privados, pero

43 moUffe, chantal. (1999). el retorno de lo político. op. cit., p. 16.44 parte de la reflexión anterior se plantea también dentro de Un ensayo titUlado “la identidad ante Un mUndo de incertidUmbres” de próxima pUblicación, y en el sigUiente capítUlo. 45 croUch, colin. (2004). poSdemocracia. op. cit., p. 26. el activismo negativo de la cUlpa y la qUeja (o la ciUda-danía negativa), es aqUél en el qUe el objetivo principal de la controversia política es ver a los actores políticos llamados a rendir cUentas, ver sUs cabezas pUestas en la picota y sU integridad tanto pública como privada sUjeta a Una rigUrosa vigilancia.46 ídem.47 baUman, zygmUnt. (2008). tiempoS líquidoS. ViVir en una época de incertidumbre. méxico: tUsqUets/cona-cUlta. p. 96.

Page 35: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 135

además es quien sabe que la deliberación es el procedimiento más adecuado para tratarlas”48. Sin embargo, nos encontramos en un contexto en donde la ciudadanía positiva, participativa y republicana se está desvaneciendo. La ciudadanía que en-contramos más extendida en nuestros días es permisiva, de carácter más liberal en el sentido de que no crea comunidad, no reivindica derechos sociales y desincenti-va la participación ciudadana en asuntos públicos49.

La lógica del mercado desmoviliza a la comunidad, fragmentándola, individua-lizándola, y provocando que la reivindicación de los derechos ya no forme parte del imaginario colectivo. Los reclamos por los derechos se concentran en la esfera privada y la participación ciudadana se desvanece. Así se deja ver un escenario en donde el proceso de individualización generado por el mercado, limita los dere-chos sociales e intenta reducir a su mínima expresión los derechos políticos trayen-do como consecuencia la degradación paulatina de la esfera pública50.

Pareciera que nos encontramos en una compleja situación en donde el pensar político y la acción ciudadana no logran materializarse. Si bien el Estado nación brindaba un espacio sólido y homogeneizante, pero se vuelve imposible su recon-cepción en su vieja acepción, el reto actual consiste en que se encuentre un espacio público y un espacio político plural forjado “bajo el signo de la fisonomía, un ‘vivire civile’, un accionar político orientado hacia la creación de un espacio público y la constitución de un pueblo de ciudadanos, transformar el poder en potencia de ac-ción en concierto, pasar del poder sobre al poder con y entre los hombres, concibien-do el entre como el lugar donde se gana la posibilidad de un mundo común”51. El reto es grande, ya que los ciudadanos deben asumir la responsabilidad de hacerse cargo de los espacios vacíos que ha dejado el Estado y que el mercado ha rechaza-do ocupar52.

Esos espacios vacíos abandonados por el Estado, deben ser reinterpretados a través de nuevas formas de participación y de discusión plural. La potencialidad

48 cortina, adela. (1997). ciudadanoS del mundo hacia una teoría de la ciudadanía. madrid: alianza editorial. p. 44.49 en el caso de méxico, en la encUesta mUndial de valores, el firmar Una petición se encUentra sobre el 20% mientras en países como sUecia esto alcanza el 80%, lo cUal nos demUestra, tal como se ha reflejado en varios estUdios, el poco interés por los asUntos públicos. si ese 20% qUe participa a veces es mUy notorio, es importante ver la forma en qUe el mexicano, por lo menos, se comporta como algUien qUe espera demasiado del gobierno, pero hace poco por participar. “el mexicano ahorita: retrato de Un liberal salvaje”, en nexos, 01 de febrero de 2011, Url= http://www.nexos.com.mx/?p=leerarticUlo&article=2047019.50 cfr. croUch, colin, “la ampliación de la ciUdadanía social y económica y la participación”, en garcía, soledad y lUkes, steven (comps.). (1999). ciUdadanía jUsticia social, identidad y participación. madrid: siglo xxi de españa. pp. 271-272.51 vermeren, patrice, “el ciUdadano como personaje filosófico” en qUiroga, hUgo, qUiroga, hUgo; villavicen-cio, sUsana y vermeren, patrice (comps). (1999). filosofías de la ciUdadanía. sUjeto político y democracia. ro-sario: homo sapiens ediciones. pp. 28-29.52 cfr., strange, sUsan. (1996). la retirada del estado. barcelona: icaria.

Page 36: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 136

plural permaneció aletargada bajo la estructura del Estado que buscaba minimi-zar las diferencias y evitar los conflictos, pero aquí podríamos cuestionarnos si la pluralidad ya liberada de su impasse por el debilitamiento de la fuerza homogenei-zadora del Estado, puede, o no, generar espacios viables de diversidad, fortalecien-do y creando canales de diálogo entre sus integrantes.

Estamos ante el surgimiento del conflicto y de lo político, pero al mismo tiem-po, ante el abandono de la política y la primacía del mercado. Surge el conflicto, pero los actores se abstienen de la discusión ante la falta de incentivos para crear instituciones que generen espacios en la política. El escenario es complejo, ya que mientras los ciudadanos no logren traducir sus preocupaciones en acciones políti-cas, el espacio público perderá su fundamento, lo que impactará limitará la posibi-lidad de que el diálogo y el entendimiento aparezcan en la plaza pública.

Los ciudadanos son merecedores de derechos, y esto no es un regalo, sin em-bargo, esta condición implica obligaciones y responsabilidades para realizar cier-tos deberes. “Los asuntos comunes (los asuntos de interés general) se ‘esparcen’ también por la sociedad civil, para constituir un lugar común –un espacio públi-co–, donde los ciudadanos que abandonan su refugio de la vida privada se reúnen para interrogar, controlar el poder y construir vínculos sociales solidarios”53, de tal forma, es posible entender de qué manera el espacio público puede consolidarse, poniendo a discusión los puntos de encuentro y desencuentro de la sociedad54.

En su acepción moderna, la ciudadanía está relacionada con el reconocimiento del Estado, no es necesario que se encuentre totalmente identificada con la esfera estatal, ya que también se construye en espacios no institucionalizados de parti-cipación. La ciudadanía y el espacio público implican acciones de deliberación y participación colectiva, lo que se confirma mediante el intercambio de ideas. Colin Crouch señala al respecto que “ciudadanos son aquellas personas que tienen un derecho reconocido a participar en deliberaciones sobre cómo se han de resolver los asuntos correspondientes al escenario de lo público”55.

Los ciudadanos asumen un rol activo en los asuntos públicos y no se retraen en su individualidad. Mediante la deliberación (y no meramente la votación) resuel-ven los problemas públicos sin llegar a la violencia56. Aquí apreciamos que un pun-to de acuerdo entre los diversos actores consiste en el uso público de la razón y que la expresión de ideas en el espacio público es fundamental para la ciudadanía. La

53 qUiroga, hUgo, “democracia, ciUdadanía y el sUeño del orden jUsto” en qUiroga, hUgo; villavicencio, sUsana y vermeren, patrice (comps). (1999). filoSofíaS de la ciudadanía. SuJeto político y democracia. op., cit.. p. 199.54 la ciUdadanía, de hecho, pUede ser Un ejemplo de esas institUciones, pUes de los conflictos y problemas his-tóricos qUe han acompañado la constrUcción del concepto, se ha desprendido Un desarrollo de la libertad e igUaldad política en las distintas sociedades. cfr. bracho, jUlio, “identidad”, en pérez, germán y león, jUan (coordinadores). (2007). el léxico de la política en la globalización. nUevas realidades, viejos referentes. mé-xico: migUel ángel porrúa. p. 186.55 croUch, colin, “la ampliación de la ciUdadanía social y económica y la participación”, en garcía, soledad y lUkes, steven (comps.). (1999)ciUdadanía jUsticia social, identidad y participación. op. cit.,, p. 266.56 cortina, adela. (1997). ciudadanoS del mundo hacia una teoría de la ciudadanía. op. cit., p. 44.

Page 37: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 137

argumentación que se requiere es “aquélla que parte y se dirige a la diversidad de doctrinas comprehensivas, a la diversidad de los ciudadanos; es una forma impar-cial de referirse y dirigirse imparcialmente a los problemas políticos y normativos comunes”57.

En nuestros días, conocemos que la forma más acabada del uso de la razón y di-rección de los problemas públicos se encuentra en la democracia como una forma de gobierno que dirige y encausa las diversas necesidades hacia un camino común. Sin embargo, el camino hacia su consolidación aún es largo. Hemos expuesto bre-vemente los problemas derivados de un tipio de ciudadanía de “baja intensidad”, que redunda inmediatamente en problemas, desfases o sajaduras infranqueables que se abren en el espacio público. Como hemos visto, la construcción de ciudada-nía es un elemento central para el desarrollo, consolidación y arraigo de las insti-tuciones democráticas, y más allá, la ciudadanía positiva implica la práctica de una cultura política democrática que cobije a las instituciones del Estado.

Como vemos, la existencia de problemas en los procesos democráticos, como la multiplicidad de prácticas consideradas como delitos electorales, sea cual sea su origen y finalidad, no son temas desligados del fondo cultural de la sociedad. La democracia no se hace sola, sino que la hacen los demócratas, ellos son quienes asumen un rol activo en la sociedad y comprenden los beneficios de la democracia por encima de cualquier otra forma de organización social, ya que consideran que la deliberación política, la negociación y el respeto al juego democrático evita la polarización, previene los conflictos armados, fortalece las instituciones del Estado y da representación política tanto a las mayorías como a las minorías. Sin embar-go, para que esto suceda, los ciudadanos deben comprender, aceptar y respetar el juego democrático.

La construcción de una ciudadanía comprometida con los procesos democrá-ticos (no meramente los electorales) limita la comisión de delitos electorales, así como muchos otros problemas que atentan contra la democracia, y cuya existencia no es fortuita, sino que es resultado de un contexto cultural que permite su presen-cia a gran escala. La estrategia punitiva y de contención de dichos delitos no ataca el fondo originario, no intenta transformarlo ni generar prácticas democráticas en la ciudadanía, sólo intenta contenerlos mediante legislaciones que puntualizan penas para quien los comete. Sin embargo, comprender cuáles son los motivos y cuáles los efectos de dicho fenómeno, nos abre la perspectiva y nos permite con-tinuar problematizando sobre las mejores estrategias para impulsar la construc-ción de un tipo de ciudadanía crítica, consciente y participativa que identifique los problemas, que evalúe y critique, y que participe junto con las instituciones en la solución de dichos problemas.

57 thiebaUt, carlos. (1998). vindicación del ciUdadano. op. cit., pp. 217-218.

Page 38: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 238

Capítulo 2

Evolución del marco jurídico en materia de delitos electorales

¿En qué piensa la población cuando se hace referencia a un delito? Sin temor a equivocarnos, cuando la ciudadanía escucha esta palabra seguramente piensa en una lesión, una amenaza, un robo, un secuestro, una extorsión, un homicidio, un feminicidio o una violación. Es probable que dicho término difícilmente nos haga pensar en la compra del voto; en la presión que se ejerce para votar por determina-do partido político o candidato; o, en sustraer, destruir o alterar el material electo-ral. Esto significa que la población probablemente no identifica dichas conductas como un ilícito o bien, que conciben a los delitos electorales lejanos a la noción tradicional de delincuencia, debido a que, en apariencia no generan ningún tipo de daño. No obstante, es un hecho que a partir de la comisión de este tipo de ilícitos no solo se atenta contra el sistema electoral, sino contra la expresión de la voluntad popular, que por medio del ejercicio de su voto opta por una u otra candidatura o proyecto de gobierno.

Ante este ideal presente en la ciudadanía, resulta necesario definir qué son los delitos electorales y la relevancia de que estos sean sancionados. Capel (1989) plan-tea que acorde con el Diccionario Electoral del Instituto Interamericano de Dere-chos Humanos (IIDH) este tipo de ilícitos se definen como “aquellas conductas, acciones, incluso omisiones atentatorias contra los principios que han de regir un sistema electoral en un Estado democrático y que por su propio carácter peculiar, son definidas y castigadas, por lo general, no en el código penal, sino en la propia ley electoral”. De acuerdo con Héctor Díaz Santana (2011) “estos ilícitos son instru-mentos “necesarios para dotar de mayores garantías a los procesos electorales; y […] en los sistemas electorales comparados la mayoría de países contemplan estos delitos para evitar que se cometan conductas graves que vulneren los principios básicos de la democracia representativa”.

Si estas definiciones se reducen al principio más básico es posible mencio-nar que los delitos electorales atentan contra las característica del voto, el cual es universal, secreto, intransferible, libre, directo y personal. Por lo tanto, debido a lo complejo que puede ser identificar dichas conductas es conveniente realizar una revisión de las competencias, tipos penales, procesos y sanciones establecidas en el marco jurídico correspondiente.

A. Evolución histórica del marco jurídico en materia de delitos electoralesDurante los últimos años, la noción de delitos electorales ha tomado relevancia entre la población, aunque de cierta forma, representa un fenómeno relativamen-te reciente. Sin embargo, al realizar una revisión histórica de la evolución del mar-

Page 39: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 239

co jurídico correspondiente se observa que estos delitos se contemplaron desde el siglo XIX, cuando se empezó a sancionar el cohecho o soborno del voto desde tiempos de la Constitución de Cádiz. Esto no significa que desde esa época existie-ra el marco instrumental e institucional con el que contamos actualmente en esta materia. ¿Cómo ha sido su evolución? Javier Patiño describe en su libro Sistema Federal y delitos electorales que para comprender cómo ha cambiado la regulación de las faltas administrativas, de las causales de nulidad y de los delitos electorales, se deben considerar cinco periodos fundamentales que abarcan desde 1814 con la promulgación de la Constitución de Apatzingán hasta la fecha. En el siguiente esquema se describen los periodos de evolución del marco jurídico.

EsquEma 7. Elaborado por El oNC

La evolución del marco jurídico en materia de delitos electorales, en términos generales, revela que este tipo de conductas siempre han existido y que, simple-mente, lo que ha cambiado es cómo nos hemos ocupado normativamente de su tipificación, de las faltas administrativas y las causales de nulidad de las elecciones. No obstante, es preciso destacar que la atención a los delitos electorales se centró en el Código Penal Federal a partir de 1990 cuando se publicó su decreto en el Dia-rio Oficial de la Federación (DOF). De acuerdo con Patiño Camarena, este decreto incorporó el Título Vigésimocuarto al Código Penal Federal que era relativo a estos delitos, lo que trajo como resultado “que las leyes electorales se ocupen de la regu-lación de las faltas administrativas y de la causales de nulidad, en tanto que los de-litos electorales se encuentran tipificados en el Código Penal Federal, o sea, se volvió a desvincular las faltas administrativas de los delitos electorales, para regular las pri-meras en la legislación electoral y los segundos en el Código Penal”. Este tratamiento

Page 40: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 240

no es algo menor, sino que implica situarlos bajo las premisas fundamentales del derecho penal, es decir, que se le da entrada al Estado para sancionar dichos actos como conductas delictivas.

Asimismo, es importante recordar que en relación al Acuerdo A/031/91 publi-cado en el DOF se estableció que durante el proceso electoral federal de 1991, los agentes del Ministerio Público Fderal acorde con sus competencias recibirían y atenderían las denuncias presentadas en relación con hechos cometidos durante dicho proceso. Patiño Camarena (2012) refiere que si se consulta la memoria de labores correspondiente no es posible constatar que a las denuncias presentadas por delitos electorales se les diera algún tipo de tratamiento específico, puesto que no hay mención alguna del inicio de una averiguación previa o de algún otro tipo de proceso.

En este sentido, es necesario tener presente que en la década de los noventa tuvo cabida otro aspecto relevante del marco instrumental a raíz de las reformas electorales de primera generación, puesto que tuvo lugar la creación de la FEPA-DE como un órgano especializado en la materia. Para los especialistas en el tema, esta fiscalía “representaba un engranaje pequeño, pero con una responsabilidad importante, que tenía que sumar esfuerzos para castigar y, en su caso, prevenir la comisión de conductas que afectaran principalmente al voto libre y secreto; y al mismo tiempo, no permitir que se presentaran los mismo hechos que vulneraron al proceso electoral federal de 1988”.

Si se toman en consideración los periodos de evolución que se presentaron en el Esquema 1 es posible señalar que uno de los cambios más relevantes en los últi-mos años en materia electoral penal es la reforma político electoral de 2014, la cual culminó con la publicación de la Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGMDE). Algunas de las modificaciones que ha conllevado la promulgación e implementa-ción de dicho instrumento normativo son las siguientes:

1. Incorporación de más posibilidades de sujetos activos en materia de deli-tos electorales.

2. Actualización de tipos penales en la materia.3. Aumento de sanciones en torno a la comisión de ciertos delitos electorales.4. Establecimiento de mecanismos de coordinación y colaboración entre los

tres niveles de gobierno.5. Recopilación e intercambio de datos en torno a delitos electorales.6. Creación y funcionamiento de fiscalías especializadas en delitos electora-

les dentro de las procuradurías y fiscalías de las entidades federativas.7. Integración de un sistema nacional de procuración de justicia en la materia

encabezado por la FEPADE.8. Incorporación del resto de autoridades locales en el sistema nacional de

procuración de justicia en la materia.

A pesar de la implementación de la (LGMDE), uno de los aspectos a enfatizar es que el marco legal no ha tenido muchos cambios. Esto resulta un tanto para-

Page 41: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 241

dójico si se toma en consideración que las prácticas de competencia política han evolucionado y que sí ha habido transformaciones tanto en materia administrativa como jurisdiccional electoral. Si se realiza un análisis crítico de la poca evolución del marco jurídico en materia de delitos electorales frente al contexto actual, es posible identificar las razones por las cuales socialmente se percibe que este tipo de conductas no son sancionadas y desincentivadas. Héctor Díaz Santana conside-ra que, esto hace que uno posiblemente se cuestione sobre la pertinencia de que existan los delitos electorales frente a lo cual ofrece dos respuestas, ”la primera que los delitos electorales son necesarios para dotar de mayores garantías a los proce-sos electorales; y la segunda, en los sistema electorales comparados la mayoría de países contemplan estos delitos para evitar que se cometan conductas graves que vulneren los principios básicos de la democracia representativa”.

B. Caracterización y comparación de los delitos electorales del fuero federal y comúnEn las elecciones de los últimos años hemos escuchado frecuentemente la referen-cia a la comisión de diversos delitos electorales, ya sea porque se dan a conocer los mecanismos para denunciarlos o bien por algún caso de alto impacto. Ante esta situación y dado el proceso de consolidación democrática del país, es pertinente preguntarse si la ciudadanía identifica claramente qué y cuáles son este tipo de ilí-citos, quiénes pueden cometerlos y a quiénes les corresponde investigarlos. Sin te-mor a equivocarnos podríamos responder que si bien ha incrementado y mejorado la noción social en torno a estas conductas delictivas, aún esta no es suficiente para alcanzar la óptima participación de la ciudadanía para incrementar su denuncia y desincentivarlos.

¿Cómo deben entenderse los delitos electorales? La FEPADE los define como: “aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las carac-terísticas del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intrans-ferible”. Una de las principales dudas que existen en torno a los delitos electorales versa en torno a quién le corresponde su investigación, es decir, si son ilícitos del fuero federal o común. Es importante mencionar que acorde con el marco nor-mativo estas conductas delictivas pueden ser tanto de competencia de la Federa-ción como de las entidades federativas. En este sentido, cabe mencionar que no se contraponen los tipos penales contemplados en el Código Penal Federal, en los res-pectivos códigos penales de las entidades federativas, así como las disposiciones de la Ley General en Materia de Delitos Electorales y de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Para diferenciar cuándo se trata de un ilícito de competencia federal o estatal, hay que partir de que el Artículo 124 constitucio-nal establece que “las facultades que no están expresamente concedidas por esta Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los Estados”. A continuación, se presenta una tabla general en el cual se pueden apreciar las dis-tinciones entre un delito del fuero federal y local.

Page 42: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 242

En específico sobre los delitos electorales, en el inciso o de la fracción IV del Artículo 116 constitucional se menciona que “De conformidad con las bases esta-blecidas en esta Constitución y las leyes generales en la materia, las Constituciones y leyes de los Estados en materia electoral, garantizarán que: […] Se tipifiquen los delitos y determinen las faltas en materia electoral, así como las sanciones que por ellos deban imponerse” cuando se relacionen con la elección de gobernador, dipu-tados locales y miembros de los ayuntamientos. Mientras que los delitos electo-rales federales se definen como las conductas sancionadas del Artículo 401 al 413 del Código Penal Federal, las cuales lesionan o ponen en peligro la función electoral federal. Con el objetivo de que queden claramente diferenciadas las competencias, se presenta una tabla con información particular entre los delitos electorales del fuero federal y común.

Fuero federal Fuero local o común

Aplica en las leyes federales y generales.

Aplica en leyes estatales o locales y las generales.

Aplica cuando los delitos se cometen en territorio considerado como federal.

Aplica cuando los delitos se cometen en territorio de alguna de las entidades federativas.

Cuando los delitos estén tipificados en ordenamientos federales.

Cuando los delitos se contemplan en ordenamientos penales de cada una de las entidades federativas.

Cuando los delitos sean cometidos en contra o por autoridades de la Presidencia de la República, alguna Secretaría del Estado Mexicano o cualquier dependencia guberna-mental de competencias federales.

Cuando los delitos sean cometidos en contra o por auto-ridades del Gobierno estatal, o dependencias y/u oficinas dependientes de cada entidad federativa.

Delitos que se inicien, preparen o cometan en el extranjero, cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el territorio de la Repúbli-ca o en el extranjero.

Se realizan contra el patrimonio, como robo, fraude, daño a bienes jurídicos tutelados por la ley dentro del territorio de la entidad federativa que le competa.

Delitos cometidos en los consula-dos mexicanos o en contra de su personal.

Delitos continuos cometidos en el extranjero, que se sigan cometiendo en la República.

Delitos continuos cometidos en una entidad federativa, y que se continúen cometiendo en otra entidad federativa.

Delitos cometidos en territorio extranjero por un mexicano contra mexicanos o contra extranjeros, o por un extranjero contra mexicanos.

Delitos cometidos por ciudadanos mexicanos contra mexicanos y/o extranjeros.

Tabla 1. disTiNCióN ENTrE dEliTos dEl fuEro fEdEral y ComúN

Page 43: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 243

Como se mencionó al inicio de este apartado, no hay contraposiciones entre los códigos penales, la Ley General en Materia de Delitos Electorales y la Constitución; ello nos permite generar un esquema general de las conductas que constituyen este tipo de ilícitos clasificados por posibles sujetos activos. Un rasgo a destacar es que la mayoría de estos delitos no se consideran como delitos graves, lo cual implica que los presuntos responsables pueden llevar el proceso en libertad a excepción de las conductas tipificadas en los artículos 412 y 413 del Código Penal Federal. En el Esquema 2, se aprecia la clasificación de los delitos electorales a partir de quién comete dichos actos. Dicha información considera que si bien la tipificación abarca la participación de los posibles sujetos activos en diversas etapas del proceso elec-toral, se observa una definición similar en los códigos penales estatales. Este rasgo es bastante particular, ya que en otros delitos, su tipificación gira en torno a los bie-nes jurídicos tutelados afectados y usualmente se hace referencia a los servidores públicos como posibles sujetos activos en términos de agravante.

¿Cuáles son las implicaciones de este tipo de clasificación de los delitos electorales? Esta coloca mayor énfasis en quién comete la conducta en lugar de los bienes jurí-dicos afectados y acorde con diversos especialistas, ello repercute directamente en las consecuencias punitivas. Al respecto, Sergio García Ramírez (2002) retoma lo que plantea Olga Islas de González Mariscal quien refiere que:

La punibilidad […] tiene como función la protección de bienes a través de la preven-ción general; por tal razón, la punibilidad depende del valor del bien tutelado en el tipo penal. Ante esta situación, el legislador, al establecer la punibilidad, debe tener bien claro el bien o los bienes que pretende proteger en el tipo penal. En el caso del Tí-tulo Vigésimocuarto (del Libro Segundo del Código Penal), el legislador no consideró los bienes jurídicos, sino atendió, como punto central, a los sujetos activos; por ello, las punibilidades son arbitrarias. Parificó todas las conductas reguladas en las diver-

Delitos electorales del fuero federal Delitos electorales del fuero local o común

Sean cometidos durante un proceso electoral federal.

Sean cometidos durante un proceso electoral local.

Se inicie, prepare o cometa en el ex-tranjero, siempre y cuando produzca o se pretenda que produzca efecto en el territorio nacional, o cuando se inicie, prepare o cometa en el te-rritorio nacional, siempre y cuando produzca o se pretenda que tengan efectos en el extranjero.

Se inicie, prepare o cometa en una de las 32 entidades federativas, siempre y cuando produzca o se pretenda que produzca dentro de sus límites de entidad federativa.

El Ministerio Público Federal ejerza la facultad de atracción cuando se actualice los delitos del fuero común tengan conexidad con delitos federales.

El Ministerio Público Local ejerza su facultad por delito cometido en su competencia.

Cuando el Instituto Nacional Electoral, ejerza su facultad para la organización de algún proceso electoral local.

Cuando el Instituto Electoral de la entidad federativa ejerza su facultad en el proceso electoral.

Tabla 2. disTiNCióN ENTrE dEliTos ElECToralEs dEl fuEro fEdEral y ComúN

Page 44: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 244

sas fracciones contenidas en un artículo; en otras palabras, hizo tabla rasa de todas las conductas, sin tomar en cuenta la gravedad de cada una en función del valor de los bienes jurídicos.

En relación con los bienes jurídicos tutelados afectados es preciso tener pre-sente que estos van más allá de la adecuada función electoral federal o el debido respeto de las instituciones republicanas y democráticas, pues abarcan un espec-tro más amplio que va de la autenticidad y libertad del sufragio, la inviolabilidad del secreto del voto hasta la veracidad de los resultados electorales. Por lo tanto, si se hace una lectura un tanto crítica sobre esta característica de la tipificación de los delitos electorales es posible expresar que, a partir de esta se comienza a dificultar la noción en torno a los daños ocasionados por estas conductas. En este sentido, vale la pena problematizar respecto a que socialmente no hay percepción clara respecto a cuáles son los daños derivados de la comisión de estos ilícitos. Héctor Díaz Santana (2011) en su artículo “Los delitos electorales en México: Protección o disfuncionalidad para el sistema electoral” expresa que “Los delitos electorales, se pueden contemplar en la doctrina jurídica moderna desde el ámbito de los dere-chos difusos y colectivos, los cuales en primera instancia el acto cometido, no se aprecia como una acción que afecta directamente al individuo, pero en el futuro, esa conducta puede dañar seriamente a la colectividad”.

Otro aspecto sobre el cual es necesario reparar ante lo difusa que resulta la afec-tación derivada de este tipo de ilícitos tiene que ver con el sujeto pasivo, es decir, con la víctima. Al respecto, Sergio García Ramírez (2002) explica que Olga Islas de González Mariscal sostiene que “la materia electoral es propia del pueblo so-berano y no de la sociedad. Por esta razón, el pueblo soberano juega el papel de sujeto pasivo en todos los tipos penales que describen conductas lesivas de bienes jurídicos inherentes a la soberanía”. Esta concepción resulta bastante interesante si se considera que los delitos electorales más comunes como la compra de votos se ha normalizado socialmente, sin que haya una concepción del ciudadano o la población como víctimas. La repetición periódica de esta circunstancia tiene como resultado a largo plazo, que existan múltiples dudas sobre la legalidad de las elec-ciones y la competencia política. No obstante, no se identifica como consecuencia directa de la comisión de delitos electorales.

Page 45: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 245

EsquEma 8. Elaborado por El oNC

Page 46: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 246

Si se trata de definir los delitos electorales desde el ámbito de la regulación, la FEPADE considera que norman como aquellos que norman posibles compor-tamientos y/o conductas humanas que se efectúan durante los procesos electora-les, ya sea por parte de servidores públicos, organismos electorales, particulares, funcionarios electorales, candidatos, organizadores de actos de campaña, minis-tros de cultos religiosos, diputados o senadores. Aunado a ello, en el Esquema 2 se aprecia que a partir de los tipos penales existentes se pretende sancionar las con-ductas que impiden, transgreden y/o dificultan la libertad de sufragio, la certeza de los resultados y la equidad en la contienda electoral. A continuación, en la Tabla 3 se presentan algunos ejemplos clasificados.

Ante la coyuntura actual, las nuevas tecnologías disponibles y las nuevas for-mas de competencia política pareciera que la tipificación de los delitos electorales como se encuentran Concebidos en el marco jurídico no ha sido tan funcional. Esta situación nos revela importantes áreas de oportunidad como, por ejemplo, la crea-ción de nuevos tipos penales que tomen en cuenta el uso de nuevas tecnologías; las promesas futuras que se realizan a partir de suponer determinados resultado en una elección; y, sobre todo, la violencia política.

Libertad de sufragio Delitos electorales del fuero federal

Delitos electorales del fuero local o común

El condicionamiento de la atención al público o programa social a cambio del voto por determinado partido político o candidato.

Manipulación fuera de la legalidad del proceso electoral en las boletas. Por ejemplo sustraer boletas.

Que los organismos electorales, funcionarios electorales, candida-tos, organizadores de campaña, diputados, senadores, entre otros obtengan fondos de actividades ilíci-tas y los ocupen para llevar a cabo el proceso electoral de su partido.

Persona alguna influye en la decisión del voto, ya sea por amenazas o por pagar en especie o dinero.

Manipulación fuera de la legalidad del proceso elec-toral en documentos del Registro Nacional Electoral, por ejemplo la destruc-ción, duplicar, alterar estos documentos.

Hacer uso de programas sociales y asistenciales dirigido a la sociedad desviando los servicios públicos por hacer uso ilegal de ellos.

Los servidores públicos, organismos electorales, particulares, funcionarios electorales, candidatos, organizadores de actos de campaña, ministros de cultos religiosos, diputados o senadores que atentan contra la organización y procedimientos electorales.

Expedir credenciales del Instituto Nacional Electoral (INE) fuera del marco legal correspondiente, por ejemplo, realizar trámites con documentación falsa y dar credencial del INE a menores de edad o cambiar de identidad.

Desviar recursos públicos y sociales para fines del proceso electoral beneficiándose de estos.

Tabla 3. EjEmplos dE dEliTos ElECToralEs CoN basE EN sus posiblEs impliCaCioNEs EN El proCEso ElECToral

Page 47: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 247

C. La investigación de delitos electorales en el sistema de justicia penalEn 2008, se aprobó una reforma a nivel constitucional en la que el sistema de jus-ticia penal en México transitó de un sistema mixto, más inquisitivo que acusatorio, a uno basado en la oralidad. Con un periodo de implementación de ocho años, el sistema interviniente en la procuración e impartición de justicia se tuvo que aco-plar a los más altos estándares de actuación en materia penal que correspondieron a cambios operativos y paradigmáticos en el quehacer de la justicia bajo principios como lo son la reparación del daño a la víctima, la presunción de inocencia, crite-rios de oportunidad para el desahogo ministerial y las salidas de justicia alterna-tiva.

Esto despertó grandes esfuerzos normativos, institucionales y presupuesta-rios,58 ya que suponía la mejora integra del proceso de justicia penal que sistemáti-camente vulneraba grandes espectros de la población y que operativamente signi-ficaba un cuello de botella que mantenía inocentes en prisión preventiva durante años y provocaba impunidad.

El cambio implicó esfuerzos significativos, cierta voluntad política y evidenció la presencia de la sociedad civil en el acontecer nacional. Sin embargo, a pesar de estos supuestos que se traducen en mejores estándares de protección de derechos humanos, el cambio se enfrentó a críticas y desestimaciones por parte de las au-toridades públicas que le harían garante, a la ineficiencia en adoptar los cambios paradigmáticos y operativos dentro las procuradurías y los juzgados, y también a

58 datos disponibles en http://proyectojUsticia.org/datos/pUblic/federal.html indican qUe en 2014, 2015 y 2016 se invirtió $139,303,834,274 en la implementación del sjpa a nivel federal.

EsquEma 9. Elaborado por El oNC

Page 48: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 248

la reticencia provocada por una cultura punitiva, generalizada en ideas –y asevera-ciones- como la puerta giratoria.59

La reforma implicó mejores controles de legalidad y calidad para los actores ejecutores de la investigación y el debido proceso –policías primer respondientes e investigadoras, ministerios públicos, jueces y peritos-, por lo que se generaron contrapartes como jueces de control, encargados de velar por los procedimientos, derechos humanos y tiempos establecidos en la ley; y la defensoría pública, en labor de una justicia accesible por igual. Estos controles en la investigación afec-tan el sostenimiento de las cargas probatorias que inician desde la recepción de la denuncia, la detención, custodia y demás diligencias ministeriales, e involucran la capacidad del Ministerio Público en comunicar a la autoridad jurisdiccional sobre las mismas para conformar las vinculaciones y sentencias judiciales.

En materia de este estudio, la investigación de los delitos electorales cambió a partir de la implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio (SJPA). Sin embargo, por la complejidad de la justicia penal electoral resaltan dos caracterís-ticas de estos delitos que dificultan las tareas de investigación. La primera es que la persecución de los hechos delictivos se concentra en la comisión de conductas personales sin que se analice como comportamientos cuya estructura ameritaría un enfoque de redes. Por ejemplo, el caso del clientelismo político organizado o el financiamiento ilegal de campañas.

Esta característica podría verse comprendida en la necesidad de no extrapolar a nivel macro los delitos electorales, al ser aquellos que afectan el libre desarrollo del proceso electoral, la base de la democracia mexicana. Por ende, la complejidad de la persecución de delitos electorales se refleja, en un primer momento, en la individualización de las investigaciones.

La segunda característica es el grado de especialización requerido en su per-secución, vinculación y posterior sanción. Esta especialización, aunada a la com-plejidad mencionada, se logra captar en el número de hipótesis que, en estricto

59 la pUerta giratoria fUe Una imagen Utilizada por el ex jefe de gobierno de la ciUdad de méxico, migUel ángel mancera, en la qUe acUsaba al sjpa de liberar a los delincUentes, relacionando este hecho con el aUmento en la incidencia delictiva y no con la ineficiente integración de la carpeta de investigación.

EsquEma 10. Elaborado por El oNC

Page 49: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 249

sentido, son delito electoral. Antes de la entrada en vigor de la LGMDE, el Código Penal Federal contemplaba ocho artículos sustantivos de los que emanaban 166 hi-pótesis. Con la ampliación de supuestos que enmarca la LGMDE, los 14 artículos que plantean las conductas tipificadas expanden las hipótesis a 600 hechos que suponen un delito electoral.60

La especialización requerida en probar los tipos penales tiene relación direc-ta con la capacidad del Ministerio Público en sostener la carpeta de investigación hasta su sanción judicial, sea absolutoria, pecuniaria o privativa de la libertad. De acuerdo con datos de Nieto y Valdéz referente al total de sentencias entre 1994 y 2017, el 94% de las condenas fallan a favor de la FEPADE.61

Se debe hacer énfasis en la capacitación sobre delitos electorales en las Fiscalías locales y en el Poder Judicial a fin de traducir los estándares de eficiencia y coordi-nación que impone el sistema de justicia penal acusatorio en criterios base para la prevención y persecución efectiva de los mismos. En el ONC, creemos que los cambios sustanciales y operativos del sistema de justicia penal acusatorio, refle-jados en la investigación de delitos electorales, son alicientes para la promoción de la denuncia ciudadana, la confianza institucional y la efectiva acción penal en materia de justicia electoral.

D. Justicia alternativa en materia de delitos electoralesEn el SJPA existe la posibilidad de solucionar las controversias penales sin llevar a cabo el proceso judicial de forma estricta, esto es, mediante los mecanismos al-ternativos de solución de controversias (MASC).62 Para que exista la posibilidad de usar MASC, la justicia alternativa se funda bajo dos principios: 1) que ambas partes deben hacer expresa su voluntad de participar en los MASC, bajo los supuestos de que si una de las partes involucrados no accede o prefiere retirarse en algún momento, estos mecanismos no son aplicables, y de que la voluntad expresa y el diálogo consecuente entre las partes tienen un carácter de confidencialidad, y 2) que la finalidad de los MASC son el establecimiento –y posterior cumplimiento- de un acuerdo reparatorio surgido de dicha voluntad y diálogo.

En esta materia, la particularidad y complejidad de los delitos electorales su-pone dos dificultades en su aplicación. La primera radica en acotar la repercusión

60 datos obtenidos en entrevista con Un alto fUncionario de la fepade. se mencionan de 600 a 800 hipótesis constitUtivas de delito electoral.61 nieto, santiago; valdez méndez, sandra. (2017). “fepade: la historia como creadora de institUciones” en Ugalde, lUis carlos; hernández, said.(coord.) (2017). fortalezas y debilidades del sistema electoral mexicano. perspectiva federal y local. sitio https://integralia.com.mx/fortalezasydebilidades/capitUlo29-nietoyvaldez.pdf62 estos son mediación, conciliación y jUnta restaUrativa, el último siendo qUizás el más ad hoc a los delitos electorales ya qUe es Un mecanismo qUe involUcra a la víctima, al impUtado y a la comUnidad afectada; entre qUienes bUscan, constrUyen y proponen opciones de solUción qUe resUlten en Un acUerdo cUyo propósito sea la reintegración de la víctima e impUtado a la comUnidad y la recomposición del tejido social (art. 27, ley nacional de mecanismos alternativos de solUción de controversias en materia penal).

Page 50: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 250

de los delitos electorales a una sola víctima definida. Por ejemplo, si bien en el caso de coacción del voto o del condicionamiento de programas sociales a cambio del mismo, la víctima se puede identificar como la persona afectada, en casos de de-litos como la alteración del Registro Federal de Electores, la víctima no solo es el INE, sino también el material electoral del país. Los delitos electorales, en conjunto, vulneran el proceso electoral y las libertades político-electorales, ambos base de la democracia mexicana.

La segunda dificultad para el uso de los MASC radica en el sostenimiento del acuerdo reparatorio. Identificar a la víctima tiene como consecuencia la respon-sabilidad del diálogo y el compromiso de la conciliación. Aventurar de qué tipo serían los acuerdos reparatorios que se dieran en el marco de los MASC resulta, de primer momento, complejo e insuficiente. La promesa de no repetición o la com-pensación económica del daño son componentes valiosos, pero en cuanto a delitos electorales es, difícil de definir con respecto a qué afección. De cualquier forma, los acuerdos reparatorios no son estrictos salvo la legalidad de las acciones acordadas y la voluntad de las partes.

El uso de MASC en la resolución de delitos electorales queda asentado en los Censos de Procuración e Impartición de Justicia Estatal, ambos del INEGI. En es-tos se puede encontrar que, desde 2014, año en el que se aprobó la Ley Nacional que permite el uso de los métodos de justicia alternativa en materia penal, se han abierto 693 expedientes de justicia alternativa para delitos electorales63. Chiapas destaca como el único estado que registró el uso de los mismos, con 1 caso abierto en 2016 (es el mismo número en trámite para el cierre del periodo) y 692 en 2015 (con 25 en trámite al cierre de dicho año). Si bien la información proporcionada en los Censos no permite conocer a detalle la firma de un acuerdo reparatorio o el seguimiento del mismo, aprender de la experiencia chiapaneca en la resolución de delitos electorales con justicia alternativa podría ser un insumo valioso a considerar.

En este sentido, aunque el uso de los MASC en delitos electorales resulta com-plejo, resultaría ser un ejercicio interesante de compromiso democrático-electoral la posible definición de un acuerdo reparatorio. Asimismo, velando el principio de confidencialidad de los MASC también podría ser una oportunidad de inteligencia para la investigación de redes criminales o tendencias en delitos electorales. Aun-que ninguna de las 10 Fiscalías involucradas en el proyecto reporta el uso de MASC para delitos electorales,64 no se debe menoscabar la justicia alternativa como una posible apropiación ciudadana del proceso democrático e inventiva electoral por parte de la autoridad.

63 la ley nacional de mecanismos alternativos de solUción de controversias en materia penal fUe pUblicada en el dof el 29 de diciembre de 2014. los datos qUe se ofrecen provienen de los tabUlados de jUsticia alternativa para delitos electorales. por errores con el servidor fUe imposible conocer si en 2014 (censo de pje 2015) se registró Uso de masc.64 al cierre de la edición, no tenemos respUesta de la fepade por prórroga a la solicitUd de información.

Page 51: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 251

E. Impartición de justicia en materia de delitos electoralesEl tratamiento de los delitos electorales en el marco de las premisas del ius punendi conlleva necesariamente la impartición de justicia en torno a estas conductas, la cual se lleva cabo en los juzgados penales del Tribunal según sea su competencia federal o local con la finalidad de sancionarlas. En este sentido, vale la pena traer a colación que en el párrafo 14 del Artículo 16 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se establece claramente la forma de impartir justicia al momento de que el agente del Ministerio Público solicita la judicialización de la carpeta de investi-gación:

Los Poderes Judiciales contarán con jueces de control que resolverán, en forma in-mediata, y por cualquier medio, las solicitudes de medidas cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación de la autoridad, que requieran control judi-cial, garantizando los derechos de los indiciados y de las víctimas u ofendidos. Deberá existir un registro fehaciente de todas las comunicaciones entre jueces y Ministerio Público y demás autoridades competentes.

Durante el proceso penal para hacer efectiva la impartición de justicia antes de la judicialización, el agente del Ministerio Público de la Federación o local al tener conocimiento de posibles hechos que se constituyan como delitos electorales sin detenido; tiene la obligación de abrir una carpeta de investigación e informar in-mediatamente a la FEPADE vía correo electrónico. No obstante, es preciso señalar que mantiene la facultad de llevar acabo las diligencias pertinentes para la reco-lección, conservación, custodia y traslado de indicios, así como los datos de prueba con la finalidad de cumplimentar lo ordenado en el Código Nacional de Procedimien-tos Penales. Estas diligencias permitirán que en el proceso de impartición de justicia se utilicen estos indicios esclareciendo los hechos a fin de sancionar al culpable acorde a la acción u omisión tipificada como delito.

Si bien puede creerse que basta con la mera concepción de los delitos electora-les en el marco del derecho penal para que haya claridad de las competencias de las autoridades en el proceso de impartición de justicia, la evidencia que se presen-ta en el capítulo 4 de este estudio refiere lo contrario. Por esta razón, es importante hacer referencia a las disposiciones normativas en las que se establece cuáles son las atribuciones de cada autoridad y, por ende, cuáles son las leyes que permiten que se imparta justicia en los procesos penales por delitos electorales. En el caso de la Ley Orgánica de la Procuraduría General República, en el inciso b del artículo 4 se señala que al Ministerio Público de la Federación le corresponden las siguientes tareas:

• Poner a disposición de la autoridad judicial a las personas detenidas dentro de los plazos establecidos por la ley;

• Aportar las pruebas y promover las diligencias conducentes para la debida comprobación de la existencia del delito, las circunstancias en que hubiese sido cometido y las peculiares del imputado, de la responsabilidad penal,

Page 52: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 252

de la existencia de los daños y perjuicios, así como para la fijación del mon-to de su reparación;

• Solicitar la autorización u orden correspondientes para la obtención de cualquier elemento probatorio cuando para ello sea necesaria la interven-ción de la autoridad judicial, para acreditar el delito y la responsabilidad del inculpado, de conformidad con lo dispuesto en el Código Federal de Pro-cedimientos Penales y demás disposiciones aplicables;

• Impugnar, en los términos previstos por la ley, las resoluciones judiciales;• En general, promover lo conducente al desarrollo de los procesos y realizar

las demás atribuciones que le señalen las normas aplicables.

Asimismo, en el artículo anteriormente mencionado también se prevé el no ejercicio de la acción penal cuando:

• Los hechos de que conozca no sean constitutivos de delito;• Una vez agotadas todas las diligencias y los medios de prueba correspon-

dientes, no se acredite la probable responsabilidad del indiciado;• La acción penal se hubiese extinguido en los términos de las normas apli-

cables; • De las diligencias practicadas se desprenda plenamente la existencia de

una causa de exclusión del delito, en los términos que establecen las nor-mas aplicables;

• Resulte imposible la prueba de la existencia de los hechos constitutivos de delito, por obstáculo material insuperable.

Mientras que las 32 leyes orgánicas de las procuradurías y/o fiscalías de las entidades federativas regulan la manera legal para impartir la justicia penal en el ámbito local. En este sentido, es necesario precisar que dichas leyes se encuentran apegadas a la Constitución.

Otro aspecto normativo que es necesario tener en cuenta es que el precepto le-gal 21 constitucional deja claramente explicado que “el ejercicio de la acción penal ante los tribunales corresponde al Ministerio Público. La ley determinará los ca-sos en que los particulares podrán ejercer la acción penal ante autoridad judicial”. Como se mencionó al inicio de este apartado, existen tribunales federales y locales cuyas atribuciones establecidas en el Artículo 104 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos refieren que los de la federación conocerán:

I. De los procedimientos relacionados con delitos del orden federal; II. De todas las controversias del orden civil o mercantil que se susciten sobre

el cumplimiento y aplicación de leyes federales o de los tratados interna-cionales celebrados por el Estado Mexicano. A elección del actor y cuando solo se afecten intereses particulares, podrán conocer de ellas, los jueces y tribunales del orden común.

Page 53: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 253

Asimismo, para determinar la competencia territorial de los órganos jurisdic-cionales para la impartición de justicia tanto de delitos electorales como de otros ilícitos se aplican las siguientes reglas dispuestas en el Artículo 20 del Código Nacio-nal de Procedimientos Penales:

I. Los Órganos jurisdiccionales del fuero común tendrán competencia sobre los hechos punibles cometidos dentro de la circunscripción judicial en la que ejerzan sus funciones, conforme a la distribución y las disposiciones establecidas por su Ley Orgánica, o en su defecto, conforme a los acuerdos expedidos por el Consejo;

II. Cuando el hecho punible sea del orden federal, conocerán los Órganos ju-risdiccionales federales;

III. Cuando el hecho punible sea del orden federal pero exista competencia concurrente, deberán conocer los Órganos jurisdiccionales del fuero co-mún, en los términos que dispongan las leyes;

IV. En caso de concurso de delitos, el Ministerio Público de la Federación podrá conocer de los delitos del fuero común que tengan conexidad con delitos federales cuando lo considere conveniente, asimismo los Órganos jurisdic-cionales federales, en su caso, tendrán competencia para juzgarlos. Para la aplicación de sanciones y medidas de seguridad en delitos del fuero co-mún, se atenderá a la legislación de su fuero de origen. En tanto la Federa-ción no ejerza dicha facultad, las autoridades estatales estarán obligadas a asumir su competencia en términos de la fracción primera de este artículo;

V. Cuando el hecho punible haya sido cometido en los límites de dos circuns-cripciones judiciales, será competente el Órgano jurisdiccional del fuero común o federal, según sea el caso, que haya prevenido en el conocimiento de la causa;

VI. Cuando el lugar de comisión del hecho punible sea desconocido, será com-petente el Órgano jurisdiccional del fuero común o federal, según sea el caso, de la circunscripción judicial dentro de cuyo territorio haya sido dete-nido el imputado, a menos que haya prevenido el Órgano jurisdiccional de la circunscripción judicial donde resida. Si, posteriormente, se descubre el lugar de comisión del hecho punible, continuará la causa el Órgano juris-diccional de este último lugar;

VII. Cuando el hecho punible haya iniciado su ejecución en un lugar y consu-mado en otro, el conocimiento corresponderá al Órgano jurisdiccional de cualquiera de los dos lugares, y

VIII. Cuando el hecho punible haya comenzado su ejecución o sea cometido en territorio extranjero y se siga cometiendo o produzca sus efectos en territo-rio nacional, en términos de la legislación aplicable, será competencia del Órgano jurisdiccional federal.

Page 54: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 254

Una vez que haya iniciado el proceso en la instancia correspondiente, los jueces penales aplican las disposiciones de los códigos penales en torno a las sanciones y especificaciones de los delitos electorales. Es importante señalar que no todas las entidades federativas contemplan los delitos electorales en sus códigos penales, sin embargo, se rigen por la LGMDE, así como por el Código Penal Federal. Mientras que se aplica el Código Nacional de Procedimientos Penales, en el cual se establecen las normas que han de observarse en la investigación; el procesamiento y la sanción de los delitos para esclarecer los hechos; proteger al inocente; procurar que el cul-pable no quede impune; que se repare el daño; contribuir a asegurar el acceso a la justicia mediante la aplicación del derecho; y, resolver el conflicto que surja con motivo de la comisión del delito electoral. Por lo tanto, si se considera el marco jurí-dico actual no existe justificación alguna para que los tribunales correspondientes carezcan de información sobre el curso de los casos de delitos electorales que lle-gan a ser de su competencia.

En cuanto al proceso penal para impartir justicia en torno a delitos electorales, este es el mismo que se lleva a cabo cuando se trata de cualquier otro ilícito. Sus principios se encuentran establecidos en el Artículo 20 constitucional, en el cual se establece que es acusatorio y oral, así como que se rige por los principios de publi-cidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Es necesario se-ñalar que las fiscalías especializadas en la atención de delitos electorales tanto del ámbito local como federal, están facultadas para intervenir en todas las etapas del procedimiento penal; así como en el juicio constitucional o de garantías, haciendo las funciones que determinan sus leyes y reglamentos institucionales.

Una particularidad de este proceso es que los presuntos responsables pueden llevarlo en libertad dado que estos no son delitos graves. Esta será como lo estable-ce el Artículo 140 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

F. ¿Es necesario modificar la severidad de las sanciones por delitos electorales?Una de las respuestas que suele brindarse para desincentivar un delito es el incre-mento de las penas y sanciones, pues se considera que la simple posibilidad de que haya multas más altas o más años de reclusión si los sujetos activos son hallados culpables basta para que las personas no cometan determinado ilícito. Este enfo-que suele enmarcarse bajo la perspectiva del populismo penal o punitivo, el cual va más allá del mero aumento de las sanciones. Si se realiza una revisión crítica de dicho concepto a la luz de la propuestas teóricas de Anthony Bottoms y John Pratt; este se puede entender acorde con Elena Larrauri (2007) bajo los siguientes tres preceptos, “que mayores penas pueden reducir el delito; que las penas ayudan a reforzar el consenso moral existente en la sociedad; y que hay unas ganancias electorales producto de este uso”. 65

65 laUrraUri, elena. (2007). “popUlismo pUnitivo … y cómo resistirlo” en revista de estUdios criminais. año vii. núm. 25, porto alegre.

Page 55: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 255

¿Qué sanciones se suelen imponer en este ámbito? Acorde con la experiencia mexicana y latinoamericana, las penas por la comisión de estos ilícitos pueder ser privativas de la libertad, privativas de derechos y pecu-narias. ¿Cuáles son las sanciones si se cometen delitos electorales en México y aca-so es necesario modificarlas para disminuir la incidencia de este tipo de ilícitos? En el caso de nuestro país, las penas suelen ser privativas de la libertad y pecunarias, pero para abordar las sanciones en esta materia, una de las primeras cuestiones que deben ser esclarecidas son las diferencias entre los ámbitos electoral y sancio-nador. En este sentido, Jesús Orozco puntualiza que a raíz de las últimas reformas:

“en México, la persecución de los delitos electorales de carácter federal le correspon-de a la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales [….] en tanto que la imposición de las penas respectivas es competencia de los juzgados de distrito del Poder Judicial de la Federación (PJF); por su parte, la investigación de las faltas administrativas cometidas por los partidos políticos es competencia de la Junta Ge-neral Ejecutiva del Instituto Federal Electoral (IFE) o, por ejemplo, las relacionadas con sus informes anuales sobre el origen y destino de sus recursos o los relativos a sus gastos de campaña electorales es atribución de la Comisión de Fiscalización de los Recursos de los Partidos y Agrupaciones Políticas del Consejo General del propio Ins-tituto, mientras que la imposición de las sanciones respectivas le corresponde exclu-sivamente al mencionado Consejo General, la cual puede ser impugnada ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.66

Esta caracterización es importante tenerla presente no solo para distinguir las atribuciones de cada institución u organismo, sino para diferenciar al derecho ad-ministrativo sancionador del derecho penal. Ello es esencial dado que tienen su fundamento en normativas distintas; el primero de ellos, se enmarca en la legisla-ción electoral; y, el segundo, en códigos penales. Sin embargo, un rasgo que com-parten es la individualización de la sanción, la cual en el caso de los delitos electo-rales consiste en que la pena por la comisión de uno de estos ilícitos se le impone exclusivamente al individuo o persona responsable. Esto implica que bajo ninguna circunstancia puede ser sancionado un partido político por un delito electoral.

¿Cuáles son las penas previstas en el marco jurídico para quien comete un delito electoral? De acuerdo con lo que estipula el Código Penal Federal y la LGMDE, las penas por la comisión de este tipo de ilícitos van desde multas hasta 15 años de prisión y, prin-cipalmente, estas no solo se establecen a partir del tipo de conducta sino de sujeto activo. Es preciso mencionar que debido a que estos no son delitos graves, los pre-suntos responsables pueden evitar ir a prisión y acorde con el sistema de justicia

66 orozco enríqUez, josé de jesús (2006). “jUsticia electoral: prevención y resolUción de conflictos”. en JuSticia electoral y garantiSmo Jurídico. méxico: porrúa-iij / Unam.”

Page 56: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 256

penal acusatorio, dichos ilícitos no ameritan prisión preventiva. Santiago Nieto también habla de la necesidad del aumento de sanciones en torno a los delitos electorales o que algunos de estos sean considerados como graves. Se considera que:

“elevar las penas no trae aparejada la disminución de la incidencia delictiva […] al me-nos manda un mensaje social de que, en el caso, los delitos electorales son conside-rados como un tema de vital importancia, de ahí que eventualmente, deban subir las penas. Existen conductas como el peculado electoral, el uso de recursos ilícitos en las campañas o los actos de temor a los electorales, o recientemente los casos de violen-cia política de género que debían ser considerados como graves, cuando involucran redes de corrupción como medio comisivo sin que hasta el momento la normatividad los recoja en esos términos”.67

Si conforme a lo expresado por Santiago Nieto se considera el aumento de las sanciones como un mecanismo para dar a los delitos electorales la importancia que ameritan; esta podría ser una medida quizá de corto alcance dado el objetivo político que persigue mediante estos ilícitos y la poca eficacia que socialmente se percibe en la administración de justicia.

Desde esta perspectiva, sería conveniente analizar cuáles son las penas estable-cidas para los delitos electorales más frecuentes acorde con las estadísticas dispo-nibles y reflexionar qué tanto se podrían desincentivar mediante el incremento de las sanciones. Con tal finalidad en la Tabla 4 se presentan las penas de los delitos electorales más frecuentes a partir del posible sujeto activo.

67 op cit

Sanción Posible sujeto activo Delito electoral

10 a 100 días multa y prisión de 6 meses a 3 años

No especificado

Recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, credenciales para votar de los ciudadanos.

50 a 100 días multa y prisión de 6 meses a 3 años

No especificado

Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral o en los tres días previos a la misma.

Aumento de hasta un tercio de la pena de 50 a 100 días multa y prisión de 6 meses a 3 años

Integrante de un organismo de seguridad pública

Page 57: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 257

70 a 200 días multa y prisión de 3 a 7 años

No especificado

Por cualquier medio altere o participe en la alteración del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores o participe en la expedición ilícita de una o más credenciales para votar con fotografía.

Aumento de hasta la mitad de la pena de 70 a 200 días multa y prisión de 3 a 7 años

No especificado

A quien por sí o a través de terceros solicite, promueva, traslade, subsidio, gestione, contrate servicios o bienes para que una o más personas proporcionen documentos o información falsa al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores.

200 a 400 días multa y prisión de 1 a 9 años

Servidor público

Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio a favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición. Si el condicionamiento del programa gubernamental, se realiza utilizando programas de naturaleza social, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista.

200 a 400 días multa y prisión de 1 a 9 años

Servidor público

Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado.

Tabla 4. saNCioNEs dE los dEliTos ElECToralEs más frECuENTEs aCordE CoN la Ley GeneraL en Materia de deLitos eLectoraLes

Page 58: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 258

A partir de la información de la Tabla 4 se aprecia que para los delitos electora-les más frecuentes se encuentran establecidas tanto penas privativas de la libertad como pecunarias, las cuales si bien no son elevadas sí podrían llegar a constituir un desincentivo dado que las sanciones se purgan individual y no colectivamente. No obstante, diversos especialistas y funcionarios consideran que las penas en esta materia se quedan cortas.

“Un problema serio que tienen los delitos electorales es su insuficiente sanción, por tal motivo, no existen condiciones que inhiban su comisión. […] Las sanciones más fuertes impuestas se han derivado de actos de obtención de credencial de elector con documentos apócrifos. En consecuencia no existe temor por cometer un delito elec-toral […] [hay] una falta absoluta de temor a la sanción “por delitos electorales nadie se va a la cárcel”. 68

En este sentido, sería pertinente realizar un análisis que permita identificar si el poco temor de ser sancionado por una acción ilícita en contextos electorales se debe a que se percibe que las sanciones son bajas o a la falta de eficiencia de las autoridades para procurar e impartir justicia en la materia. Esto último es crucial, ya que no se deben soslayar dos elementos presentes en el campo electoral: a) las fiscalías especializadas en la materia aún no operan como deberían y b) el Poder Judicial minimiza la comisión de delitos electorales.

68 díaz santana, héctor (2011).

Page 59: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 359

Capítulo 3

¿Qué dicen los datos sobre delitos electorales?

Existen diversas fuentes que refieren la magnitud y comportamiento de los delitos electorales desde su captación como conductas atestiguadas en las comunidades hasta su solución por parte de las instituciones de impartición de justicia. La totali-dad de los datos en esta materia corresponden a registros administrativos que lle-va cada institución e integran a través de reportes periódicos o mediante los censos de gobierno de procuración e impartición de justicia federal y estatal.

Al ser los delitos electorales conductas complejas en términos de su organiza-ción, ejecución y posterior investigación, contar con datos provenientes de encues-tas de victimización no ha sido viable. Por ende, toda lectura de los datos parte de las fuentes institucionales a nivel procuraduría o fiscalía, institutos y organismos electorales, juzgados y tribunales, así como de organizaciones de la sociedad civil especializadas en la observación electoral.

Esta sección está dividida en tres apartados. El primero describe los principales insumos de información a nivel nacional y estatal en los que se hace referencia a algún tipo de dato cualitativo o cuantitativo. La segunda sección aporta una lectura de los datos tomando en cuenta el contexto social y político. Por último, el tercer apartado contiene una lectura de los datos de delitos electorales dentro del sis-tema de justicia, es decir, desde el conocimiento de posibles conductas delictivas hasta su sanción. A continuación, presentamos un listado de los principales resul-tados de esta sección:

» Se presentan cuatro fuentes de información que permiten ponderar cifras y características sistemáticas de estos delitos, estas son: el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI); el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP); la FEPADE y el Instituto Nacio-nal Electoral (INE). Del SESNSP se obtuvieron los datos de las Carpetas de Investigación Iniciadas (CII) tanto del fuero común como del fuero federal; del INEGI los Censos Nacionales de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales, y los Censos Nacionales de Procuración e Imparti-ción de Justicia Estatal (en sus diferentes años de actualización); de la FE-PADE los informes que son publicados mensualmente y comunicados de prensa y del INE los reportes Numeralia del Proceso Electoral.

» Como parte de la revisión de fuentes se pudo identificar que con base en los datos publicados por el SESNSP en el apartado Cifras de Incidencia Delictiva Federal 2012- junio 2018, no se contempló para ningún estado, ni año, las CII que corresponden a la Ley General en Materia de Delitos Electorales la cual en-tró en vigor en mayo de 2014. Se identificó el subtipo de delitos electorales bajo el Código Penal Federal, no obstante, es probable que la totalidad de los registros no hayan sido contabilizados en este apartado ya que al menos el número total de CII de enero a junio de 2018 no corresponde con el total de los registros presentados por la FEPADE. A diferencia de lo que ocurre con los datos de incidencia delictiva del fuero común que suelen estar sujetos a un mayor escrutinio, en este caso se identificaron inconsistencias derivadas de la falta de actualización de los productos estadísticos encabezados por el SESNSP y PGR.

Page 60: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 360

» Se debe cuidar la lectura comparativa de los datos de delitos electorales a la luz de las diferencias cualitativas del contexto social y político y de la se-paración de competencias institucionales (fuero federal vs. fuero común).

» Una lectura comparativa que ignore las diferencias contextuales erraría al comparar directamente las tasas de CII por delitos electorales. Por ejem-plo, con base en el examen de notas periodísticas se da cuenta de cómo en Quintana Roo la incidencia de estos delitos tiende a estar asociada con la participación de desarrolladores inmobiliarios, antreros y hoteleros. En contraste, en otras entidades como Chiapas el mismo dato de CII puede referir una situación de turismo electoral.

» Por otra parte, es inadecuado ignorar las diferencias cuantitativas que re-sultan de la separación de competencias institucionales en términos de la apertura o iniciación de expedientes judiciales por presuntos delitos elec-torales. Se observaron casos de entidades con registros elevados de expe-dientes judiciales del fuero federal y bajos del fuero común. Por ejemplo, San Luis Potosí.

» Se analizó la actividad judicial a lo largo de todo el proceso penal desde 1997 a 2017 y se identificaron tres etapas en función del comportamien-to de los expedientes judiciales iniciados y determinados, así como de las sentencias pronunciadas. La primera etapa transcurre de 1997 a 2008, la segunda de 2009 a 2012 y la tercera de 2013 a 2017.

» La primera etapa se caracteriza por una incidencia baja y focalizada de pre-suntos delitos electorales, predominancia del fuero común sobre el federal y bajos niveles de sentencias condenatorias. La segunda etapa (2009-2012) exhibió un crecimiento de expedientes judiciales iniciados y determina-dos, así como un aumento en el porcentaje de expedientes que alcanzaron etapas avanzadas del proceso judicial, se generalizó la incidencia a nivel geográfico y cambió la predominancia del fuero común sobre el federal. Por último, la tercera etapa se caracterizó por cambios normativos conside-rables en la reforma penal y la entrada en vigor de la Ley General en Mate-ria de Delitos Electorales (LGMDE). En este contexto, la lectura de los datos mostró que los expedientes iniciados y determinados, así como las senten-cias por delitos electorales del fuero federal aventajaron a los del fuero co-mún; también se mantuvieron niveles bajos de sentencias respecto al total de expedientes iniciados y determinados.

» De igual forma, en diversos extractos del capítulo se analizaron otros as-pectos puntuales como la incidencia de delitos electorales en Colima y Chihuahua; la relación entre estos delitos y las tasas de participación ciu-dadana en las jornadas; la desagregación de los denunciantes de delitos a nivel federal; el perfil de los sujetos activos por sexo y edad y la clasificación de las víctimas.

Page 61: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 361

Fuentes de informaciónDe acuerdo con el documento La consolidación de los registros y estadísticas delictivas en México publicado por el ONC en 2018: “el diseño, implementación y evaluación exitosa de políticas públicas en materia de seguridad requiere como insumo bá-sico una batería diversa, confiable y actualizada de estadísticas. Sin este insumo, toda política de seguridad estará condenada el fracaso o en el mejor de los casos, a un éxito azaroso69.” En el caso de los delitos electorales, esta afirmación también resulta adecuada a pesar de que el interés en este tema se concentra durante las jornadas electorales.

En las secciones previas de este documento, se abordó cómo la configuración jurídica y política de los delitos electorales implica tanto un deterioro de la inte-gridad democrática como afectaciones directas a las instituciones públicas. Sin estadísticas, es difícil determinar la magnitud o el grado de estos efectos o si hay diferencias geográficas que permitan identificar si los delitos electorales se en-cuentran focalizados o más dispersos. De igual forma, al ser el ámbito de acción de instituciones del sistema de justicia penal, los datos deberían permitirnos conocer el grado de impunidad con que se han cometido estos ilícitos.

El documento previamente referido señala que en México, “existe una gran di-versidad de proyectos estadísticos en materia de seguridad y justicia en el país en-cabezados por el gobierno federal y organismos autónomos”70. A continuación, se enuncian los proyectos estadísticos de seguridad y justicia, y se refiere en la cuarta columna se especifica si tienen datos de delitos electorales o de conductas que vul-neren los derechos políticos de la población.

Del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI):

Registros administrativos

Producto PeriodicidadCobertura temporal

¿Contiene datos de delitos electorales o de conductas

que vulneren derechos políticos?

Estadísticas de los organismos públicos de derechos humanos

Anual 2013-2015

Sí, incluye datos sobre hechos presuntamente violatorios de derechos

políticos

Impartición de justicia en mate-ria penal

Anual 2014 Sí

Judiciales en materia penal Anual 1997-2012 Sí

Tabla 5. Elaborado por El oNC

69 ObservatOriO NaciONal ciudadaNO. (2018). La consoLidación de Los registros y estadísticas deLictivas en México. MéxicO70 íbid

Page 62: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 362

71 es pOsible desagregar pOr sexO de la víctiMa, la cOMisióN estatal O NaciONal a la que se deNuNciarON lOs hechOs y la iNstitucióN señalada de la presuNta viOlacióN.

Las estadísticas de los organismos públicos de derechos humanos no refieren la incidencia de delitos electorales como tal, pero da cuenta de hechos presuntamen-te violatorios de derechos políticos y de las víctimas71. Las conductas incluidas son:

• Injerencias arbitrarias para quebrantar la libertad de manifestación pública.• Obstaculización o restricción para la participación ciudadana.• Obstaculización o restricción para formar partidos políticos, votar o ser vo-

tado.• Otra violación a los derechos políticos.

Las conductas previamente expuestas, en particular, la obstaculización o res-tricción para formar partidos políticos, votar o ser votado, puede llegar a constituir un delito electoral y por lo tanto estar sujetas a la investigaciones y sanciones.

En el caso de las estadísticas de impartición de justicia en materia penal, se in-cluyen todos aquellos asuntos previos a 2014 atendidos en diversas etapas por los órganos jurisdiccionales del Tribunal Superior de Justicia de cada entidad federati-va. De acuerdo con el INEGI, los registros administrativos complementan la infor-mación de los censos de impartición de justicia estatales. Además de presentar la numeralia en términos de los asuntos penales atendidos, brinda información de la cantidad y características de los delitos, víctimas, procesados y/o imputados y sentenciados.

Por último, las estadísticas judiciales en materia penal de 1997 a 2012. Cabe destacar que estos últimos registros corresponden a la información de juzgados penales y mixtos de primera instancia en el fuero común y fuero federal con datos nacionales, estatales y federales. Por desgracia, esta serie ya no se actualiza pues fue sustituida por los censos de gobierno.

Censos y encuestas de gobierno

Producto PeriodicidadCobertura temporal

¿Contiene datos de delitos electorales o de conductas

que vulneren derechos políticos?

Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal

Anual 2013-2015 Sí

Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal

Anual 2010-2016 Sí

Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema

Penitenciario EstatalesAnual 2011-2017 Sí

Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal

Anual 2011-2017 Sí

Page 63: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 363

Los censos y encuestas de gobierno también dan cuenta de la incidencia de los delitos electorales en los diferentes procesos del sistema de justicia, desde las intervenciones policiacas hasta la respuesta del sistema penitenciario y la recolec-ción de multas derivada de las sentencias condenatorias.

De la tabla anterior se desprende que es posible encontrar datos de procura-ción de justicia por delitos electorales del fuero federal (aquellos tipificados en el Código Penal Federal y después, en la LGMDE) y del fuero común (aquellos tipifica-dos en los códigos penales estatales y después, en la LGMDE). Estos datos refieren a cuántas averiguaciones previas (AP) y carpetas de investigación se iniciaron por estos delitos, los resultados de las AP y CI en términos de su estatus, entre otros aspectos. Los censos también tienen información de las capacidades instituciona-les de las procuradurías y fiscalías en términos de los recursos humanos y de la infraestructura disponible.

Los censos de impartición de justicia estatal y federal proporcionan informa-ción de los asuntos penales que analiza el Poder Judicial a través de las institucio-nes correspondientes. Los datos permiten distinguir entre aquellos asuntos a cargo de los poderes judiciales locales y del federal, dependiendo de si se consulta el Cen-so Nacional de Impartición de Justicia Estatal o el Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal. De igual forma, también es posible recabar información de las capacidades institucionales de los juzgados y tribunales.

A su vez, el Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales da cuenta de la población reclusa por la comisión de delitos electorales (egresos e ingresos), entre otros datos. El Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales permite conocer la cantidad de presuntos delitos electorales regis-trados en las intervenciones de la policía municipal. Lo anterior es de suma rele-vancia ya que la policía suele ser el primer respondiente ante la incidencia de un delito electoral durante la jornada democrática.

Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal

Anual 2011-2017 Sí

Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales

Bianual 2011-2017 Sí

Encuesta Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Justicia

MunicipalAnual 2009 No

Tabla 6. Elaborado por El oNC

Page 64: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 364

Por su parte, de las encuestas a hogares y establecimientos sobre seguridad y justicia que pudieran contener referencias sobre delitos electorales, ninguna apor-ta datos sobre estas conductas. En parte, esto se podría deber a distintos factores. Por ejemplo:

• Que los delitos son altamente especializados y estacionales.• Que no se han impulsado proyectos estadísticos por falta de interés o por-

que la incidencia y efectos de estos delitos se perciben como menores.• Que no se adhiere a los objetivos de los proyectos estadísticos en curso.

Esta carencia de datos en materia penal electoral contrasta con el interés del INEGI y el INE por desarrollar herramientas como las Estadísticas Intercensales a Esca-las Geoelectorales, las cuales presentan información de calidad sobre las elecciones y las características sociodemográficas de la población en los distritos y secciones del país. En este sentido, sería recomendable que se incorporara un módulo de delitos electorales en colaboración con la FEPADE y otras fiscalías especializadas. Esto contribuiría a generar información que coadyuve en el diseño de políticas de prevención y disuasión.

Tabla 3. Elaborado} por el ONC

Encuestas en hogares y establecimientos

Producto PeriodicidadCobertura temporal

¿Contiene datos de delitos electorales o de conductas

que vulneren derechos políticos?

Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana

Trimestral

Desde el tercer

trimestre de 2013

No

Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre

Seguridad PúblicaAnual 2011-2017 No

Encuesta de Cohesión Social para la Prevención de la

Violencia y la DelincuenciaAnual 2014 No

Encuesta Continua sobre la Percepción de la Seguridad

Pública

Mensual y trimestral

Abril de 2009 a diciembre

de 2012 / Marzo y junio

de 2013

No

Encuesta Nacional sobre Inseguridad

Anual 2010 No

Encuesta Nacional de Victimización de Empresas

Bianual2012, 2014 y

2016No

Encuesta Nacional de Población Privada de la Libertad

Anual 2016 No

Tabla 7. Elaborado por El oNC

Page 65: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 365

Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Producto PeriodicidadCobertura temporal

¿Contiene datos de delitos electorales o de conductas

que vulneren derechos políticos?

Cifras de Incidencia Delictiva Estatal

Mensual Enero 2015 a mayo 2018

Cifras de Incidencia Delictiva Municipal

MensualEnero 2015 a mayo 2018

Cifras de Incidencia Delictiva Federal

Mensual / Anual

Enero 2012 a mayo 2018

Cifras de Víctimas del Fuero Común, 2015

MensualEnero 2015 a mayo 2018

No

Cifras de Incidencia Delictiva Estatal, 1997- diciembre 2017

MensualEnero 1997

a diciembre 2017

No

Cifras de Incidencia Delictiva Municipal, 1997- diciembre 2017

MensualEnero 1997

a diciembre 2017

No

Cifras de Víctimas del fuero común, 2014- diciembre 2017

MensualEnero 2014 a diciembre

2017No

Incidencia Delictiva Nacional (presuntos delitos registrados en

el periodo enero- mayo 2018)

Sin periodicidad

definida

Enero 2018 a mayo 2018

No

Incidencia Delictiva Nacional (presuntos delitos registrados en

mayo 2018)Mensual Mayo 2018 No

Base de datos del fuero federal del Registro Nacional de Datos

de Personas Desaparecidas (RNPED) al mes de abril

Sin periodicidad

definida

1973 a 30 de abril 2018

No

Base de datos del fuero común del Registro Nacional de Datos

de Personas Desaparecidas (RNPED) al mes de abril

Sin periodicidad

definida

1968 a 30 de abril 2018

No

Tabla 8. Elaborado por El oNC

Page 66: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 366

Del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP):La información de incidencia delictiva del SESNSP incluye tres archivos que

contienen datos de averiguaciones previas y carpetas de investigación por delitos electorales iniciadas, tanto por procuradurías y fiscalías estatales como por la FE-PADE de la PGR.

De hecho, la información de los delitos electorales del fuero común se reco-piló y clasificó en esta administración gracias a los esfuerzos emprendidos por el Centro Nacional de Información (CNI) del SESNSP para consolidar el instrumento CNSP/38/15. Los datos en comento se desagregan por entidad federativa y munici-pio, y se actualizan con una frecuencia mensual.

En contraste, los registros delictivos del fuero federal iniciaron a partir de 2012 y se desagregan únicamente por entidad. La información vertida en dichos tabula-dos también incorpora otros delitos del fuero federal como aquellos cometidos en contra de la salud.

En materia de delitos electorales se identificó que las Cifras de Incidencia Delic-tiva Federal no contemplan las CII relacionadas con la LGMDE. Además, al menos en lo que va del 2018, en el subtipo de delitos electorales contemplados en el Có-digo Penal Federal, los registros no concuerdan con los datos proporcionados por la FEPADE.

En ambos casos, no existe mayor desagregación por subtipo o modalidad con-forme a las fracciones o atributos comunes establecidos en los ordenamientos. En este sentido, sería recomendable que estos delitos se desagregaran según las cate-gorías planteadas por el INEGI:

• Cometidos por funcionarios electorales.• Cometidos por funcionarios públicos.• Cometidos por representantes populares.• Cometidos por integrantes de partidos políticos.• Cometidos por electores.• Cometidos por terceros.• Cometidos por ministros de culto.

De la Procuraduría General de la República (FEPADE) y las procuradurías y fiscalías estatales:

Registros proporcionados por la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales

Producto PeriodicidadCobertura temporal

¿Contiene datos de delitos electorales o de conductas

que vulneren derechos políticos?

Informe Mensual de Actividades MensualDesde enero

2015Sí

Comunicados de prensa CoyunturalDesde enero

2018Sí

Tabla 9. Elaborado por El oNC

Page 67: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 367

El informe de actividades de la FEPADE es presentado de manera mensual a la

Procuraduría General de la República con el fin de exponer los resultados cualitati-vos y cuantitativos alcanzados durante el periodo que se informa. Este documento hace referencia principalmente a la investigación y persecución de delitos electora-les, así como cualquier tipo de actividad relacionada con la prevención y fomento a la cultura de la denuncia y legalidad en materia penal-electoral.

Está dividido en tres grandes grupos: 1. Investigación y persecución de los delitos electorales.2. Actividad Jurídico-Consultiva.3. Prevención de delitos electorales.

La información está desagregada en función del tipo de delito cometido; acto-res participantes en la denuncia y los denunciados; entidad federativa correspon-diente al delito; marco legal que da sustento a la denuncia y diversas resoluciones presentadas ante otros casos similares.

A diferencia del informe de actividades, los comunicados de prensa no tienen una periodicidad determinada ya que tienen por objetivo informar a la ciudadanía de eventos ocurridos durante la temporada electoral. La información presentada busca dar un panorama general, ser breve y acotada.

A nivel nacional ambos documentos son las únicas fuentes de información con los que la ciudadanía cuenta para conocer los tipos de delitos electorales cometi-dos, responsables y sanciones derivadas de estos actos.

Fiscalía General de Estado de Jalisco

Producto PeriodicidadCobertura temporal

¿Contiene datos de delitos electorales o de conductas

que vulneren derechos políticos?

Seguridad Map Mensual2013 a 31 de

mayo de 2018No

Sistema Estadístico sobre Autopsias

Diario a 4 de julio de 2018 No

Estadísticas de áreas especializa-das de la dirección de Dictami-

nación PericialMensual Enero 2018 a

mayo 2018 No

Tabla 10. Elaborado por El oNC

Seguridad Map es una herramienta elaborada por el gobierno del estado de Jalisco que tiene por objetivo llevar a cabo un registro, seguimiento, manejo de in-formación y análisis de datos para todo el público. La aplicación integra bases de datos de delitos cometidos según la Fiscalía General del Estado e información del INEGI como delimitaciones conurbadas.

Page 68: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 368

Es probable que, con la finalidad de demostrar las zonas de mayor riesgo en materia de seguridad pública, los delitos electorales no hayan sido considerados para esta herramienta.

Por su parte, tanto el Sistema Estadístico sobre Autopsias y las Estadísticas de áreas especializadas de la dirección de Dictaminación Pericial están a cargo del Ins-tituto Jalisciense de Ciencias Forenses. La información está presentada de enero a mayo de 2018 y únicamente contiene información que ha sido elaborada para dic-támenes periciales e informes en materia de estudio necrológicos o patológicos.

Es probable que en los tres casos no se registre una desagregación de delitos electorales por dos factores: Seguridad Map es un producto elaborado para infor-mar incidentes en materia de seguridad pública, mientras que los dos últimos tie-nen por objetivo ayudar a esclarecer las causas de la muerte de una persona, por lo que no son competencia del proceso electoral.

Fiscalía General de Estado de Veracruz

Producto PeriodicidadCobertura temporal

¿Contiene datos de delitos electorales o de conductas

que vulneren derechos políticos?

Registro Público de Personas Desaparecidas

Sin periodicidad

definida

Sin cobertura definida

No

Registro Público de Personas Detenidas

Sin periodicidad

definida

Sin cobertura definida No

Estadísticas de áreas especializadas de la dirección de

Dictaminación PericialMensual Enero 2018 a

mayo 2018 No

Tabla 11. Elaborado por El oNC

Ambos documentos conforman bases de información que ayudan a que la ciu-dadanía conozca el listado e identificación de personas que se encuentran en cali-dad de desaparecidas y detenidas en Veracruz.

Entre los criterios considerados para las personas desaparecidas están: nom-bre, municipio en donde desapareció, estatura, complexión, nacionalidad y rasgos físicos.

Por su parte, el registro de personas detenidas únicamente puede ser consulta-do con los datos específicos del denunciante. Ante la falta de datos públicos para consultar esta base, no se pudo determinar si hasta julio de 2018 se ha presentado alguna detención por delitos electorales.

Cabe destacar que, aunque así fuese, el registro únicamente permanece al fina-lizar la detención, posteriormente se borra.

Page 69: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 369

El Informe Ejecutivo de las actividades de la PGJCDMX concentra la estadística delictiva de la CDMX para elaborar políticas en seguridad. Entre sus indicadores contempla:

• Total de averiguaciones previas.• Averiguaciones previas del fuero común de delitos de alto impacto social.• Averiguaciones previas del fuero común de delitos de bajo impacto social.• Incompetencias y hechos no delictivos.

Al ser la FEPADE el organismo en el cual se concentran los delitos electorales, este informe únicamente busca ser informativo para el ambiente de seguridad pú-blica en la capital.

Por su parte, el registro público de personas desaparecidas mantiene la misma estructura que en las entidades antes descritas. En este caso tampoco se contem-plan los delitos electorales.

En cuanto a las instituciones de procuración de justicia de Chiapas, Morelos, Guanajuato, Puebla, Tabasco y Yucatán carecen de información pública en materia de delitos electorales. Se presume, en este sentido, que solo remiten los datos in-dispensables sobre esta materia al SESNSP.

Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México

Producto PeriodicidadCobertura temporal

¿Contiene datos de delitos electorales o de conductas

que vulneren derechos políticos?

Informe Ejecutivo de las actividades de la PGJDF

Mensual 2014-2018 No

Registro Público de Personas Detenidas

Sin periodicidad

definida

Sin cobertura definida No

Estadísticas de áreas especializadas de la dirección de

Dictaminación PericialMensual Enero 2018 a

mayo 2018 No

Tabla 12. Elaborado por El oNC

Page 70: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 370

Del Instituto Nacional Electoral y organismos públicos electorales:

La Numeralia del Proceso Electoral 2017-2018 es un reporte elaborado semanal-mente por el INE, el cual tiene como objetivo informar a la ciudadanía de aspectos coyunturales al proceso electoral. La información que se presenta considera aspec-tos generales como calendario electoral, capacitaciones, voto en el extranjero entre otros temas más.

En relación con los delitos electorales, este es el único documento del INE que reporta las quejas y denuncias presentadas ante la autoridad; especifica la canti-dad de procedimientos iniciados; quiénes promovieron las irregularidades repor-tadas en las distintas fases del proceso; sanciones impuestas durante la precampa-ña, después de las campañas y el día de la elección, así como un monitoreo puntual en todas las entidades federativas que tuvieron elecciones. El detalle de los datos permite realizar observaciones según el análisis así lo requiera.

El resto de los documentos de esta sección únicamente presentan información acotada a una parte del proceso electoral. Por ejemplo, las encuestas electorales tenían por objetivo estimar las preferencias de los votantes hacia algún candidato o partido político desde diciembre de 2017 a mayo 2018. Mientras que los registros

Instituto Nacional Electoral

Producto PeriodicidadCobertura temporal

¿Contiene datos de delitos electorales o de conductas

que vulneren derechos políticos?

Estadísticas del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores

Sin periodici-dad definida

Hasta el 30 de abril de 2018

No

Numeralia Proceso Electoral 2017-2018

Semanal 2017-2018 Sí

Encuestas Electorales MensualDiciembre

2017 a mayo 2018

No

Programa de Resultados Electorales Preliminares

Temporal 1ro de julio

de 2018- por definir

No

Conteos Rápidospara los Procesos Electorales Federal y Locales 2017-2018

Temporal1ro de julio de

2018No

Cómputos Distritales 2018 Temporal1ro de julio

de 2018- Por definir

No

Tabla 13. Elaborado por El oNC

Page 71: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 371

presentados en los conteos rápidos tienen información de los primeros resultados obtenidos el 1 de julio.

Por su parte, los sitios web de los organismos públicos electorales de las nueve entidades en las que se eligieron gobernadores no contienen información pública sobre delitos electorales. Remiten a los informes de FEPADE.

Del Consejo de la Judicatura Federal (CJF):Se identificó que la Dirección General de Estadística Judicial del CJF mantiene una herramienta de consulta, análisis y pronóstico denominada el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) que permite conocer elementos de estadística ju-dicial de los diferentes órganos jurisdiccionales en diversas especialidades como administrativa, de amparo en materia penal, civil, laboral, mixta, procesos penales federales, mercantil de cuantía menor y administrativas especializadas.

Si bien es factible que en esta base de datos exista evidencia de los asuntos pe-nales electorales, dada la arquitectura de este sistema de información no es facti-ble obtener datos precisos de estos. Al menos sin conocer el número del expedien-te, es difícil extraer información relevante de estos delitos.

Los delitos electorales en su contexto social y políticoEste documento recoge los elementos más importantes que ayudan a darle pers-pectiva al contexto político y social de los delitos electorales en México. Para su elaboración se consideraron distintos insumos de información como los análisis realizados en materia del comportamiento electoral en México, los datos propor-cionados por la FEPADE y por el SESNSP, así como notas de prensa.

Se mantendrá la misma definición de delitos electorales utilizado en el capítulo anterior y se entenderá como clientelismo electoral al “reparto de favores, bienes materiales, servicios o dinero a cambio de votos y/o apoyo político72. La coacción del voto ocurre cuando el intercambio entre votantes y candidatos se realiza a tra-vés de amenazas, chantajes, fuerza o violencia. La compra del voto ocurre cuando este intercambio es voluntario73.

Durante el proceso de búsqueda de información se identificó que en el país se ha escrito poco de este tema, en la mayoría de los casos únicamente se aborda desde la perspectiva legal o en su caso únicamente abarca al clientelismo electoral, la compra o la coacción del voto. Sin embargo, se dejan de lado prácticas como el mal uso de bo-letas electorales, alteraciones en el Registro Federal de Electores (RFE), información falsa en el Registro Nacional de Ciudadanos (RNC), entre otros delitos más.

Entre los análisis, está el de Santiago Nieto y Sandra Valdez que publicaron, como parte del Reporte Electoral 2018 de Integralia Consultores, uno de los prime-

72 schedler, a. (2004). el vOtO es NuestrO: ¿cóMO lOs ciudadaNOs MexicaNOs percibeN el clieNtelisMO electOral. revista MexicaNa de sOciOlOgía, 66, pp 57-97. 73 schrOeter, b. (2010). cLienteLisMo: ¿Un concepto sociaL y/o poLítico. revista MexicaNa de sOciOlOgía, 72, pp 141-175

Page 72: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 372

ros trabajos en México que detalla y analiza los datos de la FEPADE desde 1988 a 201774. También el Instituto Nacional de Ciencias Penales elaboró junto con la FEPADE un manual en el que se detalla el tipo y la forma en que se cometen los delitos electorales y los canales de denuncia.

La prensa ha hecho un gran trabajo al respecto desde una perspectiva de he-chos, sin embargo, poco se ha abordado como parte de un fenómeno social que mina la integridad electoral en México. Resulta sorprendente que, a pesar de la co-tidianeidad de los delitos electorales, no abunden explicaciones científicas y traba-jos más especializados. Esto podría deberse a que las elecciones suelen analizarse más desde una óptica de los resultados, es decir, por qué ganó un candidato y no otro o por qué ganó con una ventaja amplia o pequeña, etc.

Otra hipótesis es que estos vacíos en la literatura son resultado de un fenómeno que poco tiempo tiene en la vida política mexicana, que es la agudización de la competitividad electoral. Es probable que antes el clientelismo o la coacción del voto hayan sido prácticas recurrentes por los candidatos. Por citar un ejemplo, Luis Javier Garrido en su ensayo Un partido sin militantes, hace referencia a que durante la campaña de Cárdenas a la presidencia entre 1933 y 1934, los mecanismos socia-les para lograr un mayor número de afiliados estaban basados en una política de masas con mecanismos simples: cooptar grandes movimientos sociales que no tu-vieran una afiliación consciente respecto a alguna postura política y la afiliación de individuos mediante mecanismos coercitivos75.

En contextos donde la competencia electoral permite a dos o incluso tres can-didatos tener aspiraciones reales a ocupar un cargo, es probable que existan incen-tivos para que se cometan delitos electorales que puedan alterar los resultados de la contienda y favorezcan ilícitamente a un candidato. Al existir un contendiente con posibilidades de ganar, la práctica de estos delitos se vuelve más habitual y extendida.

También es un hecho que los delitos electorales, en general, son difíciles de cuantificar ya que no son denunciados y en algunos casos, se puede caer en apre-ciaciones subjetivas o en acciones políticas que buscan favorecer al contrincante.

Por ejemplo, si consideramos el caso de compra y venta del voto, estamos ante un caso de un delito sin víctima en el sentido criminológico del término. Quien vende su voto solo tendrá el incentivo de denunciar a quien lo compró si la pro-mesa de pago no se cumplió. Esto sucederá con poca frecuencia pues quien vende el voto podría pensar que al acudir a un Ministerio Público para reportar el hecho, podría resultar peor76. Este argumento es similar al que se plantea con la compra y venta de drogas o de artículos de contrabando. Un consumidor no tiene incentivos de denunciar esta transacción por lo que las tasas de reporte tienden a ser bajas.

74 NietO s., valdez, s. (2018). Fepade: La historia coMo creadora de institUciones. juNiO 10, 2018, de iNtegralia cONsultOres sitiO web: https://iNtegralia.cOM.Mx/fOrtalezasydebilidades/capitulO29-NietOyvaldez.pdf75 garridO, l. (1987). Un partido sin MiLitantes. en La vida poLítica Mexicana en La crisis (pp. 41-45). MéxicO: el cOlegiO de MéxicO.

Page 73: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 373

Mucha de esta información está dispersa en notas de prensa, pero a nivel ins-titucional la FEPADE concentra a detalle los delitos electorales del fuero federal y el SESNSP los del fuero común. El INE presenta actualizaciones semanales de las denuncias presentadas.

Por su temporalidad y análisis desagregado de los informes mensuales, estas son las únicas referencias con las que se cuenta para conocer de manera particular los partidos políticos, estados, municipios y ciudadanía que de una u otra forma han participado en estos delitos.

La información está presentada de manera somera y permite dimensionar el contexto electoral mexicano. Sin embargo, ante la falta de denuncias presentadas, la información está sesgada únicamente a las capitales o los centros urbanos y se descartan localidades de igual o mayor relevancia.

Al respecto, hay estudios como el de Luis Carlos Ugalde y Gustavo Rivera quie-nes consideran que al menos el funcionamiento del clientelismo político está loca-lizado a nivel de barrio o colonia y su estructura opera principalmente en colonias de niveles de clase media baja a clase baja77. Carlos Vilalta, autor de la publicación Compra y Coacción del voto en México coincide y amplía el análisis al exponer que los partidos políticos seleccionan a las localidades en función de su perfil económico. Por ejemplo, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) durante las elecciones pasadas obtuvo mejores resultados en zonas rurales, el PAN en las industrializadas y el Partido de la Revolución Democrática en las manufactureras y CDMX.

La coacción del voto se expone a través de mecanismos similares. Igualmente opera a nivel de barrio, pero se lleva a cabo por un intercambio de bienes, dinero, tarjetas prepagadas u otras recompensas78. Vilalta menciona casos en los que se coacciona al electorado mediante los programas de desarrollo social como el Pros-pera, el Seguro Popular u Oportunidades y concluye con la promesa de una obra pública79.

Con el objetivo de conocer cómo se comportan los delitos electorales a nivel estatal, se realizó la siguiente matriz en donde se correlacionan los años electora-les con expedientes judiciales iniciados (fuero federal) por cada 100 mil habitantes con base en datos publicados por el SESNSP. Se obtuvieron los siguientes resulta-dos:

En 2012 se registraron los incrementos más importantes de delitos electorales a nivel nacional. Durango fue el estado con más casos registrados, seguido de Gue-

76 a pesar de que lOs veNdedOres y cOMpradOres de vOtOs NO tieNeN iNceNtivOs de repOrtar las cONductas, el equi-pO del caNdidatO rival O caNdidatOs así cOMO ciudadaNOs cOMprOMetidOs cON la deMOcracia, puedeN deNuNciar este tipO de hechOs. 77 ugalde, l., rivera, g. (2013). cLienteLisMo eLectoraL y La coMpra deL voto en México. juliO 11, 2018, de NexOs sitiO web: https://www.NexOs.cOM.Mx/?p=1898978 ídeM79 vilalta, c. (2007). coMpra y coacción deL voto en México: variaciones estataLes y diFerencias de opinión entre beneFiciarios y no beneFiciarios de prograMas sociaLes. 11 de juNiO de 2018, de prOgraMa de las NaciONes uNidas para el desarrOllO sitiO web: https://iMg1.wsiMg.cOM/blObby/gO/9b03c4d4-1f07-47b6-9654-416ff4774662/dOwNlOads/1cd3ji277_602383.pdf

Page 74: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 374

Entidad CII 2012

CII 2013

CII 2014

CII 2015

CII 2016

CII 2017

Alternancia en las gubernaturas

Aguascalientes 2.7 0.5 0.5 1.6 3.1 0.4 PRI PAN

Baja California 2.6 0.3 1.0 1.2 1.2 0.5 No

Baja California Sur 6.3 0.6 0.3 2.7 1.5 0.7 No

Campeche 4.0 1.2 0.2 1.0 0.9 0.4 No

Chiapas 2.5 0.3 0.9 4.1 1.1 0.8 PRDPVEM, PRI, PANAL

Chihuahua 4.6 0.6 1.7 1.0 3.0 1.6 PRI PAN

Ciudad de México 4.9 0.6 1.0 1.9 10.6 2.5 No

Coahuila 3.0 0.6 0.4 0.6 0.5 3.2 No

Colima 3.5 0.0 0.7 3.7 4.8 0.1 No

Durango 6.9 0.8 1.0 0.7 3.5 0.4PRI PAN, PRD,

Convergencia y PT

Guanajuato 2.0 0.1 0.5 0.5 0.4 0.3 No

Guerrero 5.7 0.3 0.9 1.1 0.6 0.2 PRD PRI

Hidalgo 2.8 0.5 1.2 1.0 3.4 0.9 No

Jalisco 1.5 0.1 1.1 1.0 0.6 0.3 PAN PRI

México 3.1 7.6 3.6 0.9 0.6 3.6 No

Michoacán 1.0 0.1 3.8 1.5 0.5 0.5 PRI PRD, PT, PANAL

Morelos 2.5 0.4 0.7 0.7 0.9 0.5 PRI IndependientePRD

Nayarit 3.5 0.8 2.0 0.9 0.8 2.8 PRI PAN, PRD, PT, PRS

Nuevo León 0.8 0.3 0.4 0.7 2.9 0.2 PRI INDEPENDIENTE

Oaxaca 1.4 0.2 1.0 2.1 2.9 2.1 MC PRI

Puebla 2.4 1.3 0.8 1.7 7.9 1.4 No

Querétaro 0.7 0.4 0.8 0.9 1.4 0.5 PRI PAN

Quintana Roo 3.0 12.9 2.6 8.6 24.6 23.3 PRI PAN, PRD

San Luis Potosí 0.7 0.4 0.4 0.4 0.2 0.1 No

Sinaloa 1.3 0.2 1.0 0.8 1.7 0.2 PAN PRI

Sonora 3.2 0.5 10.9 8.1 2.3 1.8 PAN PRI

Tabasco 2.5 0.2 0.7 1.2 3.1 0.4 PRI PRD, PT, MC

Tamaulipas 2.0 0.7 0.3 1.1 1.1 0.2 PRI PAN

Tlaxcala 3.9 0.4 0.4 0.9 8.0 1.2 NO

Veracruz 1.8 1.3 1.0 3.8 6.6 2.8 PRI PAN

Yucatán 1.5 0.5 4.9 1.4 0.5 0.0 No

Zacatecas 1.9 1.0 0.5 1.3 0.7 0.0 No

Partido de Acción Nacional (PAN)Partido de la Revolución Democrática (PRD)

Partido del Trabajo (PT)Movimiento Ciudadano (MC)

Partido Nueva Alianza (PANAL)Partido Verde Ecologista de México (PVEM)

Año electoral para elegir Gobernador

Tabla 14. Elaborado por El oNC CoN basE EN iNformaCióN dEl iNE y dEl sEsNsp.

Page 75: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 375

rrero y Baja California Sur. Al respecto, Nieto y Valdez coinciden con estos resulta-dos al señalar que con base en los datos proporcionados por la FEPADE se pudo identificar que los años con elecciones presidenciales tuvieron el mayor número de expedientes iniciados. Entre cada periodo presidencial de 1994 a 2012 hubo un crecimiento de 345.6%80.

Según los resultados del SESNSP, los delitos se comportaron de manera distinta por entidad federativa. Por ejemplo, Quintana Roo tiene la mayor cantidad de tasas por delitos electorales desde el 2012, le sigue Sonora y la Ciudad de México. En el primer estado, la tasa con mayor incremento se registró en 2016, año electoral para elegir gobernador y en el que se presentó por primera vez alternancia en el poder con Carlos Joaquín González de la coalición PAN/PRD.

Sin embargo, Quintana Roo tiene una larga tradición en materia de delitos elec-torales. En el 2013, el INE detectó actividades relacionadas con el turismo electoral81 a favor del PRI, el intercambio consistía en registrarse por segunda ocasión ente el INE con otro domicilio a cambio de dinero, hospedaje y comida. De esta manera, el partido garantizaba votos masivos a su favor para ganar alguna candidatura.

De los 17 estados que han tenido cambio de partido en las gubernaturas, se identificó que en la mayoría de los casos, los incrementos en las carpetas de inves-tigación se registraron desde un año antes de la elección, como en Sonora, Oaxaca, Michoacán, Puebla, y Veracruz. En otros, durante el mismo año de la elección tu-vieron las mayores cifras de todo el periodo como en Sinaloa, Nayarit y Aguasca-lientes.

San Luis Potosí (SLP), Guanajuato y Jalisco tuvieron los acumulados más bajos de delitos electorales en el fuero federal. Incluso, el primero de estos estados regis-tró la misma tendencia de expedientes iniciados desde el 2012.

80 valerO, M. (2018). eL pri y sU tUrisMo eLectoraL en QUintana roo. ¿cóMo operó?. juNiO 19, 2018, de e-cONsulta.cOM sitiO web: http://www.e-veracruz.Mx/NOta/2018-01-23/NaciON/el-pri-y-su-turisMO-electOral-eN-quiNta-Na-rOO-cOMO-OperO81 ídeM. el turisMO electOral O dOMiciliO irregular cONsiste eN MOviMieNtOs MasivOs de persONas de uN lugar a OtrO O pOr el caMbiO de ideNtidad que haceN O preteNdeN hacer lOs ciudadaNOs cuaNdO sOlicitaN uNa credeNcial para vOtar cON datOs difereNtes a lOs reales.

Page 76: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 376

Colima, el estado de los comicios irregulares.

Colima es la entidad con la mayor cantidad de elecciones anuladas por irregularidades en los comicios. Son dos los casos registrados y en ambos hubo participación del gobernador en turno.

• El primero fue el 6 de julio de 2003 cuando los colimenses votaron para gobernador, alcaldes y diputados locales. Los resultados ob-tenidos por el INE indicaron que Gustavo Vázquez Montes del PRI obtuvo la mayoría de los votos con 41.6% del electorado a su favor.

Sin embargo, el PAN y PRD impugnaron la elección al señalar que, el en ese entonces, gobernador Fernando Moreno Peña rea-lizó campañas de difusión antes y durante el proceso electoral a favor del candidato ganador82.

Tres meses más tarde, con cuatro votos a favor y tres en contra, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la elección en el estado señalando que el gobernador había incurrido en irregularidades graves que dañaron el proceso elec-toral.

El 7 de diciembre de ese mismo año se realizaron elecciones extraordinarias para gobernador, una vez más Vázquez Montes obtuvo la mayoría de los votos con 51.6% de las preferencias del electorado frente al 47.8% que obtuvo Morales de Peña candidato del PAN- PRD.

• Derivado de las elecciones a gobernador del 7 de junio de 2015, el TEPJF revocó por segunda ocasión los comicios en el estado. Las causas fueron las mismas que en el 2003 pero con Mario Anguia-no, en ese entonces gobernador.

En este último caso, José Peralta Sánchez del Partido Revolucio-nario Institucional (PRI) obtuvo la candidatura con 43.23% de los votos a su favor.

De acuerdo con la matriz de delitos electorales se registró una tasa de 3.7 y 4.8 delitos electorales en 2015 y 2016, respectivamente.

Por otro lado, según las carpetas de investigación del fuero común iniciadas por las procuradurías y fiscalías estatales y reportadas al SESNSP, la Ciudad de México, Zacatecas, Morelos, Michoacán y San Luis Potosí tuvieron la mayor cantidad de CII entre 2015 y 2017. A excepción de la capital, estos incrementos de delitos están re-lacionados con los años electorales para elegir presidentes municipales.

82 redaccióN. (2014). estas sON las 3 elecciONes para gOberNadOr que se haN aNuladO eN MéxicO. 20 de juliO de 2018, de NacióN321 sitiO web: http://www.NaciON321.cOM/elecciONes/estas-sON-las-3-elecciONes-para-gOber-NadOr-que-se-haN-aNuladO-eN-MexicO

Page 77: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 377

Es decir, San Luis Potosí ha tenido una menor participación en los delitos del fuero federal durante las votaciones para gobernador, pero ha sido más activo cuando de elecciones a presidentes municipales se trata.

Si los registros presentados en el fuero común tuvieran más información por municipio, podrían establecerse algunas correlaciones del comportamiento elec-toral. Por ejemplo, se podría identificar si a mayor competencia electoral hay una mayor frecuencia de delitos electorales en un estado o municipio; o incluso se po-dría identificar si estos delitos se alojan con otro tipo de problemáticas sociales como la presencia del crimen organizado.

Este último punto ha sido abordado desde dos vías. Por un lado, Eduardo Guerre-ro explica que la participación del crimen organizado en las jornadas electorales se da cuando el grupo intimida a los candidatos en función de sus propios intereses u opera en contra del candidato que no les conviene. Esta línea de pensamiento coin-cide con lo propuesto por Alesina83 quien plantea que las organizaciones criminales pueden ejercer la violencia previa a las elecciones para eliminar candidatos opuestos, interrumpir las campañas electorales de candidatos contrarios, intimidar a posibles votantes y amenazar a los candidatos rivales en caso de que estos ganen.

De acuerdo con Ley (2017)84 la violencia relacionada con el crimen organizado tiene consecuencias electorales. La investigación empírica demuestra dos resulta-

GráfiCa 1. Elaborada por El oNC CoN basE EN las Cii dEl sEsNsp

83 alesiNa, a., piccOlO, s. y piNOtti, p. (2016). organized criMe, vioLence and poLitics. csef wOrkiNg papers 433. Naples: uNiversity Of Naples.84 ley, s. (2017). how criMinaL vioLence shapes eLectoraL participation. 11 de juNiO de 2018, de jOurNal Of cON-flict resOlutiON sitiO web: https://dOi.Org/10.1177/0022002717708600

0 1 2 3 4 5 6 7 8

Ciudad de México

Zacatecas

Morelos

Michoacán de Ocampo

San Luis Potosí

Quintana Roo

Sonora

Baja California Sur

Coahuila de Zaragoza

Nayarit

Los 5 estados con mayor y menor número de Carpetas de Investigación Iniciadas por delitos electorales del fuero común

TOTAL 2015 TOTAL 2016 TOTAL 2017

Page 78: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 378

dos importantes: 1) que los votantes que residen en regiones donde han ocurrido acontecimientos violentos de alto perfil y 2) en aquellas regiones donde las organi-zaciones criminales atacaron a funcionarios de gobierno o candidatos mostraron tasas de participación electoral más bajas.

Participación electoral y delitos electorales

En la medida en la que se va construyendo más información relacionada con los procesos electorales en México, tanto en sus características cuali-tativas como cuantitativas, surgen nuevos cuestionamientos que buscan establecer correlaciones entre unos hechos y otros. En este caso y derivado de las elecciones a gobernador de los últimos seis años, de los antecedentes en materia de delitos electorales y de buscar respuestas relacionadas con la confianza de los electores en las instituciones, se planteó identificar si exis-te una correlación entre la participación electoral y estos delitos.

¿Qué correlación podríamos esperar? ¿Positiva, negativa o sin correla-ción? ¿Qué tan fuerte sería la asociación? ¿Lineal o no lineal? Una corre-lación negativa indicaría que los estados con tasas de participación bajas están asociados con tasas elevadas de delitos electorales. Una correlación positiva indicaría lo contrario, es decir, que entre mayor es la tasa de delitos electorales, mayor será la tasa de participación.

La metodología empleada fue la siguiente: relacionar las tasas de deli-tos electorales medidas a través de carpetas de investigación iniciadas del fuero federal por cada 100 mil electores registradas en los meses que abar-caron los procesos electorales a gobernador de 2013 a 2018 y las tasas de participación a nivel estatal de cada elección.

Hasta principios de agosto de 2018, las CII relacionadas con estos delitos durante el mes de la elección no habían sido presentadas por el SESNSP, por lo que se decidió esperar para evaluar los datos del periodo completo. Además, conforme a las inconsistencias registradas sería óptimo esperar a que los datos se estabilicen para implementar una metodología más ro-busta y contar con datos de más calidad.

Es probable que a nivel municipal estas dos variables tengan una mayor correlación que en lo macro, ya que como anteriormente fue mencionado, el delito suele cometerse de persona a persona y tiene mayor efecto en lo local. Un enfoque municipal enriquecería más el análisis pues reportaría más observaciones que contribuirían a identificar mejor las asociaciones y la direccionalidad de estas. Los resultados podrían mantenerse en dos vías, por un lado, identificar que, a mayor cantidad de delitos electorales, menor participación o en caso de que los delitos relacionados con el clien-telismo predominen, exhiba tasas de participación anormales.

Page 79: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 379

Por otro lado, también pueden actuar como “maquinarias electorales” a través de movilizaciones de votantes con el fin de que el candidato de su preferencia gane la elección87. Al respecto, Ugalde y Rivera citan: “cuando esto sucede [la participa-ción del crimen organizado durante las elecciones], provoca que municipios rela-tivamente irrelevantes en términos económicos se conviertan en enormes botines políticos. Esto explicaría la alta incidencia de clientelismo electoral en regiones como la montaña guerrerense, la tierra caliente michoacana y la huasteca poto-sina, donde la actividad económica gira en torno al cultivo y trasiego de drogas”88.

En este último punto y haciendo referencia al clientelismo, Françoise Montambeault en su artículo Overcoming Clientelism Through Local Partici-patory Institutions in Mexico: What Type of Participation?, menciona que esta práctica ha sido utilizado como una estrategia para incrementa la partici-pación ciudadana a través del voto y la influencia política y del poder en las instituciones del Estado85. Montambeult también menciona que especial-mente a nivel municipal, desde la apertura del régimen del PRI en 1980, los políticos han usado a organizaciones políticas y sociales como puentes que conecta a los ciudadanos, con el partido y los votos seguros.

Por su parte, Alain Rouquié distingue entre dos tipos de votos produci-dos por el clientelismo político y que se ven reflejados en la participación ciudadana: el primero es el “voto vendido” en el que el individuo cambia su voto por algún tipo de “comodidad” como dinero, alcohol, crédito o algu-na otra promesa a largo plazo. En este caso, el candidato o partido suelen incrementar las ganancias de los votantes con el fin de inducirlos a que participen durante las elecciones a su favor.

También está el “voto gregario” en el que los patrones buscan a través de sus agremiados el apoyo masivo al partido o candidato a cambio regalos o banquetes. En este caso es probable que existan amenazas en caso de que el trabajador no vote o no lo haga por la planilla deseada86.

Para el caso mexicano, ambos autores presentan una relación entre las prácticas clientelares y la participación ciudadana a nivel local, en especial en los años 80 con el surgimiento de nuevas fuerzas de poder político di-ferente al PRI.

85 MONtaMbeault, f. (priMavera 2011). artículO de revista overcoMing cLienteLisM throUgh LocaL participatory institUtions in Mexico: what type oF participation?. latiN aMericaN pOlitics aNd sOciety, 53, 34.86 rOuquié, a. (1978). (1978). cLienteList controL and aUthoritarian contexts. 11 de juNiO de 2018, de electiONs withOut chOice sitiO web: https://liNk.spriNger.cOM/chapter/10.1007%2f978-1-349-03342-3_287 guerrerO, e. (2012). eL criMen organizado en Las eLecciones. 20 de juNiO de 2018, de NexOs sitiO web: https://www.NexOs.cOM.Mx/?p=1487288 ugalde, l., rivera, g. (2013). cLienteLisMo eLectoraL y La coMpra deL voto en México. Op., cit.

Page 80: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 380

Caso distinto a Benito Juárez, Quintana Roo. En este municipio, específicamen-te en Cancún, es sabido que la mayor cantidad de delitos electorales han sido pro-movidos a través del financiamiento de desarrolladores inmobiliarios, antreros y hoteleros que se benefician de los gobernantes en turno. Por lo que, si un candida-to presenta mejores propuestas para estos sectores, mayores serán sus aportacio-nes a la campaña.

En ambos casos, “existe una relación lineal entre el gasto en clientelismo electo-ral y dos factores: la actividad económica de la región en disputa y la competencia electoral entre los principales partidos”89.

La aprobación de los candidatos independientes por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación fue la ventana que expuso ante los medios de comunica-ción y la ciudadanía la serie de irregularidades en materia de delitos electorales por parte de algunos candidatos. Desde los presidenciales hasta los que aspiraban a otro tipo de cargos de elección popular cayeron en actividades irregulares para conseguir sus registros.

Si bien es cierto que el alterar el RFE, recoger credenciales para votar o hacer mal uso de archivos o datos del padrón electoral son prácticas conocidas entre cada elección, que el delito fuera provocado por los candidatos a la Presidencia con el único fin de conseguir el registro, incitó a que la opinión pública cuestionara es-tas candidatura90 y puso en tela de juicio el papel del TEPJF.

En datos, según el informe de abril de la FEPADE durante los primeros cuatro meses del año, el delito más recurrente fue la alteración al RFE y los estados con el mayor número de estas denuncias fueron el Estado de México, Quintana Roo y Veracruz. Esto coincide parcialmente con la lógica del turismo electoral en la me-dida que a más tardar el 31 de enero de 2018 se podía tramitar el cambio de datos de la credencial de elector requerido para ejecutar la primera etapa del turismo electoral.

Además de que febrero fue el último mes para recaudar las firmas que permiti-rían el registro de los candidatos independientes, fue el mes que tuvo más carpetas de investigación relacionadas por delitos electorales en lo que va del 2018. Fueron los independientes, seguidos de los candidatos del PRI los que tuvieron la mayor cantidad de carpetas de investigación iniciadas en su contra91.

89 ídeM.90 es factible que lOs resultadOs electOrales de las caNdidaturas iNdepeNdieNtes se debaN al cOMpOrtaMieNtO ilícitO de lOs caNdidatOs que iNcurrierON eN estas cONductas perjudicaNdO la reputacióN. eN este cONtextO, es pOsible plaNtear la hipótesis de que lOs requisitOs de registrO de las caNdidaturas OrillarON a alguNOs caNdida-tOs a realizar estas actividades irregulares. 91 fepade. (2018). inForMe MensUaL de actividades abriL 2018. 11 de juNiO de 2018, de prOcuraduría geNeral de la república sitiO web: http://www.fepade.gOb.Mx/wOrk/MOdels/fepade/iNfOrMes/2018/abril2018.pdf

Page 81: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 381De los presidenciales, la campaña del candidato Jaime Rodríguez Calderón, El

Bronco, fue la que tuvo más irregularidades en todo el proceso de registro de firmas. El INE dio a conocer que creó empresas fantasmas para apropiarse de recursos pú-blicos que fueron destinados a su campaña, y de haber falsificado cientos de miles de firmas92.

Sin embargo, después del derecho de audiencia con el que contaba cada candi-dato ante TEPJF, El Bronco consiguió su pase a las boletas.

El 9 de abril del 2018, Héctor Díaz Santana, informó a través de una entrevista con el periódico El Economista que el INE presentó una denuncia ante la FEPADE por falsificación de firmas por parte de algunos candidato93.

Margarita Zavala también entregó al INE más de 700 mil firmas irregulares, pero consiguió su pase a las boletas por 3,575 firmas extra94. Además de que a 24 aspirantes como independientes a diputados federales se les encontraron incon-sistencias como uso de fotocopias de credenciales para votar, credenciales inváli-das, simuladas con alteración de datos o fotografías, así como el uso de registros piratas o sustraídos de bases de datos95.

Chihuahua y los desvíos de Duarte para el PRIEntre los casos más mencionados en los últimos años en materia de de-litos electorales están relacionados con la orden de aprensión que tiene el gobernador Cesar Duarte, ex gobernador de Chihuahua por peculado electoral96.

El exgobernador tiene en su contra dos acusaciones. La primera fue girada por la FEPADE en junio de 2017 al ser acusado por el probable des-vío de 79 millones de pesos de la nómina estatal para ser destinados al Comité Directivo Estatal del PRI, durante la campaña electoral federal de 201597.

La segunda ocurrió en septiembre del 2017 cuando el ex fiscal de la FEPADE, Santiago Nieto, declaró que de manera paralela también ha-bía una investigación por el probable desvío de más de 200 millones de pesos de gente vinculada al gobernador durante el proceso electoral de 201698.

92 lOaeza, s. (2018). de Lo perdido, Lo QUe aparezca. 11 de juliO de 2018, de el país sitiO web: https://elpais.cOM/elpais/2018/06/18/OpiNiON/1529335186_565402.htMl93 MONrOy, j. (2018). no Me teMbLará La Mano investigar FirMas FaLsas de presidenciabLes independientes: FiscaL. 11 de juliO de 2018, de el ecONOMista sitiO web: https://www.elecONOMista.cOM.Mx/pOlitica/NO-Me-teMbla-ra-la-MaNO-iNvestigar-firMas-falsas-de-presideNciables-iNdepeNdieNtes-fiscal-20180409-0082.htMl94 delgadO, a. (2018). pese a entregar Más de 700 MiL FirMas irregULares, Margarita zavaLa ceLebra aprobación de candidatUra. 11 de juliO de 2018, de prOcesO sitiO web: https://www.prOcesO.cOM.Mx/526516/pese-a-eNtre-gar-Mas-de-700-Mil-firMas-irregulares-Margarita-zavala-celebra-aprObaciON-de-caNdidatura95 figuerOa, h. (2018). ine citará a independientes por FirMas FaLsas. 11 de juliO de 2018, de excelsiOr sitiO web: https://www.excelsiOr.cOM.Mx/NaciONal/2018/01/15/121379796 redaccióN. (2018). sepULta pgr caso contra césar dUarte. 20 de juNiO de 2018, de zócalO sitiO web: http://www.zOcalO.cOM.Mx/New_site/articulO/libra-c.duarte-acusaciON-pOr-desviO-de-uNiON-prOgresO97 redaccióN. (2018). ¿de QUé acUsan aL otro dUarte?. 19 de juliO de 2018, de el uNiversal sitiO web: http://www.eluNiversal.cOM.Mx/NaciON/sOciedad/de-que-acusaN-al-OtrO-duarte 98 redaccióN. (2017). Fepade investiga a césar dUarte por desvío de 200 Mdp aL pri en eLección de 2016. 20 de juNiO de 2018, de seguNdOaseguNdO.cOM sitiO web: https://www.seguNdOaseguNdO.cOM/fepade-iNvestiga-ce-sar-duarte-desviO-200-Mdp-al-pri-elecciON-2016/

Page 82: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 382

Al igual que ocurre con otros delitos como los homicidios, los secuestros y los robos, estos no se materializan en el vacío. Se producen en un contexto social y político determinado que genera variaciones en las formas de comisión del ilícito como se ha demostrado en este apartado. Más allá de los casos particulares, es un hecho que México, sus instituciones y la ciudadanía están atravesando por gran-des retos en materia electoral que ayudarán, a la larga, a la construcción de una sociedad más participativa y democrática. Los delitos electorales son tan solo una muestra de este del largo camino que aún hace falta por recorrer.

¿Quedan impunes los delitos electorales? Como cualquier conducta antijurídica tipificada en los ordenamientos vigentes e investigada por las autoridades competentes, es factible conocer el grado de im-punidad aproximado con que se cometen estos delitos con base en la estadística judicial disponible. En la medida que no haya sanciones efectivas y acciones pre-ventivas, se promueve la comisión de delitos electorales en detrimento de la inte-gridad electoral.

Debemos notar que hay dos momentos importantes en términos de las modi-ficaciones del marco jurídico directamente relacionadas con los delitos electorales, así como reformas de gran calado. Estos son:

• 2008: La reforma penal.• 2014: La entrada en vigor de la LGMDE como parte de la reforma político

electoral.

El primer momento es de suma importancia pues implica el cambio del siste-ma de justicia penal inquisitivo al adversarial. Esto modifica radicalmente la forma cómo se llevan a cabo todos los procesos de procuración e impartición de justicia, mejora el grado de transparencia con el que se ejecutan todas las acciones e in-cluso plantea mecanismos alternativos de resolución de conflictos. Sin duda, esta reforma incide en el quehacer cotidiano de los Ministerios Públicos federales y lo-cales, así como en los jueces y magistrados que atienden los delitos electorales.

La relevancia del segundo momento es que la LGMDE tipifica y homologa los distintos delitos electorales para que su observancia en las entidades no esté sujeta a la variabilidad de las normas previstas en los códigos penales, por lo que sienta un piso parejo en esta materia. Previo a la entrada en vigor de esta ley, solo se dis-ponía del Código Penal Federal y los estatales.

En esta sección se presenta un análisis cuantitativo de la incidencia de estos delitos y su trayectoria en el sistema de justicia desde 1997.

I. De 1997 a 2008: los inicios de la justicia penal electoralUna de las variables fundamentales utilizadas para analizar cualquier delito per-seguido por las autoridades es la cantidad de expedientes iniciados ya sean ave-riguaciones previas (viejo sistema) o carpetas de investigación (sistema vigente).

Page 83: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 383

Esta primera aproximación del delito implica que las autoridades ya tienen cono-cimiento de conductas que podrían ser constitutivas de delito99.

Las estadísticas presentadas por Nieto y Valdez (2017) señalan que entre 1997 y 2008 la FEPADE inició 7 865 averiguaciones previas en este periodo y logró que se determinaran 9 188 averiguaciones. Por la naturaleza de la institución, estas corres-ponden a delitos electorales del fuero federal.

GráfiCa 2. Elaborada por El oNC CoN daTos dE la fEpadE

392286

486

848

423 414

1155

614477

1179

954

637

166 322430

536

770822

11181022

851

1174

859

1118

25 30 53 79 50 84 100 83 106 92

353

716

0

200

400

600

800

1000

1200

1400

1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008

Averiguaciones previas iniciadas por la FEPADE

Iniciadas

Determinadas

Consignaciones

La Gráfica 2 puede ser interpretada desde dos puntos de vista. Por un lado, como el crecimiento de la carga de trabajo institucional asociada a las elecciones federales. El componente de tendencia creciente se entendería como el fruto de una mayor confianza en la institución por parte de la ciudadanía. Por otro lado, la gráfica se interpreta como la incidencia creciente de delitos electorales del fuero federal como parte inherente de las fricciones derivadas del proceso de transición y consolidación democrática.

A su vez, es previsible que la serie exhiba cierta estacionalidad cada tres años por la propia naturaleza del delito. En este periodo, el máximo de averiguaciones previas se registró en 2006 y contrario a lo observado en elecciones federales ante-riores, las disminuciones habituales en los años siguientes fueron más atenuadas.

En términos de la resolución de averiguaciones destacan dos elemen-tos. El primero de estos es que la cantidad de averiguaciones determinadas100

en el periodo supera la cantidad de iniciadas. Esto podría deberse a que se incluyen aquellos casos de averiguaciones previas del pasado que se resolvieron hasta años después. Dichos expedientes incluso podrían ser más viejos que la misma fiscalía y

99 siN duda, uNa MejOr aprOxiMacióN sería la de cONtar cON cifras de victiMizacióN prOveNieNtes de eNcuestas.100 la deterMiNacióN de las averiguaciONes previas eN el sisteMa iNquisitivO cONteMpla diversas pOsibilidades cOMO el NO ejerciciO de la accióN peNal, el ejerciciO de la accióN peNal, la declaracióN de iNcOMpeteNcia, la reserva de la averiguacióN O su acuMulacióN.

Page 84: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 384

podrían corresponder al periodo político turbulento e inestable comprendido en-tre 1988 y 1994. El segundo elemento a destacar es que a diferencia de la serie de averiguaciones iniciadas, las determinadas no presentan una estacionalidad tan marcada.

Asimismo, la Gráfica 2 señala que la Fiscalía ejecutó 1771 consignaciones, de las cuales el 60% corresponde a las logradas en 2007 y 2008. El comportamiento de las consignaciones entre 1997 y 2006 es bastante estable pues se registraron 70 en promedio cada año.

Por último, destaca el hecho de que hay registros de actividad judicial en todos los años del periodo, es decir, la Fiscalía inicia y determina en todo momento expe-dientes por presuntos delitos electorales sin importar que no se celebren eleccio-nes federales.

Una vez que cada expediente transita por las etapas del proceso judicial en la fiscalía, el juez determina el auto de término constitucional101 y es factible rastrear qué sucedió con cada averiguación previa. De acuerdo con las estadísticas judicia-les en materia penal recopilados por el INEGI destacamos los siguientes datos de los presuntos delincuentes por delitos electorales102.

En el contexto del proyecto estadístico del cual se obtuvieron los datos, los pre-suntos delincuentes son las personas a quienes el juez de primera instancia les ha dictado Auto de término constitucional relativo a los delitos por los que fueron consig-nados y corresponden, ya sea al fuero común o al fuero federal.

101 este autO de térMiNO cONstituciONal se refiere a cuaNdO el juez dicta O NO el autO de fOrMal prisióN. pOste-riOrMeNte, ya se deterMiNa.102 de 1997 a 2008 la NOrMa estadística recONOce y desagrega cuatrO tipOs de delitOs electOrales segúN quieN lO cOMete. estOs sON: pOr ciudadaNO eN Materia electOral, pOr fuNciONariOs electOrales, pOr represeNtaNtes de partidO y pOr servidOres públicOs eN Materia electOral.

1 1

2

3 3

8

4

10

2

3

4

1 1

2

1

0

2

4

6

8

10

12

1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008

Presuntos delincuentes por delitos electorales según fuero

Fuero común Fuero federal

GráfiCa 3. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

Page 85: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 385

En la gráfica anterior103 se distingue que entre 1998 y 2008, se reportaron 46 pre-suntos delincuentes, de los cuales el 74% pertenece al fuero común y 26% al fuero federal104. Cuando hubo elecciones presidenciales, es decir, considerando los pe-riodos de 1999 a 2000 y de 2005 a 2006 solo se tiene registro de uno y 14 presuntos delincuentes respectivamente.

Estos datos contrastan drásticamente con las estadísticas de averiguaciones previas iniciadas pues representan apenas una mínima parte de estas, en concre-to, considerando únicamente las del fuero federal105 (sin incluir el dato extremo de Nuevo León en 1997), solo 0.01% de los expedientes alcanza esta etapa judicial106.

11

3

5

15

Distribución de los presuntos delincuentes por delitos electorales del fuero común 1998-2008

Por ciudadano en materia electoral

Por funcionarios electorales

Por representantes de partido

Por servidor publico en materia electoral

6

2

4

Distribución de los presuntos delincuentes por delitos electorales del fuero federal 1998-2008

Por ciudadano en materia electoral Por funcionarios electorales

Por ciudadano en materia electoral Por servidor publico en materia electoral

103 se OMite la ObservacióN de 1997 pOrque geNeraba uNa visualizacióN distOrsiONada. cabe destacar que eN 1997 se registrarON 75 presuNtOs deliNcueNtes pOr delitOs electOrales cOMetidOs pOr ciudadaNOs. estOs se registra-rON eN NuevO leóN. lOs dOs datOs restaNtes cOrrespONdeN a ObservaciONes de tabascO (delitO electOral cOMeti-dO pOr fuNciONariO electOral) y de NuevO leóN (delitO electOral cOMetidO pOr servidOr públicO).104 NO se cONsidera deNtrO del cálculO de lOs pOrceNtajes el datO extreMO de 1997. 105 estas fuerON las úNicas estadísticas que se pudierON ObteNer. 106 este cálculO siMplificadO se basa eN el supuestO de que las averiguaciONes previas del periOdO eN cOMeNtO (1997-2008) se resuelveN tOdas eN el MisMO tieMpO. eN este seNtidO, pudiera ser el casO de que averiguaciONes previas de 2008 alcaNceN la siguieNte etapa judicial eN el siguieNte periOdO, es decir, eN 2009. pOr lO taNtO, este pOrceNtaje debe tOMarse cON cautela y sOlO sirve cON fiNes ilustrativOs.

GráfiCa 4. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

Al considerar las clasificaciones por quien comete los delitos electorales, se ob-serva que el 41% de los presuntos delincuentes son servidores públicos, el 37% son ciudadanos, 11% son funcionarios electorales y 11% son representantes de partido.

Por entidad federativa se observa que Chiapas fue la que acumuló más presun-tos delincuentes. Destaca que en esta entidad hay registro de las cuatro conductas, es decir, de ciudadanos, funcionarios electorales, servidores públicos y represen-tantes de partido que presuntamente cometieron delitos electorales.

Page 86: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 386

En ocho entidades solo hubo un presunto delincuente por delitos electorales, en siete entidades hubo dos, en dos entidades hubo tres y en una, cuatro.

Cabe destacar que en Jalisco se reportaron conductas antijurídicas por parte de representantes de partido, funcionarios electorales y servidores públicos. En Sina-loa y San Luis Potosí, se reportaron conductas antijurídicas por parte de ciudada-nos y servidores públicos. Por último, en el Estado de México solo hubo casos de ciudadanos y funcionarios electorales.

Por su parte, en términos de las sentencias los datos son escasos. Entre 1997 y 2008 solo se tiene registro de 31 sentenciados de los cuales 84% pertenecen al fue-ro común y 16% al fuero federal.

GráfiCa 5. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

0 2 4 6 8 10 12 14 16

ChiapasQuerétaro

DurangoJalisco

Estado de MéxicoMorelos

Nuevo LeonOaxaca

San Luis PotosíSinaloa

Tamaulipas Baja California

ChihuahuaCoahuila

Distrito FederalTabasco

VeracruzZacatecas

HidalgoMichoacán

Presuntos delincuentes y sentenciados por delitos electorales 1997-2008

Sentenciados Presuntos delincuentes

Page 87: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 387

Destaca que entre 1997 y 2002 no haya ningún sentenciado por delitos electo-rales del fuero federal. Cuando hubo elecciones presidenciales, es decir, conside-rando los periodos de 1999 a 2000 y de 2005 a 2006 solo se tiene registro de 3 y 7 sentenciados respectivamente.

Al considerar las clasificaciones por quien comete los delitos electorales se ob-serva que el 39% de los sentenciados son servidores públicos, el 39% son ciudada-nos, 13% son representantes de partido y 9% son funcionarios electorales

Por su parte, en la Gráfica 5 se muestra la cantidad de sentenciados por entidad federativa. En suma, solo en 13 entidades hubo sentenciados por delitos electora-les: Chiapas (6), Querétaro (6), Durango (3), San Luis Potosí (3), Nuevo León (2), Es-tado de México (2), Hidalgo (2), Distrito Federal (2) y Baja California, Chihuahua, Michoacán, Oaxaca y Veracruz (1 sentenciado por cada entidad). Destacan los si-guientes casos particulares:

12

34

12

Distribución de los sentenciados por delitos electorales 1997-2008

Por ciudadano en materia electoral

Por funcionarios electorales

Por representantes de partido

Por servidor publico en materia electoral

GráfiCa 7. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

GráfiCa 6. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

3

2

1

3 3

1 1

4

5

3

1

2 2

0

1

2

3

4

5

6

1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008

Sentenciados por delitos electorales según fuero

Fuero común Fuero federal

Page 88: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 388

• Michoacán presenta un sentenciado sin presunto delincuente.• Jalisco, Morelos, Sinaloa, Tamaulipas, Coahuila, Tabasco y Zacatecas no

presentan sentenciados a pesar de que hay datos de presuntos delincuen-tes.

• Las entidades con más presuntos delincuentes y sentenciados en este pe-riodo son Chiapas y Querétaro.

Cabe destacar que 26 sentencias fueron condenatorias, lo que representa 84% de los casos totales. Al distinguir por fuero se observa que el 100% de las senten-cias por delitos electorales del fuero federal fueron dictadas en sentido condena-torio. En contraste, este porcentaje fue de 81% para los delitos del fuero común. Al desagregar por categoría, se observa lo siguiente:

• 100% de sentencias condenatorias por delitos electorales cometidos por ciudadanos.

• 33% de sentencias condenatorias por delitos electorales cometidos por funcionarios electorales.

• 75% de sentencias condenatorias por delitos electorales cometidos por re-presentantes de partido.

• 82% de sentencias condenatorias por delitos electorales cometidos por servidores públicos.

Los datos iniciales de los registros administrativos y de las estadísticas de FEPA-DE reflejan las siguientes características de los delitos electorales en el sistema de justicia:• Una proporción mínima de expedientes iniciados por delitos electorales del

fuero federal alcanza etapas avanzadas de los procesos de procuración e im-partición de justicia. » Aproximadamente 0.01% de las AP culminan en un Auto de término cons-

titucional y menos del 0.01% alcanza una sentencia. » Las denuncias se adelgazan en diversos procesos: determinación de la in-

vestigación, consignaciones y definición del auto de término constitucio-nal.

• Predominancia del fuero común sobre el fuero federal en etapas avanzadas de los procesos de procuración e impartición de justicia. » 3 de cada 4 presuntos delincuentes por delitos electorales del fuero común. » 8 de cada 10 sentenciados por delitos electorales son del fuero común.

• Incidencia focalizada. » En 20 entidades se registró al menos un presunto delincuente. » En 13 entidades se registró al menos un sentenciado. » 52% de los presuntos delincuentes pertenecen a las cuatro entidades pun-

teras. » 51% de los sentenciados pertenecen a las tres entidades punteras.

• Baja incidencia en la primera década del México democrático. » 46 presuntos delincuentes entre 1998 y 2008.

Page 89: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 389

» 31 sentenciados entre 1997 y 2008. » 26 sentenciados en sentido condenatorio.

Las características enunciadas podrían ser consistentes con las siguientes hipó-tesis:

II. De 2009 a 2012: crecimiento de los delitos electorales A partir de 2009 los expedientes iniciados por la FEPADE mantienen un franco cre-cimiento. Contrario a lo que se observa en el periodo de 1997 a 2008 en el que el máximo se alcanza en los años con elecciones federales107, en esta gráfica se mues-tra que el número más grande ocurrió en 2011. En suma, reúnen 7535 expedientes en cuatro años. Respecto al periodo analizado en la sección anterior, hay una dife-

107 NOrMalMeNte lOs prOcesOs electOrales abarcaN dOs añOs y se les deNOMiNa cOMO prOcesO electOral 2011-2012. siN eMbargO, las caMpañas iNiciaN hasta el seguNdO añO.

EsquEma 11. Elaborado por El oNC

Page 90: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 390

GráfiCa 7. Elaborada por El oNC CoN daTos dE la fEpadE

rencia de 330 casos, es decir, en menos de la mitad de años se registró una canti-dad aproximada de averiguaciones previas y carpetas de investigación por delitos electorales federales.

1359

1094

26312451

1247

14201779

2359

688861

1118

1576

0

500

1000

1500

2000

2500

3000

2009 2010 2011 2012

Averiguaciones previas y carpetas de investigación iniciadas por la FEPADE

Iniciadas

Determinadas

Consignaciones

En este periodo se determinaron 6805 averiguaciones previas y estas registra-ron una tendencia creciente. De igual forma, se ejecutaron 4243 consignaciones. Esta cantidad es 2.4 veces mayor que la registrada entre 1997 y 2008, lo que re-presenta una mejora significativa de la capacidad de la Fiscalía en completar las investigaciones.

En la Gráfica 7 se muestra el comportamiento de los procesados y sentenciados por delitos electorales del fuero común (eje derecho) y federal (eje izquierdo) entre 2009 y 2012. En primer lugar, destaca que respecto al periodo analizado en la sub sección anterior ahora predominan los delitos electorales del fuero federal tanto en términos de sentenciados como de procesados108.

En este periodo se procesaron a 975 individuos, de los cuales 89% corresponde al fuero federal y 11% al fuero común. Se sentenciaron a 949 individuos de los cua-les 92% corresponde al fuero federal y 8% al fuero común. Un aspecto a notar de la Gráfica 7 es que en algunos años, la cantidad de procesados es menor que la de sentenciados (2009 y 2012). Esto podría explicarse por los rezagos en la determina-ción de expedientes de años previos.

GráfiCa 8. Elaborada por El oNC CoN daTos dE la fEpadE

108 pOr prOcesadOs NOs referiMOs a las persONas a quieNes el juez de priMera iNstaNcia les ha dictaMiNadO autO de térMiNO cONstituciONal relativO al (lOs) delitO(s) pOr el (lOs) que fuerON cONsigNadOs y que cOrrespONdeN al fuerO cOMúN O federal.

Page 91: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 391

Ambas series presentan diferencias en términos de la tendencia. Por ejemplo, al considerar los datos del fuero común, estos reportaron su máximo en 2010 y el mínimo en 2012 en tanto que los del fuero federal alcanzaron su máximo en 2011 y el mínimo, un año antes.

GráfiCa 9. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

0

5

10

15

20

25

30

35

40

45

50

0

50

100

150

200

250

300

350

400

2009 2010 2011 2012

Fuer

o co

mún

Fuer

o fe

dera

l

Comparativo de los procesados y sentenciados por delitos electorales 2009-2012

Procesados (FC) Sentenciados (FC) Procesados (FF) Sentenciados (FF)

GráfiCa 10. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

63%

8%

5%

23%

0% 1%

Procesados por delitos electorales 2009-2012 del fuero común y federal

Cometidos por electores contra el sistema de elección popular

Cometidos por funcionarios electorales

Cometidos por los servidores públicos en materia electoral

Cometidos por personas ajenas al sistema de elección popular

Cometidos por representantes populares electos

Conductas ilícitas cometidas por integrantes de partidos políticos

Page 92: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 392

La clasificación de los procesados por delitos electorales disponible en los re-gistros administrativos cambió a partir de 2009. Previamente se reconocían única-mente cuatro tipos de personas que cometían delitos en esta materia (ciudadano, funcionario electoral, representante de partido y servidor público), ahora hay seis tipos. Los que se adicionaron son los cometidos por representantes populares elec-tos y por personas ajenas al sistema de elección popular (por terceros).

Al considerar las clasificaciones por quien comete los delitos electorales se ob-serva mayor diversidad respecto al periodo previamente analizado. En este caso, 6 de cada 10 procesados son electores o ciudadanos y 2 de cada 10 son terceros o per-sonas ajenas del sistema de elección popular. A su vez, destaca que los integrantes de partidos políticos, servidores públicos y funcionarios electorales procesados por delitos electorales representen 14% del total.

0

20

40

60

80

100

120

140

160

180

200

Dist

rito

Fede

ral

Taba

sco

Vera

cruz

Méx

icoCh

ihua

hua

Hid

algo

Pueb

laO

axac

aZa

cate

cas

Guer

rero

Coah

uila

Ch

iapa

sM

ichoa

cán

Nue

vo L

eón

San

Luis

Poto

síJa

lisco

Qui

ntan

a Ro

oSi

nalo

aYu

catá

nGu

anaj

uato

Tam

aulip

asCa

mpe

che

Que

réta

roBa

ja C

alifo

rnia

…Co

lima

Baja

Cal

iforn

iaTl

axca

laM

orel

osN

ayar

itAg

uasc

alie

ntes

Dur

ango

Sono

ra

Procesados por delitos electorales de 2009 a 2012 del fuero común y federal

Conductas ilícitas cometidas por integrantes de partidos políticos

Cometidos por representantes populares electos

Cometidos por personas ajenas al sistema de elección popular

Cometidos por los servidores públicos en materia electoral

Cometidos por funcionarios electorales

Cometidos por electores contra el sistema de elección popular

Los datos exhiben que entre 2009 y 2012 hubo procesados por delitos electo-rales del fuero común y federal en las 32 entidades federativas. Sin embargo, la distribución de estas es desigual. El 79% de los procesados se concentraron en las primeras diez entidades: Distrito Federal, Tabasco, Veracruz, Estado de México, Chihuahua, Hidalgo, Puebla, Oaxaca, Zacatecas y Guerrero. Geográficamente se observan casos tanto en entidades norteñas como Chihuahua y Zacatecas, entida-des del centro y del sur.

Otro aspecto a destacar es que hay entidades con una gran diversidad de su-jetos activos y otras en las que no. Por ejemplo, a pesar de que Tabasco reporta la segunda mayor cantidad de procesados por delitos electorales, solo corresponden a aquellos cometidos por electores. En contraste, Veracruz reporta la tercera mayor cantidad de procesados, pero se aprecian diversos sujetos activos como electores, funcionarios electorales, servidores públicos, terceros e incluso representantes po-pulares electos.

GráfiCa 11. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

Page 93: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 393

La desagregación de los procesados por delitos electorales observada en la grá-fica anterior se puede interpretar desde dos perspectivas. Por un lado, que el sis-tema de justicia no fue capaz de procesar a sujetos activos que normalmente son piezas clave en la comisión de estos delitos por lo que los únicos procesados son aquellos individuos más vulnerables. Por otro lado, es razonable que hayan sujetos activos con una participación limitada como los representantes populares electos que solo en casos muy graves y debidamente sustentados por las autoridades po-drían ser procesados.

En este orden de ideas, destaca que solo en cinco entidades (Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Michoacán y Sinaloa) hayan integrantes de partidos políticos procesados por las conductas antijurídicas objeto de este estudio. Surgen al menos dos hipótesis que podrían explicar lo anterior. En primer lugar, los partidos políti-cos disponen de recursos legales que les permiten enfrentarse a las investigaciones de la autoridad judicial de manera más favorecedora que otros sujetos activos. En segundo lugar, a pesar de que existe una relación entre quien comete el delito y el (los) partido(s) esta puede no ser estrictamente formal.

68%

5%

5%

22%

Sentenciados por delitos electorales 2009-2012 del fuero común y federal

Cometidos por electores contra el sistema de elección popular

Cometidos por funcionarios electorales

Cometidos por los servidores públicos en materia electoral

Cometidos por personas ajenas al sistema de elección popular

GráfiCa 12. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

Al considerar la clasificación de los sentenciados, se observa que casi 7 de cada 10 son electores o ciudadanos y 2 de cada 10 son terceros o personas ajenas del sistema de elección popular. Destaca que 1 de cada 10 son servidores públicos o funcionarios electorales. No hubo integrantes de partidos políticos ni representan-tes populares electos entre los sancionados.

Page 94: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 394

Los datos exhiben que entre 2009 y 2012 hubo sentenciados por delitos electo-rales del fuero común y federal en las 31 entidades federativas (excepto Tlaxcala). Al igual que ocurre con la distribución de los procesados, se distingue una distri-bución desigual. El 80% de los sentenciados se concentraron en las primeras diez entidades: Distrito Federal, Tabasco, Estado de México, Veracruz, Chihuahua, Hi-dalgo, Puebla, Zacatecas, Jalisco y Guerrero.

0

20

40

60

80

100

120

140

160

180

200

Dist

rito

Fede

ral

Taba

sco

Méx

icoVe

racr

uz

Chih

uahu

aH

idal

goPu

ebla

Zaca

teca

sJa

lisco

Guer

rero

Nue

vo L

eón

Tam

aulip

asM

ichoa

cán

Qui

ntan

a Ro

oCo

ahui

la

Oax

aca

Yuca

tán

San

Luis

Poto

síSi

nalo

aCh

iapa

sGu

anaj

uato

Baja

Cal

iforn

iaD

uran

goAg

uasc

alie

ntes

Cam

pech

eCo

lima

Mor

elos

Que

réta

roSo

nora

Baja

Cal

iforn

ia S

urN

ayar

it

Sentenciados por delitos electorales de 2009 a 2012 del fuero común y federal

Conductas ilícitas cometidas por integrantes de partidos políticos

Cometidos por personas ajenas al sistema de elección popular

Cometidos por los servidores públicos en materia electoral

Cometidos por funcionarios electorales

Cometidos por electores contra el sistema de elección popular

GráfiCa 13. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

GráfiCa 14. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

100%100%100%100%100%100%100%100%100%100%100%100%100%100%

98%96%

94%94%94%94%94%

92%89%

87%83%

80%75%

74%61%

58%50%

0% 20% 40% 60% 80% 100% 120%

San Luis PotosíJalisco

GuerreroCoahuila

OaxacaYucatán

SinaloaGuanajuato

DurangoCampecheQuerétaro

SonoraBaja California Sur

NayaritTabasco

ChihuahuaTamaulipas

Distrito FederalPuebla

Michoacán Quintana Roo

HidalgoChiapas

Veracruz Baja CaliforniaAguascalientes

MorelosZacatecas

Nuevo LeónMéxicoColima

Relación de sentencias condenatorias / sentencias totales 2009-2012

Page 95: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 395

De acuerdo con la información de los registros administrativos, el 89% de los sentenciados recibieron una sentencia condenatoria entre 2009 y 2012, lo que equivale a un total de 849 individuos. Sin embargo, el porcentaje de sentencias condenatorias respecto al total de sentencias presenta variaciones entre entidades federativas.

Por ejemplo, la Gráfica 13 señala que en Nayarit, Baja California Sur, Sonora, Querétaro, Campeche, Durango, Guanajuato, Sinaloa, Yucatán, Oaxaca, Coahuila, Guerrero, Jalisco y San Luis Potosí el 100% de las sentencias fueron condenatorias. La proporción de sentencias condenatorias respecto al total de las entidades pre-viamente enlistadas es de 16%.

Destaca que, en estados como Colima, Estado de México, Nuevo León y Zacate-cas el porcentaje de sentencias condenatorias sea menor que el 75%. Cabe precisar que los datos aquí presentados no permiten determinar la causa o motivo por el cual las autoridades de impartición de justicia optaron por no asignar una senten-cia condenatoria.

GráfiCa 16. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl iNEGi (rEGisTros admiNisTraTivos)

9

68

87 85

109

76

55

41

3034

28

43

51

71

34

46

38

24 21 21

10

20

40

60

80

100

120

18 a

19 a

ños

20 a

24

años

25 a

29

años

30 a

34

años

35 a

39

años

40 a

44

años

45 a

49

años

50 a

54

años

55 a

59

años

60 y

más

año

s

Edad

no

espe

cifica

da

Distribución por edad y sexo de los sentenciados por delitos electorales 2009-2012

Hombre Mujer

Entre 2009 y 2012 se sentenciaron a 596 hombres (62%) y 358 mujeres (38%) por delitos electorales del fuero federal y común. • 20% de las mujeres sentenciadaspertenecen al rango de 30 a 34 años.• 18% de los hombres pertenecen al rango de 35 a 39 años.

Page 96: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 396

Los datos de los registros administrativos correspondientes a este periodo refle-jan las siguientes características de los delitos electorales en el sistema de justicia:• Una proporción menor de expedientes iniciados por delitos electorales del

fuero federal alcanza etapas avanzadas de los procesos de procuración e im-partición de justicia. » Aproximadamente 11.6% de las AP culminan en un Auto de término cons-

titucional y 11% alcanza una sentencia condenatoria. » El porcentaje de AP que alcanzan etapas avanzadas creció en comparación

con el periodo anterior. » A pesar de que en este periodo se lograron más consignaciones del fuero

federal, parte importante de los expedientes se atora en la etapa judicial.

• Predominancia del fuero federal sobre el fuero común en etapas avanzadas de los procesos judiciales. » Aproximadamente 9 de cada 10 procesados por delitos electorales del fue-

ro federal. » 9 de cada 10 sentenciados por delitos electorales son del fuero federal. » Esto denota un claro contraste con la etapa previa.

• Incidencia generalizada pero concentrada en pocas entidades. » En las 32 entidades se registró al menos un procesado. » En 31 entidades se registró al menos un sentenciado. » 79% de los presuntos delincuentes pertenecen a las diez entidades punte-

ras. » 80% de los sentenciados pertenecen a las diez entidades punteras.

• Incremento de la incidencia. » Las averiguaciones previas iniciadas del fuero federal mantienen una ten-

dencia al alza considerable, de igual forma las averiguaciones determina-das y las consignaciones.

» Los procesados y los sentenciados incrementaron en este periodo.

III. De 2013 a 2017: El impacto de la LGMDE y la reforma penal

a. Fuero federalEn este periodo se promulgó la LGMDE y entró en operación el sistema de justicia acusatorio, lo que impactó de forma considerable los procesos de procuración e impartición de justicia en materia de delitos electorales, así como los tipos pena-les. De acuerdo con las estadísticas de FEPADE se registraron 10605 averiguacio-nes previas iniciadas y carpetas de investigación abiertas. La Gráfica 15 muestra el comportamiento por año y se distingue un pico por la celebración de elecciones intermedias en 2016.

Page 97: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 397

1800 19421592

3734

15372216

827

62

9651261

715

0

500

1000

1500

2000

2500

3000

3500

4000

4500

2013 2014 2015 2016 2017

Expedientes judiciales iniciados y determinados y consignaciones ejecutadas por la FEPADE

Iniciadas

Determinadas

Consignaciones

Se determinaron 9833 expedientes judiciales y estos registraron una tendencia estable con excepción del pico de 2016. De igual forma, se ejecutaron 3830 consig-naciones. Estas últimas mostraron una variabilidad considerable considerando la observación de 2014 con apenas 62 consignaciones. A pesar de que este periodo comprende cinco años, la cantidad de consignaciones ejecutadas por la FEPADE fue 10% menor que las logradas entre 2009 y 2012.

La reforma penal comenzó a operar a nivel federal a partir de 2015 de acuerdo con las estadísticas de FEPADE. La cantidad de carpetas de investigación abiertas fue sustituyendo gradualmente a las averiguaciones previas iniciadas en diez enti-dades. Por ejemplo, en el primer año se abrieron 132 carpetas de investigación por presuntos delitos electorales de las cuales 50 tuvieron su origen en Puebla, 35 en Yucatán, 20 en Durango, siete en Zacatecas, seis en Baja California Sur, seis en San Luis Potosí, tres en Querétaro, dos en Chiapas, dos en Guanajuato y una en Oaxaca. Respecto al total de expedientes iniciados, las carpetas de investigación represen-taron apenas el 7%.

En 2016, se abrieron 2598 carpetas de investigación en las 32 entidades fede-rativas por presuntos delitos electorales. Estas carpetas representaron el 70% del total de expedientes lo cual marca una transición acelerada del sistema de justicia. Un factor a notar es que las cinco entidades con más carpetas abiertas reúnen 2 de cada 3 expedientes judiciales del fuero federal. Estas son: Ciudad de México, Pue-bla, Veracruz, Oaxaca y Quintana Roo. Tanto en Puebla, Veracruz, Oaxaca y Quin-tana Roo hubo elecciones a gobernador y en la Ciudad de México se eligió a los miembros de la Asamblea Constituyente.

GráfiCa 17. Elaborada por El oNC CoN daTos dE la fEpadE

Page 98: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 398

Un año después, se abrieron 1547 carpetas de investigación en las 32 entida-des federativas. Estas carpetas representan el 100% del total de expedientes109, lo que es indicativo del tránsito completo hacia el sistema de justicia acusatorio en materia de delitos electorales. Las incidencias registradas en el Estado de México, la Ciudad de México, Veracruz y Coahuila acumulan 2 de cada 3 presuntos delitos electorales.

¿Quién denuncia los delitos electorales?Desde un punto de vista estricto y procedimental, la base del sistema de justicia penal es la capacidad del Ministerio Público en conocer los hechos constitutivos de un posible ilícito así tipificado por la ley. Usualmente, el conocimiento de la “noticia criminal” puede llegar a la autoridad ministe-rial por denuncia o querella ciudadana, o bien por la flagrancia del ilícito. El único criterio para que proceda la investigación del delito es el conoci-miento formal del mismo*. En este sentido, la posibilidad de denunciar los delitos electorales se refuerza a nivel institucional por las afecciones que estos representan al desarrollo del proceso electoral y a la libertad del voto, involucrando principalmente a los institutos electorales. Por ende, el análi-sis de los denunciantes/actores políticos permite identificar las tendencias y proporciones de la denuncia de los delitos electorales, fijando un criterio de exigencia para la consolidación democrática en nuestro país.

A partir de la información pública disponible en los Informes Mensuales de Actividades que rinde la FEPADE ante el INE, es posible categorizar a los denunciantes con el fin de dar una idea de las posibles motivaciones y limitantes de la denuncia. La estadística que se ofrece comprende de 2015 a mayo de 2018. A efectos del análisis, el origen del conocimiento ministe-rial de la noticia criminal se engloba en cinco categorías: las autoridades electorales, los servidores públicos, los particulares, los funcionarios parti-distas y la actuación de oficio**.

Como se aprecia en la Gráfica 16, la mayoría de las denuncias son de ca-rácter institucional realizadas por las autoridades electorales. Esto tiene coherencia al ser el INE y los Organismos Públicos Locales las autoridades que captan el mayor número de afecciones al material electoral, y su dis-tinta naturaleza, desde el robo de boletas electorales hasta las alteraciones al RFE del INE. Incluso, este hecho se entiende porque las autoridades elec-torales están más familiarizadas con las conductas previstas en el LGMDE. Incluyendo al resto de los servidores públicos, el carácter institucional de la denuncia se eleva a un 62.37% del total.

109 se aprecia uNa ligera difereNcia respectO al tOtal de expedieNtes judiciales que se Muestra eN la gráfica. estO se debe a la actualizacióN de las cifras. siN eMbargO, prOvieNeN de la MisMa fueNte priMaria, es decir, del sisteMa de base de datOs utilizadO pOr la fepade.

Page 99: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 399

GráfiCa 18. Elaborada por El oNC

53.47%

8.90%

29.80%

6.54%

1.29%

Denunciantes de delitos electorales por categoría

AUTORIDADES ELECTORALES SERVIDORES PÚBLICOS PARTICULARES FUNCIONARIO PARTIDISTA ACTUACIÓN DE OFICIO

En segundo lugar, casi un tercio de las denuncias de delitos electorales son por parte de la ciudadanía. La cantidad de denuncias electorales res-ponde tanto a la diversidad de canales de atención ciudadana de los que dispone FEPADE como a su reputación. En este respecto y con base en la respuesta a la solicitud de información pública, esta institución cuenta con FEPADETEL, FEPADENET y FEPADEMÓVIL, y además, ha diseñado mate-riales de difusión y campañas de comunicación para incentivar la denuncia ciudadana.

La diversidad de los canales de denuncia contrasta con la motivación percibida de la no denuncia. Si bien las encuestas de victimización como la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana o la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública no profundizan en datos sobre delitos electorales, la ineficiencia y la desconfianza hacia las autoridades ministeriales, así como la apatía, el desconocimiento y el mie-do son inhibidores de la denuncia en general**.

En último lugar, los funcionarios partidistas conforman la categoría que menor incidencia tiene en la denuncia. Sin embargo, sería imprudente me-noscabarla. La lógica de la denuncia de probables hechos constitutivos de delito se podría enmarcar en la lealtad profesa al partido político al denun-ciar conductas ilícitas de adversarios durante la contienda. También es fac-tible que se realicen denuncias sin fundamento para afectar la reputación de los rivales.

Page 100: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3100

186 184

150 147

112

259

11294

0

50

100

150

200

250

300

ENER

O

FEBR

ERO

MAR

ZO

ABRI

L

MAY

O

JUN

IO

JULI

O

AGO

STO

SEPT

IEM

BRE

OCT

UBR

E

NO

VIEM

BRE

DIC

IEM

BRE

ENER

O

FEBR

ERO

MAR

ZO

ABRI

L

MAY

O

JUN

IO

JULI

O

AGO

STO

SEPT

IEM

BRE

OCT

UBR

E

NO

VIEM

BRE

DIC

IEM

BRE

ENER

O

FEBR

ERO

MAR

ZO

ABRI

L

MAY

O

JUN

IO

JULI

O

AGO

STO

SEPT

IEM

BRE

OCT

UBR

E

NO

VIEM

BRE

DIC

IEM

BRE

ENER

O

FEBR

ERO

MAR

ZO

ABRI

L

MAY

O

2015 2016 2017 2018

Denunciantes de delitos electorales por categoríaAUTORIDADES ELECTORALES SERVIDORES PÚBLICOS PARTICULARES FUNCIONARIO PARTIDISTA ACTUACIÓN DE OFICIO

Desde otra perspectiva, la Gráfica 17 muestra la tendencia de las denun-cias por tipo de actor/denunciante, resaltando la predominancia de las autoridades electorales, a excepción del primer semestre de 2017. En este periodo, los ciudadanos/particulares logran incluso el mayor registro de denuncias entre 2015 y 2018. En la medida en que se difundan más y mejo-res contenidos relacionados con los delitos electorales, y exista una ciuda-danía con una cultura política participativa, es probable que el porcentaje crezca. Mientras esto ocurre, las instituciones electorales deben continuar con su labor de promoción de la denuncia.

* la dEClaraCióN/TEsTimoNio Es uN ElEmENTo fuNdamENTal dE la CarpETa dE iNvEsTiGaCióN, auNquE ya No Es pruEba prEpoNdEraNTE EN El sisTEma dE JusTiCia pENal aCusaTorio. EsTa hipóTEsis fuE CoNfirmada EN ENTrEvisTa CoN uN fuNCioNario dE la fEpadE. a mENos dE quE ExisTa uNa dENuNCia formal, No sE iNiCia la iNvEsTiGaCióN dEl dEliTo ElECToral.** EN alGuNos Casos, los iNformEs mENCioNaN al iNE Como iNsTiTuCióN ElECToral, y EN oTros Como iNsTi-TuCióN fEdEral, iNCluyéNdolE EN “iNsTiTuCioNEs dEl GobiErNo fEdEral y EsTaTal”. la dEsaGrEGaCióN dE los daTos pErmiTió ubiCarla EN la CaTEGoría dE auToridadEs ElECToralEs. a su vEz, la CaTEGoría dE sErvidorEs públiCos iNCluyE daTos dE los TrEs órdENEs dE GobiErNo para maNTENEr CoNGruENCia mETodolóGiCa EN la dEsaGrEGaCióN; la CaTEGoría dE fuNCioNarios parTidisTas ENGloba a los miliTaNTEs o diriGENTEs dE uN parTido políTiCo. los daTos sobrE El aCTuar dE ofiCio sE CapTaN dEsdE fEbrEro 2017.

GráfiCa 18. Elaborada por El oNC

De igual forma, como ya se comentó en secciones anteriores la entrada en vigor de la LGMDE supuso cambios en los tipos penales que modificaron el quehacer de las autoridades de procuración e impartición de justicia. Estos son evidentes al analizar las proporciones de carpetas de investigación iniciadas por tipo de conducta presuntamente cometida. De acuerdo con los datos de la FEPADE de las carpetas de investigación iniciadas entre 2015 y 2017, solo en 1.6% de estas se analizaron conductas previstas en el Código Penal Federal. El 98.4% restante fue por conductas tipificadas en la LGMDE en los artículos 7, 8, 9, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19. A continuación se muestra una tabla que resume la frecuencia de incidencia de las carpetas de investigación iniciadas del fuero federal por delitos electorales.

Page 101: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3101

Artículo Fracciones Descripción de las fracciones predominantesFrecuencia (%) y

totales*

7

I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X,

XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII,

XX y XXI

VII.- Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante

violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse

de votar.

V.- Recoja credenciales para votar de los ciudadanos.

XI.- Se apodere, destruya, altere, posea, use, adquiera, venda o suministre de manera ilegal, en cualquier tiempo, materiales o documentos

públicos electorales.

XVI.- Realice por cualquier medio algún acto que provoque temor o intimidación en el

electorado que atente contra la libertad del sufragio, o perturbe el orden o el libre acceso

de los electores a la casilla.

IV.- Obstaculice o interfiera el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y

cómputo, o el adecuado ejercicio de las tareas de los funcionarios electorales; introduzca o

sustraiga de las urnas ilícitamente una o más boletas electorales, o bien, introduzca boletas falsas; obtenga o solicite declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido

de su voto.

46.54 (1958)

VII 61%(1196)

V 11%(206)

XI 7%(146)

XVI 6%(121)

IV 4%(85)

Representan el 90% de las

carpetas de inves-tigación por con-ductas previstas

en el artículo 7 de la LGMDE

8I, II, III, IV, V, VI,

VII y XI

II.- Se abstenga de cumplir, sin causa justifica-da, con las obligaciones propias de su cargo, en

perjuicio del proceso electoral.

IV.- Altere los resultados electorales, sustraiga o destruya boletas, documentos o materiales

electorales.

I.- Altere en cualquier forma, sustituya, destruya, comercialice o haga un uso ilícito de

documentos relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Lista de Electores.

1.83 (77)

II 38%(29)

IV 19%(15)

I 12%(9)

Representan el 69% de las

carpetas de inves-tigación por con-ductas previstas

en el artículo 8 de la LGMDE.

Page 102: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3102

9I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X

I.- Ejerza presión o induzca a los electores a votar o abstenerse de votar por un candida-

to, partido político o coalición, el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores

a la misma.

VII.- Se abstenga de rendir cuentas o de realizar la comprobación o justificación de los gastos

ordinarios o gastos de eventos proselitistas de campaña de algún partido político, coalición, agrupación política nacional o candidato, una

vez que hubiese sido legalmente requerido dentro del ámbito de sus facultades.

VIII.- Durante la etapa de preparación de la elección o en la jornada electoral, solicite votos

por paga, promesa de dinero, recompensa o cualquier otra contraprestación.

6.16 (259)

I 49%(127)

VII 25%(64)

VIII 15%(38)

Representan el 89% de las

carpetas de inves-tigación por con-ductas previstas

en el artículo 9 de la LGMDE.

11 I, II, III, IV, V Y VI

II.- Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas guber-namentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franqui-

cias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandi-dato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de

voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición.

III.- Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que

tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato,

partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que pue-

dan corresponder por el delito de peculado.

I.- Coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de

precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido

político o coalición.

19.73 (830)

II 40%(335)

III 28%(231)

I 19%(161)

Representan el 87% de las carpetas de

investigación por conductas previs-tas en el artículo 11 de la LGMDE.

Page 103: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3103

13 I y II

I.- Por cualquier medio altere o participe en la alteración del Registro Federal de Electo-

res, Padrón Electoral o Listado de Electores o participe en la expedición ilícita de una o más

credenciales para votar con fotografía.

A quien por sí o a través de terceros solicite, promueva, traslade, subsidie, gestione, contra-te servicios o bienes para que una o más perso-nas proporcionen documentos o información falsa al Registro Federal de Electores, Padrón

Electoral o Listado de Electores.

II.- Altere, falsifique, destruya, posea, use, adquiera, comercialice, suministre o transmita de manera ilegal, archivos o datos de cualquier

naturaleza, relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de

Electores.

24.29 (1022)

I 96%(982)

II 4%(40)

14 No aplica

Aproveche fondos, bienes o servicios y destine, utilice o permita la utilización, de manera ile-

gal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan correspon-

der por el delito de peculado.

0.14 (6)

15 No aplica

Realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precan-

didato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una

prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos

que rebasen los permitidos por la ley.

0.83 (35)

16 No aplica

Ministros de culto religioso que, en el desarro-llo de actos propios de su ministerio, o a quien en el ejercicio del culto religioso, presionen el sentido del voto o induzcan expresamente al

electorado a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición.

0.26 (11)

17 No aplicaA quien estando obligado se niegue injusti-ficadamente a dar fe de hechos o certificar documentos concernientes a la elección.

0.02 (1)

18 No aplica

Quienes habiendo sido magistrados electora-les, federales o locales, consejeros electorales, nacionales o locales, secretario ejecutivo del

Instituto Nacional Electoral o cargo equivalen-te en los organismos públicos locales electora-les de las entidades federativas, desempeñen o sean designados en cargos públicos por los Poderes Ejecutivo o Legislativo cuya elección

hayan calificado o participado, asuman cargos de dirigencia partidista o sean postulados a

cargos de elección popular, dentro de los dos años siguientes a la conclusión de su encargo.

0.17 (7)

Page 104: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3104

19 III

Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra recompensa para emitir su voto o

abstenerse de emitirlo en la consulta popular, durante el procedimiento de consulta popular.

0.02 (1)

* En paréntesis se señala la cantidad de carpetas de investigación iniciadas entre 2015 y 2017

Tabla 16. Elaborado por El oNC CoN daTos dE la FEpadE y la lGMdE

Además de considerar la cantidad de carpetas de investigación abiertas como indicadores de la migración al sistema acusatorio, examinamos cuántas carpetas están concluidas. Entre 2015 y 2017 se concluyeron 2632 carpetas en las 32 entida-des federativas. El estatus de concluido lo recibe cualquier carpeta de investigación en la que se haya determinado el no ejercicio de la acción penal, la abstención de investigar, acumulada, archivo temporal, incompetencia o judicializada110. Destaca que solo en el 7% de las carpetas se alcanzó la judicialización. A continuación, se presenta la desagregación de estas carpetas.

GráFiCa 19. Elaborada por El oNC CoN daTos dE la FEpadE

Por su parte, al analizar la desagregación de las carpetas concluidas por entidad federativa que alcanzaron la judicialización se observan los siguientes aspectos:

• En cinco entidades no hay carpetas de investigación judicializadas de un total de 87 expedientes concluidos. Estas son: Campeche, Colima, Hidalgo, Nayarit y Querétaro. Además, las carpetas determinadas de conductas co-metidas en el extranjero no fueron judicializadas.

110 No se iNcluyeN aquellas carpetas de iNvestigacióN eN trámite. eN este periodo, sumaN 1645 expedieNtes.

826, 31%

390, 15%

21, 1%371, 14%

192, 7%

832, 32%

Desagregación de las carpetas de investigación concluidas por delitos electorales 2015-2017

Abstención de investigar

Acumulada

Archivo temporal

Incompetencia

Judicializada

No ejercicio de la acción penal

Page 105: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3105

• Los porcentajes más elevados de carpetas judicializadas respecto a las con-cluidas se dieron en Nuevo León (63%), Baja California Sur (63%), Sonora (60%) y Tamaulipas (60%). En estas entidades, más de la mitad de las car-petas concluidas alcanza la judicialización.

• A pesar de los porcentajes elevados de judicialización en estas entidades, la cantidad total de carpetas judicializadas en este periodo fue de 29 que, en términos proporcionales, equivale al 15% del total de carpetas judicia-lizadas.

• Las cinco entidades con más carpetas concluidas reportan porcentajes de judicialización bajos. Estos son: Ciudad de México (2%), Puebla (4%), Esta-do de México (12%), Veracruz (9%) y Oaxaca (4%). En suma, estas entida-des reúnen el 71% de las carpetas concluidas y en estas, una parte mínima de las carpetas alcanza a judicializarse.

GráfiCa 20. Elaborada por El oNC CoN daTos dE la fEpadE

19 8 10 1047

15 8 743 20 10 12 24

48 51

247

2256 45

11477

103

468

3169

925

540 1 2

4520 21

0

100

200

300

400

500

600

700

800

900

1000

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

Judicialización de las carpetas de investigación por entidad federativa 2015-2017

Porcentaje de carpetas concluidas judicializadas Total de carpeta de investigación concluidas

Por otra parte, una vez que el Ministerio Público de la Federación (MPF) conclu-ye las carpetas y las judicializa, pasa a la siguiente etapa del proceso penal. Sobre este respecto recuperamos la información del Censo Nacional de Impartición de Justi-cia Federal y recuperamos los datos de procesados e imputados111 ingresados y en trámite por delitos electorales y en materia de registro nacional de ciudadanos112 durante periodo en comento113.

111 sE rEfiErE a la CaNTidad dE proCEsados y/o impuTados rEGisTrados EN Causas pENalEs iNGrEsadas y EN TrámiTE EN maTEria pENal EN los TribuNalEs ColEGiados dE CirCuiTo, TribuNalEs uNiTarios dE CirCuiTo, JuzGados dE disTriTo y CENTros dE JusTiCia pENal fEdEral. 112 El CENso No dEsaGrEGa las CoNduCTas Como los rEGisTros admiNisTraTivos.113 hasTa El 1 dE aGosTo dE 2018 No sE CoNTaba CoN los daTos CorrEspoNdiENTEs a 2017.

Page 106: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3106

Año Ingresados En trámite Órgano jurisdiccional

Sentenciados Órgano jurisdiccional

2013 122 80Juzgados de

distrito

231

Juzgados de distrito

2014 20 88 137

2015 138 60 108

2016 275 253

Juzgados de distrito (57%)

y Juzgados de control o de garantías

(43%)

141

Total 555 481Principalmen-

te juzgados de distrito

617

Tabla 17. Elaborado por El oNC CoN daTos dEl CENso dE imparTiCióN dE JusTiCia fEdEral (iNEGi)

Respecto al total de consignaciones, la cantidad de procesados e imputados in-gresados en este periodo se reduce drásticamente como ocurre en otros periodos. Si asumimos que las consignaciones coinciden temporalmente114 con los ingresa-dos a los órganos jurisdiccionales correspondientes, entonces solo 17.8% del total de consignaciones alcanzó esta etapa del proceso judicial. Hasta 2016 se observa la participación de órganos jurisdiccionales diferentes de los juzgados de distrito, en particular, los juzgados de control o de garantías tuvieron que atender un total de 225 procesados o imputados por delitos electorales.

Al analizar las sentencias se observa cómo el adelgazamiento de asuntos pena-les continuó respecto al total de asuntos ingresados y en trámite a los órganos ju-risdiccionales correspondientes. Entre 2013 y 2016 se registraron 617 sentenciados en los juzgados de distrito. El Censo Nacional de Impartición de Justicia Federal no permite conocer el sentido de las sentencias, pero de acuerdo con lo expuesto por Nieto y Valdez, el 94% de las ocasiones el juez falla a favor de la FEPADE, es decir, otorga sentencias condenatorias.

Por último, de acuerdo con los datos provistos por la FEPADE a través de la soli-citud de información pública, se registraron 9 sentencias condenatorias en 2017, de las cuales una ocurrió en marzo, seis en agosto y dos en septiembre.

114 EsTa CoiNCidENCia TEmporal Es uN supuEsTo muy fuErTE EN la mEdida quE sE dEsCoNoCE El TiEmpo promEdio EsTi-mado dE iNTEGraCióN dE la CarpETa dE iNvEsTiGaCióN por Tipo dE CoNduCTa ComETida. dE aCuErdo CoN la soliCiTud dE iNformaCióN públiCa rEalizada a la fEpadE, EsTa iNsTiTuCióN No CuENTa CoN El daTo dE TiEmpo promEdio dE iNTEGraCióN por CoNduCTa.

Page 107: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3107

b. Fuero comúnLa información estadística sobre delitos electorales del fuero común resulta más escasa. Se dispone de la información de los censos de gobierno, en particu-lar del Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal y del Censo Nacional de Impar-tición de Justicia Estatal. A continuación se muestra el comportamiento de los expedientes judiciales iniciados, determinados y aquellos pendientes por pre-suntos delitos electorales115 del fuero común, es decir, representa aquellos ca-sos investigados por las procuradurías y fiscalías estatales entre 2013 y 2016116.

GráfiCa 21. Elaborada por El oNC dEl CENso dE proCuraCióN dE JusTiCia EsTaTal 2014-2017 (iNGEi)

A diferencia de los expedientes judiciales del fuero federal, los del fuero común presentan una magnitud considerablemente menor. Lo anterior corresponde con la regularidad empírica observada desde 2008. A su vez, las estadísticas de los cen-sos señalan que se iniciaron 822 averiguaciones previas y se abrieron 707 carpetas de investigación por presuntos delitos electorales117. Un factor a destacar es que en 2015 y 2016 la cantidad de expedientes correspondientes al Sistema de Justicia Penal Acusatorio (SJPA) superó a la de averiguaciones previas, lo que demuestra avances de la implementación del sistema.

Por otra parte, destaca que se iniciaron expedientes en todas las entidades con excepción de Coahuila, Colima, Durango, Hidalgo, Nayarit y Tlaxcala durante este periodo. La nula apertura de expedientes judiciales por presuntos delitos electo-rales en las entidades previamente mencionadas es poco creíble a la luz de otras estadísticas discutidas en páginas anteriores de esta sección.

546

71

436476

0

100

200

300

400

500

600

2013 2014 2015 2016

Expedientes judiciales iniciados, determinados y pendientes por delitos electorales del fuero común

Iniciadas Determinadas Pendientes

115 cabe destacar que lOs ceNsOs de gObierNO NO desagregaN lOs delitOs electOrales pOr sujetO activO Ni perMiteN filtrar la iNfOrMacióN cON Otras variables.116 OtrO factOr a NOtar es que casi la tOtalidad de lOs presuNtOs delitOs electOrales sON cONsuMadOs y NO eN gradO de teNtativa. 117 hasta agOstO de 2018 NO se cueNta cON lOs resultadOs de 2017.

Page 108: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3108

El comportamiento de los expedientes determinados se asemeja al de los ini-ciados, aunque en términos de magnitud, estos representan aproximadamente una tercera parte. Debemos recordar que es tarea de las procuradurías integrar las carpetas de investigación y averiguaciones previas para determinar cuál será el siguiente paso del proceso penal, es decir, solo una fracción de los expedientes de-terminados alcanzará a judicializarse y otra fracción más pequeña alcanzará una sentencia condenatoria o absolutoria.

GráfiCa 22. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl CENso NaCioNal dE proCuraCióN dE JusTiCia EsTaTal 2014-2017

257164

145117

115104

9390

6559

575454

4435

1515

1310

544432

1

0 50 100 150 200 250 300

PUEOAX

DFMEX

MICHTAMPS

ZACVER

GTOSLP

CHISBCNL

SINCHIH

AGSQRO

JALMOR

TABCAMGRO

QROOYUCSONBCS

Expedientes judiciales iniciados y determinados por delitos del fuero común 2013-2016

Determinados Iniciados

Page 109: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3109

822

171

707

320

Iniciadas

Determinadas

0% 20% 40% 60% 80% 100%

Comparativo de sistema penal en función de expedientes iniciados y determinados por

presuntos delitos electorales del fuero común 2013-2016

Sistema tradicional Sistema acusatorio

GráfiCa 23. Elaborada por El oNC CoN daTos dEl CENso NaCioNal dE proCuraCióN dE JusTiCia EsTaTal 2014-2017

Al comparar el grado de eficiencia del sistema penal en función de la cantidad de expedientes iniciados y determinados, se aprecia que el SJPA reporta una mayor cantidad de determinaciones que el sistema tradicional. 65% de los expedientes determinados se dieron bajo el sistema penal acusatorio entre 2013 y 2016 lo que podría suponer que, bajo los principios rectores de este, es más fácil para las autori-dades de procuración de justicia integrar las investigaciones y tomar una determi-nación sobre el proceso penal en curso. Sin embargo, es importante notar que estos efectos son locales en la medida que las carpetas determinadas se concentraron en pocas entidades durante el periodo118 en comento.

Otros aspectos a destacar de las gráficas previas se desprenden de la distribu-ción de los expedientes iniciados y determinados por entidad federativa:

• Se observan entidades con pocas o nulas determinaciones y al mismo tiempo, una gran cantidad de apertura de carpetas y/o averiguaciones pre-vias. Este es el caso de Puebla, Oaxaca119, Estado de México, San Luis Potosí, entre otros.

118 eN 2013, sOlO hubO eN chihuahua, MOrelOs y puebla. eN 2014, hubO eN chihuahua, estadO de MéxicO y MOrelOs. eN 2015, hubO eN chiapas, chihuahua, guaNajuatO, guerrerO, estadO de MéxicO, MichOacáN, NuevO leóN, querétarO, saN luis pOtOsí y veracruz. eN 2016, hubO eN baja califOrNia, chiapas, chihuahua, ciudad de MéxicO, guaNajuatO, querétarO, siNalOa, tabascO, taMaulipas, veracruz y zacatecas. 119 es pOcO prObable que eN esta eNtidad NO haya expedieNtes deterMiNadOs cONsideraNdO la caNtidad de ave-riguaciONes previas y carpetas iNiciadas pOr presuNtOs delitOs electOrales. es prObable que este es uN errOr de registrO pOrque lOs ceNsOs de gObierNO se lleNaN pOr autO repOrte. las deficieNcias de las áreas de aNálisis esta-dísticOs eN las iNstituciONes de prOcuracióN de justicia puedeN ser la causa de esta careNcia de datOs.

Page 110: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3110

• En contraste, en entidades como Nuevo León, Ciudad de México, Chi-huahua, Guanajuato o Zacatecas se distingue que el porcentaje de expe-dientes determinados respecto a los iniciados es mayor que en los otros estados.

• 52% de los expedientes iniciados se concentraron en Puebla, Oaxaca, Dis-trito Federal, Estado de México y Michoacán.

• 68% de los expedientes determinados se concentraron en el Distrito Fede-ral, Guanajuato, Zacatecas, Tamaulipas, Michoacán y Nuevo León.

¿Quiénes son las víctimas de los delitos electorales?A menudo la referencia de los delitos electorales carece de un abordaje so-bre quiénes constituyen las víctimas de este tipo de ilícitos. En principio, de-pende de la conducta presuntamente cometida. Por ejemplo, en términos del artículo 11 fracción II de la LGMDE que establece lo siguiente: “Condi-cione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un pre-candidato, candidato, partido o coalición.”; la víctima más frecuente sería una persona física.

Sin embargo, ¿qué pasaría con aquellas conductas como la establecida en el artículo 13 fracción I primer párrafo de la LGMDE? Se prevé como deli-to que: “Por cualquier medio altere o participe en la alteración del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores o participe en la expedición ilícita de una o más credenciales para votar con fotografía. En este caso, la víctima sería el INE.”

Los ejemplos previamente expuestos dan cuenta de la diversidad de víc-timas que hay por la comisión de delitos electorales, no obstante, esto solo constituye una aproximación teórica por lo que realizamos una búsqueda en los Censos de Procuración de Justicia Estatal y encontramos que entre 2013 y 2016 hubo un total de 1578 víctimas (569 en 2013, 87 en 2014, 474 en 2015 y 448 en 2016) reportadas en las carpetas de investigación y ave-riguaciones previas del fuero común. Los censos con datos de 2015 y 2016 permiten incluso conocer con más precisión quiénes son las víctimas. A continuación, se muestra una gráfica que desagrega las víctimas por tipo:

Page 111: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3111

273, 30%

232, 25%

219, 24%

113, 12%

73, 8%12, 1%

Desagregación de las víctimas de presuntos delitos electorales del fuero común 2015-2016

Otras + no identificadas

Sociedad

Hombres

Mujeres

Estado

Personas morales

Se observa que 36% de las víctimas son personas físicas, en su mayo-ría hombres. El segundo grupo de víctimas es el de otras y no identificadas, y el tercero es la sociedad en su conjunto con 25%. A partir de esta gráfica se confirma la diversidad de víctimas afectadas por la comisión de delitos electorales.

GráfiCa 24. Elaborada por El oNC

Una vez que los ministerios públicos locales concluyen los expedientes judiciales, pasa a la siguiente etapa del proceso penal. Sobre este respecto recuperamos la información del Censo Nacional de Impartición de Justicia Estatal y recuperamos los datos de procesados e imputados registrados en causas penales ingresadas por delitos electorales durante periodo en coment120.

Año Procesados(Sistema

tradicional)

Imputados(Sistema

acusatorio)

Otras causas penales no

especificadas

Sentenciados Tipo de sistema penal

2013 160 Sin dato Sin dato 7

Sistema tradicional

2014 20 0 262 1

2015 34 3 Sin dato 11

2016 33 22 Sin dato 74 en sistema

tradicional y 3 en acusatorio

Total 247 25 262 26

Tabla 18. Elaborado por El oNC CoN daTos dEl CENso dE imparTiCióN dE JusTiCia EsTaTal 2014-2017

120 hasta el 1 de agOstO de 2018 NO se cONtaba cON lOs datOs cOrrespONdieNtes a 2017.

Page 112: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3112

Los datos sobre procesados e imputados en causas penales ingresadas a los di-versos órganos jurisdiccionales no aportan claridad suficiente sobre el funciona-miento del sistema penal en 2013 y 2014 sobre los delitos electorales judicializados. De hecho, en ambos años parecería que hay un volumen elevado de causas pena-les ingresadas con respecto a la cantidad de expedientes determinados en años previos.

Por otro lado, los datos de sentenciados por delitos electorales del fuero común son destacables. De acuerdo con los censos de gobierno empleados, entre 2013 y 2016 únicamente se emitieron 26 sentencias de las cuales, la mayor parte (88%) se realizó bajo el sistema penal anterior. Con base en los tabulados consultados no es posible determinar el porcentaje de sentencias condenatorias por delito para 2014, 2015 y 201121. La geografía de las sentencias en este periodo indica que solo en siete entidades hubo casos: Puebla (8), Hidalgo (6), Distrito Federal (4), Morelos (3), Aguascalientes (2), Tabasco (2) y Tlaxcala (1).

c. Consideraciones finalesLos datos analizados en esta sección son de una naturaleza diversa y corresponden a periodos truncados. No se cuenta con un proyecto uniforme con las estadísticas consolidadas como los registros administrativos por lo que se utilizaron distintas fuentes. Sin embargo, se reflejan las siguientes características generales de los de-litos electorales en el sistema de justicia:• Al igual que ocurre en otras etapas previamente analizadas, una proporción

menor de expedientes iniciados por delitos electorales del fuero federal y fue-ro común, alcanza etapas avanzadas de los procesos de procuración e impar-tición de justicia.

• Predominancia del fuero federal sobre el fuero común en etapas iniciales y avanzadas de los procesos judiciales penales.

• Incidencia más atomizada de presuntos delitos electorales del fuero común que del fuero federal. » Fuero común: solo en 26 entidades federativas hubo al menos un expe-

diente judicial iniciado. » Fuero federal: en las 32 entidades federativas hubo al menos un expediente

judicial.

121 sería NecesariO realizar cONsultas directas a lOs MicrOdatOs. siN eMbargO, es prObable que de la MisMa MaNera eN la que Ocurre eN el fuerO federal, uN pOrceNtaje elevadO de las seNteNcias seaN cONdeNatOrias. eN 2013, de las 7 seNteNcias sOlO uNa fue absOlutOria.

Page 113: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 3113

• Consolidación de la incidencia del fuero federal. » Las averiguaciones previas iniciadas y carpetas de investigación abiertas

mantienen una tendencia más estable que en el periodo anterior, pero continúa registrando picos en ciertos años.

• Se aprecian más avances del SJPA en los delitos electorales atendidos por la Federación que por las instituciones estatales.

Page 114: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4114

Capítulo 4

¿Cómo son las capacidades y la respuesta institucional en materia de delitos electorales? Un ejercicio de transparencia y acceso a la información pública

El presente capítulo se encuentra dividido en dos partes. La primera presenta un análisis de la capacidad organizacional de las dependencias responsables de pre-venir, perseguir, investigar y sancionar los delitos electorales. La temporalidad y delimitación geográfica consideró a las nueve entidades federativas que tuvieron elecciones a gobernador el pasado 1ro de julio de 2018.

Más adelante se analizan las capacidades institucionales de los organismos in-volucrados en la prevención, sanción y seguimiento de los delitos electorales desde dos aspectos: la respuesta institucional reflejada través de acciones concretas y la respuesta institucional percibida que se refiere a cómo los ciudadanos aprecian estas acciones.

La relevancia de examinar la capacidad institucional radica en conocer cuáles son los recursos de los que disponen las organizaciones para desempeñarse. Al tra-tarse de organizaciones gubernamentales, estas deben ceñirse al marco legal, por lo que son los ordenamientos los que definen cuáles son las funciones que debe-rán llevarse a cabo durante el proceso electoral.

De manera general, se identificó que las autoridades evaluadas se diferencian entre unas y otras por la accesibilidad y transparencia de la información hacia los ciudadanos. No es una cuestión de instituciones por entidad federativa, es en todo caso, la voluntad de cada autoridad de manera independiente, por presentar infor-mación accesible y con un lenguaje apto para todo público.

También se pudo comprobar que la promoción de una cultura de la denuncia por delitos electorales aún está en sus primeros pasos. Tan sólo entre los institutos electorales de cada estado y en los organismos públicos locales (OPL), es Morelos a través del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (IMPEPAC), el único que diseñó material en esta materia para divulgación122. En el resto, únicamente se menciona la LGMDE, boletines o comunicados de prensa.

En las páginas de las Fiscalías de cada estado se obtuvieron mejores resultados. En Jalisco, se identificó el Manual para prevenir los delitos electorales en México123 el cual describe todo el proceso electoral, el marco jurídico que los respalda y un apartado completo de estos delitos. Por su parte, la Fiscalía de Tabasco es la única que en su

122 IMPEPAC. (2017). ConoCe los delitos eleCtorales. Agosto 22, 2018, dE IMPEPAC sItIo wEb: httP://IMPEPAC.Mx/ConoCE-los-dElItos-ElECtorAlEs/123 FIsCAlíA gEnErAl dEl EstAdo; FIsCAlíA EsPECIAlIzAdA En MAtErIA dE dElItos ElECtorAlEs. (2018). MAnuAl PArA PrEvEnIr dElItos ElECtorAlEs. Agosto 22, 2018, dE FIsCAlíA gEnErAl dEl EstAdo dE JAlIsCo sItIo wEb: httPs://FgE.JAlIsCo.gob.Mx/sItEs/FgE.JAlIsCo.gob.Mx/FIlEs/MAnuAl_dElItos_ElECtorAlEs.PdF

Page 115: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4115

página principal asigna un espacio a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE)124, la cual, a su vez, tiene un portal de atención a la ciudadanía en el que se presentan distintos materiales que describen las funciones de la dependencia. Yu-catán tiene un directorio de los funcionarios públicos que están a cargo del área125 y la Fiscalía General del estado de Tabasco mantiene un enlace a la página de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE).

Por último, en el poder judicial, el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco (STJJ) es el único organismo que tiene una serie de documentos con la cate-goría Prevención de los delitos electorales126 para todo el público.

Cabe mencionar que únicamente se consideró la información presentada en sus páginas de internet y se descartaron los spots dirigidos por cualquier autoridad que haya hecho mención de sus actividades a través de radio, televisión o medio impreso. Esto tiene dos motivos: por un lado, no se identificó algún estudio que permitiese contabilizar y acceder a estos spots, y por otro lado, se buscó mantener evidencia de cada referencia consultada.

Las respuestas que se entregaron al ONC fueron otra fuente que permitió eva-luar la capacidad organizacional de cada institución en sus ocho áreas. Las mejores evaluadas por la claridad en su información fue la Fiscalía General del Estado de Veracruz y el IMPEPAC, los cuales sustentaron a través de diversos archivos como leyes, acuerdos, trípticos, enlaces etc., la mayor cantidad de sus respuestas. El caso contrario fue Yucatán, en donde ninguna autoridad reaccionó ante las solicitudes de información.

Este capítulo está dividido en los siguientes subtemas:• Descripción técnica y aspectos conceptuales: En este apartado se desarro-

llaron las áreas principales que componen la esfera de capacidades organi-zacionales según el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Centro de Investigación para el Desarrollo Internacional (CIID).

• Marco metodológico: Se expone la metodología que se utilizó para las nue-ve entidades federativas, el Instituto Nacional Electoral (INE), la Fiscalía Es-pecializada en Delitos Electorales (FEPADE) y el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

• Resultados obtenidos: Por cada entidad se presentan los resultados y una breve descripción con los elementos más relevantes del análisis.

124 FIsCAlíA gEnErAl dEl EstAdo dE tAbAsCo. (2018). FisCalía espeCializada en delitos eleCtorales. httPs://www.FIsCAlIAtAbAsCo.gob.Mx/FIsCAlIAsEsPECIAlIzAdAs/FEddE, dE FIsCAlíA EsPECIAlIzAdA En dElItos ElECtorAlEs sItIo wEb: httPs://www.FIsCAlIAtAbAsCo.gob.Mx/FIsCAlIAsEsPECIAlIzAdAs/FEddE125 FIsCAlíA gEnErAl dEl EstAdo. (s/F). dIrECtorIo. Agosto 18, 2018, dE FIsCAlíA gEnErAl dEl EstAdo sItIo wEb: httP://www.FgE.yuCAtAn.gob.Mx/rt.PhP?sECCIon=FIsCAlIA-gEnErAl&subsECCIon=dIrECtorIo126 suPrEMo trIbunAl dE JustICIA (stJJ). (2018). prevenCión de los delitos eleCtorales. Agosto 23, 2018, dE su-PrEMo trIbunAl dE JustICIA sItIo wEb: httP://www.stJJAlIsCo.gob.Mx/PAgEs/trAnsPArEnCIA/dElItos_ElECtorAlEs

Page 116: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4116

La segunda parte del capítulo toma como referencia los resultados presenta-dos por la Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas Ciudadanas127 (ENCUP) 2012 y la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental128 (ENCIG) 2017, con las que se analizó la confianza de la ciudadanía hacia los diferentes niveles de gobierno. Por ejemplo, se identificó que, de las 22 instituciones evaluadas, los go-biernos municipales ocupaban la posición número 14; los estatales el 18 y el federal el 20.

Además, se realizó una descripción de los principales mecanismos implemen-tados por las diferentes autoridades en materia electoral para disuadir la comisión de delitos electorales. En este caso, se identificó a la Estrategia Nacional de Blindaje Electoral, el Pre-despliegue ministerial, entre otros más,

Descripción de la técnica y aspectos conceptualesAdemás de entender en qué consiste el marco legal que rige a las instituciones electorales y qué define los tipos penales y las sanciones de estos delitos, resulta necesario conocer cómo se desenvuelven las instituciones en el entorno y transfor-man sus insumos para lograr diversos objetivos.

A lo largo de este capítulo, las capacidades institucionales se analizarán toman-do en consideración la metodología creada por el BID y el CIID129. Se reconocen tres esferas de variables que impactan en el desempeño de una organización: entorno, capacidad organizacional y motivación organizacional.

127 InstItuto nACIonAl dE EstAdístICA y gEogrAFíA (InEgI). (2012). EnCuEstA nACIonAl sobrE CulturA PolítICA y PráCtICAs CIudAd. Agosto 23, 2018, dE InEgI sItIo wEb: httP://www.bEtA.InEgI.org.Mx/ProyECtos/EnChogArEs/hIstorICAs/EnCuP/128 InstItuto nACIonAl dE EstAdístICA y gEogrAFíA (InEgI). (2017). EnCuEstA nACIonAl dE CAlIdAd E IMPACto gubErnAMEntAl (EnCIg). Agosto 22, 2018, dE InEgI sItIo wEb: httP://www.bEtA.InEgI.org.Mx/ProyECtos/En-ChogArEs/rEgulArEs/EnCIg/2017/129 lusthAus, C., AdrIEn, M., AndErson,g., CArdEn F. & MontAlván g.. (2002). CAPACIdAd. En EvoluCIón orgA-nIzACIonAl (PP 43-90). wAshIngton, d.C.: IntEr-AMErICAn dEvEloPMEnt bAnk.

EsquEma 12. Elaboración dEl onc

Page 117: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4117

Esta metodología se aplica tanto a organizaciones del sector privado como del sector público cada cierto tiempo para identificar alternativas de mejora, mejores prácticas, factores de riesgo y éxito, obstáculos y amenazas130. El enfoque con el que se realizan estos análisis se clasifica en dos: 1) interno y 2) externo. Una organiza-ción privada puede estar interesada en identificar si su desempeño es efectivo pero ineficiente o si su sostenibilidad financiera está en riesgo. Por otro lado, el enfoque externo de este análisis implica que un conjunto de investigadores se adentre en la organización para evaluarla y generar recomendaciones para mejorar su desem-peño.

Para este proyecto, solo se analizó la esfera de capacidad organizacional. Esta se entiende como la habilidad de una organización de utilizar sus recursos para lograr sus objetivos131. Con el objetivo de establecer un sistema de evaluación efec-tivo, el BID propone 8 áreas de trabajo:

1. Liderazgo estratégico.2. Estructura organizacional.3. Recursos humanos.4. Administración financiera.5. Infraestructura.6. Gestión de programas y servicios.7. Gestión de procesos.8. Vínculos entre organizaciones.

Cada una de estas áreas tiene una importancia diferenciada en función del tipo de organización del que se trate. Por ejemplo, para una central hidroeléctrica, la infraestructura es un factor indispensable para su operación. En cambio, para una empresa del sector de tecnologías de la información serán muy necesarios los vín-culos con otras empresas para fomentar la difusión del conocimiento.

Podemos visualizar estas áreas de forma aislada porque representan aspec-tos relativamente independientes, pero en conjunto permiten que las actividades cotidianas de la organización transcurran con regularidad. Estos componentes se analizan en función de las fortalezas y debilidades.

A su vez, cada área se divide en subelementos que deberán analizarse132. A con-tinuación, se muestran una lista de estos:

130 lusthAus, C., AdrIEn, M., AndErson, g., CArdEn F., PlInIo, g. (2002). En EvAluACIón orgAnIzACIonAl (PP. 1-40). wAshIngton, dC: bAnCo IntErAMErICAno dE dEsArrollo y CEntro IntErnACIonAl dE InvEstIgACIonEs PArA El dEsArrollo.131 ídem. 132 En EstE CAPítulo sE PrEsEntA un rEsuMEn dE los hAllAzgos y sE ContExtuAlIzAn En FunCIón dEl ACCEso A lA In-ForMACIón PúblICA. PArA un AnálIsIs A ProFundIdAd dE CAdA orgAnIzACIón sE rEquErIríA un doCuMEnto Por CAdA EntIdAd.

Page 118: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4118

En la práctica, es difícil encontrar organizaciones que sobresalgan en cada uno de los componentes, por lo que resulta útil dedicar suficiente cantidad de tiempo para determinar las áreas de mejora más apremiantes.

Marco metodológico Según los criterios establecidos por el BID y con el fin de conocer el desempeño de las instituciones responsables en materia de delitos electorales, se diseñaron las siguientes rutas de trabajo:

1. En las nueve entidades que tuvieron elecciones a gobernador el pasado 1ro de julio, el ONC realizó una revisión general de la información disponible en las páginas oficiales de cada dependencia con actividades directamente

Área Subáreas

Liderazgo estratégico• Liderazgo• Planeación estratégica• Administración del nicho

Estructura organizacional• Estructura de gobierno• Estructura operativa

Recursos humanos

• Planeación• Dotación de personal• Desarrollo de personal• Sistema de incentivos y recompensas• Mantenimiento de relaciones humanas efectivas

Administración financiera(presupuesto)

• Planeación financiera• Transparencia financiera• Estados financieros

Infraestructura• Gestión de las instalaciones• Gestión de la tecnología

Gestión de programas y servicios• Planeación• Implementación y monitoreo de programas y proyectos

Gestión de procesos

• Resolución de conflictos• Toma de decisiones• Comunicaciones• Monitoreo y evaluación

Vínculos entre organizaciones• Planeación• Implementación y monitoreo de redes y asociaciones

Tabla 19. Elaboración dEl onc con basE En la mETodología dE Evaluación organizacional dEl bid

Page 119: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4119

relacionadas con los delitos electorales. Esto se realizó con el objetivo de conocer qué tan accesible son en materia de acceso a la información. Como base se tomaron las áreas y subáreas, y los resultados fueron presentados en una matriz.

Se descartaron aquellos documentos que tenían fecha de elaboración posterior al 2015, y para la categoría de Administración Financiera única-mente se consideraron los presupuestos e informes de ingresos y egresos del 2017- 2018.

En caso de que la información fuera encontrada en otra dependencia ajena a la del interés de este estudio, también fue descartada. Los ejemplos más claros ocurrieron en los informes de ingresos y egresos que en algunos casos era reportados en las páginas oficiales de cada estado, pero no por las mismas Fiscalías o los Institutos Electorales. Este criterio fue asignado ya que es obligación de cada dependencia, de manera independiente, rendir cuentas y hacer accesible la información a todo el público.

2. A través del buscador de cada dependencia seleccionada se realizó un ras-treo de toda la información relacionada con delitos electorales. Se incluye-ron comunicados de prensa, trípticos, páginas web y todo documento que tuviera por objetivo informar a los ciudadanos sobre los delitos electora-les, ¿cómo pueden ser denunciados?, ¿qué autoridades están involucradas en inhibir estos delitos?, entre otros aspectos. Los resultados también se presentan en una matriz que indica el tipo de documento y los principales temas que se abordan.

3. Se enviaron una serie de preguntas a través del correo institucional y me-diante solicitudes de información a las procuradurías generales de impar-tición de justicia, los institutos y órganos electorales, así como a los Tribu-nales. En los anexos adjuntos de este documento se pueden consultar los cuestionarios completos según el tipo de dependencia.

Entre las respuestas obtenidas se segmentaron aquellas que añaden información al punto uno de esta metodología y fueron agregadas a la pri-mera matriz.

Resultados obtenidosA continuación, se presenta la relación de respuestas a las solicitudes realizadas a las instituciones objeto de estudio:

Page 120: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4120Entidad Institutos Electorales

Solicitud enviada

Respuestarecibida

CDMXInstituto Electoral de la Ciudad de México

(IECM) 25-abr-18 12-jun-18

CHIAPASInstituto de Elecciones y Participación

Ciudadana del Estado de Chiapas (IEPC Chiapas)

25-abr-18 Sin respuesta

GUANAJUATOInstituto Electoral del Estado de

Guanajuato (IEEG)24-abr-18 15-may-18

JALISCOInstituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC Jalisco)

24-abr-18 Sin respuesta

MORELOSInstituto Morelense de Procesos Electora-les y Participación Ciudadana (IMPEPAC)

24-abr-18 10-may-18

PUEBLAInstituto Electoral del Estado de Puebla

(IEE Puebla)24-abr-18 Sin respuesta

TABASCOInstituto Electoral y de Participación

Ciudadana de Tabasco (IEPCT)24-abr-18 Sin respuesta

VERACRUZOrganismo Público Local Electoral en

Veracruz (OPLE Veracruz)24-abr-18 11-may-18

YUCATÁNInstituto Electoral y de Participación

Ciudadana de Yucatán (IEPAC)25-abr-18 Sin respuesta

FEDERAL Instituto Nacional Electoral (INE) 26-abr-18 11-jun-18

Entidad Procuradurías / FiscalíasSolicitud enviada

Respuesta recibida

CDMXProcuraduría General de Justicia de la

CDMX (PJG CDMX)30-abr-18 11-jul-18*

CHIAPASFiscalía General del Estado de Chiapas

(FGE Chiapas)30-abr-18 05-jun-18

GUANAJUATOProcuraduría General de Justicia de Gua-

najuato (PJG Guanajuato)30-abr-18 08-may-18

JALISCOFiscalía General del Estado de Jalisco (FGE

Jalisco)30-abr-18 07-may-18

MORELOSFiscalía General del Estado de Morelos

(FGE Morelos)30-abr-18 Sin respuesta

PUEBLAFiscalía General del Estado de Puebla

(FGE Puebla)30-abr-18 Sin respuesta

TABASCOFiscalía General del Estado de Tabasco

(FGE Tabasco)30-abr-18 Sin respuesta

VERACRUZFiscalía General del Estado de Veracruz

(FGE Veracruz)30-abr-18 04-jun-18

YUCATÁNFiscalía General del Estado de Yucatán

(FGE Chiapas)30-abr-18 Sin respuesta

FEDERALFiscalía Especializada para la Atención de

Delitos Electorales (FEPADE)26-abr-18 11-jun-18

Tabla 21. Elaboración dEl onc*EnTrEga ExTEmporánEa dE información

Tabla 20. Elaboración dEl onc

Page 121: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4121

Entidad Poder JudicialSolicitud enviada

Respuesta recibida

CDMXTribunal Superior de Justicia de la CDMX

(TSJCDMX)26-abr 02-may-18

CHIAPASTribunal Superior de Justicia de Chiapas

(TSJ Chiapas)26-abr 01-jun-18

GUANAJUATOPoder Judicial del Estado de Guanajuato

(PJE Guanajuato)25-abr 12-may-18

JALISCOSupremo Tribunal Superior de Justicia de

Jalisco (STJJ Jalisco)26-abr 05-jun-18

MORELOSTribunal Superior de Justicia de Morelos

(TSJ Morelos)26-abr Sin respuesta

PUEBLAH. Tribunal Superior de Justicia de Puebla

(HTSJ Tabasco)26-abr 07-may-18

TABASCOTribunal Superior de Justicia de Tabasco

(TSJ Tabasco)26-abr 05-jun-18

VERACRUZTribunal Superior de Justicia de Veracruz

(TSJ Veracruz)26-abr 09-may-18

YUCATÁNTribunal Superior de Justicia de Yucatán

(TSJ Yucatán)26-abr Sin respuesta

FEDERAL Consejo de la Judicatura Federal 26-abr Sin respuesta

En las siguientes fichas de las instituciones de las nueve entidades federativas y las instituciones federales, el lector podrá encontrar lo siguiente:

• Los resultados de las consultas generales se encabezan como: accesibili-dad a la información.

• Los resultados de las solicitudes de información se encabezan como: rela-ción de respuestas obtenidas.

Tabla 22. Elaboración dEl onc

Page 122: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4122

Ciudad de México

Áreas

Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM)

Procuraduría General de Justicia de la CDMX (PGJCDMX)

Tribunal Superior de Justicia de la CDMX (TSJCDMX)

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Documento Programa Institucional de Promoción y Desarrollo de los Principios Rectores de la Participación Ciudadana 2018

La información está disponible en el Acuerdo JA127-16* Acuerdo de la junta administrativa por el que se actualiza el manual de organización y funcionamiento del instituto electoral del distrito federal

Sección ¿Quiénes somos? de la página oficial de la PGJCDMX

Se hace referencia al Manual Administrativo de la PGJCDMX

Plan Institucional 2017-2018 del Poder Judicial de la Ciudad de México

No hace referencia a los datos requeridos

Estructura organizacional

Sección Organigrama de la página oficial de la IECM y el Programa Institucional de Gestión del Servicio Profesional Electoral Nacional

Se hace referencia al Manual de Organización y Funcionamiento del IECM http://www.iecm.mx/transparencia/site/121.html

Sección Estructura orgánica de la página oficial de la PGJCDMX

Se hace referencia al dictamen D-PGJDF-11/010518 y al Manual Administrativo de la PGJCDMX

Sección Organigrama de la TSJCDMX de la página oficial del organismo y en el documento Dictamen de Estructura Orgánica y Organigrama General del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, marzo 2016

No hace referencia a los datos requeridos

Recursos humanos

Documento Informe de Operación de la Secretaría Administrativa, noviembre 2017

Se presentó un desglose detallado de las plazas del Servicio Profesional Electoral Nacional (SPEN) del IECM además se hace referencia al Catálogo de Cargos y Puestos del IECM

Documento 5º Informe de Labores 2016-2017 Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México

Se hace referencia al dictamenD-PGJDF-11/010518 y al Manual Administrativo de la PGJCDMX

Documento Manual de organización, junio 2017 y sección Circulares de la página oficial de la TSJCDMX

Se hace referencia al Catálogo de Puestos del TSJCDMX

Page 123: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4123

Administración financiera

Documento Informe de Operación de la Secretaría Administrativa, noviembre 2017

La relación de preguntas únicamente hace referencia al procedimiento de planeación presupuestal por lo que la respuesta obtenido está descrita en los anexos

Documento 5º Informe de Labores 2016-2017 Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México

No hace referencia a los datos requeridos

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Infraestructura

Documento Programa de uso de Instrumentos informáticos 2018, septiembre 2017

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Gestión de programas y servicios

Sección Prensa de la página oficial de la IECM

Se hace referencia al Manual de Planeación del Instituto Electoral*

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Gestión de procesos

Sección Prensa de la página oficial de la IECM

Se hace referencia al Manual de Planeación del Instituto Electoral*

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Vínculos entre organizaciones

Sección Prensa de la página oficial de la IECM

Se hace referencia a los siguientes enlaces:http://www.oppmujeres.cdmx.gob.mx/

http://www.iecm.mx/www/sites/redobservacion/index.php

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

• No identificado: es la información que no fue identificada en las páginas oficiales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada

Tabla 23. Elaboración dEl onc

Page 124: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4124

Dependencia Tipo de documento Contenido

IECM Notas de prensa El contenido varía según la coyuntura electoral.

PGJCDMX Notas de prensa El contenido varía según la coyuntura electoral.

TSJCDMX No identificado No identificado

Otros documentos identificados por autoridad son:De las tres autoridades competentes en delitos electorales, el IECM fue la auto-

ridad que cubrió la mayor cantidad de áreas en materia de capacidades organiza-cionales. Caso contrario al TSJCDMX, que a través de su página oficial únicamente identifica algunos elementos como el liderazgo estratégico (misión, visión etc.), el organigrama y la estructura organizacional.

En las búsquedas relacionadas con algún documento o referencia realizada a delitos electorales, en el IECM y la PGJCDMX se identificaron notas de prensa con contenido variable, y en el TSJCDMX no se encontró algún documento.

Por otra parte, las respuestas de los cuestionarios permitieron confirmar y en-grosar el catálogo de la información que ya se había obtenido de manera inde-pendiente. Por ejemplo, en relación con los vínculos entre organizaciones, el IECM hace referencia a la Red de Observación Electoral de la cual el instituto actúa como coordinador y proporciona otros documentos como el Catálogo de Cargos y Puestos133 del IECM, el Manual de Organización y Funcionamiento134 del IECM y otros acuerdos vigentes que no habían sido identificados en la búsqueda del ONC. La PGJCDMX presentó el Manual Administrativo de la institución135 que responde a las 3 prime-ras áreas de la matriz y el TSJCDMX contestó únicamente al rubro de recursos hu-manos.

En este último caso, la dependencia no hizo referencia a algunos requerimien-tos básicos que se le solicitaron como sus objetivos, su administración financie-ra o sus vínculos con otras organizaciones. Incluso, es de destacar que, así como lo muestra la matriz, en las tres primeras áreas sí existía información de primera mano en su portal.

133 InstItuto ElECtorAl dE lA CIudAd dE MéxICo (IECM). (s/F). Catálogo de Cargos y puestos del instituto eleCtoral del distrito Federal. Agosto 22, 2018, dE IECM sItIo wEb: httP://www.IECM.Mx/trAnsPArEnCIA/Art.121/121.F.29/121.F.02/121.F.02.CAtAlog/05.sEC.AdM/05.JdEPtoPlAnEACIonyProsPECtIvA.PdF134 InstItuto ElECtorAl dE lA CIudAd dE MéxICo (IECM). (s/F). manual de organizaCión y FunCionamiento del insti-tuto eleCtoral del distrito Federal. Agosto 22, 2018, dE IECM sItIo wEb: httP://www.IEdF.org.Mx/trAnsPArEn-CIA/Art.14/14.F.01/MAnuAlEs/10MoyF.PdF135 MAnuAl AdMInIstrAtIvo, PgJCdMx, 2016

Tabla 24. Elaboración dEl onc

Page 125: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4125

En general, los resultados obtenidos permitieron identificar que el IECM fue la dependencia con mejor acceso a la información pública. Tanto en su portal como en el contacto directo, fueron las autoridades que mostraron mayor disposición a atender y resolver las dudas ejercidas por la ciudadanía.

Chiapas

Áreas

Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana Chiapas (IEPC Chiapas)

Fiscalía General del Estado de Chiapas (FGE Chiapas)

Tribunal Superior de Justicia de Chiapas (TSJ Chiapas)

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Documento Plan General de Desarrollo 2018-2020 y en la sección Definición y fines, y Misión y Visión de la página oficial del IEPC

Sin respuestaNo identificado

No hace referencia a los datos requeridos

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Estructura organizacional

Documento Plan General de Desarrollo 2018-2020 y en la sección Organigrama y Estructura, de la página oficial del IEPC

Sin respuesta

Sección Estructura Orgánica, y Misión y Visión de la página oficial de la FGE

Presentó el organigrama de la Fiscalía de Delitos Electorales

Sección Organigrama de la página oficial del gobierno de Chiapas.

No hace referencia a los datos requeridos

Recursos humanos

No identificado Sin respuestaNo identificado

Presentó la estructura del personal por área, total del personal, sección y perfil de la y Fiscalía de Delitos Electorales.

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Administración financiera

No identificado Sin respuesta

Sección Consejo Nacional de Armonización Contable de la página oficial de la FGE

La respuesta indica que la administración financiera de la Fiscalía de Delitos Electorales es manejada y aplicada directamente por la FGE

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Infraestructura No identificado Sin respuestaNo identificado

La Fiscalía de Delitos Electorales no tiene esta información

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Gestión de programas y servicios

No identificado Sin respuestaNo identificado

La respuesta menciona que anualmente se realiza un programa operativo que es presentado a la FGE

Sección Trámites y Servicios de la página oficial del TSJ

No hace referencia a los datos requeridos

Page 126: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4126

Gestión de procesos

Documento Informe de Actividades 2017

Sin respuestaNo identificado

La Fiscalía de Delitos Electorales mencionó que mensualmente presenta reportes cualitativos y cuantitativos a la FGE

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Vínculos entre organizaciones

No identificado Sin respuestaNo identificado

No hace referencia a los datos requeridos

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

• No identificado: es la información que no fue identificada en las páginas oficiales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada

*La información proporcionada hace referencia a la Fiscalía de Delitos Electorales del estado.

Otros documentos identificados por autoridad son:

Dependencia Tipo de documento Contenido

IEPC Comunicado El contenido varía según la coyun-tura electoral

FGE de Chiapas No identificado No identificado

TSJ Chiapas No identificado No identificado

Los resultados obtenidos para el estado de Chiapas indican que las tres autori-dades de gobierno involucradas en la prevención y sanción de delitos electorales carecen de mecanismos accesibles para la consulta de información relacionada con los objetivos, servicios y rendición de cuentas a la ciudadanía. En específico, el TSJ de Chiapas es la entidad con el menor número de áreas cubiertas, la FGE no tie-ne en su portal ninguna referencia relacionada con la Fiscalía de Delitos Electorales y el IEPC únicamente hace mención de estos delitos en comunicados.

A través de las respuestas recibidas se pudo conocer que la Fiscalía de Delitos Electorales está compuesta por 37 funcionarios públicos que se rigen por un ma-nual interno de organización136 y por el Protocolo de Actuación para los Procesos en Materia de Delitos Electorales 2017-2018137. Finalmente, la autoridad indicó que el presupuesto de la Fiscalía especializada depende en su totalidad de la FGE por lo que no tiene autonomía administrativa.

Por su parte, el IEPC no respondió a la solicitud de información y el TSJ única-mente contestó que no reporta ninguna causa penal bajo este tipo de delito, por lo que no dio el total de la información solicitada.

136 FIsCAlíA gEnErAl dEl EstAdo. (2017). manual de proCedimientos 2017. Agosto 22, 2018, dE FgE sItIo wEb: ht-tPs://www.FgE.ChIAPAs.gob.Mx/InForMACIon/MArCoJurIdICo/sErvEr/PdF_doC.Ashx?Id_obJEto=4327F195-83d6-480d-AE41-A729FE7A958A137 ProCurAduríA gEnErAl dE JustICIA dEl EstAdo (PJE). (2015). ACuErdo PgJE/004/2015. Agosto 22, 2018|, dE PJE sItIo wEb: httPs://www.FgE.ChIAPAs.gob.Mx/InForMACIon/MArCoJurIdICo/sErvEr/PdF_doC.Ashx?Id_obJEto=-07b9242A-0b82-4733-9dAb-9A027b602b7F

Tabla 25. Elaboración dEl onc

Tabla 26. Elaboración dEl onc

Page 127: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4127Guanajuato

Áreas

Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG)

Procuraduría General de Justicia de Guanajuato (PGJ Guanajuato)

Poder Judicial del Estado de Guanajuato (PJE Guanajuato)

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Sección Filosofía Institucional de la página oficial del IEEG

Con base en las respuestas obtenidas se dio a conocer que los manuales de la organización están en proceso de elaboración.

Sección Conócenos de la página oficial de la PGJ de Guanajuato

No hace referencia a los datos requeridos

Sección ¿Quiénes somos? de la página oficial del Poder Judicial de Guanajuato

No hace referencia a los datos requeridos

Estructura organizacional

Sección Organigrama de la página oficial del IEEG

El IEEG presentó a través de un documento anexo su estructura orgánica.

Documento derivado de la solicitud de transparencia con número 31635 y 31748 dirigidas a la PGJ de Guanajuato

No hace referencia a los datos requeridos

Sección Obligaciones de transparencia de la página oficial del Poder Judicial de Guanajuato

Hace referencia a una planeación estratégica por parte del Poder Judicial de Guanajuato.

Recursos humanos

Documento Auditoría a la administración de recursos humanos del IEEG correspondiente al primer semestre del ejercicio 2016

El IEEG presentó a través de un documento anexo la relación de la estructura del personal por área

Documento derivado de la solicitud de transparencia con número 31635 y 31748 dirigidas a la PGJ de Guanajuato

Se hace referencia a la Encuesta de Clima Laboral y Cultural Organizacional

Sección Obligaciones de transparencia de la página oficial del Poder Judicial de Guanajuato

Para la evaluación de cada empleado esta dependencia señala que se cuenta con el programa Presupuesto Basado en Resultados que evalúa las metas y objetivos, además cuentan con manuales de descripción de puesto

Administración financiera

Documentos Análisis Funcional Económico 2017; Instituto Electoral del Estado de GuanajuatoReporte Global del Gasto del 1° de enero al 31 de enero de 2017 y Acuerdo mediante el cual se autorizan ajustes al Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato para el ejercicio dos mil diecisiete

El IEEG cuenta con un programa presupuestario E022: Confianza en el IEEG, para planificar y gestionarlos recursos necesarios para los proyectos de la organización. Además, el control presupuestal se lleva a cabo mediante el sistema SAP/R3. En materia de delitos electorales, la dependencia señala que no existe ningún presupuesto o programa financiero definido

Documento derivado de la solicitud de transparencia con número 31635 y 31748 dirigidas a la PGJ de Guanajuato

Sin respuesta

Sección Obligaciones de transparencia de la página oficial del Poder Judicial de Guanajuato

La respuesta indica que el presupuesto se elabora mediante el llamado ciclo presupuestal, con el cual secontribuye a la mejora continua de los programas presupuestarios.

Page 128: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4128

Infraestructura

Documento Acuerdo mediante el cual se autorizan ajustes al Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato para el ejercicio dos mil diecisiete

La respuesta señala que no existe algún documento para determinar si la infraestructura (edificios, servicios, equipos de cómputo) es adecuada para respaldar el desempeño

No identificado No identificado

Sección Obligaciones de transparencia de la página oficial del Poder Judicial de Guanajuato

No hace referencia a los datos requeridos

Gestión de programas y servicios

Documento Acuerdo mediante el cual se autorizan ajustes al Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato para el ejercicio dos mil diecisiete

El IEEG hace referencia al programa presupuestario E022: Confianza en el IEEG, para planificar y gestionar los recursos necesarios para los proyectos de la organización

Se identificaron los servicios proporcionados por la autoridad

No identificado

Sección Obligaciones de transparencia de la página oficial del Poder Judicial de Guanajuato

La respuesta hace referencia a la publicación anual, Programa de Actividades Académicas y los Programas Operativos Anuales.

Gestión de procesos

Documento Lineamientos del Sistema de Evaluación al desempeño de IEEG

La supervisión de los programas se realiza a través del Sistema de Evaluación al Desempeño (SED)

No identificado

Se hace referencia a la Encuesta de Clima Laboral y Cultural Organizacional

Sección Obligaciones de transparencia de la página oficial del Poder Judicial de Guanajuato

Esta dependencia señala que se cuenta con el programa Presupuesto Basado en Resultados que evalúa las metas y objetivos.

Vínculos entre organizaciones

No identificado

La respuesta emitida por el IEEG no presenta algún tipo de vínculo o red organizacional en concreto.

No identificado No identificado No identificado

La dependencia es parte de la International Organization for Judicial Training y de la Red de Escuelas Judiciales de los Estados Unidos Mexicanos

• No identificado: Es la información que no fue identificada en las páginas oficiales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada

Tabla 27. Elaboración dEl onc

Page 129: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4129

Otros documentos identificados por autoridad son:

Dependencia Tipo de documento Contenido

IEEG

Convocatoria Diplomado en línea en Formación Político Electoral Tercera Edición 2017

Acuerdo

Acuerdo CGIEEG/047/2017 mediante el cual se autoriza al Presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, la suscripción del convenio de apoyo colaboración interinstitucional con la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato, para la constitución y operación del “Programa de trabajo en materia de capacitación, difusión, divulgación e intercambio de información para prevenir la comisión de los delitos electorales y fomentar la participación ciudadana”

Comunicado El contenido varía según la coyuntura electoral.

Ley Ley General en Materia de Delitos Electorales.

PGJ Guanajuato

Enlace Se presenta el logo de la FEPADE redirigiendo al usuario a la página de esa dependencia.

Acuerdo Acuerdo 1/2012 Por el que se constituye la Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales del Estado de Guanajuato.

PJE Guanajuato Comunicado El contenido varía según la coyuntura

electoral.

Tabla 28. Elaboración dEl onc

Page 130: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4130

En materia de capacidades organizacionales, tanto la IEEG como el PJE de Gua-najuato, tienen al menos 7 de las 8 áreas requeridas por este rubro metodológico según la categoría de accesibilidad de la información. Por su parte, llama la aten-ción que, en el caso de la PJG, la información presentada en su página oficial omite datos relacionados con la dependencia cómo resultados obtenidos en los últimos años, presupuestos, programas y servicios, así como sus vínculos con otras organi-zaciones.

En relación con la difusión y promoción de la denuncia por delitos electorales, en las tres instituciones únicamente se identificaron: una convocatoria, la LGMDE, comunicados y acuerdos en relación a la Fiscalía Especializada en Investigación de Delitos Electorales del Estado de Guanajuato (FEIDE). Sin embargo, en ninguna de las dependencias se encontró material dirigido a la ciudadanía en donde se ex-plicara ¿qué son los delitos electorales?, la función de la FEIDE o el procedimiento para levantar una demanda por este delito.

Cabe destacar que la PGJ respondió a la solicitud de transparencia de manera parcial y ambigua, por lo que en la mayoría de las áreas fue imposible obtener la información requerida.

Jalisco

Áreas

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco (IEPC Jalisco)

Fiscalía General del Estado de Jalisco* (FGE Jalisco)

Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco (STJJ Jalisco)

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Sección ¿Qué es el Instituto Electoral? de la página oficial del IEPC Jalisco

Sin respuesta No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Sección ¿Quiénes somos? de la página oficial del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco

Sin respuesta

Estructura organizacional

Sección Integración del Pleno y Organigrama de la página oficial del IEPC Jalisco

Sin respuesta

Sección Estructura de la página oficial de la Fiscalía General del Estado de Jalisco

La respuesta hace referencia al Reglamento Interno de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales.

Sección Organigrama y Comisiones de la página oficial del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco

Sin respuesta

Page 131: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4131

Recursos humanos

Documento Manual de administración de los recursos financieros, humanos y materiales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco, 2015

Sin respuestaNo identificado

La dependencia desglosa de manera puntual los términos para la contratación del personal, el número y perfil de los integrantes de la Fiscalía.

Documento Informe Anual de Labores 2017 Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco

Sin respuesta

Administración financiera

Documento Manual de administración de los recursos financieros, humanos y materiales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco

Sin respuestaNo identificado

El presupuesto y gasto de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales es competencia de la FGE.

Documento Informe Anual de Labores 2017 Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco

Sin respuesta

Infraestructura

Documento Manual de administración de los recursos financieros, humanos y materiales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Jalisco

Sin respuestaNo identificado

La Fiscalía señala que no existe esta información.

Sección Obligaciones de transparencia de la página oficial del Poder Judicial de Guanajuato

Sin respuesta

Gestión de programas y servicios

No identificado Sin respuesta

Sección Programas y Servicios de la página oficial de la FGE

La dependencia hace referencia al programa “Blindaje Electoral”, el cual consiste en las acciones que realiza la Fiscalía con el objetivo de prevenir y evitar que los recursos públicos sean utilizados a favor o en contra de partidos políticos o candidatos.Además, presenta una detallada relación de las capacitaciones impartidas a funcionarios públicos y sus mecanismos de atención ciudadana.

Documento InformeAnual de Labores 2017 Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco

Sin respuesta

Page 132: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4132

Gestión de procesos

No identificado Sin respuestaNo identificado

La dependencia hace referencia a los Manuales de Organización y Procedimientos (MOP) y Matriz de Indicadores para Resultados por Programa Presupuestario (MIR)

Documento Informe Anual de Labores 2017 Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco

Sin respuesta

Vínculos entre organizaciones

No identificado Sin respuestaNo identificado

La respuesta indica que la Fiscalía no pertenece a ninguna red organizacional

No identificado Sin respuesta

• No identificado: Es la información que no fue identificada en las páginas oficiales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada

*La información proporcionada hace referencia a la Fiscalía de Delitos Electorales del estado.

Otros documentos identificados por autoridad son:

Dependencia Tipo de documento Contenido

IEPC Jalisco

Anuncio Se presenta el logo de la FEPADE redirigiendo al usuario a la página de esa dependencia.

Ley Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Curso Curso “Delitos Electorales y Blindaje Electoral" por parte de la FEPADE

Boletines informativos

El contenido varía según la coyuntura electoral.

Notas informativas

El contenido varía según la coyuntura electoral.

Notas de prensa El contenido varía según la coyuntura electoral.

Tabla 29. Elaboración dEl onc

Page 133: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4133

FGE Jalisco Manual

Manual para prevenir delitos electorales está dividido en:• Proceso Electoral• Etapas del proceso electoral• Campañas electorales• El voto• Autoridades electorales• Quienes intervienen en el proceso• Delitos electorales• Denuncia• Ley General en Materia de delitos electorales

STJJ Jalisco

Serie de documentos bajo la categoría Prevención de los delitos electorales para visualización en formato PDF y en línea.

Los documentos se dividen en las siguientes temáticas:• ¿Qué son los delitos electorales?• Procedimiento para denunciar un delito electoral• Decálogo de servidores públicos• Denuncia delitos electorales• Manual para prevenir delitos electorales

De manera general, Jalisco a través de sus dependencias evaluadas presentó uno de los mejores resultados en accesibilidad a la información, ya sea por consul-ta en sus páginas oficiales o por las respuestas registradas en el Portal de Transpa-rencia. Cabe mencionar que la FGE Jalisco ha desarrollado distintas herramientas que buscan acercar a la ciudadanía al trabajo y las actividades que en esta se reali-zan en materia de delitos electorales. Por ejemplo, tiene un manual complemen-to138 en donde expone en qué consisten estos delitos, las autoridades electorales involucradas, el ejercicio de la denuncia y la LGMDE.

Por su parte, el STJJ tiene un apartado dedicado a la prevención de delitos139.

138 FIsCAlíA gEnErAl dEl EstAdo & FIsCAlíA EsPECIAlIzAdA En MAtErIA dE dElItos ElECtorAlEs. (2018). manual para prevenir delitos eleCtorales. Agosto 22, 2018, dE FgE sItIo wEb: httPs://FgE.JAlIsCo.gob.Mx/sItEs/FgE.JAlIsCo.gob.Mx/FIlEs/MAnuAl_dElItos_ElECtorAlEs.PdF139 oP. CIt stJJ, prevenCión de los delitos eleCtorales.

Tabla 30. Elaboración dEl onc

Page 134: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4134

Morelos

Áreas

Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana

(IMPEPAC)

Fiscalía General del Estado de Morelos (FGE Morelos)

Tribunal Superior de Justicia de Morelos (TSJ Morelos)

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Documento Manual de Organización, 2017

La dependencia presentó el Manual de Organización, 2017

Sección ¿Quiénes somos? de la página oficial de la Fiscalía General del Estado de Morelos

Sin respuesta

Sección ¿Quiénes somos? de la página oficial del Tribunal Superior de Justicia de Morelos

Sin respuesta

Estructura organizacional

Documento Manual de Organización, 2017

El IMPEPAC presentó el organigrama, el Manual de Organización y una relación del personal por área.

Sección ¿Quiénes somos? de la página oficial de la FGE

Sin respuesta

Sección Nuestra estructura de la página oficial del TSJ

Sin respuesta

Recursos humanos

Documento Manual de Organización, 2017

El IMPEPAC presentó el organigrama, el Manual de Organización; una relación del personal por área; el catálogo de cargos y puestos del SPEN

No identificado

Sin respuesta

Sección Cursos y Talleres de la página oficial del TSJ

Sin respuesta

Administración financiera

No identificado

Se hace referencia al Proyecto Anual de Presupuesto, se describe el procedimiento de control presupuestal y monitoreo

No identificado

Sin respuesta No identificado Sin respuesta

Infraestructura No identificadoNo se cuenta con la información requerida.

No identificado

Sin respuesta No identificado Sin respuesta

Gestión de programas y servicios

No identificado

La respuesta indica que los proyectos y programas dependen de cada área, por lo que se solicita a cada una su Programa Operativo Anual (POA)

No identificado

Sin respuesta

Secciones Servicios, Cursos y Talleres de la página oficial del TSJ

Sin respuesta

Page 135: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4135

Gestión de procesos

No identificado

La dependencia contestó que las responsabilidades de las áreas e individuos están basadas en el Catálogo de cargos y Puestos y el Manual de organización. Asimismo, los mecanismos de evaluación se realizan con base en los Lineamientos para la evaluación del Desempeño de los Miembros del Servicio Profesional Electoral del Sistema OPLE

No identificado

Sin respuesta

Sección ¿Qué estamos haciendo? de la página oficial del TSJ

Sin respuesta

Vínculos entre organizaciones

No identificadoNo hace referencia a los datos requeridos

No identificado

Sin respuesta

Sección ¿Qué estamos haciendo? de la página oficial del Tribunal Superior de Justicia de Morelos

Sin respuesta

• No identificado: Es la información que no fue identificada en las páginas oficiales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada

Otros documentos identificados por autoridad son:

Dependencia Tipo de documento Contenido

IMPEPACVideo Conoce los delitos electorales

Ley Ley General en Materia de Delitos Electorales

FGE Morelos Comunicado El contenido varía según la coyuntura electoral.

TSJ Morelos No identificado No identificado

Tabla 31. Elaboración dEl onc

Tabla 32. Elaboración dEl onc

Page 136: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4136

El IMPEPAC fue la única dependencia de Morelos que respondió a la solicitud de información presentada por el ONC en materia de delitos electorales. Ni la Fis-calía General del Estado, ni el Tribunal Superior de Justicia respondieron al reque-rimiento.

Puebla

Áreas

Instituto Electoral del Estado Puebla(IEE Puebla)

Fiscalía General del Estado de Puebla (FGE Puebla)

Tribunal Superior de Justicia de Puebla (TSJ Puebla)

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Sección ¿Quiénes somos? de la página oficial del Instituto Electoral del Estado

Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta

Sección Misión, Visión y Valores de la página oficial del TSJ

No hace referencia a los datos requeridos

Estructura organizacional

Sección Estructura orgánica de la página oficial del IEE

Sin respuesta

Sección Organización de la página oficial de la FGE

Sin respuesta

Sección Organigrama de la página oficial del TSJ

No hace referencia a los datos requeridos

Recursos humanos

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Administración financiera

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta

No hace referencia a los datos requeridos

Infraestructura

Documento Artículo 11 Fracc. VIII Información financiera de la página oficial del IEE

Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta

Sección División Territorial y Relación de los Bienes Muebles e Inmuebles de la página oficial del TSJ

No hace referencia a los datos requeridos

Gestión de programas y servicios

No identificado Sin respuesta

Sección Descubre la Gestión del Ministerio Público de la página oficial de la FGE

Sin respuesta

Sección Actividades del Tribunal a de la página oficial del TSJ

No hace referencia a los datos requeridos

Gestión de procesos

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Vínculos entre organizaciones

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

• No identificado: Es la información que no fue identificada en las páginas oficinales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada

Tabla 33. Elaboración dEl onc

Page 137: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4137

Dependencia Tipo de documento Contenido

IEE PueblaLey Ley General en Materia de Delitos

Electorales.

Boletines de noticias El contenido varía según la coyun-tura electoral

FGE Puebla

Directorio Directorio de Unidades para la Re-cepción de Denuncias por Delitos Electorales

Enlaces de interésEn la página principal de la Fiscalía se colocó el logo de la FEPADE con la línea de denuncia

TSJ Puebla Sin información Sin información

Otros documentos identificados por autoridad son:

Puebla fue uno de los estados en donde el acceso a la información directa entre el ciudadano y la dependencia tuvo como resultado la menor cantidad de respues-tas obtenidas. Ni el IEE ni la FGE respondieron a las preguntas solicitadas a través del Portal de Transparencia, y el Tribunal Superior de Justica respondió de manera parcial, por lo que no fue posible cubrir con el total de las áreas que se plantearon.

En las tres dependencias no hay una clara distribución del número de funcio-narios públicos, del presupuesto, ni del ejercicio del gasto, así como de ningún pro-grama interno o externo que evalué los logros obtenidos. Ni en el IEE ni en la FGE se identificó algún programa de desarrollo de actividades por institución ni área.

De manera general, la información en materia de delitos electorales está limi-tada a comunicados de prensa y a difundir la LGMDE. De las 9 entidades, la FGE fue la única que registra un directorio dedicado exclusivamente a denuncias por este delito.

Tabla 34. Elaboración dEl onc

Page 138: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4138

Tabasco

Áreas

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT)

Fiscalía General del Estado de Tabasco (FGE Tabasco)

Tribunal Superior de Justicia de Tabasco (TSJ Tabasco)

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Sección Misión y Visión de la página oficial del IEPCT

Sin respuesta

Sección Marco Jurídico, Visión, Misión y Valores de la página oficial de la FGE

Sin respuesta

Sección Misión, Objetivos y Metas de la página oficial del TSJ

No hace referencia a los datos requeridos

Estructura organizacional

Sección Estructura de la página oficial del IEPCT

Sin respuesta

Sección Organigrama de la página oficial de la FGE

Sin respuesta

Sección Organización de la página oficial del TSJ

No hace referencia a los datos requeridos

Recursos humanos

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Administración financiera

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Infraestructura No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Gestión de programas y servicios

No identificado Sin respuesta

Sección Servicios de la página oficial de la FGE

Sin respuestaSección Servicios de la página oficial del TSJ

No hace referencia a los datos requeridos

Gestión de procesos

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta

Sección Informe Semestral de Labores del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco

No hace referencia a los datos requeridos

Vínculos entre organizaciones

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

• No identificado: Es la información que no fue identificada en las páginas oficinales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada

Tabla 35. Elaboración dEl onc

Page 139: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4139

Otros documentos identificados por autoridad son:

Dependencia Tipo de documento Contenido

IEPCT Tabasco

Ley Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Código Penal para el Estado de Tabasco

Sección cuarta Delitos contra la autonomía del pueblo de Tabasco, Título Único, Capítulo Único Delitos Electorales

FGE Tabasco

Enlace a la Fiscalía Especializada En Delitos

Electorales (FEDE)

Se presenta el logo de la FEDE redirigiendo al usuario a la página de esa dependencia. En el vínculo se identificó:• Información general en materia de delitos electorales• Un tríptico y un cartel dirigida a los ciudadanos• La Ley General en Materia de Delitos ElectoralesAdemás, se identificaron centros de atención a ala ciudadanía.

Boletín informativo El contenido varía según la coyuntura electoral

TSJ Tabasco Enlace a la FEPADE El usuario accede a la página principal de la FEPADE

En materia de capacidades organizacionales, Tabasco es uno de los casos con menos áreas cubiertas. De las tres autoridades que se consideraron, únicamente el TSJ cubrió tres rubros mientras que el EPCT y la Fiscalía obtuvieron dos. Estas últimas no contestaron a la solicitud y el Tribunal optó por reservar la información.

En todas las dependencias hay vacíos respecto a la cantidad de funcionarios públicos; los programas que definen sus actividades; su financiamiento; los crite-rios que utilizan para medir el alcance que tienen; las herramientas con las que cuentan para desempeñar sus funciones diarias, así como sus vínculos con otras organizaciones del gobierno.

Entre los aspectos positivos que se encontraron es que la FGE es de las únicas Fiscalías de las 9 entidades que presenta contenido relacionado con delitos elec-torales. La FEDE tiene un espacio destinado a informar a la ciudadanía de sus fun-ciones y los canales con lo que cuenta el ciudadano para realizar las denuncias me-diante trípticos y carteles.

Tabla 36. Elaboración dEl onc

Page 140: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4140Veracruz

Áreas

Organismo Público Local Electoral en Veracruz (OPLE Veracruz)

Fiscalía General del Estado de Veracruz (FGE Veracruz) *

Tribunal Superior de Justicia de Veracruz (TEEVER)

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Sección Misión y Funciones de la página oficial del OPLE

El OPLE presentó el Manual de Organización Específico de Consejeros

Sección Misión, Visión y Organigrama de la página oficial de la FGE

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Estructura organizacional

Sección Estructura Orgánica de la página oficial del OPLE

La respuesta hace referencia al siguiente link: https://bit.ly/2OSBDmn

Sección Misión, Visión y Organigrama de la página oficial de la FGE

La FGE presentó el Manual Específico de Organización, el organigrama y el número de elementos que componen a esta dependencia.

Sección Directorio, H Tribunal Superior de Justicia de la página oficial del Poder Judicial del Estado de Veracruz

No hace referencia a los datos requeridos

Recursos humanos

No identificado

El OPLE proporcionó al ONC una correlación de puestos por área.

Documento Control de Personal y Prestaciones Sociales, 2016.

La FGE respondió con el Manual Específico de Organización y el número de elementos que componen a esta dependencia.

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Administración financiera

Fragmento de la cuenta pública del Estado 2017, Organismo Público Local Electoral (OPLE)

La respuesta hace referencia al siguiente link: https://bit.ly/2AR6e13; además proporcionaron al ONC una correlación con el presupuesto del OPLE en el 2018.

Sección Armonización Contable de la página oficial de la FGE

La dependencia no cuenta con la información

Documento Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave para el Ejercicio Fiscal 2018

No hace referencia a los datos requeridos

Infraestructura

Fragmento de la cuenta pública del Estado 2017, Organismo Público Local Electoral (OPLE)

El OPLE indicó que la Dirección Ejecutiva de Administración a través del Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales es la responsable del mantenimiento de los activos de la institución.

Sección Armonización Contable de la página oficial de la FGE

La dependencia no cuenta con la información

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Gestión de programas y servicios

Sección Funciones de la página oficial del OPLE

No hace referencia a los datos requeridos

Sección Servicios de la página oficial de la FGE

La dependencia no cuenta con la información

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Page 141: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4141

Gestión de procesos

No identificado

El OPLE informó que se cuentan con dos esquemas para la gestión de procesos: • Programa Operativo Anual (POA) que contempla las líneas de acción para el corto, mediano y largo plazo. • Y el programa Planeación Estratégica que está en proceso de elaboración

No identificado

La dependencia no cuenta con la información

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

Vínculos entre organizaciones

No identificado

Se presentaron una serie de acuerdos que hacen referencia a los vínculos del OPLE con otras organizaciones

No identificado

La dependencia no cuenta con la información

No identificado

No hace referencia a los datos requeridos

• No identificado: Es la información que no fue identificada en las páginas oficiales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada*La información proporcionada hace referencia a la Fiscalía de Delitos Electorales del estado.

Otros documentos identificados por autoridad son:

Dependencia Tipo de documento Contenido

OPLE Documento

Programa de trabajo específico en materia de capacitación, difusión, divulgación e intercambio de información para prevenir la comisión de delitos electorales y fomentar la participación ciudadana, que celebran, por una parte, la Fiscalía Especializada Para la Atención de Delitos Electorales

FGE de Veracruz Comunicación El contenido varía según la coyuntura electoral

Tabla 37. Elaboración dEl onc

Page 142: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4142

TEEVER

Boletines El contenido varía según la coyuntura electoral

Curso

Información del Curso especializado para periodistas en materia de delitos electorales impartido por la FEPADE

Curso Información del Curso Introductorio en Materia Electoral

Documento Autoridades Electorales en México en donde se describe el funcionamiento de la FEPADE

Ley Ley General en Materia de Delitos Electorales

Convenio

Información de la Firma de convenio FEPADE, OPLE y TEV en Materia de Prevención de Delitos Electorales

La revisión realizada en las páginas oficinales de cada una de las dependencias evaluadas en Veracruz permitió identificar que al menos el OPLE y la FGE cuentan con la mayor cantidad de información relacionada con su capacidad organizacio-nal. El TEEVER, por el contrario, únicamente muestra información relacionada con su estructura interna y financiamiento, mientras que el resto de los rubros no fue-ron identificados.

Por parte, del OPLE se identificó que tiene uno de los programas de trabajo más robustos en materia de prevención y combate a los delitos electorales en la entidad. Está diseñado desde diferentes ejes, por un lado, contempla desde la capacitación del personal, las estrategias implementadas para darle difusión a la ciudadanía y su divulgación e intercambio de información entre ciudadanía y funcionarios pú-blicos. Es el único documento de esta naturaleza que fue identificado en la página oficial de alguno de los Institutos Electorales u OPLEs evaluados.

Tabla 38. Elaboración dEl onc

Page 143: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4143

Yucatán

Áreas

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Yucatán (IEPAC)

Fiscalía General del Estado de Yucatán (FGE Yucatán)

Tribunal Superior de Justicia de Yucatán (TSJ Yucatán)

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Sección Misión y Visión de la página oficial del IEPAC

Sin respuesta

Sección Filosofía Organizacional de la página oficial de la FGE

Sin respuesta No identificado Sin respuesta

Estructura organizacional

Sección Organigrama de la página oficial del IEPAC

Sin respuesta

Sección Organigrama de la página oficial de la FGE

Sin respuesta

Sección Organigrama del Tribunal Superior de la página oficial del TSJ

Sin respuesta

Recursos humanos

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta

Documento Informe Anual de Anualidades 2017

Sin respuesta

Administración financiera

No identificado Sin respuesta

Documento Iniciativa de Decreto del Presupuesto de Egresos del Gobierno del estado de Yucatán para el ejercicio fiscal 2017

Sin respuesta

Sección Transparencia, Administración de la página oficial del TSJ

Sin respuesta

Infraestructura No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta

Sección Transparencia, Administración de la página oficial del TSJ

Sin respuesta

Gestión de programas y servicios

Sección Participación ciudadana y Educación Cívica de la página oficial del IEPAC

Sin respuesta

Sección Catálogo de programas de bienes y servicios públicos, 2017 de la página oficial de la FGE

Sin respuesta

Sección Transparencia, Administración de la página oficial del TSJ

Sin respuesta

Gestión de procesos

No identificado Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta

Sección Transparencia, Administración de la página oficial del TSJ

Sin respuesta

Vínculos entre organizaciones

Sección Vinculación de la página oficial del IEPAC

Sin respuestaNo identificado

Sin respuesta No identificado Sin respuesta

• No identificado: Es la información que no fue identificada en las páginas oficiales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada

Tabla 39. Elaboración dEl onc

Page 144: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4144

Otros documentos identificados por autoridad son:

Dependencia Tipo de documento Contenido

IEPACLey Ley General en Materia de Delitos

Electorales

Boletines El contenido varía según la coyun-tura electoral

FGE Yucatán

Directorio Lista de servidores públicos

Comunicación social El contenido varía según la coyun-tura electoral

TSJ Yucatán Comunicado El contenido varía según la coyun-tura electoral

Yucatán fue la única entidad en donde ninguna de las autoridades presentó sus respuestas ante las solicitudes emitidas a través del portal de transparencia, por lo que hay áreas en las que no se tuvo acceso a la información. Por ejemplo, en el IEPAC se desconoce cualquier tipo de política de contratación de personal; número y distribución de los funcionarios públicos; el financiamiento de la institución; sus objetivos y logros, así como el tipo de métricas que utilizan para definir sus metas y logros. La FGE y el TSJ están en una posición similar, en ambos casos quedaron lagunas en la información que no permitieron transparentar las funciones y los al-cances de ambas

Además, se identificó que, así como en otras entidades, la información en ma-teria de delitos electorales es escasa en sus páginas oficiales. La información está limitada a presentar boletines, comunicados y la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Tabla 40. Elaboración dEl onc

Page 145: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4145

Federal

Áreas

Instituto Nacional Electoral (INE)

Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales

(FEPADE)Consejo de la Judicatura Federal

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Accesibilidad a la

información

Relación de respuesta

obtenidas

Accesibilidad a la información

Relación de respuesta obtenidas

Liderazgo estratégico

Sección ¿Qué es el Instituto Nacional Electoral? de la página oficial del INE

El INE presentó El Manual de organización general del INE

No identificado

La FEPADE presento el Manual de Organización de la dependencia y de sus diferentes direcciones

Sección Misión y visión de la página oficial del Consejo de la Judicatura Federal

Sin respuesta

Estructura organizacional

Sección Estructura Instituto Nacional Electoral de la página oficial del INE

El INE presentó el organigrama, la estructura del personal por área y otros reglamentos que definen la estructura interna de esta autoridad, así como el Plan Estratégico del INE

No identificado

La solicitud fue respondida con los Manuales de la Organización, el organigrama y el número de empleados por área.

Sección Organización de la Consejo de la Judicatura Federal

Sin respuesta

Recursos humanos

Documento Manual de normas administrativas en materia de recursos humanos

El INE presentó el organigrama, la estructura del personal por área y otros reglamentos que definen la estructura interna de esta autoridad.

No identificado

La FEPADE presentó el organigrama y el número de empleados por área.

No identificado Sin respuesta

Administración financiera

Sección Ejercicio Presupuestal, Financiera y de Resultados de la página oficial del INE

La autoridad presentó el desglose del presupuesto anual y algunas otras referencias en la materia

No identificado

La dependencia presentó: El Diario Oficial de la Federación, la Elaboración del Programa Anual de Auditorias y otros documentos más.

Documento Estado de Situación Financiera

Sin respuesta

Infraestructura No identificado No hace referencia a los datos requeridos

No identificado

El procedimiento para la evaluación de instalaciones y activos está a cargo del Reglamento de Construcciones de la CDMX así como la ley orgánica de la PGR.

Documento Estado de Situación Financiera

Sin respuesta

Page 146: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4146

Gestión de programas y servicios

Sección Ejercicio Presupuestal, Financiera y de Resultados de la página oficial del INE

La respuesta señala que la gestión de programas está definida por el Plan Estratégico del INE 2016-2026. Los servicios que la institución ofrece se dan a conocer por radio, televisión, redes sociales y módulos de atención ciudadana.

No identificado

La FEPADE refiere a los Instrumentos Jurídicos de la sección Vinculación de su página oficial

Sección Capacitación Judicial y Capacitación Administrativa de la página oficial del Consejo de la Judicatura Federal

Sin respuesta

Gestión de procesos

Sección Ejercicio Presupuestal, Financiera y de Resultados de la página oficial del INE

La autoridad presentó algunos manuales cómo: el Manual de Administración inmobiliaria; el Manual de Normas Administrativas en Materia de Recursos Financieros; el Manual Manual de Procedimientos en Materia de Recursos Financieros, entre otros más. Además del Servicio Profesional Electoral Nacional del mismo la misma institución

No identificado

La dependencia estableció el Programa Anual de Evaluación de los Programas Federales y de los Fondos de Aportaciones Federales para el Ejercicio Fiscal 2018

No identificado Sin respuesta

Vínculos entre organizaciones

No identificado

La respuesta refiere a la sección de Convenios con autoridades electorales

Sección Prensa de la Procuraduría General de la República

No hace referencia a los datos requeridos

No identificado Sin respuesta

• No identificado: Es la información que no fue identificada en las páginas oficiales de la dependencia• Sin respuesta: la dependencia no emitió alguna respuesta a la solicitud requerida• No hace referencia a los datos requeridos: en la solicitud no se hace referencia a la información solicitada

Tabla 41. Elaboración dEl onc

Page 147: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4147

Otros documentos identificados por autoridad son:

Dependencia Tipo de documento Contenido

INE Plataforma multimedia

La página principal del INE refiere a la plataforma multimedia https://centralelectoral.ine.mx en el que, entre otras cosas, se presentan videos, entrevistas, folletos, audios etc. describiendo que son los delitos electorales y el papel de la FEPADE

Consejo de la Judicatura Federal Comunicados El contenido varía según la

coyuntura electoral

Uno de los mejores esfuerzos en materia de difusión para evitar y prevenir los delitos electorales en el país es la plataforma multimedia creada por INE. Su contenido contempla información gráfica que le permite al ciudadano conocer y entender cuáles son estos delitos, los posibles actores involucrados en el tema, el momento en que la población se ve inmersa en estas dinámicas y los resultados propiciados por esta misma autoridad.

De la capacidad a la respuesta institucional: claves de interpretaciónA partir de los elementos anteriores es posible contextualizar las capacidades insti-tucionales y responder a la pregunta, ¿cómo se transforman los recursos de las or-ganizaciones involucradas en los procesos electorales para que estas lleven a cabo sus objetivos? Este proceso de transformación deriva en la respuesta institucional, ya que se deben establecer sistemas confiables y efectivos que frenen los delitos y que impulsen la participación ciudadana, así como garantizar los derechos huma-nos y la seguridad en los procesos electorales. De igual forma, la respuesta institu-cional a nivel global debe asegurarse de que, ante la comisión de estos ilícitos, exis-ten sanciones suficientes que disuadan a las personas y que no saturen u ocasionen costos judiciales excesivos.

Es importante distinguir dos aspectos de la respuesta institucional. Por un lado, el aspecto factual se puede entender como el resultado directo de todas las accio-nes de las instituciones. Por ejemplo, la tasa de sentencias condenatorias, el efecto de los despliegues y pre despliegues en las jornadas electorales, la socialización de los ilícitos durante el blindaje electoral, entre otros. Por otro lado, la respuesta ins-titucional percibida se refiere a cómo los ciudadanos aprecian las acciones llevadas a cabo por los órganos garantes y cómo estas modifican aspectos intangibles de las instituciones públicas como la confianza que va configurando la cultura política.

Este segundo aspecto de la respuesta institucional tenderá a mostrar una evo-lución de largo plazo y a su vez, impactará a los múltiples actores políticos. Por

Tabla 42. Elaboración dEl onc

Page 148: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4148

ejemplo, si los ciudadanos no perciben que la respuesta institucional del INE o de la FEPADE o de los tribunales es adecuada en función de los delitos electora-les cometidos durante cierta jornada, entonces quien resulte electo, sea este un gobernador, un diputado o alcalde, asumirá el cargo con una percepción elevada de desconfianza que repercutirá en las labores iniciales de la autoridad electa. De esta forma, una respuesta institucional percibida como negativa se erige como un obstáculo para la legitimidad gubernamental.

Las creencias del electorado se pueden entender al analizar su nivel de ciuda-danía. En México, se cuenta con dos encuestas que evidencian el nivel de confianza de la ciudadanía hacia las autoridades públicas140. Al respecto, en 2012, la ENCUP141 arrojó un dato preocupante. A la pregunta “¿qué tanto cree usted que los gober-nantes mexicanos cumplen la ley?”, el 73% de los encuestados contestó que poco, seguido de nada con 17% y, por último, mucho con un 9%.

140 EstAs dos EnCuEstAs son El últIMo EJErCICIo dE lA EnCuEstA nACIonAl dE CAlIdAd E IMPACto gubErnAMEntAl (EnCIg) 2017, lEvAntAdA Por El InstItuto nACIonAl dE gEogrAFíA y EstAdístICA (InEgI), y lA 5º y últIMA EntrEgA dE lA EnCuEstA nACIonAl sobrE CulturA PolítICA y PráCtICAs CIudAdAnAs (EnCuP) 2012, rEAlIzAdA Por lA sE-CrEtAríA dE gobErnACIón.141 sEgob. (2012). enCuesta naCional de Cultura polítiCa y práCtiCas Ciudadanas. 1 dE Agosto dE 2018, dE sE-gob sItIo wEb: httP://www.EnCuP.gob.Mx/En/EnCuP/quIntA_EnCuP_2012

“Cuando el electorado cree que las elecciones fueron libres y justas, éstas pueden actuar como potentes catalizadores para mejorar la gobernabi-lidad e incrementar la seguridad y el desarrollo humano. Sin embargo, cuando las elecciones carecen de credibilidad, los ciudadanos no dispo-nen de recursos que permitan un cambio político pacífico. En tales casos, aumenta el riesgo de que surjan conflictos; la corrupción, la intimidación y el fraude proliferan de manera incontrolada; y el sistema político en su conjunto comienza a descomponerse lentamente desde su propio inte-rior.”

CoMIsIón globAl sobrE lAs ElECCIonEs, lA dEMoCrACIA y lA sEgurIdAd, dEEPEnIng dEMoCrACy: A strAtEgy For IMProvIng thE IntEgrIty oF ElECtIons worldwIdE, FundACIón koFI AnnAn, 2012, P. 3

EsquEma 13. Elaboración dEl onc

Page 149: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4149

La creencia en la ilegalidad de quienes ostentan el poder podría reflejar que para ocupar dichos cargos es necesario no cumplir con la ley, es decir, la activi-dad política puede o no ceñirse a las normas. Contextualizando esta respuesta de acuerdo con el objeto de estudio de este documento, esto podría sugerir cierta aquiescencia general hacia los delitos electorales. Esto impacta los niveles de de-nuncia o tasas de reporte, y en la erosión del valor del voto como instrumento de participación ciudadana.

Sobre el nivel de confianza en las instituciones recuperamos la evidencia de EN-CIG142, donde la respuesta situó a los gobiernos municipales en la posición 14º, los estatales en el 18º; y el federal en el 20º de instituciones que gozan de mucha o algo de confianza de la ciudadanía, de las 22 instituciones evaluadas en la ENCIG 2017. Además del nivel de confianza expresado hacia los Ejecutivos de los tres niveles de gobierno, en la Gráfica 1 se puede apreciar que las instituciones que conforman el Congreso de la Unión quedan en el penúltimo lugar de la confianza percibida y que los institutos electorales ocupan el lugar 13º en la percepción de confianza.

Por otro lado, la ENCUP 2012 demuestra que los ciudadanos consideran que los diputados toman en cuenta mayoritariamente los intereses de su partido a la hora de legislar (36.36% de los encuestados), seguido de sus propios intereses (el 30.69%), y al final toman en cuenta los intereses de la población (14.15%) y del presidente (13.62%).

142 InEgI. (2017). EnCuEstA nACIonAl dE CAlIdAd E IMPACto gubErnAMEntAl. 1 dE Agosto dE 2018, dE InEgI sItIo wEb: httP://www.bEtA.InEgI.org.Mx/ProyECtos/EnChogArEs/rEgulArEs/EnCIg/2017/

gráfica 25. porcEnTajE dE la población al cual lE inspira mucha o algo dE confianza cada uno dE los acTorEs. fuEnTE: Encig 2017, inEgi.

Nivel de percepción de confianza de la sociedad en instituciones o diferentes actores

87.3%

76.8%

74.5%

69.8%

68.9%

64.6%

62.2%

61.8%

52.7%

38.7%

38.7%

0.0% 10.0% 20.0% 30.0% 40.0% 50.0% 60.0% 70.0% 80.0% 90.0% 100.0%

Familiares

Universidades públicas

Escuelas públicas de nivel básico

Vecinos

Compañeros de trabajo

Hospitales públicos

Ejército y Marina

Instituciones religiosas

Comisiones de derechos humanos

Empresarios

Servidores públicos

38.7%

33.3%

33.3%

31.7%

30.2%

30.2%

29.3%

29.0%

25.5%

20.6%

17.8%

0.0% 5.0% 10.0% 15.0% 20.0% 25.0% 30.0% 35.0% 40.0% 45.0%

Medios de comunicación

Institutos electorales

Gobiernos municipales

Jueces y Magistrados

Sindicatos

Policías

Gobiernos estatales

Ministerio Público

Gobierno Federal

Cámara de Diputados y Senadores

Partidos Políticos

Page 150: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4150

Contextualizando esta respuesta de acuerdo con el objeto de estudio de este documento, estas opiniones podrían desvalorizar la participación ciudadana y fo-mentar la mercantilización del voto.

gráfica 26. disTribución pErcEnTil dE pErcEpción ciudadana hacia los inTErEsEs dEfEndidos En El podEr lEgislaTivo. fuEnTE: Encup 2012, sEgob.

Los resultados arrojados en ambas encuestas sirven como indicadores de la confianza que el ciudadano expresa hacia las autoridades e instituciones ejecuti-vas y legislativas de los tres órdenes de gobierno, dentro de los que las altas posi-ciones gubernamentales derivan del proceso electoral, por lo que estos resultados parecen indicar que en México, no se cumple con las características básicas de inte-gridad electoral. Lo anterior, dificulta el proceso de consolidación democrática del país y repercute en detrimento de la confianza ciudadana.

Los desafíos que enfrentan las instituciones públicas en materia de confianza ciudadana, sobre todo ante el reciente cambio de gobierno, deben ser contempla-dos y mitigados en la implementación de mecanismos que buscan promover las libertades político-electorales de la ciudadanía y proteger los derechos humanos, así como para asegurar un acceso efectivo al sistema de justicia penal; por lo que se entiende que el esfuerzo es un compromiso constante que va más allá del proceso electoral, y que si bien compete de primera instancia a las autoridades públicas, también involucra al ciudadano en su calidad de actor y beneficiario del mismo.

Instituciones como el INE, la FEPADE, el TEPJF, juzgados, tribunales y organi-zaciones de la sociedad civil, deben trabajar de forma conjunta para mejorar la respuesta institucional en el aspecto factual y perceptivo, así como promover la confianza ciudadana ante la incidencia de los delitos electorales, lo que redundará en una mayor capacidad de respuesta institucional.

36.36%

30.69%

14.15%

13.62%

En su opinión, al elaborar leyes, ¿qué es lo que más toman en cuenta los diputados?

0

0

0

0

0

0

0

0

0

0.3636

0.3069

0.1415

0.1362

En su opinión, al elaborar leyes, ¿qué es lo que más toman en cuenta los diputados?

Los intereses de sus partidos

Sus propios intereses

Los intereses de la población

Los intereses del Presidente

Todas

Ninguna

Page 151: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4151

Responsabilidad gubernamental: prevención, procuración e impartición de jus-ticia a nivel federalLa inhibición de los delitos electorales es un tema de responsabilidad guberna-mental permanente en el quehacer de la consolidación democrática. Centrar el análisis en las acciones y resultados de la autoridad permite valorar los obstáculos y las dificultades en la persecución y sanción del ilícito electoral; sobre todo, pre-tende informar a la ciudadanía de estas acciones en un ejercicio de transparencia, rendición de cuentas y promoción de la denuncia. La siguiente sección identifi-ca las prácticas, estrategias y los elementos técnicos usados por las instituciones encargadas de prevenir el delito electoral, de procurar e impartir justicia y de dar seguimiento y evaluación a estos ilícitos que coartan la realización del marco cons-titucional en materia de justicia penal electoral. La eficacia de las intervenciones, y el efecto consecuente de éstas en la percepción de confianza y en la calidad demo-crática electoral, son parámetros de respuesta institucional que pueden abonar en confianza y certeza a las disposiciones electorales.

Prevención de los delitos electoralesPara efectos del análisis, la prevención del delito es el primer eje clave de la res-puesta institucional ya que supone la intervención del aparato gubernamental an-tes de que se infrinja la ley o se vulneren los derechos y las libertades tutelados por la misma. Desde la creación de la FEPADE en 1994, la función de inhibir los delitos electorales se centraliza en los órganos garantes de la Federación, siendo dos insti-tuciones las principales promotoras: el INE y la FEPADE.

La prevención del delito es el conjunto de iniciativas privadas y de política pú-blica, fuera de la persecución del delito, que busca disminuir las amenazas, riesgo y probabilidad de que el delito ocurra, identificando y eliminando causas, factores y condiciones que provocan el ilícito, esto es, haciendo un diagnóstico de la situación y actuando en concordancia a los hallazgos para reducir el daño ocasionado143. En este sentido, se identifican dos estrategias para prevenir los delitos electorales: el blindaje electoral y el pre-despliegue ministerial. En estas dos estrategias se con-cretan una diversidad de acciones que serán abordadas en los siguientes aparta-dos.

a. Blindaje electoralEl blindaje electoral es la inhibición de las conductas constitutivas de delito elec-toral por parte del servicio público. La importancia del blindaje electoral radica en la práctica del servicio público de los principios que le rigen como lo son la im-

143 JAn J.M. vAn dJIk, JAAP dE wAArd. (sEPtIEMbrE 1991). A two-dIMEnsIonAl tyPology oF CrIME PrEvEntIon Pro-JECts; wIth A bIblIogrAPhy. En CrIMInAl JustICE AbstrACts(21). nEthErlAnds: tyPology oF CrIME PrEvEntIon Pro-JECts y MéxICo EvAlúA. (2015). ¿qué Es lA PrEvEnCIón dEl dElIto y lA vIolEnCIA?. 1 dE Agosto dE 2018, dE MéxICo EvAlúA sItIo wEb: httP://MExICoEvAluA.org/PrEvEnCIon/ConoCE-El-ProyECto/quE-Es-lA-PrEvEnCIon-dEl-dElIto-y-lA-vIolEnCIA/

Page 152: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4152

parcialidad, profesionalismo, legalidad, objetividad, responsabilidad y eficiencia, durante los comicios electorales; sobre todo, ya que la renovación y ejercicio de los altos cargos del poder público son resultado de la celebración de los mismos. Por lo que la capacitación y sensibilización sobre qué son los delitos electorales, cuáles son las autoridades encargadas de atenderlos, investigarlos y sancionarlos es fun-damental.

Debido a la magnitud y relevancia del proceso electoral 2018, por primera vez se llevó a cabo en el país una Estrategia Nacional de Blindaje Electoral (ENBE) que abarcó y coordinó los tres órdenes de gobierno de la Administración Pública para prevenir el delito electoral de manera conjunta. La FEPADE fue la instancia encar-gada de diseñar e implementar este programa cuyo objetivo era, dar a conocer a los servidores públicos sus derechos y obligaciones relacionados con el proceso electoral e inhibir la comisión de delitos electorales.

EsquEma 14. Elaboración dEl onc

La Estrategia Nacional de Blindaje Electoral se desarrolló en tres líneas de ac-ción preventivas:

• Difusión de delitos electorales. Implicó la socialización en dependencias gubernamentales de los lineamientos básicos en la materia, a través de

Page 153: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4153

materiales impresos (Cartilla Blindaje Electoral144, Guía de Servidores Públicos para el Blindaje Electoral145), en los talones de pago (de nómina), en papel ta-piz para computadoras y en correo electrónico.

• Compromiso por el Blindaje Electoral. Firma de una Carta Compromiso por los titulares de los Gobiernos Estatales, de las Secretarías de Estado de la Administración Pública Federal y en el marco de la Conferencia Nacio-nal de Municipios de México, donde manifiestan su voluntad de cumplir la normatividad electoral, aplicar cero tolerancia a quien infrinja la ley e implementar acciones preventivas para evitar que los recursos públicos y programas institucionales sean utilizados con fines políticos.

• Acciones de prevención de delitos electorales por parte del servicio público. Resguardo de inmuebles y vehículos de las dependencias públicas durante la jornada electoral para prevenir su uso con fines proselitistas.

De igual forma, en coordinación con la Secretaría de la Función Pública (SFP), en la Estrategia Nacional de Blindaje Electoral se incluyó como un capítulo de la Guía de Gobierno Abierto146 2018, siendo así instrumentada en 125 unidades adminis-trativas del gobierno federal.

La Estrategia Nacional de Blindaje Electoral es un esfuerzo sin precedentes en el país, ya que en los procesos electorales anteriores cada dependencia, entidad federativa y municipio definía sus propias acciones de blindaje electoral sin que existiera un registro homologado o indicadores que permitieran medir el compro-miso expresado por la autoridad. En este sentido, la información que se desprende del ejercicio permitió conocer la postura del servicio público ante los delitos elec-torales y le brinda certeza a la ciudadanía de su implementación.

Sin demeritar los esfuerzos que representan el diseño e implementación de la Estrategia Nacional de Blindaje Electoral, en la página electrónica de la FEPADE, en el apartado de Blindaje Electoral, se pueden encontrar datos interesantes147 respec-to a su alcance a nivel nacional.

• A nivel de entidad federativa, solo 26 titulares de los Gobiernos Estatales firmaron la Carta Compromiso, lo que representa 81.25% de los goberna-dores, mientras que el 18.75% no firmaron (6: Baja California, Campeche, Chihuahua, Oaxaca, Querétaro y San Luis Potosí).

144 FEPAdE. (2018). Cartilla de Blindaje eleCtoral. 1 dE Agosto dE 2018, dE Pgr sItIo wEb: httP://PgrstAstdgFE-PAdE020.blob.CorE.wIndows.nEt/FEPAdE/dIFusIon/CArtIllAblIndAJEElECtorAl.PdF145 FEPAdE. (2018). guía de delitos eleCtorales para servidores púBliCos. 1 dE Agosto dE 2018, dE Pgr sItIo wEb: httP://PgrstAstdgFEPAdE020.blob.CorE.wIndows.nEt/FEPAdE/dIFusIon/guIAdEsErvIdorEsPublICos.PdF146 sFP. (2018). guía de goBierno aBierto 2018. 1 dE Agosto dE 2018, dE sFP sItIo wEb: httPs://www.gob.Mx/CMs/uPloAds/AttAChMEnt/FIlE/320909/guI_A_gobIErno_AbIErto_2018.PdF147 FEPAdE. (2018). Blindaje eleCtoral. 1 dE Agosto dE 2018, dE FEPAdE sItIo wEb: httP://www.FEPAdE.gob.Mx/Es/FEPAdE/blIndAJE_ElECtorAl

Page 154: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4154

» En el Comunicado 679148 la FEPADE reporta la firma de 32 cartas com-promiso con las distintas entidades del país, aunque sólo muestran 26 en la página electrónica.

• De las Secretarías de Estado de la Administración Pública Federal (APF), sólo los titulares de 9 dependencias firmaron la Carta Compromiso, repre-sentando 50% del total. Si se toma en cuenta el criterio de dependencias que conforma la APF desplegado por el Gobierno Federal en su página de internet149 falta la Carta Compromiso de los titulares de la PGR y de la Con-sejería Jurídica del Ejecutivo Federal, reduciendo el porcentaje de firma a 45%.

• De las dependencias paraestatales de la APF, 7 titulares firmaron: Aero-puertos y Servicios Auxiliares, Comisión Federal de Electricidad, Comisión Nacional de Agua, Caminos y Puentes Federales, Instituto Mexicano del Seguro Social, Lotería Nacional e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Tomando en cuenta que en la página ofi-cial de gobierno se presentan 299 Entidades de la Administración Pública Federal y empresas productivas del Estado, esto representa tan sólo 2.3%.

En la prevención del delito electoral, resalta el esfuerzo institucional de la Se-cretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU); dependencia donde se elaboró un Manual150 y se estableció un Comité Preventivo Central para aplicar y vigilar la Estrategia de Protección de Recursos en Época Electoral (EPREE) 2018 con el fin de garantizar que ningún recurso público o programa institucional será utilizado con fines distintos a los establecidos por la ley.

A partir de la difusión de los ilícitos, del compromiso expresado por los titulares y de las acciones tomadas, la estrategia del blindaje electoral procura inhibir deli-tos que ocurren antes de la jornada electoral como el condicionamiento de progra-mas de desarrollo social a cambio del voto. Al respecto, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales no establece que los programas sociales deban ser sus-pendidos durante el proceso electoral151. Sin embargo, para evitar el uso proselitista de los recursos públicos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial determinó que los beneficios de programas sociales no pueden ser entregados en eventos masivos, u otras modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral152.

148 FEPAdE. (21 dE JunIo dE 2018). CoMunICAdo 679/18, anunCia Fepade despliegue ministerial para el proCeso eleCtoral 2018. 1 dE Agosto dE 2018, dE FEPAdE sItIo wEb: httP://www.FEPAdE.gob.Mx/work/ModEls/FEPAdE/CoMunICAdos/CoMunICAdo679.PdF149 gob.Mx. (s/n). PodEr EJECutIvo. 1 dE Agosto dE 2018, dE gob.Mx sItIo wEb: httPs://www.gob.Mx/gobIEr-no150 sEdAtu. (2018). manual epree. 1 dE Agosto dE 2018, dE sEdAtu sItIo wEb: httPs://www.gob.Mx/CMs/uPloAds/AttAChMEnt/FIlE/285871/MAnuAl_EPrEE_2018.PdF151 íBidem.152 tEsIs lxxxvIII/2016. en íBidem.

Page 155: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4155

Destaca que 6 entidades federativas incluyen en su normatividad local tiempos específicos para la suspensión de programas asistenciales en los comicios electo-rales: Coahuila, Guerrero, Estado de México, Michoacán, Nuevo León y Tlaxcala153.

El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con-templa la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental desde el inicio de las campañas electorales hasta la conclusión de la jornada electoral. A su vez, la normatividad señala que se deberán resguardar los recursos públicos –como el parque vehicular, inmuebles y demás recursos- desde 48 horas antes de la jornada hasta el término de la misma.

Ante la complejidad y magnitud del proceso electoral 2018, la FEPADE reporta haber capacitado a 160 mil personas incluyendo a servidores públicos, a los bene-ficiarios de programas sociales y a miembros de la sociedad civil154. En este sentido, se publicaron tres folletos para facilitar la socialización de los delitos electorales, los dos primeros con un tiraje de 500 mil ejemplares, y el tercero de 40 mil, además de las versiones electrónicas:

1. Cartilla de Atención para Cuerpos Policiacos155: Contiene información básica para que el policía Primer Respondiente pueda atender a las víctimas y/o querellantes de delitos electorales y recabar los elementos de prueba para integrar la carpeta de investigación. Se les distribuyó a policías de los tres órdenes de gobierno.

2. Cartilla de Denuncia ante FEPADE156: Contiene el procedimiento de denuncia ciudadana con información sobre canales de atención institucionales, los ilícitos más comunes, quiénes pueden cometer dichos ilícitos y las eviden-cias a adjuntar.

3. Cartilla del Ministerio Público: Cuenta con información sobre la gestión de la denuncia.

Asimismo, la FEPADE llevó a cabo cursos de socialización de los delitos electo-rales a través de las plataformas electrónicas y TIC’s con el apoyo del Instituto Na-cional de Ciencias Penales (INACIPE) y de Televisión Educativa. También se ofreció atención a los grupos en situación de vulnerabilidad, definidos como Grupos Prio-ritarios (personas adultas, indígenas, mujeres, beneficiarios de programas socia-les, jóvenes y personas con discapacidad), esfuerzos que resultaron en la creación de la campaña “#Diferente, no indiferente” para jóvenes universitarios y la publica-ción de una Guía Ciudadana en Braille157.

En cuanto al fenómeno de las llamadas telefónicas masivas sobre los candida-tos a la Presidencia, la FEPADE y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la

153 íBidem154 dE ACuErdo A lA EntrEvIstA Con sIlvIA Alonso FélIx (12/06/18), dIrECtorA gEnErAl dE PolítICA CrIMInAl y vIn-CulACIón En MAtErIA dE dElItos ElECtorAlEs dE lA FEPAdE, sE tEníA PrEvIstA lA CAPACItACIón dE 250 MIl PErsonAs En totAl AntEs dE lA JornAdA ElECtorAl. 155 FEPAdE. (2018). Cartilla para Cuerpos poliCiales. 1 dE Agosto dE 2018, dE Pgr sItIo wEb: httP://PgrstAstdg-FEPAdE020.blob.CorE.wIndows.nEt/FEPAdE/dIFusIon/CArtIllACuErPosPolICIAlEs1.PdF156 FEPAdE. (2018). proCedimiento de denunCia ante Fepade. 1 dE Agosto dE 2018, dE Pgr sItIo wEb: httP://PgrstAstdgFEPAdE020.blob.CorE.wIndows.nEt/FEPAdE/dIFusIon/ProCEdIMIEntodEnunCIAFEPAdE1.PdF157 FEPAdE. (2018). despliegue ministerial Fepade. 1 dE Agosto dE 2018, dE Pgr sItIo wEb: httP://PgrstAstdg-FEPAdE020.blob.CorE.wIndows.nEt/FEPAdE/dIFusIon/dEsPlIEguEMInIstErIAl2018.PdF

Page 156: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4156

Información y Protección de Datos Personales (INAI), suscribieron un acuerdo con el que conformaron un grupo interinstitucional para atender las denuncias y dar seguimiento a las investigaciones desde sus competencias, siendo del INAI el uso de datos personales con fines proselitistas. A su vez, la FEPADE recibe orientación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para conocer el origen de las lla-madas y señalar las responsabilidades jurídicas del caso158.

b. Pre-despliegue ministerialComo una estrategia novedosa159, el pre-despliegue ministerial es un ejercicio que se lleva a cabo previo a la jornada electoral, el cual se enmarca dentro de la preven-ción de delitos electorales por los cinco objetivos que abarca:

1. Realización de diligencias ministeriales atrasadas, continuar con procesos de investigación abiertos y consolidar ordenes de aprehensión.

2. Refinamiento de la coordinación y de los mecanismos de comunicación entre las distintas dependencias y entre órdenes de gobierno. Se precisa la cooperación entre autoridades para garantizar la plena seguridad en la jornada electoral.

3. Identificación de zonas sensibles de atención.4. Inhibición del delito electoral a partir de la presencia institucional que re-

salte su carácter de vigilante de la transparencia y la legalidad del proceso electoral.

5. Aumento de confianza ciudadana y socialización de los canales de denun-cia.

El pre-despliegue ministerial son simulaciones del ejercicio operativo de la jor-nada electoral con el propósito de realizar tareas acordes a estos cinco objetivos de prevención del delito. De acuerdo a la comunicación oficial de la FEPADE, en preparación para el proceso electoral 2018 se realizaron 19 ejercicios de pre-des-

158 FEPAdE. (18 dE JunIo dE 2018). CoMunICAdo 669/18, InAI y FEPAdE CoordInAn ACCIonEs. 1 dE Agosto dE 2018, dE FEPAdE sItIo wEb: httP://www.FEPAdE.gob.Mx/work/ModEls/FEPAdE/CoMunICAdos/CoMunICAdo669.PdF159 Es lA PrIMErA vEz quE El PrE-dEsPlIEguE MInIstErIAl Es MEnCIonAdo En los InForMEs dE lA FEPAdE (MArzo 2018), CoMo PArtE dEl ProgrAMA nACIonAl dE PrEvEnCIón dEl dElIto En MAtErIA ElECtorAl.

EsquEma 15. Elaboración dEl onc

Page 157: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4157

pliegue ministerial en el mismo número de entidades federativas que, aunque sus objetivos son de cobertura nacional, se focalizaron en los 9 estados con elección de gobernador y en otros diez estados que por sus características especiales son identificados como zonas sensibles de atención160. El pre-despliegue sirve como un diagnóstico de la situación contextual e institucional previa a la jornada electoral. Los criterios para ubicar las zonas sensibles de atención para el pre-despliegue mi-nisterial son:

1. Incidencia delictiva previa.2. Tipo de proceso que gestiona: si la elección es local, federal o concurrente.3. Contexto de inseguridad: situaciones políticas, vulnerabilidad que deriva

de la violencia y otros problemas sociales que pueden afectar el desarrollo de la jornada electoral.

4. Solicitud de los gobiernos de los estados.

Como parte del eje de prevención del delito, en cada pre-despliegue ministerial se llevan a cabo pruebas de simulación consistentes en la emisión de denuncias de hechos constitutivos de delitos electorales, que brindan información que permite refinar las competencias y la coordinación entre los tres órdenes de gobierno para dar respuesta institucional al ilícito.

El carácter preventivo de los pre-despliegues ministeriales radica, primero, en el efecto disuasivo que podría tener la presencia del personal operativo de la FE-PADE unos días antes de la jornada electoral. En segundo, a razón de preparar y reforzar en el ámbito de sus funciones a las diversas instituciones coadyuvantes y, en tercera, al informar a la ciudadanía sobre el ilícito electoral. En la medida en que los análisis prospectivos mejoren, esta clase de intervenciones podrían fomentar mejores resultados e impactar en la generación de confianza ciudadana.

Procuración de justicia El segundo eje de la respuesta institucional es la procuración de justicia ante el delito electoral. Este eje comprende el periodo entre el conocimiento del hecho constitutivo de posible delito electoral, hasta la consignación de la carpeta de in-vestigación a la autoridad jurisdiccional; proceso que compete constitucionalmen-te a las instancias ministeriales.

A diferencia de la prevención del delito, la procuración de justicia implica la na-turaleza reactiva de las instituciones ante los delitos que no se pudieron inhibir. La reacción ministerial se desarrolla en dos sentidos: primero, frente a los ciudadanos víctimas o afectados del delito, segundo, ante la probable comisión del delito en sí. Por lo que la procuración de justicia es la acción encaminada a recibir denuncias y perseguir el delito electoral, siendo un proceso sensible que impacta la generación de confianza ciudadana en las instituciones garantes, al ser percibida como reflejo de eficiencia ministerial.

160 FEPAdE, CoMunICAdo 679/18, oP. CIt.

Page 158: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4158

Se identifican tres líneas de acción complementarias, aunque diferenciadas a efectos del análisis: la coordinación interinstitucional, el despliegue ministerial e investigación de delitos electorales.

a. Coordinación interinstitucionalPor la naturaleza del proceso electoral 2018 y con base en el artículo 24 de la Ley Ge-neral en Materia de Delitos Electorales, la coordinación interinstitucional es una obli-gación que recae principalmente en la FEPADE, al ser su función el establecimien-to de los mecanismos de colaboración y coordinación. La FEPADE debe diseñar la reacción gubernamental de procuración de justicia para 1) asegurar la cobertura nacional con el fin de recibir y atender las denuncias de la probable comisión de delito electoral, y 2) contemplar las competencias concurrentes entre la FEPADE y las Fiscalías locales y su distribución. Los insumos y la experiencia adquirida, re-sultado de los pre-despliegues ministeriales son aprovechados para identificar las zonas sensibles de atención y las fallas de coordinación en los mecanismos de co-municación contemplados.

En aras de cumplir estos dos elementos se traza un esquema interinstitucional de coordinación cuyo propósito es facilitar la asistencia ciudadana ante el delito electoral, esto es, la reacción ante la vulneración de los derechos político-electo-rales como son el sufragio libre y universal, o el desarrollo pacífico de la función político electoral. La confianza ciudadana en las instituciones garantes tiene que ver, de inicio, con la eficaz y expedita atención, por lo que la distribución de com-petencias entre el fuero común y el fuero federal no puede ser limitante de la res-puesta institucional.

Por lo mismo, en concordancia con la reforma electoral de 2014, el 6 de julio de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de Colaboración que celebran la Procuraduría General de la República, la FEPADE y las fiscalías y procuradu-rías estatales con el propósito de facilitar la atención de denuncias por la probable comisión de delitos electorales161. En virtud de este elemento jurídico vinculante mejor conocido como Acuerdo Interprocuradurías, los Ministerios Públicos locales pueden recibir noticias y denuncias de competencia federal y viceversa, canalizán-dolas posteriormente al fuero correspondiente bajo un criterio común de 72 horas. En caso de ser necesaria la realización de diligencias en razón de la inmediatez del caso, el Acuerdo prevé la acción ministerial antes de la canalización de la denun-cia que le da origen en el marco operativo de este esquema de coordinación, en

161 EstE ACuErdo dA Por tErMInAdo uno sIMIlAr susCrIto El 26 dE novIEMbrE dE 1999, sIEndo ACtuAlIzAdo dE ACuEr-do A lA rEForMA PolítICo-ElECtorAl dE 2014. doF. (6 dE JulIo dE 2015). ACuErdo dE ColAborACIón quE CElEbrAn Por unA PArtE lA ProCurAduríA gEnErAl dE lA rEPúblICA, lA FIsCAlíA EsPECIAlIzAdA PArA lA AtEnCIón dE dElItos ElECtorAlEs, y Por lA otrA lA ProCurAduríA gEnErAl dE JustICIA dEl dIstrIto FEdErAl y lAs ProCurAduríAs gEnErA-lEs dE JustICIA o lAs FIsCAlíAs gEnErAlEs dE los EstAdos, quE tIEnE Por obJEto FACIlItAr lA AtEnCIón dE lAs dEnunCIAs quE sE ForMulEn Por lA ProbAblE CoMIsIón dE dElItos ElECtorAlEs. 1 dE Agosto dE 2018, dE CongrEso dE lA unIón sItIo wEb: doF.gob.Mx/notA_to_doC.PhP?CodnotA=5399485

Page 159: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4159

concordancia a los procedimientos señalados en la ley y en pleno respeto a los derechos humanos. Para el proceso electoral 2018 se habilitó a su vez el servicio de emergencias, el número 911, para recibir los reportes ciudadanos sobre delitos electorales y canalizarlos a las instancias correspondientes162.

La coordinación interinstitucional amplía los canales de atención ciudadana y aumenta la capacidad instalada de la FEPADE y de las Fiscalías locales en persecu-ción del delito electoral. Esto, por lógica, tiene como resultado el crecimiento de la carga de trabajo de los MPs especializados en delito electoral, particularmente en la institución federal y, por lo tanto, de la cantidad de carpetas de investigación iniciadas por esta instancia. Sobre todo, ya que bajo el fundamento del artículo 21 de la LGMDE, la FEPADE puede atraer todos los casos que presenten conexidad con el fuero común.

En la Gráfica 27 se puede apreciar el comportamiento al alza de las carpetas de investigación iniciadas por delitos electorales, lo que podría significar un recrude-cimiento en las conductas constitutivas de este tipo de ilícito y/o el aumento de la confianza ciudadana en las instancias de procuración de justicia, reflejado en una mayor denuncia. En este sentido, la coordinación interinstitucional promueve la percepción de mayor y mejor vigilancia ministerial, al encontrarse intrínsecamen-

162 El FInAnCIEro. (1 dE JulIo dE 2018). 911 rECIbIrá dEnunCIAs dE dElItos ElECtorAlEs. 1 dE Agosto dE 2018, dE El FInAnCIEro sItIo wEb: httP://www.ElFInAnCIEro.CoM.Mx/ElECCIonEs-2018/911-rECIbIrA-dEnunCIAs-dE-dElI-tos-ElECtorAlEs

gráfica 27. carpETas dE invEsTigación y avEriguacionEs prEvias iniciadas, dEsdE 1994 al 31 dE julio dE 2017. fuEnTE: niETo y valdEz con basE En los daTos dE la fEpadE.

550

38 36

392 286 486

848

423 414

1155

614 477

1179 954

637

1359 1094

2631 2451

1800 1942

1597

3734

1537

0

500

1000

1500

2000

2500

3000

3500

4000

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Expedientes iniciados por presuntos delitos electorales del fuero federal

Page 160: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4160

te relacionada con la capacidad de las instituciones de atender y reaccionar a los delitos electorales.

b. Despliegue ministerialEl Acuerdo Interprocuradurías establece el esquema de coordinación interins-titucional que se desarrolla de forma permanente entre los Ministerios Públicos de la Federación y de las entidades federativas, propiciando el alcance nacional de la diligencia ministerial especializada y permitiendo la eficaz distribución de competencias en un esfuerzo conjunto encabezado por la FEPADE. Sin embargo, tanto ésta como otras estrategias abordadas en la prevención del delito, son di-rigidos con el objetivo último de prevenir los delitos durante la jornada electoral. El despliegue ministerial es la estrategia operativa que conjunta la esencia de los ejercicios previos, para reaccionar con la máxima capacidad ministerial durante la celebración de los comicios electorales. Es así que, para el proceso electoral 2018, del jueves 28 de junio al lunes 2 de julio 2018, se desplegó una fuerza operativa encargada de facilitar los sistemas de atención ciudadana, así como de inhibir el delito y reaccionar ante él con la presencia ministerial in situ. El despliegue mi-nisterial es la coordinación interinstitucional llevada a la práctica en el punto más álgido del proceso electoral.

Para el despliegue ministerial 2018, la FEPADE reporta que sostuvo 70 reunio-nes con instituciones de seguridad pública y justicia de los tres órdenes de gobier-no. A su vez, se aprovecharon los insumos de los 19 pre-despliegues ministeriales, y se llevaron a cabo tres simulacros de denuncia. Esto con el fin de contar con per-sonal capacitado y especializado para responder de forma eficaz y coordinada al despliegue ministerial y definir sus funciones. La FEPADE no solo capacitó al perso-nal encargado de la procuración de justicia en las agencias del Ministerio Público y las policías, sino también a 700 representantes de medios de comunicación en 16 estados163.

Aparte de los elementos que cada entidad federativa dispone para el ejercicio del despliegue ministerial164, la FEPADE actúa en una sola coordinación operativa con la Policía Federal y con el apoyo de la Procuraduría General de la República (PGR), específicamente con la Subprocuraduría de Control Regional de Procedi-mientos Penales y Amparo (SCRPPA), la subprocuraduría con mayor personal. En total, para el proceso electoral 2018 la FEPADE desplegó una fuerza operativa de 14, 644 elementos.

A través de comunicación oficial, la FEPADE reporta que estos elementos fueron movilizados con un coordinador por instancia federativa en las delegaciones de la PGR, aparte de tener presencia en 30 Consejos Electorales locales y en 32 federales.

163 FEPAdE, dEsPlIEguE MInIstErIAl 2018, oP. CIt.164 toMAndo En CuEntA quE son todos los MP dEl PAís En vIrtud dEl ACuErdo IntErProCurAduríAs, y lAs PolICíAs quE CAdA EstAdo AsIgnA PArA lA suPErvIsIón In sItu durAntE lA JornAdA ElECtorAl.

Page 161: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4161

Del personal de la Fiscalía Especializada, 150 operadores fueron dispuestos para atender las llamadas que ingresen a FEPADETEL, ya sean de denuncia de delito o para orientación electoral. A través del monitoreo de la jornada electoral, en par-ticular en las zonas sensibles de atención, la FEPADE canaliza a sus elementos en concordancia. Por ejemplo, varias noticias mencionaron que el mayor número de elementos para evitar incidencias se desplegaron en el Estado de México, Veracruz, Chiapas y Tabasco: siendo focos rojos por la inseguridad. Michoacán implementó un operativo de seguridad por la ola de asesinatos de candidatos a Alcaldías.

Tabla 43. Elaboración dEl onc con daTos dE la fEpadE

Elementos desplegados

Subsecretaría CRPPA 8 645

Peritos PGR 1 749

Analistas de información 400

Policías 3,500

FEPADE 350

Total 14 644

Agencias móviles de MP 93

Si bien el despliegue ministerial inhibe un tipo específico de delitos electorales, como aquellos que son susceptibles de cometerse específicamente durante la jor-nada electoral, no se debe dejar de lado la triple funcionalidad que representa para la prevención de otros. En primera, la presencia ministerial en las calles ayuda a promover la confianza ciudadana y así su denuncia, sobre todo teniendo en cuenta que la semana previa y la semana posterior a la jornada electoral es cuando existe mayor número de reportes ciudadanos, por lo que se puede asumir que el exitoso despliegue electoral repercute en la reducción de la cifra negra de este tipo de de-lito. En segunda, la información obtenida en el conjunto de acciones ministeriales que se llevan a cabo, permite refinar la investigación de los delitos electorales. Por último, este despliegue operativo permite identificar cómo se desarrolla la jornada electoral, lo que funge como información esencial para el INE y la FEPADE en sus labores de posterior detección e inhibición del delito. Cualquier estrategia de coor-dinación interinstitucional que pretenda la exitosa persecución del ilícito electoral debe involucrar en su diseño y aplicación a las instancias garantes de este proceso.

c. Investigación de delitos electoralesAl ser la procuración de justicia, la respuesta institucional que centralizan los Mi-nisterios Públicos y que comprende desde la recepción de la denuncia ciudadana hasta la consignación de las carpetas de investigación a la autoridad jurisdiccional, la investigación de delitos electorales es un elemento central que promueve la con-fianza ciudadana en la persecución de los mismos. La investigación es un proceso cuyo refinamiento ante la especificidad del delito electoral representa la exitosa acción de la autoridad pública para inhibir su comisión futura. La certeza de la san-ción y la percepción de eficacia de la autoridad pública comienzan entonces desde la correcta integración de la diligencia ministerial.

Page 162: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4162

En este sentido, el Acuerdo Interprocuradurías le confiere a la FEPADE la reali-zación de protocolos de actuación dentro de su ámbito de competencia. Se publicó un Manual de Diligencias Básicas para la Investigación de Delitos Electorales Federales, lo cual funge como una herramienta útil y un mecanismo homogéneo en la integra-ción de las carpetas iniciadas por estos delitos. Este Manual es una guía que con-tiene lineamientos para la observancia del registro apropiado del delito, la ratifi-cación o ampliación de la denuncia ciudadana, la cadena de custodia, la puesta a disposición de imputados, la obtención de pruebas periciales, y en el caso de estar involucrados menores, la intervención del agente de MP especializado en menores.

Para los supuestos contemplados en la ley, tanto en el Código Penal Federal (CPF) y la Ley General en Materia de Delitos Electorales (LGMDE), el Manual con-templa las diligencias generales y específicas que requiere la investigación de los delitos electorales, enunciando los documentos de prueba, las declaraciones inter-vinientes en la investigación, y otros requerimientos a instituciones para sostener la integración de la carpeta. En el siguiente esquema, se retoman algunas diligen-cias ministeriales básicas para la investigación de delitos electorales:

La exitosa investigación ministerial no puede tener como obstáculo en la dis-tribución de competencias entre fueros común o federal, la falta de información o el acaparamiento de la misma por la competencia de las instancias. Por lo que la cláusula novena del Acuerdo Interprocuradurías contempla el intercambio de información de los antecedentes de quienes figuren como imputados, y demás di-ligencias ministeriales que se hayan realizado, así como datos legislativos, criterios judiciales y otras materias relativas al delito. A su vez, la cláusula décima menciona que se remitirán los expedientes que se hayan formado, y de haber personas dete-nidas, objetos y/o valores, se pondrán a disposición con prontitud.

Page 163: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4163

Información relacionada con el padrón electoral.

Información y documentación relacionada con credenciales para votar con fotografía.

Información y documentación relacionada con listas nominales de electores.

Información a las comisiones de vigilancia (observador de casilla).

Información relacionada con candidatos, candidato independiente u observadores electorales y partidos políticos (representantes), así como representantes de candidatos independientes e integrantes de casillas.

Documentación y material electoral, entre otros.

Diligencias Ministeriales Básicas para la Investigación de Delitos Electorales:

EsquEma 16. Elaboración dEl onc con información dEl manual dE diligEncias básicas.

Por último, la cláusula décimo primera contempla el desahogo de datos en una base que contenga información relativa al delito electoral y a su incidencia, así como las consultas que se hagan entre los Ministerios Públicos, con miras a la “crea-ción del centro de intercambio de información nacional de los delitos electorales”, así como el desarrollo de un programa conjunto de información y de difusión.

Si bien, no es del conocimiento del ONC la existencia de esta base de informa-ción, la creación y uso de la misma podría desagregar los elementos de comisión de delitos electorales y otras características pertinentes para su persecución de forma más detallada que lo que requiere el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), con el fin de una mejor investigación ministerial, generación de inteligencia e integración –y sostenimiento- de las carpetas.

Asimismo, en sentido de optimización y mejora constante de los mecanismos de coordinación, se llevó a cabo la firma del Convenio de Colaboración que cele-braron la Procuraduría General de la República, la Procuraduría General de Justicia Militar y las Procuradurías y Fiscalías Generales de Justicia de las entidades fede-rativas publicado el 23 de noviembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación.

La procuración de justicia es comprendida como el proceso donde mayor infor-mación se obtiene sobre los delitos electorales, siendo insumo fundamental para la investigación, así como para la eficaz impartición de justicia.

Page 164: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4164

Peritaje especializado en delito electoralEn la investigación ministerial de los hechos constitutivos de un posible delito intervienen tres figuras conocidas como la tríada investigadora: los Agentes del Ministerio Público, la Policía Investigadora y los Servicios Periciales. Mientras que los primeros tienen la función de dirigir y coordi-nar la investigación, y los segundos la obligación de ejecutar las acciones investigadoras, es en la relevancia de los terceros que se pone énfasis en esta sección.

La relevancia del peritaje emana desde una premisa sencilla. Las prue-bas recabadas, cuya admisibilidad conforma la carpeta de investigación, serán sostenibles ante la autoridad jurisdiccional cuando su obtención se dé en el marco del derecho. Una vez admitidas las cargas probatorias, estas serán juzgadas de acuerdo con su relevancia en la teoría del caso, lo que repercute en la comprobación de la existencia de un hecho delictivo y en la probable responsabilidad del imputado, esto es, en la procuración e impartición de justicia. En este sentido, se le conoce como peritaje a la parte técnica y profesional de sostener las pruebas de acuerdo a su grado de fiabilidad y objetividad científica.

En materia de los delitos electorales, la complejidad y especialización que les caracterizan se replican en el peritaje necesario para probar la cir-cunstancia del ilícito, con los que se determinan los detalles de tiempo, modo, lugar, ocasión y calidad específica del imputado –que la LGMDE distingue por tipo de actor: ciudadano, funcionario público, funcionario electoral, ministro de culto, notario.

La carga probatoria de los indicios se define hasta ser desahogada frente al juez. Entre las acciones de peritaje especializado en delitos elec-torales resaltan la inspección ocular con secuencia fotográfica, dactilos-copia, medicina forense, psicología forense, caligrafía forense, estenogra-fía forense e informática forense. Es de reconocer la labor de la FEPADE en la elaboración y réplica de un Manual de Diligencias Básicas para la Inves-tigación de Delitos Electorales Federales, y en este sentido, la Guía Práctica de Actuación en Materia de Delitos Electorales para Fiscales, Peritos y Poli-cías, Adscritos a la FGE para el Proceso Electoral 2017-2018, por la Fiscalía General del Estado de Veracruz.

Por otro lado, la sofisticación del delito electoral se refiere a la evolu-ción de los hechos delictivos electorales como pueden ser el fraude ci-bernético de usurpación de identidad, la transmisión ilícita del padrón electoral, la expedición de actas de nacimiento extemporáneas para que migrantes centroamericanos obtuvieran credencial para votar, entre otros. Los tipos penales enmarcan las acciones a realizar, por lo que la ac-tualización de los supuestos es necesaria para la efectiva persecución del

Page 165: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4165

delito electoral. Un vistazo a los supuestos que concentran la mayor can-tidad de carpetas de investigación iniciadas del fuero federal entre 2015 y 2017 brinda un panorama de la complejidad pericial.

Ranking Artículo y fracción LGMDE Proporción (%)

1

7 Fracción VIISolicite votos por paga, promesa de dinero u otra

contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político

o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.

28.4

2

13 Fracción IPor cualquier medio altere o participe en la alteración del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores o participe en la expedición ilícita de una o

más credenciales para votar con fotografía.A quien por sí o a través de terceros solicite, promueva, traslade, subsidie, gestione, contrate servicios o bienes

para que una o más personas proporcionen documentos o información falsa al Registro Federal de Electores,

Padrón Electoral o Listado de Electores.

23.3

3

11 Fracción IICondicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias,

autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandidato,

candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no

votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición.

7.9

Tabla 44. Elaboración dEl onc con daTos dE la fEpadE

El sostenimiento de las pruebas que impacta en la vinculación a pro-ceso penal, responde a los estándares de calidad y legalidad establecidos en el sistema de justicia penal acusatorio. Siendo el Ministerio Público la figura encargada de asegurar los elementos probatorios y de registrar las diligencias ministeriales en una cadena de custodia, esto es, de la lega-lidad de la investigación, los peritos conforman la parte sustantiva de la prueba: su labor determina la calidad de la misma. La oralidad del SJPA conlleva la simplificación de la imputación, dándole mayor peso a la lega-

Page 166: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4166

lidad en la obtención de las pruebas y su rigurosidad científica para probar el hecho penal.

La profesionalización de los servicios periciales necesita ir acompaña-do de la coordinación con los institutos electorales para la eficaz persecu-ción del delito. Tampoco se debe perder de vista la necesaria adaptación del peritaje y de las diligencias ministeriales en general, a tenor de la so-fisticación de los delitos electorales. La ley, al ser la base de la diligencia ministerial, debe promover la adecuación de los tipos penales al contexto mexicano, sobre todo en la modernización de los supuestos tecnológicos involucrados en el delito electoral. En este sentido, al ser los delitos elec-torales el detrimento del libre desarrollo del proceso electoral y la demo-cracia mexicana, el peritaje debe ser adecuado y sus insumos facilitados mediante la coordinación interinstitucional y la especialización jurisdic-cional.

Impartición de justicia en delitos electoralesEsta sección abarca la acción judicial que tiene como objetivo la impartición de la misma –esto es, la asignación de responsabilidades penales y la sanción del hecho constitutivo de delito electoral-, tercer eje clave de la responsabilidad guberna-mental y parte última del proceso de sistema de justicia penal. Al ser momento final de un proceso continuo, la impartición de justicia se encuentra directamente relacionada con los dos ejes de responsabilidad gubernamental abordados pre-viamente.

En primer lugar, la impartición de justicia se relaciona con la prevención del de-lito ya que la certeza de la sanción –el propósito último de los tribunales penales-, determina el grado de certidumbre jurídica y eficacia en el que el ciudadano verá el actuar de la autoridad pública en su conjunto, lo que impactará en la confianza y eficiencia percibida por parte de la ciudadanía y, por lo tanto, quien busque incurrir en una de las conductas tipificadas como delito electoral, determinará la posibili-dad de delinquir basado en la probabilidad de ser perseguido eficazmente por la autoridad ministerial.

En segundo lugar, la impartición de justicia es el resultado final de la persecu-ción eficaz del ilícito dentro de los criterios de legalidad, por lo que la investigación ministerial debe estar apegada a los elementos técnicos de calidad en las cargas probatorias y normativos en el debido proceso y el respeto a los derechos humanos de la víctima, imputado y demás involucrados, con el propósito de probar el hecho constitutivo de delito y sancionarlo de acuerdo a lo previsto en la ley.

La acreditación del hecho repercute en la responsabilidad penal del imputa-do –con su correspondiente sanción pecuniaria y/o privativa de la libertad- o en la exoneración de la misma, por lo que la procuración de justicia afecta la impartición de justicia en cuanto a la sostenibilidad de la diligencia ministerial y la capacidad comunicativa del Ministerio Público ante la autoridad judicial, sobre todo en el sis-tema de justicia penal de corte acusatorio –oral-.

En materia de delitos electorales, el alto grado de complejidad en su persecu-ción y de especialización en los supuestos a probar, no queda aislado en los Minis-

Page 167: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4167

terios Públicos, sino que forzosamente deben involucrar a los jueces. La compleji-dad y especialización de los delitos electorales son evidentes al ser supuestos de estricta aplicación.

Por ejemplo, en el caso de la inducción expresa de votar a favor o en contra de un candidato o partido político por parte de un ministro de culto, es un tipo penal cuando este se lleva a cabo en el lugar de su ministerio, por lo que el lugar de ocu-rrencia es un supuesto específico a demostrar para formar el tipo penal165. O en caso del transporte de ciudadanos a las casillas mediante presión para inducir en el voto, es delito electoral, sin embargo, se tiene que probar dicha presión o coacción del voto con el fin de sancionar el tipo penal. A decir de Héctor Marcos Díaz San-tana, titular de la FEPADE, “buena parte de los delitos electorales trazan una línea sutil entre lo penado y lo permitido”166.

Los grados intrínsecos de dificultad que suponen los delitos electorales afec-tan en la impartición de justicia en dos sentidos. Primero, el Poder Judicial parece encontrarse confundido en materia penal electoral. Los Tribunales electorales son los encargados de velar por la legalidad del proceso electoral y resolver las contro-versias que resulten del mismo, mientras que los juzgados y tribunales penales son los encargados de probar el ilícito y asignar responsabilidades penales. La confu-sión entre competencias electorales y penales se puede percibir en las respuestas a solicitud de información que realizó el ONC en razón del proyecto donde algunos órganos jurisdiccionales refirieron que los delitos electorales167 no era de su com-petencia.

Asimismo, existen casos como el de un juez de distrito en Quintana Roo que consideró que la conducta atribuida al indiciado consiste en que aportó datos fal-sos al reportar su cambio de domicilio al INE, con lo que participó en la alteración al RFE, argumentó que no era ya competencia penal -negando con esto una orden de aprehensión para la FEPADE- ya que se vulneraba el principio de non bis in ídem –nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho-.

La FEPADE fiscalía interpuso recurso de apelación y logró revocar la negativa del juez, argumentando que se trata de dos normas de distinta naturaleza, sien-do una penal y otra administrativa, máxime que al gozar de autonomía ambas se

165 sAúl lóPEz norIEgA. (1 dE JunIo dE 2018). lA FEPAdE AntE lAs ElECCIonEs quE vIEnEn. 1 dE Agosto dE 2018, dE nExos sItIo wEb: httPs://www.nExos.CoM.Mx/?P=37754 166 ídem167 En El CAso dEl trIbunAl suPErIor dE JustICIA dE lA CdMx, MEnCIonA quE no sE EnCuEntrA En su lEy orgánICA FACultAd PArA IntErvEnIr En lA sAnCIón dE dElItos ElECtorAlEs. El tsJ dE guAnAJuAto MEnCIonA lA InExIstEnCIA dE un trIbunAl EsPECIAlIzAdo, PEro quE sí PuEdEn ConoCEr dE Estos dElItos En FuEro CoMún. En El CAso dE JAlIsCo, El tsJ turnó lA solICItud Al trIbunAl ElECtorAl Por sEr lA InstItuCIón quE PuEdE gEnErAr o ContAr Con InForMACIón sobrE dElItos ElECtorAlEs. En El CAso dE PuEblA, El tsJ MEnCIonA no hAbEr rEgIstrAdo InCIdEnCIA dE dElItos ElEC-torAlEs, PEro sugIErE rEMItIr lA solICItud Al trIbunAl ElECtorAl dEl EstAdo. El PodEr JudICIAl dE tAbAsCo tAMbIén rEsolvIó quE no Es dE su CoMPEtEnCIA y rEMItE Al trIbunAl ElECtorAl Por “no sEr hEChos ProPIos dE EstE PodEr”. En vErACruz, El PodEr JudICIAl tAMbIén rEMItE Al trIbunAl ElECtorAl Por sEr El órgAno EnCArgAdo dE lA MAtErIA ElECtorAl.

Page 168: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4168

pueden aplicar de manera conjunta sin que con ello se considere que se está vul-nerando el principio de non bis in idem en términos de la estricta observancia de la Constitución mexicana que establece la autonomía de los procesos de responsa-bilidad168. La confusión de los Tribunales de Justicia entre materias penal, electoral y administrativa debe ser subsanada en un esfuerzo de especialización judicial en materia de delitos electorales.

En segundo lugar, y enmarcando el campo de acción judicial desde la consig-nación de la carpeta de investigación por parte del Ministerio Público hasta la re-solución judicial de la mismas, la dificultad que permea la impartición de justicia en delitos electorales tiene que ver con las funciones judiciales tradicionales. Estas son, sobre todo, el control de la legalidad en la intervención ministerial –siendo el Poder Judicial el encargado de expedir órdenes de aprehensión y comparecencia-, de las cargas probatorias –la validez en la integración y sostenimiento de la carpe-ta de investigación y la cadena de custodia- y del debido proceso –el apego a los tiempos, derechos y procesos establecidos en la ley-. La acción judicial determina no sólo la vinculación a proceso de la imputación, sino también las medidas cau-telares que se involucran en la persecución del delito, como lo puede ser la prisión preventiva para continuar con la investigación ministerial y resolución judicial.

El Poder Judicial en el SJPA: El Juez de Control valorará las cargas probatorias desde la perspectiva de su legalidad y relevancia en el hecho delictivo, establecien-do los acuerdos probatorios de la acusación. En el SJPA, en esta etapa intermedia es posible desestimar pruebas que no cumplan con los requisitos previstos en la ley. En la etapa de juicio oral, el tribunal delibera la responsabilidad penal con la co-rrespondiente emisión del fallo y su posibilidad de apelación, para después canali-zar la sentencia –en dado caso, justa y en proporción al delito-, al Juez de Ejecución, con lo que termina la impartición de justicia fáctica o institucional.

168 sAntIAgo nIEto CAstIllo y sAndrA FAbIolA vAldEz MéndEz. (5 dE EnEro dE 2018). delitos eleCtorales: turismo eleCtoral. 1 dE Agosto dE 2018, dE El Mundo dEl AbogAdo sItIo wEb: httPs://ElMundodElAbogAdo.CoM/rEvIstA/PosICIonEs/ItEM/dElItos-ElECtorAlEs-turIsMo-ElECtorAl

EsquEma 17. EsquEma dE conTrol dE lEgalidad por parTE dEl podEr judicial. Elaboración dEl onc

Page 169: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4169

Aunque los datos que obtuvo el ONC en virtud de las solicitudes de información no explicitan acciones, estrategias o elementos técnicos focalizados en la persecu-ción judicial del delito electoral, vale mencionar que tampoco existe información pública que le brinde un panorama al ciudadano del actuar jurisdiccional en la ma-teria. La creación de confianza ciudadana y la percepción de eficacia de las autori-dades públicas se encuentran relacionadas con la efectiva persecución del delito hasta el punto de culminación del SJPA, con la sanción y ejecución de la misma. Una perspectiva ciudadana ingratamente orientada a resultados podría provocar que los índices de impunidad sobrepasen la eficacia percibida de la labor judicial y ministerial. La responsabilidad gubernamental en delitos electorales debe verse reflejada en la impartición de justicia especializada y capaz.

Page 170: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4170

Anexo 1.Solicitud de información para Órganos de procuración de Justicia Electoral (FEPA-DE y Fiscalías especializadas estatales)

En el marco del proyecto “Incidencia y evolución de los delitos electorales, más allá de los partidos políticos” que se desarrolla con el Fondo de Apoyo para la Observa-ción Electoral 2017 -2018”, acudimos a solicitar la siguiente información:

1. Organización a. Organigrama detallado b. Estructura de personal por área: total de personal, por sección, por perfil.c. Manuales de organización d. Reglamentos o protocolos que normen los procesos de gestióne. Presupuesto f. Sistemas de Fiscalización g. Resultados de Fiscalización de ejercicios anteriores

2. Prevención del delito a. Programas y presupuesto implementados para la prevención de delitos

electorales b. Normatividad relacionada con prevención del delito c. Resultados de los programas de prevención de ejercicios anteriores

3. Atención Ciudadana a. Sistemas de atención ciudadanab. Estadísticas sobre atención ciudadana

4. Procuración de justicia a. Estadísticas básicas desglosadas por año de 2015,2016, 2017 y hasta marzo

2018. I. Número de carpetas iniciadas II. Número de carpetas concluidasIII. Sentencias (sentido de las mismas)

5. Cultura organizacional a. ¿Existe la posibilidad de que todos los empleados hagan sugerencias para

mejorar las organizaciones?b. La organización cuenta con una planificación estratégica que es conocida

por todos los servidores públicos c. ¿Cómo da a conocer la organización los servicios que ofrece? d. ¿Cuentan con mecanismos de evaluación del desempeño?e. ¿Cuentan con manuales que definan las responsabilidades de áreas e in-

dividuos?

Page 171: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4171

f. ¿Cuentan con una política de planeación de necesidades de recursos hu-manos?

g. Cuentan con: 1) Manual de descripción de puestos; 2) Manual recluta-miento y selección; 3) políticas sobre prevención de discriminación.

h. ¿Cuentan con políticas de capacitación y desarrollo?i. Cuentan con: 1) sistema de incentivos y recompensas; 2) Programa de Ac-

ciones de Mejora de cada área de la organizaciónj. ¿Cuentan con un sistema de seguridad y salud en el trabajo? ¿Cuentan con

política para prevenir y abordar situaciones de acoso? k. Describa el procedimiento de planeación presupuestal l. Describa procedimientos de control presupuestalm. Describa el sistema para el monitoreo de la información financiera n. Existe un procedimiento para determinar si la infraestructura (edificios,

servicios, equipos cómputo) es adecuada para respaldar el desempeño. Describirlo en su caso.

o. Las herramientas tecnológicas existentes son adecuadas para la presta-ción del servicio. De ser el caso, describa los principales sistemas de infor-mación utilizados.

p. Describa el procedimiento para planificar los programas y proyectos de la organización

q. Describa los mecanismos de supervisión para los programas y proyectos de la organización

r. Describa los mecanismos para identificación y solución de conflictos en los proyectos y programas estratégicos de la organización

s. Existe un protocolo a seguir sobre los parámetros para seleccionar entre cursos de acción alternativos. Las decisiones estratégicas se toman de for-ma individual o colegiada.

t. Describa los mecanismos de comunicación interna de la organización que aseguren que todos los miembros conozcan el progreso de los proyectos y programas.

u. Describa los procedimientos que se implementan para el monitoreo y evaluación de los proyectos. Existe un presupuesto asignado para este ru-bro.

v. La organización pertenece a una o a varias redes. Describa a cuáles y con qué propósito, en su caso.

Page 172: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4172

Solicitud de información para Órganos Electorales (INE y OPLES)En el marco del proyecto “Incidencia y evolución de los delitos electorales, más allá de los partidos políticos” que se desarrolla con el Fondo de Apoyo para la Observa-ción Electoral 2017 -2018”, acudimos a solicitar la siguiente información:

1. Organización a. Organigrama detallado b. Estructura de personal por área: total de personal, por sección, por perfil.c. Manuales de organización d. Reglamentos o protocolos que normen los procesos de gestióne. Presupuesto f. Sistemas de Fiscalización g. Resultados de Fiscalización de ejercicios anteriores

2. Atención ciudadanaa. Sistemas de atención ciudadanab. Estadísticas sobre atención ciudadana

3. Prevención del delito a. Programas y presupuesto implementados para la prevención de delitos

electorales b. Normatividad relacionada con prevención del delito c. Resultados de los programas de prevención de ejercicios anteriores

4. Procuración e impartición de justiciaa. ¿Cuál es el papel que desempeña el órgano electoral en materia de Procu-

ración e Impartición de Justicia? b. ¿Existen protocolos sobre el particular? c. ¿Cuentan con información estadística? De ser el caso, se solicita conocerla

5. Cultura organizacional a. ¿Existe la posibilidad de que todos los empleados hagan sugerencias para

mejorar las organizaciones?b. La organización cuenta con una planificación estratégica que es conocida

por todos los servidores públicos c. ¿Cómo da a conocer la organización los servicios que ofrece? d. ¿Cuentan con mecanismos de evaluación del desempeño?e. ¿Cuentan con manuales que definan las responsabilidades de áreas e in-

dividuos?f. ¿Cuentan con una política de planeación de necesidades de recursos hu-

manos? g. Cuentan con: 1) Manual de descripción de puestos; 2) Manual recluta-

miento y selección; 3) políticas sobre prevención de discriminación.

Page 173: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4173

h. ¿Cuentan con políticas de capacitación y desarrollo?i. Cuentan con: 1) sistema de incentivos y recompensas; 2) Programa de Ac-

ciones de Mejora de cada área de la organizaciónj. ¿Cuentan con un sistema de seguridad y salud en el trabajo? ¿Cuentan con

política para prevenir y abordar situaciones de acoso? k. Describa el procedimiento de planeación presupuestal l. Describa procedimientos de control presupuestalm. Describa el sistema para el monitoreo de la información financiera n. Existe un procedimiento para determinar si la infraestructura (edificios,

servicios, equipos cómputo) es adecuada para respaldar el desempeño. Describirlo en su caso.

o. Las herramientas tecnológicas existentes son adecuadas para la presta-ción del servicio. De ser el caso, describa los principales sistemas de infor-mación utilizados.

p. Describa el procedimiento para planificar los programas y proyectos de la organización

q. Describa los mecanismos de supervisión para los programas y proyectos de la organización

r. Describa los mecanismos para identificación y solución de conflictos en los proyectos y programas estratégicos de la organización

s. Existe un protocolo a seguir sobre los parámetros para seleccionar entre cursos de acción alternativos. Las decisiones estratégicas se toman de for-ma individual o colegiada.

t. Describa los mecanismos de comunicación interna de la organización que aseguren que todos los miembros conozcan el progreso de los proyectos y programas.

u. Describa los procedimientos que se implementan para el monitoreo y evaluación de los proyectos. Existe un presupuesto asignado para este ru-bro.

v. La organización pertenece a una o a varias redes. Describa a cuáles y con qué propósito, en su caso.

Solicitud de información para Poder Judicial Federal y Locales En el marco del proyecto “Incidencia y evolución de los delitos electorales, más allá de los partidos políticos” que se desarrolla con el Fondo de Apoyo para la Observa-ción Electoral 2017 -2018”, acudimos a solicitar la siguiente información:

1. ¿Existen tribunales especializados para conocer y resolver delitos electorales? De ser el caso detallar:a. Organigrama detallado b. Estructura de personal por área: total de personal, por sección, por perfil.c. Manuales de organización d. Reglamentos o protocolos que normen los procesos de gestión

Page 174: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4174

e. Presupuesto f. Sistemas de Fiscalización g. Resultados de Fiscalización de ejercicios anteriores

2. Prevención del delito a. Programas y presupuesto implementados para la prevención de delitos

electorales b. Normatividad relacionada con prevención del delito electoralc. Resultados de los programas de prevención de ejercicios anteriores

3. Atención Ciudadanaa. Sistemas de atención ciudadanab. Estadísticas sobre atención ciudadana

4. Impartición de justicia – delitos electorales

a. Estadísticas básicas desglosadas por año de 2015,2016, 2017 y hasta marzo 2018. I. Número de procesos iniciados II. Número de carpetas concluidasIII. Número de sentencias (sentido de las mismas)

5. Cultura organizacional a. ¿Existe la posibilidad de que todos los empleados hagan sugerencias para

mejorar las organizaciones?b. La organización cuenta con una planificación estratégica que es conocida

por todos los servidores públicos c. ¿Cómo da a conocer la organización los servicios que ofrece? d. ¿Cuentan con mecanismos de evaluación del desempeño?e. ¿Cuentan con manuales que definan las responsabilidades de áreas e in-

dividuos?f. ¿Cuentan con una política de planeación de necesidades de recursos hu-

manos? g. ¿Cuentan con: 1) Manual de descripción de puestos; 2) Manual recluta-

miento y selección; 3) políticas sobre prevención de discriminación.h. ¿Cuentan con políticas de capacitación y desarrollo?i. ¿Cuentan con: 1) sistema de incentivos y recompensas; 2) Programa de Ac-

ciones de Mejora de cada área de la organizaciónj. ¿Cuentan con un sistema de seguridad y salud en el trabajo? ¿Cuentan con

política para prevenir y abordar situaciones de acoso? k. Describa el procedimiento de planeación presupuestal l. Describa procedimientos de control presupuestalm. Describa el sistema para el monitoreo de la información financiera n. Existe un procedimiento para determinar si la infraestructura (edificios,

Page 175: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 4175

servicios, equipos cómputo) es adecuada para respaldar el desempeño. Describirlo en su caso.

o. Las herramientas tecnológicas existentes son adecuadas para la presta-ción del servicio. De ser el caso, describa los principales sistemas de infor-mación utilizados.

p. Describa el procedimiento para planificar los programas y proyectos de la organización

q. Describa los mecanismos de supervisión para los programas y proyectos de la organización

r. Describa los mecanismos para identificación y solución de conflictos en los proyectos y programas estratégicos de la organización

s. Existe un protocolo a seguir sobre los parámetros para seleccionar entre cursos de acción alternativos. Las decisiones estratégicas se toman de for-ma individual o colegiada.

t. Describa los mecanismos de comunicación interna de la organización que aseguren que todos los miembros conozcan el progreso de los proyectos y programas.

u. Describa los procedimientos que se implementan para el monitoreo y evaluación de los proyectos. Existe un presupuesto asignado para este ru-bro.

v. La organización pertenece a una o a varias redes. Describa a cuáles y con qué propósito, en su caso.

Page 176: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5176

Capítulo 5

¿Cuál es el estado de la violencia política y la violencia política por razón de género?

La violencia política es un término que en la segunda década del presente siglo ha empezado a aparecer en la agenda nacional. En términos simples este tipo de violencia se refiere a las agresiones que atentan en contra de los derechos políti-cos de los ciudadanos que participan en los procesos electorales. En nuestro país sin embargo, la violencia política contra las mujeres aún no está tipificada como delito, hecho que en el marco de las recientes elecciones representó un vacío legal importante para atender las denuncias de las víctimas que de alguna u otra forma vieron amenazado su derecho a participar en las decisiones de su comunidad.

Esta temática toma mayor relevancia en el contexto del proceso electoral desa-rrollado entre 2017 y 2018, en el cual se puso en marcha la reforma constitucional de 2014 que introdujo cambios significativos para que tanto en la Ley de Partidos Políticos como en la Ley General de Procedimientos Electorales el principio de pa-ridad se exigiera en los partidos políticos en las candidaturas a cargos legislativos federales y locales. El objetivo de dicha reforma es favorecer la igualdad sustantiva y el pleno ejercicio de los derechos de las mujeres. En términos prácticos, estos ajustes constitucionales trajeron consigo un aumento en el número de mujeres con un cargo popular.

Esto fue lo que motivó al Observatorio Nacional Ciudadano (ONC) a incluir en el presente estudio un capítulo que pusiera atención en el tema de la violencia polí-tica y la violencia política por razón de género. Por lo que en seguida se exponen los elementos necesarios –teóricos y descriptivos- para familiarizarnos con un tema que, pese a su importancia, aún presenta ausencias significativas que impiden ga-rantizar al cien por ciento la defensa a las víctimas de este tipo de actos violentos. El indicador de Violencia Política diseñado por la consultoría de riesgos Etellekt para monitorear los actos de esta naturaleza cometidos en el proceso electoral 2017-2018, concluye que se cometieron 774 agresiones contra políticos a nivel nacional, 185 de las cuales se ejercieron en contra de mujeres. Arrojando además un saldo mortal de 152 políticos asesinados, de los cuales 19 eran mujeres.

Ante este panorama resulta imprescindible incluir en la reflexión del reciente proceso electoral elementos que ayuden a la ciudadanía a entender de qué manera la violencia política aparece como un componente presente en la vida política de nuestro país. Sobre todo cuando se hace evidente que existe una relación directa-mente proporcional entre de dos variables: a mayor participación de las mujeres en los asuntos político electorales, mayor es el número de actos violentos que se ejercen contra ellas en el proceso electoral. Este capítulo pretende exponer cómo es que se va construyendo esta situación.

Page 177: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5177

El Observatorio de Participación Política de las Mujeres en México (OPPMM) reporta que tras la jornada electoral del 1 de julio de 2018 se logró en México el Pri-mer Congreso Paritario en México195. En su sitio web, consigna que de acuerdo con el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) del Proceso Electoral 2017-2018, la Cámara de Diputadas y Diputados se conformará por 49.2% de mu-jeres y 50.8% de hombres, mientras que en el Senado de la República habrá 50.8% de Senadoras y 49.2% de Senadores; en ambos casos considerando los principios de mayoría relativa y representación proporcional.

En cuanto a la representación indígena en diputaciones federales, la integra-ción de la próxima Cámara de Diputadas contará con la representación de cinco mujeres y ocho hombres indígenas, como resultado del Proceso Electoral 2017-2018, para el cual fueron emitidos los lineamientos de registro de candidaturas, mismos que consideraron trece distritos federales con mayor población indígena, en los cuales los partidos políticos tuvieron la obligación de postular a siete muje-res y seis hombres.

El OPPMM detalla que en los Congresos Locales se ha registrado que el 46.7% de curules por el principio de Mayoría Relativa, en los 27 estados que renovaron su congreso durante el pasado proceso electoral, serán ocupadas por mujeres. Final-mente, en los resultados del proceso electoral en el que se renovaron 1825 Ayunta-mientos de 26 entidades, también se identifica una mayor presencia de las mujeres que fungirán como Presidentas Municipales.

Derivado de la incipiente discusión del tema en México, es importante iniciar la revisión con una exposición de los elementos teóricos necesarios para entender qué es la violencia política. La primera parte de este capítulo proporciona los ele-mentos teóricos y legales que han construido dicho concepto.

En la siguiente sección, se expone el tema de la participación de las mujeres en la política nacional como preámbulo para entender qué significa la violencia políti-ca por razón de género, cuál es el sustento legal de este concepto y las instituciones encargadas de prevenir y atender la comisión de este tipo de actos violentos. Se exponen además cifras y casos de la violencia política en contra de las mujeres en procesos electorales anteriores.

Finalmente, se presentan los indicadores de la violencia política en el proceso electoral desarrollado entre septiembre de 2017 y julio de 2018. Al diferenciar este análisis por la variable del sexo de la víctima, se hace visible que la presencia de las mujeres en este proceso electoral las ubica como blanco de agresiones que atentan en contra de sus derechos políticos.

Para consolidar una democracia incluyente en México es fundamental incluir a todos los grupos de población que configuran nuestra nación, pero también es ne-cesario reflexionar los avances y ausencias institucionales que existen para atender dicho fenómeno.

195 Primer Congreso Paritario en méxiCo. ObservatOriO de ParticiPación POlítica de las Mujeres en MéxicO. 2018. sitio web: httP://observatorio.inmujeres.gob.mx/ProCeso-eleCtoral-2/eleCCiones-2018/resultados-eleCtora-les/

Page 178: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5178

La violencia política en México El recién concluido proceso electoral en México ha sido histórico en al menos tres aspectos: a) el número de personas que acudió a las urnas a emitir su voto, b) la inclusión de paridad de género en las candidaturas a cargos legislativos federales y locales y c) la violencia política presente durante las semanas en que se desarrolló el proceso.

En las elecciones del pasado 1 de julio los mexicanos definieron quién será el presidente de México en el periodo 2018-2024, además de que con su voto con-figuraron la composición del próximo Congreso. Además, en nueve estados se eligieron gobernadores; Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

De acuerdo con el Séptimo Informe de Violencia Política en México 2018196, en las 44 semanas del proceso electoral se reportaron 774 agresiones contra políticos, con un saldo fatal de 152 políticos asesinados. Como parecería lógico, un proceso elec-toral con un saldo violento de esta naturaleza, podría haber inhibido la participa-ción ciudadana en las urnas, sin embargo, las cifras, de primera instancia, indican que no fue así.

Cierto es que el análisis del proceso electoral apenas comienza, el resultado del voto expresado en las urnas ha dado un vuelco al sistema de partidos en México, mucho hay que indagar respecto a la actuación del electorado el pasado 1 de julio. Se debe reflexionar, por ejemplo, en relación a qué factores intervinieron en el logro de estos resultados, pero sobre todo, se deben buscar las razones de la presencia de la violencia política durante el periodo electoral, explicación que en definitiva debe presentar diferencias sustanciales en las variables dependientes de cada contexto particular donde sucedieron este tipo de agresiones. No es lo mismo el contexto político y electoral que se vive en Chiapas, en Puebla o en Jalisco. Los indicadores muestran, sin embargo, que las agresiones políticas se presentaron en las 32 enti-dades de la República y en 440 municipios del país.

El siguiente texto pretende abonar en el conocimiento y reflexión en torno al tema de la violencia política, la violencia política con razón de género y la partici-pación ciudadana. Estos temas toman relevancia dado que en nuestro país, más allá de las coyunturas electorales, la violencia ha permeado en el campo político de manera creciente. Además, la violencia política por razón de género se erige como un pendiente más de la reflexión multidisciplinaria en una etapa histórica donde la crisis de seguridad constituye uno de los grandes problemas de México, manifes-tándose en dos ámbitos específicos: la inseguridad que vive la población, afectada por el aumento de los delitos y la presencia explícita del organizaciones delictivas con poder de fuego e incentivos de inmiscuirse en el ámbito público.

En este contexto es importante puntualizar que frente al incremento en el nú-mero de delitos cometidos en contra la población, la violencia de género ha repun-tado. En lo que va de 2018, han ocurrido 509 feminicidios en México, según reporta

196 etellekt Consultores 2018.

Page 179: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5179

el Mapa de  Feminicidios Yo Te Nombro197, creado por María Salguero. Estos homicidios pueden ser directos (cometidos por razón de género) o indirectos (trata, crimen or-ganizado, incremento de armas). Más allá de la distinción en el tipo de feminicidio, lo que es un hecho es que la violencia contra las mujeres es una realidad creciente que no se debe soslayar.

Estos elementos al estar presentes en la vida nacional, han delineado contextos de vulnerabilidad que afectan las garantías individuales de los mexicanos. En el campo político, inhiben la participación en asuntos de la vida nacional. Particu-larmente en el caso de las mujeres, los contextos adversos son una limitante para involucrarse en la toma de decisiones en su casa, su colonia, su localidad o su país. Ante este panorama, el Observatorio Nacional Ciudadano pone atención en el seguimiento del tema de violencia política, especialmente la que se comete por razón de género, convencidos de que, mientras se avanza en materia jurídica, es fundamental que la ciudadanía esté informada en beneficio del ejercicio de sus derechos, y con ello, sumar a la democratización de nuestro sistema político.

Cabe tener en cuenta como uno de los primeros ejes de reflexión que el 63.45% del electorado salió a emitir su voto en las urnas198; es decir, 63 de cada 100 mexi-canos con credencial de elector eligieron a las fuerzas políticas que gobernaran el país en los próximos años. De acuerdo con los resultados recabados en cada Instituto Electoral de las 32 entidades federativas del país, Yucatán, la Ciudad de México, Tabasco y Campeche son los estados que registraron mayor participación ciudadana en las elecciones, al lograr que hasta un 75% de su electorado ejerciera su voto. Por el contrario, Sonora, Baja California Norte, Guanajuato y Nuevo León fueron las entidades con los porcentajes más bajos de afluencia en las urnas.

Cuando ponemos atención en el número de actos violentos que se perpetraron en el marco de este proceso electoral, es posible distinguir que en los estados de Puebla, Guerrero, y Oaxaca199 se presentaron el mayor número de agresiones, las cuales van desde amenazas o intimidaciones, hasta asaltos, agresiones físicas, se-cuestros e incluso asesinatos.

Datos del Primer Informe Violencia Política contra Mujeres en México 2018, realizado por la consultoría de riesgos Etellekt indican entre el 8 de septiembre de 2017 y el 12 de junio de 2018 se registraron 16 asesinatos de mujeres. De los homicidios dolosos registrados, 11 fueron ejecutados por comandos armados; tres mediante torturas, mientras que se registró un homicidio por un asesino solitario y otro a manos de un cónyuge.

197 salguero maría, (2016) YO te nOMbrO, MaPa de FeMinicidiOs. [en línea ], disPonible en: httPs://feminiCidiosmx.CrowdmaP.Com/ Consultado el 15 de junio de 2018. este maPa es realizado Por su Crea-dora Con base en el monitoreo en medios y Cifras ofiCiales, Por lo que se Considera un Conteo dinámiCo que Cambia Conforme avanza el tiemPo. 198 este PorCentaje de PartiCiPaCión aunque es relevante, no rebasa el reCord más alto en la historia de nuestro País, Cuando en 1994, 77% de mexiCanos sufragaron Para elegir a su Presidente.199 etellekt (2018) PriMer inFOrMe de viOlencia POlítica cOntra Mujeres 2018. MéxicO.

Page 180: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5180

¿Qué es la violencia?Para entender la lógica de la violencia que se da en el contexto electoral, es impor-tante puntualizar algunos conceptos. Como punto de arranque es pertinente es-tablecer que, como indica José Sanmartín200, existen términos como “agresividad” y “violencia” que suelen emplearse como sinónimos pero no lo son. La agresividad es una conducta innata que se despliega automáticamente ante determinados estímulos y que, asimismo, cesa ante la presencia de inhibidores muy específicos. Es biología pura. La violencia es agresividad alterada, principalmente, por diversos tipos de factores (en particular socioculturales) que le quitan el carácter indelibera-do y la vuelven una conducta intencional y dañina. Se puede decir entonces que la violencia es cualquier conducta intencional que causa o puede causar daño.

Existe una taxonomía robusta en torno a la violencia, la cual, sirve como eje para entender que son muchos los actores implicados. Una de las clasificaciones más citada es la que Krug E.G201, en conjunto con otros autores realizaron para la Organización Panamericana de la Salud (OMS). Esta clasificación pone atención en quién perpetra la violencia y contra quién la ejecuta, así la violencia puede ser autodirigida, interpersonal o colectiva.

• Violencia autodirigida: Cuando la víctima y el agresor coinciden (suicidio o au-tolesiones).

• Violencia interpersonal: La perpetra un individuo o grupo reducido de indivi-duos contra otra persona. Se divide a su vez en familiar y comunitaria.

• Familiar: Cuando ocurre entre individuos que guardan parentesco y que, a menudo, sucede en el hogar. Puede ser perpetrada o padecida por hijos, miembros de la pareja de padres o personas mayores.

• Comunitaria: Ocurre por lo general, fuera del hogar entre personas que no guardan parentesco y que pueden conocerse o no.

• Violencia colectiva: Es practicada por grupos grandes como el Estado, contin-gentes políticos organizados, tropas irregulares y organizaciones terroristas. Puede ser, su vez, social, política o económica, según sea la motivación que la presida.

• Social: Es la practicada por grupos grandes para favorecer intereses sociales sectoriales. Adopta diversas formas como son, actos delictivos de odio co-metidos por grupos organizados, acciones terroristas y violencia de masas.

• Política: Incluye la guerra y otros conflictos violentos similares, la violencia del Estado y actos similares llevados a cabo por grupos más grandes.

• Económica: Comprende ataques perpetrados por grupos más grandes mo-tivados por el afán de lucro.

200 sanmartín e, gutiérrez l, martínez j (Coordinadores) (2010) reFlexiOnes sObre la viOlencia. siglo veintiu-no editores. méxiCo.201 ibid.

Page 181: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5181

Esta clasificación, aunque no es exhaustiva, resulta un buen acercamiento para entender que la violencia es un fenómeno multicausal que involucra diferentes ac-tores. San martín propone involucrar otros criterios que permitirían una estructura más fina en la distinción de los tipos de violencia. Por ejemplo la modalidad, el tipo de daño causado, el tipo de víctima y el contexto o escenario en que ocurre la violencia. La propuesta extendida de Sanmartín de las tipologías de la violencia202 es un llamado a tomar en cuenta la relevancia de trascender la idea que, existe un solo tipo de violencia y que lo único que cambia son las circunstancias en que la violencia se expresa. La citamos aquí como referencia conceptual para abrir la discusión al respecto, sin embargo, lo que nos atañe ahora es poner atención en la violencia política, en especial la que ocurre en contra de las mujeres por razón de género en el más reciente proceso electoral desarrollado en México, cuyo período comprende desde septiembre de 2017 hasta julio del 2018, mes en que se realiza-ron comicios para elegir presidente de la República, nueve gobernadores, senado-res, diputados y alcaldes.

AntecedentesLuego del proceso electoral de 1988, en México se inicia una nueva era experimen-tada por el sistema político. Como es más que sabido, el contexto en esa época abrió camino para aquello que especialistas, políticos y politólogos han llamado el “proceso de democratización”203; el cual se ha entendido como el empoderamiento del pueblo a través de diferentes canales de intervención o participación política; el más vistoso y reconocido institucionalmente: el voto. Con el paso de los años son notorias las diferentes expresiones de participación política ejecutada por los ciu-dadanos; ya sea movimientos sociales, organismos no gubernamentales o movi-mientos religiosos, que han ido fortaleciendo la gobernabilidad204 en nuestro país. En este contexto surgen dos preguntas fundamentales para el desarrollo del pre-sente marco conceptual para monitorear la Violencia Política por Razón de Género, las cuales se desarrollan en el siguiente apartado; primero, ¿quién es un ciudadano? y después ¿qué se entiende por participación ciudadana o política?

202 josé sanmartín (2010) ProPone en su ClasifiCaCión de la violenCia Cuatro Criterios más que los que maneja la omC: a) de aCuerdo al tiPo de daño la violenCia Puede ser; físiCa, PsiCológiCa, sexual y eConómiCa, b) de aCuerdo al tiPo de víCtima la violenCia Puede ser Contra la mujer, Contra niños, Contra Personas mayores, C) de aCuerdo al esCenario o Contexto la violenCia se Puede vivir en el hogar, en la esCuela, en el lugar de trabajo, en la Cul-tura, en las Calles, en las Pantallas o en los medios de ComuniCaCión masiva, d) de aCuerdo al tiPo de agresor la violenCia Puede ser juvenil, terrorista, PsiCoPátiCa, o bien, ejerCida Por el Crimen organizado. 203 roberth dahl lo llamaría la “Poliarquía”, es deCir, a diferenCia de la demoCraCia Como Poder del Pueblo, el ConCePto de dahl, se Presenta más Como el Poder rePartido en diferentes gruPos que no neCesariamente Corres-Ponden al Pueblo Per se.204 antonio Camou Plantea una definiCión amPlia de gobernabilidad resCatando su CaráCter multidimensional y relaCional. así la gobernabilidad debe ser entendida Como “un estado de equilibrio dinámiCo entre el nivel de las demandas soCietales y la CaPaCidad del sistema PolítiCo (estado/gobierno) Para resPonderlas de manera legítima y efiCaz”.

Page 182: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5182

Por principio de cuentas es necesario hacer mención histórica de la transforma-ción del concepto de ciudadano; bajo esta premisa destaca que lo que hoy enten-demos por ciudadano no siempre ha sido entendido de esa forma. En siglos ante-riores al actual, el concepto de ciudadano estaba reservado para aquellas personas que en principio fueran consideradas como tales, es decir, los negros, las mujeres o los niños no estaban considerados como ciudadanos en toda la extensión de la palabra; en el caso de los negros y las mujeres no eran considerados en algunas culturas propiamente como seres humanos.

En la actualidad, al hablar de ciudadanos, nos referimos a personas que son poseedores de derechos inalienables por el sólo hecho de existir en tanto que for-man parte de una colectividad y tiene vida pública en “la polis”205. En ese sentido, el proceso democrático es el punto de referencia para considerar un nuevo concepto de ciudadano y la adhesión de nuevos derechos, entre ellos, los derechos políticos. Si bien es cierto que los derechos políticos varían cultural, nacional y legalmente, existen al menos en el caso mexicano, los siguientes:

• Derecho a votar en las elecciones populares.• Derecho a ser votado para todos los cargos de elección popular.• Derecho a publicar, atraerse y poseer información.• Derecho de asociarse individual y libremente para tomar parte de forma

pacífica en los asuntos políticos del país.• Derecho a ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio

público.• Derecho a expresarse.• Derecho a manifestarse.

¿Qué es la violencia política?La violencia es un factor contingente pero habitual de los conflictos sociales y polí-ticos, en toda época y lugar. Desde tiempos de Aristóteles y Maquiavelo, la violen-cia se situó en el centro de toda acción de gobierno como uno de los elementos im-prescindibles de las transformaciones del Estado. De acuerdo con Arno Mayer206, la violencia con finalidad intimidatoria aparece desde los inicios de la ciencia política como un factor eminentemente pragmático, ya que su éxito se mide por criterios de eficacia política que conlleva la marca de la virtù207, no por cualidades de orden ideológico o moral.

205 aristóteles define la Polis Como “Comunidad de Ciudadanos Con una ConstituCión”, ConCePto Para nada re-laCionado Con la idea de estado moderna (ContraPuesta a la soCiedad). el griego Centra su atenCión en los Ciudadanos, no en la soberanía del territorio Como haría el estado. 206 mayer arno j. (2002) les furies. viOlence, vengeance, terreur aux teMPs de la révOlutiOn Française et de la révOlutiOn russe, Paris, fayard.207 maquiavelo romPió Con la tradiCión moral al llevarse el ConCePto de «virtù» a la órbita de la «téCniCa» y la «utilidad»; ConCretamente, de la «utilidad PolítiCa». Para maquiavelo, la virtù es un Conjunto de Cualidades que le Permiten al Caudillo venCer los obstáCulos del Presente y (Pues la Previsión más que la PrudenCia es un ras-go del virtuoso) haCer frente a Cuantos troPiezos Pueda dePararle el futuro. la virtù está direCtamente asoCiada Con la voluntad y la inteligenCia, la aCCión y la destreza; es ConoCimiento y sagaCidad, Pero no PresunCión, y es arrojo y ComPetenCia, Pero no temeridad.

Page 183: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5183

Es común que al hacer alusión a la violencia política en los sistemas políticos democráticos o en vías de democratización, se piense principalmente en aquellas acciones que giran en torno a los partidos políticos o la participación de los ciu-dadanos. No obstante, el común denominador de este tipo de violencia es que se da dentro de determinadas relaciones de poder sustentadas en la existencia del Estado.

Eduardo González Calleja208 propone que la violencia política se puede definir como el uso consciente (aunque no siempre deliberado o premeditado), o la ame-naza del uso de la fuerza física por parte de individuos, entidades, grupos o parti-dos que buscan el control de los espacios de poder político, la manipulación de las decisiones en todas las instancias de gobierno y en última instancia, la conquista, la conservación o la reforma del Estado.

Mientras tanto Jaime Talancón señala que la violencia política es una manera de articular la relación que se da entre:

a) Gobernados y gobernantes. (rebelión, asonada, insurrección, revolución).b) Gobernantes y gobernados. (represión, persecución, tortura, dictadura). c) Gobernados y gobernados. (guerra civil).d) Gobernantes y gobernantes. (conflicto interno: golpe de Estado, magnicidio, asesinato político) y (conflicto externo: entre líderes o Jefes de Estado [guerra]).

En este sentido, la violencia política puede ser entendida: “como todas aquellas expresiones físicas, verbales o simbólicas ejercidas por personas, grupos o instituciones que tengan por objeto el detrimento o perjui-cio de cualquier persona209, grupo o institución que por razones de cualquier relación de poder político impliquen un obstáculo para el ejercicio de los plenos derechos políticos establecidos legal y legítimamente”210.

¿Cuáles son los incidentes o acontecimientos que se consideran como violencia política?Debido a que la violencia política es un medio utilizado como medida de coerción para lograr objetivos en un sistema político, es posible distinguir como incidentes o acontecimientos de violencia política a las agresiones deliberadas de una perso-na o un grupo de personas contra otro(s) que busquen incidir en cierta forma, en algún objetivo político, es decir, objetivos referentes al poder legislativo, ejecutivo o judicial.

208 Calleja gonzález eduardo (2010) “¿Por qué la PolítiCa es esCenario de violenCia?” en: Reflexiones sobRe la violencia. seCCión quinta. PP. 277- 300. siglo veintiuno editores. méxiCo.209 el autor no aPliCa aquí el ConCePto de Ciudadano, Para no exCluir Por ejemPlo a niños o jóvenes. 210 talanCón esCobedo, jaime (2008) viOlencia POlítica, texto de la ConferenCia diCtada el 21 de marzo del 2008 en las segundas jornadas soCio jurídiCas “violenCia: visión interdisCiPlinaria” en la faCultad de dere-Cho, unam.

Page 184: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5184

Una pista fundamental en esta consideración es que, quien califica un hecho como violencia política, son los actores sociales relacionados con el poder consti-tuido legítimamente. Un acto de violencia política se considera como tal porque es un delito cuyos fines son políticos y cuyos medios son violentos.

De acuerdo con Paul Wilkinson211 especialista en política y terrorismo, los acon-tecimientos de violencia política se dan en pequeña y en gran escala, y enumera algunos ejemplos (ver tabla 43).

En un campo de acción particular, la violencia política suscitada en el marco de los procesos electorales implica incidentes particulares. Aunque no existe una cla-sificación específica, estos actos de violencia tienen que ver con las agresiones que atentan en contra de derechos políticos de los ciudadanos, las autoridades y los candidatos o precandidatos a puestos de elección popular. En México, la FEPADE es la institución que procura justicia en materia penal-electoral del fuero federal. Di-cha instancia, en su marco normativo establece que los acontecimientos violentos en época de comicios tienen que ver con condiciones de competencia política. Es-tos incidentes pueden ser destrucciones o atentados físicos contra objetos, institu-ciones o personas cuyo propósito, selección de daños y víctimas, puesta en escena y efecto poseen una significación política y tienden a modificar el comportamiento de los protagonistas en una situación de negociación mediante una coerción con-sumada. De acuerdo con la FEPADE los incidentes más comunes tienen que ver con actos intimidatorios, golpes y amenazas, mismos que son denunciados princi-palmente por los mismos partidos políticos.

El seguimiento sistemático que llevan a cabo instancias como la FEPADE o como la consultora de riesgos Etellekt, permiten comprobar que las agresiones como intimidación, amenazas o golpes se ha sumado un número importante de

211 wilkinson, Paul (2004) “le terrorisme dans le sPeCtre de la violenCe Politique”, en les Cahiers du rmes, no. 1. juillet, 2004.

Actos de violecia política en gran escala Actos de violecia política en pequeña escala

Revueltas y violencia callejerasActos aislados de sabotaje o ataque a

propiedades

Rebelión armada o resistencia Intento aislado de asesinato

Revolución o contrarrevolución Guerra de clanes y vendettas

Terrorismo de estado o represión Terrorismo político

Guerra civil Guerrilla local o a pequeña escala

Guerra limitada Terrorismo transnacional e internacional

Guerra nuclearIncursiones, raids, razzias o algaras de tipo

guerrilla sobre estados extranjeros

Tabla 45: acTos de violencia políTica FuenTe: Wilkinson paul, 2004.

Page 185: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5185

asesinatos entre los actores políticos, situación que resulta un pista fundamental para delinear las zonas donde los derechos políticos de los ciudadanos y sus auto-ridades se encuentran en riesgo. En el reciente proceso electoral registraron alre-dedor de ochocientas agresiones a diferentes actores políticos. El 51% de los casos registrados a nivel nacional se concentraron en Guerrero y Oaxaca en la costa del pacífico; Puebla y Estado de México en el centro y Veracruz en la zona del Golfo de México. Si bien al principio del proceso electoral, se identificaron actos de violencia en 12 estados, este tipo de acciones se disgregaron geográficamente al registrarse casos en todos los estados del país durante junio.

Al analizar a detalle el monitoreo realizado por Etellekt es posible distinguir que los actos de violencia política se iban agudizando conforme se acercaba el tér-mino del proceso electoral. En el contexto de los recientes comicios, al menos 162 de las agresiones ocurrieron desde la antepenúltima semana de las campañas po-líticas. La última semana de campañas que transcurrió del 24 al 29 de junio, fue la más violenta del proceso electoral 2017-2018, pues en siete días se cometieron 58 agresiones de las 581 registradas. Por el tipo de víctima se distingue que el 69% de estas agresiones se dirigieron hasta entonces contra hombres, 25% contra mujeres y 6% contra grupos de militantes (ver gráfico 1). En lo que respecta a los 136 asesi-natos hasta antes del 1 de julio, 119 eran hombres y 17 mujeres.

Hombres, 69%

Mujeres, 25%

Grupos militantes, 6%

GráFica 28. elaborado por onc con daTos de eTellekT consulTores, 2018.

Violencia política por tipo de víctima

Page 186: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5186

¿Es la violencia política una novedad? ¿Qué factores lo explican?El proceso electoral 2017-2018 se caracterizó por diversos acontecimientos violentos como homicidios, secuestros y amenazas dirigidas directamente a candidatos a cargos de representación popular e integrantes de sus equi-pos de campaña e incluso familiares de estos. En los medios de comunica-ción, este tema estuvo presente cada vez que un hecho de este tipo ocurría.

Una mirada poco cuidadosa indicaría que esto es una novedad del siste-ma democrático electoral, pero lo cierto es que casos de violencia política están documentados desde los incipientes comienzos de la democracia en México en 1988.

Sin embargo, sería equivocado equiparar la violencia política del perio-do inicial con la que se observa hoy en día por al menos dos razones:

• Cambio del entorno competitivo y la geografía electoral• Profundización de la participación de organizaciones criminales en

instituciones del gobierno

De acuerdo con Schatz* 57% de los asesinatos políticos ocurridos entre 1988 y 1994 estuvieron directamente vinculados con el partido en turno (PRI) en contra de candidatos o integrantes del PRD. La autora concluye que los asesinatos políticos de esta época son acciones racionales y dirigi-das, pero no obedecen a una lógica de vacío institucional. Aduce que los asesinatos son estrategias calculadas que tienen el objetivo de eliminar a posibles contrincantes causados por la interacción de factores políticos, le-gales y del sistema de justicia criminal.

Además, sugiere que estas expresiones constituyeron un ejercicio de violencia interpersonal que involucró la participación o aquiescencia de lí-deres políticos, la disponibilidad de asesinos a sueldo, el deseo de algunos líderes de utilizar a los asesinos a sueldo para eliminar a los contrincantes, las interacciones entre partidos políticos rivales y la ineficiencia del sistema de justicia.

Por su parte, el artículo de Pérez y De Paz analiza el asesinato de 178 al-caldes, ex alcaldes, candidatos a alcaldes a nivel municipal entre 2004 y 2018. Plantean la teoría de actividades rutinarias para explicar este fenó-meno en función de quiénes son las víctimas, los victimarios y dónde ocu-rren los hechos. En la discusión de sus resultados, señalan aspectos funda-mentales a considerar si aspiramos a entender el fenómeno de la violencia política homicida como:

• La necesidad de sistematizar mejor la información sobre este tipo de homicidios pues hasta el momento no existe una fuente oficial sobre esto.

Page 187: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5187

• Estas carencias de información no permiten diseñar estrategias de respuesta oportunas.

• Las estrategias de contención y prevención deben distinguir si el de-tonador de los asesinatos corresponden a factores relacionados con el crimen organizado o con conflictos y rivalidades políticas.

*schaTz, s. (2011). Murder and poliTics in Mexico. sprinGer: nueva York

**pérez, d. Y de paz, h. (2018). MaYoral hoMicide in Mexico: a siTuaTional analYsis on The vicTiMs, perpeTraTors, and locaTions oF aTTacks. en rice universiTY’s baker insTiTuTe For public policY. dispo-nible en: hTTps://WWW.bakerinsTiTuTe.orG/Media/Files/Files/27285204/Mex-pub-MexMaYors-053118.pdF

Participación de las mujeres en la política nacionalLa participación de las mujeres en el ámbito político nacional ha incorporado lo-gros fundamentales que poco a poco van consolidando la presencia de la mujer en los puestos de elección popular. Desde 1982 y a la fecha, cinco mujeres han parti-cipado como candidatas por la presidencia; Rosario Ibarra de Piedra (1982 y 1988), Cecilia Soto y Marcela Lombardo (1994), Patricia Mercado (2006), Josefina Vázquez Mota (2012) y Margarita Zavala (2018). A esto se suma un número paulatinamente creciente de mujeres gobernadoras, alcaldesas, senadoras o diputadas que son o han sido protagonistas de la vida política de su comunidad.

Datos del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe recopilados en 2017, señalan a México en el cuarto lugar en porcentaje de repre-sentación política de diputadas a nivel federal, en comparación con 53 países de América Latina y el Caribe. Bolivia se encuentra en primer lugar con 53.1%, le sigue Cuba con 48.9% y Nicaragua con 45.7%. Antes de las elecciones del 1 de julio de 2018, México registraba el 40% de presencia femenina en las diputaciones locales y 15% en las presidencias municipales.

Luego de los comicios del 1 de julio de 2018, la próxima Legislatura que tomará posesión el próximo septiembre será la más paritaria de la historia. De acuerdo con los datos arrojados por el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) del Instituto Nacional Electoral (INE), la Cámara de Diputados estará conformada por 50.8% de hombres y 49.2% de mujeres, mientras que el Senado de la Repúbli-ca estará compuesto por 51% de mujeres y 49% de hombres. Las cifras representan un gran paso a favor de la igualdad de género y de alguna manera son represen-tativos de la población nacional, dado que en México el 51.4% de la población son mujeres y el 48.6 por ciento son hombres212.

En las gráficas 2 y 3 se aprecia la evolución histórica de la participación de las mujeres en el Congreso. Tanto en la Cámara de Diputados como en la Cámara de Senadores, la presencia de las mujeres en los escaños parlamentarios ha ganado terreno de manera contundente. De tal modo, que las elecciones más recientes han configurado un contexto de igualdad de género. En la Cámara de Senadores, incluso se aprecia un avance de dos puntos porcentuales a favor de la presencia de las senadoras.

212 enCuesta interCensal 2015, inegi.

Page 188: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5188

Un factor determinante de este crecimiento de la presencia femenina en el que-hacer público lo generó la sentencia de género de la Sala Superior del TEPJF en 2011, la cual se consolida con la reforma de paridad política del artículo 41 consti-tucional en 2014. Frente a los avances en la representación paritaria de hombres y mujeres, la violencia política que se ejerce en contra de las mujeres por razón de género es una problemática que también ha avanzado en la vida nacional.

6.3 12.5 7.8 3.1 3.1

18 30.5 27.3

34.4

51

93.8 87.5 92.2 96.9 96.9

82 69.5 72.7

65.6

49

1976-1982

1982-1988

1988-1991

1991-1994

1994-1997

1997-2000

2000-2006

2006-2012

2012-2018

2018-2024

Paridad de género Cámara de Senadores 1976-2018 porcentajes

Senadoras Senadores

2005 2007 2009 2010 2011 2012 2015 2016 2017 2018 Diputadas 118 116 140 135 139 184 199 212 213 254

Diputados 382 384 359 365 361 316 301 288 287 246

50

100

150

200

250

300

350

400

450

500

Paridad de género Cámara de Diputados 2002-2018

Gráfica 29. Elaborado por ONC con base en los datos del INE e INMUJERES.

Gráfica 30. Elaborado por ONC con base en los datos del INE e INMUJERES.

Page 189: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5189

Violencia política por razón de géneroEn el campo político, como en muchos otros, las mujeres han sido víctimas de vio-lencia. De hecho, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia tiene su origen en la prevalencia de diversas formas de violencia de género contra las mujeres en México. Como se menciona en líneas anteriores, las agresiones han ido en aumento a grado tal que para abril de 2018, a trece estados de la Repúbli-ca se les había declarado la alerta de violencia de género y en otros nueve estaba en trámite de posible declaratoria213. El motivo es que el número de feminicidios ha crecido en el territorio nacional. En lugares donde parecía que no ocurrían, han aparecido con una saña inaudita. En junio del 2017, el gobierno de Guerrero emitió la Alerta de Género para 8 de los 81 municipios del estado. La alerta se impuso en-tonces en las ciudades de Chilpancingo, Iguala y Acapulco, luego de casi 800 asesi-natos de mujeres y niñas registrados entre de 2009 y 2016.

La Organización Naciones Unidades (ONU Mujeres) reporta que en México se cometen al día 7.5 feminicidios, en promedio. Apunta además que en los últimos 32 años hubo en el país un total de 52 mil 210 muertes de mujeres por homicidio214. La violencia feminicida no sólo se expresa en las relaciones del entorno familiar o laboral, también se manifiesta por motivos de lucha de poder político relaciona-do con la discriminación contra las mujeres. Muestra de ello son las muertes de algunas mujeres que aspiraban a un cargo de elección popular en el municipio de Chilapa, en el estado de Guerrero, donde en febrero de este año fueron asesinadas Antonia Jaimes Moctezuma y Dulce Rebaja Pedro215, precandidatas del PRD y PRI respectivamente.

Esta situación, entre muchas otras, hace evidente la necesidad de legislar en torno a la violencia que se practica en contra de las mujeres que deciden ejercer sus derechos políticos y de participación ciudadana. En México, la Ley General en Materia de Delitos Electorales aún no tipifica la violencia política de género. Como antecedente, en 2016, gracias al esfuerzo conjunto de diversas instituciones del Estado, organizaciones feministas y académicos, se publicó el Protocolo para la Aten-ción de la Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género (en adelante nombra-do como Protocolo). Este documento resulta un referente de actuación ciudadana e interinstitucional que busca fortalecer el ejercicio de los derechos político-electo-rales de las mujeres en todo el territorio nacional.

213 instituto naCional de las mujeres. ¿cuántas alertas de viOlencia de génerO cOntra las Mujeres se han de-claradO?. [en línea], disPonible en: httPs://www.gob.mx/inmujeres/aCCiones-y-Programas/alerta-de-violen-Cia-de-genero-Contra-las-mujeres-80739, Consultado el 18 de junio de 2018. 214 onu, mujeres, (2017) “la violenCia feminiCida en méxiCo, aProximaCiones y tendenCias 1985-2016”.215 de dios Palma, arturo (2018). asesinan a Precandidata del Pri en chilaPa, guerrerO. PeriódiCo el universal, seCCión estados. 25 de febrero de 2018. sitio web: httP://www.eluniversal.Com.mx/estados/asesinan-PreCan-didata-del-Pri-en-ChilaPa-guerrero

Page 190: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5190

Dicho documento resulta una medida emergente en el escenario político na-cional debido a que las reformas legislativas para brindar una mejor atención, sanción y reparación integral ante casos de violencia política contra las mujeres en razón de género se encuentran en espera de aprobación. No obstante, representa una herramienta de actuación que ha avanzado en el consenso interinstitucional de la construcción, homogeneización y utilización del concepto de violencia políti-ca contra las mujeres por razón de género.

El sustento jurídico de la violencia política por razón de género tiene como pla-taforma, al menos, las siguientes leyes:

• Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

• Ley General de Partidos Políticos.• Ley General en Materia de Delitos Electorales.• Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Derivado de la discusión multidisciplinaria, institucional y de las organiza-ciones de la sociedad civil, se logró un acuerdo en cuanto a que en este tipo de violencia se inscribe particularmente el caso de las mujeres y su actuar político. La transgresión de sus derechos políticos, el incumplimiento u omisión de los mis-mos, supone la posibilidad de hablar de violencia política por razón de género, la cual es definida como:

“todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores pú-blicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo”216

El 9 de marzo de 2017, el Senado aprobó el proyecto de decreto por el que se re-forman diversos ordenamientos, a fin de prevenir, atender y sancionar dicho delito, así como promover y proteger los derechos político-electorales de las mujeres. La minuta se envió a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo y cuyo estatus sigue pendiente.

A continuación se muestra una relación de todas las iniciativas de ley en la Cá-mara de Diputados y Cámara de Senadores en la materia por su fecha de publica-ción en la Gaceta Parlamentaria, partido político, proyectos de reformas a las leyes, contenido principal, fecha de presentación al turno o a la comisión y por fecha de aprobación.

216 tribunal eleCtoral del Poder judiCial de la federaCión (2017) PrOtOcOlO Para la atención de la viOlencia POlí-tica cOntra las Mujeres en razón de génerO. Ciudad de méxiCo.

Page 191: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5191

Tabla 46. FuenTe: elaborado por onc con base en los daTos del ineGi conTendidos en la recopilación anual de inForMación de los orGanisMos públicos de proTección Y deFensa de los derechos huManos en México, 2013-2015.

INICIATIVAS EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS

Fecha de Publicación en la Gaceta

Parlamentaria

Partido Político

Proyectos de reformas a las leyes Contenido Fecha de presentación

al turno o a la comisiónFecha de

Aprobación

18/11/2015 PRI

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Crear la figura de “Violencia Política”, entendida como las acciones que causen daño a una mujer en ejercicio de su representación política. Definir los actos de violencia política.

15/12/2015 Pendiente

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Omitir expresiones que constituyan actos de violencia política en la propaganda electoral. Establecer las conductas que constituyen infracciones para partidos políticos, aspirantes a cargos de elección popular, los dirigentes, afiliados, entre otros, en materia de violencia política contra las mujeres.

Ley General de Partidos Políticos.

Establecer como obligación de los partidos la de abstenerse a realizar todo acto de violencia política en contra de las mujeres.

Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Sancionar a quien altere documentos comprobatorios de gastos de partido político o candidato, así como a quien realice actos de violencia política en contra de las mujeres.

27/01/2016 PRI

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Incorporar la obligación de los partidos políticos para desarrollar programas sobre la identificación y erradicación de la violencia política contra las mujeres y sanciones a los militantes que las cometan. Integrar responsabilidades a las autoridades electorales para prevenir, sancionar, identificar y erradicar esas conductas.

27/01/2016 Pendiente

11/02/2016PRD

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Precisar el concepto de violencia política e incluirlo a los tipos de violencia contra las mujeres. Establecer la obligación de asegurar, en el ejercicio de sus funciones, el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia política.

25/02/2016 Pendiente

Page 192: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5192

Tabla 46. FuenTe: elaborado por onc con base en los daTos del ineGi conTendidos en la recopilación anual de inForMación de los orGanisMos públicos de proTección Y deFensa de los derechos huManos en México, 2013-2015.

22/11/2016

PRI

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Incluir y precisar el concepto de “Violencia política de Género” como los actos u omisiones por medio de los cuales se acosa, coacciona, ridiculiza, veja, discrimina, amenaza, daña o priva de la vida en razón de género, con el fin de limitar, condicionar, excluir, impedir o anular el acceso o el ejercicio pleno de sus derechos político-electorales; evitar expresiones que motiven o causen violencia política de género, anular las elecciones cuando se cometan dichos actos u omisiones, sancionar el incumplimiento por razones de género y establecer como obligación de los partidos políticos, su prevención, atención, sanción y erradicación.

07/12/2016

Pendiente

Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Ley General de Partidos Políticos.

Ley General en Materia de Delitos Electorales

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

14/02/2017 MORENALey General en Materia de Delitos Electorales.

Reformar y adicionar los artículos 3º, 7º, 8º y 9º para regular como delito electoral la violencia política de género.

07/03/2017 Pendiente

Page 193: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5193

INICIATIVAS EN LA CÁMARA DE SENADORES

Fecha de Publicación en la Gaceta

Parlamentaria

Partido Político

Proyectos de reformas a las leyes Contenido Fecha de presentación

al turno o a la comisiónFecha de

Aprobación

14/03/2017

Múltiples

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Definir a la violencia política en razón de género como la acción u omisión que, en el ámbito político o público, tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos político-electorales de una mujer, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo a su función del poder público. Además otorga al INE diversas atribuciones para: prevenir, atender, sancionar y en su caso erradicar la violencia política en razón de género; realizar la difusión en los medios de comunicación de las conductas, acciones u omisiones que conllevan a la violencia política en razón de género; la prevención, formas de denuncia y conciencia sobre la erradicación de ésta; capacitar al personal que labora en el INE, Organismos Públicos Locales Electorales y personas integrantes de mesas directivas de casillas para prevenir y en su caso erradicar la violencia política en razón de género; y garantizar la igualdad sustantiva y el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres.

14/03/2017 14/12/17

Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Ley General de Partidos Políticos.

Ley General en Materia de Delitos Electorales.

Ley General del sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral

Tabla 47. Elaborado por El oNC CoN basE EN iNformaCióN dEl CoNgrEso dE la UNióN y la gaCETa parlamENTaria

Page 194: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5194

¿Cuáles son los incidentes o acontecimientos que se consideran como violencia política por razón de género?De acuerdo con el Protocolo217, los siguientes cinco factores ayudan a identificar el ejercicio de violencia política por razón de género:

1. El acto u omisión se basa en elementos de género, es decir: i. se dirija a una mujer por ser mujer, ii. tenga un impacto diferenciado y desventajoso en las mujeres; y/o iii. las afecte desproporcionadamente en comparación con los hombres.

2. Tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce y/o ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres.

3. Se dé en el marco del ejercicio de derechos político-electorales o bien en el ejercicio de un cargo público, (sin importar el hecho de que se manifieste en el ámbito público o privado, en la esfera política, económica, social, cul-tural, civil, etcétera; tenga lugar dentro de la familia o unidad doméstica o en cualquier relación interpersonal, en la comunidad, en un partido o ins-titución política).

4. Sea simbólico, verbal, patrimonial, económico, físico, sexual y/o psicológi-co.

5. Sea perpetrado por cualquier persona o grupo de personas -hombres o mujeres-, en particular: integrantes de partidos políticos, aspirantes, pre-candidatos(as), candidatos(as) a cargos de elección popular o de protocolo para la atención de la violencia política... dirigencia partidista; servido-res(as) públicos(as), autoridades gubernamentales, funcionarios(as) o au-toridades de instituciones electorales; representantes de medios de comu-nicación; el Estado o sus agentes.

El Observatorio de Participación Política de las Mujeres en México, organización que desde su aparición en el año 2014, trabaja en beneficio de la participación de las mujeres en espacio de toma de decisiones en el ámbito público, distingue las siguientes características de la violencia política contra las mujeres.

De acuerdo con las destinatarias, la violencia puede dirigirse a:• Una o varias mujeres• Familiares o personas cercanas a la víctima• Un grupo de personas o la comunidad

De acuerdo con los ámbitos o lugares de incidencia, este tipo de violencia pue-de tener lugar en cualquier esfera:• Política, económica, social, cultural, civil• Dentro de una familia o unidad doméstica o de cualquier relación interper-

sonal

217 ibideM.

Page 195: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5195

En la comunidad en un partido o institución, política, es decir, incluye en ámbito público y privado

Por las formas o tipos de violencia, esta puede ser: • Física• Psicológica• Simbólica• Sexual• Patrimonio• Económica• Feminicida

Por la naturaleza de los perpetradores, la violencia política la ejercen:• Cualquier persona o grupo de personas, hombres o mujeres incluidos• Integrantes de partidos políticos• Aspirantes, precandidatos(as), candidatos(as) a puestos de elección popular o

de dirigencia partidista• Servidores(as) públicos(as), autoridades gubernamentales • Servidores(as) o autoridades de instituciones electorales • Representantes de los medios de comunicación • El Estado y sus agentes

Por el medio de comunicación a través del que se efectúa:• Periódicos• Radio• Televisión • Las TIC´s (tecnologías de información y comunicación)• El ciber espacio

Por el tipo de responsabilidades:• Penales• Civiles• Administrativas• Electorales• Internacionales

En caso de sufrir violencia política las mujeres pueden acceder a las siguientes rutas de atención institucional: • FEPADE• INE• TEPJF• CEAV: Comisión Ejecutiva para la Atención de Víctimas

Page 196: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5196

Cifras y casos de la violencia política en contra de las mujeresLos indicadores que se producen respecto a la violencia política por razón de gé-nero son numerosos, lo que se debe en gran medida a la ausencia legislativa para considerar estas agresiones como delito. A su vez, esto trae como consecuencia que se desdibuje la intención de las mujeres por reconocer y denunciar cuando padecen algún agravio a sus derechos políticos por causa de su género.

En este sentido, un documento que resulta auxiliar para conocer qué conductas pueden configurar este tipo de violencia política es el Violentómetro (ver anexo I) realizado por el Observatorio de Participación Política de las Mujeres en México en el marco del proceso electoral 2017-2018. Esta guía enumera al menos 38 conduc-tas que van desde bromas hirientes o agresión verbal, pasan por la exclusión en la toma de decisiones y la destrucción de bienes, y van escalando hasta llegar a los golpes, las amenazas, el secuestro, la mutilación o el feminicidio.

El INEGI, durante 2013, 2014 y 2015, realizó la Recopilación de Información de los Or-ganismos Públicos de Protección y Defensa de los Derechos Humanos en México, que con-siste en una base de datos donde se registran los casos de presuntas víctimas según entidad federativa, de hechos violatorios registrados en los expedientes calificados con al menos un hecho violatorio que atenta contra algún derecho humano. El de-recho político aparece en esta recopilación, mostrando los siguientes resultados.

Tabla 48 Y 49: derechos políTicos aFecTados en México, 2013-2015 FuenTe: elaborado por onc con base en los daTos del ineGi conTendidos en la recopilación anual de inForMación de los orGanisMos públicos de proTección Y deFensa de los derechos huManos en México, 2013-2015.

Derecho Humano afectado y hecho violatorio, 2013 Total Mujeres

Derecho a participar en los asuntos públicos 119 30

Violaciones al derecho a la libertad de asociación y a la libertad de reunión

34 15

Violaciones al derecho a la participación política 23 12

Otra violación sobre el derecho a participar en los asuntos públicos 62 3

Derecho Humano afectado y hecho violatorio, 2014 Total Mujeres

Derechos políticos 414 216

Violaciones al derecho a formar partidos políticos o agrupaciones políticas a nivel local

7 3

Violaciones al derecho a ejercer el voto de manera libre y sin coacción

13 4

Violaciones al derecho a ser elegido 6 1

Otra violación a los derechos políticos 388 208

Page 197: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5197

Tabla 50: derechos políTicos aFecTados en México, 2013-2015 FuenTe: elaborado por onc con base en los daTos del ineGi conTendidos en la recopilación anual de inForMación de los orGanisMos públicos de proTección Y deFensa de los derechos huManos en México, 2013-2015.

Derecho Humano afectado y violaciones específicas, 2015 Total Mujeres

Derechos políticos 26 5

Injerencias arbitrarias para quebrantar la libertad de manifestación pública

12 1

Obstaculización o restricción para la participación ciudadana 11 2

Obstaculización o restricción para formar partidos políticos, votar o ser elegido

0 0

Otra violación a los derechos políticos 3 2

Como se aprecia en la tabla 2, lo que en 2013 se consideraba como un “derecho a participar en los asuntos públicos” se transformó en la variable ̋ derechos políticos”. Se nota que en cada rubro se han ido perfeccionado los conceptos para distinguir de mejor forma los hechos violatorios que atentan contra los derechos políticos de los ciudadanos.

Los datos de INEGI detallados en la tabla 2 consignan que en 2013 se suscitaron 119 hechos violatorios en el país, 30 de los cuales fueron ejercidos en contra de mu-jeres. 2014 es el año que presenta un mayor número de expedientes, hasta alcanzar 414 violaciones a los derechos políticos, 216 casos cometidos en contra de mujeres. Para el año 2015, el INEGI registra solamente 26 hechos violatorios, cinco de ellos contra mujeres.

El esfuerzo institucional que desarrolló el INEGI durante tres años permite te-ner la información condensada de todas las Comisiones de Derechos Humanos al rededor del país, incluso se observa que se hace una distinción de los hechos vio-latorios entre hombres y mujeres. No obstante, solo representa un conteo de cada variable sin ahondar mucho en cada caso, e incluso atribuye la mayoría de actos en el rubro “otra violación a los derechos políticos”, sin especificar cuáles son.

Al desagregar los datos por entidad federativa y por año, como se puede ob-servar en la tabla 3, las agresiones a los derechos políticos se han presentado en los estados de Chiapas, Colima, Ciudad de México, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Puebla, Tlaxcala, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Veracruz, y Zacatecas.

Page 198: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5198

2013

Chiapas 6 Chiapas 1

Distrito Federal 23 Distrito Federal 12

Colima 55 Michoacán 12

Michoacán 26 Puebla 2

Puebla 3 Tlaxcala 3

Tlaxcala 6

Total general 119 Agresiones a mujeres 30

2014

Chiapas 15 Morelos 11

Distrito Federal 17 Distrito Federal 5

Hidalgo 2 Chiapas 1

Estado de México 360 Estado de México 199

Morelos 20

Total general 414 Agresiones a mujeres 216

2015

Coahuila 7 Ciudad de México 2

San Luis Potosí 1 Oaxaca 2

Oaxaca 5 Zacatecas 1

Veracruz 1

Zacatecas 2

Total general 16 Agresiones a mujeres 5

Tabla 51,52 Y 53: aGresiones a los derechos políTicos por enTidad FederaTiva 2013-2015FuenTe: elaborado por onc con base en los daTos del ineGi conTendidos en la recopilación anual de inForMación de los orGanisMos públicos de proTección Y deFensa de los derechos huManos en México, 2013-2015.

En un informe titulado Violencia Política por Género 2013-2016 que la FEPADE proporcionó al Observatorio Nacional Ciudadano se detalla que entre 2013 y 2016 se detectaron 153 casos de violencia política contra las mujeres. De estos, uno en 2013, ninguno en 2014, y después vino un repunte: 92 casos se registraron en 2015 en el contexto de elecciones federales y 60 casos más en los procesos electorales locales de 2016, cuando hubo elecciones en 14 entidades federativas.

Este repunte se puede atribuir a la reforma político-electoral de 2014, que incre-mentó la participación de las mujeres en los procesos electorales federales y loca-les, al adoptar la paridad en la postulación de candidatos a los cargos de elección

Page 199: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5199

popular para la integración del Congreso de la Unión y los Congresos de los Esta-dos, así como para los ayuntamientos.

Debido a esto, en el proceso electoral federal de 2014-2015 participaron 2,248 candidatas. Número histórico porque nunca antes se habían registrado ese nivel de participación de las mujeres. Esto tuvo como resultado que de las 200 curules de representación proporcional, 95 fueron ocupados por mujeres y, de las 300 de mayoría relativa, 117 fueron obtenidas por las candidatas, lo que significó 28 esca-ños más que en 2012.

La Fiscalía Especializada puntualiza en este documento ocho conductas como delictivas contra las mujeres en el ámbito político: a) Obstaculizar o interferir en el desarrollo normal de las votaciones. b) Impedir la instalación o clausura de una casilla (violencia como agravante). c) Realizar actos que provoquen temor o inti-midación en el electorado. d) Hacer mal uso de materiales o documentos públicos electorales y de equipos e) Hacer mal uso de insumos necesarios para la elabo-ración de credenciales. f) Obstruir el desarrollo normal de la votación. g) Ejercer presión, en ejercicio de funciones, sobre los electores. h) Obstaculizar el desarrollo normal de la votación o ejercer violencia sobre los funcionarios electorales.

La FEPADE destaca que entre 2013 y 2016 se registraron 96 averiguaciones pre-vias, las mayores concentraciones ocurrieron en Chiapas, Oaxaca y Guerrero.

En el proceso electoral de 2015, de los casos de denuncias por violencia política de género; 10 casos fueron sobre hechos que lesionaban directamente los dere-chos político electorales de las mujeres indígenas, 3 casos fueron en contra de los derechos político electorales de la comunidad LGB- TTTI y 45 casos de denuncias por violencia política de género se desarrollaron en el ejercicio de las funciones de cargos públicos a los que fueron electas las mujeres (ver anexo II). En cuanto a carpetas de investigación, en 2016 se registraron 57 carpetas de investigación con-centrándose en Tlaxcala, Ciudad de México y Chiapas218.

En el siglo XXI, la violencia política en México ha estado presente de manera creciente en la vida nacional. Si bien es cierto que en un sistema de partidos la lu-cha por el poder está presente, sobre todo entre los organismos políticos que con-tienden por los puestos de representación popular, también es cierto que la batalla por ganar los puestos de quienes dirigen la nación a nivel federal, estatal o muni-cipal, cada vez se disputa desde diferentes campos de acción y utilizando diversos medios.

Las elecciones que se llevaron a cabo el 1 de julio pasado, en las cuales resultó ganador Andrés Manuel López Obrador, trajeron consigo noticias interesantes en torno a la participación ciudadana. Los electores, salieron a las urnas a expresar la necesidad de un cambio de gobierno. El Instituto Nacional Electoral (INE) repor-tó una participación de 63.45% del electorado, que se manifestó por un candidato que en su discurso ofrecía, sobre todo, terminar con la corrupción e iniciar la cuar-ta transformación de México.

218 fePade (2018) informe de la fePade sobre la atenCión de Casos de violenCia PolítiCa Contra las mujeres 2014 a marzo de 2018.

Page 200: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5200

Tras los resultados de los comicios, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) el 1 de diciembre de 2018 dejará la casa presidencial en Los Pinos, además de que la voluntad ciudadana resultó un catalizador para reconfigurar un nuevo sistema de partidos en la cual el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el PRI y el Partido Acción Nacional (PAN) resultaron muy debilitados.

Es importante mencionar que estos comicios se caracterizaron por ser los más violentos durante el tiempo en que se desarrollaron las campañas. En seguida se presenta un breve análisis de los actos violencia política perpetrados en contra de hombres y mujeres que participaron en estos comicios

El proceso electoral 2018 y la violencia políticaDebido a que en México no se cuenta con datos oficiales sobre la violencia política y violencia política por razón de género, son las organizaciones de la sociedad civil, los medios de comunicación y consultorías de investigación quienes han empezado a sistematizar la frecuencia de este tipo de agresiones, sobre todo, en el marco del reciente proceso electoral. En esta parte del capítulo, el ONC se dio a la tarea de recopilar algunos indicadores que nos pueden dar idea de la intensidad de este tipo de actos, los lugares de mayor riesgo y el tipo de víctimas que sufrieron algún tipo de agresión. Es el caso del Indicador de Violencia Política de Etellekt que a partir del mes de febrero de 2018 empezó a reportar el total de agresiones en contra de políticos y candidatos, desde el inicio del proceso electoral, ofreciendo un análisis desagregado por género, es decir, números que nos hablan de la violencia política ejercida contra las mujeres.

Este indicador mide ocho tipos de ataques en contra de candidatos(a) que ejercieron cargos de representación pública durante un proceso electoral en nuestro país: 1) asesinatos, 2) amenazas e intimidaciones, 3) secuestros, 4) agresiones con armas de fuego (heridas), 5 agresiones con arma de fuego (ilesas), 6) agresiones físicas o con arma blanca, 7) asaltos con y sin violencia y 8) atentados contra familiares.

El proceso electoral que vivió la sociedad mexicana entre el 8 de septiembre de 2017 y el 1 de julio de 2018 ya se conoce como el periodo electoral más violento que haya tenido nuestro país,. Como se aprecia en la grafica 4, durante los meses del periodo electoral se registraron 774 agresiones a políticos que participaron en esta contienda, 152 de los cuales, fueron privados de la vida. Al observar los números nos damos cuenta que si bien en febrero se registraron 83 agresiones, el número de actos violentos fue en aumento, hasta acumular una cifra casi nueve veces mayor para el día de las elecciones. De 83 agresiones en febrero pasamos a 774 actos violentos acumulados hasta el día de los comicios.

Page 201: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5201

GráFica 31. elaborado por onc con daTos de los reporTes Mensuales de eTellekT, Febrero-julio 2018.

En la tabla 4 se puede observar el comportamiento de la participación ciuda-danía en la elección para presidente por entidad federativa, así como el número de actos violentos que de acuerdo con Etellekt Consultores se registraron durante este periodo electoral, distinguiendo cuáles de esas agresiones se ejercieron en contra de mujeres que participaron en estas elecciones.

Los datos recabados por Etellekt entre el 8 de septiembre de 2017 y el 1 de julio de 2018, registraron un total de 774 agresiones en contra de políticos y candidatos en el país, de estos, 471 se han dirigido contra hombres y 185 en contra de muje-res, (otras 118 agresiones contra grupos de militantes, activistas y militantes). Estas agresiones han dejado un saldo de 152 políticos asesinados: 19 de las cuales eran mujeres 219.

Los datos consignados del informe publicado por Etellekt el 9 de julio de 2018 indican que de las 774 agresiones globales, 715 fueron agresiones directas contra políticos y 59 más contra familiares. Durante todo el proceso electoral fueron ase-sinados 152 políticos, de los cuáles 133 eran hombres y 19 mujeres. Adicionalmen-te, 51 familiares de políticos perdieron la vida en atentados. De los 152 políticos asesinados, 28 eran precandidatos y 20 más candidatos a puestos de elección (48 aspirantes en total). De los 20 candidatos asesinados, 15 aspiraban a puestos de elección del nivel municipal, 4 a diputaciones locales y uno más a una diputación federal. Durante todo el proceso electoral al menos 161 candidatos fueron víctimas de amenazas y actos de intimidación. Los 774 ataques se presentaron en las 32 en-tidades federativas y en 440 municipios del país (18% del total).

219 etellekt (2018) séPtiMO inFOrMe de viOlencia POlítica 2018. méxiCo.

774

581

305

83

152

136

93

54

Corte al 1 de julio de 2018

Corte al 28 de junio de 2018

Corte al 8 de mayo de 2018

Corte al 6 de febrero de 2018

Violencia política proceso electoral 2018

Agresiones globales Políticos Asesinados

Page 202: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5202

Además de la elección para presidente, en los estados de Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Yucatán, se lleva-ron a cabo procesos electorales locales. En Guanajuato, Puebla y Yucatán, estados gobernados por el Partido Acción Nacional, los comicios favorecieron al partido en el poder. Cabe desatacar que el estado de Puebla es donde más actos de violencia política en contra de las mujeres se suscitaron. Además de que fue el estado con el mayor número de agresiones contra políticos y candidatos a nivel nacional durante todo el proceso electoral con un total de 125 casos (16% del total nacional), y muy por encima de la media nacional (24 agresiones).

Los datos detallan que 7 de cada 10 de los asesinatos y más del 70% de las agre-siones contra políticos se dirigieron en contra de integrantes de partidos de opo-sición en relación a los partidos gobernantes en cada una de las entidades donde ocurrieron estos ataques. Por lo menos 10 de estos homicidios dolosos en contra de políticos fueron producto de enfrentamientos entre partidos políticos durante los días previos a la jornada electoral.

Como se observa en la tabla 4, Oaxaca y Guerrero son las otras dos entidades con más actos de violencia política, mientras que Aguascalientes, Colima y Nayarit son los estados con menos violencia política en este proceso electoral.

Con respecto a lo violencia política por razón de género los datos recabados por Etellekt entre el 8 de septiembre de 2017 y el 12 de junio en el Primer Informe sobre Violencia Política contra las Mujeres, indica que de las 417 agresiones en contra de políticos y candidatos en el país que se había registrado hasta entonces, 295 se dirigieron contra hombres y 106 en contra de mujeres (otras 16 agresiones contra grupos de militantes). Los 106 ataques en contra de mujeres políticas y candida-tas se registraron en 22 entidades y 84 municipios del país. De las 106 agresiones registradas en contra de políticas y candidatas, 92 fueron agresiones directas con un saldo de 16 políticas asesinadas. De las cuales 5 eran candidatas con registro y dos más precandidatas. Además se sumaron 14 atentados en contra de familiares de políticas, con un saldo de al menos 11 familiares asesinados. En este periodo electoral hubo al menos 5 secuestros e intentos de privación de la libertad, 3 mu-jeres políticas lesionadas por arma de fuego y otras tres mujeres que resultaron ilesas tras atentados armados. La amenazas y actos de intimidación fueron el tipo de agresión más recurrente con un total de 50 mujeres políticas, de las cuales 43 eran candidatas.

Page 203: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5203

Gobierna

Elección FederalElección estatal Casos de

violencia política

Violencia política contra

mujeres%

ParticipaciónGanó Segundo lugar Ganó

Nacional PRI 63.45% MORENA PAN 770 185

1 Aguascalientes PAN 59.08% MORENA PAN 2

2Baja California

NortePAN 52.84% MORENA PAN 7 2

3 Baja California Sur PAN 57.37% MORENA PAN 5 1

4 Campeche PRI 70.27% MORENA PRI 5 2

5 Chiapas PVEM 68.99% MORENA PRI MORENA 35 6

6 Chihuahua PAN 54.63% MORENA PAN 24 3

7 Ciudad de México PRD 70.38% MORENA PAN MORENA 29 12

8 Coahuila PRI 63.36% MORENA PRI 12 4

9 Colima PRI 63.64% MORENA PRI 3

10 Durango PAN 57.61% MORENA PAN 6 2

11 Estado de México PRI 67.57% MORENA PRI 54 6

12 Guanajuato PAN 53.15% PAN MORENA PAN 14

13 Guerrero PRI 63.84% MORENA PRI 81 25

14 Hidalgo PRI 65.56% MORENA PRI 10 1

15 Jalisco PRI 58.96% MORENA PANM. CIU-

DADANO16 3

16 Michocán PRD 58.33% MORENA PRI 55 11

17 Morelos PRI 66.71% MORENA PT MORENA 15 3

18 Nayarit PAN 56.60% MORENA PAN 2

19 Nuevo León INDEPENDIENTE 56.57% PAN MORENA 11 5

20 Oaxaca PRI 66.75% MORENA PRI 61 20

21 Puebla PAN 68.36% MORENA PAN PAN 125 23

22 Querétaro PAN 64.32% MORENA PAN 11 7

23 Quintana Roo PAN 60.14% MORENA PAN 24 12

24 San Luis Potosi PRI 63.42% MORENA PAN 26 6

25 Sinaloa PRI 60.54% MORENA PRI 15 3

26 Sonora PRI 52.20% MORENA PRI 15 6

27 Tabasco PRD 70.36% MORENA PRI MORENA 17 4

28 Tamaulipas PAN 61.53% MORENA PAN 16 1

28 Tlaxcala PRI 66.05% MORENA PRI 5 0

31 Veracruz PAN 65.88% MORENA PAN MORENA 50 12

31 Yucatán PRI 75.09% MORENA PAN PAN 10 2

32 Zacatecas PRI 65.00% MORENA PRI 9 3

Tabla 54: parTicipación ciudadana Y violencia políTica

FuenTe: elaborado por onc con base en los resulTados publicados por el ine, por insTiTuTos elecTorales esTales Y por el indicador de violen-cia políTica de eTellekT, 2018.noTa: * el ToTal de casos de violencia políTica en la Tabla aparece coMo 770 porque se resTaron cuaTro casos que eTellekT reporTa coMo violencia en ˝redes sociales” pero no especiFica en qué esTado de la república se reGisTraron.

Page 204: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5204

Para la socióloga Adriana Báez Carlos220, la paridad implica violencia directa contra las mujeres como se registró en 2015, particularmente en localidades donde compitieron por cargos edilicios. Entre los casos de violencia contra aspirantes o candidatas que salieron a la luz en años anteriores, está el del municipio de San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, donde en 2013 se impidió que las mujeres fueran can-didatas para integrar el Ayuntamiento de ese municipio; o la amenaza contra la precandidata del PAN a la alcaldía de Aguascalientes, Alma Hilda Medina Macías, que en 2016 recibió una corona fúnebre con la leyenda “descansa en paz”.

De las mujeres agredidas en el proceso electoral 2017-2018, 27% eran militan-tes de Morena, 25% eran militantes del PRI. 59% de las mujeres contendían por un cargo de nivel municipal, 29 % participaban por un puesto de nivel estatal y 12 % contendía en el ámbito federal.

Entre el 8 de septiembre de 2017 y el 1 de julio de 2018 el Indicador de Violencia Política de Etellekt contabilizó un total de 774 agresiones contra actores políticos de las cuales un 20% fueron asesinatos(152), 36% amenazas e intimidaciones(278), 16% agresiones físicas (125), 8% agresiones con arma de fuego(64), 8% atentados

220 anayeli garCía martínez y hazel zamora mendieta. lOs cOstOs de la Paridad. ciMacnOticias | Ciudad de méxi-Co. 05/03/2018. [en línea ] disPonible en: httPs://www.CimaCnotiCias.Com.mx/etiqueta/fePade

8 de septiembre de 2017 al 12 de junio

2018

Casos de violencia política

Candidatas PrecandidatasMilitantes, Regidoras, Activistas, Dirigentes

de partido

Asesinatos 16 4 2 10

Amenazas/intimidaciones

50 38 5 7

Agresiones físicas 9 6 3

Agresiones con armas de fuego (Heridas)

3 3

Agresiones con armas de fuego (Ilesas)

3 3

Atentados contra familares de políticos

14 9 5

Asaltos con o sin violencia

6 4 2

Secuestros 5 3 2

Tabla 55: violencia políTica conTra Mujeres por puesTo ocupado

FuenTe: elaborado por onc con daTos de eTellekT consulTores, 2018.

Page 205: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5205

contra familiares de políticos(59), 5% asaltos con y sin violencia(38), 4% a secues-tros (31) y 3% heridos por arma de fuego(27). De las 774 agresiones globales contra políticos, 471 se dirigieron contra hombres, 185 contra mujeres y 118 contra grupos de militantes, activistas y electores.

GráFica 32. elaborado por onc con daTos de eTellekT consulTores, 2018.

De los 152 casos de asesinatos, 105 casos eran candidatos de oposición. La gráfi-ca 6 detalla el número de sucesos de esta naturaleza por partido. 19 de estas agre-siones se cometieron en contra de mujeres. Los datos de Etellekt consignan que el 63% de los agresores fueron comandos armados, el 12% fueron objeto de tortura y violencia extrema, sólo en el 7% de los casos el delito lo realizó un asesino solitario. En la descripción de sus hallazgos, la consultora de riesgos consideró que en el 75% de estos asesinatos fueron contra políticos se observó el sello característico de gru-pos de sicarios empleados por grupos de la delincuencia organizada para realizar ajustes de cuentas en contra de bandas rivales.

278

152

125

64

59

38

31

27

Amenazas/intimidaciones

Asesinatos

Agresiones físicas

Agresiones con armas de fuego (Ilesas)

Atentados contra familares de políticos

Asaltos con o sin violencia

Secuestros

Agresiones con armas de fuego (Heridas)

Gráfica 5. Violencia política comicios 2018

Page 206: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5206

Violencia política en la jornada electoral del 1 de julio A pesar de que el 76% de los actos violentos se presentaron en el tiempo de cam-pañas, el día de la elección la violencia política estuvo presente en 26 entidades del país, en las cuales se registraron un total de 138 agresiones. Al menos 115 casos, es decir, 83% del total de actos violentos de ese día, se perpetraron contra militantes de oposición y electores, respecto a los partidos gobernantes en estas entidades. 50 agresiones fueron realizadas por comandos armados, 30 por grupos de choque, 31 por militantes de partidos políticos, incluyendo funcionarios y policías municipa-les, 9 por secuestradores, 2 por crimen organizado, y otras 16 por agresores anóni-mos, asaltantes y pobladores.

Finalmente, para terminar de revisar los hallazgos del Índice de Violencia Política es importante destacar de la media nacional es de 24 actos violentos suscitados en el periodo electoral, no obstante estados como Puebla, Guerrero, Veracruz, y Oaxa-ca superan por mucho esta medida.

A modo de cierre y luego de poner en la mesa los indicadores de violencia po-lítica y violencia política por razón de género que surgieron en el recién proceso electoral, se hacen evidente tres aspectos: a) La paridad de género en la contienda eleva la posibilidad que exista violencia política contra las mujeres. b) El impac-to que la violencia política puede tener en la participación política de las mujeres, solo se conocerá en las próximas elecciones. c) La violencia política es un asunto que impacta al interior de las instituciones políticas, debido a que los partidos ven amenazada la integridad de sus precandidatos, candidatos o militantes que parti-cipan de la contienda electoral.

Para avanzar en este tema es fundamental retomar la iniciativa de ley que se encuentra en espera de resolución, para que así la violencia política por razón de género sea tipificada como delito, ya que esto otorgará certidumbre a las mujeres

GráFica 33. elaborado por onc con daTos de eTellekT consulTores, 2018.

52

29

1815

38

PRI PRD MORENA PAN OTROS PARTIDOS

Asesinatos por partido político comicios 2018

Page 207: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5207

en la defensa de sus derechos políticos cuando deciden participar de manera pú-blica en procesos electorales y en la toma de decisiones de su comunidad.

Es evidente que la violencia política ha ido en ascenso, por lo mismo, estudios como el presente se hacen necesarios para empezar a sistematizar el logro de los esfuerzos institucionales por hacer de nuestra sociedad un lugar más democrático e incluyente.

Page 208: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5208

Calumnia

Difamación

No ser convocadas a sesiones o asambleas

Sustitución de tareas o funciones relativas a su cargo

Impedir la participación y uso de la voz en sesiones o asambleas

Retención de información

Exclusión de la toma de decisiones

Impedir el desempeño de funciones

Destrucción o daño de bienes

Impedir registro de candidatura

Acoso y hostigamiento laboral

Encerrar y aislar

Amenazas con objetos o armas

Impedir asunción del cargo

Presionar para que renuncie al cargo

Amenazas de muerte

Agresiones contra familia y amigos

Acoso y hostigamiento sexual

Golpes

Ataques o amenazas con armas

Abuso sexual

Violación

Secuestro

Mutilación

Feminicidio

Bromas hirientesAgresión verbal

Restringir el uso de la palabra

Humillar en públicoImágenes y palabras denigrantes en redes sociales y/o notas periodísticas

Dañar sus materiales de campaña, sabotear sus meetingsInsultos, intimidades

ChantajeDifundir información privada para menoscabar su imagen

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

31

32

33

34

35

3637

38

18

17

16

15

14

13

12

11

10

9

8

7

6

5

4

321

esqueMa 17. FuenTe: observaTorio de parTicipación políTica de las Mujeres en México

ANEXOSI. Violentómetro 2018Conductas que podrían configurar violencia política en razón de género

Page 209: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5209

Oaxaca. La autoridad citó a Gabriela Maldonado Rivera en el Palacio Municipal de San Martín Peras, donde la llevaron en patrullas. En el lugar se encontraba su abuelo, quien fue obligado a azotarla con un látigo por haber retado a una auto- ridad, mientras los policías la ataron de pies y manos. Los golpes duraron hasta que la mujer mixteca quedó inconsciente. La agresión derivó de su interés por participar en política.7 La Defensoría para los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca inició el expediente de queja DDHPO/SJ/56/(12)/OAX/2016.8

Quintana Roo. El 31 de agosto de 2016, Claudia Carrillo Gasca presentó una denuncia en su calidad de consejera del Instituto Electoral de Quintana Roo, en contra de diversas autoridades de la entidad, incluidos algunos consejeros y re- presentantes de partidos políticos que forman parte del órgano electoral local, por actos que consideró constitutivos de violencia política. En su denuncia, la conseje- ra narró detalladamente treinta y dos hechos en su contra. Por poner un ejemplo, men-cionó haber sufrido amenazas en los siguientes términos:...Inmediatamente, al salir de la oficina del referido magistrado, me llamó a mi número privado de celular el lic. [...] para decirme que el Magistrado Presiden- te...ya le había dicho que me puse pendeja (sic), infiriéndome diversas groserías hacia mi persona, desvalorizándome por ser mujer, exigiéndome obediencia a él, al multicitado magistrado y al lic. [...], Gobernador Constitucional del Estado; dicha llamada tuvo una duración de aproximadamente cuarenta minutos, donde no me dejaba hablar y me amenazaba que si colgaba la llamada me iría mal, a mí y a mi familia, a lo que me dio temor pues soy madre soltera de una menor de siete años, es importante decir que testigos de la llamada en ese momento se encontraban los consejeros...

San Luis Potosí. Yolanda Pedroza Reyes, magistrada del Tribunal Electoral de San Luis Potosí, señaló ser víctima de violencia política por parte de los inte- grantes del Tribunal Electoral de la entidad y del Secretario General de Acuerdos, al impedir el correcto desempeño de sus funciones.10 Su denuncia resaltó la falta o retraso de convocatoria a sesiones, el ocultamiento de información, amenazas, supuestos bonos por productividad a sus compañeros que ella no recibe y la revi- sión de su computadora sin su consentimiento, entre otros actos.

FuenTe: Mirada leGislaTiva. núMero 122. abril de 2017

Chiapas. El 25 de mayo de 2016, la presidenta municipal de Chenalhó, fue obligada a renunciar a su cargo tras el secuestro de dos diputados locales del PVEM.11 Posteriormente, la Sala Superior del TEPJF resolvió la sentencia SUP- JDC-1654/2016, por la cual se revocó el decreto del Congreso local que aprobó su renuncia y demandó reincorporarla a su cargo. Asimismo, vinculó a las autori- dades de la entidad para que proporcionaran las condiciones de seguridad nece- sarias para que ella y su cabildo pudieran desempeñar sus cargos.

Sonora: En abril de 2015 fueron colocadas dos pancartas12 en puentes peatona- les del boulevard Luis Encinas con mensajes misóginos sobre la participación de las mujeres en el proceso electoral. Una señalaba: “Las mujeres como las esco- petas, cargadas y en el rincón” y se ilustraba con la silue-ta de una mujer embara- zada. Otra tenía la leyenda: “la panocha en las coyotas, ¡no en palacio!”.13

II. Casos de violencia política cometidos en el marco del proceso electoral federal de 2015 y los procesos locales ordinarios y extraordinarios de 2016Referencias

Page 210: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

delitos electorales / cap. 5210

Guerrero: el 11 de marzo de 2015 la precandidata por el PRD a la alcaldía de Ahuacuotzingo, Aidé Nava González, fue encontrada decapitada en una comu- nidad de Tecoanapa, un día después de haber sido secuestrada durante un acto político. Por su parte, el 12 de mayo de 2015 la candidata a diputada local, Silvia Romero Suárez, fue secuestrada mientras se encontraba en campaña electo-ral en los municipios de Arcelia y Tlapehuala. Un día después fue liberada por sus captores.14

FuenTe: Mirada leGislaTiva. núMero 122. abril de 2017

Page 211: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

211

Reflexiones finales y recomendaciones generales

Entendemos por democracia aquel sistema que media las relaciones entre gober-nados y gobernantes es un entramado complejo de relaciones que no puede ser reducido a una dicotomía tajante entre la existencia o no de la democracia. A prin-cipios de los setenta, Robert Dahl proponía como una característica constituyente de las democracias, que los gobiernos actúan durante periodos largos, según las preferencias de sus ciudadanos195. Sin embargo, para que esto ocurra, los ciudada-nos deben contar con oportunidades a través de las cuales pudieran expresar sus preferencias, difundirlas entre los demás ciudadanos y hacerlas llegar a los gober-nantes valiéndose de acciones individuales y colectivas, y que a su vez, el gobierno tome en cuenta esas preferencias sin menos preciarlas por su contenido u origen.

Para poder hacer que la mayoría goce de estas oportunidades, Dahl plantea ocho garantías que los gobiernos democráticos deben proveer:

• Libertad de asociación.• Libertad de expresión.• Libertad de votar.• Libertad para ser votado.• Libertad para que los líderes políticos contiendan por apoyos y votos.• Diversidad de fuentes de información.• Elecciones libres, justas e imparciales.• Instituciones que garanticen que la política del gobierno depende de los

votos y de otras preferencias.

Los procesos no son homogéneos y las democracias varían en el grado en que garantizan a la ciudadanía dichas libertades, pero siempre hay oportunidad, al menos para algunos integrantes del sistema político que deseen plantear una al-ternativa, de cuestionar u oponerse a las acciones del gobierno en turno196. En otras palabras y como ya se expuso anteriormente, la democracia no es una cuestión de blanco y negro (democrático – no democrático), sino que es mucho más complejo y depende del grado en el que un régimen político se imbrica a un ideal de dispo-nibilidad de opciones políticas, así como al uso y a la garantía de derechos para los ciudadanos.

Siguiendo esta línea argumentativa, la democracia no es un proceso estable, sino que continuamente tiene crisis que le permiten modificarse sin que esto signifique que los avances obtenidos y gozados en el presente, no tengan fuertes retrocesos en el futuro. En este sentido, tendríamos que pensar la democracia en términos de trayectoria histórica y ponderar sus variaciones según su grado de con-solidación. Así nos sería más claro entender que los procesos democráticos deriva-ron en el arraigo y fortalecimiento o en una democracia de élites.

195 robert dahl. (1971). la POliarquía: ParticiPación Y OPOsición. madrid: teCnos.196 dahl afirma que otra variaCión entre los regímenes demoCrátiCos radiCa en la Cantidad de PoblaCión que tiene dereCho a PartiCiPar en los ProCesos demoCrátiCos.

delitos eleCtorales

Page 212: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

212

Las democracias son un proceso continuo de reconfiguración de las relaciones políticas y sociales, que se enfrentan a desafíos provocados por la aparición de nue-vos actores o de reivindicaciones que conducen a reacomodos y tensiones entre los diversos actores establecidos y los emergentes. Esto queda evidenciado cuando ocurre un cambio de partido en el gobierno y a partir de este hecho se producen cambios (progresivos o regresivos) en el arraigo, práctica, desarrollo o calidad del proceso democrático. De hecho, la democracia es un sistema autocorrectivo cuya flexibilidad supera a la de otras formas de gobierno. Esto le permite generar con-sensos e incorporar perspectivas que provocan la aparición de nuevas políticas pú-blicas que atienden las demandas, y así, en este proceso de crisis, la democracia se autocorrige y puede ganar arraigo y difusión197.

Más allá de la idea desvirtuada de la democracia como la garante de la armonía duradera, esta es algo mucho más simple y humano, es decir, es la existencia de reglas que ciudadanos y gobernantes deben cumplir para formar gobiernos, reglas que regulan el ejercicio del poder, reglas de rendición de cuentas y reglas en donde se protejan los derechos humanos.

En este proceso democrático de múltiples aristas nos debatimos en nuestro país, mostrando avances y padeciendo retrocesos. En esta coyuntura es en donde se hacen impostergables debates que abonan en la comprensión de la democracia, como el tema relativo a los delitos electorales y la violencia política.

Siguiendo a Dahl, si el presente estudio profundiza en el análisis de los deli-tos electorales es porque hemos solventado otros problemas estructurales de la democracia que nos permiten centrarnos en un tipo de actividad ilícita que se en-cuentra contenida dentro de una práctica democrática. Es decir, ya no debatimos si la democracia es mejor o no que una dictadura, ni debatimos sobre el derecho de representación de las minorías o del voto de las mujeres, ya que ambas quedaron garantizadas en la trayectoria histórica.

Caso aparte es la violencia política que desde los albores de la democracia en México ha estado siempre presente en mayor o menor medida en el ámbito nacio-nal, pero que su estudio se ha rezagado en términos de sus alcances explicativos y de su comprensión histórica. Los saldos del proceso electoral recién concluido demandan que se examinen las condiciones que no han permitido la erradicación de este tipo de violencia.

Los cinco capítulos del estudio ofrecen una pluralidad de puntos de vista sobre un problema que pude resumirse en la siguiente pregunta, ¿qué son y cómo ope-ran actualmente los delitos electorales México? Derivado de esta pregunta central, surgieron diversas inquietudes a lo largo de la investigación que se perciben en cada capítulo y que podrían englobarse en la pregunta: ¿cuáles son los atributos de los delitos electorales y cuáles son las alternativas para combatir su incidencia?

En el primer capítulo del estudio titulado Claves teóricas y conceptuales para en-tender los delitos electorales, se profundizó sobre la integridad electoral, concepto

197 gilley, bruCe. “¿es POsible la deMOcracia?”. journal of demoCraCy 2 (julio, 2010): 106-122

delitos eleCtorales

Page 213: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

213

que engloba todas las etapas del proceso y no únicamente en el día de la elección. También distingue entre justicia electoral, entendida como la realización efectiva del marco constitucional que explicita la reglamentación de la soberanía en una democracia representativa, y la justicia penal electoral cuyo marco de acción in-volucra únicamente la investigación y juicio de las conductas previstas en la Ley General en Materia de Delitos Electorales y en los códigos penales estatales. Asimismo, describe las cuatro fases del proceso electoral -a) Preparación de la elección; b) Jor-nada electoral; c) Cómputo y resultados de las elecciones: d) Dictamen y declara-ción de validez- e identifica los posibles delitos electorales cometidos durante cada fase. También expone, desde una perspectiva criminológica, los delitos electorales, afirmando que dichos delitos se encuadran en una dinámica predatoria en la que los sujetos activos están constantemente buscando las vulnerabilidades del siste-ma político electoral tanto en términos jurídicos como institucionales. Finalmente, se analiza el papel de la ciudadanía comprometida con los procesos democráticos (no meramente los electorales), la cual limita la comisión de delitos electorales, así como muchos otros problemas que atentan contra la democracia, y cuya exis-tencia no es fortuita, sino que es resultado de un contexto cultural que permite su presencia a gran escala.

De este capítulo se desprenden las siguientes recomendaciones de política:1. Se deben fortalecer los mecanismos de prevención, detección y disuasión

de los delitos electorales. Esto implica tener un mejor control del financia-miento de campañas en términos de la legalidad de los recursos a través de las unidades de fiscalización del INE y de los OPL, selección metódica de los servidores públicos que manejan recursos de programas gubernamen-tales, mejoras de los sistemas de atención ciudadana durante los procesos electorales, capacitación extensiva de los primeros respondientes (agentes de policía) para identificar la incidencia de estas conductas en campo y me-jorar los sistemas de información y análisis prospectivo en la materia para optimizar las estrategias de blindaje electoral durante todo el proceso.

2. Se debe fortalecer la construcción de una ciudadanía comprometida con la democracia. Esta no se debe limitar a los mecanismos de participación electoral tradicionales, es decir, únicamente a través del voto. El reconoci-miento y denuncia de los delitos electorales a las autoridades correspon-dientes, en particular de aquellas conductas más cotidianas, es indispen-sable durante todo el proceso electoral. Además, la formación de hábitos ciudadanos apegados a los valores democráticos desincentivará, en el lar-go plazo, la participación en los ilícitos que requieren la aquiescencia de los ciudadanos.

En el segundo capítulo, se examinó la evolución del marco jurídico que rige a los delitos electorales hasta la promulgación y entrada en vigor de la LGMDE, la comparación de los tipos penales según el fuero, la investigación de estos delitos en el sistema de justicia penal adversarial, elementos de justicia alternativa en esta materia así como diversos criterios de impartición de justicia.

delitos eleCtorales

Page 214: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

214

De este capítulo se desprenden las siguientes recomendaciones:1. Antes de apelar por incrementar las sanciones por estos delitos, es necesa-

rio analizar cuáles son los factores por los cuales las carpetas de investiga-ción no alcanzan etapas más avanzadas del proceso penal. Esto requiere identificar si se debe a problemas de investigación y recopilación de prue-bas o si se debe a aspectos procesales o a deficiencias del marco normativo. De poco servirá incrementar las sanciones pecuniarias si no se subsanan los factores que permiten a los sujetos activos cometer los delitos con im-punidad.

2. Es imprescindible actualizar los tipos penales en función de las característi-cas observadas en campo. La evolución de las conductas podría ocupar me-canismos tecnológicos más sofisticados que disminuyan la probabilidad de detección o bien, que se utilicen figuras legales con vacíos que dificulten la investigación de los ilícitos.

3. Se debe identificar si el SJPA ha promovido mejoras sustantivas de los pro-cesos penales por delitos electorales en función del apego a los estándares de calidad. Esto es de particular importancia considerando la especializa-ción de la materia penal electoral y la complejidad de las conductas.

4. Se debe explorar la opción de crear órganos jurisdiccionales especializa-dos en la materia penal electoral para fomentar una mayor probabilidad de sanción para quienes cometan delitos electorales. En la actualidad, se percibe que los órganos jurisdiccionales no son transparentes en sus de-cisiones y que incluso, a veces desconocen su competencia y la confunden con las labores del TEPJF. Estos órganos jurisdiccionales podrían tener ca-bida en una sala especial de este tribunal para concentrar las funciones y mejorar la gestión pública.

En el tercer capítulo, se realizó un profundo análisis sobre los registros admi-nistrativos que llevan a cada institución a integrar, a través de reportes periódicos o censos, las fuentes de información sobre la magnitud y comportamiento de los delitos electorales. La investigación y análisis integró información proveniente de fuentes institucionales como procuradurías o fiscalías, institutos y organismos electorales, juzgados y tribunales, así como de organizaciones de la sociedad civil especializadas en la observación electoral. El capítulo se divide en tres apartados. En el primero, se describen los principales insumos de información a nivel nacional y estatal en los que se hace referencia a algún tipo de dato cualitativo o cuantitativo en la materia. El segundo realiza una lectura de la información tomando en cuenta el contexto social y político nacional. El tercer apartado analiza los datos de delitos electorales dentro del sistema de justicia, es decir, desde el conocimiento de posi-bles conductas delictivas hasta su sanción.

De este capítulo se desprenden las siguientes recomendaciones de política:1. Se deben fortalecer los proyectos estadísticos en materia de delitos elec-

torales. La diversidad de fuentes disponibles y su dispersión carece de una homologación en términos de su desagregación por sujetos activos o por

delitos eleCtorales

Page 215: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

215

tipo de ilícito cometido. Por ejemplo, no se tiene certeza si los expedientes judiciales iniciados por presuntos delitos electorales previstos en la LGMDE están incluidos en la base de datos del SESNSP de delitos del fuero fede-ral. En este insumo de información, solo se dan cuenta de los expedientes judiciales iniciados por delitos electorales previstos en el Código Penal Fe-deral. Incluso, al comparar los datos agregados de esta fuente con los de la FEPADE, estos no coinciden. Otro ejemplo de esta falta de desagregación es que los censos de gobierno del INEGI no contemplan ya la desagrega-ción por sujeto activo de los delitos electorales a diferencia de los registros administrativos. De igual forma, destaca la necesidad de generar informa-ción a escala geoelectoral como parte de la herramienta de Estadísticas Intercensales a Escalas Geoelectorales del INEGI y el INE. Esto requeriría la participación de la FEPADE y de las fiscalías y procuradurías estatales. Otro proyecto a impulsar es la inclusión de preguntas en la Encuesta Nacio-nal de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) sobre la observación de compra de votos u otros delitos electorales para la edi-ción de 2019, de tal suerte que se cuente con una medición novedosa en la materia que no dependa de la denuncia de estos hechos y que refleje una magnitud más aproximada del fenómeno.

2. Se identificó la necesidad de que los proyectos estadísticos sobre delitos electorales reconozcan la diversidad de conductas existentes en función del marco normativo y del contexto social y político para identificar patro-nes de estos ilícitos. En otras palabras, saber si en una entidad, municipio o distrito determinado se comete más algún tipo de delito electoral que otro. Para este efecto, se requiere establecer en la norma técnica clasificadores adecuados que rijan de manera homologada a todos los proyectos estadís-ticos en la materia.

3. Se deben reducir los índices de impunidad de delitos electorales tanto del fuero común como del fuero federal. A pesar de que la FEPADE suele ob-tener resoluciones a su favor en la mayoría de los casos judicializados, el grueso de las carpetas de investigación iniciadas no alcanza etapas más avanzadas del proceso penal. Bajo esta perspectiva, es necesario generar un diagnóstico general que permita identificar cuáles son las causas que impiden la judicialización de las carpetas y el bajo porcentaje de consig-naciones y de sentencias respecto al total de presuntos delitos cometidos.

El cuarto capítulo tiene una gran relevancia, ya que analiza las capacidades or-ganizacionales de las dependencias responsables de prevenir, perseguir, investigar y sancionar los delitos electorales. En dicho análisis, se contemplaron únicamente a las nueve entidades federativas que tuvieron elecciones a gobernador el pasado 1ro de julio de 2018. Asimismo, se profundizó sobre las capacidades instituciona-les de los organismos involucrados en la prevención, sanción y seguimiento de los delitos electorales a partir de las respuestas institucionales reflejadas en acciones concretas y las respuestas institucionales percibidas por los ciudadanos.

delitos eleCtorales

Page 216: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

216

De este capítulo se desprenden las siguientes recomendaciones de política:1. No será posible fomentar la denuncia ciudadana si las instituciones no

son transparentes ni permiten que los ciudadanos conozcan su trabajo. El grado de publicidad de la información sobre sus capacidades instituciona-les es variable y refleja la voluntad política de comunicar sus acciones de manera articulada y coherente. Al ser instituciones directamente relacio-nadas con las elecciones y por lo tanto, con una parte esencial de la vida de-mocrática nacional, deberán mejorar sus instrumentos y mecanismos de transparencia y rendición de cuentas. Estos esfuerzos podrían coordinarse desde un enfoque tripartita en el que tanto organismos autónomos como el INE y OPL, fiscalías especializadas y tribunales participen.

2. Fomentar la realización de evaluaciones organizacionales internas aseso-radas por el ONC para identificar las fortalezas y debilidades en relación con las funciones que desempeña cada organización en el marco de los procesos electorales.

3. Evaluar el impacto de la Estrategia Nacional de Blindaje Electoral imple-mentada por la FEPADE e identificar buenas prácticas que se puedan repli-car en las fiscalías especializadas de las entidades federativas.

4. Robustecer el Manual de Diligencias Ministeriales Básicas para la Investigación de Delitos Electorales mediante la incorporación de análisis de redes, con el objetivo de identificar cómo se organizan los delitos electorales y quiénes están participando en uno o más delitos. Esto generaría análisis de inteli-gencia útil para los procesos electorales entrantes.

El quinto capítulo analiza el estado de la violencia política. Este es un tema de suma relevancia ya que, en nuestro país, más allá de las coyunturas electorales, la violencia ha permeado en el campo político de manera creciente a través de expre-siones como amenazas hasta delitos graves como homicidios o secuestros. Desde los albores de la democracia en México en 1988, se tienen registros de asesinatos a candidatos del PRD. Sin embargo, en el contexto actual son dos las razones que explican el aumento de la violencia política en medio de un clima electoral: a) el cambio del entorno competitivo y la geografía electoral y b) la profundización de la participación de organizaciones criminales en instituciones del gobierno. Sin em-bargo, existe poca claridad en cuanto a la definición teórica, la medición cuantita-tiva y las aplicaciones prácticas.

Además, se profundizó en la violencia política por razón de género. Este tema reta a los analistas, expertos y académicos ya que exige una reflexión multidiscipli-naria que piense la trayectoria histórica, la crisis de seguridad por la que ha atrave-sado México y los factores de riesgo en el contexto de la violencia en contra de las mujeres. La participación de estas en la política se ha incrementado, hasta llegar a la paridad en las pasadas elecciones, sin embargo, la violencia política por razón de género aún no está tipificada como delito lo que constriñe el proceder de las auto-ridades de procuración de justicia a procesos de acompañamiento de las víctimas que si bien son deseables, no garantizan que estas conductas se disuadan.

delitos eleCtorales

Page 217: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

217

Es fundamental, para consolidar la democracia incluyente, garantizar el libre ejercicio de los derechos políticos de cada ciudadano y de todos los grupos de po-blación que configuran nuestra nación. El incremento de la presencia de las mu-jeres en cargos de elección popular debe ir acompañado de leyes que resguarden su libre expresión, el derecho a votar y ser elegidas, su derecho a manifestarse y a participar de la vida política de su comunidad.

De este capítulo se desprenden las siguientes recomendaciones de política:1. El Congreso de la Unión debe impulsar y aprobar proyectos de ley que ti-

pifiquen actos de violencia política cometida en contra de las mujeres por razón de género en el siguiente periodo de sesiones. Hasta el momento, las iniciativas no han podido aprobarse. La tipificación deberá cuidar los su-puestos jurídicos para que las autoridades puedan integrar los expedientes judiciales adecuadamente y llevar a buen término el proceso judicial.

2. Se debe trabajar en un proyecto estadístico que mida periódicamente los actos de violencia política. Este proyecto tendría que partir de una norma técnica y de una metodología clara de registro que sea capaz de identificar características de las víctimas en función de su perfil político, del atacante o los atacantes y del lugar. Esta medición complementaría los conteos a partir de medios que se han realizado en la materia.

Además de estos cinco capítulos, se ofrecen unas reflexiones finales y no unas conclusiones, esto con el objetivo de dar significado a una actitud que promueve la continua discusión de un tema tan nuevo para la opinión pública y tan comple-jo para el proceso democrático como lo son los delitos electorales. En esta breve síntesis, buscamos valorar las diferentes perspectivas desde donde se abordó el tema central de investigación, y evidenciar que el tema no se agota y que, por el contrario, sus diversas aristas nos deben obligar a continuar discutiendo este tema central para el proceso democrático.

Con lo anterior, se enfatiza la importancia que tiene para los estudios contem-poráneos sobre los procesos democráticos, entender cómo y por qué ocurren los delitos electorales, así como diferentes vías para solventar estas problemáticas. En su conjunto, el presente estudio nos dice que los delitos electorales poseen rasgos de regímenes con tintes autoritarios, tales como las constantes violaciones a la le-galidad, la insuficiente rendición de cuentas, la falta de autonomía de las institu-ciones y hasta la interferencia de poderes que contravienen las disposiciones del Estado. Para que una democracia consolide sus procesos y goce de integridad es necesario que se resuelvan dos aspectos centrales, como la falta de representativi-dad política, es decir, la desvinculación entre los representantes políticos y los ciu-dadanos, así como las inconsistencias institucionales derivadas el cambio de reglas del juego democrático para solventar problemas coyunturales.

Esperamos que los análisis y perspectivas en torno a los delitos electorales sean un aliciente para que las autoridades, la academia y medios de comunicación se interesen por seguir problematizando este tema al cual se le ha dedicado poco es-tudio. Debemos recordar que además de los votos, una democracia se construye apegándose a las reglas.

delitos eleCtorales

Page 218: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

218

Referencias

Abad, José. (2008). La «virtù» según Maquiavelo: significados y traducciones. Revista Electrónica de Estudios Filológicos. Número 15. junio 2008. Universidad de Granada. Sitio web: http://www.um.es/tonosdigital/znum15/secciones/estu-dios-1-maquiavelo.htm

Alanís Figueroa, María. (2017). Violencia política hacia las mujeres respuesta del estado ante la falta de una ley en México. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas / UNAM.

Albrecht, W. (Julio-Agosto 2014). Iconic Fraud Triangle endures. Fraud Magazine, págs. 1-7.

Alesina, A., Piccolo, S. y Pinotti, P. (2016). Organized crime, Violence and Politics. CSEF Working Papers 433. Naples: University of Naples.

Bauman, Zygmunt. (2008). Tiempos líquidos. Vivir en una época de incertidumbre. Mé-xico: Tusquets/CONACULTA.

Camou, Antonio. (2001). Los desafíos de la Gobernabilidad. México: Flacso/IISUNAM/Plaza y Valdés.

Centro de Asesoría y Promoción Electoral (Capel). (2017). Diccionario electoral. Costa Rica: IIDH / Capel.

Cortina, Adela. (1997). Ciudadanos del mundo hacia una teoría de la ciudadanía. Madrid: Alianza Editorial.

Cressey, D. R. (1953). Other people’s money: a study in the social psychology of embezzle-ment. Glencoe. IL: The Free Press.

Crouch, Colin. (2004). Posdemocracia. Madrid: Taurus.Dahl, Robert. (1989). La Poliarquía: Participación y Oposición. Madrid: Tecnos.Delgado, A. (2018). Pese a entregar más de 700 mil firmas irregulares, Margarita Zava-

la celebra aprobación de candidatura. 11/07/2018, de Proceso Sitio web: https://www.proceso.com.mx/526516/pese-a-entregar-mas-de-700-mil-firmas-irre-gulares-margarita-zavala-celebra-aprobacion-de-candidatura

De Dios Palma, Arturo. (2018). Asesinan a precandidata del PRI en Chilapa, Guerrero. 25/02/2018, de Periódico El Universal Sitio web: http://www.eluniversal.com.mx/estados/asesinan-precandidata-del-pri-en-chilapa-guerrero

Díaz Santana, Héctor. (2011). “Los delitos electorales en México: Protección o dis-funcionalidad para el sistema electoral” en Revista Amicus curiae. Año IV. Núm3. México: UNAM.

DOF. (6 de julio de 2015). ACUERDO de Colaboración que celebran por una parte la Procuraduría General de la República, la Fiscalía Especializada para la Aten-ción de Delitos Electorales, y por la otra la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y las procuradurías generales de justicia o las fiscalías genera-les de los estados, que tiene por objeto facilitar la atención de las denuncias que se formulen por la probable comisión de delitos electorales. 01/08/2018, de Congreso de la Unión Sitio web: dof.gob.mx/nota_to_doc.php?codno-ta=5399485

delitos eleCtorales

Page 219: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

219

DOF. (23 de noviembre de 2012). CONVENIO de Colaboración que celebran la Pro-curaduría General de la República, la Procuraduría General de Justicia Militar y las Procuradurías y Fiscalías Generales de Justicia de las entidades federa-tivas. 1/08/2018, de Congreso de la Unión Sitio web: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5278988&fecha=23/11/2012

Escalante, Fernando. (1992). Ciudadanos imaginarios. México: El Colegio de México.Etellekt. (2018). Séptimo Informe de Violencia Política en México 2018. 9/08/2018, de

Etellekt Sitio web: http://www.etellekt.com/reporte/septimo-informe-de-vio-lencia-politica-en-mexico.html

Etellekt. (2018). Primer Informe de Violencia Política en contra de las mujeres en México 2018. 9/08/2018, de Etellekt Sitio web: http://www.etellekt.com/reporte/pri-mer-informe-de-violencia-politica-en-mexico.html

FEPADE. (2018). Delitos Electorales. 9/08/2018, de FEPADE Sitio web: http://www.fe-pade.gob.mx/swb/fepade/Programas

FEPADE. (2018). Informe mensual de actividades abril 2018. 11/06/2018, de Procuradu-ría General de la República Sitio web: http://www.fepade.gob.mx/work/mo-dels/fepade/informes/2018/Abril2018.pdf

FEPADE. (2018). Cartilla de Blindaje Electoral. 1/08/2018, de PGR Sitio web: http://pgrstastdgfepade020.blob.core.windows.net/fepade/difusion/CartillaBlinda-jeElectoral.pdf

FEPADE. (2018). Guía de Delitos Electorales para Servidores Públicos. 1/08/2018, de PGR Sitio web: http://pgrstastdgfepade020.blob.core.windows.net/fepade/difu-sion/GUIADESERVIDORESPUBLICOS.pdf

FEPADE. (2018). Blindaje Electoral. 1/08/2018, de FEPADE Sitio web: http://www.fe-pade.gob.mx/es/fepade/Blindaje_Electoral

FEPADE. (2018). Comunicado 679/18, Anuncia FEPADE despliegue ministerial para el pro-ceso electoral 2018. 1/08/2018, de FEPADE Sitio web: http://www.fepade.gob.mx/work/models/fepade/comunicados/Comunicado679.pdf

FEPADE. (2018). Cartilla para Cuerpos Policiales. 1/08/2018, de PGR Sitio web: http://pgrstastdgfepade020.blob.core.windows.net/fepade/difusion/CartillaCuer-posPoliciales1.pdf

FEPADE. (2018). Procedimiento de denuncia ante FEPADE. 1/08/2018, de PGR Sitio web: http://pgrstastdgfepade020.blob.core.windows.net/fepade/difusion/Procedi-mientoDenunciaFEPADE1.pdf

FEPADE. (2018). Despliegue Ministerial FEPADE. 1/08/2018, de PGR Sitio web: http://pgrstastdgfepade020.blob.core.windows.net/fepade/difusion/DespliegueMi-nisterial2018.pdf

FEPADE. (2018). Comunicado 669/18, INAI y FEPADE coordinan acciones. 1/08/2018, de FEPADE Sitio web: http://www.fepade.gob.mx/work/models/fepade/comuni-cados/Comunicado669.pdf

FEPADE. (2018). Manual de Diligencias Básicas para la Investigación de Delitos Electorales Federales. 1/08/2018, de PGR Sitio web: http://www.pgjebcs.gob.mx/FEPADE/Protocolos%20y%20Manual%20de%20actuaciones%20Sistema%20Tradi-

delitos eleCtorales

Page 220: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

220

cional/6%20%20Manual%20de%20Diligencias%20Basicas%20Fepade%20MAYO%20%202015.rtf

FEPADE. (2018). Informe de la FEPADE sobre la atención de casos de Violencia Política con-tra las mujeres 2014 a marzo de 2018.

FEPADE (2016) Violencia Política contra las Mujeres 2013-2016. México.Figueroa, H. (2018). INE citará a independientes por firmas falsas. 11/07/2018, de Excél-

sior Sitio web: https://www.excelsior.com.mx/nacional/2018/01/15/1213797Fiscalía General del Estado de Tabasco. (2018). Fiscalía Especializada en Delitos Elec-

torales. 12/07/2018, de FGET Sitio web: https://www.fiscaliatabasco.gob.mx/fiscaliasespecializadas/fedde

Fiscalía General del Estado. (2018). Directorio. 18/08/2018, de Fiscalía General del Estado Sitio web: http://www.fge.yucatan.gob.mx/rt.php?seccion=fiscalia-ge-neral&subseccion=directorio

Fiscalía General del Estado & Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electora-les. (2018). Manual para prevenir delitos electorales. 22/08/2018, de FGE Sitio web: https://fge.jalisco.gob.mx/sites/fge.jalisco.gob.mx/files/manual_delitos_elec-torales.pdf

Fiscalía General del Estado. (2017). Manual de procedimientos 2017. 22/08/2018, de FGE Sitio web: https://www.fge.chiapas.gob.mx/informacion/marcojuridico/server/pdf_doc.ashx?id_objeto=4327F195-83D6-480D-AE41-A729FE7A958A

Fiscalía General del Estado; Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales. (2018). Manual para prevenir delitos electorales. 22/08/ 2018, de Fiscalía General del Estado de Jalisco Sitio web: https://fge.jalisco.gob.mx/sites/fge.jalisco.gob.mx/files/manual_delitos_electorales.pdf

Françoise Montambeault. (2011). Journal Article Overcoming Clientelism Through Local Participatory Institutions in Mexico: What Type of Participation?. Latin American Po-litics and Society, 53.

García Martínez, Anayeli y Zamora Mendieta, Hazel. Los costos de la paridad. Cimac-noticias. 05/03/2018. De Cimacnoticias Sitio web: https://www.cimacnoticias.com.mx/etiqueta/fepade

García Ramírez, Sergio. (2000). “Delitos en materia electoral” en Islas de González Mariscal, Olga. (2000). Análisis lógico semántico de los tipos en materia electoral y de registro nacional de ciudadanos. México: Porrúa – UNAM - Instituto de Investiga-ciones Jurídicas.

García, Soledad y Lukes, Steven. (1999). Ciudadanía justicia social, identidad y participa-ción. Madrid: Siglo XXI de España.

Garrido, L. (1987). Un partido sin militantes. En La vida política mexicana en la crisis. Mé-xico: El Colegio de México.

Guerrero, E. (2012). El crimen organizado en las elecciones. 20 de junio de 2018, de Ne-xos Sitio web: https://www.nexos.com.mx/?p=14872

GOB.MX. (2018). Poder Ejecutivo. 1/08/2018, de GOB.MX Sitio web: https://www.gob.mx/gobierno

Guitián Galán, Mónica, y Girola, Lidia. (2005). Anomia e individualismo, Del diagnóstico

delitos eleCtorales

Page 221: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

221

de la modernidad de Durkheim al pensamiento contemporáneo. Barcelona: Anthro-pos-UAM-A.

Hagopian, Frances y Mainwaring, Scott. (2005). The Third Wave of Democratization in Latin America. Advances and Setbacks. Cambridge: Cambridge University Press.

Heater, Derek. (2007). Ciudadanía. Una breve historia. Madrid: Alianza Editorial.Held, David. (2007). Modelos de democracia. México: Alianza Editorial.Hobbes, Thomas. (2017). Leviatán, o la materia, forma y poder de una república eclesiás-

tica y civil. Ciudad de México: Fondo de Cultura Económica.IMPEPAC. (2017). Conoce los delitos electorales. 22/08/2018, de IMPEPAC Sitio web:

http://impepac.mx/conoce-los-delitos-electorales/INACIPE. (2018). Diez delitos electorales que debemos conocer y denunciar. 08/08/2018,

de Instituto Nacional de Ciencias Penales Sitio web: http://www.inacipe.gob.mx/inicio/documentos/10Delitoselectorales.pdf

Índigo Staff. (2018). Se incrementa labor de militares, Policías y PGR en el proceso elec-toral. 1/08/2018, de Reporte Índigo Sitio web: https://www.reporteindigo.com/reporte/se-incrementa-labor-militares-policias-pgr-en-proceso-electoral/

INEGI. (2012). Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas Ciudad. 23/08/2018, de INEGI Sitio web: http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/en-chogares/historicas/encup/

INEGI. (2017). Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental (ENCIG). 22/08/2018, de INEGI Sitio web: http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/en-chogares/regulares/encig/2017/

INEGI. (2017). Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental. 1/08/2018, de INEGI Sitio web: http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/enchogares/re-gulares/encig/2017/

INEGI. (2016). Encuesta Intercensal 2015. México: INEGI.INEGI. (2016). Recopilación de Información de los Organismos Públicos de Protección y De-

fensa de los Derechos Humanos en México 2013-2016. Tabulados básicos.Instituto Belisario Domínguez. (2017). Mirada Legislativa. Número 122. Abril de 2017.

Senado de la República, México.Instituto Federal Electoral. (2014). Informe país sobre la calidad de la ciudadanía en Mé-

xico. México: IFE.Instituto Nacional de las Mujeres. ¿Cuántas Alertas de Violencia de Género contra las

Mujeres se han declarado?. 18/05/2018, de Inmujeres Sitio web: https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/alerta-de-violencia-de-genero-con-tra-las-mujeres-80739

Jan J.M. van Djik, Jaap de Waard. (1991). A two-dimensional typology of crime preven-tion projects; with a bibliography. En Criminal Justice Abstracts. Netherlands: Typology of Crime Prevention Projects.

J. Jesús Lemus. (2015). Colima, Elección de dos. 09/08/2018, de Reporte Indigo Sitio web: https://www.reporteindigo.com/reporte/colima-eleccion-de-dos/

Kymlicka, Will. (2006). Ciudadanía multicultural. Barcelona: Paidós.

delitos eleCtorales

Page 222: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

222

Laurrauri, Elena. (2007). “Populismo punitivo … y cómo resistirlo” en Revista de Es-tudios Criminais. Año VII. Núm. 25, Porto Alegre: REC.

Ley, Sandra. (2017). How Criminal Violence Shapes Electoral Participation. 11/06/2018, de Journal of Conflict Resolution Sitio web: https://doi.org/10.1177/0022002717708600

Loaeza, S. (2018). De lo perdido, lo que aparezca. 11/07/2018, de El País Sitio web: ht-tps://elpais.com/elpais/2018/06/18/opinion/1529335186_565402.html

López Noriega, Saúl. (2018). La FEPADE ante las elecciones que vienen. 1/08/2018, de Nexos Sitio web: https://www.nexos.com.mx/?p=37754

Los Angeles Times Media Group. (2018). Investigan presunto fraude electoral en el esta-do mexicano de Puebla. 09/08/2018, de Hoy Sitio web: http://www.hoylosange-les.com/efe-3673120-14370714-20180704-story.html

Lusthaus, C., Adrien, M., Anderson,G., Carden F. & Montalván G. (2002). Capacidad. En Evolución Organizacional. Washington, D.C.: Inter-American Development Bank.

Lusthaus, C., Adrien, M., Anderson, G., Carden F., Plinio, G. (2002). En Evaluación Organizacional. Washington, DC: Banco Interamericano de Desarrollo y Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo.

Magdy Martínez-Solimán. (2013). La integridad electoral legitima la gobernanza | Magdy Martínez-Solimán. 09/08/2018, de Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sitio web: http://www.undp.org/content/undp/es/home/ourperspective/ourperspectivearticles/2013/10/21/sustainable-electoral-pro-cesses-for-strengthened-democracy-.html

Mayer, Arno J. (2002). Les Furies. Violence, vengeance, terreur aux temps de la Révolution française et de la Révolution russe. Paris: Fayard.

Meraz, Andrea. (2018). Ubica Fepade cuatro estados en focos rojos. 1/08/2018, de Ex-célsior Sitio web: https://www.excelsior.com.mx/nacional/ubica-fepade-cua-tro-estados-en-focos-rojos/1247149

México Evalúa. (2015). ¿Qué es la prevención del delito y la violencia?. 1/08/2018, de Mé-xico Evalúa Sitio web: http://mexicoevalua.org/prevencion/conoce-el-proyec-to/que-es-la-prevencion-del-delito-y-la-violencia/

Monroy, J. (2018). No me temblará la mano investigar firmas falsas de presidenciables independientes: Fiscal. 11/07/2018, de El Economista Sitio web: https://www.ele-conomista.com.mx/politica/No-me-temblara-la-mano-investigar-firmas-fal-sas-de-presidenciables-independientes-Fiscal-20180409-0082.html

Mouffe, Chantal. (1999). El retorno de lo político. Comunidad, ciudadanía, pluralismo, de-mocracia radical. Barcelona: Paidós.

Muedano, Marcos. (2018). La Fepade inició al día 3 carpetas; promedio del proceso elec-toral. 09/08/2018, de Excelsior Sitio web: https://www.excelsior.com.mx/nacional/la-fepade-inicio-al-dia-3-carpetas-promedio-del-proceso-electo-ral/1249057

Muedano, Marcos. (2018). Recibe Fepade mil 34 denuncias por delitos electorales. 09/08/2018, de Excélsior Sitio web: https://www.excelsior.com.mx/nacional/recibe-fepade-mil-34-denuncias-por-delitos-electorales/1249491

delitos eleCtorales

Page 223: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

223

Naciones Unidas. (2012). Resolución aprobada por la Asamblea General el 24 de septiem-bre de 2012. 9/08/2018, de Naciones Unidas Sitio web: https://undocs.org/es/A/RES/67/1

Niebla, Nicolás. (2001). Entrevista a Paul Barry Clarke: El Ciudadano Profundo. 08/09/2018, de Letras Libres Sitio web: URL=http://www.letraslibres.com/in-dex.php?art=6697

Nieto Castillo, Santiago; Valdez Méndez, Sandra. (2017). "Fepade: la historia como creadora de instituciones" en Ugalde, Luis Carlos; Hernández, Said. (2017). Fortalezas y debilidades del sistema electoral mexicano. Perspectiva federal y local. Sitio web: URL= https://integralia.com.mx/FortalezasyDebilidadesDel-SistemaElectoralMexicanoPerspectivaFederalyLocal.pdf

Nieto Castillo, Santiago y Valdez Méndez, Sandra Fabiola. (2018). Delitos Electora-les: Turismo Electoral. 1/08/2018, de El Mundo del Abogado Sitio web: https://elmundodelabogado.com/revista/posiciones/item/delitos-electorales-turis-mo-electoral

Nieto Castillo, Santiago., Valdez, Fabiola. (2018). FEPADE: la historia como creadora de instituciones. 10/06/2018, de Integralia Consultores Sitio web: https://integralia.com.mx/fortalezasydebilidades/Capitulo29-NietoyValdez.pdf

Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe. (2017). Poder legislativo: porcentaje de mujeres en el órgano legislativo nacional. 11/07/2018, de Cá-mara baja o única Sitio web: https://oig.cepal.org/es/indicadores/poder-legis-lativo-porcentaje-mujeres-organo-legislativo-nacional-camara-baja-o-unica

Observatorio de Participación Política de las Mujeres en México. (2018). Primer Con-greso Paritario en México. 12/07/2018, de Inmujeres Sitio web: http://observato-rio.inmujeres.gob.mx/proceso-electoral-2/elecciones-2018/resultados-electo-rales/

Patiño Camarena, Javier. (2012). El sistema federal y los delitos electorales. México: IFE Sitio web: URL= http://portalanterior.ine.mx/docs/IFE-v2/DECEYEC/DECE-YEC-MaterialesLectura/docs/02_SistemaFederalYDelElect.pdf

Pérez, Germán y León, Juan. (2007). El léxico de la política en la globalización. Nuevas realidades, viejos referentes. México: Miguel Ángel Porrúa.

Pérez, D. y De Paz, H. (2018). Mayoral Homicide in Mexico: A Situational Analysis on the Victims, Perpetrators, and Locations of Attacks. En Rice University’s Baker Institute for Public Policy. 11/07/2018, Baker Institute Sitio web: https://www.bakerinsti-tute.org/media/files/files/27285204/mex-pub-mexmayors-053118.pdf

Przeworski, Adam. (1991). Democracy and the Market. Political and Economic Reforms in Eastern Europe and Latin America. Nueva York: Cambridge University Press.

Przeworski, Adam. (2010). Democracy and the Limits of Self-Government. New York: Cambridge Studies in the Theory of Democracy.

Przerworski, Adam. (1998). Democracia sustentable. Buenos Aires: Paidós.Procuraduría General de Justicia del Estado. (2015). Acuerdo PGJE/004/2015.

22/08/2018, de PJE Sitio web: https://www.fge.chiapas.gob.mx/i n f o r m a c i o n / m a r c o j u r i d i c o / s e r v e r / p d f_d o c. a s h x ? i d _o b j e t o = -07B9242A-0B82-4733-9DAB-9A027B602B7F

delitos eleCtorales

Page 224: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

224

Quiroga, Hugo; Villavicencio, Susana y Vermeren, Patrice. (1999). Filosofías de la ciu-dadanía. Sujeto político y democracia. Rosario: Homo Sapiens Ediciones.

Redacción. (2014). Estas son las 3 elecciones para gobernador que se han anulado en Méxi-co. 20/07/2018, de nación321 Sitio web: http://www.nacion321.com/elecciones/estas-son-las-3-elecciones-para-gobernador-que-se-han-anulado-en-mexico

Redacción. (2017). Las oscuras ganancias de Odebrecht en México suman 1,429 MDD: Investigación. 09/08/2018, de Expansión Sitio web: https://expansion.mx/nacional/2017/02/16/las-oscuras-ganancias-de-odebrecht-en-mexico-su-man-1-429-mdd-investigacion

Redacción. (2018). 911 recibirá denuncias de delitos electorales. 1/08/2018, de El Finan-ciero Sitio web: http://www.elfinanciero.com.mx/elecciones-2018/911-recibi-ra-denuncias-de-delitos-electorales

Redacción. (2018). Sepulta PGR caso contra César Duarte. 20/06/2018, de Zócalo Si-tio web: http://www.zocalo.com.mx/new_site/articulo/libra-c.duarte-acusa-cion-por-desvio-de-union-progreso

Redacción. (2018). ¿De qué acusan al otro Duarte?. 19/07/2018, de El Universal Sitio web: http://www.eluniversal.com.mx/nacion/sociedad/de-que-acusan-al-otro-duarte

Redacción. (2017). FEPADE investiga a César Duarte por desvío de 200 mdp al PRI en elección de 2016. 20/06/2018, de segundoasegundo.com Sitio web: ht-tps://www.segundoasegundo.com/fepade-investiga-cesar-duarte-des-vio-200-mdp-al-pri-eleccion-2016/

Rosemberg Seifer, Florence. (2012). Antropología de la violencia en la Ciudad de México. Familia, poder, género y emociones. México: INAH.

Rouquié, Alain. (1978). Clientelist Control and Authoritarian Contexts. 11/06/2018, de Elections without choice Sitio web: https://link.springer.com/chapter/10.1007%2F978-1-349-03342-3_2

Rubén Torres. (2018). Siete muertos en la jornada electoral. 09/08/2018, de El Econo-mista Sitio web: https://www.eleconomista.com.mx/politica/Siete-muer-tos-en-la-jornada-electoral-20180702-0020.html

Salguero, María. (2016). Yo Te Nombro, Mapa de Feminicidios. 20/28/2018, de Feminici-diosmx Sitio web: https://feminicidiosmx.crowdmap.com/

Sanmartín E, Gutiérrez L, Martínez J. (2010). Reflexiones sobre la violencia. México: Si-glo Veintiuno Editores.

Sartori, Giovanni. (2008). Los partidos políticos. Barcelona: Alianza.Schatz, S. (2011). Murder and Politics in Mexico. New York: Springer.SEDATU. (2018). Manual EPREE. 1/08/2018, de SEDATU Sitio web: https://www.gob.

mx/cms/uploads/attachment/file/285871/MANUAL_EPREE_2018.pdfSEGOB. (2012). Encuesta Nacional de Cultura Política y Prácticas Ciudadanas. 1/08/2018,

de SEGOB Sitio web: http://www.encup.gob.mx/en/Encup/Quinta_EN-CUP_2012

Supremo Tribunal de Justicia. (2018). Prevención de los delitos electorales. 23/08/2018, de Supremo Tribunal de Justicia Sitio web: http://www.stjjalisco.gob.mx/pa-ges/transparencia/delitos_electorales

delitos eleCtorales

Page 225: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

225

Schedler, A. (2004). El voto es nuestro: ¿cómo los ciudadanos mexicanos perciben el clien-telismo electoral. México: Revista Mexicana de Sociología.

Schroeter, B. (2010). Clientelismo: ¿Un concepto social y/o político. México: Revista Mexi-cana de Sociología.

SFP. (2018). Guía de Gobierno Abierto 2018. 1/08/2018, de SFP Sitio web: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/320909/Gui_a_Gobierno_Abier-to_2018.pdf

Strange, Susan. (1996). La retirada del Estado. Barcelona: Icaria.Talancón Escobedo, Jaime. (2008). Violencia Política, Texto de la conferencia dictada el

21 de marzo del 2008 en las Segundas Jornadas Socio jurídicas “Violencia: Visión Inter-disciplinaria” en la Facultad de Derecho, UNAM.

Taylor, Charles. (2009). El multiculturalismo y la política del reconocimiento. México: FCE.

Thiebaut, Carlos. (1998). Vindicación del ciudadano. Barcelona: Paidós.The Guardian in Spanish. (2016). Joaquín ’El Chapo’ Guzmán entró en dos ocasiones

en EEUU, mientras era prófugo, aseguró su hija. 09/08/2018, de The Guardian in Spanish Sitio web: https://www.theguardian.com/world/2016/mar/04/joa-quin-el-chapo-guzman-entro-eeuu-mientras-profugo-hija-entrevista

The Kofi Annan Foundation. (2017). Acceso a la Justicia e Integridad electoral. México: The Kofi Annan Foundation.

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. (2017). Protocolo para la aten-ción de la violencia política contra las mujeres en razón de género. Ciudad de Méxi-co.

Ugalde, L., Rivera, G. (2013). Clientelismo electoral y la compra del voto en México. 11/07/2018, de Nexos Sitio web: https://www.nexos.com.mx/?p=18989

Valero, M. (2018). El PRI y su turismo electoral en Quintana Roo. ¿Cómo operó?. 19/06/2018, de e-consulta.com Sitio web: http://www.e-veracruz.mx/nota/2018-01-23/na-cion/el-pri-y-su-turismo-electoral-en-quintana-roo-como-opero

Vilalta, C. (2007). Compra y Coacción del Voto en México: Variaciones estatales y diferen-cias de opinión entre beneficiarios y no beneficiarios de programas sociales. 11/06/2018, de Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sitio web: https://img1.wsimg.com/blobby/go/9b03c4d4-1f07-47b6-9654-416ff4774662/down-loads/1cd3ji277_602383.pdf

Wilkinson, Paul. (2004). Le terrorisme dans le spectre de la violence politiqu, en Les Ca-hiers du RMES.

Proyectos estadísticos consultados

INEGI: Estadísticas judiciales en materia penalINEGI: Organismo públicos de derechos humanosINEGI: Censo Nacional de Procuración de Justicia FederalINEGI: Censo Nacional de Impartición de Justicia FederalINEGI: Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal

delitos eleCtorales

Page 226: Director de la obra - ONC...7 delitos electorales crónica y a visibilizar la violencia política en contra de las mujeres por razones de género, entre otros aspectos. Aunque los

226 delitos eleCtorales

INEGI: Censo Nacional de Impartición de Justicia EstatalINEGI: Encuesta Nacional de Calidad e Impacto GubernamentalINEGI y SEGOB: Encuesta Nacional sobre Cultura Política y Prácticas CiudadanaFEPADE: Informe Mensual de ActividadesFEPADE: Respuesta a solicitudes de información públicaSESNSP: Cifras de Incidencia Delictiva EstatalSESNSP: Cifras de Incidencia Delictiva Federal