EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

60
EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL ANDREA DEL PILAR ESTRADA CUAVAS CLAUDIA PATRICIA ESPITIA LOPEZ JOSÉ ANDRÉS TENORIO MACEA UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA FACULTAD DE DERECHO MONTERÍA 2020

Transcript of EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Page 1: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA

CONTRATACIÓN ESTATAL

ANDREA DEL PILAR ESTRADA CUAVAS

CLAUDIA PATRICIA ESPITIA LOPEZ

JOSÉ ANDRÉS TENORIO MACEA

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

MONTERÍA

2020

Page 2: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA

CONTRATACIÓN ESTATAL

ANDREA DEL PILAR ESTRADA CUAVAS

CLAUDIA PATRICIA ESPITIA LOPEZ

JOSÉ ANDRÉS TENORIO MACEA

MONOGRAFÍA PRESENTADA PARA OPTAR POR EL TITULO DE ABOGADO

DIRECTOR

EDUARD NEGRETE DORIA

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

FACULTAD DE DERECHO

MONTERÍA

2020

Page 3: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

CONTENIDO

RESUMEN ……………………………………………………………………………………………………………………………………4 PARTE 1. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN ............................................................................ 5

OBJETIVOS .................................................................................................................................. 5

General ...................................................................................................................................... 5

Específicos ................................................................................................................................. 5

ANTECEDENTES ........................................................................................................................ 6

DISEÑO METODÓLOGICO ...................................................................................................... 10

PARTE 2. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS ............................................. 12

INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 12

1. SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO....................................................................... 17

1.1 Origen del silencio administrativo ................................................................................. 20

1.2 Tipos de silencio administrativo .................................................................................... 23

1.2.1 Silencio administrativo negativo ........................................................................... 23

1.2.2 Silencio administrativo positivo ............................................................................ 25

2. SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN EL CONTEXTO DE LA

CONTRATACIÓN ESTATAL .................................................................................................... 29

2.1 El silencio administrativo positivo dentro de las generalidades de la contratación estatal.

29

3. APROXIMACIÓN AL CONCEPTO DE SILENCIO ADMINISTRATIVO EN LA

CONTRATACIÓN ESTATAL Y SU GARANTIA EN SU APLICABILIDAD (MUNICIPIO DE

SAHAGÚN CÓRDOBA) ............................................................................................................ 36

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ............................................................................ 42

Referencias Bibliográficas ........................................................................................................... 44

Anexos………………………………………………………………………………………………………………………………………….46

Anexo número 1 …………………………………………………………………………………………………………..49

Anexo número 2……………………………………………………………………………………………………………57

Page 4: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

RESUMEN

El presente documento destaca la eficacia del silencio administrativo positivo frente a la

defensa de los derechos de los contratistas ante entidades estatales, tomando como referencia

al plantel educativo Universidad de Córdoba, sede ubicada en el Municipio de Sahagún

Córdoba y otras entidades pertenecientes al mismo municipio, el cual tomamos como muestra

practica y especifica entidades descentralizadas, utilizando un enfoque descriptivo con el

ánimo de establecer sus causas e implicaciones como una figura jurídica del restablecimiento

de derecho y función del equilibrio en las relaciones que se presenta en los procesos de este

tipo.

De este modo se precisa que el silencio administrativo se constituye como una herramienta

tacita de garantía en el cumplimiento de las funciones de la administración pública y en la

celebración, ejecución y liquidación de contratos estatales, conforme al análisis de fuentes

bibliográficas, trabajo de campo y las jurisprudenciales relacionadas con el tema.

Palabras Claves: Silencio Administrativo Positivo – Contratación estatal – Administración

pública

Page 5: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA

CONTRATACIÓN ESTATAL

PARTE 1. Proyecto de investigación

OBJETIVOS

General

Evaluar si el silencio administrativo positivo es eficaz para de garantizar los derechos de los

contratistas frente a las entidades estatales.

Específicos

Analizar la institución del silencio administrativo positivo en las entidades estatales

Determinar la eficiencia del silencio administrativo positivo como garantía de los

derechos de los contratistas ante las entidades estatales.

Demostrar la importancia de las garantías normativas contrátales aplicadas en el

municipio de Sahagún Córdoba.

Page 6: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

ANTECEDENTES

Resulta complejo analizar el amplio referente bibliográfico asociada al silencio

administrativo positivo en la contratación estatal, por tal motivo, se procede a realizar un

análisis de los principales aportes de autores acerca del tema.

En primera instancia, Daza (2012) resalta que la finalidad del silencio administrativo

positivo es decir, o considerar que fueron resueltas favorablemente al administrado sus

peticiones, después de haber transcurrido determinado lapso de tiempo- tiene por objeto

evitar la arbitrariedad y la injusticia, pues a toda persona le asiste el derecho a que sus

solicitudes sean resueltas en forma oportuna y así lo establece la Constitución en el artículo

23. “Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por

motivos de interés general o particular y obtener pronta resolución”.

El trabajo antes mencionado es clave a la hora de realizar un análisis de la doctrina y

jurisprudencia en la que se soporta el silencio administrativo positivo en el marco del

ordenamiento jurídico colombiano. Es un referente conceptual para el desarrollo de la

presente monografía porque apoya la consolidación del conocimiento a partir de la

interpretación de la normatividad vigente y su eficacia a la hora de su aplicabilidad.

No obstante, notamos que la anterior investigación trata sobre el silencio

administrativo en sentido teórico conceptual desde sus presupuestos y aplicabilidad, lo que

hace que sea diferente a nuestro trabajo, que tiene un enfoque práctico y especifico tomando

Page 7: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

como referente el tema de su eficacia en la Contratación Estatal en el municipio de Sahagún

Córdoba, de donde hemos tomado la muestra.

De forma análoga, Córdoba (2015), es claro al distinguir que con la entrada en

vigencia de la Constitución Política de Colombia de 1991, se adopta para Colombia el modelo

de Estado Social de Derecho y dado este tipo de Estado, se debe tener presente que sus fines

esenciales deben estar enmarcados en lo humano, justo y social. Además, se presenta la

posibilidad de violación de algunos principios y disposiciones constitucionales tales como el

de la dignidad humana (artículo 1° de la Constitución Política), los fines del Estado (artículo

2 - Garantizar la efectividad de los principios), la supremacía de la Constitución y la

consecuente obligación política de obedecerla (artículo 4° Constitución Política).

El autor resalta la forma en que la Constitución Política de Colombia, eleva la esencia

del Estado como garante de los derechos de los ciudadanos, el cumplimiento de los principios

constitucionales y la defensa del bienestar general como premisa dentro del Estado de

derecho en lo referente a la utilidad de esta institución jurídica en varios puntos de la parte

administrativa del municipio de Sahagún Córdoba (Alcaldía municipal de Sahagún Córdoba,

Camu San Rafael de Sahagún Córdoba, y Universidad De Córdoba sede Sahagún Córdoba)

en lo concerniente a la contratación estatal y demás referentes de la norma estudiada.

La anterior investigación es diferente a nuestro trabajo porque nosotros abordamos

un enfoque práctico y especifico tomando como referente el tema de su eficacia en la

Contratacion Estatal en el municipio de Sahagún Córdoba, de donde hemos tomado la

muestra de una de sus entidades descentralizadas territorialmente como fue la Empresa Social

del Estado.

Page 8: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Más adelante, y entrando en contexto, Peña (2016) en su trabajo afirma que en materia

de contratación estatal la norma es taxativa, y por ende ordena la aplicabilidad del silencio

administrativo positivo, cuando el contratista eleve cualquier solicitud a la administración y

ésta guarda silencio al respecto, se entenderá que lo pedido o solicitado, es resuelto de manera

favorable para el contratista; creándose un acto administrativo ficto o presunto, el cual es

protocolizado mediante escritura pública ante notario, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 25

Núm. 16 de la Ley 80 de 1993.

Este trabajo es una aproximación hacia el objetivo central de esta monografía, permite

tener una visión más amplia de los elementos fundamentales que caracterizan el silencio

administrativo positivo aplicado a la contratación estatal como mecanismo para la defensa

de los derechos de los contratistas en lo concerniente a las normas mencionadas con

antelación y la eficacia de la institución en estudio, sin embargo, se diferencia de nuestro

estudio en el sentido que nosotros abordamos directamente el tema de la eficacia del silencio

administrativo positivo en el Municipio de Según Córdoba, y no en sentido general como lo

muestra el autor citado.

De otro lado, según Ramírez (2017), explica los términos en los cuales se deben

presentar las respuestas a los derechos de petición por parte de las entidades e instituciones

del sector público, y que dentro del ordenamiento colombiano en el Código de Procedimiento

Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011, en el artículo 52,

estipula cuando opera la caducidad de la facultad sancionatoria, y de igual forma, el término

que tienen las autoridades para resolver los recursos interpuestos ante la administración es de

un año, contado a partir del día siguiente de la interposición del mismo, pero ello se debe

articular con el artículo 87 de la misma ley, el cual indica cuando quedan en firme los actos

Page 9: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

administrativos, es por ello que también se debe tener en cuenta lo establecido en el artículo

29 de la C.N., lo que ha generado una ambigüedad y una inseguridad normativa.

Como se puede apreciar, las leyes y la Constitución establecen los parámetros que

regulan y reglamentan el ejercicio de los derechos para cada uno de los ciudadanos,

generando espacio para la toma de decisiones administrativas que conlleven a sanciones por

violaciones a la norma.

Desde otra perspectiva, Epia (2014) plantea un análisis Constitucional y legal del

silencio administrativo positivo en los servicios públicos domiciliarios de acueducto y

alcantarillado desde el punto de vista de su eficacia a la hora de garantizar los derechos de

los usuarios de la empresa SERVAF S.A. E.S.P., en Florencia - Caquetá, además de los

efectos que genera dicha figura jurídica para la empresa prestadora, y sus trabajadores.

Así mismo, Cadena (2017) continúa con otro estudio en referencia al papel del

silencio administrativo en el contexto de la prestación de servicios públicos domiciliarios

mediante el cual pretende mostrar la situación que viven los usuarios, donde muchas veces

no se da cumplimiento a las normas establecidas y se vulneran sus derechos, en especial

aquellos hogares donde habitan niños, ancianos, mujeres y demás.

Como conclusión de lo mostrado, hemos visto que los trabajos anteriores se desvían

un poco de la esencia de la presente monografía al tratar temas generales y algunas veces

específicos como el silencio administrativo en el tema de los servicios públicos domiciliarios

y realizan un análisis interesante del silencio administrativo positivo en la defensa y

protección de los derechos de los usuarios ante empresas prestadoras de servicios públicos

domiciliarios, sin importar si son de naturaleza pública o privada. Este tipo de ejercicios

Page 10: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

académicos están revestidos de rigor social y están enfocados hacia las garantías establecidas

dentro del Estado social de derecho. Por otro lado, nuestra investigación es diferente en el

sentido de mostrar la eficacia del silencio administrativo en la contratación publica del

municipio de Sahagún, lo que se constituye como una investigación resultado de un análisis

local y especifico.

DISEÑO METODÓLOGICO

Este proyecto de investigación tendrá un enfoque descriptivo, donde la meta consiste en

describir los fenómenos, situaciones, diferentes contextos y eventos, es decir, como y cuando

se manifiestan. Los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades, características

de las personas que se someten al análisis, así mismo permiten medir, evaluar y recolectar

datos sobre diferentes conceptos (variables), aspectos o dimensiones del fenómeno a

investigar (Hernandez Sampieri, 2014).

De este modo, se pretende realizar una descripción de la eficacia del silencio

administrativo dentro del proceso de contratación estatal, para establecer sus características,

causas e implicaciones.

De otro lado, se inicia la investigación desde una perspectiva socio – jurídica,

entendida por Giraldo (citado en Puente de la Mora, 2008) como “el conjunto de supuestos

epistemológicos e instrumentos metodológicos que se deben utilizar para formular el derecho

a partir de una construcción fáctica del mismo”. En este caso en particular, el conjunto de

supuestos está determinados por la norma y su incidencia en el desarrollo de las relaciones

sociales establecidas en cada proceso de contratación.

Page 11: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Con este tipo de investigaciones se busca establecer parámetros que permitan

determinar la eficacia de la norma, en función de la defensa de los derechos de los ciudadanos

amparados constitucionalmente, a partir del artículo 23 de la carta magna en el cual se

desglosa el derecho de petición como mecanismo para acceder a información tanto de entes

públicos como privados.

Para lograr el objetivo general y los objetivos específicos de la presente investigación,

se tendrá como referencia contextual el derecho de petición ante entidades públicas tomando

como ejemplo el Municipio de Sahagún Córdoba, debido a los altos índices de

incumplimiento de los términos legales de respuesta que muestran las estadísticas generales,

ante peticiones por parte de los contratistas ante este tipo de entidades de orden

descentralizado, para ello se hará uso del derecho de petición de información ante organismos

de orden municipal con la finalidad de obtener muestras sobre los derechos de petición

presentados y el periodo dentro del cual se le brindó respuesta al peticionario.

Además, nuestro estudio se sustentará en el análisis con fuentes bibliográficas y

jurisprudenciales relacionadas con el tema, las cuales servirán de soporte y fundamento para

la investigación dentro del contexto de la aplicación de la norma e interpretación dentro del

Estado Social de Derecho en la prevalencia del interés general.

Page 12: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

PARTE 2. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS EFICACIA DEL

SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL

Introducción

A partir de la Constitución Política de 1991, surge el reconocimiento de los fines esenciales

del Estado como mecanismos para el amparo y protección de los derechos de los ciudadanos.

En este sentido, la carta magna es clara en distinguir entre los principales fines del Estado

colombiano: “servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la

efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la

participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política,

administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la

integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”

(Constitución Política Art 2, 1991).

De acuerdo con las disposiciones de la “norma de normas”, el Estado debe ser garante

del cumplimiento integral de los derechos reconocidos por el mismo documento, así como

del ejercicio pleno de las libertades, la participación ciudadana en las decisiones

trascendentales y la consolidación del bienestar general de la población. Por tal motivo, es

importante resaltar la función estatal de velar por el cumplimiento eficaz y eficiente de los

derechos de los ciudadanos por parte de las entidades, sin importar si pertenecen al sector

público o privado.

De esta forma, y con el firme objetivo de dotar a los ciudadanos de una herramienta

idónea para dirigirse a las diferentes entidades e instituciones públicas y privadas, se dio

forma a partir del artículo 23 de la Constitución Política de 1991 al Derecho Fundamental de

Page 13: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Petición, con la clara intención de presentar peticiones respetuosas ante las autoridades y

obtener pronta solución para temas de interés general o particular, abarcando de acuerdo a

disposiciones especiales a las organizaciones privadas para la garantía de los derechos

fundamentales.

Teniendo en cuenta la naturaleza de la entidad, el derecho fundamental de petición

tiene ámbito de aplicación no solo en el sector público, sino en el privado. Esto se evidencia

a partir de la Ley 1755 de 2015, que en su artículo 32 establece que “toda persona podrá

ejercer el derecho de petición para garantizar sus derechos fundamentales ante

organizaciones privadas con o sin personería jurídica, tales como sociedades, corporaciones,

fundaciones, asociaciones, organizaciones religiosas, cooperativas, instituciones financieras

o clubes” (Congreso de la Republica de Colombia, 2015).

De acuerdo con lo anterior, queda de manifiesto la coexistencia de principios de

universalidad y obligatoriedad para el derecho de petición. Es decir, su cobertura trasciende

la frontera de lo público, para abarcar a organizaciones privadas encargadas de la prestación

de servicios similares a los establecidos en los fines esenciales del Estado, y la constitución

y la ley tienen implícito el carácter de obligatorio cumplimiento a expensa de las sanciones

correspondientes.

Para el desarrollo de la presente monografía, se tendrá como referencia contextual el

derecho de petición ante entidades públicas, debido a los altos índices de incumplimiento de

los términos legales de respuesta, ante peticiones por parte de los contratistas ante este tipo

de entidades.

Page 14: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Esta situación ha propiciado la configuración de una institución jurídica denominada

silencio administrativo, mediante el cual se pretende establecer plena garantía del derecho

fundamental de petición y el acceso en condiciones de equidad e igualdad a la administración

de justicia.

Así, el silencio administrativo se considera como un hecho jurídico; un hecho al cual

el Derecho concede consecuencias jurídicas (Garrido, 1955). Es decir, afecta

indiscriminadamente las relaciones entre las entidades y los ciudadanos dentro del contexto

del cumplimiento de lo que se erige como derecho constitucional para unos, y deber para

otros. Además, implica la consideración legal de la ocurrencia de una decisión presunta o

ficta ante una petición y que el peticionario no ha sido notificado de la decisión expresa

dentro de los plazos legalmente establecidos.

En este sentido, la Corte Constitucional en sentencia C-875/11, señala lo siguiente:

“En términos constitucionales se puede definir la figura del silencio

administrativo como una herramienta que el legislador ha dispuesto para que

el ciudadano pueda: i) hacer valer sus derechos ante la administración de

justicia, en el caso del silencio administrativo negativo, por cuanto no puede

quedar indefinidamente a la espera de una respuesta por parte del este estatal

encargado de resolverla, hecho que hace necesario crear un mecanismo para

que pueda acudir ante la misma administración recurriendo el acto ficto o ante

la jurisdicción o, ii) ver satisfechos sus derechos ante la omisión de la

administración, en el caso del silencio administrativo positivo, en la medida en

que el mutismo de aquella concreta en su cabeza un derecho”.

Conviene subrayar que el silencio administrativo puede operar de forma negativa o

positiva ante los requerimientos del peticionario. Se considera negativo, cuando es una

presunción legal en favor del peticionario que habiendo formulado una petición o interpuesto

Page 15: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

un recurso no se notifica decisión expresa al respecto dentro de los plazos establecidos; y

positivo, cuando se presenta un acto ficto que equivale a una decisión positiva favorable al

peticionario (Saavedra, 2004).

El silencio administrativo positivo, dentro de su ámbito de aplicación provee de un

mecanismo de garantía excepcional para el derecho de petición amparado

constitucionalmente, que permite entre otros, a los contratistas ante entidades del Estado, el

acceso a información durante el periodo de ejecución del contrato en concordancia con lo

establecido en la Ley 80 de 1993.

En dicha norma queda claro que en las solicitudes que se presenten en el periodo de

ejecución del contrato, si la entidad estatal no realiza pronunciamiento dentro de los tres

meses siguientes, se entenderá que la petición contó con decisión favorable a las pretensiones,

en virtud del silencio administrativo positivo (Articulo 25, numeral 16 Ley 80, 1993).

Por las razones anteriores, se puede colegir que el acto ficto que se genera por la

omisión de responder de la administración contratante no configura un título ejecutivo toda

vez que no crea, ni establece una obligación clara, expresa y exigible, puesto que el silencio

no es fuente de obligaciones, esto quiere decir que a pesar de que la escritura protocolizada

del silencio revista una apariencia formal, no configura una real existencia.

Por lo anterior es relevante e importante el estudio del silencio administrativo positivo

en la contratación estatal, partiendo de conceptos básicos, leyes y jurisprudencias pertinentes,

que nos conlleve a identificar el grado de eficacia de esta figura jurídica frente a los derechos

de los contratistas. Entonces establecemos como problema de la investigación la siguiente

pregunta:

Page 16: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

¿ES EFICAZ EL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO FRENTE LA

DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS CONTRATISTAS ANTE ENTIDADES

ESTATALES?

Page 17: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

1. Silencio administrativo positivo

Para realizar la presente investigación, se tiene como referente teórico, la noción de

los derechos establecida a partir de la doctrina de Jürgen Habermas, quien plantea una

discusión interesante acerca de las garantías constitucionales dentro del Estado social de

derecho.

La interpretación del derecho, más allá de estar vinculada a su génesis dogmático,

debe suscribirse a las características específicas del entorno y contexto social. Por tal motivo,

a diferencia del derecho preformulado por la ciencia jurídica, la doctrina de los derechos

fundamentales amparados constitucionalmente obedece a respuestas o reacciones voluntarias

ante atentados latentes contra la dignidad humana (Habermas, 1991).

En este sentido, la aplicación del derecho positivo debe tener impacto en el contexto

social y económico de las comunidades. Además, el establecimiento de los derechos y la

aplicación del derecho como elementos reguladores de las relaciones sociales, culturales y

económicas, conllevan indiscutiblemente a perseguir ideales y modelos que garanticen la

justicia y la equidad. Estos modelos son dinámicos y evolutivos en su esencia, e

históricamente relacionados con el contexto en el que se han desarrollado como paradigmas.

De este modo, surge la democracia dentro de su estructura dogmática, que implica la

construcción de un sistema normativo y legal con arraigo constitucional, con el ejercicio de

las libertades y derechos en el marco de la implementación del paradigma jurídico que

incorpore la realidad social ajustada mediante normas y leyes de aceptación general dentro

Page 18: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

del Estado Social, vinculante e incluyente en el cual todos los agentes de la sociedad gozan

de igualdad en materia de acceso a la administración de justicia, y por ende, al amparo y

garantía de sus derechos.

En concordancia, el derecho legítimo funge dentro del Estado democrático como un

catalizador entre la autonomía privada y la consolidación del concepto de igualdad como

base que sostiene la sociedad jurídica, entendida como el conjunto de relaciones que se

desprenden a partir del ejercicio del derecho en interacción con el poder político y económico

para materializar el Estado de derecho.

Surge a partir de esto, la dicotomía entre lo jurídico y lo factico desde las dimensiones

de la libertad e igualdad, interponiendo relaciones que delimitan la aplicación de las normas

de acuerdo a las características de los individuos e instituciones. De este modo, el

cumplimiento de los presupuestos fácticos permite la realización de los derechos dentro del

sistema democrático.

En este contexto, la misma autonomía de los derechos lleva a legitimar el derecho a

partir de la percepción, opinión y voluntad de los ciudadanos como elementos activos de la

ciencia jurídica, implementación normativa, decisiones y jurisprudencia. Este ejercicio de la

autonomía es solo posible dentro del universo de la participación democrática donde el poder

no se concentra y se fomentan la garantía de los derechos amparados constitucionalmente

para promover una administración eficiente, dinámica y acorde a la realidad política,

normativa, económica y social.

Es a partir de este panorama, que se puede considerar el derecho de petición como un

mecanismo de participación de la ciudadanía, que le permite el acceso a información de la

Page 19: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

administración, tramites, registros y archivos de interés general, materializando un derecho

que conduce a la transparencia de los actos administrativos y del ejercicio de la función

pública, en el caso de tratarse de entidades o funcionarios estatales.

Es este sentido, atendiendo la naturaleza de las decisiones administrativas en

cumplimiento de la función pública. Así, la doctrina constitucional evolucionó en Colombia

entre 1886 y 1991, pasando a un modelo denominado Estado Social, en el cual prima la

garantía y respeto por los derechos fundamentales. Al respecto, en la Gaceta del Congreso

No 264 del 27 de mayo de 2010 (citado en, Sentencia C - 875. M.P: Jorge Ignacio Pretelt

Chaljub, 2011):

Nuestros procedimientos administrativos y nuestro Código Contencioso

Administrativo fueron concebidos y madurados antes de 1991, con los viejos

paradigmas de 1886, y a pesar de las reformas que se han hecho no logran sacudirse

de ese lastre. Lo que se impone hoy es la constitucionalización del derecho,

especialmente lo que tiene que ver con el papel de la Administración, las acciones, los

procedimientos, las competencias y todo el llamado debido proceso administrativo.

En 1991 no solo se constitucionalizó lo administrativo de una manera más fuerte que

en cualquier otro ciclo constitucional, sino que se asumió un nuevo modelo de Estado:

el llamado Social de derecho, que en verdad es el Estado Constitucional. Toda una

concepción ideológica del Estado y la Administración Pública al servicio de los

individuos y en búsqueda de su felicidad a través de acciones, operaciones y

prestaciones de servicios públicos, para satisfacer sus necesidades, sus aspiraciones y

sus sueños.

En síntesis, queda clara la intención del constituyente en dotar de garantías el

ejercicio de los derechos fundamentales. En especial, el fortalecimiento de aquellos en los

cuales se tipifica la relación entre el administrado y el Estado, materializando el derecho de

petición como mecanismo de protección al ciudadano, a sus derechos y por ende a su esencia

y dignidad.

Page 20: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

1.1 Origen del silencio administrativo

Para delimitar adecuadamente el contexto de la aplicación del concepto de silencio

administrativo, es pertinente conocer el acto y situación que se lo genera. A partir de esta

interpretación se sugiere analizar la figura del acto administrativo. En ese contexto Riasco

(citado en Garzón, 2015), lo define como sigue:

El acto administrativo, se define en su orientación clásica, como i)una manifestación

del poder soberano ii) de cualquier autoridad que cumpla una función administrativa,

extendido a los particulares que bajo una descentralización por colaboración cumplan

funciones administrativas, en virtud del acto se materializa una manifestación de

voluntad decisoria con el querer de iii) producir un efecto jurídico determinado frente

a uno o varios sujetos de derecho, por ende su objetivo es crear, modificar o extinguir

una situación jurídica, bien en forma particular o como marco general, que deriva en

la clasificación de actos administrativos de carácter particular o de carácter general.

Así, se puede notar la connotación especial del acto administrativo que conduce a

generar un efecto en la relación entre la administración y los administrados con fines de

cumplimiento y garantía de los derechos amparados constitucionalmente y que persiguen

principios de equidad, justicia, transparencia e igualdad.

De este modo, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 1437 de 2011, se derivan

una serie de derechos con génesis en la relación que existen entre las autoridades y

ciudadanos, entre los cuales se encuentran los siguientes (artículo 5, Ley 1437, 2011):

1. Presentar peticiones en cualquiera de sus modalidades, verbalmente, o por

escrito, o por cualquier otro medio idóneo y sin necesidad de apoderado, así como a

obtener información y orientación acerca de los requisitos que las disposiciones

vigentes exijan para tal efecto.

2. Conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite

y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos.

Page 21: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

3. Salvo reserva legal, obtener información que repose en los registros y archivos

públicos en los términos previstos por la Constitución y las leyes.

4. Obtener respuesta oportuna y eficaz a sus peticiones en los plazos establecidos para

el efecto.

5. Ser tratado con el respeto y la consideración debida a la dignidad de la persona

humana.

6. Recibir atención especial y preferente si se trata de personas en situación de

discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes o adultos mayores, y en

general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta de conformidad

con el artículo 13 de la Constitución Política.

7. Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos y de los

particulares que cumplan funciones administrativas.

8. A formular alegaciones y aportar documentos u otros elementos de prueba en

cualquier actuación administrativa en la cual tenga interés, a que dichos documentos

sean valorados y tenidos en cuenta por las autoridades al momento de decidir y a que

estas le informen al interviniente cuál ha sido el resultado de su participación en el

procedimiento correspondiente.

De este modo, se enmarca el derecho de petición dentro del ordenamiento jurídico

colombiano como una figura que promueve entre otros aspectos, la garantía de los derechos

fundamentales y el acceso oportuno a información acerca de actos u actuaciones

administrativas, en caso contrario se estaría incurriendo en silencio administrativo.

Ahora bien, el silencio administrativo es un instituto que crea un acto administrativo,

por negligencia de la actividad administrativa para pronunciarse sobre el derecho de petición

en sentido lato, bien por una petición inicial como acto introductoria del procedimiento

administrativo, que espera una actividad administrativa que culmina en un acto

administrativo, o bien en el trámite de los recursos en autocontrol administrativo por no

Page 22: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

pronunciarse en termino sobre los recursos interpuestos contra un acto administrativo

propiamente dicho o un acto presunto (Garzón, 2015).

En concordancia, el silencio administrativo en términos generales es la carencia o

falta de respuesta por parte de la Administración Pública, ocasionando deterior de las

relaciones con los administrados, afectando su derecho a obtener respuesta oportuna a sus

peticiones según el establecido en el artículo 23 de la Constitución Política.

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por

motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador

podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los

derechos fundamentales (Artículo 23, Constitución Política, 1991).

En este sentido, el silencio administrativo emerge como una figura del orden jurídico

que remplaza la respuesta que la administración se niega a dar a quien lo requiere

(peticionario), pero que está obligado a suministrar por mandato y disposición constitucional.

Así, el hecho de que la administración no se pronuncie o resuelva, configura una violación de

sus responsabilidades constitucionales y es una clara demostración de una gestión ineficaz.

Se presume entonces, que el silencio administrativo protege los derechos

constitucionales de los administrados, y que a su vez establece una serie de garantías ante

todas las actuaciones administrativas que legitime el ejercicio del derecho de los

administrados y conduzca a la respuesta de su petición. Esta es una percepción que se

considera implícita dentro de la noción de Estado Social de Derecho, y que se interpreta a

partir de lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política de 1.991.

La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con

fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,

imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la

Page 23: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus

actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (Artículo 209,

COnstitución Política, 1991).

De acuerdo con lo establecido en el anterior articulado, la “norma de normas” en

Colombia promueve la imposición del interés general en la prestación de los servicios y

cumplimiento de las funciones constitucionales a cargo del Estado, como mecanismo para

proteger los derechos de los ciudadanos y promover los principios de equidad, transparencia

e igualdad.

1.2 Tipos de silencio administrativo

En Colombia, de acuerdo con lo establecido en el Código de Procedimiento

Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA, contenido en la Ley 1437 de

2001, existen dos clases de silencio administrativo: negativo y positivo.

1.2.1 Silencio administrativo negativo

El silencio administrativo negativo, se encuentra descrito en el artículo 83 de la Ley

1437 de 2011 como se enuncia a continuación:

Transcurridos tres (3) meses contados a partir de la presentación de una petición sin

que se haya notificado decisión que la resuelva, se entenderá que esta es negativa. En

los casos en que la ley señale un plazo superior a los tres (3) meses para resolver la

petición sin que esta se hubiere decidido, el silencio administrativo se producirá al

cabo de un (1) mes contado a partir de la fecha en que debió adoptarse la decisión. La

ocurrencia del silencio administrativo negativo no eximirá de responsabilidad a las

autoridades. Tampoco las excusará del deber de decidir sobre la petición inicial, salvo

que el interesado haya hecho uso de los recursos contra el acto presunto, o que

habiendo acudido ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo se haya

notificado auto admisorio de la demanda.

Page 24: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

De esta forma, y a partir de la figura del silencio administrativo negativo, se espera

que el administrado tenga la facultad de demandar ante la jurisdicción de lo contencioso

administrativo para acceder a la resolución de su situación particular, si esperar por término

indefinido la solución pertinente, con lo que se persigue la garantía del acceso efectivo a los

derechos consagrados en la constitución y que se presumen vulnerados.

Igualmente, la Corte Constitucional se ha manifestado con respecto a esta tipología

de silencio administrativo (Sentencia C - 875. M.P: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, 2011):

La regla general en nuestro ordenamiento ha sido que agotados los plazos que tiene

la administración para dar respuesta a un requerimiento de carácter general o

individual sin que aquella se produzca, ha de entenderse negado el requerimiento. Esta

figura ha sido denominada silencio administrativo negativo y consiste en una

ficción para que vencidos los plazos de ley sin una respuesta por parte de la

administración, se genere un acto ficto por medio del cual se niega la solicitud

elevada, acto que el administrado puede recurrir ante la misma administración o la

jurisdicción.

En términos constitucionales se puede definir la figura del silencio administrativo

como una herramienta que el legislador ha dispuesto para que el ciudadano

pueda: i) hacer valer sus derechos ante la administración de justicia, en el caso del

silencio administrativo negativo, por cuanto no puede quedar indefinidamente a la

espera de una respuesta por parte del ente estatal encargado de resolverla, hecho que

hace necesario crear un mecanismo para que pueda acudir ante la misma

administración recurriendo el acto ficto o ante la jurisdicción.

Por tanto, el silencio administrativo negativo, se constituye en una flagrante violación

de los derechos de los ciudadanos y que deteriora la relación administradora – administrado

e impide el acceso oportuno a lo solicitado en el respectivo derecho de petición.

Page 25: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

1.2.2 Silencio administrativo positivo

El silencio administrativo positivo, se encuentra enmarcado en lo dispuesto por la Ley

1347 de 2011, que en sus artículos 84 manifiesta lo siguiente:

Solamente en los casos expresamente previstos en disposiciones legales especiales, el

silencio de la administración equivale a decisión positiva. Los términos para que se

entienda producida la decisión positiva presunta comienzan a contarse a partir del día

en que se presentó la petición o recurso. El acto positivo presunto podrá ser objeto de

revocación directa en los términos de este Código.

De forma análoga el artículo 85, de la norma precitada establece el procedimiento

mediante el cual se invoca el silencio administrativo positivo:

La persona que se hallare en las condiciones previstas en las disposiciones legales que

establecen el beneficio del silencio administrativo positivo, protocolizará la constancia

o copia de que trata el artículo 15, junto con una declaración jurada de no haberle sido

notificada la decisión dentro del término previsto. La escritura y sus copias auténticas

producirán todos los efectos legales de la decisión favorable que se pidió, y es deber

de todas las personas y autoridades reconocerla así. Para efectos de la protocolización

de los documentos de que trata este artículo se entenderá que ellos carecen de valor

económico.

Con la legitimación del silencio administrativo positivo, se asume que fueron

resueltas de forma clara y oportuna las peticiones y requerimientos planteados en el derecho

de petición por parte de la administración, dando lugar a decisiones y soluciones dentro de

los términos previstos por la ley, y en el sentido de favorecer la garantía constitucional de los

derechos de los ciudadanos dentro de un ordenamiento caracterizado por el Estado Social de

Derecho, en el cual se promueven principios como la justicia, libertad, igualdad y

participación.

Page 26: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

En términos de Cadena (2017), para que se esté en presencia del silencio

administrativo positivo, han de concurrir los siguientes requisitos:

Que se esté en presencia de una Ley que, de manera expresa, prevea a título de efecto,

la configuración del silencio administrativo positivo.

Que transcurra el término señalado en la ley, sin que la administración se pronuncie

sobre una petición presentada a ella, estando ésta en la obligación de hacerlo.

Que se trate de una petición lícita, en la cual lo pedido sea concreto y expreso, y que

además no sea imposible de cumplir técnicamente.

Que se esté en presencia de un acto administrativo de carácter particular.

Los anteriores preceptos se caracterizan por hacer referencia a una secuencia lógica

entrelazada. En primer lugar, existe una Ley en Colombia relacionada con la contratación

estatal, en la cual se especifica el procedimiento mediante el cual se puede invocar la figura

del silencio administrativo positivo. Así surge la Ley 80 de 1993, la cual establece los

términos en los cuales la administración debe dar respuesta oportuna a las peticiones de los

ciudadanos.

En este orden de ideas, dentro del ámbito de la contratación estatal, el silencio

administrativo positivo, está orientado hacia la materialización de la transparencia, equidad

e igualdad dentro del ejercicio de la función pública, el manejo de los recursos del Estado y

el acceso a la información acerca de los procesos contractuales.

Así mismo, de acuerdo con Penagos (citado en Daza, 2012), la finalidad del silencio

administrativo positivo, es decir, considerar que fueron resueltas favorablemente al

administrado sus peticiones, después de haber transcurrido determinado lapso de tiempo,

Page 27: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

tiene por objeto evitar la arbitrariedad y la injusticia, pues a toda persona le asiste el derecho

a que sus solicitudes sean resueltas en forma oportuna y así lo establece la Constitución en el

artículo 23.

Por tal motivo, en el contexto de la contratación estatal, suscita vital importancia el

análisis del contexto que encierra el silencio administrativo como figura que permite

determinar la eficacia de las organizaciones públicas en materia de respuesta y solución

oportuna a solicitudes y peticiones realizadas por los ciudadanos en el ejercicio de sus

derechos constitucionales. Por tal motivo es importante resaltar la interpretación que al

respecto realiza Daza (2012):

En el silencio positivo, el solo transcurso del plazo priva a la administración de toda

competencia sobre ese asunto y no hay transferencia o traslado o apertura de

competencia a otra agencia para que se decida sobre el derecho. Si la administración

se pronuncia extemporáneamente es lo mismo que si no lo hubiera hecho y no hay

necesidad de pedir que declare nulo ese acto basta con solicitar que reconozca que sé

que el pronunciamiento administrativo fue extemporáneo y que por lo tanto tiene

efectos de resolución tacita favorable, lo único que compete a la administración es la

de emplear la figura de revocatoria directa para enmendar el error cometido al darle la

calidad de decisión positiva que en concepto posterior resulte violando algún derecho

de un particular o de la cosa pública según sea la motivación existente para declarar

revocado el derecho que ya antes se reconoció.

De igual manera, se observa la intención del autor en demostrar que el silencio

administrativo positivo opera, como excepción a la regla general planteada en el silencio

administrativo negativo, y permite legitimar el ejercicio del derecho fundamental a realizar

peticiones ante entidades públicas y/o privadas. De la temporalidad, es decir, del

cumplimiento oportuno de la respuesta subsidiaria, depende la eficacia de la norma en pro de

la garantía de los derechos de los administrados.

Page 28: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Así los efectos del silencio administrativo positivo no son necesariamente permitir la

acción contenciosa para abordar la negativa de la administración, sino la ficción de una

decisión que se presume positiva, de acuerdo con lo previamente solicitado por el particular.

En consecuencia, se entiende que existió una decisión favorable a las pretensiones del

peticionario, éste, en principio, carece de interés para accionar, debido a que por disposición

legal se ha logrado lo que pretende, sin embargo, ante la falta de reconocimiento de dichos

efectos por parte de la administración, el peticionario, una vez lo haya protocolizado de

acuerdo con los procedimientos establecidos en la ley, podrá acudir directamente a la

jurisdicción mediante la acción ejecutiva, con el fin de dar cabal cumplimiento a tal decisión

(Cadena, 2017).

De acuerdo a lo anterior, los efectos del silencio administrativo positivo se resumen

en la generación de un acto ficto o presunto; el acaecimiento de dicho acto agota la vía

gubernativa; y las pretensiones elevadas por el peticionario, se entienden resueltas de manera

favorable a él.

Page 29: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

2. Silencio administrativo positivo en el contexto de la contratación estatal

2.1 El silencio administrativo positivo dentro de las generalidades de la

contratación estatal.

Colombia, los procesos de contratación estatal se encuentran regulados por la Ley 80 de

1993, mediante la cual se dictan las normas y principios que rigen los contratos de las

entidades estatales.

De esta forma, se entiende que la contratación estatal tendrá por finalidad buscar el

cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios

públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con

ellas en la consecución de dichos fines.

De lo anterior se puede inferir que existe un vínculo indisoluble entre los fines del

Estado descritos en la Constitución Política y la necesidad de construir espacios y

mecanismos para la participación, integración y divulgación de información concerniente a

los procesos de contratación pública. Así, los objetivos y metas de la administración pública

deben estar encaminadas al mejoramiento de las condiciones de vida de la población y la

materialización de la carta de derechos amparados constitucionalmente como vehículo para

lograr el ideal del Estado Social de Derecho.

Ahora bien, es preciso entrar a discutir ¿ cómo el silencio administrativo positivo

impacta en los procesos de contratación estatal?, la respuesta a dicho interrogante parece

obvia y tácita, pero es necesario explorar en la doctrina del derecho administrativo para

entender de qué forma es posible mantener una relación equilibrada entre los derechos de los

ciudadanos para acceder a información referida a los procesos de contratación estatal y el

Page 30: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

deber de los funcionarios y entidades de acatar los parámetros legales y procedimentales que

sustentan el acceso a documentos públicos.

De este modo, se plantea que el ámbito de aplicación de la Ley de contratación estatal

se extiende a todos los actos jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades

a que se refiere el presente estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones

especiales, o derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad (Articulo 32 ,Ley 80,

1993). De esto, se tiene que el contrato obedece a un acuerdo de voluntades enmarcado dentro

de lineamientos establecidos en las leyes y decretos reglamentarios según su modalidad.

Ahora, se pueden diferenciar diversas tipologías de contratos estatales. Entre los más

comunes se encuentran los siguientes:

Contrato de obra

Contrato de consultoría

Contratos de prestación de servicios

Contratos de concesión

Encargos fiduciarios y fiducia pública

La anterior categorización de los contratos estatales se presenta a todos los niveles de

la administración pública, es decir, en entidades del orden nacional y entes territoriales como

departamentos y municipios.

En este contexto, en concordancia con lo establecido en la Ley 1755 de 2015, que modifica

la Ley 1437 de 2011:

Page 31: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los

términos señalados en este código, por motivos de interés general o particular, y a

obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la misma.

Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio

del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin

que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar: el

reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la

resolución de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información,

consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas,

denuncias y reclamos e interponer recursos.

El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de

representación a través de abogado, o de persona mayor cuando se trate de menores

en relación a las entidades dedicadas a su protección o formación.

En consecuencia, el acceso a información de las autoridades mediante el mecanismo

constitucional del derecho de petición va a facilitar el reconocimiento, cumplimiento,

restitución de uno o más derechos consagrados en la carta. Es decir, el derecho de petición

emerge como una alternativa ágil y oportuna para acceder a información o dar solución de

una determinada problemática derivada desde la acción u omisión de una entidad o

funcionario público.

De esta manera, se delimita a partir de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 80 de

1993, que “en las solicitudes que se presenten en el curso de la ejecución del contrato, si la

entidad estatal no se pronuncia dentro del término de tres (3) meses siguientes, se entenderá

que la decisión es favorable a las pretensiones del solicitante en virtud del silencio

administrativo positivo. Pero el funcionario o funcionarios competentes para dar respuesta

serán responsables en los términos de esta ley”.

Page 32: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Aquí queda ratificado el término en el cual la entidad o el funcionario competente

deben dar respuesta clara, oportuna y pertinente a las pretensiones incluidas en la petición

del ciudadano. Es decir, que el silencio administrativo positivo es una forma eficaz de

garantizar la eficacia de los derechos de petición, especialmente en aquellos dirigidos a

entidades públicas debido a la función social que estas representan a partir de la gestión a

administración de bienes y recursos públicos destinados a la satisfacción de necesidades de

la población y al adecuado funcionamiento de las mismas de acuerdo con la Constitución y

la ley.

Pero, más allá de la defensa de los derechos de los ciudadanos, en este caso

contratistas del Estado, es prudente inferir que debe primar un orden superior establecido

dentro de la responsabilidad del Estado y la administración de justicia en función de la

salvaguardia del patrimonio público. Esto es, la omisión de un funcionario en dejar de

responder un derecho de petición dentro de los términos no puede causar detrimento en el

erario y patrimonio de la entidad estatal, como queda expreso en la Sentencia N° 086 del

2003 proferida por el TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL VALLE

DEL CAUCA EN SU SALA SEXTA DE DECISIÓN:

Cuando la ley para efecto de la autorización para efectos de la dinámica de la

operación contractual sanciona con efecto positivo la omisión o silencio de la

administración, en responder después de los tres meses, siguientes a la petición, del

contratista, debe entenderse desde luego que lo peticionado por aquel deben ser

asuntos a definir con relación a su actividad contractual, del contratista –no del

contratante-, con el lleno previo de los requisitos legales o contractuales como ya se

dijo. Lo anterior implica, que las peticiones del contratista al contratante distintas a

Page 33: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

ese fin objetivo descrito no son solicitudes que, no respondidas expresamente en el

término de tres meses, deban entenderse aceptadas presuntamente. Considerar lo

contrario significaría: - que las situaciones conferidas presuntamente, sin título justo,

operarían contra derecho; Que la irregularidad del funcionario moroso en responder

concedería, en algunos eventos titularidad para hacer o ejecutar sin sustento jurídico.

(…) El contratista si bien tiene derecho a pedir – ejercicio del derecho de petición no

siempre tiene el derecho constitutivo previo para que la respuesta sea afirmativa,

expresa o presuntamente. De no ser como acaba de explicarse, el contrato podría

novarse, o su ejecución causar desmedro injustificado al patrimonio público, etc.

(…..) ……la omisión del contratante público en responder la petición de

restablecimiento financiero del contratista no configura ni silencio administrativo

positivo ni título ejecutivo (Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca,

2013).

Lo anterior, se plasma en la necesidad de articular a actuación de la justicia en relación

con el mantenimiento del equilibrio en la relación estado (contratante) – contratista (persona,

natural o jurídica. Esto es, brindar desde la perspectiva legal y constitucional protección y

amparo a cada uno de los derechos de los ciudadanos, pero, manteniendo la custodia de los

recursos públicos como tópico de interés general.

La sentencia referenciada, hace apología a que las instituciones son superiores a los

individuos (para este caso en particular). Se asume que la negligencia operativa de un

funcionario que el ejercicio de sus atribuciones legales no haya sido diligente en dar respuesta

oportuna a una petición, a pesar de tipificarse un silencio administrativo positivo, no es

Page 34: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

suficiente para generar repercusiones que alteren el patrimonio público, representadas en la

generación de obligaciones que impliquen el desembolso de recursos.

Queda manifiesto entonces, aunque existe siempre con arraigo constitucional el

derecho a pedir, no asiste al contratista el derecho constitutivo previo a que la respuesta sea

positiva, instancia en la cual la justicia debe determinar si existe o no mérito para conceder

las pretensiones del peticionario.

En materia jurisprudencial, se expone la tipificación del silencio administrativo

positivo y su caracterización dentro de los procesos de contratación estatal. Por tal motivo,

es pertinente citar al Consejo de Estado que establece los presupuestos en esta materia

(Consejo de Estado, 2012):

Son, pues, cuatro los presupuestos para que se estructure el silencio administrativo

positivo en materia de contratación estatal, esto es, para que la petición se entienda

resuelta favorablemente al contratista: (i) la solicitud debe presentarla el contratista

(presupuesto subjetivo), (ii) versar sobre aspectos que se presenten en el curso de la

ejecución del contrato (presupuesto material), (iii) aducirse durante el período de

ejecución del contrato (presupuesto temporal) y (iv) el no pronunciamiento de la

entidad dentro de los tres (3) meses siguientes a la presentación de la solicitud

(presupuesto de omisión). Importa destacar, para los efectos del asunto que se

debate, que es preciso que la petición se presente durante la ejecución del contrato

(presupuesto temporal), lo que entraña que, como ha señalado la Sala, se excluye la

configuración de esta modalidad de silencio frente a las solicitudes presentadas

durante las etapas precontractual, de perfeccionamiento del contrato y de

liquidación, esto es, por fuera de la ejecución contractual, en cuyo caso se aplicarán

las reglas generales del silencio administrativo negativo (artículo 40 del Decreto 01

de 1984 y hoy prevista en el artículo 83 de la Ley 1437 de 2011).

Con lo planteado por el Consejo de Estado, los presupuestos anteriores permiten la

interpretación asertiva de la norma y la identificación de los elementos característicos del

Page 35: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

silencio administrativo positivo y negativo. Por tal motivo, se establece una línea divisoria

entre lo que delimita en especial, cada una de las etapas contractuales frente a la presentación

de peticiones ante la entidad estatal.

Esto quiere decir, que el silencio administrativo positivo en esta modalidad de

contratación solo puede aducirse durante el periodo de ejecución del contrato,

constituyéndose así un presupuesto de carácter temporal que establece una línea cronológica

para la recepción y respuesta oportuna por parte de la administración.

La oportuna respuesta, representa una forma de dar cumplimiento a la Constitución y

a la ley, por tanto, hace parte del ejercicio de las funciones de la administración pública en

cada una de sus jurisdicciones y competencia. El silencio administrativo positivo, en términos

generales provee soluciones a los ciudadanos y contratistas para las inquietudes,

requerimientos y restitución de derechos en el plazo perentorio en el que se encuentra en

ejecución el contrato en cualquiera de sus modalidades, lo que sugiere la aplicación taxativa

de la norma en modo y tiempo, persiguiendo siempre como finalidad las pretensiones

formuladas en el escrito denominado derecho de petición.

De esta forma, se avanza en la construcción de escenarios en los cuales se configure

el Estado Social de Derecho, mediante la vinculación eficaz de los mecanismos de

participación ciudadana en las decisiones contenidas en los acuerdos de voluntad o contratos

adelantados al interior de las entidades públicas en cumplimiento de los fines esenciales del

Estado.

Ante este tipo de procesos, se generan diversas presuntas violaciones a derechos,

necesidades de información y otras controversias que pueden ser resueltas mediante actos

Page 36: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

administrativos sin tener que acudir a la vía judicial, ocasionado costos al sistema y mayor

demanda de tiempo para las partes implicadas. El derecho de petición en materia de

contratación estatal se constituye en un articulador de las relaciones contratante (Estado) –

contratista, es una extensión tacita de la garantía de los derechos consagrados en la

Constitución y que deriva de acuerdo a la actuación de la administración en silencio

administrativo positivo o negativo, siendo el primero la mejor forma de subsanar posibles

anomalías, fallas o irregularidades dentro del término de ejecución de los contratos.

El silencio administrativo positivo en la contratación estatal se considera eficaz en la medida

en que se logre determinar su impacto en la restitución de los derechos contenidos en la

petición o que se surta con los fines esperados con la información solicitada por el

peticionario. Además, integra la noción de preservación patrimonial del Estado como

estrategia para garantizar el equilibrio presupuestal y evitar desembolsos desproporcionados

en los casos en que el silencio administrativo positivo tenga su génesis en la conducta omisiva

de un funcionario, hecho que no trae intrínseca una respuesta positiva a lo solicitado, sino,

un yerro dentro de las funciones y procedimientos dispuestos para cada cargo y funcionario

público, por lo cual se genera responsabilidad para el funcionario que omitió su deber.

3. Aproximación al concepto de silencio administrativo en la contratación Estatal

y su garantía para su aplicabilidad (Municipio de Sahagún Córdoba)

En aras de fortalecer el análisis y enriquecer la construcción de conocimiento a partir

de la profundización en las entidades territoriales en su rol de contratantes. Con esto se

materializa a través de un derecho de petición interpuesto por los autores de la presente

Page 37: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

monografía, mediante el cual se solicita de forma coherente y respetuosa ante la

administración municipal del Municipio de Sahagún – Córdoba, relación y descripción del

trámite de los derechos de petición recibidos por la entidad territorial (Ver anexos).

La característica común observada en la investigación aplicada en el ente territorial

es que se reiteran las peticiones relacionadas con aspectos de restablecimiento de derechos

laborales, pensionales y de servicios públicos, informativos acerca de procesos licitatorios

especialmente contratos de obras.

Solo se pudo lograr acceso a un número limitado de derechos de petición (5), siendo

negada la solicitud de descripción del trámite. Lo que se pudo inferir en lo concerniente a las

peticiones laborales y pensionales, es que en caso de tipificarse silencio administrativo seria

solo de tipo negativo al tratarse de peticiones presentadas post – contrato, es decir vencido el

término de ejecución de este, con lo cual se viola el presupuesto de temporalidad.

Por tan claras razones, se asume que en las entidades territoriales (municipios) en

cabeza de sus oficinas jurídicas responden de forma oportuna ante los derechos de petición,

evitando incurrir en silencio administrativo positivo y en las consecuencias disciplinarias que

acarrea al funcionario por la omisión de la respuesta. Se deriva entonces, la presencia de

profesionales encargados del manejo jurídico de la entidad, con conocimiento de la

normatividad y disposición para mantener equilibradas las finanzas públicas al minimizar el

riesgo de dar por aprobadas pretensiones contenidas en los derechos de petición.

El silencio administrativo en la contratación estatal, opera como un mecanismo

discrecional que facilita las relaciones contractuales y dinamiza el ejercicio de la función

pública con observancia de la normatividad. Es de sentido bidireccional porque en su esencia

Page 38: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

ampara derechos consagrados Constitucionalmente, por un lado, y por el otro contribuye con

el mejoramiento de los procesos jurídico – administrativos dentro de las entidades públicas.

La entidad pública referenciada, admite no contar con una base de datos unificada

para la recepción de derechos de petición dado que son orientados hacia cada oficina y

dependencia a la cual se dirigen. Conforme a esto, al interior de los municipios existe

descentralización y autonomía en la recepción de las peticiones, clasificándolas por secretaria

o dependencia de destino. Así, se complica la cuantificación exacta de los derechos de

petición en un periodo de tiempo determinado.

De otro lado, en lo que respecta al trámite de los derechos de petición el proceso

implementado por la Oficina Jurídica del Municipio de Sahagún, se desarrolla a partir de lo

dispuesto en la Ley 1755 de 2015, mediante la cual se regula el derecho fundamental de

petición.

Por otra parte, y profundizando el tema pertinente en esta rama del derecho, también

tomamos como referencia el caso del contrato de que tiene por objeto la construcción de la

SEDE DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA en el municipio de SAHAGÚN –

CÓRDOBA, cuya ejecución estaba planificada en primera instancia en un lapso de 18 meses,

contados a partir del 11 de diciembre de 2015 (fecha de inicio), y que ha sufrido diversos

contratiempos para su entrada en funcionamiento.

Esta situación desfavorable se ha traducido en diversas prorrogas, adiciones y

reinicio de obra. Cada uno de estos acontecimientos, se traduce de un lado en limitaciones

para cumplir con el objeto social de prestar servicios educativos en esa educación al

descentralizar los programas académicos del alma mater y garantizar el acceso de los

Page 39: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

estudiantes de la sabana a la educación superior; por otro lado, el detrimento patrimonial

desencadenado por las omisiones en materia de silencio administrativo. Además, la

Universidad de Córdoba ha presentó diversas peticiones a la Gobernación de Córdoba para

firmar el convenio mediante el cual se recibe la Sede, sin contar con respuesta por parte del

ente territorial.

Es claro entonces, que el silencio administrativo positivo tiene impactos

negativos en el equilibrio fiscal de las entidades públicas en el evento que actúen como

contratantes, en especial en proyectos de obras civiles, los cuales implican riesgos

contractuales.

De este modo, es evidente que se ha actuado en sentido contrario a los principios de la

contratación estatal establecidos en la Ley 80 de 1993:

Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo

a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los

postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán en las mismas las

normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la

contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho

administrativo (Congreso de la República de Colombia, 1993)

De acuerdo con lo anterior, se considera un negocio jurídico en el cual se han

vulnerado los principios de transparencia, economía y responsabilidad, en la medida en que

las inversiones de recursos públicos no se han materializado en el cumplimiento del objeto

contractual. Este deterioro sistemático de las finanzas públicas es el colofón de una serie de

acontecimientos enmarcados dentro de la figura del silencio administrativo positivo, que se

entiende como ratifica la Corte Constitucional:

Page 40: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Excepcionalmente, el legislador puede determinar que la ausencia de respuesta se entienda

resuelta a favor de quien la presentó, figura que se conoce con el nombre de silencio

administrativo positivo. En este evento, la omisión de respuesta genera a favor del interesado

su resolución en forma afirmativa, la que se debe protocolizar en la forma en que lo determina

el artículo 42 del Código Contencioso Administrativo, actualmente vigente, para hacer válida

su pretensión. En términos constitucionales se puede definir la figura del silencio

administrativo como una herramienta que el legislador ha dispuesto para que el ciudadano

pueda: i) hacer valer sus derechos ante la administración de justicia, en el caso del silencio

administrativo negativo, por cuanto no puede quedar indefinidamente a la espera de una

respuesta por parte del este estatal encargado de resolverla, hecho que hace necesario crear

un mecanismo para que pueda acudir ante la misma administración recurriendo el acto ficto

o ante la jurisdicción o, ii) ver satisfechos sus derechos ante la omisión de la administración,

en el caso del silencio administrativo positivo, en la medida en que el mutismo de aquella

concreta en su cabeza un derecho. De esta manera, si bien se podría considerar que en el

marco del Estado Social de Derecho la administración está en la obligación de dar respuesta

oportuna, clara, concreta y de fondo a las solicitudes presentadas por los ciudadanos, en donde

la consagración de una ficción sobre la negativa o aceptación de las peticiones pueden ser

percibida como contraria a los postulados de la función pública y el respeto por los derechos

fundamentales, si se tienen en cuenta que uno de los fines del Estado es garantizar los

derechos consagrados en la Constitución y facilitar la participación de todos en las decisiones

que lo afectan, artículo 2 constitucional (Corte Constitucional, 2011).

En este sentido, se puede interpretar la finalidad y el propósito del silencio

administrativo positivo en la medida que promueva la garantía del acceso a los derechos de

los ciudadanos a sus derechos fundamentales. En el caso de la sede de la Universidad de

Córdoba en Sahagún, se ve vulnerado el derecho a la educación de la población de esta región

del departamento, puesto que no es posible acceder a programas de educación superior en

una sede diseñada para tal fin, a causa de la demora en la entrega de la obra para su entrada

en funcionamiento.

Page 41: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Ahora bien, es preciso determinar o tratar de establecer en qué casos se configura

silencio administrativo positivo en los contratos de obra celebrados entre el Estado y

empresas particulares llámese consorcio, unión temporal u otro tipo de modelo

organizacional. Se parte desde la perspectiva de la defensa de lo público, entendido como los

recursos estatales destinados a la materialización de los fines esenciales del mismo. Aquí, es

claro que ante la inoperancia de la obra y demás demoras en su finalización para posterior

entrega, se anula la relación consto – beneficio, dado que en esas circunstancias no se traduce

en bienestar social (objetivo de la gestión estatal) y se deteriora el patrimonio público

atentando contra la estabilidad fiscal y contrario al principio de economía antes mencionado

y que rige la contratación estatal en Colombia.

Pero, entonces se debe indagar acerca de la tolerancia de la figura del silencio administrativo

y su impacto en la contratación estatal, ante lo cual se debe aclarar lo siguiente:

De conformidad con el artículo 25, numeral 16, de la Ley 80 de 1993, las solicitudes que

presente el Contratista en relación, con aspectos derivados de la ejecución del contrato y

durante el periodo de la misma, se entenderán resueltas favorablemente a las pretensiones del

contratista si la entidad estatal contratante no se pronuncia dentro de los tres (3) meses a la

fecha de presentación de la respectiva solicitud (Dectreto Reglamentario 679,1994).

De esta forma, se observan el alcance y límites del silencio administrativo positivo en el

contexto de la contratación estatal, en el cual se especifica que los temas objeto de solicitud

o petición, deben guardar estricta relación con aspectos propios de la ejecución del contrato

y presentarse durante el periodo de esta, es decir, dentro del plazo del contrato de obra en

este caso.

Se observa entonces que la demora en la terminación de la obra y por ende en su

entrega pudo obedecer al silencio de la entidad contratante ante requerimientos de los

Page 42: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

contratistas, es decir, en aspectos contemplados dentro de los términos de este como plazos

de entrega, adiciones presupuestales y demás. En vista de lo expuesto, se puede citar lo dicho

por el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca:

Cuando la ley para efecto de la autorización para efectos de la dinámica de la operación

contractual sanciona con efecto positivo la omisión o silencio de la administración, en

responder después de los tres meses, siguientes a la petición, del contratista, debe entenderse

desde luego que lo peticionado por aquel deben ser asuntos a definir con relación a su

actividad contractual, del contratista –no del contratante-, con el lleno previo de los requisitos

legales o contractuales como ya se dijo. Lo anterior implica, que las peticiones del contratista

al contratante distintas a ese fin objetivo descrito, no son solicitudes que no respondidas

expresamente en el término de tres meses, deban entenderse aceptadas presuntamente.

Considerar lo contrario significaría: - que las situaciones conferidas presuntamente, sin título

justo, operarían contra derecho; Que la irregularidad del funcionario moroso en responder

concedería, en algunos eventos titularidad para hacer o ejecutar sin sustento jurídico. (…) El

contratista si bien tiene derecho a pedir – ejercicio del derecho de petición no siempre tiene

el derecho constitutivo previo para que la respuesta sea afirmativa, expresa o presuntamente.

De no ser como acaba de explicarse, el contrato podría renovarse, o su ejecución causar

desmedro injustificado en el patrimonio público (Tribunal Contencioso Administrativo del

Valle del Cauca, 2003).

En su Sentencia, la corporación citada deja claro el alcance y efecto del silencio

administrativo positivo en la contratación estatal, en el cual se precisa que, para poderse

configurar el silencio en favor del peticionario, deben estar relacionadas con el asunto

contractual en referencia a aspectos del contratista, mas no del contratante. Entonces, al

considerarse el contrato de obra como un negocio jurídico en el cual se suscribe un acuerdo

de voluntades entre la entidad estatal que persigue el bienestar público y una empresa privada

que procura la obtención de renta o utilidad.

Page 43: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Es a partir de esa ambigüedad que se suscitan diferencias que deben ser previstas

dentro de las cláusulas de este como susceptibles de modificaciones en el trascurso del

mismo, lo que da pie a que el contratista realice peticiones basadas en el desarrollo del iter

contractual.

Por tal motivo, en el caso de la sede de UNICOR en el Municipio de Sahagún,

la demora en la finalización y entrada en funcionamiento de la obra se originó a partir del

silencio administrativo positivo traducido en tres prorrogas del mismo contrato ante lo cual

se afecta el plazo y además, las adiciones presupuestales generan un detrimento del

patrimonio público puesto que implica la necesidad de financiación no prevista inicialmente

y que va en contra del principio de economía.

Entonces, el silencio administrativo positivo debe ser utilizado como una

alternativa para preservar el efecto final de los negocios jurídicos entre las entidades estatales

y empresas particulares, sin afectar a ninguna costa el patrimonio público y atendiendo los

lineamientos legales al respecto, opera entonces como un mecanismo para que los contratistas

mantengan las condiciones mínimas acordadas inicialmente en el contrato, es decir, no se

desmejoren ante riesgos no previsibles.

Page 44: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Conclusiones y recomendaciones

Luego de realizar el anterior ejercicio de aplicación de conocimiento, es pertinente

afirmar que el silencio administrativo positivo facilita la consolidación del derecho

fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de 1991.

Determinando la eficacia en el cumplimiento de los fines y funciones esenciales del Estado

en materia de contratación Estatal. Además, se dinamiza la actuación administrativa y se

minimiza el riesgo de incurrir en perjuicios económicos que deterioren el patrimonio público,

De acuerdo con lo anterior, el silencio administrativo positivo se considera como una

figura jurídica, tanto en materia de acceso al restablecimiento de derechos, como en función

del mantenimiento del equilibrio en las relaciones surgidas a partir de los procesos de

contratación de las entidades estatales. Esto quiere decir que al configurarse el silencio

administrativo positivo en las entidades públicas se vulnera el principio de la eficacia

administrativa, trascendental en el logro de los fines esenciales del Estado.

A través de la investigación en el Municipio de Sahagún se pudo identificar que

específicamente el silencio administrativo positivo se puede presentar en los sectores que

presentan mayor formulación de derechos de petición, como son la contratación pública, los

servicios públicos, derecho de petición informativo y lo relacionado con asuntos laborales y

pensionales.

De este modo, es preciso concluir que el silencio administrativo positivo se constituye

en una herramienta tácita que garantiza el cumplimiento de las funciones de la administración

pública y la celebración, ejecución y liquidación de contratos con el lleno de los requisitos

establecidos en la ley. Por esto, en el ámbito de la contratación estatal el silencio

Page 45: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

administrativo positivo tiende a mejorar el desempeño de las entidades y a proteger las

finanzas públicas.

En efecto, ante la inoperancia en la respuesta y configuración del silencio

administrativo positivo se abre la puerta para sanciones disciplinarias para los funcionarios

públicos y se sostiene la garantía de respuesta oportuna en el caso de los administrados. Así,

sin ser su principal finalidad, el silencio administrativo positivo sugiere el desarrollo de

competencias legales y normativas para los funcionarios públicos encargados de la ejecución

de las funciones tendientes a garantizar el cumplimiento de los objetivos de la administración

pública, lógicamente, ante peticiones presentadas durante el termino o duración del contrato.

Finalmente, se recomienda para efectos metodológicos de futuras investigaciones,

que las administraciones municipales a través de su oficia Jurídica, dispongan de una base de

datos unificada que simplifique el proceso de recepción, tramite y respuesta oportuna de los

derechos de petición, en cumplimiento del derecho constitucional y como mecanismo para

salvaguardad el equilibrio de las relaciones contractuales mediante la minimización del

riesgo de incurrir en silencio administrativo, especialmente, positivo.

Page 46: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Referencias Bibliográficas.

Asamblea Nacional Constituyente . (1991). Artículo 209, COnstitución Política. Bogotá.

Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Artículo 23, Constitución Política. Bogotá.

Asamblea Nacional Constituyente. (1991). Constitución Política Art 2. Bogotá.

Cadena, J. (2017). El silencio administrativo positivo en los servicios públicos

domiciliarios. Valledupar: Universidad Santo Tomás.

Cardona Sosa, E. G. (2005). El silencio administrativo. Universidad Cooperativa de

Colombia , Medellin.

Congreso de la República. (2011). Ley 1437. Bogotá.

Congreso de la Republica de Colombia. (1993). Articulo 25, numeral 16 Ley 80. Bogotá.

Congreso de la Republica de Colombia. (2015). Ley 1755. Bogotá.

Consejo de Estado, Sala Plena Contencioso Administrativa SECCIÓN TERCERA. (2012).

Sentencia 21687. Bogotá.

Córdoba, J. (2015). Principios y derechos constitucionales vulnerados con el silencio

administrativo negativo. Medellín: Universidad de Medellín.

Corte Constitucional. (2011). Sentencia C - 875. M.P: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.

Bogotá.

Daza, F. (2012). Fundamentos doctrinales y jurisprudenciales del silencio administrativo

positivo. Solución a la inactividad de la administración. Bogotá: Universidad

Militar Nueva Granada.

Epia, M. (2014). La eficacia del silencio andministrativo positivo en los servicios públicos

domiciliarios de acueducto y alcantarillado. Bogotá: Universidad Libre.

Page 47: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Garrido, F. (1955). Dialnet. Recuperado el 7 de Marzo de 2019, de

https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/2112030.pdf

Garzón, Á. (2015). El silencio administrativo. Revista Cultural Unilibre, 85 - 95.

Habermas, J. (1991). Modelo del Estado democrático.

Habermas, J. (1996). Paradigms of law. Cardozo Law Review.

Habermas, J. (s.f.). Tres modelos normativos de democracia .

Hernandez Sampieri, R. (2014). Metotología de la Investigación. México: Mc Graw Hill.

Morales Ardila, L. M. (2017). La eficiencia del silencio administrativo positivo en el

servicio público de energía en la ciudad de Villavicencio. Univeridad Cooperativa

de Colombia, Villavicencio.

Mosquera Arteaga, A., Quesada, C. J., & Ospina Fuentes, L. A. (2009). Naturaleza jurídica

del silencio administrativo positivo en materia de servicios publicos domiiliarios.

Universidad Cooperativa de Colombia, Ibague.

Peña, M. (2016). Del silencio administrativo en la contratación pública: un estudio sobre

los aspectos materiales para su validéz y eficacia. Bogotá: Universidad Católica de

Colombia.

Puente de la Mora, X. (2008). Investigación sociojurídica. Algunas sugerencias para su

aplicación. México: Universidad Iberoamericana de Puebla.

Ramírez, E. (2017). Aplicación del silencio administrativo positivo, frenta a la caducidad

de la facultad sancionatoria. Bogotá: Universidad Santo Tomás.

Saavedra, M. (2004). Naturaleza jurídica del silencio administrativo positivo en materia de

servicios públicos domiciliarios. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana.

Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca. (2013). Sentencia N° 086. Cali.

Page 48: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

ANEXOS

En este acápite encontraremos las evidencias adjuntas que se utilizaron para el

desarrollo de este escrito por el cual se hizo aplicabilidad al derecho de petición a las

entidades de la Alcaldía Municipal De Sahagún Córdoba y E.S.E Camu San Rafael De

Sahagún, obteniendo como resultado lo siguiente;

Page 49: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Anexo número 1

En este primer anexo encontraremos la primera respuesta obtenida por el grupo

en exposición, el cual se exigió de manera respetuosa la información como el registro

estadístico de los derechos de peticiones interpuesto por los ciudadanos ante la entidad de la

alcaldía municipal de Sahagún Córdoba en los últimos dos años, copia de las respuestas de

por lo menos 5 derechos de peticiones relacionadas con procesos de contratación pública y

una descripción del proceso implementado desde la oficina jurídica para dar respuesta a esas

peticiones, obteniendo como resultado de la administración municipal de Sahagún lo

siguiente;

En lo indicado a las estadísticas de esta acción legal dentro del municipio y en

lo concerniente a esta entidad tuvimos una respuesta negativa, ya que la entidad no cuenta

con una base de datos unificada de recepción de derecho de peticiones por lo que fue

imposible resolver esta inquietud.

En la segunda petitoria se entregaron las copias de peticiones resueltas por la

entidad en mención y se hizo relación al tercer punto el cual se basan en la ley 1755 de 2015

para dar respuesta oportuna a la acción, tal como se demuestra en las siguientes evidencias:

Page 50: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...
Page 51: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...
Page 52: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...
Page 53: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...
Page 54: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...
Page 55: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...
Page 56: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...
Page 57: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...

Anexo número 2

En este segundo anexo se exigió de manera respetuosa a E.S.E Camu San Rafael

del municipio de Sahagún Córdoba las relaciones de los últimos derechos de petición

instaurados a dicha entidad, las peticiones sobre contratación pública y la secuencia de la

petición en esa entidad.

Como primera petición señaló de manera ordenada las solicitudes de petitorias

en lo concerniente a sus funciones como entidad de salud, por otra parte, y dando respuesta

a lo demás puntos indicó la inexistencia de derecho de petición sobre contratación pública y

concluyó con el procedimiento y secuencia que tiene la entidad sobre esta acción

constitucional para su respuesta oportuna.

Page 58: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...
Page 59: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...
Page 60: EFICACIA DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO EN LA ...