Diseno de Urbanizaciones Pp

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DISEÑO DE URBANIZACIONES

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  • DISEO DE URBANIZACIONES

  • METROPLAN

  • Corresponde a la Alcalda Municipal del Distrito Central, por medio de la Gerencia de Metroplan velar por el correcto cumplimiento de las presentes normas a travs de la emisin de los informes, licencias dictmenes y, en general, la prestacin de los servicios administrativos contemplados en este articulado.

  • RESPONSABILIDADESDE PROPIETARIOS, PLANIFICADORES Y EJECUTORES

    RESPECTO A LA VA PBLICA Y LA INFRAESTRUCTURA PBLICA

    SOBRE DAOS PERSONALES Y MATERIALES

  • EMISIN DE PERMISOS DE FRACCIONAMIENTOS, OBRAS Y USO DE SUELOLICENCIA DE OBRASOLICITUD DE INFORMES, LICENCIAS O DICTMENESAUTORIZACION PARA INICIAR LOS TRABAJOSMODIFICACIN DE PLANOS Y/O PLANILLAS APROBADOS

  • TIPOS DE LICENCIAS DE OBRALicencia de obra de demolicin Licencia de obra de movimientos de tierra, excavaciones o rellenosLicencia de obra de urbanizacinLicencia de obra de construccin nueva y ampliacin menor de 30.00 metros cuadrados.Licencia de obra de construccin nueva o ampliacin mayor de 31.00 metros cuadrados. Licencia de obra de remodelacin o restauracinLicencia de Legalizacin de obraLicencia de cambio de uso

  • TIPOS DE LICENCIAS DE OBRALicencia de obras complementarias, que a su vez incluyen:

    Licencia de obra de estructura cimentada sobre el subsuelo y/o sobre estructuras existentes para cualquier uso.Licencia de obra de montaje o desmontaje de elementos constructivos Licencia de obra de muro perimetral o de contencinLicencia de obra de cambio o sustitucin de cubierta Licencia de obras exteriores de pavimentacinLicencia de obra de estacionamientos

  • EMISIN DE PERMISO PARA URBANIZAR

  • LOTIFICACIONEs la divisin de un predio de dos partes, con el fin de habilitar las mismas en forma segregada y para lo cual se requiere de la apertura de nuevas vas de circulacin y acceso

  • URBANIZACION Es la incorporacin de tierras al uso urbano, mediante el diseo y construccin planificada de servicios y equipamiento indispensable para la vida urbana y ejecutas de acuerdo a un proyecto de lotificacin

  • Lote Superficie de terreno continua resultante del proceso de divisin y urbanizacin del suelo, o de modificaciones, anexiones o sustracciones de la misma.

  • SubdivisinEs todo fraccionamiento de lotes que no requieren de la apertura de nuevas calles de acceso y que no modifica radicalmente la estructura parcelaria existente.

  • Equipamiento Social Es el conjunto de funciones a que se destinaran las reas cedidas que podrn ser educativo-recreativo, asistencial e institucional que corresponde escala a la unidad de planificacin que se ha adoptado.

  • Planos Particularizados Es la definicin urbanstica, mediante proyecto grfico del uso del suelo de una determinada zona.

    Obras de infraestructura Es la dotacin de agua potable, alcantarillado cloacal y pluvial, energa elctrica y vas de circulacin para una zona.

  • Calles de Retorno (cul de sac)Son calles sin salida y dotadas de un redondel en su parte final, para permitir el giro de 360 a los vehculos.

  • ALCANCE DEL ANTEPROYECTO URBANSTICOSe considera rea factible de urbanizacin aquella que colinda con el rea urbanizada, con caractersticas topogrficas adecuadas, que tienen potencial y vocacin para el desarrollo urbano, debido a las posibilidades de dotacin de servicios pblicos y de infraestructura.

  • Toda urbanizacin contara como mnimo con:Sistema de alumbrado pblico y acometidas domiciliares de energa elctrica.Tratamiento adecuado de calles.Sistema de drenajes de agua de lluvia.Sistema de drenajes de aguas negras y Sistema de agua potable.

  • NORMAS DE DISEO URBANO

  • Para las urbanizaciones que superen las 550 unidades de viviendas se deber prever un rea para desarrollo comercial, el requerimiento de esta ser de 1.00 metro cuadrado por cada unidad habitacional. Esta rea no ser cedida.

    Las reas cedidas a la Municipalidad por concepto de equipamiento social, podrn ser cedidas en usufructo a particulares siempre y cuando estas conserven el uso para el cual fueron cedidas

  • UBICACIN DEL EQUIPAMIENTO SOCIAL.El rea destinada para equipamiento social estar concentrada en un solo lugar o mximo en dos, creando un ncleo educativo deportivo y otro institucional y de servicio; el primero presentar prevaleca de reas verdes y no siempre acceso jerarquizado de trfico, mientras que el segundo, ser de mayor densidad social y requerir de mejor accesibilidad vehicular.

  • TRAZADO DE CUADRAS O BLOQUESSern Preferentemente rectangularesEn ningn caso tendr ms de trescientos (300) metros de longitud, para no obstaculizar la circulacin, ni menos de cien (100) metros, para evitar los cruces excesivos. El relieve topogrfico de las cuadras o de los bloques, deber permitir la normal evacuacin de aguas pluviales hacia las calles colindantes. Los bloques o cuadras debern designarse con letras maysculas.

  • TRAZADO DE LOTESLas lneas laterales de los lotes debern ser en lo posible perpendiculares a las calles, o radiales a las calles curvas. El lote de esquina deber de tener 3 metros ms de ancho del mnimo establecido. Todo lote estar adecuadamente delimitado en su permetro y tendr acceso independiente al frente directo a una va pblica ya sea sta vehicular o peatonal, los lotes no podrn ser de reas inferiores a las establecidas en sus disposiciones y no se permitir su subdivisiones que no cumplan con los mnimos establecidos, segn la zona donde se desarrolle.

  • Las lneas laterales de los lotes debern ser en lo posible perpendiculares a las calles, o radiales alas calles curvas. El lote de esquina deber de tener 3 metros ms de ancho del mnimo establecido.

  • SISTEMA VIALPara proyectos que se desarrollen dentro de urbanizaciones ya aprobadas por la Gerencia de Metroplan se deber de mantener el trazado de la estructura vial principal con la jerarqua establecida por esta norma, las vas internas que habiliten, deben cumplir como el ancho mnimo que se estipula a continuacin:

  • Para dos y hasta seis lotes, el ancho del derecho de va debe ser de siete metros, con un ancho de acera mnimo de 1.50 metros.

    Para ms de siete lotes, el ancho mnimo del derecho vial ser de nueve metros, siempre y cuando no sobrepase las cincuenta y nueve lotes, con un ancho de acera mnimo de 1.50 metros.

    Para derechos viales en desarrollos que contengan desde sesenta y hasta cien lotes, el tramo de acceso tendr un ancho de once metros y medio, con un ancho mnimo de acera de 1.50 metros y en el resto de la red interna del desarrollo el ancho de los derechos viales quedar sujeto a la cantidad de lotes que habilite cada va interna, de conformidad con los incisos anteriores.

  • Para ms de cien lotes, el derecho vial mnimo ser en el tramo de acceso de un ancho de catorce metros y con acera de 2.00 metros y en el resto de la red interna del desarrollo el ancho de los derechos viales quedar sujeto a la cantidad de lotes que habilite cada va interna, de conformidad con los incisos anteriores.

  • CALLES PEATONALESEn caso de adoptarse esquemas con estacionamiento colectivo, las vas pblicas que llegan a las parcelas sern peatonales y sobre ellas se puede disponer los lote, siempre que la distancia de los mismos al estacionamiento colectivo no sea mayor de 120.00 metros y que exista la posibilidad de acceder en vehculo en casos de emergencia, para cuyo fin debern tener un ancho libre no menor de los 6.00 metros

  • PASILLOS PEATONALESEstos pasillos podrn tener pendientes mayores de 18%, en cuyo caso debern llevar gradas y rampas que cumplan con lo establecido en las presentes normas. Su ancho ser de 6.00 metros y no debern existir lotes para vivienda unifamiliar con salida vehicular hacia los mismos. Su perfil deber ser a nivel de acera.

  • LONGITUDES MXIMAS DE VIAS DE ACCESOLos lazos y calles de retorno (cul de sac), en ningn caso deben tener una profundidad mayor de 200.00 m.

  • MOBILIARIO URBANOSe entiende por mobiliario urbano, la construccin de aceras y calles peatonales, la arborizacin y colocacin de csped, la sealizacin y nominacin de calles y avenidas y otros detalles como la colocacin de basureros metlicos, bancos de concreto, la construccin de casetas de espera en la paradas de buses, la nomenclatura de viviendas, etc.

  • INTERSECCIONESLas calles deben intersecarse lo ms aproximadamente posible al ngulo de 90 grados, se deben evitar intersecciones con ngulos menores a los 60 grados y las intersecciones de ms de dos calles en un solo punto. Las intersecciones en T sern permitidas siempre que las calles que la forman estn separadas un mnimo de 40.00 m. de otra interseccin. La aproximacin en la interseccin deber ser horizontal por lo menos hasta 15.00 m. del eje.

  • ARBORIZACINSer obligacin del urbanizador, engramar las aceras verdes de las calles y avenidas.Las laderas con pendientes mayores al 50% debern ser reforestadas por el lotificador.

  • DISEO Y EJECUCIN DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA

  • AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y DRENAJE PLUVIAL.El lotificador tendr a su cargo el diseo y ejecucin directa o por contrato de la red domiciliaria de agua potable y las redes de alcantarillado pluvial y cloaca, las mismas que sern realizadas de acuerdo a las especificaciones tcnicas del SANAA, la cual emitir una resolucin favorable o permiso el cual ser exigido por la Gerencia de Metroplan para la aprobacin del proyecto.

  • ENERGIA ELECTRICAEl lotificador tendr a su cargo la construccin de la red para proporcionar energa elctrica para servicio domiciliar y alumbrado pblico, red que ser ejecutada de acuerdo a especificaciones de la ENEE y debidamente aprobado por la misma empresa.- Dicha red ser alimentada por el sistema de la ENEE y pasar a su poder luego de tres (3) aos de uso, o antes si as lo determina la expresada empresa.

  • CONSTRUCCIN DE CALLES.El nivel, la subrasante, la capa-base superficie de rodadura, adems de cuneta de drenaje y bordillos, se debern construir de acuerdo con las especificaciones requeridas por el SANAA de acuerdo con todas las condiciones establecidas para la aprobacin de los servicios de agua y drenajes

  • RESPONSABILIDADES DEL PROPIETARIO EN LA CONSTRUCCIN DECALLES.El propietario est obligado a construir las vas de acceso y distribuidores locales que correspondan a su lotificacin, de acuerdo a las normas de construccin de Metroplan.

  • SERVIDUMBRESCuando la AMDC, SANAA, ENEE, HONDUTEL, o el Cuerpo de bomberos lo estime conveniente podrn, en la etapa de diseo, exigir el establecimiento de servidumbre para las instalaciones que sean necesarias, de conformidad con lo establecido en el Cdigo Civil.

  • TRASPASO DE AREAS.El propietario de la lotificacin traspasar en forma gratuita a la Municipalidad del Distrito Central, las reas destinadas al equipamiento social. Adems, traspasar el rea que se necesite para la circulacin vehicular y peatonal, incluyendo aceras y bordillos y que corresponde a vas de intercomunicacin y de circulacin interna de acuerdo a las especificaciones viales.

  • GARANTIAS PARA LA EJECUCIN DE LAS OBRAS DEINFRAESTRUCTURA

  • OBRAS A CARGO DEL LOTIFICADORRed de agua potable conectada a la matriz pblica del SANAA, o pozos aprobados por esta misma institucin;Tendido de alcantarillado cloacal y pluvial conectadas a los colectores pblicos;Red de energa elctrica domiciliaria y alumbrado pblico conectada a la lnea de la ENEE.Pavimentacin y bordillos de calles;

  • OBRAS A CARGO DEL LOTIFICADORAcera, nomenclatura y sealizacin, en caso de la nomenclatura y sealizacin sern establecidas en la autorizacin del proyecto como condiciones especiales que debercumplir;Instalaciones recreativas (parques infantiles, canchas de foot-ball, basket ball, etc.);Arborizacin.

  • TRAMITACIN DE LICENCIA PARA URBANIZAR Y/O LOTIFICAR

  • ETAPASIntencin de urbanizarAnlisis del anteproyecto Aprobacin final de proyectos

  • ANTEPROYECTOINFORME DE METROPLAN.TIEMPO DE VALIDEZ.ADVERTENCIA.

  • PROYECTO FINALMEMORIASe presentarn adicionalmente a los requisitos exigidos en las presentes normas, tres (3) copias de una Memoria que deber contener lo siguiente:

  • MEMORIA

    Descripcin de la lotificacin indicando tamao, medida de lotes, nmero, rea total de lotificacin, etc.Costo de la lotificacin y valor por metro cuadrado (m) para la venta.Plan de trabajo para la ejecucin de los servicios pblicos, presupuestos y programacin. Plan de trabajo, presupuesto y programacin para las obras de equipamiento social.

  • PROYECTO FINALPLANOS DE CONSTRUCCINAPROBACIN.TIEMPO DE VALIDEZREGISTRO EN MAPA OFICIAL.

  • RESTRICCIONES A LA URBANIZACIN Y/O LOTIFICACION.Cuando el proyecto de lotificacin no sea compatible con el uso del suelo sealado en las disposiciones contempladas en las presentes normas;Cuando la urbanizacin o lotificacin no cumpla con los requisitos y criterios de diseo establecidos en las presentes normas.Cuando el proyecto presente resoluciones o dictmenes desfavorables o denegados por otras instituciones, los cuales sean solicitados como requisitos.Cuando el proyecto no presente estudio de impacto vial y memoria indicando las obras necesarias exigidas en el estudio para minimizar el impacto.

  • FIANZA DE CALIDAD DE OBRA.Concluido un proyecto, en los casos en los que de acuerdo a lo contemplado en la presente norme se exija una Fianza de Garanta, esta deber ser sustituida por una Fianza de Calidad de Obra equivalente al quince por ciento (15%) del presupuesto utilizado para la construccin de las obras viales y de infraestructura, garanta que tendr vigencia desde el momento de la recepcin de la obra y durante un perodo de un (1) ao.

  • LICENCIAS

  • LICENCIA DE OBRAPrevio a realizar una obra en un inmueble, su propietario deber obtener de la Gerencia de Metroplan la respectiva licencia.

  • REQUISITOS

  • ZONIFICACIN GENERAL

  • CLASIFICACION DE ZONAS

    REAS URBANIZABLES

    REAS NO URBANIZABLES

  • REAS URBANIZABLESSon susceptibles de urbanizacin todas aquellas superficies ubicadas dentro de las reas de expansin urbana cuya pendiente del terreno sea inferior a treinta por ciento, con excepcin de las reas de deslizamientos que hayan sido o sean identificadas por la Corporacin Municipal.

  • REAS NO URBANIZABLESNo se permitir la urbanizacin de las reas que se encuentren fuera de las reas identificadas como de expansin urbana, as como tampoco de aquellas cuya pendiente del terreno sea superior al cincuenta por ciento, o que hayan sido o sean identificadas como reas de deslizamientos por la Corporacin Municipal.

  • Para efectos la actualizacin de la zonificacin en el Distrito Central se establece las siguientes zonas:Zonas Distribuidoras, las cuales se dividen a su vez en zonas distribuidoras D-1, D-2 y D-3Zonas Residenciales, las cuales se dividen a su vez en zonas residenciales R-1, R-2 y R-3Zonas especiales: conservacin ecolgica (ce), conservacin histrica (CH), proyectos culturales (PC) conservacin por reas de riesgo (CPR)