Escuelas romanas

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Escuelas romanas

Escuela glosadores: irnerio y sus discpulos realizaron un estudio filolgico de un manifiesto del digesto intercalando en el texto original sus comentarios en forma de glosas marginales o interlineas los principales aportes de esta escuela, haber redescubierto el valor de la jurisprudencia romana clsica, haber rescatado el digesto de Justiniano, haber articulado al igual que redefinido la compilacin justinianea, haber erradicado el empleo de epitomes, extractos y otros escritos cuestionados, haberle impreso al derecho de la poca, disperso y desmembrado un carcter ms unitario, haberle conferido al derecho romano sustantividad y autonoma acadmicas, haber eliminado en forma fragmentario o parcial algunas contradicciones manifiestas existentes y haber establecido los pilares de la ciencia jurdica moderna en occidente Escuela comentarista o posglosadores: esta escuela es la fundadora de la ciencia jurdica moderna, esta escuela tiene una nueva orientacin metodolgica ms libre de interpretacin y argumentacin de esta manera se inici la llamada recepcin del derecho romano, en Europa medieval, el modo como lenta e imperceptiblemente fue convirtindose en el derecho de todos. Pero esta recepcin tuvo sus propios matices segn el lugar. En Alemania se reconoci el corpus iuris civilis como ordenamiento vigente, mientras no estuviera en contra de una disposicin particular. En Francia se aplica el derecho germnico en el norte y en el sur, el derecho romano. En Inglaterra la recepcin no tuvo lugar no tuvo lugar a pesar de conocer por mucho tiempo el derecho romano, nunca se practica en los tribunales. El poder del rey sustituyo las leyes consuetudinarias locales por los tribunales reales es as como se desarroll as el common law, origen del derecho anglosajn. Espaa desde la cada del imperio y la invasin de los visigodos sigui alimentndose el derecho romano a travs de la lex romanaEscuela humanista: este movimiento se nutri de una perspectiva mucho ms amplia que se resista a una recepcin dogmtica del derecho romano. El corpus iuris civilis y las dems fuentes romanas deban estudiarse dentro de su contexto histrico. El derecho romano fue entonces objeto de curiosidad cientfica por los miembros de esta escuela, llamada, tambin mos gallicus por haber tenido su epicentro en Francia.Escuela iusnaturalista o racionalista: con el desarrollo de la filosofa racionalista se cre un movimiento que busco reelaborar la idea del derecho natural rescatando el concepto original esbozado en el derecho romano colocando al derecho natural por encima del derecho positivo.Escuela histrica: la ciencia mirada bajo el punto de vista histrico, establece la forma antigua del derecho como tipo absoluto e inmutable para el presente y para el porvenir y reconocer el mrito y la independencia de cada siglo a tratar, sobre todo, de aclarar el lazo que liga el presente con el pasadoEscuela pandectas o pandectistas: consideraba al corpus iuris civilis de Justiniano como un ordenamiento vigente que deba estudiarse con el lenta racional del hombre moderno. Se desarroll tomando como estudio las pandectas con el fin de que sus principios se tuvieran como derecho vigente

Cdigo de Napolen: tiene una evidente influencia del derecho romano. En el siglo 17 y 18 se produce en Francia el enfrentamiento de dos clases de derecho: el romanista y el costumbrista, que en realidad, dos fueron las fuentes principales: el derecho consuetudinario y el derecho romano Influencia en nuestro cdigo Nuestro ordenamiento de fondo debe ser considerado de neto origen romanista. Los comentaristas franceses trataron el derecho romano como el fundamento cientfico de los artculos de su cdigo civil; y ser precisamente el cdigo civil francs la fuente obligada de todos los cdigos latino-americanos. El derecho romano ha sido la base y la estructura de las universidades latino-americanas, de los abogados cuyo modelo inspirador era la universidad de chile. Pero sin lugar a dudas podemos afirmar que en la legislaciones latinoamericanas especialmente en algunas materias como obligaciones y contratos, el derecho romano es un real elemento de integracin