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ESCUELA JOSE ARNOLDO BILBAO PFEIFFER.

REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

2018 – 2019

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INDICE.

Pág.

1. INTRODUCCIÓN................................................................................................... 04

2. OBJETIVOS .................................................................................................... 05

3. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA.......................................................................... 05

3.1. DIRECCIÓN................................................................................................... 05

3.2. UNIDAD TECNICO PEDAGÓGICA............................................................... 05

3.3. PROFESOR JEFE DE CURSO..................................................................... 05

3.4. PERSONAL ASISTENTE DE EDUCACIÓN.................................................. 05

4. NORMAS GENERALES DE INDOLE TÉCNICO PEDAGÓGICA ....................... 05

4.1. DE LA CONCEPCIÓN CURRICULAR.......................................................... 05

4.2. DEL FUNCIONAMIENTO............................................................................. 05

5. DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO................................ ............. 06

5.1. DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCION.......................................... ............. 06

6. NORMAS TECNICO - ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO

GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO ................................................................. 07

6.1. NORMAS GENERALES............................................................................... 07

6.2. LOS CARGOS, ROLES, FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE LOS

FUNCIONARIOS............................................................................................. 08

6.3. DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y NORMAS GENERALES DE LOS

FUNCIONARIOS.................................................................................................... 13

6.4. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE ALUMNOS Y ALUMNAS................. 13

6.5. DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS APODERADOS.......................... 15

6.6. DE LA DISCIPLINA........................................................................................ 17

6.7. DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL............................................................ 20

7. NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGO........................................................ 21

8. DE LAS RELACIONES DEL ESTABLECIMIENTO CON LA COMUNIDAD.......... 21

9. DE LA RESOLUCION DE CONFLICTOS.............................................................. 22

9.1. PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO ENTRE ESTUDIANTES.............. 22

9.2. PROTOCOLO DE ACCION – ACOSO ESCOLAR O “BULLYING..................

9.3. PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO DE UN ADULTO HACIA UN

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ESTUDIANTE.....................................................................................................

9.4. PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO DE UN ESTUDIANTE HACIA UN

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FUNCIONARIO DE LA ESCUELA..........................................................................

9.5. PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO DE UN APODERADO HACIA UN

33

FUNCIONARIO DE LA ESCUELA..........................................................................

9.6. PROTOCOLO DE ACCION – ABUSO SEXUAL CONTRA MENORES DE

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EDAD................................................................................................................. 40

9.7. PROTOCOLO DE ACCION – VIOLENCIA INTRAFAMILIAR CONTRA MENORES DE

EDAD....................................................................................................................... 44

9.8.- PROTOCOLO DE ACCIÓN – ACCIDENTES ESCOLARES………………………. .48

9.9.- PROTOCOLO DE ACCIÓN – ALUMNOS QUE SE REPORTAN ENFERMOS……48

9.10.- PROTOCOLO DE ACCIÓN – TRANSPORTE ESCOLAR…………………………..48

9.11.- PROTOCOLO DE ACCION – ALUMNOS(AS) EN RIESGO SOCIAL……………..49

10.- OTRAS NORMAS Y DISPOSICIONES………………………………………………….49 ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE

MARIQUINA

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DEPTO ADMIN EDUC MUNICIPAL

“ESCUELA RURAL “J. ARNOLDO BILBAO PF.”

REGLAMENTO INTERNO

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INTRODUCCIÓN

El presente Reglamento de Convivencia será difundido a toda la comunidad escolar, a través de la Agenda Escolar (extracto), talleres (Profesores y asistentes de la Educación) y/o en reuniones de subcentros de Padres y/o Apoderados. Será responsabilidad del Director el analizar con los funcionarios de la Escuela, y de los profesores jefes con sus alumnos y/o apoderados, el contenido del presente Reglamento

La vigencia del presente Reglamento de Convivencia será del periodo comprendido entre los años 2014 a 2015, después del cual se revisará en todo su contenido, efectuándose los cambios que se estimaren necesarios. La revisión corresponderá al Consejo General de Profesores, Centro de Padres y Apoderados y representantes de los Asistentes de Educación del Establecimiento Educacional.

Nuestra Organización Educativa postula:

- Una educación basada en un proceso integral de enseñanza aprendizaje y en la formación de sus alumnos con sentido de lo humano, lo justo y lo bello;

- Una educación basada en la igualdad de oportunidades, sin importar la procedencia ni la condición económica social y cultural de los alumnos;

- Una educación basada en el profesionalismo de sus educadores en el proceso educativo y, en donde el alumno, es el protagonista del proceso de enseñanza aprendizaje.

- Resguardar un trato sin discriminación entre los miembros de la comunidad escolar.

El Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, como instrumento Administrativo y Técnico Pedagógico, ordena, organiza y regula las funciones educativas desde el ámbito de su estructura, funcionamiento y vinculaciones de los distintos estamentos del establecimiento, así mismo establece los derechos y deberes de sus integrantes, cuya finalidad es la de mejorar la calidad, con equidad del proceso de enseñanza aprendizaje. Cabe señalar también, que por dicho reglamento regulamos nuestra conducta como educadores a través de la sana convivencia, el respeto por las diferencias individuales, inherentes al ser humano, promoviendo un clima de confianza y objetividad.

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OBJETIVOS

1) Contribuir a crear las condiciones técnico – pedagógicas y administrativas promoviendo un clima organizacional adecuado a las necesidades de la organización y teniendo como única finalidad favorecer y fortalecer el desarrollo del proceso educativo.

2) Fomentar e inculcar valores y actitudes fundamentales(vida sana), necesarios para que exista un ambiente que favorezca la formación integral de nuestros alumnos a través del ejemplo, abnegación y profesionalismo de sus educadores ESTRUCTURA ORGANIZATIVA:

1.- DIRECCIÓN:

El Director es un docente directivo que, como jefe del establecimiento educacional, es responsable de la

dirección, organización y funcionamiento del mismo, de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes.

2.- UNIDAD TECNICO PEDAGÓGICA

Esta Unidad está compuesta por el Jefe de UTP y 2 docentes, los cuales son los responsables de asesorar al

Director en la parte técnica, y por lo tanto, programar, organizar, supervisar y evaluar el desarrollo de las

actividades curriculares.

3.- PROFESOR JEFE DE CURSO:

Es el docente que, es responsable de la marcha pedagógica y de Orientación de su curso. También vela, junto a

la UTP, por la calidad del proceso de enseñanza aprendizaje en el ámbito de su curso.

4.- PERSONAL ASISTENTE DE EDUCACIÓ

Es todo el personal no docente que labora en la escuela, y que tiene como responsabilidad apoyar y

complementar el proceso de enseñanza aprendizaje

NORMAS GENERALES DE INDOLE TÉCNICO PEDAGÓGICA.

1.- DE LA CONCEPCIÓN CURRICULAR

Nuestra Organización Educativa postula: Una educación basada en un proceso integral de Aprendizaje y en la

formación de sus alumnos con sentido práctico en lo valórico y humano.

Una educación basada en la igualdad de oportunidades, sin importar la procedencia ni la condición económica

social y cultural de los alumnos.

2.- DEL FUNCIONAMIENTO

La Escuela “ Rural J. Arnoldo Bilbao Pf.” Pelchuquín, en la comuna de Mariquína, Provincia de Valdivia,

atiende una matrícula aproximada de 128 alumnos y alumnas desde los niveles Prekinder a Octavo Año Básico,

incorporada a la Jornada Escolar Completa Diurna, con Régimen Semestral, cuyo horario de funcionamiento es

el siguiente

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- Funcionamiento del Establecimiento: Lunes a Jueves : 8,00 a ,18:30 horas Viernes : 8,00 a ,16:30 horas

- La dotación de funcionarios Docentes está compuesta por:

• Un Director

• Una Unidad Técnico-pedagógico (3 integrantes)

• 7 Docentes de Educación General Básica

• Una docente Educación Parvularia

• Una Docente Educación Diferencial

• Una docente de Idioma Inglés

- La dotación de funcionarios Asistentes de la Educación está compuesta por:

• Una Inspectora de pasillo, labores administrativas Un Inspector de pasillo, Encargado Enlace y CRA

• Una Asistente de Párvulos

• Una Encargada de Seguridad Escolar Dos Manipuladoras de Junaeb

• Una Auxiliar de Servicios Menores.

DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIO.

El establecimiento se regirá por los Planes de Estudio del Ministerio de Educación.

1. DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCION.

La evaluación y promoción escolar de los alumnos y alumnas de la escuela se regirá por el Decreto Supremo

exento N°511/97 y sus modificaciones.

De la promoción:

Por asistencia:

1.- Para ser promovidos los alumnos y alumnas de 1º a 8º año básico, deberán asistir, a lo menos al 85% de las

clases establecidas en el Calendario Escolar.

2.- No obstante, por razones debidamente justificadas el Director del Colegio y el Profesor Jefe podrán autorizar

la promoción de los alumnos y alumnas de 1º a 4º con porcentajes menores de asistencia y de 5º a 8º el Director

mas el Consejo de Profesores resolverán la situación. Sin embargo, la inasistencia deberá ser debidamente

justificada en el momento oportuno.

Nota; Esta autorización solo podrá ser validad por una vez en la vida como estudiante de nuestra escuela.

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3.- Por rendimiento: (Decreto 511 / 1997 y complementarios)

3.1.- El Estudiante de 1er año básico deberá leer y escribir para ser promovido al curso superior.

3.2.- El Director del Colegio en conjunto con la UTP, podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en

variadas evidencias del profesor(a) Jefe del curso de los alumnos(as) afectados, no promover de 1° a 2° año

básico o de 3° a 4° básico a aquellos(as) alumnos(as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura

y matemática, con relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el colegio, por

lo cual el establecimiento tendrá una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno(a) y la

constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera tal de

posibilitar una labor en conjunto.

3.3.- Serán promovidos los alumnos de 1er a 8º Básico que cumplan con los siguientes requisitos:

- Que aprobado todas las asignaturas del Plan de Estudio.

- Que hubiesen reprobado una asignatura, siempre que su promedio anual sea de 4,5 o superior, incluido el reprobado.

- Que hubiesen reprobado dos asignaturas, siempre y cuando su promedio anual sea 5,0 o superior, incluidos los reprobados.

NORMAS TECNICO - ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL

ESTABLECIMIENTO.

6.1.- NORMAS GENERALES:

a) De la matrícula:

El alumno que se matricule en la “Escuela Rural J. Arnoldo Bilbao Pf.” se compromete a respetar el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar y las disposiciones emanadas por el Ministerio de Educación.

Para matricularse en la Escuela es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

Presentar, obligatoriamente, los siguientes documentos:

- Certificado de nacimiento

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- Certificado de estudios año escolar anterior

- Fotocopia de documentos de Salud, Previsional u otros

b) Edad mínima de ingreso:

Educación Parvularia:

Primer Nivel Transición (Pre–Kínder): 4 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente.

Segundo Nivel de Transición (Kínder): 5 años cumplidos al 31 de marzo del año escolar correspondiente.

Sin perjuicio de lo anterior, el director del establecimiento puede decidir la admisión de niños que cumplan las

edades antes señaladas en fechas posteriores, que no excedan al 30 de junio del mismo año. En caso de hacer

uso de esta facultad, el director deberá informarlo al jefe provincial de educación en un plazo de 30 días.

Educación Básica:

Primero Básico: edad mínima, 6 años cumplidos al 31 de marzo del año correspondiente. Sin perjuicio de lo

anterior, el director del establecimiento puede decidir la admisión de niños que cumplan las edades antes

señaladas en fechas posteriores, que no excedan al 30 de junio del mismo año. En caso de hacer uso de esta

facultad, el director deberá informarlo al jefe provincial de educación en un plazo de 30 días.

Ningún alumno (a) en situación de riesgo social y las alumnas que pudieren estar embarazadas podrán ser

alejados (as) del sistema escolar y la Escuela creará las instancias de resguardar su continuidad de estudios. Lo

anterior siempre y cuando su disciplina sea la que dispone el presente Reglamento Interno.

La dirección, previo acuerdo con el Consejo de Profesores, se reserva el derecho de renovar la matrícula a los

alumnos o alumnas que hayan tenido problemas conductuales, especialmente en los casos de agresividad física

o sicológica.

6.2.- LOS CARGOS, ROLES, FUNCIONES Y ACTIVIDADES DE LOS FUNCIONARIOS. a) DEL DIRECTOR DEL ESTABLECIMIENTO:

El Director es el Jefe del establecimiento, responsable de dirigir, organizar, coordinar, supervisar y evaluar el

trabajo de sus distintos organismos, de manera que funcionen armónica y eficientemente.

En el ejercicio de sus roles actuará de acuerdo con los principios de las ciencias de la educación, las normas

legales y las disposiciones del Proyecto Educativo y del Reglamento Interno de la Unidad a su cargo.

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Sus principales funciones son:

-Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de administración educacional y teniendo presente que la

principal función del establecimiento es educar, y prevalece sobre la administrativa u otra, en cualquier

circunstancia y lugar.

-Determinar los objetivos propios del establecimiento en concordancia con los requerimientos de la comunidad

escolar y de la comunidad nacional.

-Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

-Proponer la estructura organizativa técnico pedagógica del establecimiento que estime conveniente, debiendo

salvaguardar los niveles básicos de Dirección, planificación y ejecución.

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Propiciar un ambiente estimulante en el establecimiento para el trabajo de su personal y crear las condiciones

favorables para la obtención de los objetivos del plantel.

- Impartir las instrucciones para establecer una adecuada organización, funcionamiento y evaluación del

currículo, procurando una eficiente distribución de los recursos asignados.

-Presidir los consejos ordinarios y delegar funciones cuando corresponda.

-Representar oficialmente al Colegio frente a las autoridades educacionales y a su vez cumplir las normas e

instrucciones que emanen de ella.

-Aplicar las medidas necesarias para que se realice normalmente la supervisión y la inspección del Ministerio de

Educación, según corresponda.

-Administrar el programa anual de trabajo.

-Estimular y facilitar el perfeccionamiento y/o capacitación del personal de su dependencia. Velar por el

cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad dentro del establecimiento educacional.

-Cumplir y hacer cumplir las normas constitucionales, legales y reglamentarias.

-Controlar el cumplimiento de asistencia y los horarios de los profesores.

Cautelar que el alumnado mantenga las condiciones higiénicas de todas las dependencias e instalaciones del

establecimiento.

-Mantener actualizado el inventario del establecimiento.

-Controlar la disciplina del alumnado exigiendo hábitos de puntualidad, respeto y presentación personal.

-Vincular al establecimiento educacional con organismos de la comunidad.

-Velar por situaciones tales como: enfermedad, accidentes y asistencialidad

-Mantener contacto con los apoderados en relación a situaciones disciplinarias y de asistencias de los alumnos.

-Controlar la disciplina, puntualidad, asistencia, justificativos y certificados médicos de alumnos y alumnas.

-Mantener estadísticas de inasistencias, atrasos y observaciones de todos los alumnos y alumnas.

-Autorizar los permisos administrativos del personal docente y solicitar al Director de DAEM los permisos

administrativos del personal no docente.

b) DEL JEFE DE LA UNIDAD TECNICA PEDAGOGICA

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Es el docente técnico que tiene como función la de coordinar, asesorar y evaluar las funciones docente técnico -

pedagógicas que se dan en la organización educativa, tales como: Orientación Educacional y Vocacional,

Planificación Curricular, Supervisión Pedagógica, Evaluación Educativa.

-Fortalecer el desarrollo del proceso educativo, coordinando acciones que integren, canalicen y concierten los

esfuerzos académicos, con el fin de armonizar el trabajo de los docentes, en función del logro de los objetivos

educacionales propuestos por el establecimiento.

-Fortalecer el trabajo técnico – pedagógico del docente de aula, a través de acciones de asesoría directa y de

apoyo efectivo, oportuno y pertinente.

-Promover el trabajo en equipo, integrado y participativo, especialmente entre docentes de aula.

-Promover y facilitar el perfeccionamiento, capacitación, y/o actualización permanente de los docentes.

-Fomentar y respetar la autonomía y responsabilidad profesional de los docentes de aula, favoreciendo su

creatividad personal y académica.

Coordinar y apoyar el desarrollo de las actividades de orientación educacional.

-Asesorar las actividades de planificación curricular de los docentes y el desarrollo de los contenidos

programáticos.

-Promover y coordinar la realización de reuniones, talleres de trabajo, y otras actividades para enfrentar los

problemas pedagógicos, en función de una mayor calidad educativa.

-Diseñar en conjunto con los otros estamentos del establecimiento, programas y / o acciones de mejoramiento

de la calidad de los aprendizajes más urgentes de atender y organizando eficientemente los recursos de que se

dispone para desarrollarlos.

-Favorecer la existencia de un clima organizacional escolar sano y apropiado para hacer más efectiva la acción

educadora del establecimiento.

c) DEL PROFESOR JEFE DE CURSO

Es el responsable directo de integrar a su curso en todo el quehacer educacional del Colegio, cuidar en forma

preferente el desarrollo y la formación integral de sus alumnos y conducirlos al éxito escolar, sus funciones

respectivas son:

-Organizar y asesorar todas las actividades del Consejo de Curso, así como aquellas derivadas de su calidad de

Profesor jefe. (Actividades sociales, culturales y/o recreativas, apuntando al logro de objetivos transversales)

-Planificar, organizar, desarrollar y evaluar unidades de Orientación con asesoría correspondiente, relativas a las

necesidades e intereses de los alumnos y alumnas de su grupo curso. (Hábitos de estudio, disciplina, valores,

etc.)

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-Mantener una visión del rendimiento de todos los alumnos y alumnas del curso basada en los antecedentes

otorgados por los profesores de las distintas asignaturas y buscar o estudiar posibles soluciones cuando sea

necesario.

-Detectar alumnos o alumnas con problemas de socialización, de salud o conductuales para darles un

tratamiento oportuno por parte de organismos competentes, dando informe de ello a los estamentos

correspondientes (Dirección, U.T.P., encargado de Salud)

-Cumplir oportunamente con la información o documentación que sea solicitada por la Dirección o Unidad

Técnica Pedagógica.

-Incentivar a los alumnos y alumnas a cumplir con el Reglamento Interno, con especial énfasis en la presentación personal, puntualidad, responsabilidad y disciplina y por otra parte velar por el prestigio de su colegio. -Fomentar el uso del Diario Mural, la lectura complementaria, la lectura a viva voz y la participación de alumnos

y alumnas en actividades extraescolares y actos cívicos.

-Preocuparse por mantener una estrecha comunicación con todos los docentes que le imparten clases al curso y

velar por una exigencia y rendimiento en sus alumnos y alumnas.

-Asistir y participar en consejos generales y técnicos.

-Realizar entrevistas personales a sus alumnos o apoderados, cuando la situación lo requiera o le sean

solicitados, dejando registro de ello en el libro de clases (fecha de entrevista, objetivo de la misma y firma

correspondiente)

-Realizar trabajo administrativo relativo al curso a su cargo (Libro de clases, archivo, carpetas de los alumnos y

alumnas, confección de Libretas de Notas, informes de personalidad, control de asistencia de sus alumnos y

alumnas, control de atrasos, medidas disciplinarias, control calendario de pruebas, etc.)

-Realizar y dirigir a lo menos una reunión semestral de Padres y / o Apoderados con los siguientes objetivos:

Organizar la Directiva de Padres del Curso y entregar información sobre el funcionamiento de la Unidad

Educativa.

- Tratar temas concernientes a rendimiento general del curso, disciplina y participación de los alumnos y alumnas.

- Entregar libretas de notas del primer y segundo semestres

- Organizar Talleres para Padres con temas de relevancia (relación padres e hijos, hábitos de estudios, sexualidad, etc.)

-Recibir y canalizar hacia quiénes corresponda las inquietudes planteadas por sus alumnos y alumnas, Padres y

Apoderados, con respecto a cualquier aspecto de la vida escolar.

-Tener su Plan Anual de Curso, proyectos de Aprendizaje y sus instrumentos de evaluación.

-Cumplir con turnos diarios o semanales que serán distribuidos por la Dirección.

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-Presentarse de manera formal cuando se encuentre en sus funciones educativas y presénciales.

d) DEL PROFESOR DE AULA

Es el encargado y responsable de impartir la enseñanza a los alumnos y alumnas del colegio de acuerdo a las

normas pedagógicas preestablecidas por los organismos oficiales y los propósitos y objetivos contemplados en el

planteamiento curricular de la escuela. Por lo tanto le corresponderá lo siguiente:

-Desarrollar sus actividades (clases) de acuerdo y conforme a una planificación derivada de los Planes y

programas de Estudio vigente.

-Distribuir pedagógicamente las tareas escolares y revisarlas en forma oportuna.

-Realizar puntual y oportunamente las interrogaciones, pruebas y demás actividades necesarias para evaluar el

trabajo de alumnos y alumnas.

-Solicitar entrevista con apoderados, cuando sea necesario, facilitando con ello una comunicación oportuna, en

su hora de atención de apoderados.

-Preparar y participar responsablemente en los Actos Cívicos, Académicos, y demás actividades no lectivas del

colegio.

-Llevar el libro de clases al día (asistencia de alumnos, firmas, contenidos, tareas, notas, etc.) -Reforzar en los

alumnos y alumnas hábitos, actitudes y valores necesarios para su desarrollo integral.

-Controlar el uso del uniforme, así como exigir la autorización de ingreso (pase) en caso de inasistencia y atrasos.

-Velar por el respeto y disciplina dentro de la sala de clases. Todos los casos conductuales positivos o negativos

deberán ser registrados en la respectiva hoja de vida del alumno y alumna, e informados al profesor jefe o a la

Dirección.

-Presentar a U.T.P. del colegio ideas, planificaciones, objetivos y propuestas para el desarrollo óptimo de su

asignatura.

-No postergar ni permitir aplazamientos de pruebas y/o trabajos salvo causas muy específicas y avaluadas por la

U.T.P.o dirección.

-Informar a U.T.P. o Dirección, calendario de pruebas en su asignatura.

-Entregar a U.T.P. o Dirección un ejemplar de cada prueba o trabajo con el procedimiento evaluativo y la

conversión de puntaje a nota.

-En caso de ausencias previstas a su jornada de trabajo (cursos de perfeccionamiento, viaje y/o motivos de

salud, etc.) entregar a UTP. ,material de trabajo para ser desarrollado en sus cursos por profesores

reemplazantes.

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Solicitar autorización a Dirección si el Docente desea invitar a personas que no pertenecen al Cuerpo Docente, a

presenciar y participar en clases en alguna Unidad del programa.

-Iniciar y terminar puntualmente sus clases y cumplir con sus reemplazos acordados y vigilancias que se le hayan

asignado, ya sea antes o después de las horas de clases, en los recreos u otra actividad.

-Las actividades pedagógicas planificadas para ser realizadas fuera del colegio (salidas a terreno) deben ser

informadas a la Dirección del Establecimiento y dar cumplimiento a las normas ministeriales existentes para

éstos efectos. Los alumnos y alumnas deben tener la autorización de sus padres o apoderados, previa

comunicación firmada. Cada salida fuera del colegio deberá ser registrada en un libro destinado para ello.

(fecha, objetivo de la salida, hora de salida, hora de llegada)

-Tener una buena presentación personal, símbolo de ejemplo para los alumnos y alumnas.

e) DE LOS TURNOS DE PATIO(Asistentes de la Educación)

-Le corresponderá la atención y vigilancia permanente de entrada y salida de alumnos y alumnas del

establecimiento y su comportamiento en el patio a los inspectores de pasillo.

-Vigilar y controlar la disciplina durante los recreos respectivos.

-Colaborar en la confección de material y marcación de cuadernos.

-Responsabilizarse de los cursos en ausencia de los docentes.

-Cuidar el aseo y limpieza de salas y pasillos.

-Verificar que los libros de clases estén al finalizar la jornada.

-Despachar cursos(locomoción escolar).

-Atender, recibir a los alumnos revisando uniforme y presentación personal.

-Toque de campaña para inicio de actividades, recreos y términos de actividades.

f) DEL AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES:

Son los funcionarios que cumplen las tareas de mantención y mejoramiento del local escolar y cumplir servicios

de ordenanzas dadas por el Director y a solicitud del personal docente y no docente de la Escuela.

-Su responsabilidad será cumplir las disposiciones sobre el aseo y ornato del colegio y sus dependencias,

especialmente patios, pasillos y SSHH, tanto de los alumnos como del personal.

-Realizar los trabajos de reparaciones y reposiciones que el Director le señale o quien lo reemplace.

-Mantener la leñera, proporcionando a diario la leña a los cursos que lo requieran y manteniendo la calefacción

de salas y oficinas del establecimiento. -Mantener limpios cañones y aparatos calefactores.

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h) DEL PERSONAL MANIPULADOR DE ALIMENTOS:

Las obligaciones y deberes de este personal es el siguiente:

-Mantener el lugar donde preparan los alimentos completamente aseados al igual que todos los utensilios con el

cual preparan y procesan los alimentos diariamente.

-Su vestuario durante la manipulación de alimentos debe ser la adecuada para evitar contactos o caídas de

especies en los alimentos.

-Evitar el desperdicio de alimentos ciñéndose a la minuta que les sea entregada.

-Mantener un estricto cuidado en la manipulación y preparación de los alimentos, siguiendo las nomas de

higiene que prevalen para estos casos.

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6.3.- DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y NORMAS GENERALES DE LOS FUNCIONARIOS.

DERECHOS :

• Todo personal que se desempeñe en la “Escuela Rural J. Arnoldo Bilbao Pf.”, tiene el derecho a ser tratado en forma deferente y respetuosa por sus superiores y pares.

• Todo personal tiene el derecho a ser respetado por los alumnos, padres, apoderados y comunidad en general.

PERMISOS ADMINISTRATIVOS:

• Todo el personal del establecimiento tendrá derecho a solicitar hasta seis días de permiso administrativo en el año. No podrán ser días consecutivos, salvo situaciones especiales que serán tratados en forma personal.

• Los permisos deberán solicitarse por escrito con un mínimo de 24 horas de anticipación, al Director de la Escuela, el cual los podrá autorizar o denegar de acuerdo a la situación general que presenta la escuela.

• El profesor que solicitare permiso administrativo deberá entregar, junto a la solicitud de permiso, una guía de trabajo didáctico a cumplir por los cursos que debía atender en el día solicitado.

RESTRICCIONES DEL PERSONAL:

• Deberá mantener una conducta intachable que no atente contra los principios éticos y morales propugnado por la unidad educativa.

• El personal, no podrá fumar dentro de las dependencias de la Escuela.

• No podrá hacer transacciones comerciales de cualquier tipo con alumnos y alumnas, apoderados.

• No interrumpir sus funciones profesionales para realizar acciones personales.

6.4.- DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE ALUMNOS Y ALUMNAS

A) DE LOS DERECHOS

Todo alumno y alumna tiene derecho a:

01. Recibir una educación y una instrucción sólida.

02. Ser escuchado y explicar sus actos.

03. Usar el Seguro Escolar en caso de accidentes en el colegio o en trayecto a ella.

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04. Recibir un trato cordial, exigente y justo de todo el personal de la Escuela.

05. Conocer las normas que rigen el comportamiento y convivencia escolar.

06. Conocer las normas que rigen la evaluación, calificación y promoción escolar.

07. Conocer sus calificaciones anotadas en el Libro Clases, en cada asignatura y el contenido de las

observaciones registradas en su Hoja de Vida o Libro de Clases.

08. Utilizar los servicios de Biblioteca, y otras dependencias del colegio con la debida autorización.

09. Ser estimulado por su buena conducta.

10. Recibir explicaciones claras y racionales sobre los aspectos negativos de su conducta.

11. Expresar libremente sus ideas, dentro de un marco de respeto y consideración hacia los demás.

12. Consultar ante sus dudas o interrogantes, que se desprendan de cada asignatura o contenido.

B) DE LOS DEBERES:

01. Mantener un trato deferente y respetuoso con todo el personal de la Escuela y con sus compañeros,

vocabulario y modales de buena educación.

02. Participar en forma activa y positiva en clases, favoreciendo el desarrollo del proceso de aprendizaje.

03. Presentarse a clases con los materiales que le han sido pedidos por su profesor (a).

04. Cuidar la buena presentación de cuadernos, trabajos y pruebas; los cuadernos ordenados y con los

contenidos de aprendizaje al día.

05. Cuidar los útiles escolares propios y los de sus compañeros, el mobiliario, implementos e instalaciones de la

Escuela.

06. Ingresar puntual y ordenadamente a cada hora de clases.

07. Cumplir con las fechas indicadas para evaluaciones y entregas de trabajo, como así también, con los

compromisos adquiridos.

08. Ponerse al día con las materias tratadas, tareas o trabajos realizados durante el período de ausencia a clases.

09. Presentar oportunamente firmadas por el apoderado: pruebas, citaciones, informativos, comunicaciones en

su Agenda y documentos que la Escuela requiera.

10. Respetar por razones de seguridad, las áreas de juegos y baños que se han asignado a cada uno de los ciclos de enseñanza.

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11. Cooperar con el orden y la disciplina en la sala de clases, de tal manera que el trabajo escolar pueda ser efectuado dentro de los cauces normales, sin perjudicar a los demás en su aprendizaje, ni estorbar la labor docente.

12. Contribuir al aseo y ornato de la Escuela con el correcto orden de sus útiles, mobiliario, material didáctico y con su presentación personal.

13. La presentación personal incluye:

a. Presentarse adecuadamente a cada jornada de trabajo, con uniforme completo, establecido previamente por la Escuela. (incluye la presentación a Talleres).

b. Los varones deben presentarse con sus prendas de uniforme limpias y ordenadas, pelo corto, (sin moño), uñas cortas y limpias, sin aros y/o pirsin.

c. Las damas no deben presentarse con maquillaje facial u otros, uñas pintadas, accesorios de colores llamativos (collares, aros, anillos, pulsera, pirsin)

14. Los alumnos y alumnas deberán cuidar sus modales, hábitos, conductas y emplear un lenguaje correcto, acorde con la enseñanza de la Escuela, tanto dentro como fuera del Establecimiento, incluyendo los medios de transporte.

15. Ser cortés, deferente y respetuosos(as) con las personas que visiten la Escuela.

16. Todos los alumnos y alumnas deben llevar siempre su libreta de comunicaciones, que es el nexo entre la Escuela y los apoderados.

17. Los alumnos y alumnas no deben ingerir alimentos durante las clases.

18. En caso de inasistencia, el alumno o alumna debe justificar por escrito, en la primera hora de la clase siguiente a la que asista, en la Inspectoría o Dirección, el justificativo debe ser escrito y firmado por el apoderado, madre, padre o algún familiar cercano del alumno o alumna, cuya identidad este establecida en la Unidad Educativa.

19. El alumno o alumna no podrá utilizar en la Escuela: Juegos de vídeo o celulares, los que serán retenidos para ser entregados a los apoderados y/o juegos que sean peligrosos para la integridad física de ellos ( trompos)

20. Los alumnos no deben traer objetos de valor o delicados, ya que el establecimiento no se responsabiliza por su pérdida o deterioro.

21. El alumno o alumna debe evitar los juegos bruscos, riñas o bromas de mal gusto o que pongan en riesgo su seguridad y la de otros niños, como asimismo agresiones o burlas hacia sus compañeros. (El Bullying o acoso escolar. también conocido como hostigamiento escolar, matonaje escolar, es: cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico producido entre escolares de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado tanto en el aula, como a través de las redes sociales.

22. Representar a la escuela en los eventos deportivos, culturales, artísticos, cívicos y/o cualquier actividad extraprogramática.

6.5.- DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS APODERADOS

La “Escuela Rural J. Arnoldo Bilbao Pf.”, reconoce que toda labor educativa se basa en la sana

armonía entre los padres y el establecimiento que educa a sus hijos, lo cual permite un trabajo conjunto y

coordinado, facilitando con esto todo proceso enseñanza – aprendizaje -. - Corresponde a los padres y

apoderados de la Escuela cumplir las normas mínimas de acercamiento que son :

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a) Asistir a reuniones establecidas por la escuela, solamente el apoderado sin sus pupilos, ya que el establecimiento no cuenta con personal en ese horario, para cautelar la integridad y seguridad de nuestros alumnos y alumnas.

b) Velar y cautelar el cumplimiento de los deberes de sus pupilos en sus tareas, trabajos de investigación, lecturas de textos, desarrollo de guías de trabajo, etc.

c) Responsabilizarse por el cuidado y mantenimiento de los textos y/o cualquier otro material que se le hace entrega a los alumnos y alumnas, y de cómo proveerlo de los útiles y materiales necesarios.

d) Asistir a las reuniones de curso, charlas, entrevistas personales, a la cual haya sido citado, de no hacerlo deberán justificar personalmente su inasistencia en la Inspectoría o Dirección, al día siguiente de la reunión o entrevista.

e) Participar activamente con el centro General de Padres de la Unidad Educativa.

f) Incentivar al alumno y alumna a crear hábitos y conductas positivas.

g) Comunicarse siempre en primera instancia con el profesor Jefe a fin de salvaguardar los conductos regulares, desde los cuales podrá derivar según corresponda a profesores de asignatura o Dirección.

h) Informar según corresponda si el alumno o alumna presenta alguna enfermedad que necesite ser observada.

i) Informar a la Escuela cuando el alumno o alumna se ausente por enfermedad y reintegrarlo con un Certificado Médico en casos que lo requiera.

j) Es responsabilidad del padre o apoderado, la buena presentación personal de su pupilo, el uso del uniforme que lo identifica como alumno.

k) El Padre o Apoderado debe asumir la responsabilidad de restaurar o pagar los perjuicios ocasionados por su pupilo, quebrar vidrios, ampolletas, tubos, lavamanos, duchas, tazas, romper puertas, mobiliario, etc.

l) Toda observación negativa o queja en contra de la Escuela y/o Profesores, deberá hacerla llegar por escrito a la Dirección del establecimiento. De esta manera se buscará solución en conjunto a lo que se refiera dicha observación.

m) Los apoderados no deben ingresar a las dependencias privadas de la Escuela, sin la debida autorización del Director ó quién le subrogue.

n) Solicitar entrevista con profesor jefe o de Asignatura, ya que no serán atendidos en horas que no correspondan a los horarios de atención establecidos por cada profesor(a) salvo casos muy justificados que así lo requieran. Al inicio del año escolar se fijará el día y horario que cada profesor jefe atenderá a los padres y/o apoderados de su curso.

o) Matricular a sus hijos (as) en las fechas indicadas por la Dirección.

La falta reiterada de una o más de estos derechos será entendida como desinterés en el proyecto de

Educación común entre Familia y Escuela, facultando a la Dirección para citar al apoderado a una entrevista con

el Director.

a) Velar porque el alumno comprenda, respete y cumpla con las obligaciones y deberes

que le impone su condición de educando, especialmente lo consignado en este Reglamento.

b) Concurrir a las citaciones que la Escuela le haga para tratar cualquier asunto relacionado con su pupilo y a las reuniones de los respectivos Sub Centros. Cualquier impedimento debe ser comunicado previamente.

c) Revisar diariamente la Agenda escolar, firmarla y vigilar que las tareas o deberes

anotados en ella se cumplan y realicen en la forma mejor posible.

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d) Informarse del desempeño escolar de sus hijos con el fin de cooperar con la acción

educativa del establecimiento y cumplir las acciones remediales requeridas.

e) Firmar y devolver puntualmente las comunicaciones y otros documentos enviados al

hogar, relacionados con la vida escolar de los alumnos.

f) A los Padres y Apoderados les queda prohibido intervenir en asuntos técnico-

pedagógicos o administrativos, que son de exclusiva atención del Establecimiento. Quien con ligereza, sin la

debida responsabilidad o sin el adecuado conocimiento de los problemas institucionales, critica públicamente a

la Escuela y/o adopta medidas que pretenden modificar decisiones que son de la exclusiva atribución de la

Dirección, UTP y/o consejo de Profesores.

g) Todo apoderado que tenga que ausentarse de la ciudad o del país por un tiempo

prolongado, deberá nombrar una persona que lo reemplace, registrándolo en la Agenda Escolar.

h) Cuando sea necesario solicitar una entrevista con algún profesor, ésta debe solicitarse a través de comunicación escrita en la Agenda, dirigida al Profesor-Jefe o profesor de asignatura, quien hará la coordinación correspondiente.

i) Toda entrevista realizada quedará registrada en la hoja de vida del apoderado y su

firma.

j) Cumplir las indicaciones o sugerencias de atención especializada (medicina general,

psicología, etc., requeridas por la escuela.

k) Respetar las normas sobre Viajes de Estudios, dadas a conocer por la Dirección

incluidas en los Reglamentos.

l) Es indispensable para la buena formación de nuestros alumnos que todas las personas adultas conectadas con la escuela, den ejemplo de buena convivencia en base a los principios básicos de respeto mutuo, en cualquier actividad o situación relacionada con la vida escolar de los estudiantes.

m) Se debe informar claramente el nombre y parentesco de la persona que retirará al alumno en caso que no sean aquellas autorizadas por el apoderado a principio de año escolar.

6.6.- DE LA DISCIPLINA ESCOLAR

La Escuela reconoce que todo alumno y alumna está inserto en un proceso normal de formación de la

personalidad, por tanto, requiere ser enseñado y corregido en un clima de respeto y consideración, de acuerdo

al esquema personalizado de la Escuela y a los principios pedagógicos que le son propios. En este sentido el

esquema de Convivencia Escolar, otorgado por el reglamento Interno, con respecto a las faltas y sanciones, no

es más que la formación y preparación de alumnos y alumnas para la vida en sociedad.

TIPOS DE FALTAS:

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La ruptura de las normas de convivencia serán orientadas, para ello se han tipificado las faltas de

acuerdo a tres categorías : LEVES, GRAVES, MUY GRAVES.

1. FALTAS LEVES: Son aquellas actitudes y comportamientos que alteran la convivencia escolar, pero que no involucran daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. Ej. Atrasos, olvidar un material, etc.

Se les amonestará en forma verbal y/o escrita en su Hoja de Vida Escolar. Cumplidas 3 faltas

leves, será citado el apoderado a la Dirección de la Escuela.

2. FALTAS GRAVES: Son aquellas actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad escolar y del bien común, asi como acciones deshonestas que afecten la convivencia. Ej. Dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad educativa, etc.

Corresponde amonestación escrita en su Hoja de Vida, citación inmediata al apoderado y el

Director decidirá la posible suspensión de clases.

3. FALTAS MUY GRAVES: Son actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad y que son sostenidas en el tiempo. También las conductas tipificadas como delitos. Ej. Robos, abuso sexual, etc.

Se exigirá la presencia del apoderado en forma obligatoria e inmediata, amonestación escrita

en el Libro de Clases y suspensión de clases (3 días). El caso pasará al Consejo de Profesores

pudiendo determinar medidas tales como: asistencia al establecimiento sólo a rendir

evaluaciones, cuando la falta atente contra el buen desempeño docente y de sus compañeros,

no dejando cumplir los objetivos propuestos para la clase y su conducta grave sea reiterativa y/o

condicionalidad de matrícula, o bien, cancelación de la matrícula.

Con todo y como regla general, se establece que cumplidas 3 anotaciones negativas,

se citará al apoderado y se le informará la situación bajo firma. Luego, al cumplir 6 anotaciones

negativas, se citará al apoderado para que sea informado bajo firma y se suspenderá de clases al

alumno (de uno a tres días, según la gravedad de la situación). Posteriormente, si el alumno

junta 9 anotaciones negativas, se citará al apoderado y el caso pasará al Consejo de Profesores,

donde se decidirán los pasos a seguir y las sanciones que correspondan según sea el caso.

Entre las sanciones también podrán ser consideradas las de índole formativas y/o

reparadoras, tales como: de servicio comunitario o pedagógico.

También se considerarán los atenuantes o agravantes:

ATENUANTES:

- Apoderado que asiste a reuniones o citaciones

- Apoderado que asiste a Talleres de Orientación.

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- Apoderado cooperador con las actividades de la escuela.

- Apoderado de cumple con los compromisos contraídos con la escuela.

- Apoderado que desarrolla actividades dirigenciales en la escuela y/o curso.

- Alumnos con buen rendimiento en Lenguaje y Matemática.

- Alumno que representa a la escuela o curso en actividades extraprogramáticas.

- Alumno que trabaja en clases y/o que participa activamente en ella. - Alumno con buena Hoja de Vida anterior a la falta.

AGRAVANTES:

Todas las opuestas a las atenuantes.

Se considerarán FALTAS LEVES, entre otras, a lo siguiente:

-- Interrumpir el normal funcionamiento de la clase.

-- Pararse de su asiento sin autorización de su profesor (a), interrumpiendo la clase. -- No cumplir con sus deberes escolares a tiempo (tareas, trabajos, etc) -- No presentarse a clases de Educación Física con equipo deportivo. -- Llegar atrasado a clases o formaciones.

-- Incumplimiento en el uso del uniforme escolar.

-- Presentarse a clases sin sus materiales.

-- Usar vestimentas, accesorios que no están considerados en el uniforme oficial.

-- No portar su Agenda Escolar oficial, o tenerla deteriorada.

-- Extraviar la Agenda Escolar, textos escolares y libros de la biblioteca.

Se considerarán FALTAS GRAVES, entre otras, a lo siguiente:

-- Ofender con sobrenombres injuriosos o insultos, hacia sus compañeros y demás miembros de la comunidad

escolar.

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-- Dibujar, escribir y/o rayar en paredes, pupitres, baños, etc.

-- Copiar en una prueba.

-- Actuar de manera inadecuada en pololeo dentro del establecimiento.

-- Acumular 3 anotaciones negativas (faltas leves) en su Hoja de Vida.

-- Copiar un trabajo a un compañero(a).

-- Falsear una nota.

-- Agredir físicamente a un compañero(a) provocándole lesiones leves.

-- Falsificar comunicaciones o firma del apoderado.

-- Destruir en forma intencional infraestructura o recursos de la escuela.

-- Participar en desordenes con resultado de daños.

-- Salir sin autorización de la sala comedor, biblioteca, etc.

-- Destruir intencionadamente vestimenta, materiales o pertenencias de otra persona.

-- Negarse a trabajar en clases.

-- Negarse a rendir una prueba, interrogación u otro trabajo que sea evaluado.

-- Usar un lenguaje grosero.

-- Fumar dentro y fuera del establecimiento, bus escolar, etc.

-- Negarse a representar a la escuela en eventos cívicos, artísticos, culturales, etc.

-- Interrumpir la clase, en forma repetitiva y constante.

-- Faltar el respeto a profesores, asistentes de la educación, apoderados, conductores de los buses escolares,

mediante groserías, gestos obscenos, etc.

-- Provocar desordenes que entorpezcan la rutina escolar: actos cívicos, formaciones, comedores, etc.

-- Provocar desorden en los buses escolares, no obedeciendo las instrucciones de los conductores.

Se considerarán FALTAS MUY GRAVES, entre otras, a lo siguiente:

-- Cometer una falta grave estando en calidad de condicional.

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-- Fumar y consumir bebidas alcohólicas y/o drogas dentro de la Escuela y fuera de ella con el uniforme escolar,

tanto en actividades curriculares como no curriculares.

-- Salir del colegio sin autorización.

-- Agredir física y psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad escolar, provocándole lesiones de

gravedad.

-- Participar en peleas o riñas fuera del establecimiento, entre los trayectos del Hogar a la Escuela o viceversa

(buses).

-- Atentar contra la moral y las buenas costumbres explicitadas en la sociedad.

-- Destruir intencionalmente infraestructura o recursos de la escuela, y que pongan en peligro la seguridad de las

personas. -- Robar

-- Destruir documentos públicos, tales como: Libros de Clases, Actas, Libros de Crónicas, Agenda Escolar y otros

de uso habitual en la escuela.

-- Ser sorprendido bajo el efecto del alcohol o drogas y/o portando estas especies, dentro o fuera del

establecimiento.

-- Hacer abandono del establecimiento sin la autorización correspondiente.

-- Amenazar a cualquier miembro de la comunidad escolar, fuera o dentro de la escuela, con algún tipo de arma.

-- Ejercer y/o provocar cualquier tipo de violencia, a algún integrante de la comunidad escolar. (violencia

psicológica, física, sexual, de género, a través de medios tecnológicos, etc.).

Se deja claramente establecido, que la Escuela tiene el deber de denunciar cualquier acción u omisión

que revista carácter de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa; ello implica tanto las faltas

y delitos cometidos dentro del establecimiento educacional, como aquellas que ocurren fuera de él, pero que

afecten a los y las estudiantes.

DEL MALTRATO ESCOLAR: (BULLIYNG)

La Escuela se preocupara en forma especial sobre la buena convivencia escolar, ya que se pretende que

la escuela sea acogedora y sin discriminaciones. El respeto y la tolerancia serán la base fundamental de esta sana

convivencia.

En referencia al maltrato escolar, se diferencia aquel que es ocasional del permanente. Esto porque el

maltrato que se mantiene en el tiempo es lo que se conoce actualmente como bullying.

Cuando existan maltrato, la escuela reaccionara de la siguiente forma:

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◼ No guardara silencio ni ocultara la situación. Al contrario, rechazara enérgicamente toda forma de violencia, tales como: maltrato físico, insultos, rumores o aislamiento social.

◼ Se investigara internamente y abrirá todos los espacios de dialogo posible a fin de solucionar el problema en forma pacífica.

◼ Protegerá y dará apoyo a las víctimas.

◼ Al agresor o agresores, junto con tomar las medidas disciplinarias que el presente Reglamento contempla, también los ayudara con charlas de orientación, tratamiento personal del profesor jefe tanto al alumno(os) como a sus padres. Esto último siempre y cuando el maltrato no haya tenido el carácter de un acto delictivo.

◼ Todo tipo de hostigamiento o bullying se considerara una falta muy grave, pudiendo llegar hasta la cancelación de la matricula del o los agresores.

6.7.- DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

A.- El uniforme de las damas es el siguiente:

➢ Falda y polerón del colegio

➢ Calzas azules

➢ Polera del colegio ➢ Calcetas azules

➢ Zapatos negros.

B.- El uniforme de los varones es el siguiente:

➢ Pantalón gris

➢ Polerón del colegio

➢ Polera del colegio

➢ Zapatos negros

No obstante lo anterior, y ante razones fundadas, el Director podrá autorizar el uniforme tradicional o

vestimenta alternativa (colores sobrios) durante un tiempo, especialmente en los casos socioeconómicos, y se

buscará la forma de apoyarlos en la adquisición del uniforme.

3.- Para las clases de Educación Física: buzo, polera, short de la Escuela, cualquier buzo, polera, short, se

recomienda colores oscuros ,(plomo, negro, azul, etc.).

Para las actividades en la cual representan a la Escuela los alumnos y alumnas deberán usar tenidas

deportivas (polera , short azul o negro, zapatillas ó zapatos de fútbol, según corresponda, no siendo obligatorio

el uso del buzo deportivo).

4.- Todo alumno y/o curso, que salga en representación de la escuela, debe hacerlo en una condición óptima de

presentación personal. Con uniforme o buzo de la escuela en el ideal, o bien con uniforme tradicional. La escuela

no autorizará la salida en caso de incumplimiento de esta norma.

5.- La escuela no autorizará la salida de alumnos o cursos, cuando estos no garanticen por comportamiento

anterior, una buena disciplina.

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CAPITULO 7

NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

1. Se mantendrá el Plan Operación Deyse, realizándose, al menos dos simulacros por semestre, y en los cuales deberán participar todos los estamentos que componen la Unidad Educativa.

2. Los profesores de turno velarán para que en los recreos no ocurran situaciones de riesgo para la integridad física de los alumnos y alumnas.

3. En caso de accidente escolar se derivara a un centro asistencial, se procurará dar aviso oportuno a los padres.

4. El apoderado autorizará por escrito, la salida de su pupilo o pupila a participar en actividades extraescolares o de otra índole.

5. Los padres y apoderados, serán informados e invitados a participar activamente en el plan de prevención de riesgos adoptado por la comunidad escolar.

6. Se evaluarán las acciones desarrolladas por el personal y alumnos en materias de Prevención de Riesgos Escolares.

7. Se recomendará a los alumnos y alumnas lo siguiente:

- No utilizar anillos, argollas, collares y cadenas, los cuales en cualquier momento pueden ser motivo de un accidente.

- Evitar juegos bruscos y bromas.

- No botar restos de comida, desechos u otros, a desagües, servicios higiénicos o en cualquier otro lugar no destinado específicamente para ello.

- No jugar sobre las mesas y sillas.

- No portar elementos cortantes o punzantes (corta cartón, cuchillo, etc.)

8. El Colegio contará con un botiquín con los implementos mínimos de primeros auxilios.

CAPITULO 8

DE LAS RELACIONES DEL ESTABLECIMIENTO CON LA COMUNIDAD

23. El establecimiento velará por mantener una relación cordial y de servicio con las instituciones organizadas de la Comunidad y se mantendrá dispuesta a servir, para aquellas que en forma responsable lo soliciten.

24. Facilitar principalmente la incorporación de la familia al proceso educativo de alumnos y alumnas, organizando talleres relacionados con Educación Sexual, Educación Ambiental, Prevención del Consumo de Drogas y otros.

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25. Formar un Consejo Escolar con miembros de la comunidad, representantes de instituciones, empresas u otras semejantes.

CAPITULO 9

DE LA RESOLUCION DE CONFLICTOS

En el caso de conflictos entre alumnos(as), se abordarán de la siguiente manera:

a).- Negociación b).- Mediación c).- Arbitraje

Con todo, siempre se privilegiará el diálogo, buscando finalmente la reparación y el aprendizaje.

Los conflictos a que se vieren enfrentados los alumnos entre sí, serán mediadores el Director, el encargado de

convivencia escolar y los profesores jefe de cada alumno; se escucharán sus descargos y buscaran soluciones en

conjunto. En caso de mucha gravedad participaran los padres de los alumnos involucrados.

Los conflictos entre docentes mediarán el Director, el encargado de convivencia escolar, a fin de solucionar los

problemas surgidos.

Los conflictos entre los docentes con padres y/o apoderados, mediarán el Director, el encargado de convivencia

escolar, Profesor Asesor Centro de Padres y el Presidente del Centro General de Padres y Apoderados de la

Escuela.

Los conflictos entre los docentes y alumnos, mediarán el Director, el encargado de convivencia escolar y el Jefe

de curso.

Cualquier acusación en contra de un funcionario del establecimiento deberá realizarse por escrito, con nombre,

firma y número de cédula de identidad del demandante, actuando la autoridad de acuerdo a los procedimientos

legales que se establecen en los estatutos de los docentes y no docentes (DFL N° 1/96; Código del Trabajo; Ley

N° 18.883 que rige a funcionarios municipales).

PROTOCOLOS DE ACCION

9.1.- MALTRATO ENTRE ESTUDIANTES

A. INTRODUCCION: El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo

de hechos de maltrato entre estudiantes. B. DEFINICIÓN DE MALTRATO ENTRE ALUMNOS:

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-Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada

en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos.

-Provocar el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; -Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo. -Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual,

espiritual o físico.

C. PROTOCOLO DE MANEJO DE ACTOS DE MALTRATO ENTRE ESTUDIANTES:

C.1. Presentación del Reclamo:

-Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de maltrato entre estudiantes debe informarlo dentro de las 24 hrs de conocido el hecho, por escrito, a las personas de la Escuela habilitadas para recibir el “reclamo”: Profesores jefes; Docentes de Asignatura, Inspectores, (Psicólogos, Orientadores, Psicopedagogos, si lo hubiera), Encargado de

Convivencia Escolar,

-El receptor deberá acoger al reclamante y registrar, en la medida de lo posible, la descripción de los hechos que

motivan el reclamo, los participantes de este y el rol que les cabe a cada uno de ellos (participantes directos,

indirectos, testigos, otros), las circunstancias en que esto se hubiera producido (lugar, fechas, etc) y, en general

todos los datos que permitan entender de mejor manera lo ocurrido.

-Si existiera más de un reclamante, el receptor debe consignar por separado las reclamos, con objeto de tener

claridad acerca de las distintas versiones.

-En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del reclamante, cuando este no sea el estudiante

afectado por la falta. No obstante lo anterior, se le informará que, por razones justificadas, podría requerirse el

conocimiento de su identidad, situación que, de ser necesaria, se realizará tomando las debidas precauciones

para resguardar su honra y dignidad.

-Una vez que el reclamo está clarificado, el receptor informará al (los) profesor(es) jefe(s) la situación para que

defina(n) quién realizará la indagación del mismo.

-En las situaciones en que exista dificultad para definir al responsable de indagar el reclamo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien designe al encargado del procedimiento. C.2. Indagación del reclamo: -En general se privilegiará, siempre que esto sea posible, que la indagación sea realizada por el profesor jefe de,

al menos, uno de los alumnos involucrados en el reclamo. No obstante lo anterior, cualquiera de los receptores

señalados en el punto anterior* estará habilitado para indagar el hecho.

-Al inicio del proceso el encargado de indagar informará, tanto a los estudiantes involucrados, como sus

apoderados u otros miembros de la escuela que les corresponda saber del hecho, la situación reclamada, el rol

que supuestamente tienen cada uno de estos en ella y el proceso que se realizará para resolver el reclamo. Se

privilegiará la comunicación personal (entrevista) con los alumnos y sus apoderados, pero se podrá hacer uso de

otros medios escritos de comunicación (Ej. Agenda escolar, carta certificada, etc). Sea cual fuere la forma de

informar utilizada por el encargado, debe quedar constancia del envío y recepción de la información.

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-El encargado guiará su desempeño en base al Principio de Inocencia: Buscará profundizar la descripción y

clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad o culpabilidad a ninguno de los

estudiantes involucrados mientras dure esta fase del proceso. -El plazo máximo para indagar faltas de esta

naturaleza será de cinco días hábiles y sólo serán prorrogables por motivos justificados, caso en el cual, el

encargado deberá informar al encargado de Convivencia Escolar.

-El encargado de indagar, atendiendo a las circunstancias del reclamo, determinará las acciones requeridas para

cumplir su labor, las cuales pueden ser, entre otras: entrevistar a los involucrados y posibles testigos (presencial,

virtualmente o por escrito), citar a los

apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas internos o externos a la Escuela, solicitar y

analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, confrontar versiones, etc. Cabe señalar que, dentro de

las acciones a ejecutar, deberán considerarse obligatoriamente procedimientos que garanticen la escucha de

las versiones de los involucrados y acogida de sus posibles descargos.

-Durante el proceso, el encargado de indagar podrá aplicar, cuando lo estime pertinente, algunas de las medidas que se indican a continuación, siempre y cuando hayan sido autorizadas por el Encargado de Convivencia Escolar y el Director.

a) Medidas de Orientación: Acciones que pueden ser realizadas al interior del establecimiento, o solicitadas a los apoderados para que sean ejecutadas externamente, dirigidas a la acogida y acompañamiento de los involucrados (tutoría, terapia, consejería).

b) Medidas de Protección para el o los afectados: Acciones dirigidas a: Evitar la mantención o repetición de la supuesta falta cometida y/o; Aminorar (suprimir si fuera posible) las posibles consecuencias negativas derivadas de la situación reclamada. Pueden ser ejecutadas dentro de la escueela, con recursos propios y/o se puede solicitar la colaboración de los apoderados para realizarlas.

c) Medidas de Continuidad de Proceso Educativo: Plan de acción diseñado para que los alumnos involucrados en el hecho puedan cumplir con los objetivos de formación curriculares, de manera que el procedimiento de manejo de la falta, y las resoluciones vinculadas a éste, no afecten el derecho a la educación de los estudiantes señalados.

-Cuando el encargado de indagar haya agotado esta parte del proceso, analizará los antecedentes recabados y decidirá, en base a éstos, la acreditación del maltrato reportado o la desestimación del mismo:

a) En el caso que se haya acreditado el maltrato y el rol que le cabe a los involucrados:

a.1. El encargado debe considerar, a la luz del Proyecto Educativo y Reglamentos del Colegio, las siguientes variables antes de sugerir procedimientos, medidas o sanciones aplicar:

-La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el manejo de faltas.

-La condición de falta leve, grave o muy grave que le corresponde al hecho sancionado, -Las variables

atenuantes y/o agravantes de las faltas señaladas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

-Otros aspectos relevantes consignados durante la indagación.

a.2. La resolución deberá acogerse únicamente a las alternativas establecidas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. El encargado deberá especificar la resolución y las condiciones de su cumplimiento (lugar, fechas, plazos, etc.).

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a.3. Si la falta es de carácter “leve” o "grave": El encargado de indagar estará facultado para cursar la resolución, previa validación por parte de la jefatura superior: Citación al apoderado, Carta de Preocupación.

a.4. Si la falta es de carácter “muy grave”: El encargado de indagar remitirá a una autoridad superior su informe(encargado de convivencia escolar, Director) con las medidas sugeridas, para que ésta tome una resolución definitiva sobre lo expuesto. b) En el caso de que desestime el reclamo:

b.1. Si el reclamo fuera una falta de carácter “leve” o "grave", el encargado de indagar estará facultado para cerrar el procedimiento e informar a las partes interesadas su resolución. Tal información se realizará preferentemente por la vía de entrevista personal o, en su defecto, a través de cualquier otro medio de comunicación escrita idóneo. Sea cual fuere el medio utilizado, deberá quedar constancia del envío y recepción de la decisión tomada.

b.2. Si la falta es de carácter “muy grave”, el encargado remitirá a una autoridad superior sus conclusiones, para que ésta tome una decisión definitiva al respecto.

-La persona designada para trasmitir la resolución del procedimiento comunicará la decisión a todos los estudiantes involucrados y a quienes les corresponda conocer de la situación (Ejemplo: Apoderados, Profesores Jefes, Encargado de Convivencia Escolar, etc.). Se privilegiará la comunicación personal (entrevista) en esta fase, pero se podrá hacer uso de otros medios escritos, debiendo quedar constancia del envío y recepción del mismo (Ej. libreta de comunicaciones, correo electrónico, carta certificada, etc). Asimismo, esta misma persona entregará al Encargado de Convivencia Escolar los antecedentes del procedimiento para que sean resguardados en los archivos respectivos, registrando, paralelamente, una reseña en la Hoja de Vida de los alumnos involucrados. C.1 Recursos de Apelación: .El encargado de informar el cierre de un procedimiento de manejo de falta a la buena convivencia, deberá

informar a las partes su derecho a apelar la(s) resolución(es) comunicadas y las condiciones para ejercer tal

derecho.

-La información entregada debe indicar los siguientes elementos:

a) Que tienen el derecho a apelar sobre la o las resoluciones que les han sido comunicadas.

b) Que la apelación debe ser presentada por escrito o en formato virtual, con la autoría debidamente acreditada, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha en que se les haya notificado la resolución que la motiva.

c) Que la Autoridad de Apelación designada será para faltas muy graves: El Director, el Encargado Convivencia Escolar.

d) Que la autoridad de apelación les comunicará la decisión definitiva en un plazo máximo de diez días hábiles y que esta tendrá carácter de inapelable. C.2. Seguimiento.

-En los casos que se hayan dispuesto medidas formativas, reparadoras y/o sanciones hacia un alumno, el

Encargado de Convivencia Escolar, designará a un miembro de la escuela, preferentemente al profesor jefe del

alumno en cuestión, para que realice un seguimiento respecto del cumplimiento de lo resuelto.

-Si el resultado es satisfactorio al término del plazo o condiciones de cumplimiento de la(s) medida(s) indicada(s), el responsable del seguimiento dejará registrado el cierre del reclamo. En caso contrario, citará al alumno y/o a su apoderado para evaluar la situación y determinar, a partir de los antecedentes disponibles y los que aporten los apoderados y los alumnos, las líneas de acción a seguir, las cuales deberán respetar las normas

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del justo procedimiento. Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto de competencias en la ejecución del protocolo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva

9.2.- PROTOCOLO DE ACCION – ACOSO ESCOLAR O “BULLYING”* A. INTRODUCCION: -El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo de hechos de

maltrato entre estudiantes de José A. Bilbao Pfeiffer.

-La ejecución de este Protocolo se encuentra regida por las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno y

de Convivencia Escolar: B. DEFINICIÓN DE ACOSO ESCOLAR:

“Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado,

realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva,

atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del

estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a

un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y

condición” (Ley General de Educación, art.16B).

C. PROTOCOLO DE MANEJO DE ACOSO ESCOLAR (“BULLYING”):

C.1. Presentación del Reclamo:

-Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de acoso escolar debe

informarlo dentro de las 24 hrs de conocido el hecho, por escrito, a las personas de la escuela habilitadas para

recibir el “reclamo”: Profesores jefes; Docentes de Asignatura, (Psicólogos, Orientadores, Psicopedagogos si lo

hubiera), Encargado de Convivencia Escolar, Director.

-El receptor deberá acoger al reclamante y registrar, en la medida de lo posible, la descripción de los hechos que motivan el reclamo, los participantes de éste y el rol que les cabe a cada uno de ellos (participantes directos, indirectos, testigos, otros), las circunstancias en que esto se hubiera producido (lugar, fechas, etc) y, en general todos los datos que permitan entender de mejor manera lo ocurrido. -Si existiera más de un reclamante, el receptor debe consignar por separado las reclamos, con objeto de tener

claridad acerca de las distintas versiones.

-En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del reclamante, cuando éste no sea el estudiante

afectado por el acoso. No obstante lo anterior, se le informará que, por razones justificadas, podría requerirse el

conocimiento de su identidad, situación que, de ser necesaria, se realizará tomando las debidas precauciones

para resguardar su honra y dignidad.

-Una vez que el reclamo está clarificado, el receptor informará al (los) profesor(es) jefe(s) la situación para que

defina(n) quién realizará la indagación del mismo.

-En las situaciones en que exista dificultad para definir al responsable de indagar el reclamo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien designe al encargado del procedimiento. C.2. Indagación del reclamo:

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-En general se privilegiará, siempre que esto sea posible, que la indagación sea realizada por el profesor jefe de,

al menos, uno de los alumnos involucrados en el reclamo. No obstante lo anterior, cualquiera de los receptores

señalados en el punto anterior* estará habilitado para indagar el hecho: Docentes de asignatura, Encargado de

Convivencia Escolar u otro miembro de la Escuela.

-Dada la complejidad que supone la detección y manejo en las situaciones de acoso escolar, el Encargado de

Convivencia Escolar designará a un orientador o psicólogo para que apoye el proceso de indagación y resolución

del caso reportado.

-Al inicio del proceso el encargado de indagar informará, tanto los estudiantes involucrados, como sus

apoderados u otros miembros del establecimiento que les corresponda saber del hecho, la situación reclamada,

el rol que supuestamente tienen cada uno de estos en ella y el proceso que se realizará para resolver el reclamo.

Se privilegiará la comunicación personal (entrevista) con los alumnos y sus apoderados, pero se podrá hacer uso

de otros medios escritos de comunicación (Ej. libreta de comunicaciones, correo electrónico, carta certificada,

etc). Sea cual fuere la forma de informar utilizada por el encargado, debe quedar constancia del envío y

recepción de la información.

-El encargado guiará su desempeño en base al Principio de Inocencia: Buscará profundizar la descripción y

clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad o culpabilidad a ninguno de los

estudiantes involucrados mientras dure esta fase del proceso -El plazo máximo para indagar faltas de esta

naturaleza será de diez días hábiles y sólo serán prorrogables por motivos justificados, caso en el cual, el

encargado deberá informar a la jefatura académica a la cual reporte o al Encargado de Convivencia Escolar.

-El encargado de indagar, atendiendo a las circunstancias del reclamo, determinará las acciones requeridas para

cumplir su labor, las cuales pueden ser, entre otras: entrevistar a los involucrados y posibles testigos (presencial,

virtualmente o por escrito), citar a los apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas

internos o externos al establecimiento, solicitar y analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes,

confrontar versiones, etc. Cabe señalar que, dentro de las acciones a ejecutar, deberán considerarse

obligatoriamente procedimientos que garanticen la escucha de las versiones de los involucrados y acogida de

sus posibles descargos.

-Al inicio del proceso, el encargado de indagar aplicará, previamente autorizado por el Encargado de Convivencia

Escolar, las medidas de protección para el o los afectados que puedan contribuir a: -Evitar la repetición del

supuesto acoso. -Aminorar (suprimir si fuera posible) las posibles consecuencias negativas derivadas de éste.

Tales medidas podrán ser ejecutadas con recursos propios de la escuela y/o se podrá solicitar la colaboración de

los apoderados para realizarlas.

-Paralelamente, el encargado podrá indicar algunas de las medidas siguientes, contado previamente con la autorización del Encargado de Convivencia Escolar y/o Director. a) Medidas de Orientación: Acciones que pueden ser realizadas al interior del establecimiento, o solicitadas a los apoderados para que sean ejecutadas externamente, dirigidas a la acogida y acompañamiento de los involucrados (tutoría, terapia, consejería). b) Medidas de Continuidad de Proceso Educativo: Plan de acción diseñado para que los alumnos involucrados

en el hecho puedan cumplir con los objetivos de formación curriculares, de manera que el procedimiento de

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manejo de la falta, y las resoluciones vinculadas a este, no afecten el derecho a la educación de los estudiantes

señalados.

-Cuando el encargado de indagar y el psicólogo u orientador acompañante hayan agotado el procedimiento, analizarán los antecedentes recabados y decidirán, en base a estos, la acreditación del maltrato reportado o la desestimación del reclamo:

a) En el caso que se haya acreditado el acoso escolar y el rol que le cabe a los involucrados:

a.1. El encargado debe considerar, a la luz del Proyecto Educativo y Reglamentos del establecimientos, las siguientes variables antes de sugerir procedimientos, medidas o sanciones aplicar:

-La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el manejo de faltas.

-La condición de falta gravísima que le corresponde al hecho sancionado.

-Las variables atenuantes y/o agravantes de las faltas señaladas en el Reglamento Interno y de Convivencia

Escolar.

-Otros aspectos relevantes consignados durante la indagación.

a.2. La resolución deberá acogerse únicamente a las alternativas establecidas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. El encargado deberá especificar la resolución y las condiciones de su cumplimiento (lugar, fechas, plazos, etc.).

a.3. Por el carácter de falta “gravísima” asignado al Acoso escolar, el encargado de indagar remitirá a una autoridad superior su informe, con las medidas sugeridas, para que ésta tome una resolución definitiva sobre lo expuesto.

b) En el caso que se desestime el reclamo: Por el carácter de falta “muy grave” asignado al Acoso escolar, el encargado de indagar remitirá a una autoridad superior su informe, con las medidas sugeridas, para que ésta tome una resolución definitiva sobre lo expuesto. C.3. Resolución de situación de Acoso Escolar: a.La autoridad que se pronunciará definitivamente respecto de faltas de acoso escolar será El encargado de

convivencia escolar, el Director o ambos.

b.Si la situación reviste especial complejidad: El Encargado de Convivencia Escolar en conjunto con el Director

convocaran a un consejo extraordinario de Profesores, para que resuelva al respecto.

-La autoridad revisará el informe y las conclusiones del encargado de la indagatoria y emitirá una resolución definitiva respecto. Tal resolución será comunicada por escrito a quien realizó el procedimiento de manejo del reclamo. -En los casos que se haya resuelto aplicar condicionalidad, no renovación o cancelación de matrícula, se

requerirá que el Director, o quien lo subrogue, valide la pertinencia de la sanción y autorice su ejecución antes

de informarla a los afectados.

-La información de lo resuelto a las partes será realizada, preferentemente, por el encargado de la indagatoria.

-La persona designada para trasmitir la resolución del procedimiento comunicará la decisión a todos los

estudiantes involucrados y a quienes les corresponda conocer de la situación (Ejemplo: Apoderados, Profesores

Jefes, Encargado de Convivencia Escolar, etc.). Se privilegiará la comunicación personal (entrevista) en esta fase,

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pero se podrá hacer uso de otros medios escritos, debiendo quedar constancia del envío y recepción del mismo

(Ej. Agenda escolar, carta certificada, etc). Asimismo, esta misma persona entregará al Encargado de Convivencia

Escolar los antecedentes del procedimiento para que sean resguardados en los archivos respectivos,

registrando, paralelamente, una reseña en la Hoja de Vida de los alumnos involucrados C.4. Recursos de

Apelación:

-El encargado de informar el cierre de un procedimiento de manejo de falta a la buena convivencia, deberá

informar a las partes su derecho a apelar la(s) resolución(es) comunicadas y las condiciones para ejercer tal

derecho.

-La información entregada debe indicar los siguientes elementos:

a) Que tienen el derecho a apelar sobre la o las resoluciones que les han sido comunicadas.

b) Que la apelación debe ser presentada por escrito o en formato virtual, con la autoría debidamente acreditada, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha en que se les haya notificado la resolución que la motiva.

c) Que la Autoridad de Apelación designada será: el Encargado Convivencia Escolar

d) Que la autoridad de apelación les comunicará la decisión definitiva en un plazo máximo de diez días hábiles y que esta tendrá carácter de inapelable.

*Nota: La autoridad de apelación debe ser una persona distinta de quien haya realizado la indagatoria. C.5. Seguimiento. -En los casos que se hayan dispuesto medidas formativas, reparadoras y/o sanciones hacia un alumno, el

Encargado de Convivencia Escolar, designará a un miembro del establecimiento, preferentemente al profesor

jefe del alumno en cuestión, para que realice un seguimiento respecto del cumplimiento de la medida.

-Si el resultado es satisfactorio al término del plazo o condiciones de cumplimiento de la(s) medida(s)

indicada(s), el responsable del seguimiento dejará registrado el cierre del reclamo.

En caso contrario, citará al alumno y/o a su apoderado para evaluar la situación y determinar, a partir de los

antecedentes disponibles y los que aporten los apoderados y los alumnos, las líneas de acción a seguir, las cuales

deberán respetar las normas del justo procedimiento. Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto

de competencias en la ejecución del protocolo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva o, en su

ausencia, el Director.

ANEXO: ACOSO ESCOLAR CON RESPONSABLES NO IDENTIFICADOS

En los casos de acoso escolar reportados, en los cuales el reclamante desconozca a los supuestos autores de la

falta, el encargado de indagar, que será designado conforme a los criterios señalados en este mismo protocolo,

tomará las siguientes medidas:

Primero: Proporcionará y/o solicitará las medidas de protección que la Escuela disponga para el o los supuestos

afectados, con objeto de restablecer su tranquilidad y seguridad.

Segundo: Informará tanto al grupo curso al cual pertenece el supuesto afectado, como a los apoderados de

éstos, acerca de la situación reclamada, con objeto de que tomen conocimiento del proceso indagatorio que se

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realizará y la situación de anonimato de los autores. En todo caso, se mantendrá reserva respecto de la

identidad de él o los estudiantes supuestamente afectados.

Tercero: El encargado, con el apoyo de un orientador o psicólogo, realizará dos tipos de indagaciones: La primera, que buscará clarificar las características del acoso reportado y, la segunda, dirigida hacia la identificación de los supuestos responsables de la falta. Cuarto:

a) Si luego de diez días hábiles no se ha podido determinar a los responsables del supuesto acoso, el encargado solicitará al psicólogo u orientador de apoyo que fortalezca y complemente las medidas promoción de buena convivencia y prevención de faltas en el grupo curso de los posibles afectados, lo cual será informado a los alumnos y apoderados de tales cursos. Paralelamente, se mantendrán o agregarán medidas de orientación y de continuidad del proceso educativo a los afectados, si fuera necesario, por el tiempo que se estime conveniente.

b) En el caso que se haya logrado establecer la identidad de los supuestos responsables del acoso escolar reportado, se aplicará el presente protocolo de acción tal como se encuentra definido en los puntos precedentes.

9.3.- PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO DE UN ADULTO HACIA UN ESTUDIANTE* A. INTRODUCCION:

-El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo de hechos de

maltrato de un adulto hacia un estudiante.

-La ejecución de este Protocolo se encuentra regida por las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno y

de Convivencia Escolar:

B. DEFINICIÓN DE MALTRATO DE UN ADULTO A UN ESTUDIANTE:

-Se entenderá por “maltrato adulto hacia estudiante” cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o

psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, proferida por

parte de un adulto -sea este funcionario, apoderado o cualquier otro vinculado al Colegio- en contra de un(os)

alumno(s) del Colegio, la cual pueda provocar al menor el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable

en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos, fundamentales, dificultando

o impidiendo, de cualquier manera, su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual,

espiritual o físico

C. PROTOCOLO DE MANEJO DE MALTRATO ADULTO-ESTUDIANTE:

C.1. Presentación del Reclamo: -Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de maltrato de un

adulto a un estudiante debe informarlo dentro de las 24 hrs de conocido el hecho, por escrito, a las personas de

la Escuela habilitadas para recibir el “reclamo”: Profesores jefes; Docentes de Asignatura, (Psicólogos,

Orientadores, Psicopedagogos si lo hubiera), Encargado de Convivencia Escolar.

-El receptor debe acoger al reclamante y registrar, en la medida de lo posible, la descripción de los hechos que motivan el reclamo, los participantes de este y el rol que les cabe a cada uno de ellos (participantes directos, indirectos, testigos, otros), las circunstancias en que esto se hubiera producido (lugar, fechas, etc) y, en general todos los datos que permitan entender de mejor manera lo ocurrido.

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-Si existiera más de un reclamante, el receptor debe consignar por separado las reclamos, con objeto de tener

claridad acerca de las distintas versiones.

-En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del reclamante, cuando este no sea el estudiante

afectado por la falta. No obstante lo anterior, se le informará que, por razones justificadas, podría requerirse el

conocimiento de su identidad, situación que, de ser necesaria, se realizará tomando las debidas precauciones

para resguardar su honra y dignidad.

-Una vez que el reclamo está clarificado, el receptor informará al (los) profesor(es) jefe(s) la situación para que

defina(n) quién realizará la indagación del mismo.

-En las situaciones en que exista dificultad para definir al responsable de indagar el reclamo, será el Encargado de Convivencia Escolar quién designe al encargado del procedimiento. C.2. Indagación del reclamo: -En estos casos, se definirán los siguientes habilitados para indagar, según quién sea el adulto que,

supuestamente, haya cometido la falta:

a. Si el reclamo ha sido presentado contra un apoderado u otro adulto que no sea funcionario de la Escuela, estarán habilitados para indagar: -Profesor Jefe del Alumno supuestamente afectado por la falta.

-Psicólogo, Orientador, Psicopedagogo(si lo hubiera)

-Otro miembro de la Escuela designado por el encargado de convivencia escolar.

b. Si el reclamo ha sido presentado contra un funcionario de la Escuela, sólo estarán habilitados para indagar:

-Un miembro de la Escuela designado por el encargado de convivencia escolar o el Director. -Dadas las condiciones de asimetría existentes en una posible situación de maltrato de esta naturaleza, el Encargado de Convivencia Escolar designará a un orientador o psicólogo del Colegio en calidad de asesor de la persona que conduce la indagatoria. -Al inicio del proceso el encargado del proceso informará tanto al adulto señalado como autor de la falta, como a

los estudiantes involucrados, como sus apoderados u otros miembros de la Escuela que les corresponda saber

del hecho, la situación reclamada, el rol que supuestamente tienen cada uno de estos en ella, el proceso que se

realizará para resolver el reclamo. Se privilegiará la comunicación personal (entrevista) con el adulto en

cuestión, los alumnos y sus apoderados, pero se podrá hacer uso de otros medios escritos de comunicación (Ej.

Agenda escolar, carta certificada, etc.). Sea cual fuere la forma de informar utilizada por el encargado de

indagar, debe quedar constancia del envío y recepción de la información.

-El encargado de indagar guiará su desempeño en base al Principio de Inocencia: Buscará profundizar la descripción y clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad o culpabilidad al adulto señalado como autor de la falta mientras dure esta fase del proceso. Sin perjuicio de lo anterior, se tomarán las siguientes medidas durante el procedimiento y su ulterior resolución:

a) Si el reclamo se presenta contra un funcionario de la Escuela: Se garantizará la tranquilidad y seguridad de el o los alumnos supuestamente afectados, ya sea reasignando las tareas del funcionario en cuestión, otorgándole permisos administrativos, ejecutando cambios de turnos o puesto de trabajo, u otras acciones que,

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no implicando menoscabo laboral, sean prudentes y convenientes conforme a la evaluación que se haya realizado de la situación.

b) Si el reclamo se presenta contra un apoderado de la Escuela u otro adulto vinculado al establecimiento: Se le solicitará actuar con prudencia frente a estas circunstancias, evitando interactuar en forma privada con el o los estudiantes supuestamente afectados o sus apoderados (interacciones que, de ser necesarias, deberán realizarse en presencia de una autoridad de la Escuela).

-El plazo máximo para indagar faltas de esta naturaleza será de diez días hábiles y sólo serán prorrogables por

motivos justificados, caso en el cual, el encargado deberá informar a la jefatura académica a la cual reporte o al

Encargado de Convivencia Escolar.

-El encargado de indagar, atendiendo a las circunstancias del reclamo, determinará las acciones requeridas para

cumplir su labor, las cuales pueden ser, entre otras: Entrevistar a los involucrados y posibles testigos (presencial,

virtualmente o por escrito), citar a los apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas

internos o externos a la Escuela, solicitar y analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, confrontar

versiones, etc. Cabe señalar que, dentro de las acciones a ejecutar, deberán considerarse obligatoriamente

procedimientos que garanticen la escucha de las versiones de los involucrados y acogida de sus posibles

descargos.

-En las acciones en que se requiera la intervención de él o los alumnos supuestamente afectados, se podrá

disponer, si se estima pertinente, que su apoderado esté presente o, en su defecto, que tal acompañamiento

sea realizado por el psicólogo u orientador asignado como asesor del procedimiento.

-Durante el proceso, el encargado de indagar podrá aplicar, cuando lo estime pertinente, algunas de las medidas que se indican a continuación, siempre y cuando hayan sido autorizadas por el Encargado de Convivencia Escolar:

a) Medidas de Orientación: Acciones que pueden ser realizadas al interior del establecimiento, o solicitadas a los apoderados de el o los alumnos supuestamente afectados, para que sean ejecutadas externamente, dirigidas a la acogida y acompañamiento de los involucrados (tutoría, terapia, consejería).

b) Medidas de Continuidad de Proceso Educativo: Plan de acción diseñado para que el o los alumnos supuestamente afectados puedan cumplir con los objetivos de formación curriculares, de manera que el procedimiento de manejo de la falta, y las resoluciones vinculadas a éste, no afecten su derecho a la educación.

-Cuando el encargado de indagar haya agotado esta parte del proceso, analizará los antecedentes recabados y decidirá, en base a éstos, la acreditación del maltrato reportado o la desestimación del mismo. En ambos casos, informará sus conclusiones a la autoridad competente. C.3. Resolución de situación de Maltrato Adulto hacia un estudiante: -La autoridad que debe resolver respecto de situaciones de maltrato de un adulto a un estudiante será el

Encargado de Convivencia Escolar, en su defecto, el Comité de Buena

Convivencia Escolar.

-La autoridad designada determinará si se cumplen los requisitos para imponer una medida o sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. c.3.1. Si el reclamo es acreditado:

a. la autoridad designada debe considerar, a la luz del Proyecto Educativo y Reglamentos de la Escuela, las siguientes elementos antes de sugerir medidas a aplicar:

-La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el manejo de las faltas a la buena convivencia.

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-Las obligaciones legales, reglamentarias y/o contractuales vinculadas a la obligación de proporcionar un buen trato a los alumnos, según quién sea el autor de la falta (apoderado, funcionario u otro adulto vinculado a la Escuela). -El grado de falta gravísima asignada al maltrato de un adulto hacia un estudiante, tal como lo señala el

Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

-Otros aspectos relevantes consignados durante la indagación del hecho.

b. La medida y/o sanción sugerida deberá corresponder únicamente a las establecidas en los cuerpos normativos atingentes a la falta cometida, pudiendo ser el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar, Reglamento del Personal, Obligaciones contractuales (contrato laboral o de educación según corresponda) u otras normas o compromisos suscritos por el autor de la falta y/o normativas vigentes en el período de ocurrencia del hecho. En los casos en que existan dudas respecto de las medidas susceptibles de ser tomadas, se consultará al asesor jurídico del DAEM u otros organismos competentes para clarificar la resolución.

c. Una vez decididas las medidas a tomar, la autoridad designada, en conjunto con el encargado de indagar, lo comunicarán a las partes interesadas, en la extensión y profundidad que les corresponda conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los involucrados). c.3.2. Si el reclamo es desestimado: La autoridad designada, en conjunto con el encargado de indagar,

comunicarán la decisión a las partes tal decisión, en la extensión y profundidad que les corresponda conocer

(cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los involucrados).

-El informar a las partes interesadas, sea que se haya desestimado o acreditado la falta, se privilegiará la entrevista personal como medio de comunicación, no obstante, se podrá hacer uso de otros medios formales escritos si las circunstancias así lo ameritaran, debiendo quedar constancia del envío y recepción del comunicado (Ej. Agenda escolar, carta certificada, etc.). -El Encargado de Convivencia Escolar consignará los antecedentes del procedimiento en los archivos de convivencia escolar confidenciales, dejando, paralelamente, una reseña del proceso en el registro que corresponda. C.4. Recursos de Apelación: -El encargado de informar el cierre de un procedimiento de manejo de falta a la buena convivencia, deberá

informar a las partes su derecho a apelar la(s) resolución(es) comunicadas y las condiciones para ejercer tal

derecho.

-La información entregada debe indicar claramente los siguientes elementos:

a) Que tienen el derecho a apelar sobre la o las resoluciones que les han sido comunicadas.

b) Que la apelación debe ser presentada por escrito o en formato virtual, con la autoría debidamente acreditada, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha en que se les haya notificado la resolución que la motiva.

c) Que la Autoridad de Apelación designada será el encargado de convivencia escolar y/o el Director, según se estime conveniente.

d) Que la autoridad de apelación les comunicará la decisión definitiva en un plazo máximo de diez días hábiles y que esta tendrá carácter de inapelable.

*Nota: La autoridad de apelación debe ser una persona distinta de quien haya realizado la indagatoria. C.5. Seguimiento. -En los casos que se hayan dispuesto medidas que deben ser cumplidas por el autor de la falta, el Encargado de

Convivencia Escolar deberá realizar el seguimiento correspondiente. -Si el resultado es satisfactorio al término

del plazo o condiciones de cumplimiento de la(s) medida(s) indicada(s), el responsable del seguimiento dejará

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registrado el cierre del reclamo. En caso contrario, citará al adulto referido para evaluar la situación y

determinar, a partir de los antecedentes disponibles, las líneas de acción a seguir, las cuales deberán respetar las

normas del justo procedimiento.

-Respecto de el o los alumnos afectados, el psicólogo u orientador que apoyo el procedimiento evaluará la

mantención o levantamiento de las medidas especiales que les fueron aplicadas a estos (protección, orientación

o de continuidad del proceso educativo). Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto de

competencias en la ejecución del protocolo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva o el

Director

.

9.4.- PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO DE UN ESTUDIANTE HACIA UN FUNCIONARIO DE LA ESCUELA. A. INTRODUCCION:

El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo de hechos de

maltrato entre un estudiante y un funcionario de la Escuela..

-La ejecución de este Protocolo se encuentra regida por las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno y

de Convivencia Escolar:

B. DEFINICIÓN DE MALTRATO DE UN ESTUDIANTE A FUNCIONARIO DE LA ESCUELA:

-Se entenderá por “maltrato estudiante hacia funcionario de la Escuela” cualquier acción u omisión intencional,

ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos,

proferida por parte de un estudiante en contra de un funcionario de la Escuela, la cual pueda provocar al

funcionario en cuestión el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o

psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos, fundamentales, dificultando o impidiendo, de

cualquier manera, su desarrollo o desempeño profesional, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

C. PROTOCOLO DE MANEJO DE MALTRATO ESTUDIANTE- FUNCIONARIO:

C.1. Presentación del Reclamo:

-Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de maltrato de un

estudiante hacia un funcionario debe informarlo dentro de las 24 hrs de conocido el hecho, por escrito, a las

personas de la Escuela habilitadas para recibir el “reclamo": Profesores jefes; Docentes de Asignatura,

(Psicólogos, Orientadores, Psicopedagogos si lo hubiera), Encargado de Convivencia Escolar.

-El receptor deberá acoger al reclamante y registrar, en la medida de lo posible, la descripción de los hechos que motivan el reclamo, los participantes de este y el rol que les cabe a cada uno de ellos (participantes directos, indirectos, testigos, otros), las circunstancias en que esto se hubiera producido (lugar, fechas, etc) y, en general todos los datos que permitan entender de mejor manera lo ocurrido. -Si existiera más de un reclamante, el receptor debe consignar por separado las reclamos, con objeto de tener

claridad acerca de las distintas versiones.

-En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del reclamante, cuando este no sea el funcionario

afectado por el maltrato. No obstante lo anterior, se le informará que, por razones justificadas, podría

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requerirse el conocimiento de su identidad, situación que, de ser necesaria, se realizará tomando las debidas

precauciones para resguardar su honra y dignidad.

-Una vez que el reclamo está clarificado, el receptor informará al (los) profesor(es) jefe(s) la situación para que

defina(n) quién realizará la indagación del mismo.

-En las situaciones en que exista dificultad para definir al responsable de indagar el reclamo, será el Encargado de Convivencia Escolar quién designe al encargado del procedimiento. C.2. Indagación del reclamo: -En general se privilegiará, siempre que esto sea posible, que la indagación sea realizada por el profesor jefe de,

al menos, uno de los alumnos involucrados en el reclamo. No obstante lo anterior, cualquiera de los receptores

señalados en el punto anterior.

-Al inicio del proceso el encargado del proceso informará al alumno señalado como autor de la falta, a su

apoderado, al funcionario supuestamente afectado y a otros miembros de la Escuela que les corresponda saber

del hecho especialmente al Profesor Jefe: La situación reclamada, el rol que supuestamente tienen cada uno de

estos en ella y el proceso que se realizará para resolver el reclamo. Se privilegiará la comunicación personal

(entrevista) con el funcionario en cuestión, el alumno y sus apoderados, pero se podrá hacer uso de otros

medios de comunicación escritos (Ej. libreta de comunicaciones, correo electrónico, carta certificada, etc.). Sea

cual fuere la forma de informar utilizada por el encargado de indagar, debe quedar constancia del envío y

recepción de la información.

-El encargado guiará su desempeño en base al Principio de Inocencia: Buscará profundizar la descripción y

clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad o culpabilidad al estudiante señalado

como autor de la falta mientras dure esta fase del proceso. -Sin el encargado de indagar lo estima pertinente,

podrá indicar las siguientes medidas durante el procedimiento y su ulterior resolución:

a) Respecto del funcionario de la Escuela: Se le derivará a entrevista con psicólogo de la Escuela, u otro profesional interno o externo, para evaluar su condición personal ante la situación que lo afecta. De acuerdo a los resultados de tal evaluación, el encargado del procedimiento solicitará al Encargado de Convivencia Escolar o al Director, autorización para aplicar las sugerencias indicadas por el evaluador. En el caso de que se haya otorgado Licencia Médica al funcionario afectado, el encargado dará curso al procedimiento institucional estipulado para estos casos.

b) Respecto del alumno señalado como autor de la falta: Se le solicitará tanto a este como a sus apoderados actuar con prudencia frente a estas circunstancias, evitando interactuar en forma privada con el funcionario supuestamente afectado por la falta (interacciones que, de ser necesarias, deberán realizarse en presencia de una autoridad de la Escuela). El plazo máximo para indagar faltas de esta naturaleza será de diez días hábiles y sólo serán prorrogables por

motivos justificados, caso en el cual, el encargado deberá informar a la jefatura académica a la cual reporte o al

Encargado de Convivencia Escolar.

-El encargado de indagar, atendiendo a las circunstancias del reclamo, determinará las acciones requeridas para

cumplir su labor, las cuales pueden ser, entre otras: entrevistar a los involucrados y posibles testigos (presencial,

virtualmente o por escrito), citar a los

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apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas internos o externos al establecimientos,

solicitar y analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, confrontar versiones, etc. Cabe señalar que,

dentro de las acciones a ejecutar, deberán considerarse obligatoriamente procedimientos que garanticen la

escucha de las versiones de los involucrados y acogida de sus posibles descargos.

-Durante el proceso, el encargado de indagar podrá aplicar, cuando lo estime pertinente, algunas de las medidas que se indican a continuación, siempre y cuando hayan sido autorizadas por el Encargado de Convivencia Escolar:

a) Medidas de Orientación: Acciones que pueden ser realizadas al interior del establecimiento, o por agentes externos a la Escuela, dirigidas a la acogida y acompañamiento de los involucrados (tutoría, terapia, consejería).

b) Medidas de Continuidad de Proceso Educativo: Plan de acción diseñado para que el o los alumnos supuestamente autor(es) de la falta puedan cumplir con los objetivos de formación curriculares, de manera que el procedimiento ejecutado, y las resoluciones vinculadas a éste, no afecten su derecho a la educación

c) Medidas de Continuidad de Proceso Laboral: Plan de Acción diseñado para que el funcionario pueda cumplir con sus deberes de cargo, siempre y cuando se encuentre en condiciones de hacerlo. -Cuando el encargado de indagar haya agotado esta parte del proceso, analizará los antecedentes recabados y decidirá, en base a éstos, la acreditación del maltrato reportado o la desestimación del mismo. En ambos casos, informará sus conclusiones a la autoridad competente.

a) En el caso que se haya acreditado el maltrato al funcionario:

a.1. El encargado debe considerar, a la luz del Proyecto Educativo y Reglamentos de la Escuela, las siguientes variables antes de sugerir procedimientos, medidas o sanciones aplicar:

-La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el manejo de faltas.

-La condición de falta leve, grave o gravísima que deba aplicarse al hecho.

-Las variables atenuantes y/o agravantes de las faltas señaladas en el Reglamento Interno y de Convivencia

Escolar.

-Otros aspectos relevantes consignados durante la indagación.

a.2. La resolución deberá acogerse únicamente a las alternativas establecidas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. El encargado deberá especificar la resolución y las condiciones de su cumplimiento (lugar, fechas, plazos, etc.).

a.3. Por el hecho de haber afectado a un funcionario de la Escuela, el encargado de indagar remitirá a una autoridad superior su informe, con las medidas sugeridas, para que ésta tome una resolución definitiva sobre lo expuesto.

b) En el caso que se desestime el reclamo:

Por encontrarse un funcionario involucrado en este procedimiento, el encargado de indagar remitirá a una autoridad superior su conclusión, para que ésta tome una resolución definitiva sobre lo expuesto. C.3. Resolución de situación de Maltrato del Estudiante hacia el Funcionario: -La autoridad que debe resolver respecto de situaciones de maltrato de un estudiante a un funcionario será el Encargado de Convivencia Escolar. -La autoridad revisará el informe y las conclusiones del encargado de la indagatoria y emitirá una resolución definitiva respecto. Tal resolución será comunicada por escrito a quien realizó el procedimiento de manejo del reclamo.

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-En los casos que se haya resuelto aplicar condicionalidad, no renovación o cancelación de

matrícula, se requerirá que el Director, o quien lo subrogue, valide la pertinencia de la sanción y

autorice su ejecución antes de informarla a los afectados.

-La información de lo resuelto a las partes será realizada, preferentemente, por el encargado de la

indagatoria, a menos que el Encargado de Convivencia Escolar decida asignar tal responsabilidad a

otro funcionario de la Escuela.

-La persona designada para trasmitir la resolución del procedimiento comunicará la decisión a

todos los involucrados y a quienes les corresponda conocer de la situación (Ejemplo: Apoderados,

Profesores Jefes, Encargado de Convivencia Escolar, etc.). Se privilegiará la comunicación personal

(entrevista) en esta fase, pero se podrá hacer uso de otros medios escritos, debiendo quedar

constancia del envío y recepción del mismo (Ej. Agenda escolar, carta certificada, etc). Asimismo,

esta misma persona entregará al Encargado de Convivencia Escolar los antecedentes del

procedimiento para que sean resguardados en los archivos respectivos, registrando,

paralelamente, una reseña en la Hoja de Vida de los alumnos involucrados.

C.4. Recursos de Apelación: -El encargado de informar el cierre de un procedimiento de manejo de maltrato de estudiante contra un funcionario, deberá informar a las partes su derecho a apelar la(s) resolución(es) comunicadas y las condiciones para ejercer tal derecho. -La información entregada debe indicar los siguientes elementos:

a) Que tienen el derecho a apelar sobre la o las resoluciones que les han sido comunicadas.

b) Que la apelación debe ser presentada por escrito o en formato virtual, con la autoría debidamente acreditada, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha en que se les haya notificado la resolución que la motiva.

c) Que la Autoridad de Apelación designada será el Director.

d) Que la autoridad de apelación les comunicará la decisión definitiva en un plazo máximo de diez días hábiles y que esta tendrá carácter de inapelable.

*Nota: La autoridad de apelación no podrá ser aquella que realizó la indagatoria. C.5. Seguimiento. -En los casos que se hayan dispuesto medidas que deben ser cumplidas por el autor de la falta, el

Profesor Jefe del alumno deberá realizar el seguimiento correspondiente.

-Si el resultado es satisfactorio al término del plazo o condiciones de cumplimiento de la(s) medida(s) indicada(s), el responsable del seguimiento dejará registrado el cierre del reclamo. En caso contrario, citará al alumno referido para evaluar la situación y determinar, a partir de los antecedentes disponibles, las líneas de acción a seguir, las cuales deberán respetar las normas del justo procedimiento. -Respecto del funcionario afectado, el psicólogo de la Escuela, u otro profesional externo al que

pudiera ser derivado, generará un informe en virtud del cual, el encargado del procedimiento

evaluará la mantención o levantamiento de las medidas especiales que le hayan sido aplicadas.

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Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto de competencias en la ejecución del

protocolo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva o el Director.

9.5.- PROTOCOLO DE ACCION – MALTRATO DE UN APODERADO HACIA UN FUNCIONARIO DE LA ESCUELA. A. INTRODUCCION: El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo

de hechos de maltrato de un apoderado hacia un funcionario de la Escuela.

-La ejecución de este Protocolo se encuentra regida por las disposiciones contenidas en el

Reglamento Interno y de Convivencia Escolar:

B. DEFINICIÓN DE MALTRATO DE UN APODERADO A FUNCIONARIO DE LA ESCUELA:

-Se entenderá por “maltrato de apoderado hacia funcionario de la escuela” cualquier acción u

omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de

medios tecnológicos o cibernéticos, proferida por parte de un apoderado en contra de un

funcionario del establecimiento, la cual pueda provocar al funcionario en cuestión el temor

razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada,

su propiedad o en otros derechos, fundamentales, dificultando o impidiendo, de cualquier

manera, su desarrollo o desempeño profesional, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

C. PROTOCOLO DE MANEJO DE MALTRATO APODERADO-FUNCIONARIO:

C.1. Presentación del Reclamo:

-Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de una situación de

maltrato de un apoderado hacia un funcionario debe informarlo dentro de las 24 hrs de conocido

el hecho, por escrito, a las personas del establecimiento habilitadas para recibir el “reclamo":

Profesores jefes; Docentes de Asignatura, Psicólogos, Orientadores, Psicopedagogos si lo hubiera),

Encargado de Convivencia Escolar.

-El receptor deberá acoger al reclamante y registrar, en la medida de lo posible, la descripción de los hechos que motivan el reclamo, los participantes de este y el rol que les cabe a cada uno de ellos (participantes directos, indirectos, testigos, otros), las circunstancias en que esto se hubiera producido (lugar, fechas, etc) y, en general todos los datos que permitan entender de mejor manera lo ocurrido. -Si existiera más de un reclamante, el receptor debe consignar por separado las reclamos, con

objeto de tener claridad acerca de las distintas versiones.

-En general, se mantendrá la confidencialidad de la identidad del reclamante, cuando este no sea

el funcionario afectado por la falta. No obstante lo anterior, se le informará que, por razones

justificadas, podría requerirse el conocimiento de su identidad, situación que, de ser necesaria, se

realizará tomando las debidas precauciones para resguardar su honra y dignidad.

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-Una vez que el reclamo está clarificado, el receptor informará al Encargado de Convivencia Escolar la situación, para que este designe a la persona que deberá realizar la indagación. C.2. Indagación del reclamo: -Un Psicólogo institucional, Encargado de Convivencia Escolar, Jefe de UTP u otro miembro de la

Escuela designado por el Director.

-Al inicio del proceso el encargado de indagar informará a los directamente involucrados en el reclamo, así como a otros miembros de la Escuela que les corresponda saber del hecho, la situación reclamada, el rol que supuestamente tienen cada uno de estos en ella y el proceso que se realizará para resolver el reclamo. Se privilegiará la comunicación personal (entrevista) con el funcionario y apoderado en cuestión, pero se podrá hacer uso de otros medios de comunicación escrita (Ej. Agenda escolar, carta certificada, etc.). Sea cual fuere la forma de informar utilizada por el encargado de indagar, debe quedar constancia del envío y recepción de la información. Especialmente al Director. -El encargado de indagar guiará su desempeño en base al Principio de Inocencia: Buscará profundizar la descripción y clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir intencionalidad o culpabilidad al apoderado señalado como autor de la falta mientras dure esta fase del proceso. -Sin perjuicio de lo anterior, si el encargado de indagar lo estima pertinente, podrá aplicar las

siguientes medidas durante el procedimiento y su ulterior resolución:

a) Respecto del funcionario de la Escuela: Se le derivará a entrevista con psicólogo del Colegio, u otro profesional interno o externo, para evaluar su condición personal ante la situación que lo afecta. De acuerdo a los resultados de tal evaluación, se solicitará al Encargado de Convivencia Escolar o al Director, autorización para aplicar las sugerencias indicadas por el evaluador. En el caso de que se haya otorgado Licencia Médica al funcionario afectado, el encargado dará curso al procedimiento institucional estipulado para estos casos.

b) Respecto del apoderado señalado como supuesto autor de la falta: Se le solicitará actuar con prudencia frente a estas circunstancias, evitando interactuar en forma privada con el funcionario supuestamente afectado por la falta (interacciones que, de ser necesarias, deberán realizarse en presencia de una autoridad de la Escuela).

-El plazo máximo para indagar faltas de esta naturaleza será de diez días hábiles y sólo serán

prorrogables por motivos justificados, caso en el cual, el encargado deberá informar a la jefatura

académica a la cual reporte o al Encargado de Convivencia Escolar.

acciones requeridas para cumplir su labor, las cuales pueden ser, entre otras: Entrevistar a los involucrados y posibles testigos (presencial, virtualmente o por escrito), citar a los apoderados, solicitar orientación y/o evaluaciones de especialistas internos o externos a la Escuela, solicitar y analizar diversos antecedentes o evidencias atingentes, confrontar versiones, etc. Cabe señalar que, dentro de las acciones a ejecutar, deberán considerarse obligatoriamente procedimientos que garanticen la escucha de las versiones de los involucrados y acogida de sus posibles descargos.

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-Durante el proceso, el encargado de indagar podrá aplicar, cuando lo estime pertinente, algunas de las medidas que se indican a continuación, siempre y cuando hayan sido autorizadas por el Encargado de Convivencia Escolar o por el Director: a) Medidas de Orientación: Acciones que pueden ser realizadas al interior del establecimiento, o

por agentes externos a la Escuela, dirigidas a la acogida y acompañamiento de los involucrados

(tutoría, terapia, consejería).

d) Medidas de Continuidad de Proceso Laboral: Plan de Acción diseñado para que el funcionario pueda cumplir con sus deberes de cargo, siempre y cuando se encuentre en condiciones de hacerlo. -Cuando el encargado de indagar haya agotado esta parte del proceso, analizará los antecedentes recabados y decidirá, en base a éstos, la acreditación del maltrato reportado o la desestimación del mismo. Sea cual fuere su conclusión, la informará a la autoridad competente. C.3. Resolución de situación de Maltrato de Apoderado hacia un Funcionario: -La autoridad que debe resolver respecto de situaciones de maltrato de un apoderado a un funcionario será el Encargado de Convivencia Escolar y/o el Director. La autoridad designada determinará si se cumplen los requisitos para imponer una medida o sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. c.3.1. Si el reclamo es acreditado:

a. la autoridad designada debe considerar, a la luz del Proyecto Educativo y Reglamentos de la Escuela, las siguientes variables antes de sugerir medidas a aplicar:

La aplicación de un enfoque esencialmente formativo en el manejo de las faltas a la buena

convivencia.

-Los involucrados deberán tener presente que el maltrato de apoderado a funcionario es un

comportamiento que vulnera el Art 10b (párrafo segundo) de la Ley General de

Educación, como en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar,

-La naturaleza, intensidad y extensión de la falta, así como las características del afectado.

-La conducta anterior del responsable;

-Los antecedentes y descargos presentados por el autor de la falta. -Otros

aspectos relevantes consignados durante la indagación del hecho.

b. La medida y/o sanción sugerida deberá corresponder únicamente a las establecidas en los cuerpos normativos atingentes a la falta cometida, pudiendo ser el Reglamento de

Convivencia Escolar, Reglamento Interno de la escuela, Obligaciones contractuales (contrato de

educación) u otras normas o compromisos suscritos por el autor de la falta.

c. En los casos en que existan dudas respecto de las medidas susceptibles de ser tomadas, se consultará al asesor jurídico del DAEM u otros organismos competentes para clarificar la resolución.

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d. Una vez decididas las medidas a tomar, la autoridad designada, en conjunto con el encargado de indagar, lo comunicarán a las partes, en la extensión y profundidad que les corresponda conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los involucrados). c.3.2. Si el reclamo es desestimado: La autoridad designada, en conjunto con el encargado de

indagar, comunicarán la decisión a las partes tal decisión, en la extensión y profundidad que les

corresponda conocer (cautelando a través de esto la integridad y dignidad de los involucrados).

-Sea que el reclamo se acredite o se desestime, al informar a las partes interesadas la resolución final, se privilegiará la entrevista personal como medio de comunicación, no obstante, se podrá hacer uso de otros medios formales escritos, debiendo quedar constancia del envío y recepción del comunicado (Ej. Agenda escolar, carta certificada, etc. ). -El Encargado de Convivencia Escolar consignará los antecedentes del procedimiento en los archivos de convivencia escolar confidenciales. C.4. Recursos de Apelación: -El encargado de comunicar el cierre de un procedimiento de manejo de maltrato de un apoderado a un funcionario, independientemente de la resolución que se haya tomado, deberá informar a las partes su derecho a apelar la(s) resolución(es) comunicadas y las condiciones para ejercer tal derecho. -La información entregada debe indicar los siguientes elementos:

a) Que tienen el derecho a apelar sobre la o las resoluciones que les han sido comunicadas.

b) Que la apelación debe ser presentada por escrito o en formato virtual, con la autoría debidamente acreditada, en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha en que se les haya notificado la resolución que la motiva.

c) Que la Autoridad de Apelación designada será el Director.

d) Que la autoridad de apelación les comunicará la decisión definitiva en un plazo máximo de diez días hábiles y que esta tendrá carácter de inapelable.

*Nota: La autoridad de apelación no podrá ser aquella que realizó la indagatoria. C.5. Seguimiento. -En los casos que se hayan dispuesto medidas que deben ser cumplidas por el autor de la falta, el

Encargado de Convivencia Escolar, o quien designe el Director.

Si el resultado es satisfactorio al término del plazo o condiciones de cumplimiento de la(s) medida(s) indicada(s), el responsable del seguimiento dejará registrado el cierre del reclamo. En caso contrario, citará al apoderado referido para evaluar la situación y determinar, a partir de los antecedentes disponibles, las líneas de acción a seguir, las cuales deberán respetar las normas del justo procedimiento.

-Respecto del funcionario afectado, el psicólogo de la Escuela, u otro profesional externo al que

pudiera ser derivado, generará un informe en virtud del cual, el encargado del procedimiento

evaluará la mantención o levantamiento de las medidas especiales que le hayan sido aplicadas.

Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto de competencias en la ejecución del

protocolo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva o el Director.

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9.6.- PROTOCOLO DE ACCION – ABUSO SEXUAL CONTRA MENORES DE EDAD A. INTRODUCCION: -El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo de hechos de abuso sexual contra menores de edad de la Escuela José A. Bilbao Pfeiffer. -La ejecución de este Protocolo se encuentra regida por las disposiciones contenidas en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar:

B. DEFINICIÓN DE ABUSO SEXUAL CONTRA MENORES:

B.1. Abuso Sexual Infantil:

“Es la imposición a un niño o niña, basada en una relación de poder, de una actividad sexualizada

en que el ofensor obtiene gratificación. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza

física, chantaje, la amenaza, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o

cualquier otra forma de presión” (Barudy, J, 1998, cit por “Abuso Sexual en niños/as y

adolescentes”, Mineduc)

B.2. Tipos de Abuso Sexual a menores:

-Exhibición ante el menor de los genitales del abusador.

-Tocación de los genitales del menor por parte del abusador.

-Tocación de otras zonas del cuerpo del niño por parte del abusador.

-Incitación, por parte del abusador, para que el niño le toque los genitales.

-Contacto bucogenital entre el abusador y el niño.

-Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del cuerpo o con

objetos, por parte del abusador.

-Utilización del menor en la elaboración de material pornográfico.

-Exposición de material pornográfico a un menor.

-Promoción o facilitación de la explotación sexual comercial infantil.

-Obtención de servicios sexuales por parte de un menor de edad a cambio de dinero u otras

prestaciones.

C. PROTOCOLO DE MANEJO DE ACTOS DE ABUSO SEXUAL CONTRA MENORES:

C.1. Recepción:

-Receptores: Son los miembros institucionales habilitados para tomar conocimiento de actos de

posible abuso sexual que pudieran afectar a estudiantes de la Escuela. Los receptores pueden ser:

Profesores jefes; Docentes de Asignatura, (Psicólogos, Orientadores, Psicopedagogos si lo

hubiera); Encargado de Convivencia Escolar.

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-Si una persona reporta tener conocimiento de un posible abuso sexual en contra de un menor, el

receptor registrará el reporte y los antecedentes que lo acompañen en la Hoja de Entrevista y

entregará inmediatamente estos registros al Encargado de Convivencia Escolar.

En el caso de que el receptor reciba el testimonio del estudiante que, supuestamente, es víctima de abuso sexual, evitará profundizar o detallar el relato, con objeto de prevenir la victimización secundaria (derivada del hecho de tener que relatar la experiencia de abuso en varias ocasiones). Por ello, acogiendo al menor, lo conducirá de manera inmediata, a UNA SOLA entrevista, que será realizada por dos personas. En lo posible, uno de los entrevistadores debe ser un Psicólogo del Colegio y/o el encargado de Convivencia Escolar. C.2. Entrevista de levantamiento de datos:

a) Entrevista con denunciante funcionario de la Escuela:

-La entrevista será realizada por el Encargado de Convivencia Escolar u otro funcionario. -La entrevista puede ser de carácter presencial, virtual y/o telefónica. En caso de entrevista telefónica, se le pedirá al funcionario que haga llegar al Encargado de Convivencia Escolar un reporte escrito de lo informado. -La entrevista estará dirigida a registrar los antecedentes reportados por el denunciante. Tales

antecedentes serán consignados en la Hoja de Entrevista respectiva.

-Los funcionarios del establecimiento NO REALIZARÁN acciones de investigación al respecto de los

antecedentes denunciados.

-Se solicitará al Asesor Jurídico de la Escuela la orientación legal respecto de los hechos

reportados.

-Se señalará al denunciante el procedimiento a seguir, indicándole que tanto los antecedentes presentados, como su identidad, deberán ser proporcionados a las autoridades competentes, dada su condición de informante del hecho. b) Entrevista con estudiante víctima del presunto abuso:

La entrevista debe ser de carácter presencial. Será realizada por dos entrevistadores, uno de los cuales será un psicólogo del establecimiento y/o el encargado de Convivencia Escolar. -La entrevista estará dirigida principalmente a acoger al menor y, en segundo término, a levantar los antecedentes reportados. Estos serán consignados en la Hoja de Entrevista respectiva. -Los funcionarios de la escuela NO REALIZARÁN acciones de investigación respecto de los

antecedentes reportados.

-Los entrevistadores del estudiante (posible víctima de abuso sexual) deberán abordarlo conforme

a las sugerencias señaladas por Unicef y Carabineros de Chile:

-Desarrollar la entrevista en un lugar que tenga privacidad, que permita generar un clima de

acogida y confianza.

-Para ayudar a generar este clima de confianza, ofrecerle al niño, niña o adolescente algunos

materiales de dibujo, juguetes, bebidas o un alimento.

-Realizar la entrevista sin apuro.

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-Explicarle de qué se trata el procedimiento que se está desarrollando, con palabras simples.

-No poner en duda el relato del niño, niña o adolescente.

-Nunca responsabilizarlo por lo sucedido. Evitar preguntas tales como: ¿por qué no te defendiste? o ¿por qué no lo dijiste antes? que aunque no lo culpabilizan directamente, ponen en él o ella la responsabilidad de detener el abuso desconociendo la diferencia de poder que existe entre adultos y niños. -Mostrar interés por su relato. Escuchar atentamente y hablarle en un tono no amenazante.

No interrumpirlo.

-Es importante expresar a los niños, niñas y adolescentes que se comprende lo difícil que resulta

hablar de este tema con alguien desconocido. Respetar el silencio del niño.

No presionar al niño, no insistir ni exigirle más detalles de los que desea entregar.

-Darle seguridad, no acusar ni juzgar a los adultos involucrados, pues muchas veces, los niños y

niñas tienen relaciones afectivas con los abusadores.

-Explicarle al menor que el abuso sexual es responsabilidad de quien lo ejerce, y que niños y

niñas no son responsables de nada.

-Valorar la decisión de contar lo que le está sucediendo y agradecer su colaboración. -Para efectos de la prueba resulta relevante que la niña, niño o adolescente pueda expresar con sus propias palabras lo sucedido. -Tener presente que a veces un niño, niña o adolescente puede decir que el abuso no existió para librarse de ser entrevistado y evitar narrar algo que le produce vergüenza o miedo. -Recordar que las contradicciones y confusiones son esperables en una persona que ha vivido una

experiencia de este tipo.

-Tener claridad acerca de los “mitos” que existen en torno al tema, para evitar que alguno de

estos pudiera influir negativamente en el o los entrevistadores.

-Se solicitará al Asesor Jurídico del Daem la orientación legal respecto de los hechos reportados,

con objeto de establecer los cursos de acción que correspondan conforme a la Ley.

-Los datos aportados por el estudiante se consignarán en registro de denuncia reservado y se le

informará al alumno el procedimiento que se realizará a continuación (denuncia y proceso

judicial), explicándoselo en términos comprensibles y amables.

-De acuerdo al reporte del alumno en entrevista, El Director, el Encargado de Convivencia Escolar

decidirán el momento y circunstancia en que se le informará a los apoderados del hecho

reportado, pudiendo realizarse esta citación, incluso, con posterioridad a la presentación de la

denuncia ante la autoridad competente.

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-El Encargado de Convivencia Escolar y/o el Director determinarán la persona que deberá

presentar la denuncia a las autoridades pertinentes y asignará a un funcionario de la Escuela la

responsabilidad de velar por la integridad física y psicológica del menor en este proceso.

c) Entrevista con apoderado de la Escuela u otro particular (no afectados por el hecho):

-La entrevista será realizada por el Encargado de Convivencia Escolar o el Director.

-La entrevista debe ser de carácter presencial.

-La entrevista estará dirigida a orientar al informante acerca del procedimiento de denuncia que el

mismo debe realizar ante las autoridades competentes.

-Sin perjuicio de lo anterior, se solicitará la orientación del asesor jurídico de la Escuela, o de otros organismos competentes para conocer de estas materias, con objeto de establecer el rol que debiera asumir la Escuela(atendidas las circunstancias y antecedentes del hecho que hayan sido presentados en la entrevista). -Los datos aportados por el informante se consignarán en registro de denuncia reservado. -Los funcionarios de la Escuela NO REALIZARÁN acciones de investigación respecto de los antecedentes presentados. El Encargado de Convivencia determinará, en conjunto con la Dirección, en base a los antecedentes presentados y a las orientaciones jurídicas recibidas, qué rol

le compete a la institución frente los hechos presentados y se actuará en consecuencia con lo

resuelto.

d) Entrevista con estudiante que reporta conocimiento del hecho:

-La entrevista será realizada por el Encargado de Convivencia Escolar u otro funcionario. En esta

entrevista se hará exigible la presencia del apoderado del alumno o, en su defecto, de un

psicólogo u orientador que acompañe al alumno La entrevista debe ser de carácter presencial.

-La entrevista estará dirigida a orientar al estudiante y a su apoderado acerca del procedimiento

de denuncia que ellos mismos deben realizar ante las autoridades competentes.

-Sin perjuicio de lo anterior, se solicitará la orientación del asesor jurídico de la Escuela, o de otros organismos competentes para conocer de estas materias, con objeto de establecer el rol que debiera asumir la Escuela (atendidas las circunstancias y antecedentes del hecho que hayan sido presentados en la entrevista). -Los datos aportados por el informante se consignarán en registro de denuncia reservado. -Los

funcionarios de la Escuela NO REALIZARÁN acciones de investigación respecto de los

antecedentes denunciados. El Encargado de Convivencia determinará, en conjunto con la

Dirección de la Escuela, en base a los antecedentes presentados y a las orientaciones jurídicas

recibidas, qué rol le compete a la institución frente los hechos presentados y se actuará en

consecuencia con lo resuelto. C.3. Denuncia:

-Toda vez que el reporte de un posible hecho de abuso sexual haya sido realizada por un

funcionario de la Escuela, o por un estudiante que señale ser la víctima del hecho, el Encargado

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de Convivencia Escolar, realizará el procedimiento de denuncia ante los organismos pertinentes,

conforme a las disposiciones del artículo 173, 174, 175, 176 y 177 del Código Procesal Penal

Chileno (Reglamento Interno y de Convivencia Escolar).

-Toda vez que el reporte de un posible hecho de abuso sexual haya sido realizada por una

persona o estudiante que señala conocimiento de este, pero que no ha realizado la denuncia del

mismo ante las autoridades competentes, el Encargado de Convivencia les solicitará hacerlo,

conforme a lo señalado en los artículos 173, 174 del Código Procesal Penal Chileno (Reglamento

Interno y de Convivencia Escolar). Sin perjuicio de lo anterior, la Escuela resolverá los pasos que

le corresponde seguir en base a los antecedentes presentados. C.4. Acciones internas:

Una vez que se haya presentado la denuncia a las autoridades competentes, el Encargado de

Convivencia Escolar designará al miembro del Colegio que deberá seguir el curso del proceso

judicial. Tal encargado informará al Equipo los estados de avance de la causa y coordinará el

cumplimiento de todas las diligencias y medidas que la autoridad requiera de la Escuela. -Si el

supuesto autor del abuso sexual denunciado es un funcionario de la Escuela, la institución

asumirá el principio de inocencia, determinando la aplicación de las medidas internas que

corresponda una vez que el caso haya sido sentenciado por el Tribunal respectivo. Sin perjuicio

de lo anterior, se determinará para este, durante el proceso, la reasignación de sus funciones,

otorgamiento de permisos administrativos, reubicación de puesto de trabajo, u otras acciones

que, no implicando menoscabo laboral, eviten su contacto con alumnos del establecimiento.

-Si el supuesto autor del abuso sexual es un apoderado de la Escuela, la institución asumirá el

principio de inocencia, determinando la aplicación de las medidas internas que corresponda una

vez que el caso haya sido sentenciado por el Tribunal respectivo. Lo mismo vale en el caso que el

denunciado sea una persona ajena a la Escuela. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de la

Escuela aplicará las medidas que, siendo atingentes a la relación del apoderado con el

establecimiento, sean ordenadas por el Tribunal que lleva la causa. C.5. Cierre del Proceso

Judicial:

-Al término de un proceso judicial por supuesto abuso sexual contra un alumno de la Escuela, el

Encargado de Convivencia, presentará las resoluciones judiciales al Director y/o al Consejo General

de Profesores con objeto de que estos se pronuncien sobre las materias vinculadas al fallo que

deban ser resueltas en el ámbito de la Escuela.

-En el caso que el o las personas denunciadas fueran declaradas no-culpables de los cargos formulados, la Dirección de la Escuela, en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar, determinarán acciones de apoyo para los involucrados, en especial, aquellas que pudieran favorecer la adecuada reinserción y restablecimiento de la honra de la persona a quien le fueran retirados los cargos. -En el caso que el o las personas denunciadas fueran declaradas culpables de los cargos

formulados, el Director, en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar, determinarán las

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medidas y acciones que corresponda resolver en el ámbito de la Escuela. Asimismo, se analizarán

las acciones y medidas que se ejecutarán para apoyar a quienes hayan sido señalados como

víctimas del hecho.

-En particular, si el fallo del Tribunal indica culpabilidad de un funcionario por acusación de abuso sexual contra uno o más alumnos, sin perjuicio de otras medidas que fueran pertinentes, la Dirección procederá a desvincular al funcionario del establecimiento. -Las medidas y acciones resueltas serán comunicadas a los involucrados, los cuales tendrán

derecho a presentar apelación si así lo estiman pertinente. El plazo para apelar plazo será de

cinco días hábiles escolares desde que se les comunique la resolución. La autoridad de apelación

será el Director o quien lo subrogue, el cual dispondrá de diez días hábiles para responder a la

presentación, teniendo tal resolución el carácter de inapelable.

Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto de competencias en la ejecución del

protocolo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva o el Director.

9.7.- PROTOCOLO DE ACCION – VIOLENCIA INTRAFAMILIAR CONTRA MENORES DE

EDAD

A. INTRODUCCION: El presente protocolo presenta la descripción de los procedimientos a seguir para el manejo de hechos que podrían constituir delitos y que afecten a los miembros de la comunidad educativa de la Escuela Jose A. Bilbao Pfeiffer, en especial, a los alumnos. -La ejecución de este Protocolo se encuentra regida por las disposiciones contenidas en el

Reglamento Interno y de Convivencia Escolar:

B. DEFINICIÓN DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR:

1.1. Definición de Violencia Intrafamiliar: :”Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente. También habrá violencia intrafamiliar cuando la conducta referida en el inciso precedente ocurra entre los padres de un hijo común, o recaiga sobre persona menor de edad, adulto mayor o discapacitada que se encuentre bajo el cuidado o dependencia de cualquiera de los integrantes del grupo familiar….”

1.2. Tipología de Violencia Intrafamiliar abordable por la Escuela: Los actos que pudieran ser constitutivos de violencia intrafamiliar se encuentran comprendidos dentro de los ámbitos que se señalan a continuación:

-Abuso físico: Cualquier acción, no accidental por parte de los padres o cuidadores que provoque daño físico o sea causal de enfermedad en los niños. La intensidad puede variar desde una contusión leve hasta una lesión mortal. Este puede ser también pasivo, como el abandono físico, en el que las necesidades básicas no son atendidas temporal o permanentemente. -Abuso Psicológico: Hostilidad verbal reiterada en forma de insulto, burla, desprecio o amenaza de abandono o constante bloqueo de las iniciativas y de las interacciones infantiles por parte de

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cualquier miembro adulto del grupo familiar. El ser testigo de violencia entre los padres es otra forma de abuso psicológico -Negligencia o abandono: Falta de protección y cuidados físicos al niño por parte de los padres o

cuidadores, así como la falta de respuesta a las necesidades de afecto y estimulación cognitiva,

indiferencia y ausencia de contacto corporal. -Abuso Sexual (Ver protocolo específico para estos

casos)

C. PROTOCOLO DE MANEJO DE POSIBLE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR:

C.1. Recepción: Receptores: Son los miembros institucionales habilitados para tomar conocimiento de actos de

posible violencia intrafamiliar que pudieran afectar a estudiantes del Colegio. Los receptores

pueden ser: Profesores jefes; Docentes de Asignatura, (Psicólogos, Orientadores, Psicopedagogos

si lo hubiera, Encargado de Convivencia Escolar, Jefe de UTP.

-Si una persona reporta tener conocimiento de hechos que pudieran constituir un caso de violencia intrafamiliar contra menores, el receptor registrará el reporte y los antecedentes que lo acompañen en la Hoja de Entrevista, entregará estos registros al Encargado de Convivencia Escolar. -En el caso de que el receptor reciba el testimonio del estudiante que, presuntamente, es víctima

de violencia intrafamiliar, evitará profundizar o detallar el relato, con objeto de prevenir la

victimización secundaria (derivada del hecho de tener que relatar la experiencia de violencia en

varias ocasiones). Por ello, acogiendo al menor, lo conducirá de manera inmediata, a UNA SOLA

entrevista. En lo posible, uno de los entrevistadores debe ser un Psicólogo del Colegio y/o el

encargado de Convivencia Escolar C.2. Entrevista de levantamiento de datos:

a) Entrevista con denunciante funcionario de la Escuela: -La entrevista será realizada por el Encargado de Convivencia Escolar.

-La entrevista puede ser de carácter presencial, virtual y/o telefónica. En caso de entrevista telefónica, se le pedirá al funcionario que haga llegar al Encargado de Convivencia Escolar un reporte escrito de lo informado. -La entrevista estará dirigida a registrar los antecedentes reportados por el denunciante. Tales

antecedentes serán consignados en la Hoja de Entrevista respectiva.

-Los funcionarios de la Escuela NO REALIZARÁN acciones de investigación al respecto de los

antecedentes denunciados.

-Se solicitará al Asesor Jurídico de la Escuela orientación legal respecto de los hechos reportados.

-Se señalará al denunciante el procedimiento a seguir, indicándole que tanto los antecedentes presentados, como su identidad, deberán ser proporcionados a las autoridades competentes, dada su condición de informante del hecho. b) Entrevista con estudiante que reporta ser víctima de Violencia intrafamiliar:

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-La entrevista debe ser de carácter presencial. Será realizada por dos entrevistadores, uno de los cuales será un psicólogo de la Escuela y/o el encargado de Convivencia Escolar. -La entrevista estará dirigida principalmente a acoger al menor y, en segundo término, a levantar los antecedentes reportados. Estos serán consignados en la Hoja de Entrevista respectiva. -Los funcionarios de la Escuela NO REALIZARÁN acciones de investigación respecto de los

antecedentes reportados.

-Los entrevistadores del estudiante (posible víctima de violencia intrafamiliar) deberán abordarlo

conforme a las sugerencias señaladas por Unicef y Carabineros de Chile:

-Desarrollar la entrevista en un lugar que permita la confidencialidad.

-Generar un clima de acogida y confianza.

-Realizar la entrevista sin apuro.

-Explicar de qué se trata el procedimiento que se está desarrollando, de una manera muy sencilla.

-Mostrar interés por su relato. Escuchar atentamente y hablarle en un tono no amenazante.

No interrumpirlo.

-No presionar, no insistir ni exigir más detalles de los que el desea entregar.

-No poner en duda o hacer preguntas que cuestionen el relato.

-Nunca responsabilizar al alumno por lo que ha sucedido.

-Expresar al niño comprensión por lo difícil que resulta hablar de este tema. Respetar el silencio

del niño.

-No inducir con las preguntas la identidad del supuesto victimario, hacer preguntas abiertas sobre este sin señalar a alguien en específico o dar a entender quién podría ser. Dejar que el alumno lo identifique de forma espontánea. -No acusar, señalar, ni juzgar a los adultos posiblemente involucrados mencionados en el relato.

-Valorar la decisión de contar lo que le está sucediendo y agradecer su colaboración. -Explicar que el maltrato hacia los niños vulnera sus derechos y que no es un comportamiento adecuado de parte de los adultos. -Tener claridad acerca de los “mitos”* que existen en torno al tema, para evitar que alguno de

estos pudiera influir negativamente en el o los entrevistadores.

-Se solicitará al Asesor Jurídico del establecimiento orientación legal respecto de los hechos

reportados, con objeto de establecer los cursos de acción que correspondan conforme a la Ley.

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-Los datos aportados por el estudiante se consignarán en registro de denuncia reservado y se le

informará al alumno el procedimiento que se realizará a continuación (denuncia y proceso

judicial), explicándoselo en términos comprensibles y amables.

-De acuerdo al reporte del alumno en entrevista, El Director o el Encargado de Convivencia

Escolar decidirán el momento y circunstancia en que se le informará a los apoderados del hecho

reportado, pudiendo realizarse esta citación, incluso, con posterioridad a la presentación de la

denuncia ante la autoridad competente.

-El Encargado de Convivencia Escolar determinará a la persona que deberá presentar la denuncia

a las autoridades pertinentes y asignará a un funcionario de la Escuela la responsabilidad de velar

por la integridad física y psicológica del menor en este proceso.

c) Entrevista con apoderado de la Escuela u otro particular (no afectados por el hecho):

-La entrevista será realizada por el Encargado de Convivencia Escolar.

-La entrevista debe ser de carácter presencial.

-La entrevista estará dirigida a orientar al informante acerca del procedimiento de denuncia que

el mismo debe realizar ante las autoridades competentes.

-Sin perjuicio de lo anterior, se solicitará la orientación del asesor jurídico del Colegio, o de otros organismos competentes para conocer de estas materias, con objeto de establecer el rol que debiera asumir la escuela (atendidas las circunstancias y antecedentes del hecho que hayan sido presentados en la entrevista). -Los datos aportados por el informante se consignarán en registro de denuncia reservado. -Los funcionarios del establecimiento NO REALIZARÁN acciones de investigación respecto de los antecedentes presentados. El Encargado de Convivencia determinará, en conjunto con la

Dirección , en base a los antecedentes presentados y a las orientaciones jurídicas recibidas, qué

rol le compete a la institución frente los hechos presentados y se actuará en consecuencia con lo

resuelto.

d) Entrevista con estudiante que reporta conocimiento del hecho:

-La entrevista será realizada por el Encargado de Convivencia Escolar, en esta entrevista se hará

exigible la presencia del apoderado del alumno o, en su defecto, de un psicólogo u orientador

que acompañe al alumno

-La entrevista debe ser de carácter presencial.

-La entrevista estará dirigida a orientar al estudiante y a su apoderado acerca del procedimiento

de denuncia que ellos mismos deben realizar ante las autoridades competentes.

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-Sin perjuicio de lo anterior, se solicitará la orientación del asesor jurídico del establecimiento, o

de otros organismos competentes para conocer de estas materias, con objeto de establecer el rol

que debiera asumir la escuela (atendidas las circunstancias y antecedentes del hecho que hayan

sido presentados en la entrevista).

-Los datos aportados por el informante se consignarán en registro de denuncia reservado. -Los

funcionarios del establecimiento NO REALIZARÁN acciones de investigación respecto de los

antecedentes denunciados. El Encargado de Convivencia determinará, en conjunto con el

Director, en base a los antecedentes presentados y a las orientaciones jurídicas recibidas, qué rol

le compete a la institución frente los hechos presentados y se actuará en consecuencia con lo

resuelto.

C.3. Denuncia:

-Toda vez que el reporte de un posible hecho de violencia intrafamiliar contra un alumno del

Colegio haya sido realizada por un funcionario de la escuela, o por un estudiante que señale ser la

víctima del hecho, el representante designado del establecimiento para este efecto,

preferentemente el Encargado de Convivencia Escolar, realizará el procedimiento de denuncia

ante los organismos pertinentes, conforme a las disposiciones del artículo 173, 174, 175, 176 y

177 del Código Procesal Penal Chileno (Reglamento Interno y de Convivencia Escolar). -Toda vez

que el reporte de un posible hecho de violencia intrafamiliar contra un alumno del Colegio haya

sido realizada por una persona o estudiante que señala conocimiento de este, pero que no ha

realizado la denuncia del mismo ante las autoridades competentes, el Encargado de Convivencia

les solicitará hacerlo, conforme a lo señalado en los artículos 173, 174 del Código Procesal Penal

Chileno (Reglamento Interno y de Convivencia Escolar). Sin perjuicio de lo anterior, el Colegio

resolverá los pasos que le corresponde seguir en base a los antecedentes presentados. C.4.

Acciones internas:

-Una vez que se haya presentado la denuncia, el Encargado de Convivencia Escolar, designará al

miembro del establecimiento que deberá seguir el curso del proceso realizado por las

autoridades. Tal encargado informará al Equipo los estados de avance de la causa y coordinará el

cumplimiento de todas las diligencias y medidas que la autoridad requiera de la escuela.

-Si el supuesto autor de violencia intrafamiliar es un apoderado de la escuela, la institución asumirá el principio de inocencia, determinando la aplicación de las medidas internas que corresponda una vez que el caso haya sido sentenciado por el Tribunal respectivo. Lo mismo vale en el caso que el denunciado sea una persona ajena al establecimiento. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de la Escuela aplicará las medidas que, siendo atingentes a la relación del apoderado con el establecimiento, sean ordenadas por el Tribunal que lleva la causa. C.5. Cierre del Proceso Judicial: -Al término de un proceso judicial por supuesta violencia intrafamiliar contra un alumno del

establecimiento, el Encargado de Convivencia, presentará las resoluciones judiciales a la

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Dirección con objeto de que estos se pronuncien sobre las materias vinculadas al fallo que deban

ser resueltas en el ámbito del establecimiento.

-En el caso que el o las personas denunciadas fueran declaradas no-culpables de los cargos, la

Dirección en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar, determinarán acciones de apoyo

para los involucrados, en especial, aquellas que pudieran favorecer la adecuada reinserción y

restablecimiento de la honra de la persona a quien le fueran retirados los cargos. -En el caso que

el o las personas denunciadas fueran declaradas culpables de los cargos formulados, la Dirección

en conjunto con el Encargado de Convivencia Escolar, determinarán las medidas y acciones que

corresponda resolver en el ámbito de la escuela. Asimismo, se analizarán las acciones y medidas

que se ejecutarán para apoyar a quienes hayan sido señalados como víctimas del hecho.

-Las medidas y acciones resueltas serán comunicadas a los involucrados, los cuales tendrán

derecho a presentar apelación si así lo estiman pertinente. El plazo para apelar plazo será de

cinco días hábiles escolares desde que se les comunique la resolución. La autoridad de apelación

será el Director el cual dispondrá de diez días hábiles para responder a la presentación, teniendo

tal resolución el carácter de inapelable.

Nota: Ante cualquier circunstancia que implique conflicto de competencias en la ejecución del

protocolo, será el Encargado de Convivencia Escolar quien resuelva.

9.8.- PROTOCOLO DE ACCIÓN- ACCIDENTES ESCOLARES

DESCRIPCIÓN: Es todo daño físico que recibe un alumno involuntariamente, producto de las

diversas acciones que desarrolla en la escuela.

◼ La primera acción será informar al apoderado y solicitar su autorización para llevarlo a la Posta.

◼ En caso de accidente muy grave llamar a la ambulancia.

◼ Llenar los formularios de Accidentes Escolares para ser entregado al apoderado.

9. 9.- PROTOCOLO DE ACCIÓN – ALUMNOS QUE SE REPORTAN ENFERMOS DESCRIPCIÓN: Son aquellos alumnos(as) que se sienten mal (fiebre, vómitos, dolor de

estómago, decaimiento, etc) y que la gran mayoría de las veces solicitan que los padres vengan a

buscarlos.

◼ Llamar al apoderado para que venga a buscar al alumno y lo lleve a médico. ◼

Dar la autorización de salida al alumno en el cuaderno correspondiente.

9.10.- PROTOCOLO DE ACCION – TRANSPORTE ESCOLAR

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DESCRIPCIÓN: Son aquellos alumnos que en los buses escolares, en los viajes de ida o

regreso al colegio, mediante un comportamiento inadecuado ponen en peligro su propia

integridad y/o la de los demás alumnos(as) que van en el bus. Los conductores de los buses deben

informar por escrito cuando ello suceda.

◼ La primera vez que ello ocurra se citará al apoderado para ser informado bajo firma.

◼ En la segunda oportunidad, se citará al apoderado para ser informado bajo firma y se suspenderá al alumno(a) del beneficio de traslado en los buses. Puede asistir a clases.

◼ En la tercera oportunidad, se citará al apoderado para ser informado bajo firma y se le suspenderá definitivamente por el resto del año escolar del beneficio de traslado en los buses. Puede seguir asistiendo a clases por sus propios medios.

◼ Queda establecido que la responsabilidad de la escuela para el cuidado y seguridad de los alumnos(as), se inicia una vez que el bus los deja en el establecimiento y termina una vez que los alumnos(as) se embarcan en el bus. Del mismo modo, tampoco es responsabilidad de la escuela, si un alumno(a) es “olvidado” en la escuela. No obstante lo anterior, el alumno(a) permanecerá en el establecimiento a la espera que sus padres vengan a buscarlo.

◼ Es responsabilidad de los padres y de la escuela, el orden y disciplina dentro del bus escolar.

◼ Para mejor funcionamiento del sistema, se establece que el alumno(a) debe esperar el bus y no el bus al alumno(a).

9.11.- PROTOCOLO Y NORMAS SOBRE ALUMNNOS(AS) EN RIESGO SOCIAL.

a. La escuela contempla para estos casos dar amplias facilidades a fin de que los alumnos(as)

afectados(as) puedan continuar sus estudios.

-b. PROTOCOLO DE ALUMNAS EMBARAZADAS;

A. Al detectarse alguna situación de embazo de alguna alumna, se le avisar al apoderado,

para que sea llevada al cesfam u hospital más cercano.

B. Una vez confirmada la situación de embarazo, la alumna junto a su apoderado conocerá

como se actuara con ella a contar de ese día.

C. se le informara que puede venir regularmente a clases y la forma de promoción para

ella/as.

D. Las alumnas embarazada se contempla: horario flexible. Las pruebas, interrogaciones,

entrega de trabajos, etc. Se convendrá entre profesor y alumna. De asignatura –

E. Se contempla la formación de alumnos tutores y de apoyo, para la parte académica.

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F. La UTP de la escuela cautelará el cumplimiento de estas disposiciones y el profesor jefe

coordinará todas las acciones.

G. Además si la estudiante está en periodo o fecha de parto entre los meses de octubre,

noviembre o diciembre, se le cerrara el año escolar con las notas del primer y notas parciales

del segundo semestre.

8.- OTRAS NORMAS:

8.1.- La inasistencia de alumnos(as) a Actos Cívicos u otros donde se representa a la Escuela,

deberán ser justificadas con Certificado Médico, caso contrario se dejará constancia en la

Hoja de Vida del alumno como una observación negativa.

8.2.- La asistencia de apoderados a las reuniones de padres y apoderados, citaciones de la

Dirección o profesores jefes es obligatoria.

8.3.- En caso de inasistencia del apoderado a las reuniones antes descritas, podrá: a).-

Presentarse al establecimiento junto a su pupilo al día siguiente de clases y b).- Comunicar en

la Agenda Escolar de su pupilo, el día y la hora en que se presentará al colegio, esto no podrá

exceder los 3 días hábiles. Si no ocurriera ninguna de las dos posibilidades, el alumno no será

aceptado en clases y/o el traslado en los buses escolares.

8.4.- Se autorizarán permisos para los alumnos solamente bajo las siguientes circunstancias:

a).- Solicitud personal del apoderado en la escuela, consignado bajo firma en el cuaderno de

salida del alumnado y b).- Mediante solicitud hecha por el apoderado en la Agenda Escolar.

8.5.- La entrega de trabajos, tareas, materiales solicitados, etc será en la fecha y hora fijada

por el profesor. Si el alumno no cumple el profesor lo calificará con la nota mínima. La

excepción la constituye el hecho que el alumno presente Certificado Médico, para lo cual el

docente fijará un nuevo plazo de entrega. La sola justificación del apoderado, quedará a

criterio del profesor.

8.6.- La asistencia a pruebas, exámenes, interrogaciones, exposiciones de trabajos, etc.

Previamente avisado es obligatoria. El alumno que no se presente será calificado con la nota

mínima. En caso de que el alumno presente Certificado Médico, el profesor debe fijar un

nuevo plazo. La sola justificación del apoderado quedará a criterio del profesor.

8.7.- Todo objeto de valor, tales como: joyas, relojes, dinero, equipos de sonidos, celulares,

etc. Quedan prohibidos en el establecimiento. Se establece claramente que la escuela no

responderá por la pérdida de estos artículos.

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Para el caso de que un alumno(a) sea sorprendido con algunos de estos artículos,

será requisado por el funcionario, consignada una observación negativa en su Hoja de Vida y

posteriormente entregado el artículo a su apoderado.

IVAN ZUÑIGA SANDOVAL

Director

Pelchuquin, 2018

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Planes Escuela

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Identificación del Establecimiento.

Nombre de la Escuela: “José Arnoldo Bilbao Pfeiffer” RBD: N° 6852-7 Dependencia: Municipal Niveles que imparte : Pre – Básica y Básica completa. Sector Rural: Pelchuquin. Comuna: Mariquina, Región : XIV- Los Ríos.

Directivos del Establecimiento

a) Director : Prof. Sr. Iván Zúñiga Sandoval

b) Jefe Técnico : Prof. Sr. Rigoberto Oliva Ojeda

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PLAN DE FORMACIÓN

CIUDADANA

LEY N° 20.911/ 2016.-

1° Fundamentación

El Plan de Formación Ciudadana, es un instrumento de

gestión inspirado en la Ley N° 20911/16, que tiene como

objetivo implementar acciones que permitan a las y los

estudiantes participar de procesos formativos -curriculares y

extra - programáticos - teniendo como ideario el respeto a los

derechos humanos y la búsqueda del bien común.

OBJETIVO GENERAL

Proponer un conjunto de acciones destinadas a ofrecer a los

y las estudiantes la preparación necesaria para asumir una

vida responsable en la sociedad, tendiendo al mejoramiento

integral de la persona humana, como fundamento del sistema

democrático, la justicia social y el progreso.

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OBJETIVOS ESPECÍFICOS

En el Plan de Formación Ciudadana de la escuela municipal “

José Arnoldo Bilbao Pfeiffer” de Pelchuquin, destacan los

siguientes objetivos:

1. Promover la comprensión y análisis del concepto de ciudadanía y los derechos y deberes asociados a ella en una sociedad democrática.

2. Fomentar en los estudiantes el ejercicio de una ciudadanía crítica, responsable, respetuosa, abierta y creativa.

3. Promover el conocimiento, comprensión y análisis del Estado de Derecho y de la institucionalidad local, regional y nacional.

4. Promover el conocimiento, comprensión y compromiso de los estudiantes con los derechos humanos, con especial énfasis en los derechos del niño.

5. Fomentar en los estudiantes la valoración de la diversidad social y cultural del país.

6. Fomentar la participación de los estudiantes en temas de interés público.

7. Garantizar el desarrollo de una cultura democrática y ética en la escuela.

8. /Fomentar una cultura de la transparencia y la probidad. 9. Fomentar en los estudiantes la tolerancia y el pluralismo. 10. Incluir Plan en el PME y PEI. 11. Destinar 45’- en las clases de Historia, el curriculun

de la Educación Cívica. 12. Integrar a la Educación Parvularia, de acuerdo a

las características de los alumnos, por ejemplo a través del juego, de clases didácticas de Educación Cívica y participar en las actividades del Centro de Alumnos.

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13.- Publicitar el Plan: * Reuniones diversas comunidad educativa, * Agenda Escolar, * Informes de Notas semestrales y otros * murales de la escuela * Actos y desfiles y Medios de Comunicación

2° Consideraciones :

El Plan debe considerar acciones concretas para el cumplimiento de los objetivos. Ello incluye una planificación curricular que incluya los contenidos en las diversas asignaturas; talleres y actividades extra - programáticas; formación de docentes y directivos; actividades de apertura del establecimiento a la comunidad; promoción a través de actividades de una cultura de diálogo y sana convivencia escolar; estrategias para fomentar la representación y participación de los estudiantes y otras que el sostenedor y la comunidad educativa consideren pertinentes.

3° Acciones

a) Informar la existencia y objetivos del PLAN, a toda la

Comunidad Educativa.

b) Desarrollar taller de capacitación para profesores y funcionarios de la escuela “ Plan de Formación ciudadana” y Educación Cívica . ( experto)

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c) Desarrollar taller de capacitación para alumnos de segundo ciclo de la escuela “ Plan de Formación ciudadana”. ( experto).

d) Adecuar el Plan de estudio , con el objeto que se destine en la asignatura de Historia de 1er y 2do ciclo, un periodo mensual para impartir la asignatura de la Educación Cívica y en la educación pre- básica en sus núcleos de aprendizaje de Identidad , Grupos humanos Acontecimientos Relevantes o Convivencia.

e) Incluir en los actos de día Lunes , algún contenido de la Educación Cívica.( breve reseña de la función del Presidente de la Junta de Vecinos)

f) Desarrollar visitas de estudios con motivo de las efemérides de los patrimonios de chilenidad:

• Mes del Mar- (mayo) Gobernación Marítima de Valdivia y patrimonio cultural.

• Mes del Ejército: ( Septiembre) Regimientos de Valdivia.

• Aniversario de la Región de Los Ríos (Octubre) Gobierno Regional-Valdivia.

• Ruka Mapuche – Mehuín –actividad intercultural.

• Fuerte San Luis de Alba Locuche Mariquina y otros ( trabajar con Conaf).

• Municipalidad de Mariquina-servicios y asistencia a una reunión de Concejo Municipal.

• Sub-Comisaria de Carabineros.

• Fiscalia y Tribunal de Mariquina.

• Día de la bandera ( Julio) : Incluir en el acto videos de la efeméride.

• Invitar a servicios del Gobierno Regional, Participación ciudadana para charlas diversas.

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• Visitas relámpagos a las Instituciones de la comunidad-especialmente en sus aniversarios.

• Encuentros artísticos- y deportivos

6° Recursos

• Alumnos y profesores capacitados e informados.

• Plan de Estudio impartiendo la Educación Cívica.

• Municipalidad de Mariquina

• Redes de apoyo externo.

7° Verificación: • Libro Clases.

• Murales

• Registros de Salidas.

• Archivos de documentación a entidades de educación y visitas.

• Material Grafico

• Experiencia de los alumnos.

• Informes a los apoderados.

• Informes a Medios de Comunicación.

• Elecciones Centro Alumnos, y de cada curso y Centro de Padres en calidad de veedores.

ACCIONES CALENDARIZADAS DEL AÑO LECTIVO

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A) Marzo

• UTP Designa un período mensual en clases de historia 1° a 8° básico y núcleo de aprendizaje que corresponda en Prébasica la enseñanza de la Educación Cívica. E instruye a los profesores Jefes que en el acto semanal debe incluirse contenidos de Educación Cívica.

• Centro de alumnos asume funciones y entrega propuesta de actividades aniversario.

• Los alumnos organizan y participan durante el año lectivo en el acto de cada semana con himno nacional, efemérides y folclor.

B) Abril

• Actividades, acto y elección de reina Aniversario escuela.

• Alumnos visitan cuartel carabineros Mariquina en el contexto del dia del carabinero.

• Alumnos visitan una reunión de Concejo Municipal. Mariquina-acto cuenta pública ALCALDE.

C) Mayo

• Torneo de baby-futbol con escuelas de la zona “copa mes del mar” Gimnasio Municipal.

• Alumnos PARTICIPAN EN PROGRAMA mes del mar que organiza la Guarnición II z- Naval Valdivia.

• Escuela organiza acto oficial Glorias Navales en Pelchuquin. D) Junio

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• Alumnos visitan Ruka Mapuche Mehuín con motivo del día de los pueblos originarios.

• Alumnos visitan cuartel de bomberos , en el contexto del día del bombero.

• Alumnos visitan en Valdivia cuartel de la PDI, con motivo del aniversario de la policía de Investigaciones. E) Julio

• Alumnos participan en actos del día de la bandera. F) AGOSTO

• 09 : Participación en acto comunal día de la bandera en San José.

• 20: Acto natalicio Bernardo O´higgins.

G) Septiembre

• Comunidad Educativa organiza décima 2da.Muestra Gastronomica, inserta en el programa oficial de Fiestas Patrias en la comuna de Mariquina.

• Escuela organiza Acto desfile Fiestas Patrias

• Integración Ejercito y sociedad escolar. Unidad de formación de la III División de montaña, participan en una tarde recreativa, juegos populares y gastronomía en la escuela.

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• Alumnos visitan el cuartel militar “SANTIAGO BUERAS”, de Valdivia con motivo del mes del ejército. H) Octubre

• Alumnos participan en acto aniversario de la Región de Los Ríos en Valdivia.

• Escuela organiza acto y desfile comunal día del patrullero con Carabineros en San José.

• Profesores participan en un taller de Educación Cívica.

• Alumnos participan en taller de Educación Cívica.

• Alumnos visitan Fiscalia Mariquina-en el contexto del aniversario del Ministerio Público.

I) Noviembre

• Alumnos visitan Fuerte San Luis de Alba y el humedal con el acompañamiento de CONAF.

• Elección del Centro de Alumnos

• FINAL Copa “Renato Gonzalez” en Puringue Rico. J) Diciembre

• Gala de fin de año y PROTOCOLO Banda de guerra escolar.

• Visitas de Estudios de cada cur

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PLAN DE DESARROLLO

PROFESIONAL DOCENTE

Ley 20.903 crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente y entrega lineamientos

para resguardar el acceso de los docentes a la “nueva carrera docente” estableciendo

ciertas herramientas y obligaciones a los establecimientos educacionales para

resguardar la permanente capacitación y actualización de sus docentes, así como la

mejora de sus tiempos de trabajo.

OBJETIVO

Mejorar y fortalecer el desempeño profesional docente mediante la actualización y profundización de los conocimientos disciplinarios y pedagógicos, la reflexión sobre la práctica profesional, con especial énfasis en la aplicación de técnicas colaborativas y de retroalimentación pedagógica con otros docentes y profesionales, así como también el desarrollo y fortalecimiento de las competencias a través de resultados de la evaluación docente.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1.Crear instancias dentro o fuera del establecimiento tendientes a la actualización de conocimientos disciplinarios (Bases curriculares, MBE, decreto de transición y otros.) 2. Desarrollar instancias de reflexión pedagógicas, grupales o colectivas referidas a temas y necesidades que surjan tales como: estrategias en manejo de conductas disidentes, desarrollo adolescente, buen trato y otros) 3. Participar en instancias de perfeccionamiento procedentes del nivel comunal o que surjan de las necesidades de la escuela. (Desarrollo pensamiento crítico) 4.. Implementar espacios de reflexión pedagógica que permitan el intercambio de

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prácticas a través de la observación directa o videos. 5. fortalecer el desarrollo profesional docente creando espacios para que los y las docentes que les corresponda evaluarse cuenten con un tiempo dentro o fuera de la escuela para la preparación de su portafolio.

Acciones que se realizaran para el cumplimiento de los objetivos

1.Crear instancias dentro o fuera del establecimiento tendientes a la actualización de conocimientos disciplinarios (Bases curriculares, MBE, decreto de transición, actualización de )

Para la concreción de este objetivo se realizarán las siguientes acciones.

• Una vez cada dos mes en un espacio del consejo técnico se abordará una temática, la que será previamente consensuada con el consejo.

• Si se presentara una instancia fuera del establecimiento la escuela dará las facilidades a las o los docentes interesados en participar con el compromiso de compartir los conocimientos adquiridos con el personal restante.

Tiempo en que se realizará: Agosto, octubre, diciembre.

Responsables: UTP

Evidencias: Lista de asistencia, cronograma semanal entregado por UTP

Acciones que se realizaran para el cumplimiento de los objetivos

2. Desarrollar instancias de reflexión pedagógicas, grupales o colectivas referidas a temas y necesidades que surjan tales como: estrategias en manejo de conductas disidentes, desarrollo adolescente, buen trato y otros

Para la concreción de este objetivo se realizarán las siguientes acciones.

• Propiciaran espacios de tiempo para que los docentes se reúnan grupal o colectivamente para abordar temáticas emergentes con apoyo del personal de apoyo (Psicóloga) u otro que se pudiera contactar haciendo uso de redes de apoyo.

Tiempo en que se realizará: Segundo semestre 2018

Responsables: UTP, equipo de apoyo

Evidencias: registro en bitácora en caso de que sea grupal, y lista de asistencia si fuere

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colectiva.

Acciones que se realizaran para el cumplimiento de los objetivos

3. Participar en instancias de perfeccionamiento procedentes del nivel comunal o que surjan de las necesidades de la escuela. (Desarrollo pensamiento crítico)

Para la concreción de este objetivo se realizarán las siguientes acciones.

• Asistir a las jornadas de capacitación ya sea a nivel de comuna o a nivel de escuela.

• Realizar un diagnostico con los docentes para la realización de un perfeccionamiento pertinente que pudiese ser contratados con recursos SEP

Tiempo en que se realizará: Segundo semestre 2018

Responsables: UTP y dirección

Tiempo en que se realizará: Noviembre o diciembre 2018

Evidencias: Acción en PME

Acciones que se realizaran para el cumplimiento de los objetivos

4. Implementar espacios de reflexión pedagógica que permitan el intercambio de prácticas a través de la observación directa o videos.

Para la concreción de este objetivo se realizarán las siguientes acciones.

• Grabar alguna clase o parte de ella que contenga alguna estrategia que él o la docente considere exitosa y compartirla con los demás en algún consejo técnico.

• Realizar visitas al aula de acompañamiento por parte del equipo directivo o un par con la pauta consensuada.

Tiempo en que se realizará: Segundo Semestre 2018

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Responsables: UTP.

Evidencias: Actas de observación.

Acciones que se realizaran para el cumplimiento de los objetivos

5. Fortalecer el desarrollo profesional docente creando espacios para que los y las docentes que les corresponda evaluarse cuenten con un tiempo dentro o fuera de la escuela para la preparación de su portafolio.

Para la concreción de este objetivo se realizarán las siguientes acciones.

• Se sugiere dar facilidades a las y los docentes que se encuentren en proceso de evaluación docente durante los meses de agosto, septiembre y octubre liberándolos a lo menos de un periodo de completación que les permita trabajar en la elaboración de su portafolio.

Tiempo en que se realizará: Segundo semestre 2018

Responsables: UTP, equipo de apoyo

Evidencias: Registro en bitácora colectiva de la acción que se realiza

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PLAN DE FORMACIÓN EN

SEXUALIDAD, EFECTIVIDAD

E IGUALDAD DE GÉNERO

PRESENTACIÓN

El plan de Formación en Sexualidad, Afectividad e Igualdad de Género que a continuación se presenta es un plan anual que ofrece una propuesta de mejoramiento articulado, a nivel de aula para el trabajo con los estudiantes y apoderados, a nivel docente para el trabajo con los profesores y a nivel institucional incorporándose el trabajo con las familias y demás actores educativos, en tres dimensiones relacionadas:

➢ Formación integral (para el aprendizaje, desarrollo físico, psicológico , valórico y la prevención)

➢ Conductas de Autocuidado

➢ Prevención de conductas de Riesgo

Este Plan complementa una Propuesta de que ofrece un ejemplo concreto de cómo abordar en la escuela, los diversos temas de prevención específicos que afectan a la comunidad escolar, de manera transversal y equilibrada, desde pre kínder hasta octavo año básico, organizado por docentes, alumnos/as, padres y madres de familia con el propósito de darle seguimiento a las diferentes propuestas.

El sector de educación juega un importante papel en la preparación de niños y jóvenes para asumir roles y responsabilidades propias del mundo adulto (Delors et al., 1996). La transición hacia la adultez requiere estar informado y equipado con competencias y conocimientos que permitan elegir alternativas responsables tanto en nuestra vida social como sexual. Adicionalmente, en muchos países las personas jóvenes viven su primera experiencia sexual mientras aún asisten a la escuela, hecho que confiere a este entorno aún más valor en cuanto a representar una oportunidad para impartir educación acerca de la salud sexual y reproductiva (Orientaciones Técnicas Internacionales sobre Educación Sexual, Unesco, 2010).

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I. CARACTERISTICAS DE LA PROPUESTA

Es una propuesta articuladora: coordina el trabajo a realizarse con los estudiantes, apoderados, docentes y comunidad escolar en su conjunto, para ir avanzando articuladamente en formación de conductas para el desarrollo integral de nuestros educandos, reflejado en una conducta responsable y de respeto hacia la sexualidad, afectividad e igualdad de género.

El trabajo en estas 3 dimensiones, Formación, Autocuidado y Prevención es

sinérgico. Son dimensiones dependientes unas de otras, donde el desarrollo de una favorece a la de las demás. Por ejemplo, si se estimula la formación sexual se desarrollarán conductas de conocimiento y autocuidado, será más sencillo prevenir las conductas de riesgo, facilitando con ello el desarrollo moral y social para el futuro de los estudiantes. Si se realizan actividades para promover el conocimiento sobre el desarrollo normativo y sexual (aspectos relevantes, sexualidad responsable, afectividad e integración igualitaria referida a la igualdad de género, etc.), se favorecerá la educación valórica, creando con ello un clima propicio para el respeto hacia otros, el buen trato, el aprendizaje, y la prevención de las conductas de riesgo.

Es una propuesta anual: Ofrece una guía de trabajo que aborda desde pre-basico hasta 8vo año básico e involucra todos los niveles escolares. (Aula-Docentes-Institución) Es una propuesta fácil de aplicar: La educación contribuye al desarrollo y mejora de la calidad de vida de sus habitantes, acorta brechas y crea oportunidades; engrandece y dignifica la vida del ser humano y su descendencia…

La formación en educación sexual, afectividad e igualdad de género es una tarea difícil y compleja, se quiere facilitar el trabajo de los profesores y demás miembros de la comunidad educativa, ofreciendo un Plan de Formación sencilla, que orienta el trabajo del año, sin grandes pretensiones ni complicaciones, sino más bien que permita “tocar las teclas claves” para ir avanzando en el logro de una mejor educación y desarrollo integral de nuestros educandos, independientemente de su condición social y/o cultural y en coherencia con nuestro Proyecto Educativo Institucional; nos interesa y preocupa la Sexualidad, Afectividad e Igualdad de género como dimensiones que deben ser abordadas para potenciar el desarrollo integral de nuestros alumnos y como escuela postulamos que la Formación en Sexualidad, no sólo como un derecho de todo

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ser humano, sino que un deber para la familia, la escuela y la sociedad en su conjunto. “La sexualidad está influida por la interacción de factores biológicos, psicológicos, sociales, económicos, políticos, culturales, éticos, legales, históricos, religiosos y espirituales. Esta comprensión integradora de la sexualidad humana adquiere pleno sentido al plantearse conjuntamente con el desarrollo afectivo, siendo la afectividad también, una dimensión del desarrollo humano y se refiere a un conjunto de emociones, estados de ánimo y sentimientos que permean los actos de las personas, incidiendo en el pensamiento, la conducta y la forma de relacionarse con uno mismo y con los demás”1

▪ Desarrollo personal y autoestima: conocimiento de sí mismo, valoración

de sí mismo, identidad y sexualidad, proyecto de vida, cuidado y respeto por el cuerpo.

▪ Afectividad: relaciones interpersonales con los demás: como la amistad,

enamoramiento, convivencia, compromiso y comunicación en la pareja. ▪ Habilidades sociales: tolerancia, empatía, asertividad, relaciones

interpersonales, capacidad para resistir a la presión, resolución de conflictos, pensamiento flexible y abierto a cambio, aceptación de la diversidad, etc .

▪ Vida familiar: significado y valor de la familia, sentido de pertenencia, la institución familiar en la sociedad, relaciones familiares, comunicación padres e hijos, etc.

▪ Roles y estereotipos sexuales: el valor de la complementariedad entre los

sexos, igualdad de oportunidades, derechos y deberes, etc. ▪ Valores y sexualidad: amor, respeto mutuo, responsabilidad, fidelidad,

compromiso, valoración del otro.

▪ Paternidad y maternidad responsable: fertilidad y reproducción humana, derechos sexuales y reproductivos, planificación familiar, toma de decisiones responsable, educación de los hijos, etc.

▪ Etapas del ciclo vital: desde la concepción hasta la adultez, acompañado

por el desarrollo y valoración de la propia imagen corporal.

▪ Desarrollo del juicio moral: toma de decisiones, reflexión crítica, dilemas morales, etc.

1 Formación en Sexualidad y Afectividad – Ministerio de Educación, 2013.

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▪ Prevención de situaciones de riesgo: embarazo adolescente,

enfermedades de transmisión sexual, abuso y violencia sexual, violencia de género, etc.

El medio de verificación de las actividades propuestas, serán una bitácora de registro, la cual será responsabilidad de los lideres de cada curso, así como también la creación de un portafolio con las evidencias del trabajo anual por cada nivel. El establecimiento facilitará un cuadernillo de trabajo por nivel para cada alumno. El cual será otro medio de verificación, este dará énfasis a temáticas vinculadas en a la prevención de situaciones de riesgo tales como abuso sexual, entre otros

II. OBJETIVOS

➢ OBJETIVO GENERAL

✓ Promover como escuela una educación sexual desde la niñez hasta la adultez, incorporando afectividad e igualdad de género como pilares fundamentales del desarrollo personal de cada educando.

➢ OBJETIVOS ESPECÍFICOS

✓ Educar en la formación sexual afectiva e igualitaria de genero a nivel de aula docente e institucional.

✓ Fomentar la prevención de los distintos factores de riesgos que afectan al educando.

✓ Promover un aprendizaje afectivo y sexual de los y las estudiantes acordes a su etapa de desarrollo.

✓ Reconocer las diferencias que existen entre género, cómo aprender a respetarla y aceptarlas.

Organización y recursos humanos.

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Los profesores: serán los encargados de llevar a cabo este plan con el respaldo y apoyo de la dirección y psicóloga del establecimiento.

La dirección del colegio: será la encargada de proporcionar las herramientas, así como también de comunicar oportunamente a los padres y apoderados sobre las acciones a realizar durante el año. Así también será el coordinador y fiscalizador del cumplimiento del plan anual.

Profesional (matrona) CESFAM Mariquina “Programa del buen vivir y la reproducción en Mariquina” Será la encargada de orientar y capacitar tanto a los funcionarios del establecimiento como a los estudiantes.

III. PLANIFICACIÓN ANUAL

Cursos: Pre-kinder, kínder, 1ero y 2do básico Tema

Formación Identidad sexual, figura corporal y rol del género

conocimiento de sí mismo, valoración de sí mismo

Conductas de autocuidado

Vínculos Afectivos: familia, amigos, conocidos y desconocidos.

Significado y valor de la familia, sentido de pertenencia, la institución familiar en la sociedad, relaciones familiares, comunicación padres e hijos, etc.

Cursos: 3ero, 4to y 5to básico Tema

Formación Identidad sexual, figura corporal y rol del género

Conductas de autocuidado

Vínculos Afectivos: familia, amigos, conocidos y desconocidos.

Significado y valor de la familia, sentido de pertenencia, la institución familiar en la sociedad, relaciones familiares, comunicación padres e hijos, etc.

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Cursos: 6to y 7mo básico

Tema

Formación - Identidad sexual, figura corporal y rol del género - Roles y estereotipos sexuales - Habilidades sociales

El valor de la complementariedad entre los sexos, igualdad de oportunidades, derechos y deberes, etc. Tolerancia, empatía, asertividad, relaciones interpersonales, capacidad para resistir a la presión, resolución de conflictos, pensamiento flexible y abierto a cambio, aceptación de la diversidad, etc

Conductas de autocuidado

- Vínculos Afectivos - Desarrollo personal y

de autoestima - Desarrollo del juicio

moral

Conocimiento de sí mismo, valoración de sí mismo, identidad y sexualidad, proyecto de vida, cuidado y respeto por el cuerpo. Toma de decisiones, reflexión crítica, dilemas morales, etc.

Prevención de conductas de Riesgo

- Prevención de situaciones de riesgo

Embarazo adolescente, enfermedades de transmisión sexual, abuso y violencia sexual, violencia de género, etc.

Curso: 8vo básico

Tema

Formación - Identidad sexual, figura corporal y rol del género - Roles y estereotipos sexuales - Paternidad y maternidad responsable

El valor de la complementariedad entre los sexos, igualdad de oportunidades, derechos y deberes, etc. fertilidad y reproducción humana, derechos sexuales y reproductivos, planificación fa¬miliar, toma de decisiones responsable, educación de los hijos, etc.

Conductas de autocuidado

- Vínculos Afectivos, afectividad.

- Desarrollo del juicio moral

Conocimiento de sí mismo, valoración de sí mismo, identidad y sexualidad, proyecto de vida, cuidado y respeto por el cuerpo.

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Relaciones interpersonales con los demás como la amistad, enamoramiento, convivencia, compromiso y comunicación en la pareja. Toma de decisiones, reflexión crítica, dilemas morales, etc.

Prevención de conductas de Riesgo

- Prevención de situaciones de riesgo

embarazo adolescente, enfermedades de transmisión sexual, abuso y violencia sexual, violencia de género, etc.

Acciones semestrales y anuales

Segundo semestre

2018

(Agosto)

Charlas de conocimiento

Para la comunidad educativa

(grupos de riesgos: sexto,

séptimo y octavo, estudiantes

seleccionados por profesor jefe)

Profesional (matrona) CESFAM

Mariquina “Programa del buen vivir y la

reproducción en Mariquina”

Segundo semestre

2018

(septiembre –

noviembre)

Realizar al menos una vez en el

semestre el tema consignado

anteriormente según nivel escolar

(pre básica y primer ciclo)

Profesionales a cargo del curriculum

NT1 Y NT2 núcleo de aprendizaje:

identidad y Autonomía

Primer ciclo: profesionales a cargo

asignatura Ciencias naturales

Segundo semestre

2018

(septiembre –

octubre)

Realizar al menos una vez en el

semestre el tema consignado

anteriormente según nivel escolar

(segundo ciclo)

Profesionales a cargo del curriculum

Segundo ciclo: profesionales a cargo

asignatura Ciencias naturales

Segundo semestre

2018

Realización acto/actividad para

conmemorar la concientización e

igual de género en nuestra

escuela.

Docentes a cargo del plan

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Segundo semestre

2018

(noviembre)

Charlas de conocimiento

Métodos de prevención, y

factores de riesgo

Profesional (matrona) CESFAM

Mariquina “Programa del buen vivir y la

reproducción en Mariquina”

Primer semestre

2019

Charlas de conocimiento

Para la comunidad educativa

Profesional (matrona) CESFAM

Mariquina “Programa del buen vivir y la

reproducción en Mariquina”

Segundo semestre

2019

Charlas de prevención y

evaluación de factores de riesgo

en su vida cotidiana. (por curso)

Profesional (matrona) CESFAM

Mariquina “Programa del buen vivir y la

reproducción en Mariquina”

Segundo semestre

2019

(septiembre –

noviembre)

Realizar al menos una vez en el

semestre el tema consignado

anteriormente según nivel escolar

(pre básica y primer ciclo)

Profesionales a cargo del curriculum

NT1 Y NT2 núcleo de aprendizaje:

identidad y Autonomía

Primer ciclo: profesionales a cargo

asignatura Ciencias naturales

Segundo semestre

2019

(septiembre –

octubre)

Realizar al menos una vez en el

semestre el tema consignado

anteriormente según nivel escolar

(segundo ciclo)

Profesionales a cargo del curriculum

Segundo ciclo: profesionales a cargo

asignatura Ciencias naturales

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PLAN DE INCLUSIÓN

I. FUNDAMENTACIÓN

La inclusión escolar es un reto social, ya que, rompe el esquema de la educación

tradicional a la que estamos acostumbrados como sociedad y comunidad educativa.

Debemos entender que es normal que nuestros estudiantes sean diferentes. Por lo tanto,

más que preocuparnos por cómo podemos conseguir grupos homogéneos (para reducir o

anular las diferencias), es mucho más lógico y coherente preocuparnos por cómo

podemos enseñar en una misma aula a diversos grupos a heterogéneos con intereses,

motivaciones, capacidades y ritmos de aprendizajes diferentes.

La nueva visión de la educación inclusiva pone el foco en la consideración de las

diferencias de los estudiantes tanto en los procesos educativos, como diferencias de

género, clase social, capacidades cognitivas y/o físicas, lengua materna, grupos o etnias,

es decir, no solo apunta a las diferencias de los aprendizajes curriculares, sino mas bien a

la diversidad como seres humanos.

Como escuela es importante que seamos los principales gestores de cambio en

nuestra sociedad, formando estudiantes tolerantes, justos, respetuosos y solidarios que el

día de mañana serán parte de una sociedad más justa e inclusiva. Por lo tanto, es

fundamental que cada integrante de nuestra comunidad escolar, desde los directivos,

profesores, asistentes de la educación, apoderados y estudiantes se sientan

comprometidos y acogidos con este nuevo sistema educativo en el que prima la inclusión.

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II. OBJETIVO GENERAL

Promover el desarrollo de una comunidad educativa inclusiva, fomentando las

buenas relaciones interpersonales en el establecimiento, consistentes con el Proyecto

educativo Institucional.

III. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Crear un clima de aprendizaje en el aula basado en la cooperación, el juego y la

participación, así como la importancia del respeto, el trato justo y la no violencia.

2. Generar cambios en las actitudes y prácticas de los distintos actores vinculados a

la educación, contribuyendo a la eliminación de barreras del aprendizaje y la

participación de todos los estudiantes.

3. Incluir a los apoderados en las distintas practicas inclusivas de la escuela,

generando un cambio de mentalidad en ellos que permita la aceptación de la

diversidad y sentirse parte de nuestra comunidad educativa.

4. Fomentar constantemente en los estudiantes valores como: la solidaridad, el

respeto, la tolerancia, y la responsabilidad, fortaleciéndose de esta manera una

cultura verdaderamente inclusiva.

5. Detectar tempranamente a aquellos estudiantes que requieren atención

especializada, con el propósito de implementar propuestas didácticas y evaluativas

inclusivas.

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6. Brindar apoyos específicos a los estudiantes que tengan necesidades educativas,

emocionales, físicas, económicas y sociales.

7. Realizar talleres recreativos teniendo en cuenta intereses y necesidades de los

estudiantes, con el fin de promover el desarrollo de diversas competencias, ya

sean artísticas, académicas, deportivas, etc.

8. Perfeccionar a los docentes en aquellas temáticas que sean concordantes con las

necesidades educativas de los estudiantes y con practicas inclusivas dentro del

aula.

9. Propiciar que el establecimiento educativo sea un lugar de encuentro y aceptación

entre los estudiantes de distintas condiciones socioeconómicas, culturales,

étnicas, de género, de nacionalidad o de religión.

10. Sancionar de forma grave a aquellos estudiantes que este cometiendo bullying,

cyberbullying, y cualquier tipo de acoso o discriminación a otro estudiante de la

escuela.

IV. ESTRATEGIAS PARA ATENDER LA DIVERSIDAD E INCLUSIÓN

Compañero tutor:

Es una modalidad de aprendizaje basada en la creación de parejas de estudiantes

entre los que se establece una relación didáctica guiada por el profesor: uno de los

compañeros hace el rol de tutor y el otro de tutorado. Esta relación se deriva del diferente

nivel de competencia entre ambos compañeros sobre un determinado contenido

curricular.

Talleres de Apoyo Pedagógico:

Taller cuyo objetivo es adquirir y/o perfeccionar estrategias, destrezas y

habilidades para el desarrollo de las competencias básicas del currículo. Cada taller se

organiza en grupos reducidos y pretende apoyar y profundizar, desde una perspectiva

instrumental, aprendizajes que se desarrollan en las distintas áreas.

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Apoyos especializados dentro del aula de clases:

Cualquier tipo de cooperación entre el profesor de la asignatura y el profesor de

apoyo u otros profesionales. El estudiante con necesidades educativas no se cambia de

aula de recursos para recibir apoyo, sino que se le imparte en su propia clase.

Apoyos especializados fuera del aula de clases:

Estos apoyos específicos se imparten fuera de la sala de clases (aula de recursos)

según las necesidades de los estudiantes que requieran una atención más

individualizada.

Docencia Compartida:

Dos profesores enseñan al mismo grupo alternando su intervención. Ambos dan

soporte, clarifican y complementan sus explicaciones para garantizar un mejor

aprendizaje. Permite trabajar con distintas estrategias metodológicas dentro del aula

ofreciendo mayor atención a los estudiantes

Trabajo colaborativo:

Es un conjunto de adaptaciones y estrategias adoptados en el aula para tratar de

dar respuesta a los diferentes niveles de grupo disminuyendo la necesidad de tener

programas diferenciados. Este trabajo se puede realizar entre docentes y asistentes

profesionales de la educación.

Currículo flexible:

Se adaptan los objetivos y criterios de evaluación del estudiante que necesite un

currículo flexible a criterio de los docentes, profesionales y familia de dicho estudiante.

(PACI).

Criterios y procedimientos flexibles de evaluación y promoción:

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Se aplican una o más evaluaciones a partir de los objetivos previstos en el PACI.

Los resultados se basan en los logros y progreso personales, sin establecer una

referencia o comparación con el grupo

Participación de los padres:

Es importante una relación de colaboración de los padres, quienes han de

participar en la mayoría de las actividades de la escuela, en el apoyo de determinados

aprendizajes en el hogar y en el control de los progresos de sus hijos.

Colaboración de la comunidad:

Establecer redes de apoyo entre distintas instituciones y administraciones, con el

fin de tener colaboración en el diseño y desarrollo de planes socioeducativos comunitarios

para ofrecer una respuesta adecuada a la diversidad de los estudiantes.

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V. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Observación: Esta escuela no esta adaptada para atender a estudiantes con

discapacidades físicas.

Actividad Fecha

Trabajo colaborativo masivo (todos los docentes y asistentes profesionales de la

educación)

Tema: Diagnósticos, estrategias en el aula y tipos de evaluación)

Abril

Trabajo colaborativo masivo (todos los docentes y asistentes profesionales de la

educación)

Tema: Evaluaciones, estrategias en el aula, mejoras para segundo semestre

Julio

Trabajo colaborativo masivo (todos los docentes y asistentes profesionales de la

educación)

Tema: Evaluaciones, progreso de los estudiantes, cierre del año

Diciembre

Charla a padres y apoderados

(N.E.E, evaluaciones diferenciadas, apoyos especializados, curriculum flexible)

Abril

Charla a padres y apoderados

(Estrategias de apoyo en el hogar)

Agosto

Taller alumnos por curso

(orientación)

- Bullying

- Autoestima

- Inclusión

- Diversidad

- Tipos de familia

- Sentido de pertenencia

- Empatía

- Autocuidado

Abril, mayo, junio,

agosto, septiembre,

octubre, noviembre y

diciembre

Capacitación para profesores

- Estrategias inclusivas en el aula

- Evaluaciones diversificadas

Abril - Octubre

Día de la inclusión

Noviembre

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PLAN DE VIDA

SALUDABLE

Objetivo: .- Promover, desarrollar entornos y estilos de vida saludables enfocados

en actividad física y alimentación saludable, incentivando actitudes para el

mejoramiento de la salud y calidad de vida de la comunidad escolar.

Objetivos Específicos

Promover en los estudiantes de nuestra escuela, estilos de vida saludable que

permita internalizar la importancia de una alimentación equilibrada a través de

actividades intra y extraescolar.

Incorporar permanentemente la práctica de actividad física, como medio para

mejorar el bienestar, a través de actividades físico-corporales.

Promover en la comunidad educativa, padres y/o adultos responsables, hábitos

asociados a la actividad física y alimentación saludable.

Incluir a padres y/o adultos responsables y docentes en la implementación del

proyecto, como agentes fundamentales en las prácticas de actividad física y

alimentación saludable.

Población Objetivo

Contempla como sujetos beneficiarios(as) a todos(as) los(as) estudiantes que

se encuentran en nuestro establecimiento educacional.

Acciones esperadas para el Año

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Pelchuquín - Comuna de San José de la Mariquina

PROVINCIA DE VALDIVIA – REGIÓN DE LOS RÍOS

2018 - 2019

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Informar a la comunidad educativa de los objetivos y lineamientos del plan

“Escuela Saludable para el Aprendizaje”, a través de reuniones y coordinaciones

que permitan un funcionamiento efectivo del plan de la escuela

• Definir en conjunto un espacio físico, que permita la planificación y

desarrollo del plan, incorporando la participación de la comunidad escolar,

con el fin de conocer la realidad del establecimiento en contenidos de

estilos de vida saludable.

• Sensibilizar sobre las prácticas de actividad física y alimentación saludable

a la comunidad escolar, específicamente a los estudiantes del nivel de

transición y primer ciclo básico.

• Promover el autocuidado de la comunidad escolar (estudiantes, profesores,

familias), con la finalidad de prevenir enfermedades.

• Instalación de Kioscos saludables en la escuela, que apunten a una

alimentación saludable y equilibrada, que considere publicidad sólo de

alimentos que no tengan exceso de calorías, sodio, azúcares y grasas

saturadas, de acuerdo a los límites establecidos en el Reglamento

Sanitario de los Alimentos según lo dispone la Ley 20.606.

• Implementar recreos interactivos permanentes con actividades lúdicas, que

fomenten y promuevan la actividad física en la población escolar. Por

ejemplo, baile entretenido, ejercicios aeróbicos, ejercicios circenses, entre

otros.

• Implementar estrategias de actividad física dentro de las actividades

cotidianas, por ejemplo: incentivar el uso de la bicicleta como medio de

transporte, caminatas, corridas masivas, entre otros.

• Implementar talleres y/o actividades que aborden el componente de

alimentación saludable, por ejemplo: cocina saludable, huertos en la

escuela, entre otros, enfatizando la construcción de proyectos saludables

generados desde los estudiantes y que puedan ser socializados en el

mismo establecimiento.

• Instalar diario mural dirigido a toda la comunidad educativa, con la finalidad

de entregar información sobre alimentación saludable, actividad física , con

una gráfica atractiva para la comunidad escolar, por ejemplo, mostrar

recetas saludables a bajo costo para poder realizarlas en la casa, noticias

vinculadas a los temas trabajados, información sobre las actividades

extracurriculares, intervenciones y eventos comunales que promuevan la

actividad física, la alimentación saludable, entre otras

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• Promover la participación de los padres, apoderados/as o adultos

responsables de los estudiantes a las distintas actividades que desarrolle

el plan.

• Realizar material de difusión relacionados con la instalación de prácticas

adecuadas a estilos de vida saludable, por medio de afiches informativos,

programas radiales, redes sociales, ferias saludables, entre otros.

• Gestionar y articular alianzas de colaboración con redes intersectoriales

que trabajen en temáticas de actividad física, salud bucal y alimentación

saludable que permitan dar complementariedad a las intervenciones que

se realizarán en los establecimientos educacionales.

Actividades Plan Vida Saludable 2018- 2019

FECHA ACTIVIDAD

Martes desde 12:40 a 13:00 Jueves desde 11:00 a 11:20

Pausas activas masivas (fotos)

Lunes y martes 10:30 a 11:00

Recreos activos (fotos)

Octubre Caminata sector la punta a 7 kilómetros de la escuela (Fotos)

Noviembre Encuentro en San José de Salud Bucal (fotos)

Agosto- diciembre Venta de alimentos saludables: (fotos) (con el dinero recaudado en la venta de los alimentos se financiará el huerto)

Lunes a viernes desde las 14:50 a 15:00 hrs

La comunidad educativa realiza lavado de dientes masivo Acta consejo (fotos)

9 de agosto Feria Saludable: Promoción de Salud

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Primer semestre 2019 Taller de huerto en la escuela

11 de diciembre Corrida Deportiva de la comunidad educativa, (estudiantes, apoderados y funcionarios de la escuela) junto con una pausa activa masiva

Ejemplos de actividades mínimas sugeridas en los 2 componentes para el año : Estilos de vida saludable

Actividad Física

Día de….”verduras, frutas, proteínas”, (a través de stand dar a conocer a la comunidad educativa distintos tipos de alimentación que sean beneficiarios para nuestro organismo.

El día deportivo (1vez al mes realizar Campeonatos de actividades deportivas mixtas (futbol, basquetbol, carreras etc.

Huertas escolares: En los establecimientos que cuenten con espacios de tierra, realizar cultivo de verduras, frutas generando un comité organizador de siembra, cuidados y cosecha de los productos.

Pausas corporales saludables: Coordinar con el cuerpo docente la posibilidad que durante la hora de clases, se pueda realizar 3 minutos de pausa saludable que se enfoquen en la corporalidad.

“Celebración del día de alimentación saludable, Celebrar el día de alimentación saludable con la ingesta de alimentos que promuevan el bienestar en los estudiantes

Corridas Deportivas: Dar a conocer y promover el deporte en la comunidad. Coordinar con las redes intersectoriales 1 vez al año, la realización de corridas deportivas en la comunidad participando los actores locales alcalde, jefes depto. educación, salud etc.