EL CONTRATO
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EL CONTRATO DE TRABAJO
.INTRODUCCIÓN
El Contrato de trabajo, nace de ordenamiento jurídico implantado a comienzos del gobierno de Fujimori, en donde se flexibilizó las relaciones laborales, en la empresa, muchas posibilidades de contratar personal que no esté a su cargo o que estándolo, no tenga garantías de permanencia en el empleo
CONCEPTO D CONTRATOEs el acuerdo voluntario entre el trabajador y el empleador para intercambiar actividad subordinada por remuneración.
Da inicio a la relación laboral, generando un conjunto de derechos y obligaciones para el trabajador y el empleador.
los elementos esenciales del contrato se da en el art. 4º del D.S. Nº 003-97-TR. TEXTO UNICO ORDENADO DEL DEC. LEG. Nº 728, LEY DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD LABORAL
REGLAS, NORMAS.
Artículo 4º.-Plazo y formalidad. En toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la. Existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado. El contrato individual de trabajo puede celebrarse libremente por tiempo indeterminado o sujeto a modalidad. El primero podrá celebrarse en forma verbal o escrita y el segundo en los Casos y con los requisitos que la presente Ley establece. También puede celebrarse por escrito contratos en régimen de tiempo parcial sin Limitación alguna.
SUJETOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
El trabajador.También es servidor, dependiente, asalariado,
obrero o empleado; persona física que se obliga frente al empleador a poner a disposición y subordinar su propia y personal energía de trabajo, a cambio de una remuneración. (hombre o mujer), con la edad mínima o máxima permitida por Ley para realizar el trabajo. Ley No. 27337 niño adolescente·
De 12 a 14 años: 4 horas diarias o 24 horas semanal.
De 15 a 17 años: 6 horas diarias o 36 horas Semanal.
SUJETOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
El Empleador.
Patrono o principal; es la persona física o Jurídica que adquiere el derecho a la prestación de servicios y la potestad de dirigir la actividad laboral del trabajador
Es el deudor de la remuneración y el acreedor del servicio.
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
1)Elementos Genéricos.
corresponde a todo contrato, a todo acto jurídico. El artículo 140º del Código Civil considera valido para el acto jurídico los siguientes requisitos:
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
2) Elementos Esenciales
a) Prestación personal de servicios.El trabajador pone a disposición del
empleador su propia fuerza de trabajo.b) Subordinación.El poder de mando del empleador y el
deber de obediencia del trabajador. Ese poder de dirección se concreta en tres atribuciones : dirigir, fiscalizar y sancionar al trabajador.
c) Remuneración.
Es la retribución que recibe el trabajador de parte del empleador a cambio de su trabajo. Es el principal derecho del trabajador surgido de la relación laboral.
ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
3) Elementos Típicos La duración de la relación: plazo
indefinido o encontrarse sujeto a modalidad.
La duración de la jornada: tiempo completo a tiempo parcial.
El lugar de prestación del servicio: el mismo centro de trabajo de trabajo o
fuera de él
CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE TRABAJO.
a) Consensual: Nace del simple acuerdo de voluntades de las partes.
b) Bilateral: interés de dos partes: trabajador y empleador
c) Oneroso: Cada parte debe cumplir con una prestación que signifique desprenderse de algo en beneficio de la otra: la fuerza de trabajado (trabajador) y la remuneración (empleador)
d) Conmutativo: Entrega de la fuerza de trabajo (trabajador) y pago de la remuneración (empleador).
e) Trato sucesivo: Su ejecución se da en el transcurso de tiempo a través de prestaciones que se ejecutan permanentemente.
EFECTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO.
Se convierte en el título jurídico del que se deriva la atribución patrimonial de los frutos del trabajo al empleador.
Pago de una serie de beneficios laborales, como seguro de vida , gratificaciones semestrales, vacaciones anuales pagadas, compensación por tiempo de servicios, participación en utilidades, indemnización por despido arbitrario, remuneración mínima vital, asignación familiar
CLASES DE CONTRATO DE TRABAJO.
Según la legislación empresarial peruana, existen tres clases de contratos de trabajo:
1.Contratos a Tiempo Indeterminado
2.Contratos a Tiempo Parcial3.Contratos Sujetos a
Modalidad
Contratos de naturaleza temporal.
El contrato temporal por inicio de una nueva actividad es aquel celebrado entre un empleador y un trabajador Su duración máxima es de tres años.
El contrato temporal por necesidades del mercado , con el objeto de atender incrementos coyunturales de la producción originados por variaciones sustanciales de la demanda, plazo máximo de duración cinco (5) años.
El contrato por reconversión empresarial: Este contrato es celebrado en virtud a la
sustitución, ampliación o modificación de las actividades de la empresa, Su duración máxima es de dos años.
Contratos de naturaleza accidental:
El contrato ocasional:El contrato accidental-ocasional: para atender
necesidades transitorias distintas a la actividad habitual del centro de trabajo. duración máxima es de seis meses.
El contrato de suplencia:
Con el objeto que este sustituya a un trabajador estable de la empresa, cuyo vínculo laboral se encuentre suspendido por alguna causa justificada prevista en la legislación vigente. duración será la que resulte necesaria
El contrato de emergencia.Es aquel que se celebra para cubrir las necesidades
promovidas por caso fortuito o fuerza mayor.Su duración coincidirá con la emergencia.
Contratos de obra o servicio: El contrato específico: Los contratos para
obra determinada o servicio específico, Su duración será la que resulte necesaria para la conclusión o terminación de la obra o servicio.
El contrato intermitente:para cubrir las necesidades de las actividades de
la empresa. no habrá necesidad renovación.
El contrato de temporada:para atender necesidades propias del giro de la
empresa, que se cumplen sólo en determinadas épocas del año y que están sujetas a repetirse en períodos equivalentes.
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO
Se suspende el contrato de trabajo cuando cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar el servicio y la del empleador de pagar la remuneración respectiva, sin que desaparezca el vínculo laboral.
Causas de suspensión:a) La invalidez temporal.b) La enfermedad y el accidente comprobados.c) La maternidad durante el descanso pre y
postnatal.d) El descanso vacacional.e) La licencia para desempeñar cargo cívico y
para cumplir con el Servicio Militar Obligatorio.
f) El permiso y la licencia para el desempeño de cargos sindicales.
g) La sanción disciplinaria.h) El ejercicio del derecho de huelga.i) La detención del trabajador, salvo el caso de
condena privativa de la libertad.
DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO a) El fallecimiento del trabajador o del
empleador si es persona natural.b) La renuncia o retiro voluntario del trabajador.c) La terminación de la obra o servicio, el
vencimiento del plazo en los contratos legalmente celebrados bajo modalidad.
d) El mutuo disenso entre trabajador y empleador.
e) La invalidez absoluta permanente.f) La jubilación.g) El despido, en los casos y forma permitidos
por la ley.
NOTA: para hacer suspensión
Plazo razonable no menor de seis días naturales para que pueda defenderse por escrito de los cargos que se le formulare
PUNTOS A TOMAR EN CUENTA EN LA ELABORACION DEL CONTRATO
Colocar nombre de la empresa. Colocar el representante de la empresa. Colocar el nombre del trabajador. Colocar el Objeto Social de la empresa. Indicar el motivo del por qué se contrata. Indicar el cargo del trabajador. Describir el puesto del trabajador. Indicar la Modalidad si es por Inicio o por
incremento de Actividad.
NOTA:
El contrato debe ser suscrito en 3 ejemplares originales, debiendo registrarse ante la Autoridad Administrativa de Trabajo del MTPE, quedando el empleador obligado a entregar al trabajador un ejemplar del contrato dentro de los 3 días hábiles de su presentación a la Autoridad Administrativa de Trabajo