Power point derecho penal 1, programa analitico de derecho penal, derecho penal
D.procesal Penal.
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8/16/2019 D.procesal Penal.
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¿Qué son los medios impugnatorios?
S o n m e c a n i s m o s
p r
e s t a b l e c i d o s l e g a l m
e n t e
p e r m i t e n a l o s s u j e t o s l e g i t
p r o c e s a l m e n t e a p e t i c i o n a r
j u e z o s u s u p e r i o r r e e x a m i n
a c t o `p r o c e s a l o t o d o u n p r
q u e l e h a c a u s a d o p e r j u i c i o a f
l o g r a r q u e l a m a t e r i a c u e s t i o n
s e a p a r c i a l o t o t a l m e n t e a n u l a d
r e v o c a d a .
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SEGÚN EL C.P.P
En su art. 413 señala que hay 4 tipos qcontra resoluciones judiciales
a! "ecurso de reposici#n.$%!
&! "ecurso de 'pelaci#n.$(!
c! "ecurso de Casaci#n.$1)!
d! "ecurso de queja.$3!
*&s se cuenta desde el d+a si,uientenoti-icaci#n
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E l " . C . s u j e t
o s a c i e r t a s
l i 3 i t a c
i o n e s
Si se trata de auto que pon,a -in cuando el delito es ,rsu etreo +nio una pena ayor 8.
Si se trata de sentencia5 cuando el delito as ,rae al qre-iere la acusaci#n escrita del -iscal ten,a pena ayo
Si se trata de sentencia que ipone edida de se,uridad5este en internaci#n
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/esestiaci#n
/eclarara la inadisi&ilidad de
recursos de casaci#n cuando sepresenten las si,uientescircunstancias
No se cuplan losrequisitos y causalespreistos en la nora.
Cuando el recurrentehu&iera consentidopreiaente laresoluci#n adersa depriera instancia.
Care9caani-iestaente de-undaentos.
Cuando se hu&ieren desestiado enel -ondo de otros recursos
sustancialente i,uales y elrecurrente no da ar,uentossu-icientes para que se odi-ique elcriterio o doctrina jurisprudencialya esta&lecidas.
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C'S'LESP'"'
0N2E"P*NE""EC"S*S
Si la sentencia o auto han
sido epedidos conino&serancia de al,unas delas ,arant+asconstitucionales de car:cterprocesal o aterial5 o conuna inde&ida o err#neaaplicaci#n de dichas,arant+as.
Si la sentencia o auto
incurre o deria de unaino&serancia de las norasle,ales de car:cter procesalsancionadas con la nulidad.
S0 la sentencia o autoiporta una inde&idaaplicaci#n 5 una err#neainterpretaci#n o una -altade aplicaci#n de la leypenal o de otras norasjur+dicas necesarias para suaplicaci#n. Si la sentencia o auto ha
sido epedido con la -alta oani-iesta y lo,icidad de laotiaci#n5 cuando el icioresulte de su propio tenor.
Si la sentenciaaparta de lajurisprudencial por la corte susu caso por constitucional.
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0nterposici#n y 'disi#n
El recurso de casaci#n sdispuesto en el art+cul
procesal penal5 separadaente cada cau
0nterpuesto el recurso de casaci#n la sala superior solo podr: declarar su inadisi&ilidad en los supuestos preistos enlos art+culos 4)( o cuando se inoque causales distintas a las que ya est:n esta&lecidasSi se inoca la procedencia ecepcionalente con-ore lo que señala la nora5 sin perjuicio de señalarse y justi-icarse la causal que corresponda5 con-ore a loque se señala so&re las causales5 el recurrente de&er: consi,nar adicional y puntualente las ra9ones que justi-ican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial quepretende5 en este supuesto la sala penal superior 5 para la concesi#n del recurso 5 sin perjuicio de lo dispuesto anteriorente 5constatara la eistencia de la-undaentaci#n especi-ica ei,ida en estos casos.
Si la sala penal concede el rec urso . dispondr: se noti-iquen a todas las partes y se les epla9ara para que copare9canante la sala penal de la corte suprea y5 si la causa proiene de un distrito judicial distinto de lia 5 -ijen nueodoicilio procesal dentro del d;cio d+a si,uiente al de la noti-icaci#n.
na e9 eleado el epediente a la sala penal de la co rte suprea 5 se correr: traslado del recurso a las de:s partes por el pa9o de die9d+as siepre que preiaente hu&ieren cuplido ante la sala penal superior con lo dispuesto en el nueral anterior. Si con-ore a lodispuesto en el nueral anterior 5 no se señal# nueo doicilio procesal 5 doicilio procesal 5 se tendr: al in-ractor por noti-icado en laisa -echa de la epedici#n de las resoluciones que se dicten por la sala penal suprea.
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Preparaci#n y audiencia
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C*>PE2ENC0'
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Contenido de la sentencia casatoria
Si declara -undado el recurso5 ade:s de declarar la nuauto recurridos5 podr: decidir por si el caso 5 en tanto paun nueo de&ate5 u ordenar el reeni# del proceso.
Si se opta por la anulaci#n sin reeni# en la isa seso&re el -ondo dictando el -allo que de&a reepla9ar el re
Si decide la anulaci#n con reeni# 5 indicara el jue9 copetente y el acto procesal que de&a renoarse. El #reci&a los autos5 proceder: de con-oridad con lo ressuprea.
En todo caso 5 la sala de o-icio o a pedido del inisterioatendiendo a la naturale9a del asunto o&jeto de decconstituye doctrina jurisprudencial inculante a los #penales di-erentes a la propia corte suprea5 la cual otra decisi#n epresa la odi-ique .
Si se adirtiere que otra sala penal suprea u otros inteen sus decisiones sostuieran criterios discrepantes so&raplicaci#n de una deterinada nora de o-icio o a ip?&lico o de la de-ensor+a del pue&lo.
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E-ectos de la anulaci#n
Esta anulaci#n del auto o sentencia recurrida podr:ser total o parcialente.
Si no se anula todas las disposiciones de la sentenciaipu,nada estas tendr:n el alor de cosa ju9,ada enlas partes que no ten,an neo esencial con la parteanulada.
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Li&ertad del iputad
Sala Penal Corte edida de coerci#n
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0procedencia del recurso
La sentencia casatoria no ser: suscepti&le derecurso al,uno5 sin perjuicio de la acci#n dereisi#n de la sentencia condenatoria .
2apoco ser: suscepti&le de ipu,naci#n lasentencia que se dictara en el juicio de reeniopor la causal aco,ida en la sentencia casatoria5 silo ser: en ca&io si se re-iere a otras casuales
distintas de las resueltas por la sentenciacasatoria.
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"EC"S* /E @EA' Se,?n Bescoi$1DD!5 indicaqueasi coo la apelaci#n se
otor,a para reparar el error enel -undaento de una
sentencia5 la queja tiene por-inalidad reparar el error
respecto de la adisi&ilidad deuna apelaci#nF y casaci#n.
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En caso de queja de derechosea por apelaci#n
Sera visto
porS'L' PEN'L/E L' C*"2ESPE"0*"
En caso de ne,acion porrecurso de casacion
Sera isto porS'L' PEN'L/E L' C*"2E
SP"E>'
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/e&e -undaentar le,alente la ne,aci#n dcasaci#n y a la e95 cuales son las ra9ones parten,a e-ecto en instancia superior.
EL "EC""EN2E *@EA*S*
L' C*"2E SP"E>' C*"2E SPE"0*" "esoluciones eitidas por*r,anos 0n-eriores Aue9Penal5 o Sala Penal5 CorteSuperior
reisar
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Procedencia y e-ectos
Procede contra la resoluci#n del jue9 que decrecurso de apelaci#n.
Procede contra la resoluci#n de la sala penal sdeclara inadisi&le el recurso de casaci#n.
Procede ante el #r,ano jurisdiccional superior recurso.
Procede la interposici#n del recurso no suspend
principal 5 ni la e-icacia de la resoluci#n dene,
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2"'>02E
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"EC"S* /E "EB0S0*N * /E 'CC0*N /E "E
S e , ? n G
a r c i a 5/ o 3 i n , o $ 1 C D 4 ! 5 e l r e c u r s o d e
r e i s i # n a t a c a l a s a n t i d a d d e l a c o s a j u 9 , a d a y
c o n 3 u e e l o s c i 3 i e n t o s d e l o r d e n j u r + d i c o a l
a u t o r i 9 a r q u e e n s e n t e n c i a - i r 3 e y e j e c u t o r i a d a 5
s e a n u e a 3 e n t e r e i s a d a e n s u s p r o p i o s
- u n d a 3 e n t o s y a l a e 9 d e n u e o s h e c h o s o
i n s t a n c i a s E ,
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P"*CE/ENC0'
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Cuando la sentencia se ha &asado en prue&as -alsas5adulteradas o inalidas.$Sentenc
Ejeplo
Cuando la instructia del inculpado arrancada con iolencia.
>aria adultera el contenido de su con-esi#n
Cuando la sentencia condenatoria se -undaente el eleentos de prue&a que
Si con posteriorodad a la sentencia se descu&ren hechos o eleentos de prue&asdurante el proceso que sean capaces de esta&lecer la inocencia del condenado.$'lde reisi#n!.
1.< Hechos o eleentos de prue&a que se descu&ren de&en ha&er sido con posterioridad a la que no hayan sido incorporados al proceso.
Ejeplo
Se sentencia a Pepe Aara por hoicidio5 y la persona que esta&a aparenteente uerta esta ia.
%.< /escu&riiento de hechos o eleentos de prue&a nueos< pie re&aja de la pena
Ejeplo
>aria es sentencia por el delito de parricidio y posteriorente se deuestra que no tiene inca,raiada5 correspondi;ndole solo el delito de hoicidio.
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Cuando se deuestra ediante decisi#n -ire que la sentencia -ue declusiaente por un delito coetido por el jue9 o por ,rae aena9a contra su pde sus -ailiares
Ejeplo
El jue9 sentencia ediante ar,uentos contrarios a lo estipulado por el ordenaie
de&ido a presiones5 coacci#n o iolencia Etorsionan a los peritos o los testi,os cuando sus aportes hu&iesen sido deterinante
Si la sentencia condenatoria se aplico una nora ya sea sustatia o aposteriorente es declarada inconstitucional por el tri&unal constitucional5 esreisi#n.
Ejeplo nora procesal
Cuando el jue9 al dictar sentencia ulnere en derecho5 una ,arant+a$derecho de de-ensa!
Ejeplo nora sustantia
Cuando el jue9 dicta sentencia pasando por alto todo liite de ra9ona&ilidad a-ectando dI-undaentales.
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Coo se da la le,itiaci#n
La acci#n de reisi#n podr: ser prooida por el-iscal supreo en lo penal y por el condenado.
Si el condenado -uere incapa9 5 podr: ser prooidopor su representante le,al5 y si hu&iera -allecido oestuiere iposi&ilitado de hacerlo 5 por su conyu,e5 sus ascendientes5 descendientes5 o heranos enese orden.
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/ E 2 E " > 0 N ' C 0 * N P " E C 0 S ' / E L '
S E N 2
E N C 0 ' @ 0 E N L ' / 0 C 2 *
1I
C ' S ' L 0 N B * C ' / ' " E J E " E N C 0 '
E S P E C 0 J 0 C ' 5
H E C H * S 5 / 0 S P * S 0 C 0 * N E S
L E G ' L E S P E " 2 0 N E N 2 E S
%I
C*N2EN0/* /E L'/E>'N/'
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Presentaci#n de ladeanda de reisi#n
Con copias de lasentencias epedidasen el proceso cuyareisi#n se deanda .
Se acopañara laprue&a docuental siel caso lo perite o laindicaci#n del archio
donde puedeencontrarse la isa.
Cuando la deostraci#nde la causal de reisi#nno sur,e de unasentencia judicialirreoca&le 5 elrecurrente de&er:indicar todos los ediosde prue&a que acrediten
la erdad de susodi-icaciones.
La sala penal de lacorte suprea podr:otor,ar un pla9o aldeandante para que
coplete losrequisitos -altantes.
'nte la sala penal dela corte suprea
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E-ectos
La interposici#n de la deanda de reisi#n no
suspende la ejecuci#n de la sentencia . Sin e&ar,o en cualquier oento del
procediiento 5 la sala podr: suspender la ejecuci#nde la sentencia ipu,nada y disponer5 de ser el caso 5la li&ertad del iputado 5 incluso aplicando 5 sicorrespondiere 5 una edida de coerci#n alternatia .
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2"'>02ESi la deanda -uera inadisi&le 5la decisi#n se toara edianteauto dictado por unaniidad.
Si se adite la deanda 5 la sala dar:conociiento de la deanda al -iscal o alcondenado 5 se,?n el caso. 'siisosolicitara el epediente de cuya reisi#n setrate y si correspondiera 5 la prue&adocuental señalada por el deandante.
/e i,ual anera dispondr: si -uere necesario 5 la recepci#nde los edios de prue&a o-recidos por el deandante 5 porla otra parte y los que considere ?tiles para la aeri,uaci#n
de la erdad. /e esas actuaciones se leantara el actacorrespondiente 5 pudiendo la sala desi,nar uno de los
ie&ros para su actuaci#n.
Concluida la actuaci#n pro&atoria 5 que no podr:eceder de 3) d+as 5 la sala desi,nara la -echapara la audiencia de reisi#n 5 a la que se citaranal -iscal y de-ensor del condenado5 de surepresentante o del -ailiar :s cercano. Lainasistencia del deandante deterinar: ladeclaraci#n de inadisi&ilidad de la deanda.
0nstalada la audiencia de reision5 se dara cuenta de la deandade reision y de la prue&a actuada. 'cto se,uido 5 in-oranoralente al -iscal y el a&o,ado del condenado 5 de surepresentante o del -ailiar as cercano. Si el iputado asiste ala audiencia hara uso de la pala&ra en ultio lu,ar. Concluida la
audiencia 5 la sala eitir: sentencia en audiencia pu&lica en elpla9o de %) dias .
S'L'E'>0N'S0
C.>PLEC*N
L*S
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Sentencia
Si es -undada lacausal inocada la reitir: anueo juicio
cuando el caso lorequiere$traitecorrespondiente!.
Si se pronunciadirectaente lasentenciaa&solutoria5 pa,opor concepto dereparaci#n y de
ulta as+ coode ha&ersesolicitado laindeni9aci#n <error judicial .
La sentencia senoti-icara a todaslas partes del
procesoori,inario.
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"enoaci#n de la deanda
Si la reisi#n esdesistiada sedeoler: el procesoal #r,anojurisdiccional<
archiandolade-initiaente.
La dene,atoriade reisi#n noipide surenoaci#n<-unde en nueoshechos oprue&as.
Las acno cejerceapare9otio
de pru