Estatuto Constitucional de las Personas

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Trabajo Práctico.

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  • CARRERA: Licenciatura en Comercio Internacional

    ASIGNATURA: Derecho Pblico y Privado

    DOCENTE: Victoria Molina

    TEMA: Estatuto Constitucional de las Personas

    ESTUDIANTE: Alexis Travichet

    Cristhian Fink

    FECHA ENTREGA: Mircoles 25 de junio de 2014

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    1. Diferencie las declaraciones, los derechos y las garantas constitucionales. Busque ejemplos

    de declaraciones, derechos y garantas en la parte dogmtica de la C.N.

    Las declaraciones son enunciados de los principios fundamentales de la Constitucin.

    Ejemplos: la forma de gobierno del pas es representativa republicana federal (art. 1 CN); el culto

    oficial es catlico apostlico romano (art.2 CN).

    Los derechos son facultades reconocidas por la CN a las personas o grupos sociales.

    Ejemplos: derecho a trabajar, navegar y comerciar; derecho de peticionar a las autoridades; de

    entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino (art. 14 cn).

    Las garantas son las seguridades que ofrece la Constitucin Nacional para el respeto de

    los derechos y las posibilidades de accin en caso de que estos sean violados. Ejemplos: debido

    proceso, la inviolabilidad del domicilio y la correspondencia, abolicin de la pena de muerte,

    crceles sanas y limpias (art. 18 CN). Tambin incluyen el recurso de hbeas corpus y recurso de

    amparo (art. 43 CN).

    2. Caracterice las sucesivas etapas del Constitucionalismo, ubique cada etapa en el tiempo y

    comente los factores que influyeron para el comienzo de cada etapa. Mencione artculos de

    nuestra Constitucin que sean paradigmticos de cada una de las etapas.

    El desarrollo del Constitucionalismo tuvo tres etapas:

    Constitucionalismo Liberal: reconocimiento constitucional a la poblacin de los

    derechos civiles y asignacin de un rol acotado al Estado, garante de los derechos

    y libertades individuales. Artculos representativos de esta etapa son: art. 14 y 19.

    Constitucionalismo Social: reconocimiento constitucional a la poblacin de los

    derechos sociales y polticos y otorgamiento de roles ms amplios al Estado, a

    efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades entre los habitantes.

    Artculos representativos de esta etapa son: art. 14 bis, 37, 38, 39, 40, 42, 75 inc.

    23.

    Constitucionalismo Ecumnico: incorporacin de nuevos derechos que asumen al

    hombre como partcipe de la humanidad y reconocimiento internacional de los

    derechos humanos y la posibilidad de ejercitar el control internacional de su

    vigencia al interior de los Estados. Artculos representativos de esta etapa son: art.

    41, 75 inc. 22.

    3. Busque una definicin de Derechos humanos, mencione el autor elegido y explicite el

    fundamento en el que se apoya la definicin. Por qu se caracteriza a los DDHH como universales,

    trasnacionales, irreversibles, progresivos?

    Segn P. Nikken, los derechos humanos son atributos de toda persona e inherentes a su

    dignidad que el Estado est en el deber de respetar, garantizar o satisfacer.

    Nikken se fundamenta en que la nocin de derechos humanos se corresponde con la

    afirmacin de la dignidad de la persona frente al Estado. El poder pblico debe ejercerse al servicio

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    del ser humano: no puede ser empleado lcitamente para ofender atributos inherentes a la persona

    y debe ser vehculo para que ella pueda vivir en sociedad en condiciones cnsonas con la misma

    dignidad que le es consustancial.1

    Los derechos humanos

    son universales porque pertenecen a todas las personas;

    son trasnacionales porque no dependen de los lmites territoriales de los pases;

    son irreversibles porque todo derecho formalmente reconocido como inherente

    a la persona humana queda irrevocablemente integrado a la categora de derecho

    humano, categora que en el futuro no puede perderse;

    y son progresivos porque dado el carcter evolutivo de los derechos, en la historia

    de la humanidad, es posible que en el futuro se extienda la categora de derecho

    humano a otros derechos que en el pasado no se reconocan como tales o

    aparezcan otros que en su momento se vean como necesarios a la dignidad

    humana y, por tanto, inherentes a toda persona.

    4. En qu consiste el Derecho Internacional de los Derechos Humanos?

    El Derecho Internacional de los Derechos Humanos consiste en un sistema de normas

    jurdicas internacionales que consagra los derechos fundamentales e inalienables (derechos

    humanos) y establece procedimientos para su resguardo internacional (los sistemas de proteccin).

    Cuando los Estados aprueban y son partes en los tratados internacionales de derechos

    humanos, asumen las obligaciones y los deberes de respetar, proteger y realizar (promover) los

    derechos humanos.

    El Derecho Internacional de los Derechos Humanos no sustituye el derecho interno, sino

    que se pone en accin a partir del momento en que ste deja de funcionar.

    5. Investigue los principales instrumentos internacionales, rganos y mecanismos de proteccin

    en el sistema universal (ONU) y en el sistema interamericano (OEA) de derechos humanos.

    Sistemas de proteccin de la ONU:

    Declaracin Universal de los Derechos Humanos

    Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos y sus dos Protocolos

    Facultativos (sobre el procedimiento de quejas individuales y la pena de muerte).

    Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales y su Protocolo

    Facultativo.

    Alto Comisionado para los Derechos Humanos: centraliza todas las actividades

    relacionadas con los derechos humanos dirigidas por el sistema de las Naciones

    Unidas. Asume las funciones de secretara para el Consejo de Derechos Humanos,

    1 Nikken, P. EL CONCEPTO DE DERECHOS HUMANOS. Estudios Bsicos de Derechos Humanos, IIDH, San Jos, 1994.

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    rganos creados por tratado (comits de expertos encargados de velar por el

    respeto de los tratados) y otros rganos de las Naciones Unidas que trabajan en

    el mbito de los derechos humanos.

    Consejo de Derechos Humanos.

    Procedimientos especiales: es el nombre genrico de los mecanismos creados por

    la Comisin de Derechos Humanos y retomados por el Consejo de Derechos

    Humanos para ocuparse de la situacin particular de un pas o de cuestiones

    temticas en todas las regiones del mundo.

    Los rganos creados en virtud de tratados: Existen ocho rganos creados en virtud

    de tratados sobre los derechos humanos que supervisan la aplicacin de los

    principales tratados internacionales sobre los derechos humanos:

    o El Comit de Derechos Humanos (CCPR).

    o El Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales (CESCR).

    o El Comit para la Eliminacin de la Discriminacin Racial (CERD).

    o Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer (CEDAW).

    o El Comit contra la Tortura (CAT) y el Protocolo Facultativo de la

    Convencin contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos

    o Degradantes - Subcomit para la Prevencin de la Tortura.

    o El Comit de Derechos del Nio (CDN).

    o El Comit para la Proteccin de los Derechos de todos los Trabajadores

    Migratorios y de sus Familiares (CMW).

    o Comit sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD).

    Sistemas de proteccin de la OEA:

    Sistema Interamericano para la proteccin y promocin de los Derechos Humanos.

    Instrumentos internacionales:

    o Declaracin Americana de Derechos y Deberes del Hombre de 1948.

    o Declaracin Americana de Derechos Humanos (Pacto San Jos de Costa

    Rica) de 1969.

    Protocolos facultativos de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos.

    Otras convenciones.

    rganos:

    o Comisin Interamericana de Derechos Humanos

    o Corte Interamericana de Derechos Humanos

    Convencin Interamericana sobre Desaparicin Forzada de Personas (1994).