Estado Democrático-Social de Derecho y Justicia

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IUTEB PNF INFORMATICA TRAYECTO INICIAL PROYECTO NACIONAL Y NUEVA CIUDADANIA Grupo N° 3 M1 Diurno

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IUTEBPNF INFORMATICATRAYECTO INICIALPROYECTO NACIONAL Y NUEVA CIUDADANIAGrupo N° 3M1Diurno

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Estado Democrático-Social de Derecho y Justicia• 1era Constitución Venezolana• Constitución Nacional del año 1961• Constitución de Venezuela del Año 1999• Democracia Formal• Democracia Profunda• Democracia Participativa• Derecho a la Información• La Comunicación y la Equidad• El Proyecto Democrático y la Realidad Socio-Política• Artículos 2, 6 y 7 de la Constitución de la República Bolivariana

de Venezuela• Artículos 58 y 108 de la Constitución de la República Bolivariana

de Venezuela

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1era Constitución VenezolanaLa Constitución de Venezuela de 1811 fue la primera Constitución de Venezuela, promulgada y redactada por Cristóbal Mendoza y Juan Germán Roscio, siendo sancionada por el Congreso Constituyente de 1811 en la ciudad de Caracas el día 21 de diciembre de 1811. Fue derogada el 21 de julio de 1812 por la capitulación de Francisco de Miranda en San Mateo. La constitución tuvo una vigencia de un año.Una vez firmada, fueron aprobados 228 artículos de sus artículos, siendo destacable las reservas que generó el artículo 180 para el entonces vicepresidente Francisco de Miranda y el resto del tren ejecutivo. El artículo expresaba:"No habrá fuero alguno personal: sólo la naturaleza de las materias determinará los Magistrados a que pertenezca su conocimiento; y los empleados de cualquier ramo, en los casos que ocurren sobre asuntos que no fueran propios de su profesión y carrera, se sujetarán al juicio de los Magistrados y Tribunales ordinarios, como los demás ciudadanos.

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1era Constitución VenezolanaSegún su primer capítulo:

CAPÍTULO PRIMERODE LA RELIGIÓN

 Art. 1 – La Religión, Católica, Apostólica, Romana, es también la del Estado y la única y exclusiva de los habitantes de Venezuela. Su protección, conservación, pureza e inviolabilidad será uno de los primeros deberes de la Representación nacional, que no permitirá jamás en todo el territorio de la Confederación, ningún otro culto público, ni privado, ni doctrina contraria a la de Jesucristo. Art. 2 – Las relaciones que en consecuencia del nuevo orden político deben entablarse entre Venezuela y la Silla Apostólica, serán también peculiares a la de Confederación, como igualmente las que deban promoverse con los actuales Prelados Diocesanos, mientras no se logre acceso directo a la autoridad Pontificia. Para ver la Constitución completa visitar el Blog: https://proyectonacionalgrupotresmiti.blogspot.com

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1era Constitución Venezolana

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Constitución Nacional del año 1961

La Constitución de Venezuela de 1961 fue aprobada el 16 de enero de 1961 por el entonces Congreso de la República (actual Asamblea Nacional) con el voto afirmativo de las principales cuatro fuerzas políticas del país para entonces, Acción Democrática, Unión Republicana Democrática, Copei y el Partido Comunista de Venezuela. Entró en vigor el 23 de enero del mismo año en conmemoración del retorno a la democracia en Venezuela el 23 de enero de 1958. En diciembre de 1999 este texto quedaría derogado al ser aprobado por voto popular la Constitución de 1999.Esta Constitución estaba basada en los principios de la Constitución de 1947 que había sido derogada en1953 por la dictadura perezjimenista.

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Constitución Nacional del año 1961

Capítulo I. Disposiciones Fundamentales

Artículo 1° La República de Venezuela es para siempre e irrevocablemente libre e independiente de toda dominación o protección de potencia extranjera. Artículo 2° La República de Venezuela es un estado federal, en los términos consagrados por esta Constitución. Artículo 3° El gobierno de la República de Venezuela es y será siempre democrático, representativo, responsable y alternativo. Artículo 4° La soberanía reside en el pueblo, quien la ejerce, mediante el sufragio, por los órganos del Poder Público. Artículo 5° La bandera nacional, con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional "Gloria al bravo pueblo", y el escudo de armas de la República son los símbolos de la patria. La ley determinará sus características y reglamentará su uso. Artículo 6° El idioma oficial es el castellano.

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Constitución Nacional del año 1961

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Constitución de Venezuela del Año 1999

Constitución de Venezuela de 1999 (nombre oficial: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela) es la Carta Magna vigente en Venezuela, adoptada el 15 de diciembre de 1999, y el 15 de febrero de 2009, le fue introducida la Enmienda Nº 1. Fue impulsada por Hugo Chávez, recibiendo respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos tradicionales.El 2 de febrero de 1999 en la toma de posesión como Presidente Constitucional de la República de Venezuela en el Capitolio Federal reunido el Congreso Nacional Hugo Chávez pronuncio el juramento de ley:Única. Juró sobre esta moribunda Constitución. Juro delante de Dios, juro delante de la Patria, juro delante de mi pueblo que sobre esta moribunda Constitución impulsaré las transformaciones democráticas necesarias para que la República nueva tenga una Carta Magna adecuada a los nuevos tiempos. Lo juro.

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Constitución de Venezuela del Año 1999

Según el Preámbulo que presenta la Constitución se plantea:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, N° 36.860

Preámbulo

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente CONSTITUCIÓN

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Constitución de Venezuela del Año 1999

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Democracia FormalSe denomina democracia formal aquél sistema político donde las normas constitucionales han previsto una separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, reservando a la soberanía popular la elección del primero mediante sufragio libre, igual, universal, directo y secreto. En un sentido peyorativo se asimila a los Estados en los que las normas constitucionales reflejan este sistema jurídico pero en la práctica es vulnerado. Curiosamente, en la sociedad democrática moderna, los estudiosos de la comunicación política deben gran parte de sus conocimientos a Joseph Goebbles, célebre Ministro de Propaganda del gobierno nazi de Hitler. Y, particularmente, una cita suya está tan vigente ahora como entonces: "Una mentira repetida mil veces se convierte en una verdad".En este sentido, se ha extendido una mentira que, por ser además políticamente correcta, nadie se plantea si es verdad."En Democracia, se dice, el pueblo nunca se equivoca." Esto es, como la evidencia ha demostrado a lo largo de la historia, una falacia.El pueblo se equivoca. ¿O acaso la colectividad es poseedora de un cierto tipo de infalibilidad que, como individuos no poseemos?Además, hemos de reconocer que errar es una inevitable característica de los seres humanos. Además solemos hacer de la necesidad virtud y entendemos que cometer errores no es bueno ni malo, es inevitable. Es más, posiblemente aprendamos más de los errores que de los aciertos, ya que nos sirven de acicate, de advertencia y forman parte del proceso de aprendizaje. Lo importante de los errores es que nos han de servir para mejorar, para sacar de ellos una experiencia positiva.

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Democracia FormalLo mejor de todo esto, lo más importante y consustancial al ser humano es que nuestros errores son una clara muestra de nuestra capacidad de elegir, de nuestra libertad de criterio, de nuestro derecho a equivocarnos.Esto, que es válido y generalmente admitido para los seres humanos como individuos, parece que, por arte de magia, desaparece cuando funcionamos como colectividad, cuando en realidad no es así.Las colectividades, como los individuos, se equivocan. La grandeza de la democracia es que cuando un colectivo se equivoca en democracia, está ejerciendo su derecho a equivocarse en libertad, está declarando su "mayoría de edad" para el ejercicio de su soberanía. No es que los pueblos, en democracia, no se equivoque, es que tienen derecho a equivocarse... y el deber de aprender de sus errores pues, como decía Cicerón "errar es humano, pero sólo los estúpidos perseveran en el error." Existen dos conceptos que, particularmente, se consideran indispensables en el ejercicio de dichas libertades: La existencia de distintas opciones para elegir.La formación y la información disponibles para llevar a cabo tal elección. La democracia es sólo un sistema formal que, sin la existencia de estas características, no serviría para el desarrollo del ser humano en libertad, que es realmente el valor que se persigue. La democracias no es, por tanto, un fin en sí misma, sino un medio para conseguir el desarrollo del hombre en Libertad. Eso sí, es el sistema que, hasta la fecha, mejor ha permitido conseguir dicho fin.Podemos evaluar cualquier sistema democrático atendiendo a estas características, de tal manera que, según estén presentes, y en qué grado, podemos saber el nivel de democracia de una colectividad.Podemos ver cómo, en el caso de Venezuela, por ejemplo, la persecución de medios de información y de organizaciones opositoras llevada a cabo por el Presidente Chavez, hacen que el nivel de democracia "real" sea muy bajo.Y ahora introduzco una reflexión para el lector. ¿Cómo sería, a la luz de lo expresado anteriormente, la democracia en España o, por ejemplo, el nivel de democracia interna de nuestros partidos políticos? Prometo abordar este tema en entradas sucesivas.

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Democracia Formal

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Democracia ProfundaSerá aquella que no solo haga y mantenga los hombres y mujeres libres, si no (y también), iguales. Es más, creo que únicamente en la profundidad de la democracia se pueden hallar fórmulas de equidad razonables, de igualdad, eso sí, ni uniforme ni forzada. La democracia, como una propiedad (característica) de los sistemas sociales, avanzados puede concebirse en tres dimensiones: 1. La social, entendida como la calidad de vida material. 2. La formal, entendida como la existencia de determinadas reglas generales de poderes, derechos y obligaciones de las diversas instituciones y entidades que componen el sistema social. 3. La participativa, entendida como la decisión real de los asuntos públicos trascendentales por parte de las mayorías de la sociedad, con la debida protección de las minorías. En el lenguaje de las ciencias naturales podríamos entender a las tres dimensiones como magnitudes que caracterizan a la propiedad "democracia".

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Democracia Profunda

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Democracia ParticipativaDemocracia participativa es una expresión amplia que se suele referir a formas de democracia en las que los ciudadanos tienen una mayor participación en la toma de decisiones políticas que la que les otorga tradicionalmente la democracia representativa. La democracia participativa permite una participación ciudadana mayor que en democracia representativa pero menor que en la llamada democracia directa.Algunas formas de participación serían:

• Participación en la Toma de Decisiones: Mediante procesos de selección de quienes integrarán los órganos de Gobierno -a través del sufragio universal- o mediante espacios institucionalmente abiertos para consultas sobre los contenidos de las políticas y programas de gobierno.

• Participación en la Ejecución de Decisiones: Mediante la desconcentración y descentralización de la gestión política, que permitan una participación más activa de los ciudadanos y refuercen las capacidades de organización de la sociedad civil. (Vea principio de subsidiariedad)

• Participación en el Control de la Ejecución: Mediante modalidades y mecanismos que permitan verificar el desarrollo del proceso, para apoyarlo, corregirlo, mejorarlo o rechazarlo.

• Participación en los Aportes: Mediante la evaluación de la totalidad del esfuerzo social -en moneda, trabajo y/o ideas- para abrir perspectivas de solidaridad tanto en función de las capacidades de los actores como de sus necesidades.

• Participación en los Beneficios: Mediante la utilización de los beneficios del esfuerzo social por el Estado como eficiente regulador del ámbito económico y la justicia social. Le permite al pueblo aportar su perspectiva para el desarrollo integral de su comunidad ya que es en el pueblo donde reside la soberanía y todos los representantes deben abocarse a la satisfacción de las necesidades del mismo pueblo que los eligió

• Participación en la Esfera Pública: Mediante la regulación de un marco legal favorable para el Tercer Sector de Medios de Comunicación. Radios y TVs comunitarias sin ánimo de lucro que son gestionadas por las minorías o por las propias comunidades a las que dan cobertura. Democratiza el sistema de medios de comunicación y ponen las tecnologías disponibles para la comunicación de masas al servicio del pueblo soberano.

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Democracia ParticipativaLos principales efectos positivos que tendría este sistema político si se pusiera en práctica según sus defensores son:

• Aprovecha las experiencias y la capacidad de todos. La sociedad funciona mediante una red que interrelaciona al gobierno, las diversas comunidades, los grupos de intereses, los sectores y las instituciones. Además, los ciudadanos tienen un conocimiento mucho más íntimo a nivel local de las necesidades de la población que ningún grupo de políticos desde un gobierno altamente centralizado.

• Promueve la legitimidad. Las instituciones, los organismos sectoriales, las empresas y los gobiernos acabarán por apreciar que tienen mucho que ganar en confianza, apoyo y colaboración de parte de los ciudadanos si los incluyen de alguna forma en sus decisiones. Los propios ciudadanos tienen una mayor facilidad de promover iniciativas destinadas a hacer más eficaz el medio en que se desenvuelven.

• Desarrolla nuevas capacidades. La participación desarrolla la capacidad de las personas de trabajar en colaboración con los demás, de identificar prioridades y de lograr que las cosas se hagan y los proyectos se realicen. La actividad participativa los convierte así en mejores ciudadanos.

• Mejora la calidad de vida. Estudios realizados por economistas, sociólogos y psicólogos han demostrado que las personas que participan en la toma de decisiones son más felices que los que se limitan a aceptar o aplicar las decisiones de otros, debido a que se sienten responsables del mejoramiento de su calidad de vida. Además, la participación brinda al ciudadano una oportunidad de mayor eficacia en la colaboración.

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Democracia Participativa

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Derecho a la InformaciónToda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de viva voz, por escrito o mediante cualquier otra forma de expresión, y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado. No se permite el anonimato, ni la propaganda de guerra, ni los mensajes discriminatorios, ni los que promuevan la intolerancia religiosa. Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades (Artículo 57 de la CRBV). La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura, de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como a la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral (Artículo 58 de la CRBV).El tema de la libertad de expresión y del derecho a la información ha sido de amplia discusión desde antes de la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999. El debate sobre su vigencia y los mecanismos para su efectiva satisfacción, se ha convertido en un reto para el Poder Público nacional y la sociedad civil. Esta discusión ha trascendido a instancias internacionales tales como: Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Organización de Estados Americanos.

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Derecho a la InformaciónLa Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, describe en artículos distintos y trata como derechos diferentes, los temas de la libertad de expresión y la información. El derecho a la libertad de expresión (artículo 57) norma la facultad de quien emite opiniones e informaciones, otorgándole el derecho a expresarse libremente por cualquier medio sin censura; mientras que el derecho a la información (artículo 58), se establece desde la perspectiva de quien recibe la información, la cual señala debe ser oportuna, veraz, imparcial y sin censura. Adicionalmente, el artículo 58 consagra el derecho a réplica.Aquí estriba en parte la discusión sobre los hechos ocurridos los días 11 al 14 de abril, pues se trata de establecer un equilibrio entre la libertad de difundir informaciones y opiniones, así como el derecho a recibir información oportuna, imparcial y veraz.

La libertad de expresión es una condición sine qua non de la sociedad democrática. La ausencia de garantías suficientes para que los periodistas puedan desempeñarse profesionalmente, en libertad y con independencia, debe considerarse un atentado contra la democracia. Una sociedad que no está informada no es plenamente libre. La ausencia de una comunicación libre y plural, de espacios donde puedan expresarse libremente todas las voces -sin distingo de raza, sexo, religión, condición social u opinión política-, representa un serio riesgo para la consolidación de una sociedad democrática.

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Derecho a la Información

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La Comunicación y la Equidad

• Comunicación El funcionamiento de las sociedades humanas es posible gracias a la comunicación. Estas consisten en el intercambio de mensajes entre los individuos. Desde un punto de vista técnico se entiende por comunicación el hecho de un determinado mensaje originado en el punto A llegue a otro punto determinado B, distante del anterior en el espacio y en el tiempo. La comunicación implica la transmisión de una determinada información.

• La Equidad: Hace referencia a la igualdad de ánimo. El concepto se utiliza para mencionar nociones de justicia e igualdad social con valoración de la individualidad. La equidad representa un equilibrio entre la justicia natural y la ley positiva. La tendencia a juzgar con imparcialidad y haciendo uso de la razón también se conoce como equidad. Esta disposición del ánimo se propone a otorgar a cada sujeto lo que se merece.De la misma forma, también se hace uso del término equidad para referirse a lo que sería la moderación tanto en lo que son las condiciones de los contratos de diversa tipología como en el precio que tienen todas las cosas en el mercado.La equidad debe alcanzarse en diversos ámbitos de la vida. En el aspecto económico o financiero, se conoce como equidad a la distribución justa de la riqueza entre los miembros de una sociedad, a la moderación en los precios y a la justicia en los términos de un contrato.

• Estos 2 términos funcionan en conjunto de forma que en cualquier país del mundo funcione una comunicación de sucesos referentes a cualquier tema hacia cualquier persona sin ningún tipo de distinción ni jerarquías sociales.

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La Comunicación y la Equidad

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El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica

Conscientes de que la historia la constitución los hechos transcendentes del hombre, precisamos que como ciencia esta debe reconocerse "porque se ocupa de los hombres en sociedad, de sus hechos y progreso, y su finalidad es ayudar a comprender el mundo.

Hay que buscar en el pasado las causas del presente y construir de esta manera las condiciones del futuro. Las actividades humanas son el resultado de las relaciones de factores políticos, económicos, sociales y culturales, y es precisamente de a partir de esas relaciones que intentamos promover el estudio de la historia, porque al fin y al cabo la historia es el conjunto de ésas interrelaciones.

Basados en los planteamientos anteriores expondremos en líneas generales las tendencias futuras de nuestro país en los aspectos políticos, económico, social y educativo- cultural, pero antes haremos un diagnostico general de la situación actual. La intención no es hacer futurología, sino presentar una visión basada en la comprensión del pasado y en el conocimiento del presente. La nación cuenta con planes concebidos a largo plazo que, sumado a la experiencia histórica acumulada, deberán definir la orientación del desenvolvimiento de las relaciones políticas, económicas, sociales y educativas culturales, por lo menos durante los primeros diez años del próximo siglo. Sin olvidar que el mundo actual avanza vertiginosamente, debemos mantener las políticas que han dado resultados positivos, tampoco hay que olvidar que todo cambio lleva tiempo, aun escogiendo el camino más radical. Invito de esta manera a revisar algunos aspectos del proyecto democrático y la realidad socio – político desde el año 1999 hasta el 2004.

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El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica

Desde el año de 1999; nuestra nación ha sufrido altos y bajos, sobre todo la población venezolana; es por ello que el sector político, económico, social y cultural es relativamente complejo y están sufriendo constantes modificaciones en respuesta a todos los cambios en las condiciones económicas. Todos estos hacen que los sectores políticos y sociales sean estimulados; pero también desafiantes y algunas veces complejos.En tal sentido la política económica y social has evolucionado muchos años recientes, las fuertes presiones infraccionarías han llevado a nuestro país a niveles sin precedentes, y el alto y volátil costo de capital resultantes han conducido a cambios profundos política y prácticas financiera corporativa.Podríamos decir que los últimos años se han venido apuntando en ese sentido. Lo que necesitamos son buenos gerentes, programas realizables y mucho trabajo; pero sobre todo una dirigencia política honesta e idioma, movida por una sólida sensibilidad social que coloque los intereses nacionales por encima de los interese personales y partidista.

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El Proyecto Democrático y la Realidad Sociopolítica

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Artículos 2, 6 y 7 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela• Artículo 2: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida , la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

• Artículo 6: El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

• Artículo 7: La constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico, Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.

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Artículos 58 y 108 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

• Artículo 58: La comunicación es libre y plural, y comporta los deberes y responsabilidades que indique la ley. Toda persona tiene derecho a la información oportuna y veraz e imparcial, sin censura de acuerdo con los principios de esta Constitución, así como la réplica y rectificación cuando se vea afectada directamente por informaciones inexactas o agraviantes. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral. • Artículo 108: Los medios de comunicación medios y privados, deben contribuir a la formación ciudadana, El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática , con el fin de permitir el acceso universal a la información , Los centros educativos, deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.

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GRACIAS POR SU ATENCIÓN