El derecho a la vida.docx
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El derecho a la vida es el derecho fundamental y por excelencia del que
dependen todos los demás, ya que la vida misma es lo necesario para
comenzar siquiera a discutir cuales deben ser los demás derechos. El estado
entonces debe proteger y garantizar este derecho por encima de todos los
demás, es el derecho sin el cual sin duda alguna no puede existir un estado ni
una sociedad.
El propósito de este escrito es exponer el derecho a la vida en si, las diferentes
formas de interpretarlo, exponer los conceptos que tengan relación con este
derecho y observar en concreto un caso de la vida real para ilustrar de mejor
forma este derecho.
El concepto de vida puede entonces tomar varios significados, dos en concreto,
la vida biológica como tal y la vida digna. La vida biológica hace referencia
exclusivamente a la existencia física y corporal. Definir la vida en este sentido
obliga al estado a proteger la integridad física de todos sus ciudadanos. Esto
significa entonces que el estado debe proteger la vida de los ciudadanos,
impidiendo que cualquiera, sea miembro del estado o ciudadano corriente,
vulnere o prive de la vida de cualquier persona arbitrariamente. El otro
significado de vida, es a lo que se le ha llamado vida digna. Vida digna se
refiere a no solo el mero hecho de contar con la condición biológica de estar
vivo si no contar con las condiciones para llevar una vida plena, y desarrollarse
totalmente como persona.
El estado debe entonces garantizar y defender el derecho a la vida mediante
ciertas obligaciones de respeto y garantía, las cuales analizaremos más
adelante. Las obligaciones de respeto del estado frente al derecho a la vida en
lo que se refiere a lo biológico son las siguientes: “No privar de la vida
arbitrariamente; impedir que los agentes estatales priven arbitrariamente de la
vida o toleren este tipo de privaciones; investigar y sancionar a los funcionarios
públicos responsables de privaciones arbitrarias de la vida; no suspender ni
derogar, de hecho o de derecho, el derecho a la vida; evitar la guerra; no
establecer o restablecer la pena de muerte.” citar…
Estas obligaciones de respeto son la base sobre la cual estado debe actuar y a
partir de las cuales debe tomar acciones y crear políticas para llevar a cabo las
obligaciones de garantía, es decir, las acciones que el estado toma para
garantizar el derecho a la vida. Las obligaciones de garantía en relación a lo
biológico son las siguientes: “Poner en marcha políticas de seguridad y defensa
y mantener fuerzas armadas que hagan presencia en todo el territorio nacional;
prevenir las violaciones del derecho a la vida; prevenir las vulneraciones del
derecho a la vida de grupos vulnerables y comunidades en riesgo; investigar
las violaciones del derecho a la vida; y, reparar a las víctimas de violaciones del
derecho a la vida.” Citar…
Para finalizar de exponer el concepto biológico del derecho a la vida, es de
suprema importancia mencionar que para proteger la vida desde un punto de
vista biológico tenemos que voltear a mirar a otro derecho fundamental que es
el derecho la salud ya que al ser vulnerado el derecho a la salud se estaría
violando el derecho a la vida, y para proteger el derecho a la vida es necesario
que a su vez se garantice la salud.
El derecho a una vida digna es un poco más complicado de definir y garantizar,
ya que entra en conflicto con muchos de los demás derechos fundamentales.
En si el concepto de una vida digna tiene que ver con el derecho de las
personas de tener todo el control y autonomía sobre sus propias vidas, con la
libertad que también es uno de los derechos más fundamentales.
Hay casos muy específicos en los cuales estos derechos entran en conflicto y
el estado se ve en la obligación de tomar difíciles decisiones en cuanto a que
derecho prevalece, si el derecho a la vida o alguno de los demás. El derecho a
la vida como se menciono anteriormente entra en conflicto muchas veces con
el derecho al control y autonomía de una persona sobre su propia vida que
acá en Colombia se conoce como el derecho al libre desarrollo a la
personalidad, también entra muchas veces en conflicto con el derecho a la
libertad de cultos.
El más claro ejemplo en que el derecho a la vida tiene conflictos con el derecho
al libre desarrollo a la personalidad es el aborto, ya que entra en juego una
polémica un tanto difícil de resolver que es la siguiente, la madre al no poder
abortar se le está violando su libre desarrollo a la personalidad y al abortar le
viola a la criatura próxima a nacer el derecho a la vida .Hay muchas opiniones
respecto a este tema y todavía no se ha podido resolver de una forma plena
este conflicto entre derechos. En Colombia está permitido el aborto parcial el
cual solo permite a una mujer abortar cuando ha sido víctima de una violación,
cuando su vida corre peligro si el embarazo continua y cuando el feto viene con
malformaciones que no le permitirán llevar una vida plena. En algunos países
argumentando que el aborto hace alusión al derecho al control y autonomía de
una persona se es permitido el aborto total y en otros todo lo contrario no es
permitido el aborto en ningún caso.
Otro ejemplo clásico de este tipo de conflictos es el del derecho a la vida y la
eutanasia o el suicidio asistido. Si una persona por ejemplo sufre de una
enfermedad dolora la cual le genera gran tortura y por ende esta persona
decide que no quiere seguir viviendo porque ya no vale a la pena vivir una vida
que por su enfermedad no se considera una vida digna, esta persona debe
estar en todo su derecho de voluntariamente decir terminar con su vida,
pidiendo ayuda de un tercero. Claramente esto va en contra del deber del
estado de impedir que cualquier persona le quite la vida a otra, así sea con
consentimiento. En Colombia la corte constitucional estableció que es permitido
que una persona le pida a un medico profesional ayuda para terminar su vida
de una forma digna. Esto se conoce como la eutanasia. La corte suprema le
pidió al congreso que formulara la ley que regularía como se llevaría a cabo
este proceso, sin embargo hasta el congreso hasta ahora no ha formulado
dicha ley.
El derecho a la libertad religiosa también es otro derecho que se da para
muchos conflictos con el derecho a la vida. Si por razones de creencias
religiosas un individuo se niega por ejemplo a un tratamiento médico para
salvar su vida que implique practicas que vallan en contra de sus creencias, el
estado debe entonces como siempre decidir qué derecho prevalece.