El acto sexual

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Antony Omar Guzmán Cerón 00161614 El acto sexual Daré por sentado el conocimiento previo de las concepciones griegas y judeocristianas de la dualidad de cuerpo y alma con la idea epicúrea de la abstención de las pasiones para la purificación del alma y la permisión del acto sexual orientado a la procreación dentro de la institución matrimonial, respectivamente. Mi enfoque será desde el contractualismo y la teoría libertaria. El enfoque contractualista ve como permisible el acto sexual cuando se realiza con una aprobación mutua de las partes, de manera voluntaria y respetando la autonomía y la libertad del otro. Aun así, se tiende a dar duras críticas a este enfoque pues en algunas circunstancias puede presentar cierta desventaja para alguna de las partes que realiza el acto de manera “voluntaria”, como lo plantea la perspectiva marxista en la cual no se puede llegar a una igualdad en las partes por la situación de nuestras sociedades. Una teoría kantiana nos diría que si el acto sexual no va superpuesto por el cumplimiento de algo, entonces se estaría tratando a la persona como simple medio para nuestros fines, pero aquí caeríamos en el reduccionismo del acto sexual a una simple transacción de “doy y me das”. Mi crítica a la teoría Kantiana está orientada a la frialdad en que representaría realizar el acto sexual y a lo cual Marx no aprobaría por estar envuelto en un contrato mercantil en el cual una de las partes actúa por obtener un beneficio explícito del goce sexual. Pienso que el acto sexual debe estar encaminado a una aprobación mutua de las partes y sea que esté orientado a la reproducción o no, pues así se estaría respetando la autonomía y la libertad del otro en cuanto su aprobación no va encaminada a obtener un beneficio externo. En el caso de la prostitución, no veo que sea moralmente permisible pues –en la mayoría de casos- la situación económica de la persona que se prostituye ocasiona una serie de escenarios que la empujan a realizar

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Este ensayo es una opinión muy personal sobre el acto sexual y su concepción en nuestra cultura occidental. Ya sé, muchos no coinciden con esta visión; ¡pero es una visión! Espero les guste y en adelante estaré subiendo más de mis trabajos.

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Antony Omar Guzmán Cerón 00161614

El acto sexual

Daré por sentado el conocimiento previo de las concepciones griegas y judeocristianas de la dualidad de cuerpo y alma con la idea epicúrea de la abstención de las pasiones para la purificación del alma y la permisión del acto sexual orientado a la procreación dentro de la institución matrimonial, respectivamente. Mi enfoque será desde el contractualismo y la teoría libertaria.

El enfoque contractualista ve como permisible el acto sexual cuando se realiza con una aprobación mutua de las partes, de manera voluntaria y respetando la autonomía y la libertad del otro. Aun así, se tiende a dar duras críticas a este enfoque pues en algunas circunstancias puede presentar cierta desventaja para alguna de las partes que realiza el acto de manera “voluntaria”, como lo plantea la perspectiva marxista en la cual no se puede llegar a una igualdad en las partes por la situación de nuestras sociedades. Una teoría kantiana nos diría que si el acto sexual no va superpuesto por el cumplimiento de algo, entonces se estaría tratando a la persona como simple medio para nuestros fines, pero aquí caeríamos en el reduccionismo del acto sexual a una simple transacción de “doy y me das”.

Mi crítica a la teoría Kantiana está orientada a la frialdad en que representaría realizar el acto sexual y a lo cual Marx no aprobaría por estar envuelto en un contrato mercantil en el cual una de las partes actúa por obtener un beneficio explícito del goce sexual. Pienso que el acto sexual debe estar encaminado a una aprobación mutua de las partes y sea que esté orientado a la reproducción o no, pues así se estaría respetando la autonomía y la libertad del otro en cuanto su aprobación no va encaminada a obtener un beneficio externo. En el caso de la prostitución, no veo que sea moralmente permisible pues –en la mayoría de casos- la situación económica de la persona que se prostituye ocasiona una serie de escenarios que la empujan a realizar el acto sin su pleno consentimiento sino por obtener un beneficio económico que quizá beneficiará más a su auto-sostenimiento. En un enfoque desde la dialéctica hegeliana, se puede percibir más fácilmente pues quien en es el amo termina siendo el esclavo y quien se prostituye termina siendo esclavo de su cuerpo.

Veo el acto sexual –hecho con o sin amor- como una realización y superación porque, a diferencia de muchos animales, nosotros estamos en la capacidad de decidir en qué momento lo hacemos, con quién lo hacemos y cómo lo hacemos (cuando no sea forzoso). En los actos sexualmente “permisibles” creo que no podemos determinar cuáles son más loables que otros porque si el fin es obtener o darle placer a otro individuo, no deberíamos estar pensando en qué es mejor o peor. Lo que sí creo es que hay actos que degradan y atentan a la persona humana (como la coprofilia, la necrofilia,). En cuanto a actos como la felación, masturbación, sexo anal o fetichismo, pienso que son permisibles en la medida que provoque el mayor placer para cualquiera de las partes y bajo su consentimento.