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  • Facultad de Derecho Clnica Jurdica de Inters Pblico UNAULA Vol.1 N.1 pp. 165-188 ISSN: 2463-0098 Enero-julio de 2015

    Empresas, Gnero y Derechos Humanos: estudio de caso de las mujeres cajeras de supermercados de la ciudad de Medelln*

    Clnica Jurdica en Gnero y Derechos Humanos Universidad de Medelln**Presentado: 25 de mayo de 2015 - Aprobado: junio 19 de 2015

    * El siguiente artculo es producto de los procesos de investigacin formativa del Programa de Clnica Jurdica de la Universidad de Medelln en el marco de la Alianza Universidades de Antioquia-Universidad de Minnesota. Inicio segundo semestre de 2012 finalizacin primer semestre de 2015.

    ** Integrantes Clnica Jurdica en Gnero y Derechos Humanos: Adriany Atencia Cervera, Daniela Barrios Ricardo, Paula Alejandra Duarte Snchez, Evelin Dahiana Erazo Erazo, Mayra Alejandra Lpez Mnera, Victoria Katherine Martnez Ramrez, Anyela Vanegas Arango y Mnica Patricia Yepes Correa; estudiantes de segundo, tercer y cuarto ao de Derecho. Coordinadora Ana Milena Montoya Ruiz, Abogada, Magster en Gnero, Sociedad y Polticas Pblicas FLACSO-Argentina, docente tiempo completo de la Universidad de Medelln. Correo electrnico: [email protected]

    Resumen

    El artculo presenta la experiencia del trabajo clnico de la lnea Gnero y Derechos Humanos del Programa de Clnica Jurdica de la Universidad de Medelln, espacio en el cual se ha implementado la estrategia de Enseanza Clnica del Derecho para analizar crticamente la efectividad del derecho frente al reconocimiento, garanta y proteccin de los derechos humanos de las mujeres, y para formar y promover en las estudiantes de la Facultad de Derecho de la Universidad estrategias de defensa judicial, poltica y social de sus derechos. En esta ocasin se expone su caso pionero Condiciones Laborales de las Mujeres Cajeras de Supermercados en la ciudad de Medelln en cuyo estudio se identificaron especiales situaciones de afectacin de los derechos humanos de las mujeres a causa de la segregacin laboral por razones de gnero en el sector de la economa de servicios. En consecuencia, el artculo expondr el estudio clnico realizado ahondando en la exploracin de la problemtica, la formulacin del caso

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    y la construccin de estrategias jurdicas, polticas y comunicativas empleadas para visibilizar esta problemtica.

    Palabras clave: gnero, derechos humanos de las mujeres, condiciones laborales en supermercados, segregacin ocupacional por razones de gnero.

    Companies, Gender and Human Rights: case study of the female cashiers of Medellin city

    Abstract

    This paper presents the experience of clinical work online Gender and Human Rights of the Program of Legal Clinic- University of Medellin, space where it has been implement-ed the strategy of clinical legal education to critically analyze the effectiveness of the law about the the recognition, warranty and protection of human rights of women, and to form and promote among the female students of the Faculty of Law at the University in strategies of social, legal and political justice advocacy of their rights. At this time, it is exposed the pioneering case Working Conditions of Women Cashiers Supermarkets in the city of Medellin, in which special affectation situations against human rights of women by gender reasons were identified, in the sector of service economics. In consequence, this paper shall expose the clinic study that took place, delving into the exploration of tis problematic, the formulation of the case and the construction of legal, politic and communicative strategies used to make visible this problem

    Keywords: gender, human rights of the women, working condition at supermarkets, working segregation by gender reasons.

    Genre Daffaires et Droits de Lhomme: tude de cas des femmes travaillant aux supermarches a Medellin

    Rsum

    Cet article prsente lexprience de travail clinique de Sexe en ligne et droits de lhom-me du Programme Clinique Juridique de lUniversit de Medellin, espace qui a mis en uvre la stratgie de lducation juridique clinique pour analyser de faon critique lefficacit du droit contre la reconnaissance , la garantie et la protection des droits fondamentaux des femmes, et pour former et promouvoir les tudiants de la Facult de

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    droit, Universit de stratgies de plaidoyer pour la justice sociale, de la politique et de leurs droits. Cette fois, son cas pionnier expose les conditions de travail des femmes caissires aux Supermarchs dans la ville de Medellin dont ltude des situations parti-culires affectant les droits humains des femmes au cours de la sgrgation du travail ont t identifis par le sexe dans le secteur de lconomie de service. Par consquent larticle expose ltude clinique de plonger dans lexploration de la question, la formu-lation de cas et llaboration de stratgies juridiques, politiques et de communication utilises pour ce problme visible.

    Mots-cls: genre, les droits des femmes, les conditions de travail dans les supermar-chs, la sgrgation professionnelle par sexe.

    Imprese, Genere e Diritti Umani: le donne cassieri dei supermercati nella citt di Medellin caso di studio

    Riassunto

    Larticolo presenta lesperienza di lavoro clinico del linea di genere e diritti umani del programma della clinica legale dellUniversit di Medellin, spazio in cui implementata la strategia di insegnamento clinico della legge per analizzare criticamente lefficacia del diritto al riconoscimento, la garanzia e la tutela dei diritti umani delle donne e formare e promuovere gli studenti della facolt di legge delle strategie di difesa giudiziaria Uni-versit diritti politici e sociali. In questa occasione che presenta la sua accade pioniere delle condizioni di lavoro dei cassieri di donne di supermercati nella citt di Medellin in cui situazioni speciali di Studio riguardanti i diritti umani delle donne sono state identifi-cate con occasione di segregazione occupazionale di genere nel settore delleconomia dei servizi. Cos larticolo esporr lo studio clinico per approfondire lesplorazione dei problemi, la formulazione del caso e la costruzione di strategie legali, politiche e di-pendenti comunicativi per la visibilit a questa problematica.

    Parole chiave: genere, diritti umani delle donne, condizioni di lavoro nei supermercati, segregazione occupazionale di genere.

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    Empresas, Gnero e Direitos Humanos: estudo de caso das mulheres caixas de supermercados da cidade de Medelln

    Resumo

    O artigo apresenta a experincia de trabalho clnico da linha Gnero e Direitos Huma-nos do Programa de Clnica Jurdica Universidade de Medelln, espao no que se pro-gramou a estratgia de ensino clnico do direito para analisar criticamente a efetividade do direito no reconhecimento, garantia e proteo dos direitos humanos das mulheres, e para formar e promover nas estudantes da Faculdade de direito da Universidade estratgias de defesa legal, poltica e social de seus direitos. Nessa ocasio, o caso pioneiro Condies de Trabalho das Mulheres Caixas de Supermercados na cidade de Medelln foi exposto, em cujo estudo, situaes especiais de afetao dos direitos humanos das mulheres por conta da segregao laboral por razes de gnero no setor da economia de servios foram identificadas. Consequentemente o artigo apresentar o estudo clnico realizado aprofundando na anlise da problemtica, a formulao do caso e a construo de estratgias jurdicas, polticas e comunicativas empregadas para visibilizar essa problemtica.

    Palavras-chave: gnero, direitos humanos das mulheres, condies de trabalho em supermercados, segregao ocupacional por razes de gnero.

    Introduccin

    Las condiciones laborales de las mujeres cajeras vinculadas a supermercados e hipermercados (grandes superficies) en la ciudad de Medelln, Colombia, ha sido tema de exploracin y anlisis de la Lnea de Gnero y DDhh del Programa de Clnica Jurdica de la Universidad de Medelln, que se propuso identificar las situaciones de discriminacin que afectan directamente a las mujeres empleadas quienes en mayor medida se dedican a las actividades de caja, promocin de productos y atencin al cliente en los sectores econmicos comercial y de servicios.

    La experiencia clnica se inici con la exploracin del panorama de mujeres y trabajo en Colombia como antesala para acercarse a la situacin de las mujeres traba-jadoras del sector servicios, en especial las vinculadas como cajeras en sper e hiper-mercados en la ciudad de Medelln. El estudio fue desarrollado durante el ao 2014, evidenci, en primer lugar, que en su mayora son mujeres quienes se encuentran reali-

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    zando las actividades de caja, registro de productos y empaquetamiento en supermer-cados, cargos que cuentan con condiciones laborales precarias para su desarrollo y menor remuneracin y beneficios en comparacin con los cargos desempeados por varones como acomodadores y asistentes de bodega; en segundo lugar, se identific la presencia de estereotipos de gnero que inciden en la contratacin de mujeres para la realizacin de las tareas como atencin a los clientes y registro de productos que influyen considerablemente en su condiciones laborales al interior de las empresas.

    Del anterior acercamiento se formul como hiptesis central del caso que la masiva presencia de mujeres en las labores de caja y registro de productos en los hi-permercados, supermercados y minimercados de la ciudad de Medelln les ocasiona discriminacin laboral a causa de la segregacin ocupacional, situacin que puede ser extendida a otras ciudades por corresponder en algunos casos a cadenas de su-permercados que hacen presencia en todo el territorio nacional.

    Se concluye del ejercicio clnico y anlisis del caso, en las cadenas de super-mercados seleccionadas en el estudio, la inexistencia de estrategias de promocin de la igualdad de gnero y el desconocimiento de los estndares internacionales para alcanzar la equidad entre los gneros en empresas y organizaciones, adems de la normativa internacional en materia de los derechos humanos de las mujeres y de algunas normas nacionales en materia de derecho laboral, seguridad social y salud ocupacional, toda vez las empresas no cumplen estndares para el disfrute sin discri-minacin del derecho al trabajo de las mujeres en condiciones de dignidad, igualdad y seguridad en el desempeo de sus labores.

    El abordaje de esta hiptesis desarrollada por el grupo de estudiantes clnicos se inscribe en los estudios sobre gnero y economa y mujer y trabajo que incorporan el estudio de las interrelaciones entre el sistema econmico y el orden de gnero en la sociedad, develando situaciones concretas que afectan en mayor medida a las mujeres tales como la no remuneracin y proteccin social del trabajo reproductivo, y su participacin en los sectores productivos mediante contrataciones precarias, tiempo parcial, desigualdad salarial, segregacin ocupacional, acoso laboral, acoso sexual, negacin de permisos y licencias o dificultades en el ascenso. Temas que han sido priorizados por la Plataforma de Accin de Beijing1 cuyo mandato es superar los

    1 La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer se celebr en Beijing, China, en septiembre de 1995. El resultado fue la adopcin de una Declaracin y una Plataforma de Accin (Plataforma de Accin de Beijing) con doce esferas de especial preocupacin, centradas en los temas de: pobreza, educacin, salud, violencia, economa, toma de

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    salarios bajos, la escasa proteccin laboral, las deficientes condiciones de trabajo, particularmente en lo referente a la seguridad y la salud ocupacional de la mujer, los bajos niveles de especializacin profesional y la falta de seguridad social y seguridad en el empleo, tanto en el sector estructurado como en el no estructurado.

    El artculo recoge la experiencia clnica, primero da cuenta del panorama general construido por las estudiantes sobre mujeres y trabajo en Colombia, segundo aborda la situacin de las mujeres trabajadoras del sector servicios y describe las condicio-nes de empleo de las mujeres cajeras en los supermercados de la ciudad de Medelln incluidos en el estudio, tercero presenta la estrategia didctica de enseanza clnica empleada y las reflexiones de la clnica sobre los derechos humanos de las mujeres vinculadas al sector servicios, finalmente expone las conclusiones centrales de la experiencia de estudio clnico en el caso.

    Panorama de mujeres y trabajo en Colombia

    El punto de partida del Grupo Clnico para construir su panorama del caso fue el estudio de los informes y recomendaciones que son producidos al interior del Sistema Internacional de Proteccin de los Derechos Humanos, en particular la Convencin sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer (en ade-lante CeDAw)2 y su Comit (en adelante Comit de la CeDAw), quien verifica el cum-plimiento de la convencin por los estados partes. Los informes presentados por el Estado Colombiano y por las organizaciones de la sociedad civil (informes sombra), entre otras fuentes de informacin, fueron consultados por el Grupo Clnico para acer-carse a la situacin de mujeres y el trabajo en Colombia destacando en su exploracin del caso los siguientes aspectos relevantes.

    decisiones, mecanismos para el adelanto de las mujeres, medios de difusin, medio ambiente, temas que deben ser abordados por los Estados con la finalidad de eliminar todas las formas de discriminacin contra las mujeres y las nias, y suprimir los obstculos jurdicos y culturales al adelanto de la mujer en la sociedad, erradicar la pobreza e incentivar la independencia econmica de la mujer, adoptar medidas positivas para conseguir que exista un nmero decisivo e mujeres en puestos estratgicos de adopcin de decisiones, entre otros.

    2 La Convencin sobre la Eliminacin de todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer fue adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y fue considerada como la Carta Internacional de los Derechos Humanos de las mujeres, ratificada por el Estado Colombiano en 1982 y su Protocolo Facultativo en 1999. Los Estados partes deben de presentar peridicamente al Comit de la cedaw informes sobres las medidas legislativas, judiciales y administrativas que hayan adoptado para hacer efectivas las disposiciones de Convencin, adems de recibir denuncias por violaciones a los derechos consagrados en ella a travs de los mecanismos de comunicacin o de un procedimiento de investigacin.

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    El Estado colombiano inform3 al Comit de la CeDAw en el ao 2013 el desarrollo de la Agenda por la igualdad laboral que incluy beneficios para mujeres, mujer em-presaria y expo empresaria, para fortalecer e impulsar el espritu empresarial a travs de: ferias nacionales, ferias regionales, foros sobre temas empresariales, ruedas de negocios y la afiliacin a la Asociacin Nacional de Empresarias de Colombia de sec-tores tradicionales como alimentos, artesanas, manualidades, textiles y confecciones, cuero y marroquinera, y servicios, enfatizando en la agenda y los programas de em-prendimiento. Concluye el Grupo Clnico que el informe no determina mecanismos para asegurar su cumplimento, adems obvia sugerir alternativas para la igualdad laboral de las mujeres inmersas en unas relaciones laborales precarias y el cumplimiento del compromiso de promover la generacin de ingresos, la creacin de empleos y el forta-lecimiento de la capacidad emprendedora de las mujeres, asegurando el pleno respeto de sus derechos laborales e individuales asumidos en el Plan Nacional de Desarrollo Estado Comunitario: Desarrollo para Todos (2006-2010) lvaro Uribe Vlez y el Plan Nacional de Desarrollo Prosperidad para Todos (2010-2014) Juan Manuel Santos.

    Por su parte, el Informe Sombra Una mirada a los derechos de las mujeres en Colombia (2013),4 las organizaciones de la sociedad civil, integrantes del movimiento social de mujeres y el movimiento feminista en Colombia, dan cuenta de otra realidad en cuanto a la situacin laboral de las mujeres y enuncia las mltiples barreras que ellas tienen para gozar del derecho al trabajo en condiciones de igualdad y acceso a los recursos productivos. Afirma el informe que las mujeres son mayora en el mercado laboral y el desempleo femenino es casi el doble del masculino; adems, se encuentran vinculadas en sectores informales y en sector mal o no remunerado como el empleo domstico, los servicios comunales, sociales y personales, y los trabajos familiares no remunerados.

    En el caso del mercado laboral formal, a pesar de que del total de la poblacin en edad de trabajar las mujeres representan el 51,2% y superan a los hombres en nivel educativo, su posicin sigue siendo ms precaria. As, la tasa general

    3 VII y VIII informe combinado de Colombia al Comit de las Naciones Unidas para la Eliminacin de la Discriminacin Contra la Mujer, 28 de julio de 2011. Presentado ante el Comit en 2013. En 2017 se examinar de nuevo al Estado colombiano. Algunas de las medidas legislativas citadas en el informe son: la ley 789 de 2002, ley 1210 de 2008, ley 1233 de 2008, el decreto 535 de 2009 y la ley 1257 de 2008.

    4 El informe es el resultado del trabajo realizado por una alianza de redes y organizaciones de mujeres y mixtas. Fue presentado en la Sesin 56 del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer-CEDAW, en donde se examinaron los informes peridicos sptimo y octavo de Colombia en octubre de 2013.

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    de participacin de las mujeres se encuentra ms de 20 puntos por debajo de la de los hombres 112, y el desempleo femenino es casi el doble que el mas-culino 113. En los sectores informales del mercado laboral las mujeres estn sobre representadas 114. Esto ocurre tambin en algunos sectores tradicional-mente mal o no remunerados, tales como el empleo domstico (96,1%), los servicios comunales, sociales y personales (69,2%) y los trabajos familiares no remunerados (60,9%). (Una mirada a los derechos de las mujeres en Colombia, 2013, p. 27)

    Por otra parte, la existencia de tratados de libre comercio en el pas gener mayor demanda del empleo de mujeres en condiciones precarias e inestables: Las principales ausentes en todo este proceso han sido las mujeres y sus organizaciones. Aun a pesar de la justificacin del tLC Colombia-Estados Unidos como la oportuni-dad para generar fuentes de ingreso para las mujeres. Este argumento desconoce la necesidad de discutir la calidad de los empleos y su real incidencia en la pobreza y la discriminacin contra las mujeres (Informe Sombra Colombia al Comit de la CeDAw, 2007, p. 19). En el marco de apertura econmica ubicamos concretamente las cadenas de supermercados que al igual que otros sectores reproducen y refuer-zan las prcticas discriminatorias en contra de las mujeres materializadas en mayor flexibilizacin laboral (ausencia de contratos o contratos de corta duracin), mayor carga laboral por bajos salarios, que obligan a las mujeres a trabajar horas extras para obtener recursos suficientes para sobrevivir; y el no ejercicio del derecho de asociacin y sindicalizacin.

    Finalmente, es preciso revisar la Poltica Pblica Nacional de Equidad de Gnero (Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer) y el Programa Nacional de Equi-dad Laboral con Enfoque Diferencial de Gnero 2012-2018, por carecer de un enfo-que diferencial que aporte a superar los estereotipos de gnero tanto en la ocupacin como en la legislacin laboral.

    Concluye el Grupo Clnico en su acercamiento inicial a la problemtica que las desventajas de las mujeres en el mercado del trabajo no pueden solamente ser ex-plicadas por la dinmica del mercado, es decir, por la brecha entre la tasas de ocu-pacin y desempleo por sexo en Colombia; por el contario, se encuentra asociada a diferencias estructurales en la oferta de mano de obra y en el proceso de seleccin de la misma, aumentando la discriminacin ocupacional por gnero o segregacin ocupacional evidente en la concentracin de mujeres en un nmero reducido de

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    ocupaciones que se definen culturalmente como tpicamente femeninas y concentra-da en niveles de menor jerarqua de cada ocupacin y oficio.

    Situacin de las mujeres trabajadoras del sector servicios, en especial las vinculadas como cajeras en la ciudad de Medelln

    Posterior al panorama general de mujeres y trabajo en Colombia el Grupo Clnico se detiene en el anlisis de la situacin de las mujeres vinculadas al sector servicios, y en particular centra su atencin hacia aquellas que se desempean como cajeras en supermercados de la ciudad de Medelln. Para tal fin consulta fuentes estadsticas, documentales y testimoniales para ampliar su mirada sobre la problemtica y susten-tar su hiptesis principal sobre la segregacin ocupacional por razones de gnero, a causa de la masiva presencia de mujeres en las labores de caja y registro de produc-tos en los hipermercados, supermercados y minimercados de la ciudad de Medelln.

    La Encuesta Continua de Hogares de Colombia del periodo noviembre 2013 a enero de 2014 realizada por el Departamento Nacional de Estadstica (DANE) da cuenta de la participacin de las mujeres en el mercado laboral y su condicin dife-rencial respecto a los hombres, a saber la tasa global de participacin en el mercado laboral fue del 75,3% para hombres y 53,5% para mujeres; la tasa de ocupacin 70,3% hombres y mujeres 46,6%; la tasa de desempleo de las mujeres corresponde al 12,9% superior a la de los hombres de 6,7%. El 23,4% de los hombres ocupados se encuentran vinculados a los sectores primarios, entre ellos la agricultura, la ganade-ra, la caza, la silvicultura y la pesca, mientras que el 34,7% de las mujeres ocupadas se encuentran vinculadas en mayor medida al sector servicios, entre ellos comercio (supermercados), hotelera y restaurantes.

    De las estadsticas se concluye que las mujeres se encuentran ubicadas en tra-bajos precarios, informales y flexibles, adems su fuerza de trabajo se concreta dife-rencialmente en el sector servicios el cual est feminizado, es decir, con mayor tasa de empleabilidad de mujeres, a las cuales se les exige agilidad, precisin, monotona, sedentarismo, posturas forzadas, rapidez, amabilidad y atencin, entre otras habi-lidades estereotipadas como tpicamente femeninas, causando una discriminacin indirecta de las mujeres la cual es menos visible y difcil de detectar por generarse a travs de comportamientos y situaciones aparentemente neutras pero que causan efectos desfavorables en ellas. La discriminacin indirecta se diferencia de la directa,

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    la cual supone tratos desfavorables y maltratos hacia las mujeres, por el hecho de ser mujeres, que se genera en comportamientos visibles.

    En razn a las condiciones de las mujeres cajeras de supermercados, encuentra el Grupo Clnico que en la ciudad de Medelln hay presencia de hipermercados como: xito, Carulla, Carrefour, Olmpica, Jumbo, Macro; hipertiendas como Homecenter; y supermercados como Consumo, Euro y D1, pertenecientes a grupos econmicos con intervencin de capital extranjero desatancndose xito/Cadenalco, Casino, Koba International Group S.A., Carrefour y Cencosud. Asimismo, existen minimercados ta-les como tiendas de barrio y vecinales cuyos recursos son particulares o responden a pequeos y medianos capitales. El 79% de los minimercados corresponden a reas pequeas (menos de 100 m2) que cuentan con autoservicio y una sola persona en la caja encargada del registro de productos y empaquetamiento, el 21% de los super-mercados de barrio cuyas reas de venta son superiores (mayor a 100 m2) cuentan con mayor personal de caja.

    De acuerdo con la Federacin Nacional de Comerciantes (FENALCO) el 67% de hipertiendas, supermercados y minimercados se encuentra ubicado en Medelln, y el 33% en su rea metropolitana integrada por los municipios de Barbosa, Girardota, Copacabana, Bello, Itag, Sabaneta, La Estrella y Caldas, en los que existe una mayor empleabilidad femenina dedicada al registro en cajas, empaquetamiento de productos y promocin de ventas. (FeNALCo, 2010)

    Esta constante fue verificada por el Grupo Clnico a travs de observaciones no planificadas y planificadas5 realizadas a hipertiendas, supermercados y minimerca-dos, conversaciones informales con el personal de caja, entrevistas semiestructu-radas6 y revisin de los perfiles de procesos de seleccin de diferentes hipermer-cados, hipertiendas, supermercados y minimercados de la ciudad, en las cuales se encontraron aspectos relevantes para sustentar la existencia de discriminacin de las mujeres con ocasin a la segregacin ocupacional, la cual es la hiptesis principal de su estudio clnico.

    5 Cinco observaciones realizadas por integrantes de la Clnica Jurdica durante el 2013-II y 2014-I, en diferentes das en el xito, D1, Consumo, Olmpica, Homecenter, La Vaquita y Carulla. Con duraciones de sesenta minutos aproximadamente.

    6 Se realiz una entrevista semiestructural a mujer joven cajera, y varias conversaciones informales. La realizacin de otras entrevistas programadas se dificult toda vez que las mujeres se negaron a participar por temor a perder sus empleos.

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    La mayora de las mujeres cajeras son mujeres jvenes (entre 18 a 28 aos), madres de familia o estudiantes, quienes soportan condiciones de poco bienestar laboral para no afectar la economa familiar o los ingresos escolares. De acuerdo a los perfiles ocupacionales se les exige: inteligencia prctica, capacidad de concentra-cin, atencin e incluso tendencia a la introversin, experiencia en el manejo de caja, manipulacin de alimentos, estudios bsicos completos y flexibilidad de tiempo para el cambio constante de turnos durante los das de la semana, hasta completar jorna-das laborales de cuarenta y ocho horas semanales. El personal de caja se encuentra vinculado por medio de diversas modalidades contractuales, contratos laborales a trmino indefinido y contratos suscritos mediante intermediacin laboral; las jornadas contratadas corresponden a lo establecido en la normativa de ocho horas diarias y cuarenta y ocho horas semanales, no obstante, el personal de caja se encuentra obligado a permanecer mayor tiempo para hacer la entrega de caja y verificar los in-gresos, actividad que no se cumple dentro del horario de trabajo sino extra horario no remunerado, siendo obligadas a asumir con recursos propios los errores, conocidos comnmente como descuadres, presentados en cada una de las cajas. (Entrevista realizada a una mujer cajera, marzo 14 de 2013, Medelln)

    El tiempo para el descanso es poco, estricto y determinado por el empleador, cuentan con treinta minutos para ir al bao, tomar su alimentacin y descansar en el desarrollo de su jornada, el cual es insuficiente respecto al volumen de trabajo exigido que oscila en atender entre doscientos y trescientos clientes por da que aumenta en das feriados, quincenas y promociones. Asimismo, se detectaron parmetros para medir su productividad, entre ellos se encuentra la exigencia de realizar doce registros por minuto, recibir un porcentaje de donaciones voluntarias de los clientes, entre otras que computan su productividad laboral con el propsito de obtener beneficios tales como la asignacin de los mejores turnos ocasionando un trato desigual en las empleadas. (Entrevista realizada a una mujer cajera, marzo 14 de 2013, Medelln)

    El lugar de trabajo es el sector de cajas, el cual fue observado por el Grupo Clnico registrando una mayor presencia femenina (entre diez cajas observadas en supermercados y tiendas ocho, aproximadamente, son atendidas por mujeres). Estos espacios son reducidos y no cumplen con los estndares para el desempeo confor-table de la labor, puesto que conservan una altura estndar de (90 cm) atendiendo a las necesidades del cliente y no al promedio de la estatura de empleadas y emplea-dos. Conforme a las normas tcnicas se requiere que estas cajas estn acompaadas

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    de silla sin respaldo para minutos de descanso, no obstante, es frecuente que no se cuente con estas en el punto de caja obligando a los empleados a buscarlas en el supermercado o a olvidar su existencia. Las sillas identificadas se caracterizan por ser pequeas, sin espaldar y en mal estado, muchas de ellas subutilizadas por no disponer de tiempo de descanso por el flujo de trabajo ni ser adecuadas para cumplir su labor sentadas (la manipulacin de productos, el manejo de caja, el cobro al cliente y el empaquetamiento).

    Concluye la observacin del Grupo Clnico que la inexistencia de sillas adecuadas para tomar asiento mientras estn ejerciendo sus funciones pone en peligro las condi-ciones de salud del personal de caja y concretamente de las mujeres aumentando sus niveles de cansancio, fatiga y estrs, toda vez que su labor requiere concentracin y la realizacin de varias tareas repetitivas, de forma continua y sin descanso por varias horas al da, generando constantes dolencias como: lumbagos, afecciones en el man-guito rotador (sndrome del manguito rotador), bursitis, desviaciones de columna y el sndrome del tnel metacarpiano, las cuales no son frecuentemente atendidas como enfermedades laborales sino como afecciones comunes por las entidades prestado-ras del servicio de salud.

    En el ejercicio de observacin se detecta que adems de las situaciones fsicas que afectan la labor de las mujeres cajeras existen otros factores que ponen en pe-ligro su salud tales como las condiciones ambientales, el ruido y la contaminacin auditiva o los destellos visuales que afectan su concentracin en el ejercicio de labor y superan las exigencias fsicas, mentales y posturales requeridas para el trabajo repetitivo, el cual escasamente est acompaado del desarrollo de pausas activas. Adems de las anteriores situaciones se observ que la dotacin de calzado no es adecuada y que la mayora no cuenta con tapetes antideslizantes que les ayuden a mitigar el cansancio y las dolencias por permanecer de pie durante la jornada laboral, ni se cuenta con medidas especiales para la proteccin de mujeres en estado de embarazo, las cuales realizan su labor de pie, en consecuencia se asocia equivo-cadamente incomodidad y falta de descanso de las mujeres con alta productividad exigida.

    En los reportes del Ministerio de la Proteccin Social durante el perodo 2001-2005 se concluye que los desrdenes por msculo esqueltico, relacionados con movimien-tos repetitivos de msculos superiores y dolor lumbar inespecfico y enfermedad discal, son la primera causa de morbilidad profesional en el rgimen contributivo, situacin

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    que le es atribuida a las mujeres cajeras por las caractersticas del trabajo. Al respecto seala el informe:

    a) Se consolida el sndrome del conducto cARLiano como la primera causa de morbilidad profesional en el rgimen contributivo. Dicha patologa pas de representar el 27% de todos los diagnsticos en el ao 2001, a representar el 32% de los diagnsticos realizados durante el ao 2004, presentando una ten-dencia continua al incremento; b) el dolor lumbar contina siendo la segunda causa de morbilidad profesional reportada por las ePS, su porcentaje se incre-ment entre el ao 2001 al 2003, pasando del 12% al 22% y se redujo en el ao 2004 cuando represent el 15% de los diagnsticos []

    d) Tres diagnsticos merecen destacarse por su tendencia continua al incre-mento durante los aos 2002 a 2004, ellos son sndrome de manguito rotador, epicondilitis y tenosinovitis del estiloides radial (De Quervain). (Ministerio de la Proteccin Social y Pontificia Universidad Javeriana, 2006)7

    El Grupo Clnico solicit la siguiente informacin mediante derechos de peticin a Aseguradoras de Riesgos Laborales (ARL): estadsticas de reportes de enfermedades profesionales por parte del personal que labora en el rea de caja en cadenas de su-permercados, clasificacin de las enfermedades presentadas por el personal de caja especificando sexo y edad, especificacin sobre riesgos de salud del personal que labora en caja, informacin sobre los criterios diferenciadores para asumir los riesgos laborales por hombres y mujeres, la cual no fue entregada aduciendo no contar con la informacin. En razn a lo anterior, se evidenci que no existe informacin por parte de las entidades del Estado, en particular el Ministerio del Trabajo y las ArL, sobre los impactos que estas condiciones laborales causan en la salud de las mujeres que se desempean en el sector de servicios y que se encuentran vinculadas a cadenas y tiendas de mercado.

    Concluye el Grupo Clnico, en primer lugar, que la falta de informacin desa-gregada por gneros es un obstculo para visibilizar a nivel local, nacional e inter-nacional, los alcances de la problemtica de la segregacin laboral y las precarias condiciones que tienen las mujeres en sus lugares de trabajo cuando se encuentran vinculadas al sector servicios, el cual contrata preferentemente a mujeres cabezas

    7 Se puede consultar la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana - T 850 de 2011 M. P. Mauricio Gonzlez Cuervo.

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    de hogar, con niveles de formacin baja y media y de estratos socioeconmicos 1, 2, 3. En segundo lugar, se evidencia el temor en las mujeres para denunciar las situaciones de discriminacin laboral y explotacin econmica realizada por grandes, medianas y pequeas empresas para no perder su nica fuente de ingresos o por las retaliaciones que puedan recibir por parte de la empresa. En tercer lugar, concluye que el logro de la equidad de gnero en el mercado laboral y en el sector servicios no es una prioridad para la institucionalidad estatal y gremial, toda vez que no cuenta con acciones para su monitoreo, seguimiento y mejora. Finalmente, constat que las patologas derivadas de las condiciones laborales de las mujeres cajeras ingresan al sistema de seguridad social previa calificacin de las empresas prestadoras de salud como enfermedades de origen comn y no profesionales, manteniendo con ello las condiciones de discriminacin indirecta en razn a su gnero.

    Estrategia didctica de enseanza clnica

    El Caso Mujeres Cajeras fue construido y abordado a travs de la didctica clnica de enseanza del derecho dirigida a la formacin para el litigio de alto impacto, estrate-gia que provee a los estudiantes de herramientas para el ejercicio del derecho con justi-cia social, la litigacin en derechos humanos, y condiciones para la defensa de causas colectivas o individuales regularmente no abordadas en ejercicio del rol tradicional de abogados, en razn a la complejidad y novedad de los temas, las particularidades de la poblacin atendida la cual se encuentra en condiciones de especial vulnerabilidad o las normas jurdicas y argumentos aplicables. La implementacin de la estrategia de litigio se propone desafos como cambios de jurisprudencia, implementacin de decisiones polticas y administrativas, exploracin de temas no abordados, formacin sobre dere-chos humanos y empoderamiento de la comunidad, visibilidad y sensibilizacin sobre realidades concretas, y la satisfaccin de derechos desconocidos a la comunidad, por lo que su formacin implica un trabajo interdisciplinario y el desarrollo de mltiples competencias cognitivas por parte de los estudiantes.

    La estrategia de enseanza clnica implica la construccin de diversos compo-nentes, algunos de los abordados por la experiencia del Grupo Clnico fueron el com-ponente jurdico compuesto por la interposicin de acciones y procesos judiciales, uso de garantas en la defensa de los derechos humanos tales como acciones de tutela, acciones populares, acciones de grupo, derechos de peticin, entre otras. El componente poltico est referido a acciones de incidencia sobre el tema tales como

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    cabildeo, lobby, construccin de comunicaciones, denuncias a comits internaciona-les e informes sombra u otras acciones de exigibilidad poltica de los derechos en el orden interno como internacional. Finalmente, el componente comunicativo va dirigi-do a generar opinin pblica, visibilizar la problemtica ante la comunidad atenida, las autoridades pblicas y la comunidad en general. (Correa, 2008)

    El estudio comenz en 2013 mediante la exploracin de la situacin problema por las integrantes del Grupo Clnico, quienes se acercaron a fuentes documentales, informes, artculos y estadsticas sobre las condiciones laborales de las mujeres en Colombia y los estndares exigidos en salud ocupacional para el oficio de cajeras. De igual manera, el equipo estudi la normativa nacional e internacional sobre los dere-chos humanos de las mujeres y las categoras centrales del anlisis con perspectiva de gnero. En 2014, el grupo identific las necesidades de conocimiento que fueron satisfechas durante todo el proceso de enseanza clnica, las ms representativas fueron la comprensin crtica de conceptos tales como la categora de gnero, la identidad de gnero, los derechos humanos de las mujeres, los estereotipos de g-nero, la discriminacin en razn a la condicin de ser mujer; as mismo, se entren en el uso de herramientas jurdicas para la defensa de los derechos humanos de las mujeres, aplicando de forma prctica los conocimientos recibidos en clase y los cur-sos de entrenamiento sobre derechos humanos y litigio de inters pblico (Tabla 5.1). Posteriormente, se realiz un acercamiento al contexto y a la poblacin objeto del es-tudio, a travs de diversas tcnicas de recoleccin de informacin como entrevistas y observaciones (Tabla 5.2) que otorgaron al grupo elementos relevantes para la cons-truccin del problema jurdico y sensibiliz sobre los efectos que estas condiciones laborales ocasionan en la vida de las mujeres.

    Posterior a ello el grupo construy y ejecut su estrategia de litigio, que integr la investigacin y documentacin de la problemtica, la implementacin de acciones jurdicas como el envo de peticiones y quejas al Ministerio del Trabajo (Tabla 5.3), y las acciones polticas, entre ellas la presentacin de una comunicacin a la Comisin de la Condicin Jurdica y Social de la Mujer del Sistema Internacional de Derechos Humanos y una campaa de sensibilizacin e informacin a las mujeres cajeras sobre sus derechos laborales (Tabla 5.4).

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    Tabla 5.1 Necesidad de conocimiento, investigacin y documentacin*

    Actividades

    Revisin de la legislacin nacional e internacional y de los convenios Organizacin Interna-cional del Trabajo OIT. Anlisis de sentencias de cortes nacionales e internacionales y de las convenciones ratificadas por el Estado Colombiano, como la CEDAW, Belm Do Par y el Pacto Internacional de derechos sociales, econmicos y culturales.

    Conceptualizacin sobre la discriminacin y segregacin laboral por razn de gnero.

    Revisin de estudios comparativos y casos clnicos de referencia en Latinoamrica, caso de las Heladeras Fredo, Argentina, 2000.

    Estudio de las normativas nacionales de salud ocupacional y riesgos profesionales.

    Revisin y anlisis de documentos sobre mujer y economa; empleabilidad de la mujer en el sector servicios, entre otra bibliografa relacionada.

    *Todas las tablas de este documento fueron elaboradas por las autoras

    Tabla 5.2 Trabajo de campo y exploracin del caso

    Observacin etnogrfica a hipermercados, hipertiendas y supermercados seleccionados (Almacenes xito, Carulla, Carrefour, Olmpica, Macro, Homcenter, Consumo, tiendas D1 y La Vaquita en la ciudad de Medelln). Registro de evidencias fotogrficas y elaboracin de informes de campo. Total de vistas realizadas nueve.

    Ruta de observacin Caractersticas generales del supermercado, tamao, productos, ofertas, entre otras Personal que trabaja en el supermercado Caractersticas generales del personal en caja, identificar cuntos son hombres y cuntas

    mujeres Identificar las funciones que cumple el personal masculino y femenino en el supermer-

    cado Presentacin personal de las mujeres cajeras, aspectos comunes y diferentes Actividades realizadas por las cajeras: registro de productos, empaque, entre otras Identificar si estas durante el perodo de la observacin toman asiento o permanecen de pie Condiciones del vestido y calzado de labor (zapatos, medias, pantalones, entre otros) Posturas del cuerpo

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    Se presentan relevos en la actividad por ellas realizada Cuentan con sillas?, cules son sus caractersticas? Usan las sillas durante su actividad?, qu posicin toman frente a ellas? Dnde se ubican las sillas? Descripcin de las cajas, tamaos, formas y uso que realizan de ellas Tipo de productos y manipulacin de ellos por las cajeras, capacidad para su manipu-

    lacin Relacin con supervisores y compaeros Estado de nimo, gestos y expresiones Imgenes de mujeres en los supermercados Otros aspectos importantes

    Se realiz una entrevista semiestructurada a mujer joven cajera y se hicieron otras conver-saciones informales.

    Ruta de entrevista

    Condiciones laborales: Cules son sus principales responsabilidades como cajera? En caso de incumplimiento de las mismas cul es el procedimiento que le aplica el emplea-dor? Ha recibido capacitaciones, s y no, y cules? Cmo describe su ambiente labo-ral? Cuenta con servicios de bienestar, especial para mujeres vinculadas a la empresa? Existen normas de presentacin personal determinadas para hombres y mujeres? Tiene sindicato a representacin del grupo de cajeras?

    Condiciones ergonmicas: Cunto tiempo permanece de pie durante el cumplimiento de su labor? Cuenta con silla? Cree que es adecuada para el descanso? En qu perodos de tiempo puede tomar asiento durante la labor como cajera? Ha sufrido usted o alguno de sus compaeros dolencias musculares y afectacin a la salud? Ha padecido de en-fermedad incapacitante por razones de su labor? Qu piensa usted sobre el diseo de las cajas? Se siente cmoda? Qu le causa incomodidad? Estn adecuadas conforme a las estaturas?

    Situaciones de discriminacin por segregacin ocupacional: Aproximadamente, en el al-macn donde actualmente trabaja cuntas mujeres se desempean como cajeras? Con-sidera que existe perfil especial de mujer cajera para las distintas sucursales? Cree usted que existe preferencia por la vinculacin del personal femenino en el rea de cajas, s o no, y por qu? Se ha sentido usted discriminada por ser mujer en la empresa?

    Continuacin Tabla 5.2 Trabajo de campo y exploracin del caso

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    Tabla 5.3 Acciones jurdicas implementadas

    Envo de derechos de peticin a las ArL solicitando informacin sobre reportes de enfermeda-des profesionales por parte del personal en el rea de cajas, y la clasificacin de enfermedades presentadas por ste personal en los ltimos tres aos.

    Envo de derecho de peticin al Ministerio de Trabajo solicitando reglamentacin, normas y directrices del trabajo de cajeros en supermercados, el reglamento interno de trabajo de las cadenas de supermercados escogidos, y la informacin sobre sanciones impuestas por el Ministerio de Trabajo a los supermercados escogidos

    Ante la no respuesta de los derechos de peticin interpuesto a la ArL SurA, se interpuso una accin de tutela que fue conocida por el Juzgado Civil Municipal de Oralidad de Medelln, quien en su sentencia neg la proteccin del derecho fundamental de peticin de las tutelantes, motivando su sentencia con argumentos tales como la no presentacin de un servicio pblico por parte de la ePS SurA, considerando el juzgado que por ello esta no se encuentra obligada a dar respuesta a las peticiones que le sean interpuestas por los ciudadanos. Respecto a la deci-sin de primera instancia, la Clinica Jurdica interpone recurso de apelacin, argumentando la indebida interpretacin realizada por el juez, toda vez que las ArL son prestadoras de servicios pblicos de acuerdo a lo establecido en la Constitucin Poltica, por tanto se les aplica las normas sobre interposicin de derecho de peticin ante particulares.

    As mismo, se formul la accin de tutela ante la no respuesta de la peticin interpuesta al Ministerio del Trabajo, en cuyo fallo otorga el juez el amparo constitucional a las tutelantes, ordenando que se d respuesta al derecho de peticin interpuesto por la Clnica Jurdica.

    Por otra parte, se formularon quejas ante el inspector del trabajo, entidad competente de la inspeccin, vigilancia y control sobre los programas de salud y seguridad en el trabajo, solicitando que se verificaran, en los supermercados objeto del estudio y ubicados en la ciudad de Medelln, los siguientes aspectos. Las condiciones ergonmicas del personal del rea de caja Las dotaciones existentes en cuanto nmero de sillas y la adecuacin de las mismas res-

    pecto a su altura, soporte espaldar y graduacin de acuerdo con la estatura del personal de caja y la altura de la superficie de caja

    Uso y ubicacin de los tapetes antideslizantes en el rea de caja Condiciones ambientales, tales como exposicin a la luz y ruido que deben soportar

    durante toda su jornada laboral Cumplimiento y conocimiento de los programas de salud ocupacional Cantidad de personal femenino ubicado en el sector de cajas en contraste con otros

    sectores en el supermercado, para evidenciar la discriminacin basada en gnero por segregacin ocupacional

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    Tabla 5.4 Acciones de exigibilidad polticas implementadas

    Se document el caso clnico y se formul la comunicacin para la Comisin de la Con-dicin Jurdica y Social de la Mujer, rgano internacional intergubernamental dedicado ex-clusivamente a la promocin de la igualdad de gnero y empoderamiento de la mujer del Sistema Internacional de Derechos Humanos. Dicha comunicacin relat el panorama de las mujeres y el trabajo en Colombia, la situacin de las mujeres trabajadoras del sector servicios, en especial las vinculadas como cajeras, la descripcin de las condiciones de empleo de las mujeres vinculadas a supermercados en la ciudad de Medelln y, finalmente, las situaciones que evidencian el desconocimiento de sus derechos humanos. Fecha de radicacin de la comunicacin 1 de agosto de 2014.

    Se realiz la difusin del caso clnico en la plataforma del Centro de Informacin sobre Em-presas y Derechos Humanos (CIEDH) Business & Human Rights Resource Center plataforma de accin dedicada a realizar un seguimiento a ms de seis mil empresas y de ayudar a la poblacin vulnerable a erradicar abusos. Fecha de publicacin 19 de septiembre de 2014.

    Se desarroll una jornada de volanteo en algunos de los supermercados que hicieron parte del grupo observado. Almacenes xito, Macro, Homcenter, tiendas D1 y La Vaquita en la ciudad de Medelln nmero total de visitas ocho. Se realiz la entrega de tarjetas a las mujeres cajeras, con preguntas alusivas a sus condiciones de trabajo, algunas de estas son: Cuntas veces te has sentado hoy? Crees que tus dolencias son enfermedades co-munes cuando en realidad son derivadas de tu labor y deben tener un tratamiento especial? Se inform a la poblacin sobre la existencia de la Clnica Jurdica en Gnero y Derechos Humanos y de su disponibilidad para tramitar sus inquietudes.

    La implementacin de la estrategia de enseanza clnica permiti conocer, re-flexionar y aplicar el enfoque de gnero en el anlisis en materia de derechos huma-nos. La inclusin del enfoque de derechos humanos en la de enseanza del derecho y el uso de la clnica jurdica como didctica de aprendizaje permiti a las estudiantes reflexionar sobre cmo han sido incluidas y discriminadas las mujeres de la produc-cin y proteccin del derecho, mediante el anlisis de su componente estructural, referido a las instituciones que crean, interpretan y aplican la ley; el anlisis de los elementos polticos culturales referidos a las interpretaciones que la gente le da a las leyes y a su correspondiente aplicacin por medio de tradiciones, costumbres, cono-cimiento y usos y, finalmente, el estudio critico de leyes escritas y formalmente pro-

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    mulgadas, que si bien no tienen intencin de discriminar a la mujer en sus resultados menoscaban o anulan el goce o ejercicio de sus derechos humanos. (Facio, 1992)

    En este sentido, la experiencia de la Clnica en Gnero y Derechos Humanos ha sido una apuesta para descentrar el androcentrismo y la transmisin jerrquica de conoci-mientos en la formacin jurdica, que legitima al Derecho construido desde el punto de vista masculino, producto de la sociedad patriarcal; adems, propone una prctica legal para la defensa de los derechos humanos de las mujeres concibiendo el litigio como estrategia para la transformacin social de las condiciones de discriminacin de las mismas, y la promocin y defensa jurdica y poltica de sus derechos humanos.

    En consecuencia, el estudio del caso cajeras aport en la formacin del Grupo Clnico en el marco normativo internacional de los Derechos Humanos de las Mujeres, reconocidos en la Convencin contra todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer CeDAw, la Convencin Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Vio-lencia contra la Mujer o Convencin de Belem Do Par y el Pacto Internacional de De-rechos Econmicos, Sociales y Culturales. Adems, permiti a las estudiantes explorar el marco internacional en materia laboral sobre proteccin especial de sus derechos, entre ellos los convenios de la Organizacin Internacional de Trabajo oIt relativos a su proteccin convenios C111 de 1958 sobre la discriminacin (empleo y ocupacin) y C100 DE 1951 sobre igualdad de remuneracin entre hombres y mujeres.

    En particular, se reflexion sobre el concepto de discriminacin contra la mujer, que se configura con toda distincin, exclusin o restricciones realizadas por razones de sexo, que las anula o invisibiliza con relacin a los hombres, tanto en las esferas sociales, polticas y econmicas (artculo 1). Dicha reflexin se completa con el anlisis del pacto de DeSC que obliga a los estados a asegurar a hombres y mujeres todos sus derechos econmicos, sociales y culturales (artculo 3) y ha reconocido que el derecho a trabajar implica libertad de escogencia de empleo con la existencia de medidas ade-cuadas para su garanta (artculo 6). Estos reconocimientos normativos han sido favo-rables para las mujeres, quienes desde hace algunas dcadas han ingresado al mbito laboral sin superar la brecha de desigualdad de oportunidades y condiciones respecto a los hombres, y que han reforzado los estereotipos de gnero en el empleo a partir de los cuales se diferencian ocupaciones masculinas y femeninas, entre las cuales se destaca la alta presencia de mujeres en el sector servicios y actividades del cuidado, fundamentadas en su predisposicin biolgica a la maternidad y el cuidado del hogar, consideraciones que son desconocedoras de sus aportes al desarrollo econmico.

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    Se concluye de la experiencia clnica que la segregacin ocupacional por razones de gnero se produce de manera indirecta; es decir, que no requiere de una norma expresa que condicione el empleo de cajeras al sexo femenino sino que se funda en situaciones fcticas, como la preferencia de las empresas manifestadas en sus con-vocatorias y en la empleabilidad de mujeres para ser ubicadas en las tareas de caja e impulsin de productos, empleos que se califican de femeninos por requerir de acti-tudes basadas en la simpata, la agilidad, la delicadeza en la manipulacin de objetos, la imagen agradable y la predisposicin a la frustracin y la sumisin, caractersticas que socialmente han sido asignadas por la cultura androcntrica al mundo femenino. La fundamentacin de estos estereotipos de gnero ha producido en las mujeres falta de oportunidades para su postulacin y vinculacin en empleos considerados tpicamente masculinos, los cuales cuentan con mejores condiciones laborales; as mismo, las limita para aceptar empleos precarios con salarios bajos y con menores escenarios de capacitacin, ascenso y profesionalizacin.

    La revisin realizada por la Clnica Jurdica, de las ofertas de empleo y de las condiciones para su desarrollo, evidencia que se desconoce el marco internacional de los derechos humanos de las mujeres y las medidas legislativas del derecho interno, que prohben convocatorias laborales limitadas por edad, sexo o condicin social ley 931 de 2004 por la cual se dictan normas sobre el derecho al trabajo en condiciones de igualdad en razn de la edad; marco normativo que se contradice con la reali-dad, toda vez que en el estudio se constat que las convocatorias realizadas por los supermercados para las labores de caja e impulsin de productos privilegian a las mujeres. Dicha preferencia, al momento de la vinculacin, contradice los derechos humanos y los principios constitucionales mandatorios de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en su empleo y en las condiciones de trabajo. Las anteriores razones fueron fundamento para construir el problema jurdico y la hiptesis del caso clnico, la cual es la existencia de segregacin ocupacional por razones de gnero en las cadenas de supermercados en la ciudad de Medelln.

    Del anlisis realizado por el Grupo Clnico sobre la realidad de las mujeres cajeras y los estndares normativos internacionales se concluy que las polticas laborales de los supermercados desconocen lo establecido en la CeDAw (artculo 11) respecto a la proteccin especial de la salud de las mujeres y su seguridad en la condiciones de trabajo; los principios rectores sobre las empresas y los derechos humanos del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (principios 3 y 18) y la Plata-

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    forma de Accin de Beijing +20, principal documento de poltica mundial sobre igual-dad de gnero. As mismo, estas mujeres tienen un ambiente laboral inadecuado y que desconoce las condiciones mnimas de salud ocupacional referidas a estndares ergonmicos, desarrollo de pausas activas, tiempo de descanso entre jornada, po-sibilidad de uso de lugares de descanso, exmenes de salud ocupacional peridicos y la realizacin de campaas de prevencin (decreto 614 de 1984, resolucin 1016 de 1989, ley 1562 de 2012); adems, se encuentran falencias respecto al ingreso al sistema de riesgos laborales y el reporte de sus aseguradoras (ArL) toda vez que las enfermedades atendidas fueron consideradas como enfermedades generales desco-nociendo la clasificacin de las enfermedades profesionales en las cuales se incluyen las del sistema osteomuscular.

    Conclusin

    La experiencia del trabajo clnico de la lnea Gnero y Derechos Humanos del Programa de Clnica Jurdica de la Universidad de Medelln en el estudio de las con-diciones laborales de las mujeres cajeras de supermercados en la ciudad de Medelln permiti que el Grupo Clnico se acercar, usando lentes de gnero, a la problemtica laboral de un grupo de mujeres en la ciudad, analizando sus condiciones laborales a la luz de los estndares internacionales. Por su parte, la implementacin de la es-trategia de enseanza clnica del derecho fortaleci la formacin en competencias analticas, argumentativas, investigativas y propositivas de las integrantes del Grupo Clnico, quienes al abordar una situacin real que pasa inadvertida para la sociedad, descubrieron situaciones de discriminacin de las mujeres que ponen en evidencia la existencia de una sociedad androcntrica. As mismo, la experiencia formativa aport elementos significativos en la construccin de estrategias de litigio en derechos hu-manos e inters pblico mediante el diseo y la implementacin de acciones para la defensa judicial, poltica y social de los derechos humanos de las mujeres.

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    Jurisprudencia

    Corte Constitucional

    T 850/2011, M. Gonzlez Cuervo.

    C-667/2006 J. Arajo Rentera

    Normas y leyes

    L. 1562/2012 Por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional.

    D. 614/1984 [con fuerza de ley]. Por el cual se determinan las bases para la organiza-cin y administracin de Salud Ocupacional en el pas. D. O. N 36561.

    R. 1016/1989.