Dossier informativo devolucón igic turistas no residentes
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Servicio de devolución de IGIC a turistas
¿Qué es? Es un servicio que está dirigido a los comercios que venden productos a turistas
Principalmente está dirigido a ventas de:
– Joyería
– Perfumería
– Textil de calidad
– Aparatos eléctricos y electrónicos
– Otras ventas de valor unitario superior a 36 euros
¿A quién beneficia?
Principalmente al turista foráneo, que recuperará parte del importe de su compra.
También beneficia al comercio, que con este servicio es más competitivo y se sitúa al mismo nivel que grandes superficies.
¿Cómo funciona?
El comercio rellena el formulario habilitado en la página web de la Cámara de Comercio
www.camaratenerife.com
La aplicación emite tres copias, una para:
1. El comercio,
2. El cliente
3. La administración
Procedimiento: Tres pasos
1. El comerciante entrega la factura al turista.
2. El turista acude al puesto de Guardia Civil en el puerto o aeropuerto al salir de Canarias. Presentará las facturas que le ha dado el comerciante y la Guardia Civil sellará ambas copias y se quedará con un ejemplar.
3. El comercio recibirá una comunicación de que el turista ha salido de Canarias para que le haga la devolución del IGIC.
¿Cómo se devuelve el dinero al turista?
La devolución se realiza en 15 días. El comercio dispone de tres medios:
1. Transferencia bancaria
2. Pay Pal
3. Tarjeta bancaria
El comercio solicita la devolución
Después de que el comercio haya realizado la devolución del IGIC al turista, solicitará el reembolso al Gobierno de Canarias.
La Cámara dispone de un servicio de ayuda para tramitar en nombre del comercio la devolución de las cantidades devueltas al turista.
Coste para el comercio asociado
– Cuota de alta en el servicio: 200 euros al año.
– Por cada establecimiento adicional: 50 euros al año.
– Renovaciones a partir del segundo año: descuento del 50%.
– Tramitación de la devolución con el Gobierno de Canarias: 60 euros por trimestre.
Servicio de devolución de IGIC a turistas