Donación de órganos - La legislación
-
Upload
roxana-casabene -
Category
Education
-
view
313 -
download
5
Transcript of Donación de órganos - La legislación
DONACIÓN DE
ÓRGANOS
LEGISLACIÓN
MILAGROS PANELO 6°B
¿ Q U É E S E L T R A N S P L A N T E D E
O RG A N O S ?
*La extracción de órganos está permitida sólo cuando no causa un
daño a la salud y cuando el tratamiento sea viable..
Donar médula ósea, sólo se requiere ser mayor de 18 años, sin
necesidad de que el receptor sea un pariente.
*Toda persona puede expresar su voluntad o negativa a la
donación de órganos una vez fallecido.
*Sólo estará permitida la ablación de órganos
o tejidos en vida con fines de trasplante sobre
una persona capaz mayor de dieciocho (18)
años, quien podrá autorizarla únicamente en
caso de que el receptor sea su pariente
consanguíneo o por adopción.
MÉDULA ÓSEA
*Para donar médula ósea, sólo se requiere ser mayor
de 18 años, sin necesidad de que el receptor sea un
pariente. Si el donador es menor de 18 años, debe
haber autorización de los padres o representante y
sólo se efectuará entre familiares.
También puede decidir sobre el fin de sus órganos
(trasplantes o fines de estudios) o elegir cuáles desea
donar y cuáles no
.
*LA ABLACIÓN PODRÁ
EFECTUARSE EN
MAYORES DE 18 AÑOS
QUE HAYAN
FALLECIDO Y QUE NO
HAYAN EXPRESADO
SU OPOSICIÓN A
DONAR