e Statuto
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Regulaciones establecidas en el estatuto docente para los
distintos sectores educativos.
Goretti Gajardo. Carolina Quezada. Bernardita Valenzuela
Integrantes
Estatuto Docente
Integrantes
Ley 19.070
Creacin 1991 - Modificacin 1997
Bibliografa:
http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=60439&idVersion=
Sector Municipal Sector Privado
Ingreso a la carrera docente:
Dotacin docente segn cantidad de alumnos y tipo de educacin.
Plazo en que la Direccin Provincial aprueba la dotacin docente.
Normas generales y contrato:
La relacin laboral entre profesionales de la educacin y empleadores se rige por el derecho privado y el cdigo del trabajo.
Derechos del personal docente:
El derecho a remuneracin bsica mnima nacional.
Profesionales con titularidad tienen derecho a estabilidad en las horas.
Derechos del personal docente:
El valor de la remuneracin por hora no podr ser inferior al valor mnimo.
Las instituciones deben contar con un reglamento interno.
Asignaciones especiales del personal docente:
Los docentes tienen derecho a asignaciones de experiencia, p e r f e c c i o n a m i e n t o , d e desempeo en condiciones difciles, y de responsabilidad directiva y tcnico pedaggico.
Asignaciones especiales del personal docente:
Los docentes gozarn del derecho a la asignacin de desempeo en condiciones difciles, bonificacin mensual por hora semanal pactada en el contrato.
La jornada de trabajo:
La jornada tiene un mximo de 44 horas semanales.
La jornada de trabajo:
No podr exceder 44 horas semanales para un mismo empleador.
Deberes y obligaciones de los p r o f e s i o n a l e s d e l a educacin:
El cumplimiento de la evaluacin.
Se regirn por el estatuto docente y supletoriamente por el cdigo del trabajo.
Trmino de la relacin laboral:
Existen slo 9 razones determinadas en el estatuto para terminar una relacin laboral.
Terminacin del contrato:
Basado en el artculo 161 del Cdigo del Trabajo.
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Introduccin
El Estatuto Docente es la Ley que
regula la labor docente de los establecimientos
subvencionados, especficamente aquellas
instituciones de enseanza Pre-bsica, Bsica,
Media Cientfico Humanista y Tcnico
Profesional.
Este estatuto comenz a regir el ao
1991 durante el gobierno de Patricio Aylwin
Azcar, y fue modificado en el ao 1997.
Normativas del Estatuto:
Normas Generales.
Funciones Profesionales.
Formacin y Perfeccionamiento.
A u t o n o m a y R e s p o n s a b i l i d a d e s Profesionales.
Ingreso a la Carrera Docente.
Derechos Personales del Docente.
Normas Generales: Artculo 2: Obtencin Ttulo Profesional.
Artculo 3: Normativa de responsabilidades,
obligaciones y derechos docentes.
Artculo 4: Inhabilidad del ejercicio docente.
Funciones Profesionales: Artculo 6: Funcin Docente en el aula y
actividades curriculares no lectivas.
Artculo 7: Funcin Docente Directiva.
Artculo 8: Funciones Tcnico Pedaggicas.
Artculo 8 bis: Derecho a un ambiente de trabajo
tolerante y de respeto mutuo.
A u t o n o m a y R e s p o n s a bi l i d a d Profesional: Artculo 16: Autonoma en el ejercicio docente.
Artculo 17: Quejas y denuncias contra el docente.
Artculo 18: Responsabilidad de desempeo y su
Evaluacin.
Ingreso a la Carrera Docente: Artculo 20: Ingreso Docente al sector municipal.
Artculo 21: Dotacin Docente de los
establecimientos y fijacin de plazos.
Derechos Personal Docente: Artculo 35: Derecho a remuneracin bsica
mnima.
Artculo 36: Profesionales con titularidad, tienen
derecho a estabilidad en las horas..
Artculo 37: Seguro de saluda para accidentes de
trabajo.
Artculo 38: Derecho a licencia medica.
Artculo 39: Derecho a seguridad laboral..
Artculo 40: Derechos a permisos administrativos
con y sin goce de sueldo.