Estudio internacional del salario minimo

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LA REACTIVACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE FIJACIÓN DE SALARIO MÍNIMO François Eyraud y Catherine Saget

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LA REACTIVACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE FIJACIÓN DE

SALARIO MÍNIMO

François Eyraud y Catherine Saget

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Introducción1 El salario mínimo es una institución del mercado laboral utilizada en la mayoría de

los países del mundo. Esto lo ilustra el hecho que una gran cantidad de países, 116 en total, han ratificado una o ambas de las dos convenciones sobre fijación de salario mínimo de la OIT2. Además, muchos más países han definido procedimientos para la fijación de salarios mínimos aun sin haber ratificado estos convenios3. El salario mínimo ha tenido una historia extensa y turbulenta. A primera vista, parece demasiado fácil definir simplemente el salario mínimo como el salario piso aplicado a todos los asalariados para garantizar que reciban al menos, un mínimo de protección con su retribución. En realidad, las cosas son mucho más complicadas, según se ve en la sorprendente variedad de textos y prácticas legislativas que existen en este campo. La primera sección ofrece un panorama de la complejidad y variedad de los acuerdos institucionales implementados para fijar el salario mínimo. Sin embargo, un análisis cuidadoso de la forma en que se fijan los salarios mínimos demuestra la conexión muy estrecha entre las instituciones de salario mínimo y el desarrollo de la negociación colectiva. Esto se abordará en la segunda sección. Luego veremos cómo el salario mínimo se ha convertido en un instrumento importante de la política económica y social, lo que complica bastante su análisis. Primero, frecuentemente se lo considera una herramienta útil para reducir la pobreza. Esto se analizará en la sección tres, en tanto que abordaremos el aspecto más específico de los trabajadores sin forma alguna de protección salarial en la sección cuatro. Relacionado con la cuestión de la pobreza, el salario mínimo parece tener un impacto significativo sobre la inequidad salarial. Esta relación se detallará en la sección cinco. Finalmente, también se han estudiado sus efectos sobre el empleo. Consideraremos en la sección seis dónde nos encontramos en este aspecto.

1. Instituciones de fijación de salarios mínimos Las normas de trabajo internacionales sobre salarios mínimos han sido influenciadas

y han influenciado a su vez a las maquinarias nacionales. El primer Convenio (No. 26) se elaboró en 1928; el segundo (No. 131), que hace referencia especial a los países en desarrollo, en 1970. Son muy similares en cuanto a los principios que establecen. El Convenio No. 26 solicita a los miembros ratificantes que fijen salarios mínimos en oficios “en los que no exista acuerdo para la regulación efectiva de salarios mediante contrato colectivo u otro mecanismo, y los porcentajes sean excepcionalmente bajos”. El Convenio No. 131 es menos específico, refiriéndose a “todos los grupos de asalariados cuyas condiciones de empleo ameritan la cobertura”. En ambos casos sin embargo, respecto de la cobertura ninguno impone (si bien no excluye) un salario mínimo estatutario nacional. No obstante, los salarios mínimos fijados deberán ser vinculantes para los empleadores a quienes se aplican. El otro principio común

1 François Eyraud y Catherine Saget son, respectivamente, Director y Economista Senior del Programa “Condiciones de Trabajo y Empleo de la OIT”. 2 Convenio OIT No. 26 (1928) y No. 131 (1970), disponible en www.ilo.org/ilolex/. 3 La Organización Internacional del Trabajo ha elaborado una base de datos que resume las principales disposiciones legales y mecanismos de fijación de salarios mínimos en aproximadamente 100 países. Está disponible en www.ilo.org/travail/database.

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principal es que ambos Convenios exigen que se consulte al menos a los actores sociales. Sin embargo, sólo el Convenio No. 131 es específico respecto de los criterios, refiriéndose explícitamente a dos grupos de factores a tomar en cuenta al fijar los salarios mínimos: las necesidades de trabajadores y factores económicos4.

En realidad, estos principios básicos están incorporados en la maquinaria nacional

que los países han definido. Sin embargo, el rango de dispositivos posibles es interminable, dependiendo del número de partes involucradas en el proceso de fijación de salarios y las características del trabajo o los tipos de empleados en cuestión (el tipo de actividad, dónde se realiza, las calificaciones del trabajador, etc.). Para comprender mejor estas maquinarias, resulta útil establecer una distinción entre ellas sobre la base de dos ejes: el tipo de procedimiento de diálogo social, y las categorías cubiertas.

En cuanto al primer eje, los procedimientos para la fijación del salario mínimo varían

desde las decisiones legales gubernamentales a la negociación de salarios a través de acuerdos conjuntos. En la República Democrática Popular de Laos y en Nigeria, es el gobierno quien fija el salario mínimo, en tanto que en Grecia se fija a través de un acuerdo entre los actores sociales. En Polonia, una comisión tripartita define el salario mínimo. No obstante, en la mayoría de los casos, es el gobierno el que decide, generalmente después de consulta o negociación con los sindicatos y las organizaciones de empleadores.

En relación con el segundo eje, los métodos abarcan desde la fijación de un único

porcentaje mínimo a la fijación de salarios que cubren un amplio sector de la categoría salarial usada en las empresas. Madagascar tiene un porcentaje único; India, 1.230 porcentajes. No existe ningún sistema universal que, por ejemplo, limite el rol del salario mínimo a la protección de los trabajadores en mayor riesgo, independientemente de la actividad económica, desempeñando al mismo tiempo un rol claramente definido dentro del sistema nacional de protección social mínima. La Tabla 1 resume los principales sistemas.

Tabla 1:- Procedimientos para fijación del salario mínimo

Porcentaje de salario mínimo nacional o regional fijado por

gobierno u organismo tripartito

Índice de salario mínimo sectorial y/u

ocupacional fijado por gobierno u organismo

tripartito

Porcentaje de salario mínimo

nacional o regional fijado a

través de contrato colectivo

Porcentaje de salario mínimo

sectorial y/u ocupacional fijado

a través de contrato colectivo

[1]

ASIA

Australia, China, India [2], Indonesia, Japón, República de Corea,

Bangladesh, Camboya, Fiji [4], India [5], Japón,

Malasia [5], Nepal, Fiji, India, Malasia,

Pakistán

4 La Recomendación No. 135, texto que acompaña al Convenio No. 131, establece una lista detallada de criterios.

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Porcentaje de salario mínimo nacional o regional fijado por

gobierno u organismo tripartito

Índice de salario mínimo sectorial y/u

ocupacional fijado por gobierno u organismo

tripartito

Porcentaje de salario mínimo

nacional o regional fijado a

través de contrato colectivo

Porcentaje de salario mínimo

sectorial y/u ocupacional fijado

a través de contrato colectivo

[1] República Democrática Popular de Laos, Nepal,

Nueva Zelanda, Pakistán, Papúa Nueva

Guinea, Filipinas, Tailandia, Vietnam [3]

Pakistán [5], Filipinas, Islas Solomon, Sri Lanka

AFRICA

Argelia, Angola, Burkina Faso, Chad [6], Gabón, Gana, Guinea-Bissau,

Madagascar, Marruecos,

Mozambique, Nigeria, Santo Tomé y Príncipe,

Senegal, Túnez

Botswana, Lesotho, Mauricio, Sudáfrica Botswana, Namibia,

Sudáfrica

AMERICAS

Argentina, Bahamas, Bolivia, Brasil, Canadá [7], Chile, Colombia,

Haití, México, Panamá, Paraguay, Perú,

Trinidad y Tobago, Estados Unidos,

Uruguay, Venezuela

Belice, Costa Rica, Cuba, República

Dominicana, El Salvador, Ecuador, Guatemala,

Honduras, México, Nicaragua, Panamá,

Paraguay

ESTADOS ÁRABES

Líbano, Siria

EUROPA

Albania, Bulgaria, República Checa, Estonia, Francia,

Hungría, Irlanda, Israel, Latvia, Lituania,

Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia,

Portugal, Rumania, Federación Rusa,

Eslovenia, Eslovaquia, España, Turquía, Reino

Chipre, República Checa [8], Malta Bélgica, Grecia

Austria, Finlandia, Alemania, Islandia, Italia, Suiza, Suecia

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Porcentaje de salario mínimo nacional o regional fijado por

gobierno u organismo tripartito

Índice de salario mínimo sectorial y/u

ocupacional fijado por gobierno u organismo

tripartito

Porcentaje de salario mínimo

nacional o regional fijado a

través de contrato colectivo

Porcentaje de salario mínimo

sectorial y/u ocupacional fijado

a través de contrato colectivo

[1] Unido

1. En muchos países, la negociación colectiva determina porcentajes salariales para determinados

sectores, más elevados que los porcentajes mínimos fijados por una autoridad. Éstos no están incluidos en la tabla, ya que los porcentajes así fijados son una adición al mínimo estatutario básico. Sólo se han considerado ejemplos donde la negociación colectiva es la única manera de definir los porcentajes de salario mínimo para sectores que carecen de porcentajes de salario mínimo fijados por una autoridad (es decir, India), o aquellos países en los que todos los porcentajes de salario mínimo se determinan mediante negociación colectiva (es decir, Alemania).

2. Se hace referencia aquí a uno de los tres procedimientos usados en India: el piso federal recomendado.

3. En Vietnam, los porcentajes de salario mínimo varían según que la empresa sea extranjera o local. 4. El Ministro de Trabajo define los porcentajes de salario mínimo para trabajadores de sectores

donde no se implementa un mecanismo de negociación colectiva efectivo. 5. El porcentaje de salario mínimo definido para sectores u ocupaciones que carecen de mecanismos

de negociación colectiva efectivos. 6. El Código de Trabajo de 1996 establece que los salarios mínimos se determinarán a través de

convenios colectivos, si bien en realidad, los salarios mínimos fijados por el gobierno en tal fecha no se han ajustado desde la introducción de este nuevo método.

7. Se han aportado dos estados como ejemplo: Ontario y Manitoba. 8. Además del salario mínimo nacional, el gobierno fija aranceles mínimos. Estos aranceles mínimos

sólo se aplican si un empleado elige no suscribir un convenio colectivo.

Finalmente, también se debe hacer hincapié en el amplio rango de criterios que varían según el país5. La variación se amplía porque el uso de criterios varía también de acuerdo con el momento cronológico, debido a que cada uno de estos criterios está relacionado con diferentes objetivos. En un país, el salario mínimo se puede percibir como una manera de garantizar un estándar de vida decente, en este caso, el criterio del poder adquisitivo tomará precedencia sobre otras consideraciones. Sin embargo, la lucha contra la inflación bien puede ser una prioridad en otro país – o se podría convertir en prioridad en el mismo país en fecha posterior. Aquí, el índice de inflación será el factor principal. Sin embargo, una vez más, existe un aspecto común a todas estas diferentes situaciones: el salario mínimo es un instrumento de política económica y social que torna posible alcanzar objetivos varios, desde la distribución del ingreso a la competitividad económica. En cada país, se ajusta de muchas maneras, reflejando las características y modelos nacionales – un proceso que no carece de contradicciones, como veremos en las siguientes secciones. Pero, primero, consideremos la

5 Los criterios mayormente ofrecidos como referencia son el nivel de salarios promedio, las prestaciones de seguridad social, las necesidades de los trabajadores y sus familias, el índice de inflación y/o el costo de vida, el nivel de empleo, la situación económica y/o la productividad de desarrollo, y la capacidad de pago de las empresas.

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cuestión de la conexión entre la maquinaria de fijación de salario mínimo y el desarrollo de la negociación colectiva.

2. El salario mínimo y la negociación colectiva A pesar de la variedad de procedimientos, existe un aspecto básico común: la

negociación colectiva, o, más bien, la “elección” que se hace entre la intervención del estado y la negociación colectiva. Esta última es siempre un factor en el proceso de fijación de salario mínimo: a través de intentos de compensar su ausencia, o de reducirla, definirla o desarrollarla. En muchos casos, el salario mínimo –una vez definido– es un punto de partida a partir del cual se diversifica el proceso de negociación colectiva para cubrir otros aspectos de las condiciones de trabajo.

Si así fuera, es porque desde el inicio, la fijación del salario mínimo ha estado

intrínsecamente ligada al nivel de desarrollo de la negociación colectiva y al rol del estado en la política salarial. En realidad, los salarios siempre han sido la preocupación primaria de los asalariados. Frecuentemente, en ausencia de una organización colectiva estructurada, las solicitudes de aumentos en las retribuciones han llevado a conflictos y huelgas. Para compensar la ausencia de negociación colectiva que hubiera aportado los medios para solucionar los desacuerdos en forma amigable, los gobiernos frecuentemente han tenido que intervenir en forma directa para resolver conflictos salariales. Con el tiempo, en ciertos estados la negociación colectiva se ha desarrollado gradualmente en tal medida que, finalmente ha sido capaz de resolver los conflictos salariales. En otros países, el estado continuó desempeñando el rol principal en la fijación de salarios.

Nueva Zelanda se considera el primer país en haber implementado un sistema

moderno para regular los salarios mínimos con el objetivo principal de evitar los conflictos laborales. Este sistema se introdujo a fines del siglo XIX. Mucho más tarde, en 1957 en Uganda, la autoridad colonial de turno publicó un informe recomendando un aumento del salario mínimo, que había estado congelado durante aproximadamente diez años, sosteniendo que la ausencia de un sistema apropiado para la fijación de salarios podría llevar a desasosiego y huelgas6. También resulta muy revelador que el primer ejemplo de intervención del estado respecto de salarios mínimos en países europeos a comienzos del último siglo, fue un intento de proteger a los trabajadores locales. En realidad, el hecho de que este grupo estuviera fragmentado y cubriera muchas relaciones diferentes, dificultaba a sus miembros tener incluso una organización mínima que les permitiera defender sus derechos a través de la negociación colectiva. Otras categorías de trabajadores supuestamente podían organizarse para defender sus intereses a través de la negociación colectiva. En el Reino Unido, por las mismas razones se crearon los consejos salariales en los sectores en que la organización era más débil; en otros, los actores sociales fijaban salarios a través de la negociación colectiva. Se diseñó, entonces, un modelo que aún existe en muchas ex colonias británicas7. Esto

6 J. Weeks: “Wage policy and the colonial legacy: A comparative study”, en The Journal of Modern African Studies, Vol. 9, Número 3, 1971, pp. 361-387. 7 Aun cuando Gran Bretaña misma ha abandonado este sistema para recrear, en 1999, una maquinaria de salario mínimo basado en el principio del salario mínimo estatutario nacional.

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demuestra claramente que los sistemas de salarios mínimos están estrechamente relacionados con la capacidad ― o imposibilidad ― de la negociación colectiva, de ocuparse de la fijación de salarios. Desde el principio, por lo tanto, la intervención y regulación por el estado, por una parte, y la negociación colectiva, por otra, han sido intercambiables en este aspecto: el contexto es el factor determinante.

La relación entre fijación de salario mínimo, intervención del estado, y desarrollo de

la negociación colectiva está presente aún en países que han introducido dichos sistemas recientemente. En Lesotho el sistema lo controla el gobierno, que fija salarios para 21 ocupaciones manuales. Tomando en cuenta los detalles involucrados, no se trata simplemente de un sistema de salario mínimo; es mucho más una regulación de las políticas salariales reales. Hoy en día, los sindicatos desaprueban este tipo de mecanismo rígido que no toma en cuenta la capacidad de pago de las empresas y sectores. Los sindicatos se sienten lo suficientemente fuertes para reemplazar este sistema con una negociación colectiva sectorial real. Si continuara esta tendencia, el salario mínimo habrá servido como catalizador para el desarrollo de la negociación colectiva. Una vez establecidos, los procedimientos de negociación podrían ocuparse de asuntos más extensos que salarios (horarios de trabajo, ambiente de trabajo, etc.).

De este análisis se desprende una conclusión básica: históricamente, con mucha

frecuencia el salario mínimo ha sido el disparador de la negociación colectiva. Pero eso no significa que el pasaje haya sido siempre tranquilo y sin excepciones a la regla. Por ejemplo, durante mucho tiempo los sindicatos británicos se opusieron a la fijación de un salario mínimo8. Planteaban una preocupación muy práctica: los asalariados a quienes se garantice un salario mínimo tendrán menos razón para afiliarse a un sindicato para que defienda sus intereses. El problema básico reside en la definición del propósito del salario mínimo: fijar un piso salarial o regular la totalidad del proceso de fijación salarial. La voluntad política de los actores involucrados y sus esfuerzos por organizarse se relacionan con este problema.

La experiencia ha demostrado que cuando el diálogo social se ocupa meramente de

fijar un salario mínimo a nivel nacional, se ejerce considerable presión a este nivel, que lleva a demandas de aumentos que pueden parecer excesivos. Esto se debe a que es el único foro en el que los sindicatos pueden demostrar claramente su accionar en defensa de los trabajadores. Por ende, la fijación del salario mínimo se convierte en una fuente seria de conflicto. Ajustar los niveles de negociación a los objetivos planteados reduce la presión social que involucra la fijación del salario mínimo. Asociar este proceso con negociaciones sectoriales o a nivel de empresa que deciden definir niveles de salarios adaptados a su situación económica y al mercado de trabajo interno, significa que se pueden tomar más en cuenta las posibilidades y limitaciones, e incorporar así mayor objetividad y racionalidad al diálogo social.

Una vez definido, un sistema de fijación de salario mínimo estatutario puede igualmente cumplir funciones diferentes de aquellas incluidas en la negociación colectiva. Esto es especialmente cierto cuando se trata de asuntos del campo de la política económica,

8 El Congreso de Sindicatos (TUC) llegó a esta idea de un salario mínimo en 1985, seguido por el Partido Laborista en 1986. Véase D. Metcalf: “The British national minimum wage”, en British Journal of Industrial Relations, Vol. 37, No. 2, 1999, pp. 171-201.

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ya sea pobreza, inequidad salarial o empleo9. El sistema adquiere otra dimensión que explica, si no justifica, por qué el estado desea controlar el sistema, una vez establecido, en lugar de devolverlo a la negociación colectiva. Éste es el tema que pretende explorar este documento

3. El salario mínimo y la pobreza El objetivo principal del salario mínimo es proteger a los asalariados menores a fin de

garantizarles una calidad de vida decente. Este objetivo representa los aspectos loables y ambiguos del salario mínimo. En cuanto a ventajas, es un instrumento para defender a los asalariados más pobres. Sin embargo, es ambiguo porque, debido a esta misma virtud, con frecuencia se lo ve como el instrumento perfecto para la lucha contra la pobreza en general, un rol que de ninguna manera puede cumplir por sí mismo.

Desde el comienzo, el principio que subyace al salario mínimo es que se trata de un

ingreso no vinculado al acto de la producción: es una suma que se adeuda al trabajador esencialmente relacionada con su condición de asalariado. Los métodos iniciales de fijación de salario mínimo demuestran claramente este enfoque. Es irrelevante si una empresa puede o no pagar, o si la producción del asalariado es suficiente: el salario mínimo primariamente tiene que ver con cuánto necesita el trabajador para vivir ― y no sólo el trabajador, sino su familia. No se hace referencia al aporte del trabajador a la empresa en términos de producción; lo que cuenta es si un trabajador puede ganar el sustento para sí y su familia. Cuando se introdujo el salario mínimo en los países industrializados, la productividad del asalariado ni siquiera se tomaba en cuenta. Los salarios eran tan bajos que los trabajadores no percibían una retribución adecuada, independientemente de cuánto produjeran. Por supuesto, las cosas son muy diferentes hoy en una cantidad de países. ¿Se podría usar ahora el salario mínimo como instrumento de lucha contra la pobreza?

Una crítica común que se plantea contra el salario mínimo como instrumento contra

la pobreza es que sólo beneficia a los asalariados y, más aún, sólo a aquellos que trabajan en el sector formal, siempre y cuando se aplique. Por supuesto, se trata de una restricción particularmente seria en los países en desarrollo pero, con demasiada frecuencia se ha exagerado el nivel de restricción. El salario que se paga a un trabajador del sector formal apunta a garantizar, en parte, la supervivencia de una familia ampliada, cualquiera sea el nivel de desarrollo del país. Más aun: el salario mínimo impacta sobre los salarios del sector informal ya que sirve de punto de referencia (benchmark). Se ha demostrado que un aumento del salario mínimo ha llevado a un aumento en los salarios del sector informal. Esto ha ocurrido en ciertos países latinoamericanos de ingresos medios como Argentina, Brasil, México y Uruguay, donde el salario mínimo era relativamente bajo durante la década de 1980, entre aproximadamente 20 y 25% del salario promedio. En esos países, casi todos los trabajadores de la economía formal percibían salarios más elevados que el salario mínimo, en tanto que muchos trabajadores del sector informal percibían el salario mínimo y exacto.

9 Otra conexión importante es entre el salario mínimo y la inflación, a la que no nos referimos en este artículo.

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Muchos veían aumentar los salarios con cada reajuste del salario mínimo, inclusive durante periodos de baja inflación10. Finalmente, el salario mínimo es un medio poderoso para aumentar los salarios de los individuos que se encuentran en la base de la escala salarial. Por ejemplo, cuando se aumentó 13% el salario mínimo en 1990 en Estados Unidos, los trabajadores cuyos salarios eran inferiores al nuevo índice recibieron, en promedio, 10% de aumento11.

El hecho de que, en muchos países, ciertas prestaciones sociales están relacionadas

con el nivel y las variaciones del salario mínimo es un hecho que frecuentemente se pasa por alto. Más comúnmente, la relación se establece con la jubilación y los pagos por discapacidad. Con menor frecuencia, se relaciona con prestaciones de desempleo y de maternidad. En muchos países de África Occidental, norte de África y América Latina, un porcentaje fijo del salario mínimo (entre 60 y 100%) conforma la prestación mínima por jubilación de los beneficiarios. En los Países Bajos, el umbral para las prestaciones de desempleo, y los pagos por discapacidad es 70% del salario mínimo.

De esta manera, se usa el salario mínimo como “base social mínima”. Por ejemplo, en

dicho sistema, con cada aumento del salario mínimo el ajuste de las prestaciones de jubilación debería, en principio, mantener el poder adquisitivo de los jubilados más pobres. Además, toda la sociedad se puede beneficiar con el progreso generado por el desarrollo económico y los frutos del crecimiento cuando los ajustes del salario mínimo están relacionados con ellos.

Cuando el salario mínimo tiene este rol básico, es justo (los jubilados más vulnerables

necesitan una garantía de que no se erosionará el poder adquisitivo de sus prestaciones de jubilación) y directo (un instrumento único ajusta una sección completa del sistema de protección social). Sin embargo, existe claramente el riesgo de que cualquier aumento del salario mínimo lleve a un enorme aumento en los costos de seguridad social ― y una cierta carencia de flexibilidad. Brasil es un caso interesante y puntual. Desde mediados de la década de 1990, el salario mínimo en este país ha aumentado en términos reales y el gobierno lo aumentó 8,33% en mayo de 2004; es decir, a un porcentaje mayor que el de la inflación. Sin embargo, este cambio de política no satisfizo a los sindicatos porque, en términos de poder adquisitivo, como el salario mínimo había perdido terreno después de años de aumentos a tasas que no se condecían con los aumentos del costo de vida, este último aumento no podía compensar la diferencia. La objeción básica del gobierno a un aumento masivo del salario mínimo se basaba en su vínculo con numerosas prestaciones de seguridad social. Tal movimiento habría puesto en peligro la estabilidad del presupuesto público.

En conclusión, es justo decir que el salario mínimo desempeña o puede desempeñar

un rol en la lucha contra la pobreza. Sin embargo, para que tenga sentido, el salario mínimo debería ser parte de una batería de medidas que formen una política coherente en la lucha contra la pobreza de los trabajadores. Ésta es también la posición que adopta la

10 M. Neri, G. Gonzaga y J.M. Camargo: “Salário mínimo, ‘efeito-farol’ e pobreza”, en Revista de economia política, Vol. 21, No. 2, 2001, pp. 78-90. 11 D. Card y A.B. Krueger: Myth and measurement. The new economics of the minimum wage (Princeton, NJ, Princeton University Press, 1995).

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Recomendación No. 135. No debería existir contradicción entre el nivel del salario mínimo y el sistema que proporciona los subsidios que permiten vivir a los más indigentes, sean asalariados o no12. Mirando las cosas desde esta perspectiva, la evaluación de las ganancias de los trabajadores que perciben el salario mínimo debería ser uno de los criterios para juzgar el éxito o fracaso de esta política ― junto con su impacto sobre el empleo, por ejemplo. Además, no se puede estudiar seriamente el impacto de una política de salario mínimo sobre la pobreza sin analizar la legislación que se aplica a los grupos más pobres de trabajadores.

4. Trabajadores sin forma alguna de protección salarial Incluyen a los trabajadores domésticos, agrícolas y eventuales, así como a los

trabajadores a domicilio. La Tabla 2 enumera los países en los que estos grupos no están cubiertos por el salario mínimo o donde perciben un salario mínimo más bajo13.

Tabla 2: Categorías de trabajadores excluidos de la legislación principal sobre salario mínimo

Excluidos de cobertura por la legislación primaria sobre salario mínimo

Perciben un salario mínimo por debajo del salario mínimo estándar

Trabajadores domésticos

Bangladesh [1], Camboya, Indonesia, India [2], República de Corea, República Democrática Popular de Laos [2], Malasia, Nepal, Islas Solomon, Sri Lanka [2], Tailandia, Guinea-Bissau, Túnez [2], Marruecos, Líbano Manitoba (Canadá) [3], Haití, Estados Unidos [4] Chipre, Países Bajos [5]

Chile, Ecuador, Paraguay, Filipinas

12 R. Burkhauser y A. Finegan: “The economics of minimum wage legislation revisited”, en Cato Journal, Vol. 13, No. 1, 1993, pp. 123-129. 13 F. Eyraud y C. Saget: The fundamentals of minimum wage fixing (Ginebra, OIT, 2005).

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Excluidos de cobertura por la legislación primaria

sobre salario mínimo Perciben un salario mínimo por debajo del salario mínimo estándar

Trabajadores agrícolas

Camboya, República Democrática Popular de Laos [6], Malasia, Pakistán, Tailandia, Sri Lanka [7]

Botswana, Nigeria [8]

Bolivia, Manitoba y Ontario (Canadá) [9, Estados Unidos[9] Chipre

Burkina Faso, Chad, Guinea-Bissau, Madagascar, Marruecos, Mozambique, Senegal, Túnez

Islas Solomon

El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Panamá

Trabajadores eventuales

Malasia Belice

Bélgica

República de Corea [10]

Trabajadores a domicilio

Filipinas (trabajadores a domicilio que se dedican a costura), Tailandia

Estados Unidos (trabajadores a domicilio que producen coronas)

Notas: La tabla cita sólo el desglose más común de empleo por categoría de trabajador. Otras categorías son: trabajadores de tiempo parcial, que están cubiertos en la mayoría de los países por legislación sobre salario mínimo en una base a pro rata de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas, pero excluidos de la cobertura de salario mínimo en Gana y Nigeria. Si bien específicamente excluidos en los mismos dos países, los trabajadores a destajo están cubiertos en una cantidad de otros donde, por ejemplo, la legislación establece su salario para que se corresponda con el salario mínimo del trabajador de una actividad promedio. 1. Los trabajadores domésticos están incluidos específicamente dentro del alcance del salario

mínimo. En la práctica, sin embargo, se han establecido porcentajes de salario mínimo sólo para las zonas de procesos de exportación, trabajadores agrícolas y textiles.

2. Respecto de la definición de “trabajador” o “empresario”, en Indonesia, la República Democrática Popular de Laos, Nepal y Túnez, la ley se aplica sólo a trabajadores empleados por empresas. Los trabajadores domésticos están excluidos porque no trabajan en, o para, una empresa.

3. En Manitoba, Canadá, la excepción se refiere a quienes trabajan menos de 24 horas por semana para el mismo empleador.

4. La excepción se refiere a trabajadores domésticos contratados en forma eventual (como niñera). 5. De acuerdo con nuestra información, la mayoría de los trabajadores de los Países Bajos están

cubiertos por disposiciones sobre salario mínimo, salvo los aprendices y los trabajadores domésticos.14

6. El salario mínimo se aplica sólo a la economía formal. 7. El salario mínimo se aplica en plantaciones, no en el resto del sector agrícola. 8. La excepción se aplica a trabajadores agrícolas estacionales y a todos los trabajadores que

trabajan para empresas con menos de 50 empleados. 9. Aunque la mayoría de los trabajadores agrícolas de Canadá y Estados Unidos están cubiertos por

legislación sobre salario mínimo, algunos están excluidos debido a la naturaleza de sus trabajos o el tamaño del establecimiento. La cosecha manual, el trabajo estacional y el cuidado de ganado son algunas de las excepciones significativas.

10. Presentado para aprobación al Ministerio de Trabajo y Empleo.

14 Solicitud directa del Comité de Expertos sobre la Aplicación de Convenios y Recomendaciones, 2003. Disponible en http://webfusion.ilo.org/public/db/standards/normes/appl.

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Los más comunes entre los grupos excluidos son los trabajadores domésticos. En una cantidad de países asiáticos, no están cubiertos por la legislación referida a salario mínimo. Como se mencionó precedentemente, estos países definen sólo las categorías de empleo donde se aplica el salario mínimo, sin enumerar los grupos excluidos. En Nepal, el salario mínimo es aplicable sólo a empresas, y a un subconjunto de empresas dadas. Por omisión, entonces, los trabajadores domésticos no están cubiertos en este país y tampoco gozan de la protección del salario mínimo en Camboya, República de Corea, República Democrática Popular de Laos, Islas Solomon, Sri Lanka y Tailandia. (Hasta 2003, también estaban excluidos de la protección del salario mínimo en China). En India, existe un sistema de salario mínimo que apunta a la economía informal y cubre las ocupaciones y sectores menos calificados. Sin embargo, los trabajadores domésticos no están entre los que gozan de la cobertura. En varios otros países (por ejemplo, Bangladesh, Chipre, Malasia), se fijan los salarios mínimos para una pequeña cantidad de ocupaciones y sectores que no incluyen el trabajo doméstico. Los trabajadores domésticos también carecen de la protección del salario mínimo en Guinea-Bissau, Haití, Líbano, Marruecos, Países Bajos, Túnez y, en ciertos casos, Canadá y Estados Unidos. Sólo cuatro países ofrecen a los trabajadores domésticos un salario mínimo inferior al estándar, a saber Chile, Ecuador, Paraguay y Filipinas. Leyendo la Tabla 2 “hacia atrás”, es decir, clasificando los datos por país donde los trabajadores domésticos están cubiertos, se observa que muchos países en desarrollo aplican dicha disposición. En la mayoría de los países latinoamericanos y en Lesotho, los trabajadores domésticos están explícitamente incluidos en la cobertura legislativa.

Los trabajadores agrícolas constituyen la segunda extensa categoría de trabajadores

excluidos de la legislación de salario mínimo con mayor frecuencia. Carecen de la protección otorgada por un umbral de salario mínimo en Botswana, Bolivia, Camboya, Chipre, Malasia, República Democrática Popular de Laos (salvo para la economía formal), Nigeria (los trabajadores estacionales no están cubiertos; tampoco aquellos que trabajan en empresas con menos de 50 empleados), Pakistán, Sri Lanka (sólo están cubiertos los trabajadores de plantaciones), Tailandia y, para ciertos tipos de mano de obra agrícola, Canadá y Estados Unidos. Sin embargo, en dos de estos países, existen iniciativas tendientes a ampliar el alcance de la legislación de salario mínimo a los trabajadores agrícolas. En Bolivia, se está en proceso de aprobar un Decreto Supremo15, en tanto que en Pakistán existe un debate en curso sobre la necesidad de incluir a los trabajadores agrícolas en la cobertura del salario mínimo.

Otros países, particularmente en África, ofrecen un umbral de protección por debajo

del salario mínimo estándar. Se pueden aportar diversas razones para explicar por qué los trabajadores agrícolas reciben un nivel de protección menor. Primero y principal, frecuentemente se les paga en especie y en las zonas rurales el costo de vida es menor. Otras razones incluyen la dificultad de aplicación del salario mínimo en zonas rurales aisladas, el objetivo de política de mantener un índice de empleo alto en zonas donde hay pocas alternativas al empleo en el sector agrícola, y quizás incluso un sesgo contra el trabajo agrícola. Varios países africanos (Burkina Faso, Chad, Guinea-Bissau, Madagascar, Marruecos, Mozambique, Senegal y Túnez), así como El Salvador, Guatemala, Nicaragua,

15 OIT: Report of the Committee of Experts for the Application of Conventions and Recommendations, Informe III(1A), Conferencia Internacional del Trabajo, 93ra. sesión, Ginebra, 2005, p. 374.

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Panamá y las Islas Solomon, han puesto en vigencia un salario mínimo para trabajadores agrícolas, si bien es más bajo que el salario mínimo estándar prevalente.

Los trabajadores eventuales no están cubiertos en Bélgica, Belice ni Malasia. En

cuanto a los trabajadores a domicilio, están excluidos de la legislación de salario mínimo en Tailandia y, en ciertos casos, en Filipinas y Estados Unidos.

La Tabla 2 representa un abordaje cualitativo, ya que resultan difíciles de obtener

cifras precisas sobre la cantidad de trabajadores no cubiertos por la legislación sobre salario mínimo. Sin embargo, podemos hacer una estimación aproximada para Estados Unidos, donde los trabajadores agrícolas eventuales y los trabajadores a domicilio representan los componentes más numerosos del grupo excluido de la cobertura del salario mínimo, equivalente a 4,5% de los asalariados en 198116.

En conclusión, la Tabla 2 claramente demuestra que las dos categorías de

trabajadores más vulnerables son los trabajadores agrícolas, e incluso más, los trabajadores domésticos, quienes con mayor frecuencia escapan del alcance del salario mínimo en una pequeña cantidad de países en desarrollo. Paradójicamente, no es infrecuente observar que el salario mínimo se aplica a sectores donde los trabajadores están bien organizados, en tanto que el objetivo inicial y primario de una política de salario mínimo es proteger a los más vulnerables. No es tarea fácil identificar factores universales que expliquen esta conclusión, particularmente porque la ubicación geográfica, cultura y nivel de desarrollo son insuficientes para explicar este fenómeno. Los trabajadores domésticos y, en menor medida, los trabajadores agrícolas, están excluidos de las disposiciones sobre salario mínimo en una cantidad de países asiáticos, pero cubiertos en la mayoría de los latinoamericanos y en algunos africanos. El tratamiento legislativo de los trabajadores vulnerables suele presentar fuertes diferencias entre países, incluso con niveles similares de desarrollo. Por ejemplo, los trabajadores agrícolas no están incluidos en la cobertura de salario mínimo de seis países asiáticos, pero sí lo están en todos los demás; los trabajadores domésticos, por otra parte, están cubiertos en Brasil y Colombia, pero no en Tailandia, si bien estos tres países son similares en términos de desarrollo socio-económico. La disparidad de estas exclusiones amerita un análisis país por país.

5. El salario mínimo y la desigualdad salarial El salario mínimo afecta el nivel de inequidad bajo ciertas condiciones. En realidad,

el ajuste del salario mínimo puede contribuir a reducir el nivel general de inequidad sólo si lo reciben los asalariados con salarios más bajos. Dependiendo de quién pertenece a las categorías de menor salario de los trabajadores, el salario mínimo puede aumentar los salarios de las mujeres, los trabajadores migrantes y las minorías étnicas comparados con trabajadores más establecidos. Por ende, el salario mínimo se puede usar para promover la equidad en el pago nivelando las diferencias de los salarios – particularmente, reduciendo la brecha entre el

16 Calculado de J.M. Abowd, F. Kramarz y D.N. Margolis: Minimum wages and employment in France and the United States, NBER Working Paper No. 6996 (Washington, DC, National Bureau of Economic Research, 1999).

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salario promedio de hombres y mujeres. Se plantean dos conceptos: primero, el salario mínimo introduce el mismo umbral de pago para ambos sexos, lo que inmediatamente reduce la discriminación; y segundo, los asalariados que están en la base de la escala de pago, la mayoría generalmente son mujeres, se benefician con el salario mínimo.

Frecuentemente se cree que quienes perciben el salario mínimo en los países en

desarrollo no pertenecen a la escala inferior de la distribución salarial. Si fuera así, el salario mínimo no sería de interés para dichos países como herramienta para reducir la inequidad salarial. En realidad, un examen cuidadoso de las cifras revela que en una minoría cuantiosa de países el salario mínimo es relativamente bajo en la distribución salarial. Esto obviamente proviene de la comparación de salarios mínimos disponibles en la base de datos de OIT17 con varios indicadores tales como el salario promedio o PIB por trabajador.

Más aún, la evidencia empírica había demostrado que el salario mínimo tiene un

impacto sobre la inequidad salarial en varios países de ingresos intermedios. En América Latina en general, los salarios mínimos más altos reducen la inequidad salarial. Sin embargo, no necesariamente reducen la brecha de pago por género: las asalariadas no necesariamente están en la base de la escala de pago18. Por otra parte, sin embargo, un salario mínimo estático frecuentemente tendrá el efecto opuesto: un aumento de la inequidad salarial. En Brasil, por ejemplo, la caída del valor real del salario mínimo en el periodo 1963-1979 se produjo simultáneamente con una caída en los ingresos de los trabajadores manuales en comparación con los de los trabajadores de oficina19. De manera similar, en Estados Unidos, la caída del salario mínimo entre 1970 y 1990 fue en gran medida responsable del aumento en la brecha de pago entre los asalariados nativos y los inmigrantes20.

Nótese que en una pequeña cantidad de países, el gobierno busca limitar la brecha de pago usando el salario mínimo como punto de referencia, una cifra a la que se hará referencia al fijar otros salarios. Tal es el caso de Argelia, donde los índices de pagos básicos para el personal gerencial del estado o categorías particulares de personal de la administración pública se fijan en x veces el salario mínimo – limitando, en parte, la brecha de pago.

6. El salario mínimo y el empleo La relación entre salarios mínimos y empleo se ha analizado con mayor profundidad

que cualquier otra y es también la más controvertida. La verdad es que cuando los empleadores aplican el salario mínimo, los aumentos de dicho salario definitivamente representan un costo de producción extra para las empresas21. Este aumento puede llevar a los

17 Véase nota al pie 3. 18 D. Grimshaw y M. Miozzo: Minimum wages and pay equity in Latin America: Identifying the employment and pay equity effects, DECLARATION Working Paper 12/2003 (Ginebra, OIT, 2003). 19 J.M. Camargo: Minimum wages in Brazil: Theory, policy and empirical evidence, Labour Management Relations Series No. 67 (Ginebra, OIT, 1988), pp. 55-80. 20 K. Butcher y J. DiNardo: “The immigrant and native-born wage distributions: Evidence from United States censuses”, en Industrial and Labor Relations Review, Vol. 56, No. 1, 2002, pp. 97-121. 21 Omitiendo situaciones donde el salario mínimo es tan bajo que no desempeña ningún rol en la jerarquía salarial.

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empleadores a reemplazar mano de obra con capital, o trabajadores no calificados con trabajadores calificados, ya que los no calificados son quienes más probablemente reciban el salario mínimo, contribuyendo así al crecimiento del desempleo. ¿Qué resultados arrojan los estudios empíricos? Los primeros estudios de la década de 1970 y 1980 se basaron en análisis de series cronológicas. El principio consiste en calcular el siguiente tipo de ecuación:

Ln(EMP/POP)_t = ß1ln(MINWAGE/AVERAGEWAGE)_t + ß2ln(REALGNP)_t + ß3

TREND +e

Donde EMP/POP representa el ratio del índice de empleo con la población en edad de trabajar en el tiempo t, MINWAGE y AVERAGEWAGE son, respectivamente, el salario mínimo legal y el salario promedio en la moneda nacional, REALGNP es el PIB real en el tiempo t, y TREND captura el progreso tecnológico, que puede tener un impacto sobre los contratados en producción. Tanto REALGNP como TREND actúan como indicador de la actividad económica. ß son los coeficientes a calcular.

Brown, Gilroy y Kohen (1982) toman como ejemplo los resultados de dichos análisis

clásicos de las series cronológicas, que se pueden encontrar en la Tabla 3 (primer renglón)22. El análisis muestra que, entre 1954 y 1979, un aumento del salario mínimo de 10% en Estados Unidos hizo caer el empleo entre los jóvenes en casi 1%. Se encontró que el coeficiente era estadísticamente significativo a 1% de intervalo de confianza.

Dichos análisis se tornaron muy populares y se han replicado para casi todos los

países con datos longitudinales publicados sobre empleo y salarios. Han consagrado en la gente la idea de que los aumentos del salario mínimo destruyen numerosos empleos. Es mérito de Card y Krueger (1995) el haber usado métodos innovadores de cálculo que arrojaron resultados opuestos23. Un capítulo de este libro se basa en la especificidad de la legislación del salario mínimo en Estados Unidos, a saber, la disposición de que los estados pueden fijar el salario mínimo a un índice más elevado que el umbral federal. La comparación de empleos en las industrias de baja retribución entre un estado que había incrementado el salario mínimo por encima del mínimo federal y otro que no lo había hecho, fue extremadamente reveladora. Mostró que en el segundo estado, el empleo -lejos de disminuir- había aumentado levemente en respuesta al aumento del salario mínimo.

Estudios posteriores demostraron la debilidad del análisis de series cronológicas

clásicas en cuanto al impacto del salario mínimo. En particular, demostró que no se respetaban las hipótesis estadísticas que garantizan la solidez del análisis. En muchos casos, las series estadísticas no eran estacionarias como debían serlo. El simple hecho de garantizar la estacionariedad de las series puede tener un enorme impacto sobre el resultado.

22 C. Brown, C. Gilroy y A. Kohen: “Times-series evidence of the effect of the minimum wage on youth employment and unemployment”, en Journal of Human Resources, Vol. 18, No. 1, 1982, pp. 3-31. 23 D. Card y A.B. Krueger: Myth and measurement. The new economics of the minimum wage (Princeton, NJ, Princeton University Press, 1995).

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Tabla 3: El impacto de un aumento de 10% del salario mínimo sobre el empleo de los jóvenes en Estados Unidos, 1954-1979 (porcentajes)24

Método Resultados

D. Brown, C. Gilroy y A. Kohen (1982): Análisis de series cronológicas clásicas

-0,95

J. Bernstein y J. Schmitt (1998): Análisis de series cronológicas tomando en cuenta la volatilidad del empleo estacional y respetando las condiciones estadísticas de la estacionareidad

-0,5 (no significativo)

Por ejemplo, el estudio de Bernstein y Schmitt usa dos métodos diferentes basados en

datos idénticos que cubren el mismo periodo, para calcular el impacto del aumento del salario mínimo sobre el empleo en Estados Unidos. El primer análisis, basado en series cronológicas clásicas, replica el de Brown, Gilroy y Kohen (1982). El segundo análisis, que toma en cuenta la volatilidad del empleo estacional y respeta las condiciones de estacionariedad, muestra que, si bien el efecto del salario mínimo sobre el empleo de jóvenes en Estados Unidos permanece negativo, es claramente menos marcado. En este caso, un aumento de 10% del salario mínimo sólo reduce el empleo en 0,5%, que no es un coeficiente estadísticamente significativo (Tabla 3, segundo renglón).

Resulta obvio de la Tabla 3 que el análisis de las series cronológicas clásicas

sobreestima el impacto negativo del salario mínimo sobre el empleo. No hay duda de que los economistas han sido muy lentos en descubrir la debilidad de este tipo de análisis. No es sorprendente. Según lo muestra el análisis de Jesús Felipe en este mismo volumen, las funciones de demanda de trabajo neoclásicas sistemáticamente hallan una relación negativa entre empleo y salario por razones de identidad contable y no por razones económicas.

El análisis de las series cronológicas clásicas aún es popular para estimar el impacto

del salario mínimo en los países en desarrollo de ingreso intermedio, como Brasil o Indonesia. La Tabla 4 aporta ejemplos. Los estudios disponibles muestran que el efecto negativo del salario mínimo sobre el empleo es pequeño y, en algunos casos, positivo.

24 J. Bernstein y J. Schmitt: Making work pay: The impact of the 1996-97 minimum wage increase (Washington, DC, Economic Policy Institute, 1998).

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Tabla 4: Efecto del salario mínimo sobre el empleo en ciertos países en desarrollo

Rama 1 Indonesia, 1990-1995 La duplicación del salario mínimo en términos reales tuvo un efecto negativo pero leve sobre el empleo (–2 por ciento). El empleo aparentemente disminuyó en las pequeñas empresas y aumentó en las grandes.

Lemos 2 Brasil, 1982-2000 Un 10% de aumento del salario mínimo se relacionó con un efecto del empleo total en un rango de entre –0.9 y +1.4 por ciento.

1 M. Rama: The consequences of doubling the minimum wage: The case of Indonesia, Policy Research Working Paper No. 1643 (Washington, DC, Banco Mundial, 1996). 2 S. Lemos: A menu of minimum wage variables for evaluating employment effects: Evidence from Brazil, University College London Working Paper 03-02 (Londres, 2003).

Por lo tanto, los reajustes del salario mínimo no siempre tienen un efecto significativo

sobre el nivel de empleo. No obstante, pueden llevar a una caída del empleo dentro de ciertas categorías de población y un aumento paralelo en otras. Esto se puede atribuir al hecho de que el grupo de trabajadores con bajos salarios afectados por cambios en el salario mínimo es muy mixto (estudiantes, personas con pocas habilidades, personas que están esperando encontrar un empleo mejor en ciertos países, trabajadores calificados en otros países).

Esto se ha demostrado para países industrializados. Yuen25 demuestra que, en Canadá, los aumentos del salario mínimo reducen el empleo de los trabajadores que están en la base de la escala salarial, cuya productividad es baja y tienen pocas habilidades y posibilidades de encontrar un empleo mejor pago. Sin embargo, dan impulso al empleo entre otras categorías de trabajadores que perciben el mismo salario, como estudiantes o trabajadores temporariamente “atrapados” en un empleo de baja retribución pero cuyas habilidades significan que tienen posibilidad de encontrar un empleo mejor posteriormente.

Sin embargo, sigue ocurriendo que durante periodos de altos niveles de desempleo,

especialmente entre trabajadores con baja calificación y jóvenes – dos categorías frecuentemente sobre-representadas cuando se trata de quines ganan el salario mínimo – es muy tentador “jugar” con el nivel de salario mínimo esperando que aumente el empleo. Esto significa correr el riesgo de debilitar el rol que el salario mínimo podría desempeñar en las estrategias de reducción de pobreza.

No obstante, los aumentos propuestos del salario mínimo no deberían estar fuera de

proporción con las condiciones económicas y sociales existentes, por temor a producir un efecto negativo sobre la competitividad o, más simplemente, no respetar los ajustes. En Chile, el ajuste al salario mínimo, que fue 17,1 por ciento más elevado que el de la productividad entre 1998 y 2000, llevó a un crecimiento en la proporción de trabajadores que percibían menos del salario mínimo y la proporción de trabajadores sin contratos escritos, sin afectar el empleo en el corto plazo26.

25 T. Yuen: “The effect of minimum wages on youth employment in Canada. A panel study”, en The Journal of Human Resources, Vol. 38, No. 3, 2003, pp. 647-672. 26 R. Infante, A. Marinakis y J. Velasco: Minimum wage in Chile: An example of the potential and limitations of this policy instrument, Employment Paper 2003/52 (OIT, Ginebra, 2003).

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Sin embargo, sugerir a los sindicatos que se debe limitar cualquier aumento del

salario mínimo para evitar mayor desempleo es algo espurio. Bien podría aparecer como excusa para fijar el salario mínimo a un nivel que le quitara sentido. Los sindicatos eslovenos rehúsan el argumento por el cual un salario mínimo, incluso uno bajo, correría el riesgo de afectar seriamente el sector textil del país. Señalan que una cantidad de empresas de ese sector está, en todo caso, segura de fracasar debido a la competencia de los países en desarrollo y que no se puede usar continuamente el argumento del sector textil para impedir la fijación de un salario mínimo decente. Esto es similar a la idea planteada por la Comisión de Baja Retribución (Low Pay Commission), el organismo que se ocupa de la fijación del salario mínimo en Gran Bretaña cuando señala que el uso del salario mínimo como herramienta de competitividad es común entre las empresas, especialmente las más pequeñas, donde la gestión del personal es particularmente mala. La cuestión que surge entonces no es la supervivencia de las empresas marginales sino si las empresas exitosas pueden recuperar los mercados perdidos después del aumento del salario mínimo, junto con la fuerza de trabajo que, en consecuencia, se convierte en redundante27.

No obstante, el gobierno de Gran Bretaña tenía mucho interés en garantizar que la determinación de un salario mínimo no afectara la política de reducción del desempleo entre jóvenes. Es por eso que se implementó un índice reducido para jóvenes de entre 18 y 22 años. Debemos recalcar que sólo una minoría de los países ha incorporado menores índices para los jóvenes. Esta decisión, indudablemente, estaba justificada sobre la base de la experiencia profesional – pero la razón básica era que el desempleo era particularmente elevado entre los trabajadores jóvenes, y se razonó que habría mayor probabilidad de que los empleadores los contrataran si se reducían los costos de la contratación.

En conclusión, en los países en desarrollo de ingresos medios es aún muy difundida la

percepción que el salario mínimo crea desempleo, incluso cuando los estudios disponibles muestran que se deben calificar dichos efectos. El resultado sorprendente de los estudios más recientes y confiables legitima la búsqueda de factores que subyacen a este débil efecto. En la oferta, es crucial la posibilidad que tienen la mayoría de los empleadores de compensar los mayores costos de mano de obra con cambios leves en la organización del trabajo que resulta en incrementos de productividad. En cuanto a la demanda, aumentar el ingreso de los trabajadores con baja propensión al ahorro tiene un efecto positivo sobre los niveles de consumo. Se pueden evocar otros elementos para explicar el débil impacto del salario mínimo sobre el empleo, como el efecto de los salarios débiles en la cúspide de la estructura salarial, y el hecho de que en países como Brasil, los trabajadores que perciben el salario mínimo suelen trabajar en el sector de servicios más que en producción, aislados de la competencia internacional.

7. Conclusión La información recabada a la fecha permite arribar a algunas conclusiones bastante

confiables.

27 Brown et al., op. cit.

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⋅ Primero, el salario mínimo podría ser, bajo ciertas condiciones, un buen instrumento para proteger a los trabajadores pobres, y a otras categorías vulnerables.

⋅ Segundo, el salario mínimo tiene un efecto en la escala salarial y se puede usar para combatir la discriminación y mejorar el estándar de vida de los trabajadores de la base de dicha escala.

⋅ Tercero, durante periodos de crecimiento, los aumentos adecuados del salario mínimo no tienen efecto significativo real sobre el desempleo.

Dado todo lo precedente, creemos que es aconsejable reenfocarse en la función

primaria del salario mínimo, que es la defensa de los asalariados que perciben la menor retribución, y la lucha contra la inequidad salarial.

Cuando los gobiernos limitan los aumentos del salario mínimo a fin de limitar el

desempleo o controlar mejor la inflación – o, por otras razones, como la búsqueda de costos salariales competitivos – corren el riesgo de perder finalmente un instrumento efectivo de política social. Lo mismo se aplica si demasiadas prestaciones de seguridad social están relacionadas automáticamente con los ajustes del salario mínimo. Esto, por ejemplo, es lo que ocurrió en Uruguay desde 1976 en adelante; o en la Federación Rusa en 1992, cuando el salario mínimo sólo representaba 5,6 por ciento del salario promedio (opuesto al 14 por ciento en 1991 y 23,6 por ciento en 1989), ilustrando su insignificancia en la jerarquía salarial28. Vale la pena recordar una cantidad de países donde el nivel del salario mínimo permaneció inmutable durante un periodo de varios años: Costa de Marfil, entre 1982 y 1993 (el poder adquisitivo del salario mínimo cayó en tres cuartos); El Salvador, entre 1980 y 1985 (el poder adquisitivo del salario mínimo disminuyó a la mitad); y Estados Unidos, en numerosas ocasiones; por ejemplo, entre 1950 y 1955 (-10,1 por ciento), y entre 1981 y 1989 (-26,7 por ciento). Otro riesgo que corren los gobiernos al permitir que caiga el valor del salario mínimo es que pueden enfrentar exigencias difíciles de cumplir.

Finalmente, el uso por parte de los gobiernos del salario mínimo como herramienta de

política económica está estrechamente relacionado con su uso en relación con la negociación colectiva. Una negociación colectiva básica y no desarrollada puede dejar la puerta abierta para ampliar la influencia de un salario mínimo estatutario, incrementando la cantidad de porcentajes y categorías cubiertas. A su vez, el uso intenso del salario mínimo por parte de un gobierno para lograr diversos objetivos de política económica llevará, voluntaria o involuntariamente, a disminuir el rol de la negociación colectiva en el campo salarial a fin de controlar mejor su desarrollo. Contrariamente a ello, un proceso de negociación colectiva bien establecido tendrá más probabilidades de excluir la intervención del gobierno o restringir su rol a la protección de los asalariados que perciben la peor retribución.

Es vital tomar en cuenta estas diferentes relaciones al crear o ajustar un sistema de

salario mínimo. Finalmente, se deben identificar cuidadosamente los objetivos deseados, recordando que la protección de los asalariados de menores ingresos es el objetivo primario.

28 G. Standing y D. Vaughan-Whitehead (eds.): Minimum wages in Central and Eastern Europe: From protection to destitution (Budapest, Central European University Press, 1995).