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Consejería de Hacienda y Administración Pública Convenios. Resolución de 3 de agosto de 2015, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre el Instituto de la Mujer de Extrema- dura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Leganés por el que se establece el marco de actuación conjunta en la gestión de las ayudas destinadas a incrementar los niveles básicos de bienestar de las mujeres mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extrema- dura reguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril ........................................ 29421 Convenios. Resolución de 3 de agosto de 2015, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre el Instituto de la Mujer de Extrema- dura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Llerena por el que se establece el marco de actuación conjunta en la gestión de las ayudas destinadas a incrementar los niveles básicos de bienestar de las mujeres mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extrema- dura reguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril ........................................ 29427 Convenios. Resolución de 3 de agosto de 2015, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre el Instituto de la Mujer de Extrema- dura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Mérida por el que se establece el marco de ac- tuación conjunta en la gestión de las ayudas destinadas a incrementar los niveles básicos de bienestar de las mujeres mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura reguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril ................................................ 29433 MIÉRCOLES, 12 de agosto de 2015 NÚMERO 155 OTRAS RESOLUCIONES III

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Consejera de Hacienda y Administracin PblicaConvenios. Resolucin de 3 de agosto de 2015, de la Secretara General, por la que se dapublicidad al Convenio de Encomienda de Gestin entre el Instituto de la Mujer de Extrema-dura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Legans por el que se establece el marco deactuacin conjunta en la gestin de las ayudas destinadas a incrementar los niveles bsicosde bienestar de las mujeres mayores en el mbito de la Comunidad Autnoma de Extrema-dura reguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril ........................................ 29421Convenios. Resolucin de 3 de agosto de 2015, de la Secretara General, por la que se dapublicidad al Convenio de Encomienda de Gestin entre el Instituto de la Mujer de Extrema-dura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Llerena por el que se establece el marco deactuacin conjunta en la gestin de las ayudas destinadas a incrementar los niveles bsicosde bienestar de las mujeres mayores en el mbito de la Comunidad Autnoma de Extrema-dura reguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril ........................................ 29427Convenios. Resolucin de 3 de agosto de 2015, de la Secretara General, por la que se dapublicidad al Convenio de Encomienda de Gestin entre el Instituto de la Mujer de Extrema-dura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Mrida por el que se establece el marco de ac-tuacin conjunta en la gestin de las ayudas destinadas a incrementar los niveles bsicos debienestar de las mujeres mayores en el mbito de la Comunidad Autnoma de Extremadurareguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril ................................................ 29433MIRCOLES, 12de agosto de 2015NMERO 155OTRAS RESOLUCIONES IIINMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529419Consejera de Economa e InfraestructurasInstalaciones elctricas. Resolucin de 9 de julio de 2015, del Servicio de Ordenacin In-dustrial, Energtica y Minera de Badajoz, autorizando el establecimiento de instalacin elc-trica. Ref.: 06/AT-1788/17576 .......................................................................... 29439Instalaciones elctricas. Resolucin de 10 de julio de 2015, del Servicio de Ordenacin In-dustrial, Energtica y Minera de Badajoz, autorizando el establecimiento de la instalacin elc-trica. Ref.: 06/AT-10177/17573.......................................................................... 29441Consejera de Medio Ambiente y Rural, Polticas Agrarias y TerritorioSentencias. Ejecucin. Resolucin de 20 de julio de 2015, de la Secretara General, por laque se dispone la ejecucin de la sentencia n. 81, de 23 de junio de 2015, del Juzgado delo Contencioso-Administrativo n. 2 de Cceres.................................................... 29443Consejera de Educacin y EmpleoConvenios Colectivos. Resolucin de 24 de julio de 2015, de la Direccin General de Tra-bajo, por la que se ordena la inscripcin en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivosde Trabajo de la Comunidad Autnoma de Extremadura y se dispone la publicacin del textodel Acta de la Comisin Negociadora de fecha 9 de julio de 2015, modificando el artculo 9 delConvenio Colectivo de trabajo "Comercio del Metal de la provincia de Badajoz"........ 29444Convenios Colectivos. Resolucin de 24 de julio de 2015, de la Direccin General de Tra-bajo, por la que se ordena la inscripcin en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivosde Trabajo de la Comunidad Autnoma de Extremadura y se dispone la publicacin del textode la "Modificacin del Convenio Colectivo del Personal Laboral al Servicio del Ayuntamientode Almendralejo y la corporacin municipal, del ao 2013", suscrito por la comisin negocia-dora con fecha 22/01/2015 .............................................................................. 29447Consejera de Sanidad y Polticas SocialesSalud. Subvenciones. Resolucin de 23 de julio de 2015, del Consejero, por la que se re-suelve la convocatoria de subvenciones para la financiacin de proyectos sociosanitarios en elmbito de la participacin comunitaria en salud, para el ao 2015 ........................ 29453Consejera de Medio Ambiente y Rural, Polticas Agrarias y TerritorioInformacin pblica. Anuncio de 20 de julio de 2015 sobre implantacin de uso de acopiostemporales de ridos no peligrosos. Situacin: parcela 109 del polgono 6. Promotora: RCDJincaro, SLU, en Almaraz .................................................................................. 29464ANUNCIOS VNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529420Informacin pblica. Anuncio de 21 de julio de 2015 sobre construccin de vivienda vincu-lada a actividad de olivar. Situacin: parcela 62 del polgono 52. Promotora: D. Josefa Man-silla Moreno, en Cabeza del Buey ...................................................................... 29464Informacin pblica. Anuncio de 21 de julio de 2015 sobre construccin de vivienda y ane-xo vinculados a actividad de olivar. Situacin: parcela 63 del polgono 52. Promotoras: D. Ma-nuela Mansilla Simancas y D. Celestina Mansilla Simancas, en Cabeza del Buey ...... 29465Contratacin. Anuncio de 4 de agosto de 2015 por el que se hace pblica la convocatoria, porprocedimiento abierto, para la contratacin del servicio de "Gestin del servicio pblico de laestacin de transporte de viajeros por carretera de Trujillo". Expte.: GSP0315174 .... 29465Consejera de Educacin y EmpleoOrganizaciones sindicales. Anuncio de 24 de julio de 2015 sobre cambio de domicilio so-cial de la organizacin sindical denominada "Sindicato Mdico de Extremadura", en siglas "SI-MEX". Expte.: CA/40 ........................................................................................ 29468Formalizacin. Anuncio de 27 de julio de 2015 por el que se hace pblica la formalizacindel contrato de servicio de "Mantenimiento de jardines de las Residencias Universitarias Die-go Muoz Torrero y Mario Roso de Luna de Cceres". Expte.: SER1503001 ............ 29469NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529421CONSEJERA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIN PBLICARESOLUCIN de 3 de agosto de 2015, de la Secretara General, por la quese da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestin entre el Instituto dela Mujer de Extremadura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Leganspor el que se establece el marco de actuacin conjunta en la gestin de lasayudasdestinadasaincrementarlosnivelesbsicosdebienestardelasmujeres mayores en el mbito de la Comunidad Autnoma de Extremadurareguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril. (2015061821)Habindose firmado el da 14 de mayo de 2015, el Convenio de Encomienda de Gestin en-tre el Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Lega-ns por el que se establece el marco de actuacin conjunta en la gestin de las ayudas des-tinadas a incrementar los niveles bsicos de bienestar de las mujeres mayores en el mbitode la Comunidad Autnoma de Extremadura reguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril,de conformidad con lo previsto en el artculo 8. del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre,por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administracin de la ComunidadAutnoma de Extremadura.R E S U E L V O :La publicacin en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de lapresente resolucin.Mrida, a 3 de agosto de 2015.La Secretaria General,M. ASCENSIN MURILLO MURILLOOTRAS RESOLUCIONES IIINMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529422CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIN ENTRE EL INSTITUTO DE LA MUJER DEEXTREMADURA (IMEX) Y EL AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE LEGANS POR EL QUE SE ESTABLECE EL MARCO DE ACTUACIN CONJUNTA EN LA GESTIN DE LAS AYUDAS DESTINADAS A INCREMENTAR LOS NIVELES BSICOS DE BIENESTAR DE LASMUJERES MAYORES EN EL MBITO DE LA COMUNIDAD AUTNOMA DE EXTREMADURAREGULADAS POR EL DECRETO 74/2015, DE 21 DE ABRILEn Mrida, a 14 de mayo de 2015.De una parte, Doa M. Jos Ordez Carbajal que interviene en nombre del Instituto de laMujer de Extremadura, con CIF Q-0600412A, en calidad de Directora General del mismo, car-go para el que fue nombrada por Decreto 200/2011, de 29 de julio, y en virtud de las facul-tades que tiene atribuidas por el artculo 8.2 k. del anejo al Decreto 184/2001, de 5 de di-ciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de la Mujer de Extremadura.Y de otra, Don Baldomero Jimeno Torres, que interviene en nombre y representacin del Ayun-tamiento de Valverde de Legans, con CIF P0614300B, en su condicin de Presidente/a, de-bidamente facultado para este acto por PlenoMANIFIESTAN:PRIMERO. Que el Instituto de la Mujer de Extremadura, (en adelante IMEX), fue creado porla Ley 11/2011, de 10 de octubre (DOE nm. 129, de 8 de noviembre), como organismo au-tnomodecarcteradministrativo,dotadodepersonalidadjurdicapropia,conautonomaeconmica y administrativa para la realizacin de sus fines, siendo su objetivo ltimo la eli-minacin de cualquier forma de discriminacin de las mujeres extremeas y la remocin deobstculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho.SEGUNDO: Que el IMEX tiene encomendado en el mbito de las competencias de la Comuni-dad Autnoma de Extremadura, entre otras, la planificacin y ejecucin del conjunto de me-didas dirigidas a eliminar las trabas que impidan o dificulten la igualdad real y efectiva entrelos sexos y en especial desarrollar el Plan para la Igualdad de las Mujeres de Extremadura.Realizado un diagnstico de situacin de las mujeres mayores en nuestra regin, se pone demanifiesto que pertenecen a una generacin de mujeres que vivieron en una Extremadura ru-ral, en la que tenan pocas posibilidades de formacin y en donde la mayora no pudieron co-tizar el tiempo suficiente para ser beneficiarias de una pensin de jubilacin. Conscientes del papel que histricamente ha ostentado la mujer extremea y con el objetode paliar los obstculos tanto sociales como econmicos con los que esta generacin de mu-jeres se ha encontrado a lo largo de su vida, se ha aprobado el Decreto 74/2015, de 21 deabril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a incre-mentar los niveles bsicos de bienestar de las mujeres mayores en el mbito de la Comuni-dad Autnoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de estas subvenciones.Asimismo, con el fin de facilitar a las interesadas la solicitud de esta ayuda y agilizar la tra-mitacin de estos expedientes consiguiendo una pronta resolucin de los mismos, se enco-mienda mediante este Convenio la tramitacin de estas solicitudes al Ayuntamiento de Val-verde de Legans.NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529423TERCERO. Que el artculo 10 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del R-gimenLocal,determinaquelaAdministracinlocalylasdemsAdministracionespblicasajustarn sus relaciones recprocas a los deberes de informacin mutua, colaboracin, coor-dinacin y respeto a los mbitos competenciales respectivos.Asimismo, proceder la coordinacin de las competencias de las entidades locales entre s y,especialmente, con las de las restantes Administraciones pblicas, cuando las actividades olos servicios locales trasciendan el inters propio de las correspondientes Entidades, incidano condicionen relevantemente los de dichas Administraciones o sean concurrentes o comple-mentarios de los de stas.ESTIPULACIONES:PRIMERA. Objeto y mbito de actuacin.El presente Convenio de Encomienda de Gestin tiene por objeto formalizar, al amparo del ar-tculo 15.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administra-ciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn y del artculo 75 de la Ley 1/2002,de 28 de febrero, del Gobierno y Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadu-ra, la encomienda de gestin entre el Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX) y el Ayun-tamiento de Valverde de Legans, para el ejercicio de las funciones de tramitacin de las so-licitudes de los expedientes administrativos para la concesin de subvenciones destinadas aincrementar los niveles bsicos de bienestar de las mujeres mayores, as como de informa-cin del estado y vicisitudes del procedimiento a las solicitantes, que sern asistidas por em-pleados/as pblicos/as designados/as por la entidad local.En este sentido, el Decreto 74/2015, de 21 de abril, por el que se establecen las bases regu-ladoras de estas subvenciones establece que las solicitudes podrn ser cumplimentadas, en-tre otras formas, a travs del personal propio perteneciente a las Entidades Locales que fir-menconveniodeencomiendadegestinconelIMEX,habilitadosparalagestindelaaplicacin informtica a los efectos de la tramitacin de estos procedimientos.El empleado/a pblico/a designado/a velar por la correcta cumplimentacin de la solicitud ysu subsanacin en su caso, cotejar la documentacin aportada, asistir a la interesada en laobtencin del resto de documentacin necesaria y la incorporar a la aplicacin informticahabilitada por el IMEX, y sin perjuicio de la titularidad de la competencia para la resolucindel procedimiento que corresponde al IMEX.SEGUNDA. Actuaciones de Ayuntamiento.Laencomiendadegestincomprenderlassiguientesactuacionesenlatramitacindelosexpedientes de estas subvenciones a gestionar por el Ayuntamiento:1.Designar al empleado/a pblico/a designado/a que se encargar de realizar los cometidosque se especifican en los apartados siguientes y comunicarlo al IMEX, a fin de que por es-te Instituto se le habilite para el uso de la aplicacin informtica, asignndole las clavescorrespondientes.2.Asistir por medio del empleado/a pblico/a designado/a a las mujeres solicitantes en lacumplimentacin de la solicitud de la ayuda y en su subsanacin en su caso, proceder aNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529424su mecanizacin a travs de la aplicacin informtica habilitada por el Instituto de la Mu-jer de Extremadura en la pgina web https://ciudadano.gobex.es/web/mujer-e-igualdad. 3.Recabar por medio del empleado/a pblico/a designado/a la documentacin necesaria aaportarjuntoalasolicitudyprevistaenestasbasesreguladoras,supervisarquedichadocumentacin est completa e incorporarla a la aplicacin informtica. 4.Velar por medio del empleado/a pblico/a designado/a por el cumplimiento de todos losrequisitos previstos en el artculo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RgimenJurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, y enel Decreto regulador de la ayuda y especialmente velar porque la interesada, en la mis-ma solicitud suscriba una declaracin responsable en la que manifieste, bajo su respon-sabilidad, que rene los requisitos establecidos en la normativa vigente para la concesinde la subvencin, que son ciertos los datos declarados, que se encuentra al corriente enlas obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonmica, as como con la Segu-ridad Social y, que dispone de la documentacin que as lo acredita. Adems, en la mis-ma solicitud deber firmar una declaracin responsable de no haber superado en el ejer-cicio correspondiente el nivel de renta general de 10.000 euros si no present declaracinde IRPF o lo hizo de forma individual o de 13.000 euros si present declaracin conjunta.5.Una vez mecanizada la solicitud junto con la documentacin, el empleado/a pblico/a de-signado/a habilitado/a remitir a la Secretara General del Instituto de la Mujer de Extre-madura, rgano gestor de la ayuda, copia de la solicitud firmada por la interesada juntocon el documento original de Alta de Terceros conforme al modelo contenido en la pginaweb https://ciudadano.gobex.es/web/imex/alta-de-terceros.La documentacin a presentar junto a la solicitud es la siguiente:1.A efectos de identificacin y acreditacin de la nacionalidad y fecha de nacimiento de lasolicitante, Documento Nacional de Identidad en vigor o certificado del Registro Civil, quedeber ser escaneado e incorporado a la aplicacin informtica. 2.En el caso de que el domicilio que conste en el Documento Nacional de Identidad est si-tuado fuera del territorio de la Comunidad Autnoma de Extremadura, o cuando la inte-resada carezca de DNI o no est en vigor, Certificado de empadronamiento de la intere-sadaenalgunodelosmunicipiosdeExtremadura,enelsupuestodenoautorizaralempleado/a pblico/a designado/a de la entidad local a comprobar los datos de domicilioy residencia. 3.Documentodealtadetercerosconformealmodelocontenidoenlapginawebhttps://ciudadano.gobex.es/web/imex/alta-de-terceros solamente para el caso en el quela interesada no se encuentre dada de alta en el sistema de informacin contable del IMEX.Si ya estuviese dada de alta nicamente se tendr que indicar el nmero de cuenta en elapartado correspondiente de la solicitud.TERCERA. Justificacin de la Encomienda de gestin.A efectos de gestionar las subvenciones destinadas a incrementar los niveles bsicos de bie-nestar a mujeres mayores en el mbito de la Comunidad Autnoma de Extremadura, el IMEXNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529425no dispone en la localidad de Valverde de Legans, de los recursos humanos suficientes y de-bidamente cualificados para garantizar, en este sentido, la asistencia a todas las mujeres queen dicho mbito presenten solicitud de la subvencin.En este sentido, el IMEX encomienda al Ayuntamiento, las competencias en la gestin de lassubvenciones referidas en la estipulacin segunda, y de este modo habilitar al personal ads-crito al mismo para la gestin de la aplicacin informtica a los efectos de la tramitacin deestos procedimientos.La encomienda de gestin no supone cesin de titularidad de la competencia ni de los ele-mentos constitutivos de su ejercicio.CUARTA. Financiacin.Del presente convenio no se derivan obligaciones econmicas para las partes firmantes delmismo.QUINTA. Vigencia.El presente convenio de encomienda de gestin surtir efectos el da siguiente al de su pu-blicacin en el Diario Oficial de Extremadura y tendr vigencia hasta el 31 de diciembre de2015 y se prorrogar anualmente de manera automtica, salvo denuncia expresa de algunade las partes con una antelacin mnima de un mes a la fecha de finalizacin de su vigencia.SEXTA. Jurisdiccin competente.El presente convenio de encomienda de gestin tiene naturaleza administrativa, no sindolede aplicacin la legislacin de contratos del Estado al no tratarse de una encomienda a per-sonas fsicas o jurdicas sujetas a derecho privado y correspondiendo el conocimiento de lascuestiones litigiosas que pudieran derivarse de su firma y ejecucin, a la Jurisdiccin Conten-cioso-Administrativa.SPTIMA. Causas de resolucin.Sern causas de resolucin del Convenio de Encomienda de Gestin:El incumplimiento de sus compromisos por el Ayuntamiento.El incumplimiento de sus compromisos por parte del IMEX.La denuncia de cualquiera de las partes, que deber realizarse con un mes de antelacin.En cualquier caso, ambas partes se comprometen a adoptar las medidas oportunas que ga-ranticen la finalizacin de las actividades que se hubieren iniciado.La presente encomienda podr quedar sin efecto por mutuo acuerdo de las partes, bastandocon que los representantes de ambas entidades expresen su voluntad de resolver el conve-nio de forma expresa y por escrito.OCTAVA. Proteccin de Datos de Carcter Personal.Las instituciones firmantes del presente Convenio debern respetar, en cuanto al tratamien-to de datos de carcter personal relativos a las usuarias que atiendan, las prescripciones deNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529426la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccin de Datos de Carcter Personal, y su Re-glamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, compro-metindose a:1.Recabar el consentimiento de la interesada para tratar automatizadamente datos de ca-rcter personal.2.Utilizar los datos personales para los fines para los que han sido recogidos.3.Adoptar las medidas de seguridad necesarias que eviten su alteracin y tratamiento o ac-ceso autorizado.4.Atender las solicitudes de las interesadas para ejercitar sus derechos de acceso, rectifica-cin y cancelacin de sus datos, en tiempo y forma.5.Garantizar la adecuada custodia de la documentacin que genere el desarrollo de los pro-cedimientos.En prueba de conformidad y para su efectivo cumplimiento, se firma en el lugar y fecha indi-cados en el encabezamiento, por duplicado y a un solo efecto.La Directora General del InstitutoEl/la Presidente/a del de la Mujer de Extremadura Ayuntamiento de Valverde de LegansM. Jos Ordez Carbajal Baldomero Jimeno Torres NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529427RESOLUCIN de 3 de agosto de 2015, de la Secretara General, por la quese da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestin entre el Instituto dela Mujer de Extremadura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Llerenapor el que se establece el marco de actuacin conjunta en la gestin de lasayudasdestinadasaincrementarlosnivelesbsicosdebienestardelasmujeres mayores en el mbito de la Comunidad Autnoma de Extremadurareguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril. (2015061822)Habindose firmado el da 18 de mayo de 2015, el Convenio de Encomienda de Gestin en-tre el Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Llerenapor el que se establece el marco de actuacin conjunta en la gestin de las ayudas destina-das a incrementar los niveles bsicos de bienestar de las mujeres mayores en el mbito de laComunidad Autnoma de Extremadura reguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril, deconformidad con lo previsto en el artculo 8. del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, porel que se regula el Registro General de Convenios de la Administracin de la Comunidad Au-tnoma de Extremadura.R E S U E L V O :La publicacin en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de lapresente resolucin.Mrida, a 3 de agosto de 2015.La Secretaria General,M. ASCENSIN MURILLO MURILLONMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529428CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIN ENTRE EL INSTITUTO DE LA MUJER DEEXTREMADURA (IMEX) Y EL AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE LLERENA POR EL QUE SE ESTABLECE EL MARCO DE ACTUACIN CONJUNTA EN LA GESTIN DE LAS AYUDAS DESTINADAS A INCREMENTAR LOS NIVELES BSICOS DE BIENESTAR DE LASMUJERES MAYORES EN EL MBITO DE LA COMUNIDAD AUTNOMA DE EXTREMADURAREGULADAS POR EL DECRETO 74/2015, DE 21 DE ABRILEn Mrida, a 18 de mayo de 2015.De una parte, Doa M. Jos Ordez Carbajal que interviene en nombre del Instituto de laMujer de Extremadura, con CIF Q-0600412A, en calidad de Directora General del mismo, car-go para el que fue nombrada por Decreto 200/2011, de 29 de julio, y en virtud de las facul-tades que tiene atribuidas por el artculo 8.2 k. del anejo al Decreto 184/2001, de 5 de di-ciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de la Mujer de Extremadura.Y de otra, Don Andrs Gmez Parra, que interviene en nombre y representacin del Ayunta-miento de Valverde de Llerena, con CIF P0614400J, en su condicin de Presidente/a, debida-mente facultado para este acto por Resolucin de AlcaldaMANIFIESTAN:PRIMERO. Que el Instituto de la Mujer de Extremadura, (en adelante IMEX), fue creado porla Ley 11/2011, de 10 de octubre (DOE nm. 129, de 8 de noviembre), como organismo au-tnomodecarcteradministrativo,dotadodepersonalidadjurdicapropia,conautonomaeconmica y administrativa para la realizacin de sus fines, siendo su objetivo ltimo la eli-minacin de cualquier forma de discriminacin de las mujeres extremeas y la remocin deobstculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho.SEGUNDO: Que el IMEX tiene encomendado en el mbito de las competencias de la Comuni-dad Autnoma de Extremadura, entre otras, la planificacin y ejecucin del conjunto de me-didas dirigidas a eliminar las trabas que impidan o dificulten la igualdad real y efectiva entrelos sexos y en especial desarrollar el Plan para la Igualdad de las Mujeres de Extremadura.Realizado un diagnstico de situacin de las mujeres mayores en nuestra regin, se pone demanifiesto que pertenecen a una generacin de mujeres que vivieron en una Extremadura ru-ral, en la que tenan pocas posibilidades de formacin y en donde la mayora no pudieron co-tizar el tiempo suficiente para ser beneficiarias de una pensin de jubilacin. Conscientes del papel que histricamente ha ostentado la mujer extremea y con el objetode paliar los obstculos tanto sociales como econmicos con los que esta generacin de mu-jeres se ha encontrado a lo largo de su vida, se ha aprobado el Decreto 74/2015, de 21 deabril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a incre-mentar los niveles bsicos de bienestar de las mujeres mayores en el mbito de la Comuni-dad Autnoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de estas subvenciones.Asimismo, con el fin de facilitar a las interesadas la solicitud de esta ayuda y agilizar la tra-mitacin de estos expedientes consiguiendo una pronta resolucin de los mismos, se enco-mienda mediante este Convenio la tramitacin de estas solicitudes al Ayuntamiento de Val-verde de Llerena.NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529429TERCERO. Que el artculo 10 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del R-gimenLocal,determinaquelaAdministracinlocalylasdemsAdministracionespblicasajustarn sus relaciones recprocas a los deberes de informacin mutua, colaboracin, coor-dinacin y respeto a los mbitos competenciales respectivos.Asimismo, proceder la coordinacin de las competencias de las entidades locales entre s y,especialmente, con las de las restantes Administraciones pblicas, cuando las actividades olos servicios locales trasciendan el inters propio de las correspondientes Entidades, incidano condicionen relevantemente los de dichas Administraciones o sean concurrentes o comple-mentarios de los de stas.ESTIPULACIONES:PRIMERA. Objeto y mbito de actuacin.El presente Convenio de Encomienda de Gestin tiene por objeto formalizar, al amparo del ar-tculo 15.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administra-ciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn y del artculo 75 de la Ley 1/2002,de 28 de febrero, del Gobierno y Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadu-ra, la encomienda de gestin entre el Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX) y el Ayun-tamiento de Valverde de Llerena, para el ejercicio de las funciones de tramitacin de las so-licitudes de los expedientes administrativos para la concesin de subvenciones destinadas aincrementar los niveles bsicos de bienestar de las mujeres mayores, as como de informa-cin del estado y vicisitudes del procedimiento a las solicitantes, que sern asistidas por em-pleados/as pblicos/as designados/as por la entidad local.En este sentido, el Decreto 74/2015, de 21 de abril, por el que se establecen las bases regu-ladoras de estas subvenciones establece que las solicitudes podrn ser cumplimentadas, en-tre otras formas, a travs del personal propio perteneciente a las Entidades Locales que fir-menconveniodeencomiendadegestinconelIMEX,habilitadosparalagestindelaaplicacin informtica a los efectos de la tramitacin de estos procedimientos.El empleado/a pblico/a designado/a velar por la correcta cumplimentacin de la solicitud ysu subsanacin en su caso, cotejar la documentacin aportada, asistir a la interesada en laobtencin del resto de documentacin necesaria y la incorporar a la aplicacin informticahabilitada por el IMEX, y sin perjuicio de la titularidad de la competencia para la resolucindel procedimiento que corresponde al IMEX. SEGUNDA. Actuaciones de Ayuntamiento.Laencomiendadegestincomprenderlassiguientesactuacionesenlatramitacindelosexpedientes de estas subvenciones a gestionar por el Ayuntamiento:1.Designar al empleado/a pblico/a designado/a que se encargar de realizar los cometidosque se especifican en los apartados siguientes y comunicarlo al IMEX, a fin de que por es-te Instituto se le habilite para el uso de la aplicacin informtica, asignndole las clavescorrespondientes.2.Asistir por medio del empleado/a pblico/a designado/a a las mujeres solicitantes en lacumplimentacin de la solicitud de la ayuda y en su subsanacin en su caso, proceder aNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529430su mecanizacin a travs de la aplicacin informtica habilitada por el Instituto de la Mu-jer de Extremadura en la pgina web https://ciudadano.gobex.es/web/mujer-e-igualdad. 3.Recabar por medio del empleado/a pblico/a designado/a la documentacin necesaria aaportarjuntoalasolicitudyprevistaenestasbasesreguladoras,supervisarquedichadocumentacin est completa e incorporarla a la aplicacin informtica. 4.Velar por medio del empleado/a pblico/a designado/a por el cumplimiento de todos losrequisitos previstos en el artculo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RgimenJurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, y enel Decreto regulador de la ayuda y especialmente velar porque la interesada, en la mis-ma solicitud suscriba una declaracin responsable en la que manifieste, bajo su respon-sabilidad, que rene los requisitos establecidos en la normativa vigente para la concesinde la subvencin, que son ciertos los datos declarados, que se encuentra al corriente enlas obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonmica, as como con la Segu-ridad Social y, que dispone de la documentacin que as lo acredita. Adems, en la mis-ma solicitud deber firmar una declaracin responsable de no haber superado en el ejer-cicio correspondiente el nivel de renta general de 10.000 euros si no present declaracinde IRPF o lo hizo de forma individual o de 13.000 euros si present declaracin conjunta.5.Una vez mecanizada la solicitud junto con la documentacin, el empleado/a pblico/a de-signado/a habilitado/a remitir a la Secretara General del Instituto de la Mujer de Extre-madura, rgano gestor de la ayuda, copia de la solicitud firmada por la interesada juntocon el documento original de Alta de Terceros conforme al modelo contenido en la pginaweb https://ciudadano.gobex.es/web/imex/alta-de-terceros.La documentacin a presentar junto a la solicitud es la siguiente:1.A efectos de identificacin y acreditacin de la nacionalidad y fecha de nacimiento de lasolicitante, Documento Nacional de Identidad en vigor o certificado del Registro Civil, quedeber ser escaneado e incorporado a la aplicacin informtica. 2.En el caso de que el domicilio que conste en el Documento Nacional de Identidad est si-tuado fuera del territorio de la Comunidad Autnoma de Extremadura, o cuando la inte-resada carezca de DNI o no est en vigor, Certificado de empadronamiento de la intere-sadaenalgunodelosmunicipiosdeExtremadura,enelsupuestodenoautorizaralempleado/a pblico/a designado/a de la entidad local a comprobar los datos de domicilioy residencia. 3.Documentodealtadetercerosconformealmodelocontenidoenlapginawebhttps://ciudadano.gobex.es/web/imex/alta-de-terceros solamente para el caso en el quela interesada no se encuentre dada de alta en el sistema de informacin contable del IMEX.Si ya estuviese dada de alta nicamente se tendr que indicar el nmero de cuenta en elapartado correspondiente de la solicitud.TERCERA. Justificacin de la Encomienda de gestin.A efectos de gestionar las subvenciones destinadas a incrementar los niveles bsicos de bie-nestar a mujeres mayores en el mbito de la Comunidad Autnoma de Extremadura, el IMEXNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529431no dispone en la localidad de Valverde de Llerena, de los recursos humanos suficientes y de-bidamente cualificados para garantizar, en este sentido, la asistencia a todas las mujeres queen dicho mbito presenten solicitud de la subvencin.En este sentido, el IMEX encomienda al Ayuntamiento, las competencias en la gestin de lassubvenciones referidas en la estipulacin segunda, y de este modo habilitar al personal ads-crito al mismo para la gestin de la aplicacin informtica a los efectos de la tramitacin deestos procedimientos.La encomienda de gestin no supone cesin de titularidad de la competencia ni de los ele-mentos constitutivos de su ejercicio.CUARTA. Financiacin.Del presente convenio no se derivan obligaciones econmicas para las partes firmantes delmismo.QUINTA. Vigencia.El presente convenio de encomienda de gestin surtir efectos el da siguiente al de su pu-blicacin en el Diario Oficial de Extremadura y tendr vigencia hasta el 31 de diciembre de2015 y se prorrogar anualmente de manera automtica, salvo denuncia expresa de algunade las partes con una antelacin mnima de un mes a la fecha de finalizacin de su vigencia.SEXTA. Jurisdiccin competente.El presente convenio de encomienda de gestin tiene naturaleza administrativa, no sindolede aplicacin la legislacin de contratos del Estado al no tratarse de una encomienda a per-sonas fsicas o jurdicas sujetas a derecho privado y correspondiendo el conocimiento de lascuestiones litigiosas que pudieran derivarse de su firma y ejecucin, a la Jurisdiccin Conten-cioso-Administrativa.SPTIMA. Causas de resolucin.Sern causas de resolucin del Convenio de Encomienda de Gestin:El incumplimiento de sus compromisos por el Ayuntamiento. El incumplimiento de sus compromisos por parte del IMEX.La denuncia de cualquiera de las partes, que deber realizarse con un mes de antelacin.En cualquier caso, ambas partes se comprometen a adoptar las medidas oportunas que ga-ranticen la finalizacin de las actividades que se hubieren iniciado.La presente encomienda podr quedar sin efecto por mutuo acuerdo de las partes, bastandocon que los representantes de ambas entidades expresen su voluntad de resolver el conve-nio de forma expresa y por escrito.OCTAVA. Proteccin de Datos de Carcter Personal.Las instituciones firmantes del presente Convenio debern respetar, en cuanto al tratamien-to de datos de carcter personal relativos a las usuarias que atiendan, las prescripciones deNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529432la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccin de Datos de Carcter Personal, y su Re-glamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, compro-metindose a:1.Recabar el consentimiento de la interesada para tratar automatizadamente datos de ca-rcter personal.2.Utilizar los datos personales para los fines para los que han sido recogidos.3.Adoptar las medidas de seguridad necesarias que eviten su alteracin y tratamiento o ac-ceso autorizado.4.Atender las solicitudes de las interesadas para ejercitar sus derechos de acceso, rectifica-cin y cancelacin de sus datos, en tiempo y forma.5.Garantizar la adecuada custodia de la documentacin que genere el desarrollo de los pro-cedimientos.En prueba de conformidad y para su efectivo cumplimiento, se firma en el lugar y fecha indi-cados en el encabezamiento, por duplicado y a un solo efecto.La Directora General del InstitutoEl/la Presidente/a del de la Mujer de Extremadura Ayuntamiento de Valverde de LlerenaM. Jos Ordez Carbajal Andrs Gmez Parra NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529433RESOLUCIN de 3 de agosto de 2015, de la Secretara General, por la quese da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestin entre el Instituto dela Mujer de Extremadura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Mridapor el que se establece el marco de actuacin conjunta en la gestin de lasayudasdestinadasaincrementarlosnivelesbsicosdebienestardelasmujeres mayores en el mbito de la Comunidad Autnoma de Extremadurareguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril. (2015061823)Habindose firmado el da 14 de mayo de 2015, el Convenio de Encomienda de Gestin en-tre el Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX) y el Ayuntamiento de Valverde de Mridapor el que se establece el marco de actuacin conjunta en la gestin de las ayudas destina-das a incrementar los niveles bsicos de bienestar de las mujeres mayores en el mbito de laComunidad Autnoma de Extremadura reguladas por el Decreto 74/2015, de 21 de abril, deconformidad con lo previsto en el artculo 8. del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, porel que se regula el Registro General de Convenios de la Administracin de la Comunidad Au-tnoma de Extremadura.R E S U E L V O :La publicacin en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de lapresente resolucin.Mrida, a 3 de agosto de 2015.La Secretaria General,M. ASCENSIN MURILLO MURILLONMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529434CONVENIO DE ENCOMIENDA DE GESTIN ENTRE EL INSTITUTO DE LA MUJER DEEXTREMADURA (IMEX) Y EL AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DE MRIDA POR EL QUE SE ESTABLECE EL MARCO DE ACTUACIN CONJUNTA EN LA GESTIN DE LAS AYUDASDESTINADAS A INCREMENTAR LOS NIVELES BSICOS DE BIENESTAR DE LAS MUJERESMAYORES EN EL MBITO DE LA COMUNIDAD AUTNOMA DE EXTREMADURA REGULADASPOR EL DECRETO 74/2015, DE 21 DE ABRILEn Mrida, a 14 de mayo de 2015.De una parte, Doa M. Jos Ordez Carbajal que interviene en nombre del Instituto de laMujer de Extremadura, con CIF Q-0600412A, en calidad de Directora General del mismo, car-go para el que fue nombrada por Decreto 200/2011, de 29 de julio, y en virtud de las facul-tades que tiene atribuidas por el artculo 8.2 k. del anejo al Decreto 184/2001, de 5 de di-ciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de la Mujer de Extremadura.Y de otra, Doa Silvia Vargas Frutos, que interviene en nombre y representacin del Ayunta-miento de Valverde de Mrida, con CIF P0614500G, en su condicin de Presidente/a, debida-mente facultado para este acto por PlenoMANIFIESTAN:PRIMERO. Que el Instituto de la Mujer de Extremadura, (en adelante IMEX), fue creado porla Ley 11/2011, de 10 de octubre (DOE nm. 129, de 8 de noviembre), como organismo au-tnomodecarcteradministrativo,dotadodepersonalidadjurdicapropia,conautonomaeconmica y administrativa para la realizacin de sus fines, siendo su objetivo ltimo la eli-minacin de cualquier forma de discriminacin de las mujeres extremeas y la remocin deobstculos que impidan su plenitud de hecho y de derecho.SEGUNDO: Que el IMEX tiene encomendado en el mbito de las competencias de la Comuni-dad Autnoma de Extremadura, entre otras, la planificacin y ejecucin del conjunto de me-didas dirigidas a eliminar las trabas que impidan o dificulten la igualdad real y efectiva entrelos sexos y en especial desarrollar el Plan para la Igualdad de las Mujeres de Extremadura.Realizado un diagnstico de situacin de las mujeres mayores en nuestra regin, se pone demanifiesto que pertenecen a una generacin de mujeres que vivieron en una Extremadura ru-ral, en la que tenan pocas posibilidades de formacin y en donde la mayora no pudieron co-tizar el tiempo suficiente para ser beneficiarias de una pensin de jubilacin. Conscientes del papel que histricamente ha ostentado la mujer extremea y con el objetode paliar los obstculos tanto sociales como econmicos con los que esta generacin de mu-jeres se ha encontrado a lo largo de su vida, se ha aprobado el Decreto 74/2015, de 21 deabril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a incre-mentar los niveles bsicos de bienestar de las mujeres mayores en el mbito de la Comuni-dad Autnoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de estas subvenciones.Asimismo, con el fin de facilitar a las interesadas la solicitud de esta ayuda y agilizar la tra-mitacin de estos expedientes consiguiendo una pronta resolucin de los mismos, se enco-mienda mediante este Convenio la tramitacin de estas solicitudes al Ayuntamiento de Val-verde de Mrida.NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529435TERCERO. Que el artculo 10 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del R-gimenLocal,determinaquelaAdministracinlocalylasdemsAdministracionespblicasajustarn sus relaciones recprocas a los deberes de informacin mutua, colaboracin, coor-dinacin y respeto a los mbitos competenciales respectivos.Asimismo, proceder la coordinacin de las competencias de las entidades locales entre s y,especialmente, con las de las restantes Administraciones pblicas, cuando las actividades olos servicios locales trasciendan el inters propio de las correspondientes Entidades, incidano condicionen relevantemente los de dichas Administraciones o sean concurrentes o comple-mentarios de los de stas.ESTIPULACIONES:PRIMERA. Objeto y mbito de actuacin.El presente Convenio de Encomienda de Gestin tiene por objeto formalizar, al amparo del ar-tculo 15.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Administra-ciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn y del artculo 75 de la Ley 1/2002,de 28 de febrero, del Gobierno y Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadu-ra, la encomienda de gestin entre el Instituto de la Mujer de Extremadura (IMEX) y el Ayun-tamiento de Valverde de Mrida, para el ejercicio de las funciones de tramitacin de las soli-citudesdelosexpedientesadministrativosparalaconcesindesubvencionesdestinadasaincrementar los niveles bsicos de bienestar de las mujeres mayores, as como de informa-cin del estado y vicisitudes del procedimiento a las solicitantes, que sern asistidas por em-pleados/as pblicos/as designados/as por la entidad local.En este sentido, el Decreto 74/2015, de 21 de abril, por el que se establecen las bases regu-ladoras de estas subvenciones establece que las solicitudes podrn ser cumplimentadas, en-tre otras formas, a travs del personal propio perteneciente a las Entidades Locales que fir-menconveniodeencomiendadegestinconelIMEX,habilitadosparalagestindelaaplicacin informtica a los efectos de la tramitacin de estos procedimientos.El empleado/a pblico/a designado/a velar por la correcta cumplimentacin de la solicitud ysu subsanacin en su caso, cotejar la documentacin aportada, asistir a la interesada en laobtencin del resto de documentacin necesaria y la incorporar a la aplicacin informticahabilitada por el IMEX, y sin perjuicio de la titularidad de la competencia para la resolucindel procedimiento que corresponde al IMEX. SEGUNDA. Actuaciones de Ayuntamiento.Laencomiendadegestincomprenderlassiguientesactuacionesenlatramitacindelosexpedientes de estas subvenciones a gestionar por el Ayuntamiento:1.Designar al empleado/a pblico/a designado/a que se encargar de realizar los cometidosque se especifican en los apartados siguientes y comunicarlo al IMEX, a fin de que por es-te Instituto se le habilite para el uso de la aplicacin informtica, asignndole las clavescorrespondientes.2.Asistir por medio del empleado/a pblico/a designado/a a las mujeres solicitantes en lacumplimentacin de la solicitud de la ayuda y en su subsanacin en su caso, proceder aNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529436su mecanizacin a travs de la aplicacin informtica habilitada por el Instituto de la Mu-jer de Extremadura en la pgina web https://ciudadano.gobex.es/web/mujer-e-igualdad. 3.Recabar por medio del empleado/a pblico/a designado/a la documentacin necesaria aaportarjuntoalasolicitudyprevistaenestasbasesreguladoras,supervisarquedichadocumentacin est completa e incorporarla a la aplicacin informtica. 4.Velar por medio del empleado/a pblico/a designado/a por el cumplimiento de todos losrequisitos previstos en el artculo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RgimenJurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, y enel Decreto regulador de la ayuda y especialmente velar porque la interesada, en la mis-ma solicitud suscriba una declaracin responsable en la que manifieste, bajo su respon-sabilidad, que rene los requisitos establecidos en la normativa vigente para la concesinde la subvencin, que son ciertos los datos declarados, que se encuentra al corriente enlas obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonmica, as como con la Segu-ridad Social y, que dispone de la documentacin que as lo acredita. Adems, en la mis-ma solicitud deber firmar una declaracin responsable de no haber superado en el ejer-cicio correspondiente el nivel de renta general de 10.000 euros si no present declaracinde IRPF o lo hizo de forma individual o de 13.000 euros si present declaracin conjunta.5.Una vez mecanizada la solicitud junto con la documentacin, el empleado/a pblico/a de-signado/a habilitado/a remitir a la Secretara General del Instituto de la Mujer de Extre-madura, rgano gestor de la ayuda, copia de la solicitud firmada por la interesada juntocon el documento original de Alta de Terceros conforme al modelo contenido en la pginaweb https://ciudadano.gobex.es/web/imex/alta-de-terceros.La documentacin a presentar junto a la solicitud es la siguiente:1.A efectos de identificacin y acreditacin de la nacionalidad y fecha de nacimiento de lasolicitante, Documento Nacional de Identidad en vigor o certificado del Registro Civil, quedeber ser escaneado e incorporado a la aplicacin informtica. 2.En el caso de que el domicilio que conste en el Documento Nacional de Identidad est si-tuado fuera del territorio de la Comunidad Autnoma de Extremadura, o cuando la inte-resada carezca de DNI o no est en vigor, Certificado de empadronamiento de la intere-sadaenalgunodelosmunicipiosdeExtremadura,enelsupuestodenoautorizaralempleado/a pblico/a designado/a de la entidad local a comprobar los datos de domicilioy residencia. 3.Documentodealtadetercerosconformealmodelocontenidoenlapginawebhttps://ciudadano.gobex.es/web/imex/alta-de-terceros solamente para el caso en el quela interesada no se encuentre dada de alta en el sistema de informacin contable del IMEX.Si ya estuviese dada de alta nicamente se tendr que indicar el nmero de cuenta en elapartado correspondiente de la solicitud.TERCERA. Justificacin de la Encomienda de gestin.A efectos de gestionar las subvenciones destinadas a incrementar los niveles bsicos de bie-nestar a mujeres mayores en el mbito de la Comunidad Autnoma de Extremadura, el IMEXNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529437no dispone en la localidad de Valverde de Mrida, de los recursos humanos suficientes y de-bidamente cualificados para garantizar, en este sentido, la asistencia a todas las mujeres queen dicho mbito presenten solicitud de la subvencin.En este sentido, el IMEX encomienda al Ayuntamiento, las competencias en la gestin de lassubvenciones referidas en la estipulacin segunda, y de este modo habilitar al personal ads-crito al mismo para la gestin de la aplicacin informtica a los efectos de la tramitacin deestos procedimientos.La encomienda de gestin no supone cesin de titularidad de la competencia ni de los ele-mentos constitutivos de su ejercicio.CUARTA. Financiacin.Del presente convenio no se derivan obligaciones econmicas para las partes firmantes delmismo.QUINTA. Vigencia.El presente convenio de encomienda de gestin surtir efectos el da siguiente al de su pu-blicacin en el Diario Oficial de Extremadura y tendr vigencia hasta el 31 de diciembre de2015 y se prorrogar anualmente de manera automtica, salvo denuncia expresa de algunade las partes con una antelacin mnima de un mes a la fecha de finalizacin de su vigencia.SEXTA. Jurisdiccin competente.El presente convenio de encomienda de gestin tiene naturaleza administrativa, no sindolede aplicacin la legislacin de contratos del Estado al no tratarse de una encomienda a per-sonas fsicas o jurdicas sujetas a derecho privado y correspondiendo el conocimiento de lascuestiones litigiosas que pudieran derivarse de su firma y ejecucin, a la Jurisdiccin Conten-cioso-Administrativa.SPTIMA. Causas de resolucin.Sern causas de resolucin del Convenio de Encomienda de Gestin:El incumplimiento de sus compromisos por el Ayuntamiento.El incumplimiento de sus compromisos por parte del IMEX.La denuncia de cualquiera de las partes, que deber realizarse con un mes de antelacin.En cualquier caso, ambas partes se comprometen a adoptar las medidas oportunas que ga-ranticen la finalizacin de las actividades que se hubieren iniciado.La presente encomienda podr quedar sin efecto por mutuo acuerdo de las partes, bastandocon que los representantes de ambas entidades expresen su voluntad de resolver el conve-nio de forma expresa y por escrito.OCTAVA. Proteccin de Datos de Carcter Personal.Las instituciones firmantes del presente Convenio debern respetar, en cuanto al tratamien-to de datos de carcter personal relativos a las usuarias que atiendan, las prescripciones deNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529438la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Proteccin de Datos de Carcter Personal, y su Re-glamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, compro-metindose a:1.Recabar el consentimiento de la interesada para tratar automatizadamente datos de ca-rcter personal.2.Utilizar los datos personales para los fines para los que han sido recogidos.3.Adoptar las medidas de seguridad necesarias que eviten su alteracin y tratamiento o ac-ceso autorizado.4.Atender las solicitudes de las interesadas para ejercitar sus derechos de acceso, rectifica-cin y cancelacin de sus datos, en tiempo y forma.5.Garantizar la adecuada custodia de la documentacin que genere el desarrollo de los pro-cedimientos.En prueba de conformidad y para su efectivo cumplimiento, se firma en el lugar y fecha indi-cados en el encabezamiento, por duplicado y a un solo efecto.La Directora General del InstitutoEl/la Presidente/a del de la Mujer de Extremadura Ayuntamiento de Valverde de MridaM. Jos Ordez Carbajal Silvia Vargas FrutosNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529439CONSEJERA DE ECONOMA E INFRAESTRUCTURASRESOLUCIN de 9 de julio de 2015, del Servicio de Ordenacin Industrial,EnergticayMineradeBadajoz,autorizandoelestablecimientodeinstalacin elctrica. Ref.: 06/AT-1788/17576. (2015061813)Resolucin del Servicio de Ordenacin Industrial, Energtica y Minera de Badajoz de la Direc-cin General de Industria y Energa, autorizando el establecimiento, proyecto de variante delnea subterrnea MT D/C 20 Kv con 0,897 km a CD biblioteconoma (62189) en el trminomunicipal de Badajoz.Visto el expediente iniciado en este Servicio de Ordenacin Industrial, Energtica y Minera deBadajoz a peticin de: Endesa Distribucin Elctrica, SL, con domicilio en: Parque de Caste-lar, 2, Badajoz solicitando autorizacin administrativa y cumplidos los trmites reglamentariosordenadosenelartculo128delRealDecreto1955/2000,de1dediciembre(BOE-27-12-2000), as como lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Elctrico: Este Servicio ha resuelto:Autorizar a Endesa Distribucin Elctrica, SL, el establecimiento de la instalacin elctrica, cu-yas caractersticas son las siguientes:Lnea elctrica:Origen: CD "Biblioteconoma" (62189).Final: Empalmes a realizar en arqueta existente situada en Puerta de Carros, en la Alcazabade Badajoz.Trminos municipales afectados: Badajoz.Tipos de lnea: Subterrnea.Tensin de servicio en Kv: 20.Longitud total en Kms: 0,897.Emplazamiento de la lnea: Recinto La Alcazaba en Badajoz.Finalidad: Variante lnea subterrnea MT.Referencia del expediente: 06/AT-1788/17576.Esta instalacin no podr entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de lamisma con el Acta de Puesta en servicio previo cumplimiento de los trmites que se sealanen el artculo 132 del mencionado RD 1955/2000, de 1 de diciembre.La presente resolucin no pone fin a la va administrativa y contra la misma podr interpo-nerse recurso de alzada ante la Direccin General de Industrial y Energa de esta Consejera,de acuerdo con lo establecido en el artculo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el daNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529440siguiente al de la notificacin de la presente resolucin, de conformidad con lo dispuesto enel artculo 115 de dicha norma legal.Badajoz, a 9 de julio de 2015. El Jefe de Servicio de Ordenacin Industrial, Energtica y Minera de Badajoz, DIEGO CLEMENTE MORALES NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529441RESOLUCIN de 10 de julio de 2015, del Servicio de Ordenacin Industrial,EnergticayMineradeBadajoz,autorizandoelestablecimientodelainstalacin elctrica. Ref.: 06/AT-10177/17573. (2015061804)Visto el expediente iniciado en este Servicio de Ordenacin Industrial Energtica y Minera deBadajoz a peticin de: Iberdrola Distribucin Elctrica, SAU, con domicilio en: Periodista Sn-chez Asensio, 1, Cceres solicitando autorizacin administrativa y cumplidos los trmites re-glamentariosordenadosenelartculo128delRealDecreto1955/2000,de1dediciembre(BOE-27-12-2000), as como lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del SectorElctrico:Este Servicio ha resuelto:Autorizar a Iberdrola Distribucin Elctrica, SAU, el establecimiento de la instalacin elctri-ca, cuyas caractersticas son las siguientes:Lnea elctrica:Origen: Terminales de exterior a instalar en apoyo n. 2041n proyectado de la derivacin aCT "Mengabril_1" desde LAMT S/C "Mengabril" de STR "Medelln".Final: Terminales de interior a instalar en celda de lnea proyectada en nuevo CT "Mengabril_1"proyectado.Trminos municipales afectados: Mengabril.Tipo de lnea: Subterrnea.Tensin de servicio en Kv: 20.Aisladores: Materiales: Composite Tipo: U70 YB 20.Longitud total en kms: 0,185.Emplazamiento de la lnea: C/ Vicente Moreno, Zona Urbana Mengabril.Estacin Transformadora:Tipo: Centro de Transformacin prefabricado en caseta.Num-Transformadores: 1.Potencia unitaria en kvas: 630. Potencia total en kvas: 630.Trmino municipal: Mengabril.Calle o paraje: C/ Vicente Moreno, 2.Finalidad: Correccin de anomala de distancia.Referencia del expediente: 06/AT-10177/17573.Esta instalacin no podr entrar en funcionamiento mientras no cuente el peticionario de lamisma con el Acta de Puesta en servicio previo cumplimiento de los trmites que se sealanen el artculo 132 del mencionado RD 1955/2000, de 1 de diciembre.NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529442La presente resolucin no pone fin a la va administrativa y contra la misma podr interpo-nerse recurso de alzada ante la Direccin General de Industrial y Energa de esta Consejera,de acuerdo con lo establecido en el artculo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRgimen Jurdico de las Administraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn,modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de un mes a contar desde el dasiguiente al de la notificacin de la presente resolucin, de conformidad con lo dispuesto enel artculo 115 de dicha norma legal.Badajoz, a 10 de julio de 2015.El Jefe de Servicio de Ordenacin Industrial, Energtica y Minera de Badajoz,DIEGO CLEMENTE MORALESNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529443CONSEJERA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLTICASAGRARIAS Y TERRITORIORESOLUCIN de 20 de julio de 2015, de la Secretara General, por la que sedisponelaejecucindelasentencian.81,de23dejuniode2015,delJuzgado de lo Contencioso-Administrativo n. 2 de Cceres. (2015061803)Con fecha 23 de junio de 2015, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n. 2 de Cce-res, ha dictado sentencia firme n. 81/2015 en el Procedimiento Abreviado 54/2015, promo-vidoporlaLetradoDoaEugeniaHolgadoMuoz,ennombreyrepresentacindelExcmo.Ayuntamiento de Cceres contra Consejera de Agricultura de la Junta de Extremadura, sen-tencia que versa sobre la resolucin del Secretario General de Agricultura, Desarrollo Rural,Medio Ambiente y Energa, de 26 de enero de 2015, por la que se desestima el recurso de al-zada, interpuesto contra la resolucin de la Direccin General de Agricultura y Ganadera de26 de septiembre de 2014, por la que se impone al recurrente una sancin de 3.001 eurosen el seno del expediente administrativo sancionador con referencia LSA-3286-C.El artculo 8 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitacin admi-nistrativa en la ejecucin de las resoluciones judiciales (DOE de 30 de junio de 1991), esta-blece que la ejecucin de las resoluciones recadas en recursos contenciosos-administrativosen los que sea parte la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura corres-ponder al rgano que dict el acto o disposicin origen del proceso. Asimismo, el artculo 9.1del citado Decreto, establece que el titular del rgano competente dictar la correspondienteresolucin en orden al cumplimiento de la Sentencia.Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislacin vigente.D I S P O N G O :Proceder a la Ejecucin de la Sentencia n. 81/2015, de 23 de junio de 2015, dictada por elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo n. 2 de Cceres en el Procedimiento Abreviado n.81/2015, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:Que estimando el recurso contencioso-administrativo instado por la Letrada Municipal DoaEugeniaHolgadoMuoz,ennombreyrepresentacindelExcmo.AyuntamientodeCceres,debo declarar y declaro la nulidad de la resolucin dictada con fecha 26 de enero de 2015 porel Director General de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energa de la Junta deExtremadura en el expediente sancionador LSA-3286-C, imponiendo expresamente las costasde este proceso, en su totalidad, a la parte demandada en virtud del criterio del vencimiento.Mrida, a 20 de julio de 2015.Secretaria General de Medio Ambiente y Rural, Polticas Agrarias y TerritorioPDF (Resolucin de 15 de julio de 2015 del Consejero),BEGOA GARCA BERNALNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529444CONSEJERA DE EDUCACIN Y EMPLEORESOLUCIN de24dejuliode2015,delaDireccinGeneraldeTrabajo,por la que se ordena la inscripcin en el Registro de Convenios y AcuerdosColectivosdeTrabajodelaComunidadAutnomadeExtremaduraysedisponelapublicacindeltextodelActadelaComisinNegociadoradefecha 9 de julio de 2015, modificando el artculo 9 del Convenio Colectivo detrabajo "Comercio del Metal de la provincia de Badajoz". (2015061792)Visto el texto del Acuerdo de la comisin negociadora acordando la modificacin del artculo9 del Convenio Colectivo de trabajo Comercio del Metal de la provincia de Badajoz. (cdigode convenio 06000145011981), que fue suscrito con fecha 9 de julio de 2015, de una parte,por la Asociacin de Empresarios Aspremetal, en representacin de los empresarios del sec-tor y de otra, por UGT y CCOO en representacin de los trabajadores afectados.Y de conformidad con lo dispuesto en el artculo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legis-lativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Esta-tuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depsitode convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por elque se crea el Registro de Convenios y Acuerdo Colectivos de Trabajo de la Comunidad Aut-noma de Extremadura,Esta Direccin General de Trabajo resuelve:Primero. Ordenar su inscripcin en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Traba-jo de la Comunidad Autnoma de Extremadura.Segundo. Disponer su publicacin en el Diario Oficial de Extremadura.Mrida, a 24 de julio de 2015.La Directora General de Trabajo,IRENE MARN LUENGONMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529445ACTA MODIFICACIN DEL ARTCULO 9 DEL CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO DEL METAL PARA LA PROVINCIA DE BADAJOZ 2014 y 2015.En Badajoz, siendo el da 9 de julio de 2015 se renen en la sede de la Asociacin de Em-presarios del Metal de Extremadura (ASPREMETAL), de una parte los representantes de AS-PREMETAL, y de otra los representantes de las Centrales Sindicales UGT y CCOO. Asistentes: Por ASPREMETAL: D. Pedro Fernndez Lozano. Da. M. ngeles Garca Estrada. D. David Pinilla Valverde.Por UGT: D. Mximo Blanco Grande. D. Teresa Hernndez Alcn.Por CCOO: Da. Valentina Tarrio Pastor.Orden del da:nico punto. Modificacin del artculo 9 del Convenio Colectivo de Comercio de la instancia ypropuesta de la Direccin General de Trabajo de la Junta de Extremadura.En relacin al requerimiento de la Direccin General de Trabajo a la Comisin Negociadora delConvenio Colectivo de Comercio del Metal de la Provincia de Badajoz, acuerdan modificar elartculo 9 de aplicacin, quedando con el siguiente contenido:Los trabajadores disfrutarn de unas vacaciones retribuidas anualmente que tendrn una du-racin de 22 das laborables, inicindose la misma en da laboral, no computando como va-caciones durante el periodo vacacional, sbados y domingos. Se pagaran a razn de salarioconvenio ms antigedad y plus de asistencia.Las empresas vendrn obligadas a confeccionar el calendario de vacaciones, antes de finali-zar el ao anterior al disfrute de la misma, dndolo a conocer a sus trabajadores, y de acuer-do con sus representantes.Cuando el perodo de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al quese refiere el prrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada delembarazo, el parto o la lactancia natural o con el perodo de suspensin del contrato de tra-bajo previsto en el artculo 48.4 y 48.bis del ET, en cumplimiento de lo previsto en el artcu-lo 38.3 del ET, se tendr derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la inca-pacidadtemporaloaladeldisfrutedelpermisoqueporaplicacindedichopreceptoleNMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529446correspondiera, al finalizar el perodo de suspensin, aunque haya terminado el ao natural aque correspondan.Se acuerda autorizar a D. Mximo Blanco Grande, a efectuar los trmites necesarios en la Di-reccin General de Trabajo de la Junta de Extremadura a efectos de registro y publicacin deesta acta con sus correspondientes copias.YsinmsasuntosquetratarselevantalasesindelaComisinNegociadora,ydelaco-rrespondiente acta, la cual una vez leda por las partes y encontrada conforme, la firman ra-tificando el contenido de la misma.ASPREMETAL UGT CCOO NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529447RESOLUCIN de24dejuliode2015,delaDireccinGeneraldeTrabajo,por la que se ordena la inscripcin en el Registro de Convenios y AcuerdosColectivosdeTrabajodelaComunidadAutnomadeExtremaduraysedispone la publicacin del texto de la "Modificacin del Convenio ColectivodelPersonalLaboralalServiciodelAyuntamientodeAlmendralejoylacorporacin municipal, del ao 2013", suscrito por la comisin negociadoracon fecha 22/01/2015. (2015061794)Visto el texto del Acuerdo de la comisin negociadora acordando la modificacin del Conve-nio Colectivo del Personal Laboral al Servicio del Ayuntamiento de Almendralejo y la Corpo-racin Municipal, del ao 2013 (cdigo de convenio 06000700011991), que fue suscrito confecha 22/01/2015, de una parte, por representantes de la empresa, y de otra, por los dele-gados de personal en representacin de los trabajadores.Y de conformidad con lo dispuesto en el artculo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legis-lativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Esta-tuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depsitode convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y Decreto 182/2010, de 27 de agosto, por elque se crea el Registro de Convenios y Acuerdo Colectivos de Trabajo de la Comunidad Aut-noma de Extremadura,Esta Direccin General de Trabajo resuelve:Primero. Ordenar su inscripcin en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Traba-jo de la Comunidad Autnoma de Extremadura.Segundo. Disponer su publicacin en el Diario Oficial de Extremadura.Mrida, a 24 de julio de 2015.La Directora General de Trabajo,IRENE MARN LUENGONMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529448MODIFICACIN DEL CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL AL SERVICIO DELAYUNTAMIENTO DE ALMENDRALEJO Y LA CORPORACIN MUNICIPAL DEL AO 2013PrembuloLa presente modificacin del Convenio Colectivo tiene su base Jurdica en la Ley 7/2007, de12 de abril, del Estatuto Bsico del Empleado Pblico, en el RD Legislativo 1/1995, de 24 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, as comoen la legislacin que sobre negociacin colectiva es de aplicacin.El vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Almendrale-jo se public en el DOE nmero 190, de 2 de octubre de 2013.Las recientes modificaciones de la RPT de Personal Laboral Fijo que ha comportado la actua-lizacin de determinadas dedicaciones especficas, incluidas entre las condiciones particula-res del complemento especfico, la incorporacin de determinados matices respecto a los per-misos de los empleados pblicos, que ya haban sido consensuados por la Comisin Paritariadel Convenio Colectivo, as como el incremento del nmero de das por asuntos particularescontemplados por el apartado k) del artculo 48 de la 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto B-sico del Empleado Pblico, aconsejan una modificacin del texto del Convenio Colectivo delPersonal Laboral al Servicio de este Ayuntamiento. Por todo ello y en virtud de lo establecido, sometido a la Mesa de Negociacin de personal la-boral, los Representantes de la Corporacin Municipal y las Centrales Sindicales CSIF, CCOOy UGT han concertado la modificacin del Convenio Colectivo del Personal Laboral del Excmo.Ayuntamiento de Almendralejo, que se relata a continuacin:Primero. Del artculo 26 Condiciones particulares incluidas en el complemento especfico semodifica el prrafo 2. quedando con la siguiente redaccin:Artculo 26. Condiciones particulares incluidas en el complemento especfico. 2.A efectos de la determinacin de la condicin dedicacin especfica contemplada en elcomplemento especfico de determinados puestos de trabajo, de caractersticas especia-les, debidamente identificados y codificados en la RPT, se han considerado: JORNADAS Y HORARIOS D.TrabajoenDomingos:Puestoqueincluyeprestacin de jornada en sbados y domingos. N.Nocturnidad:Puestoquerequiereprestarservicios con jornada nocturna F.Trabajoenfestivos:AmpliacindeJornadaqueseprestarentodoslosdasfestivosquecontempleel calendario laboral del Ayuntamiento de Almendralejo JP.Jornadapartida:RequiereprestarserviciosconjornadapartidaconarregloalCalendarioLaboraldel Ayuntamiento T.Turnos:Seentiendeporjornadaaturnosladesarrolladaalternandolaprestacindelosserviciosenmaana, tarde y noche. Esta prestacin podr comprender dos o tres turnos Expectativas (E.. ): Comporta que los titulares de los puestos, reseados con estas claves podrn ser requeridos, con carcter ocasional fuera del horario laboral, por la Concejala Delegada correspondiente, para atender necesidades del servicio, sin que se considere jornada extraordinaria, compensndose estas horas como si hubiesen sido realizadas en la franja flexible del horario y en su defecto en jornada ordinaria. EH. Expectativa puestos Habilitados carcter nacional. EJP. Expectativa Intendente Jefe Polica Local. EJU. Expectativa Jefe del Servicio de Urbanismo.EJS. Expectativa Jefes de Servicio. EASU. Expectativa Adjunta Servicio Urbanismo EASO. Expectativa Adjunta Servicio Obras e Infraest. EJs. Expectativa Jefe de Seccin.EAJs. Expectativa Adjuntas Jefes de Seccin.EJn Expectativa de los Jefes de Negociado EJned Mayor expectativa de determinados Jefes Negociado EDb. Expectativa Director de Banda y Escuela MsicaECU. Expectativa Coordinador UPAL EDT Expectativa por cambio de turno o puesto del personal subalterno NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529449Guardas(G..):Serviciodeguardiaspararealizartareasdecarcterurgentequenopuedanpreverseenjornadade trabajooqueseplanifiquenenhorarioquenocoincidaconelasignadoalpuestodetrabajo.Durantelaguardiase deberestarpermanentementelocalizableyseatenderntodaslasnecesidadesparalaquesearequerido.Sia consecuencia de una incidencia se tuviesen que prestar servicios, el tiempo que se emplee no se considerarn jornada extraordinaria,compensndoseestashorasconlasdejornadaordinaria.Enaquellasunidadesenlasquelastengan asignadas ms de un puesto se prestar con carcter rotativo. En caso de baja mdica o descanso, de alguna de las personas que componen este servicio, su ausencia ser atendida por el resto del personal, sin que suponga incremento para stos ni detrimento para el afectado por la baja. GSO. De Obras: Colocacin de vallas, seales, cortes de vas pblicas, etc. Se prestar con carcter semanal y rotativo GSA. De Infraestructuras: Por la atencin de incidencias que surjan en el mantenimiento de infraestructuras elctricas y por el seguimiento a la gestin de la empresa que ejecute el mantenimiento de las mismas. As como por la asistencia que requiera el mantenimiento de infraestructuras de gas, climatizacin y telecomunicaciones, valorando la incidencia y gestionandolasolucinbienconmediospropiosoterceros.Actuacionesdeurgenciacomoconsecuenciasdeactos vandlicos.Atencindeinstalacionestemporalesparaeventossociales,culturalesy/ofestivosenlosqueparticipeel Ayuntamiento, incluido el Teatro Carolina Coronado, exceptuando las fiestas patronales, lo que comportar el trabajo en festivos. GCFAD. De Sepultureros: Por cualquier necesidad requerida por el servicio de cementerio fuera de la jornada. Incluye el trabajo en todos los das festivos que contemple el calendario laboral del Ayuntamiento de Almendralejo. La guardia del Jefe de Grupo incluye la realizacin de funciones de lacero fuera de su jornada de trabajo. GE.Deexpendedoradelpolideportivo:Requeridaporelmantenimientofueradejornadadelasexpendedorasdel polideportivo municipal. Ampliacionesdejornada(A..):Debidasalasnecesidadesdelosservicios,implicanunaexpectativadeservicio adems de una ampliacin de jornada, dadas las caractersticas particulares de los puestos que las tienen otorgadas AJC1. Expectativa y ampliacin de jornada requerida por el desempeo del puesto de Conserje Jefe de Grupo y por el amplio abanico de horarios que contemplan las actividades de limpieza vigilancia y mantenimiento de edificios, as como del seguimiento de la gestin de la adjudicataria del servicio de limpieza de edificios municipales AJC2.ExpectativayampliacindejornadadelpuestodeConserjeLimpiadordeapoyoysustitucinpuntualdel Conserje Jefe de Grupo. ASBI. Apertura biblioteca en sbados, ampliacin de jornada prestada por apertura de este servicio. SAA SAO. Dedicacin de los Agentes y Oficiales de la Polica de 2 Actividad: Dado que a estos funcionarios se les podr asignar, por la Jefatura, otras funciones policiales que por su condicin les sean acordes, con la aprobacin del Sr. Alcalde o Concejal Delegado y de acuerdo con los representantes sindicales, se requiere la asignacin de esta expectativa Segundo. El apartado 1. del artculo 30 Permisos del Personal Laboral se modifica y se leda la siguiente redaccin al artculo:Artculo 30. Permisos del Personal laboral.1.Permisos:Elpersonallaboralfijoacogidoalpresenteconveniotendrderechoalossi-guientes permisos por las siguientes causas, debidamente justificadas: 1.a)Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del 1. gradode consanguinidad o afinidad, tres das hbiles cuando el suceso se produzca en lamisma localidad, y cinco das hbiles cuando sea en distinta localidad.Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar den-tro del 2. grado de consanguinidad o afinidad, el permiso ser de dos das hbilescuando se produzca en la misma localidad y de cuatro das hbiles cuando sea endistinta localidad.En el caso de fallecimiento de familiares dentro del 3. grado de consanguinidad elpermiso ser de un da natural.Se considerar enfermedad grave la que requiera ingreso hospitalario, con una du-racin superior a veinticuatro horas. En el caso de familiares de 2. grado ser pre-ciso acreditar la necesidad de presencia junto al familiar enfermo o accidentado.La finalizacin de la hospitalizacin determinar el fin del permiso, salvo que persis-ta la causa de enfermedad grave, que habr de acreditarse debidamente, al igual queen los casos que no conlleven la hospitalizacin del familiar enfermo o accidentado.Tratndose de intervenciones quirrgicas de parientes hasta el 2. grado de con-sanguinidadoafinidadcnyugeoparejadehecho,quenorequieranhospitaliza-NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529450cinperosseprescribareposodomiciliario,elpermisoserdedosdashbilescuando el hecho se produzca en la misma localidad y de cuatro das hbiles cuan-do sea en una localidad diferente, en tanto se mantengan las circunstancias moti-vantes de su concesin.Cuando de conformidad con lo dispuesto en los apartados anteriores, se tenga de-recho al permiso por accidente o enfermedad graves o por hospitalizacin de un fa-miliar, el inicio del permiso ser determinado por el empleado pblico, y su disfrutese realizar de forma continuada, sin interrupcin, hasta completar los das que pu-dieran corresponderle.Se entender por distinta localidad aquella que no coincida con la residencia habi-tual del Empleado Pblico.1.b)Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, un da.1.c)Para realizar funciones sindicales o de representacin del personal, en los trminosque se determine en el presente convenio colectivo.1.d)Para concurrir a exmenes finales y dems pruebas definitivas de aptitud, en cen-tros oficiales para la obtencin de un ttulo acadmico o profesional reconocido ascomo para asistir a las pruebas selectivas de ingreso o provisin de puestos de tra-bajo en las Administraciones Pblicas de la Comunidad Autnoma de Extremadura,incluida la Universidad de Extremadura, se tendr derecho a una licencia retribuidadurante los das de celebracin de los mismos.1.e)Para la realizacin de exmenes prenatales y tcnicas de preparacin al parto porlas empleadas pblicas embarazadas.1.f)Porlactanciadeunhijomenordedocemesestendrderechoaunahoradeau-sencia del trabajo que podr dividir en dos fracciones. Este derecho podr sustituir-se por una reduccin de la jornada normal en media hora al inicio y al final de la jor-nada o, en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. Estederecho podr ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en elcaso de que ambos trabajen.Igualmente la empleada pblica podr solicitar la sustitucin del tiempo de lactan-cia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo corres-pondiente.Este permiso se incrementar proporcionalmente en los casos de parto mltiple.1.g)Por nacimiento de hijos prematuros o que por cualquier otra causa deban permane-cer hospitalizados a continuacin del parto, la empleada o el empleado pblico ten-dr derecho a ausentarse del trabajo durante un mximo de dos horas diarias per-cibiendo las retribuciones ntegras.Asimismo, tendrn derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un mximo de doshoras, con la disminucin proporcional de sus retribuciones.NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 2015294511.h)Por razones de guarda legal, cuando el empleado pblico tenga el cuidado directo dealgn menor de doce aos, de persona mayor que requiera especial dedicacin, ode una persona con discapacidad que no desempee actividad retribuida, tendr de-recho a la reduccin de su jornada de trabajo, con la disminucin de sus retribucio-nes que corresponda.Tendr el mismo derecho el empleado pblico que precise encargarse del cuidado di-recto de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que porrazones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por s mismo y que nodesempee actividad retribuida.1.i)Por ser preciso atender el cuidado de un familiar de primer grado, el empleado p-blico tendr derecho a solicitar una reduccin de hasta el cincuenta por ciento de lajornada laboral, con carcter retribuido, por razones de enfermedad muy grave y porel plazo mximo de un mes.Si hubiera ms de un titular de este derecho por el mismo hecho causante, el tiem-po de disfrute de esta reduccin se podr prorratear entre los mismos, respetandoen todo caso, el plazo mximo de un mes.1.j)Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carcterpblico o personal y por deberes relacionados con la conciliacin de la vida familiar ylaboral. En particular, los empleados pblicos podrn ausentarse de su puesto de tra-bajo durante el tiempo indispensable de jornada laboral por los siguientes motivos: Paraasistiraconsultasmdicasoasistenciassanitariasdelsistemasanitariopblico o asimilado que sean precisas y siempre que por razones de disponibi-lidad horaria del centro sanitario no puedan realizarse fuera del horario labo-ral. Para ello se deber justificar la necesidad de la ausencia en el tiempo soli-citadoenrazndelascircunstanciasquedemandenlaconsultamdicaolaasistencia sanitaria. Para acompaar a los hijos menores de 18 aos a las consultas mdicas o asis-tencias sanitarias que precisaren, en los mismos trminos y condiciones contem-plados en el apartado anterior. En el caso de que el padre y la madre del menorfueren empleados pblicos de este Ayuntamiento, slo uno de ellos podr ejerci-tar este derecho. Para acompaar a las personas dependientes a su cargo que no dispongan de au-tonoma, en los mismos trminos sealados anteriormente. Para asistir a reuniones de coordinacin del centro donde reciban atencin los hi-jos con discapacidad a su cargo. Para asistir a las reuniones convocadas por el centro escolar en que estuvieranmatriculados sus hijos, relacionadas con la atencin a las necesidades educativasde carcter especial1.k)Por asuntos particulares, cinco das o los que se establezcan por el artculo 48 delEBEP o norma de desarrollo y que resulte de aplicacin. Los empleados pblicos po-NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529452drn distribuir dichos das a su conveniencia, previa autorizacin de sus superioresy respetando siempre las necesidades del servicio. Cuando por estas razones no seaposible disfrutar del mencionado permiso antes de finalizar el mes de diciembre, po-dr concederse en los primeros quince das del mes de enero siguiente.1.l)Por matrimonio, o pareja de hecho, en cuyo caso se acreditar a travs de su ins-cripcin en el Registro de Parejas de Hecho correspondiente, quince das.Tercero. Advertido error en el apartado 6.c) del Anexo I del Personal Laboral Contratado conCarcter Temporal, relativo a los Derechos Sociales del personal laboral contratado en ac-tivo, procede su rectificacin, as donde dice:6.c) Complemento de IT: En lo que respecta al complemento retributivo de la prestacin eco-nmica en la situacin de Incapacidad temporal del personal laboral fijo de este Ayun-tamiento se estar a lo dispuesto por el apartado 6. y 7. del artculo 35 del presenteconvenio.Debe decir:6.c)Complemento de IT: En lo que respecta al complemento retributivo de la prestacin eco-nmica en la situacin de Incapacidad temporal del personal laboral contratado de esteAyuntamiento se estar a lo dispuesto por el apartado 6. y 7. del artculo 35 del pre-sente convenio.NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529453CONSEJERA DE SANIDAD Y POLTICAS SOCIALESRESOLUCIN de 23 de julio de 2015, del Consejero, por la que se resuelvelaconvocatoriadesubvencionesparalafinanciacindeproyectossociosanitarios en el mbito de la participacin comunitaria en salud, para elao 2015. (2015061814)Vistos los expedientes administrativos relativos a las subvenciones para la financiacin de pro-yectos sociosanitarios de participacin comunitaria en salud, se dicta la presente resolucinteniendo en cuenta los siguientesANTECEDENTES DE HECHOPRIMERO. Mediante Orden de 23 de febrero de 2015 de la Consejera de Salud y Poltica So-ciosanitaria (DOE n. 45, de 6 de marzo), se convocan subvenciones para la financiacin deproyectossociosanitariosenelmbitodelaparticipacincomunitariaensaludparaelao2015, estableciendo la convocatoria para financiar la realizacin de los citados proyectos, es-pecificndose el objeto, condiciones y finalidad de la financiacin, requisitos de las solicitu-des, as como el procedimiento de concesin y el rgano competente para su resolucin.SEGUNDO. Siguiendo el procedimiento administrativo establecido en la citada orden, se cons-tituye, con fecha 30 de marzo de 2015, la Comisin de valoracin, procedindose a la eva-luacin de las solicitudes recibidas en plazo y segn condiciones determinadas en el mismo.El da 17 de julio de 2015, la comisin emite informe sobre la evaluacin de las solicitudespresentadas a la presente convocatoria.TERCERO. La Directora General de Salud Pblica, realiza con fecha 17 de julio de 2015 la si-guiente Propuesta de Resolucin:1. Propuesta de concesin de subvenciones previstas en la Orden de 23 de febrero de 2015,a las entidades relacionadas en el Anexo I de la presente resolucin.2. Propuesta de desestimacin de las solicitudes relacionadas en el Anexo II, con indicacindel motivo de denegacin, elaborada en base al informe emitido por la comisin de valo-racin sobre la evaluacin de las solicitudes presentadas.3. Propuesta de aprobacin de la relacin ordenada de lista de espera contenida en el Ane-xo III con aquellas entidades que, cumpliendo la condicin de beneficiarios, no han sidoestimadas por rebasarse la cuanta mxima del crdito fijado en la convocatoria, con in-dicacin de la puntuacin otorgada a cada una de ellas en funcin de los criterios de va-loracin.FUNDAMENTOS DE DERECHOPRIMERO. Mediante el Decreto 111/2012, de 15 de junio, se establecen las bases regulado-ras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeo de Salud, regulando el CaptuloVII las subvenciones destinadas a la financiacin de proyectos de participacin comunitariaen salud.NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529454SEGUNDO. En cumplimiento de lo dispuesto en el artculo 5.1 del citado Decreto, se apruebala Orden de 23 de febrero de 2015 de la Consejera de Salud y Poltica Sociosanitaria, por laque se convocan subvenciones para la financiacin de proyectos sociosanitarios en el mbitode la participacin comunitaria en salud para el ao 2015.TERCERO. La mencionada orden establece, en su artculo 9, que para la financiacin de lassubvencionesprevistasenlamismasedestinarunacantidadglobalde413.000,00concargo a la aplicacin presupuestaria 2015.39.01.212D.489.00 y cdigo de proyecto de gasto2011.39.01.0005 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autnoma de Extremadu-ra para el ao 2015.CUARTO. En virtud de lo dispuesto en el artculo 6.1 de la Orden de 23 de febrero de la Con-sejera de Salud y Poltica Sociosanitaria por la que se convocan subvenciones para la finan-ciacin de proyectos sociosanitarios en el mbito de la participacin comunitaria en salud, laDirectora General de Salud Pblica dicta la oportuna Propuesta de Resolucin.Vista la documentacin contenida en los expedientes administrativos, teniendo en cuenta losantecedentes de hecho y fundamentos de derecho, y de conformidad con la propuesta for-mulada por la Directora General de Salud Pblica, de 17 de julio de 2015, y segn lo dispuestoen los artculos 1 y 2 del Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio, por el que se modi-fican la denominacin, el nmero y las competencias de las Consejeras que conforman la Ad-ministracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura (DOE de 7 de julio de 2015), as co-mo el artculo 20.2 del Decreto 154/2015, de 17 de julio, por el que se establece la estructuraorgnica bsica de la Administracin de la Comunidad Autnoma de Extremadura (DOE de 18de julio de 2015).R E S U E L V O :PRIMERO. Conceder las subvenciones a las entidades incluidas en el Anexo I, en la cuantaqueenelmismoserelacionan,concargoalaaplicacinpresupuestaria2015.39.01.212D.489.00 y cdigo de proyecto de gasto 2011.39.01.0005 de los Presupues-tosGeneralesdelaComunidadAutnomaparaelao2015,conindicacindelaactividadsubvencionada.SEGUNDO. Desestimar las subvenciones a las entidades relacionadas en el Anexo II de estaResolucin, con indicacin para cada una de ellas el motivo de su denegacin.TERCERO. Aprobar la relacin ordenada de lista de espera contenida en el Anexo III, con aque-llas entidades que, cumpliendo con la condicin de beneficiarios, no han sido estimadas porrebasarse la cuanta mxima del crdito fijado en la convocatoria, con indicacin de la pun-tuacin otorgada a cada una de ellas en funcin de los criterios de valoracin.CUARTO. Adems de las establecidas en los artculos 12 y 72 del Decreto 111/2012, de 15 dejunio, las entidades beneficiarias de estas subvenciones tienen la obligacin de incluir la men-cin Gobierno de Extremadura. Servicio Extremeo de Salud, como entidad financiadora delproyecto de Participacin Comunitaria en Salud en las publicaciones, publicidad e informacinque realicen para la difusin del mismo, memorias y dems documentacin resultante de laactividad objeto de la ayuda.NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529455QUINTO. El abono de las subvenciones se realizar en la forma y en los trminos estableci-dos en el artculo 11 de la Orden de convocatoria, quedando las entidades beneficiarias exi-midas de la constitucin de garanta con respecto a las cantidades a abonar con carcter an-ticipado en el marco de la presente subvencin, de conformidad con lo dispuesto en el artculo21.1.d) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autnoma deExtremadura.SEXTO. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucin de concesin, as como laconcurrencia de las causas previstas en los artculos 42 y 43 de la Ley 6/2011, de 23 de mar-zo, de Subvenciones de la Comunidad Autnoma de Extremadura, dar lugar a la revocacinde las subvenciones concedidas y, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas, conla exigencia del inters de demora legalmente establecido desde el momento del pago de lasubvencin hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, conforme a lo dis-puesto en los artculos 14 y 15 del Decreto 111/2012, de 15 de junio.La presente resolucin ser publicada en el Diario Oficial de Extremadura, surtiendo dicha pu-blicacin los efectos propios de la notificacin de conformidad con lo establecido en el artcu-lo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las AdministracionesPblicas y del Procedimiento Administrativo Comn.La presente resolucin pone fin a la va administrativa y contra la misma podr interponerserecurso potestativo de reposicin ante este rgano en el plazo de un mes contado a partir delda siguiente a su publicacin en el Diario Oficial de Extremadura, segn lo establecido en losartculos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Rgimen Jurdico de las Ad-ministraciones Pblicas y del Procedimiento Administrativo Comn, sin perjuicio de que el in-teresado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.Se podr tambin interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzga-do contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el da siguiente al de la publi-cacin, segn la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdiccin Contencioso-Ad-ministrativa. En el supuesto de haber interpuesto recurso de reposicin no se podr impugnaren va contencioso-administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya pro-ducido la desestimacin presunta de aquel. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pue-da ejercitar cualquier otro que estime procedente.Mrida, a 23 de julio de 2015.El Consejero de Sanidad y Polticas Sociales,JOS MARA VERGELES BLANCANMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 201529456ANEXO I SOLICITUDES CUYA CONCESIN SE RESUELVE CON INDICACIN DE LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA Y SU CUANTA INDIVIDUALIZADA. N NOMBRE DE LA ENTIDAD CIF NOMBRE DEL PROYECTO PUNTOS IMPORTE 1 FEDERACIN DE ASOCIACIONES DE PERSONAS CON DIABETES DE EXTREMADURA (FADEX) G10197994 DIABETES: SENSIBILIZACIN, PREVENCIN E INTERVENCIN. PROGRAMA 2015 57 40.000,00 2 FEDERACIN EXTREMEA DE ASOCIACIONES DE FIBROMIALGIA (FEXAF) G06632475 TRATAMIENTO DE LOS EFECTOS DEL DOLOR CRNICO EN DIAGNOSTICADOS DE FIBROMIALGIA EN EXTREMADURA 44 25.000,00 3 ASOCIACIN DE CELIACOS DE EXTREMADURA (ACEX) G06201875 AYUDA Y ASESORAMIENTO AL COLECTIVO CELIACO DE EXTREMADURA EN ENFERMEDAD CELIACA Y DIETA SIN GLUTEN PERMITIENDO SU INTEGRACIN SOCIAL 43 25.000,00 4 ASOCIACIN ONCOLGICA EXTREMEA (AOEX) G06280879 NO ESTS SOL@ 42 25.000,00 5 ASOCIACIN EXTREMEA A.F.A.L. G06219075 ASOCIACIN DE AYUDA A FAMILIAS AFECTADOS DE LEUCEMIAS, LINFOMAS, APLASIAS, MELOMAS Y PROGRAMA COMPAA 40 20.000,00 6 ASOCIACIN ONCOLGICA TIERRA DE BARROS (AOTB) G06417810 ATENCIN SOCIOSANITARIA PARA PACIENTES DE CNCER Y SUS FAMILIAS 38 20.000,00 7 ASOCIACIN PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES RENALES (ALCER CCERES) G10012482 PROMOCIN DE LA SOLIDARIDAD PARA LA DONACIN DE RGANOS Y PREVENCIN DE LA ENFERMEDAD RENAL CRNICA EN LA PROVINCIA DE CCERES 38 20.000,00 8 ASOCIACIN ESPAOLA CONTRA EL CNCER (AECC) G28197564 ATENCIN INTEGRAL AL PACIENTE DE CNCER Y FAMILIARES 37 20.000,00 9 COMIT CIUDADANO ANTISIDA DE LA COMUNIDAD EXTREMEA (CAEX) G10179760 PROGRAMA DE ATENCIN PERSONAL EN VIH-SIDA 2015 36 20.000,00 10 ASOCIACIN EXTREMEA DE TRASPLANTADOS (ASEXTRAS) G06495949 ATENCIN INTEGRAL A TRASPLANTADOS Y FAMILIARES 2015 35 15.000,00 NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 20152945711 ASOCIACIN EXTREMEA DE ALRGICOS A ALIMENTOS (AEXAAL) G06593461 SENSIBILIZACIN SOBRE ALERGIAS ALIMENTARIAS Y SU PROBLEMTICA SOCIAL EN LOS MBITOS EDUCATIVO, HOSPITALARIO Y DE RESTAURACIN EN LA CCAA DE EXTREMADURA 35 15.000,00 12 ASOCIACIN PARA LA DONACIN DE MDULA SEA EN EXTREMADURA (ADMO) G06260459 PROMOCIN DE LA SANGRE DE CORDN UMBILICAL EN EXTREMADURA 2015 35 15.000,00 13 ASOCIACIN EN DEFENSA DE LOS TRASTORNOS ALIMENTARIOS EN EXTREMADURA (ADETAEX) G10240802 PREVENCIN PARA LA POBLACIN DE RIESGO Y APOYO PSICOSOCIAL PARA FAMILIARES DE PERSONAS CON TRASTORNOS DE LA CONDUCTA ALIMENTARIA 34 15.000,00 14 ASOCIACIN DE PADRES Y MADRES DE NIOS PREMATUROS DE EXTREMADURA (APREMEX) G10448744 PREMATUROS: ENTRE EL MIEDO Y LA ESPERANZA 33 3.000,00 (1) 15 ASOCIACIN REGIONAL PARKINSON EXTREMADURA G06366371 ESCUELA DEL PACIENTE EXPERTO PARA AFECTADOS Y CUIDADORES 32 15.000,00 16 ASOCIACIN EXTREMEA DE PACIENTES CON ESPONDILITIS (AEXPE) G06436885 ILUSIN Y FUTURO 2015 32 11.825,00 (1) 17 ASOCIACIN PARA EL ESTUDIO DE LA LESIN MEDULAR ESPINAL (AESLEME) G80061856 PROGRAMA DE INTEGRACIN SOCIO-LABORAL. CAMPAA "TE PUEDE PASAR" 30 10.000,00 18 ASOCIACIN ESCLEROSIS MLTIPLE EXTREMADURA (EMEX) G10454445 CONVIVIENDO CON ESCLERSIS MLTIPLE 30 10.000,00 19 ASOCIACIN DE ENFERMOS DE CROHN Y COLITIS ULCEROSA DE EXTREMADURA (ACCU EXTREMADURA) G06277909 INTERVENCIN INTEGRAL SOCIOSANITARIO EN ENFERMEDADES INFLAMATORIAS INTESTINALES 2015 Y AHORA QU? 30 10.000,00 20 ASOCIACIN DE FIBROMIALGIA DE EXTREMADURA (AFIBROEX) G10261246 PROGRAMA MULTIDISCIPLINAR PARA LA SALUD, FORMACIN, ATENCIN Y SEGUIMIENTO EN PERSONAS CON FIBROMIALGIA Y FAMILIA 30 10.000,00 21 ASOCIACIN PARA LA LUCHA CONTRA LAS ENFERMEDADES RENALES (ALCER-BADAJOZ) G06017362 EDUCACIN PARA LA SALUD EN LA ENFERMEDAD RENAL 30 10.000,00 NMERO 155Mircoles, 12 de agosto de 20152945822 ASOCIACIN DE EPILEPSIA DE EXTREMADURA (AEDEX) G06658561 AYUDA Y SENSIBILIZACIN SOBRE EPILEPSIA 28 10.000,00