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El Razonamiento Judicial Olsen A. Ghirardi ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA

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El

Razonamiento

Judicial

Olsen A. Ghirardi

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA

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Oisen A. Ghirardi

Razonamiento

judicial

rátACADEMIA DE LA MAGISTRATURA

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ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA

Av. Gregorio Escobedo 426Jesús María, Lima 11, PerúTeléfonos: (51-1) 261-2104 / 261-1977 / 261-2016Fax: (51-1) 463-1111 / 463-6499Email: [email protected], Perú, junio de 1997

Diagramación y cuidado de edición:Cecilia Heraud PérezDiseño de carátula: Gerhard Gremmelspacher

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P RES ENTAC I ÓN

Uno de los principios fundamentales de la función jurisdiccional consa-grado por nuestra Constitución, es la motivación escrita de las resolucionesjudiciales, con la obligación expresa de hacer mención a la ley aplicable y alos fundamentos de hecho en que se sustenta. Con ello se busca garantizarque el juzgador, al momento de resolver un conflicto, lo haga conforme aDerecho y no en base a la arbitrariedad.

Asimismo, haciéndose explícitos el razonamiento y los fundamentos con-siderados para emitir una determinada decisión, se permite a los abogados ya los justiciables ejercer un derecho que constituye otro principio básico de laadministración de justicia dentro de un Estado Democrático de Derecho, estoes, realizar el análisis y la crítica de las sentencias y resoluciones judiciales.

No en vano buena parte de la legitimidad social y del grado de prestigio(o de desprestigio) que corresponda al sistema judicial de un país, dependede la actuación de sus jueces y fiscales, que se exterioriza -primordialmente-en el contenido de sus resoluciones y en la motivación de las mismas. Siendoun rasgo particular del Derecho que la resolución de un conflicto o proble-ma jurídico puede muchas veces admitir más de una solución o respuesta«correcta», la exigencia de motivación de las resoluciones judiciales se con-vierte en un requisito crucial e imprescindible, en la medida que es la únicaforma de conocer y evaluar el itinerario del razonamiento seguido por quienadopta la decisión, así como los fundamentos en que pretende apoyar suargumentación. Sólo ello nos permitirá compartir o disentir de tales argu-mentos y brindar aprobación o expresar cuestionamiento frente a la resolu-ción sometida a análisis.

Lamentablemente, a pesar del claro mandato constitucional y de la impor-tancia de esta exigencia en el grado de aceptación social de las sentencias, lainsuficiente o deficiente motivación de las resoluciones es una de las carenciasmás acusadas y unánimemente reconocidas en nuestro sistema judicial. Seaque esta carencia provenga de la falta de preparación de los magistrados en este

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campo, de la sobrecarga de trabajo, o de la voluntad de encubrir una decisiónarbitraria o inadecuada, lo cierto es que esta situación poco contribuye a afianzarel rol medular que corresponde al magistrado en el desarrollo y mejoramientodel servicio de administración de justicia. Adicionalmente, tal limitación im-pide que la jurisprudencia se convierta en un factor esencial de guía para lainterpretación y aplicación de las normas, atentando contra la previsibilidad yseguridad que requiere todo ordenamiento jurídico.

De allí que la Academia de la Magistratura, tanto en los cursos que sevienen ejecutando en su Programa de Actualización y Perfeccionamiento comoen el Programa de Formación de Aspirantes que próximamente pondrá enmarcha, confiere especial atención e importancia al tema del RAZONA-MIENTO JUDICIAL, pues éste tiene gravitante incidencia en la motiva-ción de las resoluciones y en el desarrollo de la jurisprudencia nacional.

Es dentro de esta pretensión que se enmarca la publicación por la Acade-mia de la obra «EL RAZONAMIENTO JUDICIAL», del destacado profe-sor argentino doctor OLSEN A. GHIRARDI quien, con encomiable gene-rosidad y alto espíritu de colaboración hacia la tarea que desarrolla nuestrainstitución, autorizó la edición del libro en el Perú.

Consideramos oportuno puntualizar algunos aspectos sobre los concep-tos, los alcances y el contenido propios de la obra. Señala el profesor Ghirardique el tema del razonamiento judicial puede ser considerado, cuando me-nos, desde dos puntos de vista: a) haciendo hincapié en el aspecto sustancialpor el que el juez trata de determinar o fijar las premisas para justificar sudecisión final o conclusión; b) poniendo el acento sobre el aspecto exclusiva-mente formal, esto es, examinando su corrección lógica. Como manifiestaexplícitamente el autor, este libro se inscribe dentro de la segunda opción.

Seguidamente, planteando la diferencia entre lo verdadero y lo correcto,Ghirardi sostiene que «a la lógica le interesa lo correcto. A ella incumbe laformulación de los preceptos para razonar correctamente. Con ello no que-remos decir que se desderie lo verdadero, pues -naturalmente- si partimos depremisas «verdaderas», y razonamos, además, correctamente, ello será unagarantía para permanecer en la verdad».

Encontramos de particular interés los aportes del profesor Ghirardi enrelación al significado y alcances de la motivación de resoluciones judiciales.Sostiene que este concepto «en un primer momento, nos parece que se refie-re más bien a la causa motivante (eficiente) o a la causa final, es decir, a la

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razón por la cual el juez se decide por una tal solución. Pero el motivo es,antes que nada, la razón del acto, el conjunto de consideraciones racionalesque lo justifica. El motivo es siempre la razón determinante que hace que larazón volente se incline por una decisión. En este sentido, rambién y siem-pre, es sinónimo de causa».

Y luego agrega que «esta decisión ha sido lograda racionalmente, luego deuna deliberación (deliberación consigo mismo, en el caso del juez, luego deescuchar a las partes) y su espíritu le mueve a producir una resolución. Poreso, se distingue el móvil del motivo. El primero es subjetivo y está cargadode emociones y deseos; el segundo, es adecuadamente racional y sólo se insi-núa cuando ha habido deliberación, reflexión que no sólo explica sino quejustifica la resolución ordenada. De allí que el juicio pronunciado sea siem-pre un acto de la razón volente y no un fruto de la arbitrariedad». Todo ellose completa con sus aportes en cuanto al significado y alcances del controlde logicidad, entendiendo por éste «a la verificación que se realiza para co-nocer si un razonamiento es lógicamente correcto».

Conviene resaltar que el libro contiene un apéndice donde se recogennumerosos casos judiciales, especialmente seleccionados por el autor, dondese pueden analizar y aplicar prácticamente los diversos conceptos y criteriosexpuestos a lo largo de la obra.

Por todas estas consideraciones, la Academia de la Magistratura además dereiterar su profundo reconocimiento al profesor Olsen Ghirardi- desea expresar-le especial gratitud por el privilegio que nos concede al permitir que su impor-tante obra sea puesta a disposición, por nuestro intermedio, de los magistra-dos y de la comunidad jurídica de nuestro país. Estamos seguros de que losconceptos y las enserianzas prácticas plasmadas en el libro de este distinguidoprofesor argentino, serán de gran valor y utilidad para quienes tienen en susmanos la delicada, trascendental e insustituible tarea de administrar justicia.

Lima, junio de 1997

FRANCISCO J. EGUIGUREN P.Director General

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PREFACIO

Durante el mes de diciembre de 1996 la Academia de la Magistratura de laRepública del Perú desarrolló el I Curso-Taller para Magistrados. Dicho cur-so incluyó un tema realmente importante acerca del Razonamiento Judicial,que me contó como disertante, gracias a la gentileza del Director de la Aca-demia, Dr. Francisco Eguiguren Praeli.

Demás está decir que la organización fue tan magnífica como el entusias-mo y el nivel con que se condujeron los magistrados participantes. Ese con-tacto, por otra parte, me enriqueció enormemente, ya que las preguntas quese me formularon me obligaron a pensar y repensar temas fundamentales y apasar revista a aspectos que habían permanecido en la penumbra.

En las conversaciones que mantuve con posterioridad con el Dr. Francis-co Eguiguren Praeli, durante las cuales analizamos críticamente el desarrolloy las alternativas del curso, me propuso editar una obra sobre el razonamien-to judicial.

Y éste es el resultado. Pienso que el punto de partida de toda indagaciónrespecto de los problemas tratados, supone, en primer lugar, una teoría delderecho, cualquiera sea el método que se emplee. Bien se ha dicho que nohay métodos inocentes. Por eso, es menester estar bien consciente de ello.Además, implica una teoría del proceso judicial y una teoría acerca del razo-namiento judicial. Ello no significa que, necesariamente, haya que funda-mentar dichos aspectos, extremo que podría, no obstante, ser materia opinable,pero cuya proyección conduciría a extensas elucubraciones que harían apa-recer como poco importantes los puntos que se quieren poner de relieve.

En todo caso, lo que se Ileva dicho no tiene otro propósito que reafirmar elhecho de que, todo ensayo acerca del razonamiento judicial, necesita de unmarco teórico sobre el que asentar las bases para exponer el tema. Es el punto

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de vista imprescindible desde el que hacemos uso de la reflexión para llegar a lamédula de los problemas fundamentales .

No quiero concluir estas líneas sin manifestar que es un inmenso honor elque me hace la Academia de la Magistratura de la hermana República delPerú. Espero que la iniciativa arroje los frutos que su Director espera de ella.

Córdoba, República ArgentinaFebrero de 1997

OLSEN A. GHIRARD1

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ÍNDICE

Presentación………………………………………............................. 7 Prefacio………………………………………………………………… 11

CAPÍTULO PRIMERO

Introducción………………………………………………………… 13 1.- Los dos aspectos del razonamiento judicial……………….. 15 2.- La necesidad y las dificultades del control de logicidad…… 16 3.- La posibilidad de la silogística aristotélica para explicar el razonamiento judicial…………………………………………….. 19

CAPÍTULO SEGUNDO

Lógica, dialógica y razonamiento judicial…………………….. 29 1.- La base lógica del proceso. Sus raíces grecorromanas……….. 31 2.- Teoría de la dialéctica………………………………………………. 37 3. La actualidad del diálogo. La dialógica………………………… 46

CAPÍTULO TERCERO

La argumentación………………………………………………….. 51 1.- El redescubrimiento de la tópica………………………………… 53 2.- La retórica………………………………………………………….. 57

a. La retórica antigua…………………………………………… 57 b. La nueva retórica. Perelman………………………………… 60

3. Teoría de la argumentación…………………………………….. 62 a. La lógica y la argumentación………………………………. 66 b. El lenguaje y la argumentación…………………………… 68 c. Tipos de argumentos………………………………………. 68 d. La argumentación, hoy…………………………………….. 72

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CAPÍTULO CUARTO

El razonamiento práctico-prudencial……………………………….. 77 1.- Diagnóstico jurídico y sentencia judicial………………………………. 79 2.- Teoría del razonamiento práctico-prudencial………………………… 82 3.- Análisis de una sentencia……………………………………………. 86

a. El caso judicial…………………………………………………… 86 b. Análisis……………………………………………………………. 92

CAPÍTULO QUINTO

El control de logicidad……………………………………………………... 97 1. La motivación de las resoluciones judiciales……………………… 99 2. Teoría del razonamiento correcto………………………………….. 105

a. El control de logicidad……………………………………………… 106 b. El origen del control de logicidad en la jurisprudencia cordobesa 109 c. El control de logicidad en las premisas…………………………. 121

CAPITULO SEXTO

Los errores <<in cogitando>>…………………………………………………. 127 1. Falta de motivación…………………………………………………. 129 2. Defectuosa motivación……………………………………………. 131

a. Motivación aparente……………………………………………. 131 b. Motivación insuficiente…………………………………………... 134 c. Motivación defectuosa en sentido estricto……………………. 136

3. Conclusiones generales…………………………………………….. 140 Principio de verificabilidad…………………………………………. 140 Principio de la racionalidad……………………………………….. 141

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APÉNDICE

Nómina de casos

Caso N° 1 “FUNES, Felipe Benicio - p.s.a. de homicidio- Casasión”……………………………………………… 149

Caso N° 2 “VERA, Luis Argentino - p.s. coautor de homicidio culposo, etc. – Casación”………………………… 151

Caso N°3 “CORDOBA, Miguel Angel – violación”……………………. 154 Caso N°4 “PEÑALOZA, Miguel Alberto”……………………………....... 161 Caso N°5 "PEREYRA, Juan Carlos – homicidio”……………………... 162 Caso N°6 “FERAUD, Raúl Arturo”………………………………………. 168 Caso N°7 “PERNAS AUTOMOTORES SRL c.

VAQUIS, Walter O. - Recurso de Revisión”…………………… 179 Caso N°8 “SIXTO, Carlota Elda c. Enrique CUELLO

y otra – Casación”…………………………………………………. 189 Caso N° 9 “TORRES, Rogelio c. FIAT SA. - Casación»……………. 190 Caso N° 10 “VACA, Hugo c. UNION CARBIDE

ARGENTINA SAIC . Casación”………………………………… 190 Caso N° 11 “GONZALES, Manuel Ricardo c.

METALURGICA SAN MARTIN – Casación……………………. 190 Caso N° 12 “DIAZ. Edi Félix c. RENAULT

ARGENTINA SA – Casación”…………………………………… 191 Caso N° 13 “BRACCO, Andrés c.

MARTINOTTI, Daniel - Recurso de Revisión”………… 191 Caso N° 14 “MANZANELLI de BOSIO, María Luisa c.

SEVEL ARGENTINA SA. –Casación”………………….. 216 Caso N° 15 “CASTRO, Juan Guillermo c.

Calixto Miguel DEL CORRO ANIDO- Casación”……… 217 Caso N° 16 “DIAZ, Eduardo Alfonso c.

FIAT MARTERFER SA. – Casación”…………………… 217 Caso N° 17 “MANSILLA, Alfredo Ignacio c.

Domingo GONZALEZ – Casación”……………………… 218 Caso N° 18 “DITTA, Antonio c.

FIAT CONCORD SA – Casación”………………………… 218 Caso N° 19 “BRIZUELA de CAVAGNA, Ana María c.

MINERVI CONSTRUCCIONES y otra- Casación”……..... 219 Caso N° 20 “FLORES, Guillermo Abelardo -

p.s.a. de homicidio simple - Recurso de Casación”…….... 220 Caso N° 21 “RODAS, Bartolomé Ramón c.

SEVEL ARGENTINA – Casación”………………………….. 228 Caso N° 22 “CONSORCIO MARTIN FIERRO c.

ZANOTTI E INGARAMO EMP. CONST. - Rescisión de contrato - Daños y perjuicios Recurso de revisión”………… 228

Caso N°23 “MADE S.A. y otro c. María Rosa LEIVA

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de DIAZ y otros - Desalojo - Recurso de Revisión”………… 242 Caso N°24 “PONCE LAFORGUE, Andrés c.

Agnes Edith O' DWYER de PONCE LAFORGUE - Escrituración - Recurso de Revisión”………………………… 247

Caso N° 25 “GROSSO, Jorge Francisco c. Ladislao Mario DEVENYI - Cumplimiento de contrato - Daños y perjuicios - Recurso de Revisión”…………………………………………. 273

Caso N° 26 “MITRANO, Pablo Ugolindo c. Salvador MARGARA y otro - Ordinario - Recurso de Revisión”. 282

Caso N° 27 “CISNEROS c. EPEC - Ordinario- Recurso Directo”... 289 Caso N° 28 “VERDU c. HOLOWATU. Ejec - R. Directo”………….. 289 Caso N° 29 “FARINONE, Ernesto”……………………………………… 290 Caso N° 30 “CASA ALVAREZ SRL c.

Julio LOPEZ y otros- Ordinario - Recurso de Revisión”………… 290