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Las sociedades mixtas se enmarcan en la PCP y en la Política Comunitaria de Cooperación al Desarrollo EL FORCi_ Empresas mixtas, una Responsables políticos y directivos defienden la viabiliadad de un instrumento de desarrollo as políticas comunitarias pueden referirse a sectores delimitados a priori, pero sus postulados alcanzan a menu- do un ámbito de aplicación que va más allá de los límites estableci- dos. Este es el caso de las empresas mixtas. Las características que defi- nen a la sociedad mixta se enmar- can tanto en el ámbito de la Política Común de Pesca como en el de la Política Comunitaria de Cooperación al Desarrollo. Por esta razón, el interés comercial que inspira inicialmente la constitu- ción de toda sociedad mixta des- emboca finalmente en un beneficio tanto económico como social para el país tercero con el que se nego- cie. En el marco de la nueva política común pesquera, se están plante- ando una serie de cuestiones que son esenciales para el futuro de estas empresas. Las actuales condiciones que impo- ne la Comisión Europea están mar- cadas por una falta absoluta de fle- xibilidad. La constitución de una empresa mixta resulta de por sí, compleja, por lo que es necesario que se revisen las condiciones administrativas previas que dificul- tan aún más, su existencia y su viabilidad. La actual propuesta presentada por la Comisión supone la desaparición de las ayudas para la constitución de sociedades mixtas, enfoque que consideramos radical y que no es coherente con una política de coo- peración al desarrollo que defiende la Unión Europea. En efecto, el análisis de la Comisión es simplista y parco para reconocer las ventajas que esta figura ha supuesto tanto en la creación de empleo en los países terceros como en el fomento de las relaciones comerciales entre la UE y estos países así como dar garantías al estratégico aprovisio- namiento de productos de la pesca en el Mercado de la Unión. No hay que olvidar que las empre- sas mixtas, ofrecen una ventaja innegable frente a los desguaces, ya que permiten preservar un bien preciado de producción, es decir el barco. Por otra parte, sirven para fomentar el empleo dado que se mantienen las tripulaciones de la nacionalidad que tenía el buque. Además, el aprovisionamiento que realizan al mercado comunitario garantiza un mayor control de cali- dad de los productos, tanto desde el punto de vista comercial como de las condiciones higiénico-sanita- rias. Y por último, estas empresas, también presentan innegables mejoras frente a los acuerdos inter- nacionales ya que representan una ayuda a la cooperación y al des- arrollo de los países terceros. En este sentido, la constitución de una sociedad mixta suele llevar apare- jada la inversión en tierra y la apor- tación de tecnología punta, lo que contribuirá a fomentar el empleo en el país tercero. Como conclusión, conviene señalar que la sociedad mixta se funda- menta siempre en un interés y un beneficio recíproco de las partes implicadas. El nacimiento de estas empresas responde a una iniciativa empresarial que se debe, a nuestro juicio, impulsar y en ningún caso frenar. ‘1, Las sociedades mixtas ante la reforma de la PCP Alberto López García-Asen jo Director general de Estructuras y Mercados Pesqueros de la Secretaría General de Pesca Marítima Un instrumento eficaz para la cooperación y el desarrollo José Puerta Prado Presidente de la Asociación de Empresas Europeas en Sociedades Mixtas (ACEMIXJ a Cooperación con los paí- ses en vías de desarrollo es una de las asignaturas pen- dientes que el primer mundo tiene con el tercer mundo y que no puede demorarse por más tiempo. Así figura en las prio- ridades de la UE. Sin embargo, en materia pesquera, es curioso observar como la Comunidad tan solo destina unos 22 millones de euros anuales de su presupuesto dedicado a la cooperación y des- arrollo, es decir, un 0,3% de la asignación presupuestaria desti- PESCA internacional [16]

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Lassociedadesmixtas seenmarcanen la PCP yen la PolíticaComunitariadeCooperaciónalDesarrollo

EL FORCi_

Empresas mixtas, una

Responsables políticos y directivos defiendenla viabiliadad de un instrumento de desarrollo

as políticas comunitariaspueden referirse a sectoresdelimitados a priori, pero suspostulados alcanzan a menu-

do un ámbito de aplicación que vamás allá de los límites estableci-dos.Este es el caso de las empresasmixtas. Las características que defi-nen a la sociedad mixta se enmar-can tanto en el ámbito de la PolíticaComún de Pesca como en el de laPolítica Comunitaria deCooperación al Desarrollo.Por esta razón, el interés comercialque inspira inicialmente la constitu-ción de toda sociedad mixta des-emboca finalmente en un beneficiotanto económico como social parael país tercero con el que se nego-cie.En el marco de la nueva políticacomún pesquera, se están plante-ando una serie de cuestiones queson esenciales para el futuro deestas empresas.Las actuales condiciones que impo-ne la Comisión Europea están mar-cadas por una falta absoluta de fle-xibilidad. La constitución de una

empresa mixta resulta de por sí,compleja, por lo que es necesarioque se revisen las condicionesadministrativas previas que dificul-tan aún más, su existencia y suviabilidad.La actual propuesta presentada porla Comisión supone la desapariciónde las ayudas para la constituciónde sociedades mixtas, enfoque queconsideramos radical y que no escoherente con una política de coo-peración al desarrollo que defiendela Unión Europea. En efecto, elanálisis de la Comisión es simplistay parco para reconocer las ventajasque esta figura ha supuesto tantoen la creación de empleo en lospaíses terceros como en el fomentode las relaciones comerciales entrela UE y estos países así como dargarantías al estratégico aprovisio-namiento de productos de la pescaen el Mercado de la Unión.No hay que olvidar que las empre-sas mixtas, ofrecen una ventajainnegable frente a los desguaces,ya que permiten preservar un bienpreciado de producción, es decir elbarco. Por otra parte, sirven para

fomentar el empleo dado que semantienen las tripulaciones de lanacionalidad que tenía el buque.Además, el aprovisionamiento querealizan al mercado comunitariogarantiza un mayor control de cali-dad de los productos, tanto desdeel punto de vista comercial comode las condiciones higiénico-sanita-rias. Y por último, estas empresas,también presentan innegablesmejoras frente a los acuerdos inter-nacionales ya que representan unaayuda a la cooperación y al des-arrollo de los países terceros. Eneste sentido, la constitución de unasociedad mixta suele llevar apare-jada la inversión en tierra y la apor-tación de tecnología punta, lo quecontribuirá a fomentar el empleo enel país tercero.Como conclusión, conviene señalarque la sociedad mixta se funda-menta siempre en un interés y unbeneficio recíproco de las partesimplicadas. El nacimiento de estasempresas responde a una iniciativaempresarial que se debe, a nuestrojuicio, impulsar y en ningún casofrenar. ‘1,

Las sociedades mixtasante la reforma de la PCP

Alberto López García-Asen jo

Director general de Estructuras y Mercados Pesquerosde la Secretaría General de Pesca Marítima

Un instrumento eficaz parala cooperación y el desarrollo

José Puerta PradoPresidente de la Asociación de Empresas Europeasen Sociedades Mixtas (ACEMIXJ

a Cooperación con los paí-ses en vías de desarrollo esuna de las asignaturas pen-dientes que el primer

mundo tiene con el tercer mundo

y que no puede demorarse pormás tiempo. Así figura en las prio-ridades de la UE. Sin embargo,en materia pesquera, es curiosoobservar como la Comunidad tan

solo destina unos 22 millones deeuros anuales de su presupuestodedicado a la cooperación y des-arrollo, es decir, un 0,3% de laasignación presupuestaria desti-

PESCA internacional [16]

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Prilassociedadesmixtas esuno de losmayoresaciertos dela políticapesquerade Españaen el senode la UE.

EL FOROArriesgansu capital ysus activosconvencidosde queinvertir enestospaíses esinvertir enel futuro delos mismos

nada a este fin. En cambio. laPolítica Común de la Pesca, cuyofin principal no es la cooperacióny desarrollo, destina cuatro vecesmás a esta política. a través delos presupuestos asignados parafinanciar los acuerdos bilateralesde pesca. En efecto, una partefinanciera de estos acuerdossuele destinarse a las infraestruc-turas pesqueras de los países ter-ceros. Estas subvenciones de laUE siempre ayudan al desarrollode las poblaciones costeras, pero,por si solas no son suficientes.Quienes verdaderamente creanriqueza y empleo son las empre-

sas que en el caso de la pesca seconstituyen bajo la forma jurídicade sociedades mixtas, en estospaíses en vías de desarrollo. Sonlas sociedades mixtas las queinvierten allí donde nadie quiereinvertir porque no hay seguridadjurídica suficiente y apenas exis-ten infraestructuras pesqueras.Arriesgan su capital y sus activos,pero van con el convencimientode que invertir en estos países esinvertir en el futuro de los mismosy esto siempre acarrea un benefi-cio mutuo para ambas partes.Pues bien, a pesar de que lassociedades mixtas están siendo el

mejor instrumento para combatirla pobreza en estos países, laComisión hace oídos sordos y noquiere saber nada de ellas.En sus propuestas sobre lareforma de la PCP. les retira lasayudas para su constitución y nolas vincula con los proyectos pes-queros que se deben hacer utili-zando los presupuestos asignadosa la política de cooperación y des-arrollo.Por ello, uno no deja de pregun-tarse. si el camino es apoyar lacooperación y el desarrollo, ¿porqué no se defiende y fortalece elpapel de las empresas mixtas?

as empresas pesquerasconjuntas fueron acogidaspor primera vez en la legis-lación de la Unión Europea

en el Reglamento n 2 3944/90 delConsejo, de 20 de Diciembre de1990. que modificó elReglamento n 2 4028/86. relativo alas acciones comunitarias para lamejora y la adaptación de lasestructuras del sector pesquero yde la acuicultura.La incorporación de las socieda-des mixtas al ordenamiento de laUnión Europea supuso el recono-cimiento como un hecho de lasnumerosas empresas pesquerasconjuntas españolas existenteshasta la fecha de la publicación dela mencionada norma, puesto queen lo referido a la naturaleza jurídi-ca de las mismas no produjo alte-ración alguna. que no fuese elcambio puro y simple de su deno-minación.Sin embargo. su reconocimiento anivel jurídico en el ordenamientocomunitario las configuró como unelemento más de las accionesestructurales para la adaptaciónde las capacidades pesqueras y apartir de tal momento la constitu-ción de tales sociedades comenzóa recibir subvenciones cofinancia-das por España y la UE.De esta evolución legislativa sedesprende que hasta hace recien-tes tiempos, la constitución deempresas mixtas se concebía

PESCA internacional

como una acción estructural de laUnión Europea orientada a la colo-cación de los excedentes de flotacomunitaria y al aprovechamientode recursos ociosos de los paísesterceros, habiéndose logrado conello una menor presión sobre losstocks comunitarios. garantizar elempleo de tripulantes europeos yun abastecimiento regular del mer-cado comunitario de productospesqueros.Sin embargo, en la actualidad.diversos acontecimientos empie-zan a dibujar un sombrío panora-ma para las sociedades mixtas depesca. En efecto. la publicacióndel Reglamento (CE) n 2 2792/1999del Consejo. de 17 de Noviembrede 1999 ha supuesto un recorte enel importe de las ayudas y unendurecimiento injustificado de lascondiciones exigidas para su per-cepción. fraccionándose los pagosy llegando a imponerse la entregade avales bancarios de larga dura-ción para garantizar el buen fin delproyecto. Además, se ha aumenta-do la edad mínima de los buques,lo que dificulta su abanderamientoen los países terceros.¿A qué se debe esta discrimina-ción? ¿A qué empresas industria-les se les exige garantizar su via-bilidad futura con avales banca-rios? ¿Quién ha decidido quemantener los buques pesquerosen actividad, los contratos demuchos de sus tripulantes en vigor

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y el abastecimiento del mercadoeuropeo asegurado por sus pro-pios conciudadanos, es peor queotorgar una ayuda mayor por elpuro y simple desguace de las uni-dades de pesca? ¿Con qué funda-mento?Las últimas noticias que nos llegandesde Bruselas no invitan precisa-mente al optimismo, puesto que seescucha que se está estudiando laeliminación de las subvenciones,lo que dicho de otro modo es equi-valente a que lo que se está estu-diando es cómo hacer desapare-cer las sociedades mixtas, que yatienen bastante con afrontar losproblemas que se derivan de suconcepción como sociedades sinvínculo alguno con la U.E., debien-do enfrentarse a que sus buquessean tratados desde Bruselascomo ciudadanos de segunda enmateria sanitaria y arancelaria.El diseño y puesta en funciona-miento de las sociedades mixtasha sido uno de los mayores acier-tos de la política pesquera deEspaña en el seno de la UniónEuropea. Cuando hoy parecensoplar vientos contrarios, anima-mos a nuestra Administración paraproseguir en la misma línea quehasta ahora y que no ceje en lasolitaria lucha que mantiene en elfomento de las sociedades mixtas,para lo que siempre contará connuestra colaboración más desinte-resada.

Aciertos de la políticapesquera españolaAmador Suárez VillaPresidente de la Federación Española deArmadores de Buques de Pesca