EL CONTROL SOCIAL COMO HERRAMIENTA PARA LA … · Artículo 3, IV, Ley 11445/2007 (LPNSB) define...

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EL CONTROL SOCIAL COMO HERRAMIENTA PARA LA PROTECCIÓN DEL AGUA: EL PAPEL DEL MINISTERIO PÚBLICO BRASILEÑO SANDRA AKEMI SHIMADA KISHI Procuradora Regional da República/MPF Coordenadora do GT-Águas/MPF [email protected] [email protected]

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EL CONTROL SOCIAL COMO HERRAMIENTA PARA LA PROTECCIÓN DEL AGUA: EL PAPEL DEL MINISTERIO PÚBLICO BRASILEÑO

SANDRA AKEMI SHIMADA KISHI Procuradora Regional da República/MPF

Coordenadora do GT-Águas/[email protected]

[email protected]

Despues del año Mundial del Agua 2013... algo alarmante: 2 de cada 3 personas no tendrán acceso al agua para el año

2025, 18% de la población mundial carece de acceso a agua limpia en

los países en desarrollo, el 70% de la población rural y el 25% de la población urbana no

tiene acceso al agua potable.Dade

2,5 mil millones no tienen soluciones para drenaje (ACNUDH, 2010).

Derecho a agua: derecho Humano fundamental El tema del medio ambiente es lo que tiene más

acciones civiles pública.

Estudio estadístico del cuarta Cámara de Medio Ambiente de la Fiscalía Federal indica temas temasque requieren más trabajo de los fiscales, en orden descendente: aguas = 11 º LUGAR LA ORDEN DE DEMANDAS, entre el resto de los bienes ambientales.

temas con menor nivel de intervención por el Fiscalía Federal fueron: SALUD PÚBLICA,ZONAS URBANAS y SANEAMIENTO.

DISPUTA SOBRE LAS AGUAS, debido a la escasez es PREOCUPACIÓN MUNDIAL COMO EN LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL AGUA 1997.

DESDE 1940, LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA POTABLE YA fue concebido como un delito en el Código Penal (art. 271).

DELITO DE ART. 54, § 3 de la Ley 9605/98 castiga la falta de adopción de medidas cautelares en caso de riesgo probable de daños ambientales graves e irreversibles.

Brasil Las aguas en la DECLARACIÓN DE LIMOGES II (Brasil firmó en 2002): “No debe depender de fuerzas del mercado”;

NATURALEZA LEGAL: Derechos Humanos; La administración pública debe promover el

acceso al agua para todos e garantizar la gestión del agua en un sistema descentralizado, integrado y participativo

Convenio de Helsinque (1966 e 1992) NATURALEZA LEGAL: Derechos Humanos

Convenio de Helsinki (1966 y 1992) para la protección y utilización de cursos de agua transfronterizos y los lagos internacionales, más comúnmente conocido como el Convenio del Agua: Artículo IV Cada Estado de la cuenca tiene derecho, dentro de su territorio, a una participación razonable equitativo y beneficioso en las aguas de una cuenca de drenaje internacional, ya que la geografía de la cuenca, la hidrología de las cuencas, el clima de la cuenca utiliza; usos existentes; necesidades socioeconómicas; la población dependiente; la disponibilidad de otros recursos; cómo evitar el desperdicio de aguas de la cuenca, entre otros factores.

El acceso razonable y equitativo al agua Brasil no ha firmado la Convención o del Convenio

del Agua de Helsinki, sino a nivel internacional nacido aquí la integración de la gestión del agua y la gestión ambiental.

ARTÍCULOS 5 Y 7 DE LA CONVENCIÓN DE LAS AGUAS INTERNACIONALES PARA FINES DISTINTOS DE LA NAVEGACIÓN (Convenio de Helsinki): equidad y razonabilidad.

Utilización equitativa y razonable también en: Declaración Estocolmo/72, Estado de Rio/92; Informe Brundtland.

Protocolo sobre Agua y Salud (1999) En 1999, por primera vez en el ámbito

internacional se habla del derecho a un acceso equitativo al agua potable (apta desde el punto de vista cuantitativo y cualitativo), en particular las personas con discapacidad o situación de exclusión social (art. 5, I), aunque el Berlim/2004 Conferencia ya refiriéndose al "agua segura".

UN = derecho humano fundamental al agua potable y al saneamiento Las Naciones Unidas por su resolución

64/292, de 28.8.2010 reconoció el "derecho al agua potable y el saneamiento como un derecho esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos."

Este derecho fundamental al agua potable debe ser reconocido en el derecho positivo de Brasil.

Derecho al agua potable en el nivel constitucional - Brasil

La Constitución de la República Federal de Brasil/88 no prevé el derecho al agua potable, sino que forma parte del contenido mínimo del derecho a la dignidad del personal humano (art. 1, III, CF).

Se refiere sólo a la política nacional para la gestión de los recursos hídricos (artículo 21, XIX, CF/88)

Saneamiento y derecho humano básico Saneamento Ambiental dice no sólo con el

suministro de agua, las aguas residuales y los residuos sólidos, sino también todo un conjunto de factores que explican la falta de saneamiento, la participación de las dimensiones, la participación y el control social, económica, y social que influyen en los niveles de desigualdad , la exclusión y la injusticia social.

LPNRS y LPNSB: el principio de precaución Artículo 3, IV, Ley 11445/2007 (LPNSB)

define control social

CONTROL SOCIAL Y RECURSOS HÍDRICOS

EL DERECHO AL AGUA NO SE EXPRESA EN Constitución Federal del Brasil, pero se puede considerar que está en el Artículo 1, III, CF, como parte del contenido mínimo del derecho a la dignidad humana.

?Y CONTROL SOCIAL. Es otro mecanismo de protección de las aguas.

Efectividad del control social por una transparencia informativa. NUEVA LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN en Brasil (LEI 12.527/2012). EX: control social en FALTA DE INFORMACIÓN SOBRE PROYECTOS Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y GESTIÓN AMBIENTAL.

El control social en la Constitución Federal de Brasil de 1988 Artículo 216-A, § 1, X, CF/88, ahora ofrece

como un principio de Sistema Nacional de Cultura, entre otros, la "democratización de los procesos de toma de decisiones con la participación y el control social." Por lo tanto, se ve que el CF se distinguió participación de control social, que es una participación cualificada. La diferencia entre el control social y la participación és que el control social és dotado de mecanismos y garantías para obtener resultados efectivos, tales como asegurar la paridad en la representación en los Consejos o Comités.

Constitución Federal e control social control social también opera en la evaluación

previa del impacto ambiental y de licencia ambiental, como la Constitución Federal garantiza una amplia publicidad de estos instrumentos (CF, art. 1º, III c.c.art. 225, caput e par. 1º, inc, IV).

Ley 12527/2011 e control social

Ley n. 12527, del 18 de noviembre 2011 se prevé la utilización de tecnología de la información (Art. 3), con plazos específicos a la solicitud de acceso a la información, y la necesidad de facilitar el acceso a la información, el desarrollo del control social de la gestión pública (art. 3, V), y la primacía de la transparencia como norma general de proteción da información.

Ley nº 11.445/2007 (LPNSB) e Ley 12.305/2010 (LPNRS)

el artículo 3, IV, Ley 11.445/3007 y el art. 3, VI Ley 12.305/2010, han expresado el control social, como una superfetation del participación popular y no debe ser confundido con él, porque frente a un fin público a través de los instrumentos y mecanismos que garanticen la eficacia en la protección del medio ambiente.

Incidecia del Control social

1) planificación 2) deliberación 3) ejecución 4) Monitoreo 5) evaluación 6) ¿Cuáles son las características y la forma

de aplicarlos? Res4327 CMN, 04/25/2014 (reciente regulación que obliga a los bancos de inversión para ofrecer préstamos sólo a los proyectos de Eco-friendly).

Organización de los Estados Americanos - OEA y la participación Participación pública: la Carta de la OEA

establece que entre los objetivos de los Estados miembros es la plena participación de sus pueblos en las decisiones relativas al desarrollo (artículo 34), destacando la participación de los sectores marginales de la población (artículo 45.f).

Regla Sociambiental de lo mínimo existencial possible Constitución Federal de Brasil de 1988

estableció la regla de Socio de la ley (art. 225).

Así que: además de un derecho fundamental del individuo y la colectividad, la protección del medio ambiente es una tarea fundamental del Estado.

Y la doctrina brasileña ha identificado el saneamiento como parte del concepto de mínimo existencial para garantizar una existencia humana digna y saludable.

COMITÉS de Cuencas COMITÉS DE CUENCA: ÓRGANOS están descentralizadas

en CUENCA EN LOS QUE SON EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL proyectos. COMITÉS son JUNTO CON SISTEMA DE GESTIÓN DE AGENCIAS DE BASE AGUA.

AGENCIAS El agua debe trabajar como un SECRETARÍA EJECUTIVA DE COMISIONES Y DEBEN SER RESPONSABLE DEL USO EFICAZ DE AGUA. EL COMITÉ DE CUENCA ELABORA EL PLAN DE CUENCA, define LAS OBRAS Y ACCIONES NECESARIAS PARA EL DISFRUTE Y CONTROL DEL AGUA EN LA CUENCA Y delibera sobre los estímulos de fondos y APLICACIÓN DE recursos financieros de LOS FONDOS.

Pyramid (sin división interna) es el vértice, el sistema, y en la base, los comités y agencias

SISTEMA INTEGRADO, PARTICIPATIVO E

DESCENTRALIZADO

PLANO E FUNDOS

COMITÊS E AGÊNCIAS DE BACIA

CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS- Función de los Fiscales

SISTEMA NACIONAL DE AGUA REALMENTE descentralizada. ES IMPOSIBLE UN COMITÉ NACIONAL. Para RÍO FEDERAL, hablar en COMITÉ DE INTEGRACIÓN. Ex: Cuenca del Río Uruguay.

Asegura la paridad en la composición de los Comités entre los representantes de los ciudadanos, USUARIOS Y ASOCIACIONES CIVILES.

(En Brasil, el § 1 del art. 39 de la Ley n º 9.433/97 establece que la representación de los ciudadanos será limitado "a la mitad del número total de miembros").

La participación popular y la igualdad de representación en los Comités Requisito legal del art. 39, § 1 de la Ley

9433/97 = representación de las autoridades públicas (de composición) hasta la mitad del total de miembros.

Más: Resolución 5/2000 CNRH requiere comités de cuencas estatutos establecen la paridad en la votación, el establecimiento de límites de hasta el 40% del total de votos por el Poder Ejecutivo.

Participación en la Gestión Ambiental de los Consejos de la comunidad aborigen en Australia

Fiscalia Federal sobre las aguas ¿Existe un método que se adoptará a un proceso de creación de un

Comité de Cuenca?

¿ Como aumentar las fuentes de financiación para la gestión del agua?

Como ha sido el desempeño dos fiscales federais?

ACCIÓN CONJUNTA entre FISCALES del Estado y federales en los ríos federales.

Mapeo de la CONTAMINACIÓN DEL AGUA MÁS SIGNIFICATIVO Y ESTRATEGIAS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS PRIORIDADES.

AGENDA DE AGUA , CON PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD.

Los fiscales : DIAGNÓSTICO DE LAS CUENCAS

Expertos de la fiscalía (geólogos, ingenieros sanitarios y hidrólogo) ayuda a este diagnóstico en nivel nacional de la CONTAMINACIÓN DEL AGUA para estrategias para la acción;

METODOLOGÍA DE ESTE DIAGNÓSTICO –MEDIDAS, función por separado en cada cuenca de los grandes regiones de Brasil.

ESTUDIO de expertos levantó DIAGNÓSTICO DE CASOS IMPORTANTES DE NIVEL DE AGUA EN BRASIL: LA AMAZONIA.

Si había un comité de cuencas haria el establecimiento de prioridades para la gestión integrada del agua a la gestión ambiental.

Integración de la gestión de los recursos hídricos con la gestión del medio ambiente (artículo 29, IV, 30, IV, de la Ley 9433/97)

Jirau Hidroeléctrica = desastres e inundaciones por el aumento de la erosión del río Madeira

Otros diagnósticos realizados por Fiscalía federal En Cuenca del Río São Francisco no Brasil:

el tratamiento de aguas residuales varía entre el 1,1% y el 17,4%, siempre por debajo de la media nacional del 17.9%;

Empresas de saneamiento tienen un gasto promedio de 40% en la distribución del agua, con una pérdida de R $ 1 mil / año.

Si había un comité conjunto en cuencas representativas de la sociedad a lo que se daría prioridad? Ciertamente, para las inversiones en la reducción de pérdidas de agua.

Cantareira: prioridades

No caso do Cantareira com o sistema de transposição de águas que envolvem MG, SP e RJ e à beira do colapso, com perdas de mais de 25% na rede de distribuição de água, não há investimento em aumento da oferta hídrica para São Paulo e correspondente redução da demanda do Cantareira e a baixa produção de água na bacia diante da destruição dos mananciais e áreas de recarga.

Se na prática fosse realmente paritária a representatividade da sociedade nos Comitês e sistema de gestão, sem interferência política do Poder Público, qual seria a prioridade dos investimentos?

Não às transposições, uso prioritário na própria bacia hidrográfica Se fossem respeitadas realmente as normas

sobre usos prioritários da LPNRH (art. 1º, 11 e 22). Se fosse realmente observado o uso prioritário das águas na própria bacia hidrográfica, mediante um efetivo controle social (a partir de consultas, audiências públicas e de decisões colegiadas em bases paritárias) restaria evidenciado o que é óbvio há tempos.

¿Qué se necesita para un efectivo control social a través de los Comités? 1) Los comités de cuencas NECESITAN APOYO Y

ESFUERZOS DE AL PÚBLICO A ellos dotar CAPACIDAD FINANCIERA Y CAPACITACIÓN, no el Gobierno puede superar ni interfiere en las decisiones colectivas de paridad.

COMITÉS EFICIENTES EN DESARROLLO DE POLÍTICAS PÚBLICAS DEL FONDO DE LAS CUENCAS DE LOS RECURSOS HÍDRICOS, que en gran parte formada por FINANCIAMIENTO PARA INSTITUCIONES FINANCIERAS.

2) NÚMERO DE CONSEJEROS debe mostrar las Comisiones del Consejo en PLENARIO Y CONFERENCIAS, o FOROS DE AGUA.

¿Qué se necesita para un efectivo control social a través de los Comités? 3) el mandato de los directores o miembros de los

Comités de Cuenca se define en el Reglamento Interno de la Comisión y no debe coincidir con el mandato del Gobernador del Estado, el Alcalde o el Gobierno Federal.

4) miembros de la Comisión o de la Junta serán nombrados formalmente por escrito por parte de sus segmentos y entidades, dando a publicidad;

5) la participación del Gobierno no debe ser tomado como representativo de los usuarios, no para suprimir el control social en los Comités y Consejos.

¿Qué se necesita para un efectivo control social a través de los Comités? 6), especialmente en los Comités de

Cuencas, que por ley, el ejercicio de gestión democrática, descentralizada, integrada y participativa no puede ser el presidente de lo gobierno.

7) la posibilidad de participación de los usuarios en la comunidad sin ningún tipo de rechazo se por un laico o no técnicamente experto en la materia

CONCLUSIONES Y PROPUESTAS PARA UN CONTROL SOCIAL EN GESTIÓN DEL AGUA 1) CALIFICACIÓN DAS AGUAS POR parámetros

tecnológicos (Best Available) CON COMITÉS Y ORGANISMOS EN AGUA CON EQUIPO PARA ESTO.

2) GARANTÍA DE PARTICIPACIÓN EN UNA SUPERVISIÓN EFICAZ TRAVÉS DE LA BUENA GOBERNANZA AMBIENTAL.

CONCLUSIONES Y PROPUESTAS PARA UN CONTROL SOCIAL EN GESTIÓN DEL AGUA 3) FACILITACIÓN EFICAZ DE ACCESO A LOS

DATOS Y ACTIVIDADES DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA AMBIENTAL, haciéndolos disponibles en Internet;

4) PARIDAD EN REPRESENTACIÓN EN LOS COMITÉS DE LA SOCIEDAD CIVIL Y LA EFICIENCIA DA GESTIÓN Y CONTROL SOCIAL;

5) CONCIENCIA AMBIENTAL DE LA IMPORTANCIA DE AGUA POTABLE PARA TODOS, A TRAVÉS DE LA EDUCACIÓN AMBIENTAL EN TODOS LOS NIVELES Y LAS INDUSTRIAS, no sólo en las instituciones educativas. Gracias!