Elecciones peru 5-10-14
-
Upload
direccion-nacional-electoral-de-argentina -
Category
Documents
-
view
682 -
download
8
description
Transcript of Elecciones peru 5-10-14
INFORMACIÓN ELECTORAL
Elecciones Regionales y MunicipalesRepública del Perú5 de Octubre de 2014
AUTORIDADES
Presidenta de la NaciónCristina Fernández de Kirchner
Ministro del Interior y TransporteFlorencio Randazzo
Secretario de Asuntos PolíticosEduardo Di Rocco
Director Nacional ElectoralAlejandro Tullio
Subdirector Nacional ElectoralEsteban Di Sibio
Directora de Información y Capacitación ElectoralMaría Florencia Alvarez Travieso
Equipo InfoDINEMaximiliano Daniel Melo
Emmanuel Miranda
Federico Prestia
1
REPÚBLICA DEL PERÚ
SISTEMA DE GOBIERNO: Presidencial
PRESIDENTE: Ollanta Humala Tasso
Forma de elección: Voto directo
Mandato: 5 años
PRÓXIMAS ELECCIONES:Qué se elige:25 Presidentes Regionales
25 Vicepresidentes Regionales
274 Consejeros Regionales
195 Alcaldes Provinciales
1.647 Alcaldes Distritales
10.526 Regidores
Día y horario de Elecciones:5 de Octubre de 2014
8 a 16 hs.
Campaña Electoral: La campaña electoral inició el lunes 14 de julio de 2014, y tendrá vigencia hasta las
23:59 hs del día miércoles 08 de octubre del 2014.
ELECTORES HÁBILES Y TASAS DE PARTICIPACIÓN ELECTORAL:Electores: 21.301.905
Participación Electoral: 59,01% (Regionales y Municipales 2010).
ORGANISMOS ELECTORALES:
Oficina Nacional de Procesos Electorales
Jefe de ONPE: Dr. Mariano Cucho Espinoza
Sitio Oficial: http://www.web.onpe.gob.pe/
• Es el responsable de organizar todos los procesos electorales, de referéndum y los de otros tipos de
consulta popular, incluido su presupuesto, así como la elaboración y el diseño de la cédula de sufragio.
• Le corresponde la entrega de actas y demás material necesario para los escrutinios y la difusión
de sus resultados.
• Brinda información permanente sobre el cómputo.
2
Jurado Nacional de Elecciones
Presidente del Jurado: Dr. Francisco Távara Córdova
Sitio Oficial: http://www.jne.gob.pe/
• Es el responsable de fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los procesos
electorales, del referéndum y de otras consultas populares, así como también la elaboración de
los padrones electorales.
• Mantener y custodiar el registro de organizaciones políticas.
• Administrar justicia en materia electoral.
• Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular
y expedir las credenciales correspondientes.
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Jefe del Registro: Dr. Jorge Luis Yrivarren Lazo
Sitio Oficial: http://www.reniec.gob.pe/
• Es el encargado de preparar y mantener actualizado el padrón electoral.
• Proporcionar al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la infor-
mación necesaria para el cumplimiento de sus funciones.
• Mantener el registro de identificación de los ciudadanos y emitir los documentos que acreditan su identidad.
ELECCIÓN REGIONAL:Presidente y Vicepresidente Regional:Según el artículo 5 de la Ley N° 27.683 de Elecciones Regionales: “ El Presidente y Vicepresidente del
gobierno regional son elegidos conjuntamente por sufragio directo para un período de cuatro (4) años.Para ser elegidos se requiere que la formula respectiva obtenga no menos del treinta por ciento (30%) delos votos válidos.
Si ninguna fórmula supera el porcentaje antes señalado, se procede a una segunda elección dentro
de los treinta (30) días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales, en todas las cir-
cunscripciones que así lo requieran, en la cual participan las fórmulas que alcanzaron las dos más
altas votaciones. En esta segunda elección, se proclama electa la fórmula de presidente y vicepresidente
que obtenga la mayoría simple de votos válidos”.
Consejeros Regionales:El artículo 6 de la Ley N° 27.683 de Elecciones Regionales determina el número de miembros del Consejo
Regional, el cual se compone por un mínimo de siete (7) y un máximo de veinticinco (25) consejeros.
3
El artículo 8 de la Ley N° 27.683 establece: “Los miembros del Consejo Regional son elegidos por sufra-
gio directo para un período de cuatro (4) años, en un proceso electoral que se realiza en forma conjunta
con el proceso de elección de presidentes y vicepresidentes regionales.
La elección se sujeta a las siguientes reglas:
1. Para la elección de los consejeros regionales, cada provincia constituye un distrito electoral.
2. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) señala el número total de consejeros, asignando a
cada provincia al menos un consejero y distribuyendo los demás de acuerdo con un criterio de
población electoral.
3. En cada provincia se proclama consejero electo al candidato con la mayor votación.
En la provincia en que se elija dos (2) o más consejeros, se aplica la regla de la cifra repartidora, según el
orden de candidatos establecidos por los partidos políticos y movimientos políticos.
4. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aprueba las directivas necesarias para la adecuada
aplicación de lo dispuesto en el presente artículo”.
Requisitos para ser candidato a nivel Regional:La Ley N° 27.683 estipula en su artículo 13: “Para ser candidato a cualesquiera de los cargos de autoridad
regional se requiere:
1. Ser peruano. En las circunscripciones de frontera, ser peruano de nacimiento.
2. Acreditar residencia efectiva en la circunscripción en la que se postula y en la fecha de postulación,
con un mínimo de tres años (3) años; y estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil (Reniec) con domicilio en la circunscripción para la que postula.
3. Ser mayor de edad. Para Presidente y Vicepresidente ser mayor de 25 años;
4. Ser ciudadano en ejercicio y gozar del derecho de sufragio”.
ELECCIÓN MUNICIPAL:El artículo 194 de la Constitución Política marca que: “(...) [l]os alcaldes y regidores son elegidos por sufragio
directo, por un período de cuatro (4) años. Pueden ser reelegidos. Su mandato es revocable, conforme a
ley, e irrenunciable, con excepción de los casos previstos en la Constitución”.
En su artículo 6, la Ley N° 26.864 de Elecciones Municipales determina: “Para ser elegido Alcalde o
Regidor se requiere:
1. Ser ciudadano en ejercicio y tener Documento Nacional de Identidad.
2. Domiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, cuando menos dos años continuos. En caso
de domicilio múltiple rigen las disposiciones del Artículo 35 del Código Civil.
El artículo 7 de dicha Ley, establece que “[l]os extranjeros mayores de 18 años, residentes por más de
dos años continuos previos a la elección, están facultados para elegir y ser elegidos, excepto en las
municipalidades de frontera, siempre y cuando estén debidamente inscritos en el registro correspondiente.
Para ejercer este derecho, el extranjero se identifica con su respectivo carné de extranjería”.
4
DERECHO DE PARTICIPACIÓN: El artículo 30 de la Constitución Política, establece que: ”Son ciudadanos los peruanos mayores dedieciocho años. Para el ejercicio de la ciudadanía se requiere la inscripción electoral”.
CUOTAS PARA INSCRIPCIÓN DE LISTAS DE CANDIDATOS: El artículo 12 de la Ley N° 27.863 (Elecciones Regionales), al igual que el artículo 10 de la Ley N° 26.864
(Elecciones Municipales) y la posterior Resolución N° 270-2014 del JNE establecen los porcentajes mínimos
de candidatos titulares a postularse en una lista. A saber:
• Treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres.
• Veinte por ciento (20%) de ciudadanos jóvenes, menores de veintinueve (29) años de edad.
•Quince por ciento (15%) de representantes de comunidades nativas y pueblos originarios en cada región
donde existen.
ACCESIBILIDAD ELECTORAL: De acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Constitución, ésta le otorga protección al discapacitado.
En tanto, el artículo 263 de la Ley N° 26.859 (Ley Orgánica de Elecciones) marca: “Las personas con
discapacidad, a su solicitud, pueden ser acompañadas a la cámara secreta por una persona de su con-
fianza y, de ser posible, se les proporcione una cédula especial que les permita emitir su voto.
La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) implementa las medidas y emite las disposiciones
que resulten necesarias para facilitar que las personas con discapacidad emitan su voto en condiciones
de accesibilidad y de equidad”.
El Coordinador Electoral es el encargado de orientar a los invidentes en el uso de su cédula especial
para votación, de contar con ésta.
El artículo 8 de la Resolución Jefatural N° 224-2006 determina las funciones del Coordinador de Local
de Votación. Entre ellas:
“(...) d. Exonerar a las mujeres en evidente estado de gestación, a los adultos mayores y a los ciudadanos
con discapacidad de la obligación de formar colas.
El artículo 31 de la Constitución Política dispone: “Los ciudadanos tienen derecho a participar en
los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autori-
dades y demanda de rendición de cuentas. Tienen también el derecho de ser elegidos y de elegir
libremente a sus representantes, de acuerdo con las condiciones y procedimientos determinados
por ley orgánica.
Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción.
La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación.
Tienen derecho al voto los ciudadanos en goce de su capacidad civil. Para el ejercicio de este
derecho se requiere estar inscrito en el registro correspondiente.
El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta años. Es facultativo después de
esa edad”.
5
(...) g. Ubicar las mesas de sufragio en los lugares accesibles, conforme a la información proporcionada
previamente por el coordinador distrital.
h. Instalar el Módulo Temporal de Votación en el primer piso del centro de votación a su cargo”.
DERECHO DE EXTRANJEROS: El voto de extranjeros esta reglamentado por la Ley N° 26.864 de Elecciones Municipales, en su artículo
7, el cual estipula: “Los extranjeros mayores de 18 años, residentes por más de dos años continuos
previos a la elección, están facultados para elegir y ser elegidos, excepto en las municipalidades
de frontera, siempre y cuando estén debidamente inscritos en el registro correspondiente. Para ejercer
este derecho, el extranjero se identifica con su respectivo carné de extranjería”.
24 son los electores extranjeros habilitados en Perú para las Elecciones del 5 de Octubre.
VOTO ELECTRÓNICO: En 7 distritos se utilizará el voto electrónico:
Pucusana, Santa María del Mar, Punta Negra, Punta Hermosa (distritos de Lima), Pacarán (Cañete) y La
Punta (Callao).
¿Qué tipos de VOTO ELECTRÓNICO existen?• VOTO ELECTRÓNICO PRESENCIAL
Sistema de votación electrónica que utiliza componentes de hardware y software, que permiten automatizar
los procesos de la jornada electoral en ambientes y sistemas administrados por la ONPE.
• VOTO ELECTRÓNICO NO PRESENCIAL
Sistema de votación electrónica que utiliza un software administrado por la ONPE que permite al elector
sufragar haciendo uso del internet, con altas previsiones de seguridad.
¿Cómo realizar el VOTO ELECTRÓNICO?• Presenta tu DNI al presidente de mesa, quien comprobará tu identidad.
• Recibe del presidente de mesa, la tarjeta de activación de la cabina de votación electrónica.
• Dirígete a la cabina de votación electrónica, actívala con la tarjeta y emite tu voto.
• En la cédula de votación electrónica que aparece en la pantalla presiona la opción de tu preferencia.
• Se imprimirá una constancia de voto en forma automática, retírala con la tarjeta de activación.
• Deposita la constancia de voto al ánfora, devuelve la tarjeta de activación y recibe tu DNI con el holo-
grama.
ESCRUTINIO ELECTRÓNICO: El Escrutinio Electrónico se utilizará en 36 distritos.
¿Qué es el ESCRUTINIO ELECTRÓNICO?Consiste en registrar los resultados, imprimir las actas de escrutinio y transmitir automáticamente los re-
sultados electorales a la sede central de la ONPE con el apoyo de sistemas y equipos informáticos.
En la votación convencional, una vez contabilizados los votos se traslada los resultados consignados en
la hoja borrador al Acta de Escrutinio. Es a partir de este punto donde se ha realizado innovaciones al
escrutinio.
Fuente: http://www.web.onpe.gob.pe/home/voto-electronico
6
Con el Sistema de Escrutinio Automatizado los resultados electorales no se trasladarán directamente de
la hoja borrador a las actas de escrutinio mediante un manuscrito, sino se digitarán en una aplicación in-
formática por los miembros de mesa.
Una vez registrado los resultados, se imprimirá la cantidad de actas de escrutinio que sea necesaria.
Los resultados electorales con el SEA se transmiten automáticamente a la sede central.
La ONPE está implementando el SEA con el fin de acelerar el proceso de consolidación y divulgación
pública de los resultados electorales. El SEA permite simplificar el proceso de emisión del Acta de Es-
crutinio con apoyo de sistemas y equipos informáticos.
¿Cómo se realiza el ESCRUTINIO ELECTRÓNICO?• El miembro de mesa ingresará al sistema.
• El miembro de mesa registrará la hora de instalación, sufragio y el total de ciudadanos que votaron,
consignados en el acta de sufragio.
• El miembro de mesa realizará la digitación.
• El miembro de mesa confirmará los datos e imprimirá el acta de escrutinio y cartel de resultados.
CONSTITUCIÓN POLÍTICAhttp://www.web.onpe.gob.pe/modCompendio/html/constitucion_peruana_menu.html
LEY 26.859 ORGÁNICA DE ELECCIONEShttp://www.web.onpe.gob.pe/modCompendio/html/ley_organica_menu.html
LEY 27.683 DE ELECCIONES REGIONALEShttp://www.web.onpe.gob.pe/modCompendio/html/procesos_electorales/ley_elecciones_regionales.html
LEY 26.864 DE ELECCIONES MUNICIPALEShttp://www.web.onpe.gob.pe/modCompendio/html/procesos_electorales/ley_elecciones_municipales.html
EMBAJADA ARGENTINA:Embajador Argentino: Darío Pedro Alessandro
AV. Las Flores 326 / San Isidro, Lima 27, Perú
Días y Horarios: Lunes a viernes de 9.00 a 17.30 hs.
Email: [email protected]
Web: http://eperu.cancilleria.gov.ar/
Tel: (0051-1) 441-4444 / 3065 / 3257 / 3241 / 3149
Fax: (0051-1) 422-4304
Fuente: http://www.web.onpe.gob.pe/home/escrutinio-electronico
7
PRINCIPALES MEDIOS DE COMUNICACIÓN:Televisión:
Diarios y portales de noticias:
PRINCIPALES PARTIDOS NACIONALES:
• TV Perú http://www.tvperu.gob.pe/
• América Noticias http://www.americatv.com.pe/
• ATV http://www.atv.tuteve.tv/
• El Peruano http://www.elperuano.com.pe/
• RPP http://www.rpp.com.pe/
• Agencia Peruana de Noticias http://www.andina.com.pe/
• La República http://www.larepublica.pe/
• La Razón http://www.larazon.pe/
• Perú 21 http://www.peru21.pe/
Partido Democrático Somos Perú Partido Humanista Peruano
Partido Acción Popular Alianza para el Progreso Partido Aprista Peruano
Partido Popular Cristiano
Partido Perú Posible Partido Restauración Nacional Partido Siempre Unidos
Partido Solidaridad Nacional Partido Unión por el Perú Partido Fuerza Popular
Partido Todos por el Perú Partido Nacionalista Peruano Partido Vamos Perú
Partido Democracia Directa Partido Perú Patria Segura Frente Amplio por Justicia, Vida yLibertad
8
WEB PARTIDOS POLÍTICOS:Partido Acción Popular: http://accionpopular.com.pe/Alianza para el Progreso: http://www.app-peru.org.pe/Partido Aprista Peruano: http://www.apra.org.pe/Partido Democrático Somos Perú: http://www.somosperu.org.pe/Partido Humanista Peruano: http://www.partidohumanista.org.pe/Partido Popular Cristiano: http://www.ppc.pe/Partido Perú es Posible: http://www.peruesposible.org.pe/Partido Restauración Nacional: http://www.restauracionnacional.org.pe/Partido Siempre Unidos: http://siempreunidos.org.pe/Partido Solidaridad Nacional: http://solidaridadnacional.pe/Partido Unión por el Perú: http://partidopoliticounionporelperu.org/Partido Fuerza Popular: http://fuerzapopular.pe/Partido Todos por el Perú: http://www.todosporelperu.org/Partido Nacionalista Peruano: http://www.partidonacionalistaperuano.net/Partido Vamos Perú: https://www.facebook.com/pages/Partido-Politico-VAMOS-PERU/249905195168126Partido Democracia Directa: http://www.democraciadirecta.pe/Partido Perú Patria Segura: http://www.perupatriasegura.org.pe/Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad: http://www.tierraylibertad.pe/
CANDIDATOS REGIONALES Y MUNICIPALES:Para conocer los candidatos a nivel regional, provincial y distrital, siga el enlace:
http://www.votoinformado.pe/voto/
9
ELECTORESDivisión Electoral del Territorio
2
3
1
5
9
4
N°1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
DepartamentoTumbes
Piura
Lambayeque
Cajamarca
Amazonas
Loreto
La Libertad
San Martín
Ancash
Huánuco
Callao
Lima
Pasco
Ucayali
Junín
Ica
Huancavelica
Ayacucho
Apurimac
Cusco
N° de electores 152.314
1.226.898
858.177
992.516
261.856
615.249
1.248.026
545.521
817.621
509.995
712.795
7.295.049
183.296
319.790
852.094
563.023
274.992
409.671
277.161
880.889
8
7
6
10 14
12
13
1511 21
2017
191816
23
22
24
25
10
21
22
23
24
25
Total Nacional
Madre de Dios
Arequipa
Puno
Moquegua
Tacha
90.542
997.237
841.046
130.067
246.256
21.301.905
Fuente: Elaboración propia en base a datos de RENIEC
ANEXOS
1 - Convocatoria a Elecciones 2014Fuente: JNE
2 - Reporte Electores ERM 2014Fuente: JNE
3 - Candidatos Indígenas a Elecciones RegionalesFuente: JNE
4 - Muestras de Cédulas de SufragioFuente: Extracto de la Guía Informativa ERM 2014 de ONPE
5 - Prohibiciones ElectoralesFuente: JNE
ELECCIONES REGIONALESY MUNICIPALES 2014ERM
3
Número de electores de origen extranjero
26 23 248
ERM 2002 ERM 2006 ERM 2010 ERM 2014
74 179 0.35 %
Personas condiscapacidad declarada
10 14
Fecha de la elección
05Total electores ERM 2002-2014
NÚMERO DE ELECTORESELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES, 2002-2014
21 301 90515 298 854 16 594 82418 878 337
Según padrón electoral al 17 de julio de 2014
LA LIBERTAD
MADRE DE DIOS
1 248 026
90 542
Región con la MAYOR cantidad de electores
Región con la MENOR cantidad de electores
TUMBES152 314
PIURA1 226 900
ÁNCASH817 623
LIMAMETROPOLITANA
6 616 583LIMA
PROVINCIAS678 480
CALLAO712 596
ICA563 023
TACNA246 256
PUNO841 046
CUSCO880 889
JUNÍN852 097
PASCO183 296
HUÁNUCO509 995 UCAYALI
319 790
LORETO615 249
AMAZONAS261 856
CAJAMARCA992 517
LAMBAYEQUE858 177
LA LIBERTAD1 248 026
APURÍMAC277 161
AYACUCHO409 671
AREQUIPA997 238
MOQUEGUA130 067
MADRE DE DIOS90 542
HUANCAVELICA274 992
SAN MARTÍN545 521
ERM 2002 ERM 2006 ERM 2010ERM 2014
39.24%Incremento del númerode electores hábiles conrespecto al 2002.
* Incluye 24 electores de origen extranjero que solo votan en elecciones municipales.
Número de electores segúnámbito en ERM 2014
DISTRITAL
REGIONAL
PROVINCIAL
ELECCIÓN NÚMERO DE ELECTORES
14 685 322
21 301 905
15 483 723
*
Guía Informativa
24
Cédula de sufragio Regional
Cédula de sufragio Municipal Provincial - Distrital
Cédula de sufragio Municipal
Provincial
Cédulas de sufragio para las ERM 2014
Elecciones Regionales y Municipales 2014
25
Cédula de sufragio Regional (A usarse
en el Callao)
Cédulas de sufragio para las ERM 2014
Cédula de sufragio Regional para laSegunda Vuelta
Guía Informativa
26
Cédulas de sufragio para las ERM 2014
Cédula Regional para Voto Electrónico
Cédula electrónica Municipal Provincial -
Distrital
Elecciones Regionales y Municipales 2014
27
Cédulas de sufragio para las ERM 2014
Cédula electrónica Regional para la Segunda Vuelta
por la Ley Orgánica de Elecciones (LOE) Prohibiciones fijadas para electores
Están prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter político desde 2 días antes del día de sufragio.
Está prohibida la detención indebida de electores desde 24 horas antes o el día del sufragio, salvo caso de flagrante delito.
Está prohibida la publicación o difusión de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a través de medios de comunicación, después del domingo anterior al día de las elecciones.
Encuestas y proyecciones Reuniones y
Manifestaciones
Indebida
Indebida
Detención
DetenciónPortar armas
Espectáculos
AlcohólicasBebidas
PropagandaPolítica
Está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas desde las 8:00 horas del día anterior al día de la votación, hasta las 8:00 horas del día siguiente a las elecciones.
10 1405
10 1405
Desde 08:00 hrs
Hasta 16:00 hrs
Desde 00:00 hrs
Hasta 23:59 hrs
10 1404
10 1406
Está prohibido durante las horas que se realizan las elecciones:
Presentar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados. Realizar funciones cinematográficas o teatrales. Tener reuniones públicas de cualquier clase.
1.-
2.-
3.-
12
4
67
8
10
9 09 1429 10 1403
10 1404
10 1404
10 1405
Desde 00:00 hrs
Hasta 23:59 hrs
10 1404
10 1406
Desde 08:00 hrs
Hasta 08:00 hrs
00:00 hrs 00:00 hrs
00:00 hrs
Art. 191 LOE
Art. 190 LOE
Está prohibida toda clase de propaganda política desde 24 horas antes del día señalado para los comicios.
3
Art. 190 LOE
Art. 343 LOE
Reunionesde electoresEstán prohibidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de las mesas de sufragio durante las horas en que se realizan las elecciones.
Desde 08:00 hrs
Hasta 16:00 hrs
10 1405
10 1405
Art. 357 LOEActividades
ReligiosasEstá prohibido realizar actividades religiosas durante las horas en que se desarrollan las elecciones. 10 1405
10 1405
Desde 08:00 hrs
Hasta 16:00 hrs
Art. 350 LOE
Art. 349 LOE
Art. 351 y 390 Inc. a)
LOE
Está prohibida la detención indebida de miembros de mesa y personeros desde 24 horas antes y 24 horas después de las elecciones, salvo caso de flagrante delito.
Está prohibido a los electores portar armas desde un día antes hasta un día después del sufragio.
Desde 00:00 hrs
Hasta 23:59 hrs
10 1404
10 1406
5
Art. 342 LOE
Art. 352 LOE
Prohibiciones
Temporales
Está prohibido impedir, coactar o perturbar el ejercicio personal del sufragio.
Art. 345 LOE
1Está prohibido realizar manifestaciones políticas simultáneas en un mismo lugar de una misma ciudad, salvo que se realicen en sectores separados por 1 km de distancia y con la autorización correspondiente.
Art. 359 LOE
2Está prohibido a los miembros de la Fuerza Armada y de la Policía Nacional en situación de disponibilidad o de retiro participar, vistiendo uniforme, en manifestaciones o en otros actos de carácter político.
Art. 353; Art 382
LOE
3
Prohibiciones Permanentes
100 mts
Elaboración: Oficina de Comunicaciones JNE