Esencia Juridica Del Nombre y Del Apellido

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ESENCIA JURÍDICA DEL NOMBRE Y APELLIDO: Se trata de un derecho de la personalidad, un derecho subjetivo que está por fuera del comercio, como el derecho a la vida, el honor etc. El derecho a usar un nombre y un apellido tiene como esencia jurídica, por una parte para identificarnos frente a las demás personas, y la obligación para designarnos por tal nombre y apellido; y por otro lado, de que no nos sea arrebatado o usado indebidamente por la otra. EFECTOS JURÍDICOS DEL NOMBRE Y EL APELLIDO: Ostentan garantías de protección: 1.- Se puede hacer valer frente a terceros que se nieguen a dar su apellido o alegar que no se tiene derecho a usarlo; es el caso del hijo extramatrimonial reconocido por su padre, tiene derecho a usar su apellido y a oponerse eficazmente a la impugnación que contra dicho uso hagan los hijos matrimoniales del mismo padre 2.- Se puede hacer valer frente a terceros que estén usurpando el nombre. La usurpación del nombre y apellido puede realizarse no solo cuando otra persona pretende usarlos para identificarse ante los demás, si no también por ejemplo el utilizarlo para uso comercial, teatral, o para obras literarias o de arte ocasionado perjuicios. La usurpación del nombre y apellido genera dos tipos de sanciones: a) La prohibición de continuar haciendo uso de tal nombre y apellido. No se requiere probar el dolo. b) La indemnización de perjuicios, esta indemnización no se decreta si no se demuestra un daño moral o material. Decreto 1260 de 1970 artículo 4. ESENCIA JURÍDICA DEL NOMBRE Y APELLIDO: Se trata de un derecho de la personalidad, un derecho subjetivo que está por fuera del comercio, como el derecho a la vida, el honor etc. El derecho a usar un nombre y un apellido tiene como esencia jurídica, por una parte para identificarnos frente a las demás personas, y la

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ESENCIA JURÍDICA DEL NOMBRE Y APELLIDO:

Se trata de un derecho de la personalidad, un derecho subjetivo que está por fuera del comercio, como el derecho a la vida, el honor etc.

El derecho a usar un nombre y un apellido tiene como esencia jurídica, por una parte para identificarnos frente a las demás personas, y la obligación para designarnos por tal nombre y apellido; y por otro lado, de que no nos sea arrebatado o usado indebidamente por la otra.

EFECTOS JURÍDICOS DEL NOMBRE Y EL APELLIDO:

Ostentan garantías de protección:

1.- Se puede hacer valer frente a terceros que se nieguen a dar su apellido o alegar que no se tiene derecho a usarlo; es el caso del hijo extramatrimonial reconocido por su padre, tiene derecho a usar su apellido y a oponerse eficazmente a la impugnación que contra dicho uso hagan los hijos matrimoniales del mismo padre

2.- Se puede hacer valer frente a terceros que estén usurpando el nombre.

La usurpación del nombre y apellido puede realizarse no solo cuando otra persona pretende usarlos para identificarse ante los demás, si no también por ejemplo el utilizarlo para uso comercial, teatral, o para obras literarias o de arte ocasionado perjuicios.

La usurpación del nombre y apellido genera dos tipos de sanciones:

a) La prohibición de continuar haciendo uso de tal nombre y apellido. No se requiere probar el dolo.

b) La indemnización de perjuicios, esta indemnización no se decreta si no se demuestra un daño moral o material. Decreto 1260 de 1970 artículo 4. ESENCIA JURÍDICA DEL NOMBRE Y APELLIDO:

Se trata de un derecho de la personalidad, un derecho subjetivo que está por fuera del comercio, como el derecho a la vida, el honor etc.

El derecho a usar un nombre y un apellido tiene como esencia jurídica, por una parte para identificarnos frente a las demás personas, y la obligación para designarnos por tal nombre y apellido; y por otro lado, de que no nos sea arrebatado o usado indebidamente por la otra.

Bibliografía:

http://civilpersonasucc.blogspot.com/2010/08/21-el-nombre-y-apellido.html

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Trabajo de Sujetos jurídicos

Profesora:

Herminia Puche

Alumno:

Jhohan Sanabria

Universidad Del magdalena

Santa Marta

2012

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