Educación Inclusiva
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EDUCACIÓN
INCLU
SIVA
EDUCACIÓN INCLUSIVA
Surge en los años
90
Involucra cambios y modificaciones en
los contenidos
Aporta respuestas pertinentes a toda
gama de necesidades educativas
Se basa en el principio que cada niño(a) tienen intereses, capacidades
Pretende sustituir a la integración
Un proceso dirigido a responder a las
distintas necesidades de todos los y las
estudiantes incrementar su
participación en el aprendizaje
Filosofía basada en la diversidad y
no en la homogeneidad
Asegurar el derecho a una educación de
calidad para toda la población y
reducir la exclusión
INCLUSIÓN SUSTENTO OBJETIVO
INCLUSIÓN
Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
Articulo 1:
Articulo 27:
La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar.
Articulo 39:
El Estado garantizará los derechos de las jóvenes y los jóvenes, y promoverá su efectivo ejercicio a través de políticas y programas, instituciones y recursos que aseguren y mantengan de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos, en particular en los espacios del poder público.
La educación como servicio público se prestará a través de instituciones públicas, fisco misionales y particulares. En los establecimientos educativos se proporcionarán sin costo servicios de carácter social y de apoyo psicológico, en el marco del sistema de inclusión y equidad social.
Articulo 345:
El Estado adoptará a favor de las personas con discapacidad medidas que aseguren:1. La inclusión social, mediante planes y programas estatales y privados coordinados, que fomenten su participación política, social, cultural, educativa y económica.
Articulo 48:
En la inclusión el compromiso de la institución es mayor puesto que, la misma tiene que dar respuesta a las necesidades educativas especiales del estudiante dentro del aula, esto significa que debemos contar con un docente inclusivo sensible que a través de la observación y una actitud positiva, sumado a esto una preparación básica en cuanto a la parte académica, una permanente y sólida auto preparación, que le permita estar al tanto de las características evolutivas del grupo con el que trabaja, estrategias y métodos de estudio, sea altamente motivador y empático sobre todo ante la necesidades educativas especiales asociadas o no a la discapacidad.
EDUCACIÓN INCLUSIVA EN EL ECUADOR
LA INCLUSIÓN EDUCATIVA EN LA EDUCACIÓN BÁSICA
Las instituciones de educación general básica que realizan inclusión educativa como una experiencia exitosa, son las que establecen en sus proyectos educativos institucionales la atención a las necesidades educativas especiales de todos los estudiantes incluyendo los que presentan discapacidad. Plantean los apoyos externos e internos que requieren.Externos.- Equipos del Centro de Díagnóstico y Orientación Psicopedagógica.Internos.- Profesor de Apoyo Psicopedagógico
La educación inclusiva:
Implica un cambio social y cultural y una decisión política, que reconoce y acepta que somos una sociedad diversa, en la cual todos y todas tenemos los mismos derechos y deberes.