Donación de órganos - La legislación

8
DONACIÓN DE ÓRGANOS LEGISLACIÓN MILAGROS PANELO 6°B

Transcript of Donación de órganos - La legislación

Page 1: Donación de órganos - La legislación

DONACIÓN DE

ÓRGANOS

LEGISLACIÓN

MILAGROS PANELO 6°B

Page 2: Donación de órganos - La legislación

¿ Q U É E S E L T R A N S P L A N T E D E

O RG A N O S ?

*La extracción de órganos está permitida sólo cuando no causa un

daño a la salud y cuando el tratamiento sea viable..

Donar médula ósea, sólo se requiere ser mayor de 18 años, sin

necesidad de que el receptor sea un pariente.

*Toda persona puede expresar su voluntad o negativa a la

donación de órganos una vez fallecido.

Page 3: Donación de órganos - La legislación
Page 4: Donación de órganos - La legislación

*Sólo estará permitida la ablación de órganos

o tejidos en vida con fines de trasplante sobre

una persona capaz mayor de dieciocho (18)

años, quien podrá autorizarla únicamente en

caso de que el receptor sea su pariente

consanguíneo o por adopción.

Page 5: Donación de órganos - La legislación

MÉDULA ÓSEA

*Para donar médula ósea, sólo se requiere ser mayor

de 18 años, sin necesidad de que el receptor sea un

pariente. Si el donador es menor de 18 años, debe

haber autorización de los padres o representante y

sólo se efectuará entre familiares.

Page 6: Donación de órganos - La legislación
Page 7: Donación de órganos - La legislación

También puede decidir sobre el fin de sus órganos

(trasplantes o fines de estudios) o elegir cuáles desea

donar y cuáles no

Page 8: Donación de órganos - La legislación

.

*LA ABLACIÓN PODRÁ

EFECTUARSE EN

MAYORES DE 18 AÑOS

QUE HAYAN

FALLECIDO Y QUE NO

HAYAN EXPRESADO

SU OPOSICIÓN A

DONAR