EL SEGURO DE COPROPIEDADES AREAS COMUNES CASOS PRACTICOS Por Edgar Alvaro Gómez.

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EL SEGURO DE COPROPIEDADES AREAS COMUNES CASOS PRACTICOS Por Edgar Alvaro Gómez

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EL SEGURO DE COPROPIEDADES AREAS COMUNES

CASOS PRACTICOS

Por Edgar Alvaro Gómez

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EDGAR ALVARO GÓMEZ

Profesional en seguros Experiencia en importantes compañías de seguros

colombianas como Colseguros, Colpatria, Seguros del Estado, etc.

Fui Administrador de cuentas en corredores como Delima y Alar.

He sido inspector de riesgos, responsable del departamento de licitaciones y el área de fianzas, asistente de subgerencia técnica, auditor técnico, instructor en seguros; asistente de vicepresidencia técnica.

Asesor en seguros

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TEORIA DE CONCEPCIÓN DEL SEGURO POR PARTE DE LA ADMINISTRACIÓN

- Presupuesto de gastos para el año que comienza. - Póliza anterior. - Valor tenido en cuenta para seguros en el año

anterior

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SEGURO DE LA COPROPIEDAD

¿CÓMO DEBERIA INICIARSE UN CALCULO?

A. Si no se tiene avalúo reciente de la edificación:

• Ver metraje en el reglamento de copropiedad• Agregarle altura • Agregarle un 30% por cimentación• Considerar costo promedio de apartamento

B. Contratar avaluador idóneo para establecer el valor

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INCONVENIENCIAS DE MALA VALORACION FRENTE AL SEGURO DE INCENDIO Y

TERREMOTO

• INFRASEGURO – Valor del edificio HOY – fecha del siniestro – Valor asegurablevs. – Valor que figura en la póliza – Valor asegurado

• SUPRASEGURO – Valor de cada apartamento frente al seguro de Áreas

Comunes

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APLICACIÓN DEL INFRASEGURO

Si las áreas comunes están mal valoradas frente al seguro,

entonces:Valor asegurado $ 2.000.000.000

Aplicación de la fórmula: => = 50 %

Valor asegurable $ 4.000.000.000

LEY 675 / 2001 CAPITULO XI. DEL ADMINISTRADOR DEL EDIFICIO O CONJUNTO. ARTÍCULO 50. NATURALEZA DEL ADMINISTRADOR.

Los administradores responderán por los perjuicios que por dolo, culpa leve o grave, ocasionen a la persona jurídica, a los propietarios o a terceros

DOLO: voluntad consciente y no coaccionada de ejecutar u omitir un hecho lesivo o peligroso para un interés legitimo de otro, del cual no se tiene la facultad de disposición conociendo o no, que tal hecho esta reprimido por la ley.

CULPA: omisión de diligencia en calcular las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho

CULPA LEVE: Descuido leve, descuido ligero, es la falta de aquella diligencia y cuidado que los hombres emplean ordinariamente en sus negocios propios.

CULPA GRAVE: Negligencia grave, culpa lata (incumplimiento de extrema gravedad), es la que consiste en no manejar los negocios ajenos con aquel cuidado que aun las personas negligentes o de poca prudencia suelen emplear en sus negocios propios.

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DEDUCIBLES

Tres tipos de deducible1. Incendio y anexos Incendio y / o rayo; explosión (diferente a actos mal

intencionados); daños por agua (agua proveniente del interior de la edificación);   Anegación (agua proveniente del exterior); vientos fuertes (velocidad superior a los 50 k/h); impacto de vehículos; granizo (rotura por … o por peso del …)

-0- ; 5% mínimo 1 smmlv; 10% mínimo 1 smmlv

2. Riesgos políticos – Huelgas, Motines; Actos Mal Intencionados 10 % mínimo 3, o 5, o 10 smmlv; 2%o del valor asegurable

1. Terremoto (catastrófico)3% del valor asegurable, mínimo …

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QUE SUCEDE CON EL DEDUCIBLE EN TERREMOTO

3% del valor asegurable,

Valor asegurable $ 1.000.000.0003% = $ 30.000.000

Valor asegurable $ 4.000.000.0003% = $ 120.000.000

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CLAUSULAS DE POLIZA

La letra menuda del contrato de seguros:Clausulas adicionales incluidas en la póliza – no hacen parte de su clausulado

general

Clausulas de garantía (art. 1061 del Co de Co) Se entenderá por garantía la promesa en virtud de la cual el asegurado se obliga

a hacer o no determinada cosa, o a cumplir determinada exigencia, o mediante la cual afirma o niega la existencia de determinada situación de hecho.

La garantía deberá constar en la póliza o en los documentos accesorios a ella. Podrá expresarse en cualquier forma que indique la intención inequívoca de otorgarla.

La garantía, sea o no sustancial respecto del riesgo, deberá cumplirse estrictamente. En caso contrario, el contrato será anulable.

Existencia de un contrato de mantenimiento Tener hoja de vida por máquina Mantenimiento de cubiertas, canales y bajantes Existencia de extintores debidamente cargados y vigentes La existencia en la contratación de firma de vigilancia

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COBERTURA DE MAQUINARIA

Debe asegurarse por el valor a HOY, incluyendo la totalidad de los elementos que la componen, como instalaciones eléctricas e hidráulicas, tableros de control, tanques hidroneumáticos, obras civiles si las hay.

Que se tiene en cuenta para el pago de indemnización de la maquinaria:

- Antigüedad del edificio (es de suponerse que el equipo se instaló desde su construcción)

- Mantenimiento (cada cuanto se hace - que se hace)

(1) deberán existir registros (2) existencia de facturas

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COBERTURA DE MAQUINARIA

¿Cómo se hace un ajuste de pérdida de maquinaria?

Valor a HOY frente a valor asegurado (infraseguro)

Demérito por uso (intensidad del trabajo)

Vetustez (antigüedad del equipo)

Avance tecnológico

Deducible

MAL ASEGURADO ADECUADAMENTE ASEGURADOValor a HOY frente a valor asegurado (infraseguro) 72%

Motobomba 1.800.000 2.500.000

Demérito por uso (intensidad del trabajo) 10% (a) 250.000 250.000

Vetustez (antigüedad del equipo) 20% (b) 500.000 500.000

Avance tecnológico 10% (c) 250.000 250.000

Deducible 10% Vr. Pérdida mínimo 1 smmlv 515.000 2.010 515.000

Valor a indemnizar (2.500.000 x 0.72 = 1.296.000 – (a+b+c) ) valor por debajo del deducible (2.500.000 – (a+b+c ) ) = $ 985.000

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COMO RECLAMAR A UNA ASEGURADORA

- Si es por asistencia:(vidrios fachadas, electricidad, plomería

cerrajería), llamar a la asistencia de la aseguradora

- Si es por otro evento:

No llame a la aseguradora

Llame a su asesor de seguros,

Establezcan con él, como se va a reclamar y también el valor de la pérdida

Conseguir la documentación necesaria para sustentar la pérdida

Enviar documentos a la aseguradora

Esperar máximo 30 días para el pago de la indemnización.

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Gracias